Contract
CONTRATO No. | 067- 2021 |
CLASE DE CONTRATO | PRESTACION DE SERVICIOS |
LUGAR Y FECHA | CONTRATACION, OCTUBRE 06 DE 2021 |
CONTRATANTE | SANATORIO DE CONTRATACION E.S.E. NIT: 890.205.335 - 2 R/L: XXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX Gerente |
CONTRATISTA | CONTROL CALIDAD RX S.A.S. NIT.: 901392080-9 R/L: XXXXXX XXXXXXXX XXXX XXXXXX Identificación: No. 1.000.000.000 xx Xxxxxxxx Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 35-40 XX XXXXX OF 229 Bucaramanga-Santander. Celular: 0000000000 |
OBJETO | “PRESTACIÓN DE SERVICIOS PARA LA REALIZACION DE LOS CONTROLES DE CALIDAD Y DE CALCULOS DE BLINDAJE A LOS EQUIPOS XX XXXXX X DEL SANATORIO DE CONTRATACION E.S.E” |
PLAZO DE EJECUCION | Sera de un (01) contado a partir de la suscripción del acta de inicio. |
VALOR | CUATRO MILLONES QUINIENTOS VEINTIDOS MIL PESOS ($4.522.000, oo) M/CTE. |
Entre los suscritos a saber, XXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX, mayor de edad y vecino del Municipio de Contratación, Departamento xx Xxxxxxxxx, identificado con la cédula de ciudadanía No. 13.743.021 de Bucaramanga, quien obra en nombre y representación legal del SANATORIO DE CONTRATACIÓN E.S.E., en su calidad de Gerente, según Decreto No. 0146 de 7 de Febrero de 2019, expedido por el Ministerio de Salud y Protección Social y Acta de Posesión de fecha 13 de febrero de 2019, autorizado para celebrar convenios y contratos a nombre del Sanatorio de Contratación E.S.E. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Acuerdo No. 06 xx xxxxxx 26 de 2014 “Por el cual se adopta el Estatuto Contractual del Sanatorio de Contratación, Empresa Social del Estado”; quien para efectos del presente contrato se denomina EL CONTRATANTE por una parte, y por la otra, XXXXXX XXXXXXXX XXXX XXXXXX, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.057.574.835 xx Xxxxxxxx, quien actúa en nombre y representación legal de la empresa CONTROL DE CALIDAD RX S.A.S, identificado con el NIT: 901392080-9 y Matrícula Mercantil No.00-000000-00 del 27 xx xxxxx de 2020, renovada el 25 xx xxxxx de 2020 de la Cámara de Comercio de Bucaramanga y quien afirma hallarse legalmente capacitado, sin inhabilidades e incompatibilidades de acuerdo con lo previsto artículo 8° de la Ley 80 de 1993, las contempladas en la Ley 1474 de 2011, el parágrafo segundo del artículo 3 del Manual de Contratación del Sanatorio de Contratación E.S.E y demás normas aplicables a la materia; quien para efectos del presente contrato se denominará EL CONTRATISTA, quienes suscribiremos el presente contrato previas las siguientes consideraciones: 1) Que el Sanatorio de Contratación Empresa Social del Estado es una entidad pública descentralizada del orden nacional, de naturaleza especial, con personería jurídica, de patrimonio propio y autonomía administrativa, integrante del Sistema Nacional de Seguridad Social en Salud, transformada en Empresa Social del Estado, mediante Decreto 1289 de 1994 y adscrita al Ministerio de Salud y Protección Social. 2) Que Conforme a lo dispuesto en la resolución 482 de 2018 "Por lo cual se reglamenta el uso de equipos
generadores de radiación ionizante, su control de calidad, la prestación de servicios de protección radiológica y se dictan otras disposiciones", las licencias de prestación de servicios de protección radiológico y control de calidad son la autorización que se expide a una persona natural o jurídica para prestar los servicios de protección radiológico y control de calidad sujeto al equipamiento y objetos de prueba que acredite el solicitante. 3) Que Para la realización de los controles de calidad y cálculos de blindajes, los prestadores de servicios de salud podrán contratar un prestador de servicios de protección radiológico y control de calidad con licencia expedida por el Ministerio de Salud y Protección Social. Los blindajes para la construcción, adaptación o remodelación deben ser avalados por normas de seguridad radiológica y aprobada por la autoridad competente. 