PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE UN CORREDOR O CORREDURÍA DE SEGUROS, AGENTE DE SEGUROS O COMPAÑÍA DE SEGUROS PARA LA MEDIACIÓN EN LOS SEGUROS PRIVADOS A CONTRATAR POR MERCAGRANADA, S.A., A ADJUDICAR POR...
MERCADOS CENTRALES DE ABASTECIMIENTO DE GRANADA, S.A. MERCAGRANADA, S.A.
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE UN CORREDOR O CORREDURÍA DE SEGUROS, AGENTE DE SEGUROS O COMPAÑÍA DE SEGUROS PARA LA MEDIACIÓN EN LOS SEGUROS PRIVADOS A CONTRATAR POR MERCAGRANADA, S.A., A ADJUDICAR POR PROCEDIMIENTO GENERAL
EXPEDIENTE 3/2014
MERCAGRANADA, S.A.
Xxxx. Xxxxxxx-Xxxxxxx, Xx 000. 00000 XXXXXXX
Tel.: 000000000 - Fax: 000000000
xxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxx.xx xxx.xxxxxxxxxxxx.xx
ÍNDICE
CLÁUSULA II. OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO: 4
CLÁUSULA III. PLAZO DE CONTRATACIÓN: 4
CLÁUSULA IV. DIRECCIÓN Y ORGANIZACIÓN DEL SERVICIO 4
CLÁUSULA V. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR DAÑOS Y PERJUICIOS 5
CLÁUSULA VI. SEGURO DAÑOS MATERIALES TODO RIESGO INCLUIDO INSTALACIONES, MAQUINARIA Y MERCANCÍAS REFRIGERADAS 5
CLÁUSULA VII. 1) SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL GENERAL. 2) SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL MEDIOAMBIENTAL Y POR CONTAMINACIÓN 10
CLÁUSULA VIII. SEGURO RESPONSABILIDAD CIVIL DE ADMINISTRADORES Y DIRECTIVOS ¡ERROR!
MARCADOR NO DEFINIDO.2
1.1.- El presente Pliego de Prescripciones Técnicas, tiene por objeto concretar las actuaciones del adjudicatario en lo referente a los trabajos a realizar y demás circunstancias de carácter técnico que afecten al contrato.
Los servicios de mediación por parte de un Corredor de Seguros o Correduría de Seguros, Agente de Seguros o Compañía de seguros, consistirán en el asesoramiento preparatorio de la formalización de contratos de seguros privados, así como la posterior asistencia al tomador del seguro, al asegurado o al beneficiario del seguro, de acuerdo con lo previsto en la Ley 26/2006, de 17 de julio, de mediación de seguros y reaseguros privados, y cuyo detalle, es el siguiente:
Proyecto de un plan de seguros que abarque desde el 1 de enero de 2015 hasta el 31 de diciembre de 2016, para las siguientes modalidades de contratos:
- LOTE 1: Seguro Todo Riesgo Daños Materiales, incluido Instalaciones, Maquinaria y Mercancía en cámaras frigoríficas, propias y de terceros.
- LOTE 2: Seguro de Responsabilidad Civil General, incluida reclamación de daños por cualquier importe. La aseguradora, indemnizará a Mercagranada los siniestros bajo franquicia, (de importe igual o inferior a la misma), sin perjuicio de que pueda recuperar sus importes actuando contra los causantes de los daños.
- LOTE 3: Seguro de Responsabilidad Civil Medioambiental y civil por contaminación y reclamación de daños.
- LOTE 4: Seguro de Responsabilidad Civil de Administradores y Directivos.
Cada modelo de seguro constituirá un lote para ofertar, pudiendo ofertar por uno, dos, tres o por la totalidad de los lotes.
2. Estructura del mediador al servicio de las necesidades de Mercagranada, S.A. y medios humanos propuestos para la ejecución del contrato, establecimientos permanentes ubicados en GRANADA, con una Memoria descriptiva del diseño del servicio a prestar.
3. Programa de gestión de siniestros.
4. Mejoras y servicios adicionales sobre las prescripciones técnicas establecidas en estas bases.
1.2.- El servicio se prestará conforme a las cláusulas que a continuación se recogen, conforme a las xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas y de acuerdo con las
instrucciones de servicio que emita MERCAGRANADA, S.A. a través de la persona designada al efecto.
