DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN SUBDIRECCIÓN DE SERVICIOS GENERALES
DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN SUBDIRECCIÓN DE SERVICIOS GENERALES
DEPARTAMENTO DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO
PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN: | |
CARÁCTER: CLASIFICACIÓN: | NACIONAL. PRESENCIAL Y ELECTRÓNICA. |
NÚMERO DE COMPRANET: | LO-012NCZ002-E79-2022 |
TIPO: | MANTENIMIENTO. |
OBJETO DE LA CONTRATACIÓN: | MANTENIMIENTO A CASA DE MAQUINAS Y EDIFICIOS ADJUNTOS DEL INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRÍA, 2ª ETAPA. |
I N D I C E
PRESENTACIÓN ………………………………………………………………………………………… 3
GLOSARIO …….………………………………………………………………………………………… 4
SECCIÓN I
INFORMACIÓN ESPECÍFICA DE LOS TRABAJOS……………………………….………………… 6
SECCIÓN II
INFORMACIÓN DE LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ....…………………………………….. 13
SECCIÓN III
REQUISITOS PARA PARTICIPAR ……………………………………………………………………… 15
SECCIÓN IV
ACLARACIONES ………………………………………………………………………………………… 22
SECCIÓN V
ASPECTOS ECONÓMICOS ……………………………………………………………………………. 22
SECCIÓN VI
PROCEDIMIENTO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ……………………………………. 26
SECCIÓN VII
ENTREGA DE LAS PROPOSICIONES ……………....................................................................... 26
SECCIÓN VIII
CRITERIOS DE EVALUACIÓN ………………………………………………………………………….. 28
SECCIÓN IX
DESCALIFICACIÓN DE LICITANTES ………………………………………………………………… 36
SECCIÓN X
FALLO ……………………………………………………………………………………………………… 36
SECCIÓN XI
ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO …………………………………………………………………….. 36
SECCIÓN XII
CANCELACIÓN DE LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL …...…………………………………… 41
SECCIÓN XIII
DECLARACIÓN DE LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL DESIERTA ………………………….. 41
SECCIÓN XIV
INCONFORMIDADES, CONTROVERSIAS Y SANCIONES ………………………….…………….. 42
SECCIÓN XV
PENAS CONVENCIONALES .………………………….…………….………………………………… 42
SECCIÓN XVI
RESPONSABILIDADES .………………………….…………….…………………………….………… 43
SECCIÓN XVII
PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN MATERIA DE CONTRATACIONES PÚBLICAS .………….. 43
ANEXOS ……………………………………………………………..................................................... 44
MANTENIMIENTO A CASA DE MAQUINAS Y EDIFICIOS ADJUNTOS DEL INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRÍA, 2ª ETAPA.
DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN SUBDIRECCIÓN DE SERVICIOS GENERALES
DEPARTAMENTO DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO
P R E S E N T A C I Ó N
El INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRÍA, con domicilio oficial en Avenida Insurgentes Sur Número 3700-C, Colonia Insurgentes Cuicuilco, Alcaldía Coyoacán, Código Postal 04530, Ciudad de México, en cumplimiento a lo establecido en el Artículo 134 de la CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; los Artículos 3, 27 fracción I, 30 fracción I, 31, 32, 45 fracción I, 50 fracción I de la LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS (en adelante La Ley),
y, Artículos 31, 34, 35, 63 fracción II, 138 y 141, de su Reglamento en lo sucesivo “Reglamento”, Artículo único del Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental denominado CompraNet; así como el Protocolo de Actuación en materia de Contrataciones Públicas, Otorgamiento y Prórroga de Licencias, Permisos, Autorizaciones y Concesiones y, demás disposiciones relativas vigentes aplicables en la materia, convoca a todas las personas físicas x xxxxxxx interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. LO-012NCZ002-E79-2022, cuyo objeto es la contratación de
“MANTENIMIENTO A CASA DE MAQUINAS Y EDIFICIOS ADJUNTOS DEL
INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRÍA, 2ª ETAPA.”; conforme a la siguiente:
C O N V O C A T O R I A
LAS BASES DE LA LICITACIÓN ES A PRECIOS UNITARIOS Y TIEMPO DETERMINADO, EL PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN SE REALIZARÁ MEDIANTE EL MECANISMO DE PUNTOS Y PORCENTAJES, Y SE LLEVARÁ A CABO CONFORME A LOS LINEAMIENTOS EMITIDOS POR LA SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA (SFP) PUBLICADOS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN (DOF) DE FECHA 9 DE SEPTIEMBRE DE 2010 Y DEMÁS DISPOSICIONES LEGALES APLICABLES EN LA MATERIA.
MANTENIMIENTO A CASA DE MAQUINAS Y EDIFICIOS ADJUNTOS DEL INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRÍA, 2ª ETAPA.
GLOSARIO DE TÉRMINOS
Para efectos de esta Licitación Pública Nacional se entenderá por:
ÁREA CONTRATANTE: | Es la facultada en la dependencia o entidad para realizar procedimientos de contratación. |
ÁREA REQUIRENTE: | La que de acuerdo a sus necesidades solicite y requiera la obra. |
ÁREA TÉCNICA: | La que establece las especificaciones y normas de carácter técnico aplicables en la presente licitación, evalúa las propuestas de las proposiciones y da seguimiento al desarrollo de la obra pública. |
COMPRANET: | |
CONTRATISTA: | Persona moral o física que celebre el contrato de obra pública motivo de la presente convocatoria. |
CONTRATO: | Acuerdo de voluntades que crean derechos y obligaciones entre el Instituto Nacional de Pediatría y el Licitante Adjudicado. |
CONVOCANTE: | Dirección de Administración del INP. |
CONVOCATORIA: | Documento en el cual se establece las bases en que se desarrollará el procedimiento de contratación y se describen los requisitos de participación. |
DOF: | Diario Oficial de la Federación. |
INSTITUTO O INP: | Instituto Nacional de Pediatría. |
LICITANTE: | La persona moral o física que participe en la presente Licitación Pública Nacional. |
LOPSRM X XXX | Xxx de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. |
MIPYMES: | Las Micro, Pequeñas y Medianas empresas de nacionalidad mexicana a que hace referencia la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa. |
OIC: | El Órgano Interno de Control en el Instituto Nacional de Pediatría. |
PARTIDA: | Clasificación de conceptos de trabajo de acuerdo a su aplicación o especialidad. |
PROPOSICIÓN(ES): | Documentación que contiene las Proposición(es) Técnica(s) y Económica(s) del o (los) Licitante(s), así como aquella distinta a éstas. |
RLOPSRM O REGLAMENTO | Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. |
SE: | Secretaría de Economía. |
MANTENIMIENTO A CASA DE MAQUINAS Y EDIFICIOS ADJUNTOS DEL INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRÍA, 2ª ETAPA.
SECRETARÍA: | Secretaría de Hacienda y Crédito Público. |
SFP: | Secretaría de la Función Pública. |
SOBRE CERRADO: | Cualquier medio que contenga la proposición del licitante, cuyo contenido sólo puede ser conocido en el acto de presentación y apertura de proposiciones. |
TESOFE: | La Tesorería de la Federación. |
PROTOCOLO: | Acuerdo por el que se expide el protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamientos y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones. Emitido por la Secretaría de la Función Pública. |
MANTENIMIENTO A CASA DE MAQUINAS Y EDIFICIOS ADJUNTOS DEL INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRÍA, 2ª ETAPA.
SECCIÓN I
INFORMACIÓN ESPECÍFICA DE LOS TRABAJOS
a) CONVOCANTE Y CONTRATANTE:
La CONVOCANTE en el presente Procedimiento de Contratación es el INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRÍA a través de la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN, con domicilio en Avenida Insurgentes Sur Número 3700-C, Colonia Insurgentes Cuicuilco, Alcaldía Coyoacán, Código Postal 04530, Ciudad de México.
El Área CONTRATANTE es la SUBDIRECCIÓN DE SERVICIOS GENERALES a través del
DEPARTAMENTO DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMEINTO, con el mismo domicilio citado en el inciso anterior de esta SECCIÓN.
b) INICIO Y TERMINO DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN:
El Procedimiento de Contratación por Licitación Pública Nacional, se inicia con la publicación de la Convocatoria y concluye con la Emisión del Fallo y la Firma del Contrato o, en su caso, con la cancelación del Procedimiento de Contratación.
c) OBTENCIÓN DE LA CONVOCATORIA Y FORMA DE PARTICIPAR EN EL PROCEDIMIENTO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL:
Para participar en la LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NÚMERO LO-012NCZ002-E79-2022
mediante el procedimiento establecido en los Artículos 27 Fracción I y 30 Fracción I de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, inherentes a la ejecución de los trabajos de “MANTENIMIENTO A CASA DE MÁQUINAS Y EDIFICIOS ADJUNTOS DEL INSTITUTO
NACIONAL DE PEDIATRÍA, 2ª ETAPA”. A continuación, se establecen los lineamientos que los Licitantes deberán tomar en consideración para la formulación de sus respectivas Proposiciones Técnicas y Económicas.
La Convocatoria a la LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NÚMERO LO-012NCZ002-E79-2022 se
encuentra disponible para su consulta en el Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental “COMPRANET” y su obtención será gratuita, independientemente de encontrarse a disposición de los interesados, para su consulta, un ejemplar impreso de la Convocatoria a la Licitación en las oficinas de la Jefatura del Departamento de Conservación y Mantenimiento, dependiente de la Subdirección de Servicios Generales, ubicada en Avenida Insurgentes Sur Número 3700-C, Colonia Insurgentes Cuicuilco, Delegación Coyoacán, Código Postal 04530, Ciudad de México, Planta Baja del Edificio de Administración, con horario de 9:00 a 15:00 horas, de igual forma los planos correspondientes estarán disponibles en forma digital, y podrán ser consultados por cualquier Licitante interesado en participar. La copia exclusivamente será para consulta, sin que el INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRÍA se encuentre obligado a entregar un ejemplar impreso de la misma a las Personas Físicas x Xxxxxxx que deseen participar.
Es requisito indispensable la obtención de la Convocatoria a la Licitación Pública Nacional Número LO-012NCZ002-E79-2022 y las Personas Físicas y Personas Xxxxxxx que pretendan solicitar aclaraciones a los aspectos contenidos en la Convocatoria durante la Junta de Aclaraciones, deberán presentar un escrito manifestando su deseo de participar en la Licitación Pública Nacional de referencia.
Así, para poder intervenir en el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones, el Licitante deberá presentar un escrito en el que su firmante manifieste bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse, por si o por su representada. Por el hecho de presentar Proposiciones, el Licitante acepta y se obliga a cumplir con las condiciones establecidas en esta Convocatoria y en la(s) Acta(s) de la(s) Junta(s) de Aclaraciones, sin poder renunciar a su contenido y alcances, en el entendido que solo podrá presentar una Proposición para esta LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NÚMERO LO-012NCZ002-E79-2022.
MANTENIMIENTO A CASA DE MAQUINAS Y EDIFICIOS ADJUNTOS DEL INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRÍA, 2ª ETAPA.
El escrito al que se refiere el Párrafo anterior deberá elaborarse en cumplimiento del Artículo 61 Fracción VI del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y contener lo siguiente:
i. DEL LICITANTE:
Registro Federal de Contribuyentes, Nombre y Domicilio.
Para personas xxxxxxx, además; Descripción del Objeto Social de la Empresa, Número y Fecha de Escrituras Públicas en las que conste Acta Constitutiva, señalando Nombre, Número y circunscripción xxx Xxxxxxx Público que las protocolizó, así como fecha y datos de su inscripción en el Registro Público de Comercio que le correspondiera y relación de los socios que aparecen en éstas.
ii. DEL REPRESENTANTE LEGAL DEL LICITANTE:
Datos de las Escrituras Públicas en las que le fueron otorgadas las facultades de representación y su identificación oficial, ratificando o rectificando su domicilio actual.
Previo a la Firma del Contrato, el Licitante ganador deberá presentar original o copia certificada para su cotejo, de los Documentos con los que se acredite su existencia legal y las facultades de su representante para suscribir el Contrato correspondiente.
Si el escrito no se presenta, se permitirá el acceso a la Junta de Aclaraciones a la persona que lo solicite en calidad de observador, en términos del Penúltimo Párrafo del Artículo 27 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
d) RELACIÓN DE ANEXOS:
A continuación, se relacionan los Anexos que forman parte de la presente Convocatoria y que deberán estar integrados por cada Licitante en su Proposición Técnica y Económica:
Anexo número 1: | Documentación Requerida. |
Anexo número 2: | Formato de Acreditación de Personalidad Jurídica. |
Anexo número 3: | Formato bajo protesta de decir verdad que no se encuentran en los supuestos establecidos en los Artículos 51 y 78 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. |
Anexo número 4: | Modelo de Contrato. |
Anexo número 5: | Anexo Técnico (Alcance de los Trabajos). |
Anexo número 6: | Formatos para la Presentación de la Proposición Económica. |
e) LUGAR DE LOS TRABAJOS:
La Casa de Máquinas de servicios generales y su Subestación Eléctrica, así como las zonas adjuntas, se encuentran ubicadas en la Planta Baja del edificio de Planeación del INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRÍA, que está ubicado en el domicilio establecido en el INCISO a) de la SECCIÓN I de esta Convocatoria.
f) PERIODO DE EJECUCIÓN:
El(los) Licitante(s) deberá(n) cotizar los trabajos considerando un periodo máximo de ejecución de obra de 138 (Ciento treinta y ocho) días naturales, a partir de la firma del Contrato.
g) NORMAS DE CALIDAD:
Conforme a lo establecido por el Artículo 22 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, los Licitantes que postulen Proposiciones en la presente
MANTENIMIENTO A CASA DE MAQUINAS Y EDIFICIOS ADJUNTOS DEL INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRÍA, 2ª ETAPA.
Convocatoria, se comprometen a que los trabajos que ofertan, cumplirán con las Normas Oficiales Mexicanas y Normas Mexicanas e Internacionales; tomando como base las Especificaciones Generales de Construcción del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
NORMAS OFICIALES MEXICANAS (NOM):
NOM-005-CNA-1996
Fluxómetros, especificaciones y métodos de prueba. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 16 del mes de octubre del año 1996.
NOM-007-ENER-2014
Eficiencia energética para sistemas de alumbrado en edificios no residenciales. Modificación publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 07 del mes xx xxxxxx del año 2014. Esta Xxxxx xxxxxxx y sustituye a la NOM-007-ENER-2004 Eficiencia energética en sistemas de alumbrado en edificios no residenciales. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 15 del mes xx xxxxx del año 2005.
NOM-008-ENER-2001
Eficiencia energética en edificaciones, envolventes de edificios no residenciales. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 25 del mes xx xxxxx del año 2001.
NOM-008-SCFI-2002
Sistema general de unidades de medida. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 27 del mes de noviembre del año 2002. Modificación publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 24 del mes de septiembre del año 2009.
NOM-002-SECRE-2010
Instalaciones de aprovechamiento de gas natural. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 09 del mes de febrero del año 2011. Esta Xxxxx xxxxxxx y sustituye a la NOM-002- SECRE-2003 Instalaciones de aprovechamiento de gas natural.
NOM-001-SEDE-2012
Instalaciones eléctricas (utilización). Publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 29 del mes de noviembre del año 2012. Esta Xxxxx xxxxxxx y sustituye a la NOM-001-SEDE-2005 publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 13 del mes xx xxxxx del año 2006.
NOM-003-SEGOB-2011
Señales y avisos para protección civil. Colores, formas y símbolos a utilizar. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 23 del mes de diciembre del año 2011. Esta Xxxxx xxxxxxx y sustituye la NOM-003-SEGOB/2002 Señales y avisos para protección civil. Colores, formas y símbolos a utilizar. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 17 del mes de septiembre del año 2003.
NOM-012-SSA1-1993
Requisitos sanitarios que deben cumplir los sistemas de abastecimiento de agua para uso y consumo humano públicos y privados. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 12 del mes xx xxxxxx del año 1994.
NOM-127-SSA1-1994
Salud ambiental. Agua para uso y consumo humano. Límites permisibles de calidad y tratamiento a que debe someterse el agua para su potabilización. Modificación publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 22 del mes de noviembre del año 2000.
NOM-002-STPS-2010
Condiciones de seguridad, prevención y protección contra incendios en los centros de trabajo. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 08 del mes de septiembre del año 2000. Modificación publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 09 del mes de diciembre del año 2010.
NOM-026-STPS-2008
Colores y señales de seguridad e higiene e identificación de riesgos por fluidos conducidos en tuberías. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 25 del mes de noviembre del año 2008.
NOM-100-STPS-1994
Seguridad, extintores contra incendio a base de polvo químico seco con presión contenida, especificaciones. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 08 del mes de enero del año 1996.
NOM-101-STPS-1994
Seguridad, extintores a base de espuma química. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 08 del mes de enero del año 1996.
NOM-102-STPS-1994
Seguridad, extintores contra incendio a base de bióxido de carbono, parte 1: recipientes. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 28 del mes de septiembre del año 1994.
NOM-103-STPS-1994
Seguridad, extintores contra incendio a base de agua con presión contenida. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 10 del mes de enero del año 1996.
NORMAS MEXICANAS (NMX):
NMX-I-248-NYCE-2008
Telecomunicaciones, cableado, cableado estructurado genérico, cableado de telecomunicaciones para edificios comerciales, especificaciones y métodos de prueba. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 09 del mes de octubre del año 2008. Esta Xxxxx xxxxxxx y sustituye a la NMX-I-248-NYCE-2005.
NMX-J-098-ANCE-2014
Sistemas eléctricos, tensiones eléctricas normalizadas. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 16 del mes xx xxxxx del año 2015. Esta Xxxxx xxxxxxx y sustituye a la NMX-J- 098-ANCE-1999.
NMX-J-118/1-ANCE-2000
Productos eléctricos, tableros de alumbrado y distribución en baja tensión, especificaciones y métodos de prueba. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 18 del mes xx xxxxxx del año 2000. Esta Xxxxx xxxxxxx y sustituye a la NMX-J-118-1978.
NMX-J-118/2-ANCE-2000
Productos eléctricos, tableros de distribución de fuerza en baja tensión, especificaciones y métodos de prueba. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 18 del mes xx xxxxxx del año 2000.
NMX-J-142-ANCE-2011
Conductores, cables de energía con pantalla metálica, aislados con polietileno xx xxxxxx cruzada o a base de etileno-propileno para tensiones de 5 kv a 35 kv, especificaciones y métodos de prueba. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 07 del mes de Julio del año 2011. Esta Xxxxx xxxxxxx y sustituye a la NMX-J-142-ANCE-2000 y la NMX-J-142/1-ANCE- 2009.
NMX-J-266-ANCE-2014
Interruptores, interruptores automáticos en caja moldeada, especificaciones y métodos de prueba. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 24 del mes de noviembre del año 2014. Esta Xxxxx xxxxxxx y sustituye a la NMX-J-266-ANCE-1999.
NMX-J-353-ANCE-2008
Centros de control de motores, especificaciones y métodos de prueba. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 22 del mes de Julio del año 2008. Esta Xxxxx xxxxxxx y sustituye a la NMX-J-353-ANCE-1999.
NMX-511-ANCE-2011
Soportes para conductores eléctricos, sistemas de soportes metálicos tipo charola, especificaciones y métodos de prueba. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 07 del mes de Julio del año 2011. Esta Xxxxx xxxxxxx y sustituye a la NMX-J-511-ANCE-1999.
NMX-J-535-ANCE-2008
Tubos rígidos xx xxxxx tipo semipesado y sus accesorios para la protección de conductores, especificaciones y métodos de prueba. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 15 del mes xx xxxxxx del año 2008. Esta Xxxxx xxxxxxx y sustituye a la NMX-J-535-ANCE-2001.
NMX-J-549-ANCE-2005
Sistema de protección contra tormentas eléctricas, especificaciones, materiales y métodos de medición. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 15 del mes xx xxxxx del año 2006. Primera edición.
TODAS LAS ESTANDARIZACIONES NYCE Y ANCE APLICABLES, EN SU CASO.
NORMAS Y LIENEAMIENTOS INTERNACIONALES:
Se tomarán en cuenta, solamente como complemento a la Reglamentación Nacional vigente o en los casos especiales en los cuales no exista Reglamentación Nacional de referencia obligatoria.
American Concrete Institute (ACI).
American Institute of Steel Construction (AISC). American Society for Testing and Materials (ASTM). American Welding Society (AWS) Code.
ANSI American National Standard Institute (Instituto Nacional Norteamericano de Estándares). ANSI C2-1981 Código Nacional de Seguridad Eléctrica. Rev. “0”.
ANSI/UL 797 Tubería Metálica Eléctrica.
ASHRAE American Society of Heating, Refrigeration and Air-conditioning Engineers.
EIA/TIA Electronic Industries Association (Asociación de Insdustrias Electrónicas) / Telecomunications Industry Association (Asociación de Industrias de Telecomunicaciones).
XXX-000, XXX-000X Norma de Cableado de Telecomunicaciones en Edificios.
EIA-569 Norma de las Rutas de Cableado y Espacios de Telecomunicaciones para Edificaciones.
EIA-569-A Norma de las Rutas de Cableado y Espacios de Telecomunicaciones para Edificaciones en cableado categoría 6A.
EIA—606 Norma de Administración para la Infraestructura de Telecomunicación de Edificios. FCC Federal Comunication Comision (Comisión Federal de Comunicaciones).
IEEE Institute of Electrical and Electronic Engineers (Instituto de Ingenieros Eléctricos y Electrónicos).
ISO International Standards Organization (Organización Internacional de Estándares). ISO/IEC DIS 11801.
NEC Código Eléctrico Nacional.
NEMA Asociación Nacional de Manufactura Eléctrica. NENA VE1Sistemas de Bandeja de Cable.
NFPA 20 Installation Stationary Pumps for Fire Protection. NFPA 70-1999 (NEC).
NFPA 99 C-2005 Sistemas de Vacío y Gases (Estándares para Instalaciones de Gases Medicinales).
REGLAS Y REGULACIONES DE LA FFC (Parte 68).
UIT Unión Internacional de Telecomunicaciones.
UL Underwrites Laboratories (Laboratorios de Certificación). UL 497 Equipos de Conexión a Tierra y Unión de Tierras.
ESTÁNDARES Y REGLAMENTOS:
Ley Ambiental del Distrito Federal. Publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el día 13 del mes de enero del año 2000. Última reforma publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el día 18 del mes de noviembre del año 2015.
Manual de Diseño de Obras Civiles de la Comisión Federal de Electricidad. Por sismo, viento y estructura.
NADF-008-AMB-2005 Especificaciones Técnicas para Aprovechamiento de la energía solar para calentamiento de agua en albercas, fosas de clavados, regaderas, lavamanos, usos de cocina, lavanderías y tintorerías. Publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el día 07 del mes xx xxxxx del año 2006.
Normas de Teléfonos de México (TELMEX).
Normas establecidas por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT).
RRF-022-PEMEX-2008 Norma de Referencia para Redes de Cableado Estructurado. Redes de cableado estructurado de telecomunicaciones para edificios administrativos y áreas industriales. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 19 del mes xx xxxxx del año 2008. Esta Norma de referencia cancela y sustituye a la NRF-022-PEMEX-2004.
Reglamento de Construcciones del Distrito Federal. Publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el día 29 del mes de enero del año 2004, última reforma publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el día 19 del mes xx xxxxx del año 2021.
Reglamento de la Ley General de Protección Civil. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 13 del mes xx xxxx del año 2014, última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 09 de diciembre del 2015.
LEYES:
Ley Ambiental del Distrito Federal y sus Normas Técnicas Complementarias Respectivas ó Supletoriamente. Publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el día 13 del mes de enero del año 2000. Última reforma publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el día 18 del mes de noviembre del año 2015.
Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 04 del mes de enero del año 2000. Última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 20 del mes xx xxxx del año 2021.
Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 20 del mes xx xxxxxx del año 2001. Última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 28 del mes de Julio del año 2010.
Ley Federal sobre Metrología y Normalización. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 01 del mes de Julio del año 1992. Última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 30 del mes xx xxxxx del año 2009.
Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 14 del mes de enero del año 1999. Última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 28 del mes de noviembre del año 2012.
Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 28 del mes de enero del año 1988. Última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 09 del mes de enero del año 2015.
Ley General de Salud. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 07 del mes de febrero del año 1984. Última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 16 del mes xx xxxx del año 2022.
Leyes Estatales y Reglamentos Estatales y Municipales Aplicables. Y TODAS LAS APLICABLES AL CASO.
h) MODIFICACIONES QUE PODRÁN EFECTUARSE:
i. A LA CONVOCATORIA:
La presente Convocatoria se podrá modificar cuando existan razones plenamente justificadas, y que no implique cambios sustanciales en la Convocatoria, a partir de la fecha en que sea publicada y hasta, inclusive, el séptimo día natural previo al Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones; de ser el caso se publicará por el mismo medio en que se publicó la Convocatoria, a más tardar el día hábil siguiente a aquel en el que se efectúen, lo anterior de acuerdo con el Artículo 34 Primer y Tercer Párrafos de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. Cuando las modificaciones deriven de las Juntas de Aclaraciones, se pondrá a disposición en el Sistema COMPRANET o se entregará copia del Acta respectiva a cada uno de los Licitantes que hayan asistido a tal evento.
ii. REALIZADAS EN LAS JUNTAS DE ACLARACIONES:
Al concluir cada Junta de Aclaraciones, deberá señalarse la fecha y hora para la celebración de ulteriores Juntas, considerando que entre la última de éstas y el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones deberá existir un plazo de al menos seis días naturales. De resultar necesario, la fecha señalada en la Convocatoria para realizar el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones podrá ser diferida, y en el Acta correspondiente a la última Junta de Aclaraciones se indicará expresamente esta circunstancia.
Cualquier modificación derivada del resultado de la(s) Junta(s) de Aclaración(es), será considerada como parte integrante de esta Convocatoria.
iii. AL CONTRATO:
El INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRÍA podrá, acordar el incremento en la cantidad de trabajos solicitados mediante modificación al Contrato vigente, siempre que el monto total de la modificación no rebase, en conjunto el 25% (Veinticinco por Ciento) del importe, de los conceptos establecidos originalmente como lo establece el Artículo 59 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
iv. ERRORES U OMISIONES:
Si él(los) Licitante(s) al revisar los alcances de los trabajos a contratar requiere(n) información adicional o complementaria o si encuentra(n) errores u omisiones, deberá(n) actuar conforme a lo estipulado en el Inciso h) de la SECCIÓN II.
SECCIÓN II
INFORMACIÓN DE LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NÚMERO LO-012NCZ002-E79-2022
a) CALENDARIO DE ACTIVIDADES:
ACTIVIDAD | FECHA | HORARIO |
PUBLICACIÓN DE LA CONVOCATORIA EN EL SISTEMA ELECTRÓNICO DE INFORMACIÓN GUBERNAMENTAL “COMPRANET”, EN LA PÁGINA OFICIAL WEB DEL INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRÍA (INP) Y EL RESUMEN DE LA CONVOCATORIA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN (DOF): | 30-junio-2022 | |
VISITA A LAS INSTALACIONES: | 04-julio-2022 | 10:00 Horas (AM) |
JUNTA DE ACLARACIONES: | 07-julio-2022 | 11:00 Horas (AM) |
PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES TÉCNICAS Y ECONÓMICAS: | 18-julio-2022 | 11:00 Horas (AM) |
FECHA DE FALLO: | 22-julio-2022 | 11:00 Horas (AM) |
FECHA PROBABLE DE FIRMA DEL CONTRATO E INICIO DE LOS TRABAJOS: | 25-julio-2022 | 11:00 Horas (AM) |
b) PUBLICACIÓN:
Además de la publicación en COMPRANET, en la Página Oficial WEB del INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRÍA y el resumen de la Convocatoria en el DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN (DOF), la presente Convocatoria se podrá obtener en la JEFATURA DEL DEPARTAMENTO DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO del INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRÍA, y no tendrá
costo alguno. Además, en la Dirección del Área Convocante existirá un ejemplar exclusivamente para su consulta.
c) IDIOMAS:
Las Proposiciones que sean presentadas por los Licitantes, invariablemente deberán ser elaboradas en el idioma español. Los Anexos Técnicos y folletos podrán presentarse en el idioma del país de origen de los bienes o servicios, sin embargo, para poder ser tomados en cuenta, para efectos de evaluación deberán ser acompañados de una traducción simple al español, de manera obligatoria.
d) PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES:
Las Proposiciones se presentarán (preferentemente, en papel membretado de la Empresa) firmadas autógrafamente en la última hoja del documento que las contenga, por la persona facultada para tal efecto; no será motivo para desecharlas cuando las demás hojas carezcan de Firma o Rúbrica, salvo que se trate del Catálogo de Conceptos o Presupuesto de Obra y los Programas solicitados, mismos que deberán ser firmados en cada hoja.
La moneda en que deberá presentarse las Proposiciones será, peso mexicano (Moneda Nacional).
e) PERIODO DE VALIDEZ DE LAS PROPUESTAS:
La(s) Proposición(es) presentada(s) por el(los) Licitante(s) deberá(n) tener validez, como mínimo, el periodo en el cual se desarrollará el Procedimiento de la LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NÚMERO LO-012NCZ002-E79-2022 motivo de la presente Convocatoria, y deberá manifestarse de esta forma, en la Proposición Técnica como en la Proposición Económica.
f) VISITA A LAS INSTALACIONES DEL INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRÍA:
La visita al sitio donde se realizarán los trabajos será el día 04-julio-2022 a las 10:00 horas, dicha visita será optativa para los interesados y tendrá como objeto que los Licitantes conozcan las condiciones reales de los espacios, así como las características referentes al grado de dificultad de los trabajos a desarrollar y sus implicaciones de carácter técnico; las Constancias de Asistencia se integrarán como Documento Número 5 del Anexo Número 1.
Los Licitantes que no asistan a la visita, deberán incluir en sus Proposiciones, en sustitución de la Constancia de Xxxxxx, un escrito en el que manifiesten, bajo protesta de decir verdad, que conocen las condiciones y características antes citadas, por lo que no podrán invocar su desconocimiento o solicitar modificaciones al Contrato por este motivo.
Con posterioridad a la realización de la visita se podrá permitir el acceso al lugar en que se llevarán a cabo los trabajos a quienes lo soliciten por escrito con anticipación de por lo menos veinticuatro horas a la Recepción y Apertura de Proposiciones. Conforme a lo establecido en el Artículo 38 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
g) VISITA A LAS INSTALACIONES DEL LICITANTE:
El INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRÍA, por conducto de la JEFATURA DE DEPARTAMENTO
DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO, podrá efectuar visita a las instalaciones de los Licitantes cuyas Proposiciones se hayan determinado que son solventes técnicamente y solicitar información que tienda a garantizar para el INSTITUTO las mejores condiciones de contratación.
h) ACLARACIONES A LA CONVOCATORIA:
Para aclarar las dudas que se pudieran derivar del contenido de la presente Convocatoria, así como de sus Anexos, se celebrará una Junta de Aclaraciones el día y hora señalados, en el Primer Piso de la Torre de Investigación del Instituto Nacional de Pediatría, ubicado en la dirección señalada en la SECCIÓN I de esta Convocatoria. Las solicitudes de aclaración podrán entregarse personalmente mediante escrito y/o CD o USB, o enviarse por correo electrónico a xxxxxxxx@xxxxxxxxx.xxx.xx, o bien a través del Sistema COMPRANET, según corresponda, a más tardar veinticuatro horas antes de la fecha y hora en que se vaya a realizar la citada Junta como lo establece la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, describiendo de forma pormenorizada cada uno de los cuestionamientos.
Aquellas preguntas que sean recibidas fuera del tiempo establecido en la presente Convocatoria, no serán contestadas por considerarse extemporáneas, salvo aquellas que provengan de una respuesta dada por este Instituto a un cuestionamiento presentado en tiempo y forma.
Es responsabilidad de cada Licitante interesado en participar en la presente LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NÚMERO LO-012NCZ002-E79-2022; verificar y confirmar la Recepción de los Documentos que envíe ya sea escritos, por correo electrónico o a través del Sistema COMPRANET. El Sistema COMPRANET es una plataforma distinta al INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRÍA y solamente ésta es responsable de la transmisión de datos a través de dicho Sistema. El Licitante que opte por emplear la plataforma del Sistema COMPRANET, es el único responsable por conocer su utilización de manera adecuada. Para tal efecto, la SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA realiza capacitaciones para el uso de dicho Sistema para los Licitantes.
La presente Convocatoria de la LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NÚMERO LO-012NCZ002-E79- 2022 y las Proposiciones presentadas en ningún momento serán negociadas.
Los cuestionamientos formulados por los Licitantes Participantes y las respuestas del INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRÍA, derivadas de la Junta de Aclaraciones, constarán en Acta que al efecto se levante, la que contendrá la firma de los Licitantes Participantes, así como de los Servidores Públicos Participantes por parte del INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRÍA y de las unidades de control y/o fiscalizadoras.
Al concluir la Primera Junta de Aclaraciones si se considera necesario, podrá señalarse hora y fecha para la celebración de una Segunda o Posteriores Juntas, de no ser así en la Primera se asentará en el Acta correspondiente que ya no habrá una posterior.
Para efectos de notificación, se dará a conocer el mismo día en que se celebren las Juntas Públicas de todos los eventos de la presente LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NÚMERO LO-012NCZ002- E79-2022, al finalizar cada Acto se fijará un ejemplar del Acta correspondiente en un lugar visible, en las oficinas que ocupa la JEFATURA DE DEPARTAMENTO DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO, ubicado en Insurgentes Sur Número 3700-C, Edificio de Administración Planta Baja, Colonia Insurgentes Cuicuilco, Alcaldía Coyoacán, Código Postal 04530, en la Ciudad de México, por un término no menor de cinco días hábiles, el Titular de la citada área dejará constancia en el expediente de la LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NÚMERO LO-012NCZ002-E79-2022, de
la fecha, hora y lugar en que se hayan fijado las Actas o el aviso de referencia.