4) Que de conformidad con los requerimientos de las diferentes áreas de la entidad y los establecidos en la resolución 482 de 2018, existe la necesidad de realizar el control de calidad y el cálculo de blindaje de los equipos xx xxxxx X de propiedad del Sanatorio de Contratación E.S.E 5) Que existe estudio de análisis de conveniencia y oportunidad suscrito por el Encargado xx Xxxxx X e Imágenes Diagnósticas y el encargado de Recursos Físicos del Sanatorio de Contratación E.S.E, que registra los aspectos fundamentales que permiten concluir la necesidad y conveniencia de realizar dicha contratación. 6) Que de conformidad con lo dispuesto en el numeral 31.1.1.2 del artículo 31 del Acuerdo 06 de 26 xx xxxxxx de 2014 “Por el cual se adopta el manual de contratación del Sanatorio de Contratación Empresa Social del Estado”, teniendo en cuenta que se trata de contratar una PRESTACION DE SERVICIOS, la selección del contratista se desarrollará mediante la modalidad de CONTRATACION DIRECTA causal “PARA CELEBRAR CONTRATOS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS, DE SALUD Y DE
APOYO A LA GESTIÓN”, razón por la cual se realizará una invitación directa a presentar oferta a una persona natural o jurídica que cumpla los requisitos exigidos en el presente estudio, en razón que no se requiere la obtención de varias ofertas. 7) Que existe disponibilidad presupuestal para atender el contrato según consta en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal (CDP) 21-00402 de fecha septiembre 10 de 2021, expedido por el jefe de Presupuesto de la Entidad. 8) Que por lo anterior se invitó a presentar oferta de manera directa a CONTROL DE CALIDA RX S.A.S, identificado con el NIT: 901392080-9, quien presentó su oferta dentro del término establecido para el efecto, propuesta que una vez analizada, se consideró que era la más adecuada para la entidad, toda vez que cumple con los requisitos de idoneidad y experiencia exigidos y su oferta económica no supera el presupuesto oficial establecido por la entidad. 9) Que de acuerdo a lo anterior, las partes hemos acordado suscribir el presente contrato el cual se regirá por las normas legales vigentes y por las siguientes clausulas así: CLÁUSULA PRIMERA. OBJETO Y ACTIVIDADES A DESARROLLAR: “PRESTACIÓN DE SERVICIOS PARA LA REALIZACION DE LOS CONTROLES DE CALIDAD Y DE CALCULOS DE BLINDAJE A LOS EQUIPOS XX XXXXX X DEL SANATORIO DE
CONTRATACION E.S.E”. A continuación, se describen las actividades que deberá desarrollar el contratista: a) Realizar control de calidad-RX periapical (Pruebas según documento guía ARCAL XLIX). b) Realizar control de calidad RX Portátil (Pruebas según documento ARCAL XLIX). c) Realizar cálculo de blindajes que incluirá las consideraciones tales como requisitos del fabricante, carga de trabajo, factor de uso, factor de ocupación y demás criterios radiológicos para cada barrera ART 21.4 23.4. d) Realizar niveles de referencia para diagnóstico para dar cumplimiento a los Artículos 21.7 y 24.3- Resolución 482 de 2018. e) Xxxxxxx asesoría para en documentación para licencia de equipo RX por Res 482 de 2018. Los documentos asesorados: manual de protección radiológica, Memoria descriptiva de la instalación, Evaluación de seguridad, procedimientos básicos y
verificación de los existentes, plan de capacitación anual, verificación de manual de vigilancia radiológica. f) Realizar plan de capacitación anual cumpliendo con lo establecido en el Anexo 5 de la Resolución 482 de 2018 en modalidad VIRTUAL. Incluye documento titulado PROGRAMA DE CAPACITACIÓN EN PROTECCIÓN RADIOLÓGICA. CLAUSULA SEGUNDA. VALOR Y FORMA DE PAGO: El valor del
presente contrato asciende a la suma CUATRO MILLONES QUINIENTOS VEINTIDOS MIL PESOS ($4.522.000, oo) M/CTE. FORMA DE PAGO: Se
cancelará mediante UN ÚNICO PAGO al finalizar las actividades y entrega del estudio y asesoría para la licencia, además de presentar la cuenta de cobro o factura de venta, certificación de cumplimiento expedida por el Supervisor del Contrato y constancia de pago de las obligaciones por conceptos de seguridad social integral (Salud, Pensión, Riesgos Laborales) y Parafiscales si a ello hubiere lugar. CLAUSULA TERCERA. PLAZO DEL CONTRATO: Sera de un (01) mes
