Contract
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CONTRATO DE CONSTRUCCION Está conformado por el Pliego de Condiciones y el Proyecto de Construcción, entendiendo a éste último como el conjunto de elementos gráficos y escritos que definan con precisión el carácter y finalidad de la obra. Es frecuente que se inicie esta documentación con una “CONTRATA”, es decir, con un documento breve a manera de “prólogo” indique los elementos básicos e indispensables que el contrato contiene. La Contrata deberá especificar: 1/ - Nombre y domicilio de las partes. 2/ - Objeto del contrato. 3/ - Precio convenido. 4/ - Enumeración de todos y cada uno de los documentos gráficos y escritos que integran el
contrato, identificados con: número, contenido, escala, otros. 5/ - Fecha de firma del contrato. * REDACTAR la CONTRATA que corresponda al Contrato de Construcción de la Obra en Seguimiento.
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CONTRATO DE CONSTRUCCION CONTRATA (Redacción Guía - NO PROTOTIPO) Entre ....................................... , con domicilio constituído en ................................................. , en adelante “el Comitente”, por una parte, y ..................................................................... , con domicilio constituido en ............................................................. en adelante “el Contratista”, se conviene: 1) El Comitente encarga al Contratista la ejecución de ...........................................................
a construirse en el terreno de su propiedad ubicado en ................................................................ y en un todo de acuerdo con los siguientes documentos preparados por el Arquitecto, Don ................................................ , en adelante “el Arquitecto” y que firmados por ambos contratantes y dicho Arquitecto en todas sus fojas, forman parte integrante de este Contrato:
Plano en copia heliográfica: Nº 1, Plantas en escala ..................: Nº 2, Vistas en escala ...............: Nº 3, Cortes en escala ................: Nº 4, Carpintería xx xxxxxx en escala ................: Nº 5, Carpintería matálica y herrería: Nº 6 ................. en escala ............... Nº 7, de estructura en escala ................ Nº ................. , etc.
Planillas en copia heliográfica: P1 de locales; P2 de carpintería xx xxxxxx; P3 de carpintería metálica y herrería; P4 de estructuras; P5 de instalaciones eléctricas; P6 de instalación ......................... , P ..........; etc.
Pliego de condiciones compuesto de: Claúsulas generales, Claúsulas específicas o lista de trabajos especificadas, extendido en ................................ fojas útiles escritas de un sólo lado (o de ambos) y esta contrata.
2) El Contratista acepta encargarse de la construcción mencionada en la claúsula que precede, que ejecutará por el sistema de ajuste alzado; por el precio total de ........................ (...............).-
3) El Comitente acepta este precio estipulado en la claúsula precedente y se compromete a abonarlo en la forma establecida en el Art. 19 y concordantes xxx Xxxxxx de Condiciones.
Se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a sólo efecto en ................................. a los ............ días del mes de ................................ de mil novecientos ..................................... .-
Comitente Arquitecto Contratista
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CONTRATO DE CONSTRUCCION PLIEGO DE CONDICIONES: CLAÚSULAS GENERALES para un CONTRATO por “Ajuste Alzado” (Redacción Guía - NO PROTOTIPO) Art. 1º - ENUNCIADO (con Contrata previa, donde aparece la identificación y domicilio de las
partes; la enumeración de todas y cada una de las piezas dibujadas y escritas con su identificación, Nº, denominación, escala, etc.). El presente contrato tiene por objeto la construcción de ................................. en el terreno ubicado en la calle .......................... entre los Nros. .................. de la ............................. obra que se ejcutará bajo la dirección del Arquitecto ............................................ de completo acuerdo con lo estipulado en este pliego de condiciones y con sujeción a los planos generales, complementarios y de detalles que suministrará dicho Arquitecto. Los honorarios profesionales de éste estarán a cargo del Comitente.-
Art. 2º - CARGOS DEL CONTRATISTA. Son por cuenta del Contratista hasta la completa terminación de la obra, de acuerdo con las indicaciones y fines que los planos y especificaciones señalan: a) todos los gastos que origina la Obra: materiales, salarios, enseres, fuerza motriz, etc.; b) todas las tramitaciones, permisos, planos, documentos relacionados con la obra y que deban presentarse ante las autoridades correspondientes, los cuales deberán tramitarse en todos los casos, a su exclusivo nombre, y en caso de hacerlos tramitar por un tercero, deberá previamente solicitar del Comitente la autorización escrita respectiva, visada por el Arquitecto.
