PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS Y CONDICIONES ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PÓLIZA DE SEGURO DE ACCIDENTE DE CONVENIO
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS Y CONDICIONES ADMINISTRATIVAS PARTICULARES | |
ÍNDICE
4. NATURALEZA DEL CONTRATO Y RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE 3
5. CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DEL SERVICIO 4
5.3. Convenio colectivo de aplicación 4
5.7. Póliza de accidente laboral de convenio: personal de conducción. 4
5.8. Póliza de accidente laboral de convenio: personal técnico y administrativo. 5
5.9. Regularización xx xxxxxx 5
5.11. Seguro de accidente laboral 6
7. IMPORTE ESTIMADO DE LICITACIÓN 6
8.1. Capacidad de los ofertantes 7
8.4. Solvencia de los contratistas 9
8.5. Requisitos de calidad y medioambientales 10
10. CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS 11
11. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS 12
13. CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL 13
13.2. Protección de datos de carácter personal 13
14. CLÁUSULA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS PENALES Y ANTICORRUPCIÓN 15
1. OBJETO
La presente especificación tiene por objeto definir las condiciones técnicas, económicas y administrativas para la contratación de las pólizas de accidente del convenio colectivo de transporte de mercancías por carretera de la provincia xx Xxxxxxxxx, aplicable a ETSA Global Logistics, S.A.U., S.M.E.
No se contempla la división en lotes de la contratación porque resulta imposible la correcta ejecución del contrato, debido a la naturaleza de los servicios a contratar.
2. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
La condición de órgano de contratación del presente expediente la ostenta ETSA Global Logistics, S.A.U., S.M.E. (en adelante ETSA) La dirección postal es la siguiente: Ctra. Salamanca-Vitigudino, km 0,7, 37009 Salamanca y el correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxx@xxxx.xx.
3. PERFIL DEL CONTRATANTE
Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual y, sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, en el perfil del contratante de ETSA se encuentra publicadas las Instrucciones Internas de Contratación de ETSA, el presente pliego y toda la información contractual relativa a esta licitación.
El acceso al perfil del contratante se efectuará a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público, existiendo en la página web de ETSA (xxxx://xxx.xxxx.xx) un enlace directo al perfil del contratante de ETSA, ubicado en la Plataforma de Contratación del Sector Público.
4. NATURALEZA DEL CONTRATO Y RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE
El contrato a que dé lugar la presente licitación, tendrá consideración de contrato privado mercantil y se regirá por las Instrucciones Internas de contratación de ETSA, que se encuentran publicadas en el perfil del contratante, el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, por el Pliego de Prescripciones Técnicas, por lo dispuesto en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la
que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante LCSP) y sus disposiciones de desarrollo en cuanto resulten de aplicación a las entidades del sector público que no tienen la condición de poder adjudicador y, supletoriamente, por el Derecho privado.
5. CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DEL SERVICIO
5.1. Tomador del seguro
Tendrá la condición de Tomador del seguro, ETSA.
5.2. Grupo asegurado
Los trabajadores que presten servicios por cuenta y bajo la dependencia del Tomador del Seguro y que figuren dados de alta en el documento RNT (relación nominal de trabajadores) de la seguridad social.
5.3. Convenio colectivo de aplicación
Transporte de mercancías por carretera para Salamanca y su provincia.
5.4. Ámbito geográfico
Unión Europea y resto de Europa.
5.5. Ámbito de cobertura
Accidente laboral.
5.6. Coberturas y capitales.
Se establece un solo lote, el cual se compone de los siguientes contratos:
5.7. Póliza de accidente laboral de convenio: personal de conducción. Nº Efectivos para considerar el cálculo:29 trabajadores
- Muerte por accidente laboral
Cobertura de convenio – capitales asegurados: 44.000,00€ Cobertura voluntaria – capitales asegurados: 30.000,00€
- Invalidez permanente total para la profesión habitual derivada de accidente laboral
Cobertura de convenio – capitales asegurados: 50.000,00€ Cobertura voluntaria – capitales asegurados: 40.000,00€
- Invalidez permanente absoluta para todo trabajo derivada de accidente laboral
Cobertura de convenio – capitales asegurados: 50.000,00€
Cobertura voluntaria – capitales asegurados: 40.000,00€
- Gran invalidez derivada de accidente laboral Cobertura de convenio – capitales asegurados: 50.000,00€ Cobertura voluntaria – capitales asegurados: 40.000,00€
