COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD
�� deUncalaseemmpunredsiaal
COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD
CONTRATO HOJA
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Proveedor:
Su número en nuestra empresa: 4293541 AVG COMPRA ▼ VENTA MERCHANDISE,
S.A. DE C.V. FAISAN No. 13
57000 CD. NEZAHUALCO▼OTL, EDO. DE MÉXICO
R.F.C. ACV110621LEA TELFAX.:(00 00) 00 00 00 00 Teléfono(s): (01 55) 26 19...
Entregar en:
Av. Cuitlahuac No.300
C.P. 02530 Ciudad de México
Atención a:
XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX
Jefe de Oficina Almacen Tacuba
Facturar a:
COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD AV. XXXXX XX XX XXXXXXX Xx.000
COL. JUAREZ DELEGACION CUAUHTEJv10C
C.P. 06600 MEXICO, D.F.
R.F.C. CFE-370814-QIO
Datos gen_erales:
Sociedad 4515 DO Xxxxx de México Centro
Moneda MXP Pesos Mexicanos Gpo. Comp. XXXXXXXX XXXXXXX S
Cond. de Ent. EDF ENTREGA DESTINO FINAL
Cond. pago Pago a 20 Días
Oferta S/N Fecha 02.06.2016
Ver claúsula de plazo de entrega 6 ejecución I Procedimiento de compra:
ADJUDICACIÓN DIRECTA INTERNACIONAL (ART. 42)
Fecha
TOTAL "39,811.20" MXP
IMPORTE CON LETRA • • TRBNTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS ONCE PESOS MEXICANOS 20/1 oo· •
Solped(s): 500556684 pos. 12, 15, 16, 17, 21, 26.
No. de procedimiento: AA-000XXX000-E32 1-2016 {ADJ-DVMC-BIZP-0
Importe antes de IVA: $34, 320.00 Moneda nacional.
17-20
DMSIÓNCOMDE OIS�IÓNTRIFEBUDCEIÓRANLVDEALLEElfDCETRMICÉXICOIDADCENTRO-
16)
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Precios: Fijos XXXX XXXXXXX . ·-
L f3c
1
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Garant1a : SI º-·
Xxxx.xx �apem: NO
RECIBÍ CC>
��T:��>tvTyC>� _.....c.C ,�u-J cc,v
País de Origen de los Bienes: México Tipo de empresa: Pequeña.
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Fech de F llo: 15 xx xxxxx de 16.
Plazo de entrega: 100% a los 30 días naturales contados a partir del día natural siguiente de la fecha de fallo.
a a 20
a
VUisguenrcioia: ldnegl. cJoanvtireartoS:alaalz3a1r Jdueádreiczi,eJmebfereddeeD2e0p1a6rt.amento de ISC Xxxx Xxxxxxx.
CONTRATO DE ADQUISICIÓN DE BIENES QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD, A LA QUE EN LO SUCESIVO, SE LE
o ,_ e> e5 .:A,\:e.\.,�
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DENO ARÁ LA COMISIÓN REPRESENTADA POR EL ING. XXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXX, EN SU CARÁCTER DE SUBGERENTE DE PLANEACIÓN Y
CONSf UCCIÓN ADSCRITO A LA GERENCIA DIVISIONAL DE DISTRIBUCIÓN XXXXX DE MÉXICO CENTRO, Y POR LA OTRA, AVG COMPRA Y VENTA 1
MERCHA� ISE, S.A. DE C.V., A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ EL PROVEEDOR REPRESENTADA POR EL SR XXXXX DA�XXXXXXXX XXXXXXX EN SU CARÁCTER DE ADMINISTRADOR ÚNICO, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES:
FORMULA:
NOMBRE LIC. FEDE:Rlf�¡;XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX
1
/1 (\
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f'
PUESTO JEFE DE OÁIJA/ ADQ. Y OBM.&LANCO FECHA
/
FECHA
CONFORME:
� Una empresa
� de e/ase mundial
DECLARACIONES
l. LA COMISIÓN declara que:
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1.1. Es una empresa productiva del Estado de propiedad exclusiva del Gobierno Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propia y goza de autonomía técnica, operativa y de gestión, según lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley de la Comisión Federal de Electricidad.
1.2. Tiene por objeto prestar el servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica, por cuenta y orden del Estado Mexicano, así como llevar a cabo las actividades relacionadas con la generación, transmisión, distribución y comercialización de energía eléctrica, en términos de lo establecido en el artículo 5 de la Ley de la Comisión Federal de Electricidad.
1.3. Tiene como fin el desarrollo de actividades empresariales, económicas, industriales y comerciales en términos de su objeto, generando valor económico y rentabilidad para el Estado Mexicano como su propietario, en términos del artículo 4 de la Ley de la Comisión Federal de Electricidad.
