COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD DIVISION DE DISTRIBUCION ORIENTE
COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD
DIVISION DE DISTRIBUCION ORIENTE
PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN POR ADJUDICACIÓN DIRECTA
NÚM. AA-018TOQ125-E15-2016 (ADJ-DTA-SER-004-16)
ARTICULOS 26 FRACCION III Y 42 DE LA LAASSP
MIXTA
SOLICITUD DE COTIZACIÓN
Nombre de los Servicios: “SERVICIO DE RECOLECCIÓN, RETIRO DE BASURA Y DISPOSICIÓN FINAL EN EL RELLENO SANITARIO MUNICIPAL DE LAS INSTALACIONES DEL EDIFICIO DIVISONAL Y ALMACÉN 21 XX XXXXX”.
Núm. de Solped: 600418704.
EL CARÁCTER DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN ES MIXTA.
El presente procedimiento es de carácter nacional, en el cual las personas físicas x xxxxxxx invitadas (participantes) podrán presentar su cotización en forma MIXTA (presencial ó electrónica).
Condiciones generales:
1.- Características y alcance de los servicios: Las indicadas en el contenido del anexo 2 “Especificaciones técnicas de los servicios” de esta solicitud de cotización.
2.- Lugar de ejecución de los servicios: En Oficinas Divisionales y Almacén 21 xx Xxxxx.
3.- Plazo de ejecución de los servicios: 306 días naturales.
4.- Fecha probable de inicio: 01 xx xxxxx de 2016
5.- Fecha probable de terminación: 31 de diciembre de 2016
6.- Fecha, hora y lugar de visita al sitio: NO APLICA
7.- Fecha, hora y lugar de junta de aclaraciones: NO APLICA
8.- Fecha, hora y lugar de entrega de cotizaciones 15 de febrero de 2016, en punto de las 10:00 hrs. en la Sala de juntas del Departamento de Concursos y Contratos Divisional, ubicada en Xx. Xxxxxxx Xxxxxxx xxx. 000, xxxxxx xxxx, Xxx. Xxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxx, Xxx.
9.- Fecha, hora y lugar de la notificación de la
Adjudicación. 18 de febrero de 2016, en punto de las 14:00 hrs. en la Sala de juntas del Departamento de Concursos y Contratos Divisional, ubicada en Xx. Xxxxxxx Xxxxxxx xx. 000, xxxxxx xxxx, Xxx. Xxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxx, Xxx.
10.- Anticipo a otorgar: NO APLICA
11.- Modelo de contrato.- De prestación de servicios, el cual se integra en estas condiciones.
12.- Garantías: Las señaladas en el modelo de contrato. (NO APLICA).
13.- Ninguna de las condiciones contenidas en el presente documento, así como en las cotizaciones presentadas, podrán ser negociadas.
14.- Idioma en que se presentará la cotización: español.
15.- Se requiere que se cotice en Moneda Nacional, precios fijos, antes de IVA y entrega en destino final en: XXXXXXXX XXXXXXXXXXXX X XXXXXXX 00 XX XXXXX.
Precios Fijos: CFE requiere le sean cotizados precios Fijos desde la presentación de la cotización hasta la facturación y pago de los servicios.
Precios Variables: No aplica.
El incumplimiento de la condición de precio requerida para esta licitación, será motivo de desechamiento de la proposición
16.- Términos de pago: LA COMISIÓN cubrirá a EL CONTRATISTA el importe de sus facturas acompañadas de las estimaciones por servicios realizados, dentro de un plazo no mayor de 07 (siete) días naturales, contados a partir de la fecha en que las reciba la Caja Divisional, previa autorización del Departamento de Servicios Generales Divisional. Lo anterior conforme lo establece la cláusula SEXTA “FORMA DE PAGO” del modelo de contrato.
17.- El pago se realizará vía transferencia electrónica de fondos o depósito en cuenta de cheques, que mediante solicitud escrita a CFE indique el participante adjudicado. Dicha solicitud se deberá dirigir a la Caja de la Administración de C.F.E. de las Oficinas Divisionales, ubicada en Xx. Xxxxxxx Xxxxxxx xxx. 000, xxxxxx xxxx, Xxx. Xxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxx, Xxx.
18.- Se hará la retención del dos al millar de cada una de las estimaciones que se generen, como aportación al Fideicomiso para el Ahorro de Energía (FIDE), salvo que el participante indique lo contrario por escrito antes de la firma del Contrato.
19.- Se anexan las especificaciones correspondientes a la presente solicitud de cotización, (ANEXO 2).
20.- DOCUMENTOS QUE DEBIDAMENTE FIRMADOS POR EL REPRESENTANTE LEGAL DEL LICITANTE, SE PRESENTARAN EN SOBRE CERRADO.
A.- Carta de presentación y entrega de la cotización, con su importe y plazo de entrega. (ANEXO 1)
B.- Especificaciones técnicas de los servicios (ANEXO 2)
C.- Programa de entrega de los servicios (ANEXO 3)
D.- Copia de identificación oficial vigente con fotografía, tales como credencial de elector, pasaporte o cédula profesional (para persona Física) (ANEXO 4 A)
E.- Acreditamiento de personalidad (para persona Moral y/o persona Física con apoderado legal en lo aplicable). (ANEXO 4B)
F.- Declaración de Ausencia de Impedimentos Legales. (ANEXO 6)
G.- Declaración unilateral de integridad. (ANEXO 7)
X.- Xxxxxxx en el que manifiesta el participante, que está al corriente en sus obligaciones patronales y tributarias. (ANEXO 8)
I.- Precios ofertados. (Catálogo de servicios señalando costo por unidad y el importe total de su cotización) (ANEXO 9)
21.- Lo no previsto en la presente solicitud de cotización, así como en el contrato derivado del procedimiento de Adjudicación Directa, se sujetará a lo dispuesto en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
22.- La asignación de esta adquisición se hará en base a partida completa, de conformidad con el ANEXO 9 de esta solicitud de cotización, no se aceptan proposiciones parciales de la partida.
23.- Una vez evaluadas las cotizaciones, el contrato se adjudicará al participante, cuya cotización resulte solvente, porque cumple con los requisitos legales, técnicos y económicos establecidos en estas condiciones de cotización y oferte el precio más bajo, garantizando el cumplimiento de las obligaciones respectivas.
24.- Criterio de Evaluación Binario. Mediante el cual sólo se adjudicará a quién cumpla con todos los requisitos establecidos por la convocante y oferte el precio más bajo.
En caso de que dos o más cotizaciones sean solventes técnica, legal y económicamente y, por lo tanto, satisfagan los requerimientos establecidos, el contrato se adjudicará a quien presente la cotización cuyo precio sea el más bajo.
En caso de empate, en igualdad de condiciones en el precio de dos o más cotizaciones, la adjudicación se efectuará a favor del participante que integre el sector de la micro, pequeña y mediana empresa nacional y en caso de persistir el empate se adjudicará el contrato al participante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que celebre la convocante. Para realizar el proceso de insaculación el propio sistema enviará la notificación a los participantes empatados, para requerir la presencia de los participantes empatados, la convocante invitará a representante del Órgano Interno de Control y se levantará acta que firmarán los asistentes, sin que la inasistencia o la falta de firma de los participantes invalide el acto.
25.- Firma del Contrato.- La persona física o moral que resulte ganador en este procedimiento de contratación por adjudicación directa, deberá presentarse en la oficinas del Departamento de Concursos y Contratos Divisional, ubicada en Xx. Xxxxxxx Xxxxxxx xxx. 000, xxxxxx xxxx, Xxx. Xxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxx, Xxx., a más tardar el día 25 de febrero de 2016 de 08:00 a 15:00 hrs. para la formalización del contrato, entregando copia de:
PERSONA FISICA: ACTA DE NACIMIENTO, R.F.C., CREDENCIAL I.N.E. (I.F.E.)
