EXPEDIENTE ADJUDICACIÓN CONTRATO PRESTACIÓN SERVICIOS DE ATENCIÓN DOMÉSTICA Y PERSONAL EN “VIVIENDA DE MAYORES. FUNDACIÓN FAMILIA GARCÍA MIRANDA”
EXPEDIENTE ADJUDICACIÓN CONTRATO PRESTACIÓN SERVICIOS DE ATENCIÓN DOMÉSTICA Y PERSONAL EN “VIVIENDA DE MAYORES. FUNDACIÓN FAMILIA XXXXXX XXXXXXX”
“ANUNCIO DE LICITACION.”
Habiéndose modificado en sesión celebrada por el Pleno del Ayuntamiento de Cebolla (Toledo) el día 25 de Febrero de 2013 el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que ha de regir el contrato, y cuya modificación se llevaría a cabo como consecuencia de la supresión de la exigencia de la clasificación del contratista, a las que se refieren las cláusulas 6ª y 7ª del citado Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, se publica un nuevo Anuncio de Licitación en los siguientes términos:
1. Entidad adjudicadora: Datos generales y datos para la obtención de la información:
a) Organismo y dependencia que tramita el expediente: Ayuntamiento de CEBOLLA (Toledo). Secretaria.
b) Obtención de documentación e información:
** Dependencia: Secretaría. Xxxxx xxx Xxxxxxxxxxxx xx 0 00000 Xxxxxxx (Xxxxxx)
** Teléfono/Fax: 925/866002-925/866116 y Correo electrónico. xxxxxxx@xxxxxxxxxx.xx
** Dirección Perfil del contratante. xxxx://xxx xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.
** Fecha límite de obtención de documentación e información: hasta el último día del plazo para la presentación de ofertas.
2. Objeto del Contrato:
a) Tipo. Contrato administrativo de Servicios, incluido en categoría 25 (Servicios Sociales y de Salud); CPC 93 (codificación CPV 85311000-2. Servicios de asistencia social con alojamiento).
b) Descripción y lugar de prestación del servicio. El contrato tiene por objeto la Prestación del Servicio de Atención Doméstica y Personal en “Vivienda de Mayores. Fundación Familia Xxxxxx Xxxxxxx”, de la que es titular el Ayuntamiento de Cebolla, sita en Xxxxxxxxx Xx Xxxxxxxx xx 0 00000 Xxxxxxx (Xxxxxx).
c) Plazo. La duración del contrato será de un año; y podrá existir una prórroga de un año.
3. Tramitación y procedimiento:
a) Tramitación. Urgente.
b) Procedimiento. Abierto.
c) Criterios de adjudicación. Varios criterios directamente vinculados al objeto del contrato, según detalle en cláusula 8ª. (Criterios de Adjudicación) xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas particulares obrante en el expediente.
4. Valor estimado del contrato: 216.000,00 euros más IVA, incluida la eventual prórroga.
5. Presupuesto base de licitación: 108.000,00 euros más IVA.
6. Garantías exigidas.
** Provisional: No se exige.
** Definitiva: El adjudicatario quedará eximido de la obligación de constituir garantía.
7. Requisitos específicos del contratista y condiciones especiales de ejecución del contrato.
** Conforme a lo establecido en el artículo 118 del TRLCSP se establecen expresamente como condiciones especiales de ejecución del contrato las que a continuación se indican:
a) la obligación del contratista de dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales a los que se refiere el artículo 13.2 de la Orden de 21.05.2001, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se regulan las Condiciones Mínimas de los Centros destinados a las Personas Mayores en Castilla-La Mancha.
b) la obligación del contratista de que las personas que tenga que contratar para la prestación de los servicios objeto del contrato a que se refiere este expediente sean vecinos de Cebolla, empadronados con al menos 6 meses de antigüedad.
c) la obligación del contratista de garantizar la continuidad en la atención ante situaciones de pérdida de autonomía personal, cuando el usuario presente grados de dependencia que impidan su
permanencia en la Vivienda de Mayores, mediante su traslado a una Residencia de Mayores o Centro que resulte adecuado.
8. Presentación de ofertas o de solicitudes de participación:
a) Fecha límite de presentación. Durante el plazo de quince días naturales contados desde el siguiente al de la publicación del anuncio de licitación en el Boletín Oficial de la Provincia xx Xxxxxx y en el Perfil del Contratante.
b) Xxxxx y Modalidad de presentación. Las ofertas se presentarán en el Ayuntamiento de Cebolla (Toledo), Plaza del Ayuntamiento nº 1.- 45680. Cebolla, en horario de 8,00 a 15,00 horas; las proposiciones podrán presentarse asimismo, por correo, por telefax, o por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En la cláusula 7ª xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas particulares se reflejan los correspondientes modelos para la presentación de las proposiciones económicas y documentación cuantificable de forma automática.
