PLIEGO DE CONDICIONES REGULADORAS PARA LA CONTRATACIÓN, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO SUPERIOR AL UMBRAL EUROPEO, DE LA ASISTENCIA TÉCNICA DURANTE LA CELEBRACIÓN DE LAS SESIONES Y ACTOS INSTITUCIONALES DEL PARLAMENTO DE NAVARRA, Y DEL MANTENIMIENTO...
PLIEGO DE CONDICIONES REGULADORAS PARA LA CONTRATACIÓN, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO SUPERIOR AL UMBRAL EUROPEO, DE LA ASISTENCIA TÉCNICA DURANTE LA CELEBRACIÓN DE LAS SESIONES Y ACTOS INSTITUCIONALES DEL PARLAMENTO XX XXXXXXX, Y DEL MANTENIMIENTO DE SU SISTEMA AUDIOVISUAL Y DE VOTACIONES
En el presente pliego se regulan los pactos y condiciones definidores de los derechos y obligaciones de las partes en sus aspectos jurídicos, administrativos, económicos y técnicos, del contrato de asistencia técnica en el manejo y control del sistema audiovisual y de votaciones del Parlamento xx Xxxxxxx durante la celebración de las sesiones de sus órganos y otros actos institucionales, así como el mantenimiento de dichos sistemas audiovisuales y de votaciones.
1.- OBJETO DEL CONTRATO
Constituyen el objeto del presente contrato los servicios de asistencia técnica para el sistema audiovisual y de votaciones instalado en el Parlamento xx Xxxxxxx durante la preparación y celebración de las sesiones de sus distintos órganos, así como de otros actos institucionales que se celebren en su sede sita en la xxxxx Xxxxx xx Xxxxxx 0 xx Xxxxxxxx (Xxxxxxx).
La contratación incluye asimismo el mantenimiento, tanto preventivo como correctivo, y la gestión de garantías, del sistema audiovisual y de votaciones del Parlamento xx Xxxxxxx.
Dichos servicios se realizarán conforme a lo establecido en el Anexo V del presente pliego, que constituye el pliego de prescripciones técnicas de la presente contratación al recoger los requisitos técnicos que deben cumplir los servicios contratados, y que formará parte del contrato que se firme con el adjudicatario.
2.- RÉGIMEN JURÍDICO
El Parlamento xx Xxxxxxx, conforme a lo dispuesto en el artículo 4.1 a) de la Ley Xxxxx 2/2018, de 13 xx xxxxx, de Contratos Públicos (en adelante LFCP), está incluido en el ámbito subjetivo de aplicación de dicha Ley Xxxxx, mientras que la prestación objeto del contrato constituye un contrato de servicios sujeto al régimen jurídico administrativo (artículos 27 y 30 LFCP). De este modo, conforme al artículo 34.1 LFCP, la preparación, adjudicación, efectos y extinción del presente contrato se regirán por la LFCP y sus disposiciones reglamentarias, aplicándose supletoriamente las demás normas de derecho administrativo y en su defecto, las normas de derecho privado. En su virtud, tanto las personas licitadoras como con posterioridad las partes contratantes, quedan sometidas a lo establecido en este pliego y a la LFCP.
El desconocimiento de la normativa reguladora de contratos públicos, así como de las cláusulas y anexos del presente pliego, no eximirá a los licitadores y al contratista de la obligación de su cumplimiento.
- Tramitación: ordinaria (art. 138 LFCP).
- Tipo de contrato: servicios (art. 30 LFCP).
- Epígrafe CPV: 32320000-2 Equipo audiovisual y de televisión, 32340000-8 Micrófonos y altavoces, 32410000-0 Red de área local, 50340000-0 Servicios de reparación y mantenimiento de equipos audiovisual y óptico, 71356000-8 Servicios técnicos.
- Procedimiento: abierto superior al umbral europeo (art. 72 y 89 LFCP).
