Contract
CONTRATO DE SERVICIOS PARA EL MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE BIENES INFORMÁTICOS PROPIEDAD DEL INSTITUTO DE VIVIENDA DEL DISTRITO FEDERAL, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL INSTITUTO DE VIVIENDA DEL DISTRITO FEDERAL, REPRESENTADO POR EL LIC. XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX, DIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN, ASISTIDO POR EL ING. XXXXX DE XXXXX XXXXXXX XXXXXXX, COORDINADOR DE PLANEACIÓN INFORMACIÓN Y EVALUACIÓN; Y POR OTRA PARTE, LA EMPRESA “GRUPO PROMOTOR HR EN MULTISERVICIOS, S.A. DE C.V.”, REPRESENTADA POR EL C. XXX XXXXXXXXX XXXXX, EN SU CARÁCTER DE REPRESENTANTE LEGAL, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
D E C L A R A C I O N E S I.- DECLARA “EL INVI” A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE.
I.1 QUE ES UN ORGANISMO DESCENTRALIZADO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL, CON PERSONALIDAD JURÍDICA Y PATRIMONIO PROPIO; CREADO POR EL C. JEFE DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, MEDIANTE DECRETO DE FECHA DIECIOCHO XX XXXXXX DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO, PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL, EL VEINTINUEVE DE SEPTIEMBRE DEL MISMO AÑO Y DE ACUERDO CON LO ESTABLECIDO EN LOS ARTÍCULOS 40, 46 Y 48 DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL; ASÍ COMO DE CONFORMIDAD CON LOS ARTÍCULOS 1º, 2º Y 3º DE SU DECRETO DE CREACIÓN, VIGENTE EL DIECISÉIS DE OCTUBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO, QUE TIENE POR OBJETO DISEÑAR, ELABORAR, PROPONER, PROMOVER, COORDINAR, EJECUTAR Y EVALUAR LAS POLÍTICAS Y PROGRAMAS DE VIVIENDA ENFOCADOS PRINCIPALMENTE A LA ATENCIÓN DE LA POBLACIÓN DE ESCASOS RECURSOS ECONÓMICOS DEL DISTRITO FEDERAL, EN EL MARCO GENERAL DE DESARROLLO DEL DISTRITO FEDERAL VIGENTE Y DE LOS PROGRAMAS QUE SE DERIVEN DE ÉL.
I.2. QUE EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DE VIVIENDA DEL DISTRITO FEDERAL, FUE DESIGNADO POR EL JEFE DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, EL 16 DE ENERO DE 2007, POR LO QUE ACREDITA SU PERSONALIDAD CON EL NOMBRAMIENTO RESPECTIVO.
I.3. QUE EN CONCORDANCIA CON EL ACUERDO NÚMERO INVI73EXT2288B EMITIDO EN LA SEPTUAGÉSIMA TERCERA SESIÓN EXTRAORDINARIA DEL H. CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO, EN EL CUAL SE AUTORIZA AL DIRECTOR GENERAL, PARA QUE EN EL EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE HAN SIDO CONFERIDAS, OTORGUE PODER GENERAL PARA PLEITOS Y COBRANZAS Y ACTOS DE ADMINISTRACIÓN AL LIC. XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX, DIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN, PARA QUE EN EL ÁMBITO DE SU COMPETENCIA, SUSCRIBA LOS INSTRUMENTOS JURÍDICOS NECESARIOS PARA EL CABAL CUMPLIMIENTO DE LOS OBJETIVOS INSTITUCIONALES DEL ORGANISMO.
I.4. ASIMISMO, SU REPRESENTANTE ACREDITA SU PERSONALIDAD CON EL INSTRUMENTO NOTARIAL NÚMERO CIENTO DOCE MIL DOSCIENTOS NUEVE, DEL LIBRO DOS MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO, OTORGADO ANTE LA XX XXX XXXXXXX PÚBLICO NÚMERO TRES DEL DISTRITO FEDERAL, LICENCIADO XXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXX XXXXXX; MANIFESTANDO QUE CUENTA CON LAS FACULTADES PARA SUSCRIBIR EL PRESENTE CONTRATO, Y OBLIGAR A SU REPRESENTADA AL CUMPLIMIENTO DEL MISMO.
I.5 QUE SE REQUIERE DEL SERVICIO PARA EL MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE BIENES INFORMÁTICOS, OBJETO DEL PRESENTE INSTRUMENTO, PARA GARANTIZAR EN CONDICIONES ÓPTIMAS EL DESARROLLO DE LAS LABORES DEL PERSONAL DE ESTE INSTITUTO, SEGÚN ANEXO TÉCNICO Y OFICIO NÚMERO DG/CPIE/00024/2012, A CARGO DE LA COORDINACIÓN DE PLANEACIÓN, INFORMACIÓN Y EVALUACIÓN.
I.6 QUE DE CONFORMIDAD CON LOS ARTÍCULOS 134 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, 27 INCISO A), 28 Y 30 FRACCIÓN I DE LA LEY DE ADQUISICIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL, SE LLEVÓ A CABO LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NO. 30109001-002-12, EN CUYAS BASES Y ANEXO TÉCNICO SE SEÑALARON LAS OBLIGACIONES Y LAS DEMÁS CIRCUNSTANCIAS A QUE DEBERÍAN SOMETERSE LOS OFERTANTES, CON CARÁCTER OBLIGATORIO PARA AMBAS PARTES.
1.7 QUE EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 28 DE LA LEY DE ADQUISICIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL, ESTE ORGANISMO CUENTA CON LA SUFICIENCIA PRESUPUESTAL NÚMERO GCP-01-021, DE FECHA DIECISIETE DE ENERO DEL AÑO EN CURSO, PARA CUBRIR EL PAGO DE RECURSOS DERIVADO DE LOS COMPROMISOS QUE EN ESTE INSTRUMENTO SE ESTABLECEN, CON CARGO A LA PARTIDA PRESUPUESTAL 3531 “INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO DE CÓMPUTO Y TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN”.
I.8 QUE PARA LOS EFECTOS LEGALES A QUE TENGA LUGAR ESTE CONTRATO SE SEÑALA COMO DOMICILIO EL UBICADO EN CANELA NÚMERO 660, COLONIA GRANJAS MÉXICO, DELEGACIÓN IZTACALCO, CÓDIGO POSTAL 08400, MÉXICO, DISTRITO FEDERAL.
II.- DECLARA “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”, A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE LEGAL:
II.1 QUE ES UNA SOCIEDAD MERCANTIL, ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, CONSTITUIDA CONFORME A LAS LEYES MEXICANAS, COMO LO ACREDITA CON EL TESTIMONIO DE LA ESCRITURA PÚBLICA NÚMERO VEINTE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y OCHO, LIBRO DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE, DE FECHA VEINTINUEVE DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIEZ, PASADA ANTE LA FE DEL LICENCIADO XXXXXX XXXXX XXXXXX Y XXXX, NOTARIO PÚBLICO NÚMERO CIENTO OCHO DEL DISTRITO FEDERAL, INSCRITA EN EL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DE COMERCIO DEL DISTRITO FEDERAL, BAJO EL FOLIO MERCANTIL NÚMERO CUATROCIENTOS ONCE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO, DE FECHA DIECISÉIS DE FEBRERO DE DOS MIL DIEZ.
II.2 QUE SU REPRESENTANTE LEGAL, EL C. XXX XXXXXXXXX XXXXX, CUENTA CON PODER GENERAL PARA ACTOS DE ADMINISTRACIÓN, EN TÉRMINOS DE LA ESCRITURA PÚBLICA NÚMERO VEINTE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y OCHO, LIBRO DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE, DE FECHA VEINTINUEVE DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIEZ, PASADA ANTE LA FE DEL LICENCIADO XXXXXX XXXXX XXXXXX Y XXXX, NOTARIO PÚBLICO NÚMERO CIENTO OCHO DEL DISTRITO FEDERAL, INSCRITA EN EL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DE COMERCIO DEL DISTRITO FEDERAL, BAJO EL FOLIO MERCANTIL NÚMERO CUATROCIENTOS ONCE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO, DE FECHA DIECISÉIS DE FEBRERO DE DOS MIL DIEZ, MANIFESTANDO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD QUE DICHO PODER NO LE HA SIDO LIMITADO, MODIFICADO O REVOCADO EN FORMA ALGUNA.
II.3 QUE SU REPRESENTADA TIENE POR OBJETO, ENTRE OTROS, INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS COMPUTACIONALES, REDES, EQUIPOS PERIFÉRICOS Y TODAS LAS ACTIVIDADES ANEXAS Y CONEXAS, RELATIVAS A LA ACTIVIDAD DE LA SOCIEDAD.
II.4 QUE SU REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES EXPEDIDO POR LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO ES GPH100204132.
