Universidad de Almería
Universidad de Almería
Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA EL ESTABLECIMIENTO DE UN ACUERDO MARCO DE SUMINISTROS MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO
1. Régimen jurídico del contrato. 7
2. Objeto del acuerdo marco. 8
3. Presupuesto del contrato y revisión de precio. 8
6. Capacidad y solvencia del empresario para contratar. 10
8. Procedimiento de adjudicación. 11
8.1. Tipo de Procedimiento. 11
8.2. Información adicional. 12
II.- PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES 13
10. Documentos y datos de los licitadores de carácter confidencial. 13
11. Subsanación de documentos 13
12. Plazo de presentación de las proposiciones. 14
13. Notas aclaratorias sobre la presentación de la documentación. 14
14. Notas aclaratorias sobre la firma electrónica. 14
III.- DOCUMENTACION A PRESENTAR. 16
16. Sobre nº1. Título: Documentación acreditativa de los requisitos previos 16
16.1. Declaración Responsable 16
16.3. Comprobación de la veracidad de las declaraciones responsables 17
17. Sobre nº 2. Título: Título, Criterios de Adjudicación mediante la Aplicación de Fórmulas 19
17.1. Proposición Técnica B) 19
17.2. Proposición económica 19
IV.- SELECCIÓN DEL CONTRATISTA 21
18. Solicitud y recepción de documentación. 21
19. Composición de la Mesa de Contratación y Comisión Técnica. 21
20. Apertura de sobre nº 1, Documentación Administrativa, constitución de la Mesa de Contratación, calificación de documentos y exclusión de propuestas en el procedimiento abierto. 21
21. Acto público de apertura del sobre nº 2. Título, Criterios de Adjudicación mediante la Aplicación de Fórmulas. 22
22. Causas de exclusión de propuestas 23
23. Ofertas con valores anormalmente bajos 23
24. Publicidad del resultado de los actos de la mesa de contratación y notificación a los licitadores afectados 23
25. Clasificación de las ofertas y requerimiento al licitador que haya presentado la oferta que ofrezca la mejor relación calidad - precio. 24
27. Acreditación de la documentación y adjudicación del contrato 24
28. Sucesión en el procedimiento 25
29. Documentación previa a la adjudicación del contrato. 25
29.1. Certificado expedido por el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado o de la Comunidad Autónoma de Andalucía, 25
29.2. Documentos que acrediten la personalidad del empresario y su ámbito de actividad. 25
a) Documentos que acrediten, en su caso, la representación. 25
b) Solvencia económica y financiera. 26
d) Cumplimiento de normas de garantía de la calidad y de gestión medioambiental. 26
e) Habilitación empresarial o profesional para la realización de la prestación objeto de contrato. 26
f) Obligaciones tributarias 27
g) Impuesto sobre Actividades Económicas: 27
h) Documentos acreditativos del compromiso de dedicación de los medios personales o materiales suficientes para la ejecución del contrato (Artículo 76.2 de la Ley de Contratos del Sector Público) 27
i) Escritura de formalización de la Unión Temporal de Empresarios. 27
V.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. 29
30. Adjudicación del contrato. 29
31. Formalización y perfeccionamiento del contrato. 30
VI.- EJECUCION DEL CONTRATO. 31
32. Normas generales de ejecución del acuerdo marco 31
33. Contratos realizados en base al acuerdo marco 31
34. Obligaciones del contratista 33
34.1. Obligaciones laborales, sociales, fiscales y de protección de medio ambiente 33
34.2. Obligaciones del contratista en supuestos de subcontratación 34
Información sobre las condiciones de subrogación en contratos de trabajo. 34
34.3. Obligaciones relativas a la gestión de permisos, licencias y autorizaciones 35
34.4. Obligaciones de transparencia 35
34.5. Condiciones especiales de ejecución del contrato de carácter social, ético, medioambiental o de otro orden. 35
34.6. Obligaciones de Confidencialidad 35
39. Resolución del contrato. 37
VII.- PRERROGATIVAS DE LA UNIVERSIDAD DE ALMERÍA, JURISDICCIÓN Y RECURSOS. 39
40. Prerrogativas de la Universidad de Almería. 39
41. Modificación del contrato. 39
41.1. Modificaciones previstas 39
41.2. Modificaciones no previstas 39
42. Suspensión del contrato. 39
43. Jurisdicción competente. 40
44. Recurso especial en materia de contratación. 40
ANEXO I. MODELOS DE DOCUMENTOS 42
MODELO 1 DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS PREVIOS 42
MODELO 2 VIGENCIA DEL REGISTRO OFICIAL DE LICITADORES Y EMPRESAS CLASIFICADAS 46 MODELO 3 COMPROMISO CONSTITUCIÓN UTE (UNIÓN TEMPORAL DE EMPRESARIOS) 47
MODELO 4 ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS Y DE CUMPLIMIENTO DE CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN 48
MODELO 5 CLAUSULA DE CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS 49
MODELO 6 CONFIDENCIALIDAD DE LOS DATOS Y/O DOCUMENTOS PRESENTADOS 51
MODELO 7 SOMETIMIENTO A LA JURISDICCION ESPAÑOLA PARA LAS EMPRESAS EXTRANJERAS 52
ANEXO II. DEBER DE INFORMACIÓN PREVISTO EN EL ARTÍCULO 129 DE LA LCSP 53
ANEXO III. INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR EL DOCUMENTO EUROPEO ÚNICO DE CONTRATACIÓN 56
ANEXO IV. INSTRUCCIONES PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS EN LA PLATAFORMA DE LICITACIÓN 58
ANEXO V. CARACTERISTICAS DEL CONTRATO 62
Apartado 1 Información General 62
Apartado 2 Clasificación CPV y Lugar de Ejecución del Contrato 62
Apartado 3 Información Económico - Presupuestaria 62
Apartado 4 Información de los Lotes 64
Apartado 5 Datos para facturación electrónica 64
Apartado 6 Presentación de Ofertas 64
Apartado 7 Plazo de presentación de ofertas: 64
Apartado 8 Declaraciones responsables del Cumplimiento de los Requisitos: 65
Apartado 9 Cumplimiento de los contratos 65
Apartado 10 Adjudicación y Ejecución del Contrato 65
Apartado 11 Responsable del Contrato y Unidad de seguimiento: 66
Apartado 12 Reglas para la adjudicación de contratos basados en este acuerdo marco 66
Apartado 13 Compromiso de adscripción de medios y cumplimiento de condiciones especiales de ejecución. 67
Apartado 14 Información adicional, visita instalaciones y consultas: 67
Apartado 15 Composición De La Mesa De Contratación 68
Apartado 16 Criterios De Adjudicación Y Baremo De Valoración. 69
Apartado 17 Condiciones Especiales de Ejecución y de Protección de Datos. 70
Apartado 19 Tareas no susceptibles de Subcontratación 70
Apartado 20 Listado de trabajadores a efectos de Subrogación 70
Apartado 21 Solvencia Económica y Financiera 70
Apartado 22 Solvencia Técnica 71
Apartado 23 Documentación del Sobre N.º 1: Documentación Administrativa 71
Apartado 24 Documentación del Sobre N.º 2: Criterios de Adjudicación mediante la Aplicación de Fórmulas 72
Apartado 25 Parámetros objetivos para considerar una oferta anormal o desproporcionada 72
ANEXO VI. PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS 73
C.1. CARACTERÍSTICAS GENÉRICAS: 74
C.2. CARACTERÍSTICAS ESPECÍFICAS DE LOS PRODUCTOS 74
Lote nº 1: Impresos varios en papel: 74
Lote nº 2: Libros, programas, catálogos. 77
Lote nº 3: Carteles, desplegables, folletos de impresión. 78
7.- El contratista deberá nombrar dentro de su organización un representante como interlocutor único con la Universidad de Almería, así como su sustituto en períodos de ausencia de éste. 82
2. Pruebas, plazos máximos y lugar de entrega. 82
I.- CLÁUSULAS SOCIALES Y SU CONTROL. 84
• En cuanto a las medidas en materia de empleo: Afiliación y alta en la Seguridad Social de las personas trabajadoras destinadas a la ejecución del contrato, así como de todas las sucesivas incorporaciones que puedan producirse. 84
J.- CONTROL DE EJECUCIÓN DE LAS CLÁUSULAS SOCIALES 85
El adjudicatario estará obligado a que los bienes objeto del contrato hayan sido producidos o se desarrollen respetando las normas socio- laborales vigentes en España y en la Unión Europea o de la Organización Internacional del Trabajo 85
ANEXO VII. PROPOSICION ECONÓMICA LOTE 1 90
ANEXO VII. PROPOSICION ECONÓMICA LOTE 2 91
ANEXO VII. PROPOSICION ECONÓMICA LOTE 3 92
I.- ELEMENTOS DEL CONTRATO
1. Régimen jurídico del contrato.
1.1. Este Acuerdo Xxxxx tiene carácter administrativo y se rige por el presente pliego, por el pliego de prescripciones técnicas, por la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante LCSP) y , por el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, modificado por el Real Decreto 300/2011, de 4 xx xxxxx por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en lo sucesivo, RGLCAP), aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre; por lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (B.O.E de 24 de Diciembre), modificada por Ley Orgánica 4/2007, de 12 xx Xxxxx, Ley 15/2003, de 22 de diciembre, Andaluza de Universidades, modificada por la Ley 12/2011, de 16 de diciembre, y Decreto 225/2018, de 18 de diciembre, publicado en el B.O.J.A. nº 247, de 24 de diciembre de 2018, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Almería, y la Resolución del Rector 16 xx xxxxx de 2020, de la Universidad de Almería (BOJA nº 60 de 27 marzo de 2020 , por la que se delegan en la Gerente las competencias en materia de contratación administrativa. Supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.
En lo que respecta al uso de medios electrónicos para la tramitación del expediente de contratación pública, en lo que no se encuentre dispuesto en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 se atenderá a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía y el Decreto autonómico 183/2003, de 24 xx xxxxx, por el que se regula la información y atención al ciudadano y la tramitación de procedimientos administrativos por medios electrónicos (Internet).
ELEMENTOS DEL CONTRATO
1.2. Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente acuerdo marco, el empresario quedará obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia de legislación laboral, seguridad social, seguridad e higiene en el trabajo, normas de gestión medioambiental y social, así como a las que se puedan promulgar durante la ejecución del mismo. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista no implicará responsabilidad alguna para la Universidad de Almería.
1.3. La presentación de proposiciones presume por parte del licitador la aceptación incondicionada de las cláusulas de este Pliego, del resto de los documentos contractuales, de las especificaciones del Cuadro- Resumen, así como la declaración responsable de la exactitud de todos los datos presentados y de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas.
Los documentos citados en el apartado anterior, así como las prescripciones técnicas a las que debe ajustarse la ejecución del acuerdo marco, tienen carácter de documentos contractuales y deberán ser firmados por el adjudicatario, en prueba de conformidad, en el momento de la formalización del acuerdo xxxxx.
1.4. En caso de discordancia entre el presente Xxxxxx y cualquier otro documento contractual, prevalecerá en primer lugar el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, en segundo lugar, el Pliego de Prescripciones Técnicas y en tercer lugar los anexos.
1.5. El desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos, de los documentos anexos que forman parte del mismo, o de las instrucciones, pliegos o normas de toda índole aprobadas por la Universidad de Almería, que puedan ser de aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá al contratista de la obligación de su cumplimiento. Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos del contrato, serán resueltas por el órgano competente en vía administrativa y, en su caso, ante la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
Servicio de Contratación, Patrimonio Y Servicios Comunes
2. Objeto del acuerdo marco.
La presente licitación tiene por objeto la celebración de un Acuerdo Marco en el que se fijen los términos y condiciones por los que habrán de regirse los contratos basados de suministro de los bienes que se relacionan en el ANEXO V, durante el período de vigencia previsto en el mismo ANEXO V, con las especificaciones, características técnicas y cantidades que se detallan en el Pliego de Prescripciones Técnicas Técnicas para el suministro de los lotes de este expediente en el cumplimiento de sus fines por los centros y estructuras de la Universidad de Almería y por la Fundación de la Universidad de Almería.
.
El acuerdo marco establecerá las condiciones del suministro de los bienes objeto del mismo con el proveedor o proveedores en número fijado en el ANEXO V, por los precios unitarios máximos de los bienes referenciados en el Pliego de Prescripciones Técnicas, sin que el número total estos esté definido con exactitud al momento de su formalización.
La división por lotes del objeto del acuerdo marco está detallada en el ANEXO V, admitiéndose la presentación de ofertas a uno, varios o a la totalidad de los mismos. Las ofertas de cada lote serán completas, es decir, se ofertarán todos y cada uno de los bienes que componen el lote, sin perjuicio de lo que establezca el Pliego de Prescripciones Técnicas para otros artículos que no sean productos básicos y mínimos.
La relación de artículos de los lotes es indicativa, no limitativa, de los artículos más usuales que pueden ser solicitados.
El adjudicatario se obliga a entregar una pluralidad de bienes de forma sucesiva, y por precio unitario, sin que la cuantía total anual se defina con exactitud por estar subordinados los suministros a las necesidades de la Universidad de Almería y de la Fundación de la Universidad de Almería.
2.1 Entidades Adheridas al Acuerdo Marco.
ELEMENTOS DEL CONTRATO
El ámbito subjetivo del presente acuerdo marco está comprendido por la Universidad de Almería y por la Fundación de la Universidad de Almería. CIF: X00000000 Dirección postal: C/ Ctra. Sacramento, s/n, 04120 La Cañada, Almería. Dirección electrónica: xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxx.xx Órgano de Contratación: La Gerencia de la Fundación en virtud de dispuesto en el artículo 23 apartados c), g) y h) de los Estatutos de la Fundación de la Universidad de Almería aprobados el 16/07/2016 y modificados el 21/06/2019
Los contratos basados en este Acuerdo Marco, tendrán la naturaleza que corresponda según el órgano de contratación, administrativa para la Universidad de Almería y privada para el Órgano de Contratación de la Fundación de la Universidad.
2.2 Órganos destinatarios del acuerdo marco: Todos los centros, estructuras y servicios que utilicen este tipo de servicios de la Universidad de Almería, las entidades adheridas y la Fundación de la Universidad de Almeria
3. Presupuesto del contrato y revisión de precio.
Al ser un Acuerdo Marco, no se puede definir la cuantía exacta del mismo ni se establece presupuesto de licitación por la Universidad de Almería, si bien a efectos de estimación del volumen del presente Acuerdo, en el ANEXO V se informa a los licitadores del importe del gasto estimado para una anualidad (IVA excluido).
Para los contratos que puedan derivarse del presente acuerdo, existirá el crédito preciso para atender las obligaciones económicas que se deriven para la Universidad de Almería, de acuerdo con sus normas de ejecución del presupuesto. No obstante, y en cumplimiento con lo dispuesto por la Disposición adicional
Servicio de Contratación, Patrimonio Y Servicios Comunes
trigésima tercera de la LCSP, en el ANEXO V se establece un presupuesto máximo anual para el presente contrato, sin que esta cantidad suponga compromiso alguno de agotamiento.
El sistema de determinación del precio aplicable a este contrato se establece por tarifas unitarias. Los precios que se oferten en cada convocatoria de contrato se expresarán incluyendo todos los costes inherentes a los suministros según las condiciones establecidas por el pliego de prescripciones técnicas.
Cuando las condiciones establecidas en el contrato impliquen pagos en moneda extranjera, habrá de expresarse el importe máximo de aquélla y la clase de divisa de que se trate, además de una estimación en euros del importe total del contrato.
Por motivos de austeridad presupuestaria, no se contempla la posibilidad de incremento de los precios por revisión de los mismos, estando vigentes hasta el fin del período contratado, excepto las posibles minoraciones obtenidas en función de las mejoras ofertadas. Igualmente, la prórroga estará supeditada a dicha condición. Excepcionalmente, la revisión podrá tener lugar para incorporar variaciones debidas a tasas e impuestos con incidencia en los precios adjudicados, debidamente justificados, así como la variación oficial de los límites de indemnización recogidos en el pliego.
4. Existencia de crédito.
Para los contratos que puedan derivarse del presente acuerdo existirá con carácter previo el crédito preciso para atender las obligaciones económicas que se deriven para la Universidad de Almería. El límite máximo del gasto que puede suponer el contrato para la Universidad de Almería se fijará en el ANEXO V.
ELEMENTOS DEL CONTRATO
En el supuesto de que el presupuesto se financie con Fondos Europeos, constará en el ANEXO V del presente Pliego, así como el tipo de Fondo y el porcentaje de cofinanciación. En caso afirmativo, el contrato se someterá a las disposiciones del Tratado de la Unión Europea y a los actos fijados en virtud del mismo, y será coherente con las actividades, políticas y prioridades comunitarias en pro de un desarrollo sostenible y mejora del medio ambiente, debiendo promover el crecimiento, la competitividad, el empleo y la inclusión social, así como la igualdad entre hombres y mujeres, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) nº 1083/2006 del Consejo.
En el caso de que el contrato se formalice en el ejercicio anterior al de la iniciación de la ejecución, la adjudicación queda sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del contrato en el ejercicio correspondiente (Artículo 117.2 de la LCSP).
5. Plazo de ejecución.
El plazo de vigencia del Acuerdo Xxxxx será el que se especifica en el apartado 1 del Anexo V “Características del Contrato”.
Sólo podrán adjudicarse contratos basados en un Acuerdo Xxxxx durante la vigencia de éste siendo fecha relevante para entender que se ha cumplido ese requisito la establecida en el artículo 219 LCSP.
La duración de los contratos basados en este Acuerdo Marco será independiente de la duración del mismo, regirá por lo previsto en el artículo 29 LCSP, así como por el Anexo V y los respectivos pliegos reguladores en caso de nueva licitación.
Servicio de Contratación, Patrimonio Y Servicios Comunes
Conforme a lo señalado en el apartado 1 del Anexo V, si se prevé la posibilidad de prórroga o prórrogas, éstas serán obligatorias para el contratista siempre que su preaviso se produzca, al menos, dentro del plazo general de dos meses anteriores a la fecha de finalización del acuerdo marco.
También podrá ser prorrogado, por un periodo máximo de nueve meses, en caso de que se produzcan las circunstancias establecidas en el último párrafo del artículo 29.4 LCSP.
En ningún caso podrá producirse la prórroga por acuerdo tácito de las partes
6. Capacidad y solvencia del empresario para contratar.
6.1. Aptitud y capacidad.
Podrán concurrir a la presente licitación las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna de las prohibiciones para contratar detalladas en el artículo 71 de la LCSP y acrediten su solvencia en los términos y condiciones que se recogen en las cláusulas siguientes.
Asimismo, los empresarios deberán contar con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato.
Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus propios estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
Las uniones temporales de empresarios se atendrán a lo dispuesto en el artículo 69 de la LCSP.
ELEMENTOS DEL CONTRATO
No podrán concurrir a la licitación aquellas empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, por sí o mediante unión temporal de empresarios, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras.
Entre las medidas para garantizar que en la participación en la licitación no se falsee la competencia se encontrarán la comunicación a los demás licitadores de la información intercambiada en el marco de la participación en la preparación del procedimiento de contratación o como resultado de ella, y el establecimiento de plazos adecuados para la presentación de ofertas. De conformidad con lo establecido en el artículo 336.1,
j) de la LCSP, las medidas adoptadas se consignarán en los informes específicos sobre los procedimientos para la adjudicación de los contratos.
No obstante, lo anterior, la participación en una consulta preliminar xxx xxxxxxx no impide la posterior intervención en el procedimiento de contratación, en los términos establecidos en el artículo 115.3 in fine LCSP.
6.2. Solvencia.
a) Para celebrar contratos, los empresarios acreditarán estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económica y financiera, y solvencia profesional o técnica que se especifican en el ANEXO V del presente Xxxxxx. Asimismo, se indicará la documentación requerida para acreditar las mismas.
En el ANEXO V del presente pliego podrá exigirse a las personas jurídicas que especifiquen, en la oferta o en la solicitud de participación, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación.
Igualmente se indicará si los candidatos o licitadores, además de acreditar su solvencia deben comprometerse a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Para
Servicio de Contratación, Patrimonio Y Servicios Comunes
lo cual presentaran el MODELO 4. A estos efectos, se indicará si estos compromisos, que se integrarán en el contrato, tienen el carácter de obligaciones esenciales.
b) Integración de la solvencia con medios externos:
Para acreditar la solvencia necesaria, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, para la ejecución del contrato, dispone efectivamente de esos medios, debiendo aportarse certificado emitido por el órgano de dirección de la empresa que preste la citada solvencia, acreditativo de tal circunstancia.
La aportación del referido certificado tendrá la consideración de solvencia complementaria, no pudiéndose excluir de la que el empresario deba aportar como propia. En caso de que el referido certificado sea aceptado por la Universidad de Almería, ésta podrá exigir en vía administrativa el cumplimiento por la empresa prestataria de la solvencia de aquello a lo que se comprometió con la empresa contratista. En este sentido, la presentación del certificado deberá contener la aceptación expresa de los efectos señalados en el artículo 1257.2 del Código Civil por la empresa que preste su solvencia
c) Requisitos de solvencia técnica complementaria.
La Universidad de Almería podrá exigir la presentación de certificados expedidos por organismos independientes que acrediten que el empresario cumple determinadas normas de garantía de la calidad (artículo 93 LCSP) o de gestión medioambiental (artículo 94 LCSP).
La Mesa de Contratación o el Órgano de Contratación de la Universidad de Almería podrán recabar del empresario aclaraciones sobre los certificados y documentos presentados, o requerirle para la presentación de otros complementarios.
7. Perfil de contratante.
ELEMENTOS DEL CONTRATO
El acceso público al perfil de contratante se efectuará a través de la dirección indicada en el ANEXO V del presente pliego. En el perfil de contratante de la Universidad de Almería se publicará la resolución de Aprobación, el anuncio de licitación, los pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas que rigen en la licitación, la composición de las mesas en caso de que las hubiere, las aclaraciones que se realicen, así como la adjudicación, los informes y actas que la motiven y la formalización del contrato.
En su caso las modificaciones contractuales, así como cualquier otro dato e información referente a su actividad contractual, de acuerdo con lo establecido en el artículo 63 de la Ley de Contratos del Sector Público.
8. Procedimiento de adjudicación.
8.1. Tipo de Procedimiento.
El acuerdo marco al que se refiere el presente pliego se adjudicará por el procedimiento abierto, de acuerdo con lo previsto en las disposiciones del Capítulo I del Título I del Libro II y demás disposiciones concordantes de la LCSP. En el ANEXO V se establecerá la posibilidad de incluir variantes o mejoras e igualmente se indicará el tipo de tramitación del expediente, ordinaria o urgente, a los efectos previstos en la normativa contractual.
Si concurren en el expediente las razones a que refiere el artículo 152 de la LCSP podrá acordarse la renuncia a celebrar el contrato o el desistimiento del procedimiento comunicándolo a la Comisión Europea en el caso de que el contrato haya sido publicado en el DOUE. En ambos casos se compensará a los licitadores por los gastos en que hayan incurrido, sin que en ningún caso el importe a satisfacer pueda superar la cuantía de 240 euros, debiendo los licitadores acreditar ante el órgano de contratación la realización de dichos gastos mediante la presentación de las facturas o documentación justificativos de aquéllos.
Servicio de Contratación, Patrimonio Y Servicios Comunes
8.2. Información adicional.
A efectos de lo establecido en el artículo 138 de la Ley de Contratos del Sector Público, en el supuesto de que sea necesario solicitar información adicional sobre los pliegos o sobre la documentación complementaria del presente contrato, deberá realizarse, en los plazos establecidos en el ANEXO V.
ELEMENTOS DEL CONTRATO
Servicio de Contratación, Patrimonio Y Servicios Comunes
II.- PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES
La Universidad de Almería anunciará la licitación del contrato mediante la publicación en la Plataforma de contratación del sector público, así como en su perfil de contratante (xxxx://xxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx) y a través de la plataforma electrónica de contratación que se indica en el ANEXO V. Cada licitador no podrá presentar más de una proposición, ni suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente ni figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
La presentación de proposiciones para este procedimiento se realizará exclusivamente a través de la plataforma electrónica de contratación pública indicada en el ANEXO V.
La presentación de la proposición supone la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de las cláusulas o condiciones de este pliego, sin salvedad o reserva alguna.
Los licitadores evitarán utilizar el escudo y el logotipo de la Universidad de Almería en la presentación de ofertas por tratarse de emblemas y distintivos que pertenecen a su patrimonio (Artículo 7. de los Estatutos de la Universidad de Almería).
PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES
9. Garantía provisional
De forma excepcional y justificada en el expediente, el órgano de contratación podrá exigir para el presente contrato la constitución de una garantía provisional cuyo importe será el que figure en ANEXO V, que no podrá ser superior al 3% del presupuesto base de licitación, IVA excluido. El régimen de la devolución, en su caso, de la garantía provisional será el previsto en el artículo 106.4 LCSP.