De igual manera, como lo establece el Artículo 39 Bis Segundo Párrafo de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, se difundirá un ejemplar en el Sistema COMPRANET de las Actas de todos los eventos de la presente LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NÚMERO LO- 012NCZ002-E79-2022, para el conocimiento de los Licitantes que no hayan asistido a tales eventos. “Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal.”
Los Licitantes aceptan que en esta LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NÚMERO LO-012NCZ002-E79- 2022 y todos los actos que de ella se deriven, y de acuerdo con los datos que se proporcionan en esta Convocatoria como orientación a título enunciativo más no limitativo, están debidamente enterados de las condiciones y el grado de dificultad de los trabajos que realizarán, en función de las actividades inherentes del INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRÍA.
Queda bajo la responsabilidad de los Licitantes juzgar todas las circunstancias, de manera tal que, si cualquiera de ellas resultara diferente al momento de la ejecución de los trabajos, la diferencia no justificará reclamación alguna del Contratista.
i) TRABAJOS QUE PODRÁN SUBCONTRATARSE:
Para esta Licitación, los Licitantes de acuerdo a las necesidades de la obra podrán subcontratar lo siguiente:
• Desenergización y desconexión de subestación eléctrica existente, Instalación, conexión y energización de la nueva subestación eléctrica, así como la conexión, generación, suministro, desenergización y desconexión de los generadores móviles temporales así como colocación de generadores eléctricos portitiles que darán servicio de manera ininterrumpida al Instituto Nacional de Pediatría, mientras se sustituye la subestación, debiendo manifestar en su proposición las partes que serán subcontratadas; presentando la información necesaria que acredite la experiencia y su capacidad.
SECCIÓN III
REQUISITOS PARA PARTICIPAR
a) PERSONAS IMPEDIDAS PARA PARTICIPAR EN LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NÚMERO LO-012NCZ002-E79-2022:
En cumplimiento a lo dispuesto por los Artículo 51 y 78 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, el INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRÍA se abstendrá de recibir Proposiciones o adjudicar el Contrato, con las Personas Físicas y/x Xxxxxxx siguientes:
I. Aquéllas en que el servidor público que intervenga en cualquier etapa del procedimiento de contratación tenga interés personal, familiar o de negocios, incluyendo aquellas de las que pueda resultar algún beneficio para él, su cónyuge o sus parientes consanguíneos hasta el cuarto grado, por afinidad o civiles, o para terceros con los que tenga relaciones profesionales, laborales o de negocios, o para socios o sociedades de las que el servidor público o las personas antes referidas formen o hayan formado parte durante los dos años previos a la fecha de celebración de este Procedimiento de Contratación.
II. Las que desempeñen un empleo, cargo o comisión en el servicio público, o bien, las sociedades de las que dichas personas formen parte, sin la autorización previa y específica de la Secretaría de la Función Pública.
III. Aquellos Contratistas que, por causas imputables a ellos mismos, la Convocante les hubiere rescindido administrativamente un Contrato. Dicho impedimento prevalecerá ante la propia entidad durante un año calendario contado a partir de la notificación de la rescisión.
IV. Las que se encuentren inhabilitadas por resolución de la Secretaría de la Función Pública, en los términos del Título Sexto de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y Título Quinto de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
V. Aquéllas que hayan sido declaradas o sujetas a concurso mercantil o alguna figura análoga.
VI. Los Licitantes que participen en un mismo procedimiento de contratación, que se encuentren vinculados entre sí por algún socio o asociado común.
Se entenderá que es socio o asociado común, aquella persona física o moral que en el mismo procedimiento de contratación es reconocida como tal en las actas constitutivas, estatutos o en sus reformas o modificaciones de dos o más empresas licitantes, por tener una participación accionaria en el capital social, que le otorgue el derecho de intervenir en la toma de decisiones o en la administración de dichas personas xxxxxxx.
Las Proposiciones de los Licitantes que se ubiquen en el supuesto a que se refiere esta fracción, serán desechadas por el Instituto Nacional de Pediatría, debiendo comunicar lo anterior al Órgano Interno de Control en el Instituto para efectos de determinar si se actualiza lo dispuesto por la Fracción IV del Artículo 78 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
VII. Las que pretendan participar en un procedimiento de contratación y previamente, hayan realizado o se encuentren realizando por sí o a través de empresas que formen parte del mismo grupo empresarial, en virtud de otro contrato, trabajos de dirección, coordinación y control de obra; preparación de especificaciones de construcción; presupuesto de los trabajos; selección o aprobación de materiales, equipos y procesos, así como la preparación de cualquier documento relacionado directamente con la Convocatoria a la Licitación, o bien, asesoren o intervengan en cualquier etapa del procedimiento de contratación.
Las personas que hayan realizado, por si o a través de empresas que formen parte del mismo grupo empresarial, en virtud de otro Contrato, estudios, planes o programas para la realización de obras públicas asociadas a proyectos de infraestructura en los que se incluyan trabajos de preparación de especificaciones de construcción, presupuesto, selección o aprobación de materiales, equipos o procesos, podrán participar en el procedimiento de licitación pública para la ejecución de los proyectos de infraestructura respectivos, siempre y cuando la información
utilizada por dichas personas en los supuestos indicados, sea proporcionada a los demás licitantes.
VIII. Aquéllas que por sí o a través de empresas que formen parte del mismo grupo empresarial, pretendan ser contratadas para la elaboración de dictámenes, peritajes y avalúos, cuando éstos hayan de ser utilizados para resolver discrepancias derivadas de los contratos en los que dichas personas o empresas sean partes.
IX. Las que hayan utilizado información privilegiada proporcionada indebidamente por servidores públicos o sus familiares por parentesco consanguíneo y por afinidad hasta el cuarto grado, o civil.
X. Las que contraten servicios de asesoría, consultoría y apoyo de cualquier tipo de personas en materia de contrataciones gubernamentales, si se comprueba que todo o parte de las contraprestaciones pagadas al prestador del servicio, a su vez, son recibidas por servidores públicos por sí o por interpósita persona, con independencia de que quienes las reciban tengan o no relación con la contratación.
XI. Las demás que por cualquier causa se encuentren impedidas para ello por disposición de la Ley.
Los participantes deberán presentar manifestación bajo protesta de decir verdad de que, por su conducto no participan en los procedimientos de contratación establecidos en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, personas físicas x xxxxxxx que se encuentren inhabilitadas en los términos del párrafo anterior, con el propósito de evadir los efectos de la inhabilitación, tomando en consideración, entre otros, los supuestos siguientes:
a) Personas xxxxxxx en cuyo capital social, a su vez, participen personas físicas x xxxxxxx que se encuentren inhabilitadas en términos del primer párrafo de esta SECCIÓN, y
b) Personas físicas que participen en el capital social de personas xxxxxxx que se encuentren inhabilitadas.
c) La participación social deberá tomarse en cuenta al momento de la infracción que hubiere motivado la inhabilitación.
La falsedad en la manifestación a que se refiere esta SECCIÓN será sancionada en los términos de la Ley.
En caso de omisión en la entrega del escrito a que se refiere esta SECCIÓN, o si de la información y documentación con que cuente la Secretaría de la Función Pública se desprende que personas físicas x xxxxxxx pretenden evadir los efectos de la inhabilitación, el INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRÍA se abstendrá de firmar los contratos correspondientes.
b) DOCUMENTACIÓN QUE DEBEN PRESENTAR LOS PARTICIPANTES EN LA PRESENTE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NÚMERO LO-012NCZ002-E79-2022:
El(los) Licitante(s) deberá(n) reunir los siguientes requisitos y entregarlos con el Número de Documento que se señala (Documentación que conforma el Anexo Número 1):
1. Escrito en el que manifieste bajo protesta de decir verdad su deseo de participar en la LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NÚMERO LO-012NCZ002-E79-2022, dicho escrito deberá contener la información establecida en los Artículos 34 Fracción VIII y 61 Fracción VI del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, (Documento Número 1 del Anexo Número 1). LA ENTREGA DE ESTE ESCRITO DEBERÁ SER PREVIO A LA JUNTA DE ACLARACIONES.
1A. En términos del Articulo 36 Primer Párrafo del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, escrito en el que el Licitante manifieste, bajo protesta de decir verdad que es de Nacionalidad Mexicana (Documento Número 1A del Anexo Número 1).
2. Formato de acreditación de personalidad jurídica, de acuerdo al Inciso C de la SECCIÓN I de la presente Convocatoria (Documento Número 2 del Anexo Número 1).
3. Acreditación de la experiencia y capacidad técnica en trabajos similares (Documento Número 3 del Anexo Número 1) con la identificación de los trabajos realizados por el Licitante y su personal, en los que sea comprobable su participación, anotando el nombre, dirección y teléfono de la Contratante, descripción de las obras, importes totales, importes ejercidos o por ejercer y las fechas previstas de terminaciones, según sea el caso.
4. Organigrama del Licitante, así como la plantilla del personal directivo y administrativo (Documento Número 4 del Anexo Número 1). Organigrama que debe acompañarse con el currículum de cada uno de los Profesionales Técnicos que serán responsables de la Dirección, Administración y Ejecución de la Obra (se deberá anexar fotocopia de la Cédula Profesional acompañada de la validación correspondiente por parte de la SEP y de los certificados, constancias, cursos de capacitación y actualización profesional, etcétera, que hayan tomado), los que deberán de tener experiencia comprobable en obras con características técnicas y magnitud similares a la obra objeto de la presente Convocatoria, asimismo, en su caso, deberá presentar los documentos que acrediten la experiencia y capacidad técnica en obras similares.
5. Constancia de la visita a las instalaciones para hacer el reconocimiento físico; si no se presenta, en sustitución de la constancia, deberán presentar un escrito en donde manifiesten, bajo protesta de decir verdad, el conocer las instalaciones y los equipos, donde se realizarán los trabajos (Documento Número 5 del Anexo Número 1 de la presente Convocatoria).
6. Escrito de manifestación bajo protesta de decir verdad, que no se encuentra dentro de los supuestos que establecen los Artículos 51 y 78 de la Ley de Obras y Servicios Relacionados con las Mismas (Documento Número 6 del Anexo Número 1 de la presente Convocatoria).
7. Deberán presentar los Licitantes una declaración de integridad, en la que manifiesten que por sí mismos o a través de interpósita persona, se abstendrán de adoptar conductas, para que los Servidores Públicos de esta Entidad, induzcan o alteren las evaluaciones de las Proposiciones, el resultado del Procedimiento u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes (Documento Número 7 del Anexo Número 1).
7A. CARTA DE ACEPTACIÓN: Los Licitantes que envíen su Proposición Técnica y Económica a través del medio electrónico de comunicación Sistema COMPRANET, deberán presentar CARTA DE ACEPTACIÓN debidamente firmada por el Representante Legal, en la que manifiesten “que se tendrán como no presentadas sus Proposiciones y, en su caso, la documentación requerida por la Convocante, cuando el archivo electrónico en el que se contengan las proposiciones y/o demás información no pueda abrirse por tener algún virus informático o por cualquier otra causa ajena a la Secretaría.”
NOTA IMPORTANTE:
La CARTA DE ACEPTACIÓN deberá ser enviada a más tardar una hora antes del inicio del Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones a la cuenta de correo electrónico xxxxxxxx@xxxxxxxxx.xxx.xx o mediante el Sistema COMPRANET. Siendo responsabilidad del Licitante confirmar dicha recepción al número
telefónico (00) 0000 0000 extensión 1385. Se tomará como hora de recepción la que registre el correo electrónico o la pantalla del Sistema COMPRANET, por lo que la falta de entrega de este documento, así como su recepción posterior a la hora del Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones, se tendrá como no presentado dicho documento obligatorio y aplicará en su caso, el desechamiento de la Proposición (Documento Número 7A del Anexo Número 1, en su caso).
8. Declaración anual del impuesto sobre la renta del ejercicio fiscal 2021 y pagos provisionales del primer trimestre del 2022, con todos sus anexos, acuse de recibo y comprobante de pago en caso de haber resultado impuesto a cargo. (Documento Número 8 del Anexo Número 1).
9. Escrito mediante el cual manifiesten bajo protesta de decir verdad que cuentan con la capacidad técnica y económica para la ejecución de los trabajos de “MANTENIMIENTO A CASA DE MAQUINAS Y EDIFICIOS ADJUNTOS DEL INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRÍA, 2ª ETAPA.”; Deberá presentar el currículum del personal técnico que va a administrar la obra objeto de la presente LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NÚMERO LO-012NCZ002-E79-2022 (Documento Número 9 del Anexo Número 1).
10. Proposición Técnica del Licitante, es decir, los alcances y condiciones de los trabajos a realizar, la cual deberá ser congruente con lo establecido en el Anexo Número 5 (Documento Número 10 del Anexo Número 1).
11. Análisis, cálculo e integración del factor xx xxxxxxx real, el cual deberá ser congruente con lo establecido en el Anexo Número 6 (Documento Número 11 del Anexo Número 1).
12. Tabulador xx xxxxxxx base, de mano de obra e integración de los salarios, el cual deberá ser congruente con lo establecido en el Anexo Número 6 (Documento Número 12 del Anexo Número 1).
13. Análisis de los costos horarios de maquinaria y equipo, el cual deberá ser congruente con lo establecido en el Anexo Número 6 (Documento Número 13 del Anexo Número 1).
14. Desglose de los costos indirectos, el cual deberá ser congruente con lo establecido en el Anexo Número 6 (Documento Número 14 del Anexo Número 1).
15. Análisis, cálculo e integración del costo por financiamiento, el cual deberá ser congruente con lo establecido en el Anexo Número 6 (Documento Número 15 del Anexo Número 1).
16. Análisis del cargo por utilidad propuesto por el Licitante, el cual deberá ser congruente con lo establecido en el Anexo Número 6 (Documento Número 16 del Anexo Número 1).
17. Análisis e integración de los cargos adicionales, el cual deberá ser congruente con lo establecido en el Anexo Número 6 (Documento Número 17 del Anexo Número 1).
18. Listado de insumos que intervienen en la integración de la propuesta de materiales, el cual deberá ser congruente con lo establecido en el Anexo Número 6 (Documento Número 18 del Anexo Número 1).
19. Listado de insumos que intervienen en la integración de la propuesta de la mano de obra, el cual deberá ser congruente con lo establecido en el Anexo Número 6 (Documento Número 19 del Anexo Número 1).
20. Listado de insumos que intervienen en la integración de la propuesta de la maquinaria y equipo de construcción, el cual deberá ser congruente con lo establecido en el Anexo Número 6 (Documento Número 20 del Anexo Número 1).
21. Listado de insumos que intervienen en la integración de la propuesta equipo de instalación permanente, el cual deberá ser congruente con lo establecido en el Anexo Número 6 (Documento Número 21 del Anexo Número 1).
22. Análisis de precios unitarios, el cual deberá ser congruente con lo establecido en el Anexo Número 6 (Documento Número 22 del Anexo Número 1).
23. Programa de erogaciones, de la ejecución general de los trabajos, calendarizado y cuantificado mensualmente dividido por conceptos, el cual deberá ser congruente con lo establecido en el Anexo Número 6 (Documento Número 23 del Anexo Número 1).
24. Programa de erogaciones calendarizado y cuantificado de utilización mensual de los materiales, el cual deberá ser congruente con lo establecido en el Anexo Número 6 (Documento Número 24 del Anexo Número 1).
25. Programa de erogaciones calendarizado y cuantificado de utilización mensual de la mano de obra (por categorías), el cual deberá ser congruente con lo establecido en el Anexo Número 6 (Documento Número 25 del Anexo Número 1).
26. Programa de erogaciones calendarizado y cuantificado de utilización mensual de la maquinaria y equipo de construcción, el cual deberá ser congruente con lo establecido en el Anexo Número 6 (Documento Número 26 del Anexo Número 1).
27. Programa de erogaciones calendarizado y cuantificado de utilización mensual de los equipos de instalación permanente, el cual deberá ser congruente con lo establecido en el Anexo Número 6 (Documento Número 27 del Anexo Número 1).
28. Programa de erogaciones calendarizado y cuantificado de utilización mensual del personal profesional técnico, administrativo y de servicios encargado de la Dirección, Supervisión y Administración de los trabajos, el cual deberá ser congruente con lo establecido en el Anexo Número 6 (Documento Número 28 del Anexo Número 1).
29. Catálogo de Conceptos, el cual deberá ser congruente con lo establecido en el Anexo Número 6 (Documento Número 29 del Anexo Número 1).
30. Resumen por subpartidas y partidas, el cual deberá ser congruente con lo establecido en el Anexo Número 6 (Documento Número 30 del Anexo Número 1).
31. Propuesta de programa por subpartidas y partidas, por parte del Licitante, acompañado de diagrama xx Xxxxx y ruta crítica en Project Management (Documento Número 31 del Anexo Número 1).
32. Escrito con su Proposición Económica (usar papel membretado), (Documento Número 32 del Anexo Número 1).
LA OMISIÓN EN LA ENTREGA DE CUALQUIERA DE LOS DOCUMENTOS (EXCEPTO LOS QUE NO APLICAN EN CADA CASO PARTICULAR) ANTES REFERIDOS, ASÍ COMO DE TODOS LOS ANEXOS QUE INTEGRAN EL CUERPO DE ESTA CONVOCATORIA SERÁ CAUSA DE DESECHAMIENTO DE LA PROPOSICIÓN.
c) PRESENTACIÓN CONJUNTA DE PROPOSICIONES:
De conformidad con los Artículos 36 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y 47 de su Reglamento, los Licitantes que no se encuentren en alguno de los supuestos a
que se refieren los Artículos 51 y 78 de la Ley, podrán agruparse para presentar una Proposición, cumpliendo con los siguientes aspectos:
i. Tendrán derecho a participar obteniendo, alguno de los integrantes del grupo, solamente un ejemplar de la presente Convocatoria.
ii. Deberán celebrar entre todas las personas que integran la agrupación, un convenio en los términos de la legislación aplicable, en el que se establecerán con precisión los aspectos siguientes:
a) Nombre y domicilio de las personas integrantes, identificación, en su caso, los datos de las escrituras públicas con las que se acredita la existencia legal de las personas xxxxxxx;
b) Nombre de los representantes de cada una de las personas agrupadas; en su caso, los datos de las escrituras públicas con las que acrediten las facultades de representación;
c) Designación de un representante común, otorgándole poder amplio y suficiente, para atender todo lo relacionado con la Proposición en el Procedimiento de Licitación Pública Nacional;
d) Descripción de las partes objeto del Contrato, que corresponderá cumplir a cada persona, así como la manera en que se exigirá el cumplimiento de las obligaciones.
iii. En caso de resultar adjudicado con el Contrato, dicho instrumento, deberá ser firmado por el representante legal de cada una de las personas participantes en la Proposición, a quienes se considerará, para efectos del Procedimiento y del Contrato, como responsables solidarios o mancomunados, según se establezca en el propio Contrato.
iv. Los demás necesarios de acuerdo a las particularidades del procedimiento de esta LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NÚMERO LO-012NCZ002-E79-2022.
d) CAPITAL NETO DE TRABAJO MÍNIMO:
Los licitantes para comprobar su capacidad económica, será obligatorio presentar copia simple de su declaración fiscal o estado de situación financiera correspondiente a los ejercicios fiscales 2020 y 2021, mediante el cual deberán comprobar un capital neto de trabajo mínimo de $10,000,000.00 (diez millones de pesos 00/100 mn). Sus estados financieros 2020 y 2021 deberán estar firmados por un Contador Público independiente registrado y facultado para estos eventos, además se deberá anexar copia del registro vigente ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público junto con la Cédula Profesional del signatario. de igual manera, los pagos provisionales del año 2022.
e) MAQUINARÍA Y EQUIPO MENOR DE CONSTRUCCIÓN MÍNIMOS PARA EJECUTAR LOS TRABAJOS DE “MANTENIMIENTO A CASA DE MAQUINAS Y EDIFICIOS ADJUNTOS DEL INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRÍA, 2ª ETAPA.”
Para llevar a buen término los trabajos referentes al contrato objeto de esta Licitación Pública Nacional número LO-012NCZ002-E79-2022, cada participante deberá al menos contar con la siguiente maquinaría y equipo menor, esto con la finalidad de ejecutar de manera correcta los trabajos especificados a detalle en el catálogo de conceptos que integra el proyecto ejecutivo en su conjunto:
• revolvedora con capacidad de 1 saco.
• cizallas para cortar y doblar varilla hasta 1 1/4” de diámetro.
• taladros de velocidad variable.
• taladros de velocidad normal.
• cuerpos completos de andamios.
• juegos de escaleras de aluminio de diferentes medidas.
• bancos de trabajo con tornillo de presión.
• plantas para soldar.
• compresores con pistola.
• tarrajas para cuerda de tubos.
• pistolas de carga xx xxxxx.
• carro manual para transportar equipo.
• cortadora horizontal para aluminio.
• sierra horizontal de banco.
• esmeriles de mano.
• remachadoras uso rudo (manual y neumática).
• martillos neumáticos.
• carretillas.
• juegos de laser autonivelante horizontal y vertical.
SECCIÓN IV
ACLARACIONES
Podrán asistir en calidad de observadores a los diferentes eventos de la LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NÚMERO LO-012NCZ002-E79-2022, un representante de cámaras, colegios o asociaciones profesionales u otras organizaciones no gubernamentales, así como cualquier persona física, que manifieste su interés por estar presente en los mismos, bajo la condición de registrar su asistencia, acreditando mediante identificación oficial su personalidad y abstenerse de intervenir en cualquier forma en los mismos.
En caso de violaciones en materia de derechos inherentes a la propiedad intelectual, la responsabilidad estará a cargo del Licitante. Salvo que exista impedimento, la indicación de que los mencionados derechos, para el caso de la contratación de servicios de consultoría, asesorías, estudios e investigaciones, se estipularán a favor del INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRÍA, en los términos de las disposiciones legales aplicables.
SECCIÓN V
a) ORIGEN DE LOS RECURSOS:
ASPECTOS ECONÓMICOS
El origen de los recursos que se utilizarán para cubrir las erogaciones que se deriven de la presente Convocatoria, fueron autorizados mediante Oficio de fecha 21 de enero de 2022, Número DGPyP- 0077-2022, proveniente de la Dirección General de Programación y Presupuesto, de la Secretaría de Salud, Firmado por el, Director General de Programación y Presupuesto de la Secretaría de Salud.
Por lo tanto, la presente Contratación abarcará el Ejercicio Fiscal de 2022, mediante la Partida Presupuestal 62202 “MANTENIMIENTO Y REHABILITACIÓN DE EDIFICACIONES NO HABITACIONALES”.
b) ANTICIPOS:
En cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 50 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, se otorgará un anticipo del 30% (treinta por ciento) más el Impuesto al Valor Agregado de la asignación presupuestaria aprobada para el Contrato, para efecto de que el Contratista realice en el sitio de los trabajos, la construcción de sus oficinas, almacenes, bodegas e instalaciones y, en su caso, para los gastos de traslado de la maquinaria y equipo de construcción e inicio de los trabajos; así como para la compra y producción de materiales de construcción, la adquisición de equipos que se instalen permanentemente y demás insumos que deberán otorgar.
Dicho anticipo será amortizado en las estimaciones durante la vigencia del Contrato en la misma proporción del 30% (treinta por ciento) más el Impuesto al Valor Agregado, hasta que quede amortizado el total del anticipo otorgado.
La entrega del anticipo será otorgada al Licitante Ganador, “con antelación a la fecha pactada para el inicio de los trabajos” en una sola exhibición.
c) PAGO AL CONTRATISTA:
De conformidad con el cumplimiento de los trabajos que realizarán, los pagos se efectuarán en apego de lo establecido en el artículo 54 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
PAGO DE ESTIMACIONES:
Una vez que se hayan analizado y calculado los importes, deberán considerar para su pago, todos los derechos, así como los impuestos que les sean aplicables, todo apegado en los términos de las Leyes Fiscales. Aquel participante que resulte ganador y le sea asignado el Contrato objeto de esta Convocatoria, será el único responsable de que las facturas que sean presentadas para su respectivo pago, cumplan con todos los requisitos administrativos y fiscales, por lo tanto, cualquier atraso en su pago por la omisión de algunos de éstos o por su presentación incorrecta, no será motivo para solicitar el pago de los gastos financieros. “La Convocante” realizará el pago de manera electrónica conforme a su banca electrónica y a lo establecido por el Banco de México, con la finalidad de pagar en forma oportuna conforme a las fechas compromiso estipuladas. Cabe aclarar que es indispensable que el “Participante Ganador” proporcione entre otros datos, la Clave Bancaria Estandarizada “CLABE” si se maneja otro banco distinto al del INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRÍA, así como su Registro Federal de Contribuyentes; este trámite lo deberá realizar en la Subdirección de Finanzas de la Dirección de Administración del Instituto Nacional de Pediatría.
Para el contrato que se genere de la presente LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NÚMERO LO- 012NCZ002-E79-2022 únicamente se reconocerán y pagarán las estimaciones de trabajos ejecutados en su totalidad.
El pago de las estimaciones de ninguna manera se considerará como la aceptación plena de los trabajos ejecutados, ya que “La Convocante” tendrá el derecho de reclamar por trabajos faltantes o mal ejecutados y, en su caso, del pago en exceso que se haya efectuado.
Cada estimación deberá estar acompañada de los siguientes documentos:
Porcentaje de avance por actividad y sub-actividad, con sus respectivos reportes de avance de obra y números generadores.
Notas de bitácora (cuando corresponda). Croquis necesarios.
Controles de calidad, pruebas de laboratorio (cuando corresponda). Reportes fotográficos de avances y obra ejecutada.
Análisis, cálculo e integración de los importes correspondientes a cada estimación.
Y cualquier otro documento que el “Residente de Obra” crea necesario para ser incluido en cada estimación y que coadyuve para una mejor integración del expediente correspondiente.
Además, en todos los casos, el “Residente de Obra” deberá dejar asentado en la bitácora, la fecha en que se presenten y autoricen las estimaciones, para su respectivo pago.
CONDICIONES DE PAGO:
El “Licitante Ganador” recibirá de “La Convocante” la totalidad de los pagos que deba cubrírsele por los avances de obra de acuerdo a las actividades y sub-actividades del presupuesto total de los trabajos y conforme a la cédula de avances y pagos programados, presentada en su Proposición de la presente LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NÚMERO LO-012NCZ002-E79-2022 todo de acuerdo a obra
ejecutada y recibida a satisfacción de “La Convocante” conforme al presupuesto total de los trabajos que forma parte integral del Contrato.
d) PRECIOS:
Los Precios Unitarios de los trabajos deberán ser fijos durante la vigencia del Contrato y cotizarse en Moneda Nacional (Pesos), sin incluir el Impuesto al Valor Agregado (IVA) de acuerdo al formato del Anexo Número 6.
e) GARANTÍAS:
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 48 y 49 de “la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas”, así como en los artículos 89 de su Reglamento, y con la finalidad de dar cumplimiento a las disposiciones de carácter general por las que se aprueban los modelos de pólizas de fianzas constituidas como garantía en las contrataciones públicas realizadas al amparo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas publicadas en el DOF el 15 xx xxxxx de 2022 para garantizar el cumplimiento del contrato, el licitante adjudicado deberá constituir una garantía de cumplimiento mediante fianza indivisible, la cual deberá entregar en la Jefatura de Departamento de Conservación y Mantenimiento, ubicada en Xxxxxxxxxxx Xxx 0000-X, Xxx. Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxxx, X.X. 00000 en un plazo dentro de los quince días naturales siguientes a la fecha en que el licitante a quien se le haya adjudicado el contrato reciba la notificación del fallo, pero invariablemente antes de la firma del contrato.
Las fianzas que se otorguen para garantizar las obligaciones deberán emitirse por institución mexicana legalmente autorizada para tal efecto, a favor de la Tesorería de la Federación, en el tipo de moneda nacional que haya presentado su propuesta e idioma español y deberá contener el número de contrato, la fecha de firma, el objeto y las obligaciones garantizadas.
En atención al criterio OP-01/2011 “Divisibilidad o indivisibilidad de las obligaciones y aplicación total o proporcional de la garantía de cumplimiento de los contratos sujetos a la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas”, emitido por la Secretaría de la Función Pública el 09 xx xxxx de 2011, y del artículo 2003 del Código Civil Federal “Las obligaciones son divisibles cuando tienen por objeto prestaciones susceptibles de cumplirse parcialmente. Son indivisibles si las prestaciones no pudiesen ser cumplidas sino por entero.” “La Convocante” determina que las obligaciones que derivan de la presente convocatoria y que se formalicen en el contrato correspondiente, son indivisibles, su incumplimiento motivaría que se haga efectiva de forma total la garantía de cumplimiento, atendiendo el monto de las obligaciones incumplidas.
Nota: La garantía estará vigente durante el cumplimiento de la obligación garantizada y continuará vigente en caso de que se otorgue prorroga al cumplimiento del contrato, así como durante la sustentación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan hasta que se pronuncie resolución definitiva por autoridad competente, de forma tal que su vigencia no podrá acotarse en razón del plazo de ejecución del contrato principal o fuente de las obligaciones o cualquier otra circunstancia.
En los Anexos Formato de Garantía, de esta licitación, se adjuntan en archivo formato de la fianza aplicable a los servicios objeto del presente procedimiento, donde se muestran los rubros que deberá contener la fianza que se otorgue para tal efecto, por tal motivo, éstas deberán presentarse en estricto apego al Anexo señalado.
La garantía se deberá entregar en formato PDF, expedida por compañía mexicana autorizada para ello, para la validación correspondiente.
No se otorgarán prórrogas. La omisión en la entrega de dicha garantía en el término establecido será motivo de rescisión del contrato, y remisión del asunto al OIC en “EL INP” para que determine si se aplican las sanciones correspondientes.
• POLIZA DE FIANZA DE ANTICIPO EN MATERIA DE (ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, SERVICIOS, OBRA PÚBLICA O SERVICIOS RELACIONADOS CON LA MISMA).
La Garantía por Anticipo será del 100% (cien por ciento) del monto del anticipo otorgado, esto en concordancia con el Artículo 48 Fracción I de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, y 89 de su Reglamento.
De igual manera, dichas garantías, deberán ser entregadas al INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRÍA “dentro de los quince días naturales siguientes a la fecha en que el licitante a quien se le haya adjudicado el contrato reciba la notificación del fallo, pero invariablemente antes de la firma del contrato” tal como lo establece el Artículo 91 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
La omisión en la entrega de la póliza de garantía en el término establecido será motivo de rescisión del contrato.
Esta póliza de fianza garantiza la inversión, aplicación, amortización o devolución parcial o total de la cantidad de dinero entregada al fiado por concepto de anticipo, incluyendo el Impuesto al Valor Agregado, por parte de "la Contratante", de conformidad con lo acordado en el contrato indicado en la carátula de la presente póliza, así como los intereses que se causen conforme a la tasa establecida en la Ley de Ingresos de la Federación, para el supuesto de prórroga en el pago de créditos fiscales, si el fiado no lo invirtió, aplicó, devolvió o amortizó total o parcialmente en el plazo y acorde a los fines para los que le fue otorgado, así como su costo financiero. En ningún caso la suma de los conceptos anteriores podrá exceder el monto total garantizado
• PÓLIZA DE FIANZA PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, SERVICIOS, OBRA PÚBLICA O SERVICIOS RELACIONADOS CON LA MISMA
Esta póliza de fianza garantiza el cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el "Contrato" a que se refiere esta póliza y de sus convenios modificatorios que se hayan realizado o a los anexos del mismo, cuando no rebasen el porcentaje de ampliación indicado en la cláusula siguiente, aún y cuando parte de las obligaciones se subcontraten.
El proveedor a más tardar dentro de los diez días naturales contados a partir de la fecha de la firma del contrato, deberá presentar la fianza, expedida por compañía aseguradora mexicana, sin nombrar beneficiario, que cubra el pago de daños y perjuicios a terceros, por un periodo igual al de la vigencia del contrato, y por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto máximo total del contrato, sin considerar el IVA.
• PÓLIZA DE FIANZA REQUERIDA PARA RESPONDER DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO DE CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN CONTRATOS DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS O SERVICIOS, ANTE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL
Los trabajos se garantizarán durante un plazo de doce meses una vez que hayan sido concluidos, quedando el Contratista obligado a responder de los defectos que resulten de los mismos, de los vicios ocultos o de cualquier otra responsabilidad en que hubiera incurrido, por lo que previamente a la recepción de los trabajos el contratista a su elección, deberá constituir fianza por el equivalente al 10% (Diez Por Ciento) del monto total ejercido, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado del monto total ejercido de los trabajos en los términos señalados de los Artículos 89, 90, 91, 92, 93, 94, 95, 96, 97 y 98 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
Para garantizar los servicios “EL PROVEEDOR”, se obliga a constituir una fianza de vicios ocultos equivalente al 10% del monto máximo total del contrato, y podrá ser exigible a partir del
vencimiento del contrato y hasta un año posterior a la fecha del Acta Entrega-Recepción de los Servicios.
Esta póliza de fianza garantiza la obligación del fiado de responder por los defectos, vicios ocultos y de cualquier otra responsabilidad que resulte de los trabajos ejecutados, inclusive la calidad de los materiales empleados o de los servicios prestados por el fiado o ambos, atendiendo a todas las estipulaciones establecidas en el "Contrato" especificado en la carátula de esta póliza y de sus respectivos convenios modificatorios, de conformidad con el artículo 66 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y demás aplicables de su Reglamento"
f) IMPUESTOS Y DERECHOS:
Los impuestos y derechos que procedan serán pagados por el(los) Licitante(s) adjudicados(s) y el Impuesto al Valor Agregado (IVA) será cubierto por el INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRÍA.
