CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES MEDIANTE EL SISTEMA DE ACCESO TRONCALIZADO CON TECNOLOGÍA iDEN ANEXO No 1
Plan Grupo Integral
ANEXO No 1
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 de la Resolución 1732 de 2007 expedida por la Comisión de Regulación de Telecomunicaciones y de la Circular Externa 002 de 2001 expedida por la Superintendencia de Industria y Comercio, el Suscriptor del presente contrato manifiesta que está en conocimiento de las alternativas de suscripción y de las diferentes condiciones, sanciones y tarifas ofrecidas por Avantel S. A., y acoge de forma expresa las siguientes:
PLAN GRUPO INTEGRAL
OBJETO: El PLAN GRUPO INTEGRAL permite al usuario utilizar los siguientes servicios de acuerdo con las condiciones estipuladas en la presente tabla:
Servicios | Minutos ó Mensajes Incluidos | Valor por consumo adicional |
Comunicación Inmediata AVANTEL Uno a Uno | 100 | 1 segundo o fracción de segundo adicional $14,04 (IVA incluido 20%) |
Comunicación Inmediata AVANTEL en Grupo | ilimitados | $ 0 |
Comunicación Inmediata AVANTEL Uno a Uno entre flotas | 100 | 1 segundo o fracción de segundo adicional $14,04 (IVA incluido 20%) |
Conexión Telefónica AVANTEL | 0 minutos | 1 minutos o fracción de minuto adicional $840 (IVA incluido 20%) |
Mensajes de Texto Vía Internet | Ilimitados | $0 |
Mensajes de Texto Operadora | 0 mensajes | 1 Mensaje adicional $290 (IVA incluido 16%) |
Mensajes de Texto otros Operadores | 0 mensajes | 1 Mensaje adicional $160 (IVA incluido 16%) |
Recuperación de Mensajes de Voz | Ilimitado | N. A. |
Nota: El tiempo de llamada por el servicio de Conexión Telefónica se aproximará al minuto siguiente.
ALCANCE DE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS OFRECIDOS Y DE LA FUNCIONALIDAD
DE LAS UNIDADES: AVANTEL S. A. prestará al Suscriptor, única y exclusivamente los servicio detallados en la anterior tabla y en el documento de la solicitud del servicio, y solo será responsable por las características de las unidades y los servicios ofrecidos. Para todos los efectos, el Suscriptor entiende y acepta que mediante la firma de este documento AVANTEL S. A. no ha dado garantías implícitas u ofrecimientos diferentes a los aquí descritos ni mucho menos sobre las características funcionales de las unidades adquiridas. Por lo tanto cualquier uso o exigencia que el Suscriptor o el usuario haga más allá de lo aquí ofrecido o de las características funcionales de las unidades adquiridas no será responsabilidad de AVANTEL S. A. y por lo tanto ni el Suscriptor ni el Usuario podrán reclamar por ningún concepto incluyendo pero sin limitarse a daños y perjuicios.
El plan Incluye servicio de Asistencia Integral de Equipos (AIE), el cual le brinda al CLIENTE un respaldo a los equipos cuando éstos presenten daños o averías que impidan o dificulten la correcta utilización de los servicios de comunicación, sin costo para el cliente. Este servicio no se extiende a fallos o defectos que sean causa del uso indebido de los equipos por parte del cliente (es decir que no obedezca a los instructivos de uso de AVANTEL, entre otros: condiciones de humedad, electricidad, etc.)”, caso en el cual el servicio AIE debe ser asumido por el cliente a las tarifas de lista fijadas por AVANTEL.
PRECIO Y FORMA DE PAGO: El precio y la forma de pago por la prestación de los servicios descritos en el objeto del siguiente plan, serán de acuerdo con la siguiente tabla:
Plan | Cargo fijo mensual por unidad Tarifa Plena | Forma de Pago | No Unidades |
PLAN GRUPO INTEGRAL | $ 79.800 (IVA incluido 20%) | Mensual |
TARIFAS: El Suscriptor manifiesta conocer y aceptar que el aumento máximo promedio del cargo fijo mensual por unidad será del treinta por ciento (30%) anual.
ALTERNATIVAS DE SUSCRIPCIÓN: 0.Xx el cliente adquiere su unidad de contado pagando el precio de lista indicado en la Tabla de Unidades, sin beneficiarse de descuentos sobre el precio de las mismas o si no recibe subsidio o financiación en cargos básicos su contrato no estará sujeto a un término de permanencia mínima. 2. En los casos en que el Suscriptor reciba algún descuento sobre el precio de lista de unidades y/o en lo Cargos básicos mensuales, se entiende que celebró un contrato a 12 meses y, por lo tanto, en el evento de terminar anticipadamente el mismo, procederá el cobro de la Cláusula Penal a favor de Avantel. En caso que el Suscriptor cambie de Plan deberá pagar el valor respectivo de acuerdo con la Tabla de Unidades según su antigüedad.
