Tabla de Contenido
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Tabla de Contenido
Artículo Primero: Equipos Participantes. 3
Artículo Segundo: Administración y Organización del Campeonato 3
Artículo Tercero: Temporada y Sistema de Juego 4
Artículo Cuarto: Posiciones Finales de Campeonato, Temporada y Descenso 6
Artículo Quinto: Calendario de Juegos 6
Artículo Sexto: Cupo Mínimo y Máximo de Jugadores y Participación de Extranjeros. 7
Artículo Sétimo: Participación de Jugadores y Miembros de Cuerpos Técnicos de Categorías Menores. 7
Artículo Octavo: Plazos para la Inscripción de Jugadores. 8
Artículo Noveno: Taquilla y su Porcentaje para UNAFUT 9
Artículo Décimo: Pago de Dietas y Viáticos de los Árbitros. 10
Artículo Decimoprimero: Control Doping 11
Artículo Decimosegundo: Disposiciones Diversas. 11
Artículo Decimotercero: Disposiciones Sancionatorias. 16
Artículo Decimocuarto: Documentos a presentar al Inicio del Torneo 17
Artículo Decimoquinto: Derogatoria 17
Artículo Primero: Equipos Participantes.
Tendrán derecho a participar en los Campeonatos Nacionales de Fútbol de Primera División, que se denominarán “Liga Promerica Apertura 2024 y Liga Promerica Clausura 2025”, (en adelante llamados campeonatos) los clubes debidamente inscritos como afiliados a la UNAFUT que hayan cumplido con los Estatutos y requisitos de participación que se establecen en estas Normas y el Reglamento a las Normas Competición, así como en las directrices, Reglamentos y Estatutos de la FCRF y que tengan la licencia de club profesional expedida por el Comité de Licencias de la FCRF para la temporada 2024 - 2025.
Asimismo, los clubes participantes deberán obligatoriamente jugar todos los partidos de los campeonatos, torneos y copas organizadas por UNAFUT con el balón oficial que determine el Consejo Director. Además, deberán de participar en todas las actividades comerciales, de medios, deportivas, galas de premiaciones, que determine el Consejo Director de la UNAFUT.
Los clubes afiliados podrán participar en Campeonatos Nacionales de Fútbol de Primera División, siempre y cuando inscriban en Liga Menor las 7 categorías establecidas por la UNAFUT (U21, U19, U17, U15, U14, U13, U12). Para esto deberán de cumplir según lo establecido en las Normas de Competición de categorías Élites y Prospectos.
Artículo Segundo: Administración y Organización del Campeonato.
La administración y organización de los campeonatos estará a cargo del Consejo Director de UNAFUT, en adelante, Consejo Director. La ejecución y dirección de dicho campeonato estará a cargo del Comité de Competición de UNAFUT, en adelante, Comité de Competición.
El Consejo Director, en su calidad de segunda instancia en materia de competición de UNAFUT, tendrán plenas facultades y potestades para resolver cualquier tipo de dificultad no prevista en la reglamentación, así como para resolver las dudas que surjan con motivo de la interpretación de las reglas, interpretación que no tendrá ulterior recurso y podrá realizar consulta al Comité de Competición para lo que estime pertinente.
Cualquier caso no contemplado en las presentes Normas o Reglamento de Competición será resuelto por el Consejo Director de UNAFUT, siempre y cuando los acuerdos sean tomados por mayoría calificada del Consejo Director de UNAFUT.
Los clubes participantes están obligados a respetar en su totalidad las normas (citadas en este documento), el Reglamento de Competición, el Reglamento Disciplinario, Reglamento Comercial, Reglamento de Comunicación y Prensa, Código de Conducta del Aficionado, Código de Ética, los acuerdos del Consejo Director y demás órganos de UNAFUT, Código Disciplinario de la FCRF y demás directrices y reglamentos vigentes de la FCRF.
Artículo Tercero: Temporada y Sistema de Juego.
La Temporada 2024 - 2025 consta de dos Campeonatos, uno Apertura 2024 y Clausura 2025. La Temporada comprende al menos desde la jornada número uno Apertura 2024 y hasta la Gran Final del Campeonato Clausura 2025.
El formato de juego es el siguiente:
Liga Promerica Apertura 2024.
Los doce equipos participantes formarán un solo grupo. El Campeonato tendrá 3 fases. La primera fase se denominará “Fase Regular”, en donde jugarán los doce equipos todos contra todos a visita recíproca de esta forma se completarán las 22 jornadas.