10. Documentos y datos de los licitadores de carácter confidencial.
Cuando concurran las circunstancias establecidas en el artículo 133 de la LCSP, los licitadores podrán designar como confidenciales alguno o algunos de los documentos aportados. Dicha circunstancia deberá reflejarse claramente en el propio documento designado como tal que permita de forma indubitable conocer su carácter confidencial.
Los licitadores deberán indicar qué documentos (o parte de los mismos) o datos de los incluidos en las ofertas tienen la consideración de «confidenciales», sin que resulten admisibles las declaraciones genéricas de confidencialidad de todos los documentos o datos de la oferta. La condición de confidencial deberá reflejarse claramente (sobreimpresa, al margen o de cualquier otra forma claramente identificable) en el propio documento que tenga tal condición, señalando además los motivos que justifican tal consideración. No se considerarán confidenciales documentos que no hayan sido expresamente calificados como tales por los licitadores.
11. Subsanación de documentos.
La presentación de declaraciones responsables de cumplimiento de requisitos de participación será objeto de subsanación por los licitadores a requerimiento de los servicios dependientes del órgano de contratación o la mesa de contratación, cuando no se hubiera presentado, o no estuviera adecuadamente cumplimentada la presentada.
Igualmente, el propuesto como adjudicatario podrá subsanar la falta o incompleta presentación de los documentos acreditativos del cumplimiento de los requisitos de participación que le sean requeridos con carácter previo a la adjudicación del contrato.
En ambos casos se le podrá conceder al licitador un plazo que contará desde el día de envío del requerimiento de subsanación.
Servicio de Contratación, Patrimonio Y Servicios Comunes
Si no se subsanase en plazo lo requerido, el órgano o la mesa de contratación entenderán que el licitador desiste de su oferta.
12. Plazo de presentación de las proposiciones.
Las proposiciones, así como en su caso las solicitudes de participación, junto con la documentación preceptiva se presentarán, dentro del plazo establecido en el anuncio de licitación publicado a través de las plataformas electrónicas de contratación pública que se indican en el ANEXO V.
Los licitadores firmarán mediante firma electrónica reconocida, según lo establecido en la cláusula 14 del presente pliego, y que garantice la identidad e integridad del documento, la oferta y todos los documentos asociados a la misma.
13. Notas aclaratorias sobre la presentación de la documentación.
PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES
Las empresas que hayan participado en un expediente de contratación iniciado por la Universidad de Almería y como consecuencia, hayan presentado las escrituras públicas de constitución o modificación, así como las de apoderamiento, o copia compulsada de las mismas, podrán participar en los expedientes de contratación que se convoquen en los doce meses siguientes, sin necesidad de volver a presentar aquellos documentos, salvo que la citada documentación haya sido retirada o dejado de adecuarse a la realidad. A tal efecto, al presentar la oferta, la empresa licitante indicará el expediente de contratación de esta Universidad en el que hicieron entrega de la citada documentación.
A efectos de lo dispuesto en el apartado anterior, el plazo de doce meses se computará atendiendo a las fechas de la publicación de la convocatoria del correspondiente procedimiento de contratación.
Transcurrido el plazo de doce meses desde la presentación de la documentación aportada por los licitadores sin que se haya procedido a su recogida, la Universidad de Almería podrá disponer su destrucción.
Las certificaciones acreditativas de estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social tendrán validez durante el plazo de seis meses a contar desde la fecha de expedición. Si hubieren caducado antes de la adjudicación del contrato el licitador propuesto como adjudicatario deberá presentar una certificación actualizada.
14. Notas aclaratorias sobre la firma electrónica.
La firma electrónica necesaria para la correcta firma de los documentos que componen la proposición técnica y la proposición económica en los que sea necesaria la firma del apoderado, así como en los anexos incluidos en el sobre nº 1, será la firma electrónica reconocida. Según la Ley 6/2020, de 11 de noviembre, únicamente las personas físicas están capacitadas para firmar electrónicamente, por lo que no prevé la emisión de certificados de firma electrónica a favor de personas jurídicas o entidades sin personalidad jurídica. A estas se reservan los sellos electrónicos, que permiten garantizar la autenticidad e integridad de documentos tales como facturas electrónicas. Sin perjuicio de lo anterior, las personas jurídicas podrán actuar por medio de los certificados de firma de aquellas personas físicas que legalmente les representen.
15. Forma de presentación.
Las proposiciones constarán de los sobres que a continuación se indican. Los licitadores presentarán, dentro del plazo señalado en el anuncio, DOS sobres, señalados con los números 1 y 2, a través de la plataforma electrónica de contratación pública indicada en el ANEXO V.
No obstante, cuando en los criterios de adjudicación de las propuestas reflejados en el ANEXO V se concreten diferentes fases de valoración en que operarán los mismos, se presentarán, además del sobre nº UNO tantos
Servicio de Contratación, Patrimonio Y Servicios Comunes
sobres DOS como fases de valoración se hayan fijado. Toda la documentación deberá presentarse redactada en castellano. La documentación redactada en otra lengua deberá acompañarse de la correspondiente traducción oficial al castellano.
En el interior de cada sobre se hará constar en archivo independiente su contenido (índice de la documentación aportada), siguiendo la numeración que se especifica en las cláusulas 16, 17 y 18.
Los suministros que integran esta contratación podrán ser ofertados en su totalidad o, cuando así esté previsto en el pliego, por lotes, debiendo especificarse claramente, en este caso, por los licitadores en el contenido del sobre los lotes a los que concurren, efectuándose la adjudicación en atención a los lotes ofertados. En todo caso, cuando la contratación esté prevista por lotes, las ofertas contendrán el precio ofertado por cada lote.
PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES
Servicio de Contratación, Patrimonio Y Servicios Comunes
Sobre nº 1
III.- DOCUMENTACION A PRESENTAR.
16. Sobre nº1. Título: Documentación acreditativa de los requisitos previos
Todos los documentos serán adjuntados mediante la plataforma electrónica indicada en el ANEXO V firmados electrónicamente mediante firma electrónica reconocida, según lo establecido en la cláusula 16 del presente pliego.
En las uniones temporales de empresarios, tanto de personas físicas como jurídicas, cada uno de los componentes acreditará su capacidad, personalidad, representación y solvencia en los términos previstos en el artículo 69 de la Ley de Contratos del Sector Público debiendo indicar en documento aparte los nombres y circunstancias de los que la suscriben, el porcentaje de participación de cada uno de ellos así como que asumen el compromiso de constituirse y designar la persona que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ante la Universidad de Almería.
16.1. Declaración Responsable
La presentación de la oferta exigirá la declaración responsable conforme establece el art 140 y 141 de la LCSP, para ello los licitadores presentaran debidamente firmados los dos anexos existente en el modelo 1 del Anexo I , en los que declaran que, ostentan la representación de la sociedad que presenta la oferta; cuentan con la adecuada solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso, la clasificación correspondiente; cuentan con las autorizaciones necesarias para ejercer la actividad; y que no están incurso en prohibición de contratar alguna; y en su caso, pronunciándose sobre la existencia del compromiso a que se refiere el artículo 75.2.
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
Las circunstancias relativas a la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar a las que se refieren los apartados anteriores, deberán concurrir en la fecha final de presentación de ofertas y subsistir en el momento de perfección del contrato.
Significar que en el ANEXO III se encuentran las instrucciones para cumplimentar el DEUC.
En el caso de licitación por lotes con diferentes requisitos de solvencia y capacidad, deberá presentarse tantas declaraciones como lotes en los que participa, debidamente firmadas.
De forma adicional, a efectos de lo dispuesto en el art. 140.4 de la LCSP los licitadores podrán presentar certificado expedido por el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado o de la Comunidad Autónoma de Andalucía, acompañada de una declaración expresa responsable conforme al modelo 2 del anexo I, emitida por el licitador o sus representantes con facultades que figuren en el Registro, relativo a la no alteración de los datos que constan en el mismo. El referido certificado podrá ser expedido electrónicamente.
Las empresas que figuren inscritas en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o Registro de Documentación Administrativa de Licitadores de la Comunidad Autónoma de Andalucía, no estarán obligadas a facilitar aquéllos datos que ya figuren inscritos de manera actualizada, siempre y cuando se indique dicha circunstancia. Cuando alguno de los datos o informaciones requeridos no conste en los Registros de Licitadores citados o no figuren actualizados en los mismos, deberán aportarse dichos datos.
16.2. Otros documentos
Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes
Sobre nº 1
- En caso de empresas extranjeras, en los casos en que el contrato vaya a ejecutarse en España, esta declaración deberá contener la manifestación de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder a la persona licitadora. Dicha declaración se formalizará conforme al modelo 7 del ANEXO I.
- Declaración de confidencialidad. De conformidad con lo establecido en este pliego, las personas licitadoras podrán presentar una declaración, designando qué documentos administrativos y técnicos y datos presentados son, a su parecer, constitutivos de ser considerados confidenciales. Dicha declaración se formalizará conforme al modelo 5 y 6 del ANEXO I.
- Declaración sobre Uniones temporales. Las personas empresarias que concurran a la licitación agrupadas en uniones temporales deberán presentar una declaración de compromiso de constitución en unión temporal por cada empresa participante en la que figurará la información requerida en estos casos en el formulario del documento europeo único de contratación, conforme al modelo 3 establecido en el ANEXO I, indicando los nombres y circunstancias de las que la suscriben, el porcentaje de participación de cada una de ellas, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarias del contrato y designando a la persona o personas que durante la vigencia del contrato han de ostentar la plena representación de todas ante la Administración.
- Además, presentaran el modelo 5 Cláusula de Confidencialidad y Protección de datos, y todos aquellos que se establezcan como obligatorios en el ANEXO V.
16.3. Comprobación de la veracidad de las declaraciones responsables.
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 139.1 LCSP la presentación de las proposiciones supone la autorización a la mesa y al órgano de contratación para consultar los datos recogidos en los Registros Oficiales o en las listas oficiales de operadores económicos en un Estado miembro de la Unión Europea.
Los servicios del órgano de contratación o la mesa de contratación podrán, en cualquier momento, solicitar la justificación documental del cumplimiento de las condiciones sobre las que los licitadores hubieran declarado responsablemente su cumplimiento.
El órgano o la mesa de contratación podrán pedir a los candidatos o licitadores que presenten la totalidad o una parte de los documentos justificativos, cuando consideren que existen dudas razonables sobre la vigencia o fiabilidad de la declaración, cuando resulte necesario para el buen desarrollo del procedimiento y, en todo caso, antes de adjudicar el contrato.
El licitador deberá presentar la documentación requerida en el plazo concedido, con un máximo de cinco días hábiles, a contar desde el envío del requerimiento. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta y será excluido del procedimiento.
Las empresas que figuren inscritas en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o Registro de Documentación Administrativa de Licitadores de la Comunidad Autónoma de Andalucía, no estarán obligadas a facilitar aquéllos datos que ya figuren inscritos de manera actualizada, siempre y cuando se indique dicha circunstancia.
Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes
Sobre nº 1
En ningún caso en el sobre nº 1: “Documentación acreditativa de los requisitos previos”, se incluirá documentación sobre la Proposición Técnica B) y proposición económica o sobre los criterios de adjudicación cuantificables mediante la aplicación de fórmulas correspondientes al sobre nº 2, ni referencia alguna a los mismos, siendo esto causa de exclusión del procedimiento, por vulnerar el carácter secreto que han de tener las proposiciones (Artículo 139 de la LCSP).
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes
17. Sobre nº 2. Título: Título, Criterios de Adjudicación mediante la Aplicación de Fórmulas
Los documentos que se relacionan a continuación serán adjuntados mediante la plataforma electrónica indicada en el ANEXO V. Los licitadores firmarán mediante firma electrónica reconocida, según lo establecido en la cláusula 14 del presente pliego, y que garantice la identidad e integridad del documento, la oferta y todos los documentos asociados a la misma.
17.1. Proposición Técnica B)
Sobre nº 2
Incluirá la documentación relativa a criterios de adjudicación cuantificables mediante la aplicación de fórmulas, según detalle establecido en el apartado 24 del ANEXO V y se presentará perfectamente clasificada por apartados y siguiendo la misma estructura que se contiene en el citado anexo.
17.2. Proposición económica
La proposición económica, debidamente firmada y fechada, deberá ajustarse al modelo oficial que figura como XXXXX XXX. En la oferta económica deberá indicarse, como partida independiente, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que deba ser repercutido.
En la oferta económica se entenderán incluidos a todos los efectos los demás tributos, tasas y cánones de cualquier índole que sean de aplicación, así como todos los gastos que se originen para el adjudicatario, como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en el presente pliego.
En la proposición económica, los licitadores han de manifestar si han tenido en cuenta en la elaboración de sus ofertas, las obligaciones derivadas de las disposiciones vigentes en materia de protección del empleo, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales, y protección del medio ambiente.
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
Cada licitador solamente podrá presentar una oferta económica, no siendo admitidas las proposiciones económicas por importe superior al presupuesto previamente aprobado. En caso de discordancia entre la cantidad consignada en cifras y la consignada en letras, prevalecerá la consignada en letras.
No se aceptarán aquellas proposiciones que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente todo aquello que la Universidad de Almería estime fundamental para la oferta. Sólo se podrán tomar en consideración las variantes o mejoras que se hayan previsto expresamente en el pliego. En este caso se precisará en el ANEXO VI sobre qué elementos y en qué condiciones queda autorizada su presentación y si podrán tener o no repercusión económica.
Si así lo recoge el ANEXO V, las empresas participantes podrán incluir una propuesta de mejora del suministro, que se adecúe a las necesidades de la Universidad de Almería de entre las que se detallen en el ANEXO VI. Éstas serán valoradas atendiendo a su idoneidad e innovación y teniendo en cuenta:
a) Su adecuación a las necesidades de la Universidad de Almería.
b) El valor económico de la mejora propuesta.
Para que una propuesta de mejora pueda puntuar será necesario que la Mesa de Contratación o el órgano encargado de la valoración de la propuesta considere que su implantación supone un beneficio y que el presupuesto de ejecución de la mejora, que en todo caso será por cuenta de la empresa adjudicataria, está documentado y su coste está ajustado a precios xxx xxxxxxx. Durante la ejecución del contrato, la Universidad de Almería tendrá la facultad de optar por exigir a la empresa adjudicataria la implantación o prestación de las mejoras de acuerdo con el calendario propuesto por la empresa en su oferta o bien podrá acordar, de forma unilateral y dando traslado del acuerdo a la empresa adjudicataria, no implantar la totalidad o parte de las mismas. En este último supuesto, la Universidad de Almería descontará de la facturación los importes de las mejoras no implantadas.
Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
Sobre nº 2
Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes
IV.- SELECCIÓN DEL CONTRATISTA.
18. Solicitud y recepción de documentación.
Todas las proposiciones recibidas electrónicamente a través de la plataforma electrónica de contratación indicada en el ANEXO V serán custodiadas y encriptadas sin posibilidad de acceder a su contenido en ningún caso hasta que se constituya la Mesa de Contratación para realizar las actuaciones previstas en las Cláusulas 21 y 21. En cualquier caso, las empresas licitantes serán informadas, con la suficiente antelación, del día y la hora de celebración del acto público de apertura del sobre 3 y, en su caso, de los medios técnicos que utilizará la Universidad de Almería para la difusión del descifrado de los sobres. En virtud de lo establecido en el Artículo
157.3 la apertura de las proposiciones deberá efectuarse en el plazo máximo de veinte días contados desde la fecha de finalización del plazo para presentar las mismas.
19. Composición de la Mesa de Contratación y Comisión Técnica.
El Órgano de Contratación estará asistido por una Mesa de Contratación que será el órgano competente para la valoración de las ofertas, examen y calificación de las proposiciones, formulación de la correspondiente propuesta de clasificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 157 y 326 de la Ley de Contratos del Sector Público, así como para aquellas funciones que le correspondan conforme a lo indicado en el artículo 22 del Real Decreto 817/2009.
La Mesa de Contratación, cuya composición se ajustará a lo establecido en la Ley de Contratos del Sector Público, el Real Decreto 817/2009 y los Estatutos de la Universidad de Almería, se concretará para cada licitación en el ANEXO V.
SELECCIÓN DEL CONTRATISTA
El Órgano de Contratación podrá recabar del empresario aclaraciones sobre los certificados y documentos presentados o requerirle para la presentación de otros complementarios (Artículo 95 de la Ley de Contratos del Sector Público).
En su caso, la Mesa de Contratación podrá designar una Comisión Técnica encargada de elaborar los correspondientes informes técnicos en relación con la documentación contenida en los sobres nº 2 y nº 3.
20. Apertura de sobre nº 1, Documentación Administrativa, constitución de la Mesa de Contratación, calificación de documentos y exclusión de propuestas en el procedimiento abierto.
Una vez finalizado el plazo de presentación de proposiciones se constituirá la Mesa de Contratación, ordenando el Presidente en primer lugar a realizar el desencriptado del sobre nº 1. Título: Documentación Administrativa (formato electrónico). La Secretaría de la Mesa de Contratación certificará la relación de documentos contenidos en los sobres nº 1 presentados por las empresas licitadoras.
Acto seguido se procederá al examen y calificación previa de la validez formal de los documentos presentados en tiempo y forma, para verificar si contienen todo lo exigido por este Pliego o si existen omisiones determinantes de exclusión.
Si la Mesa observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará por medio de la plataforma electrónica de contratación indicada en el ANEXO V a los interesados, concediéndose un plazo no superior a tres días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen ante la propia Mesa de Contratación, bajo apercibimiento de exclusión definitiva del licitador si en el plazo concedido no procede a la subsanación de la documentación.
Posteriormente la Mesa de Contratación o el Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes, según proceda, adoptará el oportuno acuerdo sobre la admisión definitiva de los licitadores.
Se dejará constancia documental de todo lo actuado.
Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes
21. Acto público de apertura del sobre nº 2. Título, Criterios de Adjudicación mediante la Aplicación de Fórmulas.
Se llevará a cabo en un acto de carácter público que se celebrará en el día lugar y hora que previamente haya sido establecido por la Mesa de Contratación. Este acuerdo será publicado en el perfil del contratante de la Universidad de Almería, con al menos dos días hábiles de antelación a la celebración del acto público. Igualmente se pondrá en conocimiento de las empresas licitantes, por medio de la plataforma electrónica de contratación indicada en el ANEXO V.
Por la Presidencia de la Mesa de Contratación se procederá, en el acto público, a informar de las propuestas admitidas o rechazadas y causa o causas de inadmisión de estas últimas.
Dado que la presentación de ofertas se realizará mediante sistema telemático, se procederá al descifrado de los ficheros electrónicos ante todos los asistentes, en acto público, de tal forma que puedan comprobar en todo momento la integridad e identidad de las ofertas presentadas y alojadas en la plataforma de contratación pública. Se dejará constancia documental de todo lo actuado.
Seguidamente se procederá a la apertura del Sobre nº 2. Título, Criterios de Adjudicación mediante la Aplicación de Fórmulas de aquellas empresas que continúen en el proceso de adjudicación, (documentación relativa a criterios de adjudicación cuantificables mediante la aplicación de fórmulas, y la proposición económica) y se realizará la lectura de la proposición económica.
SELECCIÓN DEL CONTRATISTA
Cualquier información adicional interesada por los licitadores respecto a la documentación contenida en el Sobre nº 2 Título, Criterios de Adjudicación mediante la Aplicación de Fórmulas, deberá ser solicitada a través de la plataforma electrónica indicada en el ANEXO V. a la Mesa de Contratación, a cuyos efectos se le emplazará a la oportuna audiencia con reserva de los datos que debieran ser objeto de protección conforme al artículo 133 de la LCSP. Realizadas estas actuaciones finalizará el acto público y la Mesa continuará, en sesión privada, sus trabajos en orden a la elaboración de una propuesta de adjudicación.
La documentación contenida en este sobre será estudiada y valorada por la Mesa de Contratación o bien será remitida a una Comisión Técnica, para que ésta realice un estudio previo de las propuestas admitidas y elabore un informe en el que se incluirá una propuesta de valoración y evaluación obtenida por los licitadores en cada uno de los criterios de adjudicación cuantificables mediante la aplicación de fórmulas. Este informe, se elevará a la Mesa de Contratación. En todo caso el estudio y valoración de las distintas proposiciones presentadas por los licitadores admitidos se realizará conforme a los criterios de adjudicación establecidos en el ANEXO V, donde también se expresará, en su caso, el umbral mínimo de puntuación exigido al licitador para continuar en el proceso selectivo.
- Ofertas con calidad técnica inaceptables: aquellas propuestas cuya valoración en esta fase procedimental sea inferior al umbral mínimo fijado por el Órgano de contratación y que quedará establecido, en su caso, en el ANEXO X xxx Xxxxxx.
- Ofertas con calidad técnica suficientes: aquellas cuya valoración en esta fase procedimental sea igual o superior a dicho umbral.
En este caso las ofertas situadas en el intervalo de calidad técnica inaceptable no serán tomadas en consideración, de manera que, en el caso de no existir ofertas en el otro intervalo, se procederá a declarar desierto el procedimiento, al no haber concurrido ofertas de calidad técnica suficiente.
Cuando un licitador no alcance los umbrales mínimos de puntuación que se hayan exigido, en su caso, en el Apartado 16 no podrá continuar en el procedimiento de contratación.
Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes
Si alguna oferta presentara valores anormales o desproporcionados de acuerdo con los parámetros objetivos señalados, en su caso, en el ANEXO V se procederá conforme a lo dispuesto en el artículo 149 de la Ley de Contratos del Sector Público.
Finalmente, la Mesa de Contratación realizará la clasificación de las empresas en orden decreciente sobre la puntuación obtenida por éstas en aplicación de las normas de valoración establecidas en este pliego.
Se dejará constancia documental de todo lo actuado.
22. Causas de exclusión de propuestas
La Mesa de Contratación acordará la exclusión de este procedimiento de una empresa licitadora, cuando concurra alguno de los siguientes supuestos:
a) No presenten la documentación exigida en tiempo y forma, salvo que la misma se considere defecto o error subsanable por la Mesa de Contratación, en cuyo caso se concederá un plazo no superior a tres días hábiles para que el licitador la subsane.
b) La documentación, (propuesta técnica o propuesta económica) no se ajusten a lo exigido en el presente Pliego de Cláusulas, y/o a las características mínimas exigidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
c) No hayan subsanado en el plazo concedido al efecto, los defectos o errores subsanables observados en la calificación previa de los documentos por la Mesa de Contratación.
d) El presupuesto ofertado supere el presupuesto máximo de licitación establecido en el ANEXO V del presente Xxxxxx.
e) No se alcancen los umbrales mínimos de puntuación que se hayan exigido, en su caso, en el ANEXO V.
f) Existiese reconocimiento por parte del licitador de que su propuesta adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable.
SELECCIÓN DEL CONTRATISTA
g) El incumplimiento de las normas sobre licitación electrónica establecidas en este pliego.
h) El incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 139 de la LCSP: “Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a lo previsto en el pliego de cláusulas administrativas particulares, y su presentación supone la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de dichas cláusulas o condiciones, sin salvedad o reserva alguna. Las proposiciones serán secretas y se arbitrarán los medios que garanticen tal carácter hasta el momento de la licitación pública.”
23. Ofertas con valores anormalmente bajos
En el ANEXO V se establecerán, en su caso, los parámetros objetivos en virtud de los cuales se entenderá que la proposición no puede ser admitida por ser considerada anormalmente baja.
Cuando se identifique una proposición que pueda estar incursa en presunción de anormalidad, se deberá requerir al licitador o licitadores que las hubieren presentado dándoles plazo suficiente para que justifiquen y desglosen razonada y detalladamente el bajo nivel de los precios, o de costes, o cualquier otro parámetro en base al cual se haya definido la anormalidad de la oferta, mediante la presentación de aquella información y documentos que resulten pertinentes a estos efectos.
24. Publicidad del resultado de los actos de la mesa de contratación y notificación a los licitadores afectados
El resultado de los actos de la mesa de contratación de calificación, admisión o exclusión de las ofertas se publicará en el perfil de contratante. Se excluirá aquella información que no sea susceptible de publicación de conformidad con la legislación vigente. Todo ello, sin perjuicio de la necesaria comunicación o notificación, según proceda, a los licitadores afectados.
Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes
El acto de exclusión de un licitador será notificado a éste, con indicación de los recursos que procedan contra dicha decisión.
25. Clasificación de las ofertas y requerimiento al licitador que haya presentado la oferta que ofrezca la mejor relación calidad - precio.
El Órgano de Contratación de la Universidad de Almería, a la vista de la propuesta elevada por la Mesa de Contratación, acordará la clasificación propuesta por la Mesa, por orden decreciente, de las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales conforme a lo señalado en el artículo 149 de la LCSP.
Si en el ejercicio de sus funciones la mesa de contratación, o en su defecto, el órgano de contratación, tuviera indicios fundados de conductas colusorias en el procedimiento de contratación, en el sentido definido en el artículo 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia, los trasladará con carácter previo a la adjudicación del contrato a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia o, en su caso, a la autoridad de competencia autonómica correspondiente, a efectos de que a través de un procedimiento sumarísimo se pronuncie sobre aquellos. La remisión de dichos indicios tendrá efectos suspensivos en el procedimiento de contratación. Si la remisión la realiza la mesa de contratación dará cuenta de ello al órgano de contratación.