1.3.- Con carácter general, y sin perjuicio de lo que se exponga en cláusulas posteriores, el Corredor de Seguros o Correduría de Seguros, Agente de Seguros o Compañía de Seguros que resulte adjudicatario prestará, bajo el control de MERCAGRANADA, S.A. los siguientes servicios:
a. Evaluación de las necesidades de seguros de Mercagranada, S.A., asesorando a la misma sobre condiciones del contrato o contratos de seguros que, a su juicio, conviene suscribir para la cobertura de los riesgos a los que la entidad se encuentra expuesta.
b. Investigación y análisis permanente de las diferentes coberturas, tendencias y alternativas xxx xxxxxxx asegurador, manteniendo informado de las mismas a Mercagranada.
c. Asesoramiento en el diseño de las pólizas para la contratación del seguro o seguros objeto de mediación, así como el estudio de la solvencia y garantía de las compañías aseguradoras seleccionadas, ofreciendo la cobertura que, de acuerdo con su criterio profesional y las prescripciones señaladas en el pliego, mejor se adapte a las necesidades de Mercagranada.
d. Evaluación del riesgo consistente en la identificación, análisis y seguimiento de la exposición al riesgo y asesoramiento continuo por técnicos especializados, al objeto de conseguir mejoras en las condiciones técnicas y económicas contratadas.
e. Seguimiento de toda la siniestralidad ocurrida, en el ámbito del contrato o contratos de seguros objeto de la mediación, mediante informes periódicos, estadísticas de siniestros, preparación de reclamaciones, evaluación de las prestaciones en caso de siniestro.
f. Entrega a Mercagranada, S.A. de un informe anual de los resultados obtenidos en la anualidad correspondiente, en un plazo de los dos meses a partir del vencimiento de cada periodo.
g. El adjudicatario prestará al tomador del seguro, al asegurado y al beneficiario del seguro la asistencia posterior a la formalización del contrato de seguro, con reuniones periódicas, asesoramiento y mediación en la relaciones con la entidad aseguradora y realizando las gestiones y trámites oportunos, como consecuencia de los siniestros y demás incidencias que se produzcan.
h. Servicio de Asesoramiento Jurídico en materia de Seguros.
i. Acceso de clientes online.
CLÁUSULA II. OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO:
El adjudicatario tendrá las siguientes obligaciones:
a. Deberá informar a Mercagranada, S.A., en los seguros que medie, sobre las condiciones de los contratos que ha de suscribir, y velará por la concurrencia de los requisitos que ha de reunir la póliza para eficacia y plenitud de efectos de cobertura de los riesgos de que se trate.
b. Facilitará al tomador, al asegurado y al beneficiario del seguro, la información que reclame sobre las cláusulas de la póliza, la cobertura, exclusiones etc., y, en caso de siniestro, presentará su asistencia y asesoramiento.
c. El adjudicatario será responsable ante Mercagranada, S.A., de las deficiencias e imperfecciones que reduzcan o anulen los efectos de la póliza concertada con su intervención, y que le sean imputables.
CLÁUSULA III. PLAZO DE CONTRATACIÓN:
El plazo de vigencia del contrato será desde su adjudicación, con efectos iniciales de 1 de enero de 2015 hasta el 31 de diciembre de 2015, con opción de prórroga, previo acuerdo entre las partes, hasta un máximo de un año, correspondiendo la primera opción de prórroga hasta el 31 de diciembre de 2016.
En el supuesto de que el contrato no se prorrogue por alguna de las partes, en tanto se resuelva la nueva licitación pública que al efecto se convoque, la Compañía de Seguros vendrá obligada a prorrogar el correspondiente contrato de seguro en vigor por un periodo de tiempo máximo de seis meses, en las mismas condiciones de tasa y cobertura (proporcionalmente al tiempo prorrogado).
Además del supuesto de extinción por cumplimiento de plazo de vigencia, el contrato se extinguirá por los motivos de resolución que figuran en el Pliego de Cláusulas Administrativas.
CLÁUSULA IV. DIRECCIÓN Y ORGANIZACIÓN DEL SERVICIO:
Atención personalizada a través del interlocutor designado por el adjudicatario, que será la persona responsable de la prestación del servicio, y que al propio tiempo, recibirá las instrucciones de Mercagranada, S.A., en relación con la ejecución del contrato.
