CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS AÑO ESCOLAR 2022
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS AÑO ESCOLAR 2022
Conste por el presente CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS AÑO 2022 que suscriben de una parte, la I.E.P “San Xxxxxx xx Xxxxxx ”con RUC Nº 20270934693 autorizado mediante la Resolución N° 003155 y Licencia de Funcionamiento Nº 002-2013-MDR/CM , debidamente representado por su Directora Hna. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxx, con DNI Nro. 00000000 señalando ambos con domicilio en xxxxx Xxxx 000, Reque y a quien en adelante denominaremos EL COLEGIO; y, de otra parte Sr(a)
............................................................................................................................................................... con DNI
Nº ….......................... señalando domicilio en …………………………………………........................................................
en el Distrito de …………………………, correo electrónico personal: …………………………………………………………………..
correo electrónico del trabajo: ………………………………………………….………………... celular: ………………………….…
(en caso de representación) debidamente representado por xxx (… )
con DNI N° según poder por escritura pública que corre inscrita en la partida electrónica
N° de la SUNARP o documento judicial o extrajudicial, o carta poder con firmas notarialmente
legalizadas otorgado por ambos padres, a quien en adelante se denominará EL PADRE DE FAMILIA, TUTOR LEGAL O APODERADO quienes firman el presente en las siguientes condiciones y cláusulas:
I.- DE LOS SUJETOS DEL CONTRATO.
1.1.- EL COLEGIO es una Institución Educativa de carácter privado autorizado mediante RM N°003155 para impartir educación escolarizada en los niveles inicial y primaria, de conformidad a lo establecido en la Ley General de Educación - Ley Nº 28044, sus Reglamentos, la Ley de Centros Educativos Privados - Ley Nº 26549, el Reglamento de Instituciones Educativas Privadas de Educación Básica y Educación Técnico Productiva, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2006-ED, la Ley de Promoción de la Inversión en la Educación, Decreto Legislativo 882, sus Reglamentos y el Reglamento Interno de EL COLEGIO.
1.2.- EL PADRE DE FAMILIA, TUTOR LEGAL O APODERADO del menor cuyos datos se consignan en el presente CONTRATO matricula al estudiante para el presente año escolar 2022.
II.- DEL OBJETO MATERIA DEL CONTRATO:
Por el presente EL PADRE DE FAMILIA, TUTOR LEGAL O APODERADO, contrata los SERVICIOS EDUCATIVOS
que oferta EL COLEGIO los mismos que de acuerdo con la normatividad vigente1 se desarrollaran en la modalidad presencial y/o semipresencial; en consecuencia, procede a matricular como estudiante de la
I.E.P. “San Xxxxxx xx Xxxxxx” a:
……………………………….……………………………………………………............ en el Nivel ……………………. Grado ……………….
(Nombre y apellidos del estudiante)
Sin perjuicio de lo señalado, dejamos expresa constancia que EL COLEGIO adecuará la modalidad de prestación de servicios a la que se refiere el presente acorde con las normas que en materia educativa y sanitaria emita el Gobierno Peruano dentro del marco de la COVID-19, el mismo que se hará efectivo a través de una adenda, además previo al inicio de las clases EL COLEGIO deberá contar con la autorización correspondiente, la misma que será emitida por las autoridades educativas. En ese sentido, si el Gobierno así lo dispone, podrá cambiar la modalidad presencial y/o semipresencial podría cambiar a virtual, no obstante, a ello EL COLEGIO adecuará todos los mecanismos necesarios para garantizar el cabal cumplimiento de las normas.
III.- COSTO DE SERVICIO EDUCATIVO Y OPORTUNIDAD DE PAGO:
3.1.- EL COLEGIO en cumplimiento de las disposiciones legales vigentes y lo dispuesto en el Decreto Legislativo 1476 con el propósito que los Padres de Familia dispongan de toda la información respecto al costo del servicio educativo, características del servicio, ha cumplido con brindar al PADRE DE FAMILIA, TUTOR LEGAL O APODERADO ( a través de la página web de la Institución o plataforma de la Institución y mediante comunicados, boletines informativos, etc.) toda la información respecto a los servicios educativos antes de culminar el año escolar anterior al contratado, así como antes y durante el proceso de matrícula, de la misma manera ha puesto de conocimiento el marco doctrinal, axiología y la fe católica que sustenta la educación del Colegio y por lo tanto, sus fines y objetivos establecidos en el Reglamento Interno de la Institución, el mismo que se encuentra a disposición del padre de familia en la página web de EL COLEGIO o plataforma de EL COLEGIO, expresando su compromiso de observar y respetar dicho marco doctrinal,
1 Resolución Ministerial Nº 531-2021-MINEDU
axiología, ideario, estilo educativo, fe católica y Reglamento.