La segunda fase, se denominará “Fase de Semifinales” donde clasificarán los primeros 4 equipos de la Fase regular, esta fase la disputará el (1) primero vs (4) cuarto lugar y (2) segundo vs (3) tercer lugar. Cerrarán como locales los primeros dos equipos de la tabla de posiciones de la Fase regular de cada campeonato.
En la Fase de Semifinales, si al finalizar el segundo encuentro de cada serie la misma se encuentra empatada en puntos y goles se aplicará lo establecido en el artículo 98 del Reglamento de Competición.
La tercera fase, se denominará “Fase Final” donde los dos ganadores de la serie semifinal, jugarán una final a visita recíproca. Cerrará como local el equipo que haya estado mejor ubicado en la tabla de posiciones de la fase regular del campeonato.
En la Fase Final del Campeonato, si al finalizar el segundo encuentro de cada serie la misma se encuentra empatada en puntos y goles se aplicará lo establecido en el artículo 98 del Reglamento de Competición.
“Gran Final”: La disputará el ganador de la Fase Regular contra el ganador de la Fase Final, a visita recíproca. Cerrará como local el equipo que haya estado mejor
ubicado en la tabla de posiciones de la fase regular del campeonato.
Por su parte, si el ganador de la Fase Regular es el mismo de la Fase Final, automáticamente obtendrá el título de Campeón Nacional del Campeonato Apertura 2024. En este caso el Subcampeón será el equipo perdedor de la Final de la Fase Final.
En la Gran Final del campeonato, si al finalizar el segundo encuentro la serie se encuentra empatada en puntos y goles se aplicará lo establecido en el artículo 98 del Reglamento de Competición.
El ganador de la Gran Final será proclamado Campeón Nacional del Apertura 2024 y el perdedor será el Subcampeón.
El Campeonato se jugará en un total de 28 jornadas.
Liga Promerica Clausura 2025.
Este campeonato se disputará de la misma forma establecida para el Campeonato Apertura 2024.
Cupos a Concacaf.
Cupo CR1 Liga de Campeones Concacaf:
Entre el Campeón de Apertura y Clausura, lo obtiene el que cuente con mayor puntaje en la Tabla General Acumulada (entiéndase primera fase de apertura más clausura).
Cupo CR2 Liga Concacaf:
Entre el Campeón de Apertura y Clausura el que cuente con menor puntaje en la Tabla General Acumulada (entiéndase primera fase de apertura más clausura). Si el campeón de Apertura y Clausura es el mismo, este lugar lo ocupará el mejor equipo ubicado en la tabla General Acumulada que no es el equipo CR1.
Cupo CR3 y CR4 Liga Concacaf (Comodín):
Estos lugares lo ocuparán respectivamente los dos mejores equipos ubicados en la tabla General acumulada que no son el CR1 y el CR2.
Artículo Cuarto: Posiciones Finales de Campeonato, Temporada y Descenso a la Liga de Ascenso.
Las posiciones finales de cada campeonato serán determinadas por la Tabla General Acumulada. La ubicación de cada equipo será conforme a los puntos obtenidos en la “Fase Regular” (22 jornadas).
En caso de que el equipo ganador del Campeonato Nacional Apertura 2024 sea el mismo del Campeonato Nacional Clausura 2025 para participar en torneos internacionales, se aplicará lo que disponga la Concacaf en este sentido.
El equipo que termine en último lugar de la Tabla General Acumulada de ambos Torneos (Apertura y Clausura) descenderá automáticamente a la Liga de Ascenso (LIASCE).
En caso de que al concluir la “Fase Regular” del campeonato de Clausura 2025 el equipo que ocupa el último lugar en la tabla de posiciones final de la temporada (Apertura 2024 y Clausura 2025) según la Tabla General Acumulada perderá todo derecho a participar en la Fase Semifinales, por lo que descenderá automáticamente a la Liga de Ascenso. En tal caso su lugar en la Fase Semifinal será el siguiente equipo mejor ubicado en la Tabla de la etapa regular del Campeonato de Clausura.
Artículo Quinto: Calendario de Juegos.
