Convenio de prácticas
Condiciones generales
1. Condiciones previas
1.1 El consejo de estudiantes xx Xxxxxx ha aceptado el presente convenio de prácticas, así como los términos y condiciones generales correspondientes.
1.2 El presente convenio se celebra entre el estudiante, la institución y la empresa de prácticas, también denominados como "partes", y es gestionado por la institución.
1.3 El estudiante está matriculado en la institución. El estatuto del estudiante xx Xxxxxx será el reglamento aplicable.
1.4 El convenio de prácticas se rige exclusivamente por la legislación neerlandesa.
1.5 En la fecha de la firma del convenio, la empresa u organización que proporciona la capacitación práctica (la empresa de prácticas) debe estar reconocida por la SBB (la organización neerlandesa de cooperación entre la formación profesional y las empresas) para la calificación en la que está matriculado el estudiante, según lo dispuesto en el artículo 1.5.3 de la Ley neerlandesa de Educación y Formación Profesional (Wet Educatie en Beroepsonderwijs).
2. Naturaleza del contrato
2.1 Los términos y condiciones generales constituyen, junto con la hoja de prácticas profesionales, el convenio de prácticas contemplado en el artículo 7.2.8 de la Ley neerlandesa de Educación y Formación Profesional. Este convenio contiene los derechos y obligaciones generales de las distintas partes.
2.2 Los acuerdos específicos relativos a la capacitación práctica que realiza el estudiante figuran en la hoja de prácticas profesionales. Dicha hoja forma una parte integrante del presente convenio. Siempre que en el presente convenio se mencione ‘prácticas profesionales’, se hace referencia a la capacitación práctica que figura en la hoja de prácticas profesionales.
3. Modificaciones provisionales
3.1 El convenio de prácticas y, más concretamente, los datos de la capacitación práctica contenidos en la hoja de prácticas profesionales podrán modificarse o completarse durante el periodo de prácticas con el consentimiento por escrito de las partes, de conformidad con el procedimiento establecido en la guía de estudio.
3.2 En función de la modificación solicitada, se puede emitir una hoja de prácticas modificada o se debe realizar un nuevo convenio de prácticas. La guía de estudio especifica, para cada cambio, el procedimiento a seguir.
3.3 Si la modificación de los datos de la capacitación práctica es consecuencia de un cambio en el itinerario de formación del estudiante, se debe preceder de una solicitud por escrito de dicho cambio.
3.4 Los datos relativos a la formación en cuyo marco se realiza la capacitación práctica solo pueden modificarse a petición del estudiante. A esta petición le suele preceder una consulta o asesoramiento por parte de la institución o de la empresa de prácticas.
3.5 Los datos relativos a las fechas de inicio y finalización previstas, la duración, así como el alcance de la capacitación práctica, también se pueden modificar a petición de la empresa de prácticas. La institución solo atenderá dicha petición previa consulta y consentimiento del estudiante.
3.6 En caso de modificaciones de los datos durante el período de prácticas, la hoja de prácticas profesionales se puede sustituir por una hoja de prácticas modificada durante el curso de la capacitación práctica.
3.7 La institución enviará lo antes posible la hoja de prácticas modificada al estudiante y a la empresa de prácticas (en papel o en formato digital).
3.8 Tanto el estudiante como la empresa de prácticas disponen de un plazo de 10 días hábiles a partir del envío de la hoja de prácticas modificada, para informar a la institución por escrito de posibles errores en la hoja.
3.9 Si el estudiante o la empresa de prácticas indica que los datos que contiene la hoja de prácticas modificada no son correctos (de acuerdo con la solicitud o el consentimiento de la parte no solicitante), la institución procederá a la corrección de dichos datos en la hoja de prácticas profesionales.