3.2.- Como contraprestación por los servicios materia del presente bajo la denominación de MATRICULA Y MENSUALIDADES POR PENSION DE ESTUDIOS, EL PADRE DE FAMILIA, TUTOR LEGAL O APODERADO
abonará por cada uno de sus menores hijos a la Institución Educativa y según el tipo de prestación de servicios educativos, de la siguiente manera:
A).- CONCEPTO: MATRICULA
NIVEL | CLASES PRESENCIALES | CLASES SEMI PRESENCIALES | CLASES VIRTUALES |
MONTO | MONTO | MONTO | |
INICIAL | S/.130.00 | S/.120.00 | - |
PRIMARIA | S/.150.00 | S/.140.00 | - |
B).- CONCEPTO: MENSUALIDADES POR PENSIÓN DE ESTUDIOS
NIVEL | CLASES PRESENCIALES | CLASES SEMI PRESENCIALES | CLASES VIRTUALES |
MONTO | MONTO | MONTO | |
INICIAL | S/.130.00 | S/.120.00 | - |
PRIMARIA | S/.150.00 | S/.140.00 | - |
3.3.- Forma y oportunidad del pago: Todos los pagos por estos conceptos se efectuarán por medio del sistema financiero. El concepto de MATRÍCULA se abonará conforme al rol o cronograma de matrículas que se publicó en la página web del COLEGIO o se puso en conocimiento en el comunicado de fin de año 2021 al PADRE DE FAMILIA, TUTOR LEGAL O APODERADO.
3.4.- Cronograma de pensiones escolares 2022
MENSUALIDAD | FECHA DE VENCIMIENTO | MENSUALIDAD | FECHA DE VENCIMIENTO |
MARZO | 31 XX XXXXX | AGOSTO | 31 XX XXXXXX |
XXXXX | 30 XX XXXXX | SEPTIEMBRE | 30 DE SETIEMBRE |
MAYO | 31 XX XXXX | OCTUBRE | 31 DE OCTUBRE |
JUNIO | 30 XX XXXXX | NOVIEMBRE | 30 DE NOVIEMBRE |
JULIO | 31 DE JULIO | DICIEMBRE | 21 DE DICIEMBRE |
3.5.- El incumplimiento del pago de las pensiones de enseñanza dará lugar a un interés moratorio establecido por el Banco Central de Reserva del Perú para las operaciones entre personas ajenas al Sistema Financiero (15% exigido por la circular N° 021-2007-BCRP, resulta como 5.40% de interés moratorio anual, que dividido entre 360 días se obtiene un interés diario de 0.015%).
IV.- LA PROPUESTA PEDAGÓGICA, EL PLAN DE ESTUDIOS, Y LOS SISTEMAS DE EVALUACIÓN Y CONTROL DE LOS ESTUDIANTES:
4.1. La propuesta pedagógica: Trabajamos con un plan curricular que tiene como base el Currículo Nacional de Educación Básica (CNEB) y la Propuesta Educativa de la congregación de Hermanas Dominicas de la Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx.
4.2. El plan de estudios: Está desarrollado y se encuentra a disposición del padre de familia en la página web de EL COLEGI0 o plataforma de EL COLEGIO.