El calendario de juegos del Campeonato Apertura 2024 y Campeonato Clausura 2025, será realizado por UNAFUT y se comunicará mediante una conferencia de prensa convocada al efecto por el Consejo Director. Deberá ser comunicado a los clubes 15 días antes del inicio de cada campeonato. El Consejo Director tendrá la facultad de preestablecer parámetros en la calendarización, tomando en cuenta estadísticas previas sobre asistencia a estadios, ubicación en el torneo anterior, acontecimientos en las zonas de arraigo de los clubes u otras, siempre que no afecten los principios de trato equitativo, transparencia y Fair Play. Además, el calendario de juegos tomará en cuenta los intereses de la Selección Nacional con previa coordinación y notificación de la FCRF, así como la participación de los clubes en Torneos Internacionales.
Las fechas disponibles para jugar y cualquier modificación de estas serán determinadas o variadas por el Comité de Competición o excepcionalmente por el Consejo Director, conforme a las disposiciones establecidas en los artículos 87, 88, 89 y 90 del Reglamento de Competición.
Artículo Sexto: Cupo Mínimo y Máximo de Jugadores y Participación de Extranjeros.
Los clubes deberán tener inscritos para cada Campeonato un mínimo de dieciséis y un máximo de treinta y cinco jugadores en cada Campeonato. El cupo máximo de jugadores extranjeros inscritos en Primera División será de cinco. Los clubes deberán de registrar el mínimo de dieciséis jugadores 8 días hábiles antes del inicio de cada campeonato.
En la alineación (Nómina de jugadores titulares y de cambio) oficial en partidos de Campeonato podrán estar y jugar solo cinco jugadores extranjeros como máximo, independientemente de su categoría. Es decir, podrán estar alienados un total de cinco jugadores extranjeros.
Si el club respectivo, ya tiene inscrito en la nómina de primera división a sus cinco extranjeros, los jugadores extranjeros inscritos en las categorías de ligas menores no podrán ascender ni jugar en el campeonato de primera división.
Los clubes que incumplan esta norma serán sancionados de acuerdo con lo que establece el artículo 105 (Omisiones e incumplimientos diversos) del Reglamento de Competición vigente.
Artículo Sétimo: Participación de Jugadores y Miembros de Cuerpos Técnicos de Categorías Menores.
Podrán participar en partidos de primera división jugadores de Liga Menor, sean nacionales o extranjeros, de los clubes inscritos ante UNAFUT presentando la cédula de identidad, pasaporte o Dimex, siempre y cuando estén debidamente inscritos a nombre del mismo equipo de Primera División. Queda a salvo lo dicho en cuanto al máximo número de jugadores extranjeros habilitados para jugar en la Primera División.
Podrán participar en partidos de primera división miembros de cuerpos técnicos de categorías menores, sean nacionales o extranjeros, de los clubes inscritos ante UNAFUT con la Licencia expedida por la FCRF que lo acredite cuando sustituyan a un miembro del cuerpo técnico de la categoría superior y que estén debidamente inscritos a nombre del mismo equipo de Primera División.
Durante la primera fase de la Liga Promerica Apertura 2024 y Clausura 2025, cada club deberá poner a jugar en la Primera División durante al menos 1440 minutos por campeonato, a jugadores nacionales inscritos en la nómina de la Primera División o en alguna de sus categorías de Liga Menor de UNAFUT. Los cuales su porcentaje
se dará de la siguiente manera:
Año | Porcentaje minutos jugados |
2006, 2007, 2008, 2009 | 125% |
2004, 2005 | 100% |
2003 | 50% |
La sanción en caso de incumplimiento es la pérdida de 3 puntos que se rebajarán al finalizar la Fase Regular (primera fase) y se considerará como un criterio de desempate según lo establecido en el artículo 98 del Reglamento de Competición.
Para efectos del cumplimiento de esta norma en cada partido solo se podrá contabilizar 180 minutos como máximo.
Un jugador o miembro del Cuerpo Técnico sancionado en una de las categorías de Liga Menor, no podrá participar en Primera División hasta tanto no cumpla su castigo en la categoría en la que fue sancionado, salvo que el campeonato donde fue sancionado estuviere inactivo o suspendido, en cuyo caso la sanción también se suspenderá hasta su reactivación.
Si al finalizar un campeonato de las categorías de Liga Menor, algún jugador o miembros del cuerpo técnico tuviera pendiente una sanción de suspensión esta deberá cumplirse en la categoría en la que sea inscrito en el siguiente Campeonato.
Artículo Octavo: Plazos para la Inscripción de Jugadores.
