PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA EL ACUERDO MARCO CON EL AYUNTAMIENTO DE CALVIA, PARA LA CONTRATACION DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE ASCENSORES
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA EL ACUERDO MARCO CON EL AYUNTAMIENTO DE CALVIA, PARA LA CONTRATACION DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE ASCENSORES
1ª.-OBJETO DEL ACUERDO MARCO
El objeto del acuerdo marco a que se refiere el presente pliego es la contratación de un servicio de mantenimiento de ascensores, de acuerdo con la relación de servicios que se relacionan en el presente pliego, con destino a las diferentes empresas municipales, y organismos dependientes del Ayuntamiento de Calvia mediante la suscripción de contratos derivados del acuerdo marco.
Las prestaciones de mantenimiento incluidas en el objeto del acuerdo marco se referirán a los ascensores cuya titularidad corresponda a los organismos adheridos, empresas publicas municipales y al propio Ayuntamiento de Calvia.
2ª.- LEGISLACION APLICABLE
En la ejecución de los trabajos de mantenimiento de ascensores a que se refiere el presente pliego se deberá cumplir lo dispuesto en las siguientes normas:
• Reglamento de aparatos de elevación y manutención (R. D. 2991/1985, de 8 de noviembre), en lo no derogado por el R. D. 1314/1997.
• Instrucciones técnicas complementarias del Reglamento anterior que resulten de aplicación.
• R D 1495/1986, de 20 xx xxxx, Reglamento de Seguridad de Máquinas.
• R.D. 474/1988, de 30 xx xxxxx, por el que se dictan las disposiciones de aplicación de la Directiva del Consejo de las Comunidades Europeas 84/528/CEE, sobre aparatos elevadores y de manejo mecánico.
• X. X. 0000/0000, xx 0 xx xxxxxx por el que se dictan las disposiciones de aplicación de la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo 95/16/CE sobre ascensores.
• X. X. 00/0000, xx 00 xx Xxxxx, sobre prescripciones para el incremento de la seguridad en el parque de ascensores existentes
• R.D. 560/2010, de 7 xx xxxx, por el que se modifican diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial.
• R.D. 559/2010, de 7 xx Xxxx, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Integrado Industrial.
• Ley 31/1995 de 8 de noviembre de prevención de riesgos laborales
• Reglamento electrotécnico de Baja tensión ( RD 842/2002 de 2 xx xxxxxx de 2002)
• Directiva de baja tensión: 73/23/CEE y su modificación 93/68/CEE
• Normas Europeas sobre aparatos elevadores EN 81 y en particular la EN:81-1 y EN 81-2
• Orden de 12 de septiembre de 1991 ITC MIE-AEMI-1 del Reglamento de aparatos de elevación y mantenimiento
Igualmente deberán cumplirse el resto de disposiciones legales vigentes que resulten de aplicación a los trabajos incluidos en el presente pliego.
3ª.- ALCANCE DE LAS PRESTACIONES
Las prestaciones que comprende el presente pliego se extenderán al mantenimiento integral de los ascensores, estando incluidos los siguientes trabajos y actuaciones habituales en este tipo de contratos:
- Servicio 24 horas.
- Tiempo de respuesta.
- Revisión y mantenimiento preventivo.
- Revisión y mantenimiento correctivo.
- Asistencia y consultoría
Los trabajos o servicios anteriores incluirán, sin cargo adicional, la mano de obra, materiales, medios auxiliares, desplazamientos, permisos y fungibles.
Serán de cuenta del organismo contratante las reparaciones o sustituciones de piezas o materiales deteriorados por el mal uso o negligencia o los desperfectos ocasionados por actos vandálicos, incendios o siniestros que afecten a los aparatos, así como los supuestos de reforma, ampliación o adaptación de las instalaciones a la normativa industrial.
Serán de cuenta del contratista los gastos ocasionados de la realización de la primera inspección por cambio de conservador.
Contenido de los servicios:
3.1- Servicio veinticuatro horas
El contratista pondrá a disposición de los organismos contratantes un servicio de atención de avisos por incidencias o averías que habrá de estar operativo las veinticuatro horas del día, todos los días del año (24x7x365).
3.2- Tiempo de respuesta.
El tiempo de respuesta por incidencia o avería no podrá exceder de cuatro horas, entendiendo por tal el tiempo que transcurre entre el aviso o comunicación y la puesta a disposición del organismo contratante de un especialista que pueda proceder a la resolución de la incidencia.
En caso de emergencia, el rescate de pasajeros que hayan quedado atrapados en la cabina del ascensor deberá realizarse con carácter urgente y siempre en menos de una hora.
3.3- Revisión y mantenimiento preventivo.