II.5 PARA EFECTOS DE LO ESTABLECIDO POR EL ARTÍCULO 47 FRACCIÓN XIII DE LA LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS, MANIFIESTA BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, QUE NI ÉL, NI SUS SOCIOS O DIRECTIVOS, ASÍ COMO LOS CÓNYUGES DE TODOS ELLOS NO TIENEN LAZOS DE CONSANGUINIDAD NI DE AFINIDAD HASTA EL CUARTO GRADO, NI RELACIONES DE CARÁCTER COMERCIAL CON PERSONA ALGUNA QUE LABORE EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL, NI DENTRO DE ALGUNO DE LOS SUPUESTOS QUE ESTABLECE XX XXXXXXXX 00 XX XX XXX XX XXXXXXXXXXXXX XXXX XX XXXXXXXX XXXXXXX.
ASIMISMO, DECLARA QUE LAS PERSONAS Y FUNCIONARIOS DE SU REPRESENTADA ANTES MENCIONADOS TAMPOCO TIENEN RELACIONES DE CARÁCTER COMERCIAL CON EL PERSONAL DE “EL INVI”, ANTES SEÑALADO.
II.6 QUE CUENTA CON LA CAPACIDAD LEGAL, TÉCNICA Y ECONÓMICA, ASÍ COMO LA ORGANIZACIÓN PARA CELEBRAR EL PRESENTE CONTRATO.
II.7 PARA EFECTOS DE LO SEÑALADO EN EL ARTÍCULO 56 INCISO C) DEL CÓDIGO FISCAL DEL DISTRITO FEDERAL Y 51 ÚLTIMO XXXXXXX XX XX XXX XX XXXXXXXXXXX X XXXXX XXXXXXXXX XXX XXXXXXXX XXXXXXX, “EL PROVEEDOR” MANIFIESTA BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD QUE ESTA AL CORRIENTE EN EL PAGO DE SUS IMPUESTOS, DERECHOS, APROVECHAMIENTOS Y PRODUCTOS REFERIDOS EN EL CÓDIGO FISCAL DEL DISTRITO FEDERAL.
II.8 QUE SU DOMICILIO LEGAL SE ENCUENTRA UBICADO XXXXX XXXXXXXXXXXXXX XX. 00, XXXXXXXXXXXX X, XXXXXX XXXX, XXXXXXX XXXX XXX, XXXXXXXXXX XXXXXXXXXX, X.X. 00000, MÉXICO D.F., MISMO QUE SEÑALA PARA TODOS LOS EFECTOS LEGALES DE ESTE CONTRATO.
III.- DECLARAN AMBAS PARTES:
III.1 QUE EL PRESENTE CONTRATO SE REGULA POR LA LEY DE ADQUISICIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL, SU REGLAMENTO Y DEMÁS DISPOSICIONES APLICABLES.
III.2 QUE EN ESTE ACTO SE RECONOCEN MUTUAMENTE LA PERSONALIDAD CON QUE SE OSTENTAN Y LA CAPACIDAD LEGAL PARA CELEBRAR EL PRESENTE CONTRATO.
III.3 QUE MANIFIESTAN BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD QUE EN ESTE CONTRATO NO EXISTE DOLO, LESIÓN NI MALA FE Y QUE LO CELEBRAN DE ACUERDO CON SU LIBRE VOLUNTAD.
EXPRESANDO LO ANTERIOR, LAS PARTES SE OBLIGAN AL TENOR DE LAS SIGUIENTES.
C L Á U S U L A S
PRIMERA.- “EL INVI” ENCOMIENDA A “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”, Y ÉSTE ACEPTA Y SE OBLIGA A REALIZAR LOS SERVICIOS PARA EL MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE LOS BIENES INFORMÁTICOS PROPIEDAD DE “EL INVI”, DESCRITOS EN EL ANEXO TÉCNICO UNO A EFECTO DE DEJARLOS EN CONDICIONES ÓPTIMAS DE USO, GARANTIZANDO SU UTILIZACIÓN CONTINUA. “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” REALIZARÁ LOS SERVICIOS OBJETO DE ESTE CONTRATO A TRAVÉS DEL PERSONAL ESPECIALIZADO RESPETANDO LAS CONDICIONES GENERALES Y DOTARLES DE LOS BIENES CONTENIDOS EN EL “ANEXO TÉCNICO UNO” QUE FIRMADO POR LAS PARTES FORMA PARTE INTEGRANTE DEL PRESENTE CONTRATO.
SEGUNDA.- MONTO DEL CONTRATO.- LAS PARTES CONVIENEN QUE “EL INVI” PAGARÁ A “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” COMO CONTRAPRESTACIÓN DEL SERVICIO OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO, LA CANTIDAD DE
$1,763,200.00 (UN MILLÓN SETECIENTOS SESENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS PESOS 00/100 M.N.) I.V.A. INCLUIDO, COMPROMETIÉNDOSE “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” A ACATAR LOS ACUERDOS LEGALES QUE EN MATERIA DE IMPUESTOS, PACTOS O DESCUENTOS ACUERDE EL GOBIERNO FEDERAL O DEL DISTRITO FEDERAL.
EN CASO DE QUE LO SOLICITE “EL INVI” POR ESCRITO, “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” SE OBLIGA A OTORGAR INCREMENTO EN LA CANTIDAD DE LOS SERVICIOS SOLICITADOS MEDIANTE MODIFICACIONES AL CONTRATO VIGENTE, SIEMPRE Y CUANDO EL MONTO TOTAL DE LAS MODIFICACIONES NO REBASE EN SU CONJUNTO EL 25% (VEINTICINCO POR CIENTO) DEL TOTAL DEL VALOR MÁXIMO DEL CONTRATO, SE ENCUENTREN EN EL MISMO EJERCICIO PRESUPUESTAL Y QUE EL PRECIO UNITARIO Y DEMÁS CONDICIONES DE LOS SERVICIOS SEA IGUAL AL INICIALMENTE PACTADO, DEBIÉNDOSE AJUSTAR LAS GARANTÍAS DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, EN SU CASO.
TERCERA.- FORMA DE PAGO.- “EL INVI” SE OBLIGA A PAGAR A “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” EL IMPORTE ESTIPULADO EN LA CLÁUSULA QUE ANTECEDE DE LA SIGUIENTE FORMA:
A) AMBAS PARTES CONVIENEN EN QUE EL IMPORTE DE LOS SERVICIOS, MATERIA DEL PRESENTE CONTRATO SERÁ LIQUIDADO A “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”, A TRAVÉS DE PAGO A MES VENCIDO PREVIA EXHIBICIÓN DE LA FACTURA CORRESPONDIENTE DEBIDAMENTE REQUISITADA Y APROBADA POR LA JEFATURA DE UNIDAD DEPARTAMENTAL DE INFORMÁTICA ACOMPAÑADA DE LOS LISTADOS DE REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LOS BIENES INFORMÁTICOS Y DE ASISTENCIA DEL PERSONAL, ASÍ COMO DEL DISCO MAGNÉTICO QUE CONTENGA EL (SUA) SISTEMA ÚNICO DE AUTODETERMINACIÓN, JUNTO CON EL COMPROBANTE DE PAGO Y LA CÉDULA DE DETERMINACIÓN DE CUOTAS OBRERO PATRONALES DEL MES INMEDIATO ANTERIOR A MÁS TARDAR DENTRO DE LOS 5 DÍAS HÁBILES DEL MES SIGUIENTE, A EFECTO DE QUE SEA COTEJADO CON LAS LISTAS DE ASISTENCIA DEL PERSONAL QUE TRABAJA PARA “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”, Y ESTAR EN POSIBILIDADES DE PROCEDER AL PAGO DE LA FACTURA QUE CORRESPONDA.
B) SE REALIZARÁN ONCE PAGOS A MES VENCIDO, POR EL PERIODO DE FEBRERO A DICIEMBRE DE 2012, POR LA CANTIDAD DE $160,290.91 (CIENTO SESENTA MIL DOSCIENTOS NOVENTA PESOS 91/100 M.N.), I.V.A. INCLUIDO.
C) LA FACTURA DEBERÁ CONTENER EL NÚMERO DE CONTRATO ASIGNADO AL PROVEEDOR Y LOS PAGOS SE REALIZARAN DENTRO DE LOS 20 DÍAS NATURALES POSTERIORES A LA FECHA DE PRESENTACIÓN Y VALIDACIÓN DE LA FACTURA, QUE AMPARE EL PAGO DEL SERVICIO PRESTADO, LA CUAL DEBERÁ DESGLOSARSE A NOMBRE DEL INSTITUTO DE VIVIENDA DEL DISTRITO FEDERAL, DEBIDAMENTE REQUISITADA FISCALMENTE Y A PLENA SATISFACCIÓN DE “EL INVI” ACOMPAÑADA DE LA COMPROBACIÓN QUE “EL INVI”, REALICE DE LO ASENTADO EN TALES DOCUMENTOS.
LAS ASISTENCIAS REGISTRADAS DE ELEMENTOS QUE NO ESTÉN DADOS DE ALTA EN EL IMSS SE CONTARÁN COMO INASISTENCIAS, ASÍ COMO LAS INASISTENCIAS POR PARTE DEL PERSONAL QUE INTEGRA LA PLANTILLA DE SERVICIO ASIGNADA A “EL INVI”, TAMBIÉN SERÁN DESCONTADAS DEL IMPORTE TOTAL A PAGAR DE LA FACTURA DEL MES EN QUE SE HUBIERÁN REGISTRADO.
