CONTRATO DE COMPRAVENTA N°SSG-221228
CONTRATO DE COMPRAVENTA N°SSG-221228
Entre los suscritos a saber:
POR UNA PARTE, | UNIVERSIDAD XX XXXXXX NIT. 800.118.954-1 Dirección del domicilio: Xxxxx 00 Xx. 00 - 00 Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxx Xxxxxxxx, Xxx Xxxx xx Xxxxx (Xxxxxx). XXXXXX XXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX Rectora Nº de Identificación: 30.738.251de Pasto | Quien para efectos del presente Contrato se denominará “LA UNIVERSIDAD” |
Y POR OTRA, | ADMINISTRACIÓN COOPERATIVA DE MUNICIPIOS XX XXXXXX LIMITADA COOMNARIÑO LTDA NIT. 814000406 – 1 Gerente: XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX Nº de Identificación: 00000000 Direccion del domicilio: Xxxxx 00 # 00 - 00 Xxxxxxx 000 Teléfono: 0000000000 | Quien para efectos del presente Contrato se denominará “EL CONTRATISTA”. |
VALOR DEL CONTRATO. | $968.400.580 (NOVECIENTOS SESENTA Y OCHO MILLONES CUATROCIENTOS MIL QUINIENTOS OCHENTA PESOS M/CTE). Con corrección aritmética a la propuesta económica. | |
PLAZO DE EJECUCIÓN. | El plazo de ejecución del Contrato será de NOVENTA (90) DÍAS HABILES, previo cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución contractual y previa aprobación de las garantías por parte de la autoridad administrativa correspondiente. |
Y conjuntamente las “Partes”, hemos decidido celebrar el presente Contrato de Compraventa, previas las siguientes:
CONSIDERACIONES
PRIMERA: Que el artículo 69 de la Constitución Política de Colombia garantiza la Autonomía Universitaria y consagra que las universidades podrán darse sus directivas y regirse por sus propios estatutos, de acuerdo con la Ley.
SEGUNDA: Que el Acuerdo N°050 del 29 de septiembre de 2022 - Estatuto Contractual De La Universidad xx Xxxxxx, en su Capítulo II del Procedimiento y Modalidad Contractual, artículos 13 al 16 establece la modalidad de contratación por Solicitud de Oferta. La contratación de bienes y servicios que celebre la Universidad xx Xxxxxx con el objeto de cumplir su misión institucional, procesos académicos, de investigación, proyección y de funcionamiento se hará mediante la modalidad contractual de solicitud y aceptación expresa de oferta, independientemente de su cuantía, por regla general.
TERCERA: Que de acuerdo a lo establecido en la Resolución No. 1848 del 25 de octubre de 2022, por la cual se reglamenta el Estatuto Contractual de la Universidad xx Xxxxxx, Artículo 1. Etapa 1: elaboración de estudios de precio o mercado y solicitud de oferta, la Sección de Servicios Generales elaboró y radicó en el Departamento de Contratación, los Estudios de Precios xx xxxxxxx y la solicitud de oferta para la adquisición de “DOS VEHÍ CU LOS TI PO BU S DESTI NADOS AL SERV ICI O DE L A COMU NID AD U NIV ERSI TAR IA DE L A
UNIVERSIDAD XX XXXXXX”, con el lleno de requisitos.
CUARTA: Que el día 00 xx xxxxxxxxx xx 0000, xx Xxxxxxxxxxx xx Xxxxxx, publicó la solicitud de oferta N°2 parala adquisición de “DOS VEHÍ CU LOS TI PO BUS DES TI NADOS AL S ER VICI O DE L A COMU NI DAD
UNIVERSITARIA DE LA UNIVERSIDAD XX XXXXXX”, en el portal de contratación de la Universidad xx Xxxxxx y en la plataforma SECOP II, previa aprobación de Comité de Contratación.