3.10 Si el estudiante o la empresa de prácticas manifiesta su oposición al hecho de que los datos de la hoja de prácticas profesionales hayan sido modificados sin solicitud previa o consentimiento, la institución eliminará la hoja modificada. En este caso, el estudiante seguirá realizando la capacitación práctica en la empresa de prácticas, tal y como figuraba en la hoja de prácticas original, hasta que se obtenga el acuerdo de ambas partes.
3.11 Al realizar una modificación sin el consentimiento del estudiante y/o de la empresa de prácticas, y si dicha modificación no se corrige a pesar de las reiteradas peticiones del estudiante y/o de la empresa de prácticas, el estudiante puede enviar un correo electrónico a la Oficina de Reclamaciones (xxxxxxxx@xxxxxx.xx) en un plazo de 6 semanas a partir de la recepción de la modificación.
3.12 Si el estudiante y/o la empresa de prácticas no responden en el plazo previsto en el artículo 3.8, la hoja de prácticas modificada sustituye a la hoja anterior y pasa a formar parte del convenio de prácticas.
4. Contenido y diseño
4.1 La capacitación práctica forma parte de toda formación profesional según la Ley neerlandesa de Educación y Formación Profesional. La capacitación práctica tiene lugar en una empresa de prácticas reconocida por la SBB en virtud de un convenio de prácticas. En el mencionado convenio se establecen acuerdos acerca de la capacitación práctica que permiten al estudiante adquirir los conocimientos y la experiencia necesarios para obtener la calificación/superar el componente opcional. Las actividades realizadas por el estudiante en el marco del convenio tienen una función de aprendizaje.
4.2 El punto xx xxxxxxx de la capacitación práctica son los objetivos educativos y de formación descritos en la guía de estudio, así como el reglamento de educación y exámenes incluido en la misma. Un plan sustantivo, establecido en la guía de estudio y su reglamento de educación y exámenes correspondiente, constituye la base de las prácticas profesionales. La empresa de prácticas debe tener claro qué parte de la calificación debe superar el estudiante durante sus prácticas. La guía de estudio, así como el correspondiente reglamento de educación y exámenes, se pueden consultar en el sitio web xx Xxxxxx.
4.3 Los componentes opcionales forman una parte integrante de la formación basado en los expedientes de calificaciones revisados. El estudiante puede elegir un componente opcional formado por prácticas profesionales. En tal caso, se hará constar en la hoja de prácticas profesionales que forma una parte integrante del presente convenio. Es posible cursar varios componentes opcionales en una misma empresa de prácticas.
5. Obligaciones de la empresa de prácticas
5.1 La empresa de prácticas permite al estudiante alcanzar los objetivos de aprendizaje acordados y completar, así, su capacitación práctica. La empresa de prácticas garantiza una orientación y formación diarias suficientes del estudiante en el lugar de trabajo y le ofrece la oportunidad de realizar y llevar a cabo las tareas requeridas por el módulo de prácticas. La empresa de prácticas participa en los momentos de contacto acordados entre el estudiante, la institución y la empresa de prácticas, según lo estipulado en el artículo 6.1.
5.2 La empresa de prácticas designa a un formador práctico que se encarga de supervisar al estudiante durante la capacitación práctica. Al comenzar su período de prácticas, el estudiante sabe quién es su formador práctico.
5.3 La empresa de prácticas se declara dispuesta a permitir la evaluación de las prácticas por parte de un funcionario de la institución en la empresa de prácticas.
5.4 Durante el período de prácticas, la empresa de prácticas permitirá que el estudiante participe en la formación impartida por la institución de acuerdo con el calendario vigente, así como a las pruebas y/o exámenes.
5.5 La empresa de prácticas pone a disposición del estudiante el material básico necesario para la realización de la capacitación práctica.
5.6 La empresa de prácticas abona al estudiante una compensación de gastos que cubra, como mínimo, todos los gastos en euros en los que el estudiante tenga que incurrir por la empresa o por ley para poder realizar las prácticas en la empresa. Esta compensación de gastos incluye los gastos de viaje, si no se reembolsan de otra manera, así como, si procede, la obtención del VOG (certificado de antecedentes penales). Esto se aplica tanto a los estudiantes de la rama BOL como de la rama BBL.