Art. 3º - DECLARACION DEL CONTRATISTA. El Contratista declara haber estudiado con toda atención los planos y especificaciones de este Contrato y haberse compenetrado de su significado y alcances.
Art. 4º - SUPERINTENDENCIA DE LOS TRABAJOS. La superintendencia de los trabajos corresponde exclusivamente al Arquitecto. En consecuencia dará al Contratista las instrucciones que entienda pertinentes para el adelanto de la obra o la correcta ejecución de los trabajos, como también órdenes para modificaciones o trabajos adicionales; tendrá derecho a rechazar los materiales que juzgue defectuosos o de calidad inferior a los contratados y hacer demoler y reconstruir x xxxxx del Contratista todo trabajo o estructura que a su juicio esté malejecutado. Esta superintendencia no eximirá al Contratista de las responsabilidades por errores, negligencias o culpas de cualquier género en la ejecución de las obras.-
Art. 5º - EMPLEADOS DEL ARQUITECTO. El Arquitecto podrá hacerse reemplazar en la vigilancia de los trabajos por sus empleados, cuyas órdenes dadas por escrito, en el libro de órdenes, estará obligado el Contratista a obedecer.-
Art. 6º - CONDUCTA E IDONEIDAD DE LOS OBREROS. Cuando el Arquitecto lo exija, el Contratista deberá despedir de la obra a toda persona por él empleada, de cualquier categoría que fuese, que a juicio de áquel sea incompetente o se conduzca mal. Las personas así despedidas no podrán volver a trabajar en la obra.-
Art. 7º - INICIACION, ACTIVIDAD Y TERMINACION DE LOS TRABAJOS. Los trabajos preparatorios deberán iniciarse dentro de los ............. días de firmado este Contrato y los de construcción dentro de los ............. días de permitido su comienzo por la Municipalidad correspondiente. El Contratista deberá prestar su máxima diligencia para evitar entorpecimientos en esa tramitación. Caerá bajo su responsabilidad el atraso que ella experimentara si así no lo hiciera, y en consecuencia no se tendrá en cuenta ese retraso a los efectos del plazo de terminación de los trabajos.- La obra deberá ser entregada, completamente terminada, dentro de los .............. días hábiles de comenzada, salvo caso de fuerza mayor, a cuyo efecto el comienzo se hará constar en el Acta de Iniciación de las Obras, librada por el Arquitecto. Los atrasos por fuerza mayor deberán ser comunicados al Arquitecto dentro de las 48 hs.
