PRIMER CONVENIO MODIFICATORIO AL CONTRATO ESPECIFICO 800059730
PRIMER CONVENIO MODIFICATORIO AL CONTRATO ESPECIFICO 800059730
PRIMER CONVENIO MODIFICATORIO AL CONTRATO ESPECÍFICO
Número 800059730 de la Partida (3) Tres
de la Invitación a Cuando Menos Tres Personas Número de CompraNet: IA-018TOM999-E31-2019 Del Servicio Integral de Limpieza Consolidado
"Servicio Integral de Limpieza" (Partida 03)" 1 de 11
ctNT'AO NACK>HAL DC CONTROi.OC C.tU.Ret-.
PRIMER CONVENIO MODIFICATORIO AL CONTRATO ESPECIFICO 800059730
PRIMER CONVENIO MODIFICATORIO AL CONTRATO ESPECIFICO PARA LA PRESTACIÓN DEL "SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA" PARA LA PARTIDA 3, EN ADELANTE "LOS SERVICIOS" QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL CENTRO NACIONAL DE CONTROL DE ENERGÍA, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "EL CENACE", REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL C. XXXXXX XXXXX XXXXX, EN SU CARÁCTER DE SUBGERENTE DE ADMINISTRACIÓN Y ÁREA REQUIRENTE ; ÁREA TÉCNICA, CONTRATANTE Y ADMINISTRADOR DEL CONTRATO EL C. XXXX XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX, JEFE DE DEPARTAMENTO, EN SU CARÁCTER DE "ADMINISTRADOR DEL CONTRATO" Y ÁREA TÉCNICA; Y POR LA OTRA, LA PERSONA MORAL DENOMINADA CLEAN MAN LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO, S.A DE C.V. REPRESENTADA POR EL C. XXXX XXXXXXXX XXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "EL PROVEEDOR", A QUIENES CONJUNTAMENTE Y EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES", MISMAS QUE MANIFIESTAN FORMALIZAR EL
PRESENTE CONTRATO DE SERVICIOS AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y
CLÁUSULAS:
-------------------------------------------------------------------------------------------------0--
------------------------------------------------ ANTECEDENTE ------------------------------------------------
---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
1. Que con fecha 13 (TRECE) de septiembre de 2019, "EL CENACE" celebró con "EL PROVEEDOR" el Contrato Especifico No. 800059730 PARA LA PARTIDA 3 de la Invitación a Cuando Menos Tres Personas Número de CompraNet: IA-018TOM999- E31-2019 Del Servicio Integral de Limpieza Consolidado cuyo objeto es la prestación del "SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA CONSOLIDADO". en lo sucesivo "EL CONTRATO"
----------------------------------------------------------
En "EL CONTRATO" se establecieron, entre otras, las siguientes cláusulas: ---------------------
--------------------------------------------------------------------------------------�------------------------------
ERCERA. - MONTO Y PRECIO ------------------------------------------------------------------------------------------------
T
------------------------------------------------------------------------------------------------------------..-----------------------------
N,), más correspondientes al -16 O/o de LV.A.setenta y dos mil cincuenta y cinco Pesos 20/100 M,
--- ------
En términos de los artículos 45 de la "LAASSP" y de 81 de su Reglamento, el importe de este instrumento jurídico asciende a la cantidad del 01 de septiembre del 2019 al 31 de diciembre 2020, de $772,055.20 (Setecientos
-------------------------------------------------------------------------------------------------------------'•-----------------------------
Ambas partes manifiestan de común acuerdo que los precios amparados en este contrato específico son cotizados en pesos mexicanos, fijos e incondicionados, por lo que bajo ninguna circunstancia podrán aumentar durante la