5.7 La Ley neerlandesa relativa al tiempo de trabajo (Arbeidstijdenwet) se aplica a todos los estudiantes en prácticas.
6. Obligaciones de la institución
6.1 La institución garantiza un asesoramiento adecuado por parte del supervisor de las prácticas. Al comenzar el período de prácticas, el estudiante sabe quién es su supervisor. La institución organiza y participa en los momentos de contacto acordados entre el estudiante, la institución y la empresa de prácticas. En el Pacto de prácticas 2023 de los Países Bajos, se ha acordado que la escuela organice al menos tres momentos de contacto entre la empresa de prácticas, el estudiante y la escuela, de los cuales uno, como mínimo, debe tener lugar físicamente en las instalaciones de la empresa de prácticas. Este número puede variar: (1) en la rama BBL, (2) si sólo se sigue un componente opcional de capacitación práctica, (3) debido a la duración reducida del período de prácticas o (4) si las prácticas profesionales tienen lugar en el extranjero.
6.2 El supervisor de prácticas de la institución controla el progreso de la capacitación práctica manteniendo un contacto regular con el estudiante y el formador práctico de la empresa de prácticas. Asimismo, supervisa el progreso y la adecuación entre los objetivos de aprendizaje del estudiante y las oportunidades de aprendizaje que ofrece la empresa de prácticas.
6.3 La institución publicará el horario con tiempo suficiente para que el estudiante y la empresa de prácticas puedan tenerlo en cuenta.
6.4 La institución tiene la responsabilidad final de evaluar si el estudiante ha superado los componentes de la calificación cursados durante las prácticas profesionales. El procedimiento de evaluación y la manera en que se evalúa la capacitación práctica, se describen en la guía de estudio y en el reglamento de educación y exámenes correspondiente.
6.5 La institución incluye la evaluación de la empresa de prácticas como parte de la evaluación del estudiante.
7. Obligaciones del estudiante
7.1 El estudiante se esforzará para completar con éxito sus objetivos de aprendizaje dentro del período acordado, es decir, antes o como máximo en la fecha de finalización prevista que figura en la hoja de prácticas profesionales. En particular, el estudiante está obligado a realizar la capacitación práctica y a estar presente los días y horas acordados con la empresa de prácticas, salvo que resulte imposible debido a razones justificadas.
7.2 Las ausencias durante el período de prácticas están sujetas a las normas aplicadas por la empresa de prácticas y a las establecidas en el estatuto del estudiante.
7.3 El estudiante participa en los momentos de contacto acordados entre el estudiante, la institución y la empresa de prácticas, según lo estipulado en el artículo 6.1.
8. Otros acuerdos con el estudiante
8.1 Si lo desea, la institución, el estudiante y la empresa de prácticas pueden llegar a acuerdos individuales. Por ejemplo, acerca de los objetivos de aprendizaje, la supervisión o la evaluación del estudiante. Dichos acuerdos se documentarán por escrito en un anexo que formará parte del convenio de prácticas.
8.2 La personalización a través de programas a medida para estudiantes con necesidades adicionales de apoyo, como ajustes de tiempo, forma y lugar de trabajo, se establecerán en un anexo del convenio de prácticas.
9. Normas de conducta, seguridad y responsabilidad
9.1 El estudiante está obligado a cumplir las normas, reglamentos e instrucciones aplicables de la empresa de prácticas por el bien del orden, la seguridad y la salud. La empresa de prácticas informará al estudiante de estas normas antes del inicio del período de prácticas.
9.2 El estudiante está obligado a mantener en secreto todo lo que se le confíe bajo secreto o que haya llegado a su conocimiento como secreto o cuyo carácter confidencial deba entender de forma razonable.
9.3 De acuerdo con la Ley neerlandesa de Condiciones Laborales (Arbeidsomstandighedenwet), la empresa de prácticas toma medidas para proteger la seguridad física y mental del estudiante.