QUINTA: Que hasta las 4:00 p.m. del día 2 de diciembre de 2022, se recibieron al correo electrónico institucional xxxxxxxxxxx@xxxxxx.xxx.xx, dispuesto para este fin, tres (3) ofertas por parte de las empresas: 1) COOMNARIÑO LTDA, 2.) AUTOSUPERIOR SAS y 3.) CIMA SAS.
SEXTA: Que el día 6 de diciembre de 2022 se realizó por parte de la Sección de Servicios Generales, como Unidad Gestora del proceso, la evaluación de las ofertas allegadas dentro del término del proceso N°002, conforme a los criterios contenidos en la Solicitud de Oferta, seleccionando como oferente a la ADMINISTRACIÓN COOPERATIVA DE MUNICIPIOS XX XXXXXX LIMITADA o su sigla COOMNARIÑO LTDA
identificada con NIT 814000406 – 1 y Representada Legalmente por su gerente XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX
identificado con cedula N°00000000, por ser el oferente que cumple la totalidad de parámetros de selección evaluados.
SEPTIMA: Que de acuerdo a lo establecido en el Estatuto Contractual de la Universidad xx Xxxxxx, artículos 10 y 16: DE LA PUBLICACIÓN DE LA CONTRATACIÓN y ACEPTACIÓN DE LA OFERTA, el día 09 de diciembre de 2022,
se publicó el formato de selección con el resultado de los criterios evaluados; conforme a lo establecido en la solicitud de oferta y, se comunicó a través del correo electrónico institucional xxxxxxxxxxx@xxxxxx.xxx.xx, la aceptación de la oferta suscrita por el ordenador del gasto, bajo recomendación del Departamento de Contratación; al oferente COOMNARIÑO LTDA identificada con NIT 814000406 – 1 y Representada Legalmente por su gerente XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX identificado con cedula N°00000000.
OCTAVA: Que el artículo 05 del acuerdo No. 050 de 2022, establece que el Rector de la Universidad xx Xxxxxx es la autoridad competente para celebrar contratos y convenios, y en general para iniciar o autorizar procesos de contratación, suspenderlos, reiniciarlos, terminarlos, entre otros.
NOVENA: Que de acuerdo a lo establecido en la Resolución No. 1848 del 25 de octubre de 2022, por la cual se reglamenta el Estatuto Contractual de la Universidad xx Xxxxxx, Artículo 7: ETAPA 7: SUSCRIPCIÓN DE CONTRATO de encontrarse todo ajustado, se comunicará al contratista y se procederá a suscribir el formato contractual.
DECIMA: Que se cumplió el proceso convocado, respondiendo a los principios de la administración pública y a los requerimientos institucionales, el mismo se encuentra ajustado a derecho y cuenta con amparo presupuestal del CDP N° 1932-1 del 28 xx xxxxx de 2022.
Que, en virtud de lo expuesto, el presente Contrato de Compraventa se regirá por las siguientes:
CLÁUSULAS. | |||||||
PRIMERA. - OBJETO: | ADQUISICIÓN DE DOS VEHÍCULOS TIPO BUS DESTINADOS AL SERVICIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA DE LA UNIVERSIDAD XX XXXXXX, de conformidad con los términos y condiciones de la solicitud de oferta N°2, así como en la oferta presentada al proceso de referencia. | ||||||
SEGUNDA.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: | Además de lo establecido en el Acuerdo N°050 del 29 de septiembre de 2022 - Estatuto Contractual De La Universidad xx Xxxxxx, y demás normas concordantes que se deriven de la naturaleza del contrato, serán obligaciones del contratista las siguientes: | ||||||
a. Entregar DOS VEHÍCULOS TIPO BUS DESTINADOS AL SERVICIO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA DE LA UNIVERSIDAD XX XXXXXX en los términos y condiciones señalados en la solicitud de oferta y en la oferta presentada y de acuerdo a las siguientes especificaciones: | |||||||