v--ig--e-n--c-i-a--d--e-l--p-r-e--s-e-n--t-e--i-n-s-t-r-u--m--e--n-t-o--j-u--r-íd--ic--o-.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
El pago de "EL SERVICIO" objeto de este contrato específico quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que "EL PROVEEDOR" deba efectuar en su caso por concepto xx xxxxx convencionales y deducciones
correspondientes a cada mes. --------
--------------------------------
, &
A
"EL PROVEEDOR" deberá sostener los precios pactados en el presente contrato específico sin modificación tn\n durante su vigencia y hasta su vencimiento; dicho preci · ci¡,¡ye-tea conceptos que "EL SERVICIO" re��¡'e
por lo que "EL PROVEEDOR" no podrá a contrato (01 de septiembre de 2019 1 de
ningún cost
· · re
2020, ). e--n-d--o--i-n-a--l-te--r-a-b--l-e--d--u-r-a--n-t-e---la---v-i-g-e--n-�- a·-- --
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C) QUINTA. - VIGENCIA ----------------------------------------------------------------------------------------
La vigencia del presente contrato especifico será a partir de 01 de septiembre de 2019 y hasta 31 de diciembre de 2020. ----------------------------------------------------------------------------------- -- -------
d) DÉCIMA TERCERA. - MODIFICACIÓN DEL CONTRATO ESPECÍFICO
"LAS PARTES" están de acuerdo en que por necesidades de "EL CENACE" podrá modificarse e c trato específico, de conformidad con el artículo 52 de la "LAASSP", siempre y cuando las modificaciones no r ba ne conjunto el 20% (veinte por ciento) del monto o cantidad de los servicios establecidos originalmente. L an rior
se formalizará mediante la celebración de un convenio modificatorio. -------------------------------------------- --- ---
Cualquier modificación al contrato específico deberá formalizarse por escrito por parte de "EL CEN E",
instrumento legal respectivo será suscrito por el/la servidor/a público/a que lo haya hecho en el contrato es ecifi o por quien lo/a sustituya o esté facultado/a para ello. ---------------------------------------------------------------- -----
De conformidad con lo establecido en el artículo 52 de la "LAASSP", no procederá cambio alguno que impl otorgar condiciones más ventajosas a "EL PROVEEDOR" respecto de las establecidas originalmente. ------------
sin que proceda la aplicación xx xxxxx convencionales por atraso. ----------------------------------------------------------
l,
Con fundamento en el artículo 91 del Reglamento de la "LAASSP", por caso fortuito o fuerza mayor o por caus atribuibles a "EL CENACE", esta última podrá modificar el presente contrato específico a efecto de prorrogar el plazo de prestación de "EL SERVICIO". En este supuesto deberá formalizarse el convenio modificatorio respectivo,
La modificación del plazo por caso fortuito o fuerza mayor podrá ser solicitada por "EL PROVEEDOR" o por "EL
.,
-C--E--N--A--C--E-"-.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
El escrito en el que se señale el caso fortuito o fuerza mayor deberá ser presentado ante el Titular del Requirente que desempeña el puesto de Subgerente de Operación y Despacho de la Gerencia del Centro Alte h debidamente firmado por "EL PROVEEDOR", dentro de los 5 (cinco) días naturales posteriores al evento q (;? le
-im---p-i-d-a---e-l--c-u-m---p-l-im---ie--n-t-o---d-e--l-a-s---o-b--li-g-a--c-i-o-n--e-s--c--o-n--t-r-a-í-d-a--s-,--a-s-í--c-o--m--o--a--n-e--x-a--r--la---c-o-n--x-x-x-x--c-i-a--d--e--d-i-c-h--o-s---h-e-c--h-o--s ' \
.