El período para gestionar y lograr la inscripción de jugadores para el Campeonato Apertura 2024, es el siguiente:
Inicio: 05 de julio 2024.
Finaliza: 16 de setiembre 2024.
El período para gestionar y lograr la inscripción de jugadores para el Campeonato Clausura 2025, es el siguiente:
Inicio: 06 de enero 2025.
Finaliza: 3 de febrero 2025.
Una vez cumplida la fecha señalada para la inscripción de jugadores no podrá ser
inscrito ningún jugador en los sistemas asignados por la UNAFUT.
Plazo extraordinario de inscripción de jugadores: Se concederá un período extraordinario de inscripción de jugadores xx xxxx (10) días hábiles contados a partir de la finalización de los plazos para la inscripción de jugadores supra indicados; para inscribirse con otro club, siempre y cuando se cumplan las excepciones siguientes:
a) Un jugador con contrato vigente e inscrito ante la UNAFUT que haya sido des inscrito por su club en los últimos ocho días hábiles antes del cierre del período de inscripciones respectivo.
b) Por sentencia firme de la Cámara Resolución de Disputas de FIFA, Cámara Nacional de Resolución de Disputas de la FCRF o sentencia del Tribunal Arbitral del Deporte (TAS). También por resolución firme dictada por autoridades judiciales costarricenses en Proceso de Conocimiento o de Tutela Cautelar.
c) Finiquito suscrito por el club y jugador para dar por terminado el contrato de mutuo acuerdo.
d) Carta del club que pone fin al contrato con el jugador.
e) Se haya solicitado el Certificado de Transferencia Internacional (CTI) del jugador dentro de los periodos de inscripción y se encuentre a la espera de la entrega del CTI por parte de la Federación contraria.
Artículo Noveno: Taquilla y su Porcentaje para UNAFUT.
La taquilla pertenece al club sede, correspondiéndole a la UNAFUT el cinco por ciento (5%) de la taquilla bruta, monto que en ningún caso podrá ser menor de cien mil colones (₡100.000,00) por partido.
Para efectos de reporte de taquilla, los clubes deberán de aportar ante la UNAFUT por partido en condición de local lo siguiente: liquidación oficial emitida por la tiquetera, boleta de liquidación de UNAFUT y comprobante de pago.
Para la Fase Semifinal, Fase Final y Gran Final, de cada campeonato, los equipos locales adicionalmente deben pagar a UNAFUT, sin perjuicio de los otros montos indicados en estas normas, un diez por ciento (10%) de la taquilla bruta.
La suma correspondiente al 10% de dichas taquillas se distribuirá de la siguiente forma:
Equipos 5 a 11: Un 12.5% del total que represente el premio del 10% Equipo 12 (descendido): un 5.0%.
Adicionalmente, habrá una bonificación por ubicación en la tabla para los equipos 5-7 de la siguiente manera:
Equipo #5: Un 4.0% adicional.
Equipo #6: Un 2.5% adicional.
Equipo #7: Un 1.0% adicional.
El plazo para pagar la taquilla es de cinco (5) días hábiles posteriores a la celebración del partido. El incumplimiento será sancionado con lo que establece el artículo 105 del Reglamento de Competición.
El no pago será sancionado con lo que establece el artículo 105 (Omisiones e incumplimientos diversos) del Reglamento de Competición.
El club está obligado a enviar el comprobante de pago al correo electrónico xxxxxxxxxxxx@xxxxxx.xxx un mínimo de 24 horas antes del partido programado. En caso de incumplimiento se aplicará la sanción establecida en el artículo Décimo Tercero de este Reglamento.
El Consejo Director nombrará, cuando lo estime conveniente uno o varios fiscales que supervisen todo lo relativo a la taquilla e ingreso de personas al estadio. El club sede está obligado a brindar la información y documentación que la UNAFUT o fiscales soliciten, y a brindar la colaboración que se requiera, para el adecuado cumplimiento de las labores de estos funcionarios.
En casos de emergencia nacional en que las autoridades competentes establezcan que uno o varios partidos deban jugarse a puerta cerrada, los clubes casa de esos juegos no deberán depositar a UNAFUT el porcentaje de taquilla estipulado en esta Norma, según decisión fundamentada que al efecto tomará el Consejo Director.
Artículo Décimo: Pago de Dietas y Viáticos de los Árbitros.