1.4 Que tiene facultades para celebrar todos los actos y convenios que sean necesarios para el cumplimiento de su objeto y realizar actividades conexas, de conformidad con el artículo 7 de la Ley de la Comisión Federal de Electricidad
1.5. Requiere: ADQUISICION DE HERRAMIENTA MENOR ISC XXXX XXXXXXX.
1.6. El ING. XXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXX, en su carácter de SUBGERENTE DE PLANEACIÓN Y CONSTRUCCIÓN ADSCRITO A LA GERENCIA DIVISIONAL DE DISTRIBUCIÓN XXXXX DE MÉXICO CENTRO, cuenta con las facultades legales suficientes para suscribir el presente Contrato, en representación de LA COMISIÓN mismas que a la fecha no le han sido modificadas, revocadas o canceladas, de conformidad con el testimonio de la Escritura Pública número 3090 de
fecha 27, noviembre de 2014, pasada ante la xx xxx Xxxxxxx Público Interino No. 168 de Huixquilucan, Estado de México, Lic. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx. \"
l.7. De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 26 fracción 111, 28 fracción 111, y 42 primer párrafo, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se llevó a cabo el procedimiento de adjudicación directa.
1.8. Para el presente ejercicio fiscal, cuenta con la autorización presupuesta! correspondiente, de acuerdo con el oficio No. 307-A.-4901, de fecha 11 de iciembre de 2015, emitido por Secretaria de Hacienda y Crédito Público y, con los fondos necesarios para hacer las erogaciones que se motiven con la quisición objeto del presente Contrato, con cargo a la partida presupuesta! No. Posición Financiera 2109 /Centro Gestor 4418/Fondo A04. Del Área lngenierí rvicio al Cliente Xxxx Xxxxxxx.
11/1
Es una Sociedad Anónima de Capital Variable legalmente constituida de conformidad con la leg 1s·. ción mexicana, según consta n escritura pública nún.rero
1,� 61, Volumen 564, Folios del 112 al 117, otorgada ante la xx xxx Xxxxxxx Público Provisional i
la notaría no. 113, d�da�
Nezahualcóyotl, Estado de
Mé ico, Lic. Xxxx Xxxxx Xxxxx, de fecha 22 de septiembre de 2009, inscrita en el Registro Ppblicr � propiedad y de corv{ercid¡ co f,.0fio mercantil electrónico no. 5728* 11 de fecha 23 de noviembre de 2009.
11.2. B Xx. XXXXX XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX en su carácter de Administ
� Una empresa
� de clase mundial
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contrato en su representación, de conformidad con el testimonio de la Escritura Pública número 36,408, Volumen 665, Folios del 029 al 033, de fecha 21 xx xxxxx de 2011, pasada ante la xx xxx Xxxxxxx Público Provisional de la Notaría No. 113 de la ciudad Nezahualcóyotl, Estado de México, Lic. Xxxx Xxxxx Xxxxx.
11.3. Tiene capacidad jurídica para contratar y cuenta con los recursos técnicos, financieros y humanos idóneos, para suministrar los bienes objeto del presente contrato.
11.4. Su Registro Federal de Contribuyentes es ACV110621LEA y su domicilio fiscal se encuentra ubicado en: xxxxx Xxxxxx Xx. 00, Xxx. Xxxxxx Xxxxxx, Nezahualcóyotl México, C.P. 57000, Tel. 0000-0000, Correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxx0@xxxxxxx.xxx.
11.5. Bajo protesta de decir verdad, manifiesta que la sociedad o las personas que forman parte de ella, no se encuentran en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 50 y 60, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
11.7. De acuerdo a la estratificación establecida en el artículo 3, fracción 111 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, su empresa se ubica como pequeña.
Expuesto lo anterior, LA COMISIÓN y EL PROVEEDOR, celebran el presente Contrato al tenor de las siguientes:
* • * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * • * * * * *
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� Una empresa
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�declase ITÍIJtldial CONTRATO DE BIENES
P<>s,
00001
oood
000031
Cantidad UM Dcscri ción
19 PZA 0000013473 DESARMADOR XX XXXX
Esta posición es creada con referencia a la solped 500556684 posición 00012
JUEGO DE DESARMADORES, CÓDIGO DE COLOR SI, HEXAGONAL (PULG.) 3/16, 1 /4, 5/16, 3/8, 7/16, 1/2. LONGITUD DEL VÁSTAGO (PULG.) 3, FLECHA ACERO CROMO VANADIO, HEXAGONAL (MM)4.76, 6.35, 7.93, 9.56, 11.11, 12.70, LONGITUD TOTAL (PULG.)6, MANGO DE PLÁSTICO, CÓM
MARCA: XXXXXXX 28G166
44 1 PZAI 0000012925 LLAVE PERICO 12
Almacén 7000 Material Mantto.
