BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN DEL PUESTO DE DIRECCIÓN DEL MUSEO PATIO HERRERIANO DE ARTE CONTEMPORÁNEO ESPAÑOL DE VALLLADOLID, MEDIANTE CONTRATO LABORAL DE ALTA DIRECCIÓN
BORRADOR DE
BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN DEL PUESTO DE DIRECCIÓN DEL MUSEO PATIO HERRERIANO DE ARTE CONTEMPORÁNEO ESPAÑOL DE VALLLADOLID, MEDIANTE CONTRATO LABORAL DE ALTA DIRECCIÓN
PRIMERA.- Objeto.
Es objeto de las presentes bases la selección del puesto de Dirección del Museo Xxxxx Xxxxxxxxxx de Arte Contemporáneo Español xx Xxxxxxxxxx, como personal laboral, mediante contrato de alta dirección, de conformidad con lo dispuesto en el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre (en adelante EBEP) y en el Real Decreto 1382/1985, de 1 xx xxxxxx, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del Personal de Alta Dirección.
SEGUNDA.- Convocatoria.
El anuncio de la convocatoria y las bases serán publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia xx Xxxxxxxxxx y expuestas en el Tablón Oficial de la sede electrónica del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx.
Asimismo, se publicará un extracto del anuncio de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado” y en el Diario Oficial de la Unión Europea, en los que deberá constar la fecha y número del Boletín Oficial de la Provincia xx Xxxxxxxxxx, en el que se hubiesen publicado las bases de la convocatoria.
TERCERA.- Requisitos de las personas aspirantes:
Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo las personas solicitantes deberán poseer y demostrar, el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la formalización del contrato, los siguientes requisitos de participación:
Ser de nacionalidad española, nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, o personas extranjeras con residencia legal en España, en los términos establecidos en el artículo 57 del EBEP.
Estar en posesión, o en condiciones de obtenerlo antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, del título de Doctor, Licenciado, Grado o título superior equivalente, especialmente en arte contemporáneo, obtenido por la realización de estudios superiores y poseer formación técnica especializada o académica en los campos de la historia del arte, la estética, la museología, las bellas artes y la arquitectura.
Poseer formación técnica especializada en gestión y administración de centros museísticos en el campo de la gestión y las actividades de instituciones culturales o bien, experiencia práctica suficiente en alguno de estos campos. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación del título.
Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación. Este requisito no será de aplicación a las personas aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesionaes regualadas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario.
Tener amplia experiencia profesional en el desempeño de puestos de trabajo con destacada competencia en la gestión de centros en el ámbito del arte contemporáneo.
Poseer conocimientos de la lengua inglesa, equivalentes al nivel C1 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCERL)
Poseer pleno conocimiento y dominio xxx xxxxxxxxxx, hablado y escrito.
Tener cumplidos 16 años y no exceder, en su caso, la edad máxima de jubilación.
No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial.
En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
CUARTA.- Solicitudes.
1.- Las instancias solicitando tomar parte en la convocatoria irán dirigidas al Presidente de la Fundación Patio Herreriano de Arte Contemporáneo Español xx Xxxxxxxxxx, se presentarán, en el modelo que figura como anexo I de estas bases y que está disponible en la página web, xxxx://xxx.xxxxxxxxxx.xx, en las oficinas de la Fundación (Calle Xxxxx Xxxxxxx, 6, 47003 Valladolid), en el plazo de 45 días naturales contados a partir del siguiente a la publicación del anuncio de la convocatoria en el BOE.
2.- A la solicitud se acompañará:
Fotocopia del DNI en vigor o documento equivalente.
“Currículum Vitae” en el que figuren, debidamente acreditados, los puestos de trabajo desempeñados, tanto en las Administraciones Públicas como en el sector privado, la experiencia profesional y proyectos realizados, los títulos académicos que en cada caso se posean, así como los estudios y cursos de formación realizados en relación con el puesto objeto de las presentes bases, el conocimiento de idiomas y cuantas otras circunstancias meritorias estimen oportuno poner de manifiesto para la acreditación de la idoneidad, formación, competencia profesional y experiencia necesaria para el desempeño del puesto ofertado.
- Todos los candidatos deberán acompañar a su solicitud documento que acredite las condiciones de nacionalidad y residencia legal en España.