26. Desempate
SELECCIÓN DEL CONTRATISTA
En el caso de que dos o más proposiciones se encuentren igualadas, como las más ventajosas desde el punto de vista de los criterios que sirven de base para la adjudicación, tendrán preferencia de adjudicación, siempre que hayan presentado la documentación acreditativa, cualquiera de las siguientes empresas en el siguiente orden:
1. Las que en el momento de acreditar su solvencia técnica tengan en plantilla un número de personas trabajadoras con discapacidad superior al 2%. Si varias empresas licitadoras de las que hubieran empatado en cuanto a la proposición más ventajosa acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al 2%, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla.
2. Proposiciones presentadas por empresas de inserción reguladas en la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción, que cumplan con los requisitos establecidos en dicha normativa para tener esta consideración.
3. En el caso de los contratos que tengan como objeto productos en los que exista alternativa de comercio justo, para las proposiciones presentadas por aquellas entidades reconocidas como Organizaciones de Comercio Justo.
4. En la adjudicación de los contratos relativos a prestaciones de carácter social o asistencial, las proposiciones presentadas por entidades sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica, siempre que su finalidad o actividad tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y figuren inscritas en el correspondiente registro oficial.
5. Las ofertas de entidades reconocidas como Organizaciones de Comercio Justo para la adjudicación de los contratos que tengan como objeto productos en los que exista alternativa de Comercio Justo.
6. Empresas que tengan la marca de excelencia o desarrollen medidas destinadas a lograr la igualdad de oportunidades.
Si aun así persistiera la igualdad entre las proposiciones, o si ninguna de las empresas tiene preferencia de adjudicación conforme al párrafo anterior, resultará adjudicataria aquélla que obtenga una mayor puntuación en el criterio de adjudicación que tenga mayor peso en la ponderación de estos. Y en el caso de que continuara la igualdad, por el orden de importancia que se le haya atribuido a cada criterio.
27. Acreditación de la documentación y adjudicación del contrato
Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes
El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta que ofrezca la mejor relación calidad-precio para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación que se detalla en la cláusula 29 de este Pliego.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
Este acuerdo de clasificación y requerimiento es un acto de trámite, previsto en el artículo 150 de la LCSP, anterior a la adjudicación del contrato cuya Resolución motivada será notificada oportunamente a todos los licitadores, con indicación de los recursos que procedan.
28. Sucesión en el procedimiento
Si durante la tramitación de un procedimiento y antes de la formalización del contrato se produjese una operación de fusión, escisión, transmisión del patrimonio empresarial o de una rama de la actividad, le sucederá a la empresa licitadora o candidata en su posición en el procedimiento la sociedad absorbente, la resultante de la fusión, la beneficiaria de la escisión o la adquirente del patrimonio empresarial o de la correspondiente rama de actividad, siempre que reúna las condiciones de capacidad y ausencia de prohibición de contratar y acredite su solvencia y clasificación en las condiciones exigidas en el pliego de cláusulas administrativas particulares para poder participar en el procedimiento de adjudicación.
29. Documentación previa a la adjudicación del contrato.
SELECCIÓN DEL CONTRATISTA
Para realizar la adjudicación al licitador que haya presentado la oferta que ofrezca la mejor relación calidad- precio, éste presentará, a través de la plataforma electrónica indicada en el ANEXO V, en el plazo xx xxxx días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento a que hace referencia la cláusula 27 del presente pliego, copias electrónicas obtenidas por cualquier medio reconocido en derecho de la documentación relacionada en los diferentes apartados de esta cláusula:
29.1. Certificado expedido por el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado o de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
Acompañada de una declaración expresa responsable, emitida por el licitador o sus representantes con facultades que figuren en el Registro, relativo a la no alteración de los datos que constan en el mismo
29.2. Documentos que acrediten la personalidad del empresario y su ámbito de actividad.
Si la empresa fuera persona jurídica el poder deberá figurar inscrito, en su caso, en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder para acto concreto no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con el artículo 94.5 del Reglamento del Registro Mercantil.
Si dicho requisito no fuere exigible, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acta fundacional, en el que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial.
a) Documentos que acrediten, en su caso, la representación.
Datos de la persona que ostenta la representación del licitador cuya identidad comprobará el Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes.
Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes
Si la empresa fuera persona jurídica el poder deberá figurar inscrito, en su caso, en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder para acto concreto no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con el artículo 94.5 del Reglamento del Registro Mercantil.
La presentación del certificado de inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado tendrá los efectos previstos en el artículo 96 LCSP y 19 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. Deberá acompañarse de una declaración responsable de que no han variado las circunstancias que en él se acreditan.
b) Solvencia económica y financiera.
Acreditación de su solvencia económica, financiera por los medios que se especifiquen en el anuncio de licitación y en el ANEXO V del presente Pliego.
En las Uniones Temporales de Empresarios, a efectos de determinación de su solvencia, se acumularán las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma.
La acreditación de la solvencia mediante medios externos exigirá demostrar que para la ejecución del contrato dispone efectivamente de esos medios mediante la exhibición del correspondiente documento de compromiso de disposición, además de justificar su suficiencia por los medios establecidos en el ANEXO V.
El órgano de contratación podrá prohibir, haciéndolo constar en el ANEXO V, que un mismo empresario pueda concurrir para completar la solvencia de más de un licitador.
c) Solvencia Técnica.
Acreditación de su solvencia técnica por los medios que se especifiquen en el anuncio de licitación y en ANEXO
SELECCIÓN DEL CONTRATISTA
V. En las Uniones Temporales de Empresarios, a efectos de determinación de su solvencia, se acumularán las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma.
La acreditación de la solvencia mediante medios externos exigirá demostrar que para la ejecución del contrato dispone efectivamente de esos medios mediante la exhibición del correspondiente documento de compromiso de disposición, además de justificar su suficiencia por los medios establecidos en el ANEXO V. El órgano de contratación podrá prohibir, haciéndolo constar en el ANEXO V, que un mismo empresario pueda concurrir para completar la solvencia de más de un licitador.
El licitador ejecutará el contrato con los mismos medios que ha aportado para acreditar su solvencia. Sólo podrá sustituirlos, por causas imprevisibles, por otros medios que acrediten solvencia equivalente y con la correspondiente autorización de la Administración.
d) Cumplimiento de normas de garantía de la calidad y de gestión medioambiental.
Si así se prevé en el ANEXO V el licitador deberá aportar los certificados allí indicados, que operarán como criterio de solvencia a acreditar incluso cuando se aporte el certificado acreditativo de la clasificación.
e) Habilitación empresarial o profesional para la realización de la prestación objeto de contrato.
Si resulta legalmente exigible como condición de aptitud para contratar, deberá aportarse la documentación que acredite la correspondiente habilitación empresarial o profesional para la realización de la prestación que constituya el objeto del presente contrato.
Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes
Si el contrato está reservado, conforme al ANEXO V, deberá aportar el certificado oficial que acredite su condición como centro especial de empleo, empresa de inserción social, o acreditar las condiciones de organización calificada de acuerdo con la Disposición Adicional Cuadragésima Octava LCSP.
f) Obligaciones tributarias.
- Certificación positiva, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, o declaración responsable de no estar obligado a presentarlas.
- Certificación positiva, expedida por la Administración Tributaria de la Junta de Andalucía, justificativa de la inexistencia con la Administración Autonómica de deudas de naturaleza tributaria en periodo ejecutivo o, en el caso de contribuyentes contra los que no proceda la utilización de la vía de apremio, deudas no atendidas en período voluntario.
g) Impuesto sobre Actividades Económicas:
Cuando se ejerzan actividades sujetas al Impuesto sobre Actividades Económicas Alta, referida al ejercicio corriente, o último recibo, junto con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado Impuesto y, en su caso, declaración responsable de encontrarse exento.
h) Documentos acreditativos del compromiso de dedicación de los medios personales o materiales suficientes para la ejecución del contrato (Artículo 76.2 de la Ley de Contratos del Sector Público).
SELECCIÓN DEL CONTRATISTA
En caso de que en el ANEXO V se exija el compromiso de dedicación o adscripción de los medios personales o materiales suficientes para la ejecución del contrato, deberá aportarse documento acreditativo del compromiso por el licitador de tal circunstancia que, en su caso, se hubiesen comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato adjuntando el MODELO 4.
i) Escritura de formalización de la Unión Temporal de Empresarios.
En el caso de que el adjudicatario sea una unión temporal de empresarios, deberá aportar la escritura pública de formalización de la misma, cuya duración será coincidente con la del contrato hasta su extinción.
29.3. Garantía Definitiva
Resguardo acreditativo de la constitución, en las Cajas Provinciales de Depósitos de la Consejería competente en materia de Economía y Hacienda de la Junta de Andalucía, de una garantía de un 5% del importe de adjudicación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, a disposición de la Universidad de Almería.
El adjudicatario podrá aplicar el importe de la garantía provisional a la definitiva o proceder a una nueva constitución de ésta última, en cuyo caso la garantía provisional se cancelará simultáneamente a la constitución de la definitiva.
No obstante, la Universidad de Almería podrá eximir al adjudicatario de la obligación de constituir garantía, justificándolo adecuadamente en el ANEXO V.
Las Sociedades Cooperativas Andaluzas, sólo tendrán que aportar el veinticinco por ciento de las garantías que hubieren de constituir, conforme al artículo 116.6 de la Ley 14/2011, de 23 de diciembre, de Sociedades Cooperativas Andaluzas.
Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes
Además, cuando así se indique en el ANEXO V, y de conformidad con el artículo 107.2 de la Ley de Contratos del Sector Público, se podrá exigir una garantía complementaria de hasta un 5% del importe de adjudicación del contrato, pudiendo alcanzar la garantía total un 10% del precio del contrato.
Cuando, como consecuencia de una modificación del contrato, experimente variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía, para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince días contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación.
La devolución o cancelación de la garantía definitiva se realizará, una vez producido el vencimiento del plazo de garantía señalado en el ANEXO V y cumplido satisfactoriamente el contrato, o resuelto éste sin culpa del contratista.
La garantía mediante retención en el precio tal como viene establecida en la LCSP, sólo será posible si esta posibilidad viene recogida en el ANEXO V.
La falta de aportación de documentación requerida en el plazo establecido xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose a exigirle el importe del 3 por ciento del presupuesto base de licitación, IVA excluido, en concepto de penalidad, que se hará efectivo en primer lugar contra la garantía provisional, si se hubiera constituido, sin perjuicio de lo establecido en la letra a) del apartado 2 del artículo 71.
Si el licitador es excluido del procedimiento de adjudicación, se procederá a solicitar la misma documentación al licitador siguiente por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas, y así se procederá sucesivamente hasta que se presente correctamente la documentación exigida.
SELECCIÓN DEL CONTRATISTA
Si en el ejercicio de sus funciones el órgano de contratación, tuviera indicios fundados de conductas colusorias en el procedimiento de contratación, en el sentido definido en el artículo 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia, los trasladará con carácter previo a la adjudicación del contrato a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia o, en su caso, a la autoridad de competencia autonómica correspondiente, a efectos de que a través de un procedimiento sumarísimo se pronuncie sobre aquellos. La remisión de dichos indicios tendrá efectos suspensivos en el procedimiento de contratación. Si la remisión la realiza la mesa de contratación dará cuenta de ello al órgano de contratación.
Este acuerdo de clasificación y requerimiento es un acto de trámite, previsto en el artículo 150 de la LCSP, anterior a la adjudicación del contrato cuya Resolución motivada será notificada oportunamente a todos los licitadores, con indicación de los recursos que procedan.
Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes
V.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.
30. Adjudicación del contrato.
Una vez recibida la documentación requerida al licitador que presentó la oferta que ofrezca la mejor relación calidad-precio, el Órgano de Contratación de la Universidad de Almería adjudicará el contrato dentro del plazo fijado. La resolución de adjudicación deberá ser motivada y será notificada directamente al adjudicatario y a los restantes licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante del órgano de contratación y/o a través de la de la plataforma electrónica de contratación indicada en el ANEXO V. Incluyendo las ofertas presentadas y la documentación relativa a la valoración de las mismas que serán accesibles de forma abierta por medios informáticos sin restricción alguna desde el momento en que se notifique la adjudicación del contrato.
La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación.
En dicha notificación, en el perfil de contratante y/o a través de la de la plataforma electrónica de contratación indicada en el ANEXO V se indicará el plazo en que debe procederse a la formalización del contrato.
La notificación se efectuará, a través de la plataforma electrónica de contratación señalada en el ANEXO V en los términos establecidos en el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Sin embargo, el plazo para considerar rechazada la notificación, con los efectos previstos en el artículo 41.5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, será de cinco días naturales según establece la Disposición Adicional Duodécima de la LCSP.
No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego.
ADJUDICACION DEL CONTRATO
Cuando para la adjudicación del contrato deban tenerse en cuenta una pluralidad de criterios, o utilizándose un único criterio sea este el del menor coste del ciclo de vida, el plazo máximo para efectuar la adjudicación será de dos meses a contar desde la apertura de las proposiciones, salvo que se hubiese establecido otro en el pliego de cláusulas administrativas particulares. Este plazo se ampliará en quince días hábiles cuando sea necesario seguir los trámites a que se refiere el apartado 4 del artículo 149 de la Ley de Contratos del Sector Público.
Si la proposición se contuviera en más de un sobre o archivo electrónico, de tal forma que estos deban abrirse en varios actos independientes, el plazo anterior se computará desde el primer acto de apertura del sobre o archivo electrónico que contenga una parte de la proposición.
En el caso de que la oferta del licitador que haya obtenido la mejor puntuación se presuma que es anormalmente baja por darse los supuestos previstos en el artículo 149 LCSP, se deberá requerir al mismo para que justifique y desglose razonada y detalladamente el bajo nivel de los precios, o de costes, o cualquier otro parámetro en base al cual se haya definido la anormalidad de la oferta, mediante la presentación de aquella información y documentos que resulten pertinentes a estos efectos, en plazo no superior a los 5 días hábiles desde el envío de la correspondiente comunicación.
De no producirse la adjudicación dentro de los plazos señalados, los licitadores tendrán derecho a retirar su proposición, y a la devolución de la garantía provisional, de existir esta.
El órgano de contratación podrá, siempre antes de proceder a la formalización, renunciar a la ejecución del contrato por razones de interés público debidamente justificadas en el expediente, o desistir del procedimiento siempre que esté fundado en una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación, debiendo justificarse en el expediente la concurrencia de la causa. El desistimiento no impedirá la iniciación inmediata de un procedimiento de licitación.
Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes
31. Formalización y perfeccionamiento del contrato.
El contrato se perfecciona con su formalización. En ningún caso podrá iniciarse la ejecución del contrato sin su previa formalización. El contrato se formalizará en documento administrativo que se ajuste con exactitud a las condiciones de la licitación no más tarde de los quince días hábiles siguientes a aquél en que se reciba la notificación de la adjudicación a los licitadores o candidatos, constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público. El contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos. En ningún caso se podrán incluir en el documento en que se formalice el contrato cláusulas que impliquen alteración de los términos de la adjudicación.
No obstante, en caso de que el contrato sea susceptible de recurso especial en materia de contratación conforme al artículo 44 de la LCSP, la formalización no podrá efectuarse antes de que transcurran quince días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos. Transcurrido este plazo, el órgano de contratación requerirá a través de la plataforma electrónica de contratación indicada en el ANEXO V al adjudicatario para que formalice el contrato en plazo no superior a cinco días, contados desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, una vez transcurrido el citado plazo de quince días hábiles sin que se hubiera interpuesto recurso que lleve aparejada la suspensión de la formalización del contrato o desde que se dicte resolución con el levantamiento de la suspensión del acto de adjudicación.
Cuando por causas imputables al adjudicatario no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado se le exigirá el importe del 3 por ciento del presupuesto base de licitación, IVA excluido, en concepto de penalidad, que se hará efectivo en primer lugar contra la garantía definitiva, si se hubiera constituido, sin perjuicio de lo establecido en la letra b) del apartado 2 del artículo 71 de la LCSP.
En este caso, el contrato se adjudicará al siguiente licitador por el orden en que hubieran quedado clasificadas las ofertas, previa presentación de la documentación establecida en cláusula 33 del presente pliego, resultando de aplicación los plazos establecidos en el apartado anterior.
ADJUDICACION DEL CONTRATO
Antes de la formalización del contrato, el adjudicatario deberá presentar a través de la plataforma electrónica de contratación indicada en el ANEXO V, en su caso, el justificante de haber abonado el importe total de los anuncios de licitación y, así como, el de la publicación en otros medios de difusión si los hubiere, dentro de los límites máximos de posible repercusión establecidos en el ANEXO V.
La propuesta de mejora del licitador, aceptada por la Universidad de Almería, formará parte del contrato, debiendo, a tal efecto, recogerse expresamente en el mismo.
El contrato será firmado mediante firma electrónica reconocida, según lo establecido en la cláusula 16 del presente pliego. En el mismo proceso la empresa adjudicataria firmara el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el de Prescripciones Técnicas.
El órgano de contratación, cuando proceda, enviará el anuncio de formalización al «Diario Oficial de la Unión Europea» a más tardar 10 días después de la formalización.
La formalización del contrato, junto con el correspondiente contrato, se publicará en un plazo no superior a quince días tras el perfeccionamiento del contrato en el perfil de contratante.
Los anuncios de formalización no se publicarán en el Perfil del Contratante antes de su publicación en el «Diario Oficial de la Unión Europea», en el caso en que deban ser publicados en dicho Diario Oficial, debiendo indicar la fecha de aquel envío, de la que los servicios dependientes del órgano de contratación dejarán prueba suficiente en el expediente, y no podrán contener indicaciones distintas a las incluidas en dicho anuncio. No obstante, en todo caso podrán publicarse si el órgano de contratación no ha recibido notificación de su publicación a las 48 horas de la confirmación de la recepción del anuncio enviado.
Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes
VI.- EJECUCION DEL CONTRATO.
32. Normas generales de ejecución del acuerdo marco
La ejecución del acuerdo marco y de los contratos celebrados en base al mismo se regirá por lo dispuesto en la LCSP y se realizarán a riesgo y xxxxxxx del contratista (Artículo 197 de la LCSP). La ejecución del contrato se llevará a cabo con estricta sujeción a la legislación vigente en materia de contratación administrativa, al Pliego de Prescripciones Técnicas, y a lo especificado en este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y, en todo caso, según las instrucciones que, por escrito, en ejecución o interpretación de los mismos, dieran los representantes de la Universidad de Almería al contratista.
El Órgano de Contratación designará un Responsable del acuerdo marco al que corresponderá supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta ejecución de las prestaciones pactadas, el nombre del mismo estará reflejado en el ANEXO V Lo será también de los contratos basados y que tendrá las competencias establecidas en el artículo 62 de la LCSP.
El Responsable del acuerdo marco podrá ser una persona física o jurídica vinculada a la Universidad de Almería, o ajena a la misma.
Cada empresa contratista deberá designar al menos un coordinador o responsable integrado en su propia plantilla, que tendrá entre sus obligaciones las siguientes:
EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
a) Actuar como interlocutor de la empresa contratista frente a la Universidad de Almería, de forma que reciba y transmita cualquier comunicación que el personal de la empresa contratista deba realizar a la Universidad en relación con la ejecución del acuerdo marco, a través del coordinador o interlocutor designado al efecto.
b) Distribuir el trabajo entre el personal encargado de la ejecución del acuerdo xxxxx, e impartir a dichos trabajadores las órdenes e instrucciones de trabajo que sean necesarias en relación con los suministros demandados.
c) Supervisar el correcto desempeño por parte del personal integrante del equipo de trabajo de las funciones que tienen encomendadas, así como controlar el cumplimiento de las normas laborales de la empresa, en particular en materia de asistencia del personal al lugar de trabajo y disfrute de vacaciones, de manera que no se perturbe la entrega del suministro.
d) Informar a la Universidad sobre las variaciones, ocasionales o permanentes, en la composición del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del acuerdo xxxxx.
El acuerdo marco se realizará en el plazo determinado en el ANEXO V y en el lugar indicado en dicho anexo. Cada empresa contratista estará obligada a ejecutar el contrato en sus propias dependencias o instalaciones.
Será obligación del empresario indemnizar los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato basado en el acuerdo marco correspondiente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 194 de la LCSP.
En relación con la ejecución de lo pactado, el desconocimiento del acuerdo marco en cualquiera de sus términos, de los documentos anejos que forman parte del mismo o de las instrucciones, pliegos o normas de toda índole promulgados por la Universidad de Almería, no eximirá al contratista de la obligación de su cumplimiento.
33. Contratos realizados en base al acuerdo marco
Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes
Podrán formalizar contratos basados en el presente Acuerdo Marco cualesquiera de los centros, departamentos, servicios y demás Centros de Coste de la Universidad de Almería y la Fundación Universidad de Almería, siendo estos los responsables del contrato basado emanado, que atenderán a las instrucciones que dé el órgano de contratación para la interpretación del acuerdo marco.
Las personas responsables de los contratos basados concretarán, de conformidad con lo establecido en el pliego de prescripciones técnicas, las condiciones del suministro.
Adjudicación de los contratos derivados
Los contratos derivados del presente acuerdo marco se ejecutarán de conformidad a las normas procedimentales que se establecen en el artículo 221 de la LCSP.
Solo podrán celebrarse contratos basados en el presente acuerdo marco entre la Universidad de Almería y la Fundación Universidad de Almería con las empresas que hayan sido adjudicatarias de este. En estos contratos, las partes no podrán, en ningún caso, introducir modificaciones sustanciales respecto de los términos establecidos en el acuerdo marco.
1. Cuando en algún lote/lotes el acuerdo marco se hubiese concluido con una única empresa los contratos basados se adjudicarán con arreglo a los términos en el establecidos. La Universidad de Almería podrá consultar por escrito a dicha empresa pidiéndole si fuera necesario que complete su oferta.
2. Cuando en algún lote/lotes el acuerdo marco se hubiese concluido con varias empresas, pueden darse dos supuestos:
EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
a) La especificación del suministro necesitado no aconseja una nueva licitación, y, ya que el acuerdo marco establece todos los términos podrán adjudicarse los contratos basados sin una nueva licitación de conformidad con las condiciones objetivas establecidas en el Anexo V para determinar qué empresa parte del acuerdo marco deberá ser adjudicataria del contrato basado y ejecutar la prestación. Más adelante se determinan los supuestos en que se acudirá a nueva licitación, así como sus términos.
b) La especificación del suministro necesitado aconseja una nueva licitación, y aunque todos los términos están fijados en el AM, se fijarán una nueva licitación con los nuevos criterios de adjudicación y especificaciones del suministro en el PPT.
En este caso, ya que se invitará a más de una empresa, la solicitud de oferta se realizará simultáneamente, utilizando un documento de licitación en el que se establecerán las características de los suministros solicitados los criterios de valoración de las ofertas y la ponderación de cada uno de ellos.
El plazo de recepción de ofertas no será inferior a 5 días naturales y se ampliará en función de la complejidad del objeto del contrato, la pluralidad o no de criterios de valoración, así como su complejidad y el tiempo necesario para el envío de la oferta.
Las empresas parte del acuerdo marco que sean invitadas a la licitación, están obligadas a presentar oferta válida para poder ser adjudicatarias del contrato derivado.
Los contratos correspondientes se tramitarán mediante los oportunos expedientes de gasto financiándose con cargo a los presupuestos de los Centros, Departamentos o Servicios peticionarios.
De acuerdo con el artículo 36.3 de la LCSP, en los contratos basados en un acuerdo marco no resultará necesaria la formalización del contrato, que se entenderá perfeccionado con la adjudicación.
La posibilidad de adjudicar contratos con base en un acuerdo marco estará condicionada a que, en el plazo de treinta días desde su formalización, se hubiese remitido el correspondiente anuncio de la misma a la Oficina de Publicaciones de la Unión Europea, en el caso de que se trate de contratos sujetos a regulación armonizada y efectuado su publicación en el perfil de contratante del órgano de contratación.
El procedimiento a seguir para la tramitación de los contratos basados en el presente acuerdo marco se detalla en el Anexo V (apartado 12).
Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes
34. Obligaciones del contratista
El empresario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de Seguridad e Higiene en el Trabajo, así como al cumplimiento de la normativa sobre gestión medioambiental y social y todas aquellas que se promulguen durante la ejecución del mismo, sin que el incumplimiento por su parte de dichas obligaciones implique responsabilidad alguna para la Universidad de Almería.
Son de cuenta del contratista los gastos correspondientes a publicaciones en Boletines Oficiales, así como los que se requieran para la obtención de licencias, documentos o cualquier información de organismos oficiales o particulares. Asimismo, los impuestos, derechos, tasas o compensaciones y demás gravámenes o gastos que resulten de aplicación según las disposiciones vigentes, en la forma y cuantía que éstas señalen.
El contratista, indemnizará a la Universidad de Almería de toda cantidad que se viese obligada a pagar por incumplimiento de las obligaciones establecidas en este pliego, aunque ello le venga impuesto por resolución judicial o administrativa.