Esta posición es creada con referencia a la solped 500556684 posición 00015
LLAVE AJUSTABLE,CAPACIDAD DE MORDAZA 1 -5/16 PULG., LONGITUD TOTAL 10 PULG., MATERIAL ACERO AL CROMO VANADIO, ACABADO ÓXIDO NEGRO, MANGO ACOJINADO, CUMPLE/EXCEDE ASME,CARACTERlSTICAS ESCALAS MÉTRICA Y SAE MARCA.TOLCRAFí TC4155
107 1 PZAI 0000341818 PINZA ELECTRICISTA DEL No. 9
Almacén 7000 Material Mantto.
Esta posición es creada con referencia a la solped 500556684 posición 00016
XXXXXX XX XXXXX EN DIAGONAL A PRUEBA DE DESCARGAS ELÉCTRICAS, LONGITUD TOTAL 7-7/8 PULG, CAPACIDAD XX XXXXX/MATERIAL 1/8 PULG EN MATERIALES RiGIDOS, CAPAZ DE ANCLAR POSIBILIDAD DE UTILIZARSE CON UN ACOLLADOR O UNA XXXXXX, CARACTERiSTICAS GANCHOS INTE
MARCA: TOLCRACFí TC4236 7
1071 PZAI 0000341818 PINZA ELECTRICISTA DEL No. 9
Almacén 7000 Material Mantto.
Esta posición es creada con referencia a la solped 500556684 posición 00017
PINZA DE ELECTRICISTA LONGITUD TOTAL 9-1/2 PULG., TIPO DE MANGO ERGONÓMICA, CAPACIDAD A PRUEBA DE DESCARGAS ELÉCTRICAS, LONGITUD
DE MORDAZA 1 -9/16 PULG., ANCHO DE MORDAZA 1 -1/4 PULG.. MATERIAL ACERO NfQUEL CROMO.
P. Unitario
1
198.00
1
1
99.00
1
1
69.00
1
lm orte
3,762.00
4,356.00
7,383.00
Car ar a
AL ALMACÉN
!AL ALMACÉN
!AL ALMACÉN
IAL ALMACÉN
Presu uesto
2109/4418/A04
l 2109/4418/A04
¡ 2109/4418/A04
l2109/4418/A04
� Una empresa
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� de clasemundial CONTRATO DE BIENES
Pos.
Cantidad UM
MARCA: TOLCRAFT TC4227
Descripción
P. Unitario
103.00
Importe
11,021.00
Care:ar a
Presupuesto
00005
00006
5 I PZAI 0000012740 TALADRO ROTAMARTILLO
Almacén 1000 Material Activo
Esta posición es creada con referencia a la solped 500556684 posición 00021 MARTILLO/TALADRO INALÁMBRICO, CARACTERfSTICAS MOAR SIN ESCOBILLAS, DISEÑO COMPACTA PARA APLICACIONES SUSPENDIDAS O ESPACIOS REDUCIDOS. ESTUCHE Da EQUIPO COMPLETAMENTE DE METAL Y MANDRIL METÁLICO DE 1/2 PULG, TIPO DE MANGO T, VOLTAJE 18, TAMAÑO DE IMPULSOR 1/2 PULG., INCLUYE BATERIA Y CARGADOR
MARCA.TRUPER 11807
24 I PZAI 0000680052 LLAVES COMBINADAS CON MATRACA (ES XXXXX)
Material Activo
Esta posición es creada con referencia a la solped 500556684 posición 00026 LLAVE ESTRIADA TIPO TRINQUETE
medidas de 112" X 9/16" - largo 6"
LLAVE DE BOCA CERRADA ESTRIADA. SAE O MÉTRICO SAE. TAMAÑO 1/2 X 9/16 PULG., ACABADO CROMADO, CUMPLE/EXCEDE 8107. 7 CUMPLE CON a ESTÁNDAR AEROESPACIAL AS954 ESPECIFICACIÓN MILIMÉTRICA Y STANDARD.
MARCA: WESTWARD 5MX67
1,430.00
27.00
34,320.00
5,491.20
39,811.20
7,150.00
648.00
AL ALMACÉN
AL ALMACÉN
2109/4418/A04
2109/4418/A04
CIFE
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CONT⮘ATO HOJA
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Cláusulas del Contrato
PRIMERA. - OBJETO.
EL PROVEEDOR se obliga a suministrar a LA COMISIÓN los bienes que a continuación se indican, de acuerdo con las características establecidas en el anexo 1 de la convocatoria y en la proposición ofertada por el proveedor.
SEGUNDA.- PLAZO DE ENTREGA.
EL PROVEEDOR entregará los bienes a los 30 días naturales que serán computados a partir del día natural siguiente al de la notificación del fallo (fecha de fallo 15 xx xxxxx de 2016).
TERCERA.- LUGAR DE ENTREGA.