5.8. Póliza de accidente laboral de convenio: personal técnico y administrativo.
Nº Efectivos para considerar el cálculo:22 trabajadores
- Muerte por accidente laboral
Cobertura de convenio – capitales asegurados: 44.000,00€ Cobertura voluntaria – capitales asegurados: 30.000€
- Invalidez permanente total para la profesión habitual derivada de accidente laboral
Cobertura de convenio – capitales asegurados: 50.000,00€ Cobertura voluntaria – capitales asegurados: 40.000,00€
- Invalidez permanente absoluta para todo trabajo derivada de accidente laboral
Cobertura de convenio – capitales asegurados: 50.000,00€ Cobertura voluntaria – capitales asegurados: 40.000,00€
- Gran invalidez derivada de accidente laboral Cobertura de convenio – capitales asegurados: 50.000,00€ Cobertura voluntaria – capitales asegurados: 40.000,00€
5.9. Regularización xx xxxxxxx
Se procederá a realizar regularizaciones anuales correspondientes a las altas y las bajas en cada uno de los dos grupos asegurados.
5.10. Siniestralidad
A modo informativo, se indica a continuación la siniestralidad de ETSA en los últimos 5 años:
AÑO | Nº SINIESTROS | IMPORTE |
2016 | 0 | 0 |
2017 | 0 | 0 |
2018 | 0 | 0 |
2019 | 0 | 0 |
2020 | 0 | 0 |
5.11. Seguro de accidente laboral
5.11.1. Fallecimiento por accidente laboral:
Se garantiza, al fallecimiento del asegurado por accidente laboral, el pago del capital asegurado a los beneficiarios asignados.
5.11.2. Incapacidad Permanente Absoluta para cualquier profesión u otro oficio derivada de accidente laboral:
Se garantiza el pago del capital garantizado en caso de que el asegurado, a causa de un accidente laboral, quedará afectado por una Invalidez Permanente Absoluta, extinguiéndose en este caso la cobertura para el riesgo de fallecimiento de dicho asegurado.
Se considerará como Incapacidad Permanente Absoluta para cualquier profesión u oficio derivada de un accidente laboral, la situación física previsiblemente irreversible y determinante de la total ineptitud del Asegurado para el mantenimiento permanente de cualquier profesión u oficio remunerados.
En caso de existir discrepancias entre el Asegurador y el Asegurado respecto a la determinación de la Incapacidad Permanente se estará a lo dispuesto en los artículos 38 y 39 de la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro.
6. DURACIÓN
La duración del contrato será de un año no prorrogable, desde el 30/09/2021 al 29/09/2022.
7. IMPORTE ESTIMADO DE LICITACIÓN
El presupuesto base de licitación para la contratación de la póliza para el Seguro de Accidente de Convenio es de 4.000,00€ (IVA no incluido).
El presupuesto base de licitación ha sido elaborado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 100 de la LCSP, y se entiende como el límite máximo que no podrá ser superado por los licitadores en sus ofertas.
El valor estimado del presente contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 101 de la LCSP, incluyendo posibles modificaciones asciende a 4.800,00€ (IVA no incluido).
Estas modificaciones consisten en un posible aumento de un máximo del 20% en el número de trabajadores de ETSA y/o variación de las sumas aseguradas.
El valor estimado ha sido calculado tras la realización de un estudio xx xxxxxxx comparando las primas ofertadas por parte de distintas compañías aseguradoras (artículo 101.11.a LCSP).
En el precio del contrato se considerarán incluidos los demás tributos, tasas y cánones de cualquier índole que sea de aplicación (excepto el IVA), así como todos los gastos que se originen para el adjudicatario como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en el presente pliego.
8. REQUISITOS DE LAS EMPRESAS OFERTANTES: CAPACIDAD Y SOLVENCIA Todos los requisitos exigidos a continuación relativos a la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar deberán concurrir en la fecha final de presentación de las ofertas y subsistir en el momento de formalizar el contrato.
8.1. Capacidad de los ofertantes
De conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley de Contratos del Sector Publico, están facultados para contratar con el mismo, todas las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna de las prohibiciones de contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional o, en los casos en que así lo exija la ley, se encuentren debidamente clasificadas.