PERJUICIOS:
RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR DAÑOS Y
El contratista será responsable de todos los daños y perjuicios directos e indirectos que se causen a MERCAGRANADA, S.A., o a terceros como consecuencia o a raíz de la ejecución del contrato. Previo a la formalización del contrato, estará obligado a suscribir con una Compañía de Seguros de reconocida solvencia, una Póliza de Seguro Responsabilidad Civil frente a terceros, para cubrir cualesquiera contingencias que, sobre bienes o personas puedan ocasionar a MERCAGRANADA, S.A., o terceros, con motivo de la ejecución del contrato.
Dicha Póliza de Seguro habrá de mantenerse vigente durante todo el periodo del contrato, y su resolución o cancelación no tendrá efectos sino hasta transcurrido un mes desde la resolución del referido contrato.
6.1. El objeto es la determinación de la póliza de seguro de todo riesgo de Daños o Pérdidas Materiales ocasionadas en los Bienes Asegurados que se indican en el presente pliego que pasa a formar parte integrante de la póliza.
6.2. Compensación de capitales, supondrá que el asegurador garantiza al asegurado que si en el momento del siniestro existiese un exceso de capital asegurado por uno o varios artículos de la póliza, tal exceso podrá aplicarse a otros artículos que resulten insuficientemente asegurados, excluyendo las existencias, siempre que la prima resultante a este nuevo reparto de capitales no exceda de la prima satisfecha en la anualidad en curso.
Esta compensación será aplicable únicamente a bienes correspondientes a una misma situación de riesgo. Admitida la compensación en la forma indicada se procederá a la normal liquidación del siniestro.
6.3. Reposición a Nuevo: Por la presente cobertura se conviene la ampliación de la garantía de la póliza en caso de daños materiales sufridos por cualquier bien cubierto por la misma al coste de reposición o reemplazo, en la fecha del siniestro, de los bienes destruidos o dañados con materiales nuevos de clase, calidad y capacidad operativa similares, dentro de lo posible, bajo las siguientes condiciones:
a. Si el bien dañado o destruido no es útil para el Asegurado o no se repara, reconstruye o sustituye en el mismo u otro lugar, dentro de un período máximo de dos años después de ocurrido el siniestro, la Compañía solo indemnizará el valor real del objeto.
b. En caso de que los objetos o maquinaria siniestrados resulten prácticamente irremplazables, o por hallarse fuera de uso en el mercado o no fabricarse ya del mismo tipo, su reemplazo podrá efectuarse por otro objeto o maquinaria actual de igual rendimiento o capacidad productiva.
c. En el caso de que, tanto los edificios o la maquinaria siniestrados, no se reconstruyan o reemplacen, la indemnización será correspondiente al valor real y no al de reposición a nuevo.
d. El importe de la diferencia entre la indemnización a valor de reposición a nuevo y la correspondiente a valor real, no se pagará hasta después de le reconstrucción o reemplazo de los bienes siniestrados.
e. Esta garantía “Reposición a Nuevo" es de aplicación a todas las coberturas de la póliza, salvo a aquellas en las que se especifique su propio criterio de indemnización y/o tasación de los daños.
6.4. PARKING: La garantía incluirá daños a vehículos, robos y hurtos.
6.5. En todo caso la aseguradora estará obligada a efectuar la reclamación de daños de cualquier tipo ocasionados a Mercagranada.
EXCLUSIONES:
La Compañía no indemnizará, en ningún caso, el aumento del coste debido a cualquier ordenamiento x xxx que afecte o regule la reparación o reconstrucción de bienes.
Fecha Vencimiento Póliza actual: 31 diciembre 2014 |
TOMADOR DEL SEGURO: MERCAGRANADA, S.A. (Mercados Centrales de Abastecimiento de Granada, S.A.) ASEGURADOS: El Tomador del Seguro y sus accionistas ACTIVIDAD: Promoción y explotación, de los Mercados Centrales Mayoristas de la ciudad de Granada, así como la mejora en todos los órdenes del ciclo de comercialización de los productos alimenticios. Se incluyen expresamente, las siguientes actividades complementarias: |
- Prestación de los servicios logísticos y complementarios a la actividad comercial mayorista.