- Los aspirantes con discapacidad con un grado de minusvalía igual o superior al 33% deberán adjuntar Dictamen Técnico Facultativo emitido por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó dicho grado de minusvalía.
- Fotocopia compulsada de la titulación requerida en la presente convocatoria.
- Un historial laboral especificando los contratos de los que se derive su experiencia profesional, así como cualquier otro dato que consideren oportuno.
- Documentación acreditativa de los méritos que el candidato desee que se le valoren en la fase de concurso, atendiendo a los méritos que pueden ser alegados y que se recogen en el Anexo (….) . Los aspirantes presentarán cuanta documentación estimen necesaria para la adecuada valoración de los méritos.
- La no presentación de la citada documentación supondrá la exclusión del candidato.
- La documentación acreditativa de estos méritos deberá ser original o fotocopias compulsadas.
- Proyecto Museístico a desarrollar en el Museo Xxxxx Xxxxxxxxxx de acuerdo con la Misión y funciones del Museo. (1)
La documentación correspondiente al Proyecto Museístico deberá presentarse cumpliendo los siguientes requisitos:
1.- El documento deberá ir paginado y encuadernado de manera que no sea posible mover sus hojas.
2.- Deberá identificar al aspirante y deberá estar firmado. Contendrá un índice de documentos y una hoja resumen final.
3.- No podrá tener una extensión superior a 200 páginas, por una sola cara, o 100 por las dos caras, con espaciado simple, tipo de letra Times New Xxxxx tamaño 11 y márgenes mínimos de 1 cm superior, inferior, izquierdo y derecho. En caso de que la extensión del Proyecto superase las 200 páginas por una sola cara, sólo se tomará en consideración a efectos de valoración las 100 primeras páginas.
4.- El Proyecto podrá también presentarse de forma alternativa en soporte informático, en CD o DVD no regrabable, por duplicado, en formato PDF no editable, firmado electrónicamente.
DOCUMENTOS CONFIDENCIALES: los aspirantes deberán presentar una «declaración complementaria» en la que indiquen qué parte del Proyecto y datos son, a su parecer, constitutivos de ser considerados confidenciales. Esta circunstancia deberá además reflejarse claramente (sobreimpresa, al margen o de cualquier otra forma) en el propio documento señalado como tal, sin que pueda darse tal carácter a toda la documentación que se presente. De no aportarse esta declaración se considerará que ningún documento o dato posee dicho carácter.
3.- Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la Vicepresidenta del Patronato dictará resolución declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos señalando un plazo xx xxxx días hábiles para subsanación de posibles defectos. Dicha lista será expuesta en el Tablón oficial de la sede electrónica del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx.
Los sucesivos anuncios de actuaciones se publicarán en el citado Tablón.
4.- Protección de datos personales y transparencia.
A los efectos previstos en la normativa sobre protección de datos personales, la presentación de la solicitud de participación en el proceso selectivo y la participación en él implican el consentimiento a la publicación en el Tablón oficial de la sede electrónica y en el portal de transparencia del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx del DNI de las personas aspirantes y del contrato que, en su caso, se suscriba con la persona aspirante seleccionada.
QUINTA.- Órgano de Selección.
El Órgano de Selección será vinculante y estará compuesto en su mayoría de personas con reconocido prestigio dentro del mundo del arte contemporáneo español.
Presidencia: Esta se eligirá y consensuará entre las Vocalías.
(Con voto de calidad en caso de empates)
Vocalías: Todas personas con voz y voto.
Un vocal designado por la Asociación Colección Arte Contemporáneo (ACA).
Un vocal designado por el Área de Cultura y Turismo del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx.
Un vocal designado por los participantes en el Grupo de Trabajo Externo, que será independiente con amplia trayectoria en el comisariado y programación de espacios y centros de arte contemporáneo en España.
Un vocal designado por la Asociación de Directores de Arte Contemporáneo de España (ADACE).
Un vocal de la Asociación Española de Críticos de Arte (AECA).
Un vocal del Instituto de Arte Contemporáneo (IAC).
Un vocal designado de la Unión Artistas Contemporáneos de España (AC).
Secretaría: Personal del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx. Con voz y sin voto.