En caso de que "EL PROVEEDOR" no obtengan la prórroga de referencia por ser causa imputable a éste el atraso, \ \ se hará acreedor a la aplicación xx xxxxx convencionales. ''..\
OCTAVA. - GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO
"EL PROVEEDOR" a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente contrato específico, se obliga a garantizar preferentemente mediante póliza de fianza, expedida por una Institución Afianzadora Mexicana autorizada en los términos de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, o bien en alguna de las formas establecidas en los artículos 48 de la · Ley de Tesorería de la Federación y 79 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaría, por un importe equivalente a un 10 % (diez por ciento) del monto total adjudicado antes de X.XX, en favor de "EL CENACE" a más tardar dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la firma del presente instrumento jurídico, de conformidad con lo dispuesto
en los artículos 45, fracción XI; 48 y 49, fracción I de la "LAASSP". ----------------------------------------------------
Deberá estarse a lo dispuesto en el artículo 103, fracción I de su Reglamento, y contener las siguientes previsiones: ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
ª) Que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato especifico; --
b) Que, para cancelar la fianza, será requisito contar con la constancia de cumplimiento total de las
obligaciones contractuales, emitida por "EL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO" o quien lo sustituya o supla; -----------------------------------------------------------------------------------------------------
c) Que la fianza permanecerá vigente durante el cumplimiento de la obligación que garantice y continuará vigente en caso de que se otorgue prorroga al cumplimiento del contrato específico, así como durante
A
la substanciación de todos los recursos legales o de los juicios que se interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva que quede firme, y --------------------------------------------------------------------------
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CENACE
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d) Que la Institución de fianzas acepta expresamente someterse al procedimiento de ejecución establecido en el artículo 282 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas para la efectividad de la presente garantía, procedimiento al que también se sujetará para el caso de cobro de intereses
que prevé el artículo 283 del mismo ordenamiento legal por pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida. ------------------------------------------------------------------------------------------
La garantía de cumplimiento del contrato específico será divisible, considerando el tipo de obligaciones originadas por la prestación de "EL SERVICIO" descrito en el Anexo Técnico. XXXXXXX Xx. 0 Xxxxxxxx xxx Xxxxxx Alterno. ------------------------------------------------------------------------------------------------------------
111 de la "LAASSP"
De no cumplir con dicha prestación, "EL CENACE" podrá rescindir el contrato específico y remitir el asunto al Órgano Interno de Control para que determine si se aplican las sanciones estipuladas en el artículo 60 fracción
. ---------------------------------------------------------------------------------
---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
La garantía de cumplimiento de ninguna manera será considerada como una limitación de la responsabilidad de
"EL PROVEEDOR", derivada de sus obligaciones y garantías estipuladas en el presente instrumento jurídico, y de ninguna manera impedirá que "EL CENACE" reclame la indemnización o el reembolso por cualquier incumplimiento que puede exceder el valor de la garantía de cumplimiento. -------------------------------------------
---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------En caso
de modificación al monto del presente instrumento jurídico o modificación al plazo, "EL PROVEEDOR" se obliga a entregar "EL CENACE" dentro de los diez días naturales siguientes a la formalización del convenio modificatorio correspondiente, de conformidad con el último párrafo del artículo 91 del Reglamento de la "LAASSP", los documentos modificatorios o endosos correspondientes, debiendo contener en el documento la
estipulación de que se otorga de manera conjunta, solidaria e inseparable de la garantía otorgada inicialmente.