SECCIÓN VI
PROCEDIMIENTO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NÚMERO LO-012NCZ002-E79-2022
a) INSTRUCCIONES PARA ELABORAR LAS PROPOSICIONES:
Las Proposiciones deberán elaborarse de acuerdo con lo siguiente:
i. Deberán ser mecanografiadas en papel membretado del Licitante, de preferencia protegiendo los precios ofertados con cinta adhesiva transparente, sin que esto sea indispensable, para el caso de las entregas presenciales.
ii. Deberán presentarse sin tachaduras o enmendaduras, en su caso, en un sobre debidamente cerrado e identificado.
iii. Los Licitantes deberán presentar los precios de sus Propuestas Económicas de conformidad con lo dispuesto en el Anexo Número 6 de la presente Convocatoria.
iv. Las Proposiciones deben ser firmadas por persona que tenga facultades para ello, tomando en consideración el Inciso d) de la SECCIÓN II de la presente Convocatoria.
b) FORMA EN QUE DEBERÁN PRESENTARSE LAS PROPOSICIONES:
Las Proposiciones deberán presentarse de acuerdo con los requisitos descritos en el Anexo Número 1, que se dividen en 32 (Treinta y Dos) Documentos, debiéndose entregar e identificar de la siguiente manera:
(Proposición Técnica) Documentos Números 1 al 10 (Incluye Documento Número 1A) y (Documento Número 7A, en su caso).
(Proposición Económica) Documentos Números 11 al 32.
SECCIÓN VII
ENTREGA DE LAS PROPOSICIONES
a) ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES:
El Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones Técnicas y Económicas se llevará a cabo el día 18 de julio de 2022 a las 11:00 horas, en el Aula 2 de Capacitación en el Primer Piso del Edificio de la Dirección de Administración, ubicado en la dirección señalada en la SECCIÓN I de esta Convocatoria.
Para participar en dicho acto, los Licitantes deberán presentar la documentación detallada en el Anexo Número 1 de esta Convocatoria; de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 36 de la Ley de
Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, mediante un sobre debidamente cerrado e identificado que contendrá la Proposición Técnica y Económica.
Cabe señalar que con fundamento en lo dispuesto en la Fracción VI del Artículo 34 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, las proposiciones no podrán ser retiradas o dejarse sin efecto, por lo que quedarán vigentes hasta la conclusión del procedimiento de la presente LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NÚMERO LO-012NCZ002-E79- 2022.
b) DESARROLLO:
APERTURA DE PROPOSICIONES TÉCNICAS Y ECONÓMICAS:
A la hora señalada en esta Convocatoria se cerrará la Recepción de Proposiciones, así como el recinto y no se admitirán más Licitantes, elaborándose la relación de los Participantes de acuerdo a la asistencia de los mismos al Acto.
Los Licitantes entregarán el sobre con sus Proposiciones Técnicas y Económicas que contendrán los Documentos señalados en el Anexo Número 1 de la presente Convocatoria, el sobre deberá estar debidamente cerrado, es indispensable que se presenten foliados los Documentos, para la mejor conducción del evento, mismos que no podrán ser retirados por ningún motivo.
Se procederá a la apertura de las Proposiciones Técnicas y Económicas (Documentos Números 1 al 32), si algún Licitante tuviera algún faltante u omisión se asentará en el Acta respectiva a fin de hacer la valoración correspondiente a cada requisito solicitado, así como en su caso a la omisión de los mismos, y el resultado de dicha revisión o análisis se dará a conocer en el Acto del Fallo correspondiente.
Las Proposiciones rechazadas en la presente LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NÚMERO LO- 012NCZ002-E79-2022 serán devueltas o destruidas por el INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRÍA, transcurridos sesenta días naturales contados a partir de la fecha en que se dé a conocer el Fallo de la presente Licitación, salvo que se llagase a presentar una inconformidad, tal como lo establece el Último Párrafo del Artículo 74 de la Ley de Obras y Servicios Relacionados con las Mismas.
Conforme al Artículo 264 del Reglamento de la Ley de Obras y Servicios Relacionados con las Mismas; “Las dos proposiciones solventes con el mayor porcentaje o puntaje de calificación cuando se aplique el criterio de evaluación de puntos o porcentajes serán las únicas que no podrán devolverse a los licitantes o destruirse y pasarán a formar parte de los expedientes de la convocante.”
En caso de que llegara a presentarse alguna inconformidad, toda la documentación que forme el cuerpo de esta LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NÚMERO LO-012NCZ002-E79-2022 de cada
participante permanecerá en poder de “La Convocante”, hasta la total solución de la misma, o hasta que se dicte sentencia debidamente ejecutoriada, por algún órgano jurisdiccional competente.
Las Proposiciones presentadas por los Licitantes que resulten adjudicados junto con la documentación que la integran, serán conservadas en definitiva por el INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRÍA.
En la misma fecha de la apertura de proposiciones, por lo menos un Licitante si asistiere alguno y los servidores públicos facultados rubricarán las Proposiciones presentadas, el Documento Número 10 (Proposición Técnica) y los Documentos Número 29 y 32 (Proposición Económica), mismos que quedarán en custodia del INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRÍA, quien posteriormente efectuará el análisis detallado de las Proposiciones Técnicas y Económicas.
El INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRÍA podrá desechar aquellas Proposiciones que hubiesen sido recibidas y que posteriormente en el análisis detallado de las mismas se determine que no cubrieron con los requisitos solicitados, lo cual deberá quedar asentado en el Acta correspondiente en el momento del Fallo, precisando las causas que lo motivaron.
Se levantará el Acta correspondiente del Acto de Presentación de Proposiciones en la que se harán constar las Proposiciones recibidas y sus importes, así como las que hubieran omitido algún documento o requisito, el Acta se firmará por todos los participantes y se entregará a cada uno copia de ésta el mismo día, así mismo, el Acta se difundirá en lugar visible de la JEFATURA DE DEPARTAMENTO DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO. Además, se recordará la fecha, el lugar y la hora en que se dará a conocer el Fallo. La omisión de firma por parte de los Licitantes no invalidará el contenido y los efectos de dicha Acta.
SECCIÓN VIII
CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NÚMERO LO-012NCZ002- E79-2022
Los Criterios en que se fundamentará la Evaluación para la dictaminación y la adjudicación del Contrato objeto de la presente LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NÚMERO LO-012NCZ002-E79-2022 serán los siguientes:
Se utilizará el Criterio de Evaluación mediante el Mecanismo de Puntos y Porcentajes en términos de lo dispuesto en el Artículo 38 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, y 63 Fracción II de su Reglamento, atendiendo a los Criterios, Parámetros y Valoraciones establecidos y conforme a los Lineamientos emitidos por la Secretaría de la Función Pública publicados en el Diario Oficial de la Federación de fecha 9 de Septiembre de 2010 y demás disposiciones legales aplicables en la materia y se adjudicará a la Proposición que después de la evaluación resulte más conveniente para el INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRÍA, que será aquella que otorgue mayor certeza en la ejecución y conclusión de los trabajos, por asegurar las mejores condiciones de contratación en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes, una vez verificados los siguientes aspectos:
CONCEPTOS POR CALIFICAR: | CALIFICACIÓN MÍNIMA: | CALIFICACIÓN MEDIA: | CALIFICACIÓN MÁXIMA: | |
I. | PROPOSICIÓN TÉCNICA: | 50.00 | ||
I.a | CALIDAD DE OBRA: | 20.00 | ||
Materiales, Equipos de Instalación Permanente y Equipo de Mobiliario del Inmueble: | 1.00 | 2.00 | 4.00 | |
Se valorará la calidad de los materiales que los participantes propongan en base a las especificaciones mínimas técnicas especificadas por la convocante en los Planos que integran el Proyecto Ejecutivo en su conjunto, Memorias Descriptivas y de Cálculo, Catálogo de Conceptos, así como los equipos de Instalación permanente y equipo del inmueble que cumplan con las características y especificaciones mínimas indicadas por la Convocante. | “MARCAS COMUNES” (Son aquellas que debido a su economía son utilizadas de forma diaria en todo tipo de obras, no existe documento alguno que la acredite). | “MARCAS RECONOCIDAS” (Son aquellas reconocidas por los estándares de calidad con los cuales son fabricadas, sin embargo, no extienden algún tipo de documento que lo avale). | “MARCAS CERTIFICADAS” (Éstas han sido reconocidas por los estándares de calidad con los cuales son fabricadas; adicionalmente a esto, extienden un certificado de calidad en el cual se manifiesta que dicho producto cumple con la normatividad aplicable y vigente tanto nacional como internacional). | |
Mano de obra: | 0.50 | 1.00 | 1.50 |
Se valorará que tanto las cantidades propuestas por los Licitantes, así como las categorías tanto del Personal Obrero y Personal Técnico para seguimiento del Proyecto Ejecutivo sean congruentes con la ejecución de la obra a ejecutar, calificando el grado de especialización del personal que señale en su Proposición Técnica y Económica. | “PERSONAL EMPÍRICO” (Se entiende por aquel que el aprendizaje lo ha adquirido con la práctica diaria, por lo tanto, no cuenta con documentación que avale dicho conocimiento). | “PERSONAL ESPECIALIZADO” (Se entiende por aquel que sus conocimientos los ha adquirido a base de estudios y por lo tanto cuenta con los reconocimientos necesarios por parte de alguna institución ya sea de formación técnica o profesional en cualquier ramo que se haya especializado). | “PERSONAL CERTIFICADO” (Se entiende por aquel que ha obtenido alguna certificación de sus estudios realizados en una institución de conocimientos especiales. Sírvase de ejemplo, un perito en Ingeniería Civil). (Se deberán anexar constancias que avalen dichos estudios). | |
Maquinaria Menor y Equipo Menor de Construcción: | 0.50 | 1.00 | 2.00 | |
Se valorará que tanto las cantidades solicitadas por el INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRÍA como las que proponga el Licitante, así como las características de la maquinaria y equipo menor de construcción sean adecuadas y congruentes con la ejecución de los trabajos, evaluando la operatividad de la construcción. Esto de acuerdo a lo necesario para desarrollar de manera adecuada y congruente los trabajos especificados en el Proyecto Ejecutivo en su Conjunto, Memorias Descriptivas y de Cálculo y en el Catálogo de Conceptos (Conforme a lo solicitado en el Inciso e) de la SECCIÓN III de la presente Convocatoria). | Mínimo Solicitado. | Más del 10% y hasta el 20% adicional al solicitado. | Más del 20% solicitado. | |
Esquema estructural de la Organización de los Profesionales Técnicos que se encargarán de la Dirección y Coordinación de la Obra: | 0.50 | 1.00 | 1.50 | |
Se valorará que la Proposición de los profesionales asignados por los Licitantes Participantes, los cuales serán los encargados de la Dirección, Administración y Ejecución de la Obra, guarden congruencia con los alcances del Contrato y sean los adecuados y suficientes (en número y preparación) para la ejecución de los trabajos (Organigrama). | Sin organización e insuficientes. | Con organización, pero insuficientes. | Con buena organización y suficientes. | |
Procedimientos Constructivos: | 1.00 | 3.00 |
Se valorará las formas, técnicas y procedimientos constructivos, así como la metodología que el Licitante Participante proponga para la ejecución de la obra, de acuerdo a los trabajos solicitados por la Convocante. Esto de acuerdo a lo necesario para desarrollar de manera adecuada y congruente los trabajos especificados en el Proyecto Ejecutivo en su Conjunto, Memorias Descriptivas y de Cálculo y en el Catálogo de Conceptos. | Presenta el proceso constructivo de la obra, describiendo hasta 3 procedimientos específicos. | Presenta el proceso constructivo de la obra describiendo 4 o más procedimientos específicos. | ||||||
Programas de Obra: | 1.00 | 3.00 | ||||||
Se valorará la congruencia entre los distintos programas generales y específicos de la obra, tales como el programa de ejecución general, de utilización de mano de obra, de suministro de materiales y equipo de instalación permanente y de utilización de maquinaria menor y equipo menor de construcción, de acuerdo a los requerimientos del propio desarrollo de la obra. | No congruente programa general, o su caso guarda congruencia con programas específicos. | es el en no los | Existe una congruencia entre programa de obra general y programas específicos. | el los | ||||
Sistemas de Aseguramiento de Calidad: | 1.00 | 3.00 | ||||||
Se valorará los sistemas que los Licitantes Participantes se comprometan a aplicar en el desarrollo de los trabajos, para obtener una obra de calidad, con las especificaciones proporcionadas por el INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRÍA, estos sistemas deberán de estar descritos de forma expresa en la metodología de trabajo o anexa a la misma. | Descripción y compromiso de aplicación de hasta 2 sistemas de aseguramiento de calidad. | Descripción y compromiso de aplicación de hasta 3 o más sistemas de aseguramiento de calidad. | ||||||
Descripción de la Planeación Integral para la Ejecución de la Obra y Planes de Trabajo: | 1.00 | 2.00 | ||||||
Por las características específicas de la obra se evaluará la descripción de la planeación integral de la misma, su logística, así como su ruta crítica y los planes específicos de trabajo por aplicar. | Presentación de los documentos sin profundizar. | Presentación de los documentos acordes a las características de la obra, integrando implementaciones propias del Licitante Participante en beneficio de llevar a buenos términos la ejecución y conclusión de la obra. | ||||||
I.b | CAPACIDAD DEL LICITANTE: | 17.00 | ||||||
Capacidad Humanos: | de | los | Recursos | |||||
Se valorará los niveles de preparación y experiencia profesional del personal que se requiera para dirigir y coordinar la ejecución de los trabajos, debiendo demostrar que previamente a la adjudicación del Contrato, dicho personal forma parte de la plantilla de la Empresa. Es requisito indispensable anexar los documentos con los que |
acreditan su experiencia. | ||||
1. Superintendente de Obra: Profesionista Titulado en nivel mínimo de Licenciatura de Arquitecto, Ingeniero Arquitecto o Ingeniero Civil. | 5.00 | |||
Competencia o habilidad en el trabajo de acuerdo a sus conocimientos académicos o profesionales. Si el Superintendente cuenta con Xxxxxxxx y Doctorado, deberán ser acorde a su Licenciatura (Ejemplo Maestría en Arquitectura, Ejemplo Doctorado en Arquitectura). | 1.00 | 1.50 | 2.00 | |
Licenciatura. | Licenciatura más Maestría. | Licenciatura más Maestría más Doctorado. | ||
Experiencia comprobable en asuntos relacionados con la obra objeto de la presente Convocatoria (Hospitales, Casas de Máquinas y Subestaciones Eléctricas, Ingenierías Especiales en Hospitales, Laboratorios y/o Equivalentes) ya sea en el Sector Público o Privado. | 1.00 | 1.50 | 2.00 | |
Hasta 3 años de experiencia. | De 3 años un día hasta 5 años de experiencia. | De 5 años un día en adelante de experiencia. | ||
Xxxxxxx comprobable de herramientas relacionadas con la obra, como lo son los programas informáticos (Autocad, Word, Excel, Neodata, Opus, Project, etcétera). | 0.30 | 0.60 | 1.00 | |
De 1 a 2 herramientas. | De 3 a 5 herramientas. | De 6 herramientas en adelante. | ||
1 (un) Residente de Obra Civil y Acabados: Profesionista Titulado en nivel de Licenciatura de Arquitecto, Ingeniero Arquitecto o Ingeniero Civil, con participación en cursos de capacitación profesional. 1 (un) Residente de Instalaciones Electromecánicas: Profesionista Titulado en nivel de Licenciatura de Ingeniero Eléctrico, Ingeniero Electromecánico, Ingeniero Mecánico o Ingeniero Industrial con participación en cursos de capacitación profesional. 1 (un) Corresponsable en Instalaciones: El cual deberá acreditar que posee cédula profesional correspondiente a alguna de las siguientes profesiones: Ingeniero Mecánico Electricista, Ingeniero Mecánico o Ingeniero electricista. Además, deberá acreditar que conoce el Reglamento de Construcciones del Distrito Federal, | 3.00 |
sus Normas y demás normatividad aplicable en lo relativo a los correspondeintes a su especialidad. Deberá acreditar como mínimo cinco años de experiencia en su especialidad, así como su participación (activa) en proyectos y en obras, y Deberá acreditar que es miembro activo del Colegio de Profesionales respectivo a su especialidad. | ||||
Competencia o habilidad en el trabajo de acuerdo a sus conocimientos académicos o profesionales. Si los Residentes cuentan con Maestría o Doctorado, deberá ser acorde a su Licenciatura (Ejemplo: Maestría en Arquitectura, Ejemplo Doctorado en Arquitectura). | 0.50 | 1.00 | 1.50 | |
Licenciatura. | Licenciatura más Maestría. | Licenciatura más Maestría más Doctorado. | ||
Experiencia comprobable en asuntos relacionados con la obra objeto de la presente Convocatoria (Hospitales, Casas de Máquinas y Subestaciones Eléctricas, Ingenierías en Hospitales, Laboratorios y/o Equivalentes) ya sea en el Sector Público o Privado. | 0.30 | 0.60 | 1.00 | |
Hasta 3 años de experiencia. | De 3 años un día hasta 5 años de experiencia. | De 5 años un día en adelante de experiencia. | ||
Xxxxxxx comprobable de herramientas relacionadas con la obra, como lo son los programas informáticos (Autocad, Word, Excel, Neodata, Opus, Project, etcétera). | 0.20 | 0.35 | 0.50 | |
De 1 a 2 herramientas. | De 3 a 5 herramientas. | De 6 herramientas en adelante. | ||
Capacidad de los Recursos Económicos, que la Convocante considere necesarios para que el Licitante Participante cumpla con el Contrato: | 1.0 | 2.0 | 3.00 | |
Capital neto de trabajo (Conforme a lo solicitado en el Inciso d) de la SECCIÓN III de la presente Convocatoria). | Mínimo solicitado. | Más de 1.0 veces hasta 2.0 veces el solicitado. | Más de 2.0 veces el solicitado. | |
Participación de discapacitados o Empresas que cuenten con trabajadores con discapacidad. | 0.00 | 1.00 | 1.50 | |
Ninguna persona con discapacidad en su plantilla laboral. | Con hasta el 5% de su plantilla laboral. | Con más del 5% de su planta laboral. | ||
Subcontratación de MIPYMES. | 0.50 | 1.00 | 1.50 | |
Se asignarán puntos a las empresas que decidan subcontratar parte de los trabajos con MIPYMES, conforme a la siguiente tabla. Para asignar los puntos o unidades porcentuales que corresponda, se deberá anexar el documento expedido por autoridad competente que determine su estratificación o bien un escrito en el que manifiesten bajo | Subcontratando con MIPYMES hasta el 5% del valor del contrato. | Subcontratando con MIPYMES del 6 al 10% del valor del contrato. | Subcontratando con MIPYMES del 11 al 15% o superior del valor del contrato. |
protesta de decir verdad que cuentan con ese carácter (micro, pequeña o mediana empresa). | ||||
Capacitación o transferencia de conocimientos. Se asignará puntos a los Licitantes Participantes que documenten efectivamente sus procesos para impartir capacitación al personal involucrado en la operación de los equipos de instalación permanente objeto de esta Convocatoria, se calificará como sigue: | 3.00 | |||
0.20 | 0.50 | 1.00 | ||
a) Metodología y la visión a utilizar para impartir la capacitación; es decir, de manera detallada se deberá describir los objetivos y cómo se alcanzarán éstos en el proceso de transmisión de conocimiento al personal operativo y de supervisión. | Descripción de los objetivos y alcances sin detalle o sin descripción particular. | Descripción de los objetivos en términos generales sin detalle de equipamiento y/o sistema, descripción del método de enseñanza. | Descripción detallada de los objetivos generales, y particulares, por equipamiento y/o sistema instalado, descripción del método de enseñanza. | |
0.20 | 0.50 | 1.00 | ||
b) Programa de capacitación. | Presenta sin detalle de equipos o sistemas o fechas, sin estructura congruente con el programa de obra. | Presenta sin detalle de equipos o sistemas, presenta fechas estimadas congruentes con el programa de obra. | Presenta plan y programa detallado con base en los equipos y sistemas instalados en congruencia con el programa de obra. | |
0.20 | 0.50 | 1.00 | ||
c) El nivel de conocimiento y habilidades del instructor y su nivel profesional. | Instructor(es) sin experiencia comprobable o avalada por fabricante, únicamente con respaldo del Licitante Participante. | Instructor(es) con nivel académico mínimo de Técnico Bachiller, con aval de cursos de capacitación de empresas relacionadas con el equipo o sistema a exponer. | Instructor(es) con nivel mínimo de Licenciatura, con aval de cursos con empresas relacionadas con el equipo o sistema y con aval del fabricante del equipo o sistema instalado. | |
I.c | Experiencia y Especialidad del Participante: | 10.00 | ||
Experiencia de la Empresa: | 5.00 | |||
Se calificará la experiencia (acreditable) de la Empresa en obras similares con base al tiempo que tenga ejecutando obras similares (en monto o magnitud) al objeto de esta Convocatoria. | 1.00 | 3.00 | 5.00 | |
Hasta 1 año de experiencia. | De 1 año 1 día hasta 4 años. | De 4 años 1 día hasta 8 años. | ||
Especialidad de la Empresa: | 5.00 |
Se asignará la mayor puntuación o unidades porcentuales al Licitante Participante que demuestre documentalmente el mayor número de contratos o documentos con los cuales el Licitante Participante pueda acreditar que ha ejecutado obras de características similares a las de esta Convocatoria, y que pueda demostrar con un mínimo de 4 y un máximo de 6 contratos. Al resto de los Licitantes Participante se les asignará puntuación o unidades porcentuales de manera proporcional con una simple regla de tres (considerando el rango de 4 a 6 contratos), con análisis de 8 años como máximo. En caso de no presentar el mínimo de contratos requeridos, no se le asignará puntuación o unidades porcentuales. | ||||
I.d | Cumplimiento de Contratos: | 3.00 | ||
Se asignará la mayor puntuación o unidades porcentuales al Licitante Participante que demuestre documentalmente tener más contratos cumplidos satisfactoriamente respecto de obras similares a las de esta Licitación Pública Nacional, a partir del mínimo establecido en esta convocatoria que es de 4 y un máximo de 6 contratos, con análisis de 8 años como máximo. En caso de no presentar el mínimo de contratos requeridos, no se le asignará puntuación o unidades porcentuales. Se aplicará una regla de tres para asignar el puntaje (considerando el rango de 4 a 6 contratos). | ||||
II. | PROPOSICIÓN ECONÓMICA: | 50.00 | ||
Para evaluar este rubro, se deberá excluir del precio ofertado por el Licitante Participante el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y solamente se considerará el precio neto propuesto. | ||||
Para llevar a cabo la evaluación de la Proposición Económica, se verificará previamente que el análisis, cálculo e integración de los precios unitarios cumplan con las condiciones establecidas en la presente Convocatoria. | ||||
En caso de incumplimiento en la integración de los precios, que no pueda subsanarse mediante requerimiento de aclaraciones, documentación o información al participante y que no impliquen una causal de desechamiento prevista en la presente Convocatoria, la |
Convocante se abstendrá de otorgar puntuación o unidades porcentuales en este rubro, por no contar con los elementos suficientes para verificar el precio ofertado. | ||||
Para determinar la puntuación o unidades porcentuales que corresponden al precio ofertado por cada Licitante participante, se aplicará la siguiente fórmula: | ||||
XXXx = 50 (PSPMB/PPj) | ||||
Para toda J = 1, 2, 3, …n | ||||
Donde: | ||||
XXXx = Puntuación o Unidades Porcentuales a Asignar a la Proposición “j” por el precio ofertado. | ||||
PSPMB = Proposición Solvente cuyo Precio es el más Bajo; | ||||
PPj = Precio de la proposición “j”, y | ||||
El subíndice “j” representa a las demás proposiciones determinadas como solventes como resultado de la evaluación. |
La suma de los criterios anteriormente descritos tanto de la evaluación de la Proposición Técnica como de la Proposición Económica será menor o igual a 100 puntos.
CONFORME A LOS LINEAMIENTOS EMITIDOS POR LA SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA, DADOS A CONOCER EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 09 DE SEPTIEMBRE DE 2010, “LA PUNTUACIÓN O UNIDADES PORCENTUALES A OBTENER EN LA PROPUESTA TÉCNICA PARA SER CONSIDERADA SOLVENTE Y, POR TANTO, NO SER DESECHADA, SERÁ DE CUANDO MENOS 37.5 DE LOS 50 MÁXIMOS QUE SE PUEDEN OBTENER EN SU EVALUACIÓN.”
✓ La Capacidad Legal de cada Licitante se evaluará en base a los Documentos presentados como 1, 1A, 2, 6, y 7, y 7A del Anexo Número 1 de esta Convocatoria.
✓ La Capacidad Financiera, Técnica, de Respuesta y Experiencia de cada Licitante se evaluará en base a la información que se obtenga de los Documentos 3, 4, 5, 8, 9 y 10, y se verificará la congruencia técnica y el apego a la norma aplicable de los documentos 11 al 32 del Anexo Número 1 de la presente Convocatoria.
✓ El INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRÍA a través de La JEFATURA DE DEPARTAMENTO DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO y la COORDINACIÓN DE OBRAS elaborará tablas comparativas, relativas a las Proposiciones Técnicas, Económicas, y todos aquellos aspectos específicos que se consideren necesarios para la elaboración y determinación del Fallo correspondiente.
✓ El INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRÍA podrá verificar la información proporcionada por los Licitantes.
La Convocante, por conducto de la JEFATURA DEL DEPARTAMENTO DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO y la COORDINACIÓN DE OBRAS elaborará un análisis que servirá como base para el Fallo, en el que se presentará la relación de Licitantes cuyas Proposiciones se desecharon, expresando todas las Razones Legales, Técnicas o Económicas que sustentan tal determinación e indicando los puntos de la Convocatoria que en cada caso se incumpla, así como, la relación de Licitantes cuyas Proposiciones resultaron solventes.
SECCIÓN IX
DESCALIFICACIÓN DE LICITANTES
Se descalificará al(los) Licitante(s) que incurra(n) en cualquiera de las siguientes situaciones:
▪ Incumplimiento de los requisitos especificados en esta Convocatoria, que afecten la solvencia de la Proposición o no presentar su Proposición puntualmente el día y la hora indicados como límite, para la entrega de las Proposiciones Técnicas y Económicas.
▪ Si el INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRÍA previa investigación comprueba que existe acuerdo con otro Licitante para elevar los precios.
▪ Si se comprueba que proporcionó información falsa para cubrir los requisitos de esta
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NÚMERO LO-012NCZ002-E79-2022.
▪ Por cualquier violación de las disposiciones contenidas en: la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, su Reglamento y la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos y de esta Convocatoria.
▪ La falta de alguno de los Documentos y Anexos indicados en la presente Convocatoria o que éstos no cumplan con los requisitos establecidos.
▪ Los Escritos Bajo Protesta de Decir Verdad, que se solicitan como requisito de participación en los procedimientos de Contratación, de no presentarse dichos Documentos en la Proposición, será motivo para la descalificación de la Proposición.
SECCIÓN X
FALLO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NÚMERO LO-012NCZ002-E79-2022
El Acto de Fallo se llevará a cabo el día 22 de julio de 2022 a las 11:00 horas en el Primer Piso de la Torre de Investigación del Instituto Nacional de Pediatría ubicado en el domicilio establecido en el INCISO a) de la SECCIÓN I de esta Convocatoria, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 39 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, mismo que podrá diferirse, siempre que el nuevo plazo fijado no exceda de treinta días naturales contados a partir del plazo establecido originalmente para el Fallo.
Para estos efectos, el DEPARTAMENTO DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO y la COORDINACIÓN DE OBRAS emitirán un Análisis de las Proposiciones, que servirá como base, en el que se harán constar las razones para admitirlas o desecharlas, y se emitirá contemplando lo siguiente:
▪ Nombre de los Licitantes cuyas Proposiciones Económicas fueron desechadas como resultado de su análisis detallado y las razones que se tuvieron para ello.
▪ Nombre de los Licitantes cuyas Proposiciones Económicas fueron determinadas como solventes de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 38 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
▪ Nombre del Licitante a quien se adjudique el Contrato, e identificación de cada uno de los conceptos y monto asignado.
▪ Información de fecha para firma del Contrato y presentación de garantías, conforme a esta Convocatoria de la LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NÚMERO LO-012NCZ002-E79-2022.
SECCIÓN XI
ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
Considerando aquellas Proposiciones que mejores condiciones hayan presentado en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes, el Contrato se adjudicará, conforme a lo señalado en la SECCIÓN VIII de la presente Convocatoria.
a) FIRMA DEL CONTRATO:
Con fundamento en los numerales 1,4,10 y 25 del “Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental denominado CompraNet” y el “Acuerdo por el que se incorpora como un módulo de CompraNet la aplicación denominada formalización de Instrumentos Jurídicos y se emiten las Disposiciones de carácter general que regulan su funcionamiento (Módulo de Formalización de Contratos), publicado en el D.O.F. el 18 de septiembre de 2020, con la entrada en vigor de dicho Módulo, los licitantes que en su defecto fueran adjudicados, deberán realizar el alta para los trámites correspondientes en la siguiente dirección electrónica: xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxx/#/, con la finalidad de generar, validar y formalizar de manera electrónica el (los) contrato (s) y convenios conceptuados con el “INP”, celebrados bajo el amparo de la “LOPSRM”, el no estar dado de ala en el módulo impedirá la formalización del instrumento contractual con el “INP”; para el correcto llenado, deberá de acceder a la guía de registro, en la siguiente dirección electrónica: xxxxx://xxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxx/Xxxx_xx_xxxxxxxx_xx_xxxxxxxx_X0.xxx
NOTA IMPORTANTE: Con la notificación del Fallo serán exigibles los derechos y obligaciones establecidos en el Modelo de Contrato del procedimiento de contratación y obligará al Instituto y a la Persona Física o Persona Moral a quien se le haya adjudicado, a firmar el Contrato en la fecha prevista en el propio Fallo o en un plazo no mayor a los 15 (quince) días naturales siguientes a la fecha en que se hubiese comunicado el Fallo, conforme a lo dispuesto por los Artículos 47, 48, 49 y 50 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, en la Subdirección de Servicios Generales, ubicada en Xxxxxxx xx xxx Xxxxxxxxxxx Xxx Xxxxxx 0000-X Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxxx, Código Postal 04530, Ciudad de México, en el Edificio de Administración.
Para la elaboración del Contrato; el Licitante ganador a quien se hubiere adjudicado el Contrato se obliga a presentar ante el INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRÍA dentro de los 3 días posteriores a partir de conocer el Fallo, copia y original para cotejo de los siguientes documentos:
• Acta Constitutiva, y en su caso de sus respectivas modificaciones.
• En el caso de Persona Moral, Poder Notarial que demuestre que el Representante Legal está facultado para suscribir el Contrato.
• Carta de no revocación de poderes.
• En el caso de Persona Física, proporcionar Acta de Nacimiento.
• Identificación Oficial, Credencial de Elector, Cartilla del Servicio Militar Nacional o Pasaporte Vigente.
• Alta ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público e ISR vigente.
• Las declaraciones fiscales del año 2020 y 2021 así como las provisionales del año 2022.
• Cédula de Identificación Fiscal vigente.
• Registro Patronal ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, vigente.
• Comprobante de domicilio fiscal, vigente (predial, agua, luz, teléfono).
• Escrito bajo protesta de decir verdad ratificando el domicilio fiscal.
• Escrito de estratificación de Empresa.
• Proposición Técnica y Económica en archivo digital.
• Constancia de la institución financiera que acredite la existencia de la cuenta bancaria a favor del Contratista, misma que será donde se realicen los pagos.
• Estado de cuenta más reciente a la fecha de formalización del Contrato.
• En su caso, convenio de participación conjunta.
Y demás Documentación solicitada en esta Convocatoria.
Si por causas imputables al(los) Licitante(s) a quien se hubiere adjudicado el Contrato no lo formalizan dentro del plazo establecido, se podrá adjudicar el Contrato al(los) Licitante(s) que hayan presentado la segunda Proposición que le siga en calificación, y así sucesivamente en caso de que este último no acepte la adjudicación, de acuerdo a lo asentado en el Tercer Párrafo del Artículo 47 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
La(s) empresa(s) que resulte(n) ganadora(s) deberá(n) ajustarse al Modelo de Contrato que el
INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRÍA proporcione para tal efecto.
Para los efectos de la Ley, la convocatoria a la Licitación, el contrato y sus anexos son los instrumentos que vinculan a las partes en sus derechos y obligaciones. Las estipulaciones que se establezcan en el contrato no deberán modificar las condiciones previstas en la convocatoria a la Licitación y sus juntas de aclaraciones; en caso de discrepancia. Prevalacerá lo estipulado en éstas. Derivado de la publicación de la resolución de la miscelánea fiscal para el año 2022, en el Diario Oficial de la Federación el día 27 de diciembre de 2021, conforme a la regla 2.1.29, y tal como lo establece el Artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, la empresa a la que se le adjudique contrato cuto monto exceda de un importe de $300,000.00 sin incluir IVA, observará lo siguiente:
Por cada contrato, el licitante adjudicado presentará al INP, un documento actualizado expedido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) en el que se emita opinión sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales. Para efectos de lo anterior, los Licitantes conm quienes se vaya acelebrar el contrato deberán solicitar la opinión sobre el cumplimiento de sus obligaciones conforme a lo siguiente:
I. Ingresarán a través del Portal del Servicio de Administración Tributaria buzón tributario, con su clave en el Registro Federal de Contribuiyentes y Contraseña o e. Firma (certificado de la firma electrónica avanzada).
II. Una vez elegida la opción del cumplimiento de obligaciones fiscales, el contribuyente podrá imprimirla.
III. Asimismo, el contribuyente, proveedor o licitante podrá autorizar a través del Portal del Servicio de Administración Tributaria para que un tercero con el que desee establecer relaciones contractuales, pueda consultar su opinión de cumplimiento.