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de producida la causa y éste decidirá si pueden considerarse como tales. En caso de serlo se prorrogará el plazo en igual tiempo que el perdido. Dentro del plazo fijado para la terminación de los trabajos, podrá el Arquitecto imponer al Contratista plazos especiales para la terminación de ciertas partes de la obra, siempre dentro de lo prudente y razonable.-
Art. 8º - CLAUSULA PENAL. Queda convenido que al vencimiento del plazo determinación de los trabajos, o de su prórroga debidamente otorgada, si el Contratista no ha entregado la obra de acuerdo a la claúsula pertinente en este Contrato, entra automáticamente en xxxx, el Contratista se hace pasible de una multa de ................. por cada día de atraso en que incurriera para la entrega arriba mencionada.-
Art. 9º - INSPECCION DE LAS OBRAS Y DE LOS MATERIALES, CONDICIONES DE SU ACEPTACION O RECHAZO. Todos los materiales serán de buena calidad y tendrán las características prescriptas en las estipulaciones de este contrato o exigidas por el Arquitecto, sin perjuicio de lo que establece el Art. 4º. Los materiales y estructuras rechazadas deberán ser retiradas de la obra por el Contratista, dentro de las 48 hs. de dada la orden respectiva. Si esto no se cumpliese serán retirados a su xxxxx.-
Art. 10º - SUMINISTRO DE MATERIALES POR EL COMITENTE. El Comitente se reserva el derecho de suministrar los materiales o accesorios que desse para la obra. En caso de hacerlo se descontará del precio total de la obra el importe de los trabajos o materiales que el Contratista tenía presupuestados y que se suprimen por este hecho.-
Art. 11º - PRESENCIA DEL CONTRATISTA O DE UN CAPATAZ Y EXISTENCIA DE DOCUMENTOS EN LA OBRA. El Contratista deberá estar continuamente en la obra, o tener un capataz, como así también deberá tener en la misma, copia de los planos y pliego de condiciones de este contrato y el permiso municipal de construcción. El capataz recibirá las instrucciones del Arquitecto y ellas se considerarán como dadas al Contratista en persona. Tendrá a disposición del Arquitecto o de sus empleados, un Libro de Ordenes en el cual se anotarán todas las indicaciones que no hagan superflua esta medida, en razón de tratarse de detalles mínimos.
Art. 12º - ABASTECIMIENTO DE MATERIALES Y ENSERES. El Contratista tendrá siempre en la obra la cantidad de materiales que a juicio del Arquitecto se requieran para la buena marcha de la misma y no podrá usar en otros trabajos ninguna parte de sus abastecimientos. Estará asimismo obligado a usar métodos y enseres de trabajo que a juicio del Arquitecto aseguren una calidad satisfactoria y la terminación de la obra, dentro del plazo contratado. Queda entendido que, porque el Arquitecto no haga observaciones al Contratista en este sentido, aquel no quedará exento de la responsabilidad que le concierne si las obras ejecutadas fuesen de mala calidad o no se terminaran dentro del plazo estipulado.-
Art. 13º - PERSONAL, DESTAJEROS Y SUBCONTRATISTAS. El Contratista sólo empleará en la obra operarios competentes en el trabajo que ejecuten y en número suficiente para mantener la obra en la actividad requerida por el plazo de terminación. No podrá el Contratista contratar destajeros ni subcontratistas, sin obtener en cada caso el consentimiento escrito del Arquitecto, a cuyo efecto presentará a éste las listas de probables subcontratistas. Este consentimiento no exime al Contratista de ninguna de sus responsabilidades, siendo todas las obligaciones y derechos, directamente entre el Comitente y el Contratista.-
Art. 14º - TRABAJOS Y MATERIALES QUE DEBEN QUEDAR OCULTOS. Todo trabajo o material destinado a quedar oculto, deberá ser inspeccionado por el Arquitecto antes de ser cubierto y esta inspección se hará constar firmada por el Arquitecto en el Libro de Ordenes, a cuyo efecto el Contratista dará aviso al Arquitecto, por escrito, contra recibo y deberá esperar hasta ................... días hábiles antes de proceder a su