Los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o
ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. Por lo que, las proposiciones únicamente las podrán presentar las entidades aseguradoras o sus mediadores (agentes y corredores de seguros), que cuenten con la preceptiva autorización administrativa conforme a la regulación legal en vigor.
8.2. Representación
Cuando el licitador no actúe en nombre propio, o se trate de Sociedad o persona jurídica, habrá de aportar copia que acredite que el firmante de la proposición económica tiene poder bastante para contratar en nombre y representación de la persona o entidad de que se trate. Este poder tendrá que estar inscrito en el Registro Mercantil cuando proceda.
8.3. Declaración de no estar incurso en una prohibición para contratar
Los ofertantes deberán realizar una declaración responsable de no hallarse comprendidos en ninguna de las circunstancias de incapacidad o de prohibición de contratar, que establece el artículo 71 de la Ley de Contratos del Sector Público y de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la seguridad social impuestas por las disposiciones vigentes.
La declaración responsable de no hallarse incurso en ninguna de las causas de incapacidad o prohibición de contratar del artículo 71 de la LCSP se podrá otorgar a través del modelo que figura en el ANEXO I debidamente firmado por el representante legal de la empresa.
El órgano de contratación podrá comprobar en cualquier momento la veracidad y exactitud de esta declaración, estimándose su falsedad como causa de exclusión del concurso y, en su caso, la resolución del contrato.
Así mismo, el licitador que haya presentado la mejor oferta deberá justificar mediante la aportación de los certificados correspondientes:
- Encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias se acreditará mediante el certificado vigente expedido a los efectos por la Agencia Tributaria (AEAT).
- Certificado vigente de la Tesorería Territorial de la Seguridad Social correspondiente, acreditativo de que la empresa se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social.
Estos certificados, se deberán aportar por el licitador que haya presentado la mejor oferta en un plazo de 10 días hábiles desde que le sean requeridos por el Órgano de Contratación.
8.4. Solvencia de los contratistas
Los oferentes deberán acreditar estar en posesión de las condiciones de solvencia económica y financiera y profesional o técnica que se determinan a continuación:
8.4.1. Solvencia económica y financiera:
La solvencia económica y financiera del empresario se acreditará de la siguiente forma:
- En el caso de compañías aseguradoras, contar con la perceptiva autorización administrativa conforme a la regulación legal en vigor.
- En el caso de mediadores de seguros (agentes y corredores de seguros): declaración responsable, debidamente firmada por el representante legal de la empresa, sobre el volumen de operaciones y producción de seguros en primas netas de al menos 7 millones de euros anuales, durante los últimos tres ejercicios (ANEXO II).
Si se estima oportuno, ETSA, podrá solicitar los justificantes necesarios (Impuesto de sociedades, cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil).
8.4.2. Solvencia técnica
La solvencia técnica o profesional de los empresarios tanto en el caso de compañías aseguradoras como en el caso de mediadores de seguros deberá acreditarse, conforme establece el art. 89 LCSP. Se considerará acreditada la capacidad técnica o profesional requerida mediante:
- Declaración responsable, debidamente firmada por el representante legal de la empresa, de disponer de experiencia acreditada de más de 10 años en la gestión y tramitación de seguros (ANEXO II).
8.5. Requisitos de calidad y medioambientales
Los empresarios deben conocer la política de calidad y medioambiente que ETSA tiene establecida y detallada en su web (xxxx://xxx.xxxx.xx/xxx/xxxxxxxx.xxx) y deben contar con medios idóneos para dar cumplimiento a la misma.
Se entenderá acreditada dicha circunstancia mediante la presentación de una declaración responsable en la que se haga constar expresamente que conoce la política de calidad y medioambientales de ETSA y se compromete a respetar y cumplir los requisitos de calidad y medioambientales que se derivan de la misma. Esta declaración se hará a través del modelo que figura en el ANEXO I, debidamente firmado por el representante legal de la empresa.
9. OFERTA ECONÓMICA
La oferta económica se presentará redactada conforme al modelo fijado en el ANEXO III
(modelo de proposición económica) en el que se ofertará el importe total anual.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición económica ni podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figura en más de una unión temporal. La infracción de esta norma dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
En las proposiciones de los licitadores, así como en el presupuesto de adjudicación, se entienden comprendidas todas las tasas e impuestos, directos e indirectos (excepto IVA).