Corresponde a los clubes el pago de la totalidad de las dietas y viáticos del cuerpo arbitral en cada jornada de Liga Promerica Apertura 2024 y Liga Promerica Clausura 2025, así como los gastos que ocasione la reprogramación de los partidos suspendidos, de acuerdo con lo que al respecto disponga el Consejo Director de UNAFUT.
Los pagos se harán a la cuenta bancaria de UNAFUT el lunes anterior a los partidos
programados de oficio para el fin de semana (viernes, xxxxxx, xxxxxxx y lunes) y
los días miércoles de la semana anterior para partidos programados de oficio para mitad de semana (martes, miércoles y jueves). Todo lo anterior conforme al Calendario de Xxxxx enviado por UNAFUT previo al inicio del campeonato.
El no pago será sancionado con lo que establece el artículo 105 (Omisiones e incumplimientos diversos) del Reglamento de Competición.
El club está obligado a enviar el comprobante de pago al correo electrónico xxxxxxxxxxxx@xxxxxx.xxx un mínimo de 24 horas antes del partido programado. En caso de incumplimiento se aplicará la sanción establecida en el artículo Décimo Tercero de este Reglamento.
Artículo Decimoprimero: Control de Dopaje.
Durante el desarrollo del Campeonato Nacional Apertura 2024 y Campeonato Nacional Clausura 2025, se aplicará el sistema de control de dopaje, de acuerdo con los reglamentos aprobados por el Comité Ejecutivo de la FCRF, la Comisión Nacional Antidopaje xx Xxxxx Rica (CONAD-CR), y la FIFA.
Artículo Decimosegundo: Disposiciones Diversas.
a. El Comité de Competición deberá autorizar a los clubes afiliados los partidos amistosos, dentro o fuera xx Xxxxx Rica con equipos nacionales o extranjeros, en que participen clubes de Ligas No Aficionadas. De igual forma deberá procederse en caso de juegos amistosos entre sí de clubes afiliados a la UNAFUT, u otras Ligas adscritas a la FCRF. Lo anterior, se debe de cumplir en base a lo establecido en el artículo 79 del Reglamento de Competición. En caso de incumplimiento se aplicará la sanción establecida en el Reglamento Disciplinario en el artículo 54.
Deberá tramitarse ante la FCRF el aval de partidos amistosos internacionales.
El Consejo Director de UNAFUT establecerá las condiciones para otorgar el aval de estos partidos.
b. Para colectivos de carácter nacional deben informar al Comité de Competición al menos tres días hábiles antes de su realización y para internacionales seguir los lineamientos de FCRF.
c. El club sede de un partido oficial organizado por UNAFUT, está obligado a
designar, en el estadio que se trate, espacios numerados, según lo indicado
en el Reglamento Comercial en el artículo de Boletos.
d. El club sede de un partido oficial organizado por UNAFUT está en la
e. obligación de entregar al menos quince entradas de cortesía en palco o zona preferencial para la Junta Directiva y Administración del equipo visita. En caso de incumplimiento será sancionado con lo que establece el Reglamento Disciplinario.
El incumplimiento de lo dispuesto en este inciso será sancionado de conformidad con lo que establece el Reglamento Disciplinario.
f. Las ceremonias de premiación en estadio, que se realizarán al finalizar cada campeonato, en caso de que se realice la Final Vuelta o Gran Final Vuelta, serán organizadas por la UNAFUT. Es obligación para todos los clubes afiliados a la UNAFUT participar y asistir a éstas. Adicionalmente, los clubes deberán cumplir con todo lo estipulado en el artículo 17 del Reglamento Comercial.
El incumplimiento de lo dispuesto en este inciso y lo indicado en el Reglamento Comercial será sancionado de conformidad con lo que establece el Reglamento Disciplinario.
g. Los clubes deben instalar en sus Estadios para todos los partidos oficiales, las vallas de marcas patrocinadoras de UNAFUT con vista televisiva y centrada tal y como lo indica el Reglamento Comercial.