PERSONA MORAL: ACTA CONSTITUTIVA, PODER, R.F.C., CREDENCIAL I.N.E. (I.F.E.)
Acompañada de su original o copia certificada para su cotejo. Lo anterior previa entrega de garantía de cumplimiento, en su caso.
26.- Obligaciones fiscales: Para los casos en que el monto de la adjudicación sea superior a $300,000.00 M.N., sin incluir el IVA, el licitante deberá presentar a la convocante previo a la firma del contrato, el documento vigente expedido por el SAT en el que se emita opinión sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales, prevista en la Regla 2.1.31 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2016, publicada en el DOF el 23 de diciembre de 2015.
Para efectos de lo anterior, el licitante deberá obtener el acuse de recepción de solicitud de opinión a través del portal de internet del SAT, en los términos de la regla 2.1.39 de la Segunda Resolución Miscelánea Fiscal para 2016.
Los licitantes deberán tomar en consideración, que de no presentar la opinión sobre el cumplimiento de obligaciones en sentido positivo, Si el interesado no firma el contrato por causas imputables al mismo, conforme a lo señalado en el párrafo anterior, la Convocante, sin necesidad de un nuevo procedimiento, deberá adjudicar el contrato al participante que haya obtenido el segundo lugar, siempre que la diferencia en precio con respecto a la proposición inicialmente adjudicada no sea superior a un margen xxx xxxx por ciento.
En caso de no contar con documento vigente, deberá realizar la solicitud de opinión ante el SAT, preferentemente dentro de los tres días hábiles posteriores a la fecha en que tenga conocimiento del resultado del procedimiento o adjudicación correspondiente, incluyendo los correos electrónicos xxxxxx.xxxxxxxxx@xxx.xxx.xx y xxxxx.xxxxxx@xxx.xxx.xx que es de la convocante, para que el SAT envíe el “acuse de la consulta” que emitirá en atención a su solicitud de opinión.
27.- Obligaciones fiscales en materia de seguridad social: El participante cuyo monto exceda de $300,000.00 sin incluir el IVA deberá presentar a la convocante previo a la firma del contrato, el documento vigente expedido por el Instituto Mexicano del Seguro Social en el que se emita opinión sobre el cumplimiento de en sus obligaciones fiscales en materia de seguridad social y no se ubican en alguno de los supuestos a que se refiere el primer párrafo del citado artículo, prevista en el ACUERDO ACDO.SAl.HCT.101214/281.P.DIR y su Anexo Único, dictado por el H. Consejo Técnico, relativo a las Reglas para la obtención de la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social., publicada en el DOF el 27 de Febrero de 2015.
Para efectos de lo anterior, el licitante deberá obtener el acuse de recepción de solicitud de opinión a través del portal de internet del Instituto Mexicano del Seguro Social, de conformidad con el procedimiento establecido en la Regla Quinta del anexo único de las Reglas para la obtención de la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social., publicada en el DOF el 27 de Febrero de 2015.
En caso de no contar con documento vigente, deberá realizar la solicitud de opinión ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, preferentemente dentro de los tres días hábiles posteriores a la fecha en que tenga conocimiento del resultado del procedimiento o adjudicación correspondiente, incluyendo los correos electrónicos xxxxxx.xxxxxxxxx@xxx.xxx.xx y xxxxx.xxxxxx@xxx.xxx.xx que es de la convocante, para que el SAT envíe el “acuse de la consulta” que emitirá en atención a su solicitud de opinión.
28.- De acuerdo con el Convenio que Comisión Federal de Electricidad tiene celebrado con el Sindicato Único de Trabajadores Electricistas de la República Mexicana (S.U.T.E.R.M.), el participante adjudicado deberá acudir con la representación sindical para acordar el contrato colectivo de trabajo.
29.- La persona física o moral que resulte adjudicado, será el único responsable de la ejecución de los servicios y deberá sujetarse a todos los reglamentos y ordenamientos de las autoridades competentes en materia de seguridad, uso de la vía pública, protección ecológica y de medio ambiente que rijan en el ámbito federal, estatal o municipal, así como a las instrucciones que al efecto le señale la Comisión Federal de Electricidad, en especial el cumplimiento a; el Reglamento de Seguridad para Contratistas, Proveedores y Visitantes I – 1020 – 712 y la Guía para establecer requerimientos ambientales a los Proveedores y Contratistas en los centros de trabajo de la Dirección de Operación I-1020-302, los cuales están contenidos en su Manual de Gestión de Calidad, de los cuales se anexa copia en estas condiciones de cotización. Las responsabilidades y los daños y perjuicios que resultaren por su inobservancia serán a cargo del Proveedor.
NOTA:
1.-. En caso de haber alguna duda favor de comunicarse al teléfono 00 000 000 00 00 con el Ing. Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx ó a los e-mails: xxxxxx.xxxxxxxxx@xxx.xxx.xx o xxxxxxx.xxxxx@xxx.xxx.xx
ATENTAMENTE
ING. XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXX
JEFE DEL DEPARTAMENTO
DE CONCURSOS Y CONTRATOS DIVISIONAL
ANEXO 1
CARTA DE PRESENTACIÓN Y ENTREGA DE COTIZACION
Lugar y fecha de expedición: ………..…………………
Procedimiento de Contratación por Adjudicación Directa núm. __________
COMISIÓN
FEDERAL DE ELECTRICIDAD
PRESENTE
Después de examinar
las condiciones de la solicitud de cotización del procedimiento
antes citado y sus especificaciones, los acuerdos derivados de las
juntas de aclaraciones de las cuales acusamos recibo por la presente,
los suscritos ofrecemos proveer y entregar los servicios de:
__________________________________________________________________________________,
de conformidad con sus diseños, condiciones y especificaciones, por
un importe total de $ ___________________pesos, 00/100 M.N.
Si nuestra proposición es aceptada, nos comprometemos a realizar la primera entrega a los __ días y a completar la entrega de todos los servicios especificados en los documentos de la solicitud de cotización a los __ días naturales siguientes a la fecha de formalización del contrato. Cumpliendo con el programa de entregas ANEXO 3 pactado.
Si nuestra proposición es aceptada, contrataremos la fianza expedida por una institución mexicana de fianzas debidamente autorizada, por un monto equivalente al 10% del importe total del contrato, para asegurar el debido cumplimiento del mismo, en su caso. (no aplica).
Convenimos en mantener esta proposición por un periodo de 60 días a partir de la fecha fijada para la recepción y apertura de cotizaciones. La cotización nos obligará y podrá ser aceptada en cualquier momento antes de que expire el periodo indicado.
Asimismo, entendemos que ustedes no están obligados a aceptar la más baja ni cualquier otra de las proposiciones que reciban.
El domicilio consignado en nuestra cotización será el lugar donde recibiremos toda clase de notificaciones que resulten de los actos, contratos y convenios de esta invitación, cuando las notificaciones correspondientes sean distintas a las señaladas en la invitación.