EL PROVEEDOR entregará los bienes en el domicilio que se indica en el anexo 1 de la convocatoria. (Almacén Divisional Tacuba; ubicado en Av. Cuitláhuac No. 300, col. Jardín Xxxxxxx, Cuidad de México; C.P. 02530 de Lunes a Viernes de 08:00 a 16:00 horas, Tel. (00) 0000-0000 extensión 14620, At'n. Arq. Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx).
En la entrega de materiales deberá presentar la siguiente documentación: FACTURA O REMISION, COPIA DE LA CARATULA DEL CONTRATO.
CUARTA.- CONDICIONES DE ENTREGA.
EL PROVEEDOR indicará en la factura los precios unitarios y totales de los bienes señalando el desglose de los impuestos y derechos de importación.
La condición de entrega es DDP (Delivered Duty Paid) entregada con Derechos Pagados de acuerdo a los INCOTERMS 2000, en destino final Almacén Divisional Tacuba; ubicado en Av. Cuitláhuac No. 300, col. Jardín Xxxxxxx, Cuidad de México; C.P. 02530, EL PROVE�DOR asume todos los gastos y riesgos relativos al transporte y trámites de importación, incluyendo el pago de impuestos, derechos de importación y otros cargos oficiales exigibles para su internación.
Las maniobras de descarga serán por cuenta de Comisión.
Bajo esta condición de entrega, LA COMISIÓN sí proporcionará su número de registro de importador, para realizar los trámites de importación a los proveedores domiciliados en el extranjero y no proporcionará recurso económico alguno para la internación de los bienes al territorio nacional.
QUINTA.- IDENTIFICACIÓN DE LOS BIENES.
EL PROVEEDOR se obliga a cumplir con los requisitos de identificación de los bienes embarcados conforme a lo establecido en la convocatoria.
SEXTA.- EMPAQUE Y EMBALAJE.
EL PROVEEDOR se obliga a efectuar el empaque y embalaje adecuados para que los ílienes sean transportados desde su origen has!a su destino sin s de acuerdo con la Norma de Referencia NRF-001-CFE-2007 y las especificaciones téit}i)eás y normas que le proporcionó LA COMISION.
ÉPTIMA.- RECEPCIÓN Y ACEPTACIÓN POR EL ALMACÉN.
na vez entregados los bienes en el lugar convenido, los mismos se ten� por acfptados a entera satisfacción de LA CO�ÓN recepción por parte xxx Xxxxxxx, que se plasmará en la factura o notayr;misión de EL PROVEEDOR, con lo que EL PROV$DOR_ po mismos en los términos establecidos en este Contrato.
OCTAVA.- ACEPTACIÓN POR 8- ÁREA SOLICITANTE.
n ;J sello de evidencia de ' estionar el pago de los
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Una vez entregados los bienes en el lugar convenido, los mismos se tendrán por aceptados con la certificación del área técnica que indique su aceptación a entera satisfacción de LA COMISIÓN, la cual se deberá determinar a más tardar dentro de los 3 (TRES) días naturales siguientes a su entrega, no obstante el Almacén plasmará en la factura o nota de remisión de EL PROVEEDOR, el sello como evidencia de recepción, sujeta a aceptación técnica.
NOVENA.- INSPECCIÓN Y PRUEBAS.
Aún cuando se conviene que los bienes objeto de este Contrato, descritos en la CLÁUSULA PRIMERA, no están sujetos a inspección y pruebas, EL PROVEEDOR garantiza su calidad durante su uso durante un plazo de 12 (DOCE) meses a partir de su entrega.
B PROVEEDOR se obliga a entregar los bienes a que se refiere la Cláusula Primera, cumpliendo con la calidad y las especificaciones establecidas en la convocatoria. En caso de que LA COMISIÓN justifique que no cumplen con las mismas, deberán ser sustituidos, en el entendido de que todas las penas convencionales por atraso, los gastos, incluyendo impuestos, aseguramiento, fletes, entre otros, correrán a cargo y cuenta de EL PROVEEDOR.
DÉCIMA.- PRECIO UNITARIO E IMPORTE TOTAL
LA COMISIÓN y EL PROVEEDOR convienen que el importe total de este Contrato es por la cantidad de $34,320.00, (Treinta y cuatro mil trescientos veinte pesos 00/100 M.N.) (sin IVA), mismo que se integra por la suma de los precios unitarios propuestos por el proveedor.
EL PROVEEDOR está de acuerdo en que la suma indicada incluye la remuneración o pago total por los bienes que suministrará.
DÉCIMA PRIMERA.- CONDICIÓN DE LOS PRECIOS.
Las partes están conformes en que los precios de los bienes son fijos.
DÉCIMA SEGUNDA.- IMPUESTOS.
B Impuesto al Valor Agregado será trasladado en los términos de la ley de la materia.
