Contract
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIO DE ACCESO A INTERNET (EN LO SUCESIVO EL “CONTRATO”) QUE CELEBRAN POR UNA PARTE HNS DE MÉXICO S.A. DE C.V., A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ EL “PROVEEDOR”, Y POR OTRA PARTE, LA PERSONA FÍSICA QUIEN ADQUIERE EL SERVICIO DEL PROVEEDOR, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ EL “CONSUMIDOR”, Y A QUIENES EN CONJUNTO, Y EN LO SUCESIVO, SE LES DENOMINARÁ COMO LAS “PARTES”, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES:
D E C L A R A C I O N E S
I.- Declara “EL PROVEEDOR”, a través de su representante o apoderado legal: I.- Declara el Proveedor:
A) Ser una persona moral legalmente constituida conforme a las leyes de los Estados Unidos Mexicanos, con capacidad legal y económica para celebrar y obligarse en los términos del presente Contrato.
B) Que su Registro Federal de Contribuyente es HME930107K34.
C) Que su representante legal cuenta con poderes amplios y suficientes para la celebración de este CONTRATO.
D) Que su domicilio para efectos del presente Contrato se encuentra ubicado en Xxxxxxx xx Xxxxxxx 00, Xxxxx Xxxxxx, Xxxxxx, X.X. 00000.
E) Que en fecha 25 xx xxxxx de 2014, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (en lo sucesivo “IFT”) le otorgó un título de concesión para instalar, operar y explotar una red pública de telecomunicaciones (en lo sucesivo, la “Concesión”), el cual se encuentra vigente y es suficiente para la celebración y cumplimiento de este Contrato, mismo que podrá ser consultado en el sitio de Internet del IFT: xxx.xxx.xxx.xx
F) Que sus planes, paquetes de Servicios y tarifas aplicables, se encuentran inscritos en el Registro Público de Telecomunicaciones del IFT, y su monto total, precio, descripción, características y contenido podrán ser consultados por el Consumidor a través de la página de Internet del IFT y del Proveedor en los siguientes links: xxxx://xxxxxx.xxx.xxx.xx/xxx_xxxxx/ y xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxx/xxxxxx (en lo sucesivo, la “Página de Internet”).
G) Que es su voluntad obligarse en los términos del presente Contrato.
II.- Declara “EL USUARIO” que:
A) Que es una persona física o moral que desea contratar el servicio de acceso a internet cuyos datos serán los que proporcione al momento de activar el servicio con EL PROVEEDOR.
B) Que tiene pleno goce de sus derechos y capacidad legal para contratar y obligarse en los términos del presente Contrato.
C L Á U S U L A S
PRIMERA. OBJETO. -
EL PROVEEDOR se obliga a proporcionar el servicio de acceso a internet de forma continua, uniforme, regular y eficiente, de acuerdo a los estándares de calidad previstos en el presente Contrato, , mediante el pago de la tarifa correspondiente al Plan Comercial seleccionado por parte del Usuario. EL USUARIO deberá utilizar el Servicio exclusivamente para uso personal, es decir no podrá utilizarlo para propósitos comerciales, ni con más de un dispositivo.
SEGUNDA.: CÓDIGOS DE ACCESO
El Código de Acceso es el número personal de identificación o código único para tener acceso al servicio, mismo que estará ligado a un plan comercial determinado. Los planes y tarifas comerciales podrán ser consultados en cualquier momento por EL USUARIO, en la Página de Internet.
EL USUARIO pagará a EL PROVEEDOR la tarifa aplicable por el servicio de acceso a internet conforme al Plan Comercial seleccionado por EL USUARIO, el cual hará válido a través del Código de Acceso que podrá obtener en los puntos de venta autorizados por EL PROVEEDOR, mismos que podrán consultarse en la Página de Internet.
Una vez agotados los beneficios del plan comercial contratado por EL USUARIO, para hacer uso del Servicio, y si EL USUARIO, desea continuar con el Servicio, deberá adquirir un nuevo Código de Acceso. Cada Código de Acceso ingresado para la contratación del Servicio se regirá conforme a lo establecido en el presente Contrato.