1 PERSONA FÍSICA
Nombre:
Domicilio:
2 PERSONA MORAL
Nombre o razón social:
Domicilio:
_______________________________________________________________________
Nombre, Cargo y Firma del Representante
Legal del participante
(Anexo 2)
Especificaciones técnicas de los servicios
SE ANEXA ARCHIVO
ANEXO 3
Programa de entrega de los servicios POR NÚMERO DE JORNADA POR MES
MES |
NÚMERO DE JORNADA POR MES |
NÚMERO DE RETIROS |
MARZO |
18 |
9 |
ABRIL |
18 |
9 |
MAYO |
18 |
9 |
JUNIO |
18 |
9 |
JULIO |
18 |
9 |
AGOSTO |
18 |
9 |
SEPTIEMBRE |
18 |
9 |
OCTUBRE |
18 |
9 |
NOVIEMBRE |
18 |
9 |
DICIEMBRE |
18 |
9 |
TOTAL |
176 |
88 |
____________________________
NOMBRE Y FIRMA
REPRESENTANTE LEGAL
(Anexo 4 A)
Copia de identificación oficial vigente con fotografía, tales como credencial de elector, pasaporte o cédula profesional (Para Persona Física)
ANEXO 4B
ACREDITAMIENTO DE PERSONALIDAD
______(Nombre)___________, manifestamos, bajo protesta de decir verdad, que los datos aquí asentados son ciertos y han sido debidamente verificados, así como que cuento con facultades suficientes para suscribir la cotización en el presente procedimiento, a nombre y representación de _________(persona física o moral)_______________.
Xalapa,
Ver., .
Procedimiento de Contratación por Adjudicación Directa
núm._______________
Registro Federal de Contribuyentes:
Ciudad:
Domicilio:
Calle y número:
Colonia: Delegación y Municipio:
Código postal: Entidad Federativa:
Teléfonos: Fax:
Correo Electrónico:
WWW Internet:
(en su caso, anotar la clave del registro federal de contribuyentes, nombre y domicilio del apoderado o representante)
Número de la escritura pública en el que consta su Acta Constitutiva: Fecha:
Nombre, número y circunscripción xxx Xxxxxxx Público que las protocolizó:
Fecha y datos de su inscripción en el Registro Público de Comercio:
Relación de socios
Apellido Paterno: Apellido Materno: Nombre (s):
Descripción del objeto social:
Reformas o modificaciones al acta constitutiva:
Nombre del apoderado o representante:
Datos del documento mediante el cual acredita su personalidad y facultades:
Escritura pública número: Fecha:
Nombre, número y circunscripción xxx Xxxxxxx o fedatario Público que las protocolizó:
(Lugar y fecha)
________________________________
(Nombre, Cargo y Firma)
ANEXO 5
MODELO DE CONTRATO DE SERVICIOS
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD, REPRESENTADA POR EL LIC. XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX, EN SU CARÁCTER DE SUBGERENTE DE TRABAJO Y SERVICIOS ADMINISTRATIVOS A QUIEN EN LO SUCESIVO, SE LE DENOMINARA LA COMISIÓN, Y POR LA OTRA EL -----------------------------, REPRESENTADO POR ---------------------------- EN SU CARÁCTER DE ---------------------------------, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA EL PROVEEDOR, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS.
D E C L A R A C I O N E S
I. LA COMISIÓN declara que:
I.1.- es una empresa productiva del estado de propiedad exclusiva del gobierno federal, con personalidad jurídica y patrimonio propio y goza de autonomía técnica, operativa y de gestión según lo dispuesto en el artículo 2 de la ley de la comisión federal de electricidad,
I.2.- tiene por objeto prestar el servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica, por cuenta y orden del estado mexicano, así como levar a cabo las actividades relacionadas con la generación, transmisión, distribución y comercialización de energía eléctrica, en términos de lo establecido en el artículo 5 de la ley de la comisión federal de electricidad
I.3.- tiene como fin el desarrollo de actividades empresariales, económicas industriales y comerciales en términos de su objeto, generando valor económico y rentabilidad para el estado mexicano como su propietario, en términos del artículo 4 de la ley de la comisión federal de electricidad
I.4.- requiere: “SERVICIO DE RECOLECCIÓN, RETIRO DE BASURA Y DISPOSICIÓN FINAL EN EL RELLENO SANITARIO MUNICIPAL DE LAS INSTALACIONES DEL EDIFICIO DIVISIONAL Y ALMACÉN 21 XX XXXXX”.
I.5.- El Lic. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, en su carácter de Subgerente de Trabajo y Servicios Administrativos cuenta con las facultades legales suficientes para comparecer a la celebración del presente contrato, lo cual acredita con el testimonio de la Escritura Pública núm. 11,740, Volumen trescientos cuarenta y cuatro, de fecha 00 xx xxxxx xx 0000, xxxxxxxx xxxx xx xx del Lic. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, Notario Público núm. 129 de Coacalco xx Xxxxxxxxxxx, Estado de México, el cual está vigente en los términos en que fue otorgado, de conformidad con lo establecido en el Artículo Octavo Transitorio de la Ley de la Comisión Federal de Electricidad.
I.6. Para asegurar las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad, crecimiento económico, generación de empleo, eficiencia energética, uso responsable del agua, optimización y uso sustentable de los recursos, así como la protección al medio ambiente y demás circunstancias pertinentes, LA COMISIÓN, con fundamento en los artículos 26, fracción III y 28, fracción I de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, con fecha -… de …. de …. publicó en CompraNet la Solicitud de cotización No. AA-018TOQ125-E15-2016 (ADJ-DTA-SER-004-16) para licitar la adquisición de los servicios materia del presente Contrato.
I.7. Mediante dictamen emitido con fecha ---------- de ------- de 2015 se adjudicó el presente contrato a ---------------------------------------- en virtud de que cumplió con los requisitos legales, técnicos y económicos solicitados
I.8. Para el presente ejercicio fiscal, cuenta con la autorización presupuestal correspondiente, de acuerdo con el oficio No. ____, de fecha ______, emitido por _______ y, con los fondos necesarios para hacer las erogaciones que se motiven con la adquisición objeto del presente Contrato, con cargo a la partida presupuestal No. ____ del Área (área solicitante).
II.- EL PROVEEDOR declara que:
II.1 El -------------------------------- es mexicano, según lo acredita con Acta de Nacimiento no. ---------------------------------------------------------------------.
II.2 En su carácter de -----------------------------, DECLARA BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, que EL, no se encuentra en alguno de los supuestos establecidos en el artículo 50 y 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
II.3 Tiene capacidad jurídica para contratar y cuenta con los recursos técnicos, financieros y humanos idóneos altamente especializados en la materia, para obligarse a la prestación de los servicios objeto del presente contrato.
II.4 Su Registro Federal de Contribuyentes es el: --------------------------------.
II.5 El proveedor declara que conoce las medidas preventivas y de penalizaciones establecidas en la Convención para combatir el cohecho de servidores públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales.
II.6 CESIÓN DE DERECHOS Y OBLIGACIONES.
LA EMPRESA CONTRATANTE podrá ceder en forma total o parcial los derechos y obligaciones que se deriven del presente Contrato, en favor de cualquiera de sus empresas productivas subsidiarias o empresas filiales, en cuyo caso deberá notificar por escrito a EL PROVEEDOR la cesión parcial o total de derechos y obligaciones, dentro de los 15 días hábiles siguientes a la celebración del contrato de cesión correspondiente, indicando toda aquella información que resulte necesaria para la adecuada ejecución del presente Contrato.
Cuando los servicios materia del Contrato involucren licencias, se entenderá que las mismas tendrán el carácter de no exclusivas, por lo que EL PROVEEDOR, con la firma del presente Contrato, otorga su autorización para que LA EMPRESA CONTRATANTE la transmita o ceda a cualquiera de sus empresas productivas subsidiarias o empresas filiales.
