Contract
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CONTRATO ADMINISTRATIVO NÚMERO _______ GUION DOS MIL DIEZ(__-2010). SUMINISTROS.--------------------------------------------------------------------------------------------------------- En la ciudad de Guatemala, el ____ de ______ del año dos mil diez, comparecemos por una parte (Comparecencia del Representante Legal del Instituto de Fomento Municipal –INFOM-) y acreditación de su personería. Por la otra parte ______________, de ___ años de edad, (estado civil), (nacionalidad), (profesión u oficio), (domicilio), quien se identifica con ______ número de orden y de registro _______ extendida por _________, señalo como lugar para recibir notificaciones, citaciones y/o emplazamientos la ________________________, actúo en mi calidad de _________ y Representante Legal de la entidad denominada ____________, constituida por Escritura Pública número _____ autorizada por el Notario _____, con fecha ______. inscrita en el Registro Mercantil al número _____ (___), folio ____ (___) del libro _____ (___) de Sociedades Mercantiles (o Patente de comercio de empresa, si fuere empresa individual) y acredito la calidad con que actúo por medio del Acta Notarial de nombramiento, autorizada en esta Ciudad el _______, por el Notario _______, inscrita en el Registro Mercantil de la República al número ________ (___), folio ____ (___), del libro _____ (___) de Auxiliares de Comercio e inscrita en el Registro de Proveedores adscrito al Ministerio de Finanzas Públicas con Número de Identificación Tributaria (N.I.T) _______________ (_____). Toda la documentación relacionada se tiene a la vista y ambos otorgantes aseguramos ser de los datos consignados, hallarnos en el libre ejercicio de nuestros derechos civiles y que las representaciones que se ejercitan son amplias y suficientes para la celebración del presente Contrato a nuestro juicio y de conformidad con la ley. En lo sucesivo ambos nos denominaremos, en su orden INFOM y EL PROVEEDOR. Y en la calidad con que actuamos celebramos CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SUMINISTRO, el que se ajusta a las cláusulas siguientes: PRIMERA: BASE LEGAL: El presente Contrato se suscribe con fundamento en lo que al respecto determinan los artículos cuarenta y siete (47), cuarenta y ocho (48) y cuarenta y nueve (49), de la Ley de Contrataciones del Estado, Decreto número cincuenta y siete guión noventa y dos (57-92) del Congreso de la República; y artículo veintiséis (26) de su Reglamento; y en los siguientes ANTECEDENTES: Yo, (representante legal de INFOM), en la calidad con que actúo, manifiesto que mi representada, invitó a presentar ofertas para _______________ el PROYECTO DE __________________, con las características descritas en las especificaciones técnicas y la Junta de Cotización con fundamento en la Ley de contrataciones del Estado, resolvió adjudicar la Cotización número ___ (___), adjudicación contenida en Acta número ______________ (___), de fecha _________________ a la empresa denominada _________________________. La ______(autoridad correspondiente) de INFOM aprobó lo actuado por la Junta de Cotización por medio de Acuerdo número _____ (____) de fecha ________________; así como lo solicitado por _______ en Oficio número _________ de fecha ________, en el cual se instruye para la elaboración del presente contrato. SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATO: EL PROVEEDOR se compromete a proporcionar los suministros de acuerdo a las BASES GENERALES DE COTIZACIÓN, DISPOSICIONES ESPECIALES, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, FORMULARIO DE INVITACIÓN A COTIZAR Y ADJUDICACION REALIZADA de acuerdo a la oferta presentada por la entidad adjudicada, en la forma siguiente: ___ (descripción de los suministros adjudicados) ____. TERCERA: VALOR DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO: INFOM pagará a EL PROVEEDOR la cantidad de ____________________________ (Q.___________) valor que incluye el Impuesto Al Valor Agregado (IVA). Con cargo a la partida presupuestaria número: ____________________ (______) del Presupuesto de Ingresos y Egresos para el año dos mil diez asignado a INFOM, Fondos __________. FORMA DE PAGO: El valor del presente Contrato se cancelará de la siguiente manera: a) Contra la entrega de los suministros, efectivamente realizada y debidamente aceptada por INFOM; b) Contra la presentación de la factura en triplicado extendidas en debida forma de acuerdo a la ley; c) El monto a pagar se hará efectivo, en un único pago, después de que se haya formalizado el Acta de Recepción, a entera satisfacción de INFOM, dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha de dicha Acta. Todo pago se hará exclusivamente en Quetzales en la Tesorería del INFOM. CUARTA: PLAZO: La entrega será en un plazo máximo de ________ (___) días calendario, a partir de los diez días de haberse aprobado el Contrato respectivo en el lugar indicado en este Contrato. QUINTA: AUTORIZACIÓN DE PRORROGA AL PLAZO CONTRACTUAL. La falta de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en este Contrato por cualesquiera de las partes, no se considerará violación o incumplimiento del mismo, si la misma se debe a fuerza mayor, caso fortuito u otra causa no imputable a EL PROVEEDOR que esté debidamente comprobada, para lo cual el proveedor deberá: notificar dentro del plazo xx xxxx días de ocurrido el hecho y antes del vencimiento del plazo contractual, a la Supervisión o su equivalente del INFOM, indicando las implicaciones en la ejecución del Contrato, para que se levante el acta correspondiente. Desaparecidas las causas que motivaron a EL PROVEEDOR hacer la notificación, éste lo hará del conocimiento de la Supervisión o su equivalente para que se levante nueva acta, en la que se hará constar la prórroga a que tiene derecho EL PROVEEDOR. Cuando por cualquier otra causa no imputable a EL PROVEEDOR se afecte el desarrollo normal de los trabajos o entrega, éste hará la solicitud de prórroga a la supervisión o su equivalente, exponiendo los motivos que la justifican. INFOM resolverá si ha lugar o no lo solicitado. Fuera de los casos indicados anteriormente, EL PROVEEDOR no podrá solicitar ni INFOM conceder mayor prórroga. Cualquier exceso de tiempo será tenido como retraso imputable a EL PROVEEDOR para los efectos de pago de las sanciones respectivas. SEXTA: OBLIGACIONES DE EL PROVEEDOR: Se compromete a: I) ENTREGA: Se obliga a entregar los suministros en __________ o en el lugar designado por INFOM en el plazo establecido, por lo que será responsable del transporte de los suministros a dicho lugar. II) En caso de detectarse cualquier defecto de los suministros, el proveedor proporcionará los necesarios para reponer los defectuosos durante el período de garantía establecido en la cláusula Octava de este contrato, sin costo adicional para INFOM; III) EL PROVEEDOR proporcionará todas las facilidades e informaciones necesarias a la COMISIÓN RECEPTORA para la supervisión de la entrega de los suministros. Al momento de la entrega se verificará que los bienes se encuentren en buen estado de acuerdo con las especificaciones estipuladas, practicándoles la correspondiente revisión; si estuvieran satisfactorios se procederá a la recepción definitiva. Con el Acta de Recepción efectuará el ingreso de los suministros a la bodega, entregando a EL PROVEEDOR copia de la constancia de Ingreso a bodega. SÉPTIMA: OBLIGACIONES DE INFOM. a) Emitir constancia de recepción de los suministros, si éstos cumplen con las especificaciones requeridas en este instrumento; b) Hacer efectivo el pago que se especifica en la Cláusula Tercera del presente Contrato; c) Atender las consultas y resolver las dudas que le presente EL PROVEEDOR. OCTAVA: CONSTITUCIÓN DE GARANTÍAS. A) FIANZA DE CUMPLIMIENTO Dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la firma del Contrato y previo a la aprobación del mismo, EL PROVEEDOR deberá otorgar a favor y a entera satisfacción de INFOM – UNEPAR una garantía de cumplimiento, equivalente al diez por ciento (10%) del monto total del Contrato que será extendida por una Institución Afianzadora autorizada para operar en Guatemala, de reconocida capacidad y solvencia financiera, la que se debe mantener vigente hasta que INFOM-UNEPAR extienda la constancia de haber recibido a su satisfacción la garantía de calidad de los bienes y/o suministros, debiendo quedar especificado en la póliza respectiva el cumplimiento del Contrato, de acuerdo con las especificaciones, normas y demás documentos contractuales, así como la entrega de los suministros dentro del período establecido, también se hará constar en la póliza respectiva que !a fianza la hará efectiva sin más trámite a INFOM-UNEPAR en caso de incumplimiento de EL PROVEEDOR con base al informe respectivo. Si el monto de la fianza no llegare a cubrir totalmente las responsabilidades en que hubiere incurrido EL PROVEEDOR, éste deberá cubrir con otros fondos los saldos insolutos. B) FIANZA DE CALIDAD: Esta deberá otorgarse por el equivalente al quince (15%) por ciento del valor original del Contrato, como requisito previo para la recepción de los suministros. La que se debe mantener vigente durante el tiempo de responsabilidad de dieciocho meses contados a partir de la fecha de recepción de los mismos. NOVENA: PROHIBICIONES. EL PROVEEDOR tiene prohibido: ceder, vender, traspasar, parcial o totalmente los derechos objeto del presente Contrato y será plenamente responsable ante INFOM por actos u omisiones de sus propios empleados. DECIMA: SANCIONES. Serán aplicadas de conformidad con los Artículos ochenta y cinco (85) y ochenta y seis (86) de la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. DECIMA PRIMERA: RECEPCION. EL PROVEEDOR dará aviso a INFOM cuando la entrega de los suministros vaya a efectuarse; la autoridad administrativa superior, nombrará, dentro de los cinco días siguientes, una Comisión Receptora integrada por tres (3) miembros con la que colaborarán el Supervisor o su equivalente del INFOM y el representante de EL PROVEEDOR los que harán la supervisión de la calidad de los suministros. Si los suministros estuvieran satisfactorios, la Comisión levantará el Acta de aceptación de calidad y con esté documento el bodeguero de INFOM, procederá a realizar el ingreso correspondiente, entregando copia a EL PROVEEDOR. Si los suministros no se ajustan a las especificaciones requeridas en el presente Contrato, la Comisión notificará por escrito a EL PROVEEDOR sobre los defectos existentes con el fin de que proceda a corregirlos. Al recibirse el aviso por escrito y de estar satisfechos los requerimientos de la Comisión Receptora, ésta dentro del término de cinco días procederá a efectuar nueva inspección, suscribiendo el acta correspondiente. La fecha de recepción definitiva será la del cierre de la última acta. Todo lo relacionado con la recepción y entrega de los suministros, se regirá por lo dispuesto en la Ley de Contrataciones del Estado. DECIMA SEGUNDA: TERMINACIÓN PREMATURA DEL CONTRATO: INFOM - UNEPAR podrá dar por terminado el presente Contrato sin ninguna responsabilidad de su parte, en los siguientes casos: a) Unilateralmente, cuando así convenga a los intereses Institucionales; b) Si EL PROVEEDOR no presenta las fianzas establecidas en el presente Contrato; e) Si al momento de la recepción de bienes, estos no cumplen con las especificaciones estipuladas en este Contrato; y, d) Por mutuo consentimiento, cuando convenga a los intereses de las partes y sea debidamente aprobado por INFOM - UNEPAR. DECIMA TERCERA: CONTROVERSIAS. Los otorgantes convienen expresamente en que cualquier diferencia, reclamaciones o controversias que surgieren entre las partes, derivadas de este Contrato, serán resueltas directamente con carácter conciliatorio, pero sí no fuera posible llegar a un acuerdo, la cuestión o cuestiones a dilucidarse se someterán a la jurisdicción del Tribunal de lo Contencioso Administrativo de conformidad con lo dispuesto en el Articulo ciento dos (102) de la Ley de Contrataciones del Estado. DECIMA CUARTA: INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES: EL PROVEEDOR manifiesta que para el caso de incumplimiento de las obligaciones que contrae en el presente instrumento, renuncia al fuero de su domicilio y se somete expresamente a los Tribunales del Departamento de Guatemala, señalando como lugar para recibir citaciones, notificaciones y/o emplazamientos la señalada en la parte introductoria de este instrumento, siendo válidas las que se hagan en dicho lugar, mientras no se señale por escrito otro lugar diferente. DÉCIMA QUINTA: MODIFICACIONES Y AMPLIACIONES DEL CONTRATO: Cualquier ampliación y modificación del presente Contrato se hará conforme lo establecido en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. DÉCIMA SEXTA: APROBACIÓN. Para que el presente Contrato surta sus efectos legales y obligue a las partes a su cumplimiento, debe ser aprobado, dentro de los diez días a partir de la fecha de presentación de la fianza de cumplimiento por parte de EL PROVEEDOR de conformidad con la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. DÉCIMA SÉPTIMA: GASTOS E IMPUESTOS. EL PROVEEDOR queda obligado al pago de los gastos e impuestos que correspondan de acuerdo con las leyes de la materia. DÉCIMA OCTAVA: DISPOSICIONES GENERALES. Fundamentan este Contrato, la invitación a ofertar, Bases Generales de Cotización, Disposiciones Especiales, Especificaciones técnicas, las ofertas presentadas, anexos; y forman parte de la contratación garantías, documentos de adjudicación y aprobación, prórrogas y demás documentos relativos a la presente contratación. DÈCIMA NOVENA: ACEPTACIÓN DEL CONTRATO. Los otorgantes aceptamos en los términos expresados el presente Contrato, el que leído íntegramente y enterados de su contenido, objeto, validez y efectos legales, lo aceptamos, ratificamos y firmamos en _____ (__) hojas de papel embretado del Instituto de Fomento Municipal – INFOM-.