------------------------------------------------------------------------------------------------"EL PROVEEDOR" acepta
expresamente que la garantía expedida para garantizar el cumplimiento se hará efectiva independientemente de que se interponga cualquier tipo de recurso ante instancias del orden administrativo o judicial, así como que permanecerá vigente durante la substanciación de los juicios o recursos legales que interponga con relación a
dicho contrato específico, hasta que sea pronunciada resolución definitiva que cause ejecutoria por la Autoridad competente. -------------------------------------------------------------El trámite de liberación de garantía de cumplimiento se realizará inmediato a que se extienda la constancia de cumplimiento de obligaciones
contractuales por parte de "EL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO", de conformidad con lo dispuesto por el artículo 81, fracción VIII del Reglamento de la "LAASSP". ---------------------------------------------------------------
Asimismo, en el ANEXO TÉCNICO CONTRATO ESPECIFICO 800059730 PARTIDA 3, se establecieron, entre otros, lo siguiente: -----------------------------------------------------------------------------
Vigencia del Contrato
A partir de -Ce
la emisión del Fallo o Adiudicación
No aplica
:ii'
A partir de la
formalización del Contrato
No Aplica
Del
01 de septiembre de 2019
Periodo ,0.F
Al
31 de diciembre de 2020
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3. Mediante escrito de fecha 00 xx xxxxxxxxx xx 0000, xx "XXXXXXX XXXXX", CLEAN MAN LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO, S.A. DE C.V., manifestó su conformidad para formalizar el presente convenio modificatorio, a fin modificar la partida número 03 de la Invitación a Cuando Menos Tres Personas con Número de CompraNet: IA-018TOM999-E3 019 "Servicio Integral de Limpieza Consolidado". con el objeto de incrementar el to originalmente contratado y ampliar la vigencia del 01 de enero al 31 xx xxxxx de 2021. - --- --
-----------------------------------------FUNDAMENTO LEGAL --------------------------------------
-- ---
"EL CONVENIO" se suscribe con fundamento en el artículo 52 de la Ley de Adquisici ne Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 91, 92 y 103 de su Reglamento, en relación co la Cláusula DÉCIMA SEGUNDA "MODIFICACIONES AL CONTRATO". --------------------- - -
-------------------------------------------- DECLARACIONES ------------------------------------------------
I. "EL CENACE" por conducto de su representante declara que: --------------------------------
Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propio. -----------------------------------------
1.1. De conformidad con los artículos 1°, párrafo tercero; 3º, fracción I; y 45, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2º y 12 de la Ley Federal de las Entid Paraestatales; 3º del Reglamento de la Ley Federal de las Entidades Paraestatale ; · apartado A, fracción I, numeral 18 de la Relación de Entidades Paraestatales d Administración Pública Federal, que se publica anualmente en el Diario Oficial de 1 Federación, es un Organismo Público Descentralizado creado por Decreto del Ejecutivo
1.2. De conformidad con el artículo 1° del Estatuto Orgánico del Centro Nacional de Control de Energía, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 29 xx xxxxx de 2016, con última modificación de fecha 20 xx xxxxx de 2018, tiene por objeto ejercer el Control Operativo del Sistema Eléctrico Nacional; la operación xxx Xxxxxxx Eléctrico Mayorista y
garantizar el acceso abierto y no indebidamente discriminatorio a la Red Nacional de Transmisión y a las Redes Generales de Distribución, y proponer la ampliación y modernización de la Red Nacional de Transmisión y los elementos de las Redes Generales de Distribución que correspondan al Mercado Eléctrico Mayorista
Ejercerá sus funciones bajo los principios de transparencia y objetividad, así como en condiciones de eficiencia, calidad, confiabilidad, continuidad, seguridad y sustentabilidad en cuanto a la operación del Sistema Eléctrico Nacional. ----------------------------------------
¿
I.3. El C. XXXXXX XXXXX XXXXX, SUBGERENTE DE ADMINISTRACION, de conformidad con el Estatuto Orgánico de fecha 00 xx xxxxx xx 0000, xx "XX XXXXXX" tiene entre otras atribuciones, la de suscribir documentos relativos al ejercicio de sus facultades, establecido en los artículos 15, 20 y 24 del ordenamiento antes referido, facultades que no han sido
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revocadas ni modificadas en forma alguna a la fecha de firma del presente. ----------------
------------------------------------------------------------------------------------------------------------
I.4. Que para cubrir las necesidades y dar cumplimiento a las facultades establecidas en el artículo 15 fracción I y su Modificación del 20 xx xxxxx de 2018 del Estatuto Orgánico, la "GERENCIA DEL CENTRO ALTERNO" a través de la SUBGERENCIA DE ADMINISTRACIÓN en apego a lo dispuesto en el "Decreto que establece las medidas para el uso eficiente, transparente y eficaz de los recursos públicos y las acciones de disciplina presupuestaria en el ejercicio del gasto público, así como para la modernización de la Administración Pública Federal", publicado en el D.O.F. el 10 de diciembre de 2012, modificado mediante Decreto publicado en el D.O.F. el 30 de diciembre de 2013; en los "Lineamientos para la aplicación y seguimiento de las medidas para el uso eficiente, transparente y eficaz de los recursos públicos, las acciones de disciplina presupuestaria en el ejercicio del gasto público, así como la modernización de la Administración Pública Federal", publicados en el D.O.F. el 30 de enero de 2013, y en el "Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2021", publicado en el D.O.F. de fecha 30 de noviembre de 2020. Contrata la prestación de "LOS SERVICIOS" con las características, especificaciones y términos establecidos en el presente "CONTRATO" y su "ANEXO
TECNICO", proporcionando los documentos que soportan la contratación, que de manera enunciativa más no limitativa son: ------------------------------------------------------------------
1.S. El presente instrumento jurídico es el Convenio Modificatorio No. 01/2020 a "EL
·'.\
CONTRATO" y se suscribe de conformidad con lo señalado en el artículo 52 de la Ley de�
11.