- Criterio de adjudicación: criterios relacionados con la mejor relación coste-eficacia como el precio, junto con criterios de carácter social (art. 64.3.a y 64.6 LFCP).
- Unidad gestora del contrato: Mesa de contratación designada al efecto.
- Órgano adjudicador: Mesa del Parlamento xx Xxxxxxx.
3.- IMPORTE DEL CONTRATO
El importe máximo del contrato es de 84.800,00 euros, IVA excluido, que se financiará con cargo a la partida “22790 – Otros trabajos realizados” del presupuesto de gastos de la Cámara que resulte vigente para los años 2022 y 2023, en proporción a su ejecución contractual y sujeto a la existencia de consignación presupuestaria adecuada y suficiente para ello.
Dicho importe es el resultante de multiplicar el número estimado de horas anuales (2.650 horas) por el precio máximo fijado para la hora de técnico de 32,00 euros, IVA excluido. El desglose del número total de horas sería de 2.530 horas para las labores de asistencia a las sesiones y actos, 80 horas para el mantenimiento preventivo, y 40 para el correctivo.
Dicho importe tiene carácter orientativo y no vinculante, por cuanto este importe se establece a los meros efectos de determinar la competencia del órgano de contratación y la publicidad del procedimiento, sin que suponga una obligación de contratación o ejecución presupuestaria por parte del Parlamento xx Xxxxxxx.
De este modo, el Parlamento xx Xxxxxxx no queda obligado a contratar una determinada cantidad del servicio de asistencia técnica, ni adquiere en el momento de la adjudicación compromiso de gasto alguno. El gasto real quedará limitado al que resulte de los precios ofrecidos por el adjudicatario y al de los servicios efectivamente prestados al Parlamento xx Xxxxxxx.
El precio/hora máximo de licitación es de 32,00 euros, IVA excluido. La propuesta económica de los licitadores no podrá superar el precio unitario máximo establecido, desestimándose las ofertas cuya cuantía económica sea superior a dicho importe. A todos los efectos se entiende que en los precios ofertados por el adjudicatario se incluyen todos los gastos que tenga que realizar para el cumplimiento de las prestaciones contratadas. El precio de las fracciones de hora se determinará de manera directamente proporcional al precio/hora ofertado.
El contrato se adjudica para el periodo de un año natural, sin perjuicio de la posibilidad de prorrogarlo hasta dos anualidades más, que deberán ser expresas de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45 de la LFCP.
De acuerdo con lo anterior, según lo establecido en la Ley Xxxxx 2/2018, de 13 xx xxxxx, de Contratos Públicos, y teniendo en cuenta la posible duración del contrato, el valor estimado del mismo es de 254.400,00 euros, IVA excluido, que se financiarán con cargo a la partida “22790 – Otros trabajos realizados” del presupuesto de gastos de la Cámara que resulte vigente en la anualidad correspondiente, de manera proporcional a su ejecución contractual y sujeto a la existencia de consignación presupuestaria adecuada y suficiente para ello.
De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 66.3 de la LFCP, se advierte a los licitadores de lo siguiente:
- Que el contrato se halla sujeto al cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y convencionales vigentes en materia de fiscalidad, de Seguridad Social, protección del medio ambiente, protección del empleo, igualdad de género, de acoso por razón de sexo o acoso sexual, condiciones de trabajo, prevención de riesgos laborales y demás disposiciones en materia laboral, inserción socio-laboral de las personas con discapacidad, y a la obligación de contratar a un número o porcentaje específico de personas con discapacidad y, en particular, a las condiciones establecidas por el último convenio sectorial del ámbito más inferior existente de aplicación en el sector en el que se encuadre la actividad a contratar.
- Que la oferta económica deberá ser adecuada para que el adjudicatario haga frente al coste derivado de la aplicación, como mínimo, del convenio sectorial que
corresponda, sin que en ningún caso los precios/hora de los salarios contemplados puedan ser inferiores a los precios/hora, más las mejoras precio/hora del convenio más los costes de la Seguridad Social.
