CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE EDUCACIÓN EXTRACURRICULARES
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE EDUCACIÓN EXTRACURRICULARES
EL COLEGIO, pone a disposición de los padres de familia los siguientes términos y condiciones para la prestación del servicio de Educación Extracurricular, teniendo en cuenta que se trata de un servicio conexo a la actividad educativa adelantada por EL COLEGIO, comprometiendo su responsabilidad con el cumplimiento de las disposiciones que aquí se enuncian. Por su parte, los padres de familia y/o acudientes, de conformidad con los datos suministrados a EL COLEGIO dentro del proceso de matrícula, manifestamos de manera libre y voluntaria, comprometernos con el cumplimiento de los Términos y Condiciones que hacen parte del presente documento, en calidad de CONTRATANTES del servicio de Educación no formal que se regirá por las siguientes Disposiciones:
PRIMERA- OBJETO: El objeto del presente contrato es regular la relación contractual existente entre EL COLEGIO y EL CONTRATANTE, en donde la primera prestará el servicio de educación extracurricular de su elección y la segunda pagará el valor del servicios y prestará el soporte necesario para llevar a cabo el programa a cabalidad.
PARÁGRAFO PRIMERO. Los servicios objeto del presente Contrato, podrán ser ofrecidos de manera virtual o presencial según lo disponga EL COLEGIO y según la aceptación del CONTRATANTE para cada programa en particular.
PARÁGRAFO SEGUNDO. La educación extracurricular brindada por EL COLEGIO corresponde a la categoría de educación informal contemplada en la Ley 115 de 1994 y se ofrece con el objeto de complementar, actualizar, suplir conocimientos sin sujeción al sistema de niveles y grados establecidos para la educación formal.
SEGUNDA- COSTOS: Por los servicios prestados por EL COLEGIO, EL CONTRATANTE se obliga a pagar el valor que se establezca para la escuela de su elección. Las partes acuerdan que los valores del programa una vez pagados no serán reembolsados por ningún motivo, a menos que exista imposibilidad de llevar a cabo el programa por razones imputables a EL COLEGIO.
PARÁGRAGO PRIMERO. El no pago de los costos en el término y forma señalado por EL COLEGIO no obligará a la misma a llevar a cabo el objeto del presente contrato y lo habilitará para suspender los servicios y al cobro de intereses moratorios a la tasa máxima legal permitida desde la fecha de incumplimiento.
PARÁGRAFO SEGUNDO. Cualquier otro servicio adicional que llegara a prestar EL COLEGIO tales como Transporte o Alimentación será regulado de manera independiente.
TERCERA- DURACIÓN DEL PROGRAMA: El programa tendrá la duración que para el efecto se informe, sin que en ningún caso sea inferior a tres meses. La inscripción se renovará automáticamente para el siguiente ciclo salvo que medie comunicación remitida por correo físico o electrónico donde se informe la intención de retirarse del servicio o cambiar de escuela. Esta comunicación deberá remitirse con una antelación no inferior a 15 días previos a la culminación del tercer mes del programa.
PARÁGRAFO: El programa se entiende contratado por ciclos y facturado mensualmente. No habrá lugar a la reposición de clases cuando las mismas no se puedan ejecutar por condiciones climáticas que lo impidan, o por coincidir con días festivos o con actividades institucionales programadas por el COLEGIO.
CUARTA-OBLIGACIONES DE LAS PARTES: Las partes firmantes de este contrato se obligan a cumplir a cabalidad con el Manual de Convivencia de EL COLEGIO, la política de protección de datos, protocolos de bioseguridad y en general la reglamentación dispuesta por EL COLEGIO. De
manera especial las partes se comprometen con el cumplimiento de las siguientes condiciones generales para prestar el programa ofertado. DEL COLEGIO: 1. Prestar el programa en las condiciones ofertadas las cuales hacen parte integral del presente documento, de manera presencial o virtual según corresponda. 2. Brindar la información necesaria para la selección y ejecución del programa. 3. Realizar la facturación correspondiente de acuerdo con los presentes términos y condiciones. DEL CONTRATANTE: 1. Conocer el Manual de Convivencia y velar por su cumplimiento, 2. Xxxxxxx un trato amable, cordial y respetuoso a pares, docentes, personal administrativo y de servicios generales. 3.Respetar los bienes ajenos. 6. Utilizar un lenguaje respetuoso y cortés para comunicarse. 4. Respetar la integridad física y emocional de todos los miembros de la comunidad educativa. 5. Permanecer en los espacios definidos para cada actividad en los horarios determinados según los programas escogidos. 6. Prestar atención a las observaciones que hagan los diferentes docentes y personal administrativo y de servicios generales.