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, 91 Y 92 de su Reglame
"EL PROVEEDOR" declara a través del C. Xxxx Xxxxxxxx Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx co , representante legaI" que: ------------------------------------------------------------------------- --
11.1. Es una sociedad legalmente constituida conforme a las leyes mexicanas, y acredita u existencia legal mediante escritura pública número 44,304 de fecha 00 xx xxxxxxx xxx 0000, xxxxxx xxxx xx xx del Lic. Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, Notario Auxiliar de la Notaria Pública número 26 de Puebla, Puebla, actuando en el protocolo y con el sello del mismo e
inscrita con folio mercantil electrónico número N-2016036171 de fecha de 30 de noviembre
de 2O16. --------------------------------------------------------------------------------------------------
11.2. Es una persona MORAL con actividad empresarial, con plena capacidad jurídica para obligarse en los términos del presente contrato, de nacionalidad mexicana. una persona física con actividades empresariales, conforme a las Leyes Mexicanas, como lo acredita
ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) con la cédula de identificación fiscal RFC CML161004DR2. -------------------------------------------------------------------------------
------------------------------------------------------------------------------------------------------------
11.3. Que el C. losé Xxxxxxxx Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx, en su carácter Representante � Legal, cuenta con poder amplio y suficiente para suscribir el presente contrato específico y � obligar a su representada en los términos, lo cual acredita mediante la escritura pública No.
'"'""',..t,n::,::-;:r;::;-,;ñ,
44,304 pasada ante la fe del Lic. Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, Notario Auxiliar de la Notaria Pública nú on folio mercantil electrónico número N-2016036171 de fecha de 00 x Xx · 00, mismo que bajo protesta de decir verdad manifiesta
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que no le ha sido limitado ni revocado en forma alguna.-------------------------------------------
11.4. Que, bajo protesta de decir verdad, manifiesta qué ni él ni ninguno de los socios desempeñan un empleo, cargo o comisión en el servicio público o, en su caso, que a pesar de desempeñarlo, con la formalización del presente contrato específico no se actualiza un Conflicto de Interés, en términos del artículo 49, fracción IX de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, lo cual se constató por el Órgano Interno de C rol en la dependencia o entidad contratante, en concordancia con los artículos 50, fracci 'n de la "LAASSP" y 88, fracción I de su Reglamento, así como la presentación del acus q e -. generó al momento de presentar el manifiesto a que se refiere el Anexo Segu d d
Protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prór og d licencias, permisos, autorizaciones y concesiones------------------------------------------ --- -
Xxxxx Xxxxxxx, Xxxxxx, X.X. 00000. ----------------------------------------------------------------
II.S. "EL CONTRAT-O",
Que para todos los efectos legales de señala como su domic"lio ubicado en: Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx-Xxxxxx, Xx. 000 0, Xxx. Xxxxxxxx Xxxxxxxx, Sa
11.6. Que ha considerado todos y cada uno de los factores que intervienen en la prestación de
"LOS SERVICIOS", manifiesta reunir las condiciones técnicas, jurídicas y económicas, as1 como la organización y elementos necesarios para el cumplimiento del presente instrumento jurídico.----------------------------------------------------------------------------------------------------
111. "LAS PARTES"DECLARAN:
-----------------------------------------------------------------------
---------------------------------------------------------------------------------------------------------- ,
III.1. Que es su voluntad celebrar el presente contrato específico y sujetarse a sus términ condiciones, para lo cual se reconocen ampliamente las facultades y capacida