La oferta económica deberá venir debidamente firmada y sellada por el licitador o persona que lo represente. No se aceptarán aquellas que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer aquellos datos que ETSA estime fundamentales para considerar la oferta.
10. CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS
Sólo se valorarán las ofertas de las empresas que cumplan con todos los requisitos técnicos, de capacidad y de solvencia económica y financiera establecidos en el pliego.
El Órgano de Contratación de ETSA adjudicará el contrato por resolución motivada a la empresa que haya presentado la oferta o proposición económica más ventajosa para ETSA; El órgano de contratación de ETSA considerará como oferta económica más ventajosa la del licitante que presente el importe anual total más bajo, es decir, el de menor importe.
La determinación de la oferta económica más ventajosa se realizará utilizando el criterio de PRECIO, conforme a la siguiente fórmula:
Precio: Cien por cien (100%). Se valorará según la fórmula:
X=100 (Pvalorar/Pmínimo), siendo:
X= Puntuación obtenida por cada licitador según este criterio. Pvalorar= Precio en € de la oferta que se valora.
Pmínimo= Precio en € del mínimo de todas las ofertas recibidas.
La oferta anual no podrá superar en ningún caso, el importe establecido como máximo para el objeto de este contrato (Presupuesto base:4.000€/año).
No se tendrán en cuenta a los efectos de la determinación del precio de este concurso, las regularizaciones anuales, motivadas en el ajuste a realizar al final de cada año, por la variación en el número de efectivos a considerar para el cálculo del precio final en cada tipología de póliza y que se calculan de acuerdo al número de trabajadores reflejados mensualmente en la relación nominal de trabajadores (RNT) correspondiente para cada año de referencia.
En caso de empate de ofertas, se seguirán los criterios sociales fijados en la Ley de contratos del sector público para desempatar:
1. Mayor porcentaje de trabajadores con discapacidad o en situación de exclusión social en la plantilla de cada una de las empresas.
2. Menor porcentaje de contratos temporales en la plantilla de cada una de las empresas.
3. Mayor porcentaje de mujeres empleadas en la plantilla de cada una de las empresas.
11. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
Los licitadores tendrán la posibilidad de presentar sus propuestas y la documentación solicitada a la dirección de correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxx@xxxx.xx , o mediante su envío por correo postal a la siguiente dirección:
ETSA Global Logistics, S.A.U., S.M.E. A/A: ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
CARRETERA SALAMANCA-VITIGUDINO KM 0,7.
37009 SALAMANCA.
Si se opta por presentar la oferta mediante correo postal, los licitadores deberán adoptar todas las medidas que garanticen que la oferta llegará en el plazo y la hora máxima permitida, así como aquellas otras medidas precisas para que quede preservado el secreto de la oferta tanto económica como técnica.
En cualquiera de los dos casos, la fecha máxima permitida para presentar oferta será el
9 xx xxxxxx de 2021 a las 12:00h.
Una vez presentada la oferta, no podrá ser retirada. Además, la presentación de proposiciones presume la aceptación incondicional por el empresario de la totalidad de las cláusulas, sin reserva ni salvedad alguna.
Si se observasen defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, se comunicará al licitador, concediendo un plazo máximo de 3 días hábiles para que los corrija o subsane. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta.
12. FACTURACIÓN Y PAGO
El pago del precio del contrato se realizará contra recibo expedido por la aseguradora o el mediador de seguros, expedida de acuerdo con la normativa vigente.
ETSA abonará el importe del recibo de acuerdo con la legislación aplicable, siempre que éste sea enviada a ETSA de forma inmediata y esté visada y conforme por el responsable del contrato.
13. CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
13.1. Confidencialidad
Toda la información relacionada con el objeto de la presente especificación tendrá carácter confidencial, no pudiendo el ofertante utilizar para sí ni proporcionar a terceros o divulgar dato, sin autorización expresa de ETSA Global Logistics, S.A.U., S.M.E. , estando, por tanto, obligado a poner todos los medios a su alcance para conservar el carácter confidencial y reservado, tanto de la información y documentación recibida de ETSA Global Logistics, S.A.U., S.M.E. , como de los resultados obtenidos.
El adjudicatario queda obligado a guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto de la presente oferta, y de los que tenga conocimiento con ocasión de esta.