LA EMPRESA CONTRATANTE y EL PROVEEDOR acuerdan que la cesión o transmisión de las licencias u otro derecho exclusivo, no representará un costo adicional para LA EMPRESA CONTRATANTE, por lo que EL PROVEEDOR renuncia expresamente a cualquier retribución por este motivo.
EL PROVEEDOR no podrá ceder en forma parcial ni total los derechos y obligaciones que se deriven del presente Contrato, con excepción de los derechos de cobro.
EL PROVEEDOR solamente podrá ceder a otras personas físicas x xxxxxxx los derechos de cobro que se deriven a su favor de las facturas que se generen en los términos del presente Contrato, con la autorización previa y por escrito de LA EMPRESA CONTRATANTE.
Cualquier expresión o estipulación contenida en la oferta o los anexos de este Contrato que resulte contraria a lo estipulado en esta cláusula, se tendrá por no puesta."
II.7 El PROVEEDOR con fundamento en el Art. 80 del RLAASSP queda obligado a cumplir con la inscripción y pago de cuotas al Instituto Mexicano del Seguro Social y que para verificar el cumplimiento de ello durante la vigencia del contrato deberá entregar a la dependencia o entidad, en forma bimestral, las constancias de cumplimiento.
Expuesto lo anterior, LA COMISIÓN y EL PROVEEDOR, celebran el presente contrato al tenor de las siguientes:
C L Á U S U L A S D E L C O N T R A T O
PRIMERA. OBJETO. El objeto del presente contrato es que EL PROVEEDOR preste a LA COMISIÓN los servicios que a continuación se describen, en el lugar y plazo que se indican: “__________________________________________________”
SEGUNDA. PLAZO. El plazo de ejecución de los servicios es de 306 días naturales (01 xx Xxxxx de 2016 al 31 de Diciembre de 2016).
TERCERA. IMPORTE. LA COMISIÓN y EL PROVEEDOR convienen que el importe total de este contrato es por la cantidad de $____________ (___________________________________pesos 00/100 M.N.) + IVA -FIDE.
EL PROVEEDOR está de acuerdo en que la suma indicada incluye la remuneración o pago total por los servicios que realizará.
El precio será fijo, por lo que no procederá ajuste en el precio.
CUARTA. IMPUESTOS. El Impuesto al Valor Agregado será trasladado en los términos de la ley de la materia.
Cada una de las partes del presente contrato convienen en cubrir los impuestos que les correspondan de conformidad con la legislación aplicable, en la inteligencia de que LA COMISIÓN realizará las retenciones que procedan cuando así lo requiera la legislación fiscal aplicable.
QUINTA. ANTICIPO. Comisión Federal de Electricidad no otorgará anticipo.
SEXTA. FORMA DE PAGO. Las partes convienen en que el pago de los servicios objeto del presente contrato, se pague mediante la formulación de facturas que abarcarán la totalidad de los conceptos de servicios efectivamente realizados, siendo las fechas xx xxxxx, los días quince y último de cada mes.
Asimismo, las partes están de acuerdo en que el pago de los servicios estará condicionado, proporcionalmente, al pago que EL PROVEEDOR deba efectuar a LA COMISIÓN por concepto de aplicación xx xxxxx convencionales y deducciones.
EL PROVEEDOR acepta que LA COMISIÓN podrá descontar, a EL PROVEEDOR, las penas convencionales y las deducciones de la documentación que éste presente para los efectos del pago.
Para que LA COMISIÓN proceda al pago de los servicios prestados, EL PROVEEDOR deberá presentarle la factura correspondiente, la cual será autorizada, en su caso, por el Departamento de Presupuestos y Tesorería Divisional o la persona que LA COMISIÓN designe, dentro de los tres días naturales siguientes a la fecha de su presentación.
En caso de que las facturas entregadas por EL PROVEEDOR para su pago, presenten errores o deficiencias, LA COMISIÓN, dentro de los tres días naturales siguientes al de su recepción, indicará por escrito a EL PROVEEDOR las deficiencias que deberá corregir. El período que transcurre a partir de la entrega del citado escrito y hasta que EL PROVEEDOR presente las correcciones, no se computará para efectos del período al que se refiere el siguiente párrafo.
LA COMISIÓN cubrirá a EL PROVEEDOR el importe de su factura en un plazo de SIETE días naturales, posteriores a la presentación de la factura respectiva, previa prestación de los servicios en los términos del presente contrato.
Para el caso de falta de pago oportuno de las facturas, LA COMISIÓN, a solicitud de EL PROVEEDOR, deberá pagar gastos financieros conforme a la tasa contemplada por la Ley de Ingresos de la Federación, como si se tratara del supuesto de prórroga para el pago de créditos fiscales. Dichos gastos se calcularán sobre las cantidades no pagadas y se computarán por días naturales, desde que se venció el plazo hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de EL PROVEEDOR.
En el evento de que EL PROVEEDOR haya recibido pagos en exceso, deberá reintegrar las cantidades pagadas en exceso, más los intereses correspondientes, conforme a la tasa contemplada por la Ley de Ingresos de la Federación, como si se tratara del supuesto de prórroga para el pago de créditos fiscales. Los cargos se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computarán por días naturales desde la fecha del pago hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de LA COMISIÓN.
SÉPTIMA. LUGAR DE PAGO. LA COMISIÓN pagará a EL PROVEEDOR, la factura por la prestación de los servicios realizados, en la Caja Divisional de C.F.E., ubicada en la Avenida Xxxxxxx Xxxxxxx núm. 155, planta baja, colonia Centro, C.P. 91000, Xalapa, Veracruz
OCTAVA. CESION DE DERECHOS. EL PROVEEDOR podrá ceder los derechos de cobro, debiendo cumplir para ello con las siguientes condiciones:
I. Aviso previo, expreso y por escrito a LA COMISIÓN, en el que se exprese su intención de ceder todos o parte de sus derechos de cobro. El aviso que aquí se menciona deberá darse cuando menos con cinco días de anticipación, especificando claramente los derechos que serán materia de la futura cesión.
En este aviso deberá declarar EL PROVEEDOR bajo protesta de decir verdad, que no ha celebrado con anterioridad otra cesión de derechos o acto jurídico que se traduzca en cesión a favor de terceros de dichos derechos de cobro. De existir una cesión anterior, deberá expresarlo así y aportar todos los datos y documentos que permitan su plena identificación.
II. Conformidad previa, expresa y por escrito de LA COMISIÓN respecto del aviso del punto anterior.
III. Notificación, preferentemente a través xx xxxxxxxx x xxxxxxx público, de la constitución de la cesión de derechos celebrada, en la que se indique claramente el número, fecha y objeto del contrato fuente, las facturas y, en su caso, contra-recibos materia de la cesión, con el desglose de la cesión, así como el importe y la fecha de cada uno de ellos, el importe total de la cesión, con el desglose correspondiente y cualquier otro dato o documento indispensable que se requiera a juicio de LA COMISIÓN para que quede plenamente identificado el crédito cedido.
IV. En caso de que no se opte por la notificación a través xx xxxxxxxx x xxxxxxx público, ésta deberá hacerse en forma fehaciente con el acuse de recibo correspondiente por LA COMISIÓN, a fin de que quede constancia indubitable de que se cumplió con el requisito que establece la ley, sin perjuicio de que se satisfagan los demás requisitos señalados en el párrafo anterior.
V. La notificación o en su caso el aviso de la cesión sobre los derechos de cobro, deberá ser hecha a LA COMISIÓN dentro de los cinco días siguientes a la celebración del contrato entre cedente y cesionario o entre las partes que celebren el contrato o acto jurídico cuyo objeto sea ceder a favor de una de ellas el cobro de las facturas y/o contra-recibos materia del contrato.