LAS PARTES CONVIENEN QUE EN CASO DE EXISTIR PAGOS EN EXCESO “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” ESTARÁ OBLIGADO A REINTEGRAR LOS REMANENTES A “EL INVI” CON LOS INTERESES CORRESPONDIENTES DE CONFORMIDAD A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 64 PÁRRAFO II DE LA LEY DE ADQUISICIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL.
CUARTA.- DEPÓSITO DE PAGO.- LAS PARTES CONVIENEN QUE EL PAGO SERÁ A TRAVÉS DE DEPÓSITO INTERBANCARIO EN CUENTA DE CHEQUES A NOMBRE DE “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”.
QUINTA.- PRECIO.- LAS PARTES CONVIENEN QUE EL IMPORTE PRECISADO EN LA CLÁUSULA SEGUNDA DE ESTE CONTRATO, CUBRE EL COSTO DE TODOS LOS MATERIALES, ELEMENTOS Y GASTOS QUE SE REQUIERAN PARA EL SERVICIO Y QUE LOS PRECIOS UNITARIOS DE LOS SERVICIOS OFERTADOS POR “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”, NO PODRÁN INCREMENTARSE POR MOTIVO ALGUNO.
SEXTA.- VIGENCIA DEL CONTRATO.- LA VIGENCIA DEL PRESENTE CONTRATO SERÁ DEL 00 XX XXXXXXX XX 00 XX XXXXXXXXX XX 0000.
SÉPTIMA.- OBLIGACIONES.- LAS PARTES CONVIENEN EN QUE “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” DEBERÁ PROPORCIONAR A “EL INVI” A MÁS TARDAR DENTRO DE LOS ÚLTIMOS CINCO DÍAS NATURALES DE CADA MES EN LA UNIDAD DEPARTAMENTAL DE INFORMÁTICA LAS LISTAS ELABORADAS A MÁQUINA DE CONTROL DE ASISTENCIA DEL MES SIGUIENTE CON LOS NOMBRES DE LOS ELEMENTOS QUE PRESTARAN EL SERVICIO, DICHA LISTA INCLUIRÁ ADEMÁS, EL DOMICILIO COMPLETO DE CADA UNO DE LOS ELEMENTOS QUE ESTÉN COMPRENDIDOS EN ELLA, HOJA DE ALTA DEL SEGURO SOCIAL, DE IGUAL MANERA, DEBERÁ HACER DEL CONOCIMIENTO A “EL INVI”, DE LAS BAJAS O SUSTITUCIONES QUE SE REGISTREN DURANTE EL MES QUE SE REPORTE, DEBIENDO REPONER LA BAJA DEL ELEMENTO EL MISMO DÍA.
“EL INVI” QUEDA FACULTADO PARA VERIFICAR ALEATORIAMENTE LA DEBIDA OBSERVANCIA DE LAS PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL ANTE EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL (IMSS), A TRAVÉS DE SUS DELEGACIONES CORRESPONDIENTES, ASÍ COMO LOS MOVIMIENTOS DE ALTA DE LOS TRABAJADORES CON LOS CUALES SE PRESTE EL SERVICIO.
ASIMISMO, “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” DEBERÁ DOTAR A LOS ELEMENTOS QUE OPEREN EN LOS INMUEBLES, DE UN GAFETE DE IDENTIFICACIÓN, EL CUAL DEBERÁ OSTENTAR ADEMÁS DEL LOGOTIPO DE “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”, EL NOMBRE COMPLETO, UNA FOTOGRAFÍA Y LA FIRMA DEL PORTADOR DEL MISMO, QUIEN DEBERÁ EXHIBIRLO EN FORMA VISIBLE DURANTE TODO EL TIEMPO QUE PERMANEZCA EN LAS INSTALACIONES DE “EL INVI”.
“EL PRESTADOR DEL SERVICIO” DEBERÁ DESIGNAR A CINCO ELEMENTOS PARA QUE EN SU REPRESENTACIÓN PRESTEN LOS SERVICIOS MOTIVO DEL CONTRATO AL INSTITUTO, QUIENES DEBERÁN ESTAR DISPONIBLES EN LAS INSTALACIONES DE “EL INVI”DE LUNES A VIERNES DE 9:00 A 19:00 HORAS DURANTE EL PERIODO DE VIGENCIA DEL CONTRATO.
LOS TITULARES SE AMOLDARÁN AL HORARIO QUE LES SEA ESTABLECIDO, INDEPENDIENTEMENTE DEL HORARIO DE TRABAJO QUE POSEA EL PERSONAL TÉCNICO-OPERATIVO O DE CONFIANZA DE “EL INVI”. EL HORARIO DE COMIDA DEBERÁ ESCALONARSE ENTRE SUS MIEMBROS PARA GARANTIZAR AL INSTITUTO LA CONTINUIDAD ININTERRUMPIDA EN SUS OPERACIONES.
CUATRO DE ESTAS PERSONAS DEBERÁN CONTAR CON EL SIGUIENTE PERFIL PROFESIONAL COMPROBABLE COMO MÍNIMO, POSEER CIEN POR CIENTO DE LOS CRÉDITOS DE CUALQUIERA DE LAS SIGUIENTES LICENCIATURAS: INGENIERÍA EN COMPUTACIÓN, INGENIERÍA EN SISTEMAS, INGENIERÍA EN ELECTRÓNICA, LICENCIATURA EN INFORMÁTICA, LICENCIATURA EN SISTEMAS COMPUTACIONALES, MATEMÁTICAS APLICADAS Y COMPUTACIÓN, ACTUARÍA. CUALQUIER OTRA LICENCIATURA SÓLO SERÁ ACEPTADA EN CASO DE TENER UNA CONCENTRACIÓN DE MATERIAS PERTENECIENTES AL ÁREA DE INFORMÁTICA DE POR LO MENOS 40% DE SU CONTENIDO TEMÁTICO
EL QUINTO ELEMENTO DEBERÁ ACREDITAR HABER CURSADO COMO MÍNIMO EL BACHILLERATO O ALGUNA OPCIÓN TÉCNICA TERMINAL EQUIVALENTE. EN CAMBIO, EL ESTATUS PROFESIONAL QUE SE SOLICITA PARA EL RESTO DE LOS INTEGRANTES DEL EQUIPO, DEBERÁ SER COMPROBADO, INCLUYENDO COPIA DEL TÍTULO PROFESIONAL, CÉDULA PROFESIONAL, O CARTA DE PASANTÍA DE CADA UNA DE LAS CUATRO PERSONAS MENCIONADAS. LA CONVOCANTE SE RESERVA EL DERECHO DE SOLICITAR EN CUALQUIER MOMENTO VISTA DE LOS DOCUMENTOS ORIGINALES CORRESPONDIENTES. IGUALMENTE, “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” DEBERÁ COMPROBAR EL VÍNCULO EXISTENTE ENTRE SU EMPRESA Y EL TRABAJADOR MEDIANTE LA PRESENTACIÓN DE CUALQUIER DOCUMENTO OFICIAL QUE ACREDITE LA RELACIÓN PATRONAL QUE GUARDA CON ESTAS PERSONAS.
LAS PERSONAS QUE XXXX PRESENTADAS POR “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” COMO TITULARES DEL SERVICIO, DEBERÁN SER LAS MISMAS QUE BRINDEN AL INSTITUTO LOS SERVICIOS DE MANTENIMIENTO DE REFERENCIA DURANTE EL PERÍODO DE VIGENCIA DEL CONTRATO, Y SÓLO SE ACEPTARÁN CAMBIOS EN CASO DE DECESO O RENUNCIA DE LOS TITULARES, AMBAS SITUACIONES DEBERÁN SER COMPROBADAS AL INSTITUTO MEDIANTE LA COMPROBACIÓN DE LA BAJA ANTE EL IMSS. EN ESTE CASO, EL TITULAR REEMPLAZANTE DEBERÁ CUMPLIR CON EL MISMO REQUISITO DE ESTUDIOS PROFESIONALES; ASIMISMO, PARA EL CASO DE AUSENCIA DEBERÁ SER SUSTITUIDO EL ELEMENTO EN UN TÉRMINO DE TRES HORAS.
OCTAVA.- ANTICIPO.- LAS PARTES CONVIENEN EN QUE NO SE OTORGARÁ ANTICIPO, PARA EL INICIO DE LOS SERVICIOS QUE SE LE ENCOMIENDAN A “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”.
NOVENA.- RESPONSABILIDAD LABORAL.- “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” COMO PATRÓN DE LOS ELEMENTOS QUE OCUPA PARA REALIZAR LOS SERVICIOS MATERIA DEL PRESENTE CONTRATO, SERÁ EL ÚNICO RESPONSABLE DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE LAS DISPOSICIONES LEGALES EN MATERIA DE TRABAJO, SEGURIDAD SOCIAL Y DEMÁS ORDENAMIENTOS APLICABLES, PARA CON DICHOS ELEMENTOS, POR LO QUE “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”, SE OBLIGA A RESPONDER DE TODAS Y CADA UNA DE LAS RECLAMACIONES QUE SUS ELEMENTOS PRESENTAREN EN SU CONTRA O EN CONTRA DE “EL INVI”, EN RELACIÓN CON EL OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO, RAZÓN POR LA CUAL ACEPTA DEJAR LIBRE DE CUALQUIER RESPONSABILIDAD, LABORAL, CIVIL, PENAL O DE CUALQUIER OTRA ÍNDOLE A “EL INVI”, INCLUYENDO LA DE PATRÓN SUSTITUTO.