4.3. Sistema de evaluación: Se encuentra ampliamente desarrollado en el reglamento interno del COLEGIO. Asimismo, debemos precisar que dicho sistema es formativo y permanente, porque la meta es el logro de capacidades y habilidades para llegar a las competencias. Durante el presente año, regirán las orientaciones contempladas en la RVM 093-2020-MINEDU que aprueba las Orientaciones Pedagógicas para el servicio de Educativo de Educación Básica durante el año 2020 en el marco de la emergencia sanitaria por el coronavirus COVID 19 concordante con lo dispuesto en la RVM 094-2020-MINEDU. Estas disposiciones han sido dadas por el Ministerio de Educación. Estas orientaciones se encuentran colgado en la web o plataforma de EL COLEGIO xxx.xxxxxx.xxx.xx
El COLEGIO informará por escrito al padre de familia, tutor legal o apoderado, la deficiencia académica o conductual y dispondrá las indicaciones y sugerencias (recomendaciones, terapias, etc.) destinadas a superar la deficiencia advertida para garantizar y asegurar el monitoreo, participación efectiva y control a su hijo, condicionando a la recuperación de su nivel académico y conductual óptimo;
Si mediado el compromiso señalado en el párrafo que antecede el estudiante no supera la deficiencia por omisión por parte de EL PADRE DE FAMILIA, TUTOR LEGAL O APODERADO de dicho compromiso; EL COLEGIO informará a la UGEL del sector dicha omisión de participación asertiva y activa en el proceso educativo de su menor hijo y además aplicará la medida dispuesta en el numeral 3 del punto 9 del presente contrato.
V.- HORARIO DE ACTIVIDADES DE APRENDIZAJE Y NÚMERO MÁXIMO DE ALUMNOS POR AULA:
5.1. El horario de clases de EL COLEGIO se desarrollará de la siguiente manera: Este horario se aplicará según LA MODALIDAD SEMIPRESENCIAL Y/O VIRTUAL:
INICIAL 03 AÑOS | |||||
Modalidad | Días | ||||
Lunes | Martes | Miércoles | Jueves | Viernes | |
Semipresencial | - | - | 08:30 a 12:20 | - | 08:30 a 12:20 |
A distancia | 08:00 a 12:20 | 08:00 a 12:20 | - | 08:00 a 12:20 | - |
INICIAL 04 AÑOS | |||||
Modalidad | Días | ||||
Lunes | Martes | Miércoles | Jueves | Viernes | |
Semipresencial | - | - | 08:00 a 11:50 | - | 08:00 a 11:50 |
A distancia | 08:00 a 12:20 | 08:00 a 12:20 | - | 08:00 a 12:20 | - |
INICIAL 05 AÑOS | |||||
Modalidad | Días | ||||
Lunes | Martes | Miércoles | Jueves | Viernes | |
Semipresencial | - | - | 08:00 a 11:50 | - | 08:00 a 11:50 |
A distancia | 08:00 a 12:20 | 08:00 a 12:20 | - | 08:00 a 12:20 | - |
PRIMER GRADO | |||||
Modalidad | Días | ||||
Lunes | Martes | Miércoles | Jueves | Viernes | |
Semipresencial | 07:30 a 12:00 | - | 07:30 a 12:00 | - | - |
A distancia | 07:30 a 14:30 | - | 07:30 a 14:30 | 07:30 a 14:30 |
SEGUNDO GRADO | |||||
Modalidad | Días | ||||
Lunes | Martes | Miércoles | Jueves | Viernes | |
Semipresencial | 07:30 a 12:00 | - | 07:30 a 12:00 | - | - |
A distancia | 07:30 a 14:30 | - | 07:30 a 14:30 | 07:30 a 14:30 |
TERCER GRADO | |||||
Modalidad | Días | ||||
Lunes | Martes | Miércoles | Jueves | Viernes | |
Semipresencial | 07:30 a 12:00 | - | 07:30 a 12:00 | - | - |
A distancia | 07:30 a 14:30 | - | 07:30 a 14:30 | 07:30 a 14:30 |
CUARTO GRADO | |||||
Modalidad | Días | ||||
Lunes | Martes | Miércoles | Jueves | Viernes | |
Semipresencial | - | 07:30 a 12:00 | - | 07:30 a 12:00 | - |
A distancia | 07:30 a 14:30 | - | 07:30 a 14:30 | - | 07:30 a 14:30 |
QUINTO GRADO | |||||
Modalidad | Días | ||||
Lunes | Martes | Miércoles | Jueves | Viernes | |
Semipresencial | - | 07:30 a 12:00 | - | 07:30 a 12:00 | - |
A distancia | 07:30 a 14:30 | - | 07:30 a 14:30 | - | 07:30 a 14:30 |
SEXTO GRADO | |||||
Modalidad | Días | ||||
Lunes | Martes | Miércoles | Jueves | Viernes | |
Semipresencial | - | 07:30 a 12:00 | - | 07:30 a 12:00 | - |
A distancia | 07:30 a 14:30 | - | 07:30 a 14:30 | - | 07:30 a 14:30 |
El horario de clases bajo la modalidad PRESENCIAL, se le hará llegar mediante comunicado. Es importante señalar que EL COLEGIO acatará todas las normas que emita el Gobierno en el marco del COVID-19.
