CONTRATO RENTING VEHÍCULO DE BOMBERO
CONTRATO RENTING VEHÍCULO XX XXXXXXX
Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares
1.- OBJETO DEL CONTRATO.-
El objeto del contrato al que se refiere este Pliego de Condiciones Técnicas, es el arrendamiento mediante RENTING de UN VEHÍCULO-CAMIÓN DE BOMBEROS, con destino al uso por parte del SERVICIO DE PREVENCIÓN Y EXTINCIÓN DE INCENDIOS Y SALVAMENTO (Unidad de Protección Ciudadana).
2.- DURACIÓN DEL CONTRATO.-
La duración del arrendamiento se establece por un período de 48 meses desde la entrega del vehículo en las Oficinas Municipales del Ayuntamiento de La Oliva, C/ Xxxxxx Xxxxxxxxx nº 2, sin que pueda ser prorrogado.
3.- LUGAR Y PLAZO DE ENTREGA DE LOS VEHÍCULOS.-
El vehículo será entregado en las Oficinas Municipales del Ayuntamiento de La Oliva, en un plazo máximo de 60 días a partir de la firma del contrato, a partir de la formalización del acta de recepción.
El vehículo será nuevo, con el equipamiento exigido en este Pliego de Prescripciones Particulares, y con el ofertado por el adjudicatario como mejora.
4.- CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DEL VEHÍCULO.-
Número: 1 unidad.
Tipo: AUTOBOMBA URBANA
Chasis: Xxxxxxxx Xxxx.
Tracción: 4x2 especial para bomberos.
Combustible: DIESEL
Motor: 6.0 c.c. o superior. 6 cilindros en línea, turbo- intercooling, 4 tiempos, inyección directa.
Potencia: 286 CV MÍNIMO.
Caja de cambios: 6 velocidades hacia delante y 1 hacia atrás. Dirección: Servoasistida hidráulicamente.
Frenos: De accionamiento hidráulico servoasistido.ABS y ALB. Frenos de disco en los dos ejes.
Ruedas: Ruedas sencillas en el eje delantero, dobles en el trasero. Todas iguales incluida la de repuesto, en medidas 265/70 R19.5
Equipo eléctrico: Tensión 24 V. Baterías 2x12 V, 115 Ah. Alternador de
80 A.
Cabina: Doble, con capacidad para 1+5 plazas construida en aluminio, aire acondicionado, reposacabezas, regulación de altura, cinturones de seguridad delantero y trasero, instrumentos de control y maniobra.
Banco trasero para 4 ocupantes.
Cisterna de agua: Capacidad mínima de 3.000 litros de agua. Cisterna de espuma: Capacidad mínima de 200 litros de espumante.
Bomba: Bomba de presión combinada de aleación ligera, accionada por el motor del vehículo, mediante toma de fuerza en la caja de cambios y tendido de transmisiones. Salidas de impulsión: 4 llaves autocebantes de 70 mm con racor de conexión y tapón retenido por cadenilla. 2 salidas de 25 mm para alta presión, una de ellas conectada al carrete de primer socorro.
Caudal: 3.000 l/min. A 10 bar.
400 l/min. A 40 bar.
Proporcionador
De espuma: Proporcionador de espuma integrado del tipo
alrededor de bomba, con un porcentaje de mezcla de espumante a elegir entre 1%, 3% ó 6%.
Cebador: Mecanismo de cebado por doble pistón. Carrete primer
Socorro: Con 40 metros mínimo de manguera de alta presión.
Rebobinado eléctrico.
Cabrestante: Eléctrico en la parte delantera del vehículo, Warn
Winch M8000/24 V, con capacidad para 3.600 kg mínimo. Dotado con embrague y freno, mando por cable de 3,7 m. de largo, con cable xx xxxxx de 8 mm x 20 metros y guía de rodillos.
Iluminación: Sobre cabina del vehículo, dos faros rotativos de color
ámbar. Faro rotativo trasero. Sirena electrónica de tres
tonos y amplificador de 100 W, con altavoz. Plafones de iluminación en cofres, de encendido automático. Alarma acústica de marcha atrás.