El incumplimiento de lo dispuesto en este inciso será sancionado de conformidad con lo que establece el Reglamento Disciplinario.
h. Los clubes deben de registrar previo al inicio del campeonato ante el Departamento de Competición de UNAFUT una lista de mínimo 20 junta bolas, la cual puede ser modificada durante el campeonato, presentando la copia de tarjeta de identidad de Menores o cédula de identidad 24 horas antes del partido programado. Para esto deberán de cumplir según lo establecido en el artículo 53 del Reglamento de Competición.
i. Le corresponde a UNAFUT el espacio de la manga derecha de todos los uniformes de los jugadores y porteros (oficial, alterno, u opcional) y réplicas al comercio de los clubes afiliados a UNAFUT. En este espacio cada club debe ubicar el logotipo según lo indicado en el Reglamento Comercial, previo al inicio de cada campeonato. El incumplimiento de esta norma será
sancionado con lo que determine el Reglamento Disciplinario.
j. Los clubes afiliados deben incorporar todas las disposiciones comerciales, de marca, publicidad, entre otras, estipuladas en el Reglamento Comercial.
k. Los clubes afiliados deben cumplir con todas las disposiciones estipuladas en el Reglamento de Comunicación y Prensa para Clubes de la Liga Promerica. El incumplimiento de esta disposición será sancionado de acuerdo con lo que establece el Reglamento Disciplinario.
l. Se impondrá una sanción de acuerdo a lo que establece el Reglamento Disciplinario, al club sede de la Final ida, Final vuelta, Gran Final ida y Gran Final vuelta, que no entregue a UNAFUT y/o a la Comisión de Arbitraje de FCRF los espacios en zona preferencial o palco. El lugar disponible debe guardar las condiciones idóneas para la seguridad y comodidad de los patrocinadores e integrantes de UNAFUT. El Departamento de Competición de UNAFUT previo al inicio de cada campeonato, hará una inspección al estadio sede verificando que este reúna las condiciones para el cumplimiento de esta obligación y en caso de no reunirse la condiciones una vez escuchado la posición del club, podrá determinar que el estadio habilitado no reúne las condiciones de seguridad y en tal caso le exigirá al club que la final se organice en otro estadio alterno. De no ofrecerse otro estadio alterno que reúna las condiciones requeridas, la final se realizará en el estadio designado por el Consejo Director.
El Consejo Director dará a conocer a los clubes al inicio del campeonato los requerimientos mínimos para que en su estadio se pueda llevar a cabo los partidos de la Final y Gran Final (ida y vuelta) del campeonato.
m. Cada club deberá pagar, por una única vez antes del inicio del Campeonato Nacional Apertura 2024, la suma de trescientos mil colones, por concepto de cuota de inscripción en los Campeonatos Nacionales Apertura 2024 y Clausura 2025. Con esta cancelación se cubren costos administrativos, no pudiendo UNAFUT cobrar monto alguno a los clubes salvo lo estipulado en estas normas, reglamentos o acuerdos de Asamblea General de Asociados.
n. Los clubes están en la obligación de utilizar los balones oficiales aprobados y suministrados por la UNAFUT del patrocinador respectivo que determine el Consejo Director. El club sede deberá de suministrar al inicio del juego de que se trate al menos trece balones (Uno con cada junta bolas, además uno con el cuarto árbitro, uno con el juez central y tres de reserva para reponer cada uno de los perdidos) de la marca, modelo y sello de calidad FIFA aprobados.
o. El plazo de las prevenciones a que hace referencia el artículo 23 inciso h) (Derechos de los Clubes Afiliados), del Reglamento de Competición, es de al menos dos (2) días hábiles contados a partir del día siguiente a su notificación.
p. Los clubes están obligados a iniciar el campeonato en su totalidad, y de cumplir con el calendario del campeonato de que se trate, y las fechas definidas en el mismo, según la ratificación que realiza en la sesión correspondiente el Comité de Competición. Además, deben estar al día con los rubros económicos, administrativos y legales del campeonato anterior para iniciar el siguiente campeonato.
q. Todos los clubes afiliados a UNAFUT, deberán participar en los torneos y o competencias que establezca el Consejo Director llámese Torneo de Copa, Súper Copa, Recopa o cualquier otro oficial de UNAFUT. El incumplimiento de esta disposición será sancionado de acuerdo con lo que establece el Reglamento Disciplinario.
r. El Consejo Director de UNAFUT podrá determinar que los partidos de la última jornada correspondiente a la etapa de clasificación, se jueguen a la misma hora y el mismo día, siempre y cuando a su criterio definan una clasificación o descenso. Para esta jornada los equipos que jueguen a la misma hora deberán llegar al estadio sede dos (2) horas antes del inicio del partido. El incumplimiento de no respetar las dos (2) horas establecidas sin justificación ante UNAFUT, será sancionado de acuerdo con lo que establece el Reglamento Disciplinario.