contado a partir de la suscripción del acta de inicio. CLAUSULA CUARTA. DECLARACIÓN DEL CONTRATISTA: EL CONTRATISTA manifiesta conocer perfectamente la naturaleza del contrato a ejecutar, las normas legales que le son inherentes, los plazos y costos requeridos para ejecutar el objeto contractual, todo lo cual queda bajo su responsabilidad. CLAUSULA QUINTA. OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE: a) Efectuar los registros y operaciones presupuéstales y contables necesarios para cumplir cabalmente el pago de los bienes y/o servicios que el Contratista haya prestado a ésta con base en el presente contrato. b) Suministrar la información que sea requerida por el contratista para la correcta ejecución del contrato. c) Realizar la supervisión del contrato a través del funcionario designado por la gerencia. d)Pagar oportunamente el valor de los bienes y/o servicios, dentro de los plazos fijados en el contrato. CLAUSULA SEXTA. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: a)
Cumplir con el objeto y especificaciones técnicas del contrato en el plazo convenido. b) El contratista deberá atender con oportunidad los reclamos que se hagan por la mala prestación del servicio. c) Efectuar las respectivas correcciones que sobre el particular efectúe el supervisor del contrato. d) Será responsabilidad del contratista sufragar los gastos de salarios, prestaciones sociales, riesgos laborales, así como a las Cajas de Compensación Familiar, SENA, I.C.B.F y demás erogaciones que se generen por concepto del personal que vincule el contratista seleccionado para cumplir con el objeto del contrato y por ende El Sanatorio de Contratación E.S.E. no posee ningún vínculo laboral con dicho personal. e) Dar curso a las directrices impartidas por el supervisor del contrato con los requisitos exigidos para la ejecución del mismo. f) Suministrar al supervisor toda la información requerida para el ejercicio oportuno de su gestión.
g) Estar al día con el pago de las obligaciones laborales (Planilla de Seguridad Social integral) y parafiscales si a ellos hubiere lugar. h) Asumir los gastos que genere el futuro contrato de prestación de servicios. i) Responder ante las autoridades de los actos u omisiones que en el ejercicio de las actividades que, dentro del desarrollo del contrato, se cumplan, cuando con ellos se cause perjuicio a la administración o a terceros. j) Todos los costos en los que incurra el contratista (pasajes, viáticos, etc.) estará a su cargo y en ningún caso ocasionara pago alguno por parte del Sanatorio de Contratación E.S.E. k) Presentar con el visto bueno del supervisor del contrato el cronograma de capacitaciones y asesorías. l) Las demás que se requieran para el cabal cumplimiento del objeto contractual. CLAUSULA SEPTIMA. SUPERVISIÓN: La supervisión del presente Contrato de prestación de servicios será efectuada por el Encargado xx Xxxxx X e Imágenes Diagnósticas del Sanatorio de Contratación E.S.E., y el encargado de recursos físicos del Sanatorio de Contratación E.S.E, quienes tendrá la atribución de exigir al CONTRATISTA la ejecución idónea y
oportuna del objeto contratado, verificando que se cumpla con las especificaciones descritas en el objeto del mismo, dando cumplimiento a lo establecido en los artículos 44 al 47 del Acuerdo 06 de 2014, por el cual se Adopta el Manual de Contratación del Sanatorio de Contratación E.S.E, además de lo contemplado en la Ley 1474 de 2011 “Estatuto Anticorrupción”. CLAUSULA OCTAVA. IMPUTACIÓN PRESUPUESTAL: Los pagos que asume el CONTRATANTE en virtud del presente contrato, se sujetan a las apropiaciones presupuestales respectivas y se pagarán con recursos del presupuesto General de Gastos Vigencia 2021, Rubro A-02-02-02-008-007-01 Servicios de mantenimiento y reparación de productos metálicos elaborados maquinaria y equipo, de conformidad con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal (CDP) No. 21-00402 de fecha septiembre 10 de 2021, expedido por el jefe de Presupuesto de la entidad. CLAUSULA NOVENA. SOLUCION DIRECTA DE LAS
