CONTRATO DE COMPRAVENTA
CONTRATO NUMERO: 100/2022 FECHA: 20 DE OCTUBRE DE 2022 IMPORTE: $100,000.00 M.N.
CONTRATO DE COMPRAVENTA
PARA LA ADQUISICION DE EQUIPO DE COMPUTO ESPECIALIZADO QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA UNIVERSIDAD XX XXXXXX, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL LICENCIADO XXXXXXXX XXXXXX XXXX EN SU CARÁCTER DE APODERADO GENERAL A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “LA U DE C” Y POR LA OTRA PARTE XXXXXXXXX XXXXXX XXXXX XX XXXXXX POR SU PROPIO DERECHO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL PROVEEDOR”, AL TENOR DE LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
D E C L A R A C I O N E S:
I.- “LA UDEC” DECLARA QUE:
I.1- QUE ES UN ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO CON PERSONALIDAD JURÍDICA PROPIA, CAPACIDAD PARA ADQUIRIR Y ADMINISTRAR BIENES Y QUE TIENEN POR FINES ENTRE OTROS LOS SIGUIENTES: LA ENSEÑANZA, INVESTIGACIÓN, DIFUSIÓN DE LA CULTURA Y EXTENSIÓN UNIVERSITARIA, SEÑALADOS EN SU LEY ORGÁNICA QUE FUE APROBADA POR EL CONGRESO CONSTITUCIONAL XX XXXXXX, MEDIANTE DECRETO NO. 76 PUBLICADA EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO EL DÍA 22 DE NOVIEMBRE DE 1980.
I.2.- QUE EL C. LIC. XXXXXXXX XXXXXX XXXX, ES EL APODERADO GENERAL DE LA UNIVERSIDAD XX XXXXXX COMO LO ACREDITA CON EL TESTIMONIO DE LA ESCRITURA PÚBLICA NO. 36,913 TREINTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS TRECE DE FECHA 05 DE FEBRERO DEL AÑO 2021 DOS MIL VEINTIUNO, OTORGADA ANTE LA FE DEL LIC. XXXXXX XXXXXXXX XXXXXX, NOTARIO TITULAR DE LA NOTARÍA PÚBLICA NÚMERO 13 TRECE DE LA CIUDAD XX XXXXXX, ESCRITURA QUE QUEDÓ INSCRITA EN EL REGISTRO NACIONAL DE PODERES NOTARIALES, CON CLAVE DE REGISTRO: BCLDWOTLL22M DE FECHA 08 DE FEBRERO DE 2021..
I.3.- PARA EL CUMPLIMIENTO DE SUS FUNCIONES Y LA REALIZACIÓN DE SUS ACTIVIDADES, REQUIERE DE LA ADQUISICIÓN DE EQUIPO DE COMPUTO ESPECIALIZADO.
I.4.- PARA CUBRIR LAS EROGACIONES QUE SE DERIVEN DEL PRESENTE CONTRATO, CUENTA CON RECURSOS DISPONIBLES SUFICIENTES, NO COMPROMETIDOS Y PROVENIENTES DE LOS FONDOS DE CONACYT PARA ATENDER LA SOLICITUD DE LA FACULTAD DE MEDICINA REALIZADA ATRAVES DEL FORMATO ELECTRONICO FOABUC 3.0 DE NÚMERO 210689.
I.5.- EL PRESENTE CONTRATO FUE ADJUDICADO A “EL PRESTADOR” MEDIANTE EL PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN DIRECTA CON TRES COTIZACIONES QUE REALIZÓ EL SUBCOMITÉ CENTRAL DE ADQUISICIONES CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 3° FRACCIÓN VII, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, 1°, 2°, 3°, 4° Y 5° DE LA LEY ORGÁNICA DE LA UNIVERSIDAD XX XXXXXX Y AL ARTÍCULO 21 FRACCIÓN I INCISO C DEL REGLAMENTO DE ADQUISICIÓN DE BIENES Y CONTRATACIÓN DE SERVICIOS Y ARRENDAMIENTOS DE LA UNIVERSIDAD XX XXXXXX.