Cada una de las partes del presente Contrato convienen en cubrir los impuestos que les correspondan de conformidad con la legislación aplicable, en la inteligencia de que LA COMISIÓN realizará las retenciones que procedan cuando así lo requiera la legislación fiscal aplicable.
ÉCIMA TERCERA.- ANTICIPO.
COMISIÓN NO otorgará a EL PROVEEDOR un anticipo.
ÉCIMA CUARTA.- PLAZO Y CONDICIONES DE PAGO.
PROVEEDOR, una vez cumplida la obligación consignada en la Cláusula Primera y ecibidos o aceptados los bienes por LA COMISIÓN, para el ffeécto �e
oA?tener el pago del precio pactado, presentará la factura que ampare la operación corre ad\redite dicho cumplimiento.
Por su parte, LA COM ISION cubrirá el precio convenido dentro de los 20 (V.EINJ
:;>ndiente, acompañada de la documentación\
que de manera<f'ehacie�te
B pago será en moneda nacional, moneda nacional al tipo de cambi�genfe para solventar obligaciones denominadas en\mone republica mexicana, publicadas por el Banco de México en el Diario�6al de la Federación, en la fecha en que se haga el pag� o
anjera pagaderas en la tranjera.
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EL PROVEEDOR deberá presentar de lunes a viernes en un horario de 08:00 a 15:00, las facturas para su revisión y trámite de pago en xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx 000, 0xx xxxx, Xxx. Pensil San Xxxxxxx, Deleg. Xxxxxx Xxxxxxx, Cuidad de México, At'n CP. Xxxxxx Xxxxxx Xxxx Xxxxxxx.
En el caso de que las facturas entregadas por EL PROVEEDOR para su pago, presenten errores o deficiencias, LA COMISION dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes al de su recepción, indicará por escrito a EL PROVEEDOR las deficiencias que deberá corregir. B periodo que transcurra a partir del citado escrito y hasta que EL PROVEEDOR presente las correcciones, no se computará para efectos del artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Preferentemente los pagos a EL PROVEEDOR se realizarán vía transferencia electrónica de fondos o depósitos en cuentas de cheques, de ser el caso EL PROVEEDOR deberá indicar a LA COMISION, el número de cuenta bancaria, CLABE (SWIFT), o cualquier otro requisito necesario para realizar el pago por ese conducto.
Por su parte, EL PROVEEDOR acepta que LA COMISIÓN cubra el precio convenido, deduciendo del importe de la facturación las cantidades que procedan a cargo del mismo.
B PROVEEDOR podrá solicitar a LA COMISIÓN la condición de pronto pago, misma que operará en caso de existir disponibilidad presupuestaria y calendarios autorizados, cuando EL PROVEEDOR acepte el descuento en el precio de los bienes por el adelanto en el pago con relación a la fecha pactada. Se cubrirá el importe de los bienes, previa solicitud por escrito de EL PROVEEDOR, una vez que se realice la entrega de los mismos a entera satisfacción de LA COMISIÓN y que presente el documento o la factura correspondiente en el que se refleje el descuento por el pronto pago o aceptará en su caso el descuento que determine el área de finanzas a su solicitud con la recepción del pago y el documento que indique la forma de determinarlo.
En el supuesto de que EL PROVEEDOR reciba pagos en exceso, éste deberá reintegrar las cantidades pagadas de más, así como los intereses correspondientes de conformidad con lo establecido en el Artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, es decir, conforme a una tasa que será igual a la establecida por la Ley de Ingresos de la Federación en los casos de prórroga para el pago de los créditos fiscales. Y se computarán por días. naturales desde la fecha de su entrega hasta en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de LA COMISIÓN.
DECIMA QUINTA.- LUGAR DE PAGO.
LA COMISIÓN pagará a EL PROVEEDOR, las facturas por los bienes entregados, en: xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx xx. 000, xxxxxxx Xxxxxx Xxx Xxxxxxx, Xxxxxxx(xx Xxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxx, X. X. 11440, preferentemente mediante transferencia electrónica.
DECIMA SEXTA.-TRANSFERENCIA DE DERECHOS DE COBRO.
EL PROVEEDOR podrá transferir los derechos de cobro, debiendo cumplir para ello con las sjguientes condiciones:
. Solicitud por escrito al área de finanzas, en el que se exprese su intención de transfe.PJv-todos o parte de sus derechos enciona deberá darse cuando menos con cinco días hábiles de anticipacióp, e�ificando claramente los derech
En esta solicitud deberá declarar EL PROVEEDOR, que no ha celebrado
transferencia a favor de terceros de dichos derechos de cobro. D�istir 'una transferencia anterior, deberá expresar documentos que permitan su plena identificación.
La solicitud que aqúí se sEtr'í3n materia de la futura
jur\dico que se traduzca en rtar todos los datos y
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11. Conformidad previa, expresa y por escrito de LA COMISIÓN respecto de la solicitud del punto anterior.