El empresario adjudicatario del contrato responderá del deterioro y extravío que como consecuencia de sus acciones pueda producir en el mobiliario, material, instalaciones o edificios propiedad de la Universidad de Almería reparándolos por su cuenta y satisfaciendo las indemnizaciones que procedan.
EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
Correrá por cuenta de la empresa contratista la indemnización de los daños que se causen tanto a la Universidad de Almería como a terceros, como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución de los contratos basados, salvo cuando tales perjuicios hayan sido ocasionados por una orden inmediata y directa de la Universidad de Almería, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 196 de la Ley de Contratos del Sector Público.
La Universidad de Almería podrá inspeccionar en cualquier momento el trabajo llevado a cabo por el contratista en todo lo establecido en los Pliegos de Prescripciones Técnicas y de Cláusulas Administrativas Particulares. Los elementos que constituyen el equipamiento técnico del contratista también podrán ser objeto de reconocimiento por el responsable del contrato, que podrá rechazar cualquier elemento que considere inadecuado para el suministro a realizar. En ambos casos el contratista se verá obligado de forma inmediata a la corrección de las irregularidades o alteraciones que se produjesen en los suministros a la sustitución de los materiales inadecuados. Asimismo, podrá exigir las acreditaciones de que se siguen manteniendo las condiciones y cumpliendo las obligaciones exigidas para contratar.
Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato, son obligaciones específicas del contratista las siguientes:
34.1. Obligaciones laborales, sociales, fiscales y de protección de medio ambiente
El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia fiscal, laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad, de prevención de riesgos laborales y de protección del medio ambiente que se establezcan tanto en la normativa vigente como en los pliegos que rigen la presente contratación.
La Universidad de Almería establece en el ANEXO II del presente Pliego los organismos en los que los licitadores pueden obtener la información pertinente relativa a las citadas obligaciones.
El empresario deberá contratar el personal necesario para atender sus obligaciones. Corresponde exclusivamente a la empresa contratista la selección del personal que, reuniendo, en su caso, los requisitos de titulación y experiencia exigidos, formará parte del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato, sin perjuicio de la verificación por parte de la Universidad de Almería del cumplimiento de aquellos requisitos. El
Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes
personal adscrito por el contratista a la prestación objeto del contrato, no tendrá ninguna relación laboral con la Universidad de Almería, bajo ningún concepto, dependiendo exclusivamente del contratista, por lo que tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su condición de empresario, y siendo de cuenta directa de este último todos los devengos de personal.
La empresa contratista asume la obligación de ejercer de modo real, efectivo y continuo, sobre el personal integrante del equipo de trabajo encargado de la ejecución del contrato, el poder de dirección inherente a todo empresario. En particular, asumirá la negociación y pago de los salarios, la concesión de permisos, licencias y vacaciones, la sustituciones de los trabajadores en casos de baja o ausencia, las obligaciones legales en materia de Seguridad Social, incluido el abono de cotizaciones y el pago de prestaciones cuando proceda, las obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales, el ejercicio de la potestad disciplinaria, así como cuantos derechos y obligaciones se deriven de la relación contractual entre empleado y empleador.
La empresa contratista velará especialmente que los trabajadores adscritos a la ejecución del contrato desarrollen su actividad sin extralimitarse en las funciones desempeñadas respecto de la actividad delimitada en el presente Pliego.
En el caso de que la empresa contratista incumpla las obligaciones asumidas en relación con su personal, dando lugar a que la Universidad de Almería resulte sancionada o condenada, la empresa contratista deberá indemnizar a ésta de todos los daños y perjuicios que se deriven de tal incumplimiento y de las actuaciones de su personal.
EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
El empresario adjudicatario del contrato responderá de cuantas obligaciones le vienen impuestas por su carácter de empleador, así como del cumplimiento de las normas que regulan la relación laboral o de otro tipo, existente entre aquel, o entre sus subcontratistas, y los trabajadores de uno y otro, sin que pueda repercutir en la Universidad de Almería ningún tipo de multa, sanción o responsabilidad que le fuese impuesta por incumplimiento. En cualquier caso, el contratista o contratistas indemnizarán a la Universidad de Almería de toda cantidad que se viese obligada a pagar por incumplimiento de las obligaciones aquí consignadas, aunque ello le venga impuesto por resolución judicial o administrativa.
34.2. Obligaciones del contratista en supuestos de subcontratación
Si así está previsto en el ANEXO V el contratista podrá concertar la realización parcial de la prestación con los requisitos y alcance que se establezca en el ANEXO V.
La celebración de subcontratos por el contratista estará sometida al cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 215 LCSP.
Para la celebración de subcontratos por parte del contratista será necesario que éste comunique al órgano de contratación, en todo caso, de forma anticipada y por escrito la intención de celebrar los subcontratos, junto con la documentación que justifique la aptitud del subcontratista para ejecutar la parte de la prestación que se pretende subcontratar, y una declaración responsable del subcontratista de no estar incurso en prohibición de contratar con la Administración.
Asimismo, y sin perjuicio de la aplicación, en su caso, de lo establecido en el artículo 44 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, será obligación del contratista responder de los salarios impagados a los trabajadores afectados por subrogación, así como de las cotizaciones a la Seguridad social devengadas, aún en el supuesto de que se resuelva el contrato y aquellos sean subrogados por el nuevo contratista, sin que en ningún caso dicha obligación corresponda a este último. En este caso, la Universidad, una vez acreditada la falta de pago de los citados salarios, procederá a la retención de las cantidades debidas al contratista para garantizar el pago de los citados salarios, y a la no devolución de la garantía definitiva en tanto no se acredite el abono de éstos.
Información sobre las condiciones de subrogación en contratos de trabajo.
Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes
Cuando una norma legal, un convenio colectivo o un acuerdo de negociación colectiva de eficacia general, imponga al adjudicatario la obligación de subrogarse como empleador en determinadas relaciones laborales, se facilitará a los licitadores la información sobre las condiciones de los contratos de los trabajadores a los que afecte la subrogación, que resulte necesaria para permitir una exacta evaluación de los costes laborales que implicará tal medida, información que se facilita en cumplimiento de lo previsto en el artículo 130 LCSP. En su caso esta información aparecerá en el ANEXO V.
La empresa que resulte adjudicataria del presente contrato y que tenga la condición de empleadora de los trabajadores afectados, estará obligada a proporcionar la información anteriormente referida, a requerimiento del responsable del contrato. Como parte de la información en todo caso se deberán aportar los listados del personal objeto de subrogación, indicándose: el convenio colectivo de aplicación y los detalles de categoría, tipo de contrato, jornada, fecha de antigüedad, vencimiento del contrato, salario bruto anual de cada trabajador, así como todos los pactos en vigor aplicables a los trabajadores a los que afecte la subrogación
34.3. Obligaciones relativas a la gestión de permisos, licencias y autorizaciones
El empresario adjudicatario del contrato está obligado al cumplimiento de todas las disposiciones vigentes en relación con la actividad desarrollada. Para utilizar materiales, suministros, procedimientos y equipos en la ejecución del objeto del contrato deberán obtener las cesiones, permisos y autorizaciones necesarias, de los titulares de las patentes, modelos y marcas de fabricación correspondientes, corriendo de su cuenta el pago de los derechos e indemnizaciones por tales conceptos, siendo responsables de toda reclamación relativa a la propiedad industrial y comercial y debiendo indemnizar a la Universidad de Almería por todos los daños y perjuicios que para el mismo puedan derivarse de la interposición de cualquier tipo de reclamaciones.
EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
El contratista estará obligado, a gestionar los permisos, licencias y autorizaciones establecidas en las ordenanzas municipales y en las normas de cualquier otro organismo público o privado que sean necesarias para el inicio, y ejecución de los suministros, solicitando de la Administración los documentos que para ello sean necesarios.
34.4. Obligaciones de transparencia
El contratista deberá suministrar a la Universidad de Almería, previo requerimiento y en un plazo de quince días, toda la información necesaria para el cumplimiento por aquella de las obligaciones de transparencia establecidas en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la información y buen gobierno y la Ley 1/2014, de 24 xx xxxxx, de Transparencia pública de Andalucía. Una vez transcurrido el plazo conferido en el requerimiento sin que el mismo hubiera sido atendido, la Universidad de Almería podrá acordar, previo apercibimiento y audiencia al interesado, la imposición de multas coercitivas según el art. 4.4 de la Ley 1/2014.
34.5. Condiciones especiales de ejecución del contrato de carácter social, ético, medioambiental o de otro orden.
En el Apartado 17 del ANEXO V se establecerán condiciones especiales en relación con la ejecución del contrato siempre que:
- estén vinculadas al objeto del contrato, en el sentido del artículo 145
- no sean directa o indirectamente discriminatorias.
- sean compatibles con el derecho comunitario y
- se indiquen en el anuncio de licitación y en los pliegos.
Estas condiciones de ejecución podrán referirse, en especial, a consideraciones económicas, relacionadas con la innovación, de tipo medioambiental o de tipo social.
34.6. Obligaciones de Confidencialidad
Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes
En relación con la confidencialidad será de aplicación lo dispuesto en el artículo 133 LCSP. El empresario adjudicatario del contrato está obligado a respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tengan acceso con ocasión de la ejecución del mismo a la que se hubiese dado el referido carácter en los pliegos, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Este deber se mantendrá durante un plazo mínimo de cinco años desde el conocimiento de esa información, salvo que el pliego establezca un plazo mayor.
35. Seguros.
El contratista tendrá suscritos los seguros obligatorios, así como un seguro que cubra las responsabilidades que se deriven de la ejecución del acuerdo marco, en los términos que, en su caso, se indique en el pliego de prescripciones técnicas.
36. Plazos y penalidades.
El contratista está obligado a cumplir el contrato dentro del plazo total fijado en el ANEXO V para la realización del mismo, así como de los plazos parciales señalados en el citado anexo para su ejecución sucesiva.
La constitución en xxxx por el contratista no precisará intimación previa por parte de la Universidad de Almería. La imposición de penalidades consecuentes con dicho retraso se aplicará automáticamente por el Órgano de Contratación de la Universidad de Almería.
EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
Si llegado al término de cualquiera de los plazos parciales o del final, el contratista hubiera incurrido en xxxx por causas imputables al mismo, la Universidad de Almería podrá optar indistintamente, en la forma y condiciones establecidas en el artículo 193 de la Ley de Contratos del Sector Público, por la resolución del contrato con pérdida de garantía definitiva o por la imposición de las penalidades establecidas en el citado artículo.
En el caso de que el contrato incluyera cláusulas de revisión de precios y el incumplimiento del plazo fuera imputable al contratista, se procederá en la forma y en los términos previstos en el artículo 104 de la Ley de Contratos del Sector Público. El importe de las penalidades no excluye la indemnización a que pudiese tener derecho la Universidad de Almería por daños y perjuicios originados por la demora del contratista.
Si el retraso fuera por motivos no imputables al contratista se estará a lo dispuesto en el artículo 196 de la Ley de Contratos del Sector Público.
La Universidad de Almería en el Apartado 18 del ANEXO V podrá prever penalidades, conforme a lo previsto en el apartado 1 del artículo 192, para el caso de incumplimiento de los compromisos o de las condiciones especiales de ejecución, o atribuirles el carácter de obligaciones contractuales esenciales a los efectos señalados en la letra f) del artículo 211.
Cuando el incumplimiento de estas condiciones no se tipifique como causa de resolución del contrato, el mismo podrá ser considerado en los pliegos, en los términos que se establezcan reglamentariamente, como infracción grave a los efectos establecidos en la letra c) del apartado 2 del artículo 71.
Estas penalidades serán proporcionales a la gravedad del incumplimiento, y su cuantía no podrá ser superior al 10% del presupuesto del contrato.
Para la imposición de este tipo de penalidades se sustanciará un procedimiento en el que necesariamente tendrá lugar trámite de alegaciones al contratista.
37. Abono del precio.
Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes
El adjudicatario tendrá derecho al abono del precio convenido, con arreglo a las condiciones establecidas en el contrato, correspondiente a los trabajos efectivamente realizados y formalmente recibidos por la Administración.
El pago del precio se realizará, según se indique en el ANEXO V de una sola vez a entrega de los bienes o mediante pagos parciales, previa recepción de conformidad.
El pago del precio se efectuará previa presentación de factura, debiendo ser repercutido como partida independiente el Impuesto sobre el Valor Añadido en el documento que se presente para el cobro, sin que el importe global contratado experimente incremento alguno.
En cumplimiento de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación de registro contable de facturas del Sector Público, la presentación de las facturas se realizará desde el Punto General de Entrada de Factura Electrónica (FACe) del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
Los códigos asignados al Universidad de Almería que deberán figurar obligatoriamente en la factura electrónica se indican el ANEXO V.
38. Recepción.
El lugar de entrega del objeto del contrato será el fijado en el pedido por las Unidades tramitadoras.
La constatación de la correcta ejecución del objeto del contrato se acreditará mediante certificación expedida por el responsable del contrato.
EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
El responsable del contrato nombrado por el órgano de Contratación de la Universidad de Almería determinará si la prestación realizada por el contratista se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, requiriendo, en su caso, la realización de las prestaciones contratadas y la subsanación de los defectos observados con ocasión de la recepción. Si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada, como consecuencia de vicios o defectos imputables al contratista, podrá rechazar la misma quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho.
La recepción del objeto de contrato se efectuará de acuerdo con lo previsto en los artículos 210 y 311 de la Ley de Contratos del Sector Público.
Si durante el plazo de garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos en los trabajos efectuados el órgano de contratación tendrá derecho a reclamar al contratista la subsanación de los mismos.
Terminado el plazo de garantía sin que la Universidad de Almería haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refieren los apartados anteriores, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de la prestación efectuada, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 305 de la LCSP.
El contratista tendrá derecho a conocer y ser oído sobre las observaciones que se formulen en relación con el cumplimiento de la prestación contratada.
Una vez efectuada la recepción de la totalidad del trabajo y cumplido el plazo de garantía que, en su caso, se indique en el ANEXO V, se procederá a la devolución de la garantía prestada, si no resultaren responsabilidades que hubieran de ejercitarse sobre la garantía, de conformidad con lo establecido en el artículo 111 de la Ley de Contratos del Sector Público.
39. Resolución del contrato.
Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes
Son causas de resolución del contrato las previstas en los artículos 211 y 306 de la LCSP. Asimismo, constituirá causa de resolución del contrato imputable al contratista:
a) El incumplimiento de la obligación de guardar sigilo establecida en la cláusula 34.6 de este pliego.
b) El abandono por parte del contratista del objeto del contrato. Se entenderá producido el abandono cuando la prestación no se desarrolle con la regularidad adecuada o con los medios humanos o materiales precisos para la normal ejecución del contrato en el plazo estipulado. No obstante, cuando se de este supuesto, la Universidad de Almería, antes de declarar la resolución, requerirá al contratista para que regularice la situación en el plazo de cinco días a contar del requerimiento.
c) La incursión del contratista, durante la vigencia del contrato, en alguna de las prohibiciones señaladas en la normativa vigente o en incompatibilidad, sin la obtención inmediata de la correspondiente compatibilidad.
d) El incumplimiento, por parte del empresario, de sus obligaciones derivadas de la legislación laboral y social vigente.
e) Cuando el adjudicatario deje de explotar directamente el contrato de suministro, subarrendar, ceder o traspasar la explotación, sin autorización del órgano de contratación.
EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
El acaecimiento de cualquiera de estas causas, en los términos establecidos, conllevará la resolución del contrato, debiendo indemnizar el contratista a la Universidad los daños y perjuicios ocasionados, con los demás efectos que procedan conforme a la normativa aplicable. El importe de la garantía responderá de todo ello, en cuanto alcance, y sin perjuicio de la subsistencia de la responsabilidad del contratista en lo que se refiere al importe que exceda del de la garantía incautada, en su caso.
En el supuesto de que fuese necesario que la prestación se ejecutase en forma distinta a la pactada inicialmente, deberá procederse a la resolución del contrato en vigor y a la celebración de otro, de acuerdo con lo previsto en la LCSP.
En caso de que se inicie expediente de resolución del contrato por imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, o por la posibilidad cierta de producción de una lesión grave al interés público, de continuarse ejecutando la prestación en esos términos, podrá iniciarse el procedimiento para la adjudicación del nuevo contrato, si bien la adjudicación de éste quedará condicionada a la terminación del expediente de resolución. Hasta que se formalice el nuevo contrato, el contratista quedará obligado, en la forma y con el alcance que determine el órgano de contratación, a adoptar las medidas necesarias por razones de seguridad, o indispensables para evitar un grave trastorno al servicio público, de conformidad con lo establecido en la LCSP.
Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes
JURISDICCIÓN
Y
VII.- PRERROGATIVAS DE LA UNIVERSIDAD DE ALMERÍA, JURISDICCIÓN Y RECURSOS.
40. Prerrogativas de la Universidad de Almería.
ALMERÍA,
La Universidad de Almería ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de esta, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 y por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Los acuerdos que dicte el Órgano de Contratación de la Universidad de Almería, previo informe jurídico de los órganos competentes en el ejercicio de sus prerrogativas de interpretación, modificación y resolución, serán inmediatamente ejecutivos.
41. Modificación del contrato.
UNIVERSIDAD
DE
El contrato solo podrá ser modificado por razones de interés público, o en los supuestos y con los límites establecidos en los artículos 203, 204 y 205 LCSP, siempre que así esté contemplado en el ANEXO V. Estas modificaciones deberán ser acordadas por el órgano de contratación, previa tramitación del procedimiento oportuno, formalizarse en documento administrativo, y publicarse en el perfil de contratante y en el Diario Oficial de la Unión Europea si el contrato está sujeto a regulación armonizada. Cada vez que se modifiquen las condiciones contractuales, el contratista queda obligado a la actualización del Programa de Trabajo.
Asimismo, y teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 207 de la Ley de Contratos del Sector Público, el procedimiento a seguir para efectuar la modificación del contrato en los supuestos contemplados en el citado anexo será el siguiente:
1. Resolución de inicio de expediente de modificación del contrato por el órgano de contratación.
2. Audiencia al contratista.
3. Informe del Gabinete Jurídico de la Universidad de Almería.
4. Propuesta de resolución de modificación por el órgano de contratación.
5. Resolución motivada del órgano de contratación.
6. Notificación al contratista.
LA
41.1. Modificaciones previstas
DE
En el ANEXO V se indicará, en su caso, la posibilidad de modificación del contrato, detallándose, de forma clara, precisa e inequívoca las condiciones en que podrá hacerse uso de la misma, así como el alcance y límites de dichas modificaciones, con expresa indicación del porcentaje del precio del contrato al que como máximo pueda, de conformidad con lo establecido en el artículo 204 de la Ley de Contratos del Sector Público.
PRERROGATIVAS
41.2. Modificaciones no previstas
Todas aquellas modificaciones no previstas en el ANEXO V solo podrán efectuarse cuando se justifique suficientemente la concurrencia de alguna de las circunstancias previstas en los artículos 203 y 205 de la Ley de Contratos del Sector Público. Las modificaciones acordadas por el órgano de contratación serán obligatorias para el contratista y deberán formalizarse conforme a lo dispuesto en el artículo 153 de la Ley de Contratos del Sector Público.
42. Suspensión del contrato.
Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes
JURISDICCIÓN
Y
La Universidad de Almería, por razones de interés público, podrá acordar la suspensión de la ejecución del contrato. Igualmente, procederá la suspensión del contrato si se diese la circunstancia señalada en el artículo
198.5 LCSP. A efectos de la suspensión del contrato se estará a lo dispuesto en el artículo 208 LCSP, así como en los preceptos concordantes del RGLCAP.
ALMERÍA,
De conformidad con el artículo 208 LCSP, si la Administración acordase la suspensión del contrato o aquella tuviere lugar por la aplicación de lo dispuesto en el artículo 198.5 LCSP, la Administración abonará al contratista los daños y perjuicios efectivamente sufridos por éste con sujeción a las reglas establecidas en el presente pliego.
43. Jurisdicción competente.
Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de los contratos administrativos, serán resueltas por el Órgano de Contratación de la Universidad de Almería, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 xx xxxxx, y en el artículo
122.1 de los Estatutos de la Universidad de Almería, aprobados por Decreto 225/2018, de 18 de diciembre.
UNIVERSIDAD
DE
Contra los mismos se podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo de Almería, en el plazo de dos meses a partir de la recepción de la Resolución, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.3 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- administrativa, o potestativamente Recurso de Reposición ante este Órgano en el plazo de un mes a partir igualmente de la recepción de la Resolución, según establecen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
44. Recurso especial en materia de contratación.
Serán susceptibles de recurso especial en materia de contratación previo de la interposición del contencioso- administrativo, siempre que se trate de un contrato de los recogidos en el artículo 44 de la Ley de Contratos del Sector Público,
a) Los anuncios de licitación, los pliegos y los documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la contratación.
DE
LA
b) Los actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación, siempre que estos decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos. En todo caso se considerará que concurren las circunstancias anteriores en los actos de la mesa o del órgano de contratación por los que se acuerde la admisión o inadmisión de candidatos o licitadores, o la admisión o exclusión de ofertas, incluidas las ofertas que sean excluidas por resultar anormalmente bajas como consecuencia de la aplicación del artículo 149 de la Ley de Contratos del Sector Público.
c) Los acuerdos de adjudicación.
PRERROGATIVAS
d) Las modificaciones basadas en el incumplimiento de lo establecido en los artículos 204 y 205 de la Ley de Contratos del Sector Público, por entender que la modificación debió ser objeto de una nueva adjudicación.
e) La formalización de encargos a medios propios en los casos en que estos no cumplan
f) los requisitos legales.
g) Los acuerdos de rescate de concesiones.
La tramitación del citado recurso se ajustará a lo dispuesto en la Ley de Contratos del Sector Público.
45. Particularidades en caso de tramitación de urgencia
Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes
Página 40 de 92
Pliego 855.20
JURISDICCIÓN
Y
Podrán ser objeto de tramitación urgente los expedientes correspondientes a los contratos cuya celebración responda a una necesidad inaplazable o cuya adjudicación sea preciso acelerar por razones de interés público. A tales efectos el expediente deberá contener la declaración de urgencia hecha por el órgano de contratación, debidamente motivada. Los expedientes calificados de urgentes se tramitarán siguiendo el mismo procedimiento que los ordinarios, con las siguientes especialidades:
ALMERÍA,
Los expedientes gozarán de preferencia para su despacho por los distintos órganos que intervengan en la tramitación, que dispondrán de un plazo de cinco días para emitir los respectivos informes o cumplimentar los trámites correspondientes. Cuando la complejidad del expediente o cualquier otra causa igualmente justificada impida cumplir el plazo antes indicado, los órganos que deban evacuar el trámite lo pondrán en conocimiento del órgano de contratación que hubiese declarado la urgencia. En tal caso el plazo quedará prorrogado hasta diez días.
El plazo de inicio de la ejecución del contrato no podrá exceder de un mes, contado desde la formalización. Si se excediese este plazo, el contrato podrá ser resuelto, salvo que el retraso se debiera a causas ajenas a la Universidad y al contratista y así se hiciera constar en la correspondiente resolución motivada.
La tramitación del expediente calificado de urgente se sujetará a las normas y con los plazos que a estos efectos prevén los artículos 119 y 120 de la Ley de Contratos del Sector Público.
DE
Este Pliego ha sido informado favorablemente por el Gabinete Jurídico de la Universidad de Almería el día 11 de febrero de 2021
UNIVERSIDAD
Conocido y aceptado en su totalidad EL ADJUDICATARIO
LA
Fdo.
PRERROGATIVAS
DE
Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes
Página 41 de 92
Pliego 855.20
ANEXO I. MODELOS DE DOCUMENTOS
MODELO 1 DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS PREVIOS
ANEXO A. PERSONA FISICA/JURÍDICA
D.
D.N.I. nº
Domicilio En nombre propio
Como representante de la empresa , con C.I.F. nº
y domicilio de la que declara bajo su responsabilidad que ostenta la representación.
Enterado del procedimiento de licitación denominado referencia , y de las condiciones y requisitos que se exigen para participar en el mismo,
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD que él/ella (en el supuesto de actuar en nombre propio) o la sociedad a que representa (en el supuesto de actuar en representación):
1) Que la empresa licitadora cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Universidad de Almería, comprometiéndose a aportar la documentación acreditativa de la personalidad y capacidad del licitador y la documentación acreditativa de la representación en caso de resultar adjudicatario.
2) Que la empresa licitadora tiene plena capacidad de obrar, se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias (recibos de alta y estar al corriente del pago, o exento del mismo, del Impuesto sobre Actividades Económicas, certificaciones positivas que acrediten la no existencia de deudas con la Administración del Estado y con la Comunidad Autónoma de Andalucía) y con la Seguridad Social, impuestas por las disposiciones vigentes.
3) Que la empresa licitadora dispone, en su caso, de la clasificación de contratista en los términos establecidos en el artículo 77 de la Ley de Contratos del Sector Público, o en caso de no exigirse clasificación, cumple los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica o profesional establecidos en el ANEXO V
4) Que la empresa licitadora no se encuentra incursa en las prohibiciones para contratar previstas en el artículo 71 de la Ley de Contratos del Sector Público.