ÍTEM | CANTIDAD | BIEN SOLICITADO | ESPECIFICACIONES TÉCNICAS (DETALLE) | ||||
• MOTOR: | |||||||
MODELO 2023 EN ADELANTE. NORMA AMBIENT AL EURO IV O V. CAPACIDAD DE M OT OR: MÍNIMO 5000 CM3. COMBUSTIBLE: DIESEL.O GAS OLINA | |||||||
CHASIS | • TRANSMISIÓN: XXXX XX 0 X 0 XXXXXX DADES | ||||||
• FRENOS: 100% AIRE O MIXTO. ABS | |||||||
• DIRECCION: HIDRAULICA | |||||||
• DISTA NCIA MINIM A ENTRE EJE S 4400MM. | |||||||
1 | 2 | VEHICULO TIPO BUS | • LLANTA DE REPUESTO | ||||
• XXXXXXXXX XX 00 X 00 XXXXXXXXX | |||||||
CARROCERÍA | |||||||
• TIPO DE CARROCERÍ A: SERVI CIO ESPECIAL O INTERMUNICIPAL | |||||||
• AMPLIAS B ODEGAS LAT ERALES Y TRAS ERA • CINTU RONES DE SEGURI DAD • VENTANAS DE EMERGENCIA | |||||||
• 2 CLARABOYAS CON SEGURO DE EXPULSIÓN DE EMERGENCIA.O DE FRAGMENTACION. LAS VENTAN AS DEBEN SER FACILMENTE ACCIONABLES Y/O DE RAPIDA REMOSION DESDE EL INTERIOR. | |||||||
• ILUMINACION AMBIENTAL • LUCES ANTI - TINIEBLA, EXPLORADORAS | |||||||
• PALOMERAS E QUiP AJE: R E XXXX AS POR TAPAQUETE S I NTERI ORES TAPIZADAS, CON AIRE Y LUCES I NDIVIDU ALES PAR A P ASAJEROS, LU Z AMBIENTE DE TECHO TIPO FLUORECENTES O TIPO LED. | |||||||
• RADIO BLUETOOTH, CAMARA USB, PANTALLA 7HD • ANCLAJE ASI ENTOS: DEBEN E STAR FI RME MENTE ADHERI DOS AL PI SO DE LA CARROCE RI A. • SILLAS RECLINABLES Y COGINERIA DE ESPUMA | |||||||
• SENSORES DE REVERSA Y CÁMARA DEREVERSA | |||||||
• ALARMA REVERSA | |||||||
• PUERTA PANTOGRÁFI CA PASAJEROSDELANTE DEL EJE CON CONTROL NEUM A TICO I NTERIOR Y EXTERIOR | |||||||
• PUERTA CONDUCTOR CON VENTANA • PISO EN MADERA CUBIERTO CON SINTETICO LAVABLE, ANTIDEZLIZANTES Y RETARDANTE AL FUEGO, PARASOLES, CONDUCTOR Y AUXILIAR, LAMPARAS DE LECTURA INDIVIDUALES, PANELES LAVABLES Y ANTIRUIDOS, LUCES DE EVACUACION EN EL PISO. |
• MEDIOS DE SUJECION EN EL INTERIOR DEL VEHICU LO: LAS | |||||||
BAR AND AS Y PASAM ANOS DEBEN SER DE SECCI ON CI RCULAR U | |||||||
OV AL, SUS EXTREMOS DEBEN TERMINAR EN CURVA, DE M ANER A | |||||||
QUE NO EXIST A PELI GRO DE LESI ON DE LOS USUSARI OS. | |||||||
• VIDRIOS DE SEGURIDAD: PAR A VEN T AN AS L ATER ALES Y POSTERIORES | |||||||
VIDRIOS TEMPLADOS Y P ARA PAR ABRI SAS: VIDRI OS L AMINADOS. LOS | |||||||
VIDRIOS DEBEN SER TRANSPARENTES Y LIBRES DE PROPAGANDA, | |||||||
PUBLI CIDAD O ADHESIVOS QUE OBSTACULI CEN LA VISIBILIDAD. | |||||||
a. Entregar los bienes objeto del contrato, en perfectas condiciones, de la mejor calidad, de conformidad a lo estipulado y dentro del plazo de ejecución establecido a través de un profesional idóneo, que garantice la entrega del bien de acuerdo a las especificaciones establecidas. b. Entregar Garantía de fabrica Mínima 2 Años o 100.000 Kilómetros c. Entregar los vehículos con Emblemas y Pintura Institucionales (De acuerdo a diseño de Acreditación Institucional), lo cual se debe consolidar previamente con el Supervisor del Contrato. d. Entregar los Vehículos matriculados a nombre de la Universidad Xx Xxxxxx. e. Entregar los Vehículos matriculados en la ciudad xx Xxxxx- Nariño - Colombia, y con toda la documentación xx Xxx en regla para la correcta circulación de los mismos, la cual deberá coincidir con la prestación del servicio de transporte oficial. f. Entregar los vehículos y sus llaves en el plazo y sitio convenido por el supervisor del contrato. g. Entregar Carpeta por cada vehículo la cual debe contener: tarjeta de propiedad del vehículo, póliza soat, manual de operación, información técnica, garantías y certificado de emisión de gases. h. Cumplir con garantía técnica