La multicitada opinión, se generará atendiendo a la situación fiscal del contribuyente en los siguientes sentidos:
Positiva. – Cuando el contribuyente está inscrito y al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones que se consideran en los numerales 1 a 10 de esta regla.
Negativa. – Cuando el contribuyente no esté al corriente en el cumplimiento de las obligaciones que se consideran en los numerales 1 a 10 de esta regla.
Inscrito sin obligaciones. – Cuando el contribuyente está inscrito en el Registro Federal de Contribuiyentes, pero no tiene obligaciones fiscales.
La autoridad a fin de generar la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales, revisará que el contribuyente solicitante:
1. Ha cumplido con sus obligaciones fiscales en materia de inscripción en el Registro Federal de Contribuiyentes a que se refiere el Código Fiscal de la Federación y su Reglamento y que la clave en el Registro Federal de Contribuiyentes esté activa.
2. Se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales respecto de la presentación de las declaraciones anuales del Impuesto Sobre la Renta y la Declaración Informativa Anual de retenciones de Impuesto Sobre la Renta por sueldos y salarios e ingresos asimilados a salarios, correspondientes a los cuatro últimos ejercicios. Se encuentra al corriente en el
cumplimiento de sus obligaciones fiscales en el ejercicio en el que solicita la opinión y en los cuatro últimos ejercicios anteriores a éste, respecto de la presentación de pagos provisionales del Impuesto Sobre la Renta y retenciones del Impuesto Sobre la Renta por sueldos y salarios y retenciones por asmilados a salarios, así como los pagos definitivos del Impuesto al Valor Agregado, del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios y la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros; incluyendo las declaraciones informativas a que se refieren las reglas 5.2.2., 5.2.13., 5.2.15., 5.2.17., 5.2.18., 5.2.19., 5.2.20., 5.2.21., y 5.2.26.
3. Para efectos de lo establecido en el Artículo 32-D, fracción VIII del Código Fiscal de la Federación:
a) Tratandose de personas xxxxxxx que tributen en términos del Título II de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, excepto de los Capítulos VII y VIII de dicho Título, así como las del Título VII, Capítulo VIII de la misma Ley, que en las declaraciones de pago provisional mensual de Impuesto Sobre la Renta normal o complementaria incluyendo las extemporáneas no hayan declarado cero en los ingresos nominales del mes que declara, según el formulario electrónico que utilicen derivado del régimen en el que tributen y que haya emitido Comprobante Fiscal Digital por Internet o factura electrónica de ingresos vigente durante el mismo periodo. Tratandose de personas físicas y xxxxxxx que tributen en términos de los Capítulos VII y VIII del Título II de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, que el contribuyente no haya presentado en el ejercicio de que se trate más de dos declaraciones consecutivas, manifestando cero en ingresos percibidos o ingresos efectivamente cobrados del periodo y haya emitido Comprobante Fiscal Digital por Internet o factura electrónica de ingresos durante los mismos meses, los cuales se encuentren vigentes. Para efectos de este numeral, se considerarán los periodos a partir de 2017 y subsecuentes hasta el año en que se solicite la opinión, sin que estos excedan de 5 años. Sábado 28 de diciembre de 2019 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 41.
b) Que, respecto a las diferencias distintas a las señaladas en el inciso anterior, lo manifestado en las declaraciones de pagos provisionales, retenciones, definitivos o anuales, ingresos y retenciones concuerden con los comprobantes fiscales digitales por Internet, expedientes, documentos o bases de datos que lleven las autoridades fiscales, tengan en su poder o a las que tengan acceso.
4. Que no se encuentren publicados en el Portal del Servicio de Administración Tributaria, en el listado definitivo a que se refiere el artículo 69-B, cuarto párrafo del Código Fiscal de la Federación.
5. No tenga créditos fiscales firmes o exigibles.
6. Tratandose de contribuyentes que hubieran solicitado autorización para pagar a plazos o hubieran interpuesto algún medio de defensa contra créditos fiscales a su cargo, los mismos se encuentren garantizados conforme al artículo 141 del Código Fiscal de la Federación, con excepción de lo dispuesto por la regla 2.14.5
7. En caso de contar con autorización para el pago a plazo, no haya incurrido en las causales de revocación a que hace referencia el artículo 66-A, fracción IV del Código Fiscal de la Federación.
8. Revisará que el contribuyente se encuentre localizado. Se entenderá que un contribuyente está localizado cuando no se encuentra publicado en el listado a que se refiere el artículo 69 último párrafo del Código Fiscal de la Federación, en relación con el décimo segundo párrafo, fracción III, del Código Fiscal de la Federación.
9. Que no tengan sentencia condenatoria firme por algún delito fiscal. El impedimento para contratar será por un periodo igual al de la pena impuesta, a partir de que cause firmeza la sentencia.
10. Que no se encuentre publicado en el listado a que se refiere el artículo 69-B Bis octavo párrafo del Código Fiscal de la Federación. Para efectos de los numerales 5,6 y 7, tratandose de créditos fiscales firmes o exigibles, se entendera que el contribuyente se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, si a la fecha de solicitud de opinión a que se refiere la fracción I de esta regla, se ubica en cualquiera de los siguientes supuestos:
i. Cuando el contribuyente cuente con autorización para pagar a plazos y no le haya sido revocada. ii.Cuando no haya vencido el plazo para pagar a que se refiere el artículo 65 del Código Fiscal de la Federación.
Iii Cuando se haya interpuesto medio de defensa en contra del crédito fiscal determinado y se encuentre debidamente garantizado el interés fiscal de conformidad con las disposiciones fiscales.
Aclaraciones
Cuando la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales arroje, inconsistencias con las que el contribuyente no esté de acuerdo, deberá ingresar la aclaración correspondiente, conforme a la ficha de tramite 2/ Código Fiscal de la Federación “Aclaración a la opinión del cumplimiento de las obligaciones fiscales”, contenida en el Anexo 1-A, a través xxx xxxxx tributario o de su Portal; tratandose de
aclaraciones de su situación en el padrón del Registro Federal de Contribuyentes, sobre créditos fiscales o sobre el otorgamiento de garantía, aclaraciones en el cumplimiento de declaraciones fiscales, aclaraciones referentes a aclaraciones presentadas en cero, pero con Comprobante Fiscal Digital por Internet o factura electrónica emitido y publicación en el listado definitivo del artículo 69-B, cuarto párrafo del Código Fiscal de la Federación, la autoridad deberá resolver en un plazo máximo de seis días. Una vez que se tenga la respuesta de que han quedado solventadas las inconsistencias, podrá hacer valer nuevamente la aclaración correspondiente, cuando aporte nuevas razones y lo soporte documentalmente. La opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales a que hace referencia el primer párrafo de la presente regla que se emita en sentido positivo, tendrá una vigencia de treinta días naturales a partir de la fecha de emisión. Asimismo, dicha opinión, se emite considerando la situación del contribuyente en los sistemas electrónicos institucionales del Servicio de Administración Tributaria, por lo que no constituye resolución en sentido favorable al contribuyente sobre el cálculo y montos de créditos o impuestos declarados o pagados. La presente regla también es aplicable a los contribuyentes que subcontraten a los proveedores o prestadores de servicio a quienes se adjudique el contrato. Código Fiscal de la Federación 31, 32-D, 65, 66, 66-A, 69, 69-B, 69-B Bis, 141, LIVA 32, RMF 2020 2.8.4.1., 2.14.5., 4.5.1., 5.2.2.,
5.2.13., 5.2.15., 5.2.17., 5.2.18., 5.2.19., 5.2.20., 5.2.21., y 5.2.26.
El Licitante ganador que no firme el Contrato por causas imputables al mismo será sancionado en los términos del Artículo 78 Fracción I de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
b) SUSPENSIÓN, TERMINACIÓN ANTICIPADA, RESCISIÓN DEL CONTRATO Y AJUSTE DE COSTOS:
SUSPENSIÓN TEMPORAL:
El INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRÍA podrá suspender temporalmente los trabajos contratados por cualquier causa justificada y determinar, en su caso, la temporalidad de ésta, la que no podrá prorrogarse o ser indefinida.
Cuando esto suceda se procederá de acuerdo con lo establecido en el artículo 60 Primer Párrafo, 62 y 63 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; 144 al 149 de su Reglamento.
TERMINACIÓN ANTICIPADA:
El INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRÍA podrá dar por terminado anticipadamente el Contrato, cuando ocurran razones de interés general.
Cuando esto suceda, se procederá de acuerdo con lo establecido en el Artículo 60, 62 y 63 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; y Artículos del 150 al 153 de su Reglamento.
Así, se podrán dar por terminados anticipadamente los Contratos cuando concurran razones de interés general o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los trabajos originalmente contratados y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas se ocasionaría algún daño o perjuicio al Estado, conforme a lo dispuesto en el Artículo 60 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
RESCISIÓN ADMINISTRATIVA:
El Instituto podrá rescindir administrativamente el Contrato que haya adjudicado al(los) Licitante(s), conforme a los Artículos 61, 62 y 63 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, 154 al 163 de su Reglamento.
AJUSTE DE COSTOS:
Cuando a partir de la Presentación de Proposiciones ocurran circunstancias de orden económico no previstas en el Contrato, que determinen un aumento o reducción de los costos de los trabajos aún no ejecutados conforme al programa pactado, dichos costos, cuando procedan, deberán ser ajustados atendiendo al procedimiento establecido en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento:
✓ Para la determinación del ajuste de los costos de los trabajos aún no ejecutados conforme al programa pactado, con fundamento en los Artículos 56, 57 y 58 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; y 173 al 184 de su Reglamento, se seguirá el siguiente procedimiento: en el ajuste podrá determinarse la actualización de los costos de los trabajos que intervienen en cada uno de los precios unitarios, con base en los relativos proporcionados por la Secretaría y en los términos establecidos en el Contrato.
✓ Los ajustes se calcularán a partir de la fecha en que se haya producido el incremento o decremento en el costo de los insumos, respecto a la fecha de Apertura de las Proposiciones Técnicas, tomando en cuenta los servicios faltantes de ejecutar conforme a la programación original comprometida en el Contrato, o en caso de existir atraso no imputable al contratista con respecto al programa de obra que se encuentre en vigor.
✓ Los incrementos o decrementos de los costos de los insumos, serán calculados con base en los índices relativos que determine la Secretaría; cuando los relativos que requiera la contratista no se encuentren conforme a los precios que investigue.
✓ Los precios originales del Contrato permanecerán fijos hasta la terminación de los trabajos contratados, el ajuste se aplicará a los costos directos conservando constantes los porcentajes de indirectos y utilidad original durante el ejercicio del Contrato, el financiamiento se ajustará de acuerdo a la variación de la tasa de interés propuesto.
SECCIÓN XII
CANCELACIÓN DE LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NÚMERO LO-012NCZ002-E79-2022
Únicamente se podrá cancelar por parte del INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRÍA, la LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NÚMERO LO-012NCZ002-E79-2022 por caso fortuito o de fuerza mayor en relación con el Artículo 40 Segundo Párrafo de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
SECCIÓN XIII
DECLARACIÓN DE LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL DESIERTA
El INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRÍA podrá declarar desierta la LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NÚMERO LO-012NCZ002-E79-2022 por cualquiera de los supuestos previstos en el Artículo 40 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y 72 de su Reglamento;
▪ Cuando vencido el plazo para la obtención de la Convocatoria de la LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NÚMERO LO-012NCZ002-E79-2022, ningún interesado la adquiera.
▪ Cuando no se presenten Proposiciones en el Acto de Presentación y Apertura.
▪ Cuando ningún Licitante se hubiese inscrito para participar en el Acto de Apertura de Proposiciones.
▪ Cuando ninguna de las Proposiciones presentadas, a juicio del INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRÍA apegados a la Normatividad vigente, reúna los requisitos establecidos en la Convocatoria de la LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NÚMERO LO-012NCZ002-E79-2022.
▪ Cuando el monto de las Proposiciones exceda del presupuesto autorizado para el Contrato objeto de la presente LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NÚMERO LO-012NCZ002-E79-2022.
▪ Si se declara desierta, en su caso, se podrá emitir una Segunda Convocatoria, esto último en términos de lo dispuesto en el Artículo 72 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
SECCIÓN XIV
INCONFORMIDADES, CONTROVERSIAS Y SANCIONES
a) INCONFORMIDADES:
El(los) Licitante(s) podrá(n) inconformarse por escrito ante la Secretaría de la Función Pública, con domicilio en Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxx Xxxxxx 0000, Xxxxxxx Xxxxxxxxx Inn, Código Postal 01020, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, o en las oficinas del Órgano Interno de Control en el INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRÍA ubicadas en Avenida Insurgentes Sur, Número 3700-C, Colonia Insurgentes Cuicuilco, Delegación Coyoacán, Código Postal 04530, Ciudad de México, o a través del Sistema COMPRANET, dentro de los 6 (seis) días hábiles siguientes a aquel en que ocurra el acto objeto de inconformidad, o el inconforme tenga conocimiento del acto impugnado, de conformidad con los Artículos 83 y 84 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
b) CONTROVERSIAS:
Las controversias que se susciten en materia, objeto de la presente LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NÚMERO LO-012NCZ002-E79-2022 se resolverán con apego a lo previsto en las disposiciones de carácter federal aplicables, por lo que toda estipulación contractual en contrario no surtirá efecto legal alguno. En lo no previsto por la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y en esta Convocatoria se aplicarán supletoriamente todas las demás disposiciones legales que de éstas se deriven de conformidad con el Artículo 13 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
c) SANCIONES:
Los Licitantes que infrinjan lo establecido en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, Convocatoria o Contrato serán sancionados conforme a los Artículos 77, 78 y 79 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y los correspondientes de su Reglamento.
Se harán efectivas las garantías relativas al cumplimiento del Contrato cuando:
• El(los) Licitante(es) ganador(es) presente(n) una demora en el inicio en la ejecución de los trabajos convocados.
• Por incumplimiento a lo dispuesto en las cláusulas del Contrato correspondiente.
SECCIÓN XV
PENAS CONVENCIONALES
Se aplicará una retención, por atraso en los programas de ejecución de los trabajos, deberá retenerse el 2% en la estimación que se encuentre en proceso de trámite de pago, en la fecha que se determine el atraso, sobre los trabajos no ejecutados conforme al programa convenido, misma que el Contratista podrá recuperar en las próximas estimaciones si regulariza los tiempos de atraso que se señalen en los programas de ejecución.
Si al término del plazo establecido, el Contratista no concluyera los trabajos encomendados; pagará a la Convocante el 2 al millar, sobre el monto del Contrato aún no ejecutado a esa fecha, por cada día xx xxxx en que incurra, hasta la terminación total de los trabajos. Conforme a lo establecido en el Artículo 46 Bis de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, 86, 87 y 88 de su Reglamento.
Cuando el incumplimiento de las obligaciones del Licitante no derive del atraso mencionado en el Primer Párrafo, sino por otras causas establecidas en el Contrato, se podrá iniciar en cualquier momento posterior al incumplimiento, el Procedimiento de Rescisión de Contrato conforme a lo establecido en los Artículos 61, 62 y 63 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; 154 al 163 de su Reglamento.
SECCIÓN XVI
RESPONSABILIDADES
La(s) Empresa(s) ganadora(s) quedará(n) obligada(s) ante el INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRÍA a responder por la optima calidad de los trabajos, así como de cualquier otra responsabilidad en que hubieren incurrido, en los términos señalados en el Contrato respectivo y en la normatividad que en el mismo se establece.
Lo no previsto en la LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NÚMERO LO-012NCZ002-E79-2022 y en el
ejercicio del Contrato se sujetará a lo expresamente consignado en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento, así como a cualquier otra norma legal aplicable, como lo señala el Artículo 13 de la Ley.
SECCIÓN XVII
PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN MATERIA DE CONTRATACIONES PÚBLICAS, OTORGAMIENTO Y PRÓRROGA DE LICENCIAS, PERMISOS, AUTORIZACIONES Y CONCESIONES
El INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRÍA se apegará a lo dispuesto en el “ACUERDO POR EL QUE SE EXPIDE EL PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN MATERIA DE CONTRATACIONES PÚBLICAS, OTORGAMIENTO Y PRÓRROGA DE LICENCIAS, PERMISOS, AUTORIZACIONES Y CONCESIONES”
publicado el día 20 del mes xx Xxxxxx del año 2015 en el DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN, así mismo al “ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA EL DIVERSO QUE EXPIDE EL PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN MATERIA DE CONTRATACIONES PÚBLICAS, OTORGAMIENTO Y PRÓRROGA DE
LICENCIAS, PERMISOS, AUTORIZACIONES Y CONCESIONES” publicado el día 19 del mes de Febrero del año 2016 en el DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN, y al “ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA EL DIVERSO QUE EXPIDE EL PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN MATERIA DE CONTRATACIONES PÚBLICAS, OTORGAMIENTO Y PRÓRROGA DE LICENCIAS, PERMISOS,
AUTORIZACIONES Y CONCESIONES” publicado el día 28 del mes de Febrero del año 2017 en el DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN, todos emitidos por la SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA.
XXXXXX XX XXXXXX, XXXXXX. 00 XX XXXXX 0000.
ATENTAMENTE:
DRA. XXXXXXXX XXXXXXX XXXXX
DIRECTORA DE ADMINISTRACIÓN DEL INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRÍA
ANEXO NÚMERO 1
DOCUMENTACIÓN QUE DEBERÁN ENTREGAR LOS PARTICIPANTES EN EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES:
LA DOCUMENTACIÓN DEBERÁ PRESENTARSE EN UN SOBRE DEBIDAMENTE CERRADO, SEÑALANDO EN LAS PROPOSICIONES TÉCNICAS (DOCUMENTOS NÚMEROS 1, 1A, 2, 3, 4, 5, 6, 7,
7A, 8, 9, Y 10, Y LAS PROPOSICIONES ECONÓMICAS (DOCUMENTOS NÚMEROS 11, 12, 13, 14, 15,
16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31 y 32).
DOCUMENTO NÚMERO 1 | Escrito en el que manifieste bajo protesta de decir verdad su deseo de participar en la LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NÚMERO LO-012NCZ002- E79-2022, dicho escrito deberá contener la información establecida en los Artículos 34 Fracción VIII y 61 Fracción VI del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, (Documento Número 1 del Anexo Número 1). LA ENTREGA DE ESTE ESCRITO DEBERÁ SER PREVIO A LA JUNTA DE ACLARACIONES. |
DOCUMENTO NÚMERO 1A | En términos del Articulo 36 Primer Párrafo del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, escrito en el que el Licitante manifieste, bajo protesta de decir verdad que es de Nacionalidad Mexicana (Documento Número 1A del Anexo Número 1). |
DOCUMENTO NÚMERO 2 | Formato de acreditación de personalidad jurídica, de acuerdo al Inciso C de la SECCIÓN I de la presente Convocatoria (Documento Número 2 del Anexo Número 1). |
DOCUMENTO NÚMERO 3 | Acreditación de la experiencia y capacidad técnica en trabajos similares (Documento Número 3 del Anexo Número 1) con la identificación de los trabajos realizados por el Licitante y su personal, en los que sea comprobable su participación, anotando el nombre, dirección y teléfono de la Contratante, descripción de las obras, importes totales, importes ejercidos o por ejercer y las fechas previstas de terminaciones, según sea el caso. |
DOCUMENTO NÚMERO 4 | Organigrama del Licitante, así como la plantilla del personal directivo y administrativo (Documento Número 4 del Anexo Número 1). Organigrama que debe acompañarse con el currículum de cada uno de los Profesionales Técnicos que serán responsables de la Dirección, Administración y Ejecución de la Obra (se deberá anexar copia de la Cédula Profesional acompañada de la validación correspondiente por parte de la SEP y de los certificados, constancias, cursos de capacitación y actualización profesional, etcétera, que hayan tomado), los que deberán de tener experiencia comprobable en obras con características técnicas y magnitud similares a la obra objeto de la presente Convocatoria, asimismo, en su caso, deberá presentar los documentos que acrediten la experiencia y capacidad técnica en obras similares. |
DOCUMENTO NÚMERO 5 | Constancia de la visita a las instalaciones para hacer el reconocimiento físico; si no se presenta, en sustitución de la constancia, deberán presentar un escrito en donde manifiesten, bajo protesta de decir verdad, el conocer las instalaciones y los equipos, donde se realizarán los trabajos (Documento Número 5 del Anexo Número 1 de la presente Convocatoria). |
DOCUMENTO NÚMERO 6 | Escrito de manifestación bajo protesta de decir verdad, que no se encuentra dentro de los supuestos que establecen los Artículos 51 y 78 de la Ley de Obras y Servicios Relacionados con las Mismas (Documento Número 6 del Anexo Número 1 de la presente Convocatoria). |
DOCUMENTO NÚMERO 7 | Deberán presentar los Licitantes una declaración de integridad, en la que manifiesten que por sí mismos o a través de interpósita persona, se abstendrán de adoptar conductas, para que los Servidores Públicos de esta Entidad, induzcan o alteren las evaluaciones de las Proposiciones, el resultado del Procedimiento u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes (Documento Número 7 del Anexo Número 1). |
DOCUMENTO | CARTA DE ACEPTACIÓN: Los Licitantes que envíen su Proposición Técnica y |
NÚMERO 7A | Económica a través del medio electrónico de comunicación Sistema COMPRANET, deberán presentar CARTA DE ACEPTACIÓN debidamente firmada por el Representante Legal, en la que manifiesten “que se tendrán como no presentadas sus Proposiciones y, en su caso, la documentación requerida por la Convocante, cuando el archivo electrónico en el que se contengan las proposiciones y/o demás información no pueda abrirse por tener algún virus informático o por cualquier otra causa ajena a la Secretaría.” NOTA IMPORTANTE: La CARTA DE ACEPTACIÓN deberá ser enviada a más tardar una hora antes del inicio del Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones a la cuenta de correo electrónico xxxxxxxx@xxxxxxxxx.xxx.xx o mediante el Sistema COMPRANET. Siendo responsabilidad del Licitante confirmar dicha recepción al número telefónico (00) 0000 0000 Extensión 1385. Se tomará como hora de recepción la que registre el correo electrónico o la pantalla del Sistema COMPRANET, por lo que la falta de entrega de este documento, así como su recepción posterior a la hora del Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones, se tendrá como no presentado dicho documento obligatorio y aplicará en su caso, el desechamiento de la Proposición (Documento Número 7A del Anexo Número 1, en su caso). |
DOCUMENTO NÚMERO 8 | Declaración anual del impuesto sobre la renta de los ejercicios fiscales 2020 y 2021, con todos sus anexos, acuse de recibo y comprobante de pago en caso de haber resultado impuesto a cargo, así como, pagos provisionales del año 2022. (Documento Número 8 del Anexo Número 1). |
DOCUMENTO NÚMERO 9 | Escrito mediante el cual manifiesten bajo protesta de decir verdad que cuentan con la capacidad técnica y económica para la ejecución de los trabajos de la “MANTENIMIENTO A CASA DE MAQUINAS Y EDIFICIOS ADJUNTOS DEL INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRÍA, 2ª ETAPA”; Deberá presentar el currículum del personal técnico que va a administrar la obra objeto de la presente LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NÚMERO LO-012NCZ002-E79- 2022 (Documento Número 9 del Anexo Número 1). |
DOCUMENTO NÚMERO 10 | Proposición Técnica del Licitante, es decir, los alcances y condiciones de los trabajos a realizar, la cual deberá ser congruente con lo establecido en el Anexo Número 5 (Documento Número 10 del Anexo Número 1). |
DOCUMENTO NÚMERO 11 | Análisis, cálculo e integración del factor xx xxxxxxx real, el cual deberá ser congruente con lo establecido en el Anexo Número 6 (Documento Número 11 del Anexo Número 1). |
DOCUMENTO NÚMERO 12 | Tabulador xx xxxxxxx base, de mano de obra e integración de los salarios, el cual deberá ser congruente con lo establecido en el Anexo Número 6 (Documento Número 12 del Anexo Número 1). |
DOCUMENTO NÚMERO 13 | Análisis de los costos horarios de maquinaria y equipo, el cual deberá ser congruente con lo establecido en el Anexo Número 6 (Documento Número 13 del Anexo Número 1). |
DOCUMENTO NÚMERO 14 | Desglose de los costos indirectos, el cual deberá ser congruente con lo establecido en el Anexo Número 6 (Documento Número 14 del Anexo Número 1). |
DOCUMENTO NÚMERO 15 | Análisis, cálculo e integración del costo por financiamiento, el cual deberá ser congruente con lo establecido en el Anexo Número 6 (Documento Número 15 del Anexo Número 1). |
DOCUMENTO NÚMERO 16 | Análisis del cargo por utilidad propuesto por el Licitante, el cual deberá ser congruente con lo establecido en el Anexo Número 6 (Documento Número 16 del Anexo Número 1). |
DOCUMENTO NÚMERO 17 | Análisis e integración de los cargos adicionales, el cual deberá ser congruente con lo establecido en el Anexo Número 6 (Documento Número 17 del Anexo Número 1). |
DOCUMENTO NÚMERO 18 | Listado de insumos que intervienen en la integración de la propuesta de materiales, el cual deberá ser congruente con lo establecido en el Anexo |
Número 6 (Documento Número 18 del Anexo Número 1). | |
DOCUMENTO NÚMERO 19 | Listado de insumos que intervienen en la integración de la propuesta de la mano de obra, el cual deberá ser congruente con lo establecido en el Anexo Número 6 (Documento Número 19 del Anexo Número 1). |
DOCUMENTO NÚMERO 20 | Listado de insumos que intervienen en la integración de la propuesta de la maquinaria y equipo de construcción, el cual deberá ser congruente con lo establecido en el Anexo Número 6 (Documento Número 20 del Anexo Número 1). |
DOCUMENTO NÚMERO 21 | Listado de insumos que intervienen en la integración de la propuesta equipo de instalación permanente, el cual deberá ser congruente con lo establecido en el Anexo Número 6 (Documento Número 21 del Anexo Número 1). |
DOCUMENTO NÚMERO 22 | Análisis de precios unitarios, el cual deberá ser congruente con lo establecido en el Anexo Número 6 (Documento Número 22 del Anexo Número 1). |
DOCUMENTO NÚMERO 23 | Programa de erogaciones, de la ejecución general de los trabajos, calendarizado y cuantificado mensualmente dividido por conceptos, el cual deberá ser congruente con lo establecido en el Anexo Número 6 (Documento Número 23 del Anexo Número 1). |
DOCUMENTO NÚMERO 24 | Programa de erogaciones calendarizado y cuantificado de utilización mensual de los materiales, el cual deberá ser congruente con lo establecido en el Anexo Número 6 (Documento Número 24 del Anexo Número 1). |
DOCUMENTO NÚMERO 25 | Programa de erogaciones calendarizado y cuantificado de utilización mensual de la mano de obra (por categorías), el cual deberá ser congruente con lo establecido en el Anexo Número 6 (Documento Número 25 del Anexo Número 1). |
DOCUMENTO NÚMERO 26 | Programa de erogaciones calendarizado y cuantificado de utilización mensual de la maquinaria y equipo de construcción, el cual deberá ser congruente con lo establecido en el Anexo Número 6 (Documento Número 26 del Anexo Número 1). |
DOCUMENTO NÚMERO 27 | Programa de erogaciones calendarizado y cuantificado de utilización mensual de los equipos de instalación permanente, el cual deberá ser congruente con lo establecido en el Anexo Número 6 (Documento Número 27 del Anexo Número 1). |
DOCUMENTO NÚMERO 28 | Programa de erogaciones calendarizado y cuantificado de utilización mensual del personal profesional técnico, administrativo y de servicios encargado de la Dirección, Supervisión y Administración de los trabajos, el cual deberá ser congruente con lo establecido en el Anexo Número 6 (Documento Número 28 del Anexo Número 1). |
DOCUMENTO NÚMERO 29 | Catálogo de Conceptos, el cual deberá ser congruente con lo establecido en el Anexo Número 6 (Documento Número 29 del Anexo Número 1). |
DOCUMENTO NÚMERO 30 | Resumen por subpartidas y partidas, el cual deberá ser congruente con lo establecido en el Anexo Número 6 (Documento Número 30 del Anexo Número 1). |
DOCUMENTO NÚMERO 31 | Propuesta de programa por subpartidas y partidas, por parte del Licitante, acompañado de diagrama xx Xxxxx y ruta crítica en Project Management (Documento Número 31 del Anexo Número 1). |
DOCUMENTO NÚMERO 32 | Escrito con su Proposición Económica (usar papel membretado), (Documento Número 32 del Anexo Número 1). |
ANEXO NÚMERO 2
FORMATO DE ACREDITACIÓN DE PERSONALIDAD JURÍDICA:
(Nombre del Representante) , manifiesto bajo protesta de decir verdad, que los datos aquí asentados, son ciertos y han sido debidamente verificados; que cuento con facultades suficientes para suscribir la Proposición en la presente LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NÚMERO LO-012NCZ002- E79-2022 a nombre y/o representación de (nombre del Licitante) .
Licitación Pública Nacional Número:
Registro Federal de Contribuyentes:
Registro Patronal ante el IMSS, vigente:
Domicilio:
Calle y número:
Colonia: Delegación o Municipio:
Código postal: Entidad Federativa:
Teléfonos: Fax:
Correo electrónico:
Número de Escritura Pública en la que consta Fecha: Su Acta Constitutiva:
Nombre, número y xxxxx xxx Xxxxxxx Público ante el cual se dio fe de la misma: Inscripción en el Registro Público de Comercio:
Fecha:
Razón o denominación social:
Descripción del objeto social:
Reformas al acta constitutiva:
Nombre del apoderado legal:
Datos del documento mediante el cual acredita su personalidad y facultades: Escritura pública no: fecha:
Nombre, número y xxxxx xxx xxxxxxx publico ante el cual se otorgó:
Inscripción en el registro público de comercio:
Protesto lo necesario.
Firma Lugar y fecha
NOTA: El presente formato podrá ser reproducido por cada Licitante en el modo que estime conveniente, debiendo respetar su contenido, en el orden indicado.
INSTRUCTIVO PARA LLENAR EL ESCRITO “BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD”
NOMBRE: anotar el nombre completo de la persona que tiene facultades suficientes para suscribir las proposiciones.
REPRESENTACIÓN DE: anotar el nombre completo del licitante; tal como aparece en la escritura constitutiva, tratándose de empresa.
REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES: anotar el registro federal de contribuyentes, a trece posiciones, que otorgó la Secretaría de Hacienda y Crédito Público al Licitante.
REGISTRO PATRONAL ANTE EL IMSS, VIGENTE: anotar el registro patronal que otorga el Instituto Mexicano del Seguro Social, vigente.
DOMICILIO, CALLE Y NÚMERO, COLONIA, DELEGACIÓN O MUNICIPIO, CÓDIGO POSTAL, ENTIDAD FEDERATIVA, TELÉFONOS, FAX Y CORREO ELECTRÓNICO: anotar la Calle y el
Número Exterior e Interior, la Colonia, la Delegación (para la Ciudad de México) o el Municipio (para los Estados), el Código Postal, la Entidad Federativa (Estado), los Números de Teléfono, Fax y Correo Electrónico, donde tiene su domicilio fiscal del Licitante.
NÚMERO DE ESCRITURA PÚBLICA EN LA QUE CONSTA SU ACTA CONSTITUTIVA.
FECHA: anotar la fecha de la escritura constitutiva del Licitante.
NOMBRE, NÚMERO Y XXXXX XXX XXXXXXX PÚBLICO ANTE EL CUAL SE DIO FE DE LA
MISMA: anotar el nombre completo, el número y el lugar donde se ubica el Notario Público que dio fe de la escritura constitutiva.
RAZÓN O DENOMINACIÓN SOCIAL: anotar el nombre completo del Licitante.
DESCRIPCIÓN DEL OBJETO SOCIAL: anotar la descripción completa del objeto social de la persona física o moral, donde conste que entre sus funciones se encuentran las necesarias para dar cumplimiento a los Contratos que se deriven del Procedimiento.
REFORMAS AL ACTA CONSTITUTIVA: anotar las descripciones de las modificaciones al acta constitutiva.
NOMBRE DEL APODERADO LEGAL: anotar el nombre de la persona que es el apoderado legal acreditado por el Licitante.
EN SU CASO, DATOS DEL DOCUMENTO MEDIANTE EL CUAL ACREDITA SU
PERSONALIDAD Y FACULTADES (ESCRITURA PÚBLICA NÚMERO, FECHA, NOMBRE, NÚMERO
Y XXXXX XXX XXXXXXX PÚBLICO ANTE EL CUAL SE OTORGÓ): anotar el número de la escritura pública, fecha y lugar de expedición, el nombre, y número donde se ubica el Notario Público, documento mediante el cual se otorgaron las facultades suficientes del representante para suscribir las Proposiciones, así como describir en forma completa las facultades que le fueron conferidas.
FIRMA: el representante acreditado deberá estampar su firma.
LUGAR Y FECHA: ANOTAR EL LUGAR Y FECHA DE ELABORACIÓN DE ESTE ESCRITO, QUE DEBERÁ COINCIDIR CON LA DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES.
ANEXO NÚMERO 3
MODELO DE DECLARACIÓN BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD DE NO ENCONTRARSE BAJO LOS SUPUESTOS DE LOS ARTÍCULOS 51 Y 78 DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS.
Ciudad de México, México, a de de 2022.
INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRÍA DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN SUBDIRECCIÓN DE SERVICIOS GENERALES
DEPARTAMENTO DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO
AT’N: Dra. Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx Directora de Administración P r e s e n t e
En relación a la LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NÚMERO relativa a la contratación de la obra pública .