- El Parlamento xx Xxxxxxx se reserva el derecho a solicitar en cualquier momento a la empresa adjudicataria la documentación justificativa correspondiente a fin de verificar dicho cumplimiento.
4.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR
Están capacitadas para contratar las personas naturales o jurídicas, de naturaleza pública o privada, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna de las prohibiciones o incompatibilidades para contratar, no se hallen en una situación de conflicto de intereses y acrediten una solvencia económica, financiera y técnica o profesional suficiente para ejecutar la prestación contractual demandada.
Los licitadores deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato.
El Parlamento xx Xxxxxxx podrá contratar con Uniones Temporales de Empresas o con licitadores que participen conjuntamente, de acuerdo con el artículo 13 de la LFCP. Dicha participación se instrumentará mediante la aportación de un documento privado en el que se manifieste la voluntad de concurrencia conjunta y el compromiso de constituirse formalmente en Unión Temporal de Empresas en caso de resultar adjudicatarias, se indique el porcentaje de participación de cada una de las personas licitadoras, y se designe un representante o apoderado único con facultades para ejercer los derechos y cumplir las obligaciones derivadas del contrato hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de facultades mancomunadas para cobros y pagos. En cualquier caso, los contratistas responderán solidariamente de las obligaciones contraídas. No será necesaria la constitución en escritura pública de la Unión Temporal de Empresas hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor.
Las licitadoras que presenten oferta en participación conjunta no podrán presentar proposiciones individuales, ni integrados en otra unión temporal de empresas o en concurrencia con empresas distintas. El incumplimiento de esta prohibición dará lugar a la inadmisión de todas las ofertas suscritas por la licitadora infractora.
En todo caso, los licitadores han de ser personas naturales o jurídicas, cuya finalidad o actividad profesional tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos Estatutos o reglas fundacionales o se acredite debidamente, y dispongan de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato.
5.- SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA
Para la ejecución de este contrato deberá disponerse de unas condiciones de solvencia económica y financiera suficientes, que deberán acreditarse mediante la presentación de la siguiente documentación:
• Declaración formalizada por una entidad financiera con la que el licitador tenga una relación comercial de al menos seis meses en la que se haga constar que el licitador dispone de la capacidad económica o financiera necesaria para hacer frente al presente contrato y cumple con regularidad sus compromisos de pago.
6.- SOLVENCIA TÉCNICA Y PROFESIONAL
Para la ejecución de este contrato deberá disponerse de unas condiciones de solvencia técnica y profesional suficientes, que deberán acreditarse mediante la presentación de la siguiente documentación:
• Declaración responsable de los principales contratos de servicios de asistencia técnica y/o mantenimiento de instalaciones audiovisuales y/o conferencias efectuados en los últimos tres años, indicando importe anual, fecha y cliente, entre los que figuren al menos dos por importe superior a 25.000,00 euros anuales, IVA excluido.
• De los dos contratos superiores a 25.000,00 euros anuales, IVA excluido, señalados en el punto anterior, se deberá presentar certificación de su ejecución satisfactoria emitida por el cliente.
• Declaración responsable del licitador en la que se haga constar que dispone de la experiencia y los conocimientos técnicos necesarios para operar tanto con el hardware Shure serie MXC como con el software de control Shure SW6000, así como con el resto de equipamiento descrito en el Anexo V del PCR.
7.- PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
La licitación se tramitará exclusivamente de forma electrónica ajustándose a lo previsto en la Ley Xxxxx 2/2018, de 13 xx xxxxx, de Contratos Públicos, el Decreto Xxxxx 236/2007, de 5 de noviembre, por el que se regula la Junta de Contratación Pública y los Procedimientos y Registros a su cargo, de conformidad con lo previsto en la Ley Xxxxx 11/2019, de 11 xx xxxxx, de la Administración de la Comunidad Xxxxx xx Xxxxxxx y del Sector Público Institucional Xxxxx.