VI. Proporcionar cualquier otro dato o documento que LA COMISIÓN estime necesario.
LA COMISIÓN tendrá facultad para rescindir de pleno derecho y sin necesidad de declaración judicial el contrato, cuando una vez notificada la cesión de derechos o el acto jurídico de que se trate, los derechos de crédito que comprenda sean cobrados por el cedente o cualquier otra persona distinta del nuevo titular del derecho.
LA COMISIÓN también podrá rescindir de pleno derecho y sin necesidad de declaración judicial el presente contrato, cuando después de ser cobradas las facturas o contra-recibos, éstas se hagan figurar por EL PROVEEDOR en un contrato de cesión de crédito o de constitución de garantía prendaria, de fideicomiso en garantía o en cualquier otro acto jurídico que tenga como consecuencia conferir a un tercero los derechos de EL PROVEEDOR, a los créditos generados conforme a este contrato, con preferencia sobre dichos créditos.
VII. Queda expresamente convenido y así lo admite EL PROVEEDOR, que LA COMISIÓN no asume ninguna responsabilidad frente a terceros por el incumplimiento del contrato, convenio o acto jurídico a través del cual EL PROVEEDOR sea sustituido en los créditos que surgieren a su favor, conforme a lo estipulado en el presente instrumento.
VIII. LA COMISIÓN y EL PROVEEDOR convienen en que en caso de rescisión de este contrato, los créditos a favor de terceros tendrán la siguiente prelación u orden de preferencia en su pago:
Créditos a favor de los trabajadores de EL PROVEEDOR.
Créditos fiscales en los términos del Código Fiscal de la Federación.
Créditos a favor de LA COMISIÓN teniendo preferencia dentro de éstos los que resulten de falta de amortización del o de los anticipos que se le hayan otorgado a cuenta de este contrato.
Otros créditos a favor de terceros distintos a los referidos en los puntos anteriores.
NOVENA. GARANTIA DE CUMPLIMIENTO Y CALIDAD. Bajo la responsabilidad de la Subgerencia de Trabajo y Servicios Administrativos y en apego a lo previsto en el artículo 48 de la Ley, se exceptúa al proveedor de la presentación de la Garantía de Cumplimiento del contrato.
DÉCIMA. REPRESENTANTES DE LAS PARTES. La relación derivada de la ejecución de los servicios, objeto del presente contrato, se establecerá con EL PROVEEDOR por conducto del ______________________________ y por parte de LA COMISIÓN a través de __________________________________, el _______________________________ o de otro representante que la misma designe por escrito.
DÉCIMO PRIMERA. NOTIFICACIONES. Para todos los efectos derivados del presente contrato, en especial para oír y recibir notificaciones, mismas que sólo surtirán efectos si se realizan por escrito, las partes convienen en señalar como sus domicilios, los siguientes:
EL PROVEEDOR: ________________________________________________________________.
LA COMISIÓN: Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx xxx. 000, Xxxxxxx Xxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxx, Xxxxxxxx.
Las notificaciones de carácter legal o relativo a procedimientos judiciales se sujetarán a los ordenamientos jurídicos aplicables.
DÉCIMO SEGUNDA. CONTRATO INTUITU PERSONAE. En virtud de ser el presente un contrato intuitu personae, EL PROVEEDOR solamente podrá ceder a otras personas físicas x xxxxxxx los derechos de cobro que se deriven a su favor de las facturas y/o contra-recibos que se generen en los términos del presente contrato, con la autorización previa y por escrito de LA COMISIÓN.
DÉCIMO TERCERA. CALIDAD DE LOS SERVICIOS. EL PROVEEDOR garantiza a LA COMISIÓN que los servicios objeto del presente contrato serán de óptima calidad y en el evento de que tengan deficiencias, errores o sean de mala calidad se obliga a tomar las medidas conducentes para corregir dichas deficiencias, errores o mala calidad en un plazo de treinta días hábiles, contados a partir del momento en que le sean reportados por LA COMISIÓN dichos defectos, sin que se tenga derecho a efectuar cargo adicional alguno a la contraprestación pactada en la cláusula tercera.
DÉCIMO CUARTA. DERECHOS DE AUTOR. EL PROVEEDOR conviene que los derechos de autor u otros derechos exclusivos, que resulten de los servicios objeto de este contrato, invariablemente se constituirán a favor de LA COMISIÓN, comprometiéndose a coadyuvar con ella para registrarlos ante el órgano competente, ya sea nacional o extranjero.
DÉCIMO QUINTA. CONFIDENCIALIDAD Y PROPIEDAD DE LOS TRABAJOS. EL PROVEEDOR no podrá divulgar por medio de publicaciones, conferencias, informes o cualquier otra forma, la información que le proporcione LA COMISIÓN, ni los datos y resultados obtenidos de los servicios objeto de este contrato, sin autorización previa y por escrito de LA COMISIÓN, toda vez que dicha información, datos y resultados son propiedad de esta última, aunado a que los referidos servicios contienen aspectos de naturaleza confidencial, cuya difusión pudiera comprometer información estratégica de LA COMISIÓN.
EL PROVEEDOR tomará las medidas necesarias para que el personal que ocupe con motivo de los servicios objeto de este contrato, observe la confidencialidad pactada en el mismo.
En el caso de que EL PROVEEDOR sea el que otorgue información confidencial a LA COMISIÓN, para la realización del objeto del contrato, las partes se obligan a guardar reserva respecto de la información que conozcan con motivo del presente contrato o que deriven de su ejecución, en los términos de la Ley de Transferencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.
DÉCIMO SEXTA. RELACIONES LABORALES. EL PROVEEDOR como empresario y patrón del personal que ocupe con motivo de los trabajos materia de este contrato, será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia de trabajo y seguridad social. EL PROVEEDOR conviene por lo mismo en responder de las reclamaciones que sus trabajadores presentasen en su contra o en contra de LA COMISIÓN, en relación con los servicios objeto de este contrato.
DÉCIMO SÉPTIMA. SUSPENSIÓN TEMPORAL DEL CONTRATO. LA COMISIÓN podrá suspender temporalmente en todo o en parte los servicios contratados en cualquier momento por causa justificada o por razones de interés general, sin que ello implique su terminación definitiva.
Para tales efectos, LA COMISIÓN emitirá un oficio, el que deberá ser signado de conformidad por EL PROVEEDOR, en el que se expresen los motivos y justificaciones de la suspensión temporal, así como la fecha prevista para la reanudación de los servicios.
DÉCIMO OCTAVA. TERMINACIÓN ANTICIPADA. Las partes convienen en que LA COMISIÓN podrá dar por terminado en forma anticipada el presente contrato. En este aspecto, LA COMISIÓN emitirá un dictamen que precise las razones o las causas justificadas que den origen a la terminación.
Sin perjuicio de lo anterior, la terminación anticipada se producirá cuando se extinga la necesidad de requerir los servicios, y se comunicará mediante aviso que por escrito entregue LA COMISIÓN a EL PROVEEDOR con cinco días naturales de anticipación a que surta sus efectos la terminación.
En este supuesto, LA COMISIÓN reembolsará a EL PROVEEDOR los gastos no recuperables en que haya incurrido, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el objeto del contrato.
Asimismo, LA COMISIÓN pagará a EL PROVEEDOR los servicios efectivamente devengados hasta la fecha en que, en su caso, se dé por terminado anticipadamente el presente contrato.
DÉCIMO NOVENA. RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO. LA COMISIÓN podrá rescindir administrativamente el presente contrato cuando EL PROVEEDOR incumpla con las obligaciones a su cargo.