9.4 La empresa de prácticas es responsable de cualquier daño que el estudiante pueda sufrir durante las prácticas o en relación con las mismas, a menos que la empresa de prácticas demuestre que ha cumplido con las obligaciones contempladas en el artículo 7:658, apartado 1, del Código Civil neerlandés, o que el daño es en gran medida resultado de dolo o imprudencia deliberada por parte del estudiante.
9.5 La empresa de prácticas es responsable de los daños causados por el estudiante en el desempeño de su trabajo durante las prácticas o en relación con las mismas a (las propiedades de) la empresa de prácticas o a (las propiedades de) terceros, salvo que exista dolo o imprudencia consciente por parte del estudiante.
9.6 La institución está protegida contra los daños causados al estudiante, a la empresa de prácticas o a terceros durante la realización de las prácticas profesionales.
9.7 En todo caso, la responsabilidad de la institución se limita a las condiciones y a la cobertura basada en las mismas de la póliza de seguros de la institución. Esto significa que dicha responsabilidad se limita a la cantidad a pagar por la compañía de seguros de la institución.
10. Problemas y conflictos durante la capacitación práctica
10.1 En caso de problemas o conflictos durante las prácticas, el estudiante se pondrá en contacto, en primer lugar, con el formador práctico de la empresa de prácticas y/o el supervisor de la institución. Junto con el estudiante intentarán encontrar una solución.
10.2 Si el estudiante considera que el problema o conflicto no se ha resuelto satisfactoriamente y la causa del problema o conflicto reside en que la empresa de prácticas no cumple, o no cumple suficientemente, los acuerdos establecidos en este convenio, el estudiante podrá analizar sus opciones con el supervisor de prácticas de la institución.
10.3 Si las partes no llegan a un acuerdo mutuo, tanto el estudiante como la empresa de prácticas disponen de un plazo de 6 semanas para enviar un correo electrónico a la Oficina de Reclamaciones (xxxxxxxx@xxxxxx.xx).
10.4 La empresa de prácticas adoptará medidas destinadas a prevenir o combatir cualquier forma de acoso sexual, discriminación, agresión o violencia. En caso de acoso sexual, discriminación, agresión y/o violencia, el estudiante tiene derecho a interrumpir inmediatamente sus tareas sin que esto sea motivo de una evaluación negativa. El estudiante debe informar inmediatamente de dicha interrupción al formador práctico, así como al supervisor de la institución. Si esto no es posible, el estudiante deberá informar de la interrupción a la persona de confianza de la empresa de prácticas o de la institución. La institución informará a la SBB.
10.5 En caso de discriminación o abuso durante la capacitación práctica, el estudiante puede notificar el incidente a través del centro de denuncias de discriminación y abuso en las prácticas..
10.6 La institución comunicará a la SBB los incidentes graves, las quejas de carácter estructural y/o las notificaciones y señales de discriminación y abuso durante la capacitación práctica.
11. Intercambio de datos y privacidad
11.1 Los estudiantes tienen derecho a acceder a sus propios expedientes académicos y, más concretamente, a los expedientes de prácticas procesados por la institución.
11.2 Al intercambiar datos acerca del estudiante, la institución y la empresa de prácticas respetarán el Reglamento General de Protección de Datos. Esto significa, entre otros, que tratarán los datos personales del estudiante con cuidado y que serán transparentes al respecto hacia el estudiante. La política de privacidad de la institución especifica qué datos del estudiante se facilitarán a la empresa de prácticas, en qué condiciones y cuándo se requiere el consentimiento del estudiante.
12. Declaración de consentimiento para el pago de las tasas de matrícula
Cuando proceda, el estudiante mayor de edad de la rama BBL autoriza a la empresa de prácticas mencionada en este documento a pagar en su nombre las tasas de matrícula legalmente debidas, así como cualquier otro coste de formación. El estudiante es responsable del pago de las tasas de la matrícula legalmente debidas.