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recubrimiento. El Arquitecto tendrá derecho a hacer descubrir, x xxxxx del Contratista y para inspeccionarlo, todo material o trabajo que haya quedado oculto sin este requisito previo.-
Art. 15º - LIMPIEZA DE LA OBRA DURANTE SU EJECUCION. La obra será conservada en condiciones de limpieza, libre de materiales excedentes y residuos que molesten a la ejecución de los trabajos y a su inspección.-
Art. 16º - POLICIA DE OBRA. (Para los casos de ejecución por contratos separados). La policía general de la obra estará a cargo del contratista de albañilería, quien tiene a su cargo: a0 dar las indicaciones para el desarrollo parcial o total de los otros contratistas; b) designarles el sitio en que hayan de depositar sus materiales y enseres; c) ejercer la totalidad de la vigilancia del interior de la obra en lo referente a la seguridad, contra robos y hurtos, incluso vigilancia nocturna; d) efectuar todas las diligencias que sean necesarias para el mantenimiento de la disciplina.-
Art. 17º - RECEPCION PROVISIONAL DE LA OBRA. Terminados los trabajos el Arquitecto procederá a su verificación y si no los encontrara conforme a lo contratado en cuanto a sus cantidades y aparente calidad, librará el acta de esta operación. A la presentación de ésta debidamente firmada y rubricada por el Arquitecto y el Contratista o su representante (en el caso que no se encuentre en ese momento en obra), el Comitente procederá a la recepción provisional de la obra, que se hará constar en el acta respectiva y que deberá llevar las firmas del Comitente y del Contratista.-
Art. 18º -
RECEPCION DEFINITIVA. A los ............... días de la recepción provisional, el Arquitecto procederá a la verificación de la obra y se de esta operación resultare que aquella está en un todo de acuerdo con las estipulaciones contractuales, extenderá el certificado corrrespondiente, a fin de que el Comitente reciba la obra en carácter definitivo de cuya recepción se labrará el acta correspondiente.- Si durante el transcurso del plazo de garantía alguna instalación o estructura presentare defectos en el material, funcionamiento, etc. que hiciera necesaria su compostura, reposición o la que respectivamente la substituyere, quedará sometida a nuevo plazo de garantía por ............ días, a contar desde el momento en que quedare compuesta o substituida a satisfacción del Arquitecto, quien determinará la suma a retener por tal concepto, de acuerdo a la importancia y características técnicas de la estructura o instalación. Esta recepción no modifica las responsabilidades establecidas en los artículos 1646 y 1647 del Código Civil. Las funciones y atribuciones profesionales del Arquitecto por todo lo que respecta a este contrato, cesarán al hacerse la entrega definitiva de la obra al Comitente.-
Art. 19º - FORMAS DE PAGO. El contrato se realiza por Ajuste Alzado y el precio total de la obra es de .......................... (...............) propuesto por el Contratista y aceptado por el Comitente. Este último pagará mensualmente, en calidad de anticipos sobre aquel precio, cuotas proporcionales a los trabajos ejecutados y adheridos al suelo, mediante la presentación de planillas visadas por el Arquitecto.- En garantía del cumplimiento de este contrato, respecto a todas y cada una de las obligaciones a cargo del Contratista, el Comitente retendrá de aquellas cuotas el .......% (................. porciento). Las sumas retenidas por este concepto serán devueltas al Contratista, junto con el importe de los adicionales que se hubieren efectuado al ejecutarse la redepción definitiva de la obra y siempre que estén cumplidas todas las obligaciones accesorias a cargo del Contratista.-
Art. 20º - TRAMITE DE CERTIFICADOS. A los efectos del artículo anterior el Contratista presentará al Arquitecto, entre los días ............... y ................ de cada mes, y por triplicado, una planilla detallada de los trabajos realizados en cada rubro, desde el