5.2. Número máximo de alumnos por aula se dará de acuerdo con la modalidad PRESENCIAL Y/O SEMIPRESENCIAL y de la siguiente manera:
MODALIDAD SEMIPRESENCIAL | |||||||||
NIVEL | INICIAL | PRIMARIA | |||||||
N° ESTUDIANTES POR AULA. | 03 | 04 | 05 | 1° | 2° | 3° | 4° | 5° | 6° |
20 | 20 | 20 | 18 | 18 | 18 | 18 | 18 | 18 |
MODALIDAD PRESENCIAL | |||||||||
NIVEL | INICIAL | PRIMARIA | |||||||
N° ESTUDIANTES POR AULA. | 03 | 04 | 05 | 1° | 2° | 3° | 4° | 5° | 6° |
20 | 20 | 20 | 18 | 18 | 18 | 18 | 18 | 18 |
Vacantes disponibles para el año 2022
NIVEL | INICIAL | PRIMARIA | |||||||
GRADO | 03 | 04 | 05 | 1° | 2° | 3° | 4° | 5° | 6° |
VACANTES | 18 | 10 | 4 | 19 | 17 | 14 | 9 | 8 | 6 |
NEE | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 |
TOTAL | 20 | 12 | 6 | 21 | 19 | 16 | 11 | 10 | 8 |
VI. SERVICIOS DE APOYO AL ESTUDIANTE:
Para el apoyo del estudiante existe:
- Coordinación de Psicología, con una psicóloga para inicial y primaria.
- Coordinación de Pastoral apoyando la parte espiritual.
- Soporte Informático VII.- VIGENCIA DEL CONTRATO:
7.1.- La vigencia del presente CONTRATO es anual y corresponde al AÑO ESCOLAR LECTIVO 2022, siendo renovable previo acuerdo de las partes.
7.2.- Las partes acuerdan que no habrá renovación automática del CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS, previo la suscripción anual de las partes.
7.3.- No habrá renovación del CONTRATO, si:
a) El PADRE DE FAMILIA, TUTOR LEGAL O APODERADO ha observado morosidad en el pago de pensiones durante el año escolar y/o culmine el año escolar 2022 con deuda, ha refinanciado el pago de las mismas y no ha cumplido con dicho refinanciamiento.
b) Mantiene deudas del año anterior al momento de la matrícula.
c) No se matriculó en las fechas fijadas en el cronograma de matrícula 2022
d) Lo establecido en el numeral 2 y 3 del punto 9 del presente contrato.
e) Las demás establecidas en el reglamento interno del Colegio.
VIII.- OBLIGACIONES DE LAS PARTES:
8.1.- Son obligaciones del COLEGIO:
a) Xxxxxxx el SERVICIO EDUCATIVO, a favor del estudiante cuyos datos se consignan en el punto II del presente, conforme al documento denominado Condiciones y Orientaciones Pedagógicas Educación 2022 y lo establecido en el Reglamento Interno de la Institución y su adenda; el pago de la Pensión de Estudios no incluye los servicios o actividades extra curriculares (talleres) que brinda el Colegio fuera de la jornada escolar (aplicable en caso se retorne a las clases presenciales).
b) Informar a El PADRE DE FAMILIA, TUTOR LEGAL O APODERADO sobre los resultados del proceso educativo y formativo de su hijo, dando las indicaciones y orientaciones destinadas a superar las deficiencias académicas o de comportamiento.
c) Xxxxxxx la información que requiera EL PADRE DE FAMILIA, TUTOR LEGAL O APODERADO respecto del proceso educativo de su menor hijo de conformidad al reglamento interno del EL COLEGIO.
d) Las demás obligaciones contenidas en el Reglamento Interno, su adenda y el documento denominado Condiciones y Orientaciones Pedagógicas Educación 2022 que regulan las condiciones y características del servicio educativo que ofrece EL COLEGIO.
e) IMPLEMENTAR Y COMUNICAR a EL PADRE DE FAMILIA, TUTOR LEGAL O APODERADO LOS PROTOCOLOS ESTABLECIDOS POR EL GOBIERNO PARA PREVENIR Y CONTROLAR AL COVID-19 EN EL COLEGIO.