El contratista deberá realizar las revisiones preventivas periódicas y programadas de los ascensores. Dichas revisiones han de comprender como mínimo los siguientes trabajos:
Mensualmente
• Visita de inspección y trabajo.
• Revisión de lámparas, tubos fluorescentes y equipos de encendido para el alumbrado de cabina, hueco y cuarto de máquinas.
• Revisión de equipos autónomos de emergencia y señalización en la cabina y cuarto de máquinas.
• Revisión de botoneras, pisos, suelos, espejos de cabina, cristales y cercos, tiradores y pomos en puertas de piso y de cabina.
• Revisión del sistema de cierre de puertas automáticas, semiautomáticas y manuales
• Revisión y ajuste del sistema de niveladores de planta y cerraduras.
• Comprobación de funcionamiento del teléfono de emergencia.
• Limpieza de cabina y techo.
• Limpieza de foso y cuarto de máquinas, en su caso.
• Comprobación del funcionamiento y de los posibles daños de los ascensores.
• Verificación funcional de la conexión, maniobra, monitorización y demas equipos de seguridad, y de los indicadores y equipos de iluminación.
• Comprobación del funcionamiento y ajuste de la unidad de tracción, medios de suspensión, caja del reductor, frenos polea y tambor de tracción, cables,
polea de desvío, puertas de hueco y guías de ascensores, así como de todo tipo de elementos de seguridad.
• Lubricación de los componentes mencionados en la medida adecuada al uso de dichos ascensores.
• Revisión de válvulas, y accesorios de centrales, cilindros y pistones oleodinámicos.
• Revisión de niveles de aceite.
• Comprobación y ajustes de las condiciones de viaje, en especial de su precision xx xxxxxx, de ruidos, rozamientos y holgura de máquinas.
• Limpieza de la suciedad que se origine dentro de la instalación en la medida requerida para mantener la instalación en condiciones optimas de limpieza.
• Comprobación de todas las posiciones de funcionamiento de las maniobras de cabina y planta de las llaves de reserva y bomberos.
• Comprobación de todos los dispositivos de seguridad
Igualmente, se llevarán a cabo todas aquellas actuaciones que sean necesarias para mantener la instalación segura y fiable.
• La actualizacion del software de la maniobra, caso de ser necesario ( razones de funcionalidad o seguridad de los usuarios) de acuerdo a los protocolos del fabricante.
Los trabajos de mantenimiento preventivo realizados a cada ascensor deberán quedar reflejados en un parte de revisión de mantenimiento preventivo, donde quedará perfectamente identificado el ascensor, centro, dirección, relación de trabajos a que se debe ser sometido el ascensor con periodicidad mensual, trimestral, semestral y anual con casillas para su marcaje sencillo por el técnico que realiza el trabajo y con una zona de texto para que el técnico pueda anotar las observaciones que estime oportunas. El parte tendrá cuatro hojas: una quedará en la sala de máquinas, otra para el responsable del centro, otra para entregar al departamento que indicará el Ayuntamiento, junto con el informe mensual y la última será para la empresa mantenedora. El parte deberá ser firmado por un responsable del centro, y si no lo hubiera en ese momento, por el conserje, oficial de mantenimiento u otra persona del mismo.
Mensualmente, junto con la certificación mensual, se entregará un informe de los avisos recibidos, en el que se indicará: el ascensor, su identificación, centro donde se ubica, avería o incidencia, las fechas de recepción, de atención de aviso y de finalización de los trabajos y un breve comentario de las acciones llevadas a cabo, junto con una copia de los partes de reparación. Además del formato en papel el informe de los avisos se entregará en formato digital de hoja de cálculo
3.4- Revisión y mantenimiento correctivo.
Se incluyen todos los trabajos aleatorios en su naturaleza y periodicidad, de carácter imprevisible y puntual que tienen por objeto acometer reparaciones de averías, daños, defectos u otras incidencias producidas en los ascensores y otros aparatos de elevación.
Debido a que el contrato es "INTEGRAL A TODO RIESGO-GARANTíA TOTAL", en el mantenimiento correctivo estará incluido todos los repuestos, materiales, mano de otra utilizada y desplazamientos utilizados para la reparación o sustitución de las piezas sujetas a desgaste, rotura o a averías que constituyen el ascensor u otro aparato de elevación, como:
- Elementos de cuadro de maniobra:
o Bobinas, placas de circuito impreso, elementos de regulación de velocidad, por variación de frecuencia o tensión, encoders, etc.
o Relés, relés temporizadores, condensadores, contactores, térmico, transformadores, interruptores de cuadro de maniobra, varistores, fusibles y portafusibles, rectificadores, resistencias, diodos, pilas, cableado de control, maniobra u otro tipo, etc.
o Sistemas de control de la posición de la cabina, sensores, cableados, etc.
o Cualquier otro elemento que forme parte del sistema de cuadro de maniobra.
o Autómatas o elementos de control electrónico, software, programación, bus de comunicación, puertas l/O, etc.