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comienzo de las obras. Dentro de los .............. ( ............. días) de esta presentación el Arquitecto labrará al pie del original y del duplicado de esa planilla, el respectivo certificado arriba mencionado y dentro de los .............. (.................. días) de ser presentado éste, el Comitente abonará el anticipo a que se refiere el Art. 19º. Para el libramiento de certificados el Arquitecto tendrá derecho a exigir del Contratista los comprobantes que acrediten que aquel ha efectuado los pagos a que esté obligado, con sus proveedores, obreros y subcontratistas.-
Art. 21º - TRABAJOS ADICIONALES. Se solicitará del Arquitecto antes de la ejecución de los trabajos adicionales, la respectiva orden escrita del Comitente, se entenderá comprendido en el precio total.- El pago de estos trabajos se efectuará al hacerse la entrega definitiva de la obra y con arreglo de los presupuestos presentados para cada caso. Estos trabajos estarán sujetos a todas las condiciones generales establecidas en las claúsulas específicas y generales de éste contrato.-
Art. 22º - INVARIABILIDAD DE LOS PRECIOS PACTADOS. Los precios estipulados en el contrato son invariables y no se podrá pretender modificación alguna, cualesquiera que sean los errores, omisiones o fluctuaciones experimentadas por los precios de los materiales y de mano de obra, salvo lo dispuesto por el art. 1198 del Código Civil.-
Art. 22º - (VARIANTE) - MANTENIMIENTO Y REAJUSTE DE LOS PRECIOS PACTADOS. En principio los precios unitarios y de conjuntos o totales estipulados en este contrato son invariables. No se podrá pretender modificación alguna en ellos, por errores u omisiones. Las incidencias de las fluctuaciones experimentadas en plaza darán lugar a los reajustes consiguientes por mayores costos, aplicándose para ello los índices y/o normas establecidas por ............................................ (Ley Nº ............. de la Pcia. o Nacional; organismos vinculados con la construcción de edificios; convención de las partes, etc.).-
Art. 23º - COMPENSACION DE TRABAJOS EN LAS MODIFICACIONES. El importe de los trabajos modificados se liquidará por compensación entre los trabajos previstos no ejecutados (evaluados de acuerdo a la planilla de precios unitarios de este contrato) y de los imprevistos ejecutados, valuados de acuerdo con el art. 21º de estas especificaciones.-
Art. 24º - MODIFICACIONES DEL PROYECTO. El Comitente tiene derecho a modificar el proyecto durante la ejecución de la obra. El único encargado de transmitir la orden para esa modificación será el Arquitecto. Dicha orden deberá sujetarse a los límites generales que resulten del proyecto primitivo. El Contratista estará obligado a conformarse con dicha orden ya se trate de aumentos o disminuciones en la cantidad de obra o de cambios en las disposiciones previstas.-
Art. 25º - AUMENTO O DISMINUCION POSIBLES POR LAS MODIFICACIONES. Las modificaciones que introduzca o autorice el Comitente en el proyecto primitivo sólo podrán significar un aumento no mayor del 30 % (treinta) sobre el precio total convenido o una disminución del 20 % (veinte), para que puedan considerarse incluidas dentro de las condiciones generales de este contrato. A cuyo efecto los aumentos y las disminuciones serán por cuentas separadas y no se compensarán entre sí.-
Art. 26º - LA EDIFICACION DEBE SER COMPLETADA CON ARREGLO A SU FIN. Todo material o trabajo que no haya sido expresamente indicado y que, a juicio del Arquitecto sea indispensable para que la obra responda a su fin, deberá ser abastecido o ejecutado por el Contratista sin considerarlo adicional.-
Art. 27º - GARANTIA DE LOS MATERIALES Y TRABAJOS. El Contratista deberá garantizar sus materiales y obras de las degradaciones que sufran por efecto de intemperie o
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cualquier otra causa. Por tanto, queda a su cargo hasta la recepción de los trabajos, el reparo de los desperfectos.- El Contratista es también responsable de las averías ocasionadas en las construcciones existentes, por sus trabajos y obreros y está obligado a reparar o reemplazar por completo y a su xxxxx, según indicación del Arquitecto, las partes así deñadas.-