sustituyendo elementos que presenten, anomalía, irregularidad, daño o imperfecto o que no corresponda, a las descripciones o características técnicas exigidas. i. Entregar kit de carretera por cada vehículo que contenga todos los elementos que señala este aspecto el ministerio de transporte. j. Brindar Capacitación a los funcionarios que determine el Supervisor, sobre buen uso, máximo aprovechamiento de los vehículos y accesorios instalado, cuidados especiales, inspecciones de rutina y mantenimiento preventivo k. Constituir las garantías exigidas en el pliego de condiciones, de conformidad a las vigencias y porcentaje de valores en él establecidos, y entregar a la UNIVERSIDAD el original de las pólizas contentivas de los riesgos dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la suscripción del contrato para su respectiva aprobación. l. Actualizar las vigencias y valores iniciales de las garantías expuestas en el presente pliego, ante una eventual adición en tiempo o valor en el contrato inicial. El término de entrega de las pólizas actualizadas será de (3) días hábiles siguientes a la suscripción del acta que haga constar lo anterior. m. Ante una eventual suspensión del contrato, el CONTRATISTA se obliga a entregar a la UNIVERSIDAD, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la suscripción del acta de reinicio, las respectivas garantías actualizadas. n. Responder por el pago de los tributos que se causen o llegaren a causarse por la celebración, ejecución y cierre del contrato. o. Acreditar, en la oportunidad que así se requiera y según corresponda; que se encuentra al día en el pago de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar – ICBF y las cajas de compensación familiar. p. Informar al supervisor inmediatamente se tenga conocimiento y por escrito, de la ocurrencia de situaciones constitutivas de fuerza mayor o caso fortuito; que afecten o puedan afectar la adecuada ejecución del contrato y recomendar la actuación que debe proceder. q. Consultar a la UNIVERSIDAD XX XXXXXX las inquietudes de orden legal que se presenten en relación con la ejecución del contrato. r. Reemplazar el bien defectuoso o fuera de especificaciones, para tal efecto el funcionario que ejerce la supervisión del contrato, informará por escrito al contratista sobre la ocurrencia del hecho y acordará con este un plazo pertinente para diagnóstico del problema, o la reposición de los bienes. s. Mantener vigentes todas las licencias, certificaciones, permisos y/o autorizaciones exigidas por las autoridades, en relación con su objeto social, con las obligaciones y actividades derivadas del presente Contrato, así como con cualquier medio necesario para la ejecución, realización y/o desarrollo de los Servicios | |||||||
TERCERA.- PLAZO DE | El plazo de ejecución del Contrato será de NOVENTA (90) DÍAS HABILES, previo | ||||||
EJECUCIÓN Y | cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución contractual y previa | ||||||
VIGENCIA: | aprobación de las garantías por parte de la autoridad administrativa correspondiente | ||||||
CUARTA. – OBLIGACIONES DE LA UNIVERSIDAD | En virtud del presente contrato, LA UNIVERSIDAD se obliga a cumplir con lo siguiente: 1. Ejercer el respectivo control y vigilancia del cumplimiento del objeto del contrato, de manera directa o indirecta. |
2. Pagar el valor del contrato de acuerdo con los términos establecidos en pesos colombianos. 3. Designar un supervisor, quien vigilará la correcta ejecución contractual de conformidad a las estipulaciones plasmadas en la presente epístola. | |
