Aprobado por Decreto de la Concejal Delegada nº 6666 de fecha 22 de junio de 2016
Aprobado por Decreto de la Concejal Delegada nº 6666 de fecha 22 xx xxxxx de 2016
PLIEGO DE CLAUSULAS TÉCNICAS QUE HA DE REGIR LA ADJUDICACIÓN, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL CONTRATO DE SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE PARA VEHÍCULOS MUNICIPALES DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXXXXXXX Y SUS PATRONATOS
1.- OBJETO DEL CONTRATO.
Constituye el objeto del contrato EL SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE PARA VEHÍCULOS MUNICIPALES Y SUS PATRONATOS.
Los vehículos municipales cuyo combustible se contrata son los siguientes: Ayuntamiento
Patronato de Bienestar Social Patronato Sociocultural Patronato Municipal de Deportes
Codificación correspondiente de la nomenclatura de la Clasificación de Productos por Actividades 19.2 Productos xx xxxxxx de petróleo.
Codificación correspondiente a la nomenclatura Vocabulario Común de Contratos (CPV): 09110000-3 Combustibles sólidos.
El contrato ha sido calificado de contrato de suministro ya que el objeto del mismo está constituido por el suministro de combustible para vehículos municipales y se encuentra dentro del artículo 9.1 de la Ley de Contratos del Sector Público.
Este suministro está sujeto a REGULACIÓN ARMONIZADA.
2.- CONTENIDO DEL CONTRATO.
2.1.- OBJETO
El objeto del presente procedimiento es la adquisición de combustible para los vehículos municipales, siendo requisito imprescindible que las empresas que liciten tengan una o varias estaciones de servicio en el término municipal xx Xxxxxxxxxx, dadas las características del presente contrato.
Se entiende por vehículos municipales los vehículos, ya sean propios o no, cuyo uso esté adscrito a los servicios municipales. La empresa suministradora deberá cerciorarse de que el vehículo pertenece a la flota municipal y de que el usuario está autorizado para efectuar el repostaje con cargo al Ayuntamiento.
El Departamento Municipal de Tráfico comunicará a la empresa adjudicataria del contrato, la relación actualizada de vehículos que pueden repostar en la estación cada vez que se produzca un alta o una
baja de vehículos, de acuerdo con el sistema de control y gestión acordado, así como el organismo municipal al que pertenecen a efectos de separación de cada grupo de facturación.
En ningún caso, se admitirán cargos de productos que no sean combustible, tales como lubricantes, lavados de vehículos o cualesquiera otros no contemplados en el presente contrato.
2.2.- PRODUCTOS A SUMINISTRAR.
Se ofertará el combustible en todas sus modalidades de combustible de automoción (gasolina y gasóleo).
Los productos objeto de la licitación no serán diferentes o distintos de aquellos que se expendan en las estaciones de servicio para su consumo en general, ni incumplirán las normas o preceptos legales específicos que permitan su venta normal al público.
El combustible contará con las certificaciones establecidas por los institutos o servicios oficiales u homologados encargados del control de calidad y que acrediten la conformidad de artículos bien identificados con referencia a ciertas especificaciones o normas.
2.3.- TARJETAS DE CONTROL DE COMBUSTIBLE.
La Empresa adjudicataria expedirá una tarjeta, a los únicos efectos de control del suministro del combustible, por cada uno de los vehículos del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx. Dichas tarjetas será propiedad de la empresa adjudicataria y adscritas a cada vehículo y cuyo coste será a cargo de la misma. En estas tarjetas xx xxxxx magnética o sistema similar, deberán constar como mínimo, los siguientes datos identificativos:
Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx / Patronato Municipal de Deportes / Patronato Socio Cultural / Patronato de Bienestar Social.
Matrícula del vehículo o número de bastidor.
Tipo de combustible.
El Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx, por medio del Departamento de Tráfico, comunicará a la empresa adjudicataria las solicitudes de nuevas tarjetas por alta de vehículos y en su caso, las bajas en el suministro por baja del vehículo o pérdida/sustracción de la tarjeta.
2.4.- GESTION DE SUMINISTRO Y FACTURACIÓN.
La empresa adjudicataria deberá proporcionar al Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx, toda la información precisa que posibilite un control absoluto de cada uno de los repostajes de los vehículos.
Esta información se detallará en resúmenes mensuales, coincidentes con la facturación, que detallarán los repostajes de cada vehículo de forma sencilla y completa que permita verificar fecha, lugar, litros e importe del suministro, así como el descuento efectuado en base a la oferta presentada.
La empresa adjudicataria aportará un medio de control del kilometraje de los vehículos en el momento de repostar así como que se compruebe que la matrícula del vehículo a repostar coincide con la consignada en la tarjeta, de forma fiable.
La Estación o Estaciones de Servicio entregarán obligatoriamente un ticket de repostado al conductor del vehículo en el que consten los datos identificativos de cada suministro, y que como mínimo serán los siguientes:
Identificación de la tarjeta.
Fecha y hora del suministro.
Tipo de combustible.
Litros suministrados.
Importe.
Estación de Servicio.
Kilómetros del vehículo.
La facturación del suministro de combustible se efectuará de la siguiente forma:
Se emitirá factura mensual por cada Centro o Departamento que se determine e información individualizada por matrícula del vehículo, reflejando la Estación de Servicio o gasolinera, fecha del suministro, hora, litros y tipo de combustible, importe en euros y con posibilidad de que figuren los kilómetros en el momento de repostar, así como la inclusión del descuento ofertado.
El adjudicatario remitirá, con la periodicidad que se convenga y en tiempo real (vía internet, telemática, etc.) al Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx, a través de las personas que se designen, documentación en la que se indiquen los suministros realizados por los diferentes Centros o Departamentos que se designen, como mínimo en soporte informático, hoja de cálculo, base de datos o papel impreso. Se preferirá la posibilidad de consultar vía web mediante número de usuario y “login” los movimientos de consumo de combustible de la flota.