El procedimiento relativo a la rescisión administrativa se iniciará dentro de los 15 días naturales siguientes a aquél en que se hubiere agotado el monto límite de aplicación de las penas convencionales. En el evento de que previamente a la determinación de dar por rescindido este contrato se prestaren los servicios conforme a lo convenido, el procedimiento iniciado quedará sin efecto.
El procedimiento de rescisión se llevará a cabo conforme a lo siguiente:
I.- Se iniciará a partir de que a EL PROVEEDOR le sea comunicado por escrito el incumplimiento en que haya incurrido, para que en un término de 10 (diez) días hábiles exponga lo que a su derecho convenga y aporte, en su caso, las pruebas que estime pertinentes.
II.- Transcurrido el término a que se refiere el punto anterior, LA COMISIÓN resolverá considerando los argumentos y pruebas que haya hecho valer EL PROVEEDOR notificando al mismo lo procedente dentro de los 15 (quince) días hábiles siguientes a que se produzca la respuesta de EL PROVEEDOR.
Cumplido lo anterior, LA COMISIÓN podrá exigirle al mismo el cumplimiento del contrato y el pago de las penas convenidas en el mismo, en su caso; o bien, notificarle de manera fehaciente su decisión de rescindir administrativamente el contrato. La determinación de dar o no por rescindido el contrato deberá ser debidamente fundada y motivada.
Cuando LA COMISIÓN determine rescindir el contrato, dicha rescisión operará de pleno derecho y sin necesidad de declaración judicial, bastando para ello que se cumpla el procedimiento que se establece en los párrafos anteriores, en tanto que si es EL PROVEEDOR quien decide rescindirlo, será necesario que acuda ante la autoridad judicial y obtenga la declaración correspondiente.
VIGÉSIMA. PENAS CONVENCIONALES. Las partes convienen en que EL PROVEEDOR se hará acreedor a una pena convencional equivalente al 0.5% del valor de los servicios no prestados oportunamente, por cada día de demora.
VIGÉSIMA PRIMERA. MODIFICACIONES AL CONTRATO. Las partes acuerdan que el presente contrato solo podrá modificarse por razones fundadas y explícitas mediante la celebración del convenio modificatorio correspondiente, atento a lo previsto por el artículo 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
VIGÉSIMA SEGUNDA. LEGISLACIÓN. Al presente contrato le es aplicable la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento y supletoriamente el Código Civil Federal, la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y el Código Federal de Procedimientos Civiles.
VIGÉSIMA TERCERA. JURISDICCIÓN Y TRIBUNALES COMPETENTES. Para la interpretación y cumplimiento de las obligaciones contraídas en virtud del presente contrato, las partes se someten a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Federales de la ciudad de Xalapa, Veracruz, por lo que EL PROVEEDOR renuncia al fuero que pudiera corresponderle por razón de su domicilio o por cualquier otra causa.
El presente contrato se firma, en tres tantos, por las partes en la ciudad de Xalapa, Veracruz, el día __ de ______________ de 2016.
F I R M A S
POR COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD
AUTORIZO CONTRATO POR EL PROVEEDOR
LIC. XXXXXXX XXXXXXX GUERRERO _________________________________
SUBGERENTE DE TRABAJO Y SERVICIOS _________________________________
ADMINISTRATIVOS R.F.C.
REVISÓ
ING. XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXX
JEFE XXXXX. CONC. Y CONTRATOS DIV.
ELABORÓ
ARQ. XXXXX XXXXX XXXXXX XXXXXXXX
JEFE OFICINA CONTRATOS DIV.
LAS FIRMAS Y ANTEFIRMAS QUE APARECEN EN ESTA HOJA PERTENECEN AL CONTRATO NÚM. CFE-BM-000-16 ADJUDICADO A ______________________________________________
ANEXO 6
DECLARACIÓN DE AUSENCIA DE IMPEDIMENTOS LEGALES
Lugar y fecha de expedición: ………..…………………
Procedimiento de Contratación por Adjudicación Directa no. __________
I. Persona
Física
Nombre: __________________________________________________________________________________________
RFC: _________________con domicilio en: __ ___________________________________________________
Bajo protesta de decir verdad:
En mi carácter de proveedor, declaro que no me encuentro en ninguno de los supuestos establecidos en los artículos 50 y 60 de de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
II. Persona Moral
En mi carácter de (representante legal, apoderado especial o general) de la empresa (nombre o razón social).
Bajo protesta de decir verdad:
Declaro que mi representada o las personas que forman parte de ella no se encuentran en alguno de los supuestos establecidos en los artículos 50 y 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público , ni que por su conducto, participan en este procedimiento de contratación, personas físicas x xxxxxxx que se encuentren inhabilitadas por resolución de la SFP, en términos de la LAASSP o la LOPSRM, ni que adeuden multas, o que participen con el propósito de evadir los efectos de la inhabilitación, tomando en consideración entre otros, los supuestos siguientes:
Personas xxxxxxx en cuyo capital social participen personas físicas x xxxxxxx que se encuentren inhabilitadas.
Personas xxxxxxx que en su capital social participen personas xxxxxxx en cuyo capital social, a su vez, participen personas físicas x xxxxxxx que se encuentren inhabilitadas.
Personas físicas que participen en el capital social de personas xxxxxxx que se encuentren inhabilitadas. La participación social deberá tomarse en cuenta al momento de la infracción que hubiere motivado la inhabilitación.
_______________________________________________________________________
Nombre, Cargo y Firma del Representante
Legal del participante
ANEXO 7
DECLARACIÓN UNILATERAL DE INTEGRIDAD
Lugar y fecha de expedición: ………..…………………
Procedimiento de Contratación por Adjudicación Directa no. __________
__________________________________ en mi carácter de funcionario o directivo de más alto nivel y/o Representante Legal de la empresa ________________________________ (nombre o razón social).
Bajo protesta de decir verdad, declaro que en el presente Procedimiento de Contratación se actuará con integridad, asimismo manifiesto que todos los integrantes de la empresa que represento se abstendrán de realizar conductas por sí mismas o a través de interpósita persona, para que los Servidores Públicos de CFE induzcan ó alteren las evaluaciones de las cotizaciones, el resultado de los procedimientos u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes.
_______________________________________________________________________
Nombre, Cargo y Firma del Representante
Legal del participante
ANEXO 8
ESCRITO EN EL QUE MANIFIESTA EL
LICITANTE ESTÁ AL CORRIENTE EN SUS OBLIGACIONES PATRONALES Y TRIBUTARIAS
Lugar y Fecha
Comisión Federal de Electricidad
Presente
En cumplimiento con los requisitos establecidos en el procedimiento de Contratación No. _______, para la realización de los servicios de: __________________, por medio del presente manifiesto bajo protesta de decir verdad a la Comisión Federal de Electricidad, que el Participante _________________________, a quien represento, está al corriente en sus obligaciones patronales como son: el pago de cuotas de seguridad social, del Infonavit, así como todas las obligaciones laborales y tributarias a que estoy obligado.