I.6.- CON FECHA 20 DE OCTUBRE DE 2022 EL SUBCOMITÉ CENTRAL DE ADQUISICIONES, EMITIÓ EL DICTAMEN SC/AD/2022/10/20 DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN MENCIONADO EN LA DECLARACIÓN QUE ANTECEDE.
I.7.- SEÑALA COMO SU DOMICILIO LEGAL EL UBICADO EN XXXXXXX XXXXXXXXXXX XX. 000, XXXXXXX XXX XXXXXXX, XXXXXX XXXXXX 00000 XX XX XXXXXX XX XXXXXX, XXX.
II.- “EL PROVEEDOR” DECLARA QUE:
II.1.- TIENE CAPACIDAD JURÍDICA PARA CONTRATAR Y OBLIGARSE EN LOS TÉRMINOS DEL PRESENTE CONTRATO.
II.2.- PERSONA FÍSICA: XXXXXXXXX XXXXXX XXXXX XX XXXXXX
II.2.1 “EL PROVEEDOR” DECLARA QUE:
II.2.1.1.- QUE ES UNA PERSONA FÍSICA EN PLENO EJERCICIO DE SUS DERECHOS CIVILES, SE IDENTIFICA CON LA CREDENCIAL PARA VOTAR CON FOTOGRAFIA EXPEDIDA POR EL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL DE NUMERO XXXXXXXXX Y CLAVE UNICA DEL REGISTRO DE POBLACIÓN XXXXXXXXXXXXXXXXXX.
II.2.2.- CON REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES BOAF791224QV6.
II.2.3.- EXHIBE COMPROBANTE DE DOMICILIO EXPEDIDO POR COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD.
II.2.4.- CUENTA CON LOS RECURSOS TÉCNICOS, HUMANOS Y MATERIALES NECESARIOS PARA CUMPLIR CON LOS REQUERIMIENTOS OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO.
II.2.5.- CONOCE PLENAMENTE EL CONTENIDO DEL REGLAMENTO DE ADQUISICIÓN DE BIENES Y CONTRATACIÓN DE SERVICIOS Y ARRENDAMIENTOS DE LA UNIVERSIDAD XX XXXXXX.
II.2.6.- BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, MANIFIESTA POR SÍ O A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE LEGAL, ESTAR AL CORRIENTE EN EL CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES FISCALES EN LO QUE SE REFIERE A LA PRESENTACIÓN OPORTUNA EN TIEMPO Y FORMA DE SUS DECLARACIONES POR IMPUESTOS FEDERALES; ADEMÁS DE NO TENER ADEUDOS FIRMES A SU CARGO POR ESTOS MISMOS CONCEPTOS.
II.2.7.- BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, QUE A LA FECHA NO SE ENCUENTRA INHABILITADO O SUSPENDIDO EN SUS ACTIVIDADES POR PARTE DE INSTANCIAS MUNICIPALES, ESTATALES O FEDERALES, PARA REALIZAR CONTRATOS O TRABAJOS CON EL GOBIERNO Y NO ENCONTRARSE EN NINGUNO DE LOS SUPUESTOS CONSIDERADOS EN EL ARTÍCULO 48 DEL REGLAMENTO DE ADQUISICIÓN DE BIENES Y CONTRATACIÓN DE SERVICIOS Y ARRENDAMIENTOS DE LA UNIVERSIDAD XX XXXXXX.
II.2.8.- SEÑALA COMO SU DOMICILIO EL UBICADO EN XXXXXX XXXXXXXX #000, XXXXXXX XXXXXXX, XXXXXX, X.X. 28070, COLIMA, COLIMA.
II.2.9.- SEÑALA COMO SU DIRECCIÓN DE CORREO ELECTRÓNICO xxxxxxx@xxxxxxx.xxx PARA RECIBIR CUALQUIER TIPO DE NOTIFICACIÓN QUE SE REQUIERA.
DERIVADO DE LO ANTERIOR, EN FORMA CONJUNTA, LAS PARTES DECLARAN QUE ES SU VOLUNTAD CELEBRAR EL PRESENTE CONTRATO Y OBLIGARSE DE ACUERDO AL CONTENIDO DE LAS SIGUIENTES:
C L Á U S U L A S
PRIMERA.- “LA UDEC” ADQUIERE DE “EL PROVEEDOR” LOS BIENES OBJETO DEL PRESENTE
CONTRATO.
EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DE ESTE CONTRATO SE ENTENDERÁ POR “LOS BIENES”, AQUELLOS CUYAS CARACTERÍSTICAS, ESPECIFICACIONES Y PRECIOS UNITARIOS SE DETALLAN EN EL ANEXO 1, MISMO QUE DEBIDAMENTE FIRMADO POR LOS OTORGANTES FORMA PARTE INTEGRANTE DE ESTE INSTRUMENTO.
SEGUNDA.- “EL PROVEEDOR” SE OBLIGA A ENTREGAR LOS BIENES MATERIA DE LA COMPRAVENTA DENTRO DE 30 DIAS HÁBILES POSTERIOR A LA FIRMA DEL PRESENTE INSTRUMENTO, EN LA FACULTAD DE MEDICINA, RESPETANDO LOS PRECIOS ESTIPULADOS HASTA LA TOTAL ENTREGA
DE LOS BIENES. EN DONDE SERÁ EL RESPONSABLE DE SU RECEPCIÓN EL C. XX. XXXXXX XXXXXX XXXX XXXXXX, QUIEN VERIFICARÁ Y VALIDARÁ QUE LOS BIENES ADQUIRIDOS EN EL PRESENTE CONTRATO SEAN A ENTERA SATISFACCIÓN DE “LA UDEC”.
TERCERA.- “LA UDEC” SE OBLIGA A PAGAR UN IMPORTE DE $100,000.00 (CIEN MIL PESOS 00/100 M.N.), IVA INCLUIDO, CANTIDAD QUE SERÁ LIQUIDADA EN UNA SOLA EXHIBICIÓN, DENTRO DEL PLAZO SEÑALADO EN LA CLAUSULA SEXTA DENTRO DE ESTE INSTRUMENTO.
CUARTA.- “EL PROVEEDOR” GARANTIZA QUE LOS BIENES SON NUEVOS, ESTÁN LIBRES DE DEFECTOS Y EN BUENAS CONDICIONES, CONFORME A LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS CONTENIDAS EN LA PROPUESTA QUE AL EFECTO PRESENTÓ EN EL PROCEDIMIENTO QUE SE DETALLA EN LA DECLARACIÓN I.5 DE “LA UDEC” Y CON LAS CARACTERÍSTICAS SEÑALADAS EN EL ANEXO I QUE ALUDE LA CLÁUSULA PRIMERA.
EN CONSECUENCIA, “EL PROVEEDOR” SE COMPROMETE A RESPONDER DE LOS VICIOS OCULTOS QUE SE PRESENTEN RESPECTO DE LOS BIENES OBJETO DE ESTE CONTRATO, DURANTE EL TIEMPO DE SU VIGENCIA Y HASTA EL PERIODO DE GARANTÍA DE CALIDAD Y/O FUNCIONAMIENTO DE LOS MISMOS, OTORGADA POR EL “PROVEEDOR” EN SU COTIZACIÓN O PROPUESTA TÉCNICA PRESENTADA A “LA UDEC”, CON MOTIVO DE LA CELEBRACIÓN DEL PRESENTE INSTRUMENTO, DEBIENDO REPONER LOS BIENES DEFECTUOSOS A LOS 5 (CINCO) DÍAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DE QUE SEA REQUERIDO PARA ELLO POR “LA UDEC”; Y EN CASO DE QUE ESTO NO RESULTE POSIBLE, “EL PROVEEDOR” TENDRÁ LA OBLIGACIÓN DE RESTITUIR A “LA UDEC” SU IMPORTE EN IGUAL TÉRMINO.
PARA LOS EFECTOS DE LA PRESENTE CLÁUSULA, SE ENTIENDE POR XXXXXX OCULTOS LOS DEFECTOS QUE EXISTEN EN LOS BIENES QUE LOS HACEN IMPROPIOS DE LOS USOS PARA LOS QUE FUERON ADQUIRIDOS.