La presentación de las ofertas presume por parte de la licitadora la aceptación incondicionada sin salvedad o reserva alguna de las cláusulas de este pliego y sus anexos, así como la declaración responsable de la exactitud de todos los datos presentados y de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para la contratación objeto del contrato.
Los documentos que conforman la oferta deberán presentarse exclusivamente a través de la Plataforma de Licitación Electrónica xx Xxxxxxx (PLENA), que estará disponible en el anuncio de licitación del Portal de Contratación xx Xxxxxxx (xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxx.xx), de acuerdo con lo establecido en los párrafos siguientes.
Asimismo, todas las comunicaciones y resto de actuaciones de trámites que procedan con los interesados, se efectuarán a través de la citada plataforma.
Es necesario que la hora del equipo desde el que se vaya a realizar la presentación coincida con un margen máximo de desfase de 5 minutos, con la hora del servidor de Gobierno xx Xxxxxxx.
Los servidores de Gobierno xx Xxxxxxx utilizan como referencia el Tiempo Universal Coordinado (UTC), que es la escala de tiempo universal mantenida por los laboratorios internacionales de referencia con una precisión: +/- 1 seg. Esta es, por tanto, la hora oficial de los servicios electrónicos.
- Fuente horaria primaria: xxxx.xxx.xx (Real Instituto y Observatorio de la Armada: dos servidores en San Xxxxxxxx-Cádiz y un tercero situado en Madrid).
- Fuentes horarias secundarias:
o xxxxx.xxxxx.xx, INRIA, Paris
o x0x00.x0x.xxx.xx, UPV-EHU
El plazo de presentación de las ofertas se fijará en el anuncio de licitación, siendo de un mínimo de treinta días naturales a partir de la fecha de envío del anuncio al DOUE.
En el momento en que la empresa licitadora cierre su oferta, se generará el resumen criptográfico de su contenido, quedando como constancia de la oferta. En el caso de que quien licite tenga problemas* en la presentación de su oferta en la plataforma, si la huella (resumen criptográfico) es remitida al órgano de contratación por correo electrónico a la dirección de contacto establecida en el Portal de Contratación (xxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx) dentro del plazo de presentación de ofertas, dispondrá de un plazo extendido de 24 horas para el envío de su oferta completa a través de la plataforma PLENA y para considerar completada la presentación. Sin cumplir tales requisitos no será admitida la solicitud de participación en el caso de que se recibiera fuera del plazo fijado en el anuncio de licitación.
(*) a estos efectos, se advierte de que cuanto mayor sea el peso (medido en MB) de las ofertas, mayor puede ser el tiempo requerido para completar su presentación. Ello con independencia de la concurrencia de otras circunstancias, como una menor velocidad de subida de datos debida a la calidad de la conexión, u otras.
Si al proceder a la apertura de los sobres se detecta una presentación fuera de plazo sobre la cual se ha recibido la huella (resumen criptográfico) dentro del plazo inicial de presentación de ofertas, si la huella coincide y la fecha de recepción de la oferta está dentro de las 24 horas extendidas, la oferta se dará por válida y se abrirá. Si por el contrario la huella no coincide, o bien la oferta se ha recibido fuera del plazo de 24 horas extendidas, la oferta se excluirá, no abriéndose nunca su contenido.
En caso de que la oferta hubiera sido presentada fuera de plazo y la empresa o entidad licitadora adujera la existencia de problemas técnicos en la presentación, se verificará si en el momento de presentación de la oferta existieron problemas de índole técnica en la plataforma. Solamente en el caso de que hubiera acaecido incidencia técnica en el normal funcionamiento de la plataforma, la oferta presentada será admitida. El desconocimiento del licitador o problemas técnicos ajenos a la plataforma no justificarán la extemporaneidad en la presentación de la oferta y conllevarán la exclusión.