DÉCIMA.- GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO.- “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” CONSTITUYE EN ESTE ACTO CHEQUE DE CAJA O CERTIFICADO O PÓLIZA DE FIANZA EN MONEDA NACIONAL, EXPEDIDA POR INSTITUCIÓN MEXICANA LEGALMENTE AUTORIZADA PARA TAL EFECTO, A FAVOR DEL INSTITUTO DE VIVIENDA DEL DISTRITO FEDERAL, CON UNA VIGENCIA DESDE SU EXPEDICIÓN Y HASTA UN MES DESPUÉS DE LA FECHA DE LA TOTAL CONCLUSIÓN DEL SERVICIO, COMO GARANTÍA DE LA CALIDAD DEL MISMO, POR EL 15% DEL MONTO TOTAL DEL CONTRATO (SIN INCLUIR EL I.V.A.), A FIN DE GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES CONTRAÍDAS EN EL PRESENTE INSTRUMENTO, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 73 FRACCIÓN III, 75 Y 75 BIS DE LA LEY DE ADQUISICIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL.
EN EL SUPUESTO DE QUE EL MONTO ORIGINALMENTE PACTADO DE LOS SERVICIOS A REALIZAR EN EL PRESENTE CONTRATO SE MODIFIQUE DERIVADO DE LA AMPLIACIÓN A LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO, SEÑALADO EN LA CLÁUSULA SEGUNDA DEL PRESENTE CONTRATO, “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” SE OBLIGA A ACTUALIZAR LA FIANZA CON EL NUEVO MONTO QUE SE PACTE O EN CASO DE CONVENIRLO LAS PARTES, EN LA MODIFICACIÓN DEL CONTRATO REFERIDO, “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” PODRÁ PRESENTAR OTRA FIANZA, POR LA DIFERENCIA DEL MONTO DEL CONTRATO ORIGINAL, EQUIVALENTE AL 15% DE DICHA DIFERENCIA.
“EL PRESTADOR DEL SERVICIO” SE OBLIGA A MANTENER ACTUALIZADA DICHA FIANZA EN TANTO PERMANEZCA VIGENTE EL PRESENTE CONTRATO Y HASTA 30 DÍAS (TREINTA DÍAS) POSTERIORES AL VENCIMIENTO DEL CONTRATO ORIGINAL Y EN SU CASO, DE LOS CONVENIOS MODIFICATORIOS QUE DE ÉSTE SE DERIVEN O DE AQUELLA EN QUE “EL INVI” HUBIERA COMUNICADO LA TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO, EN LA INTELIGENCIA DE QUE SÓLO PODRÁ SER CANCELADA MEDIANTE AUTORIZACIÓN EXPRESA Y POR ESCRITO DE “EL INVI”. DICHA FIANZA PODRÁ SOMETERSE AL PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN ESTABLECIDO EN LOS ARTÍCULOS 95 Y 118 DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS.
DÉCIMA PRIMERA.- CESIÓN DE DERECHOS.- “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” SE OBLIGA A NO CEDER TRASPASAR O SUBCONTRATAR LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DERIVADOS DEL PRESENTE CONTRATO, Y EN CASO DE HACERLO SERÁ CONSIDERADO CAUSA DE RESCISIÓN.
DÉCIMA SEGUNDA.- SUPERVISIÓN.- “EL INVI”, POR CONDUCTO DEL PERSONAL QUE LABORA PARA ÉL O POR TERCEROS QUE PARA TAL EFECTO DESIGNE, TENDRÁ LA FACULTAD DE VERIFICAR SI LOS SERVICIOS OBJETO DE ESTE CONTRATO SE ESTÁN EJERCIENDO POR “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”, CONFORME A LOS TÉRMINOS CONVENIDOS E INSTRUCCIONES RECIBIDAS.
DÉCIMA TERCERA.- PENAS CONVENCIONALES.- LAS PARTES CONVIENEN EN ESTABLECER LAS PENAS CONVENCIONALES SIGUIENTES:
A) PARA EL CASO DE QUE “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” RETARDE EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES CONVENIDAS EN LA CLÁUSULA PRIMERA DE ESTE INSTRUMENTO Y EL ANEXO TÉCNICO UNO, SE APLICARÁ UNA PENA CONVENCIONAL EQUIVALENTE AL 2.5% (DOS PUNTO CINCO POR CIENTO) POR CADA DÍA DE RETRASO, CALCULADO SOBRE EL IMPORTE TOTAL DE LOS SERVICIOS NO REALIZADOS, ESTA PENA SERÁ APLICADA HASTA, POR UN MÁXIMO DE SEIS DÍAS NATURALES, YA QUE DESPUÉS DEL SEXTO DÍA SI “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”, CONTINUA CON TAL RETRASO SERÁ CAUSA DE RESCISIÓN DEL CONTRATO.
B) PARA EL CASO DE QUE “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”, INCUMPLA CUALQUIER ESTIPULACIÓN CONTENIDA EN EL PRESENTE INSTRUMENTO, DIVERSA A LO ESTIPULADO EN EL INCISO A) DEL PÁRRAFO QUE ANTECEDE, LAS PARTES ACUERDAN QUE QUEDA OBLIGADO “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” A PAGAR A “EL INVI”, UNA PENA CONVENCIONAL EQUIVALENTE AL 15% DEL MONTO SIN INCLUIR I.V.A., A QUE SE REFIERE LA CLÁUSULA SEGUNDA DE ESTE INSTRUMENTO, POR LOS POSIBLES DAÑOS Y PERJUICIOS QUE SE PUDIERAN OCASIONAR A “EL INVI”, POR EL INCUMPLIMIENTO DE “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”.
“EL PRESTADOR DEL SERVICIO”, AUTORIZA DESDE ESTE MOMENTO A “EL INVI”, PARA RETENER EL IMPORTE DE CUALQUIERA DE LAS PENAS CONVENCIONALES A QUE SE REFIEREN LOS INCISOS A) Y B) QUE ANTECEDEN, DE LA
(S) FACTURACIÓN (ES) PENDIENTE (S) POR LIQUIDAR, INDEPENDIENTEMENTE DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO A QUE SE REFIERE LA CLÁUSULA DÉCIMA DE ESTE CONTRATO.
DÉCIMA CUARTA.- RESPONSABILIDAD DE SINIESTROS.- “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” INCURRIRÁ EN RESPONSABILIDAD EN CASO DE SINIESTRO, CUALQUIERA QUE SEA SU NATURALEZA DEL MISMO E INCLUSIVE POR CASO FORTUITO O POR FUERZA MAYOR. DE PRESENTARSE CUALQUIERA DE ESTOS SUPUESTOS EN ALGÚN BIEN INFORMÁTICO DE “EL INVI”, DESDE EL MOMENTO MISMO DE LA RECEPCIÓN DE TAL BIEN POR PARTE DE “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” Y/O SUS ELEMENTOS, YA SEA QUE SUCEDA DENTRO O FUERA DE LAS INSTALACIONES DE “EL INVI”, “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” SE OBLIGA A REPARAR LOS DAÑOS, AUNQUE ESTOS EXCEDAN EN CUANTÍA AL VALOR COMERCIAL DEL BIEN, DEBIENDO ENTREGAR EL O LOS MISMOS A LA ENTERA SATISFACCIÓN DE “EL INVI”, SIN NINGÚN COSTO PARA ESTE ÚLTIMO, EN EL TIEMPO QUE SEÑALE "EL INVI", PARA TAL EFECTO, O BIEN “EL INVI” PODRÁ AUTORIZAR QUE “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” PAGUE EL VALOR DEL BIEN INFORMÁTICO SINIESTRADO O BIEN QUE ENTREGUE UN BIEN CON LAS MISMAS CARACTERÍSTICAS QUE EL SINIESTRADO. LO ANTERIOR ES INDEPENDIENTE DE LAS CONDICIONES QUE “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” TENGA PACTADO EN SU CASO, CON SU COMPAÑÍA DE SEGUROS.
DÉCIMA QUINTA.- RESCISIÓN DE CONTRATO.- LA FALTA DE OBSERVANCIA E INCUMPLIMIENTO DEL CONTENIDO DEL PRESENTE CONTRATO POR PARTE DE “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” FACULTA EXPRESAMENTE A “EL INVI” PARA DARLO POR RESCINDIDO Y APLICAR LAS PENAS A QUE POR INCUMPLIMIENTO SE HAGA ACREEDOR “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”.