QUINTA.- VALOR Y FORMA DE PAGO: | El valor total del presente contrato corresponde a la suma de $968.400.580 NOVECIENTOS SESENTA Y OCHO MILLONES CUATROCIENTOS MIL QUINIENTOS OCHENTA PESOS M/CTE (Con corrección aritmética a la propuesta económica), La Universidad xx Xxxxxx pagará al contratista el valor del contrato en un solo pago, a la entrega de los bienes. Para el pago el CONTRATISTA deberá presentar constancia de pago de los aportes correspondientes al sistema de seguridad social integral, los cuales deberán cumplir las previsiones legales, el recibido a satisfacción del supervisor, la factura y la orden de pago. |
SEXTA. - IMPUTACIÓN PRESUPUESTAL: | El valor del Contrato a celebrar será con cargo al siguiente certificado de disponibilidad presupuestal expedido por la Oficina De Presupuesto de la Universidad xx Xxxxxx. NÚMERO DE CDP FECHA DE EXPEDICIÓN VALOR DEL CDP VALOR A AFECTAR 1932-1 28/12/2022 $ 968.621.000 $968.400.580 |
SEPTIMA. - SUPERVISIÓN. | La supervisión de la ejecución y cumplimiento de las obligaciones contraídas por EL CONTRATISTA a favor de LA UNIVERSIDAD, estará a cargo de la Jefe de la Sección de Servicios Generales y Mantenimiento de la Universidad xx Xxxxxx o quien haga sus veces. De conformidad con el artículo 84 de la Ley 1474 de 2011 la supervisión contractual implica el seguimiento al ejercicio del cumplimiento obligacional por la entidad contratante sobre las obligaciones a cargo del CONTRATISTA. El supervisor está facultado para solicitar informes, aclaraciones y explicaciones sobre el desarrollo de la ejecución contractual, y será responsable por mantener informada a la entidad contratante de los hechos o circunstancias que puedan constituir actos de corrupción tipificados como conductas punibles, o que puedan poner o pongan en riesgo el cumplimiento del contrato, o cuando tal incumplimiento se presente. Las principales atribuciones de la supervisión son: a) Exigir el cumplimiento del contrato en los términos pactados. b) Verificar y exigir al CONTRATISTA, el cumplimiento del contrato a cabalidad de conformidad a la totalidad de documentos que hacen parte del proceso. c) Verificar y exigir al CONTRATISTA, la entrega de los bienes pactados, de conformidad a las especificaciones técnicas estipuladas en la totalidad de documentos que hacen parte del proceso. d) Estudiar los informes del CONTRATISTA, con el objeto de alertar sobre la toma de medidas necesarias y oportunas, frente a las diferentes circunstancias que en los mismos se adviertan. e) Expedir el correspondiente certificado de cumplimiento, previo a la presentación de informe que sustente las actividades ejecutadas. f) Decidir sobre los cambios no sustanciales, siempre y cuando no afecten la correcta ejecución del objeto contractual. g) Llevar el consolidado de la información técnica, jurídica, financiera, económica, administrativa y demás que se genere en ejecución del contrato. h) Organizar el archivo de toda la documentación que presente o se genere en desarrollo del contrato y remitirla al expediente original del contrato. i) Gestionar y llevar un control de las cuentas y pagos realizados al CONTRATISTA. j) Verificar el pago de aportes de seguridad social, realizados por el CONTRATISTA. k) Elaborar el acta de liquidación, y todo tipo de actas que llegaren a surgir en el presente contrato. l) Emitir conceptos motivados y con los soportes del caso sobre las diferentes circunstancias que se presenten en la ejecución del contrato, en especial en |