8.- FORMA Y CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES
Desde el anuncio de licitación del Portal de Contratación se puede acceder al espacio de la Plataforma de Licitación Electrónica xx Xxxxxxx (PLENA) donde cualquier persona interesada en la licitación puede descargar una aplicación de escritorio que le permite la preparación y presentación de ofertas mediante sobre digital. Esta aplicación debe descargarse una única vez, siendo válida para cualquier licitación posterior a través de PLENA por parte de cualquier entidad sometida a la misma.
Las ofertas son cifradas en el escritorio de quien vaya a licitar utilizando mecanismos estándares de cifrado, y una vez presentadas, son depositadas en el repositorio seguro.
La oferta deberá ir firmada mediante firma electrónica reconocida, válidamente emitida por un Prestador de Servicios de Certificación y que garantice la identidad e integridad del documento, la oferta y todos los documentos asociados a la misma, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza y demás disposiciones de contratación pública electrónica.
El tamaño permitido de cada fichero individual que se anexa en la oferta electrónica es de 50 MB. El tamaño total de la oferta, con todos los documentos que la forman tendrá un tamaño máximo de 100 MB. La plataforma no establece límite alguno en el número de archivos que se pueden adjuntar a una oferta.
Los formatos admitidos por PLENA para los documentos que se anexan en la presentación de la oferta son los utilizados habitualmente (doc, docx, xls, xlsx, ppt, pptx, rtf, sxw, abw, pdf, jpg, bmp, tiff, tif, odt, ods, odp, odi, dwg, zip.), y como medida alternativa, para adjuntar archivos de otros formatos, se pueden envolver en un archivo comprimido (ZIP).
En caso de discordancia entre los valores objetivos introducidos en los formularios de la plataforma y los documentos anexos que dan respaldo a cada criterio, prevalecerán los documentos y anexos suscritos electrónicamente por la entidad o empresa licitadora o quien tenga poder de representación.
Las propuestas se presentarán de acuerdo con la estructura establecida para esta oferta en PLENA y contendrá 3 sobres, identificados como:
- Sobre A: Documentación administrativa.
- Sobre B: Propuesta técnica y medidas de carácter social
- Sobre C: Oferta económica.
Toda la documentación se presentará en castellano y deberá estar vigente en la fecha de finalización del plazo de presentación de las propuestas y posteriormente durante toda la duración del contrato. En ningún caso podrá aportarse, finalizado el plazo de presentación de proposiciones, documentación complementaria o aclaratoria que no haya sido solicitada expresamente por la Mesa de contratación.
Cada licitador no podrá presentar más de una oferta. Tampoco podrá suscribir ninguna oferta en participación conjunta con otros licitadores si lo ha hecho individualmente, ni figurar en más de una de esas agrupaciones. La infracción de esta cláusula, así como la presentación simultánea de ofertas por parte de empresas vinculadas dará lugar a la inadmisión de todas las ofertas que hubiera suscrito.
8.1) Sobre A: Documentación administrativa.
Este sobre contendrá la siguiente documentación:
- Todos los licitadores deberán presentar el Documento Único Europeo de Contratación (DEUC). En el Anexo I se encuentran disponibles las instrucciones para su obtención.
- Si la proposición es suscrita por personas licitadoras que participan conjuntamente o en Unión Temporal de Empresas, cada una de ellas deberá presentar la documentación solicitada (DEUC). Además, se incorporará un documento privado en el que se manifieste la voluntad de concurrencia conjunta y el compromiso de constituirse formalmente en Unión Temporal de Empresas en caso de resultar adjudicatarias, se indique el porcentaje de participación de cada una de las personas licitadoras, y se designe una representación o apoderamiento único con facultades para ejercer los derechos y cumplir las obligaciones derivadas del contrato hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de facultades mancomunadas para cobros y pagos. El escrito habrá de estar firmado tanto por las diversas empresas concurrentes como por el citado apoderado. No será necesaria la constitución en escritura pública de la Unión Temporal de Empresas hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor. En cualquier caso, la responsabilidad será siempre solidaria e indivisible para el conjunto de obligaciones dimanantes del contrato.