13. Duración y rescisión del convenio
13.1 El convenio de prácticas entra en vigor tras la firma de la primera hoja de prácticas profesionales y se celebra, en principio, por la duración del período de capacitación práctica que figura en dicha hoja.
13.2 El convenio de prácticas se extingue legalmente:
a. Tan pronto como el estudiante haya finalizado la capacitación práctica con una evaluación positiva o, en caso de un
componente opcional, cuando haya completado las prácticas.
b. Al expirar la fecha de finalización prevista que figura en la hoja de prácticas.
c. Al finalizar la inscripción del estudiante en la institución.
d. Por disolución o pérdida de personalidad jurídica de la empresa de prácticas o cuando dicha empresa deje de ofrecer la profesión acordada en el convenio de prácticas.
e. Cuando el reconocimiento de la empresa de prácticas a que se refiere el artículo 1.5.3 de la Ley neerlandesa de educación y formación profesional, ha caducado o ha sido revocado.
13.3 El convenio de prácticas se puede rescindir de mutuo acuerdo entre la institución, el estudiante y la empresa de prácticas. Dicha rescisión se registrará por escrito.
13.4 El convenio de prácticas puede ser rescindido (extrajudicialmente):
a. Por la empresa de prácticas, si el estudiante, a pesar de la advertencia expresa (repetida), no cumple con las normas de conducta mencionadas en los artículos 9.1 y 9.2 de estas condiciones generales.
b. Por una de las partes si, basándose en circunstancias de peso, ya no se puede exigir razonablemente a esta parte que continúe con el convenio de prácticas.
c. Por una de las partes si la institución, el estudiante o la empresa de prácticas incumple las obligaciones que le impone la ley o el convenio de prácticas.
d. Por el estudiante o la empresa de prácticas, si se termina el contrato de trabajo (si lo hubiera) entre el estudiante y la empresa de prácticas.
13.5 En caso de disolución del convenio de prácticas según lo dispuesto en los artículos 13.2 y 13.3, así como en caso de rescisión del convenio de prácticas según lo dispuesto en el artículo 13.4, la institución lo confirmará por escrito al estudiante y a la empresa de prácticas, indicando los motivos de la disolución.
13.6 Antes de proceder a una rescisión en virtud del artículo 13.4, letra c, las demás partes ofrecerán a la parte que no cumpla sus obligaciones la oportunidad de cumplir con sus obligaciones en un plazo de dos semanas. No será necesaria una notificación de incumplimiento por escrito si el incumplimiento tiene carácter permanente o si la parte ya ha indicado que dejará de cumplir con sus obligaciones, haciendo innecesario fijar un plazo.
14. Instalación de prácticas sustitutiva
14.1 Si el convenio de prácticas se anula porque la empresa de prácticas no cumple con sus obligaciones (las prácticas no están o sólo están parcialmente disponibles, la supervisión es inadecuada o inexistente, la empresa de prácticas ya no cuenta con el reconocimiento a que se refiere el artículo 1.5.3 de la Ley neerlandesa de Educación y Formación Profesional, o existen otras circunstancias que impiden el desarrollo adecuado de las prácticas), la institución se encargará, previa consulta con la SBB, de poner a disposición del estudiante unas prácticas alternativas a la mayor brevedad posible.
14.2 Si la terminación anticipada de este convenio puede atribuirse al estudiante, éste tiene la obligación de proporcionar a tiempo una alternativa adecuada.
15. Disposiciones finales
15.1 Si la empresa de formación y el estudiante celebran conjuntamente acuerdos separados que entren en conflicto con el convenio de formación, prevalecerá el convenio de formación.
15.2 En los casos no previstos en el convenio de prácticas, la institución y la empresa de prácticas decidirán previa consulta al estudiante.
15.3 Si se trata de asuntos bajo la responsabilidad de la SBB, esta procederá a intervenir en la materia.