5) Que la empresa licitadora no ha sido adjudicataria ni ha participado, por sí o mediante Unión Temporal de Empresarios, en la ejecución de los contratos que hayan tenido por objeto la redacción del proyecto, dirección facultativa, vigilancia, supervisión y/o control de las obras que son objeto de la licitación, ni es empresa vinculada a ellas en el sentido en que son definidas en el artículo 42 del Código de Comercio, así como que no ha sido empresa colaboradora de los adjudicatarios de estos contratos.
6) Que, en su caso, la entidad se halla inscrita en el Registro de Licitadores que a continuación se indica, y que las circunstancias de la entidad que en él figuran respecto de los requisitos exigidos para la admisión del presente procedimiento de contratación son exactas y no han experimentado variación. Señalar lo que proceda:
🞏 Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado
Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes
Página 42 de 92
Pliego 855.20
DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS PREVIOS
🞏 Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas de la Comunidad Autónoma de Andalucía
7) Que en caso de resultar propuesta adjudicataria la empresa licitadora aportará certificación de no formar parte de los órganos de gobierno o administración de la empresa/sociedad/ entidad, persona alguna a la que se refiere la Ley 3/2005, de 8 xx xxxxx, de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Administración de la Junta de Andalucía y de Declaración de Actividades, Bienes, Intereses y Retribuciones de Altos Cargos y otros Cargos Públicos, así como que no ostenta participación superior al diez por ciento computada en la forma que regula el artículo 5 de la citada Ley, o en los términos de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de Administraciones Públicas.
8) Que la empresa que represento: (indicar a ó b)
a. □ No pertenece a ningún Grupo de Empresas
b. □ Pertenece al Grupo Empresarial denominado: .....................................................
En este último caso deberá indicar:
□ No concurren a la licitación otras empresas del Grupo que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42 del Código de Comercio
□ Concurren a la licitación otras empresas del Grupo que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42 del Código de Comercio. (indicar nombre de las otras empresas)
9) Que la empresa que represento: (señalar lo que proceda)
🞏 Que posee en la plantilla de sus centros de trabajos un número no inferior al 2 por 100 de trabajadores con discapacidad, por tener un grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100.
🞏 Que ha adoptado las medidas alternativas previstas en el Real Decreto 364/2005, de 8 xx xxxxx, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva en favor de los trabajadores con discapacidad, todo ello de acuerdo con lo establecido en el artículo 115 de la Ley 18/2003, de 29 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales y administrativas (BOJA de 31 de diciembre).
🞏 Que tiene la marca de excelencia o ha desarrollado medidas destinadas a lograr la igualdad de oportunidades, de conformidad con la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la Promoción de la Igualdad de Género en Andalucía.
🞏 Que se trata de una empresa de inserción de las reguladas en la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción, y que cumple con los requisitos establecidos en dicha normativa para tener esta consideración.
🞏 Que se trata de una entidad reconocida como Organización de Comercio Justo.
10) Relación de lotes a los que concurre: (indicar en su caso)
11) Que la empresa a la que represento acepta expresamente que, las notificaciones y comunicaciones que se generen, en las diferentes fases de tramitación administrativa del expediente de referencia, sean realizadas por la Universidad de Almería mediante la plataforma electrónica indicada en el ANEXO V siempre que se apliquen las garantías establecidas en el artículo 41 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones. Igualmente acepta expresamente las normas establecidas en el artículo 43 de la citada Ley, referidas a la práctica de la notificación por medios electrónicos. Asimismo, los datos de contacto de la empresa son:
Persona de contacto: Dirección: Código Postal: Población: Provincia: Teléfono: Fax: Dirección de correo electrónico: C.I.F:
En , a de de .
Firma
12) En caso de Empresa Extranjeras. -
Que la empresa a la que represento (si es persona física el nombre del empresario individual)
, se somete a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales
Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes
Página 43 de 92
Pliego 855.20
DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS PREVIOS
españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderle.
13) Encuentra de conformidad, se somete y acepta íntegramente el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el de Prescripciones Técnicas de este procedimiento y cuantas obligaciones de ellos se derivan como licitador y como adjudicatario si lo fuese.
Por ello, en el caso de ser adjudicatario, mediante la firma de este documento nos comprometemos a acreditar en el plazo legalmente establecido los extremos indicados en esta declaración, según lo dispuesto en la normativa de aplicación.
Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes
Página 44 de 92
Pliego 855.20
DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS PREVIOS
ANEXO B. DECLARACIÓN DEUC
MODELO DECLARACIÓN RESPONSABLE FORMULARIO DEUC
INSTRUCCIONES
En cumplimiento de lo previsto por la Directiva 24/2014/UE, en su art. 59, y art. 141 LCSP, los licitadores podrán presentar en acreditación del cumplimiento de los requisitos previos para participar en el procedimiento el denominado “documento europeo único de contratación” (DEUC), que confirme que la empresa cumple los mismos y que cuenta con las condiciones de aptitud exigidas, incluida la de no estar incursa en prohibición de contratar, que cumple los requisitos de solvencia económica y financiera, y técnica o profesional, así como los demás criterios de selección y requisitos de participación establecido en el pliego.
Para su cumplimentación, la Universidad de Almería pone a disposición de los licitadores el documento DEUC en formato electrónico, el cual podrá reutilizar a través del servicio DEUC electrónico gratuito puesto a disposición en la siguiente dirección web:
xxxxx://xxxxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxx-xxx/xxxxxx?xxxxxxx
Cuando los contratos estén divididos en lotes y los criterios de selección varíen de un lote a otro, el DEUC deberá cumplimentarse para cada lote (o grupo de lotes al que se apliquen los mismos criterios de selección).
Un licitador que se base en la solvencia y medios de otras entidades según lo establecidos en el art. 75 del LCSP, deberá aportar su propio DEUC junto aquello/s otro/s DEUC separado/s por cada una de las entidades de que se trate. Por último, cuando grupos de licitadores, incluidas asociaciones temporales, participen conjuntamente en el procedimiento de contratación, deberá presentarse un DEUC separado, en el que figure la información requerida en las partes II a V, por cada entidad participante.
Los licitadores pueden volver a utilizar la información facilitada en un DEUC que hayan empleado en un procedimiento de contratación anterior siempre que la información sea correcta y siga siendo pertinente. Para ello lo más fácil es insertar la información en el nuevo DEUC haciendo uso de las funciones apropiadas que incluye a tal efecto el servicio DEUC electrónico antes mencionado. Por supuesto, también será posible reutilizar información a través de otras modalidades para copiar y pegar datos, por ejemplo, los datos almacenados en el equipo informático del operador económico (ordenadores personales, tabletas, servidores, etc.).
Una vez finalizado el formulario, puede hacer clic en «Exportar» para descargar y conservar el archivo DEUC en su ordenador. De dicho formulario se obtendrá un ejemplar impreso, el cual deberá incluirse debidamente firmado en el Sobre que recoge la documentación administrativa, de acuerdo con lo establecido en para la presentación de los documentos en este pliego.
En caso de que la empresa sea propuesta como adjudicataria del presente contrato aportará, en el plazo establecido en el procedimiento, la documentación acreditativa de lo declarado anteriormente. La no acreditación de los extremos anteriores en el plazo establecido, o bien, si de la aportación de dicha acreditación se apreciara falsedad en algunos de los extremos declarados anteriormente, el licitador incurrirá en causa de impedimento de contratar con las Administraciones Públicas, según lo dispuesto en el apartado 2.d) del artículo 71 de la LCSP.
Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes
Página 45 de 92
Pliego 855.20
DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS PREVIOS
MODELO 2 VIGENCIA DEL REGISTRO OFICIAL DE LICITADORES Y EMPRESAS CLASIFICADAS
D. , con D.N.I. Nº ,
como representante de la empresa . DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD:
Que la entidad se halla inscrita en el Registro de Licitadores que a continuación se indica, y que las circunstancias de la entidad que en él figuran respecto de los requisitos exigidos para la admisión del presente procedimiento de contratación son exactas y no han experimentado variación.
🞏 Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado
🞏 Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas de la Comunidad Autónoma de Andalucía (Lugar, fecha, firma)
Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes
Página 46 de 92
Pliego 855.20
VIGENCIA DEL REGISTRO OFICIAL DE LICITADORES Y EMPRESAS CLASIFICADAS
DE
MODELO 3 COMPROMISO CONSTITUCIÓN UTE (UNIÓN TEMPORAL DE EMPRESARIOS)
TEMPORAL
En las uniones temporales de empresarios, tanto de personas físicas como jurídicas, cada uno de los componentes presentará la declaración correspondiente, así mismo, presentará el siguiente compromiso: DECLARACIÓN COMPROMISO CONSTITUCIÓN UTE
D… ,
mayor de edad y con NIF núm……………………………., en representación de la
empresa.................................................................................................................., con domicilio social
en....................................................................................................... y NIF núm......................................
D/Xx… , mayor de
edad y con NIF núm……………………………….., en representación de la
empresa.................................................................................................................., con domicilio social
en......................................................................................................, y NIF núm......................................
(UNIÓN
Se comprometen a constituir una unión temporal de empresarios, de conformidad con lo establecido en la Ley de Contratos del Sector Público, a efectos de participar en la licitación para la contratación del expediente (. ). En el caso de resultar adjudicatarios se comprometen a formalizar en escritura pública la citada
unión.
La participación en la UTE, de cada uno de los miembros es la que sigue:
XX%.
XX%.
Como representante de la citada unión se nombra a
D./Xx… ,
En , a de de .
CONSTITUCIÓN
U.T.E.
(FIRMA DE CADA MIEMBRO DE LA UTE).
COMPROMISO EMPRESARIOS)
Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes
Página 47 de 92
Pliego 855.20
MODELO 4 ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS Y DE CUMPLIMIENTO DE CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN
D.
,
con D.N.I. Nº ,
en nombre propio o como representante de la empresa
. DECLARA:
La empresa se compromete a utilizar su organización productiva en el desarrollo de la actividad contratada y además: a efectos de completar la acreditación de la solvencia técnica, la empresa, entre los medios materiales y personales para la ejecución, deberá comprometerse a adscribir los medios señalados a continuación (que, en su caso, son fijados por el órgano de contratación por considerar que debe establecerse un mínimo a las características o cualificaciones de los medios personales o materiales):
I.- Medios materiales: (especificar) II.- Medios personales: (especificar)
Que en relación con la ejecución del contrato correspondiente a este expediente se compromete a cumplir las condiciones especiales de ejecución indicadas en el pliego, y a adscribir a la ejecución del contrato:
a) su propia organización productiva,
b) los medios fijados en el pliego como condiciones especiales de ejecución,
c) los medios acreditados en el sobre 1, así como, en el caso de encontrarse fijados, los concretos medios personales y materiales indicados en este Anexo.
Y para que conste, firmo la presente declaración en ............................., a. de
............................ de .......
Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes
ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS Y CMPLIMIENTO DE CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN
MODELO 5 CLAUSULA DE CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS
PRIMERO.- Los datos personales facilitados, para los casos en que se trate de persona/s física/s, o en el caso de ser representante/s de una persona jurídica, así como la curricular y otras de índole laboral, del/los trabajador/es que realizarán el suministro serán tratados por la Universidad de Almería en calidad de Responsable de Tratamiento.
La base jurídica que legitima el tratamiento de los datos es la gestión de la adjudicación xxx xxxxxx, para la formalización y ejecución del mismo en el supuesto de ser asignado al adjudicatario.
La finalidad de la recogida y tratamiento de la información es la valoración de su idoneidad en el proceso de selección o adjudicación del suministro que se trate, así como – en el caso de que resulte adjudicatario – su utilización para mantener la relación contractual con esta Universidad, en los aspectos económicos y técnicos derivados, así como el control del bien/es contratado/s y, en su caso, remisión de información sobre las incidencias relacionadas con aquéllos.
Se informa que los datos personales podrán ser cedidos o comunicados a las entidades públicas – estatales o autonómicas
CLAUSULA DE CONFIDENCIALIDAD
– competentes y en los supuestos previstos, según Xxx. Asimismo, podrán ser publicados en los tablones y diarios o boletines oficiales de la Administración Pública correspondientes. De conformidad con el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 xx xxxxx de 2016 (Reglamento General de Protección de Datos, RGPD), podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación, olvido, oposición y portabilidad, respecto de sus datos personales, enviando un escrito acompañado de su DNI, dirigido a la Universidad de Almería, Secretaría General, Edificio de Gobierno y Paraninfo, Ctra. De Sacramento s/n, 04120 – La Cañada de San Urbano, Almería.
SEGUNDO.- La entidad adjudicataria y el personal a su servicio deberá cumplir con el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 xx xxxxx de 2016 (Reglamento General de Protección de Datos), con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD) así como de las disposiciones que, en materia de protección de datos, se encuentren en vigor a la adjudicación del contrato o que puedan estarlo a su vigencia.
De conformidad con el artículo 5 del RGPD, el personal de la entidad adjudicataria deberá guardar la debida confidencialidad y secreto sobre los hechos, informaciones, conocimientos, documentos y otros elementos a los que tenga acceso con motivo de la prestación del servicio.
Es obligación de la entidad adjudicataria comunicar este deber a su personal, así como cuidar de su cumplimiento.
Como la prestación de los suministros comporta un acceso o tratamiento de datos de carácter personal contenidos en el tratamiento, informáticos y/o en papel, titularidad de la Universidad de Almería, la entidad adjudicataria, en su calidad de Encargado del Tratamiento se obliga especialmente a lo siguiente:
(i) No aplicar o utilizar la información de carácter personal con un fin distinto al previsto en el presente pliego, así como su cesión o comunicación a terceros, ni siquiera para su conservación.
(ii) En el caso de que la entidad adjudicataria sometiera a tratamiento o almacenamiento, de cualquier modo, datos personales de los tratamientos titularidad de la Universidad de Almería, se compromete a adoptar las medidas técnicas y organizativas apropiadas para garantizar un nivel de seguridad adecuado al riesgo, teniendo en cuenta el estado de la técnica, los costes de aplicación, y la naturaleza, el alcance, el contexto y los fines del tratamiento, así como riesgos de probabilidad y gravedad variables para los derechos y libertades de las personas físicas.
(iii) Asimismo, para el caso en que los suministros impliquen tratamiento de datos personales en las propias instalaciones de la entidad adjudicataria, antes de la formalización del contrato ésta presentará a la Universidad de Almería una declaración en la que ponga de manifiesto dónde van a estar ubicados, en su
Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes
caso, los servidores y desde dónde se van a utilizar los servicios asociados a los mismos, quedando obligada a comunicar cualquier cambio que afecte a los datos de carácter personal accedidos que se produzca, a lo largo de la vida del contrato. poniendo a disposición del responsable toda la información necesaria para demostrar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el RGPD, así como para permitir y contribuir a la realización de auditorías, incluidas inspecciones, por parte del responsable o de otro auditor autorizado por dicho responsable.
(iv) No obstante, La Universidad de Almería, como responsable del Tratamiento tendrá la facultad de exigir a la entidad adjudicataria como encargada del tratamiento, en cualquier momento, prueba de su cumplimiento de las obligaciones impuestas por la legislación de protección de datos, solicitando copia del informe de Auditoría, o de cualquier otro documento que estime conveniente siempre que se refiera a datos personales que trata por cuenta de aquél. En el supuesto de que no quede acreditada, a juicio de la Universidad de Almería el cumplimiento de las obligaciones que como Encargado de Tratamiento le corresponden, el primero podrá rescindir unilateralmente el contrato.
CLAUSULA DE CONFIDENCIALIDAD
(v) Una vez finalizada la prestación contractual, debe ser devuelto cualquier soporte o documentos en que conste algún dato de carácter personal objeto de tratamiento a la Universidad de Almería, excepto cuando exista una previsión legal que exija su conservación, en cuyo caso deberá procederse a la devolución de los mismos garantizando a la Universidad de Almería dicha conservación. Aquellos datos que no se devuelvan, deberán destruirse adoptando las medidas de seguridad para evitar el acceso por parte de terceros. También podrá el Encargado del Tratamiento conservar, debidamente bloqueados los datos, en tanto pudieran derivarse responsabilidades de su relación con el Responsable del Fichero o Tratamiento.
(vi) En caso de que el pliego lo permita y la entidad adjudicataria tenga previsto subcontratar parte o la totalidad del suministro, deberá necesariamente incluir en su oferta, el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que se vaya a encomendar su realización
(vii) El incumplimiento por parte del adjudicatario de las estipulaciones del presente pliego lo convierten en Responsable del Tratamiento, respondiendo directamente de las infracciones en que hubiera incurrido, así como al pago del importe íntegro de cualquier sanción que, en materia de protección de datos de carácter personal, pudiera ser impuesta a la Universidad de Almería, así como de la totalidad de los gastos, daños y perjuicios que sufra la Universidad de Almería, como consecuencia de dicho incumplimiento.
Las obligaciones recogidas son calificadas como esenciales a los efectos de lo previsto en la letra f) del apartado 1 del artículo 211 de la LCSP.
Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes
MODELO 6 CONFIDENCIALIDAD DE LOS DATOS Y/O DOCUMENTOS PRESENTADOS
D./Dña. con N.I.F./Pasaporte nº con domicilio a efectos de notificación en Calle
Teléfono/ fax/ e-mail actuando en (nombre propio o en representación) de la empresa
con C.I.F. nº
Acredita su representación, a través del poder otorgado el día ante el Notario D.
DECLARO:
Que los documentos y datos presentados en el Sobre …*, según corresponda) que considera de carácter
confidencial son los que a continuación se relacionan:
En a de de Fdo.:
* En su caso, se tendrá que presentar una declaración para cada uno de los sobres
Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes
CONFIDENCIALIDAD DE LOS DATOS Y/O DOCUMENTOS PRESENTADOS
EMPRESAS
MODELO 7 SOMETIMIENTO A LA JURISDICCION ESPAÑOLA PARA LAS EMPRESAS EXTRANJERAS
LAS
D. , con residencia en provincia xx
xxxxx nº según Documento Nacional de Identidad nº
PARA
en nombre propio o de la empresa que representa con domicilio social en , y NIF nº DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD que la empresa (si es persona física el nombre del empresario individual) , se somete a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderle.
JURISDICCIÓN
ESPAÑOLA
(Lugar, fecha, firma)
SOMETIMIENTO EXTRANJERAS
A
LA
Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes
Página 52 de 92
DEBER DE INFORMACIÓN PREVISTO EN EL ARTÍCULO 129 DE LA LCSP
ANEXO II. DEBER DE INFORMACIÓN PREVISTO EN EL ARTÍCULO 129 DE LA LCSP
Los licitadores podrán obtener información sobre las disposiciones vigentes en materia de protección del empleo, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales, en:
- Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
Dirección General de Empleo
xxx.xxxxxx.xxx.xx X/ Xxx Xxxxxx xx 0 00000-Xxxxxx
Telf: 000 000 000/2
- Instituto Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales. xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxxxxx/xxxxx/xxxx/ Avda. Xxxxxx Xxxxxxxx, s/n, 2ª planta. Isla de la Cartuja 41092 Sevilla
Telf: 000 000 000
- Junta de Andalucía
Consejería de Empleo, Empresa y Comercio xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx/xxxxx/xxxxxxxxx-xxxxx.xxxx Avda. Xxxxxx Xxxxxxxx, 4. Isla de la Cartuja 41092 – Sevilla
41092 Sevilla
Telf: 000 000 000
Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones generales relativas a fiscalidad en:
- Administración Tributaria del Estado
xxx.xxxx.xx Información Tributaria
Telf: 000 000 000 / 000 000 000
Servicio automático: 901 121 224 / 915 357 326
- Junta de Andalucía
xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx/xx/xx.xxx
Consejería de Hacienda y Administración pública. Agencia Tributaría de Andalucía
Centro de Información 954 544 350 Edificio Torretriana, Isla de la Cartuja, Xxxxx Xxxx Xxxxxxx xx Xxxxxxxx, X/X, 00000 Xxxxxxx Telf: 000 00 00 00
Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones generales relativas a protección del medio ambiente en:
Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes
Página 53 de 92
DEBER DE INFORMACIÓN PREVISTO EN EL ARTÍCULO 129 DE LA LCSP
Junta de Andalucía
xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxxxxxxxx/xxxx/xxxxxxxxx/
Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio. Avda. Xxxxxx Xxxxxx, 50
41071 Sevilla
Telf: 000 00 00 00
Ayuntamiento de Almería xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xx/xxx.xxx/0x0x00x0x000x000x0000xxx00000x00/000000xx0x00000xx00 56e15002f8b39?OpenDocument
Concejalía de Medio Ambiente Xxxxx Xxxxxxxx, 0,
04001-Almería Telf: 000 00 00 00
Podrán asimismo obtener información general sobre las disposiciones vigentes en materia de igualdad de género en:
- Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad: Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades. x/ Xxxxxxx xx Xxxxxxxx xx 00
28027 – Madrid
Telf: 000 000 000
- Junta de Andalucía
xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxx
Consejería de Igualdad y Políticas Sociales. Xxxx. xx Xxxxxx 00
41071 Sevilla
Telf: 000 00 00 00
Ayuntamiento de Almería
xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xx/xxx.xxx/xxxxx- home/DELEGACION%20DE%20AREA%20DE%20ASUNTOS%20SOCIALES?opendocument
Concejalía de Asuntos Sociales
Avda. xxx Xxxxxxxxxxxx, 000, Xxxxxxx X Xxxx. xx Xxxxx (Ed Jefatura Policía Local) 04005-Almería
Telf: 0 000000000 Ext. 2654
Podrán asimismo obtener información general sobre las disposiciones vigentes en materia de inserción sociolaboral de las personas con discapacidad, y a la obligación de contratar a un número o porcentaje específico de personas con discapacidad en:
-Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad:
DG Políticas de Apoyo a la Discapacidad. C/ Xxxxxx nº 37 E
Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes
Página 54 de 92
DEBER DE INFORMACIÓN PREVISTO EN EL ARTÍCULO 129 DE LA LCSP
28014 - Madrid
Telf: 000 000 000
Servicio Público de Empleo Estatal. Servicios Centrales:
x/ Xxxxxxx xx Xxxxxxxx xx 0. 28027 – Madrid
Telf: 000 000 000 (Servicios Centrales) / 901 119 999 (Atención a las personas) / 901 010 121 (Atención a las empresas)
Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes
Página 55 de 92
ANEXO III. INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR EL DOCUMENTO EUROPEO ÚNICO DE CONTRATACIÓN
1) La presentación del DEUC por el licitador sirve como prueba preliminar del CUMPLIMIENTO de los REQUISITOS PREVIOS especificados en el presente pliego para participar en este procedimiento de licitación.
El DEUC consiste en una declaración responsable de la situación financiera, las capacidades y la idoneidad de las empresas para participar en un procedimiento de contratación pública, de conformidad con el artículo 59 Directiva 2014/14, (Anexo 1.5) y el Reglamento de Ejecución de la Comisión (UE) 2016/7 de 5 de enero de 2016 que establece el formulario normalizado del mismo y las instrucciones para su cumplimentación.
El órgano de contratación podrá hacer uso de sus facultades de comprobación de las declaraciones responsables previamente presentadas en el Sobre n º UNO requiriendo al efecto la presentación de los correspondientes justificantes documentales, en los términos del artículo 69 de la Ley 39/2015.
En cualquier caso, la presentación del DEUC por el licitador conlleva el compromiso de que, en caso de que la propuesta de adjudicación del contrato recaiga a su favor, se aportarán los documentos justificativos a los que sustituye de conformidad con lo previsto en la cláusula 2.3.2.
2) Formulario normalizado DEUC.
El formulario normalizado del DEUC se encuentra a disposición de los licitadores en las siguientes direcciones electrónicas: xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxx-xxxxxxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxxxxx
Mientras no sea posible su tramitación electrónica se presentará en formato PDF firmado.
3) Instrucciones.
Los requisitos que en el documento se declaran deben cumplirse, en todo caso, el último día de plazo de licitación, salvo las prohibiciones de contratar que deben continuar al menos hasta la formalización del contrato, pudiendo la Administración efectuar verificaciones en cualquier momento del procedimiento.
La declaración debe estar firmada por quien tenga poder suficiente para ello.
En caso de que la solvencia o adscripción de medios exigida se cumpla con medios externos al licitador, deberá presentarse un DEUC por el licitador y por cada uno de los medios adscritos a la ejecución del contrato.
Si varias empresas concurren constituyendo una unión temporal, cada una de las que la componen deberá acreditar su personalidad, capacidad y solvencia, presentando todas y cada una de ellas un formulario normalizado del DEUC.
Cuando el pliego prevea la división en lotes del objeto del contrato y los requisitos de solvencia variaran de un lote a otro, se aportará un DEUC por cada lote o grupo de lotes al que se apliquen los mismos requisitos de solvencia
Además del formulario o formularios normalizados del DEUC y del compromiso de constitución de la UTE, en su caso, en el sobre n º UNO deberá incluirse la declaración de los licitadores de su pertenencia o no a un grupo empresarial, conforme al modelo del ANEXO V.