TABLA DE UNIDADES
Unidad | Precio de lista | Valor a pagar según el término transcurrido desde el inicio de la prestación del servicio hasta el cambio de plan | |
Durante el año de permanencia mínima | Después del año de permanencia mínima | ||
Gama baja | $532.366(IVA incluido 16%) | $232.000 (IVA incluido 16%) | $25.056 (IVA incluido 16%) |
Gama media | $687.821 (IVA incluido 16%) | $232.000 (IVA incluido 16%) | $25.056 (IVA incluido 16%) |
Gama alta | $933.152 (IVA incluido 16%) | $232.000 (IVA incluido 16%) | $25.056 (IVA incluido 16%) |
Gama Gerencial | $1.281.632 (IVA incluido 16%) | $232.000 (IVA incluido 16%) | $25.056 (IVA incluido 16%) |
Gama Estación Movil | $0.000.000 (IVA incluido 16%) | $232.000 (IVA incluido 16%) | $25.056 (IVA incluido 16%) |
Equipos Refurbished | $317.039(IVA incluido 16%) | $232.000 (IVA incluido 16%) | $25.056 (IVA incluido 16%) |
Gama desarrollos | $1.088.880 (IVA incluido 16%) | $232.000 (IVA incluido 16%) | $25.056 (IVA incluido 16%) |
Gama trabajo pesado | $776.680(IVA incluido 16%) | $232.000 (IVA incluido 16%) | $25.056 (IVA incluido 16%) |
Gama intrinsicamente segura | $1.816.128 (IVA incluido 16%) | $232.000 (IVA incluido 16%) | $25.056 (IVA incluido 16%) |
Gama Estación Fija | $1.816.128 (IVA incluido 16%) | $232.000 (IVA incluido 16%) | $25.056 (IVA incluido 16%) |
Gateway | $1.402.963 (IVA incluido 16%) | $232.000 (IVA incluido 16%) | $25.056 (IVA incluido 16%) |
-- No obstante los descuentos que se puedan otorgar a favor del Suscriptor al momento de adquisición de unidades, el IVA a facturarse a cargo de éste, estará siempre sujeto a la Base Gravable de cada unidad.
-El Suscriptor acepta y reconoce que la reposición de la unidad en caso de pérdida, hurto, daño, etc., se hará por el valor que aparezca en la lista de precios para reposición vigente al momento de la misma. En caso que las unidades se encuentren aseguradas (Amparo), y ante la ocurrencia del siniestro, el Suscriptor en su calidad de beneficiario, estará en la obligación de asumir el deducible correspondiente.
PLANES DE ADICIÓN DE SERVICIOS: El Suscriptor autoriza mediante la firma del presente documento que los usuarios de su flota podrán contratar por su propia cuenta con AVANTEL S. A., la prestación de servicios en planes disponibles, para lo cual acepta que utilizarán las unidades de su propiedad.
CONDICIONES TÉCNICAS: El Suscriptor reconoce que Avantel S. A. es el único operador del Sistema de Acceso Troncalizado con Tecnología iDEN en Colombia y por lo tanto no existe la posibilidad técnica de cambiarse a otro operador, haciendo uso de las mismas unidades.
Permanencia mínima y prórroga automática: El presente contrato incluye cláusulas de permanencia mínima de meses, prórroga automática y/o valores a pagar por terminación anticipada.
Una vez hayan sido aceptadas expresamente por el suscriptor, lo vinculan de acuerdo con las condiciones previstas en el presente contrato.
TERMINACIÓN ANTICIPADA E INCUMPLIMIENTO: Si el Suscriptor da por terminado unilateralmente el presente contrato durante su primer año de vigencia o incumple el presente contrato durante la misma, pagará incondicionalmente a AVANTEL S.A. la suma correspondiente al descuento otorgado sobre el precio de lista de la unidad, dividido por doce (12) y multiplicado por el número de meses faltantes para cumplir la primera vigencia. AVANTEL expresa bajo la siguiente formula el valor de la penalización según el tiempo de servicio: Sanción = Precio de lista de la unidad (Sin IVA), menos el Precio de venta de la unidad (Sin IVA), dividido por 12 meses multiplicado por el número de meses que faltan para cumplir la primera vigencia del contrato. El precio de venta corresponde al precio de lista menos el descuento otorgado. En caso de fraude a AVANTEL causado por el cliente, AVANTEL estimará los perjuicios que serán cobrados vía ejecutiva. Para efectos del cobro de estas sumas este documento presta mérito ejecutivo, sin que sea necesario constituir en xxxx a la otra parte, ni realizar diligencia alguna de notificación judicial o extrajudicial.
Mes | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | Tota l |
Porcentaje subsidiado | 8.3 % | 8.3 % | 8.3 % | 8.3 % | 8.3 % | 8.3 % | 8.3 % | 8.3 % | 8.3 % | 8.3 % | 8.3 % | 8.3 % | 100 % |
Valor total = Sanción |
Para constancia de lo anterior se firma a los días del mes de del año Factura No
Solicitud de servicio No
Firma del Suscriptor