8.2.- Son obligaciones DEL PADRE DE FAMILIA TUTOR LEGAL O APODERADO:
a) Participar activamente en el proceso educativo de su menor hijo (a) como son: a) Actividades académicas (recepción de entrega de hojas informativas, libretas de notas o reportes, asistir a las reuniones convocadas por los Directivos, Profesores y/o Departamento de psicología, Tutor, etc.), seguir las recomendaciones dadas por las autoridades del Colegio (Director, Docente Tutor y Psicólogo ) y b) Actividades formativas (Actividades Pastorales, preparación de Sacramentos, Escuela de Padres).
b) Cumplir con las obligaciones y recomendaciones asumidas en los casos de terapias conductuales de su menor hijo, terapia de lenguaje de su menor hijo, terapia ocupacional de su menor, terapia de
habilidades sociales, terapia familiar, etc., y presentación (envió vía soporte virtual) los informes de acompañamientos externos de su menor hijo o hijos en las fechas solicitadas por el Departamento Psicológico de EL COLEGIO.
c) Autorizar a EL COLEGIO las evaluaciones psicopedagógicas que estimen conveniente.
d) Cumplir oportunamente con el pago de las Pensiones escolares conforme al cronograma de pago de pensiones que se le entregó e informó al finalizar el año escolar 2021, antes y durante el proceso de matrícula o ratificación del año lectivo 2022 y que se encuentra detallado en el acápite
3.2 del punto III del presente contrato.
e) Acatar las medidas disciplinarias y correctivas que disponga EL COLEGIO en aplicación del Reglamento Interno de la Institución.
f) Asistir a las reuniones virtuales o cada vez que sea citado de manera presencial en el COLEGIO para la información y/o tratar asuntos relacionados con la formación de su hijo (a) (académica y conductual), en caso de acudir a las instalaciones EL COLEGIO deberá mostrar su carnet de vacunación completa.
g) Consignar con veracidad la información requerida en la Declaración Jurada de Datos al momento de la matrícula, debiendo comunicar en su oportunidad cualquier variación en especial lo referente al domicilio, teléfonos y correos.
h) Asistir a las reuniones virtuales que se le cursen por falta de pago de pensiones escolares.
i) A respetar el marco doctrinal, axiología y la fe católica que sustenta la educación del Colegio.
j) Aceptar que si uno de los padres tiene la tenencia legal de su menor hijo(a), NO LIMITA de modo alguno el ejercicio de la patria potestad del otro padre del alumno(a) quien goza de todos sus derechos como padre del alumno (a), entre los cuales se encuentra el acceso a la información sobre el estado académico, conductual y administrativo del alumno(a).
k) A no involucrar a EL COLEGIO, en los procesos judiciales o extrajudiciales, sobre asunto de tenencia, alimentos, régimen de visitas y otros, de su menor hijo (a) o hijos (as).
l) A presentar el poder de representación de su menor hijo (a), contenido en escritura pública, debidamente inscrito en registros públicos, resolución judicial o documento extrajudicial, o carta poder con firmas notarialmente legalizadas otorgado por ambos padres, según corresponda, en caso, es representado en el acto de matrícula 2022 de su menor hijo (a) u otros actos que requieran su presencia o asistencia virtual.
m) Consignar con veracidad la información requerida en la Declaración Jurada de Salud, Declaración Jurada de Salud condiciones y comorbilidades y la Ficha de Sintomatología COVID-19.
n) Cumplir con todas las medidas implementadas por EL GOBIERNO para prevenir y controlar la COVID-19, por lo que se recomienda la vacunación contra la covid-19 de su menor hijo (a).
o) Cumplir con los protocolos implementado por el Colegio para prevenir y controlar el COVID-19.
p) Cumplir con las disposiciones establecidas en el Reglamento Interno del Colegio.
8.3.- Omisión de participación en el proceso educativo: Los padres deben velar porque sus hijos reciban los cuidados necesarios para su adecuado desarrollo integral.
En ese sentido, EL COLEGIO informará a las autoridades competentes sobre la omisión de participar en el proceso educativo de sus menores hijos en forma asertiva, en los casos que los padres/ apoderado/ tutor incurra en los siguientes casos:
a) No asiste a las reuniones virtuales que EL COLEGIO o alguna autoridad de EL COLEGIO lo convoque, o
b) No presente o remite vía soporte virtual los informes de acompañamientos externos de su menor hijo o hijos en las fechas solicitadas por el Departamento Psicológico de EL COLEGIO, o
c) No realiza las recomendaciones en los casos de terapias conductuales de su menor hijo, terapia de lenguaje de su menor hijo, terapia ocupacional de su menor, terapia de habilidades sociales, terapias familiares, etc.