- Únicamente al licitador a cuyo favor vaya a recaer la propuesta de adjudicación se le solicitará, en el plazo máximo de 7 días naturales desde que se le requiera, la documentación señalada en el artículo 55.8 de la LFCP y que se recoge en la cláusula 15 del presente pliego.
Cualquier referencia en la documentación del sobre A a precios o a la oferta económica, determinará la exclusión de la licitación.
8.2) Sobre B: Medidas de carácter social.
Este apartado no es obligatorio para los licitadores, y únicamente se presentará en el caso de que el licitador desee que se valore la adopción de medidas sociales en su propuesta, en cuyo caso deberá detallar expresa y nítidamente los elementos aducidos para cada uno de los apartados siguientes, presentando la correspondiente documentación acreditativa.
a) Declaración responsable en la que se señale tanto el número global de personas trabajadoras de plantilla como el número de personas trabajadoras que tengan simultáneamente contrato indefinido y discapacidad reconocida igual o superior al 33% en el momento de presentación de la propuesta.
Dicha declaración se acompañará obligatoriamente de la documentación oficial justificativa de la misma, bien mediante la presentación de la documentación que se señala a continuación, o bien de cualquier otra similar siempre que sea de carácter oficial:
• Informe de vida laboral o Informe de trabajadores en alta en el código de cuenta de cotización emitido por la TGSS, en el que quede reflejado el tipo de contrato de las personas trabajadoras.
• Copia del certificado de grado de discapacidad igual o superior al 33% de acuerdo con el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad o norma que lo sustituya.
La falta de aportación de dicha documentación justificativa conllevará la no valoración de este apartado.
b) Declaración responsable en la que se señale tanto el número global de personas trabajadoras de plantilla como el número de personas trabajadoras contratadas eventualmente en el momento de presentación de la propuesta.
Dicha declaración se acompañará obligatoriamente de la documentación oficial justificativa de la misma, bien mediante la presentación de la documentación que se señala a continuación, o bien de cualquier otra similar siempre que sea de carácter oficial.
• Informe de vida laboral o Informe de trabajadores en alta en el código de cuenta de cotización emitido por la TGSS, en el que quede reflejado el tipo de contrato de las personas trabajadoras.
La falta de aportación de dicha documentación justificativa conllevará la no valoración de este apartado.
c) Medidas de formación de los trabajadores de la empresa licitadora desde 2019 hasta la actualidad en materia de riesgos laborales y en igualdad de género.
Se presentará una tabla siguiendo el modelo del Anexo II en el que se listarán los cursos realizados con su denominación, su contenido, el personal que la recibió, su duración en horas, su fecha de ejecución, la modalidad (presencial, online, etc.), así como la entidad encargada de impartirla.
Esta tabla se acompañará obligatoriamente de los certificados de realización de los cursos realizados emitidos por las entidades que los han impartido, en los que constará el título del curso, fecha de ejecución, duración en horas y nombre del personal que lo recibió. La falta de aportación de dichos certificados conllevará la no valoración del curso correspondiente.
En el caso de licitadores que se presenten conjuntamente, cada uno de los integrantes de la unión deberá aportar su propia documentación en los apartados a, b y c anteriores.
8.3) Sobre C: Oferta económica.
Este sobre contendrá únicamente la oferta económica del servicio objeto del contrato, que será conforme al Anexo III del presente pliego.
El precio/hora ofertado constituirá el precio del contrato, será único y en él estarán incluidos todos los posibles conceptos como salida, dietas, kilometraje, festividad, nocturnidad y cualesquiera otros conceptos retributivos reconocidos convencional o contractualmente a los trabajadores adscritos al presente contrato.
Asimismo, tal y como se señala en el Anexo III, se incluirán en la proposición económica las tablas salariales del convenio regulador del personal que estará adscrito al contrato con el fin de poder verificar el cumplimiento de las obligaciones señaladas en la cláusula 3 del presente pliego y del articulo 66 de la LFCP 2/2018.