LAS PARTES ACEPTAN QUE SI “EL INVI”, CONSIDERA QUE “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” HA INCURRIDO EN ALGUNA DE LAS CAUSAS DE RESCISIÓN QUE SE CONSIGNAN EN ESTE DOCUMENTO, PODRÁ DECRETAR LA RESCISIÓN DEL MISMO QUE OPERARA DE PLENO DERECHO Y SIN RESPONSABILIDAD PARA “EL INVI”.
“EL INVI”, RESCINDIRÁ EL CONTRATO POR CUALQUIERA DE LAS CAUSAS QUE A CONTINUACIÓN SE SEÑALAN:
1. SI “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” NO CUMPLE CON EL SERVICIO EN EL LUGAR, FECHA Y HORA INDICADOS POR “EL INVI”.
2. SI “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” NO CUMPLE CON EL SERVICIO DENTRO DE LOS TÉRMINOS ESTABLECIDOS EN LA CLÁUSULA PRIMERA DEL PRESENTE CONTRATO, Y CONFORME A LAS ESPECIFICACIONES CONSIGNADAS EN EL ANEXO TÉCNICO UNO DEL PRESENTE CONTRATO.
3. SI “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” ES DECLARADO EN CONCURSO MERCANTIL.
4. SI “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” SUBCONTRATA, CEDE O TRASPASA EN FORMA TOTAL O PARCIAL LOS DERECHOS DERIVADOS DEL PRESENTE CONTRATO.
5. EL MAL COMPORTAMIENTO DE LOS TÉCNICOS EN SITIO.
6. LA DIVULGACIÓN DE CONTRASEÑAS DE ACCESO AL SOFTWARE Y/O HARDWARE A CUALQUIER PERSONA QUE NO FORME PARTE DE LA UNIDAD DEPARTAMENTAL DE INFORMÁTICA.
7. LA NEGACIÓN DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO CORRECTIVO A LOS BIENES CONTEMPLADOS EN ESTE CONTRATO ALEGANDO DESPERFECTOS CAUSADOS INTENCIONALMENTE POR PARTE DEL USUARIO, CARESTÍA EN LAS REFACCIONES O LA EJECUCIÓN DE UNA “REPARACIÓN” DE CORTO PLAZO (BASADA EN PEGAMENTO, CLIPS, CLAVOS O SIMILAR).
8. SI “EL INVI” DESCUBRE QUE “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” SE CONDUCE CON FALSEDAD, CON DOLO O MALA FE EN LAS DECLARACIONES HECHAS PARA LA CELEBRACIÓN, FORMALIZACIÓN DURANTE LA VIGENCIA DEL PRESENTE CONTRATO.
9. EN GENERAL POR CUALQUIER OTRA CAUSA IMPUTABLE A “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” QUE LESIONE LOS INTERESES DE “EL INVI”.
DÉCIMA SEXTA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA.- AMBAS PARTES CONVIENEN QUE LA TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL PRESENTE CONTRATO, LA SUSPENSIÓN TEMPORAL O DEFINITIVA DEL MISMO, YA SEA DE COMÚN ACUERDO, POR ASÍ CONVENIR A LOS INTERESES DE “EL INVI” O POR CASO FORTUITO O DE FUERZA MAYOR, SERÁ SIN RESPONSABILIDAD ALGUNA PARA “EL INVI”.
DÉCIMA SÉPTIMA.- INTERPRETACIÓN, CUMPLIMIENTO Y EJECUCIÓN.- PARA TODO LO RELACIONADO CON LA INTERPRETACIÓN, CUMPLIMIENTO Y EJECUCIÓN DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL PRESENTE CONTRATO, AMBAS PARTES SE SOMETEN A LA JURISDICCIÓN DE LOS TRIBUNALES COMPETENTES DEL DISTRITO FEDERAL, RENUNCIANDO A CUALQUIER FUERO QUE POR RAZÓN DE SUS DOMICILIOS U OTRAS CIRCUNSTANCIAS PUDIERA CORRESPONDERLES EN EL FUTURO.
LAS PARTES MANIFIESTAN QUE ENTERADAS DEL CONTENIDO, EFECTOS Y FUERZA LEGAL DEL PRESENTE CONTRATO, LO RUBRICAN Y FIRMAN EN TRES TANTOS DE CONFORMIDAD EN EL DISTRITO FEDERAL EL DÍA PRIMERO DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL DOCE.
POR “EL INVI”
LIC. XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX DIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN | ING. XXXXX DE XXXXX XXXXXXX XXXXXXX COORDINADOR DE PLANEACIÓN INFORMACIÓN Y EVALUACIÓN |
POR “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” | |
C. XXX XXXXXXXXX XXXXX | |
REPRESENTANTE LEGAL |
LAS FIRMAS QUE ANTECEDEN CORRESPONDEN AL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PARA EL MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE BIENES INFORMÁTICOS PROPIEDAD DE ESTE INSTITUTO, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, “EL INVI” Y POR OTRA PARTE “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”, OTORGADO EN MÉXICO DISTRITO FEDERAL, CON VIGENCIA DEL 01 DE FEBRERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2012.
ANEXO TÉCNICO UNO
ALCANCE
El contrato de mantenimiento preventivo y correctivo de bienes informáticos del Instituto tiene por objeto mantenerlos en estado físico óptimo mediante acciones preventivas y correctivas. El conjunto de estos bienes está integrado por:
1. Computadoras en tres diferentes modalidades: de escritorio, portátiles y servidores
2. Dispositivos periféricos conectados a las computadoras; impresoras, monitores, ratones y unidades de memoria externa.
3. Bienes de comunicaciones que permiten el funcionamiento de las distintas redes de cómputo con que el Instituto opera en sus distintas ubicaciones geográficas (switches, concentradores, módems)
4. Bienes de soporte para la operación de los bienes informáticos y de comunicaciones (unidades de poder ininterrumpible, reguladores)
5. Algunos bienes especiales (Bienes que sin ser informáticos al cien por ciento, complementan el funcionamiento de los mismos: cámaras digitales,, relojes checadores electrónicos, separadora-cortadora de formas continuas, etc.)
El alcance del contrato del servicio de mantenimiento incluye el desarrollo de un conjunto de operaciones específicas para aplicar a cada tipo de bienes, así como la provisión de refacciones originales y nuevas.
TABLA RESUMEN DE LOS BIENES QUE RECIBIRÁN EL SERVICIO
A continuación se muestra un resumen de los bienes que recibirán la protección de este contrato, agrupados de acuerdo a su naturaleza:
CONSECUTIVO | TIPO | NÚMERO DE EQUIPOS |
1 | CÁMARA DIGITAL XXXXXXXX | 00 |
0 | XXXXX XX XXXXXXXX PARA SERVIDOR | 2 |
3 | CAÑÓN VIDEOPROYECTOR DIGITAL | 8 |
4 | COMPUTADORA DE ESCRITORIO (INCLUYE MONITOR, TECLADO Y RATÓN) | 684 |
5 | COMPUTADORA PORTÁTIL | 64 |
6 | COMPUTADORA TIPO SERVIDOR | 20 |
7 | CONVERTIDORES DE FIBRA OPTICA | 13 |
8 | EQUPO ACTIVO PARA HOT-SPOT (ACCESS POINT) | 30 |
9 | ESCÁNER | 37 |
10 | HAND PUNCH (SISTEMA BIOMÉTRICO DE REGISTRO DE ASISTENCIA) | 3 |
11 | IMPRESORA | 170 |
12 | IMPRESORA DE MATRIZ DE PUNTOS | 2 |
13 | IMPRESORA DE TRANSFERENCIA TÉRMICA | 3 |
14 | PLOTER | 5 |
15 | REGULADOR DE CORRIENTE, VOLTAJE Y DE TENSIÓN | 25 |
16 | RUTEADOR | 1 |
17 | SEPARADORA-CORTADORA DE CHEQUES | 2 |
18 | SWITCHES | 116 |
19 | TORRE MULTIQUEMADOR | 2 |
20 | UNIDAD DE PODER ININTERRUMPIBLE | 480 |
21 | LECTOR DE CÓDIGO XX XXXXXX | 3 |
22 | VIDEO CÁMARAS IP | 24 |
TOTAL DE EQUIPOS | 1,707 |
Cabe señalar que para la composición de esta tabla se obviaron las diferencias de configuración técnica existente entre bienes de la misma categoría, incluyendo marca y modelo.
Es importante resaltar asimismo, que no existe homogeneidad técnica plena entre todos los bienes pertenecientes a una misma marca y modelo, ya que durante su ciclo de vida, cada equipo ha sido transformado en su interior para superar mal funcionamiento de sus componentes o complementado para responder a requerimientos de ampliación por parte de sus usuarios.
DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS SOLICITADOS
CONDICIONES DE APLICACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO PARA BIENES INFORMÁTICOS
I Los bienes informáticos arriba agrupados serán sometidos en su totalidad a operaciones de mantenimiento preventivo y correctivo. En ambos casos el servicio incluirá refacciones, mismas que deberán ser originales (de la misma marca y modelo que aquella refacción a la que reemplazan) y nuevas (sin uso previo).