Las empresas que figuren inscritas en el Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma de Andalucía o en el Registro de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado no estarán obligadas a facilitar aquellos datos que ya figuren inscritos de manera actualizada, siempre y cuando se indique dicha circunstancia en el formulario normalizado del DEUC. En todo caso, es el licitador quien debe asegurarse de qué datos figuran efectivamente inscritos y actualizados y cuáles no. Cuando alguno de los datos o informaciones requeridos no conste en los Registros de Licitadores citados o no figure actualizado en los mismos, deberá aportarse mediante la cumplimentación del formulario.
Sobre la utilización del formulario normalizado DEUC los licitadores podrán consultar los siguientes
documentos:
Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes
Página 56 de 92
INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR EL DOCUMENTO EUROPEO ÚNICO DE CONTRATACIÓN
Reglamento (UE) n º 2016/7 disponible en la página web: xxxxx://xxx.xxx.xx/xxxx/0000/000/X00000- 00034.pdf
Y específicamente deberán cumplimentarse necesariamente los siguientes apartados:
PARTE I: INFORMACIÓN SOBRE EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN Y EL PODER ADJUDICADOR
PARTE II: INFORMACIÓN SOBRE EL OPERADOR ECONÓMICO PARTE III: MOTIVOS DE EXCLUSIÓN
PARTE IV: CRITERIOS DE SELECCIÓN PARTE VI: DECLARACIONES FINALES
Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes
Página 57 de 92
Pliego 855.20
INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR EL DOCUMENTO EUROPEO ÚNICO DE CONTRATACIÓN
ANEXO IV. INSTRUCCIONES PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS EN LA PLATAFORMA DE LICITACIÓN
A) ACCESO Y REGISTRO
El acceso a esta plataforma electrónica es gratuito y permite realizar la consulta y descarga de los pliegos del expediente, notificaciones electrónicas, así como la presentación de proposiciones sin coste alguno.
Para acceder a la plataforma VORTAL, los licitadores que no están dados de alta deberán registrarse en la dirección electrónica xxx.xxxxxxxxx.xx, de tal manera que:
- Deberá seleccionar “Darse de alta” y seguir los siguientes pasos:
1. Registrar un usuario cumplimentando el formulario correspondiente.
2. Confirmar el registro de usuario.
3. Crear una entidad en la plataforma o asociar el usuario generado a una empresa ya existente.
- Si lo desea, y una vez terminado el registro de usuario y de la entidad, dentro de su área de trabajo podrá solicitar un certificado de autenticación emitido por VORTAL (cuya única utilidad es la de autenticarse en la propia plataforma y que es gratuito) para acceder a la plataforma y a la información detallada del expediente.
Podrá obtener más información sobre los trámites electrónicos relativos al registro en el portal de contratación, contactando con el Servicio de Atención al Cliente de VORTAL en el número 902 02 02 90 los días laborables de 9h a 19h.
Cómo registrar un grupo de empresas (UTE) en la plataforma VORTAL
Todas las empresas que conforman la UTE deben estar registradas en la plataforma de forma individual, siendo la empresa con mayor % de participación, la que deberá registrar la UTE de acuerdo con los siguientes pasos:
• En la página de Directorio de empresas, pulse en el botón Crear grupo de empresas. La creación de un grupo de empresas se divide en 3 bloques de información:
▪ Identificación del grupo: rellene los campos de carácter obligatorio, los cuales aparecen junto a un asterisco de color rojo.
▪ Miembros del grupo: pulse en Añadir y busque una a una las empresas que forman la UTE. Seleccione cada una de ellas. Después, pulse en el botón Editar en cada una de las empresas que conforman el Grupo – UTE para añadir el % de participación de cada una, y seleccionar la empresa que lidera el grupo (la empresa con mayor % de participación).
▪ Configuración general: añada la información de los campos obligatorios. Pulse el botón Crear.
Una vez realizados los trámites anteriores, salga de la plataforma y vuelva a acceder con su usuario y contraseña. Tendrá la opción de seleccionar la entidad con la que desea acceder a la plataforma (empresa o UTE). Seleccione la UTE y acceda a la plataforma.
Una vez hecho esto, en su área de trabajo, deberá pulsar en el cuadro para activar su servicio gratuito en la plataforma para el Grupo de empresas – UTE. Los usuarios del resto de empresas que conforman el Grupo de empresas – UTE, deberán solicitar el acceso a esta cuenta para poder visualizar la información de la misma.
B) FORMA DE PRESENTACIÓN
Una vez efectuado el registro gratuito en la plataforma de licitación electrónica VORTAL, tal y como se indica en el presente pliego, siga los pasos que se describen a continuación para acceder al expediente:
1. Diríjase a la página de acceso a la plataforma en el siguiente enlace xxx.xxxxxxxxx.xx.
Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes
Página 58 de 92
Pliego 855.20
INSTRUCCIONES PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS EN LA PLATAFORMA
2. Acceda al apartado “Buscar licitaciones” donde encontrará la información relativa a este y otros expedientes de la Universidad de Almería. Seleccione y copie el número de este expediente (columna referencia).
3. Acceda a la plataforma mediante el usuario y la contraseña definidos en el proceso de registro, y pegue el número de expediente en el buscador disponible para tal fin en el Área de trabajo. Pulse sobre la lupa para realizar la búsqueda.
Para acceder a toda la información del expediente, deberá pulsar en el botón “Detalle”.
Pulse en “Estoy interesado”, para acceder a la carpeta de la oportunidad. Para enviar una oferta, deberá pulsar
en el botón “Crear oferta” en el bloque “MIS OFERTAS”:
A continuación, surgen 3 pasos para la creación de una oferta (serán 4 pasos si el procedimiento tuviese lotes):
1. Paso 1 Información General: tendrá que poner un nombre a su oferta en el campo.
1.a. Referencia de la oferta. Este nombre es de su libre elección y le permitirá distinguir las diferentes ofertas que prepare, en un expediente en concreto.
2. Paso 2 Lotes: sólo aparecerá este paso si se han definido lotes en el expediente, y donde deberá elegir los lotes a los presentará su oferta.
3. Paso 3 Formulario de respuesta: en este apartado puede encontrar preguntas creadas por la entidad pública para que sean respondidas en la plataforma.
3.a. Si el procedimiento tiene Sobres, aparecerá una pantalla para acceder a las preguntas creadas en cada uno de ellos. Pulse en el botón Editar de uno de los Sobres.
Encontrará las preguntas que la entidad pública ha podido añadir en el formulario de respuesta y que deberá contestar.
Si la entidad pública ha creado una pregunta de anexos (que le recuerda que en el paso Documentos de la plataforma, debe adjuntar dicha documentación) la plataforma le alertará de esta obligación.
3.b. Precio de su oferta.
IMPORTANTE: En el Formulario de respuesta encontrará la lista de artículos donde tendrá que poner los precios de su oferta obligatoriamente.
- En el campo Referencia Interna podrá poner un código al artículo solicitado, si lo desea (no es un campo de obligado cumplimiento).
- El campo Descripción no es editable, ya que es cumplimentado por la entidad pública.
- El campo Cantidad hace referencia a la cantidad de producto o servicio solicitado. No es editable, ya que es cumplimentado por la entidad pública.
- El campo Unidad hace referencia a la unidad de medida del producto o servicio solicitado. No es editable, ya que es cumplimentado por la entidad pública.
- En el campo Precio unitario tendrá que indicar el precio unitario sin impuestos del artículo o servicio solicitado en la descripción del artículo (es un campo obligatorio). La plataforma multiplicará este precio unitario por la cantidad indicada por la entidad pública.
4. Paso 4 Documentos: debe adjuntar a través de la plataforma la documentación requerida por la entidad pública en los pliegos, en cada uno de los Sobres (si el procedimiento tiene Sobres)
4.a. Cargar documentación.
- Pulse el botón Añadir documentos. Cuando el procedimiento tiene Sobres, este botón aparecerá en cada uno de los sobres.
- Posteriormente, deberá pulsar el botón Añadir nuevo documento.
- Pulse el botón Seleccionar documentos. Busque el documento que desea adjuntar a su oferta (puede seleccionar varios documentos).
- Una vez que tenga el documento seleccionado, pulse el botón Cargar.
- Una vez cargado, pulse el botón Cerrar. Los documentos han sido asociados a su oferta, en cada uno de los Sobres.
4.b. Clasificar documentación.
En el caso de que pretenda clasificar documentos, marque la opción Confidencial en los documentos deseados.
4.c. Cambiar documentación.
Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes
Página 59 de 92
Pliego 855.20
INSTRUCCIONES PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS EN LA PLATAFORMA
Si desea modificar un documento ya adjuntado a su oferta, puede pulsar en el botón Opciones y seleccionar la opción Cambio para reemplazar el documento seleccionado por otro.
4.d. Borrar documentación.
Si desea quitar un documento ya adjuntado a su oferta, puede pulsar en el botón Opciones y seleccionar la opción Borrar para eliminar el documento seleccionado.
C) PRESENTAR UNA OFERTA
IMPORTANTE: Su oferta sólo será correctamente enviada cuando pulse el botón Enviar oferta, tal y como se explica en la presente guía. El proceso de envío de ofertas a través de la plataforma de VORTAL termina con la descarga del recibo electrónico de envío de ofertas.
Realice la siguientes acciones, una vez contestadas las preguntas del formulario de respuesta y cargada toda la documentación requerida en los pliegos en la plataforma.
1. Cerrar la oferta. Pulse en Finalizar creación. Aparecerá el mensaje “Oferta finalizada con éxito”. NOTA: Pulsar este botón NO significa que haya enviado su oferta a la entidad pública. Aún debe realizar los pasos que a continuación se detallan.
2. Firmar los documentos adjuntos, mediante firma electrónica reconocida, válidamente emitida por un Prestador de Servicios de Certificación y que garantice la identidad e integridad del sobre y dichos documentos:
- Pulse el botón Fimar todos.
- Pulse el botón Firmar.
- Seleccione dónde está instalado su certificado para realizar la firma y pulse el botón
Continuar.
3. Cfirar el contenido. Pulse el botón Xxxxxx y enviar. De esta manera, toda su oferta, junto con la documentación asociada a la misma, quedará cifrada sin que se pueda acceder a su contenido hasta la constitución de la mesa de contratación. Además, le aparecerá el panel de envío de la oferta.
3.a. Acepte las Términos y condiciones para el envío de la oferta
4. Enviar la oferta. Pulse el botón Envíar oferta. Aparecerá el mensaje “Oferta presentada con éxito”.
5. Descargar el recibo electrónico. Una vez presentada una oferta a través de la plataforma electrónica de contratación de VORTAL se generará un recibo electrónico que garantizará la fecha, hora y contenido de su oferta.
5.a. Para descargar el recibo, dirigase a su área de trabajo, dentro del área de trabajo del expediente, y lo encontrará en el widget Recibos.
5.b. En el widget Recibos, pulse el botón Ver recibos.
5.c. Para descargar el recibo en formato PDF y guardarlo en su ordenador, pulse el botón
Imprimir PDF.
Los licitadores deberán firmar mediante firma electrónica reconocida, válidamente emitida por un Prestador de Servicios de Certificación y que garantice la identidad e integridad del documento, la oferta y todos los documentos asociados a la misma, en los que sea necesaria la firma del apoderado, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 6/2020, y demás disposiciones de contratación pública electrónica, a excepción de aquellos documentos que acrediten la constitución de la garantía provisional, si procede, que deberán ser en todo caso originales.
D) RECOMENDACIONES PARA LOS LICITADORES
Es importante que los licitadores verifiquen con antelación suficiente, antes de la firma y envío de las proposiciones, los requisitos de software para la presentación de proposiciones a través de la plataforma VORTAL: JAVA, sistema operativo, navegador (actualmente el explorador Google Chrome es incompatible con JAVA), etc.
Se puede verificar y actualizar gratuitamente la versión de JAVA accediendo a la página del fabricante xxxx://xxxx.xxx/xx/xxxxxxxx/xxxxxxxxx.xxx.
En cuanto al sistema operativo y otras configuraciones de los equipos, la comprobación se puede hacer pulsando sobre el enlace xxxxx://xxxx.xxxxxx.xxx/xxxxxx0xxxxxxxxxxxx/xxxxxx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx/xxxxx o sobre la opción “Validación del sistema” disponible en el pie de página de acceso a la plataforma.
Es importante que los licitadores verifiquen tan pronto como les sea posible (siendo preferible al inicio del plazo
Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes
Página 60 de 92
Pliego 855.20
INSTRUCCIONES PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS EN LA PLATAFORMA
de presentación de ofertas por si fueran necesarias configuraciones adicionales para su certificado, antes de la firma y envío de las proposiciones), que el certificado está correctamente instalado en el ordenador, así como en un navegador compatible con la firma de documentos, y que puede realizar la firma de documentos tanto en el equipo como en la plataforma.
Para verificar que puede firmar electrónicamente con su certificado de manera correcta en la plataforma, una vez que haya mostrado interés en el expediente y comenzado a crear su oferta, realice la siguiente comprobación:
1. Vaya el paso Documentos de la oferta.
2. En la opción otros anexos, pulse sobre el botón Añadir documentos.
3. Seleccione y añada un documento.
4. Una vez añadido, pulse sobre la opción firmar.
5. Si el documento se firma correctamente, la información de la firma aparecerá en la columna correspondiente.
6. Si no consigue firmar, contacte con el servicio de atención al cliente de VORTAL.
7. Tras realizar esta comprobación, elimine el documento si no lo necesita para su oferta.
Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes
INSTRUCCIONES PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS EN LA PLATAFORMA
ANEXO V. CARACTERISTICAS DEL CONTRATO
Apartado 1 Información General
Expediente Número: | 855.20 | |
Objeto contrato: | Acuerdo marco para el suministro de material de imprenta y artes gráficas | |
Tipo de contrato | Acuerdo marco de suministros (Artículo 16 de la LCSP) | |
Sujeto a regulación armonizada: No | ||
Procedimiento de Adjudicación: Abierto | ||
Tipo de Tramitación: Ordinaria | ||
Órgano de Contratación: Órgano de Contratación Fundación Universidad Almería: | El Rector. Por delegación la Gerente de la Universidad de Almería (resolución del Rector de fecha 29 de octubre de 2019, publicada en el BOJA del 6/11/2019). El Patronato en virtud de lo dispuesto en el artículo 23 apartados c), g) y h) de los Estatutos de Fundación aprobados el 16/07/2016 y modificados el 21/06/2019 | |
Perfil de contratante: | ||
Duración del acuerdo marco: | 1 año | |
Prórroga: | Si. 2 años prorrogables año a año. | |
Fecha a partir de la cual entra en vigor el acuerdo marco: Desde la fecha de formalización del acuerdo xxxxx. | ||
Plazo máximo de ejecución de los contratos basados en el presente acuerdo marco: No se establece un plazo de ejecución determinado quedará fijado en el momento de la solicitud de los suministros. | ||
Plazo máximo para efectuar la apertura de ofertas: En virtud de lo establecido en el Artículo 157.3 la apertura de las proposiciones deberá efectuarse en el plazo máximo de veinte días contado desde la fecha de finalización del plazo para presentar las mismas. | ||
Plazo máximo para efectuar la adjudicación: 2 MESES a contar desde la apertura de proposiciones económicas (sobre 3) | ||
Lotes | Sí (ver Apartado 4) |
Apartado 2 Clasificación CPV y Lugar de Ejecución del Contrato
Código CPV: | Lote 1: 224580005 Impresos por encargo Lote 2: 22100000 Libros impresos, folletos y prospectos Lote 3: 22000000 Impresos y productos relacionados |
Código NUTS: | ES611- Almería |
Edificio y/o dependencia donde se ejecutará el contrato: En las dependencias y locales de las empresas adjudicatarias. |
Apartado 3 Información Económico - Presupuestaria
Características del contrato
Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes
Criterios aplicados para el cálculo del Valor Estimado del Contrato: La estimación del presupuesto base se ha realizado teniendo en cuenta los gastos materializados en el expediente 683.17 y 786.19 así como los diferentes compras por material de imprenta que no estaba dentro del objeto del citado expediente por la Universidad de Almería y la Fundación Universidad de Almería. Todos los precios han teniendo en cuenta los precios en el mercado de los productos incluidos en el mismo en el momento del envío del anuncio de licitación. | |
Presupuesto de Licitación (Impuestos excluidos): Al ser un Acuerdo Marco, no se puede definir la cuantía exacta del mismo ni se establece presupuesto de licitación por la Universidad de Almería, si bien a efectos de estimación del volumen del presente Acuerdo, se informa a los licitadores del gasto previsto para un año completo asciende a 60.000,00.- Euros (IVA excluido). El volumen total de gasto vendrá determinado por las prestaciones de suministro realizadas durante la vigencia del acuerdo. La cantidad total prevista para la anualidad (sin prórrogas) de los diferentes contratos de los lotes (presupuesto máximo), de acuerdo con los créditos presupuestarios de que dispone la Universidad asciende a 60.000,00 € (IVA excluido), sin que esto constituya compromiso alguno por parte de la Universidad en cuanto al gasto a realizar. Se podrá ampliar el crédito como consecuencia de un aumento de las necesidades reales, todo ello en función de lo establecido en la disposición adicional trigésimo tercera LCSP. | |
El Valor estimado coincide con el importe total (Impuestos excluidos): No | 180.000,00.- € |
El valor estimado del acuerdo marco viene determinado por la suma de una anualidad más las dos posibles prórrogas de un año cada una. | |
Anualidades (Impuestos excluidos) incluidas las eventuales prórrogas | |
Financiación con Fondos Europeos: | No |
Revisión del Precio: | No |
Forma de pago: Parcial. En función de la ejecución material de cada contrato según los pedidos por los diferentes centros de gasto de la Universidad. Entregado el suministro en los puntos de entrega previstos en la orden de trabajo, se procederá a la emisión por parte del adjudicatario de la factura electrónica correspondiente. En ningún caso el importe y el detalle de la factura podrá diferir del importe y de los conceptos incluidos en la orden de trabajo autorizada por la unidad de gastos correspondiente. | |
Entrega de otros bienes de la misma clase como pago de parte del precio: | No |
Características del contrato
Primera anualidad | Prórroga 1 | ||
LOTE 1 | 30.000,00.- € | LOTE 1 | 30.000,00.- € |
LOTE 2 | 15.000,00.- € | LOTE 2 | 15.000,00.- € |
LOTE 3 | 15.000,00.- € | LOTE 3 | 15.000,00.- € |
Prórroga 2 | |||
LOTE 1 | 30.000,00.- € | ||
LOTE 2 | 15.000,00.- € | ||
LOTE 3 | 15.000,00.- € |
Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes
Apartado 4 Información de los Lotes
Este Acuerdo Xxxxx se compone de tres lotes, cuyo presupuesto máximo y valor estimado ya ha sido especificado en los apartados anteriores
Lote 1: | Impresos varios en papel. |
Lote 2: | Libros, programas y catálogos. |
Lote 3: | Carteles, desplegables, folletos de impresión. |
Apartado 5 Datos para facturación electrónica
En cumplimiento de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de las facturas en el Sector Público, el procedimiento de presentación y gestión de las facturas en la Universidad de Almería se realiza con el tipo: Como consecuencia de la aplicación de dicha Ley la Universidad de Almería ha regulado a través de una Instrucción el uso de la factura electrónica y ha establecido el procedimiento de tramitación que se ha de realizar a través de la Plataforma FACe-PGEFe (punto general de entrada de facturas electrónicas) Es imprescindible que en cada factura el proveedor indique: - los códigos DIR3 que se indican a continuación, además del Órgano Proponente. Sin los mismos no será posible tramitar la factura, y la misma será devuelta. - el número de expediente de contratación en el concepto facturado | |
Códigos DIR3 | |
Órgano Gestor: | U04800001 |
Oficina Contable: | U04800031 |
Unidad Tramitadora: | U04800027 |
Órgano Proponente: | Los diferentes centros de gasto que tramiten las pertinentes facturas y retenciones de gasto dependiendo de las necesidades de los mismos. |
Apartado 6 Presentación de Ofertas
Las instrucciones para presentar la oferta en la plataforma de licitación señalada se encuentran reflejadas en el ANEXO IV. |
Plataforma de licitación electrónica utilizada por la Universidad de Almería: La presentación de ofertas se realizará, obligatoriamente, a través de Plataforma de licitación electrónica utilizada por la Universidad de Almería: xxxx://xxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx |
Apartado 7 Plazo de presentación de ofertas:
El plazo de presentación de ofertas finaliza: el 8/03/2021 a las 13:00 horas
IMPORTANTE.- Con objeto de que las empresas licitantes puedan ser asistidas durante la fase de presentación de las ofertas por el personal técnico de la empresa VortalGov y, en su caso, por la Sección de Contratación de la Universidad de Almería, se recomienda que presenten sus propuestas antes de las 11 horas del último día del plazo.
Características del contrato
Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes
Apartado 8 Declaraciones responsables del Cumplimiento de los Requisitos:
Debe presentar: - Aportación inicial de la documentación acreditativa de los requisitos previos mediante declaración responsable del licitador (Artículo 141 de la LCSP): Para ello, aportaran el MODELO 1 del Anexo I “DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS PREVIOS”, cumplimentando el Anexo A y B. La documentación acreditativa de los requisitos previos solo se exigirá a la empresa clasificada para la adjudicación del contrato. |
Solvencia Económica y Financiera necesaria (Art. 87) LCSP.- |
Lote 1: 45.000,00.- Euros. Lote 2: 22.500,00.- Euros. Lote 3: 22.500,00.- Euros. |
Variantes (Artículo 142 de la Ley de Contratos del Sector Público): No se admiten |
Mejoras (Artículo 145 de la Ley de Contratos del Sector Público): No |
Clasificación del Contratista: No. |
Presentación de certificados expedidos por organismos independientes acreditativos del cumplimiento de norma de garantía de la calidad o de gestión medioambiental: No |
Presentación de certificado de asistencia técnica: No |
s
Características del contrato
Apartado 9 Cumplimiento de los contratos
Plazo de garantía: | Durante la ejecución del contrato | |
Acreditación de las Garantías por medios electrónicos, informáticos o telemáticos | No | |
Provisional: | No | |
Definitiva: | No. Atendiendo las circunstancias concurrentes en el contrato, ya que se trata del suministro de bienes consumibles cuya entrega y recepción debe efectuarse antes del pago del precio, se exime a los adjudicatarios de la obligación de constituir garantía definitiva. | |
Complementaria: | No | |
Garantía mediante retención en el precio: No |
Apartado 10 Adjudicación y Ejecución del Contrato
Apertura de Ofertas en Acto Público | Si (Sobre 2) |
Notas de Apertura de Ofertas | El lugar y la fecha de la Apertura de Ofertas (Sobre 2) se notificará a los Licitadores con al menos dos días hábiles de antelación a la celebración del acto público y se publicará en el Perfil del Contratante. |
Lugar de Apertura de ofertas | Sala de Reuniones designada por la Universidad |
Dirección de la apertura de ofertas | Universidad de Almería. Ctra. del Sacramento s/n 04120 – La Cañada de San Urbano Almería |
Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes
Adjudicatarios por lote: Los licitadores podrán presentar oferta a todos los lotes, es decir, no hay limitación para la presentación de ofertas por lotes, estableciéndose una cantidad máxima de 5 licitadores por lote (siempre y cuando existan solicitudes para ello). | |
Precio más bajo como único criterio de adjudicación: No | |
Criterios De Adjudicación Y Baremo De Valoración. | Establecidos en el Apartado 16 |
Organismo técnico especializado para evaluar las ofertas: No procede | |
Subcontratación obligatoria: No | |
Posibilidad de Subcontratación: Si | Porcentaje de Subcontratación: -- |
Posibilidad de modificación del contrato: No |
Contrato reservado de conformidad a la D.A 4ª LCSP | |
NO |
Apartado 11 Responsable del Contrato y Unidad de seguimiento:
Responsable del Contrato:
Xxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxx, Vicegerente Organización Administrativa
Unidad Responsable del seguimiento de la ejecución ordinaria del contrato
Gerencia de la Universidad de Almería
Características del contrato
Apartado 12 Reglas para la adjudicación de contratos basados en este acuerdo marco
Procedimiento para la tramitación de los contratos basados en el presente acuerdo marco será:
Como ya se ha dicho, solo podrán celebrarse contratos basados en el presente acuerdo marco entre la Universidad de Almería y la Fundación de la Universidad de Almería con las empresas que hayan sido adjudicatarias del expediente. En estos contratos, las partes no podrán, en ningún caso, introducir modificaciones sustanciales respecto de los términos establecidos en el presente acuerdo marco.
Al tener el Acuerdo Marco todos sus términos fijados, cuando sea formalizado con varias empresas, la adjudicación de los contratos en él basados se efectuará teniendo en cuenta las siguientes reglas:
CONDICIONES OBJETIVAS Y PROCEDIMIENTO PARA ADJUDICACIÓN DE LOS CONTRATOS BASADOS
A) Para la adjudicación de los contratos basados cuyo valor estimado no supere el importe previsto en la LCSP para los contratos menores de suministros, no será necesario convocar a las partes a una nueva licitación. El centro gestor elegirá el suministro demandado que corresponda a la mejor oferta económica de entre los homologadas por lote.