Art. 28º - DAÑOS A PERSONAS Y PROPIEDADES. El Contratista deberá tomar todas las precauciones necesarias para evitar daños o desperfectos a propiedades del Comitente o de terceros, siendo por lo tanto, responsables de los accidentes que ocurran a los obreros, propiedades y personas, ya sea por culpa de los obreros, por acción de los elementos o por causas eventuales y estará a su xxxxx la reparación o indemnización del daño producido.-
Art. 29º - SUBCONTRATOS. El Contratista sólo podrá subcontratar parcialmente la ejecución de los trabajos y ello, a completa satisfacción del Arquitecto. Todas las acciones y obligaciones serán directas y del Contratista y ningún subcontrato, autorizado o no, lo eximirá de las responsabilidades a que diera lugar por mala ejecución de los trabajos o errónea interpretación de los planos y artículos de este contrato.-
Art. 30º - USO DE PATENTES. El Contratista pondrá al Comitente a cubierto de cualquier reclamación y demanda que pudiera originar el uso indebido en la obra, de materiales, sistemas de construcción o implementos patentados. En caso de que éstas demandas o reclamos prosperaran, el Contratista deberá restituir al Comitente todos los gastos y costos a que diera lugar.-
Art. 31º - ELEMENTOS SUMINISTRADOS POR EL COMITENTE. El Contratista es el responsable de los daños que experimenten los elementos suministrados por el Comitente desde su entrada en la obra y por la calidad más adecuada para los fines perseguidos.-
Art. 32º - SEGURO OBRERO. El Contratista deberá asegurar a sus obreros contra accidentes de trabajos en una compañía a satisfacción del Comitente y deberá obligar a sus subcontratistas a hacerlo del mismo modo. En caso de que aquel o cualquiera de éstos no cumplieran con esta obligación, el Comitente tendrá derecho a contratar la o las pólizas respectivas, por cuenta y cargo del Contratista. A requerimiento del Arquitecto las pólizas deberán serle presentadas, a efectos de las constataciones que juzgare oportunas.-
Art. 33º - RESCINCION EN GENERAL. El Comitente podrá rescindir el contrato: a) Porque desiste de continuar la obra (Art. 1638 Cód. Civil); b) Si el Contratista violare reiteradamente las estipulaciones contractuales o las órdenes de servicio que le impartiere el Arquitecto, sin distinción de las causas a que obedezcan dichas violaciones; o si hiciere abandono de la obra, entendiéndose por tal, una marcha irregular en los trabajos, que hiciera imposible, a juicio del Arquitecto, al cumplimiento del plazo de entrega; o si cediera el contrato en todo o en parte; si desapareciere, quebrare o falleciere (Art. 1643 Cód. Civil); c) En todos los demás casos autorizados por la ley.- Por su parte el Contratista tendrá derecho a rescindir el contrato: d) Si el Comitente aplazare o suspendiere de una manera contínua los trabajos por más de ............. meses y vencido este plazo se negare a continuarlos dentro de los ........... días subsiguientes; e) Si el Comitente no cumpliera las obligaciones que le impone este contrato (Art. 1644 Cód. Civil).-
Art. 34º - PROSECUCION DE LOS TRABAJOS DESPUES DE RESCINDIDO EL CONTRATO. En los casos de rescinción previstos en el inciso b) del artículo precedente, el Comitente podrá hacer continuar los trabajos a su albedrío, bien por un nuevo empresario o por administración y con ese fin, una vez pronunciada la rescinción,
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hará inventariar y valuar, por un perito Arquitecto, ajeno a la obra, los materiales e implementos existentes en la misma. Esta operación se sujetará a las estipulaciones del contrato y hará fé para ambas partes del mismo.- El Arquitecto director de la obra procederá por su parte, a mensurar la cantidad de trabajos aceptables ejecutados por el Contratista y formulará, según precios del contrato, una estimación completa de ellos, a la que agregará una nómina de los materiales e implementos que crea conveniente aprovechar en la prosecución de los trabajos, valuados con arreglo a la estimación xxx xxxxxx.