Asimismo, queda obligado a garantizar la confidencialidad e integridad de los datos manejados y de la documentación.
13.2. Protección de datos de carácter personal
La legislación aplicable al Contrato en materia de protección de datos personales es el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 xx xxxxx de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento
de datos personales y la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (RGPD) y la Ley 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de carácter personal y garantía de derechos digitales (LOPDGDD).
Cada una de las Partes queda informada de que sus datos de carácter personal serán tratados por la otra parte con la finalidad de permitir el desarrollo, cumplimiento y control de la relación de prestación de servicios concertada, siendo la base del tratamiento el interés legítimo previsto por el artículo 6.1 apartado f) del RGPD, de acuerdo con lo previsto en el artículo 19 de la LOPDGDD.
Los datos se conservarán durante todo el tiempo en que la relación contractual subsista y aún después, hasta que prescriban las eventuales responsabilidades derivadas de ella. Asimismo, los datos de las Partes podrán ser comunicados a las entidades financieras, para la gestión de cobros y pagos y a las Administraciones Públicos en los casos previstos en la Ley para los fines en ellos definidos. Las partes podrán solicitar el acceso a los datos personales, su rectificación, su supresión, portabilidad y la limitación de su tratamiento, en el domicilio de la otra parte que figura en el encabezamiento de este Contrato, así como interponer una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos
El Adjudicatario deberá cumplir con la normativa vigente en materia de protección de datos, en especial con el RGPD y la LOPDGDD, siendo causa de resolución su incumplimiento.
En los casos en los que el Adjudicatario pudiera acceder a datos de carácter personal responsabilidad de ETSA que resulten necesarios para la prestación de dicho servicio, el Adjudicatario será considerado Encargado del Tratamiento, de conformidad con lo previsto en el artículo 28 RGPD.
El Adjudicatario actuará conforme a las instrucciones previas y específicas que hayan sido proporcionadas por ETSA y tratará los datos a los exclusivos efectos de cumplir con las obligaciones contractuales y nos los destinará, ni siquiera para su conversación, para otras finalidades adicionales, sin el previo y expreso consentimiento de ETSA.
Las obligaciones de las Partes con relación al tratamiento de datos serán reguladas mediante el documento adjunto de Contrato de acceso datos.
No obstante, los licitadores deberán indicar en su oferta, si tienen previsto subcontratar los servidores o los servicios asociados a los mismos, el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que se vaya a encomendar su realización.
El Adjudicatario deberá presentar, antes de la formalización del contrato, una declaración en la que ponga de manifiesto donde van a estar ubicados los servidores y desde dónde se van a prestar los servicios asociados a los mismos.
El Adjudicatario deberá trasladar la información contenida en este apartado a cualquier persona implicada en la prestación de los servicios contratados por ETSA, que conlleve el tratamiento por este de sus datos personales.
14. CLÁUSULA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS PENALES Y ANTICORRUPCIÓN ETSA tiene un firme compromiso con el cumplimiento normativo relacionado, tanto con su actividad, como con las disposiciones legales generales y normas penales, no tolerando especialmente, en ningún caso, incumplimientos en materia de corrupción.
Conforme al mencionado compromiso, la integridad y la objetividad en la actuación empresarial, así como la actuación ética en los mercados nacionales e internacionales, son principios y valores fundamentales que rigen la actuación de XXXX, y con los que se encuentra comprometida al más alto nivel.
A tal fin, tiene aprobado un Modelo de Organización, Gestión y Control para la Prevención de Delitos, junto con un Protocolo Anticorrupción y un Código de Conducta, que resumen el conjunto de normas y controles aptos para la prevención de situaciones y conductas que podrían dar lugar a eventuales incumplimientos en la materia objeto de dicha normativa.
Los referidos documentos se encuentran a disposición de todo proveedor y usuario en el sitio web de ETSA (xxx.xxxx.xx), que el firmante del presente contrato declara conocer, comprometiéndose a cooperar de buena fe con ETSA frente a todo posible incumplimiento que a tal fin se detecte durante la vigencia del presente contrato.