Los/las miembros del Órgano de Selección se abstendrán de intervenir y podrán ser recusados/as cuando concurran en ellos las circunstancias previstas en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
El Órgano de Selección deberá establecer un baremo de calificación y hacerlo público antes de comenzar la selección de las personas candidatas.
El Órgano de Selección podrá recabar el apoyo e incorporación a sus trabajos de asesores especialistas, para todas o alguna de las pruebas, cuando por dificultades técnicas o de otra índole así se acordase necesario. Dichos asesores colaborarán con el Órgano de Selección exclusivamente en el ejercicio de sus especialidades técnicas y tendrán voz pero no voto.
El nombramiento de los asesores especialistas se publicará mediante anuncio del Órgano de Selección en el Tablón Oficial de la Sede Electrónica del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx.
SEXTA.- Procedimiento de Selección.
La selección de las candidaturas se realizará, de acuerdo con los principios de mérito y capacidad, por el Órgano de Selección, mediante la valoración de los méritos alegados y documentados, en relación con los criterios de idoneidad, formación, competencia profesional y experiencia para el desempeño del puesto.
Las personas aspirantes, previa citación del Órgano de Selección con una antelación mínima de cinco días hábiles, serán entrevistadas por el mismo, en relación con su experiencia y competencia, relacionadas con las funciones a desarrollar en el puesto de trabajo y, en especial, en la gestión de museos, organización del trabajo, coordinación de equipos humanos, trabajo en equipo y liderazgo.
Asimismo, dicho Órgano realizará una serie de pruebas adecuadas para valorar la capacidad de las personas candidatas, lo que se comunicará con igual antelación. El conocimiento de la lengua inglesa -y de otras alegadas por las personas aspirantes- deberá quedar acreditado por la documentación aportada por la persona interesada, pudiendo además el Órgano de Selección acordar la realización de una prueba específica en este sentido. Igualmente, parte de la entrevista a que se refiere el párrafo anterior será realizada también en inglés, por parte de un intérprete homologado.
El Órgano de Selección deberá, como ya se ha especificado en la base anterior, establecer un baremo de calificación y hacerlo público antes de comenzar la selección de las personas candidatas, como ya
Méritos de las personas aspirantes.
Se valorarán los siguientes méritos debidamente acreditados:
- 1. La experiencia y conocimientos en los contextos local, nacional e internacional de las
prácticas artísticas contemporáneas y la capacidad de representar al MPH en dichos ámbitos.
- 2. Los trabajos científicos, las publicaciones y el trabajo de investigación desarrollados en
torno a las prácticas artísticas contemporáneas.
- 3. Las dotes de liderazgo, comunicación y negociación, así como de planificación, consecución
de prioridades, toma de decisiones, mediación en la solución de conflictos y evaluación de la
eficiencia y eficacia organizativas.
- 4. El conocimiento suficiente de los agentes económicos susceptibles de aportar recursos
financieros, humanos y culturales a la institución, así como la capacidad para desarrollar
programas que incentiven su patrocinio.
- 5. El conocimiento de otros idiomas además xxx xxxxxx.
La decisión final del Órgano de Selección será vinculante.
SÉPTIMA.-Designación del Director/a.
Finalizado el proceso selectivo, siempre con carácter vinculante, el Órgano de Selección propondrá al Consejo Rector de la Fundación las candidaturas que considere más idóneas para su nombramiento.
El Consejo Rector convocará a las personas propuestas para la realización de una entrevista en castellano, (en caso de que fuera en inglés deberá asistir un intérprete homologado) previa citación con una antelación mínima de 5 días hábiles. El Consejo Rector, de acuerdo con lo establecido en el artículo 12.r) de los Estatutos rectores de la Fundación, elevará al Patronato una propuesta motivada de nombramiento de la Dirección, teniendo en cuenta el cumplimiento de los requisitos, la idoneidad para el puesto y las exigencias de la convocatoria.
El Patronato, de acuerdo con lo establecido en el artículo 13 de los Estatutos podrá nombrar, a propuesta del Consejo Rector, la Dirección del Museo, con las funciones que se le confiera, reseñadas en dicho artículo:
La Dirección del Museo y del personal del mismo, en el ámbito de sus funciones.
La representación ordinaria del Museo.
La dirección, coordinación y planificación de las actividades de los servicios del Museo.
La propuesta al Consejo Rector de los planes generales de actuación del Museo, y la ejecución de sus acuerdos.