Atentamente
_________________________________________
Nombre y firma del
Representante Legal
|
PROCEDIMIENTO DE CONTRATACION POR ADJUDICACION DIRECTA No.: AA-018TOQ125-E15-2016 (ADJ-DTA-SER-004-16)
PARA LOS SERVICIOS DE: SERVICIO DE RECOLECCIÓN, RETIRO DE BASURA Y DISPOSICIÓN FINAL EN EL RELLENO SANITARIO MUNICIPAL DE LAS INSTALACIONES DEL EDIFICIO DIVISIONAL Y ALMACÉN 00 XX XXXXX. |
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DIVISION ORIENTE
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NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL PARTICIPANTE |
FIRMA DEL PARTICIPANTE |
HOJA 1
DE 1 |
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CATÁLOGO DE CONCEPTOS DE SERVICIOS CONTENIENDO EL IMPORTE TOTAL DE LA COTIZACION |
Partida No. |
ESPECIFICACIÓN |
DESCRIPCIÓN DE LA PARTIDA, SUBPARTIDAD O CONCEPTO |
CANTIDAD |
UNIDAD |
IMPORTE ACUMULADO DE LA HOJA ANTERIOR |
IMPORTEPESOS |
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P.U. CON NÚMERO |
PRECIO UNITARIO CON LETRA |
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1 |
ANEXO 2 |
SERVICIO DE RECOLECCIÓN, RETIRO DE BASURA Y DISPOSICIÓN FINAL EN EL RELLENO SANITARIO MUNICIPAL DE LAS INSTALACIONES DEL EDIFICIO DIVISIONAL Y ALMACÉN 21 XX XXXXX. |
88 |
SERVICIOS |
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IMPORTE ACUMULADO DE ESTA HOJA |
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IMPORTE ACUMULADO HASTA LA HOJA ANTERIOR |
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IMPORTE ACUMULADO HASTA ESTA HOJA |
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IMPORTE TOTAL DE LA PROPUESTA |
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Anexo No. 10
OBLIGACIONES FISCALES
Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de Diciembre de 2016
RESOLUCIÓN Miscelánea Fiscal para 2016
Procedimiento que debe observarse para contrataciones con la Federación y entidades federativas
2.1.31. Para los efectos del artículo 32-D, primero, segundo, tercero, cuarto y último párrafos del CFF, cuando la Administración Pública Federal, Centralizada y Paraestatal, la Procuraduría General de la República, así como las entidades federativas vayan a realizar contrataciones por adquisición de bienes, arrendamiento, prestación de servicios u obra pública, con cargo total o parcial a fondos federales, cuyo monto exceda de $300,000.00 (Trescientos mil pesos 00/100 M.N.) sin incluir el IVA, deberán exigir de los contribuyentes con quienes se vaya a celebrar el contrato y de los que estos últimos subcontraten, les presenten documento vigente expedido por el SAT, en el que se emita la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales en sentido positivo, o bien, generarlo a través de la aplicación en línea que para estos efectos le proporcione el SAT, siempre y cuando firme el acuerdo de confidencialidad con el SAT.
En caso de que los contribuyentes con quienes se vaya a celebrar el contrato y los que estos últimos subcontraten, tramiten por su cuenta la opinión del cumplimento de obligaciones fiscales, lo harán en términos de lo dispuesto por la regla 2.1.39.
En los casos en que el contribuyente tenga créditos fiscales y quiera celebrar convenio con las autoridades fiscales para pagar con los recursos que se obtengan por la enajenación, arrendamiento, prestación de servicios u obra pública que se pretenda contratar, la opinión la emitirá la ADR, enviándola al buzón tributario de éste hasta que se haya celebrado el convenio de pago.
Para los efectos de lo señalado en el párrafo anterior, las autoridades fiscales emitirán oficio a la unidad administrativa responsable de la licitación, a fin de que esta última en un plazo de quince días, mediante oficio, ratifique o rectifique los datos manifestados por el contribuyente. Una vez recibida la información antes señalada, la autoridad fiscal le otorgará un plazo de quince días al contribuyente para la celebración del convenio respectivo.
Los residentes en el extranjero que no estén obligados a presentar la solicitud de inscripción en el RFC, ni los avisos al mencionado registro y que no estén obligados a presentar declaraciones periódicas en México, asentarán estas manifestaciones bajo protesta de decir verdad en escrito libre que entregarán a la dependencia o entidad convocante, la que gestionará la emisión de la opinión ante la ADR.
CFF 32-D, 66, 66-A, 141, RMF 2016 2.1.39
Procedimiento que debe observarse para la obtención de la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales
2.1.39. Los contribuyentes que para realizar algún trámite fiscal u obtener alguna autorización en materia de impuestos internos, comercio exterior o para el otorgamiento de subsidios y estímulos requieran obtener la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales, deberán realizar el siguiente procedimiento:
I. Ingresarán al Portal del SAT, con su clave en el RFC y Contraseña o FIEL.
II. Una vez elegida la opción del cumplimiento de obligaciones fiscales, el contribuyente podrá imprimir el acuse de respuesta.
III. Dicha opinión también podrá solicitarse a través del número telefónico de INFOSAT, o bien, por correo electrónico a la dirección xxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxx.xxx.xx la cual será generada por el SAT y se enviará dentro de las siguientes 24 horas al correo electrónico que el contribuyente proporcionó al citado órgano desconcentrado para efectos de la FIEL.
IV. Asimismo, podrá consultarse por un tercero que el propio contribuyente haya autorizado, para lo cual ingresarán al Portal del SAT, en el que autorizará al tercero para que este último utilizando su FIEL, consulte la opinión del cumplimiento del contribuyente quien lo autorizó.
La multicitada opinión, se generará atendiendo a la situación fiscal del contribuyente en los siguientes sentidos:
Positiva.- Cuando el contribuyente está inscrito y al corriente en el cumplimiento de las obligaciones que se consideran en los incisos a) y b) de esta regla.
Negativa.- Cuando el contribuyente no esté al corriente en el cumplimiento de las obligaciones que se consideran en los incisos a) y b) de esta regla.
No inscrito.- Cuando el contribuyente no se encuentra inscrito en el RFC.
Inscrito sin obligaciones.- Cuando el contribuyente está inscrito en el RFC pero no tiene obligaciones fiscales.
a) La autoridad a fin de emitir la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales revisará que el contribuyente solicitante:
1. Ha cumplido con sus obligaciones fiscales en materia de inscripción al RFC, a que se refieren el CFF y su Reglamento y que la clave en el RFC esté activa.
2. Se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales respecto de la presentación de las declaraciones anuales del ISR e IETU correspondientes a los cuatro últimos ejercicios.
Se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales en el ejercicio en el que solicita la opinión y en los cuatro últimos ejercicios anteriores a éste, respecto de la presentación de pagos provisionales del ISR, IETU y retenciones del ISR por salarios, así como de los pagos definitivos del IVA y del IEPS; incluyendo las declaraciones informativas a que se refieren las reglas 5.2.2., 5.2.13., 5.2.15., 5.2.17., 5.2.18., 5.2.19., 5.2.20., 5.2.21., 5.2.24. y 5.2.26., así como el artículo 31-A del CFF.
Las declaraciones informativas trimestrales a que se refiere la regla 5.2.24., corresponden a los ejercicios fiscales de 2011 a 2013.
3. No tiene créditos fiscales firmes determinados por impuestos federales, distintos de ISAN e ISTUV, entendiéndose por impuestos federales, el ISR, IVA, IETU, Impuesto al Activo, IDE, IEPS, impuestos generales de importación y de exportación y sus accesorios; así como créditos fiscales firmes, relacionados con la obligación de pago de las contribuciones, y de presentación de declaraciones, solicitudes, avisos, informaciones o expedición de constancias y comprobantes fiscales.
4. Tratándose de contribuyentes que hubieran solicitado autorización para pagar a plazos o hubieran interpuesto algún medio de defensa contra créditos fiscales a su cargo, los mismos se encuentren garantizados conforme al artículo 141 del CFF, con excepción de lo dispuesto por la regla 2.14.5.