- La promoción y explotación de un parking destinado a furgones, camiones y tráileres principalmente, situado en sus instalaciones, con pistas xx xxxxxx a presión y otros servicios complementarios.
- Formación
- Organización y celebración de eventos en sus instalaciones relacionados con la actividad. A título enunciativo se hace constar el siguiente: MERCAREST (Foro especializado en alimentos frescos al servicio de la restauración, hoteles y colectivos).
CAPITALES ASEGURADOS, COBERTURAS Y FRANQUICIAS . CAPITALES ASEGURADOS: RIESGO UNICO: MERCAGRANADA. S.A. | |
Edificios, instalaciones fijas e infraestructura exterior | 24.500.000 € |
Maquinaria, Mobiliario, Ajuar Industrial y Existencias propias | 1.700.000 € |
Existencias de terceros a primer riesgo | 160.000 € |
. COBERTURAS: TODO RIESGO DE DAÑOS MATERIALES 1. Incluyendo las siguientes GARANTÍAS ADICIONALES: |
1.1. Medidas necesarias adoptadas por la Autoridad o el Asegurado
1.2. Menoscabos que sufran los bienes salvados
1.3. Bienes desaparecidos con ocasión de un siniestro
2. Incluyendo los siguientes GASTOS:
2.1. Transporte de los bienes asegurados y gastos de salvamento en general
2.2. Demolición, desescombro y traslado de escombros, incluyendo tasas de vertederos.
2.3. Desembarre y extracción de lodos, incluyendo gastos de limpieza y reparación.
2.4. Apuntalamiento de edificios
2.5. Los razonablemente incurridos por el Asegurado.
2.6. Obtención de permisos y licencias para reconstruir la propiedad siniestrada
2.7. Asistencia de bomberos y gastos de extinción en general
Dichos gastos se establecerán hasta el límite de la suma asegurada en póliza.
3. Quedaran expresamente asegurados:
3.1. Daños ocasionados a obras de reforma, ampliación, etc., trabajos de mantenimiento y conservación: 300.000 €
3.2. Bienes del personal de la Empresa: 10.000 € por siniestro
3.3. Reposición de libros de contabilidad y de comercio, archivos, planos, ficheros, títulos, valores, etc.: 60.000 € por siniestro
3.4. Honorarios de profesionales: 100.000 € por siniestro
3.5.Vehículos en reposo (propiedad del Asegurado y empleados) 150.000 € por siniestro
3.6. Jardines, césped, árboles, plantas y arbustos: Incluidos en suma asegurada
3.7. Bienes temporalmente desplazados Incluidos en suma asegurada
3.8. Bienes del asegurado en poder de terceros: 60.000 €
3.9. Bienes durante su instalación y montaje: 150.000 € a primer riesgo
3.10. Bienes de terceros en depósito, control o custodia (no corresponde al capítulo de Existencias de terceros a primer riesgo detalladas en capitales asegurados):
60.000 € a primer riesgo
3.11. Rotura de lunas, cristales y/o rótulos y letreros con o sin iluminar: 7.000 €
3.12. Desalojamiento forzoso / Pérdida de Alquileres (según cláusula detallada en el apartado de "Cláusulas Aplicables")
3.13. Daños y/o deterioro de bienes refrigerados/congelados: 100% existencias de terceros aseguradas a primer riesgo.
3.14. Derrame de líquidos: 100.000 €
Incluyendo los daños ocasionados a bacterias de la planta de depuración.
3.15. Incluir expresamente las bacterias y demás elementos situados en la planta de depuración de aguas: 100.000 €
3.16. Daños Eléctricos a cuadros, líneas, transformadores, así como a aparatos y maquinaria eléctrica: 150.000 € a primer riesgo
3.17. Daños Estéticos: 10.000 €
3.18. Avería de Maquinaria:
. Todo Riesgo de Equipos Electrónicos (incluidos informáticos) 60.000 € a primer riesgo (Incluir un sublímite adicional de 15.000 € en concepto de alquiler de equipos y gastos de recuperación de información).
. Avería de Maquinaria: 150.000 € a primer riesgo
OTRAS COBERTURAS:
Maquinaria de procedencia extranjera
Cimentaciones.