La propuesta al Consejo Rector de la Memoria anual de actividades del Museo.
La propuesta al Consejo Rector del presupuesto del Museo, así como de la rendición de cuentas.
Adoptar las medidas para que la protección del patrimonio artístico del Museo quede garantizada, y proponer y seguir los tratamientos para la conservación y restauración de las obras de arte del Museo.
Someter a la aprobación del Consejo Rector los planes de agrupación y ordenación de las Colecciones del Museo; proponer las adquisiciones de obras de arte por el Museo, y disponer de obras que deben ser exhibidas con carácter permanente.
Proponer al Consejo Rector el programa anual de exposiciones del Museo, así como la designación de comisariados que, bajo su supervisión, gestionen su realización e instalación de las obras que deban ser exhibidas
Organizar las exposiciones temporales.
Proponer al Consejo Rector el plan anual de publicaciones del Museo, así como el de adquisiciones para su biblioteca y mediateca.
Impulsar y proponer al Consejo Rector del Museo los acuerdos de cooperación y colaboración con otros museos e instituciones afines, universidades y centros de investigación y asociaciones locales y estatales como mediadoras de la ciudadanía, y la organización de actividades didácticas, educativas, culturales y científicas, tanto nacionales como internacionales.
Presentar al Consejo Rector las necesidades en relación con la contratación del personal administrativo y de servicios del Museo.
Proponer al Consejo Rector los programas de desarrollo y perfeccionamiento profesional del personal del Museo.
Dirigir y coordinar el inventario, los registros y el catálogo de los fondos artísticos del Museo, así como la biblioteca, mediateca y centro de documentación del mismo.
Asumir cuantas otras funciones no estén expresamente encomendadas al Patronato o al Consejo Rector del Museo.
Se declarará desierta la convocatoria cuando quienes concurran a ella no reúnan los requisitos establecidos en la misma, o no cumplan con el preceptivo criterio de idoneidad para su contratación.
La contratación se realizará en la modalidad de contrato de alta dirección, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1382/1985, de 1 xx xxxxxx. Quedará también sometida al régimen de incompatibilidades establecido en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.
El contrato tendrá una duración de 5 años, prorrogable por otros 5 si así lo acordase el Patronato dentro de los 6 meses anteriores a la fecha de transcurso del primer periodo. Para la prórroga del contrato el patronato podrá solicitar, dentro de esos mismos 6 meses anteriores, un nuevo proyecto museológico que incorpore el análisis del periodo desarrollado en su cargo y las propuestas para el siguiente periodo. Éste podrá ser rescindido por cualquiera de las dos partes, siempre documentando fehacientemente las causas de dicha restricción en los plazos que diga la Ley.
OCTAVA.- Funciones a realizar en el puesto.
Además de las funciones descritas en el apartado anterior, el puesto incluye las que siguen:
– Desarrollar su proyecto de gestión y programación del Museo, de acuerdo al documento presentado en esta convocatoria.
– Articular adecuadamente la programación y actividad del Museo con el territorio y el contexto en que se ubica y, en especial, con los diversos agentes del arte y la cultura contemporánea que en dicho contexto operan.
– Organizar y gestionar la prestación de servicios del Museo.
– Dirigir y coordinar los trabajos relativos al tratamiento científico, técnico y administrativo de los fondos y el funcionamiento de las áreas básicas del Museo.
– Velar por la seguridad y por la correcta conservación y presentación de los fondos del Museo.
– Velar por la seguridad y el mantenimiento de las instalaciones del Museo.
– Supervisar los programas de investigación, difusión, educación, comunicación y, en general, de todas aquellas otras actividades culturales y de participación social.
– Elaborar el Plan Museológico como instrumento de organización al servicio del cumplimiento de la misión y funciones del Museo, que contendrá además un Programa de Viabilidad, Programa de Seguridad y Programa de Accesibilidad.
– Elaborar el Programa anual de actividades y realizar la Memoria de gestión.
– Ostentar la representación institucional ordinaria del Museo.
– Impulsar las relaciones institucionales con otros centros museísticos o entidades e instituciones culturales o científicas y con las asociaciones y colectivos relacionados con el arte contemporáneo, tanto a nivel local como nacional e internacional.