s. Los clubes deben cumplir lo establecido en el plan de seguridad aprobado por el Ministerio de Seguridad Pública, para cada partido. El plan de seguridad deberá de ser enviado al Departamento de Competición de UNAFUT al menos 24 horas antes del partido programado. El incumplimiento de esta disposición será sancionado de acuerdo con lo que establece el Reglamento Disciplinario.
t. Los clubes deben cumplir con el protocolo de inicio de cada partido, de acuerdo con lo estipulado en el Reglamento Comercial. para lo cual deben utilizar la bandera del Patrocinador Oficial del Campeonato y la bandera de UNAFUT. El cuarteto arbitral y jugadores de ambos clubes deberán de ingresar al terreno de juego y alinearse según lo indicado por el Comisario. Además, ingresará un niño o niña menor de 12 años, con la vestimenta oficial brindada por la UNAFUT para que del pedestal tome el balón, lo entregue al árbitro y lea un lema del Campeonato. En el protocolo de inicio de cada
partido está prohibido la presencia de patrocinadores no autorizados por
UNAFUT. Para efecto de las activaciones durante el medio tiempo y las realizadas antes del inicio del partido, estas deben ser reportadas al menos 8 horas antes del inicio del encuentro, por el medio que indique la UNAFUT.
Todo lo anterior de acuerdo con lo estipulado en el Reglamento Comercial. El incumplimiento de esta disposición será sancionado de acuerdo con lo que establece el Reglamento Disciplinario.
u. Las restricciones horarias tomarán en cuenta las condiciones propias en cada estadio, según datos obtenidos por instrumentos de medición de temperatura, humedad y sensación térmica, relacionados adicionalmente con el tipo de cancha utilizada.
Para el Campeonato de Apertura 2024 y Clausura 2025 el inicio del partido quedará restringido conforme a la siguiente tabla:
Sensación térmica | Categoría | Natural | Sintético |
41°- 50°+ | 3 | 03:00 PM | 03:00 PM |
35°- 40.9° | 2 | 01:30 PM | 03:00 PM |
30°- 34.9 ° | 1 | Libre | 01:30 PM |
Estas restricciones se incluirán en el Reglamento de Competición y se darán a conocer a los clubes en disputa por lo menos diez (10) días hábiles antes del inicio del campeonato.
El Departamento de Competición hará evaluaciones periódicas dentro del campeonato con el fin de verificar si se mantiene o no en cada estadio las condiciones iniciales que dieron origen a su condición de libre horario u horario restringido. El Consejo Director será el encargado de aprobar o rechazar las evaluaciones presentadas.
En caso de que durante el campeonato haya algún cambio en cuanto a la categoría o el tipo de césped se le notificará al club cuál es la nueva condición en cuanto a restricción horaria.
v. Los clubes deben de informar mediante un oficio a UNAFUT ocho (08) días hábiles antes del inicio de cada Temporada el nombre de su Televisora Oficial, así como en el momento que se realice algún cambio durante la
temporada. El incumplimiento de esta disposición será sancionado de
acuerdo con lo que establece el Reglamento Disciplinario.
w. Los clubes deberán reproducir antes del inicio, durante, y/o después del encuentro, los audios oficiales de UNAFUT con respecto a la no violencia,
racismo y otros que a su momento el Consejo Director determine. Además, de utilizar siempre los himnos y audios oficiales durante el protocolo de inicio de los partidos, premiaciones y otros actos protocolarios.
Artículo Decimotercero: Disposiciones Sancionatorias.
a. Se le impondrá al club que incumpla con lo establecido en el artículo noveno (Taquilla y su Porcentaje para UNAFUT) y artículo décimo (Pago de Dietas y Viáticos de los Árbitros) de las Normas de Competición, las siguientes multas:
1. Quinientos mil colones (₡500.000,00) por la omisión de pagar a UNAFUT el porcentaje de la taquilla que le corresponda, dentro del plazo establecido.
2. Quinientos mil colones (₡500.000,00) en caso de que el pago se realice mediante cheque y el mismo no cuente con los fondos suficientes.
3. Trescientos mil colones (₡300.000,00) por la omisión de remitir a UNAFUT la liquidación de la taquilla que le corresponda, dentro del plazo establecido.
4. Dos millones de colones (₡2.000.000,00) por presentar reportes de asistencia y recaudación falsos, según lo determine el Consejo Director.