- Elementos del sistema tractor, cuarto de máquinas y poleas:
o Poleas de tracción y desvío, eje sin fin, retenes, cojinetes y rodamientos, motor y elementos de motor, devanados, casquillos y cojinetes, etc.
o Bobina de freno, zapatas de freno, ruedas de goma, elementos de freno, etc.
o Cualquier otro elemento que forme parte del sistema tractor, cuarto de máquinas y poleas.
- En instalaciones oleodinámicas:
o Pistón, electroválvulas, manguera de distribución, circuito oleodinámico, bombas y otros elementos grupo de presión, fluidos Hidráulicos, resistencias caldeo, depósitos, etc.
o Manómetro, presostato, bobina de electroválvulas, grupo de válvulas, retén, muelle, juntas tóricas, etc.
o Cualquier otro elemento que forme parte de la instalación oleodinámica.
- Elementos de puertas y cabinas:
o Cierres automáticos de puertas, sistemas de control del cierre automático y de posicionamiento de la cabina, amortiguadores, cerrojos, retráctil, cristales y lunas, cerraduras o llavines, puertas, elementos del cerramiento, sistemas de enclavamiento, sensores, células de presencia,emisores y receptores de presencia de personas en cierres de puertas,motores, controles electrónicos, etc.
o Elementos del sistema de comunicación bidireccional propios del ascensor, con excepción de la línea telefónica, etc.
o Elementos de cierre de cabina, incluido sistemas de presencia y todo el cableado que sea necesario, etc.
o Transformadores, tubos fluorescentes, cebadores y reactancias, lámparas cabina, pilotos panel, luminarias, lámparas-fotocélulas del sistema de presencia en el cierre incluido cableado si fuera necesario,alumbrado de emergencia y/o señalización, elementos de alarma, timbre o sirena, lámparas de incandescencia, de descarga, halógenas u otro tipo de alumbrado normal y de emergencia, pilotos señalización, contactos de seguridad de cierre de puertas, bulones de bisagra, microinterruptores, topes de goma, ruedas, poleas y poleillas, deslizaderas de puertas, botoneras, cerraduras o llavines, pulsadores y luminosos, etc.
o Cualquier otro elemento que forme parte de la puerta y cabinas.
- Elementos de chasis de cabina y contrapeso, hueco, fosos y otros:
o Instalación eléctrica del cuarto de máquinas, de cabina, elementos de señalización, pulsadores y pilotos, etc.
o Cables múltiples de tracción o de suspensión, amarres, poleas, tensores, sistemas de engrase, guías, etc.
o Elementos de control de maniobra en hueco y cabina, contactor xx xxxxxx, paros magnéticos y final xx xxxxxxx y pantallas, etc.
o Limitador de velocidad, cable, polea tensora, casquillos, contacto eléctrico de limitador, ejes y rodamientos, etc.
o Sistema de seguridad para movimiento incontrolado de cabina y contacto de acuñamiento, resto elementos del paracaídas, etc.
o Elementos de chasis de cabina y contrapeso, deslizaderas, rozaderas y dispositivo de sobrecarga, cables de tracción, amarracables, cadenas y cables de compensación, cable limitador de velocidad, etc.
o Deslizaderas y portadeslizaderas de cabina y contrapeso, grasas y aceites de lubricación, etc.
o Sistema de iluminación hueco ascensor, lámparas, interruptores, conductores eléctricos, etc.
o Cualquier otro elemento que forme parte del chasis de cabina y contrapeso, hueco, fosos y otros.
- Otros elementos no nombrados que forman parte de un ascensor y que la normativa en vigor obliga a realizar mantenimientos.
- Adecuaciones o correcciones a realizar en partes, elementos o sistemas existentes en el aparato elevador especificadas en las actas de las Inspecciones Periódicas realizadas por un Organismo de Control Autorizado.
- La sustitución de elementos y equipos que formando parte del ascensor, cabina, cuarto de máquinas, hueco del ascensor, foso, elementos de tracción, elementos de suspensión y seguridad, limitadores de velocidad, instalación eléctrica, de control, control, maniobra, botoneras, seguridad, comunicación, etc. que no pueden repararse por falta de repuestos originales, ya sea por estar descatalogados, por la antigüedad de los mismos o por otro motivo.
Para las actuaciones de mantenimiento correctivo ordinario se utilizarán repuestos y productos originales. En el caso en que este tipo de repuesto no se encontrase en el mercado el utilizado deberá tener unas características equivalentes al original.