II Las operaciones que cada tipo de estos bienes deberá recibir en cada ocasión para considerar que ha sido objeto de mantenimiento preventivo son:
1. Aspiración de polvo acumulado en interiores
2. Verificación de buen funcionamiento de sus puertos de abastecimiento eléctrico y de conexión con periféricos
3. Revisión de puertos de red
4. Limpieza externa del equipo (aplicación de crema ó líquido limpiador a las partes externas del equipo expuestas al medio ambiente y secado con trapo antiestático y que no emita pelusa)
5. Actualización de datos de cada bien en el inventario institucional
6. Cada bien en específico deberá ser objeto de las siguientes acciones:
Núm . | Bien informático | Operaciones que deberán aplicarse por cada tipo de bien para mantenimiento preventivo |
1 | Cámaras digitales | Prueba de componentes internos y partes mecánicas Revisión de interfaz de transferencia de información cámara-computadora Revisión de correcto funcionamiento y en su caso corrección del cerrado de la puerta de las baterías Sustitución de carcasa física en caso necesario |
2 | Computadoras personales y portátiles | Verificación de funcionamiento adecuado de la fuente de poder Aseguramiento de que las cubiertas, tornillos y componentes físicos se encuentren firmemente instalados y en caso contrario sustituirlos Eliminación de "juego" en los conectores externos de los diferentes puertos Revisión del buen funcionamiento de las tarjetas que tenga instaladas y de ser necesario sustitución de las mismas Eliminación del polvo acumulado al interior de la unidad central de proceso y del monitor Separación de la carcasa del monitor y lavado interno cuando se trate de un monitor de tubo xx xxxxx catódicos Limpieza de las cabezas de la disquetera y de las unidades lectoras y escritoras de discos compactos Las baterías de las computadoras portátiles deberán ser probadas y en caso de descompostura sustituidas Sustitución del teclado cuando los gráficos identificadores de cada tecla se encuentren borrados por el uso continuo Sustitución del ratón cuando este falle Operaciones mínimas a realizar con la configuración de la computadora: Desplazamiento físico del gabinete de la unidad central de procesamiento desde el lugar donde se encuentra hasta el lugar físico en el cual se proveerán las acciones de mantenimiento Instalación temporal del software de auditoría propiedad del licitante ganador y generación de reporte impreso de todos los programas contenidos en cada disco duro de la computadora. El reporte impreso deberá tener señalado claramente el número de inventario de informática del equipo, el nombre del usuario, la extensión telefónica del mismo y la fecha de toma de datos. Revisión de que tanto el sistema operativo como el software de aplicaciones de oficina cuenten con las últimas actualizaciones y/o parches: 1) El último service pack disponible para WINDOWS y OFFICE; 2) Antivirus Institucional y/o actualización de la configuración para autoactualización a través de la consola central antivirus; 3) Cualquier otra aplicación que el usuario haya tenido previamente instalada; Se deberá además: o Verificar que todos los driver’s o controladores del sistema estén |
Núm . | Bien informático | Operaciones que deberán aplicarse por cada tipo de bien para mantenimiento preventivo |
funcionando correctamente (de video, sonido, usb, red, chipset, etc.) o Visualizar archivos de log para verificar posibles fallas o Aplicar cualquier actualización crítica para los paquetes Adobe Reader, Java, Flash, Internet Explorer, Firefox o Remover ítems innecesarios en el escritorio de Windows y limpiar la historia de navegación en Internet Explorer y en su caso Mozilla Firefox o Respaldo de carpetas de datos (a petición del usuario) o Aplicar el antivirus a los archivos del usuario o Revisar que la configuración de Windows esté adaptada a la región “Latinoamérica”, incluyendo el uso de punto decimal en vez de la coma como separador de miles o Comprobar que los paquetes Word y Excel funcionen adecuadamente o Probar el acceso y el despliegue adecuado de la información contenida en SINTEVWEB e Intranet del INVI y/o en su caso a Internet. De resultar necesario deberá dejarse apropiadamente configurada o Al término de la actividad de mantenimiento, enviar una prueba de impresión y verificar que la misma se genere sin problemas o Responder a las inquietudes técnicas de los usuarios resguardantes o Cualquier otra actividad que sea especificada por el Coordinador del mantenimiento. | ||
3 | Concentradores, switches y ruteador | Prueba de funcionamiento adecuado de todos sus puertos y en su caso reparación Prueba de la fuente de poder y en caso de daño, hacer el remplazo correspondiente |
4 | Escáner | Prueba de funcionamiento adecuado Limpieza del cable de interfaz Prueba del buen funcionamiento de sus partes mecánicas, electrónicas y sustitución en caso xx xxxxx de las mismas |
5 | Firmadora electrónica de cheques | Configuración de la misma según sea requerida con la participación de la Empresa especializada |
6 | Impresora de inyección de tinta | Purgado de cartuchos Renovación de piezas de goma Revisión del buen funcionamiento de todos sus puertos de comunicación y en su caso sustitución del puerto dañado Limpieza externa del aparato servidor de impresión si es que lo tiene y revisión del buen funcionamiento de su eliminador de baterías Prueba del mecanismo interno, impresión y archivo de los resultados de autoprueba, prueba del mecanismo y pruebas específicas acorde al modelo |
7 | Impresora de matriz de puntos | Ajuste xx xxxxxxx Prueba de funcionamiento de puertos de comunicación e impresión, y en su caso instalación de tarjeta de puertos |
8 | Impresora láser | Renovación de piezas de goma Revisión del buen funcionamiento de todos sus puertos de comunicación y en su caso sustitución de la tarjeta con puerto dañado Revisión del buen estado de los rodillos metálicos de fusión y cilindros de impresión, y en caso de rayadura o doblez que ocasione manchones uniformes o rayas en la impresión, sustituirlo Limpieza externa del aparato servidor de impresión si es que lo tiene y revisión del buen funcionamiento de su eliminador de baterías Prueba del mecanismo interno, impresión y archivo de los resultados de |
Núm . | Bien informático | Operaciones que deberán aplicarse por cada tipo de bien para mantenimiento preventivo |
autoprueba, prueba del mecanismo y pruebas especificas acorde al modelo Limpieza de la corona de transferencia de la impresora Cualquier pieza contenida al interior de la impresora que sea diferente al cartucho de tóner será considerada para los propósitos de este contrato como una refacción | ||
9 | Módems externos | Prueba de funcionamiento adecuado Verificación del buen estado del puerto, corrigiendo el "juego" del mismo si fuera el caso Verificación y en su caso atornillado de la carcasa del módem Verificación del buen estado de su eliminador de baterías |
10 | Ploter | Revisión de las cabezas de impresión Afilado de las cuchillas de cortado de papel si fuere necesario Revisión de sus partes mecánicas y corrección de sus fallas En caso de que el equipo se encontrara descompuesto y no fuera capaz de soportar los requerimientos de impresión, las impresiones institucionales que deban ser efectuadas durante ese período, serán pagadas por el INVI pero reembolsadas por la Empresa de Mantenimiento |
11 | Proyector | En todos los casos, incluye el cambio de lámpara, aún cuando se presuma mal uso o que la misma haya concluido su vida útil por longevidad |
12 | Separadora- Cortadora de formas continuas | Canalización a mantenimiento preventivo a la Empresa que vendió el equipo al Instituto (entre otras operaciones, incluye: limpieza general, cambio de componentes de goma, calibrado, afilado de las cuchillas de cortado) |
13 | Servidores | Limpieza general externa de sus cuatro componentes (unidad central de proceso, monitor, ratón, teclado) Todas las operaciones adicionales que sean solicitadas El mantenimiento de este tipo de bienes deberá ser acordado con el Coordinador del Mantenimiento para ser realizado en horas no-hábiles, siendo realizado en todos los casos por personal especializado |
14 | Sistema Biométrico de Registro de asistencia | Canalización a mantenimiento preventivo a la Empresa que vendió el equipo al Instituto (entre otras operaciones, incluye: limpieza general externa e interna; puesta a punto del sistema; operaciones de mantenimiento a su base de datos; sustitución de partes mecánicas o de goma) Sincronización de los relojes internos de los equipos para que los mismos no muestren desfases entre sí Verificación de la conectividad de red. |
15 | Unidades de lecto-escritura de discos compactos y discos versátiles digitales | |
Calibrado xx xxxxxxx en su caso Reemplazo de la unidad completa en caso xx xxxxx | ||
16 | Unidades de Poder Ininterrumpible / Reguladores | Prueba del buen estado de las baterías y en su caso sustitución, independientemente de que el motivo de la falla sea la longevidad, variación de voltaje o consecuencia de un mal uso por parte de los usuarios Prueba del funcionamiento adecuado de cada contacto |
17 | Video Cámaras IP | Limpieza de lente, Calibrado del enfoque y ajuste de posición Aspirado de la unidad de alimentación XXX |
III. Durante el período de vigencia del contrato, el número de veces en que cada bien deberá recibir el servicio de mantenimiento preventivo será igual a dos, para el efecto, el calendario será establecido de común acuerdo entre el licitante ganador y la convocante.