Pintura y rotulación: De acuerdo a la imagen corporativa del servicio. Dotación: A plantear como mejoras.
Todas las características especificadas son las mínimas que debe tener el vehículo.
Incorporarán todos aquellos elementos y repuestos que exija la vigente Ley de Tráfico, Circulación y Seguridad Vial y el Reglamento General de Vehículos (chaleco reflectante, triángulos, caja lámparas, etc…).
5.- CONDICIONES DE ARRENDAMIENTO.-
El arrendamiento comprenderá los siguientes conceptos:
1.- El USO del vehículo matriculado a nombre del arrendador, debiendo estar en todo momento, en perfecto estado, tanto funcional o técnico como administrativo, de modo que permita su normal y legal circulación, por el personal adscrito al Ayuntamiento o autorizado para ello.
2.- El MANTENIMIENTO INTEGRAL del vehículo objeto del arrendamiento en los talleres que designe el arrendatario entre los concesionarios oficiales o autorizados de la marca del automóvil adjudicado en Fuerteventura.
- Todas las revisiones periódicas que establezca la marca en el libro de mantenimiento del vehículo, tanto repuestos y líquidos como mano de obra, con independencia de que se encuentre o no en período de garantía.
- Las reparaciones de todas las averías que se produzcan por el desgaste debido al uso normal de cada automóvil.
- La sustitución de neumáticos de acuerdo con las normas marcadas por la DGT, y en todo caso cada 20.000 Km.
- Quedan excluidos y por tanto son a cargo del arrendatario los lavados y el combustible para el funcionamiento del automóvil.
3.- El SEGURO a todo riesgo sin franquicia del automóvil arrendado, con al menos las siguientes coberturas:
- Responsabilidad civil obligatoria.
- Responsabilidad civil voluntaria ilimitada.
- Daños propios sufridos por el vehículo y todos sus accesorios incluidos en el contrato.
- Daños por colisión.
- Ocupantes, defensa penal, fianzas y reclamación de daños.
- Robo del vehículo y sus accesorios.
- Rotura de lunas.
- Incendio.
4.- ASISTENCIA EN CARRETERA 24 horas con cobertura nacional desde km 0. 5.- VEHÍCULO DE SUSTITUCIÓN, de las mismas características, a partir de las
48 horas de producirse la inoperatividad del vehículo comunicada por el arrendatario, sin límites de días por año.
6.- En cuanto a las SANCIONES que se le pueda imponer al automóvil se estará a lo siguiente:
- Las sanciones que se deriven del estado del vehículo, de su documentación administrativa, y de la falta de revisiones que impone la legislación vigente serán por cuenta del arrendador o adjudicatario.
- Las sanciones restantes que se deriven de la conducción del vehículo serán por cuenta del conductor.
- Gestión de multas incluido.
7.- En cuanto a las OBLIGACIONES del arrendatario, el Ayuntamiento asume las siguientes obligaciones:
- Solicita, cuando corresponda con el libro de mantenimiento del vehículo y con la antelación suficiente, las revisiones del mismo.
- Comunicar cualquier avería incipiente con independencia de que afecte a la seguridad del mismo.
- Desplazar el vehículo al taller designado por el arrendador para las revisiones o reparaciones de siempre que el vehículo lo permita.
- Facilitar la vigencia de las revisiones o reparaciones por cuenta del adjudicatario a los fines que estime oportuno.
- Comunicar anualmente al arrendador los kilómetros realizados a los efectos de regularizar el pago del arrendamiento. Caso de avería del cuentakilómetros, se calculará el recorrido diario igual a la media de los últimos treinta días.
- Presentarse cuando sean requeridos en cualquier procedimiento, consecuencia de accidente, bien en calidad de denunciante, demandante, denunciado, demandado, o testigo según proceda.
6.- KILOMETRAJE ANUAL.-
El kilometraje anual para el vehículo será de 20.000 kilómetros. Al final de la anualidad se revisarán los mismos. Finalizado el período de vigencia del contrato, se revisarán los kilómetros en conjunto global, aplicándose el precio por kilómetros, de efecto o exceso, ofertado por el adjudicatario, y con la cantidad que resulte se efectuará el cargo o el abono correspondiente en la factura final.