QUINTA.- “EL PROVEEDOR” MANIFIESTA QUE LOS BIENES MATERIA DEL PRESENTE CONTRATO SE ENCUENTRAN LIBRES DE DERECHO ALGUNO EN FAVOR DE TERCEROS, POR LO QUE SE OBLIGA AL SANEAMIENTO PARA EL CASO DE EVICCIÓN QUE SUFRIERE “LA UDEC” CON ESTE MOTIVO Y, LLEGADO EL CASO DE QUE ALGÚN TERCERO ENTABLARÁ LITIGIO EN RELACIÓN CON DICHOS BIENES, EN CONTRA DE “LA UDEC” Y, POR ESTE MOTIVO FUERE PRIVADA DE TODO O PARTE DE LOS MISMOS POR SENTENCIA QUE CAUSE EJECUTORIA, “EL PROVEEDOR” SE COMPROMETE A INDEMNIZAR A “LA UDEC”, DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 2010 Y DEMÁS APLICABLES DEL CÓDIGO CIVIL PARA EL ESTADO XX XXXXXX.
SEXTA.- CONFORME A LO PACTADO EN LA CLÁUSULA SEGUNDA, “EL PROVEEDOR” AL HACER LA ENTREGA DE LOS BIENES, DEBERÁ PRESENTAR A “LA UDEC” LA FACTURA Y LOS ANEXOS CORRESPONDIENTES, DEBIDAMENTE REQUISITADOS. “LA UDEC” CONTARÁ CON UN PLAZO DE 5 CINCO DÍAS HÁBILES A PARTIR DE LA RECEPCIÓN DE LOS BIENES Y LA FACTURA, PARA VERIFICAR QUE DICHOS BIENES CORRESPONDAN A LO CONVENIDO Y EL DOCUMENTO CUMPLA CON LOS REQUISITOS FISCALES. SI LOS DATOS SON CORRECTOS “LA UDEC” PAGARÁ A “EL PROVEEDOR” EL IMPORTE TOTAL DENTRO DE LOS 20 DÍAS NATURALES, CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA EN QUE “EL PROVEEDOR” REALICE LA ENTREGA DE LOS BIENES CORRESPONDIENTES. EN CASO DE INCORRECCIONES EN LA FACTURA Y SU DOCUMENTACIÓN ANEXA, DENTRO DE UN PLAZO DE 5 DÍAS HÁBILES, “LA UDEC” RECHAZARÁ LA DOCUMENTACIÓN Y LA DEVOLVERÁ A “EL PROVEEDOR” PARA QUE ÉSTE LA SUSTITUYA Y LA PRESENTE NUEVAMENTE, REINICIANDO EL TRÁMITE DE PAGO.
SÉPTIMA.- AUN CUANDO EL PAGO POR LA CANTIDAD ACORDADA EN LA CLAÚSULA TERCERA SE HAYA LIQUIDADO, ÉSTE QUEDARÁ SUJETO A LA PLENA SATISFACCIÓN DE “LA UDEC”. PARA EL CASO DE NO ENTREGARSE LOS BIENES EN LOS TÉRMINOS SEÑALADOS EN EL PRESENTE CONTRATO, “EL PROVEEDOR” DEBERÁ REINTEGRAR LA CANTIDAD DESCRITA EN LA CLÁUSULA TERCERA A “LA UDEC”.
“EL PROVEEDOR” SE OBLIGA A GARANTIZAR POR 1 AÑO LOS BIENES RELACIONADOS CON ESTE CONTRATO. PARA PRESERVAR TAL COMPROMISO, “EL PROVEEDOR” ENTREGA A “LA UDEC” UNA PÓLIZA DE GARANTÍA EN LA CUÁL SE COMPROMETE A RESPONDER POR LOS BIENES CONTRATADOS EN EL PRESENTE CON UNA VIGENCIA DE 1 AÑO.