111. Notificación, preferentemente a través xx xxxxxxxx x xxxxxxx público, de la constitución de la transferencia de derechos celebrada, en la que se indique claramente el número, fecha y objeto del Contrato fuente, las facturas y, en su caso, contra-recibos materia de la transferencia, con el desglose de la transferencia, así como el importe y la fecha de cada uno de ellos, el importe total de la transferencia, con el desglose correspondiente y cualquier otro dato o documento indispensable que se requiera a juicio de LA COMISIÓN para que quede plenamente identificado el crédito cedido.
IV. En caso de que no se opte por la notificación a través xx xxxxxxxx x xxxxxxx público, ésta deberá hacerse en forma fehaciente con el acuse de recibo correspondiente por LA COMISIÓN, a fin de que quede constancia indubitable de que se cumplió con el requisito que establece la ley, sin perjuicio de que se satisfagan los demás requisitos señalados en el párrafo anterior.
V. La notificación o en su caso el aviso de la transferencia sobre los derechos de cobro, deberá ser hecha a LA COMISIÓN dentro de los cinco días hábiles siguientes a la celebración del Contrato respectivo o entre las partes que celebren el Contrato o acto jurídico cuyo objeto sea transferir' a favor de una de ellas el cobro de las facturas y/o contra-recibos materia del Contrato.
VI. Proporcionar cualquier otro dato o documento que LA COMISIÓN estime necesario.
LA COMISIÓN tendrá facultad para rescindir de pleno derecho y sin necesidad de declaración judicial el Contrato, cuando una vez notificada la transferencia de derechos o el acto jurídico de que se trate, los derechos de crédito que comprenda sean cobrados por el cedente o cualquier otra persona distinta del nuevo titular del derecho.
LA COMISIÓN también podrá rescindir de pleno derecho y sin necesidad de declaración judicial el presente Contrato, cuando después de ser cobradas la facturas o contra-recibos, éstas se hagan figurar por EL PROVEEDOR en un contrato de transferencia de crédito o de constitución de garantía prendaria, de fideicomiso en garantía o en cualquier otro acto jurídico que tenga como consecuencia conferir a un tercero los derechos de EL PROVEEDOR, a los crédito\. generados conforme a este Contrato, con preferencia sobre dichos créditos.
VII. Queda expresamente convenido y así lo admite EL PROVEEDOR, que LA COMISIÓN no asume ninguna responsabilidad frente a terceros por el incumplimiento del Contrato, convenio o acto jurídico a través del cual EL PROVEEDOR sea sustituido en los créditos que surgieren a su favor, conforme a lo estipulado en el presente instrumento.
VIII. LA COMISIÓN y EL PROVEEDOR convienen en que en caso de rescisión de este ContrAto, los créditos a favor de terceros tendrán la siguiente prelación. orden de preferencia en su pago:
. Créditos a favor de los trabajadores de EL PROVEEDOR.
b. Créditos fiscales en los términos del Código Fiscal de la Federación.
c. Créditos a favor de LA COMISIÓN teniendo preferencia dentro de ésto� otorgado a cuenta de este Contrato.
d. Otros créditos a favor de terceros distintos a los referidos en los pu
que resulten de falta de amortización d
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DECIMA SÉPTIMA.- GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO.
8 PROVEEDOR se obliga mediante fianza otorgada por institución de fianzas autorizada por la SHCP en los términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianza, carta de crédito a garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas de este Contrato, en especial la de entregar los bienes adquiridos de acuerdo a la calidad requerida por LA COMISIÓN, así como responder por su correcta operación y funcionamiento (defectos y vicios ocultos) durante un período de 12 (DOCE) meses a partir de su entrega, atendiendo para esto el modelo de póliza que LA COMISIÓN entregó a EL PROVEEDOR en la convocatoria.
EL PROVEEDOR deberá entregar la garantía en EL DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN XXXX XXXXXXX, UBICADA EN XXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXX XX. 422, COL. PENSIL SAN XXXXXXX, C.P. 11440, CIUDAD DE MEXICO, AT'N LIC. XXXXXXX XXX XXXXX, ADMINISTRADOR XXXX XXXXXXX Tel.
0000-0000 EXT 16011, a más tardar dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del Contrato, atendiendo para esto el modelo de póliza que LA COMISIÓN entregó a EL PROVEEDOR en la convocatoria.
La garantía corresponderá a un (1O por ciento)% del valor total del contrato sin incluir el IVA.
En caso de que durante el plazo de calidad garantizado los bienes resulten impropios para el uso que se destinen o que disminuyan de tal modo dicho uso, LA COMISIÓN, a su elección, podrá exigir a EL PROVEEDOR su reparación, si ésta resulta factible, en cuyo caso EL PROVEEDOR cubrirá todos los gastos que se originen, o bien, LA COMISIÓN ejercerá cualquiera de las acciones que el Código Civil Federal prevé.