El suscrito en mi carácter de representante legal de
. Personalidad que acredito con el testimonio notarial número , expedido por el notario público número
, de la Ciudad de , comparezco a nombre de mi representada a declarar bajo protesta de decir verdad:
(En el caso de personas físicas, la personalidad deberá ser acreditada con Acta de Nacimiento, Credencial de Elector o Cartilla del Servicio Militar Mexicano).
Que una vez leído detalladamente el contenido de la Convocatoria de la Licitación Pública Nacional de referencia, que ninguno de los integrantes de mi representada se encuentra en los supuestos establecidos en los Artículos 51 y 78 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
Mi representada se da por enterada que en caso de que la información anterior resultase falsa, será causa suficiente para que opere la descalificación y/o la rescisión del contrato sin responsabilidad alguna para el Instituto Nacional de Pediatría.
Lo anterior con el propósito de dar cumplimiento a dicha disposición y para los fines y efectos a que haya lugar.
A t e n t a m e n t e
Nombre del representante legal | firma | cargo |
ANEXO NÚMERO 4
MODELO DE CONTRATO
INSTRUMENTO NÚMERO:
C/O/U///2022.
CONTRATO DE OBRA PÚBLICA BAJO LA CONDICIÓN DE PAGO PRECIOS UNITARIOS, ANUAL CON CARÁCTER NACIONAL PARA ELABORAR EL MANTENIMIENTO A CASA DE MAQUINAS Y EDIFICIOS ADJUNTOS DEL INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRÍA, 2ª ETAPA, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRIA, EN LO SUCESIVO “LA ENTIDAD” REPRESENTADA POR LA DRA. XXXXXXXX XXXXXXX XXXXX EN SU CARÁCTER DE DIRECTORA DE ADMINISTRACION; Y POR LA OTRA PARTE (RAZON SOCIAL DE LA PERSONA FÍSICA Y MORAL) EN LO SUCESIVO “EL CONTRATISTA”, REPRESENTADO POR EL (NOMBRE DEL
REPRESENTANTE LEGAL) EN SU CARÁCTER DE_(señalar el carácter del representante de la empresa), QUIENES DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”, DE CONFORMIDAD CON LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES
• ANTECEDENTES
EL INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRÍA (INP), COMO ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DEL GOBIERNO FEDERAL, CONTEMPLA LA CONTRATACIÓN DEL MANTENIMIENTO A CASA DE MÁQUINAS Y EDIFICIOS ADJUNTOS DEL INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRIA 2A. ETAPA, MISMA QUE SE ENCUENTRA REGULADA POR LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS (LOPSRM), Y SU REGLAMENTO, EL MANUAL ADMINISTRATIVO DE APLICACIÓN GENERAL EN MATERIA DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS Y LAS POLÍTICAS BASES Y LINEAMIENTOS PARA LA CONTRATACIÓN DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS, EN EL INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRÍA.
EL OBJETO MATERIA DEL CONTRATO ES LA CONTINUACIÓN DEL “PROGRAMA DE MANTENIMIENTO A CASA DE MAQUINAS Y EDIFICIOS ADJUNTOS DEL INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRIA” PRIMERA ETAPA, CONTRATACIÓN CELEBRADA EN EL 2021.
DECLARACIONES
D E C L A R A C I O N E S
I. “LA ENTIDAD” declara que:
I.1 Es un organismo público descentralizado de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, de conformidad con la Ley de los Institutos Nacionales de Salud, publicada en el Diario Oficial de la Federación el veintiséis xx xxxx del año dos mil.
I.2 Conforme a lo dispuesto por el Estatuto Orgánico del Instituto Nacional de Pediatría, la Dra. Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx Directora de Administración con R.F.C. VESM4910078AA es la servidora pública que tiene conferidas las facultades legales para celebrar el presente contrato, quien podrá ser sustituido en cualquier momento en su cargo o funciones, sin que ello implique la necesidad de elaborar convenio modificatorio.
I.X De conformidad con el testimonio de la escritura pública número ciento cincuenta y cuatro mil cincuenta y dos, de fecha xxxxx xx xxxx de 2022 otorgada ante la xx xxx Xxxxxxx Público Número Ciento Veintinueve de la Ciudad de México, Lic. Xxxxxxx Xxxx Xxxxx y Xxxx; suscribe el presente instrumento la Dra. Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, en su carácter de Directora de Administración y Apoderada Legal del Instituto Nacional de Pediatría, quien en este acto interviene con las facultades que le confieren el testimonio notarial antes mencionado, y que dichas facultades no han sido revocadas, modificadas o limitadas a la fecha de firma de este instrumento.
Conforme a lo dispuesto por el Estatuto Orgánico del Instituto Nacional de Pediatría, el Ing. Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, Jefe del Departamento de Conservación y Mantenimiento con R.F.C. GOCL730522VAA es el servidor público que tiene conferidas las facultades legales para celebrar el presente contrato, quien podrá ser sustituido en cualquier momento en su cargo o funciones, sin que ello implique la necesidad de elaborar convenio modificatorio.
I.3 La adjudicación del presente contrato se realizó mediante el procedimiento de Licitación Pública Mixta de carácter Nacional, realizado al amparo de lo establecido en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los artículos 3, 27 fracción I, 30 fracción I, 31, 32, 45 fracción I, 50 fracción I de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, “LOPSRM”, y los correlativos de su Reglamento.
Cuando la proposición ganadora haya sido presentada en forma conjunta por varias personas, se estará a lo dispuesto por el artículo 47 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, “RLOPSRM”.
I.4 “LA ENTIDAD” cuenta con recursos suficientes y con autorización para ejercerlos en el cumplimiento de sus obligaciones derivadas del presente contrato, como se desprende del reporte general de suficiencia presupuestaria oficio número DGPyP-0077-2022, de fecha 21 de ENERO de 2022, emitido por la Dirección General de Programación y Prepuesto.
I.5.- Para cubrir las erogaciones que se deriven del presente contrato, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público autorizó la inversión correspondiente a la obra objeto de este contrato, mediante el Registro en Cartera 2112NCZ0002 de fecha 00 xx xxxxx 0000.
I.6 Para efectos fiscales las Autoridades Hacendarias le han asignado el Registro Federal de Contribuyentes N° INP-830420-3F7.
I.7 Tiene establecido su domicilio en el número 3700 “X” xx xx xxxxxxx xx xxx Xxxxxxxxxxx Xxx, Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxxx, X.X. 00000, alcaldía Coyoacán, Ciudad de México, mismo que señala para los fines y efectos legales del presente contrato.
I.8 Que los datos personales proporcionados por “EL CONTRATISTA” a “LA ENTIDAD”, tanto en formatos físicos como electrónicos, serán protegidos, en términos de lo dispuesto por los artículos 1, 3 y 110 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y 1, 3, 4, 7 y 100 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados y demás disposiciones vigentes que resulten aplicables.
II. “EL CONTRATISTA” declara que:
II.1 Es una persona (FISICA O MORAL) legalmente constituida mediante , denominada (NOMBRE O RAZÓN SOCIAL), cuyo objeto social es, entre otros, (OBJETO SOCIAL).
II.2 C.(NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL), en su carácter de , cuenta con facultades suficientes para suscribir el presente contrato y obligar a su representada en los términos del presente instrumento, lo cual acredita mediante (acta constitutiva o poder entregado al representante legal) , mismo que bajo protesta de decir verdad manifiesta que no le han sido limitado ni revocado en forma alguna.
II.3 Ha considerado todos y cada uno de los factores que intervienen en el presente contrato, manifestando reunir las condiciones técnicas, jurídicas y económicas, así como la organización y elementos necesarios para su cumplimiento.
II.4 Conoce el contenido y los requisitos que establecen la “LOPSRM” y su Reglamento; las Normas para la Construcción e Instalaciones y de la Calidad de los Materiales; las normas y leyes de seguridad, uso de la vía pública, protección ecológica y de medio ambiente; así como de las demás normas que regulan la ejecución de los trabajos (según dicho término se define más adelante), incluyendo las especificaciones generales y particulares de la obra materia del contrato.
II.5 Conoce debidamente los sitios de los trabajos objeto de este contrato, así como las condiciones ambientales, a fin de considerar todos los factores que intervienen en su ejecución.
II.6 Bajo protesta de decir verdad, declara que conoce y se obliga a cumplir con el Convenio 138 de la Organización Internacional del Trabajo en materia de erradicación del Trabajo Infantil, del artículo 123 Constitucional, apartado A) en todas sus fracciones y de la Ley Federal del Trabajo en su
artículo 22, manifestando que ni en sus registros, ni en su nómina tiene empleados menores de quince años y que en caso de llegar a tener a menores de dieciocho años que se encuentren dentro de los supuestos de edad permitida para laborar le serán respetados todos los derechos que se establecen en el marco normativo transcrito.
II.7 Cuenta con su Registro Federal de Contribuyentes (RFC CONTRATISTA).
II.8 Bajo protesta de decir verdad, manifiesta estar al corriente en los pagos que se derivan de sus obligaciones fiscales, en específico de las previstas en el artículo 32-D del Código Fiscal Federal vigente, así como de sus obligaciones en materia de seguridad social, ante el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y el Instituto Mexicano del Seguro Social; lo que acredita con las Opiniones de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales y en materia de Seguridad Social en sentido positivo, emitidas por el SAT e IMSS respectivamente, así como con la Constancia de Situación Fiscal en materia de Aportaciones Patronales y Entero de Descuentos, sin adeudo emitida por el INFONAVIT, las cuales se encuentran vigentes y obran en el expediente respectivo.
II.9 Señala como su domicilio para todos los efectos legales el ubicado en (DOMICILIO FISCAL CONTRATISTA).
II.10 Manifiesta bajo protesta de decir verdad que no se encuentra comprendido en los supuestos de los artículos 51 y 78, penúltimo párrafo de la “LOPSRM” de conformidad con lo dispuesto por el artículo 6, fracción IX, inciso a de su Reglamento y que las personas que forman parte de la empresa no desempeñan empleo, cargo o comisión en el servicio público ni se encuentran inhabilitadas para hacerlo.
II.11 Manifiesta bajo protesta a decir verdad que es de nacionalidad mexicana.
II.12 Manifiesta bajo protesta a decir verdad que conoce el sitio de los trabajos y sus condiciones ambientales; de haber considerado las normas de calidad de los materiales y las especificaciones generales y particulares de construcción que “LA ENTIDAD” convocante les hubiera proporcionado, así como de haber considerado en la integración de la proposición, los materiales y equipos de instalación permanente, en su caso que le proporcionará la propio convocante y el programa de suministro correspondiente.
II.13 Manifiesta bajo protesta a decir verdad que en la parte de los trabajos que subcontratará, en caso de haberse previsto en la convocatoria de la licitación pública. “EL CONTRATISTA” deberá entregar la información necesaria que acredite la experiencia y capacidad técnica y económica de las personas que se subcontrataran.
III. “LAS PARTES” declaran que:
III.1.- La Convocatoria a la licitación que origina el presente Contrato, sus anexos, la bitácora que se genere, el propio contrato y sus anexos son los instrumentos que vinculan a “LAS PARTES” en sus derechos y obligaciones.
Anexos: (esta lista crecería dependiendo del número de anexos que se tengan)
. Proyecto Ejecutivo (en el caso de obra)
III.2. Las estipulaciones contenidas en el presente contrato no modifican la Convocatoria a la licitación que le da origen.
III.3 Que es su voluntad celebrar el presente contrato y sujetarse a sus términos y condiciones, para lo cual se reconocen ampliamente las facultades y capacidades necesarias, mismas que no les han sido revocadas o limitadas en forma alguna, por lo que de común acuerdo se obligan de conformidad con las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO DEL CONTRATO.
“LA ENTIDAD” encomienda a “EL CONTRATISTA” la realización de trabajos consistentes en
MANTENIMIENTO A CASA DE MAQUINAS Y EDIFICIOS ADJUNTOS DEL INSTITUTO NACIONAL
DE PEDIATRÍA, 2ª ETAPA y “EL CONTRATISTA” se obliga a realizarlos conforme al (los) programa(s) de ejecución, presupuesto por precio unitarios, proyectos, planos y especificaciones generales y particulares, normas de construcción vigentes en el lugar donde deban realizarse los trabajos, así como en el Proyecto ejecutivo contenido en el anexo incluido en el numeral III.1 hasta su total terminación. El objeto aquí señalado se llevará a cabo bajo la condición de pago a precios unitarios y tiempo definido, según se describe a continuación:
“LA ENTIDAD” encomienda a “EL CONTRATISTA”, bajo la condición de pago a precios unitarios, la realización de los trabajos establecidos en el “CATÁLOGO DE CONCEPTOS”, y éste se obliga a realizarlos hasta su total terminación.
El catálogo de conceptos se encuentra en el anexo técnico (Documento No. 29), el cual es parte integrante del presente contrato.
En términos de lo anterior, “EL CONTRATISTA” deberá llevar a cabo y será responsable por los trabajos.
“EL CONTRATISTA” se compromete a que el Proyecto Ejecutivo y los documentos de “EL CONTRATISTA”, la ejecución y los trabajos finalizadas se sujetarán a:
• La Legislación Mexicana;
• Los Proyecto ejecutivo y la Propuesta del Contratista; y
• Los documentos que conforman el presente Contrato, según los mismos sean modificados de tiempo en tiempo, en su caso, en términos del presente Contrato y la legislación aplicable.
SEGUNDA. PROYECTO EJECUTIVO. - DESCRIPCION DE LOS TRABAJOS
Los trabajos de “MANTENIMIENTO A CASA DE MÁQUINAS Y EDIFICIOS ADJUNTOS DEL INSTITUTO
NACIONAL DE PEDIATRÍA, 2ª ETAPA” comprende la realización de todas las acciones necesarias para su correcta ejecución en las disciplinas de Desmantelamientos, Demoliciones, Obra Civil, Instalaciones Electromecánicas y Equipamiento, de acuerdo a la normatividad, reglamentación y especificaciones vigentes aplicables, tanto del Instituto como de carácter Federal, Estatal, Municipal e Internacional en su caso, aplicables en la materia, hasta su construcción, conclusión, puesta en operación, entrega de las áreas y cierre administrativo del contrato.
Con el objeto de unificar criterios y aprovechar la experiencia que, en materia de demoliciones, obra nueva, ampliación y remodelación, se elaboran los presentes lineamientos para ejecución de obra, donde se establecen los requerimientos básicos para ejecución de las demoliciones y desmantelamientos y para los trabajos de obra civil e instalaciones electromecánicas de obra nueva, de ampliación y remodelación, así como los requisitos mínimos necesarios para su procedimiento y ejecución.
LISTADO DE PLANOS
PLANOS DE CASA DE MÁQUINAS Y TALLERES DE MANTENIMIENTO | ||
CONSECUTIVO | CLAVE | DESCRIPCION |
CASA DE MAQUINAS | ||
INSTALACIONES ELECTROMECÁNICAS | ||
INSTALACIONES ESPECIALES BMS | ||
1 | CM-BMS-01 | SISTEMA DE BMS PLANTA BAJA CASA DE MÁQUINAS DE SERV GRALES |
2 | CM-BMS-02 | SISTEMA DE BMS PLANTA ALTA CASA DE MÁQUINAS DE SERV GRALES |
INSTALACIÓN DE VACIO | ||
3 | CM-VA-01 | VACÍO PLANTA BAJA, CASA DE MÁQUINAS DE SERV GRALES |
4 | CM-VA-02 | VACÍO PLANTA ALTA, CASA DE MÁQUINAS DE SERV GRALES |
INSTALACIÓN ELÉCTRICA | ||
5 | CM-IE-C-01 | PLANTA BAJA CASA DE MAQUINAS SERVICIOS GENERALES CONTACTOS |
6 | CM-IE-C-02 | PLANTA ALTA CASA DE MAQUINAS DE SERVICIOS GENERALES CONTACTOS |
7 | CM-IE-C-03 | PLANTA SÓTANO CASA DE MAQUINAS SERVICIOS GENERALES CONTACTOS |
8 | CM-IE-CR-01 | PLANTA BAJA CASA DE MAQUINAS SERVICIOS GENERALES CONTACTOS REGULADOS |
9 | CM-IE-CR-02 | PLANTA ALTA CASA DE MAQUINAS DE SERVICIOS GENERALES CONTACTOS REGULADOS |
00 | XX-XX-X-00 | XXXXXX XXXX XXXX XX XXXXXXXX SERVICIOS GENERALES ALUMBRADO |
11 | CM-IE-A-02 | PLANTA ALTA CASA DE MAQUINAS DE SERVICIOS GENERALES ALUMBRADO |
12 | CM-IE-A-03 | PLANTASOTANO CASA DE MAQUINAS DE SERVICIOS GENERALES ALUMBRADO |
13 | CM-IE-AL-01 | PLANTA ALTA CASA DE MAQUINAS DE SERVICIOS GENERALES ALIMENTADORES GRALES |
14 | CM-IE-AL-02 | PLANTA SÓTANO CASA DE MAQUINAS DE SERVICIOS GENERALES ALIMENTADORES GRALES |
15 | TMCM-IE-DU-01 | INGENIERÍA ELECTRICA DIAGRAMA UNIFILAR CASA DE MÁQUINAS Y SERVICIOS GENERALES |
16 | TMCM-IE-DU-02 | INGENIERÍA ELECTRICA DIAGRAMA UNIFILAR 2 CASA DE MÁQUINAS Y SERVICIOS GENERALES |
17 | TMCM-IE-DU-03 | INGENIERÍA ELECTRICA DIAGRAMA UNIFILAR 3 CASA DE MÁQUINAS Y SERVICIOS XXXXXXXXX |
XXXXXXXXXXX XXXXXXXXXX | ||
00 | XX-XX-00 | XXXXXX XXXX XXXX XX XXXXXXXX SERVICIOS XXXXXXXXX |
00 | XX-XX-00 | XXXXXX XXXXXX XXXX XX XXXXXXXX SERVICIOS GENERALES |
20 | CM-IH-03 | ISOMÉTRICO PLANTA BAJA CASA DE MAQUINAS DE SERVICIOS GENERALES |
21 | CM-IH-03´ | ISOMÉTRICO GENERAL CASA DE MAQUINAS DE SERVICIOS XXXXXXXXX |
XXXXXXXXXXX XXXXXXXXX | ||
00 | XX-XX-00 | XXXXXX XXXX XXXX XX XXXXXXXX SERVICIOS XXXXXXXXX |
00 | XX-XX-00 | XXXXXX XX XXXXXX XX XXXX XX XXXXXXXX SERVICIOS GENERALES |
24 | CM-IS-03 | PLANTA SÓTANO CASA DE MAQUINAS SERVICIOS GENERALES |
25 | CM-IS-04 | ISOMÉTRICO PLANTA BAJA Y SÓTANO CASA DE MAQUINAS DE SERVICIOS GENERALES |
INSTALACIÓN PROTECCIÓN CONTRA INCENDIO | ||
26 | CM-PCI-01 | PLANTA BAJA CASA DE MAQUINAS SERVICIOS XXXXXXXXX |
00 | XX-XXX-00 | XXXXXX XXXX XXXX XX XXXXXXXX SERVICIOS GENERALES |
28 | CM-PCI-04 | PLANTA SÓTANO CASA DE MAQUINAS SERVICIOS GENERALES |
INSTALACIÓN TELECOMUNICACIONES | ||
29 | CM-TLC-01 | SISTEMA DE TELEFONÍA E INFORMÁTICA PLANTA BAJA CASA DE MAQUINAS DE SERV GRALES |
30 | CM-TLC-02 | SISTEMA DE TELEFONÍA E INFORMÁTICA PLANTA ALTA CASA DE MAQUINAS DE SERV GRALES |
31 | CM-TLC-03 | DIAGRAMA DE CONECTIVIDAD CABLEADO ESTRUCTURADO CASA DE MAQUINAS DE SERVICIOS GRALES |
32 | CM-CCTV-01 | SISTEMA DE CCTV PLANTA BAJA CASA DE MAQUINAS DE SERV GRALES |
33 | CM-CCTV-02 | SISTEMA DE CCTV PLANTA ALTA CASA DE MAQUINAS DE SERV GRALES |
34 | CM-SSO-01 | SISTEMA DE SONIDO PLANTA BAJA CASA DE MAQUINAS DE SERV GRALES |
35 | CM-SSO-02 | SISTEMA DE SONIDO PLANTA ALTA CASA DE MAQUINAS DE SERV GRALES |
SISTEMA DE DETECCIÓN DE INCENDIO | ||
36 | CM-DI-01 BIND | DETECCIÓN DE INCENDIO PLANTA BAJA |
37 | CM-DI-02 BIND | DETECCIÓN DE INCENDIO PLANTA ALTA |
TALLERES DE MANTENIMIENTO | ||
ESTADO ACTUAL | ||
38 | TM-PRE-01 | PLANTA ARQUITECTÓNICA DE UBICACIÓN |
39 | TM-EA-01 | PLANTA BAJA. ESTADO ACTUAL |
40 | TM-EA-02 | CORTES ESTADO ACTUAL |
41 | TM-EA-03 | CORTES ESTADO ACTUAL |
42 | TM-EA-04 | FACHADAS ESTADO ACTUAL |
43 | TM-TP-01 | TAPIALES PLANTA BAJA |
44 | TM-ACA-EA-01 | PLANTA BAJA ACABADOS ESTADO ACTUAL |
45 | TM-IE-EA-01 | PLANTA BAJA INS. ELÉCTRICA ALUMBRADO ESTADO ACTUAL |
46 | TM-IEC-EA-01 | PLANTA BAJA INS. ELÉCTRICA CONTACTOS EDO. ACTUAL |
47 | TM-IE-EA-02 | PLANTA BAJA INS. ELÉCTRICA FUERZA ESTADO ACTUAL |
48 | TM-IEC-EA-02 | CORTES INSTALACIÓN ELÉCTRICA FUERZA ESTADO ACTUAL |
49 | TM-IH-EA-01 | PLANTA BAJA INSTALACIÓN HIDRAÚLICA ESTADO ACTUAL |
50 | TM-IHS-EA-01 | ISOMÉTRICO INS. HIDRAÚLICA ESTADO ACTUAL |
51 | TM-IS-EA-01 | PLANTA BAJA INSTALACIÓN SANITARIA ESTADO ACTUAL |
52 | TM-IS-EA-02 | PLANTA ALTA INSTALACIÓN SANITARIA ESTADO ACTUAL |
53 | TM-IS-EA-03 | PLANTA BAJA INS. SANITARIA, ISOMETRICO ESTADO ACTUAL |
54 | TM-AC-EA-01 | INSTALACIÓN DE AIRE COMPRIMIDO. PLANTA BAJA EDO. ACTUAL |
55 | TM-AC-EA-02 | INSTALACIÓN DE AIRE COMPRIMIDO ISOMÉTRICO EDO. ACTUAL |
56 | TM-ITC-EA-01 | PLANTA BAJA INS. DE TELECOMUNCACIONES ESTADO ACTUAL |
ARQUITECTÓNICOS | ||
57 | TM-ARQ-01 | PLANTA BAJA |
58 | TM-ARQ-02 | CORTES B Y A |
59 | TM-ARQ-03 | CORTES C, D Y E |
60 | TM-ARQ-04 | FACHADAS A Y B |
DEMOLICIONES Y DESMANTELAMIENTOS | ||
61 | TM-DEM-01 | PLANTA BAJA DEMOLICIONES EN MUROS |
62 | TM-DEM-02 | PLANTA BAJA RETIRO DE ACABADOS EN PISO Y PLAFONES |
63 | TM-DEM-03 | PLANTA BAJA PRELIMINARES EN MUROS |
64 | TM-DEM-04 | PLANTA BAJA RETIRO Y DESMONTAJES |
65 | TM-DES-01 | PLANTA BAJA DESMANTELAMIENTOS |
ALBAÑILERÍA | ||
00 | XX-XXX-00 | XXXXXX XXXX XXXXXXXXXXX |
00 | XX-XXX-00X | XXXXXX XXXX XXXXXXXXXXX BASES Y RAMPAS DE CONCRETO |
68 | TM-ALB-02 | PLANTA BAJA ALBAÑILERÍA PISOS |
69 | TM-ALB-03 | CORTES POR FACHADA Y DETALLES ALBAÑILERÍA |
70 | TM-ALB-04 | DETALLES ALBAÑILERÍA |
71 | TM-ALB-05 | DETALLES ALBAÑILERÍA |
ACABADOS | ||
72 | TM-ACA-01 | PLANTA BAJA. ACABADOS |
73 | TM-ACA-02 | FACHADAS. ACABADOS |
74 | TM-ACA-03 | DETALLES Y ALZADOS. ACABADOS |
75 | TM-ACA-04 | DETALLE DE PLAFONES. ACABADOS |
76 | TM-ACA-05 | DETALLE ACABADOS |
CANCELERÍA | ||
77 | TM-CAN-01 | PLANTA BAJA CANCELERÍA |
78 | TM-CAN-02 | ALZADOS Y DETALLES DE CANCELERÍAS |
79 | TM-CAN-03 | ALZADOS Y DETALLES DE CANCELERÍAS |
80 | TM-CAN-04 | ALZADOS Y DETALLES DE CANCELERÍAS |
81 | TM-CAN-05 | ALZADOS Y DETALLES DE CANCELERÍAS |
82 | TM-CAN-06 | ALZADOS Y DETALLES DE CANCELERÍAS |
CARPINTERÍA | ||
83 | TM-CAR-01 | PLANTA BAJA CARPINTERÍAS |
84 | TM-CAR-02 | ALZADOS Y DETALLES DE CARPINTERÍAS |
85 | TM-CAR-03 | ALZADOS Y DETALLES DE CARPINTERÍAS |
86 | TM-CAR-04 | ALZADOS Y DETALLES DE CARPINTERÍAS |
87 | TM-CAR-05 | ALZADOS Y DETALLES DE CARPINTERÍAS |
88 | TM-CAR-06 | ALZADOS Y DETALLES DE CARPINTERÍAS |
89 | TM-CAR-07 | ALZADOS Y DETALLES DE CARPINTERÍAS |
90 | TM-CAR-08 | ALZADOS Y DETALLES DE CARPINTERÍAS |
91 | TM-CAR-09 | ALZADOS Y DETALLES DE CARPINTERÍAS |
92 | TM-CAR-10 | ALZADOS Y DETALLES DE CARPINTERÍAS |
93 | TM-CAR-11 | ALZADOS Y DETALLES DE CARPINTERÍAS |
94 | TM-CAR-12 | ALZADOS Y DETALLES DE CARPINTERÍAS |
95 | TM-CAR-13 | ALZADOS Y DETALLES DE CARPINTERÍAS |
96 | TM-CAR-14 | ALZADOS Y DETALLES DE CARPINTERÍAS |
97 | TM-CAR-15 | ALZADOS Y DETALLES DE CARPINTERÍAS |
98 | TM-CAR-16 | ALZADOS Y DETALLES DE CARPINTERÍAS |
99 | TM-CAR-17 | ALZADOS Y DETALLES DE CARPINTERÍAS |
100 | TM-CAR-18 | ALZADOS Y DETALLES DE CARPINTERÍAS |
MOBILIARIO | ||
101 | TM-MOB-01 | PLANTA BAJA MOBILIARIO |
ACERO INOXIDABLE | ||
102 | TM-M-AI-01A | PLANTA BAJA TARJAS XX XXXXX INOXIDABLE |
103 | TM-M-AI-01B | ALZADOS Y DETALLES DE TARJAS XX XXXXX INOXIDABLE |
XXXXXXXX | ||
000 | XX-XXX-00 | XXXXXX XXXX XXXXXXXXX |
105 | TM-HER-02 | ALZADOS Y DETALLES XXXXXXXXX |
106 | TM-HER-03 | ALZADOS Y DETALLES XXXXXXXXX |
107 | TM-HER-04 | ALZADOS Y DETALLES XXXXXXXXX |
108 | TM-HER-05 | ALZADOS Y DETALLES XXXXXXXXX |
109 | TM-HER-06 | ALZADOS Y DETALLES XXXXXXXXX |
110 | TM-HER-07 | ALZADOS Y DETALLES XXXXXXXXX |
111 | TM-HER-08 | ALZADOS Y DETALLES XXXXXXXXX |
112 | TM-HER-09 | ALZADOS Y DETALLES XXXXXXXXX |
113 | TM-HER-10 | ALZADOS Y DETALLES XXXXXXXXX |
114 | TM-HER-11 | ALZADOS Y DETALLES XXXXXXXXX |
115 | TM-HER-12 | ALZADOS Y DETALLES XXXXXXXXX |
116 | TM-HER-13 | ALZADOS Y DETALLES XXXXXXXXX |
SEÑALIZACIÓN | ||
117 | TM-SEÑ-01 | PLANTA BAJA SEÑALIZACIÓN |
118 | TM-SEÑ-02 | DETALLES DE SEÑALIZACIÓN |
119 | TM-SEÑ-03 | DETALLES DE SEÑALIZACIÓN |
CUBIERTA INTERIOR | ||
120 | TM-CUB-01 | PLANTA ARQUITECTONICA, CUBIERTA INTERIOR |
121 | TM-CUB-02 | CORTES ARQUITECTONICOS CUBIERTA INTERIOR |
INSTALACIONES ELECTROMECÁNICAS | ||
EXTRACCIONES DE AIRE | ||
122 | TM-IA-01 | INGENIERIA AIRE ACONDICIONADO |
123 | TM-IA-02 | INGENIERIA AIRE ACONDICIONADO UBICACIÓN DE EQUIPO EN AZOTEA |
124 | TM-IA-03 | INGENIERIA AIRE ACONDICIONADO UBICACIÓN DE EQUIPO CORTES |
125 | TM-IA-ED-01 | ESPECIFICACIONES DE EQUIPOS Y DETALLES TIPICOS |
AIRE COMPRIMIDO | ||
126 | TM-AC-01 | INSTALACIÓN DE AIRE COMPRIMIDO. PLANTA BAJA |
127 | TM-AC-02 | INSTALACIÓN DE AIRE COMPRIMIDO. ISOMÉTRICO |
INGENIERIA ELECTRICA |
128 | TM-IE-A-01 | INGENIERIA ELECTRICA DE ALUMBRADO, PLANTA BAJA |
129 | TM-IE-C-01 | INSTALACION ELECTRICA DE CONTACTOS, PLANTA BAJA |
130 | TM-IE-CR-01 | INGENIERIA ELECTRICA DE CONTACTOS REGULADOS XXXXXX XXXX |
000 | TM-IE-AL-01 | INGENIERÍA ELECTRICA ALIMENTADORES GENERALES PLANTA BAJA |
132 | TMCM-IE-CC-01 | CUADROS DE CARGA |
133 | TMCM-IE-CC-02 | CUADROS DE CARGA |
XXXXXXXXXX XXXXXXXXXX X XXXXXXXXX | ||
000 | XX-XX-00 | XXXXXXXXXXX XXXXXXXXXX XXXXXX XXXX |
135 | TM-IH-IS-01 | INGENIERÍA HIDRÁULICA ISOMETRICO |
136 | TM-IH-DT-01 | DETALLES TIPICOS DE INSTALACION |
137 | TM-IS-01 | INSTALACION SANITARIA PLANTA BAJA |
138 | TM-IS-IS-01 | INSTALACION SANITARIA PLANTA BAJA ISOMETRICO |
139 | TM-PCI-01 | SISTEMA DE PROTECCION CONTRA INCENDIO |
INGENIERIA TELECOMUNICACIONES | ||
140 | TM-IT-01 | SISTEMA DE TELEFONIA E INFORMATICA PLANTA BAJA |
141 | TM-IT-02 | SISTEMA DE C.C.T.V. PLANTA BAJA |
142 | TM-S-01 | SISTEMA DE SONIDO PLANTA BAJA |
143 | TM-DI-01 | SISTEMA DE DETECCION DE INCENDIO PLANTA BAJA |
144 | TM-ITDC-01 | DIAGAMA DE CONECTIVIDAD CABLEADO ESTRUCTURADO |
ESTRUCTURA | ||
145 | ES-01 | PLANTA BAJA Y TAPANCO |
146 | ES-02 | CUBIERTA FACHADA |
147 | ES-03 | CUBIERTA TAPANCO |
148 | ES-04 | POLIPASTO |
DETALLES DE SOPORTERÍA | ||
149 | SOP-01 | CUBIERTA TAPANCO |
TERCERA. MONTO DEL CONTRATO
El monto total del presente contrato es de $ (cantidad con número), (CANTIDAD CON LETRA), más el impuesto al valor agregado, conforme al “CATÁLOGO DE CONCEPTOS” del presente contrato.
El contrato es en moneda nacional M.X.N.
El “CATÁLOGO DE CONCEPTOS” denominado como Documento No. 29, establece la cotización en moneda nacional para todos los componentes del Proyecto. Los pagos de dichos Componentes que se realicen en términos del presente Contrato, (cotizados en moneda extranjera), se realizarán en moneda nacional ( al tipo de cambio) para solventar obligaciones ( en moneda extranjera de la fecha en que se haga dicho pago publicado por el Banco de México en esa fecha).
CUARTA. PLAZO DE EJECUCIÓN
“El CONTRATISTA” se obliga a realizar los trabajos materia del presente contrato en un plazo que no exceda de 138 días naturales (ciento treinta y ocho) días naturales. El inicio de la ejecución de los trabajos será el día veinticinco de julio de 2022, y se concluirá a más tardar el día nueve de diciembre de 2022 (el “Plazo de Ejecución”), de conformidad con lo siguiente:
1. Programa de ejecución general de los trabajos conforme al presupuesto total con sus erogaciones, calendarizado.
2.-Programas cuantificados y calendarizados de erogaciones, con los trabajos, de la obra, cuantificación de suministro o utilización, de los periodos determinados en los siguientes rubros:
a) De la mano de obra;
b) De la maquinaria y equipo de construcción.
c) De los materiales más significativos y equipos de instalación permanente, en unidades convencionales y volúmenes requeridos.
d) De utilización del personal profesional técnico, administrativo y de servicio encargado de la dirección, administración y ejecución de los trabajos, y
QUINTA. DISPONIBILIDAD DEL INMUEBLE Y DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS
“LA ENTIDAD” se obliga a poner a disposición de “EL CONTRATISTA” por escrito el (los) inmueble(s) en que deban llevarse a cabo los trabajos materia de este contrato, a partir del veinticinco de julio de 2022. El incumplimiento por parte de “LA ENTIDAD” prorrogará en igual plazo la fecha originalmente pactada para la terminación de los trabajos.