DICHA GARANTÍA DEBERÁ SER OTORGADA A FAVOR DE LA UNIVERSIDAD XX XXXXXX, Y DEBERÁ
CONTENER LAS SIGUIENTES DECLARACIONES EXPRESAS:
A) NÚMERO DE CONTRATO
B) DATOS FISCALES DE “EL PROVEEDOR”
C) HOJA MEMBRETADA DE “EL PROVEEDOR”
D) NÚMERO DE PÓLIZA DE GARANTÍA
E) LUGAR Y FECHA DE EXPEDICIÓN
F) ELABORAR LA POLIZA DE GARANTÍA A FAVOR DE LA UNIVERSIDAD XX XXXXXX
G) IDENTIFICACIÓN Y CARACTERÍSTICAS DEL BIEN ADQUIRIDO
H) PERIODO DE VIGENCIA DE LA GARANTÍA
I) CONDICIONES DE LA GARANTÍA
J) SELLO Y FIRMA DE “EL PROVEEDOR”.
OCTAVA.- PARA EL CASO DE QUE “EL PROVEEDOR” NO ENTREGUE LOS BIENES OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO EN EL PLAZO SEÑALADO EN LA CLÁUSULA SEGUNDA DE ESTE, SE LE APLICARÁ UNA PENA CONVENCIONAL CONSISTENTE EN UNA CANTIDAD IGUAL AL 5 AL MILLAR DETERMINADO EN FUNCIÓN DE LOS BIENES NO ENTREGADOS OPORTUNAMENTE, PORCENTAJE QUE NO EXCEDERÁ DEL 10% DEL MONTO TOTAL ESTIPULADO EN LA CLÁUSULA TERCERA, POR CADA DÍA NATURAL DE DEMORA INCLUYENDO EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO CORRESPONDIENTE, EN EL ENTENDIDO DE QUE DICHA DEMORA NO PODRÁ EXCEDER DE 20 DÍAS NATURALES, CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE ENTREGA INDICADA EN LA CITADA CLÁUSULA SEGUNDA.
SIN PERJUICIO DE LO ESTIPULADO EN EL PÁRRAFO PRECEDENTE, “LA UDEC” PODRÁ OPTAR POR
EXIGIR EL CUMPLIMIENTO FORZOSO DEL CONTRATO.
NOVENA.- “ EL PROVEEDOR” ASUME CUALQUIER TIPO DE RESPONSABILIDAD POR LAS VIOLACIONES QUE PUDIERAN DARSE EN MATERIA DE PATENTES, MARCAS O DERECHOS DE AUTOR, TANTO EN EL ÁMBITO NACIONAL COMO INTERNACIONAL, CON RESPECTO A LOS BIENES OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO; POR LO QUE DE PRESENTARSE ALGUNA RECLAMACIÓN A “LA UDEC” DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO O POSTERIOR A LA MISMA, “EL PROVEEDOR” CONVIENE DESDE AHORA PAGAR CUALQUIER IMPORTE QUE DE ELLO SE DERIVE Y SACAR A SALVO Y EN PAZ DE TALES RECLAMACIONES A “LA UDEC“, A MAS TARDAR A LOS 15 DÍAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DE QUE SEA NOTIFICADO DE ELLO POR ESTA ÚLTIMA.
DÉCIMA.- “EL PROVEEDOR” NO PODRÁ CEDER A NINGUNA PERSONA FÍSICA O MORAL, LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES QUE DERIVAN DEL PRESENTE CONTRATO, SALVO LOS DERECHOS DE COBRO, EN CUYO CASO SE REQUERIRÁ PREVIAMENTE LA CONFORMIDAD POR ESCRITO DE “LA UDEC“
DÉCIMA PRIMERA.- “EL PROVEEDOR” ACEPTA QUE LA INFORMACIÓN QUE OBTENGA PARA Y POR EL DESARROLLO DEL PRESENTE CONTRATO TIENE EL CARÁCTER DE CONFIDENCIAL, Y SE OBLIGA A NO DIVULGARLA POR ESCRITO, VERBALMENTE O POR CUALQUIER OTRO MEDIO, ASÍ COMO LOS RESULTADOS PARCIALES Y FINALES DEL MISMO, Y SE ABSTENDRÁ DE DAR A CONOCER CUALQUIER INFORMACIÓN AL RESPECTO.