DECIMA OCTAVA.- NOTIFICACIONES.
Para todos los efectos derivados del presente Contrato, en especial para oír y recibir notificaciones, mismas que sólo surtirán efectos si se realizan por escrito, las partes convienen en señalar como sus domicilios, los siguientes:
EL PROVEEDOR: xxxxx Xxxxxx Xx. 00, Xxx. Xxxxxx Xxxxxx, Nezahualcóyotl México, C.P. 57000, Tel. 0000-0000, Correo electrónic0.: xxxxxxxxxxxxxx0@xxxxxxx.xxx.
LA COMISIÓN: xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx xxxxxx 000, xxxxxx xxxx, xxx. Pensil San Xxxxxxx, C.P. 11440, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, Cuidad de México. Las notificaciones de carácter legal o relativo a procedimientos judiciales se sujetarán a los ordenamientos jurídicos aplicables.
DECIMA NOVENA.-TERMINACIÓN ANTICIPADA.
LA COMISIÓN podrá dar por terminado anticipadamente este Contrato, por razones de interés general o bien cuando se extinga la necesidad de requerir los bienes y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas se c saría daño al Estado, o cuando se determine la nulidad total o parcial de los actos que dieron origen al Contrato, con motivo de la resolución de una inconfiidad emitida por la Secretaría de la Función Pública. En e§!
casos se reembolsará a EL PROVEEDOR los gastos no recuperables como se dispone el Artícu 54 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 66 de su Reglamento. �
En este supuesto, LA COMISIÓN notificará a EL PROVEEDOR mediante escrito las. del contrato.
VIGÉSIMA.- RESCISIÓN.
las causas justificadas que den
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de clase ITiuntftal
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CONTRATO HOJA
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LA COMISIÓN podrá en cualquier momento rescindir administrativamente el presente Contrato cuando EL PROVEEDOR incumpla con las obligaciones a su cargo.
La rescisión se sujetará al procedimiento previsto en el artículo 54, fracciones I y II de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Cuando LA COMISIÓN determine rescindir el Contrato, dicha rescisión operará de pleno derecho y sin necesidad de declaración judicial, bastando para ello que se cumpla el procedimiento mencionado en el párrafo anterior, en tanto que si es EL PROVEEDOR quien decide rescindirlo, será necesario que acuda ante la autoridad judicial y obtenga la declaración correspondiente.
VIGÉSIMA PRIMERA.- PENAS CONVENCIONALES.
B PROVEEDOR pacta con LA COMISIÓN, que en caso de entregarle los bienes fuera de los plazos establecidos en la Cláusula Tercera, pagará por el atraso en que incurra, una pena convencional que no podrá exceder del 1 O % (diez por ciento) del valor total del Contrato.
Para el efecto de la aplicación de la pena, se conviene en un porcentaje de penalización diario del 0.5 % (punto cinco por ciento), que se multiplicará por el número de días de atraso y el resultado se multiplicará a su vez, por el valor de los bienes entregados con atraso, aceptando EL PROVEEDOR, de dar lugar a este supuesto, se deduzca del importe de la factura que presente para su cobro, el monto de la penalización.
De acuerdo a la siguiente formula:
fórmula: (pd) x (nda) x (vbea) = pea donde:
pd: (0,5%) penalización diaria nda: numero de días de atraso
vbea: valor del bien entregado con atraso pea: pena convencional aplicable
IGESIMA SEGUNDA.- DEDUCCIONES.
o aplican deducciones para el presente contrato.
GESIMA TERCERA.- MODIFICACIONES AL CONTRATO.
.s partes de conformidad a lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Adquisiciones, ArrendarpJentos y Servicios del Sector Público, podrán modificar de comú at;tµerdo este contrato.
ESIMA CUARTA.- REPRESENTANTES DE LAS PARTES.
EL lPROVEEDOR se obliga a designar por escrito y a establecer un representant
cumplir con los términos y condiciones pactados en el Contrato, en todo lo re[#on'ado con l1a adquisición de los bienes. LA CO su aceptación, o en su caso la solicitud de su sustitución, el cual podrá eje�n cualquier tiempo.
LA COMISIÓN en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 84 d _l!isiciones, Arrendamientos el Sector Público
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designa como responsable de administrar y vigilar el cumplimiento del Contrato a Lic. Xxxxxxx Xxx Xxxxx, Administrador Xxxx Xxxxxxx, quien tendrá las facultades y obligaciones que señala el precepto indicado.
VIGÉSIMA QUINTA.- RELACIONES LABORALES.
EL PROVEEDOR como empresario y patrón del personal que ocupe con motivo de los trabajos materia de este contrato, será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia de trabajo y seguridad social. EL PROVEEDOR conviene por lo mismo en responder de las reclamaciones que sus trabajadores presentasen en su contra o en contra de LA COMISIÓN, en relación con los servicios objeto de este contrato.