los eventos de incumplimiento total o parcial, la necesidad de imponer multas o sanciones, la declaratoria de caducidad del contrato, la modificación del contrato, prorrogas, suspensiones, acuerdos de precios, modificaciones unilaterales del contrato, liquidación bilateral o unilateral. m) Xxxxxxx acompañamiento al CONTRATISTA. en desarrollo de la ejecución del contrato. n) Las demás que le asigne el jefe inmediato o Contratante. | |
OCTAVA - DOMICILIO Y LUGAR DE LA EJECUCIÓN CONTRACTUAL | Para todos los efectos el domicilio contractual y el lugar de ejecución será el municipio de San Xxxx xx Xxxxx, Departamento xx Xxxxxx; Ciudadela Universitaria Torobajo - ubicada en la xxxxx 00 # 00-00. |
NOVENA: CLAUSULA PENAL: | En caso de incumplimiento que afecte gravemente la ejecución del contrato o ponga en peligro su cabal cumplimiento y pueda afectar a la UNIVERSIDAD, la entidad educativa dará por terminado el contrato y hará efectiva la cláusula penal que corresponderá al 40% del valor del contrato, caso en el cual además se ordenara hacer efectivas las garantías. El valor correspondiente al 40% del valor del contrato, incluido reajustes de precios se podrá cobrar previo requerimiento, con base en el presente documento, el cual presta merito ejecutivo. La presente cláusula no impide el cobro de todos los perjuicios adicionales que se causen sobre el citado valor. Este valor puede ser compensado con los montos que la UNIVERSIDAD adeude al CONTRATISTA con ocasión de la ejecución del presente contrato, de conformidad con las disposiciones legales vigentes. |
DÉCIMA. - CAUSALES DE TERMINACIÓN. | El presente Contrato podrá darse por terminado en los siguientes eventos: 1. Mutuo acuerdo entre las Partes. 2. Vencimiento del plazo de ejecución. 3. Por fuerza mayor o caso fortuito que hagan imposible la continuación de la ejecución del contrato. 4. Por las demás que existan en la Ley. |
DÉCIMA PRIMERA- MULTAS: | En caso de retraso o incumplimiento parcial de las obligaciones contractuales a cargo del CONTRATISTA, éste autoriza expresamente, mediante el presente documento, a LA UNIVERSIDAD para efectuar la tasación y cobro, previo requerimiento, de multas diarias sucesivas del 1% del valor total del contrato, sin que sobrepasen el 10% del valor total del mismo. La liquidación de las multas las efectuará LA UNIVERSIDAD en actas de recibo o en el certificado de cumplimiento, sin interesar el momento en que se ocasionen, y su cobro se efectuará descontando el valor de las mismas en el pago final. El pago de las multas no exonera al contratista, de su obligación de ejecutar el contrato, ni de las demás responsabilidades y obligaciones que se adquirieron en virtud de esta epístola. PARÁGRAFO: En el evento en que no puedan ser descontadas oportunamente o no sean pagadas en el mes siguiente a su tasación por parte del CONTRATISTA, se incluirán en la liquidación efectuada, la cual prestará merito ejecutivo. |
DÉCIMA SEGUNDA- INDEMNIDAD | EL CONTRATISTA se obliga a mantener indemne a LA UNIVERSIDAD contratante de cualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones de terceros que tengan como causa sus actuaciones hasta por el monto del daño o perjuicio causado. EL CONTRATISTA se obliga a mantener indemne a LA UNIVERSIDAD por cualquier obligación de carácter laboral, o relacionadas, que se originen ante el incumplimiento de las obligaciones laborales que el contratista asuma frente a su personal, subordinados o terceros que se vinculen a la ejecución de las obligaciones derivadas del presente contrato. |