� � _ -�---
necesar�as, mismas que o les han sido r vocadas o limita�as en forma alguna, por lo de comun acuerdo se obligan de conformidad con las s1gu1entes: -------------------------
----------------------------------------------------CLÁUSULAS
----------------------------------------------
-
PRIMERA:-----------------------------------------------------------------------------------------------------
R
Tercera ATO", ANEXO TÉCNICOQuinta "EL CONT
OBJETO. El presente Convenio tiene por objeto, modificar el contenido de las Cláusulas
y de así como el contenido del
CONTRATO ESPECIFICO 800059730 PARTIDA 3, con la finalidad de incrementar la cantidad
de servicios y ampliar su vigencia, bajo los mismos términos, condiciones, especificaciones y
cosGtoUs unitarios originalmente pactos
. -----------------------------------------------------------------------
SE D NDA:------------------------------------------------------------------------------------------------------
MO IFICACIONES. - En virtud de lo pactado por "LAS PARTES" en la cláusula que antecede
y de conformidad con lo solicitado por el Subgerente de2Administración, en concordancia con
el contenido de los oficios señalados en los numerales y 3 del apartado de Antecedentes del
presente convenio, se modifica el contenido de las CJáusulas Tercera y Quinta de "EL CONTRATO", así como el contenido del ANEXO TÉCNICO CONTRATO ESPECIFICO
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CENACE"
CCNTRO HACJOf4ALDI:
CONTROl De IJ-41!:Rel.,f.,
PRIMER CONVENIO MODIFICATORIO AL CONTRATO ESPECIFICO 800059730
800059730 PARTIDA 3, para que a partir de la firma del presente Convenio queden redactados en los siguientes términos:
a) Cláusu Ia Tercera ---------------------------------------------------------------------------------------
-T-E--R--C--E-R--A--.-----M---O--N--T--O---Y--P--R--E--C--I-O-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
En términos de los artículos 45 de la "LAASSP" y de 81 de su Reglamento, el importe de este instrumento jurídico asciende a la cantidad correspondiente, de $772,055.20 {Setecientos setenta y dos mil cincuenta y cinco Pesos 20/100 M.N.), más correspondientes al 16 O/o de LV.A. y se incrementa de
$144,760.35 {Ciento cuarenta y cuatro mil setecientos sesenta Pesos 35/100 M.N.), más correspondientes al 16 O/o de LV.A. para el periodo comprendido del 01 de enero al 31 xx xxxxx siendo un total de $916,815.55 { Novecientos dieciséis mil ochocientos quince pesos 55/100 M.N.) más correspondientes al 16 O/o de LV.A.------------------------------------------------------------Ambas partes manifiestan de común acuerdo que los precios amparados en este contrato especifico son cotizados en
pesos mexicanos, fijos e incondicionados, por lo que bajo ninguna circunstancia podrán aumentar durante la vigencia del presente instrumento jurídico
El pago de "EL SERVICIO" objeto de este contrato específico quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que "EL PROVEEDOR" deba efectuar en su caso por concepto xx xxxxx convencionales y
-d-e--d-u--c-c-i-o-n--e-s--c--o-r-r-e--s-p-o--n-d--i-e-n--t-e-s--a--c--a-d--a--m--e--s-. --.,
En términos de lo solicitado por el Subgerente de Administración, adscrito a la Gerencia del Centro Alt(rM área requirente y usuaria de "LOS SERVICIOS" objeto de "EL CONTRATO", se incrementa el mont'f-<
"EL CONTRATO" en aproximadamente 18.75% (Dieciocho Punto Setenta y Cinco por ciento) xx
XXXXXXX 3 del Contrato Especifico 800059730------------------------------------------ ------------ ----------------
- - 1
---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
-C-U--A--R--T--A--.-----V--I-G--E--N--C--I-A-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
La vigencia del contrato especifico corresponde del 01 de septiembre de 2019 y hasta el 31 de diciembre de 2020, "LAS PARTES" aceptan la modificación quedando hasta el 31 xx xxxxx
y de
del 2021 el presente convenio modificatorio surte efectos a partir del 01 enero 2021. ---
---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