CONDICIONES DE APLICACIÓN DEL MANTENIMIENTO CORRECTIVO DE BIENES INFORMÁTICOS
IV. El mantenimiento correctivo de cada bien se realizará a solicitud del personal técnico de la Unidad Departamental de Informática, excepto en el caso de los módulos y mesas de trámite, en los cuáles los usuarios locales del equipo de cómputo podrán levantar reportes directamente al recibir la visita del personal del licitante ganador en sitio, dichos reportes deberán ser atendidos de ser posible en la misma visita, o agendados para efectuarse en la fecha más próxima posible.
V. El licitante ganador procurará en todos los casos, efectuar las reparaciones que los bienes requieran dentro de las instalaciones del Instituto.
VI. Cuando el personal especializado en sitio del licitante ganador no pueda efectuar la reparación de un bien informático en un período máximo de 2 días hábiles a partir del momento en que se le solicitó su intervención, deberá proveer un equipo de características técnicas y configuración similar para que el área afectada pueda continuar su trabajo mientras recupera su dispositivo original ya reparado, condicionada su aceptación a la revisión técnica por parte del personal del Instituto.
DISPOSICIONES COMUNES PARA LA PRESTACIÓN DE AMBOS TIPOS DE MANTENIMIENTO
VII. El servicio se prestará en las instalaciones que el Instituto tiene ubicadas en las siguientes sedes:
1. Edificio con el número 660 en la xxxxx xx xxxxxx de la Colonia Granjas México (tomando como centro de operación las instalaciones de la J.U.D. de Informática en el quinto piso)
2. Módulos de Atención al Público (todos ubicados en el perímetro geográfico del Distrito Federal)
3. Las mesas de trámite correspondientes a estos módulos
4. Alguna instalación distinta a las arriba enunciadas que pudiera surgir como resultado de la reubicación física de cualesquiera de las áreas funcionales del Instituto
VIII. La vigencia del contrato será del primero de febrero al treinta y uno de diciembre de 2012.
IX. El licitante ganador deberá designar a cinco personas para que en su representación presten los servicios motivo del contrato al Instituto, quienes deberán estar disponibles en las instalaciones de la convocante de lunes a viernes de 9:00 a 19:00 horas durante el periodo de vigencia del contrato.
Cuatro de estas personas deberán contar con el siguiente perfil profesional comprobable como mínimo: poseer cien por ciento de los créditos de cualquiera de las siguientes Licenciaturas:
Ingeniería en Computación Ingeniería en Sistemas Ingeniería en Electrónica Licenciatura en Informática
Licenciatura en Sistemas Computacionales
Cualquier otra Licenciatura sólo será aceptada en caso de tener una concentración de materias pertenecientes al área de Informática de por lo menos 40% de su contenido temático
El quinto elemento deberá acreditar haber cursado como mínimo el bachillerato o alguna opción técnica terminal equivalente. En cambio, el estatus profesional que se solicita para el resto de los integrantes del equipo, deberá ser comprobado en la presentación de la propuesta técnica de la licitación, incluyendo copia del título profesional, cédula profesional, o carta de pasantía de cada una de las cuatro personas mencionadas. La convocante se reserva el derecho de solicitar en cualquier momento vista de los documentos originales correspondientes. Igualmente, el licitante deberá comprobar el vínculo existente entre su Empresa y el trabajador mediante la presentación de cualquier documento oficial que acredite la relación patronal que guarda con estas personas.
Las personas que sean presentadas por el licitante ganador como titulares de la prestación de este servicio, deberán ser las mismas que brinden al Instituto los servicios de mantenimiento de referencia durante el período de vigencia del contrato, y sólo se aceptarán cambios en caso de deceso o renuncia de los titulares, ambas situaciones deberán ser comprobadas al Instituto mediante la comprobación de la baja ante el IMSS. En este caso, el titular reemplazante deberá cumplir con el mismo requisito de estudios profesionales.
Los titulares se amoldarán al horario que les sea establecido, independientemente del horario de trabajo que posea el personal técnico-operativo o de confianza de la Convocante o del Licitante ganador. El horario de comida deberá escalonarse entre sus miembros para garantizar al Instituto la continuidad ininterrumpida en sus operaciones.
Las tareas a desarrollar por parte de este equipo son:
1. Provisión del mantenimiento preventivo y correctivo a todos los bienes enunciados, registrando los datos asociados a los servicios efectuados y verificando la conformidad de los usuarios, a través del sistema de registro de soportes a usuarios Help-Desk, desarrollado al interior del instituto.
2. Prestación de servicios de soporte técnico a los usuarios institucionales en sitio y vía telefónica, incluyendo la comprobación de la solución de la duda técnica planteada por el usuario o la solución del servicio solicitado.
3. Configuración, operación y tunning de software de base y aplicación de la plataforma Windows.
Independientemente de las operaciones base que realicen, el personal de la Empresa contratada participará cuando le sea requerido en las actividades extraordinarias que le sean solicitadas por el titular de la Unidad Departamental de Informática.
El licitante ganador podrá ingresar personal técnico adicional a las personas arriba mencionadas para llevar y traer equipo, oficios o alguna otra operación de mensajería, pero ninguna de esas personas podrá relevar en sus funciones a los titulares mencionados.
Los cuatro colaboradores del licitante ganador deberán poseer una antigüedad mínima de nueve meses naturales previamente a la presentación de la propuesta técnica.
El INVI a través de la Unidad Departamental de Informática evaluará el desempeño y actitud en la prestación de los servicios de los diferentes elementos de la Empresa de mantenimiento en todo momento, pudiendo solicitar en cualquier momento su reemplazo.
X. El licitante ganador deberá presentar al término de cada mes comprobación fehaciente de la asistencia diaria de su personal a las instalaciones del Instituto y del cumplimiento del horario establecido, la presentación de esta comprobación constituirá requisito indispensable para que tenga lugar el proceso administrativo necesario para el pago de las parcialidades mensuales.
XI. En caso de cierre de las instalaciones institucionales por manifestantes o por simulacro de evacuación, el personal perteneciente al Licitante ganador deberá esperar en las inmediaciones del edificio hasta que éstas sean abiertas e incorporarse inmediatamente. En caso de interrupciones extraordinarias a las jornadas labores por instrucciones del Director General del Instituto en ocasión de algún feriado extraordinario, el personal de la Empresa de mantenimiento deberá solicitar instrucciones al responsable del Instituto encargado de su coordinación antes de proceder a retirarse.
XII. El licitante ganador deberá crear una librería de driver’s o controladores correspondientes a todas las marcas y modelos de computadoras e impresoras del Instituto para los sistemas operativos Windows 98, 2000, XP, VISTA y 7, poniéndola al alcance del personal técnico del Instituto.
XIII. El licitante ganador deberá contar con un vehículo que le permita desplazar a su personal y/o a los bienes informáticos del Instituto entre sus instalaciones y/o las del Instituto, mismo que estará dedicado exclusivamente a estas labores. Para acreditar la propiedad del vehículo, el licitante concursante deberá presentar copia de la factura que obtuvo al adquirirlo. El Instituto no estará obligado a proveer el servicio de estacionamiento para este vehículo o ningún otro propiedad de los colaboradores del Licitante ganador.
XIV. Cuando el licitante ganador carezca de refacciones para efectuar la reparación de un bien informático, debido a que las mismas no se encuentren en el mercado por causa de la obsolescencia del bien sujeto a reparación, o resulten más caras que un bien más moderno del mismo género con características iguales o superiores en el mercado, el licitante ganador deberá adquirir el nuevo y transferir su dominio al Instituto, dejando constancia del movimiento efectuado mediante un oficio dirigido al representante legal del Instituto. Ese bien quedará en posesión del Instituto en forma permanente aún después de concluida la vigencia del contrato de mantenimiento.
Por cuestiones de inventario, el Instituto requiere que permanezcan en el Instituto los bienes originales que hayan sido sustituidos por otros, aún cuando los mismos no hayan podido repararse por falta de refacciones.
XV. El licitante ganador podrá desplazar herramienta y equipo de cómputo para uso de su personal en el Instituto, y para el efecto le será asignada un área de trabajo en el edificio principal del INVI. Todos los bienes que ingresen por este concepto al Instituto, deberán ser documentados y mostrados al personal de vigilancia y al personal técnico que los coordine.
XVI. Durante el desarrollo de sus funciones en el Instituto, el personal del licitante ganador deberá portar en lugar visible un gafete de identificación con foto que lo acredite como miembro de su empresa.
XVII. El licitante ganador deberá comprobar la posesión de al menos dos máquinas sopladoras/aspiradoras de mano silenciosas, cuyo ruido no distraiga al personal del Instituto en la ejecución de sus tareas cotidianas y mediante las cuales
deberán llevarse a cabo las operaciones locales de mantenimiento, estos equipos deberán cumplir con el siguiente perfil técnico como mínimo:
Característica | Parámetro mínimo de cumplimiento |
Cilindrada | 24.0 cm3 (1.5 pulgadas2) |
Potencia | 1.2 HP |
Peso seco | 4.3 kg |
Paso de aire | 8.7 m3/minuto |
Rendimiento | 267 Km/hora |
Capacidad | 0.420 litros |
Mezcla | 50:1 (nafta:aceite) |
XVIII. Debido a que algunos de los bienes a los que se brindará mantenimiento no pueden ser sometidos a operaciones de mantenimiento en horas hábiles por ser de carácter crítico para la operación del Instituto, será necesario que el licitante ganador se ocupe de ellos en un horario que deberá ser concertado con el titular de la Unidad Departamental de Informática, pudiendo ser atendidos en xxxxxx, xxxxxxx o por la noche de lunes a viernes.