DÉCIMA TERCERA- RESPONSABILIDAD | EL CONTRATISTA es responsable por el cumplimiento del objeto establecido en la cláusula primera del presente contrato. EL CONTRATISTA será responsable por los daños que ocasionen sus trabajadores o subcontratistas a la UNIVERSIDAD en la ejecución del objeto del presente contrato, así mismo asumirá la responsabilidad por accidentes que sufran sus empleados en el desarrollo del objeto contractual, responderá por omisión en el uso de los equipos de seguridad por parte de sus trabajadores. Ninguna de las partes será responsable frente a la otra o frente a terceros por daños especiales, imprevisibles o daños indirectos, derivados de la fuerza mayor o caso fortuito de acuerdo con la ley. |
DÉCIMA CUARTA- CESION | EL CONTRATISTA no puede ceder parcial ni totalmente sus obligaciones o derechos derivados del presente contrato sin la autorización previa, expresa y escrita por parte de LA UNIVERSIDAD. |
DÉCIMA QUINTA – SOLUCION DE CONFLICTOS | Las controversias o diferencias que surjan entre LA UNIVERSIDAD y EL CONTRATISTA con ocasión de la firma, ejecución, interpretación, desarrollo o terminación, así como cualquier otro asunto relacionado con el presente contrato, será sometido al trámite de arreglo directo entre las partes del que se levantara acta, en caso de no lograr un acuerdo, se deberá acudir al mecanismo alternativo de solución de conflictos de la conciliación extrajudicial, en cumplimiento a lo dispuesto por el numeral 1 del artículo 161 de la ley 1437 de 2011, en caso de no lograr acuerdo las partes están legitimadas para acudir a la jurisdicción competente. |
DÉCIMA SEXTA- INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES | Con la firma de este contrato, EL CONTRATISTA declara bajo la gravedad de juramento que no se halla incurso en las causales de inhabilidades e incompatibilidades o prohibiciones que le impidan contratar con LA UNIVERSIDAD, como las consagradas en el artículo 63 del Estatuto de contratación de la Universidad xx Xxxxxx. |
DÉCIMA SEPTIMA – PERFECCIONAMIENTO EJECUCIÓN Y LEGALIZACIÓN | El presente contrato requiere para su perfeccionamiento la firma de las partes, para su ejecución y legalización el respectivo Registro Presupuestal, firma del acta de inicio y aprobación de las garantías; y, la presentación por parte de EL CONTRATISTA, de los documentos que requiera la Universidad. |
DÉCIMA OCTAVA – INDEPENDENCIA DEL CONTRATISTA | EL CONTRATISTA es una entidad independiente de LA UNIVERSIDAD y, en consecuencia, EL CONTRATISTA no es su representante, agente o mandatario. EL CONTRATISTA no tiene la facultad de hacer declaraciones, representaciones o compromisos en nombre de LA UNIVERSIDAD, ni de tomar decisiones o iniciar acciones que generen obligaciones a su cargo. |
DÉCIMA NOVENA: – ESTABILIZACIÓN DE LA MONEDA E INTANGIBILIDAD DE LA OFERTA ECONÓMICA. | EL CONTRATISTA se obliga a asumir cualquier variación que se pueda presentar relativa a la moneda, entre la adjudicación y la suscripción del contrato. En ese sentido, el curso contractual en su noción económica no podrá ser modificada o anulada, sino en virtud de un acuerdo previo entre las partes. |
VIGÉSIMA: GARANTÍAS. | EL CONTRATISTA se obligará a garantizar el cumplimiento de las obligaciones surgidas a favor de LA UNIVERSIDAD, con ocasión de la ejecución del contrato, mediante la constitución de la siguiente garantía: EL CONTRATISTA se compromete a mantener vigente la garantía durante todo el tiempo que demande la ejecución del contrato, en consecuencia, se obliga a modificar las garantías señaladas, cuando sea necesaria una modificación, adición o suspensión, so pena de que LA UNIVERSIDAD declare incumplimiento. NOTA: Las garantías no serán aprobadas si no se expiden en la expresa forma dispuesta en esta epístola. |