“LA ENTIDAD” pondrá a disposición de “EL CONTRATISTA”, los permisos, licencias y demás autorizaciones que sean necesarias para la realización de los trabajos, exceptuando aquellos que desde la convocatoria se haya responsabilizado a “EL CONTRATISTA” de llevarlos a cabo.
SEXTA. FORMA DE PAGO
“LAS PARTES” convienen en que los trabajos objeto del presente contrato se paguen mediante la formulación de estimaciones (las cuales se deberán formular con un período no mayor a un mes), mismas que se acompañarán de la documentación que acredita la procedencia de su pago, conforme a las previsiones del artículo 132 del “RLOPSRM”, las que serán presentadas por “EL CONTRATISTA” al Residente de Obra dentro de los seis días naturales siguientes a la fecha xx xxxxx en el Departamento de Conservación y Mantenimiento ubicado en Avenida Insurgentes Sur Número 3700-C, Colonia Insurgentes Cuicuilco, Alcaldía Coyoacán, Código Postal 04530, Ciudad de México, y serán pagadas por “LA ENTIDAD” por los trabajos ejecutados, dentro de un plazo de veinte días naturales contados a partir de que hayan sido autorizadas por el Residente de la obra y que “EL CONTRATISTA” haya presentado la factura correspondiente. El pago se realizará a través de transferencia electrónica de fondos, a la cuenta de cheques con CLABE bancaria estandarizada, de la Institución de Crédito elección de “EL CONTRATISTA” que notifique oportunamente a “LA ENTIDAD”.”
El Residente de obra efectuará la revisión y autorización de las estimaciones de los trabajos ejecutados, en un plazo que no excederá de quince días naturales contados a partir de la fecha de su presentación. En el supuesto que surjan diferencias técnicas o numéricas que no puedan ser autorizadas dentro de dicho plazo, se resolverán y, en su caso, se incorporarán en la siguiente estimación.
El tiempo que “EL CONTRATISTA” utilice para la corrección de la documentación entregada, no se computará para efectos de pago, de acuerdo con lo establecido en el tercer párrafo del artículo 54 de la “LOPSRM”.
“EL CONTRATISTA” manifiesta su conformidad de que hasta en tanto no se cumpla con la verificación y supervisión por parte del Residente de obra no se tendrán como aceptados los trabajos de las obras.
Queda entendido que en términos de lo dispuesto por el artículo 130 del “RLOPSRM”, los únicos tipos de estimaciones que se reconocerán para efectos del presente contrato serán las correspondientes por trabajos ejecutados; de pago de cantidades adicionales o conceptos no previstos en el catálogo original del contrato; de ajuste de costos y de gastos no recuperables a que alude el artículo 62 de la “LOPSRM”.
El Residente de obra efectuará la revisión y autorización de las estimaciones por trabajos ejecutados, en un plazo que no excederá de quince días naturales contados a partir de la fecha de su presentación. En el
supuesto de que surjan diferencias técnicas o numéricas que no puedan ser autorizadas dentro de dicho plazo, éstas se resolverán e incorporarán en la siguiente estimación.
Tratándose de pagos en exceso que haya recibido “EL CONTRATISTA”, deberá reintegrar las cantidades pagadas en exceso, más los intereses correspondientes. Los cargos se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computarán por días naturales desde la fecha del pago y hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”.
No se considerará pago en exceso cuando las diferencias que resulten a cargo de “EL CONTRATISTA” sean compensadas en la estimación siguiente, o en el finiquito, si dicho pago no se hubiera identificado con anterioridad.
En el caso que “EL CONTRATISTA” no presente las estimaciones dentro del plazo establecido, la estimación correspondiente se presentará en la siguiente fecha xx xxxxx, sin que ello de a lugar a la reclamación de gastos financieros por parte de “EL CONTRATISTA”.
En caso de incumplimiento en los pagos de estimaciones y de ajuste de costos por parte de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, esta, a solicitud de “EL CONTRATISTA”, y de conformidad con lo provisto en el primer párrafo de la “LOPSRM”, pagará gastos financieros conforma a una tasa que será igual a la establecida por la Ley de Ingresos de la Federación en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales de conformidad con lo establecido en el artículo 55 de la “LOPSRM”. Dichos gastos empezarán a generarse cuando “LAS PARTES” tengan definido el importe a pagar y se calcularán sobre las cantidades no pagadas y se computarán por días naturales desde que sean determinadas y hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de “EL CONTRATISTA”.
El pago de las estimaciones no se considerará como la aceptación plena de los trabajos, ya que “LA ENTIDAD” tendrá el derecho de reclamar por trabajos faltantes o mal ejecutados y, en su caso, del pago en exceso que se haya efectuado.
SÉPTIMA. AJUSTE DE COSTOS
7.1 Ajuste de costos directos
“LAS PARTES” acuerdan la revisión y ajuste de los costos que integran los precios unitarios pactados en este Contrato, cuando ocurran circunstancias de orden económico no previstas que determinen un aumento o reducción de los costos de los trabajos aún no ejecutadas, conforme al (los) programa(s) de ejecución pactado y al momento de ocurrir dicha contingencia, debiendo constar por escrito el aumento o reducción correspondiente.
La revisión y ajuste de costos de las obras, se realizará en los términos del artículo 57 fracción I de la “LOPSRM”, y de acuerdo con lo establecido en los artículos 56, 58 y 59 del citado ordenamiento legal, 173, 174 y 178 y demás relativos y aplicables del “RLOPSRM”.
Los precios originales del Contrato permanecerán fijos hasta la terminación de las obras contratadas. El ajuste se aplicará a los costos directos, conservando constantes los porcentajes de los costos indirectos, el costo por financiamiento y el cargo de utilidad originales durante el ejercicio del contrato; el costo por financiamiento estará sujeto a las variaciones de la tasa de interés que “EL CONTRATISTA” haya considerado en su propuesta.
Cuando el porcentaje del ajuste de los costos sea al alza, será “EL CONTRATISTA” el que lo promueva dentro de los sesenta días naturales siguientes a la publicación de los índices aplicables al mes correspondiente.; si es a la baja, será “LA ENTIDAD” la que lo realice en igual plazo.
En el caso de que “EL CONTRATISTA” promueva el ajuste de costos, deberá presentar por escrito la solicitud a “LA ENTIDAD” en términos de lo dispuesto por el “RLOPSRM”, por lo que transcurrido el plazo a que se refiere el párrafo anterior, precluirá su derecho para reclamar el ajuste de costos del período de que se trate.
“LA ENTIDAD” dentro de los sesenta días naturales siguientes a que “EL CONTRATISTA” promueva debidamente el ajuste de costos, deberá emitir la resolución que proceda. En caso contrario, la solicitud se tendrá por aprobada.
Cuando la documentación mediante la que se promueve los ajustes de costos sea deficiente o incompleta, “LA ENTIDAD” apercibirá por escrito a que “EL CONTRATISTA” para que, en el plazo de 10 días hábiles a partir de que le sea requerido, subsane el error o complemente la información solicitada. Transcurrido dicho plazo sin que “EL CONTRATISTA” diera respuesta al apercibimiento, o no lo atendiere en forma correcta, se tendrá como no presentada la solicitud de ajuste de costos.
No dará lugar a ajuste de costos, las cuotas compensatorias a que conforme a la Ley en la materia pudiera estar sujeta la importación de los bienes contemplados en la realización de los trabajos.
7.2 Ajuste de costos indirectos y financiamiento.
Cuando la modificación al contrato implique aumento o reducción por una diferencia superior al veinticinco por ciento del importe original establecido o del plazo de ejecución, el Área responsable de la ejecución de los trabajos junto con “EL CONTRATISTA”, deberán revisar los costos indirectos y del financiamiento originalmente pactados y determinar la procedencia de ajustarlos a las nuevas condiciones en caso de que éstas se presenten.
Será necesario solicitar de manera justificada la autorización de la Secretaría de la Hacienda y Crédito Público, en los siguientes casos:
a. Cuando el monto se incremente en más de un veinticinco por ciento, sin que se incremente el plazo de ejecución originalmente pactado en el contrato;
b. Cuando el monto y el plazo de ejecución originalmente pactados en el contrato se reduzcan en más de un veinticinco por ciento, y
c. Cuando el monto y el plazo de ejecución originalmente pactados en el contrato se incrementen en más de un veinticinco por ciento.
En los casos no previstos de variación del monto y plazo en el porcentaje señalado, no se requerirá autorización de la Secretaría de la Hacienda y Crédito Público, debiendo el Área responsable de la ejecución de los trabajos junto con “EL CONTRATISTA” proceder a la revisión de los indirectos y el financiamiento y, en su caso, al ajuste correspondiente.
La revisión de los costos indirectos y del financiamiento se realizará siempre y cuando se encuentre vigente el contrato, conforme al siguiente procedimiento:
I. La revisión deberá efectuarse respecto a la totalidad del plazo y monto contratados, incluyendo los que deriven de los convenios modificatorios, y no sólo respecto del porcentaje que exceda del veinticinco por ciento;
II. La información contenida en la proposición se tomará como base para la revisión;
III. De la información mencionada en el inciso anterior se deberán identificar los rubros de administración en campo y los de oficinas centrales, así como los rubros que integran el porcentaje de financiamiento propuesto originalmente;
IV. “LA ENTIDAD” debe establecer junto con “EL CONTRATISTA” los rubros que realmente se vieron afectados, a fin de precisar las diferencias que resulten como consecuencia de las nuevas condiciones en que se ejecutaron los trabajos;
V. Con base en las diferencias detectadas, “LA ENTIDAD” junto con “EL CONTRATISTA”, deberá determinar los nuevos porcentajes de indirectos y financiamiento que les serán aplicables al contrato;
VI. Sólo se deberá solicitar documentación comprobatoria, en aquellos casos en que “EL CONTRATISTA” requiera se le reconozca un costo mayor de alguno o varios de los rubros de indirectos y financiamiento contenidos en su proposición, y
VII. La autorización de los ajustes por parte de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” deberá constar por escrito, los cuales se aplicarán como un diferencial a todas las estimaciones autorizadas de los trabajos desde el inicio del contrato hasta su conclusión.
7.3 Ajuste de costo de financiamiento.
Para reconocer en el costo por financiamiento las variaciones de la tasa de interés que “EL CONTRATISTA” haya considerado en su proposición, “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” deberá considerar lo siguiente:
I. “EL CONTRATISTA” deberá fijar la tasa de interés con base en un indicador económico específico, considerando en su caso los puntos que le requiera una institución crediticia como sobrecosto por el crédito. La referida tasa permanecerá constante en la integración de los precios; la variación de la misma al alza o a la baja dará lugar al ajuste del porcentaje del costo por financiamiento, considerando la variación entre los promedios mensuales de tasas de interés, entre el mes en que se presente la proposición de “EL CONTRATISTA” con respecto al mes que se efectúe su revisión;
II. “LA ENTIDAD” reconocerá la variación en la tasa de interés propuesta por “EL CONTRATISTA”, de acuerdo con las variaciones del indicador económico específico a que esté sujeta;
III. “EL CONTRATISTA” presentará su solicitud de aplicación de la tasa de interés que corresponda cuando sea al alza; en caso de que la variación resulte a la baja, “LA ENTIDAD” deberá realizar los ajustes correspondientes, y
IV. El análisis, cálculo e integración del incremento o decremento en el costo por financiamiento se realizará conforme al análisis original presentado por “EL CONTRATISTA”, actualizando la tasa de interés. La diferencia en porcentaje que resulte dará el nuevo costo por financiamiento.
Para reconocer el ajuste al costo por financiamiento, por retraso en la entrega del anticipo, La “Contratante” deberá considerar lo siguiente:
a. Para su cálculo, en el análisis de costo por financiamiento presentado por “EL CONTRATISTA”, se deberá reubicar el importe del anticipo dentro del periodo en que realmente se entregue éste,
b. El nuevo costo por financiamiento se aplicará a la obra pendiente de ejecutar, conforme al programa de ejecución convenido, a partir de la fecha en que debió entregarse el anticipo.
7.4 Ajuste de costo por cargos adicionales.
Los cargos adicionales solamente serán ajustados cuando las disposiciones legales que les dieron origen establezcan un incremento o decremento para los mismos.
7.5 Ajuste de costo por moneda extranjera.
Tratándose de contratos a precios unitarios o la parte de los contratos mixtos de la misma naturaleza que se celebren en moneda extranjera en términos de la fracción VI del artículo 31 de la LOPSRM, el mecanismo de ajuste de costos se sujetará a las siguientes reglas:
I. El procedimiento de ajuste será el que establece el artículo 57, fracción XX de la LOPSRM.
II. Tratándose de insumos y mano de obra nacionales deberá reconocerse el diferencial que resulte entre el índice del insumo o salario correspondiente a la mano de obra nacional y el tipo de cambio de la moneda extranjera que corresponda;
III. La revisión y ajuste podrá resultar en incremento o decremento en el importe total del contrato;
IV. Para la revisión de cada uno de los precios que intervienen en el cálculo de los ajustes de costos conforme a los procedimientos señalados en las fracciones I y II del artículo 57 de la Ley, los contratistas deberán acompañar a su solicitud la documentación que se menciona a continuación:
a) La relación de los índices de precios productor y comercio exterior/actualización de costos de obras públicas que determine el Banco de México (actualmente, dichos precios son publicados por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI)) o, en su caso, los índioces calculados por la dependencia o entidad en conjunto con el contratista conforme a los precios que investiguen, de conformidad con lo previsto en la fracción II del artículo 58 de la Ley.
El cálculo de los índices con base en la investigación de precios se llevará a cabo cuando los índices que se requieran no se encuentren dentro de los que determina el Banco de México señalados en el párrafo anterior, o éstos no reflejen las variaciones reales en el costo de los insumos.
b) El presupuesto de los trabajos pendientes de ejecutar, de acuerdo al programa de ejecución convenido, determinado a partir del inicio del período en el cual se produzca el incremento en los costos, valorizado con los precios unitarios del contrato, así como dicho presupuesto con los precios unitarios ajustados conforme a lo señalado en la fracción III del artículo 58 de la Ley;
c) El programa de ejecución de los trabajos pendientes de ejecutar, acorde al programa de ejecución convenido, a partir del inicio del período en el cual se produzca el incremento en los costos;
d) El análisis de la determinación del factor de ajuste, y
e) Las matrices de precios unitarios actualizados que determinen conjuntamente el contratista y la dependencia o entidad, en función de los trabajos a realizar en el período de ajuste.
V. La solicitud de ajuste de costos en moneda extranjera se sujetará a la fracción VI del artículo 31 de la Ley y al artículo 84 de este Reglamento, de la cual se emitirá la resolución que proceda;
VI. La fecha base o inicial que servirá para el cálculo de los ajustes de costos será la que corresponda al acto de presentación y apertura de proposiciones;
VIII. El porcentaje máximo de ajuste será aplicado en la revisión que se realice y será el límite para el ajuste tanto al alza como a la baja;
IX. El ajuste a reconocer será el que resulte menor entre la aplicación del mecanismo y el porcentaje máximo de ajuste a que se refiere la fracción anterior.
OCTAVA. CANTIDADES Y CONCEPTOS ADICIONALES
Cuando durante la ejecución de los trabajos se requiera la realización de cantidades o conceptos de trabajo adicionales a los previstos originalmente, “LA ENTIDAD” podrá autorizar el pago de las estimaciones de los trabajos ejecutados, previamente a la celebración de los convenios respectivos, vigilando que dichos incrementos no rebasen el presupuesto autorizado en el contrato. Tratándose de cantidades adicionales, éstas se pagarán a los precios unitarios pactados originalmente; tratándose de los conceptos no previstos en el catálogo de conceptos del contrato, sus precios unitarios deberán ser conciliados y autorizados, previamente a su pago.
NOVENA. MODIFICACIONES AL CONTRATO
“LAS PARTES” acuerdan que “LA ENTIDAD” podrá dentro de su presupuesto autorizado, bajo su responsabilidad y por razones fundadas y explícitas, modificar este Contrato en la parte correspondiente a los trabajos bajo la condición de pago a Precios Unitarios, mediante convenios celebrados en términos del artículo 59 de la “LOPSRM”, siempre y cuando éstos, considerados conjunta o separadamente, no rebasen el 25% del Monto del Contrato o del Plazo de Ejecución pactado, ni, impliquen variaciones sustanciales al Proyecto Ejecutivo preparado por “EL CONTRATISTA”, ni se celebren para eludir en cualquier forma el cumplimiento de la “LOPSRM”.
En términos del artículo 59 de la “LOPSRM”, si las modificaciones exceden el porcentaje indicado, pero no varían el objeto del proyecto, se podrán celebrar convenios adicionales respecto a las nuevas condiciones. Estos convenios deberán ser suscritos bajo responsabilidad del servidor público que haya firmado el Contrato o quien lo sustituyen el cargo. Dichas modificaciones no podrán, en modo alguno, afectar las condiciones que se refieren a la naturaleza y características esenciales del objeto de este Contrato, ni convenirse para eludir en cualquier forma el cumplimiento de la Ley.
Las modificaciones a este Contrato podrán realizarse lo mismo en aumento que en reducción del Plazo de Ejecución o Monto del Contrato. Si se modifica el Plazo de Ejecución, los periodos se expresarán en Días, y la determinación del porcentaje de variación se hará con respecto del Plazo de Ejecución pactado en la CLÁUSULA CUARTA de este Contrato; en tanto que, si es al Monto del Contrato, la comparación será con base en el monto convenido en la CLÁUSULA TERCERA del Contrato. De conformidad con el artículo 102 del Reglamento, “LA ENTIDAD” y “EL CONTRATISTA”, deberán revisar los costos indirectos y el financiamiento originalmente pactados y determinar la procedencia de ajustarlos a las nuevas condiciones en caso de que éstas se presenten. Los ajustes, de ser procedentes, deberán constar por escrito y, una vez autorizados los incrementos o reducciones que resulten, se aplicarán a las estimaciones en que se generen o hayan generado.
Las modificaciones al Plazo de Ejecución de los trabajos, serán independientes a las modificaciones al Monto del Contrato, debiendo considerarse en forma separada, aun cuando para fines de su formalización puedan integrarse en un sólo documento, distinguiéndolos unos de otros, anexando la documentación que los soporte para efectos de pago.
El residente de obra deberá sustentar el dictamen técnico que funde y motive las causas que originen la celebración de los convenios modificatorios o adicionales, según sea el caso, considerándose las estipulaciones que en los mismos se establezcan, parte de este Contrato, y obligatorios para “EL CONTRATISTA” y “LA ENTIDAD”.
Una vez que se tengan determinadas las posibles modificaciones al contrato respectivo, la suscripción de los convenios será responsabilidad de la “LA ENTIDAD” de que se trate, misma que no deberá exceder de cuarenta y cinco días naturales, contados a partir de la mencionada determinación.
Cuando se realicen conceptos de trabajo al amparo de convenios en monto o en plazo, dichos conceptos se deberán considerar y administrar independientemente a los originalmente pactados en este Contrato, debiéndose formular estimaciones específicas, a efecto de tener un control y seguimiento adecuado.
DÉCIMA. ANTICIPOS Y GARANTÍA DE ANTICIPO
“LA ENTIDAD” otorgará a “EL CONTRATISTA” los anticipos en las fechas establecidas de acuerdo con lo siguiente:
[COLOCAR TABLA DE FECHAS Y MONTOS (ANTES Y DESPUÉS DE IMPUESTOS) DE CADA ANTICIPO ESTABLECIDO]
El importe del anticipo concedido será puesto a disposición de “EL CONTRATISTA” por “LA ENTIDAD” con antelación a la fecha pactada para el inicio de los trabajos; el atraso en la entrega del anticipo será motivo para diferir en igual plazo el programa de ejecución pactado de conformidad con lo establecido en los artículos 50 de la “LOPSRM” y 140 de su Reglamento.
Para que “LA ENTIDAD” inicie los trámites para realizar el pago de los anticipos mencionados, previamente “EL CONTRATISTA” deberá entregar a “LA ENTIDAD” la(s) Garantía(s) de Anticipo.
Para garantizar la correcta inversión de los anticipos, “EL CONTRATISTA” entregará una Garantía por el anticipo a recibir. La fianza se deberá otorgar a favor de la Endidad (INP), por el importe del monto total de cada anticipo que se le entregue a “EL CONTRATISTA”, más el I.V.A. La fianza estará vigente hasta la total amortización de los anticipos. La garantía de anticipos deberá entregarse a más tardar:
[COLOCAR TABLA DE FECHAS ENTREGA DE GARANTÍA
#parcialidades en su caso | Fecha de entrega de garantía |
Esta Garantía del Anticipo subsistirá hasta que se haya amortizado totalmente los anticipos concedidos.
Si “EL CONTRATISTA” no entrega la Garantía de Anticipos dentro del plazo señalado, “EL CONTRATISTA” no tendrá derecho al diferimiento del inicio de la construcción de los trabajos a que se hace referencia en la CLÁUSULA CUARTA del Presente Contrato.
El otorgamiento y amortización de los anticipos se sujetará al procedimiento establecido en el artículo 138 y 143 del “RLOPSRM” y demás normas complementarias y a las estipulaciones de este contrato.
La amortización de los anticipos se hará proporcionalmente con cargo a cada una de las estimaciones por los trabajos prestados que formule “EL CONTRATISTA”, debiendo amortizar el total del anticipo en la estimación final.
“EL CONTRATISTA” se obliga a reintegrar a “LA ENTIDAD” en un plazo xx xxxx días naturales, el importe de los anticipos otorgados que no hayan sido amortizados a partir de la determinación de la estimación final y el finiquito de obra, en caso de no obtenerse el reintegro, “LA ENTIDAD” deberá hacer efectivas las garantías que se encuentren vigentes. En el supuesto de que el contrato presente sea suspendido o terminado anticipadamente, a “EL CONTRATISTA” se obliga a reintegrar el anticipo no amortizado en el mismo plazo señalado. En caso de rescisión del presente contrato por incumplimiento de “EL CONTRATISTA”, éste deberá reintegrar los anticipos no amortizados en un plazo no mayor xx xxxx días naturales contados a partir de la fecha en que le sea comunicada a “EL CONTRATISTA” la determinación de dar por rescindido el contrato y en caso de que no reintegre el saldo por amortizar en el plazo señalado cubrirá los cargos que resulten conforme con lo indicado en el párrafo primero del artículo 55 de esta “LOPSRM”.
Cumplido el plazo a que se refiere el párrafo anterior, la cantidad no amortizada causará interés con una tasa mensual igual a la establecida por la Ley de Ingresos de la Federación en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales, de conformidad con lo señalado en los artículos 50 y 55 de la “LOPSRM”.
DÉCIMA PRIMERA. GARANTÍAS DE CUMPLIMIENTO Y VICIOS OCULTOS
11.1 Garantía de cumplimiento
Para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas del presente Contrato, “EL CONTRATISTA” entregará la Garantía de Cumplimiento, correspondiente a una fianza por el equivalente al (diez por ciento de Garantía de cumplimiento) del monto total del Contrato, sin incluir el impuesto al valor agregado. La fianza será otorgada en favor de la Tesorería de la Federación.
“El CONTRATISTA” entregará a la “LA ENTIDAD” la Garantía de Cumplimiento dentro de los quince días naturales siguientes a la fecha de notificación del fallo.
11.2 Garantías para responder de obra mal ejecutada o vicios ocultos.
“EL CONTRATISTA” previamente a la recepción de los trabajos, y a su elección deberá constituir fianza por el equivalente al diez por ciento del monto total ejercido de los trabajos; presentar una carta de crédito irrevocable por el equivalente al cinco por ciento del monto total ejercido de los trabajos, o bien, aportar recursos líquidos por una cantidad equivalente al cinco por ciento del mismo monto en fideicomisos especialmente constituidos para ello, por cualquier defecto que resultare en los trabajos, derivado de vicios ocultos y cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido “EL CONTRATISTA” durante un plazo de 12 meses contados a partir de la terminación del Contrato.
Una vez transcurridos los 12 meses contados a partir de la terminación del Contrato y, siempre que durante la vigencia del Contrato no haya surgido responsabilidad a cargo de “EL CONTRATISTA”, la Garantía por Xxxxxx Xxxxxxx será liberada automáticamente de conformidad con el artículo 66 de la “LOPSRM”.
DÉCIMA SEGUNDA. RECEPCIÓN DE LOS TRABAJOS
La recepción de los trabajos, ya sean total o parcial, se realizará de acuerdo a lo establecido en los artículos 64 de la “LOPSRM” y 135, 136, 137 y 138 de su Reglamento, mediante comunicación que por escrito haga “EL CONTRATISTA” a “LA ENTIDAD” de la conclusión de los trabajos que le fueron encomendados, para que ésta, dentro del plazo pactado, verifique la debida terminación de los mismos conforme a las condiciones establecidas en el contrato. Al finalizar la verificación de los trabajos, “LA ENTIDAD” contará con un plazo de quince días naturales para proceder a la recepción de los mismos mediante el levantamiento del acta correspondiente, quedando los trabajos bajo su responsabilidad.
Recibidos físicamente los trabajos prestados, “EL CONTRATISTA” y “LA ENTIDAD” deberán elaborar en un término de no mayor a 60 días naturales el finiquito de los mismos, en el que se harán constar los créditos a favor y en contra que resulten para cada uno de ellos, describiendo el concepto general que les dio origen y el saldo resultante.
De existir desacuerdo entre “LAS PARTES” respecto al finiquito, o bien, “EL CONTRATISTA” no acuda con “LA ENTIDAD” para su elaboración dentro del plazo señalado en el contrato, está procederá a elaborarlo, debiendo comunicar su resultado a “EL CONTRATISTA” dentro de un plazo xx xxxx días naturales, contados a partir de su emisión; una vez notificado el resultado de dicho finiquito a “EL CONTRATISTA” éste tendrá un plazo de quince días naturales para alegar lo que a su derecho corresponda, si trascurrido este plazo no realiza alguna gestión, se dará por aceptado.
Determinado el saldo total, “LA ENTIDAD” pondrá a disposición de “EL CONTRATISTA” el pago correspondiente, mediante su ofrecimiento o la consignación respectiva, o bien, solicitará el reintegro de los importes resultantes, debiendo, en forma simultánea, levantar el acta administrativa que de por extinguidos los derechos y obligaciones asumidos por ambas partes en el contrato.
DÉCIMA TERCERA. REPRESENTANTE DEL CONTRATISTA
“El CONTRATISTA” se obliga a establecer previamente al inicio de la prestación de los trabajos, en el sitio de realización de los mismos un “SUPERINTENDENTE”, el cual fungirá como técnico especializado, contando con poder amplio y suficiente para tomar decisiones en todo lo relativo al cumplimiento de este contrato, debiendo conocer con amplitud el proyecto, las normas de calidad y especificaciones de construcción, el catálogo de conceptos, programas de ejecución y de suministros, incluyendo los planos con sus modificaciones, especificaciones generales y particulares de construcción y normas de calidad, Bitácora, convenios y demás documentos inherentes, que se generen con motivo de la ejecución de los trabajos. El “SUPERINTENDENTE” deberá designarse por escrito y ser un profesional con experiencia suficiente en la materia objeto del contrato, reservándose “LA ENTIDAD” el derecho de su aceptación, el cual podrá ejercer en cualquier tiempo.
“LA ENTIDAD” se reserva el derecho de solicitar en cualquier momento, por causas justificadas, la sustitución del “SUPERINTENDENTE” de los trabajos, y “EL CONTRATISTA” tendrá la obligación de nombrar a otro que reúna los requisitos exigidos en el presente contrato.
DÉCIMA CUARTA. RELACIONES LABORALES
“LA ENTIDAD” no tendrá con el personal o trabajadores que emplee o llegará a emplear “EL CONTRATISTA” ninguna relación laboral, civil, mercantil o de ningún otro género; por lo tanto “EL CONTRATISTA” como empresario y patrón del personal que ocupe con motivo de los trabajos materia del contrato, será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia de trabajo y de seguridad social. “EL CONTRATISTA” conviene por lo mismo, en responder de todas las reclamaciones que sus trabajadores presentaren en contra de “LA ENTIDAD”, en relación con los trabajos objeto del presente contrato y sus efectos que puedan presentarse posteriormente, debiendo cubrir cualesquier importe que de ello se derive y sacar a salvo y en paz de tales reclamaciones a “LA ENTIDAD”, a más tardar a los diez días naturales contados a partir de la fecha en que sea notificado de ello por esta última y, en los supuestos de que con dicho motivo llegare a erogar alguna cantidad, “EL CONTRATISTA” la reintegrará a “LA ENTIDAD” en igual término.
DÉCIMA QUINTA. RESPONSABILIDADES DEL CONTRATISTA
"EL CONTRATISTA" se obliga a que los materiales y equipos que se utilicen en los trabajos objeto de este contrato, cumplan con las Normas de Calidad que “LA ENTIDAD” tiene en vigor, mismas que forman parte integrante del presente contrato, y a que la realización de todas y cada una de “LAS PARTES” de los trabajos se efectúen de conformidad con los Proyecto ejecutivo y en apego al proyecto y especificaciones pactados por “LAS PARTES” en el presente contrato, así como a responder por su cuenta y riesgo de los defectos y vicios ocultos que se llegaran a presentar en los trabajos y de los daños y perjuicios que por inobservancia o negligencia de su parte se lleguen a causar a “LA ENTIDAD” o a terceros, en cuyo caso, se hará efectiva la garantía otorgada para el cumplimiento del contrato, hasta por el monto total de la misma.
En caso de violaciones en materia de derechos inherentes a la propiedad intelectual, la responsabilidad estará a cargo de "EL CONTRATISTA".
Asimismo, la propiedad intelectual, que se derive del contrato invariablemente se constituirá a favor de
“LA ENTIDAD”, salvo que exista impedimento para ello, en términos de las disposiciones aplicables.
Igualmente se obliga "EL CONTRATISTA" a no transferir a terceras personas físicas x xxxxxxx sus derechos y obligaciones derivadas de este contrato y sus anexos, sobre los bienes o trabajos ejecutados que ampara este contrato, salvo los derechos de cobro sobre las estimaciones por trabajos ejecutados, en cuyo caso se requerirá la previa aprobación expresa y por escrito de “LA ENTIDAD”, en los términos de la “LOPSRM” y su Reglamento
Si con motivo de la transmisión de los derechos de cobro solicitada por “EL CONTRATISTA” se origina un atraso en el pago, no procederá el pago de gastos financieros a que hace referencia el artículo. 55 de la “LOPSRM”.
"EL CONTRATISTA" será el único responsable de las obligaciones que adquiera con las personas que subcontrate para la realización de los trabajos, El Subcontratista no tendrá ninguna acción o derecho para hacer valer en contra de “LA ENTIDAD” por tales obligaciones.
Si posterior a la adjudicación del contrato, "EL CONTRATISTA" tuviera la necesidad por la naturaleza o especialidad de los trabajos de subcontratar, este deberá solicitar la autorización previa al titular del Área responsable de la ejecución de los trabajos. Dicha autorización en ningún caso significará una ampliación al monto o al plazo del contrato de que se trate.
DÉCIMA SEXTA. RECURSOS HUMANOS DEL CONTRATISTA
Para el cumplimiento del presente Contrato, “EL CONTRATISTA” se obliga a emplear personal técnico especializado para la ejecución de los trabajos que cuente con la capacidad y experiencia necesaria para su correcta ejecución.
El personal de “EL CONTRATISTA” contará con las calificaciones, habilidades y experiencia apropiada en sus respectivos oficios y actividades. “LA ENTIDAD” podrá solicitar que “EL CONTRATISTA” retire o instruya que se retire, cualquier persona empleada en el sitio o los trabajos, que:
i. persiste en conductas inapropiadas o descuidadas;
ii. lleve a cabo sus deberes de manera incompetente o con negligencia;
iii. no cumpla con las disposiciones del Contrato; o
iv. persiste en una conducta perjudicial para la seguridad, salud o protección del medio ambiente.
En caso de ser necesario, “EL CONTRATISTA” deberá designar o hará que se designe una persona sustituta que cumpla con el perfil pactado.
“EL CONTRATISTA” entregará a “LA ENTIDAD” una relación detallada de las categorías del personal y de cada equipo necesario para la ejecución de los trabajos.
“EL CONTRATISTA” tomará siempre todas las medidas razonables para evitar conductas ilícitas, insubordinadas, desenfrenadas o desordenadas entre el personal de “EL CONTRATISTA” y para mantener la paz y protección de las personas y bienes o propiedades en el Sitio o cerca de éste.
DÉCIMA SÉPTIMA. RETENCIONES Y PENAS CONVENCIONALES
“LA ENTIDAD” tendrá la facultad de verificar si los trabajos objeto de este contrato se están realizando por "EL CONTRATISTA" conforme al programa de ejecución respectivo, para lo cual “LA ENTIDAD” comparará periódicamente el avance de los trabajos contra dicho programa de ejecución.
Si de dicha comparación se desprende que el avance de la prestación de los trabajos es menor de lo que debió realizarse, “LA O ENTIDAD” procederá a:
• Realizar una retención económica que será por un porcentaje del 2%, de los trabajos.
• Las retenciones serán calculadas en función del avance en la ejecución de los trabajos conforme a la fecha xx xxxxx para el pago de estimaciones pactada en el presente contrato. Dichas retenciones podrán ser recuperadas por “EL CONTRATISTA” en las siguientes estimaciones, si regularizan los tiempos de atraso conforme al citado programa
Una vez cuantificadas las retenciones económicas, éstas se harán del conocimiento de “EL CONTRATISTA” mediante nota de bitácora u oficio y se aplicará en la estimación que corresponda a la fecha en que se determine el atraso en el cumplimiento.