QUINTA.- GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO -----------------------------------------------------------------------
---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
"EL PROVEEDOR" En términos de lo dispuesto en los artículo 91, último párrafo; y 103, fracción II del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, "EL PROVEEDOR" se obliga a entregar a la Gerencia del Centro Alterno, dentro de los 10 (DIEZ)días naturales posteriores a la fecha de celebración del presente instrumento legal, el respectivo ajuste a la garantía de cumplimiento con motivo del objeto del presente instrumento contractual. (póliza de fianza, expedida por una Institución
Afianzadora Mexicana autorizada en los términos de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, o bien � en alguna de las formas establecidas en los artículos 48 de la ·Ley de Tesorería de la Federación y 79 del Reglamento de la Ley Federal de P- sponsabilidad Hacendaría, por un importe equivalente a
un 10 O/o {diez por cien el m JUdicado antes de LV.A)-----------------------------------------
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CENACES
cc,rt'R'O �CtoffAL. 0€
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Deberá estarse a lo dispuesto en el artículo 103, fracción I de su Reglamento, y contener las siguientes previsiones: ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
a) Que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato esP.ecifico;
b) Que, para cancelar la fianza, será requisito contar con la constancia de cumplimiento tot I les
obligaciones contractuales, emitida por "EL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO" o ui n
sustituya o supla; --------------------------------------------------------------------------------------- ---
c) Que la fianza permanecerá vigente durante el cumplimiento de la obligación que gar ntic continuará vigente en caso de que se otorgue prorroga al cumplimiento del contrato especí ·co,
---
como durante la substanciación de todos los recursos legales o de los juicios que se interpo gan hasta que se dicte resolución definitiva que quede firme, y ----------------------------------------- ----
d) Que la Institución de fianzas acepta expresamente someterse al procedimiento de ejecuc establecido en el artículo 282 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas para la efectivid d de la presente garantía, procedimiento al que también se sujetará para el caso de cobro de intereses
que prevé el artículo 283 del mismo ordenamiento legal por pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida. --------------------------------------------------------------------------------------
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La garantía de cumplimiento del contrato específico será divisible, considerando el tipo de obligaciones originadas por la prestación de "EL SERVICIO" descrito en el Anexo Técnico-.
en el articulo 60 fracción III de la "LAASSP" ���
La garantía de cumplimiento de ninguna manera será considerada como una limitación de la responsabilidad de "EL PROVEEDOR", derivada de sus obligaciones y garantías estipuladas en el presente instrumento jurídico, y de ninguna manera impedirá que "EL CENACE" reclame la
indemnización o el reembolso por cualquier incumplimiento que puede exceder el valor de la garantía de cumpiimiento. ---------------------------------------------------------------------------------------
En caso de modificación al monto del presente instrumento jurídico o modificación al plazo, "EL PROVEEDOR" se obliga a entregar "EL CENACE" dentro de los diez días naturales siguientes a la formalización del convenio modificatorio correspondiente, de conformidad con el último párrafo del artículo 91 del Reglamento de la "LAASSP", los documentos modificatorios o endosos correspondientes, debiendo contener en el documento la estipulación de que se otorga de manera
conjunta, solidaria e inseparable de la garantía otorgada inicialmente. ----------------------------------