7.- VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO.-
El valor estimado del contrato será el reflejado a continuación:
- Importe mensual: 4.300 euros.
- Coste Km adicional: 0,10 euros.
- Coste Km defecto: 0,08 euros.
- Opción de compra: 6.000 euros.
El importe mensual del vehículo ascenderá a cuatro mil trescientos euros (4.300 euros), ascendiendo durante el periodo de vigencia del contrato a doscientos diez mil euros (210.000 euros), IGIC excluído.
Estas condiciones podrán ser mejoradas por los licitadores, quienes podrán concretar en su oferta otras condiciones de la operación, siempre que éstas no contradigan lo señalado en este pliego.
- En todos los importes estará incluido el alquiler y servicio, así como el seguro. Asistencia en carretera, defensa jurídica incluído. El vehículo se entregará matriculado.
- El Ayuntamiento de La Oliva no estará obligado a depositar ningún tipo de fianza.
- Se rechazarán las ofertas que superen el precio mensual por vehículo.
- En el caso de que el vehículo se averíe y cuya reparación pueda durar cuarenta y ocho horas o más, será sustituido por otro de similares características mediante se lleve a cabo la reparación.
- Todo proponente podrá ofertar mejoras que serán valoradas según se establece en el apartado relativo a criterios de adjudicación, pero no se admitirán variantes.
8.- COLOR Y ROTULACIÓN.-
El vehículo deberá entregarse rotulado con el logotipo de la Corporación y el color será el corporativo del Ayuntamiento de La Oliva.
9.- ACCESORIOS.-
El vehículo se suministrará con los accesorios que se indican en la cláusula 4 de este pliego, y aquellos que, como mejora incorpore el adjudicatario en su oferta.
Los accesorios se entenderán como parte del vehículo a todos los efectos derivados del contrato de arrendamiento.
10.- OPCIÓN DE COMPRA.-
El precio y las condiciones de la compra del vehículo arrendado al final del período de vigencia del contrato deberá quedar fijado en el mismo, de acuerdo con la oferta que hubiera realizado el adjudicatario, por el importe máximo que se fija en la cláusula 7.
El Ayuntamiento comunicará al adjudicatario antes de la finalización del contrato, si hace efectiva o no, la opción de compra sobre los vehículos que considere. En caso contrario se entenderá que desiste de hacerlo.
Si el arrendatario hace efectiva la opción de compra, el adjudicatario, en un plazo de siete días, a partir de la fecha de finalización del contrato, procederá a tramitar la baja y alta correlativa en el Registro de vehículos de la Jefatura Provincial de Tráfico y la renovación del permiso de circulación del vehículo, siendo por cuenta del Ayuntamiento el importe total de las tasas e impuestos que se devenguen como consecuencia de la compraventa.
10.- FACTURACIÓN.-
El pago del contrato se efectuará contra facturas mensuales debidamente conformadas presentadas por el contratista, devengadas a partir de la fecha de puesta a disposición del vehículo, y se abonarán al adjudicatario por meses vencidos, contra factura emitida por éste.
En caso de exceso o defecto de kilometraje se procederá de acuerdo con lo indicado en la cláusula 6 del presente Pliego.
En cuanto a la revisión de precios y a tenor del art. 103.2 del T.R.L.C.A.P. no tendrá lugar en los contratos cuyo pago se concierte mediante el sistema de arrendamiento financiero o de arrendamiento con opción a compra.
11.- TIPO DE OFERTAS.-
Las empresas interesadas pueden ofertar con las limitaciones del presupuesto máximo especificado. Se valorará cualquier mejora justificada que se presente en las ofertas.
12.- INSPECCIÓN DEL SUMINISTRO.-
En el plazo de un mes a partir de la fecha de entrega del vehículo, el Ayuntamiento de La Oliva designará al personal técnico que crea necesario para inspeccionar el material y comprobar si se han cumplido las especificaciones fijadas en este Pliego. A la vista del informe emitido por este personal, se efectuará la recepción de los vehículos.