– Asistir a las reuniones del Consejo Rector, con voz, pero sin voto, formulando las propuestas de resolución de los asuntos de competencia del Consejo a incluir en el orden del día.
– Ejecutar y hacer cumplir los acuerdos del Consejo Rector y del Patronato.
– Organizar, impulsar, dirigir e inspeccionar la actividad y así como organizar y dirigir a su personal, todo ello bajo la dirección del Presidente.
– Preparar el Presupuesto anual.
– Realizar estudios y propuestas en relación con los fines y funciones propios del Museo.
– Aplicar las Buenas Practicas en Museos y Centros de Arte.
– El estudio y propuesta del Patronato de nuevas adquisiciones de obra, con el fin de ir implementando la colección propia del Museo.
– Informar al menos una vez al año de los planes del director al Patronato y a los ciudadanos a través de los medios de comunicación o redes informáticas: compras de obras, programas expositivos, actividades etc.
– Aplicar el principio de transparencia a la gestión del Patronato y el Consejo Rector del MPH.
– Las que específicamente le delegue el Consejo Rector.
Incompatibilidades: La Dirección evitará desarrollar fuera del Museo cualquier actividad vinculada al comercio del arte o coleccionismo privado. Excepcionalmente, por ser experto en determinada materia, podría ser aceptable su participación en algún proyecto externo al museo: en ese caso, debería comunicarlo al Patronato.
NOVENA.- Retribuciones.
Retribución básica:
Sueldo anual: 47.000 euros brutos (excluido coste de la cuota patronal de Seguridad Social).
Retribución complementaria:
Complemento fijo anual: 18.000 euros brutos (excluido coste de la cuota patronal de Seguridad Social).
Complemento variable anual, por cumplimiento de objetivos: hasta 5.000 euros brutos (excluido coste de la cuota patronal de Seguridad Social).
El cumplimiento de objetivos se acreditará al tiempo de aprobación de las cuentas anuales de la Fundación, que comprenderá un apartado específico referido a esta materia.
Los objetivos a alcanzar por la Dirección son:
1.-…………
2.- ……….
3.- ………….
ANEXO
SOLICITUD DE PARTICIPACION EN EL PROCESO SELECTIVO PARA LA PROVISIÓN DEL PUESTO DE DIRECCIÓN DEL MUSEO PATIO HERRERIANO DE ARTE CONTEMPORÁNEO ESPAÑOL XX XXXXXXXXXX
DATOS PERSONALES:
Primer apellido:
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Segundo apellido: |
Nombre: |
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DNI:
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Fecha de nacimiento:
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Nacionalidad:
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Teléfono:
Correo electrónico:
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Domicilio (calle y nº):
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Localidad: |
Provincia: |
PUESTO SOLICITADO: Dirección del Museo Xxxxx Xxxxxxxxxx de Arte Contemporáneo Español xx Xxxxxxxxxx
FECHA DE LA CONVOCATORIA (BOE) |
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TITULACIÓN |
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EXPERIENCIA PROFESIONAL
Experiencia en puestos de la misma categoría con funciones y tareas iguales a las del puesto en AAPP |
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DENOMINACIÓN DEL PUESTO |
ORGANISMO O EMPRESA PÚBLICOS |
PERIODO TRABAJADO |
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Experiencia en puestos de la misma categoría con funciones y tareas iguales a las del puesto en empresas privadas |
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DENOMINACIÓN DEL PUESTO |
EMPRESA |
PERIODO TRABAJADO |
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DECLARA que:
Son ciertos los datos consignados en la presente solicitud, así como en el “Curriculum Vitae” que se adjunta.
Presta su consentimiento al tratamiento de datos de carácter personal recogidos en esta solicitud para su publicación en boletines oficiales, tablones de anuncios, sedes electrónicas y, en general, en cualquier medio que se utilice para la comunicación de actos de comunicación de los órganos de selección, resultados parciales y/o definitivos del proceso selectivo y para la correcta preparación y/o ejecución de las pruebas correspondientes.
SOLICITA su admisión al proceso selectivo para la provisión del puesto indicado.
(Lugar, fecha y firma)
EXCMO SR. PRESIDENTE DE LA FUNDACIÓN PATIO HERRERIANO DE ARTE CONTEMPORÁNEO ESPAÑOL XX XXXXXXXXXX
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