CONTROVERSIAS CONTRACTUALES: Se considera que las diferencias o discrepancias, surgidas de la actividad contractual, se solucionan de manera ágil, rápida y directa para lo cual se podrá acudir a la conciliación, transacción o cualquier otro mecanismo de solución de controversia contractual previsto en la ley. CLAUSULA DECIMA. GARANTIAS: De conformidad con lo dispuesto en el CAPITULO VII. LA GARANTIA EN EL PROCESO CONTRACTUAL. ARTÍCULO 50:
“La garantía será exigible en todos los procesos contractuales que celebre la empresa, pero será libre de exigirla o no en los procesos de contratación directa”. Para el caso de estudio no se exigirá póliza alguna, por tratarse de un contrato directo de prestación de servicios, en el cual el requisito para el pago es LA REALIZACION DEL CONTROL DE CALIDAD, CALCULO DE BLINDAJE Y ASESORIA PARA LICENCIAMIENTO DE EQUIPO RAYOS X DEL SANATORIO DE
CONTRATACION E.S.E., debido a que la entidad no corre riesgo alguno por cuanto el contratista al momento de no cumplir, no se le cancelara pago correspondiente. CLAUSULA DÉCIMO PRIMERA. CLAUSULAS EXORBITANTES: El presente contrato se regirá por el Derecho Privado, el Manual de Contratación de la entidad y acoge las cláusulas exorbitantes como terminación, modificación e interpretación unilateral y la caducidad, referidas en el parágrafo primero del artículo 3 del manual de contratación. CLAUSULA DÉCIMO SEGUNDA. CESIÓN: EL CONTRATISTA no podrá ceder ni total, ni parcialmente este contrato, ni subcontratar sin autorización expresa y por escrito del contratante. CLAUSULA DÉCIMO TERCERA. CAUSALES DE
TERMINACIÓN: Además de las causales de terminación previstas en la Ley y expresadas anteriormente, este contrato se podrá dar por terminado por: a) Mutuo acuerdo de las partes. b) Por el incumplimiento de alguna de las partes. c) Por la ocurrencia de hechos imprevisibles que imposibiliten su cumplimiento. CLAUSULA DÉCIMO CUARTA. DOMICILIO CONTRACTUAL Y SITIO DE
EJECUCIÓN DEL CONTRATO: Se pacta como domicilio contractual, El Sanatorio de Contratación E.S.E. ubicado en la xxxxx 0 Xx.0-00 xx Xxxxxxxxxxxx Xxxxxxxxx. CLAUSULA DÉCIMO QUINTA. INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: EL
CONTRATISTA manifiesta bajo la gravedad de juramento el cual se entiende prestado con la aceptación y firma del presente contrato, que no se halla incurso en ninguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad previstas en el artículo 8° de la Ley 80 de 1993, las contempladas en la ley 1474 de 2011 y demás normas aplicables a la materia en concordancia con el parágrafo segundo del artículo 3 del Manual de Contratación de la entidad. CLAUSULA DECIMO SEXTA. CLAUSULA DE INDEMNIDAD: El CONTRATISTA mantendrá indemne al SANATORIO DE CONTRATACION E.S.E., en cualquier demanda o acción judicial o administrativa con ocasión de la ejecución del presente contrato, por causas imputables al contratista. CLAUSULA DÉCIMO SÉPTIMA: DOCUMENTOS QUE
FORMAN PARTE INTEGRAL DEL CONTRATO. Forman parte integral del presente contrato los siguientes documentos: 1. Estudios previos. 2. Propuesta técnica y económica presentada por el Contratista. CLAUSULA DECIMO OCTAVA. PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN: El presente contrato se perfecciona con las firmas de los de los que intervinieron en el mismo y para su ejecución requiere el Registro Presupuestal expedido por el funcionario Encargado de Presupuesto del Sanatorio de Contratación E.S.E. y la suscripción del acta de inicio respectiva.
En constancia de entendimiento y aceptación del presente documento, se firma en dos
(02) ejemplares del mismo tenor y valor, a los seis (06) días del mes de octubre del año dos Mil Veintiuno (2021).
POR EL CONTRATANTE: POR EL CONTRATISTA:
(Original Firmado)
XXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX. XXXXXX XXXXXXX XXXX XXXXXX
Gerente R/L CONTROL CALIDAD RX X.XX.
Sanatorio Contratación E.S.E. Contratista.
Elaboró: | Xxxxxx Xxxxx Xxxxx Enc. Procesos Contractuales | |
|Revisó: | COMPROMISO SOLIDARIO-M.E.R.G. Asesoría Jurídica. |