VIGÉSIMA PRIMERA – CASO FORTUITO Y FUERZA MAYOR. | Las Partes quedan exoneradas de responsabilidad por el incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones o por la demora en cualquiera de sus prestaciones a cargo derivadas del presente contrato, cuando el incumplimiento sea el resultado o consecuencia de la ocurrencia de un evento de fuerza mayor o caso fortuito debidamente constatado de acuerdo con la Ley y la Jurisprudencia Colombiana. |
VIGÉSIMA SEGUNDA – DOCUMENTOS DEL CONTRATO. | Forman parte integral de este contrato los siguientes documentos: • Estudios xx xxxxxxx • Solicitud de Oferta. • Oferta del contratista. • Todas y cada una de las actas que se produzcan durante la ejecución del contrato. • Documentos del contratista sobre Seguridad y Salud en el trabajo acorde a la normatividad vigente. |
VIGÉSIMA TERCERA – LIQUIDACIÓN. | El presente contrato se liquidará de común acuerdo por LAS PARTES contratantes dentro de los cuatro meses calendario, contados a partir de la finalización del contrato o de la expedición del acto administrativo que ordene la terminación o a la fecha xxx |
XXXXXX | PORCENTAJE | VIGENCIA |
Cumplimiento | 20% del valor del contrato. | Vigente por el tiempo de ejecución del contrato y dos (2) meses más |
acuerdo que lo disponga. En todo caso la liquidación del contrato debe hacerse dentro de los dos años siguientes al vencimiento del término. En esta etapa las partes acuerdan realizar los ajustes, revisiones y reconocimientos a los que haya lugar. En el acta de liquidación constaran los acuerdos, conciliaciones y transacciones a que llegaren las partes para poner fin a las diferencias presentadas y poder declararse x xxx y salvo. Para la liquidación se exigirá al contratista la extensión o ampliación, si es el caso, de las garantías, para avalar las obligaciones que deba cumplir con posterioridad a la extensión del contrato. El Supervisor del contrato presentará la totalidad de los soportes que amparen la liquidación del mismo. | ||||||
VIGÉSIMA CUARTA – IMPUESTOS Y DEDUCCIONES. | Correrán por cuenta del contratista todos los gastos, impuestos, tasas y contribuciones nacionales, departamentales y municipales, derivados de la celebración, ejecución y liquidación del contrato, así como el valor de la prima de garantía y sus modificaciones. | |||||
VIGÉSIMA QUINTA – LIQUIDACIÓN UNILATERAL. | Si EL CONTRATISTA no se presenta a la liquidación del contrato o las partes no llegan a un acuerdo sobre el contenido de la misma, la liquidación se practicará directa y unilateralmente por LA UNIVERSIDAD y se adoptará por acto administrativo. | |||||
Para constancia se firma en San Xxxx xx Xxxxx, a los nueve días (9) del mes de diciembre de 2022. | ||||||
LA UNIVERSIDAD | XXXXXX XXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX Rectora UNIVERSIDAD XX XXXXXX Nº de Identificación: 30.738.251de Pasto | |||||
EL CONTRATISTA | XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX Gerente COOMNARIÑO LTDA Nº de Identificación: 00000000 | |||||
Asesoró: Xxxxxx Xxxxxxx/Abogada Departamento | ||||||
de Contratación | ||||||
Supervisor: Xxxx | Xxxxxxxx | Xxxxxx/Jefe | de | |||
Servicios Generales. | ||||||
Revisó y Asesoró: Dra. Xxxxx Xxxxxxxx | ||||||
Xxxxxxx/ Directora Departamento de Contratación |