EL PROVEEDOR proporcionará a EL USUARIO una aplicación, la cual podrá ser descargada en la página de internet para que pueda consultar el nivel de consumo de su Servicio.
TERCERA. EQUIPO PERSONAL
Para que EL USUARIO haga uso del Servicio, es necesario que cuente con un dispositivo inteligente propio como un Smartphone, Tablet, etc. (en lo sucesivo “Equipo”), mismo que deberá encontrarse debidamente homologado. EL PROVEEDOR informará previo a la contratación cuáles son los requerimientos mínimos de los equipos.
CUARTA. PÁGINA DE INTERNET
EL PROVEEDOR mantendrá en la Página de Internet, y en sus puntos de venta a la vista del público con caracteres claramente legibles, las tarifas vigentes del Servicio que presta, las cuales estarán previamente aprobadas y registradas en el Registro de Tarifas del IFT, y también podrán ser consultadas en xxxx://xxxxxx.xxx.xxx.xx/xxx_xxxxx/.
Asimismo, EL USUARIO podrá encontrar en la Página de Internet la descripción, características, contenidos y de cada plan que sea ofrecido por EL PROVEEDOR, así como los horarios de atención, medios de contacto, formas de pago del Servicio, cobertura del Servicio, y demás procedimientos para la atención de dudas, aclaraciones, quejas y reclamaciones por parte de EL USUARIO.
Las condiciones comerciales, las áreas o regiones geográficas con cobertura que tiene autorizado el Proveedor, podrán ser consultadas en la Página de Internet o en la aplicación específica para acceder al Servicio. EL PROVEEDOR pondrá a disposición del Consumidor el presente Contrato antes de realizar la activación del Servicio.
QUINTA. ACTIVACIÓN DEL SERVICIO
Para la contratación y activación del Servicio, EL USUARIO deberá realizar lo siguiente:
1. Adquirir su Código de Acceso en cualquiera de los Puntos de Venta designados por EL PROVEEDOR, mismos que podrá consultar en la Página de Internet o en la aplicación para acceder al Servicio.
2. Ubicarse en alguno de los puntos de acceso a Internet de EL PROVEEDOR (Wi-Fi Hotspots) que pueden ser consultados en la página de internet y acceder a la red con su Equipo, mediante la opción Wi-Fi. Con la finalidad de que EL USUARIO pueda conocer y aceptar el presente contrato de adhesión así como los términos y condiciones del servicio, el acceso a esta red por primera ocasión no generará ningún costo a EL USUARIO durante el plazo o por la capacidad que especifique EL PROVEEDOR para dicho efecto, sin embargo, una vez finalizado este período o consumida la capacidad, EL USUARIO deberá ingresar su Código de Acceso, conforme a los planes y tarifas comerciales del Proveedor, para poder hacer uso del Servicio.
3. Una vez que EL USUARIO se encuentra en el portal de acceso del Proveedor, tendrá a la vista la Carta de Derechos Mínimos de los Usuarios, el Aviso de Privacidad, así como el presente Contrato, por lo que deberá leer y aceptar los términos y condiciones que se establecen en ese último, para poder continuar con el proceso de activación del Servicio, de lo contrario no podrá hacer uso del mismo. Esta información se encontrará disponible para consulta en la Página de Internet.
4. En caso de que EL USUARIO esté de acuerdo con los términos y condiciones para hacer uso del Servicio, deberá ingresar la clave contenida en su Código de Acceso dentro del portal, y un correo electrónico como medio de contacto, para comenzar a disfrutar del Servicio contratado. Se entenderá que, al ingresar su Código de Acceso, EL USUARIO leyó y aceptó los términos y condiciones establecidos en el presente Contrato.
5. El Servicio se prestará únicamente en los lugares donde se encuentren los puntos de acceso a Internet de
EL PROVEEDOR (Wi-Fi Hotspots).
El Servicio se comenzará a cobrar a partir de que EL USUARIO active su Código de Acceso, y su vigencia será con base al plan contratado por EL USUARIO.