Objetos de arte y decoración (bienes de especial valor): 6.000 € por unidad y máximo en conjunto de 30.000 € (incluyendo cobertura de robo).
Incluir bajo coberturas de todo riesgo los daños a las bacterias de la planta de depuración.
ROBO Y EXPOLIACIÓN:
- BIENES DEL TOMADOR / ASEGURADOS:
Contenido / existencias 300.000 € a primer riesgo
| Metálico y valores en caja fuerte | 15.000 € |
| Metálicos y valores en mueble cerrado | 5.000 € |
| Desperfectos por robo al continente | Incluidos sin límite |
| Transportadores de fondos | 12.000 € |
| Bienes de terceros en depósito, control o custodia | 6.000 € por siniestro y año |
- BIENES DE CLIENTES PARKING VEHICULOS VIGILADO:
Metálico y enseres de Clientes en taquillas parking camiones:
10.000 € por siniestro / año
1.000 € por taquilla
Vehículos 150.000 € por siniestro / año 150.000 € por siniestro / año CLAUSULAS A APLICAR:
Valor de reposición a nuevo (sin limitaciones)
Margen automático daños: 25% (la regularización no contemplará incrementos por IPC, que serán exclusivamente aplicados en la renovación de la siguiente anualidad, pero sí posibles nuevas inversiones y adquisiciones realizadas a lo largo de la anualidad vencida).
Actualización automática de capitales asegurados en base a IPC interanual.
Edificios e instalaciones fijas comprende entre otros bienes: obra civil, instalaciones de cualquier tipo, incluyendo conducciones de suministros subterráneas y aéreas, tanto situadas en el interior como en el exterior xxx xxxxxxx de Mercagranada, siempre y cuando exista un interés asegurado.
Maquinaria, mobiliario, ajuar industrial comprende entre otros bienes: bacterias de la planta biológica de depuración de aguas por valor estimado en 60.000 €
Texto para cláusula 3.13 (Desalojamiento forzoso / Pérdida de alquileres):
El Asegurador garantiza, a consecuencia de un siniestro amparado bajo las coberturas de la póliza y hasta el 20% de la suma asegurada para la cobertura afectada:
a) Para el seguro de "Edificios e lnstalaciones Fijas": La pérdida de alquileres o desembolsos consecuentes de la no ocupación del local o nave asegurados, hasta el 2% mensual del valor asegurado, previa justificación.
b) Para el seguro del "Contenido" (Maquinaria, mobiliario, ajuar industrial y existencias en general): Los gastos de traslado y guarda del Contenido salvado, así como el mayor coste de alquiler de local o nave de características semejantes, hasta el 5% mensual del valor asegurado, previa justificación.
Los peritos determinarán el periodo de desalojamiento que como máximo se limita a un año.
No exigencia de contrato de mantenimiento para las coberturas de Equipos Electrónicos y Avería de Maquinaria.
La posible carencia en la cobertura de Daños a Bienes Refrigerados y/o Congelados, no tendrá aplicación en caso de fugas accidentales de medios refrigerantes (ejemplo: amoniaco, agua glicolada, etc.)
CLAÚSULA ADICIONAL EN EXCLUSIONES :
Exclusión: Vicio propio, defecto latente, desgaste, oxidación (excepto para combustión espontánea que no le afecta esta exclusión), corrosión, erosión, podredumbre, moho, deterioro gradual, insectos, gusanos o roedores, asentamiento normal, contracción o dilatación de pavimentos.
No obstante, si alguna de las pérdidas o daños causados por las anteriores exclusiones originasen un siniestro cuya causa no esté excluida, se indemnizarán exclusivamente las pérdidas o daños sufridos en los bienes objeto del seguro por el citado siniestro.
FRANQUICIAS:
General………………………………………………………………… 600 €
Robo y expoliación………………………………………………… Sin franquicia Equipos electrónicos……………………………………………… 150 € Cristales………………………………………………………………… Sin franquicia
Daños / Robo Vehículos…………………………………………. 600 € Camiones 300 € Resto Mercancías en cámaras………………………………………… 150 € carencia de 6 horas lmpácto de vehículos……………………………………………. 150 €
CLÁUSULA VII. 1) SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL GENERAL Y RECLAMACIÓN DE DAÑOS. 2) SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL MEDIOAMBIENTAL Y POR CONTAMINACIÓN.