7. Mantener actualizada la información de contacto 8. Valorar y proteger el espacio formativo en toda su integridad tanto en lo correspondiente a los elementos físicos como con el orden normativo que posibilite la creación de un ambiente propicio para la convivencia social en escenarios virtuales y presenciales 9. Suministrar toda la información que considere relevante en cuanto a incapacidades, impedimentos y limitaciones de los estudiantes para el desarrollo de las actividades contratadas. 10. Hacer el pago total del programa escogido 11. Los estudiantes no podrán salir de las instalaciones durante la jornada sin autorización expresa por escrito de sus padres y/o acudientes. 12. Mantener afiliado al estudiante al régimen de salud que cubra cualquier quebranto de salud que se pueda presentar en el desarrollo del programa e informar a EL COLEGIO de cualquier condición especial de salud que requiera cuidado al momento de la firma del presente contrato y cualquier novedad que pudiere presentarse durante la ejecución del mismo. 13. En los casos de ejecución virtual del programa, contar con los dispositivos y redes tecnológicas necesarias para el acceso a los cursos no presenciales. 14. Tener a disposición el material requerido para el desarrollo de las actividades. 15. Abstenerse de permitir el ingreso de terceros no autorizados a las sesiones virtuales. 16. Abstenerse de grabar o tomar imágenes de las sesiones que puedan incluir imágenes o voz de otros estudiantes.
QUINTA-TERMINACIÓN: El presente contrato terminará por las siguientes causas: (i) la culminación del programa o ciclo del programa contratado, previa manifestación de no continuar en el mismo. (ii) Mutuo acuerdo entre las partes (iii) Por incumplimiento de lo establecido en el presente contrato o en sus normas complementarias.
PARÁGRAFO PRIMERO. La terminación del presente contrato por cualquier causal, no implica la devolución de dineros.
PARÁGRAFO SEGUNDO. La inasistencia por parte del estudiante por cualquier motivo o circunstancia no implicará reposición de tiempo por parte de EL COLEGIO ni devolución de dineros por los tiempos no tomados al CONTRATANTE.
SEXTA- INCUMPLIMIENTO: Ante el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones a cargo del CONTRATANTE, EL CONTRATISTA podrá suspender la prestación del servicio contratado. Así mismo, EL CONTRATISTA podrá delegar la gestión de cobro prejudicial y judicial en un tercero. Los costos derivados de la gestión de cobranza deberán ser asumidos exclusivamente por EL CONTRATANTE.
SÉPTIMA- CESIÓN: El presente Contrato no podrá ser cedido por parte del CONTRATANTE ni total ni parcialmente. Sin embargo, EL CONTRATISTA podrá ceder la ejecución del presente Contrato y el CONTRATANTE acepta, sin lugar a notificación expresa, los efectos de dicha cesión.
OCTAVA- PARTE INTEGRAL: Hacen parte integral del presente contrato el Manual de Convivencia de EL COLEGIO, el formulario de inscripción anexo y demás documentos que EL COLEGIO requiera para la vinculación del CONTRATANTE.
NOVENA- ESPACIOS EN BLANCO: El CONTRATANTE autoriza a EL COLEGIO a diligenciar los espacios en blanco que se encuentran en los pagaré suscritos a favor de EL COLEGIO con las obligaciones que se originen de la prestación de los servicios aquí informados.
DÉCIMA- MEDIDAS COVID 19: En los casos de servicios extracurriculares presenciales, las partes se comprometen con el cumplimiento estricto de los protocolos de bioseguridad estipulados por EL COLEGIO, en lo que concierne a las medidas de prevención, dentro y fuera de la sede del COLEGIO.
DÉCIMA PRIMERA- AUTORIZACIÓN DE FACTURACIÓN: Los costos generados por los servicios prestados con ocasión del presente Contrato serán recaudados dentro de la facturación mensual que el Colegio emita dentro de los servicios educativos y conexos habituales del contrato de prestación de servicios educativos. El CONTRATANTE autoriza de manera expresa que el COLEGIO incluya estos costos dentro de dicha facturación y se compromete con el pago en los plazos y condiciones aplicables a la misma.
DÉCIMA SEGUNDA- FIRMA ELECTRÓNICA: La aceptación del presente documento se hará mediante el mecanismo de firma electrónica en los términos reconocidos en la Ley 527 de 1999 con el cumplimiento de los requisitos dispuestos en el decreto 1074 de 2015, por lo que las partes reconocen que cumplido el procedimiento, reconocen la autenticidad del documento y se obligan en los mismos términos que aquí se establecen.
Con la aceptación del presente documento, declaramos conocer y aceptar las disposiciones que rigen la prestación de servicio de educación no formal y las condiciones generales aplicables al mismo, comprometiendo nuestra responsabilidad con la atención y cumplimiento de cada una de ellas.