IX.- MEDIDAS QUE ADOPTA EL COLEGIO FRENTE AL INCUMPLIMIENTO DEL PAGO DE LAS PENSIONES ESCOLARES:
EL COLEGIO tiene la facultad de:
1. Retener los certificados de estudios de los periodos no cancelados, siempre y cuando hayan informado a los padres y madres de familia al momento de la matrícula2.
2 Ley 27665 en su artículo 16ª que establece que “(…) la Institución Educativa puede retener los certificados correspondientes a
periodos no pagados (…)”.
2. De conformidad con el Decreto Supremo Nº 005-2021-MINEDU, en su Art. 53.2º y 53.3º, el COLEGIO NO realizará el proceso de matrícula para la continuidad del siguiente año lectivo, en caso hubieran incumplido con las obligaciones de índole económica pactadas en el presente contrato. EL COLEGIO informará treinta días calendario antes de finalizar el año lectivo sobre la NO continuidad del servicio educativo como consecuencia de los incumplimientos en el pago de las pensiones, con la finalidad de salvaguardar el bienestar del/de la estudiante y garantizar su oportuno traslado a otra IE, de ser el caso.
3. Negarse a renovar para el siguiente año lectivo 2022, la matrícula de los estudiantes cuyos padres o tutores legales o apoderados hayan incumplido con sus obligaciones pactadas en el presente contrato.
4. Informar a las Centrales de Riesgo (Infocorp - Equifax, Certicom, etc.) las deudas por incumplimiento en el pago del costo de servicio educativo en el caso que se adeude dos (02) o más pensiones escolares sean consecutivas o alternas.
5. Asimismo, EL COLEGIO se reserva el derecho de iniciar las acciones legales y administrativas que correspondan a fin de dar cumplimiento cabal al presente contrato.
X. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO EN PLENO PROCESO ESCOLAR:
Quedará resuelto el presente contrato, cuando el alumno incurra en alguna falta que conlleva su separación definitiva del Colegio, conforme lo establece el Reglamento Interno de EL COLEGIO.
XI.- DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS:
11.1.- De no mediar RENOVACIÓN DEL CONTRATO o de RESOLVERSE el mismo en aplicación de las condiciones establecidas en el presente contrato o en el reglamento interno; EL COLEGIO dispondrá de la vacante en forma inmediata.
11.2.- De acuerdo a las disposiciones legales vigentes, la Institución Educativa tiene facultad de llevar a cabo la diversificación curricular y decidir la libre disponibilidad del tercio curricular de horas de las actividades de aprendizajes.
11.3.- El Colegio se reserva el derecho de modificar la plana docente, por motivos de fuerza mayor o por disponibilidad del docente (profesor), garantizando que la calidad del área curricular no se vea afectado. 11.4- LA CUOTA DE INGRESO: LA CUOTA DE INGRESO: Es el pago único que realiza el Padre de Familia al momento en el que su hijo ingresa como alumno nuevo a la Institución, constituye una garantía mutua mediante la cual, EL COLEGIO garantiza la vacante a favor del estudiante más no su permanencia; por tanto, el derecho a la vacante y la permanencia se pierde por incumplimiento de las condiciones establecidas en el presente CONTRATO y Reglamento.
Su devolución se regirá de conformidad a lo dispuesto en la cláusula primera de las DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES del Decreto de Urgencia N° 002-2020.
11.5.- LA MATRÍCULA: Es el pago que se realiza una vez por cada año académico y previa suscripción del CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS.
11.6.- LAS PENSIONES ESCOLARES: Son diez y una por cada mes lectivo del año escolar.
El monto de las pensiones de enseñanza durante el año 2022, podrán ser incrementadas de acuerdo a las necesidades institucionales, la inflación y/o aumento de precios de los bienes y servicios, previa Resolución emitida por la Autoridad competente del Ministerio de Educación, con la que, se establezca el cobro de una cuota extraordinaria.