Fecha Vencimiento Póliza RC General actual: 31 de diciembre de 2014 Fecha Vencimiento Póliza RC Medioambiental actual: 31 de diciembre de 2014
1. OBJETO DEL SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL GENERAL
El Asegurador garantiza al Asegurado, mediante el abono de la prima estipulada, el pago de las indemnizaciones por las que pueda resultar civilmente responsable conforme a derecho, por daños corporales o materiales y perjuicios ocasionados a terceros, así como los costes y gastos judiciales y extrajudiciales, y la prestación de
fianzas para garantizar las resultas civiles de dichos procedimientos, de acuerdo con las definiciones, términos y condiciones consignados en la póliza, cuyas características más relevantes son, entre otras:
La Propiedad xx Xxxxx e Instalaciones para almacenamiento y distribución de alimentos. Propiedad, gestión, mantenimiento, supervisión y control de, Estaciones de Servicio, Mataderos, Cetáreas, Placas Fotovoltaicas, Central de Suministro de frio, Cámaras Frigoríficas, Depuradoras (elementos de funcionamiento y flora bacteriana) y todas las instalaciones individuales y colectivas, líneas, transformadores, casetas, equipos de control eléctricos y/o electrónicos generales e individuales, que constituyan o formen parte de las instalaciones.
2. OBJETO DEL SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL MEDIOAMBIENTAL
Respecto al de Responsabilidad Medioambiental y Civil por contaminación, en los términos y condiciones consignados en la póliza, el Asegurador garantiza:
a. El pago de los gastos en que el Asegurado esté obligado a incurrir conforme a Derecho para la restitución del medio ambiente a su estado previo al siniestro, de acuerdo con la garantía de Responsabilidad Medioambiental.
b. El pago de las indemnizaciones y/o gastos de los que pueda resultar civilmente responsable el Asegurado conforme a Derecho, por daños corporales, materiales y perjuicios que de los anteriores se deriven, causados a terceros, de acuerdo con la garantía de Responsabilidad Civil por Contaminación.
Para los apartados anteriores, el Asegurador garantiza los daños derivados de la actividad de transporte.
3. CARACTERÍSTICAS DE LAS PÓLIZAS
1) SEGURO RESPONSABILIDAD CIVIL GENERAL: | |
Límite de Indemnización por Siniestro | 4.000.000,00 € |
- Máximo agregado anual | 12.000.000,00 € |
Responsabilidad Civil Explotación | INCLUIDO |
Responsabilidad Civil Patronal | INCLUIDO |
- Sublímite por victima | 300.000,00 € |
R. Civil de Contratistas y/o Subcontratistas | INCLUIDO |
R. Civil Daños bienes en depósito | 1.200.000,00 € |
- Vehículos en aparcamientos | Hasta 50.000 € por vehículo |
R. Civil Locativa frente a propietarios de inmuebles | INCLUIDO |
R. Civil Contaminación Accidental | INCLUIDO | |
R. Civil Construcción y reformas (hasta1.000.000 €) | INCLUIDO | |
Perjuicio Patrimonial Puro | 300.000,00 € | |
Defensa y Fianzas | INCLUIDO | |
R. Civil Profesional Técnicos en Plantilla | INCLUIDO | |
R. Civil por Daños Derivados de carga y descarga | INCLUIDO | |
R. Civil Subsidiaria de Vehículos | INCLUIDO | |
R. Civil por daños a Inquilinos mayoristas | INCLUIDO | |
R. Civil Producto, post trabajos | INCLUIDO | |
2) SEGURO R. C. MEDIOAMBIENTAL: | ||
Daños Medioambientales | 1.000.000,00 € | |
Daños a terceros por Contaminación | 1.000.000,00 € | |
Costes de Limpieza | INCLUIDO | |
Coste de Evitación | INCLUIDO | |
Costes de Prevención | INCLUIDO | |
Defensa Jurídica | INCLUIDO | |
Fianzas Judiciales | INCLUIDO | |
FRANQUICIAS DE APLICACION | ||
General | 300,00 € | |
BASE DE CALCULO/FACTURACION (IVA INCLUIDO) | 4.000.000,00 € |
CLÁUSULA VIII. SEGURO RESPONSABILIDAD CIVIL DE ADMINISTRADORES Y DIRECTIVOS
Fecha Vencimiento Póliza actual: 31 de diciembre de 2014
1. OBJETO DEL SEGURO Y COBERTURAS
El presente Xxxxxx cubre reclamaciones formuladas contra el Asegurado que resulten de Actos de Gestión Negligentes cometidos o supuestamente cometidos por el Asegurado durante el Periodo de Seguro o con anterioridad al mismo, sin perjuicio de cualquier fecha de retroactividad que pudiera pactarse.