5. Cinco millones de colones (₡5.000.000,00) cuando permitan asistencia al estadio en un número mayor al que está previamente autorizado. Para esta infracción se tomará como prueba la ocupación total del estadio, incluyendo los pasillos y zonas xxxxxxxxx, es decir, que se evidencie que no hay sectores de gradería vacíos, sino que está lleno en su totalidad, incluyendo los sectores de pasillos y zonas xxxxxxxxx.
Estas multas serán impuestas por el Consejo Director, una vez que se haya comunicado el incumplimiento por parte de la administración.
Las multas previstas en los puntos 1, 2 y 3 de este artículo, devengarán un interés moratorio de cinco por ciento (3%) mensual, sin perjuicio de las sanciones previstas en el artículo 105 (Omisiones e incumplimientos diversos) del Reglamento de Competición.
b. Se impondrá al club, o al jugador, o miembros de Cuerpo Técnico que incumpla con el pago de cualquier obligación pecuniaria en firme, dictada por cualquier órgano de la UNAFUT, FCRF o judicial, que tenga competencia para ello, la no tramitación, o la no expedición de documentos, la suspensión de cualquier
trámite administrativo, la suspensión de partidos oficiales, o cualquier otra gestión que realice ante la institución. Esta disposición será aplicable y entrará en vigor 30 días naturales posteriores a que la decisión emitida por los órganos anteriormente indicados quede en firme. Lo anterior, sin perjuicio de la aplicación adicional de la sanción indicada por el artículo 105 del Reglamento de Competición vigente por todo el plazo en que se encuentre moroso el infractor que se trate.
En todos los casos, la condición de morosidad por deudas con jugadores, clubes, deudas económicas declaradas por entes administrativos o judiciales, únicamente podrá ser levantada inmediatamente, cuando el pago se haya efectuado mediante transferencia electrónica bancaria, depósito en efectivo, depósito de un cheque de gerencia o efectivo, por las vías que para tal fin haya establecido el órgano de la UNAFUT o FCRF o ente judicial que dictó la decisión condenatoria. Correrá por cuenta del club moroso acreditar ante el órgano de la
UNAFUT o FCRF que dictó la resolución condenatoria, al menos con cuarenta y ocho horas de antelación a la fecha de realización del partido, que ha honrado su obligación conforme se indicó anteriormente. El órgano correspondiente notificará al Consejo Director de la UNAFUT cuando la deuda haya sido pagada. En los casos de las condenatorias por parte de un ente judicial, la parte vencida deberá demostrar ante el Consejo Director que ha honrado su obligación y ha hecho pago de la deuda.
Artículo Decimocuarto: Documentos a presentar al Inicio del Torneo.
Artículo Decimoquinto: Derogatoria.
Estas Normas derogan cualesquiera otras anteriores que regulen las materias aquí establecidas. Las presentes Normas de Competición regirán para el Campeonato de Apertura 2024 y Campeonato de Clausura 2025 y no podrán ser modificadas ni
reformadas durante el transcurso de dichos campeonatos. Sin embargo, el Consejo
Director, podrá interpretar e integrar aquellas normas que sean omisas o insuficientes para resolver una situación no contemplada en esta normativa, siempre y cuando no lesione los principios generales de la competición, los principios de trato equitativo y transparencia, o disposiciones superiores emanadas de la Federación, la Confederación o la FIFA.
Los clubes no pueden alegar desconocimiento o ignorancia de estas normas, las cuales no pueden ser objeto de reclamos en instancias ajenas a la jurisdicción deportiva reconocida por UNAFUT o los órganos federativos citados.
Articulo Decimosexto.
Un miembro del cuerpo técnico o jugador inscrito en Primera División con un club afiliado podrá además ser inscrito en Liga Menor de su mismo club como miembro del Cuerpo Técnico siempre y cuando cumpla con los requisitos dispuestos por la FCRF para integrantes de cuerpos técnicos. Esta condición deberá constar en el contrato deportivo inscrito ante la UNAFUT con el club que se trate o mediante contrato adicional suscrito por las dos partes, documento que se agregará al contrato vigente del jugador.
Xxxxxx miembro del cuerpo técnico o jugador podrá estar inscrito en dos ligas afiliadas a la FCRF. Por su parte, los integrantes del cuerpo médico no tendrán restricción alguna de lo antes mencionado. Los clubes que incumplan esta norma serán sancionados de acuerdo con lo que establece el artículo 105 (Omisiones e incumplimientos diversos) del Reglamento de Competición vigente.