LAS PARTES RECONOCEN QUE LA INFORMACIÓN MARCADA COMO CONFIDENCIAL NO ES DEL DOMINIO PÚBLICO Y DERIVA UN VALOR ECONÓMICO, INMEDIATO O POTENCIAL, PUESTO QUE NO ES CONOCIDA DE MANERA GENERAL, Y QUE TIENE TAL CARÁCTER QUE UNA DE LAS PARTES POSEE UN INTERÉS LEGÍTIMO EN MANTENER SU CONFIDENCIALIDAD, EN LOS TÉRMINOS DE LA LEY FEDERAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL.
ASÍ MISMO LAS PARTES MANTENDRÁN TAL INFORMACIÓN COMO CONFIDENCIAL DURANTE EL PERIODO DE LA VIGENCIA DEL PRESENTE CONTRATO Y DE FORMA INDEFINIDA UNA VEZ QUE ÉSTE CONCLUYA EN LOS TÉRMINOS DE LA LEY FEDERAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL, Y NO PODRÁN DIVULGARLA SALVO POR PERMISO ESCRITO DE “LA UDEC”.
DÉCIMA SEGUNDA.- LAS PARTES CONVIENEN EN QUE “LA UDEC” PODRÁ RESCINDIR ADMINISTRATIVAMENTE EL PRESENTE CONTRATO, SIN NECESIDAD DE DECLARACIÓN JUDICIAL ALGUNA, POR LAS CAUSAS QUE A CONTINUACIÓN SE ENUMERAN, ES DECIR, SI “EL PROVEEDOR”:
A).- NO CUMPLE CON LA ENTREGA DE LOS BIENES OBJETO DE ESTE CONTRATO, DENTRO DEL PLAZO
ESTIPULADO EN LA CLÁUSULA SEGUNDA.
B).- NO OTORGA LOS BIENES MOTIVO DE ESTE CONTRATO CONFORME A LAS ESPECIFICACIONES, CARACTERÍSTICAS Y EN LOS TÉRMINOS SEÑALADOS EN EL ANEXO NÚMERO 1 (UNO) A QUE ALUDE LA CLÁUSULA PRIMERA Y EN LA PROPUESTA QUE AL EFECTO PRESENTÓ, EN EL PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN DIRECTA EN EL QUE PARTICIPÓ Y QUE DERIVÓ EN LA CELEBRACIÓN DEL PRESENTE CONTRATO.
C).- NO ENTREGA LOS BIENES MOTIVO DE ESTE CONTRATO CONFORME A LAS ESPECIFICACIONES, CARACTERÍSTICAS Y EN LOS TÉRMINOS SEÑALADOS EN ANEXO(S) No. 1(UNO) A QUE ALUDE LA CLÁUSULA PRIMERA Y EN LA PROPUESTA QUE AL EFECTO PRESENTÓ, EN EL PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN EN EL QUE PARTICIPÓ Y QUE DERIVÓ EN LA SUSCRIPCIÓN DEL PRESENTE CONTRATO.
D).- SUBCONTRATA O CEDE LA TOTALIDAD O PARTE DEL COMPROMISO OBJETO DE ESTE CONTRATO O LOS DERECHOS DERIVADOS DEL MISMO.
E).- INCUMPLE CON ALGUNA DE LAS OBLIGACIONES A SU CARGO ESTABLECIDAS EN EL PRESENTE INSTRUMENTO.
SIN PERJUICIO DE LO ESTIPULADO ANTERIORMENTE, “LA UDEC” PODRÁ OPTAR, ENTRE EXIGIR EL
CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO O LA RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL MISMO.
DÉCIMA TERCERA.- SI “LA UDEC” CONSIDERA QUE “EL PROVEEDOR” HA INCURRIDO EN ALGUNA DE LAS CAUSAS DE RESCISIÓN CONSIGNADAS EN LA CLÁUSULA PRECEDENTE, LO HARÁ SABER A “EL PROVEEDOR” EN FORMA INDUBITABLE, A EFECTO DE QUE ÉSTE EXPONGA LO QUE A SU DERECHO CONVENGA Y APORTE EN SU CASO LAS PRUEBAS QUE ESTIME PERTINENTES, EN UN PLAZO NO MAYOR DE 10 DÍAS HÁBILES, CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA EN QUE SEA NOTIFICADO EL INCUMPLIMIENTO QUE SE LE IMPUTE.