De existir retenciones a la fecha de terminación de los trabajos pactada en el contrato y trabajos pendientes de ejecutar, éstas seguirán en poder de la “ENTIDAD”. La cantidad determinada por concepto xx xxxxx convencionales que se cuantifique a partir de la fecha de terminación del plazo se hará efectiva contra el importe de las retenciones económicas que haya aplicado “LA ENTIDAD”.
Las penas convencionales se aplicarán por atraso en la ejecución de los trabajos por causas imputables a “EL CONTRATISTA”, determinados únicamente en función del importe de los trabajos no ejecutados en la fecha pactada en el contrato para la ejecución total de los trabajos.
• El porcentaje que se aplicará por concepto xx xxxxx convencionales será de 2% en la estimación que se encuentre en proceso de trámite de pago, en la fecha que se determine el atraso, sobre los trabajos no ejecutados conforme al programa convenido, misma que el Contratista podrá recuperar en las próximas estimaciones si regulariza los tiempos de atraso que se señalen en los programas de ejecución.
• Si al término del plazo establecido, el Contratista no concluyera los trabajos encomendados; pagará a la Convocante el 2 al millar, sobre el monto del Contrato aún no ejecutado a esa fecha, por cada día xx xxxx en que incurra, hasta la terminación total de los trabajos. Conforme a lo establecido en el Artículo 46 Bis de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, 86, 87 y 88 de su Reglamento.
“LA ENTIDAD” podrá aplicar a “EL CONTRATISTA” las penas convencionales y sanciones derivadas de las estipulaciones contenidas en el clausulado de este contrato, mediante deducciones al importe de las estimaciones autorizadas a “EL CONTRATISTA” correspondientes a este contrato o a cualquier otro convenio pactado por “LAS PARTES”.
Para determinar la aplicación de las sanciones estipuladas, no se tomará en cuenta las demoras motivadas por caso fortuito o fuerza mayor debidamente acreditadas por "EL CONTRATISTA".
Estas penas, en ningún caso podrán ser superiores, en su conjunto, al monto de la garantía de cumplimiento.
Independientemente de la aplicación de las penas convencionales señaladas anteriormente, cuando no se haya llegado al límite de la fianza de cumplimiento, “LA ENTIDAD” podrá optar entre exigir el cumplimiento del contrato o la rescisión del mismo.
Las cantidades que resulten de la aplicación de las penas convencionales que se impongan a "EL CONTRATISTA" se harán efectivas con cargo a las cantidades que le hayan sido retenidas, aplicando,
además, si da lugar a ello, la fianza de· cumplimiento, conforme a lo estipulado en la CLÁUSULA DÉCIMA NOVENA.
DÉCIMA OCTAVA. SUSPENSIÓN TEMPORAL Y TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO
“LA ENTIDAD” podrá por sí misma, o en atención a la solicitud justificada de “EL CONTRATISTA”, suspender temporalmente, en todo o en parte y en cualquier momento, los trabajos contratadas, sin que ello implique su terminación definitiva, determinando la temporalidad de la suspensión, la que no podrá prorrogarse o ser indefinida.
Cuando ocurra la suspensión, el servidor público designado por “LA ENTIDAD” la notificará por escrito a "EL CONTRATISTA", señalando las causas que la motivan, la fecha de su inicio y de la probable reanudación de los trabajos, así como las acciones que debe considerar en lo relativo a su personal, maquinaria y equipo de construcción.
La fecha de terminación se prorrogará en igual proporción al periodo que comprenda la suspensión en consecuencia, sin modificar el Plazo de Ejecución convenido, formalizándola mediante acta circunstanciada de suspensión, la que contendrá como mínimo los requisitos establecidos por el artículo 147 del “RLOPSRM”.
Cuando la suspensión se derive de un Caso Fortuito o Fuerza Mayor, no existirá ninguna responsabilidad para “LA ENTIDAD” y "EL CONTRATISTA", debiendo únicamente suscribir un convenio donde se reconozca el plazo de suspensión y las fechas de inicio y terminación de los trabajos, sin modificar el Plazo de Ejecución establecido en este Contrato. Sin embargo, cuando los trabajos resulten dañados o destruidos y éstos requieran ser rehabilitados o repuestos, deberán reconocerse y pagarse mediante la celebración de un convenio en los términos del artículo 59 de la “LOPSRM”, siempre que no se celebre el convenio para corregir deficiencias o incumplimientos anteriores, imputables a "EL CONTRATISTA".
No será motivo de suspensión de los trabajos, el suministro deficiente de “EL CONTRATISTA” de materiales y equipos de instalación permanente, cuando dicho suministro sea responsabilidad de "EL CONTRATISTA" y no exista Caso Fortuito o Fuerza Mayor.
En el caso de que no sea posible determinar la temporalidad de la suspensión de los trabajos, “LA ENTIDAD” podrá dar por terminado anticipadamente este Contrato.
Cuando se determine la suspensión de los trabajos por causas imputables a “LA ENTIDAD”, ésta pagará los trabajos ejecutados, así como los gastos no recuperables, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato de que se trate;
El presente Contrato podrá continuar produciendo todos sus efectos legales, una vez que haya desaparecido la causa que motivó dicha suspensión y la misma haya sido levantada.
“LA ENTIDAD” podrá dar por terminado anticipadamente el contrato cuando concurran razones de interés general; existan causas justificadas que le impidan la continuación de los trabajos, y se demuestre que de continuar con las obligaciones pactadas se ocasionaría un daño o perjuicio grave al Estado; se determine la nulidad de actos que dieron origen al contrato, con motivo de la resolución de una inconformidad o intervención de oficio emitida por la Secretaría de la Función Pública, o por resolución de autoridad judicial competente, o bien, no sea posible determinar la temporalidad de la suspensión.
En estos supuestos, “LA ENTIDAD” pagará los trabajos ejecutados, reembolsará a “EL CONTRATISTA” los gastos no recuperables en que haya incurrido, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con la operación correspondiente.
Cuando por caso fortuito o fuerza mayor se imposibilite la continuación de los trabajos, "EL CONTRATISTA" podrá optar por no ejecutarlos. En este supuesto, si opta por la terminación anticipada del contrato, deberá solicitarla a “LA ENTIDAD”, quien determinará lo conducente dentro de los quince días naturales siguientes a la presentación del escrito respectivo, en caso de negativa, será necesario que “EL CONTRATISTA” obtenga de la autoridad judicial la declaratoria correspondiente.
En el evento de que “LA ENTIDAD” no produzca contestación a la solicitud de "EL CONTRATISTA"
dentro del plazo señalado, se tendrá por aceptada la petición de este último.
Una vez. comunicada la terminación anticipada del contrato, “LA ENTIDAD” procederá a tomar posesión de los trabajos ejecutados para hacerse cargo del inmueble y de las instalaciones respectivas, y en su caso, proceder a suspender los trabajos, levantando con o sin la comparecencia de "EL CONTRATISTA", acta circunstanciada del estado en que se encuentren los mismos, quedando obligado "EL CONTRATISTA" a devolver a “LA ENTIDAD”, en un plazo xx xxxx días naturales contados a partir del inicio del procedimiento respectivo, toda la documentación que ésta le hubiere entregado para la realización de los trabajos.
En todos los casos de terminación anticipada de los contratos se deberán realizar las anotaciones correspondientes en la Bitácora, debiendo “LA ENTIDAD” levantar un acta circunstanciada de conformidad con lo señalado en el artículo 151 del “RLOPSRM”.
Para la elaboración del finiquito de los trabajos que se derive de la terminación anticipada del contrato deberán observarse las reglas que se establecen en la Sección IX “DEL FINIQUITO Y TERMINACIÓN DE OBRA DEL RLOPSRM”, debiéndose establecer el periodo de su determinación en el acta circunstanciada correspondiente.
DÉCIMA NOVENA. CAUSAS DE INCUMPLIMIENTO Y RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO
“LA ENTIDAD” procederá a iniciar el procedimiento de rescisión administrativa cuando “EL CONTRATISTA” incurra en alguna de las siguientes causas, siempre y cuando las mismas sean directamente imputables a “EL CONTRATISTA”:
i. Si “EL CONTRATISTA”, no inicia los trabajos objeto de este Contrato dentro de los 15 (quince) días siguientes a la fecha convenida, sin causa justificada, conforme a la “LOPSRM” y su Reglamento;
ii. Si interrumpe injustificadamente la ejecución de los trabajos o se niega a reparar o reponer alguna parte de ellos, que hubiere sido detectada como defectuosa por “LA ENTIDAD” o por sus representantes;
iii. Si no ejecuta los trabajos de conformidad con lo estipulado en este Contrato y sus anexos o sin motivo justificado no acata las órdenes dadas por el residente de obra o por el supervisor, en el caso de que estas últimas no hayan sido objetadas justificadamente;
iv. Si no da cumplimiento al programa vigente de ejecución de los trabajos por falta de materiales, trabajadores o equipo y maquinaria de construcción, y que a juicio de “LA ENTIDAD”, el atraso pueda dificultar la terminación satisfactoria de los trabajos en el Plazo de Ejecución estipulado en este Contrato.
No implicará retraso en el programa de ejecución del proyecto ejecutivo y de los trabajos y, por tanto no se considerará como incumplimiento de este Contrato y causa de su rescisión administrativa, cuando el atraso tenga lugar por falta de información referente a planos, especificaciones o normas de calidad, de entrega física de las áreas de trabajo y de entrega oportuna de materiales y equipos de instalación permanente, de licencias y permisos que deba proporcionar o suministrar “LA ENTIDAD”, así como cuando ésta hubiere ordenado la suspensión de los trabajos; ni por el atraso de los trabajos que tenga lugar por falta de pago de ministraciones;
v. Si es declarado o sujeto a concurso mercantil o alguna figura análoga;
vi. Si subcontrata partes de los trabajos objeto de este Contrato, sin contar con la autorización por escrito de “LA ENTIDAD”;
vii. Si “EL CONTRATISTA” cede en forma total o parcial a favor xx xxxxxxx sus derechos de cobro por los trabajos ejecutadas, sin contar con la autorización por escrito de “LA ENTIDAD”;
viii. Si “EL CONTRATISTA” no da a “LA ENTIDAD” o a las dependencias que tengan facultad de intervenir, las facilidades y datos necesarios para la inspección, vigilancia y supervisión de los materiales y los trabajos;
ix. Si siendo extranjero, invoca la protección de su gobierno en relación con este Contrato;
x. Que cambie su nacionalidad por otra en el caso que haya sido establecido como requisito tener una nacionalidad determinada;
xi. Si “EL CONTRATISTA” incumple con el compromiso adquirido con la firma del presente Contrato relativo a la reserva y confidencialidad de la información o documentación proporcionada por “LA ENTIDAD” para la ejecución de los trabajos; y
xii. En general, por el incumplimiento por parte de ”EL CONTRATISTA” a cualquiera de las obligaciones derivadas de este contrato y sus anexos, la contravención a las disposiciones, lineamientos, bases, procedimientos y requisitos que establecen la “LOPSRM”, su Reglamento y la Legislación Aplicable sobre la materia que pongan en riesgo el desarrollo en tiempo y forma del proyecto y dicho incumplimiento no haya sido subsanado por “EL CONTRATISTA” en el plazo establecido por “LA ENTIDAD” para tal efecto, atendiendo a la complejidad, magnitud y características del evento.
“LA ENTIDAD” podrá, previo cumplimiento de las formalidades establecidas en el Artículo 61 de la
“LOPSRM” y en los casos señalados con anterioridad, rescindir administrativamente este Contrato.
En caso de que “LA ENTIDAD” rescinda el presente Contrato, procederá a hacer efectiva la garantía otorgada por “EL CONTRATISTA” para el cumplimiento del mismo, así como la Garantía de Anticipos, total o parcialmente, según proceda, en el caso de que los anticipos no se encuentren totalmente amortizados, a partir de la fecha en que se haya notificado a “EL CONTRATISTA” la resolución de la rescisión administrativa del Contrato.
Una vez notificado el oficio de rescisión administrativa de este Contrato por “LA ENTIDAD”, procederá a tomar inmediatamente posesión de los trabajos ejecutadas para hacerse cargo del inmueble y de las instalaciones respectivas y en su caso, levantando, con la comparecencia de “EL CONTRATISTA”, acta circunstanciada del estado en que se encuentren los trabajos.
No obstante, lo anterior, una vez iniciado el procedimiento de rescisión administrativa del Contrato, “LA ENTIDAD” podrá, en caso de considerarlo conveniente, suspender el trámite, del procedimiento de rescisión, cuando se hubiere, iniciado un procedimiento de conciliación. En caso de que se determine no rescindir el Contrato, “LA ENTIDAD” y “EL CONTRATISTA” reprogramarán la ejecución de los trabajos una vez que se haya notificado la resolución correspondiente a “EL CONTRATISTA”.
Asimismo, “EL CONTRATISTA” estará obligado a devolver a “LA ENTIDAD”, en, un término de 10 días naturales, siguientes a la fecha de la notificación por escrito, del oficio de rescisión administrativa de este Contrato, toda la documentación que esta le hubiere entregado para realización de los trabajos.
Emitida la resolución de rescisión administrativa de este Contrato y notificada que sea a “EL CONTRATISTA”, “LA ENTIDAD” precautoriamente y desde el inicio de la misma, se abstendrá de cubrir los importes resultantes de los trabajos ejecutadas aún no liquidados, hasta que se otorgue el finiquito que proceda, lo que deberá efectuarse dentro de los treinta días naturales siguientes a la fecha de la notificación por escrito de la resolución de rescisión administrativa para proceder a hacer efectivas las garantías. En el finiquito deberá preverse el sobre costo de los trabajos aún no ejecutados que se encuentren atrasados conforme al programa de trabajo, así como lo relativo a la recuperación de los materiales y equipos que, en su caso, le hayan sido entregados a “EL CONTRATISTA”.
En el finiquito, “LA ENTIDAD” podrá optar entre aplicar las penas convencionales o el sobre costo derivado de completar los trabajos que resulte de la rescisión. La opción que se adopte atenderá a la que
depare menor perjuicio a “LA ENTIDAD” debiendo fundamentar y motivar las causas de la aplicación de una u otra opción.
El sobre costo de los trabajos será determinado por “LA ENTIDAD” de conformidad con lo establecido en los artículos 62 fracción II de la “LOPSRM” y 162 y 163 de su Reglamento.
XXXXXXXX. XX XX XXXXXXXXXX, XXXXXXX X XXXXXXXXXXX XX XXX XXXXXXXX.
“LA ENTIDAD”, por medio del Residente de Obra se vigilará, controlará y supervisará la debida ejecución de los trabajos en específico: cuanto a la calidad requerida en los materiales y equipos de instalación permanente, proyectos de ingeniería y arquitectura, especificaciones generales y particulares de construcción, programas de ejecución convenidos, de utilización de mano de obra y de maquinaria y de suministro de materiales y equipo de instalación permanente, relación del equipo de construcción, procedimiento constructivo y presupuesto de obra, debiéndose formular los informes correspondientes
VIGÉSIMA PRIMERA. DE LA BITÁCORA
La Bitácora es el instrumento técnico que constituye el medio de comunicación entre “LAS PARTES” que formalizan el presente Contrato, en el cual se registraran los asuntos y eventos importantes que se presenten durante la ejecución de los trabajos.
El uso de la Bitácora será obligatorio. Su elaboración, control y seguimiento se hará por medios remotos de comunicación electrónica, y deberá cumplirse con las condiciones y requisitos que establecen los artículos 122, 123, 124 y 125 del “RLOPSRM”.
En caso de que no sea posible la implementación del uso de la Bitácora electrónica se abrirá y utilizará una Bitácora convencional, previa solicitud y autorización de la Secretaría de la Función Pública, de acuerdo con los casos previsto en el segundo párrafo del artículo 122 del “RLOPSRM”.
En el caso de la Bitácora convencional “EL CONTRATISTA” deberá preparar y mantener actualizada una serie completa de registros y la Bitácora de los trabajos” que realice en términos del presente Contrato, los cuales deberán conservarse en el Sitio de los trabajos. Los registros deberán presentarse ante “LA ENTIDAD” de forma mensual, hasta en tanto “EL CONTRATISTA” haya concluido con los trabajos.
Previo a la emisión de cualquier Acta de Recepción Física de los trabajos por parte de “LA ENTIDAD”, “EL CONTRATISTA” deberá entregar a “LA ENTIDAD” copia de los planos Ejecutivos actualizados de los trabajos, así como en el caso de la bitácora convencional los registros y Bitácoras, las cuales no deberán considerarse terminadas hasta en tanto “LA ENTIDAD” haya recibido dichos documentos.
VIGÉSIMA SEGUNDA. FINIQUITO Y TERMINACIÓN DEL CONTRATO
Para dar por terminados, parcial o totalmente, los derechos y obligaciones asumidas por “LA ENTIDAD” y “EL CONTRATISTA” en este Contrato, se deberá elaborar el finiquito correspondiente, anexando el acta de recepción física de los trabajos.
“LA ENTIDAD” deberá notificar por oficio a “EL CONTRATISTA”, a través de su representante legal o su Superintendente de Construcción, la fecha, lugar y hora en que, se llevará a cabo el finiquito; “EL CONTRATISTA” tendrá la obligación de acudir al llamado que se le haga mediante el oficio respectivo; de no hacerlo, se le comunicará el resultado dentro de un plazo de 10 (diez) Días hábiles, contados a partir de su emisión.
El documento en el que conste el finiquito deberá reunir como mínimo los requisitos que se indican en el artículo 170 del “RLOPSRM”.
El finiquito deberá ser elaborado por “LA ENTIDAD” y “EL CONTRATISTA” dentro de los 60 (sesenta) días naturales siguientes a la fecha del acta de recepción física de los trabajos, haciéndose constar los créditos a favor y en contra que resulten para cada uno de ellos, describiendo el concepto general que les dio origen y el saldo resultante, debiendo exponer, en su caso, las razones de la aplicación de las penas convencionales o del sobre costo de los trabajos.
De existir desacuerdo entre “LAS PARTES” respecto al finiquito, o bien, “EL CONTRATISTA” no acuda con “LA ENTIDAD” para su elaboración dentro del término señalado en el párrafo anterior, “LA ENTIDAD” procederá a elaborarlo, debiendo comunicar por oficio su resultado a “EL CONTRATISTA” dentro del término de 10 (diez) días naturales, siguientes, a la fecha de su emisión; una vez notificado el resultado de dicho finiquito a “EL CONTRATISTA”, éste tendrá el término de 15 (quince) días naturales para alegar lo que a su derecho corresponda; si transcurrido este término no realiza alguna gestión, se dará por aceptado.
Si del finiquito resulta que existen saldos a favor de “EL CONTRATISTA”, “LA ENTIDAD” deberá liquidarlos dentro del plazo a que alude el segundo párrafo del artículo 54 de la “LOPSRM”. Si resulta que existen saldos a favor de “LA ENTIDAD”, el importe de los mismos se, deducirá de las cantidades pendientes de cubrir por concepto de los trabajos ejecutadas y si no fueran suficientes éstos, deberá exigirse por oficio su reintegro de conformidad con lo establecido con el artículo 55 de la “LOPSRM”, más los gastos financieros correspondientes, conforme a una tasa que será igual a la establecida por la Ley de Ingresos de la Federación en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Dichos gastos empezarán a generarse cuando “LAS PARTES” tengan definido el finiquito con el importe, a pagar y se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso, debiéndose computar por Días, desde que sean determinadas y hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de “LA ENTIDAD”. En caso de no obtenerse el reintegro, “LA ENTIDAD” podrá hacer efectivas las garantías que se encuentren vigentes. En su oportunidad, se levantará el acta administrativa que de por extinguidos los derechos y obligaciones asumidos por “LA ENTIDAD” y “EL CONTRATISTA” en este Contrato, “LA ENTIDAD” deberá de levantar el acta administrativa que cumpla mínimo con los requisitos señalados por el artículo 172 del “RLOPSRM”.
Cuando la liquidación de los saldos se realice dentro de los 15 (quince) Días naturales siguientes a la firma del finiquito, el documento donde conste el finiquito podrá utilizarse como el acta administrativa que de por extinguidos los derechos y obligaciones de “LA ENTIDAD” y “EL CONTRATISTA” en este Contrato, debiendo agregar únicamente una manifestación de “LA ENTIDAD” y “EL CONTRATISTA” de que no existen otros adeudos y por lo tanto se tendrán por terminados los derechos y obligaciones que genera este Contrato, sin derecho a ulterior reclamación. Al no ser factible el pago en el término indicado, se procederá a elaborar el acta administrativa que de por extinguidos los derechos y obligaciones de “LA O ENTIDAD” y “EL CONTRATISTA” en este Contrato.
VIGÉSIMA TERCERA. CASO FORTUITO Y FUERZA MAYOR
“LA ENTIDAD” y “EL CONTRATISTA” se obligan a sujetarse estrictamente para la ejecución de los trabajos objeto de este Contrato, a todas y cada una de las cláusulas que lo integran, así como a sus anexos, los términos, lineamientos, procedimientos y requisitos que establecen la “LOPSRM”, el Reglamento y la Legislación Aplicable.
No obstante, lo anterior, cualquiera de “LAS PARTES” estará excluida de sus obligaciones, por Caso Fortuito o Fuerza Mayor.
El acontecimiento considerado como Caso Fortuito o Fuerza Mayor puede ser temporal, provocando solo el retraso en el cumplimiento de las obligaciones, o permanente o definitivo, lo cual traerá como consecuencia que no se puedan seguir cumpliendo las obligaciones previstas en el presente Contrato, con los efectos que el mismo incluye.
Asimismo, en el caso de que cualquiera de los supuestos anteriormente descritos ocasione una pérdida o daño en los trabajos, “EL CONTRATISTA” deberá: (i) notificarlo de inmediato a “LA ENTIDAD” y (ii) remediar estas pérdidas o daños en la medida que “LA ENTIDAD” lo requiera y sujeto a lo establecido en el párrafo siguiente.
Si “EL CONTRATISTA” sufre algún retraso o incurre en costos al remediar dichas pérdidas o daños, “EL CONTRATISTA” deberá enviar una notificación adicional a “LA ENTIDAD” y tendrá derecho, con sujeción a lo dispuesto por la “LOPSRM” y su Reglamento, a: (i) una extensión del Plazo de Ejecución para completar los trabajos y (ii) una revisión del Monto del Contrato con el objeto de que este refleje los costos incurridos por “EL CONTRATISTA” derivado de lo anterior.
VIGÉSIMA CUARTA. CONTROVERSIAS.
“LAS PARTES” acuerdan que, en el supuesto de existir, durante la ejecución de los trabajos controversias de carácter técnico o administrativo, se sujetaran al siguiente procedimiento:
Dentro de los (poner días) hábiles contados a partir de la fecha en que se hayan presentado detectado controversias técnicas o administrativas “EL CONTRATISTA” presentará a “LA ENTIDAD” un escrito con el cual explique los motivos de estas, adjuntando la documentación que soporten los hechos, para que ésta en un plazo no mayor de (poner días) hábiles contados a partir de la recepción del escrito convoque a reunión de trabajo para dirimir las discrepancias.
En caso de llegar a una solución, se levantará un acta administrativa, en la cual se indicarán los acuerdos adoptados por “LAS PARTES”, mismo que deberá quedar registrado en la bitácora de obra.
En caso de no llegar a ningún acuerdo se levantará el acta administrativa correspondiente de los hechos asentando la indicación de que “LAS PARTES” dejaran a salvo sus derechos para hacerlos valer ante las autoridades correspondientes.
Lo anterior sin perjuicio de que “LAS PARTES” puedan solicitar a la Secretaría de la Función Pública llevar a cabo el procedimiento de conciliación señalado en el artículo 95 de la “LOPSRM”.
VIGÉSIMA QUINTA. JURISDICCIÓN
Para la interpretación y cumplimiento del presente Contrato, “LAS PARTES” se someten a la jurisdicción de los Tribunales Federales competentes con domicilio en la Ciudad de México, por lo que “LAS PARTES” renuncian a cualquier fuero que pudiese corresponderles por razón de su domicilio, presente, futuro o por cualquier causa incluyendo el lugar de ejecución de los trabajos.
Lo anterior, sin perjuicio de que “LAS PARTES” a lo largo del Contrato puedan resolver cualquier cuestión de naturaleza técnica y/o económica con apego al principio de buena fe en el contexto de las cláusulas de este Contrato.
VIGÉSIMA SEXTA. OBLIGACIONES
“LAS PARTES” se obligan a sujetarse estrictamente para la ejecución de los trabajos objeto de este contrato, a todas y cada una de las cláusulas que lo integran, así como a los términos, lineamientos, procedimientos y requisitos que establece la “LOPSRM” su Reglamento, los anexos del contrato y, demás normas y disposiciones administrativas que le sean aplicables, y supletoriamente al Código Civil Federal, la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y el Código Federal de Procedimientos Civiles.
Por lo anteriormente expuesto, tanto “LA ENTIDAD” como “EL CONTRATISTA”, declaran estar conformes y bien enterados de las consecuencias, valor y alcance legal de todas y cada una de las estipulaciones que el presente instrumento jurídico contiene, por lo que lo ratifican y firman electrónicamente en las fechas especificadas en cada firma electrónica.
VIGÉSIMA SÉPTIMA. VIGENCIA DEL CONTRATO
La vigencia del contrato iniciará con la subscripción del mismo por “EL CONTRATISTA” y finalizará cuando se firme el acta de extinción de derechos y obligaciones de “LAS PARTES”, o bien, se actualice el supuesto al que se refiere el último párrafo del artículo 170 del “RLOPSRM”.
POR:
“LA ENTIDAD”
NOMBRE | CARGO | R.F.C. |
XXX XXXXXXXX XXXXXXX XXXXX | DIRECTORA DE ADMINISTRACIÓN | R.F.C.: VESM4910078AA |
ING. XXXXXXXX XXXXX XXXXXX | JEFE DEL DEPARTAMENTO DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO | R.F.C.: GOCL730522VAA |
POR:
“EL CONTRATISTA”
NOMBRE | R.F.C. |
(RAZÓN SOCIAL DE LA PERSONA FÍSICA O MORAL) | (R.F.C. DE LA PERSONA FÍSICA O MORAL) |
A N E X O S
ANEXO NÚMERO 5
ANEXO TÉCNICO
OBJETIVO:
“MANTENIMIENTO A CASA DE MAQUINAS Y EDIFICIOS ADJUNTOS DEL INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRÍA, 2ª ETAPA.”
ALCANCES:
ADEMÁS DE LO DESCRITO EN ESTE APARTADO, CADA LICITANTE DEBERÁ ENRIQUECER ESTE ANEXO TÉCNICO, ES DECIR, OBLIGATORIAMENTE ELABORARÁ SU PROPIO ANEXO TÉCNICO QUE SE AGREGARÁ AL PRESENTE, PARA LLEVAR A LA CONCLUSIÓN EN TIEMPO Y FORMA LOS TRABAJOS QUE SE LE ENCOMENDARÁN AL PARTICIPANTE GANADOR OBJETO DE LA PRESENTE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NÚMERO LO-012NCZ002-E79- 2022, DESCRIBIENDO A DETALLE Y PASO A PASO EL CÓMO LLEVARÁ A CABO TODOS Y CADA UNO DE LOS PROCEDIMIENTOS CONSTRUCTIVOS QUE EN SU CONJUNTO INTEGRARÁN PARTE DE SU PROPOSICIÓN TÉCNICA Y ECONÓMICA. DESCRIBIRÁ LA LOGÍSTICA Y PLANEACIÓN DE LA OBRA PARTIENDO DE LO GENERAL Y LLEGANDO A LO PARTICULAR. LA PLANEACIÓN Y LA LOGÍSTICA DEBERÁN SER CONGRUENTES CON SUS PROCEDIMIENTOS CONSTRUCTIVOS Y PROGRAMAS DE OBRA. EL PRESENTE ANEXO TÉCNICO ES ENUNCIATIVO MÁS NO LIMITATIVO, YA QUE CADA LICITANTE PARTICIPANTE PRESENTARÁ EL PROPIO, AGREGADO A ÉSTE.
LA INFRAESTRUCTURA FÍSICA A REHABILITAR SERÁ CONFORME A LOS PLANOS Y DEMÁS DOCUMENTACIÓN QUE FORMAN PARTE DEL PROYECTO EJECUTIVO INTEGRADO EN LA PRESENTE CONVOCATORIA, DEBIENDO CUMPLIR EN TODO MOMENTO CON LA NORMATIVIDAD VIGENTE DE CONSTRUCCIÓN, DISEÑO Y SEGURIDAD (ESPECIFICAS Y GENERALES) DURANTE EL PROCESO CONSTRUCTIVO Y DE OPERACIÓN.
EL LICITANTE PARTICIPANTE DEBERÁ CONSIDERAR EN SU PROPOSICIÓN TÉCNICA Y ECONÓMICA QUE LOS TRABAJOS DE “MANTENIMIENTO A CASA DE MAQUINAS Y EDIFICIOS ADJUNTOS DEL INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRÍA, 2ª ETAPA.” SE EJCUTARÁN EN VARIOS FRENTES, DEBIDO A QUE LA OPERACIÓN DEL EDIFICIO, QUE A SU VEZ ES SUMINISTRADOR DE ENERGÍA ELÉCTRICA A LOS EDIFICIOS PRINCIPALES DE HOSPITALIZACIÓN Y SADyTRA, NO ES POSIBLE SUSPENDERLA.
POR LO ANTERIOR, SE DEBERÁ CONSIDERAR LIBRANZAS ELÉCTRICAS EN TURNOS DIURNOS Y NOCTURNOS, ASÍ COMO DÍAS DE ASUETO (FESTIVOS) Y DE MÁS, A FIN DE LOGRAR REALIZAR LAS ACTIVIDADES IMPLÍCITAS EN EL CATÁLOGO DE CONCEPTOS YA QUE EL INSTITUTO FUNCIONA DE MANERA ININTERRUMPIDA CON LA FINALIDAD DE PRESTAR EL SERVICIO MÉDICO ESPECIALIZADOS A LA POBLACIÓN INFANTIL DE MÉXICO.
EN RELACIÓN CON LO ANTERIOR, EVITAR INTERRUPCIONES DE ENERGÍA ELÉCTRICA YA QUE LOS EDIFICIOS DE HOPITALIZACIÓN TIENE CONECTADOS EQUIPOS MÉDICOS DE SOPORTE DE VIDA, SISTEMAS DE MONITOREO DE SIGNOS VITALES A DEMÁS DE SISTEMAS DE ENFRIAMIENTO DE EQUIPOS MÉDICOS MAYORES COMO TOMOGRAFOS Y RESONANCIAS MAGNETICAS, ETC.; POR LO QUE LA CONTRATISTA EN CONJUNTO CON EL PERSONAL TÉCNICO DEL INSTITUTO DEBERÁN PROGRAMAR CUALQUIER ACTIVIDAD DESERNERGIZACIÓN QUE IMPLIQUE UNA LOGÍSTICA PLANIFICADA Y EVITAR ALGÚN RIESGO QUE PUEDA PONER EN RIESGO LA VIDA HUMANA DE LOS PACIENTES QUE ATIENDE ESTE NOSOCOMIO.
LA CASA DE MÁQUINAS Y SUS SUBESTACIONES ELÉCTRICAS CON QUE CUENTA EL INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRÍA, OPERADAS POR LA JEFATURA DE DEPARTAMENTO DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO A TRAVÉS DE LA COORDINACIÓN DE
ELECTROMECÁNICA, SON EL EJE MOTRIZ PARA LAS LABORES DE LAS ÁREAS QUE CONFORMAN EL INP.
PARA EL INICIO DE LOS TRABAJOS DE “MANTENIMIENTO A CASA DE MAQUINAS Y EDIFICIOS ADJUNTOS DEL INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRÍA, 2ª ETAPA”, SERÁ LA ADECUACIÓN DE LOS ESPACIOS FÍSICOS DE LA SUBESTACIÓN ELÉCTRICA DE ENLACE Y DE SERVICIOS GENERALES.
INICIANDO CON LOS TRABAJOS DE TALLERES, OFICINAS PARA PERSONAL DE MANTENIMIENTO Y VESTIDORES PROYECTADOS, PARA QUE AL TÉRMINO DE LA MODIFICACIÓN DE ESA ZONA SE TRASLADE EL PERSONAL A LA NUEVA ÁREA. EL PROCESO SUBSECUENTE SERÁ CON BASE EN EL TIEMPO DE ENTREGA DE LOS EQUIPOS FUNDAMENTALES DE SUBESTACIÓN ELÉCTRICA. SE DEBERÁ SOLICITAR A LA JEFATURA DEL DEPARTAMENTO DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO LA PROGRAMACIÓN DE LOS CORTES (SITUACIÓN COMENTADA EN EL PARRAFO ANTERIOR) CON LA INTENCIÓN NO ALTERAR LA OPERATIVIDAD DEL INSTITUTO.
PARA PODER LLEVAR A CABO EL MANTENIMIENTO DEL ÁREA DESCRITA, PREVIAMENTE SE COLOCARÁN TAPIALES DE TABLAROCA DE NIVEL DE PISO A UNA ALTURA DE 2.44 M, EN EL PERÍMETRO DE LA ZONA DE TRABAJOS PARA UN AISLAMIENTO EFECTIVO HACIA EL EXTERIOR. ES DECIR, DICHO TAPIAL SERÁ UNA EXTENSIÓN XXX XXXX EXISTENTE, RESPETANDO LOS ACCESOS A P.A. Y SUBESTACIÓN (VER PLANO TM-TP-01).