"EL PROVEEDOR" acepta expresamente que la garantía expedida para garantizar el cumplimiento se hará efectiva independientemente de que se interponga cualquier tipo de recurso ante instancias del orden administrativo o judicial, así como que permanecerá vigente durante la substanciación de los juicios o recursos legales que interponga con relación a dicho contrato específico, hasta que sea
"Servicio Integral de Limpieza" (Partida 03)"
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pronunciada resolución definitiva que cause ejecutoria por la Autoridad competente. ----------------
----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
El trámite de liberación de garantía de cumplimiento se realizará inmediato a que se extienda la constancia de cumplimiento de obligaciones contractuales por parte de "EL ADMINISTRADOR
DEL CONTRATO", de conformidad con lo dispuesto por el artículo 81, fracción VIII del Reglamento de la "LAASSP" . -------------------------------------------------------------------------------------------------
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SEXTA. - CONTINUIDAD DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES. - "LAS PARTES" convienen que
este Convenio forma parte integrante de "EL CONTRATO ESPECIFICO NO 800059730", por lo que aceptan y se obligan a que salvo por las estipulaciones y condiciones pactadas en el Convenio, continuarán vi�entes con toda su fuerza legal las Cláusulas contenidas en "EL CONTRATO", así como en el "ANEXO TECNICO" del mismo, obligándose, "EL PROVEEDOR", a continuar cumpliendo las demás obligaciones p--a-c-t-a-d-a--s-e--n--s-u-s--t-é-r-m--in-o--s-y--e--n--la-s--m--i-s-m--a-s--c-o-n-d--ic-x-x-x-x--s-e--s-ta--b-le--c-id--a-s-.--------------------------------------------------------------------------------
SÉPTIMA.- ALCANCE Y EFECTOS JURÍDICOS DEL PRESENTE CONVENIO. - "LAS PARTES" acuerdan
que, por virtud del presente convenio modificatorio, no se genera novación alguna respecto de las obligaciones contenidas en "EL CONTRATO" y en su "ANEXO ÚNICO", por lo que éstos conservan en
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-to--d-o--s--s-u--s--t-é-r-m---in--o-s--y--c--o-n--d-i-c-i-o-n--e-s--, -s-a--lv--o--l-o--e--x-p-r-e--s-a--m--e-n--t-e--p--a-c-t-a--d-o---e-n--e--l presente instrumento. -----------------
OCTAVA. - JURISDICCIÓN. - Para la interpretación y cumplimiento del presente Contrato, así como para todo aquello que no esté expresamente estipulado en el mismo, "LAS PARTES" se someten a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Federales con residencia en la Ciudad de México, por lo tanto renuncian al
p
fuero que por razón de sus domicilios presentes o futuros pudiera corresponderles, o por cualquier ra� causa 1
Leído por "LAS PARTES" y enteradas de su contenido y alcance legal, y sin que medie error, dolo, lesio
violencia o mala fe, se firma el presente Contrato, por cuadruplicado al calce y al margen en todas sus fbj�s útiles, por los que en él intervinieron como constancia de su aceptación, en San Xxxxxx Xxxxxxx, Puebla , 30 (treinta) de diciembre de 2020 '
Por "EL CENACE"
X. Xxxxxx
Subgerente de Administración
C. Xxxx xxxxxxx
"Clean man lim mantenimiento S.A. de C.V.
"Servicio Integral de Limpieza" (Partida 03)"
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CENACE�
PRIMER CONVENIO MODIFICATORIO AL CONTRATO ESPECIFICO 800059730
X. Xxxx-Xxxxx�f • xxxxxx Xxxxxxx
Jefe de Depa¡.t'ai ento, Área Técnica y Administrador del Contrato
Elaboró
x. Xxxxxx El�rtiz Xxxxxxxxx
Supervisor Administrativo
Las firmas que anteceden corresponden al Primer Convenio Modificatorio del Contrato Especifico n 'm ro
800059730 para la prestación de "Servicio Integral de Limpieza" (Partida 03) que celebra " L
CENACE" y la Persona Moral CLEAN MAN LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO S.A. DE C.V., con fecha el O (treinta) de diciembre 2020. ---------------------------------------------------------------------------------------- -----
"Servicio Integral de Limpieza" (Partida 03)"
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