TRANSCURRIDO EL PLAZO A QUE SE REFIERE EL PÁRRAFO ANTERIOR, SIN QUE “EL PROVEEDOR” HAGA MANIFESTACIÓN ALGUNA EN SU DEFENSA, O SI DESPUÉS DE ANALIZAR LOS ARGUMENTOS Y PRUEBAS EXPUESTOS POR ÉSTE, “LA UDEC” ESTIMA QUE LOS MISMOS NO SON SATISFACTORIOS, PROCEDERÁ A EMITIR LA RESOLUCIÓN DE RESCISIÓN ADMINISTRATIVA CORRESPONDIENTE, EN LOS TÉRMINOS PREVISTOS EN EL ARTÍCULO 61 DEL REGLAMENTO DE ADQUISICIÓN DE BIENES Y CONTRATACIÓN DE SERVICIOS Y ARRENDAMIENTOS.
DÉCIMA CUARTA.- “LA UDEC” PODRÁ DAR POR TERMINADO ANTICIPADAMENTE EL PRESENTE CONTRATO, SIN RESPONSABILIDAD PARA ELLA, SIN NECESIDAD DE QUE MEDIE RESOLUCIÓN JUDICIAL ALGUNA, POR CAUSAS DE INTERÉS GENERAL O CUANDO POR CAUSAS JUSTIFICADAS SE EXTINGA LA NECESIDAD DE REQUERIR LOS BIENES CONTRATADOS Y SE DEMUESTRE QUE DE CONTINUAR CON EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES PACTADAS, SE OCASIONARÍA ALGUN DAÑO O PERJUICIO A LA INSTITUCIÓN.
EN TAL EVENTUALIDAD, “LA UDEC” DARÁ AVISO POR ESCRITO A “EL PROVEEDOR” DE DICHA
CIRCUNSTANCIA, CON CUANDO MENOS 10 DIAS NATURALES DE ANTICIPACIÓN.
DE DARSE ESTE SUPUESTO, “LA UDEC” REEMBOLSARÁ A “EL PROVEEDOR” LOS GASTOS NO RECUPERABLES EN QUE HAYA INCURRIDO, SIEMPRE QUE ÉSTOS SEAN RAZONABLES, ESTÉN DEBIDAMENTE COMPROBADOS Y LOS MISMOS SE RELACIONEN DIRECTAMENTE CON EL PRESENTE CONTRATO.
DÉCIMA QUINTA.- LAS PARTES PODRÁN, EN EL MOMENTO QUE LO DESEEN, MODIFICAR POR ESCRITO LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES ESTABLECIDOS EN EL PRESENTE INSTRUMENTO O EN SU ANEXO, DEBIENDOSE AGREGAR A ESTE CONTRATO COMO PARTE INTEGRANTE DEL MISMO. EL IMPORTE DE DICHAS MODIFICACIONES NO DEBERÁ REBASAR EN CONJUNTO, EL VEINTE POR CIENTO (20%) DEL MONTO TOTAL O CANTIDAD DE LOS CONCEPTOS Y VOLÚMENES ESTABLECIDOS ORIGINALMENTE EN LOS MISMOS Y EL PRECIO DE LOS BIENES SEA IGUAL AL PACTADO ORIGINALMENTE. DICHAS MODIFICACIONES OBLIGARÁN A LOS SIGNATARIOS A PARTIR DE LA FECHA DE SU FIRMA.
DÉCIMA SEXTA.-”EL PROVEEDOR” NO SERÁ RESPONSABLE POR EL RETRASO EN EL CUMPLIMIENTO
C.100-2022
"El presente documento electrónico es una reproducción fiel del original que ha sido firmado de manera autógrafa por el (los) funcionario(s) universitario(s) emisor(es) y se encuentra en resguardo de la dependencia generadora del mismo."
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DE SUS OBLIGACIONES CONFORME A ESTE CONTRATO, CUANDO ELLO OBEDEZCA A CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR DEBIDAMENTE ACREDITADOS.