ANEXOS
- ANEXO I. Declaración responsable del cumplimiento de requisitos previos
- ANEXO II. Declaración responsable de volumen de operaciones y experiencia acreditada
- ANEXO II. Modelo de oferta económica
ANEXO I
DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS PREVIOS
D/Xx……………………………………………………………………. con DNI N.º………………………………….
en nombre propio o en nombre y representación de la persona física/jurídica
……………………………………………………. con CIF………………………………………..., domicilio en
…………………………………………………………………………………………………. N.º de teléfono
……………………… y correo electrónico…………………………………………………………………………
En relación con el expediente de contratación nº 2021-023 cuyo objeto es la contratación de póliza de seguros de accidentes de convenio.
DECLARA RESPONSABLEMENTE:
1. Que el firmante de la declaración en nombre propio o en representación de la Sociedad que presenta la oferta, cuenta con la solvencia económica, financiera, técnica y profesional, o con la clasificación requerida, si es el caso, así como con las autorizaciones necesarias para ejercer la actividad, que se exigen tanto en la presente licitación, así como en los correspondientes artículos de la Ley de Contratos del Sector Público.
2. Que ni el firmante de la declaración, ni la persona física/jurídica a la que representa, ni ninguno de sus administradores o representantes, se hallan incursos en ninguna de las prohibiciones de contratar señaladas en el artículo 71 de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público.
3. Que conoce la política de calidad y medioambientales que ETSA tiene establecida y detallada en su web (xxxx://xxx.xxxx.xx/xxx/xxxxxxxx.xxx) y se compromete a:
• Cumplir con la legislación vigente y contar con medios idóneos para dar cumplimiento a la misma.
• Respetar y cumplir los requisitos ambientales de ETSA, como la prevención de la contaminación, mediante la firma de la política de calidad y medioambiental de ETSA.
• A solicitud de ETSA, mostrar evidencias de su comportamiento legal, de calidad o medioambiental y permitir la realización de auditorías, supervisiones o inspecciones, tanto antes como durante la prestación del servicio, de modo que se pueda evaluar la capacidad cumplir con los requisitos establecidos.
• Seguir las buenas prácticas ambientales que indique ETSA, y a entregar evidencias del comportamiento ambiental en el caso de ser requerido.
Y para que conste, firma la presente declaración en………………………………… a …… de de 2021.
ANEXO II
DECLARACIÓN RESPONSABLE SOBRE EL VOLUMEN DE OPERACIONES Y EXPERIENCIA ACREDITADA
D/Xx…………………………………………………………………….con DNI N.º………………………………….
en nombre propio o en nombre y representación de la persona física/jurídica
…………………………………………………. con CIF………………………………………..., domicilio en
…………………………………………………………….……………………………………………. nº de teléfono
……………………… y correo electrónico…………………………………………………………………………
En relación con el expediente de contratación nº 2021-023 cuyo objeto es la contratación de póliza de seguros de accidentes de convenio.
DECLARA RESPONSABLEMENTE:
1. Qué el licitante dispone de una experiencia acreditada de al menos 10 años en la gestión y tramitación de seguros.
**(Completar el apartado 2 únicamente en el caso de mediadores de seguros)
2. Qué de acuerdo con lo solicitado en el pliego de contratación para acreditar la solvencia económica y financiera para el caso de mediadores de seguros, el volumen de operaciones y producción de seguros en primas netas en los últimos tres años ha sido de al menos 7 millones de euros anuales, según lo siguiente:
2018: ……………………………………………
2019: ……………………………………………
2020: ……………………………………………
Y para que conste, firmo la presente declaración en ………………..………. a …. de de 2021.
ANEXO III
MODELO DE OFERTA ECONÓMICA
D/Xx…………………………………………………………………. con DNI nº en
nombre y representación de la persona física/jurídica………………………………………………………con CIF y domicilio
en …………………………………….……………………………………………………… enterado de la convocatoria de procedimiento de licitación para la contratación de la póliza de seguro de accidentes de convenio de ETSA, expediente nº 2021-023 y de las condiciones que regirán en el mismo y conforme con su contenido, se a la ejecución del contrato con sujeción a las condiciones y requisitos exigidos y con las condiciones técnicas indicadas en la oferta presentada, por un importe de (*), IVA excluido.
(*) El importe reflejado se corresponde con el total de empleados definidos en el pliego (personal de conducción:29, personal técnico y administrativo: 22); el importe definitivo de prima puede variar dependiendo del número total de empleados reales a fecha de efectos de la contratación de la póliza (29/09/2021).
Y para que conste, firmo la presente declaración en ………………..………. a …. de de 2021.