PARALELAMENTE A LOS TRABAJOS ANTERIORMENTE DESCRITOS, SE ACONDICIONARÁ UN ACCESO A LA SUBESTACIÓN ELÉCTRICA Y ZONAS ALEDAÑAS PARA PERSONAL Y USUARIOS TÍPICOS, Y OTRO PARA ACCESO A LOS TRABAJOS DE OBRA EN DESARROLLO.
EN ESTA ETAPA SE REALIZARÁN TRABAJOS DE IDENTIFICACIÓN DE LÍNEAS ELÉCTRICAS, DE LAS ÁREAS, SE DETERMINARÁ EL SUMINISTRO TEMPORAL DE LOS TABLEROS DE DISTRIBUCIÓN DETERMINADOS (NORMAL, EMERGENCIA, REGULADA, SEGURIDAD PARA LA VIDA) PARA LA SUBESTACIÓN Y ZONAS ALEDAÑAS, CON LA FINALIDAD DE NO HACER CORTES DE SUMINISTRO DE ENERGÍA INNECESARIOS DURANTE EL PROCESO DE LA OBRA, Y DEJAR LAS PREPARACIONES LISTAS PARA CAMBIAR LOS ALIMENTADORES. NOTA: TODOS LOS CORTES ELÉCTRICOS DEBERÁN SER PREVIAMENTE CONCILIADOS CON LA RESIDENCIA DE LA OBRA; LA CONTRATISTA DEBERÁ CONSIDERAR EN CADA MOMENTO SISTEMAS DE ENERGÍA ALTERNOS A FIN DE GARANTIZAR EL SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA SEA ININTERRUMPIDA PARA LA OPERACIÓN DEL INSTITUTO.
REITERANDO LO ANTERIOR Y DURANTE LA MANIOBRA DE SUSTITUCIÓN DE LOS TABLEROS E INTERRUPTORES GENERALES SERÁ INDISPENSABLE CONTAR CON GENERADORES DE RESPALDO PARA SUMINISTRAR LA ENERGÍA NECESARIA AL INSTITUTO.
CABE HACER MENCIÓN QUE DURANTE EL PROCESO DE LOS TRABAJOS DEL “MANTENIMIENTO A CASA DE MAQUINAS Y EDIFICIOS ADJUNTOS DEL INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRÍA, 2ª ETAPA” SE CONSERVARÁ LA CIRCULACIÓN GENERAL ADECUADA DE PERSONAL, PARA LAS ÁREAS QUE OCUPAN LA PLANTA ALTA Y BAJA DEL EDIFICIO DE PLANEACIÓN.
MEDIDAS QUE TIENEN COMO FINALIDAD, EVITAR ENTORPECER LAS LABORES COTIDIANAS DE LAS ZONAS ALEDAÑAS QUE INDIRECTAMENTE SE VERÁN AFECTADAS DEBIDO A LOS TRABAJOS DE MANTENIMIENTO, YA QUE LOS ESPACIOS DE ACCESO A LAS ÁREAS MENCIONADAS SON MUY CERCANAS ENTRE SI, Y EL TRÁNSITO DE PERSONAS ES INEVITABLE POR LA NATURALEZA DE SUS ACTIVIDADES.
PARA EL DESALOJO DE MATERIALES PRODUCTO DE DEMOLICIONES XX XXXXX, PISOS, PLAFONES, ETCÉTERA, (CASCAJO) SE REALIZARÁ PREFRENTEMENTE EN TURNOS VESPERTINOS, NOCTURNOS Y/O FINES DE SEMANA PARA NO ENTORPECER LAS ACTIVIDADES DE LOS DIFERENTES SERVICIOS, EN EL LUGAR DE ACOPIO QUE INDIQUE EL INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRÍA A TRAVÉS DEL DEPARTAMENTO DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO Y LA COORDINACIÓN DE OBRAS. UNA VEZ TENIÉNDOSE EL EQUIVALENTE A 7 (SIETE) METROS CÚBICOS DE CASCAJO, SE DEBERÁ PROGRAMAR UN CAMIÓN DE ESTA
CAPACIDAD, PARA EL RETIRO DEL MISMO, A FIN DE EVITAR LO MENOS POSIBLE LA PROPAGACIÓN DE POLVO PRODUCTO DE LA MANIPULACIÓN DE LOS MATERIALES DE DESECHO, ÉSTOS DEBERÁN HUMEDECERSE PREVIO A SU RETIRO FINAL. ESTA SITUACIÓN LA DEBERÁ CONTEMPLAR CADA LICITANTE PARTICIPANTE PARA EL TIEMPO TOTAL DE LA OBRA.
EN RELACIÓN AL PÁRRAFO, LA CONTRATISTA DEBERÁ SEPARAR LA BASURA MUNICIPAL, ASÍ COMO EL MATERIAL PRODUCTO DE EXCAVACIÓN Y PODER ESTABLECER MEDIDAS DE CLASIFICACIÓN DE DESECHOS QUE SE GENEREN EN LA OBRA Y ESTOS PUEDAN SER DESTINADOS A LOS LUGARES Y/O DESTINOS PARA SU PROCESO Y TRAMAMIENTO EN SU CASO.
ES TRASCENDENTAL TENER EN CUENTA QUE TODOS LOS EQUIPOS EXISTENTES SEGUIRÁN EN OPERACIÓN NORMAL, HASTA SU RETIRO, SUSTITUCIÓN Y CAPACITACIÓN DEL PERSONAL OPERATIVO QUE SE HARÁ CARGO DE ÉSTOS.
EN TODO MOMENTO EL CONTRATISTA DE MANERA PARALELA CON EL PERSONAL TÉCNICO DEL INSTITUTO, VIGILARÁN EL CONTROL DE LA CALIDAD DE TODOS LOS MATERIALES Y EQUIPOS A INSTALAR, INCLUYENDO PRUEBAS DE LABORATORIO, CERTIFICACIONES Y DEMÁS ELEMENTOS QUE S DE CERTEZA DE LA CALIDAD INSTALADA EN LA OBRA DANDO ASÍ CUMPLIMIENTO AL OBJETO DEL CONTRATO Y AL PROYECTO EJECUTIVO.
GENERALES:
CONFORME A LO ESTABLECIDO EN SU PRIMER PÁRRAFO Y FRACCIÓN VII DEL ARTÍCULO 166 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS, QUE A LA LETRA DICE: “ARTÍCULO 166.- EN LA FECHA SEÑALADA, LA DEPENDENCIA O ENTIDAD RECIBIRÁ FÍSICAMENTE LOS TRABAJOS Y LEVANTARÁ EL ACTA CORRESPONDIENTE, LA QUE CONTENDRÁ COMO MÍNIMO LO SIGUIENTE: ...VII. DECLARACIÓN DE LAS PARTES DE QUE SE ENTREGAN LOS PLANOS CORRESPONDIENTES A LA CONSTRUCCIÓN FINAL, ASÍ COMO LOS MANUALES E INSTRUCTIVOS DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO CORRESPONDIENTES Y LOS CERTIFICADOS DE GARANTÍA DE CALIDAD Y FUNCIONAMIENTO DE LOS BIENES INSTALADOS, Y……”
DE AHÍ QUE, CADA LICITANTE PARTICIPANTE EN LA PRESENTE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NÚMERO LO-012NCZ002-E79-2022 DEBERÁ CONSIDERAR EN SU PROPOSICIÓN TÉCNICA Y ECONÓMICA QUE A LA ENTREGA RECEPCIÓN FÍSICA DE LA OBRA EJECUTADA EN SU TOTALIDAD, ENTREGARÁ LOS PLANOS AS BUILT EN DWG, PARA QUE PROCEDA SU ESTIMACIÓN FINIQUITO. PLANOS ARQUITECTÓNICOS, DE ACABADOS, DE INGENIERÍAS, DE CANCELERÍAS, DE CARPINTERÍA, ETCETÉRA. ES DECIR, EL UNIVERSO DE LOS PLANOS COMO QUEDARÁ FINALMENTE EJECUTADA DICHA OBRA, Y DEMÁS DOCUMENTACIÓN NECESARIA.
EL LICITANTE GANADOR A QUIEN SE LE ADJUDIQUE EL CONTRATO OBJETO DE LA PRESENTE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NÚMERO LO-012NCZ002-E79-2022 AL INICIO DE LA OBRA RECIBIRÁ POR PARTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRÍA UN CD CON LA TOTALIDAD DEL PROYECTO EJECUTIVO, PLANOS EN DWG, MEMORIAS DESCRIPTIVAS Y DE CÁLCULO, CATÁLOGO DE CONCEPTOS, Y DEMÁS DOCUMENTACIÓN QUE INTEGRE DICHO PROYECTO EJECUTIVO.
PARA IDENTIFICAR LAS ÁREAS A MANTENER, ACCESO DE PERSONAL DE OBRA, VER PLANOS DE PLANTA, SECCIONES Y ALZADOS, SIN OLVIDAR EL CONJUNTO DE PLANOS QUE INTEGRAN EL PROYECTO EJECUTIVO EN SU TOTALIDAD Y DEMÁS DOCUMENTACIÓN INTEGRADA
CADA LICITANTE PARTICIPANTE EN LA PRESENTE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NÚMERO LO-012NCZ002-E79-2022 DEBERÁ CONTEMPLAR EN SU PROPOSICIÓN TÉCNICA Y ECONÓMICA QUE LOS TRABAJOS INCLUYEN DESMANTELAMIENTOS, DEMOLICIONES, RETIRO DE INSTALACIONES, RETIRO DE MOBILIARIO Y EQUIPO, ALBAÑILERÍA, ACABADOS, INSTALACIÓN ELÉCTRICA NORMAL, EMERGENCIA, REGULADA Y SEGURIDAD PARA LA VIDA, INSTALACIÓN HIDROSANITARIA, AIRE ACONDICIONADO, INSTALACIÓN DE VOZ Y DATOS, INSTALACIÓN HIDRÁULICA, SISTEMA CONTRA INCENDIO, AIRE GRADO MÉDICO, CARPINTERÍA Y HERRERÍA,
INSTALACIÓN DE CIRCIUITO CERRADO DE TELEVISIÓN, INSTALACIÓN DE DETECCIÓN DE HUMOS Y SENSORES, INSTALACIÓN DE VOCEO, SISTEMA DE CONTROL AUTOMATIZADO, MONITOREO Y MEDICIÓN DE PARÁMETROS Y TODAS AQUELLAS INSTALACIONES QUE FORMAN PARTE DEL PROYECTO EJECUTIVO EN SU CONJUNTO.
EL LICITANTE GANADOR A QUIEN SE LE ADJUDIQUE EL CONTRATO OBJETO DE LA PRESENTE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NÚMERO LO-012NCZ002-E79-2022 DEBERÁ A TRAVÉS DE SU SUPERINTENDENTE DE OBRA COMUNICAR A LA RESIDENCIA DE OBRA DEL INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRÍA, QUIEN A TRAVÉS DEL DEPARTAMENTO DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO, EN SU MOMENTO, HACER LAS GESTIONES CON EL DEPARTAMENTO DE CONTROL DE BIENES E INVENTARIOS Y LA OFICINA DE ACTIVO FIJO, PARA QUE LOS BIENES A RETIRAR, SEAN EN SU CASO DADOS DE BAJA CONFORME AL PROCEDIMIENTO ESTABLECIDO POR DICHO DEPARTAMENTO, ASÍ COMO TODO AQUELLO QUE NO SEA INVENTARIADO QUE CORRESPONDA A DESECHO FERROSO, AMBOS PARA SU CORRECTA DISPOSICIÓN FINAL Y BAJA EN EL INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRÍA.
LA MANO DE OBRA DEBERÁ SER ESPECIALIZADA, CONSIDERANDO PERSONAL CALIFICADO, COMPETENTE Y CON AMPLIA EXPERIENCIA COMPROBABLE EN LOS TRABAJOS ENCOMENDADOS POR LO QUE EL INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRÍA A TRAVÉS DE LA RESIDENCIA DE OBRA ESTARÁ FACULTADA A EXIGIR AL CONTRATISTA EL CUMPLIMIENTO DE ESTA CONDICIÓN Y EN SU CASO, SOLICITAR LA SUSTITUCIÓN DEL PERSONAL QUE NO ACREDITE SU EXPERIENCIA.
ADICIONALMENTE, CADA LICITANTE PARTICIPANTE DEBERÁ CONSIDERAR OBLIGATORIAMENTE EN SU PROPOSICIÓN TÉCNICA Y ECONÓMICA QUE AL MENOS EL 30% (TREINTA POR CIENTO) DEL TOTAL DE LA MANO DE OBRA QUE INTERVENGA EN LA EJECUCIÓN DEL “MANTENIMIENTO A CASA DE MAQUINAS Y EDIFICIOS ADJUNTOS DEL INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRÍA, 2ª ETAPA.”, SERÁ MANO DE OBRA LOCAL, ES DECIR DE LA CIUDAD DE MÉXICO O LA ZONA METROPOLITANA. DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL “DECRETO POR EL QUE SE ADICIONA LA FRACCIÓN XXI AL ARTÍCULO 31 DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS. EMITIDO POR LA SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA Y PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL DÍA 13 DEL MES DE ENERO DEL AÑO 2016.
TANTO EL PERSONAL ADMINISTRATTIVO, TÉCNICO Y DE OBRA DEL LICITANTE GANADOR A QUIEN SE LE ADJUDIQUE EL CONTRATO OBJETO DE LA PRESENTE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NÚMERO LO-012NCZ002-E79-2022 DEBERÁ USAR UNIFORME DE LA EMPRESA DE ACUERDO A SU ÁREA Y MANUAL DE LA CONTRATISTA QUE REPRESENTA. ADEMÁS TODO EL PERSONAL DEBERÁ ESTAR DEBIDAMENTE IDENTIFICADO CON EL FORMATO DE LA CREDENCIAL QUE EL INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRÍA LE FACILITARÁ PARA SU REPRODUCCIÓN, QUE INCLUIRÁ NOMBRE COMPLETO DE LA EMPRESA, NOMBRE COMPLETO DEL TRABAJADOR SIN ABREVIATURAS, FIRMA AUTOGRAFA DEL TRABAJADOR, PUESTO O CARGO DEL TRABAJADOR, VIGENCIA DEL CONTRATO, REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES DEL TRABAJADOR, NÚMERO DE SEGURIDAD SOCIAL DEL TRABAJADOR, NOMBRE COMPLETO DEL SUPERINTENDENTE DE OBRA ASÍ COMO SU FIRMA AUTOGRAFA, NOMBRE COMPLETO DEL JEFE DEL DEPARTAMENTO DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRÍA ASÍ COMO SU FIRMA AUTOGRAFA. ADEMÁS, TODO TRABAJADOR DEBERÁ PORTAR EQUIPO PROPIO DE SEGURIDAD DE ACUERDO CON SU PUESTO O ESPECIALIDAD. AQUEL TRABAJADOR QUE NO CUMPLA CON LO SOLICITADO, EL RESIDENTE DE OBRA DEL INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRÍA LE SOLICITARÁ AL SUPERINTENDENTE DE OBRA DE LA CONTRATISTA, PROCEDA A DARLO DE BAJA DE LA OBRA DE MANERA INMEDIATA Y DEFINITIVA.
EL LICITANTE DEBERÁ REMITIRSE EN TODO MOMENTO A LOS PLANOS Y DEMÁS DOCUMENTOS QUE INTEGRAN EL PROYECTO EJECUTIVO EN SU CONJUNTO.
PLAZO DE EJECUCIÓN DE LOS “MANTENIMIENTO A CASA DE MAQUINAS Y EDIFICIOS ADJUNTOS DEL INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRÍA, 2ª ETAPA”
⮚ 138 DÍAS NATURALES, CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE CELEBRACIÓN DEL CONTRATO RESPECTIVO.
RECURSOS QUE PROPORCIONARÁ EL INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRÍA:
LA JEFATURA DEL DEPARTAMENTO DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO (JDCM) , DEPENDIENTE DE LA SUBDIRECCIÓN DE SERVICIOS GENERALES (SSG), SERÁ LA ENCARGADA POR PARTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRÍA (INP) DE ADMINISTRAR EL CONTRATO DE LA “MANTENIMIENTO A CASA DE MAQUINAS Y EDIFICIOS ADJUNTOS DEL INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRÍA, 2ª ETAPA”.
ANEXO NÚMERO 6
FORMATOS PARA LA PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA ECONÓMICA
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NÚMERO LO-012NCZ002-E79-2022
CONVOCATORIA
MANTENIMIENTO A XXXX XX XXXXXXXX X XXXXXXXXX XXXXXXXX XXX XXXXXXXXX XXXXXXXX XX XXXXXXXXX, 0x XXXXX.
DOCUMENTO NÚMERO 11 (ANÁLISIS, CÁLCULO E INTEGRACIÓN DEL FACTOR XX XXXXXXX REAL)
Factor de Prestaciones de la Ley
Días del año: |
Séptimo día, (Art. 69 LFT) Vacaciones, (Art. 76 LFT) Días de descanso obligatorio. Días de descanso por costumbre Días por mal tiempo. Días NO trabajados: |
Días trabajados (Ti): |
Días del año: Xxxxxxxxx. (Art. 87 LFT) Prima vacacional |
Días pagados (Tp): |
SBC = SBD* Factor prestaciones, (Art. 27 Ley IMSS) |
Factor de prestaciones Días/periodo Aguinaldo PrimaSvaalcaaricoiobnaasle diario. |
Federal de Trabajo
SBD =
SBC =
Salario base de cotización.
(Tp/Ti) =
SMGVDF = Salario mínimo general vigente en el Distrito Federal. SBD = Salario base diario.
FSR = Factor xx xxxxxxx real. SBC = Salario base de cotización.
Categoría | Salario base mensual (SBM) | Salario base diario (SBD)=(SBM)/30.4 2 | Salario base cotización (SBC) | Riesgo de trabajo, Patronal | Enfermedad y maternidad | ||||||
Cuota patrón, especie | Cuota adic/patrón, | Xxxxxxxxxxx y beneficiarios | Prestaciones en dinero. Patronal | ||||||||
especie | Patronal | ||||||||||
Invalidez y vida. Patronal | SAR Patronal | Cesantía y vejez. Patronal | Guardería Patrón | Infonavit Prestaciones | Prestaciones IMSS e INFONAVIT (A) | Ps A / SBC | Tp/Ti Patronal | FSR | SALARIO DIARIO INTEGRADO | SALARIO MENSUAL INTEGRADO | COSTO H- H |
Ps(Tp/Ti)+Tp/Ti | |||||||||||
RAZÓN SOCIAL DEL LICITANTE FIRMA REPRESENTANTE LEGAL
DOCUMENTO NÚMERO 12
LICITACIÓN N°: FECHA DE INICIO:
RELATIVO A LOS TRABAJOS DE: FECHA DE TERMINACIÓN:
TABULADOR DE SALARIOS BASE DE MANO DE OBRA E INTEGRACIÓN DE LOS SALARIOS
MANO DE OBRA CATEGORÍA | PRESTACIONES | ||
SALARIO NOMINAL $ | FACTOR XX XXXXXXX REAL | SALARIO REAL $ | |
RAZÓN SOCIAL DEL LICITANTE FIRMA REPRESENTANTE LEGAL
DOCUMENTO NÚMERO 13 | ||||||||
LICITACIÓN N°: | FECHA DE INICIO: | |||||||
RELATIVO A LOS TRABAJOS DE: | FECHA DE TERMINACIÓN: | |||||||
ANÁLISIS DE LOS COSTOS HORARIOS DE MAQUINARIA Y EQUIPO | ||||||||
EQUIPO N°: | CLASIFICACIÓN: | DESCRIPCIÓN DE LA MAQUINARIA O EQUIPO: | ||||||
DATOS GENERALES | ||||||||
(Vm) PRECIO DE LA MAQUINARIA O EQUIPO $ | ||||||||
(Vr) VALOR DE RESCATE DE LA MAQUINA $ | ||||||||
(Ve) VIDA ECONÓMICA DE LA MAQUINA | HORAS | |||||||
( i ) TASA DE INTERÉS ANUAL EXPRESADA EN FRACC. DECIMAL | HORAS | |||||||
(Hea) HRS. EFECTIVAS DE LA MAQUINA POR AÑO | HORAS | |||||||
( s ) PRIMA ANUAL PROMEDIO DE SEGUROS, FIJADA COMO PORCENTAJE DEL VALOR DE LA MAQUINA O EQUIPO, EXPRESADA EN FRACCIÓN DECIMAL % | ||||||||
(Ko) COEFIC. MANTENIMIENTO MAYOR O MENOR EN BASE A EXPERIENCIA ESTADÍSTICA% | ||||||||
COSTOS FIJOS | ||||||||
D= DEPRECIACIÓN D = (Vm - Vr) / Ve | ||||||||
Im= INVERSION Im= (Vm + Vr) i / 2 Hea | ||||||||
Sm= SEGURO Sm= (Vm + Vr ) s / 2 Hea | ||||||||
Mn= MANTENIMIENTO MAYOR O MENOR Mn = Ko * D | ||||||||
COSTOS POR CONSUMOS | ||||||||
Co= COSTO HORARIO DE COMBUSTIBLE NECESARIO POR HORA EFECTIVA DE TRABAJO Gh= CANTIDAD DE COMBUSTIBLE UTILIZADO POR HORA EFECTIVA DE TRABAJO. Co = Gh * Pc Pc= PRECIO DEL COMBUSTIBLE PUESTO EN LA MAQUINA O EQUIPO. | ||||||||
COMBUSTIBLE | UNIDAD | Gh | Pc | Co | ||||
GASOLINA | ||||||||
DIESEL | ||||||||
COSTOS POR LUBRICANTES | ||||||||
Lb= COSTO HORARIO POR CONSUMO DE LUBRICANTES. Ah= CANTIDAD DE ACEITES LUBRICANTES CONSUMIDOS POR HORA EFECTIVA DE TRABAJO. Ga= CONSUMO ENTRE CAMBIOS SUCESIVOS DE LUBRICANTES EN LA MAQUINA O EQUIPO. Lb = ( Ah + Ga ) Pa Pa= COSTO DE LOS LUBRICANTES PUESTO EN LA MAQUINA O EQUIPO. | ||||||||
LUBRICANTES | UNIDAD | Ah | Ga | Ah + Ga | Pa | Lb | ||
ACEITE DE MOTOR | ||||||||
COSTO POR OTRAS FUENTES DE ENERGÍA (ART. 171) | ||||||||
COSTO POR LLANTAS | ||||||||
N= REPRESENTA EL COSTO HORARIO POR EL CONSUMO DE LLANTAS DE LA MAQUINA O EQUIPO, POR SU USO. Pn= REPRESENTA EL VALOR DE LAS LLANTAS CONSIDERADAS COMO NUEVAS.N= Pn / Vn Vn= REPRESENTA HORAS DE VIDA ECONÓMICA DE LAS LLANTAS | ||||||||
UNIDAD | Pn | Vn | N | |||||
LLANTAS | ||||||||
COSTO POR PIEZAS ESPECIALES | ||||||||
Ae= REPRESENTA EL COSTO HORARIO POR LAS PIEZAS XXXXXXXXXX. Xx= REPRESENTA EL VALOR DE LAS PIEZAS ESPECIALES, CONSIDERADAS COMO NUEVAS. |
Ae= Pa / Va Va= REPRESENTA HORAS DE VIDA ECONÓMICA DE LAS PIEZAS ESPECIALES. | |||||
UNIDAD | Pa | Va | Ae | ||
PIEZAS ESPECIALES | |||||
COSTO POR SALARIOS DE OPERACIÓN | |||||
Po= REPRESENTA EL COSTO HORARIO POR LA OPERACIÓN DE LA MAQUINARIA O EQUIPO. Sr= REPRESENTA EL SALARIO REAL DEL PERSONAL (ART. 159), VALORADO POR TURNO. Po= Sr / Ht Ht= REPRESENTA LAS HORAS EFECTIVAS DE TRABAJO DE LA MAQUINA DENTRO DEL TURNO. | |||||
CATEGORÍAS | UNIDAD | Sr | Ht | Po | |
a) | |||||
b) | |||||
c) | |||||
RESUMEN DE LOS COSTOS HORARIOS DE MAQUINARIA Y EQUIPO | |||||
COSTOS FIJOS COSTOS POR CONSUMOS COSTOS POR LUBRICANTES COSTO POR OTRAS FUENTES DE ENERGÍA (ART. 171) COSTO POR LLANTAS COSTO POR PIEZAS ESPECIALES COSTO POR SALARIOS DE OPERACIÓN | |||||
TOTAL |
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DOCUMENTO NÚMERO 14
LICITACIÓN N°: FECHA DE INICIO:
COSTO DIRECTO TOTAL DE LOS TRABAJOS | $ | ||
CONCEPTO | IMPORTE | PORCIENTO | |
PARCIAL | ACUMULADO | % | |
1.- COSTOS INDIRECTOS a.) ADMINISTRACIÓN CENTRAL I HONORARIOS, SUELDOS Y PRESTACIONES. II DEPRECIACIÓN, MANTENIMIENTO Y RENTA. III SERVICIOS. IV FLETES Y ACARREOS. V GASTOS DE OFICINA. VI CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO VII SEGURIDAD E HIGIENE VIISEGUROS Y FIANZAS IX TRABAJOS PREVIOS Y AUXILIARES. SUMA ADMINISTRACIÓN CENTRAL b.) ADMINISTRACIÓN DE CAMPO I HONORARIOS, SUELDOS Y PRESTACIONES. II DEPRECIACIÓN, MANTENIMIENTO Y RENTA. III SERVICIOS. IV FLETES Y ACARREOS. V GASTOS DE OFICINA. VI CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO VII SEGURIDAD E HIGIENE VIISEGUROS Y FIANZAS IX TRABAJOS PREVIOS Y AUXILIARES. SUMA ADMINISTRACIÓN DE CAMPO | |||
COSTO TOTAL DE INDIRECTOS | |||
% INDIRECTOS = CI / CD CI = COSTO TOTAL DE INDIRECTOS. CD = COSTO DIRECTO. |
RELATIVO A LOS TRABAJOS DE: FECHA DE TERMINACIÓN: INTEGRACIÓN DE COSTOS INDIRECTOS
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LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NÚMERO LO-012NCZ002-E79-2022
CONVOCATORIA
MANTENIMIENTO A XXXX XX XXXXXXXX X XXXXXXXXX XXXXXXXX XXX XXXXXXXXX XXXXXXXX XX XXXXXXXXX, 0x XXXXX.
DOCUMENTO NÚMERO 15
DOCUMENTO NÚMERO 16
LICITACIÓN N°: | FECHA DE INICIO: |
RELATIVO A LOS TRABAJOS DE: | FECHA DE TERMINACIÓN: |
ANÁLISIS DEL CARGO POR UTILIDAD PROPUESTO POR EL LICITANTE | |
FORMULA GENERAL PARA OBTENER EL CARGO POR UTILIDAD U. NETA U = 1-(I.S.R. + P.T.U.) DONDE: U= UTILIDAD U. NETA= UTILIDAD NETA I.S.R.= IMPUESTO SOBRE LA RENTA P.T.U.= PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES EN LAS UTILIDADES DE LA EMPRESA |
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DOCUMENTO NÚMERO 17
LICITACIÓN N°: | FECHA DE INICIO: |
RELATIVO A LOS TRABAJOS DE: | FECHA DE TERMINACIÓN: |
ANÁLISIS E INTEGRACIÓN DE LOS CARGOS ADICIONALES | |
LOS CARGOS ADICIONALES SON LAS EROGACIONES QUE DEBE REALIZAR EL CONTRATISTA POR ESTAR CONVENIDAS COMO OBLIGACIONES ADICIONALES O POR QUE DERIVAN DE UN IMPUESTO O DERECHO QUE SE CAUSE CON MOTIVO DE LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS Y QUE NO FORMAN PARTE DE LOS COSTOS DIRECTOS E INDIRECTOS Y POR FINANCIAMIENTO, NI DEL CARGO POR UTILIDAD. ÚNICAMENTE SE INCLUIRÁN AQUELLOS CARGOS QUE DERIVEN DE ORDENAMIENTOS LEGALES APLICABLES A DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS QUE EMITAN AUTORIDADES COMPETENTES EN LA MATERIA, COMO IMPUESTOS LOCALES, FEDERALES Y GASTOS DE INSPECCIÓN Y SUPERVISIÓN. LOS CARGOS ADICIONALES NO DEBERÁN SER AFECTADOS POR LOS PORCENTAJES DETERMINADOS PARA LOS COSTOS INDIRECTOS Y DE FINANCIAMIENTO NI POR EL CARGO DE UTILIDAD. ESTOS CARGOS DEBERÁN ADICIONARSE AL PRECIO UNITARIO DESPUÉS DE LA UTILIDAD. |
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DOCUMENTO NÚMERO 18
LICITACIÓN N°: | FECHA DE INICIO: | |||
RELATIVO A LOS TRABAJOS DE: | FECHA DE TERMINACIÓN: | |||
LISTADO DE INSUMOS QUE INTERVIENEN EN LA INTEGRACIÓN DE LA PROPUESTA MATERIALES | ||||
DESCRIPCIÓN | UNIDAD DE MEDICIÓN | CANTIDAD | COSTO | IMPORTE |
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DOCUMENTO NÚMERO 19 | |||||
LICITACIÓN N°: | FECHA DE INICIO: | ||||
RELATIVO A LOS TRABAJOS DE: | FECHA DE TERMINACIÓN: | ||||
LISTADO DE INSUMOS QUE INTERVIENEN EN LA INTEGRACIÓN DE LA PROPUESTA DE LA MANO DE OBRA | |||||
DESCRIPCIÓN | UNIDAD DE MEDICIÓN | CANTIDAD | COSTO | IMPORTE | |
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DOCUMENTO NÚMERO 20
LICITACIÓN N°: FECHA DE INICIO:
RELATIVO A LOS TRABAJOS DE: FECHA DE TERMINACIÓN:
LISTADO DE INSUMOS QUE INTERVIENEN EN LA INTEGRACIÓN DE LA PROPUESTA DE LA MAQUINARIA Y EQUIPO DE CONSTRUCCIÓN
DESCRIPCIÓN UNIDAD DE MEDICIÓN
CANTIDAD COSTO IMPORTE
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DOCUMENTO NÚMERO 21
LICITACIÓN N°: | FECHA DE INICIO: | |||
RELATIVO A LOS TRABAJOS DE: | FECHA DE TERMINACIÓN: | |||
LISTADO DE INSUMOS QUE INTERVIENEN EN LA INTEGRACIÓN DE LA PROPUESTA EQUIPO DE INSTALACIÓN PERMANENTE | ||||
DESCRIPCIÓN | UNIDAD DE MEDICIÓN | CANTIDAD | COSTO | IMPORTE |
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DOCUMENTO NÚMERO 22
LICITACIÓN N°: FECHA DE INICIO:
CLAVE:
UNIDAD
CONCEPTO:
RELATIVO A LOS TRABAJOS DE: FECHA DE TERMINACIÓN: ANÁLISIS DE PRECIOS UNITARIOS
COSTO DIRECTO POR MANO DE OBRA | |||||
CATEGORÍA | UNIDAD | CANTIDAD | COSTO | IMPORTE | % |
SUBTOTAL | |||||
COSTO DIRECTO POR MATERIALES | |||||
MATERIAL | UNIDAD | CANTIDAD | COSTO | IMPORTE | % |
SUBTOTAL | |||||
COSTO POR HERRAMIENTA DE MANO | |||||
HERRAMIENTA | UNIDAD | CANTIDAD | COSTO | IMPORTE | % |
SUBTOTAL | |||||
COSTO DIRECTO POR EQUIPO DE SEGURIDAD | |||||
EQUIPO DE SEGURIDAD | UNIDAD | CANTIDAD | COSTO | IMPORTE | % |
SUBTOTAL | |||||
COSTO DIRECTO INDIRECTOS SUBTOTAL FINANCIAMIENTO SUBTOTAL UTILIDAD SUBTOTAL CARGOS ADICIONALES SUBTOTAL PRECIO UNITARIO |
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DOCUMENTO NÚMERO 23
LICITACIÓN N° : | FECHA DE INICIO: | ||||||||||
RELATIVO A LOS TRABAJOS DE: | FECHA DE TERMINACIÓN: | ||||||||||
PROGRAMA DE EROGACIONES DE LA EJECUCIÓN GENERAL DE LOS TRABAJOS, CALENDARIZADO Y CUANTIFICADO MENSUALMENTE DIVIDIDO POR CONCEPTOS | |||||||||||
N° | CONCEPTOS | UNIDAD | CANTIDAD | % | MES 1 | MES 2 | MES 3 | MES 4 | MES 5 | MES 6 | IMPORTE |
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DOCUMENTO NÚMERO 24
LICITACIÓN N° : | FECHA DE INICIO: | ||||||||||
RELATIVO A LOS TRABAJOS DE: | FECHA DE TERMINACIÓN: | ||||||||||
PROGRAMA DE EROGACIONES CALENDARIZADO Y CUANTIFICADO DE LA UTILIZACIÓN MENSUAL DE: DE LOS MATERIALES | |||||||||||
N° | MATERIALES | UNIDAD | CANTIDAD | % | MES 1 | MES 2 | MES 3 | MES 4 | MES 5 | MES 6 | IMPORTE |
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DOCUMENTO NÚMERO 25
LICITACIÓN N° : | FECHA DE INICIO: | |||||||||
RELATIVO A LOS TRABAJOS DE: | FECHA DE TERMINACIÓN: | |||||||||
PROGRAMA DE EROGACIONES CALENDARIZADO Y CUANTIFICADO DE UTILIZACIÓN MENSUAL DE: LA MANO DE OBRA (POR CATEGORÍAS) | ||||||||||
N° | MANO DE OBRA (POR CATEGORÍAS) | UNIDAD | CANTIDAD | MES 1 | MES 2 | MES 3 | MES 4 | MES 5 | MES 6 | IMPORTE |
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