9. Apertura de ofertas y adjudicación provisional.
La Mesa de Contratación se constituirá el tercer día hábil tras la finalización del plazo de presentación de las proposiciones, a las 12:00 horas, en las oficinas municipales sitas en Xxxxx Xxxxxxxxxxxx xx 0 00000 xx Xxxxxxx (Xxxxxx); y procederá a la apertura de los Sobres «A» y calificará la documentación administrativa contenida en los mismos. Si tal día fuera sábado se entenderá trasladado al primer día hábil siguiente.
Si se estimase necesario, la Mesa concederá un plazo no superior a tres días para que el licitador corrija los defectos u omisiones subsanables observados en la documentación presentada.
Posteriormente, procederá a la apertura y examen de los sobres «C», que contienen los criterios cuya ponderación dependen de un juicio de valor.
Si se detectaran errores u omisiones en la documentación presentada en el Sobre «C», la Mesa concederá para efectuarla un plazo inferior a siete días, a contar desde la apertura de la documentación administrativa, según el artículo 27 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx.
Tras la lectura de dichas proposiciones, la Mesa podrá solicitar cuantos informes técnicos considere precisos, para la valoración de las mismas con arreglo a los criterios y a las ponderaciones establecidas en este Pliego.
Reunida de nuevo la Mesa de Contratación, se dará a conocer la ponderación asignada a los criterios dependientes de un juicio de valor.
A continuación se procederá a la apertura de los sobres «B».
A la vista de la valoración de los criterios cuya ponderación depende de un juicio de valor (Sobre
«C») y de los criterios cuya ponderación es automática (Sobre «B»), la Mesa de Contratación propondrá al adjudicatario provisional del contrato.
10. Otras Informaciones.
Los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas particulares que han de regir el contrato se encuentran expuestos al público en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Cebolla y en la dirección de internet del perfil del contratante: xxxx://xxx xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.
En Cebolla, a 5 xx Xxxxx de 2013.
El Alcalde-Presidente.
Fdo. Xxxxx xxx Xxxx Xxxxxxxxx.
AYUNTAMIENTO DE CEBOLLA (Toledo).-
EXPEDIENTE ADJUDICACIÓN CONTRATO PRESTACIÓN SERVICIOS DE ATENCIÓN DOMÉSTICA Y PERSONAL EN “VIVIENDA DE MAYORES. FUNDACIÓN FAMILIA XXXXXX XXXXXXX”
“A N U N C I O.”
Por la presente se hace público que en sesión celebrada por el Pleno del Ayuntamiento el día 25 de Febrero de 2013, se adoptaron, entre otros, los siguientes ACUERDOS:
“Primero.- Modificar el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que ha de regir el contrato, aprobado por el Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el día 19 de Noviembre de 2012.
Y cuya modificación se llevaría a cabo como consecuencia de la supresión de la exigencia de la clasificación del contratista, a las que se refieren las cláusulas 6ª y 7ª del citado Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, y cuyas Cláusulas quedarían redactadas, en los apartados afectados, como a continuación se indica:
“Cláusula 6ª. Capacidad para contratar y criterios de selección de las empresas.
Párrafo suprimido: ……. “y que se encuentren debidamente clasificados conforme a lo establecido en el art. 65 del mismo texto legal. “
Nueva redacción del párrafo: ……”y que acrediten la solvencia económica y financiera y técnica o profesional”
Cláusula 7ª. Proposiciones y documentación.
Párrafo suprimido:
“d) Los que acrediten la clasificación de la empresa.
Tratándose de un contrato de servicios cuyo valor estimado, incluida la eventual prórroga, es superior a 120.000,00 €, y conforme se establece en el art. 65 del TRLCSP, el licitador deberá acreditar que se encuentra debidamente clasificado.”
Nueva redacción del párrafo:
“d) Los que acrediten la solvencia. La solvencia económica y financiera y la solvencia técnica o profesional del empresario deberá acreditarse por uno o varios de los medios siguientes:
- Solvencia económico-financiera:
** Declaraciones apropiadas de entidades financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.
** Cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que corresponda. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en Registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debidamente legalizados.
** Declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, referido a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades de la empresa.
- Solvencia técnica o profesional:
** Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o
, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.
** Las titulaciones académicas y profesionales del empresario y del personal directivo de la empresa y, en particular, del personal responsable de la ejecución del contrato.
** Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y la importancia de su personal directivo durante los tres últimos años, acompañada de la documentación justificativa correspondiente.
Segundo.- Publicar un nuevo anuncio de licitación y plazo de presentación de ofertas conforme a lo establecido en la cláusula 7ª xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares, sin perjuicio de considerar ya presentadas las proposiciones de los licitadores que obran en el Ayuntamiento, quienes no obstante podrán formular una nueva oferta en el nuevo plazo de presentación de proposiciones, si así lo estiman conveniente; y esto por cuanto se considera que la opción de anular el expediente para empezar una nueva tramitación sería contrario al principio de eficacia y podría vulnerar los derechos de los licitadores que ya han presentado sus proposiciones.”
Lo que se hace público para general conocimiento y efectos, haciéndose constar asimismo que se insertan nuevamente en el día de la fecha y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que han de regir el contrato, y cuyo Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares hay que entender modificado en los términos antes referidos.
En Cebolla, a 5 xx xxxxx de 2013.