11.7.- RENUNCIA A RECLAMOS POR MONTOS PAGADOS: En caso de que el hijo(a) o pupilo del PADRE DE FAMILIA, TUTOR LEGAL O APDODERADO sea retirado (a) o trasladado(a) del Colegio por cualquier motivo y en cualquier época del año, se compromete expresamente a no efectuar peticiones o reclamaciones ante el Colegio o Entidad Promotora del Colegio, respecto a devoluciones de los pagos de inscripción, donaciones. El padre de familia, Tutor Legal o Apoderado que suscribe, renuncia a cualquier acción administrativa o legal que tenga por objeto reclamar la devolución de los montos señalados.
En caso de la devolución de matrícula y pensión se regirá de conformidad a lo dispuesto en el reglamento del Decreto Legislativo 1476.
11.8.- En caso de incumplimiento de pago de pensiones escolares, EL COLEGIO cursará cartas de cobranza de pagos de pensiones, sea vía plataforma contratada por el colegio, vía courier, correo electrónico o cartas notariales.
11.9.- COMUNICACIÓN POR CORREO ELECTRÓNICO, LLAMADA TELEFONICA, AGENDAA DEL ESTUDIANTE:
Sin perjuicio de lo establecido en el numeral 8.2 del presente CONTRATO, el padre de familia, tutor legal o apoderado autoriza al COLEGIO a cursarle todo tipo de comunicaciones al correo electrónico consignado en la introducción del presente y en la Declaración Jurada de Datos suscrito en el acto de matrícula 2022. 11.10.- En todo lo no estipulado en el presente contrato será aplicado lo establecido en el reglamento
interno, su adenda de EL COLEGIO y el documento denominado Condiciones y Orientaciones pedagógicas a Distancia 2021.
XII.- PERSONAS OBLIGADAS AL PAGO DE LAS PENSIONES DE ENSEÑANZA 2022
Son:………………………………..…………………………………………………………………………………………identificado con DNI
Nº ………………….…………. con domicilio en ….………………………………………………………………………………………………….
y……………………………………………………………………………………………………………………..………… identificado con DNI
N° ……………………………… con domicilio en ……………………………………………………………………………………………………..
(Padres de familia o tutor legal o apoderado, debidamente acreditado con poder otorgado por escritura pública, mandato judicial o acuerdo extrajudicial).
Para tal efecto, se adjunta una declaración jurada con firma legalizada de la aceptación del RESPONSABLE ECONÓMICO (PERSONA OBLIGADA AL PAGO DE LA CUOTA DE MATRICULA Y PENSIONES DE ENSEÑANZA). XIII.- DECLARACIÓN DEL DOMICILIO:
Las partes declaran como sus respectivos domicilios los indicados en el presente documento, lugares que se consideran válidos para la remisión de documentos, instrucciones y notificaciones, los mismos que deberán ser entregados por cualquier medio escrito
El PADRE DE FAMILIA, TUTOR LEGAL O APODERADO declara que el domicilio y/o residencia habitual de su menor hijo(a) es el consignando en la parte introductoria del presente CONTRATO. (si fuera distinto deberá señalar): …………………………………………………………………………………………………………………………………………………….
XIV JUECES Y TRIBUNALES
Las partes acuerdan que cualquier litigio o controversia que pudiera surgir entre LAS PARTES derivada de este contrato, sea relativa a su interpretación y/o cumplimiento, incluidas las referidas a su nulidad o validez, que no pueda ser resuelta en forma directa mediante negociación de LAS PARTES en un plazo máximo de quince
(15) días calendarios, acudirán para llegar a una solución, a la competencia de los jueces y tribunales de la ciudad.
XV.- DECLARACIÓN DE CONFORMIDAD: EL PADRE, TUTOR O APODERADO declara tener pleno
conocimiento de las condiciones y características del servicio que brinda el colegio, las que encuentra a su entera satisfacción.
Las partes declaran que en la suscripción del presente no ha mediado dolo ni presión que lo invalide, siendo su contenido la espontánea expresión de su voluntad, en ese sentido, es de cumplimiento obligatorio por parte de EL COLEGIO y EL PADRE DE FAMIILIA, TUTOR O APODERADO, por lo que leído en todas y cada una de sus partes, lo ratifican firmándolo en señal de conformidad.
Reque, ……. de del 2022.
Firma del Padre de Familia, Tutor o Apoderado
Apellidos y nombres: ……………………………...............
……………………………………………………………………….
DNI N°: ………………………………….
HUELLA DIGITAL
-
Directora