Los suministros de los productos que integran los diferentes lotes se adjudicarán a la oferta más económica o a aquella que, sin ser la más económica, sea más ventajosa para el solicitante en relación al plazo de entrega, debiendo justificar en este caso la opción elegida.
B) Para la adjudicación de los contratos basados cuyo valor estimado sí supere el importe previsto en la LCSP para los contratos menores de suministros, se dará traslado de la petición al Servicio de Contratación y Patrimonio junto con el impreso de solicitud de contrato administrativo debidamente cumplimentado y la memoria de necesidades para que:
Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes
1. Se realice la solicitud de ofertas a las empresas incluidas en el Acuerdo Marco en el Lote correspondiente.
2. Se realice la adjudicación conforme a los criterios de adjudicación establecidos.
3. Se comunique a la empresa elegida, y se publique la adjudicación en la plataforma de Contratación del Sector Público lo que sustituirá a la notificación a las empresas no adjudicatarias del contrato basado. En este caso, para la adjudicación de los contratos basados se tendrán en cuenta los siguientes criterios establecidos para cada lote en el apartado 16 del Anexo V, teniendo en cuenta que los precios unitarios del acuerdo marco tendrán carácter de máximos pudiendo ser mejorados a la baja en función de la consulta que se haga a la entidad contratista, de conformidad con lo previsto en el párrafo precedente. La entidad contratista podrá ofrecer descuentos en los precios unitarios en función de la cantidad de productos a adquirir (economía de escala).
Modificaciones en los contratos derivados
Los contratos basados podrán ser modificados de acuerdo con las reglas generales de modificación de los contratos y por las establecidas para este acuerdo marco. En todo caso, no se podrán introducir en los contratos modificaciones sustanciales respecto de lo establecido en el acuerdo marco.
Plazo de duración de los contratos derivados
Los contratos de suministros de prestación sucesiva tendrán el plazo máximo de duración el de la vigencia del Acuerdo Marco, incluyendo las posibles prórrogas que pueda acordar el órgano de contratación.
Características del contrato
Solo podrán adjudicarse contratos basados en un acuerdo marco durante la vigencia del acuerdo marco. La fecha relevante para entender que se ha cumplido este requisito será:
a) En el caso de contratos basados que para su adjudicación requieran la celebración de una licitación, la fecha de envío a las entidades adjudicatarias del acuerdo marco de las invitaciones para participar en la licitación, siempre que las propuestas de adjudicación se reciban dentro del plazo establecido para ello en el acuerdo marco correspondiente.
b) En el caso de contratos basados cuya adjudicación no requiera la celebración de licitación, la fecha relevante será la de la adjudicación del contrato basado.
Cuando los poderes adjudicadores convoquen nuevas licitaciones para contratos específicos de conformidad, notificarán a los licitadores la fecha y la hora en las que prevén recopilar la información necesaria para constituir ofertas adaptadas a los requisitos del contrato específico en cuestión, y ofrecerán a los licitadores la posibilidad de negarse a que se realice esta operación. Los poderes adjudicadores establecerán un lapso de tiempo adecuado entre la notificación y la obtención efectiva de la información. Antes de adjudicar el contrato, los poderes adjudicadores presentarán la información recopilada al licitador interesado, a fin de darle la oportunidad de negar o de confirmar que la oferta así constituida no contiene errores materiales.
Apartado 13 Compromiso de adscripción de medios y cumplimiento de condiciones especiales de ejecución.
No.
Apartado 14 Información adicional, visita instalaciones y consultas:
CENTRO GESTOR: UNIVERSIDAD DE ALMERÍA
Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes
Las empresas interesadas podrán solicitar información adicional sobre los pliegos y sobre la documentación complementaria desde el inicio del plazo de licitación y antes de 6 días naturales del fin del plazo de presentación de proposiciones (Artículo 138 de la LCSP. Información a los licitadores). Igualmente según establece este art. 138 las aclaraciones respondidas por la Universidad de Almería tienen carácter vinculante. Para garantizar la igualdad y concurrencia en el procedimiento, serán publicadas en el perfil del contratante de la Universidad de Almería una vez respondidas.
Para consultas relacionadas con el registro en la plataforma electrónica de contratación vortalGOV (xxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx) o cualquier duda sobre la utilización de la plataforma dirigirse a:
Centro de Gestión de Licitadores Teléfono 000 00 00 00
Correo electrónico: xxxx@xxxxxx.xx
Horario de atención al público: De 9 a 19 horas en días laborables
Características del contrato
Apartado 15 Composición De La Mesa De Contratación
Mesa de Contratación | |
Constitución xx Xxxx de Contratación: | Si |
Composición de la Mesa de Contratación | |
- Presidencia: · Titular: Vicegerente de Innovación y Proyectos de la Universidad de Almería · Suplente: Persona designada al efecto por la Vicegerente de Innovación y Proyectos de la Universidad de Almería. - Vocales: - Vocalía en representación del órgano que tiene atribuidas las funciones relativas al control económico-presupuestario de la Universidad de Almería: · Titular: Interventor de la Universidad de Almería · Suplente: Persona designada al efecto por Interventor de la Universidad de Almería. - Vocalía en representación del Gabinete Jurídico de la Universidad de Almería: · Titular: Administradora del Gabinete Jurídico · Suplente: La persona que sea designada al efecto por la Directora del Gabinete Jurídico. - Vocalía en representación del Servicio/Órgano que solicita el expediente de contratación: · Titular: Vicegerente de Planificación, Coordinación y Calidad. · Suplente: Persona designada al efecto por la Vicegerencia de Planificación, Coordinación y Calidad. - Vocalía en representación del Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes de la Universidad de Almería: · Titular: Jefe del Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes. · Suplente: Persona designada al efecto Jefe del Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes. - Secretaría: · Titular: Administrador de Contratación del Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes. · Suplente: Persona designada al efecto Jefe del Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes. |
Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes
El Presidente podrá nombrar los asesores técnicos o colaboradores que considere oportunos para una mejor evaluación de las propuestas presentadas.
Apartado 16 Criterios De Adjudicación Y Baremo De Valoración.
CRITERIOS DE VALORACIÓN
La valoración de la oferta atenderá a una pluralidad de criterios evaluables de forma automática basados en el principio de mejor relación calidad-precio (100 Puntos). El establecimiento de estos criterios y su ponderación es diferente en cada lote atendiendo a la precisión de los productos que lo integran.
La valoración de cada uno de los lotes podrá estar compuesto por los siguientes criterios:
- Oferta económica.
- Reducción de plazo de entrega.
Ponderación de los criterios de valoración por fórmulas todos los lotes será la siguiente:
- Oferta económica hasta un máximo de 70 puntos.
- Reducción de plazo de entrega hasta un máximo de 30 puntos.
Características del contrato
Fórmulas y parámetros a aplicar:
a) Oferta económica.
Se ofertará un descuento único para todos los productos integrantes del lote. Éstos son los que están debidamente detallados en este Anexo X xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas. Obtendrá la máxima puntuación la empresa que oferte el mayor porcentaje de descuento único. El resto de las ofertas serán valoradas de forma proporcional aplicando la siguiente fórmula: Puntuación = P x (Di/ MD), siendo:
P: Puntuación máxima
Di: Porcentaje de descuento ofertado
MD: Mayor porcentaje de descuento ofertado entre todas las ofertas presentadas
b) Reducción de plazo de entrega
La reducción del plazo de entrega deberá expresarse en días naturales para los lotes 2 y 3 y en horas respecto al lote 1, y se valorará de acuerdo con la siguiente fórmula: Puntos por reducción del plazo de entrega= P x RPE/MRPE, siendo:
P: Puntuación máxima.
RPE = Días naturales/horas de Reducción en el plazo de entrega de la oferta analizada respecto al número máximo (72 horas lote 1 y 7 días naturales para los lotes 2 y 3)
MRPE = Mayor número de días naturales/horas de Reducción en el Plazo de Entrega,
Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes
entre todas las ofertas presentadas.
Nota informativa:
Los precios informados son IVA excluido.
La reducción de plazo de entrega ofertada se expresará en nº de días naturales /hora, teniendo en cuenta que el plazo máximo de entrega es de 72 horas para los productos del lote 1 y de 7 días naturales para los lotes 2 y 3.
Apartado 17 Condiciones Especiales de Ejecución y de Protección de Datos.
Condiciones especiales de ejecución, (previstas en el artículo 202.2 LCSP):
De tipo medioambiental
- El mantenimiento o mejora de los valores medioambientales que puedan verse afectados por la ejecución del contrato
Para ello se exigirá que las empresas seleccionadas aseguren la correcta gestión y recogida selectiva de los residuos generados durante la ejecución del contrato, sobre todo los restos de papel y los residuos especiales (restos y envases de tintas, de cartuchos de tóner, de agentes limpiadores, trapos de limpieza sucios, etc.), elaborando un plan de gestión de los residuos, que será controlado y revisado por el responsable del contrato.
Estas condiciones tendrán carácter de obligaciones contractuales esenciales a los efectos señalados en la letra f) del artículo 211.
A efectos de cumplir lo establecido en materia de protección de datos, los licitadores deberán cumplimentar el modelo 5.
Apartado 18 Penalidades.
Las establecidas en la LCSP.
Apartado 19 Tareas no susceptibles de Subcontratación
No procede.
Apartado 20 Listado de trabajadores a efectos de Subrogación
No procede
Características del contrato
Apartado 21 Solvencia Económica y Financiera
El criterio para la acreditación de la solvencia económica y financiera será el volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos
Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes
deberá ser al menos una vez y media el valor estimado del contrato cuando su duración no sea superior a un año, y al menos una vez y media el valor anual medio del contrato si su duración es superior a un año. Siendo la cifra la establecida en el apartado 8 de este ANEXO V.
El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito.
Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
Apartado 22 Solvencia Técnica
La solvencia técnica de los empresarios deberá acreditarse por el siguiente medio:
Características del contrato
- Una relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo, los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación, los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso estos certificados serán comunicados directamente a la Universidad de Almería por la autoridad competente.
Otros requisitos:
a) Nombres y cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación: No.
b) Compromiso de dedicación de los medios personales o materiales suficientes para la ejecución según modelo 4 (Artículo 76.2 xx Xxx de Contratos del Sector Público): No.
Apartado 23 Documentación del Sobre N.º 1: Documentación Administrativa
En este sobre se incluirá:
Documentación Administrativa:
- Modelo 1. Declaración responsable del cumplimiento de los requisitos previos.
Anexo A. Declaración responsable Persona física/jurídica
Anexo B. DEUC
- Modelo 5. Cláusula de confidencialidad y protección de datos.
- Y aquellos modelos que procedan dependiendo de:
• si la empresa está inscrita en el Registro oficial de licitadores y empresas clasificadas: (Modelo 2)
• si es una UTE: (Modelo 3)
• si es extranjera (Modelo 7)
• si solicita confidencialidad (Modelo 6).
Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes
Apartado 24 Documentación del Sobre N.º 2: Criterios de Adjudicación mediante la Aplicación de Fórmulas
EN ESTE SOBRE, SE INCLUIRÁ
1. Proposición económica:
2. La Reducción de plazo de entrega
Entregándose para ello el modelo del Anexo VII del lote/es al que se desea concurrir
Apartado 25 Parámetros objetivos para considerar una oferta anormal o desproporcionada
Se considerarán, en principio, anormales o desproporcionadas las ofertas que se encuentren en los siguientes supuestos:
1.-Cuando concurriendo un solo licitador, sea inferior al presupuesto base de licitación en más de 25 unidades porcentuales.
Características del contrato
2- Cuando concurriendo dos licitadores, sea inferior en más de 20 unidades porcentuales a la otra oferta.
3.- Cuando concurran tres licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, se excluirá para el cómputo de dicha media la oferta de cuantía más elevada, cuando sea superior a más de 10 unidades porcentuales a dicha medida.
4.- Cuando concurran cuatro o más licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, si entre ellas existen ofertas que sean superiores a dicha media en más de 10 unidades porcentuales, se procederá al cálculo en una nueva medida sólo con las ofertas que no se encuentren en el supuesto indicado. En todo caso, si el número de las restantes ofertas es inferior a tres, la nueva media se calculará sobre las tres ofertas de menor cuantía.
Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes
ANEXO VI. PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
A.- OBJETO DEL CONTRATO
Este contrato tiene por objeto el suministro de distintos artículos de imprenta y artes gráficas de la Universidad de Almería.
El objeto del contrato permite la siguiente división de lotes:
• Lote nº 1: Impresos varios en papel.
• Lote nº 2: Libros, programas y catálogos.
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
• Lote nº 3: Carteles, desplegables, folletos de impresión.
Las especificaciones técnicas exigidas tratan de dar respuesta a los siguientes aspectos básicos:
1.- Aspectos ambientales: Los aspectos ambientalmente relevantes en el suministro de artículos de imprenta y artes gráficas y que afectan a la producción de papel son:
• El origen de las fibras, que pueden ser de fibra virgen o de fibras recuperadas (reciclado).
• El proceso de blanqueado: según los productos empleados como agentes blanqueantes.
• Gestión de residuos. Generación de emisiones atmosféricas.
2.- Aspectos técnicos: Las características ambientales de la producción de papel no deben ir en detrimento de los aspectos técnicos necesarios para que los artículos sean adecuados al uso requerido. En este sentido los aspectos objetivos a considerar son:
• La adecuación del papel para usos publicitarios, difusión y divulgación.
• La durabilidad del papel para su manipulación y distribución.
• El grado de aceptación del papel, relacionado con un nivel mínimo de blancura. En virtud de todo ello se han establecido las especificaciones técnicas que se recogen en el presente documento.
La mera presentación de propuestas implica la aceptación sin reservas por parte del licitador y en todo caso por el adjudicatario, de las condiciones establecidas en los Pliegos que rigen la presente contratación.
B.- DEFINICIONES.
En el Anexo I a este Pliego de Prescripciones Técnicas denominado “Cuadro de precios” se señalan codificados el conjunto de artículos que constituyen el objeto para los lotes 1, 2 y 3, con su descripción y precio máximo unitario sobre los que se deberá de ofertar un porcentaje de descuento tal como se establece en el Pliego de Condiciones Administrativas Particulares. Dichos bienes, una vez adjudicados, darán lugar a un catálogo de bienes de imprenta y artes gráficas para el ámbito de la Universidad de Almería.
Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes
C.- ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS ARTÍCULOS.
En el apartado "C.1. Características genéricas" se describen una serie de características genéricas del papel y de los productos de impresión y serigrafía, que con carácter general, han de cumplir todos los productos. En el apartado "C.2. Características específicas de los productos" se describen las características específicas de los productos que por su complejidad así lo requieren.
C.1. CARACTERÍSTICAS GENÉRICAS:
Papel de fibras virgen. Deberán proceder de plantaciones que se gestionen de forma sostenible, asegurando el mantenimiento de sus funciones ecológicas, sociales y económicas.
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
• Esta circunstancia se acreditará mediante FSC (Forest Stewardship Council), Certificación Forestal PEFC (Certificación de la Gestión Forestal Sostenible), o certificado o declaración equivalente, indicándose en este último caso el origen de todas las fibras.
• Proceso de blanqueado totalmente libre de cloro (PCF).
Papel reciclado. En el supuesto en que el centro peticionario solicite la utilización de papel reciclado, se atenderá a los precios ofertados relativos al catálogo oficial. El papel reciclado deberá cumplir como mínimo las características siguientes:
• Mínimo 90% de fibras recicladas.
• Proceso de blanqueo totalmente libre de cloro (PCF).
Productos de impresión:
En ningún caso se admitirán artículos que presenten ampollas, ondulaciones u otros defectos.
La impresión deberá mostrarse uniforme, sin que se observe contaminación de otros colores, manchas, arañazos, repintado, moteado o pliegos pegados.
En el caso de mostrar una imagen o masa de color en la totalidad del fondo, ésta se deberá extender hasta el corte del papel, por lo que no deberán aparecer pequeñas áreas blancas más o menos paralelas al corte y en el sentido de éste.
En caso de que contenga áreas de escritura o estampado manual, se evitaráel uso de plastificados o barnices.
C.2. CARACTERÍSTICAS ESPECÍFICAS DE LOS PRODUCTOS: Lote nº 1: Impresos varios en papel:
A. Folios, Oficios y Cartas
A1 de examen.
- Formatos din a4, papel Offset 80 gr/m2, impresión 1t
A2 verjurados A4
- Formatos din a4, papel verjurado crema 120 gr/m2, 1t
A3 juegos duplicados y cuadruplicados en A4
Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes
- Juegos duplicados 1+0 Juegos duplicados, tamaño din a4, 1 t
- Juegos duplicados 1+1 Juegos duplicados, tamaño din a4, 1 t, doble cara
- Juegos duplicados 2+2 Juegos duplicados, tamaño din a4, impresos a 2+2 t.
- Juegos cuadruplicados Juegos cuadruplicados, tamaño din a4, impresión 2+2
A4. Oficios/Cartas
- Formatos din a4, papel Laser 90 gr/m2, impresión 1t
- Cartas 2 tintas Formatos din a4, papel laser 90 gr/m2, impresión 2t
B. Sobres con y sin ventana.
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
El sistema de cierre será el de autopegado. Su fijación tendrá que ser correcta mediante banda de pegamento protegida con cinta de papel siliconado. Deberá permitir un cierre sólido que no permita la apertura sin la rotura del sobre.
Además, cumplirá con los requerimientos de resistencia de su uso habitual e imagen propia de la Universidad de Almería.
En el caso de los sobres con ventana, el troquelado de la ventana tendrá que ser preciso y ubicado en el lugar definido. La ventana tendrá que estar correctamente pegada al papel por el interior del sobre.
B1. Sobre americano sin ventana
- Sobres americanos, Tira siliconada, 1t
B2. Sobre americano con ventana derecha
- Sobres americanos Ventana Dcha. Tira siliconada, 1t
B3. Sobre americano verjurado
- Sobres americanos verjurados, crema x xxxxxx
B4. Otros sobres
- Sobres tamaño cuartilla, verjurados, impresos 1t
- Sobres cuartilla.19 x 25 cm. Tira siliconada, 1t
- Sobres folio. 26 x 36 cm., tira siliconada, 1 t.
- Sobres folio p. armados. Segurifix armado, tamaño 26 x 36
- Sobres comerciales Tamaños 170, 1T
C. Carpetas
C1. Expediente
- Carpetas 240 gr., doble folio prolongado, 1t, plegadas Deberán atender a las siguientes características:
Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes
• Medidas 440 x 320 mm, plegada a 220 x320 mm.
• Impresión logotipo (1+0 tintas) en parte anterior (margen superior central) y como marca de agua centrada en el modelo abierto.
• En parte inferior (margen inferior central) el rótulo "EXPEDIENT" y seguido de cuatro líneas. Al pie inscripción dirección y datos de contacto según estándares establecidos.
C2. Expedientes de títulos
- Carpeta papel estucado mate 170 gr. + juego duplicado introducido 1+1
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
C3. Otras Carpetas
- Carpetas estucado brillo 300 gr., hendido /Plegado
- Carpetas con solapa. Carpetas bristol 240 gr.
C4. Subcarpetas
Las subcarpetas serán impresas colores variados de 80-90 gr. Deberán atender a las siguientes características:
• Medidas 440 x 320 mm, plegada a 220 x320 mm.
• Impresión logotipo (1+0 tintas) en parte anterior (margen superior central) y como marca de agua centrada en el modelo abierto.
D. Fichas de alumnos. D1 Fichas din a5,
- cartulina 240 gr., troqueladas, 1+1
D2 Fichas de alumnos formato 1/6
- Fichas de alumnos, troqueladas, impresión 1+1, tamaño 1/6
E. De A
- Juegos duplicados, tamaño din A6, impresión 1t
Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes
Lote nº 2: Libros, programas, catálogos.
La empresa adjudicataria ofrecerá la posibilidad de impresión de libros, programas, catálogos en una amplia variedad de tamaños, así como flexibilidad en el gramaje, tinta, portada, encuadernación u otros extremos que resulten habituales. Atendiendo a las siguientes características mínimas y de referencia:
A.-Catálogos. Catálogo 1
• Nº Páginas: 36
• páginas 4+4 tintas en couche brillo de 170 gr.
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
• Mas portadas con solapa impresas a 4+0 y glasofonadas 1 cara s/cartulina blanca.
• Tamaño 21x21 cm
• Encuadernación fresada
Catálogo 2
• Nº Páginas: 54
• páginas 4+4 tintas en couche brillo de 170 gr.
• Mas portadas con solapa impresas a 4+0 y glasofonadas 1 cara s/cartulina blanca
• Tamaño 21x21 cm
• Encuadernación fresada
Catálogo 3
• Nº Páginas: 24.
• Páginas 4+4 tintas en papel superior (Couche brillo de 170gr)
• Portadas impresas 4+0 solapas 1 cara s/cartulina blanca”
• Tamaño 21x21cm
• Encuadernación rústica
B.- Libro.
• Nº Páginas: 365
• Portadas impresas 4+0 tintas glasofonadas couche 350
• Encuadernación rústica
• Tamaño A4 papel 90 gr/m2, impresión 1t.
C.-Dossiers.
Dossier 1
• Nº Páginas: 14 más tapa y trasera
• Páginas y portadas: 4+4 tintas
• Encuadernación gusanillo
• Formato A4, papel Offset 80 gr/m2, impresión 1t
Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes
Dossier 2
• Nº Páginas: 16 más tapa y trasera
• Páginas y portadas: 4+4 tintas
• Encuadernación gusanillo
• Formato A4, papel Offset 80 gr/m2, impresión 1t
Lote nº 3: Carteles, desplegables, folletos de impresión.
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
A.- CARTELES CON CARACTER GENERAL:
A1 Pancarta. 3 x 1 ,70 m.
• Tamaño 3 x 1,70 metros
• Color 4+0
A2 Cartel DIN-A3.
• Tamaño DIN-A3
• Color 4+0
A3 Cartel DIN-A3+.
• Tamaño: DIN-A3
• Color 4+0
• Sobre couche brillo de 150 gr.
A4 Cartel 33 x 49 cm.
• Tamaño 33x49 cm.
• Color 4+0
• Sobre couche brillo de 150 gr
A5 Cartel 70 x 100 cm.
• 70x100 cm
• Color 4+0
• Sobre papel de 170 gr
A6 Cartel 50 x 70 cm.
• Tamaño 50x70 cm.
• Color 4+0
• Sobre papel de 170 gr.
A7 Cartel 76 x 116 cm.
• Tamaño: 76x116 cm
Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes
• Color 4+0
• Sobre papel
A8 Mupis
• - Tamaño: 120x175 cm y 120x180 cm.
• Color 4+0
A9 Roll up
• Tamaño: 85×200.
• Color 4+0
• Soporte de aluminio
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
A10 Faldones Publicitarios.
• Tamaño: 85×200.
• Color 4+0
B.- DESPLEGABLES, CON CARACTER GENERAL:
B1 Dípticos A5 cerrado.
• Tamaño DIN A5 cerrado
• Color 4+4 tintas
• Sobre couche brillo 150 gr
B2 Díptico con hoja de inscripción.
• Tamaño: 10x21 cerrado
• Color 4 + 4,+ hoja de inscripción
B3 Díptico 105x297 mm con hoja de inscripción.
• Tamaño: 105x297
• Color 4+4 tintas
• Sobre c/mate de 150 gr plegados y
• Embuchados con hoja de inscripción:
▪ Tamaño 105x297 mm
▪ Color 1+0 tintas
▪ Sobre offset blanco de 80 gr
B4 Tríptico.
• Tamaño: 10x21 cm cerrado
• Color: 4+4 tintas
• Sobre couche brillo de 150 gr
B5 Cuadríptico.
Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes
• Tamaño: 10 x 21 cm
• Color: 4+4 tintas
• Sobre couche brillo de 150 gr
C.- FOLLETOS DE IMPRESIÓN, CON CARÁCTER GENERAL:
C1. Tarjetones 4 + 4.
• Tamaño 10x21 cm
• Color 4+4 tintas
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
• Sobre cartulina extra blanca de 50 kg.
C2. Tarjetones 4 + 0.
• Tamaño 10x21 cm
• Color 4+0 tintas
• Sobre cartulina extra blanca de 50 kg.
C3. Flyers 4 + 0.
• Tamaño DIN A5
• 4+0 tintas
• Sobre couche brillo de 150 gr.
C4. Flyers 4 + 1.
• Tamaño DIN A5
• 4+1 tintas
• Sobre couche brillo de 150 gr.
C5. Flyers 4 + 4.
• Tamaño DIN A5
• 4+4 tintas
• Sobre couche brillo de 150 gr.
C6. Flyers 10 x 21.
• Tamaño 10x21 cm
• 4+4 tintas
• Sobre couche brillo de 150 gr
C7. Diplomas DIN A5.
• Tamaño DIN A5
• Color
• Sobre couche mate de 350 gr
C8. Diplomas DIN A3+
• Tamaño DIN A3 PLUS
Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes
• Color
• Sobre c/b 350 gr
C9. Diplomas DIN A4
• Tamaño DIN A4
• Color
• Sobre offset blanco 120 gr
C10. Tarjetas.