DÉCIMA SEPTIMA.- PARA TODO AQUELLO QUE NO ESTE EXPRESAMENTE ESTIPULADO EN EL PRESENTE CONTRATO, SE ESTARÁ A LO PREVISTO EN EL REGLAMENTO DE ADQUISICIÓN DE BIENES Y CONTRATACIÓN DE SERVICIOS Y ARRENDAMIENTOS DE LA UNIVERSIDAD XX XXXXXX, A LA LEGISLACIÓN VIGENTE UNIVERSITARIA Y A LA JURISDICCIÓN DE LOS TRIBUNALES COMPETENTES UBICADOS EN LA CIUDAD XX XXXXXX, RENUNCIANDO EN CONSECUENCIA, AL FUERO A QUE PUDIEREN TENER DERECHO AHORA O EN LO FUTURO POR RAZONES DE DOMICILIO U OTRAS CAUSAS.
LEIDO QUE FUE EL PRESENTE CONTRATO A LAS PARTES QUE EN ÉL INTERVIENEN Y CONFORMES CON SU CONTENIDO Y ALCANCE LEGAL, LO RATIFICAN Y FIRMAN EN TRES TANTOS, EN LA CIUDAD XX XXXXXX, COLIMA, A LOS 20 DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DE 2022.
POR "LA UDEC" | POR "EL PROVEEDOR" |
APODERADO GENERAL
LIC. XXXXXXXX XXXXXX XXXX XXXXXXXXX XXXXXX XXXXX XX XXXXXX
TESTIGOS:
M.A. XXXXX XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX | XX. XXXXXX XXXXXX XXXX XXXXXX |
X.100-2022
"El presente documento electrónico es una reproducción fiel del original que ha sido firmado de manera autógrafa por el (los) funcionario(s) universitario(s) emisor(es) y se encuentra en resguardo de la dependencia generadora del mismo."
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CONTRATO NUMERO: 100/2022 FECHA: 20 DE OCTUBRE DE 2022 IMPORTE: $100,000.00M.N.
ANEXO 1
PROVEEDOR: XXXXXXXXX XXXXXX XXXXX XX XXXXXX | |||
CANTIDAD | DESCRIPCIÓN | PRECIO UNITARIO | IMPORTE |
1 | "EQUIPO DE COMPUTO ESPECIALIZADO, incluye: - Thermaltake Core P90 Tempered Glass Black ATX Mid Tower Open Frame 2-Sided Glass Viewing, Tt LCS Certified Gaming Computer Case Chassis, CA- 1J8-00M1WN-00; Intel Core i9-13900K; Tarjeta madre Chipset Z790; SSD Kingston FURY Renegade NVMe, 2TB, PCI Express 4.0, M.2; Fuente de Poder EVGA SUPERNOVA 850 G5 80 PLUS Gold, 20+4 pin ATX, 135mm, 850W; Memoria RAM Kingston Fury Beast RGB Black DDR5, 5600MHz 4x32GB, Non-ECC, CL40, XMP; Tarjeta de Video Evga NVIDIA GeForce RTX 3060, 12GB 192 bit GDDR6, PCI Express 4.0 ELECOM M-HT1DRBK Mouse Inalámbrico, Inalámbrico, Negro logitech G915 Teclado mecánico inalámbrico para Gaming en inglés, RGB, Tecnología Inalámbrica LIGHTSPEED, Diseño ultrafino, Teclas GL Tactile – Carbón Thermaltake TOUGHLIQUID Ultra 360 Enfriamiento Líquido para CPU, 3x 120mm, 500 - 2500RPM SAMSUNG 32 Inch S70A 4K UHD (3840x2160) High Resolution Monitor (HDMI & Display Port), HDR10, TUV Certified Intelligent Eye Care (LS32A700NWNXZA) SAMSW de 34 Pulgadas (LS34J550WQNXZA) - Actualización de 75 Hz, Monitor de computadora WQHD, resolución de 3440 x 1440p, Respuesta de 4 ms, FreeSync, Pantalla Dividida, HDMI, Negro, 1 año de garantía" | $86,206.90 | $86,206.90 |
SUBTOTAL IVA TOTAL | $86,206.90 $13,793.10 $100,000.00 |
XXXXXXXXX XXXXXX XXXXX XX XXXXXX LIC. XXXXXXXX XXXXXX XXXX PROVEEDOR APODERADO GENERAL
C.100-2022
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