5. En caso de contar con autorización para el pago a plazo, no haya incurrido en las causales de revocación a que hace referencia el artículo 66-A, fracción IV del CFF.
b) Tratándose de créditos fiscales firmes, se entenderá que el contribuyente se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, si a la fecha de la solicitud de opinión a que se refiere la fracción I de esta regla, se ubica en cualquiera de los siguientes supuestos:
1. Cuando el contribuyente cuente con autorización para pagar a plazos y no le haya sido revocada.
2. Cuando no haya vencido el plazo para pagar a que se refiere el artículo 65 del CFF.
3. Cuando se haya interpuesto medio de defensa en contra del crédito fiscal determinado y se encuentre debidamente garantizado el interés fiscal de conformidad con las disposiciones fiscales.
Cuando la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales arroje inconsistencias con las que el contribuyente no esté de acuerdo, deberá ingresar la aclaración a través xxx xxxxx tributario; tratándose de aclaraciones con su situación en el padrón del RFC, sobre créditos fiscales o sobre el otorgamiento de garantía, la autoridad resolverá en un plazo máximo de tres días; en el caso de aclaraciones en el cumplimiento de declaraciones fiscales, la autoridad deberá resolver en un plazo máximo de cinco días, una vez que se tenga la respuesta de que ha quedado solventada, deberá generar nuevamente la opinión sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales.
Cuando la citada opinión arroje inconsistencias relacionadas con créditos fiscales o al otorgamiento de garantía con las que el contribuyente no esté de acuerdo, deberá ingresar la aclaración conforme al procedimiento descrito en el párrafo anterior; la ADR resolverá en un plazo máximo de tres días.
La opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales a que hace referencia el primer párrafo de la presente regla que se emita en sentido positivo, tendrá una vigencia de treinta días naturales a partir de la fecha de emisión.
Asimismo, dicha opinión se emite considerando la situación del contribuyente en los sistemas electrónicos institucionales del SAT, por lo que no constituye resolución en sentido favorable al contribuyente sobre el cálculo y montos de créditos o impuestos declarados o pagados.
CFF 00-X, 00, 00-X, 000, RMF 2016 2.14.5., 5.2.2., 5.2.13., 5.2.15., 5.2.17., 5.2.18., 5.2.19., 5.2.20., 5.2.21., 5.2.24., 5.2.26.
ANEXO 11
Obligaciones Fiscales en Materia de Seguridad Social
Reglas para la obtención de la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social.
(Publicada el 27 de Febrero de 2015 en el Diario Oficial de la Federación)
Primera.- En términos del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, la Administración Pública Federal, Centralizada y Paraestatal, la Procuraduría General de la República, así como las entidades federativas que vayan a realizar contrataciones por adquisición de bienes, arrendamientos, prestación de servicios u obra pública, con cargo total o parcial a fondos federales, cuyo monto exceda de $300,000.00 (TRESCIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.), sin incluir el Impuesto al Valor Agregado, están obligadas a cerciorarse de que los particulares con quienes se vaya a celebrar el contrato y de los que estos últimos subcontraten, se encuentran al corriente en sus obligaciones en materia de seguridad social y no se ubican en alguno de los supuestos a que se refiere el primer párrafo del citado artículo. Igual obligación existe para el caso de que dichas dependencias o entidades pretendan otorgar subsidios o estímulos hasta por la cantidad de $30,000.00 (TREINTA MIL PESOS 00/100 M.N.).
Segunda.- Los particulares que pretendan celebrar las contrataciones y, en su caso, los que estos últimos subcontraten, o quienes pretendan acceder al otorgamiento de subsidios y estímulos, en términos de la Regla anterior, podrán obtener del Instituto Mexicano del Seguro Social una
opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social, de conformidad con el procedimiento establecido en la Regla Quinta del presente documento.
Tercera.- La opinión de cumplimiento a que se refiere la Regla anterior, en caso de ser positiva, tendrá una vigencia de 30 días naturales contados a partir del día de su emisión.
Cuarta.- La opinión de cumplimiento de obligaciones se emite considerando la situación del particular en los sistemas electrónicos del Instituto, por lo que no constituye resolución en sentido favorable al particular sobre el cálculo y montos de créditos fiscales en materia de seguridad social o cuotas obrero patronales declaradas o pagadas. La cual, no prejuzga sobre la existencia que pudiera derivar de créditos a cargo del particular en términos de las facultades correspondientes.
Quinta.- Los particulares que para realizar algún trámite requieran la opin1on de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social, deberán realizar el siguiente procedimiento:
l. Ingresarán en la página de internet del Instituto (xxx.xxxx.xxx.xx), en el apartado "Patrones o empresas", después en "Escritorio virtual", donde se registrarán con su firma electrónica (FIEL) y contraseña, y deberán aceptar los términos y condiciones para el uso de los medios electrónicos. En el supuesto de tener un representante legal, éste ingresará con su FIEL.
II. Posteriormente elegirá la sección "Datos Fiscales" y en el apartado "Acciones", la opción "Opinión de cumplimiento". Traiándose de representantes legales, previamente, en el apartado "Empresas Representadas" deberá seleccionar la persona representada de la cual requiere la opinión de cumplimiento.
III. Después de elegir la opción "Opinión de cumplimiento", el particular podrá imprimir el documento que contiene la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social.
La multicitada opinión, se generará atendiendo a la situación fiscal en materia de seguridad social del particular en los siguientes sentidos:
Positiva.- Cuando el particular esté inscrito ante el Instituto y al corriente en el cumplimiento de las obligaciones que se consideran en los incisos a) y b) de este procedimiento.
Negativa.- Cuando el particular no esté al corriente en el cumplimiento de las obligaciones en materia de seguridad social que se consideran en los incisos a) y b) de este procedimiento.
a) El Instituto a fin de emitir la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social revisará que el particular solicitante:
1. Se encuentre inscrito ante el Instituto, en caso de estar obligado, y que el o los números de registros patronales que le han sido asignados estén vigentes.
2. No tiene créditos fiscales firmes determinados, entendiéndose por crédito fiscal las cuotas, los capitales constitutivos, su actualización y los recargos, las multas impuestas en los términos de la Ley del Seguro Social, los gastos realizados por el Instituto por inscripciones improcedentes y los que tenga derecho a exigir de las personas no derechohabientes, de acuerdo con el artículo 287 de la misma Ley.
3. Tratándose de particulares que hubieran solicitado autorización para pagar a plazos o hubieran interpuesto algún medio de defensa contra créditos fiscales a su cargo, los mismos se encuentren garantizados de conformidad con las disposiciones fiscales.
4. En caso de contar con autorización para el pago a plazo, que no haya incurrido en las causales de revocación a que hace referencia el artículo 138 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización.
b) Tratándose de créditos fiscales firmes, se entenderá que el particular se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales en materia de seguridad social, si a la fecha de la solicitud de la opinión de referencia, se ubica en cualquiera de los siguientes supuestos:
1. Cuando el particular cuente con autorización para pagar a plazos y no le haya sido revocada.
2. Cuando no haya vencido el plazo para pagar a que se refiere el artículo 127 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización.
3. Cuando se haya interpuesto medio de defensa en contra del crédito fiscal determinado y se encuentre debidamente garantizado el interés fiscal de conformidad con las disposiciones fiscales.
Cuando la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social arroje inconsistencias relacionadas con el o los números de registro patronal, con créditos fiscales o con el otorgamiento de garantía, con las que el particular no esté de acuerdo, deberá presentar solicitud de aclaración ante el Instituto, quien en un plazo máximo de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha de presentación de la solicitud, resolverá y emitirá la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social.
México, D.F., a 10 de diciembre de 2014.- El Director de Incorporación y Recaudación, Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx.- Rúbrica.
(R.- 407215)
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