Contract
CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES BAJO EL REGIMEN DE HONORARIOS ASIMILABLE AL SALARIO, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL INSTITUTO ELECTORAL DE TAMAULIPAS, POR CONDUCTO DEL LIC. XXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX, EN SUS ATRIBUCIONES DE CONSEJERO PRESIDENTE Y EL LIC. XXXX XXXXXXX XXXXX, SECRETARIO EJECUTIVO Y REPRESENTANTE LEGAL DEL ORGANISMO, A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "EL INSTITUTO"; Y POR LA OTRA XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE- LE DENOMINÁ "EL PRESTADOR", QUIENES SE SUJETAN AL TENOR DE LAS SIGUIENTES:
DECLARACIONES
PRIMERA: DEL INSTITUTO
1. 1 Que "EL INSTITUTO" conforme al artículo 93 de LA Ley Electoral del Estado de Tamaulipas Código Electoral, es un organismo público autónomo, y de carácter permanente, independiente en sus decisiones y funcionamiento, con personalidad jurídica y patrimonio propio.
1. 2 Que conforme al artículo 112, Fracción VIII y 113 fracción 1 del cuerpo xx xxx invocado, el Consejero Presidente ejerce el presupuesto del Instituto Electoral de Tamaulipas, y el Secretario Ejecutivo es su representante legal.
1. 3 Que conforme a lo expuesto en el párrafo que antecede "EL INSTITUTO" tiene facultades para celebrar contratos de servicios profesionales asimilables al salario, por lo que está en posibilidad de pagar al "EL PRESTADOR" sus servicios eventuales por honorarios asimilables al salario en términos del artículo 11O fracción IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, y efectuar las retenciones de conformidad con el artículo 113 del cuerpo xx xxx invocado, incluyendo la parte proporcional de las prestaciones que se generen, las que aparecerán anotadas en el recibo correspondiente.
1. 4 La celebración del presente contrato se justifica plenamente en virtud de que en "El '
INSTITUTO" no hay personal suficiente que pueda satisfacer las necesidades de servicio que requiere el organismo electoral.
1. 5 Que señala como domicilio para los efectos del presente contrato el ubicado en Xxxxxxx número 501, Centro, de Ciudad Victoria, Tamaulipas, y con Registro Federal de Contribuyentes IET0812265R3.
11. DECLARA "EL PRESTADOR" que:
11. 1 Que es una persona física, mayor de edad, por lo cual tiene capacidad jurídica para contratar, y obligarse a las prestaciones de los servicios materia de este contrato; así mismo refiere que tiene como domicilio el ubicado en Calle
de Cd.
Victoria, Tams., con Registro Federal de Contribuyentes
11. 2 Que está en posibilidad de prestar sus serv1c1os eventuales de confianza relacionados con el "EL INSTITUTO", toda vez que cuenta con el conocimiento técnico necesario para realizar actividades de Capturista.
11. 3 Que está de acuerdo en que se le pague por honorarios asimilables al salario, por la prestación de sus servicios profesionales, en términos del artículo 11O fracción IV de la Ley del Impuesto sobre la renta, y el pago de impuestos como persona física, se realizará de acuerdo a lo previsto en el Capítulo 1, del Título IV, de la citada ley. Expuesto lo anterior, las partes contratantes manifiestan su conformidad en comprometerse conforme a las siguientes:
CLAUSULAS
PRIMERA. Que para efectos de la labor contratada "EL INSTITUTO" se obliga a proporcionar el material didáctico, y los recursos necesarios para que el "PRESTADOR" realice las actividades que se le encomienden.
SEGUNDA. Que el "EL INSTITUTO" refiere con motivo de la prestación de los servicios contratados, se obliga a pagar al "EL PRESTADOR" la cantidad de $3,000.00 (Tres mil pesos 00/100 M. N.), pagaderos en dos quincenas los días 15 y 30 de cada mes, en el domicilio del Consejo ------------------- en la ciudad de --------------, en la inteligencia de que bajo ninguna circunstancia los honorarios fijados variarán durante la vigencia de este contrato.
TERCERA. Que el "EL INSTITUTO" formulará un recibo en el que implique el importe de pago de acuerdo a lo establecido por los artículos 11O fracción IV y 113 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, anotando la cantidad recibida por el "EL PRESTADOR" considerando la inclusión de las prestaciones proporcionales que se generen.
CUARTA. Que por su parte el "EL PRESTADOR" refiere que se obliga en los términos del presente acuerdo de voluntades, y que está enterado de la responsabilidad que implica, incumplir con la labor encomendada, lo que puede ser motivo de la rescisión del contrato sin perjuicio para el patrón, independientemente de lo que establezca la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y del Código Penal.
QUINTA. Que ambas partes acuerdan que el presente contrato no constituye relación laboral, es eventual y de confianza y la relación que derive es de carácter eminentemente profesional y técnico electoral, para "EL INSTITUTO"
SEXTA. Que ambas partes están de acuerdo en que quien vigile el cumplimiento de las obligaciones laborales, sea la Dirección Administrativa deiiETAM.
SEPTIMA. Que el "EL PRESTADOR" por ningún motivo divulgará en publicaciones, informes, datos o resultados que obtenga con motivo del desempeño de su función, ya que esta será confidencial y reservada, salvo las inherentes a su función de capacitación, quedando sujeto a las responsabilidades administrativas a que se haga acreedor.
OCTAVA. Que son causas de la rescisión de este contrato, las siguientes: a). No cumplir el "EL PRESTADOR" con la función electoral encomendada;
b). El vencimiento del periodo de tiempo contratado que es del 08 de Febrero al 20 xx Xxxxx del 2016.
e). Por común acuerdo de las partes mediante aviso por escrito en donde medien quince días de anticipación para su rescisión del presente contrato.
NOVENA. Que para cualquier controversia las partes se someten a la jurisdicción del Tribunal Electoral del Estado, renunciando a cualquier otra jurisdicción por razón del domicilio del "EL PRESTADOR" presente o futuro.
DECIMA. Que las partes quedan enteradas del contenido y alcance del presente contrato sometiéndose a lo estipulado en el clausulado del presente instrumento, por lo que lo firman de entera conformidad. Ciudad Victoria, Tamaulipas, a 08 de Febrero de 2016.
POR EL INSTITUTO ELECTORAL DE TAMAULIPAS
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