Entre estos bienes se encuentran la máquina firmadora de cheques, la máquina separadora-cortadora de formas continuas, el sistema biométrico de registro de asistencia, los servidores, concentradores y switches.
XIX. Serán causas de rescisión del contrato de mantenimiento preventivo y correctivo de bienes informáticos sin penalización para el Instituto:
0.Xx divulgación de contraseñas de acceso al software y/o hardware a cualquier persona que no forme parte de la Unidad Departamental de Informática.
2. El mal comportamiento de los técnicos en sitio (introducción e ingesta de alcohol o cualquier otro enervante, uso del equipo de cómputo del Instituto para ejecutar videojuegos, uso del equipo de cómputo del Instituto para la reproducción no autorizada de software, insultos físicos o verbales a cualquier miembro del personal del Instituto).
3. La falsificación de documentos escolares que comprueben la tenencia de estudios profesionales del personal prestador de servicios con las características solicitadas.
4. La negación del personal para colaborar en las actividades extraordinarias que le sean requeridas dentro del ámbito de las operaciones de la Unidad Departamental de Informática (por ejemplo el ordenamiento físico de un almacén de consumibles o el traslado físico de equipo de cómputo).
5. La negación de la prestación del servicio de mantenimiento correctivo a los bienes contemplados en el contrato, alegando desperfectos causados intencionalmente por parte del usuario, carestía en las refacciones, o la ejecución de una "reparación cosmética" (consistente en simular el correcto funcionamiento mediante el uso de artimañas temporales).
6. Incumplimiento en la presentación en tiempo y forma del material necesario para realizar el mantenimiento preventivo y correctivo.
El personal del licitante ganador que se presente al Instituto para la prestación de servicios o para la realización de algún trámite, deberá sin excepción plegarse al cumplimiento de la normatividad institucional.
XX. En tanto no haya sido formalizado el contrato de prestación de los servicios de mantenimiento preventivo y correctivo una vez otorgado el fallo, las cláusulas de este anexo técnico serán la fuente para la aclaración de controversias.
XXI. Los teclados, ratones, tarjetas de red, discos duros o cualquier refacción que utilice el licitante ganador para efectuar reparaciones, deberán ser nuevos y de características físicas iguales o superiores a aquellos que sustituyen.
Todos los bienes que sean sustituidos serán conservados por el Instituto y deberán ser rotulados, empacados y relacionados por el personal del licitante ganador a partir del número de equipo del cual fueron retirados.
XXII. El licitante ganador deberá contratar y poner a disposición del Instituto los siguientes servicios especializados:
Consecutivo | Servicio | Equipos protegidos |
1 | Mantenimiento preventivo y correctivo incluyendo refacciones con la Empresa JAPAY de México | Firmadora electrónica de cheques (2) |
2 | Mantenimiento preventivo y correctivo incluyendo refacciones con la Empresa “Importadora de Relojes S.A. de C.V.” | Hand Punch (3) |
3 | 20 horas de asesoría técnica en sitio con personal certificado por la Empresa ASPEL para la solución de problemas en el paquete COI (última versión) | Paquete COI |
4 | - 1 Póliza de Soporte Técnico Premier por un año. - 50 horas de asesoría técnica en sitio con personal certificado por la Empresa SICOSS en la última versión del software. | Paquete SICOSS |
XXIII. Para efectuar la limpieza física del equipo, el licitante ganador deberá utilizar únicamente productos industrializados y bajo ninguna circunstancia mezclas fabricadas por él mismo, por lo que se pide que el licitante concursante indique claramente los nombres y líneas de los productos que prevé utilizar. Todas estas sustancias deberán contenerse en envases herméticamente cerrados de fábrica y deberán ser desechados responsablemente. Deberá igualmente contar con un carrito (similar al utilizado en cafeterías para transporte de charolas) para el desplazamiento y traslado al interior de los edificios de los bienes informáticos.
XXIV. El personal del licitante ganador que sea canalizado a módulos y/o mesas de trámite para cualquier actividad, deberá recibir y resolver ahí mismo, cualesquier requerimiento de servicio técnico al equipo de cómputo que le sea externado por los usuarios del mismo. En caso de carecer de herramienta, refacciones o conocimientos técnicos suficientes para superar la falla del equipo en ese momento, deberá trasladar el equipo de cómputo al edificio principal del INVI y devolverlo al módulo o mesa de trámite una vez reparado.
XXV. El licitante ganador se compromete a restituir y/o reparar los bienes sin costo adicional para el Instituto cuando los mismos resultaren dañados y/o robados durante los desplazamientos que de los mismos deba efectuar.
XXVI. El licitante participante deberá presentar en su propuesta técnica un CD-ROM que contenga un archivo en formato WORD, que a su vez contenga una tabla de justificación del cumplimiento de todos y cada uno de los apartados que aquí fueron enunciados con número romano, de la forma en que se detalla en el siguiente.
EJEMPLO DE LLENADO DE TABLA PROBATORIA DE CUMPLIMIENTO DEL ANEXO TÉCNICO:
Requisito a cumplir | Elementos probatorios del cumplimiento |
... | ... |
... | ... |
IX. El licitante ganador deberá designar seis personas de tiempo completo en las Instalaciones del Instituto... | Las personas que forman parte de mi Empresa y que serán canalizadas a prestar los servicios solicitados son: Xxxx Xxxxxxx Xxxxx (pasante de Ingeniería en Computación de la UNITEC) Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx (titulada de la Licenciatura en Informática del IPN) Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx (pasante de la Licenciatura en Ciencias de la Computación de la UNAM) Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx (titulado de Ingeniería en Computación de la Universidad Tecnológica de Tláhuac) Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx (pasante de la Licenciatura en Actuaría) Se anexa copia de los documentos probatorios |
... | ... |
XIV. Cuando el licitante ganador carezca de refacciones para efectuar la reparación de un bien informático, debido a que.... | La Empresa tiene en almacén de propiedades dos ploters de marca EQUIS y modelo YE, superiores en características técnicas a aquellos propiedad del Instituto |
... | ... |
NOTA. Los puntos suspensivos indican la existencia de información.
XXVII. Este archivo será la base para la evaluación técnica del licitante participante, por lo que recomendamos ser muy cuidadoso en su llenado y en todo momento sustentar el cumplimiento con información comprobable, pues en caso de que aún con el contrato en marcha se llegase a constatar el incumplimiento de alguno de los requisitos enunciados, se suspenderá de inmediato la vigencia del contrato, aplicando además en penalización la fianza depositada.
XXVIII. En caso de que el personal del licitante ganador ocasione daños o desperfectos en las instalaciones del Instituto se obliga a repararlas, si el daño fuera en mobiliario o equipo deberá reponerlas y notificar a la Dirección de Administración.
XXIX: Las penas convencionales a que se hace acreedor el licitante ganador en caso de incumplimiento son:
Consecutivo | Situación sujeta a penalización | Pena convencional | Comentarios |
1 | Atraso en la reparación de un bien informático posterior a los 2 días hábiles transcurridos a partir de la recepción del reporte por el | Dos punto cinco por ciento del valor total de la facturación global mensual antes de IVA, por cada día hábil transcurrido | Para evitar ser sancionado, el licitante ganador deberá proveer un bien de características iguales o superiores al bien descompuesto en préstamo al |
Consecutivo | Situación sujeta a penalización | Pena convencional | Comentarios |
responsable técnico del servicio en sitio | instituto | ||
2 | Inexistencia de material necesario para efectuar los mantenimientos preventivos | Dos punto cinco por ciento del valor total de la facturación global mensual antes de IVA, por cada día hábil de incumplimiento en la presentación de ese material | Dado que el Instituto da por hecho que el licitante participante tiene la capacidad financiera suficiente para brindar el servicio sujeto a concurso, da por sentado igualmente que no resulta necesario que reciba anticipo alguno para que éste dote con material a su personal de servicio, ni que deba solicitar adelanto alguno en pagos para la compra del material |
3 | Falta unitaria a la jornada laboral del personal en sitio | Dos punto cinco por ciento del valor total de la facturación mensual global antes de IVA, por cada elemento y cada día hábil en que deje de asistir a cubrir su jornada laboral alguno de los elementos | El Instituto acepta la presentación de suplentes siempre y cuando sea en forma extraordinaria y temporal, y que además cumplan con los requisitos de formación escolar solicitados para el personal titular |
4 | Incumplimiento en el perfil escolar solicitado para el personal técnico en sitio | Dos punto cinco por ciento del valor total global de la facturación mensual por cada elemento en sitio | El Instituto se reserva el derecho de constatar con las Instancias que considere pertinentes, la veracidad de los datos de egreso o pertenencia a una Institución de Educación Superior de cada uno de los técnicos en sitio |