3.5- Asistencia y consultoría
3.5.1- Asistencia técnica de información
Tras la firma de contrato la empresa adjudicataria del contrato deberá:
Realizar en el plazo de dos meses un inventario de ascensores, en el que se identificarán las características técnicas más importantes del mismo, número de aparato o de instalación, número de RAE, ubicación (centro, dirección) y su número de inventario o de identificación.
De dicho inventario se deberá entregar copia del mismo en formato papel y en soporte informático compatible con Microsoft Office u Open Office.
- Realizar y mantener al día de una Base de Datos con una Ficha por Edificio en la que se registre como mínimo:
o Ascensores, marca, modelo, nO de paradas, características generales y N° Registro de Industria y nO de inventario.
o Reformas de importancia.
o Estadillo de seguimiento del Mantenimiento Preventivo.
o Relación de intervenciones de mantenimiento correctivo ordinario con fechas de inicio y de finalización
o Intervenciones o incidencias extraordinarias con fechas de inicio y de finalización.
La totalidad de las fichas deberán estar realizadas al término de los dos primeros meses del contrato y deberán ser entregadas al departamento correspondiente
conjuntamente con la certificación número dos. Las fichas se deberán realizar en soporte informático compatible con Microsoft Office y Open Office. Semestralmente deberán entregar una copia actualizada de las mismas.
- Enviar mensualmente junto con la certificación del mes, informes del mantenimiento preventivo mensual, del mantenimiento correctivo ordinario y del mantenimiento correctivo extraordinario.
- El informe del mantenimiento preventivo contendrá la relación de ascensores a los que se ha pasado, centros, fechas de realización, trabajos realizados, incidencias observadas y actuaciones llevadas a cabo, debiendo aportar también copia de los partes de mantenimiento preventivo de cada ascensor.
El informe del mantenimiento correctivo ordinario contendrá la relación de intervenciones agrupadas por ascensores y ordenadas por fechas de paso de avería. Para cada intervención deberá constar: identificación del ascensor, centro, fecha y hora de recepción de la avería o incidencia, fecha y hora de llegada al centro, días de intervención y fecha de finalización o de cierre de la avería, breve descripción de la avería y solución adoptada, indicando materiales utilizados, debiendo aportar también copia de los partes de mantenimiento correctivo ordinario de cada ascensor
3.5.2.- Asistencia técnica a requerimiento
A instancia del Ayuntamiento, la empresa adjudicataria del mantenimiento presentará:
- Memorias valoradas y presupuestos requeridos sobre intervenciones concretas estimaciones globales de gasto.
- Inspección y comprobación de instalaciones, utilizando los servicios de laboratorio o los especialistas que en cada caso sean necesarios para poder dictaminar sobre la materia que se indique.
- Evacuación de informes periciales especializados o asesoramiento en estos, según se requiera.
- Elevar y proponer a la Propiedad para su conformidad y realización posterior con cargo adicional las modificaciones y adaptaciones a nuevas disposiciones legislativas, reglamentarias u otras, ordenadas por Organismos Nacionales, Autonómicos, Provinciales y/o Compañía de Seguros o suministradores de electricidad.
4ª.- ORGANIZACIÓN DEL SERVICIO
Las empresas licitadoras deberán contar con los medios humanos y materiales mínimos necesarios para la realización de su actividad en condiciones de seguridad, de acuerdo a lo dispuesto en la Instrucción Técnica Complementaria MIE-AEM 1 del Reglamento de Aparatos de Elevación y Manutención.
Las empresas interesadas en la presentación de ofertas podrán realizar una visita a las diferentes instalaciones, previa solicitud por escrito al Órgano de contratación, acreditando la condición de empresa mantenedora.
Las empresas licitadoras deberán reunir los siguientes requisitos mínimos:
- Designar un responsable directo (interlocutor) del Acuerdo Marco y poner a disposición del mismo un número de teléfono y un correo electrónico, a efectos de seguimiento del acuerdo marco y relación con los organismos adheridos a la Central de Contratación.
- Disponer de los medios técnicos necesarios para la correcta prestación del servicio y dotar a su personal de los correspondientes equipos de diagnóstico en averías y de las herramientas y aparatos necesarios para el cumplimiento de los servicios, a cuyo efecto se presentará una declaración responsable suscrita por el representante de la empresa.
- Contar con oficina, almacén y taller en Mallorca, que tendrá capacidad suficiente para alojar los medios y organización de la Empresa, a cuyo efecto se presentará una declaración responsable suscrita por el representante de la empresa.
- Tener cubierta la responsabilidad civil, mediante la suscripción de un seguro de responsabilidad civil profesional u otra garantía equivalente que cubra los daños que puedan provocar en la prestación del servicio, por cuantía mínima de 600.000 €
- Responsabilizarse de que los aparatos que les sean encomendados se mantienen en condiciones de funcionamiento correctas
5ª.- DESCRIPCIONES DE LAS INSTALACIONES
Las establecidas en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.