- El importe de esta estimación, previa dedución de los anticipos ya efectuados, constituirán un crédito definitivo a favor del Contratista; pero quedará en poder del Comitente respondiendo de los excesos de gastos y otros perjuicios que éste experimente con motivo de la rescinción, hasta tanto unos y otros puedan conocerse, una vez que el Arquitecto certifique que ha sido terminada la obra.- Queda establecido que si la suma así retenida por el Comitente, no bastare para cubrir los mayores desembolsos y los perjuicios que la rescinción le irrogue, el Contratista deberá abonarle el saldo que resulte. Todos los implementos, materiales o estructuras desechados por el Arquitecto, a raíz de la rescinción, serán retirados por el Contratista a su xxxxx, en el plazo que le sea señalado en el acto por el cual se le notifique la rescinción.- Si no cumpliera esta determinación, el Comitente podrá hacer llevar fuera de la obra, esos implementos, materiales y estructuras, por cuenta y riesgo del contratista.-
Art. 35º - INDEMNIZACION A QUE TENDRA LUGAR EL CONTRATISTA EN CASO DE RESCINCION DEL CONTRATO. En los casos estipulados en los incisos a), d) y e) del art. 33º de éstas claúsulas, el Contratista podrá exigir la indemnización lícita por gastos improductivos.-
Art. 36º - AJUSTE DE CONTESTACIONES. Toda cuestión que surgiera y no pudiera ser resuelta directamente entre las partes, será sometida al lado inapelable de amigable componedores, nombrados uno por cada parte y un tercero por aquellos antes de proceder al estudio de las cuestiones, para el caso de no llegar a un laudo único.-
Art. 37º - DEMORAS Y DIFICULTADES IMPREVISTAS. Estarán a cargo del Contratista todas las pérdidas o perjuicios que resultaren de demoras o dificultades imprevistas para la ejecución de los trabajos, con las excepciones previstas en el art. 7º.-
Art. 38º - DESAGOTAMIENTO Y DRENAJES. El Contratista procederá a su xxxxx al desagotamiento de las aguas de las excavaciones cuando provengan de lluvias o del corte de conducciones de aguas públicas o privadas.-
Art. 39º - VIGILANCIA DE LA OBRA. El Contratista establecerá en la obra una vigilancia contínua; tendrá un peón que permanezca en ella en calidad xx xxxxxx, hasta el momento de la entrega provisional.-
Art. 40º - ENTRADA A LA OBRA. Será prohibida para toda persona ejena a ella, mientras no tenga autorización escrita del Arquitecto.-
Art. 41º - DOCUMENTOS QUE EXIGIRAN A LA TERMINACION DE LA OBRA. El Contratista deberá entregar al Comitente toda la documentación que acredite el cumplimiento de las distintas ordenanzas de inspección final, exigidas por O. S. N., Municipalidad, etc.- Entergará asimismo las liquidaciones correspondientes a medianerías y sólo cuando esta formalidad haya sido llenada, el Arquitecto librará el certificado de verificación de obra, a los efectos de la recepción definitiva.-
Art. 42º - SELLADO XX XXX. El sellado del contrato será satisfecho por mitades entre el Comitente y el Contratista según el monto que corresponda por ley.- Se firman tres ejemplares del mismo tenor y a un sólo efecto, en la ciudad de ....................................... a los .................... días del mes de ................... de mil
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novecientos .........................., quedando uno en poder de cada parte y el tercero en poder del Arquitecto.-
Comitente
Contratista
Arquitecto
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CONTRATO DE CONSTRUCCION PLIEGO DE CONDICIONES - CLAUSULAS GENERALES IGUAL O DIFERENTE: definir en cada par planteado.
Contrato
Contrata
Replanteo
Iniciación de Obra
Fuerza Mayor
Caso Fortuito
Claúsula Penal
Juicio por daños y perjuicios
Xxxx Automática
Constituir en xxxx
Ordenes del Arquitecto
Libro de Ordenes
Inspección de Trabajos a la Vista
Trabajos que deben quedar Ocultos
Recepción Provisional
Recepción Definitiva de Obra
Derecho de Retención
Fondo de Garantía
Interdicto
Juicio por Demando de Pago
Modificaciones al Proyecto
Trabajos Adicionales