Tendrá la consideración de Administrador, Alto Cargo o Directivo cualquier persona física que haya sido, sea o llegue a ser formalmente nombrada administrador, miembro del consejo de administración, director general, directivo, gerente, secretario, apoderado, subsecretario, gerente de riesgos, director de asesoría jurídica, miembro del comité de dirección o cargo
análogo que desarrolle u ostente funciones de dirección, supervisión y gobierno, así como toda persona física que actúe como representante permanente de un administrador persona jurídica, y aquéllas que actúen como administrador de hecho.
Tendrán la condición de asegurados en esta póliza:
Cualquier Administrador, Alto Cargo o Directivo de la Compañía
Los herederos, legatarios y representantes legales de un Administrador, Alto Cargo o Directivo de la Compañía fallecido o legalmente declarado incapacitado o concursado, cuando la Reclamación esté basada en un Acto de Gestión Negligente cometido por dicho Administrador, Alto Cargo o Directivo.
Cónyuge de un Administrador, Alto Cargo o Directivo de la Compañía, pero sólo cuando la reclamación esté basada en un Acto de Gestión Negligente cometido por dicho Administrador, Alto Cargo o Directivo.
Cualquier empleado de la Compañía:
- cuando se alegue que ha cometido un Acto de Gestión Negligente en calidad de Administrador, Alto Cargo o Directivo de la Compañía.
- en cualquier Reclamación cuando un empleado resulte codemandado junto con un Administrador, Alto Cargo o Directivo de la Compañía y se mantenga codemandado hasta la resolución firme de la Reclamación.
- en cualquier reclamación por Prácticas de Empleo.
Administrador, Alto Cargo o Directivo no incluirá los auditores externos, asesores externos u otros profesionales externos.
CONDICIONES DE COBERTURAS Y FRANQUICIAS: | |
Responsabilidad Civil de Administradores y Directivos | 5.000.000 €/año |
Responsabilidad Civil por Prácticas de Empleo | 5.000.000 €/año |
Responsabilidad Civil Corporativa | 5.000.000 €/año |
Sub-límite Gastos de Gestión de crisis Responsabilidad Civil de Administradores y Directivos | 300.000 €/año |
Sub-límite Gastos de Gestión de crisis Responsabilidad por Prácticas de Empleo | 25.000 €/año |
Sub-límite Gastos de Gestión de crisis Responsabilidad Corporativa | 25.000 €/año |
Sub-límite Reclamación por contaminación Responsabilidad Corporativa | 100.000 €/año |
Sub-límite Actos deshonestos de empleados Responsabilidad Corporativa | 100.000 €/año |
Fecha de Retroactividad | Ilimitada |
Sub-límite multas administrativas | 20.000,00 € |
Sub-límite gastos responsabilidad fundador | 150.000,00 € |
Sub-límite gastos restitución de imagen | 250.000,00 € |
Sub-límite gastos de aval concursal | 100.000,00 € |
Sub-límite gastos de aval de Evitación de Embargo | 15.000,00 € |
Sub-límite asistencia Psicológica | 30.000,00 € |
Sub-límite Gastos de Defensa | 10% |
Sub-límite Gastos Representación Legal | 10% |
Sub-límite Gastos de Extradición | 10% |
Sub-límite Gastos de Publicidad | 10% |
Inhabilitación Profesional | 18.000 € |
Reclamaciones por Prácticas de Empleo | INCLUIDO |
AMBITO TERRITORIAL: | |
Mundial salvo USA y Canadá JURISDICCIÓN APLICALBLE Todo el mundo excepto reclamaciones en EEUU y Canadá | |
SIN FRANQUICIAS |