SEXTA. VIGENCIA Y MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
La vigencia del presente Contrato será indefinida, siempre que EL USUARIO tenga un plan activo contratado.
EL USUARIO tiene derecho de dar por terminado el presente Contrato de forma anticipada en cualquier momento, a través del mismo medio en el cual contrató el Servicio, sin penalidad alguna y de forma inmediata.
EL PROVEEDOR, en caso de que realice algún cambio en las condiciones originalmente contratados en el Servicio, le dará aviso a EL USUARIO a través de su correo electrónico con al menos 15 (quince) días naturales de antelación.
El presente Contrato solo se puede modificar por acuerdo entre las partes, y el consentimiento se otorgará por medios electrónicos. Asimismo, EL PROVEEDOR no podrá incrementar injustificadamente precios por fenómenos naturales, meteorológicos o contingencias sanitarias.
SÉPTIMA. ESTADO DE CUENTA
EL PROVEEDOR podrá pactar con EL USUARIO que su estado de cuenta y/o factura pueda ser consultados a través de la aplicación de acceso al Servicio.
OCTAVA. SUSPENSIÓN
EL PROVEEDOR podrá suspender la prestación del Servicio, si EL USUARIO realiza cualquiera de los siguientes actos, acciones o conductas:
a) Interferir indebidamente en la red de EL PROVEEDOR;
b) Propagar a sabiendas un virus u otro malware;
c) Cuando medie orden o instrucción de autoridad competente;
d) Incumpla con lo establecido en el presente Contrato.
e) Utilice el Servicio para máquinas de transmisión masiva, machine-to-machine, o IoT.
f) Utilice algún medio automático para manipular el servicio, o usar el mismo para infringir cualquier ley, reglamento o lineamiento, incluyendo derechos de propiedad intelectual o derechos de un tercero.
g) Utilice el Servicio como puerta de enlace de envío de comunicaciones tipo bypass y/o se detecte el envío de mensajes tipo spam.
Una vez corregido o solventado los supuestos anteriores, se reanudará el Servicio contratado de manera inmediata.
NOVENA. BONIFICACIONES Y COMPENSACIONES
EL USUARIO deberá comunicar en forma inmediata a EL PROVEEDOR las fallas o interrupciones del Servicio(s) por teléfono o a través de los métodos proporcionados en la aplicación de acceso al Servicio.
Siempre y cuando por causas imputables a EL PROVEEDOR no se preste el Servicio en la forma y términos convenidos, éste dejará de cobrar a EL USUARIO la parte proporcional del precio del servicio que se dejó de prestar, y deberá bonificar por lo menos el 20% del monto del periodo de afectación.
Cuando la suspensión sea por casos fortuitos o de fuerza mayor el plan contratado por EL USUARIO dejará de correr, es decir, se suspenderá el tiempo restante del plan contratado hasta que sea reconectado. Si la suspensión dura más de 24 horas consecutivas siguientes al reporte, EL PROVEEDOR hará la compensación por la parte proporcional del periodo en que se dejó de prestar el Servicio contratado por EL USUARIO, dicha compensación se verá reflejada en el siguiente recibo y/o factura; además deberá bonificar por lo menos el 20% del monto del periodo de afectación.
A partir de que EL PROVEEDOR reciba la llamada respecto a fallas y/o interrupciones en el Servicio, se procederá a verificar el tipo xx xxxxx y con base a este se dictaminará el tiempo para la reparación la cual no puede exceder las 24 horas siguientes al reporte recibido.
EL PROVEEDOR dará aviso a EL USUARIO, por cualquier medio incluido el electrónico y al Instituto Federal de Telecomunicaciones por escrito, de cualquier circunstancia previsible que repercuta en forma generalizada en la prestación del servicio, con una antelación mínima de 24 horas. Dicha circunstancia no podrá afectar el
servicio por mas de 24 horas en cuyo caso EL PROVEEDOR dejará de cobrar a EL USUARIO la parte proporcional del precio del servicio que se dejó de prestar, y deberá bonificar por lo menos el 20% del monto del periodo de afectación. Lo mismo ocurrirá si EL PROVEEDOR no da aviso al Instituto Federal de Telecomunicaciones conforme a la presente cláusula.