• Tamaño 5,5 x 8,5
• 4+4 tintas
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
• Sobre couche mate de 350 gr.
C11. Impresión DIN A5.
• Tamaño DIN A5
• Blanco y negro
• Sobre offset blanco de 80 gr.
C12. Tarjetas de visita 100.
• Tamaño 85 x 55 mm.
• 1+0
• Acabado estándar
• Incluyendo caja.
D.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA:
1.- El contratista deberá disponer de la certificación de cumplimiento de la norma ISO de la serie 9000. De forma alternativa se podrá aportar otra documentación que acredite una adecuada política de gestión de la calidad. Esta documentación podrá adoptar la forma de Memoria en la que se acredite las medidas implementadas por la empresa sin que requiera estar "autentificada por organismo externo".
2.- El contratista estará obligado a garantizar que los productos ofertados proceden de empresas que cumplen con las normas de cuidado medioambiental de la serie ISO 14000 o similares (Reglamento EMAS). De forma alternativa se podrá aportar otra documentación que acredite una adecuada política medioambiental. Esta documentación podrá adoptar la forma de Memoria en la que se acredite las medidas implementadas por la empresa sin que requiera estar "autentificada por organismo externo".
3.- Los envases de los productos deberán cumplir los requisitos establecidos en la ley 11/97 de 24 xx xxxxx, de envases y residuos de envases.
4.- Los adjudicatarios deberán garantizar la correcta distribución del suministro al centro de gastos que lo ha solicitado, atendiendo a su ubicación física en las diferentes dependencias de la Universidad de Almería. Para ello se deberá especificar en la oferta la logística de distribución. A tales efectos deberán realizar una declaración de los medios de transporte propios que destinarán, en caso de resultar adjudicatarios para la
Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes
distribución del material.
5.- En el supuesto en el que la distribución de los artículos esté sujeta a Deposito Legal, el tramite deberá ser debidamente cumplimentado por la empresa adjudicataria. En cuanto al nº ISBN será remitido al impresor por la unidad editora del libro. Tanto el nº de depósito legal como el ISBN figurarán en la misma hoja de impresión debiendo consignarse en el reverso de la portada o de la contraportada de la obra.
6.- La impresión de determinados documentos deberá realizarse conforme a las instrucciones de la Universidad de Almería y las posibles modificaciones que este pueda sufrir durante la ejecución del contrato. Si el arte final requiere algún tipo de adaptación (cambio de dirección, nombre, etc…) este debe ser asumido por la empresa sin coste alguno para la Universidad.
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
E.- CONDICIONES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
1. Órdenes de trabajo.
La ejecución del trabajo se iniciará por petición de las unidades tramitadoras. Dicha comunicación contendrá al menos:
• la orden del trabajo con las características del producto demandado.
• la impresión gráfica a realizar.
2. Pruebas, plazos máximos y lugar de entrega.
En los casos en los que se requiera una prueba previa, ésta deberá enviarse sin coste para la Universidad y en un plazo igual o inferior que el previsto para los pedidos. Esta prueba requerirá la aprobación de la unidad peticionaria para continuar con la impresión del trabajo.
Realizada esta aprobación, el trabajo deberá ser entregado en la dependencia peticionaria, atendiendo a los plazos comprometidos por los adjudicatarios en su proposición, y que en ningún modo pueden ser superiores a los previstos en el Anexo I.
El inicio del cómputo del plazo de entrega se realizará desde el día siguiente a la petición debidamente autorizada o en caso de requerir prueba, a la aprobación de la misma.
3. Etiquetado y embalaje
Los artículos se presentarán en los envases y embalajes que habitualmente existen en el mercado, y se etiquetarán de acuerdo al R.D.1468/1988 de 2 de diciembre por el que se aprueba el Reglamento de Etiquetado Presentación y Publicidad de los Productos Industriales Destinados a Venta Directa a los Consumidores y Usuarios.
En concreto se realizará en cajas y con todos los elementos necesarios para evitar el deterioro de los materiales, o bien retractilados en la cantidad indicada por las unidades peticionarias.
Los embalajes se entregarán precintados con cinta de embalaje y llevarán una etiqueta en la que figurarán al menos los siguientes datos:
• Nº de ejemplares que contiene.
• Fecha de embalaje.
• Referencia del modelo que contiene.
• Peso bruto del bulto.
Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes
• Identificación de la empresa.
En cualquier caso, los embalajes deberán acompañarse de documento comercial en el que se indicará al menos el código y descripción de cada uno de los artículos que forman parte de la entrega, así como el nº de unidades que conforman el pedido. Este documento solo tendrá valor de prueba de la entrega de los materiales si se presenta con la firma y sello de los responsables de la recepción.
4. Control de la ejecución
La Universidad de Almería se reserva el derecho de visitar las instalaciones industriales de los licitadores con carácter previo a la adjudicación y durante la ejecución del contrato con el fin de inspeccionar el cumplimiento de las condiciones ofertadas y de las obligaciones relacionadas.
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
A tal efecto, la Universidad de Almería, nombrará un responsable del contrato, individualizado por cada uno de los lotes, que tendrá entre otras las siguientes
funciones:
a) Objetivos:
• Garantizar la ejecución del contrato.
• Precisar los términos de la ejecución
• Comprobar el cumplimiento de las normas en que se sujeta la prestación contratada.
• Constatar la posible comisión de infracciones administrativas o incumplimientos contractuales y trasladar su noticia a la autoridad que corresponda, previa comunicación en el órgano de contratación.
b) Funciones:
• Comprobar la recepción del material en tiempo y forma, sin perjuicio de la normativa presupuestaria y de control interno.
• Inspeccionar los bienes y derechos adscritos, afectos o vinculados al contrato.
• Formular requerimientos sobre corrección de deficiencias de los bienes suministrados.
• Elevar al órgano de contratación y a la dirección de la ejecución del contrato, según corresponda, la iniciativa para la actuación de potestades administrativas o la toma de otras medidas.
• Exigir al contratista cualquier antecedente documental que se convierta en trascendente para verificar el cumplimiento de las obligaciones a su cargo.
• Desarrollar y aplicar las instrucciones que le dirijan el órgano de contratación o el titular del centro directivo y el jefe de la unidad administrativa responsables de la ejecución del contrato.
• A su vez, con carácter periódico y sobre una muestra de productos suministrados se realizará por la Universidad de Almería un control de calidad para comprobar el cumplimiento de las condiciones ofertadas.
Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes
F.- FACTURACIÓN Y FORMA DE PAGO DEL SUMINISTRO
Entregado el suministro en los puntos de entrega previstos en la orden de trabajo, se procederá a la emisión por parte del adjudicatario de la factura electrónica correspondiente.
En ningún caso el importe y el detalle de la factura podrá diferir del importe y de los conceptos incluidos en la orden de trabajo autorizada por la unidad de gastos correspondiente.
G.- SEGURIDAD Y CONFIDENCIALIDAD EN LA INFORMACIÓN
El adjudicatario queda expresamente obligado a mantener absoluta confidencialidad y reserva sobre cualquier dato que pudiera conocer con ocasión del cumplimiento del contrato, que no podrá utilizar con fin distinto al que figura en este Xxxxxx, ni tampoco ceder a otros.
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
El adjudicatario no podrá hacer uso alguno o divulgación de los informes, estudios y documentos elaborados en base a este Pliego de Condiciones, bien sea en forma total o parcial, directa o extractada, original o reproducida, sin autorización expresa por escrito de la Universidad de Almería.
Los conjuntos de los trabajos desarrollados se entenderán como confidenciales, debiendo el adjudicatario asegurar de la forma más razonable posible este requisito.
Asimismo y en la medida que la prestación y el cumplimiento del presente contrato conlleve la existencia de documentos que contengan datos de carácter personal que puedan quedar almacenados en los equipos de impresión (discos duros u otros dispositivos tanto fijos como temporales), y con independencia de la obligación xx xxxxxxx y confidencialidad sobre los mismos que se establece en el apartado anterior, el adjudicatario al finalizar el contrato deberá proceder a la destrucción o borrado de los referidos documentos, mediante la adopción de medidas dirigidas a evitar el acceso a la información contenida en los mismos o su recuperación posterior.
H.- NORMATIVA LABORAL
En caso de accidente o perjuicio de cualquier género ocurrido al personal con ocasión del ejercicio de sus trabajos, la empresa adjudicataria cumplirá lo dispuesto en las normas vigentes bajo su responsabilidad, sin que ésta alcance, en modo alguno, a la Universidad de Almería.
El personal contratado por el adjudicatario dependerá única y exclusivamente del mismo, el cual tendrá todos los derechos y obligaciones respecto al citado personal sin que en ningún caso resulte responsable la Universidad de Almería de las obligaciones existentes entre ellos.
El adjudicatario de la prestación cumplirá en todos sus ámbitos con la normativa vigente en materia laboral y de Seguridad Social, incluyendo la normativa sobre prevención de riesgos laborales.
El adjudicatario se compromete a tener asegurados a todos sus trabajadores que ejecuten el suministro objeto de contratación, cubriendo incluso la responsabilidad civil que cualquier accidente pudiera ocasionar, así como dotar a las personas que ejecuten el suministro de todos los medios materiales referido a Seguridad y Salud Laboral que ordena la legislación vigente.
I.- CLÁUSULAS SOCIALES Y SU CONTROL.
De conformidad con la normativa de contratación pública, serán de obligado cumplimiento por el adjudicatario las cláusulas establecidas en el presente Pliego y que se relacionan a continuación, sin perjuicio de lo establecido en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares:
• En cuanto a las medidas en materia de empleo: Afiliación y alta en la Seguridad Social de las personas trabajadoras destinadas a la ejecución del contrato, así como de todas las sucesivas incorporaciones que puedan producirse.
El adjudicatario se compromete a tener asegurados a todos sus trabajadores que realicen los suministros,
Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes
cubriendo incluso la responsabilidad civil que cualquier accidente pudiera ocasionar, así como dotar a las personas que ejecuten el suministro, de todos los medios materiales referido a Seguridad y Salud Laboral que ordena la legislación vigente.
El adjudicatario deberá acreditar, mediante declaración responsable, la afiliación y el alta en la Seguridad Social de las personas trabajadoras destinadas a la ejecución del contrato. Esta obligación se extenderá a todo el personal subcontratado por la entidad adjudicataria principal, destinado a la ejecución del contrato.
Para la acreditación del cumplimiento de esta obligación, la entidad adjudicataria aportará una declaración responsable al efecto, al inicio del contrato, en la que se señale que las personas trabajadoras destinadas a la ejecución del mismo se encuentran afiliadas y dadas de alta en la Seguridad Social. En todo caso, el Responsable del contrato y/o en su caso el órgano de contratación podrá solicitar, cuando lo considere oportuno, la aportación de la documentación que acredite el contenido de la declaración responsable.
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
J.- CONTROL DE EJECUCIÓN DE LAS CLÁUSULAS SOCIALES
En el cumplimiento del presente contrato se tendrá en cuenta lo establecido en la Convención de Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con diversidad funcional, así como los criterios de accesibilidad universal para todas las personas, tal como son definidos estos términos en el Texto Refundido de la Ley General de derechos de personas con diversidad funcional y de su inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre (en adelante TRLGDPD).
En toda documentación, publicidad, imagen o materiales especiales que, en su caso, deban aportar los licitadores o que sean necesarios para la ejecución del contrato, deberán hacerse un uso no sexista del lenguaje, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas y fomentar con valores de igualdad la presencia equilibrada, la diversidad y la corresponsabilidad.
Corresponderá a la persona Responsable del contrato la comprobación del cumplimiento de esta obligación, a cuyo fin llevará a cabo la revisión de la cartelería y documentación, así como de cualquier otro soporte que garantice en cumplimiento de esta obligación.
En cuanto a las medidas de seguridad y salud laboral, la empresa adjudicataria tiene la obligación de adoptar las medidas de seguridad y salud en el trabajo que sean obligatorias para prevenir de manera rigurosa los riesgos que puedan afectar a la vida, integridad y salud de las personas trabajadoras.
Asimismo, deberá acreditar el cumplimiento de las obligaciones siguientes:
• La evaluación de riesgos y planificación de la actividad preventiva correspondiente a la actividad contratada.
• La formación e información en materia preventiva a las personas adscritas a la ejecución del contrato.
• El justificante de la entrega de equipos de protección individual que, en su caso sean necesarios.
De conformidad con lo anterior, el adjudicatario está obligado a respetar y cumplir la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de minusválidos y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales y en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de
Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes
enero. Igualmente es de aplicación el Real Decreto 773/1997, 30 xx xxxx sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual, así como el Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, de coordinación de actividades empresariales, y toda aquella normativa que sea de aplicación y/o se promulgue durante la vigencia del presente procedimiento de contratación.
El responsable del contrato de la Universidad de Almería supervisará el cumplimiento de las obligaciones que en relación a las cláusulas sociales sean impuestas a la empresa adjudicataria en el presente Pliego y en el correspondiente a las Cláusulas Administrativas Particulares, así como las que se deriven de la legislación social y laboral vigente.
Con carácter previo a la finalización del contrato, la empresa adjudicataria deberá presentar un informe relativo al cumplimiento de las obligaciones sociales que le fueran exigibles legal o contractualmente.
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
El incumplimiento de las mismas generará la imposición de penalidades, de conformidad con lo establecido en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
Todas las cláusulas del presente Pliego de Prescripciones Técnicas se consideran obligaciones contractuales esenciales a los efectos de lo establecido en el artículo 211 apartado f) de la Ley de Contratos del Sector Público.
Vicegerente Organización Administrativa Fdo. Xxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxx.
Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
CUADROS DE PRECIOS.
Lote 1 | |||
A. FOLIOS, OFICIOS Y CARTAS | Precio máximo por unidad. | ||
A1.Folios de examen | De 1-5.000: 0,018 € | 5.000-10.000: 0,015€ | A partir de 10.000: 0,013€ |
A2.Folios Verjurados A4 | De 1-5.000: 0,06 € | 5.000-10.000: 0,05€ | A partir de 10.000: 0,04€ |
X0.Xxxxxx duplicados y cuadruplicados en A4 | |||
A3.1 Duplicados 1+0 | 1-100: 0,14 € | 101-500:0,13 € | A partir de 500: 0,12 € |
A3.1 Duplicados 1+1 | 1-100: 0,18 € | 101-500: 0,17 € | A partir de 500: 0,16 € |
A3.1 Duplicados 2+2 | 1-100: 0,20 € | 101-500: 0,19 € | A partir de 500: 0,18 € |
A3.1 Cuadruplicados | 1-100: 0,30 € | 101-500: 0,28 € | A partir de 500: 0,26 € |
A4.Oficios y Cartas | |||
A4.1 Din A4 | 1-100: 0,01 € | 101-500: 0,009 € | A partir de 500: 0,008 € |
A4.2 Cartas dos tintas | 1-100: 0,075 € | 101-500: 0,060 € | A partir de 500: 0,050 € |
B. SOBRES | Precio máximo por unidad. | ||
B1.Sobre americano sin ventana con impresión | 1-100: 0,068 € | 101-500: 0,066 € | A partir de 500: 0,062 € |
B2.Sobre americano ventana derecha con impresión | 1-100: 0,07 € | 101-500: 0,065 € | A partir de 500: 0,060 € |
B3.Sobre americano verjurado | 1-100: 0,095 € | 101-500: 0,090 € | A partir de 500: 0,085 € |
B4.Otros sobres | |||
B4.1 Tamaño cuartilla verjurado | 1-100: 0,11 € | 101-500: 0,10 € | A partir de 500: 0,09 € |
B4.2 Tamaño cuartilla | 1-100: 0,10 € | 101-500: 0,09 € | A partir de 500: 0,08 € |
B4.3 Tamaño folio | 1-100: 0,18 € | 101-500: 0,17 € | A partir de 500: 0,16 € |
B4.4 Tamaño Folio P. Armado | 1-100: 0,16 € | 101-500: 0,15 € | A partir de 500: 0,14 € |
B4.5 Comerciales | 1-100: 0,06 € | 101-500: 0,05 € | A partir de 500: 0,04 € |
C. CARPETAS | Precio máximo por unidad. | ||
C1.- Expediente | 1 -1000: 0,25 € | A partir 1000: 0,22 € | |
C2. Expedientes de títulos | 1 -1000: 0,58 € | A partir 1000: 0,50 € | |
C3 Otras carpetas |
Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes
C3.1 Estucado Brillo | 1 -1000: 0,28 € | A partir 1000: 0,25 € |
C3.2 Con solapa | 1 -1000: 0,40 € | A partir 1000: 0,35 € |
C.4 SUBCARPETAS | 1 -1000: 0,25 € | A partir 1000: 0,22 € |
D. FICHAS ALUMNOS | Precio máximo por unidad. | |
D1.- Formato Din A5 | De 1-1000: 0,07 € | A partir 1100: 0,06 € |
D2. Formato 1/6 | De 1-1000: 0,05 € | A partir 1100: 0,04 € |
E. De A Precio máximo por unidad. | ||
E1 Juegos Duplicados | De 1-1000: 0,04 € | A partir 1100: 0,03 € |
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
Lote 2 | ||
A. CATALOGOS | Precio máximo por unidad. | |
A1. Catálogo 1 | Hasta 300: 3,20€ | Más de 300: 3,00 € |
A2.Catalogo 2 | Hasta 300: 3,70 € | Más de 300: 3,30 € |
A3 Catálogo 3 | Hasta 300: 3,70 € | Más de 300: 3,50 € |
B. LIBRO | Precio máximo por unidad. | |
B1.Libro | Hasta 30: 40,00 € | Más de 30: 35,00 € |
X. XXXXXX | Precio máximo por unidad. | |
C1.- Dosier 1 | Hasta 50: 4,00 € | Más de 50: 3,5 € |
C2. Dosier 2 | Hasta 50: 5,00 € | Más de 50: 4,5 € |
Lote nº 3 | |||
A.- CARTELES CON CARACTER GENERAL: | Precio máximo unidad | ||
A1. PANCARTA. | Hasta 5: 90€ | Más de 5:80€ | |
A2. CARTEL DIN-A3. | Hasta 100: 0,90€ | Hasta 500:0,70€ | Más de 500: 0,50€ |
A3. CARTEL DIN-A3 PLUS. | Hasta 100: 0,90€ | Hasta 500:0,70€ | Más de 500: 0,50€ |
A4. CARTEL 33 x 49 cm. | Hasta 100: 1,20€ | Más de 100: 1€ | |
A5. CARTEL 70 x 100 cm. | Hasta 15: 18€ | Más de 15: 14€ | |
A6. CARTEL 50 x 70 cm. | Hasta 15: 10€ | De 16 a 75: 3,40€ | Más de 75: 1,50€ |
Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes
A7. CARTEL 76 x 116 cm. | Hasta 15: 19€ | Más de 15: 15€ | |
A8. MUPIS. | Hasta 15: 15€ | Más de 15: 14€ | |
A9. ROLL UP | Hasta 3: 50€ | Más de 3: 40€ | |
A10. FALDONES PUBLICITARIOS. | Hasta 5: 20 € | Más de 5: 15€ | |
B.- DESPLEGABLES, CON CARÁCTER GENERAL | Precio máximo unidad | ||
B1 DIPTICOS A5 CERRADO. | Hasta 500: 0,40 € | Más de 500: 0,20 € | |
B2 DIPTICO CON HOJA DE INSCRIPCIÓN. | Hasta 500: 0,66 € | Mas de 500: 0,46 € | |
B3 DIPTICO 105x297 mm CON HOJA DE INSCRIPCIÓN. | Hasta 500: 0,36 € | Mas de 500: 0,25 € | |
B4 TRIPTICO. | Hasta 500: 0,45 € | Más 500: 0,25 € | |
B5 CUADRÍPTICOS | Hasta 500: 0,21€ | Mas de 1.500: 0,18 € | |
C.- FOLLETOS DE IMPRESIÓN CON CARÁCTER GENERAL, | Precio máximo unidad | ||
C1. TARJETONES 4 + 4. | Hasta 50: 2 € | De 51 a 200: 0,33 € | Mas de 200: 0,25 € |
C2. TARJETONES 4 + 0. | Hasta 50: 1,5 € | De 51 a 200: 0,28 € | Mas de 200: 0,20 € |
C3. FLYERS 4 + 0 | Hasta 50: 0,2 € | De 51 a 200: 0,15 € | Mas de 200: 0,075 € |
C4. FLYERS 4 + 1. | Hasta 50: 0,26 € | De 51 a 200: 0,18 € | Mas de 200: 0,10 € |
C5. FLYERS 4 + 4. | Hasta 50: 0,31 € | De 51 a 200: 0,23 € | Mas de 200: 0,15 € |
C6. FLYERS 10 x21 | Hasta 50: 0,33 € | De 51 a 200: 0,27 € | Mas de 200: 0,20 € |
C7. DIPLOMAS DIN A5 | Hasta 50: 1 € | De 51 a 200: 0,8 € | Mas de 200: 0,7 € |
C8. DIPLOMAS DIN A3 PLUS | Hasta 50: 2,5 € | De 51 a 200: 2 € | Mas de 200: 1,90 € |
C9. DIPLOMAS DIN A4 | Hasta 50: 1,15 € | De 51 a 200: 0,90 € | Mas de 200: 0,80 € |
C10. TARJETAS | Hasta 50: 0,30 € | De 51 a 200: 0,25 € | Mas de 200: 0,20 € |
C11. IMPRESIÓN DIN A5. | Hasta 50: 0,058 € | De 51 a 200: 0,045 € | Mas de 200: 0,030 € |
C12. TARJETAS DE VISITA 100 | Hasta 2 PACK: 15 € | Mas de 2 Pack: 10 € |
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes
ANEXO VII. PROPOSICION ECONÓMICA LOTE 1
D. con residencia en
provincia xx
xxxxx
según Documento Nacional de Identidad nº
nº
en nombre propio o de la empresa enterado de las condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación del contrato de suministros denominado:
Se compromete, en nombre propio o de la empresa que representa, a ejecutar el objeto del contrato, con estricta sujeción al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que sirve de base a la contratación, en los siguientes términos económicos:
1) Oferta Económica:
Porcentaje de descuento único ofertado sobre el CUADRO DE PRECIOS del Anexo VI: %.
PROPOSICIÓN ECONÓMICA
2) Reducción del plazo de entrega Horas
Manifestando que cuando hemos elaborado la presente oferta hemos tenido en cuenta las obligaciones derivadas de las disposiciones vigentes en materia de fiscalidad, protección del medio ambiente, protección del empleo, igualdad de género, condiciones de trabajo, prevención de riesgos laborales e inserción sociolaboral de las personas con discapacidad, y a la obligación de contratar a un número o porcentaje especifico de personas con discapacidad, y protección del medio ambiente.
(Lugar, fecha y firma del proponente)
Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes
ANEXO VII. PROPOSICION ECONÓMICA LOTE 2
D. con residencia en
provincia xx
xxxxx
según Documento Nacional de Identidad nº
nº
en nombre propio o de la empresa enterado de las condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación del contrato de suministros:
Se compromete, en nombre propio o de la empresa que representa, a ejecutar el objeto del contrato, con estricta sujeción al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que sirve de base a la contratación, en los siguientes términos económicos:
1) Oferta Económica:
Porcentaje de descuento único ofertado sobre el CUADRO DE PRECIOS del Anexo VI: %.
PROPOSICIÓN ECONÓMICA
2) Reducción del plazo de entrega Días naturales
Manifestando que cuando hemos elaborado la presente oferta hemos tenido en cuenta las obligaciones derivadas de las disposiciones vigentes en materia de fiscalidad, protección del medio ambiente, protección del empleo, igualdad de género, condiciones de trabajo, prevención de riesgos laborales e inserción sociolaboral de las personas con discapacidad, y a la obligación de contratar a un número o porcentaje especifico de personas con discapacidad, y protección del medio ambiente.
(Lugar, fecha y firma del proponente)
Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes
ANEXO VII. PROPOSICION ECONÓMICA LOTE 3
D. con residencia en
provincia xx
xxxxx
según Documento Nacional de Identidad nº
nº
en nombre propio o de la empresa enterado de las condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación del contrato de suministros denominado:
Se compromete, en nombre propio o de la empresa que representa, a ejecutar el objeto del contrato, con estricta sujeción al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que sirve de base a la contratación, en los siguientes términos económicos:
1) Oferta Económica:
Porcentaje de descuento único ofertado sobre el CUADRO DE PRECIOS del Anexo VI: %.
PROPOSICIÓN ECONÓMICA
2) Reducción del plazo de entrega Días naturales
Manifestando que cuando hemos elaborado la presente oferta hemos tenido en cuenta las obligaciones derivadas de las disposiciones vigentes en materia de fiscalidad, protección del medio ambiente, protección del empleo, igualdad de género, condiciones de trabajo, prevención de riesgos laborales e inserción sociolaboral de las personas con discapacidad, y a la obligación de contratar a un número o porcentaje especifico de personas con discapacidad, y protección del medio ambiente.
(Lugar, fecha y firma del proponente)
Servicio de Contratación, Patrimonio y Servicios Comunes