VIGÉSIMA SEXTA.- CONTRATO INTUITU PERSONAE.
En virtud de ser el presente un Contrato intuitu personae, EL PROVEEDOR solamente podrá ceder a otras personas físicas x xxxxxxx los derechos de cobro que se deriven a su favor de las facturas que se generen en los términos del presente Contrato, con la autorización previa y por escrito de LA COMISIÓN.
VIGESIMA SÉPTIMA.- DERECHOS DE AUTOR
EL PROVEEDOR asume la responsabilidad total para el caso de que en cumplimiento del presente Contrato se infrinjan derechos de terceros sobre patentes o marcas, o se violen derechos de autor.
Las partes acuerdan que los derechos inherentes a la propiedad intelectual, que se deriven de los servicios de consultorías, asesorías, estudios e investigaciones contratados, invariablemente se constituirán a favor de LA COMISIÓN, según corresponda, en términos de las disposiciones legales aplicables.
VIGESIMA OCTAVA.- INFORMACIÓN.
La Secretaria de la Función Pública y el Órgano Interno de Control de LA COMISIÓN, con motivo de las auditorias, visitas o inspecciones que practiquen, podrán solicitar a EL PROVEEDOR información y/o documentación relacionada con este Contrato por lo que el mismo deberá proporcionar la información que en su momento se le requiera.
VIGESIMA NOVENA.- INTEGRIDAD DEL CONTRATO.
Las partes convienen que la convocatoria a la licitación y sus anexos, forman parte integral del presente contrato, sin embargo, en caso de existir discrepancia ntre lo establecido en la convocatoria a la licitación y sus anexos con lo previsto en el presente Contrato, prevalecerá lo estipulado en la convocatoria a la "citación y sus anexos.
RIGÉSIMA.- CESIÓN DE DERECHOS Y OBLIGACIONES.
EMPRESA CONTRATANTE podrá ceder en forma total o parcial los derechos y oblig us empresas productivas subsidiarias o empresas filiales, en cuyo caso deberá notificar bligaciones, dentro de los 15 días hábiles siguientes a la celebración del contrato
,xxxxxxxx para la adecuada ejecución del presente contrato.
uando los bienes o servicios materia del contrato involucren licencias, s PROVEEDOR, con la firma del presente contrato, otorga su autorización empresas productivas subsidiarias o empresas filiales.
LA EMPRESA CONTRATANTE y EL PROVEEDOR acuerdan que la
adicional para LA EMPRESA CONTRATANTE. oor lo que EL PROV
·ones que se deriven del presente Contrato, a favor de cualqtríera d or escrito a EL PROVEEDOR la cesión parcial o total de derechos esión correspondientes, indicando aquE¡lla información que res
xclusivas, por lo q-ue EL ed..a a cualquiera de sus
representará un costo
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EL PROVEEDOR no podrá ceder en forma parcial ni total los derechos y obligaciones que se deriven del presente contrato con excepción de los derechos de cobro.
EL PROVEEDOR solamente podrá ceder a otras personas físicas x xxxxxxx los derechos de cobro que se deriven a su favor de las facturas que se generen en los términos del presente Contrato, con la autorización previa y por escrito de LA EMPRESA CONTRATANTE.
Cualquier expresión o estipulación contenida en la oferta o los anexos de este contrato que resulte contraria a lo estipulado en esta cláusula, se tendrá por no puesta.
TARl IpGreÉsSeIMntAe PCRoInMtrEaRtoA.le- LeEsGaISplLAicaCbIlÓe Nla. Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento y supletoriamente el Código Civil Federal, la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y el Código Federal de Procedimientos Civiles.
TPaRrIaGlÉaSiInMteArpSrEetGaUciNóDn Ay. cJuUmRpISlimDiIeCnCtIoÓdNeYlaTsRoIbBlUigNaAciLoEnSesCcOoMntPraETídENas TeEnSv.irtud del presente Contrato, las partes se someten a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Federales de la Ciudad de México, por lo que EL PROVEEDOR renuncia al fuero que pudiera corresponderle por razón de su domicilio o por cualquier otra causa.
B presente Contrato se firma, en 2 (DOS) tantos, por las partes en la Ciudad de México.
Por la presente me obligo a entregar los bienes suscritos en el presente contrato en los tiempos pactados en el mismo y me sujeto a las disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como a todas las cláusulas e incisos establecidos en este contrato.
Nombre del representante legal C2s4"' ., � )r,,,,1,,\ (/\
Cargo J G:_r;:�{?5,---PM�ÚtvJ \e j ,e,� ,
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B representante acredita su poder para firmar el contrato de la siguiente forma:"
Rrma: Fecha: 2o/J c J C\ � Ü /2.__o 16
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