Tratándose de cobros indebidos realizados por EL PROVEEDOR, los mismos deberán ser reembolsados en ese momento, además de bonificar al menos el 20% del monto del cobro realizado indebidamente.
DÉCIMA. RESCISIÓN
El presente Contrato podrá rescindirse por EL PROVEEDOR en forma inmediata y sin necesidad de que medie resolución o declaración judicial alguna en los siguientes casos:
a) Por utilizar el Servicio en contravención de las disposiciones legales, reglamentarias, planes fundamentales de telecomunicaciones, así como cualquier disposición vigente en materia de telecomunicaciones que sea aplicable a la prestación del Servicio;
b) Si EL USUARIO, cede los derechos y/u obligaciones derivados del presente Contrato o de la carátula correspondiente, sin la autorización previa y por escrito del Proveedor;
El presente Contrato podrá rescindirse sin responsabilidad por EL USUARIO, en los siguientes casos:
a) Si EL PROVEEDOR hace caso omiso a cualquier solicitud presentada por EL USUARIO para la prestación del Servicio, ya sea por queja o ajuste.
b) Si EL PROVEEDOR; incumple cualquier disposición del presente Contrato.
c) Si EL PROVEEDOR; no cumple con los estándares de calidad convenidos de conformidad con lo establecido en su Concesión, pactado en el presente Contrato en la forma y términos convenidos, contratados ofrecidos o publicitados
d) Si EL PROVEEDOR modifica unilateralmente las condiciones originalmente contratadas.
e) Por terminación o revocación de la Concesión de EL PROVEEDOR.
f) Cuando exista cesión de derechos de la Concesión de EL PROVEEDOR. DÉCIMA PRIMERA. USUARIOS CON DISCAPACIDAD Y NO DISCRIMINACIÓN
EL PROVEEDOR deberá prestar el Servicio a todo aquel que lo solicite en condiciones equitativas, sin establecer privilegios o distinciones en forma discriminatoria.
En cuanto a la contratación para Usuarios con discapacidad, EL PROVEEDOR estará obligado a tener a su disposición la utilización de otros medios de comunicación para dar a conocer a EL USUARIO las condiciones establecidas en el presente Contrato y los paquetes que ofrece, de acuerdo a los Lineamientos Generales de Accesibilidad a los Servicios de Telecomunicaciones para Usuarios con Discapacidad. que emita el Instituto Federal de Telecomunicaciones.
DÉCIMA SEGUNDA. CARTA DE DERECHOS MÍNIMOS
EL PROVEEDOR dará a conocer a EL USUARIO la carta de derechos mínimos de los Usuarios de los servicios públicos de telecomunicaciones al momento de realizar el procedimiento de contratación del plan respectivo, y, la mantendrá de manera permanente en su página de Internet.
DÉCIMA TERCERA. CONSULTAS, DUDAS, ACLARACIONES Y QUEJAS
EL USUARIO podrá revocar su consentimiento de la celebración del presente contrato, presentar sus consultas, dudas, aclaraciones, quejas, sugerencias y reclamaciones a EL PROVEEDOR a través de su número de atención al cliente, y a través de los métodos proporcionados en la aplicación de acceso al Servicio y en la Página de Internet.
Lo anterior, incluye cualquier duda que EL USUARIO pudiera tener en relación con su Equipo para poder hacer uso del Servicio.
DÉCIMA CUARTA. COMPETENCIA
Para todo lo relativo a la interpretación, cumplimiento y ejecución del presente Contrato, las Partes se someten en la vía administrativa ante la Procuraduría Federal del Consumidor, y en caso de que subsista cualquier controversia, sobre la interpretación o incumplimiento del presente Contrato, deberá ser ante los tribunales competentes ubicados en la Ciudad de México.
DÉCIMA QUINTA. REGISTRO DEL CONTRATO
Este modelo de Contrato de Adhesión utilizado ha sido registrado por la Procuraduría Federal del Consumidor, bajo el número 137-2019 de fecha 17 del mes de julio de 2019.