Al único efecto de llevar a cabo la puntuación de la propuesta económica, el precio unitario ofertado por los licitadores se deberá incluir en una fórmula cuyo resultado final dará lugar a una cifra única que los licitadores deberán introducir en el formulario de la plataforma PLENA que se toma como base para efectuar las puntuaciones automáticas según lo dispuesto en la cláusula 13.C.
En todo caso, el precio unitario ofertado por el licitador tendrá prevalencia sobre el resultado de la fórmula con el importe final en caso de que este resultado no fuera el correcto debido a un error aritmético por parte del licitador al hacer el cálculo. En este caso, el error se corregirá por parte del soporte técnico de la plataforma PLENA a instancias del Parlamento xx Xxxxxxx.
A todos los efectos se entenderá que en los precios ofertados están incluidos cualesquiera gastos que el adjudicatario deba realizar para ejecutar el cumplimiento de las prestaciones, incluidos los conceptos retributivos reconocidos convencional o contractualmente al personal adscrito a la ejecución del presente contrato.
En el caso de que se presente una proposición económica por licitadores que participen conjuntamente, aquélla deberá estar firmada por la persona que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente al Parlamento xx Xxxxxxx.
No se tendrán en cuenta observaciones o aclaraciones a la oferta económica que no sean solicitadas por la Mesa de contratación. No se admitirá la presentación de variantes o alternativas. La infracción de estas normas dará lugar a la inadmisión de la oferta.
9. – MESA DE CONTRATACIÓN
La Mesa de Contratación estará compuesta por:
Presidenta: D.x Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx, Vicepresidenta 2º del Parlamento xx Xxxxxxx. Suplente: D. Xxxx Xxxx Xxxxxxx xx Xxxxxxx Xxxxxxx, Secretario 1º del Parlamento xx
Xxxxxxx.
Vocal: D.ª Xxxx Xxxxxx Xxxxx, Jefa del Servicio de Informática, Sistemas Audiovisuales y Tecnología.
Suplente: D. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, Jefe de los Servicios Generales.
Vocal: D. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Jefe de Sección de Gestión de Sistemas. Suplente: D.ª Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx, Técnica de Grado Medio en Gestión Admva.
Vocal: D.ª Xxxxx Xxxxx Xxxxx, Interventora.
Suplente: D.ª Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx, Técnica de Grado Medio en Gestión Admva.
Secretario: D. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx, Letrada. Suplente: D. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, Letrado.
10.- CALIFICACIÓN PREVIA DE LOS DOCUMENTOS PRESENTADOS
Concluido el plazo de presentación de las ofertas, se procederá en acto privado a la apertura a través de PLENA del sobre A. La Mesa de contratación examinará el contenido de dicho sobre (Documentación administrativa) y calificará los documentos presentados por los licitadores en tiempo y forma, acordándose la admisión o rechazo de los licitadores.
Si la Mesa de Contratación observara omisiones o defectos materiales en la documentación presentada, siempre y cuando tengan la consideración legal de deficiencias subsanables, requerirá al licitador que complete o subsane la documentación en el plazo mínimo de cinco días naturales contados desde la notificación del requerimiento. Si transcurrido el plazo de subsanación no se ha completado la información requerida, se procederá a su exclusión en el procedimiento, dejando constancia documental de ello.
La Mesa de Contratación podrá solicitar cuantos informes considere precisos y se relacionen con el objeto del contrato.
11.- APERTURA DE LAS MEDIDAS DE CARÁCTER SOCIAL
Una vez acordada la admisión o rechazo de los licitadores, la Mesa de contratación, procederá, en acto interno a través de PLENA, a la apertura de las medidas de carácter social (sobre B) con el fin de proceder a su valoración.
A la vista de las propuestas presentadas, la Mesa de Contratación podrá requerir de los licitadores aclaraciones complementarias a sus propuestas mediante la oportuna notificación, si considera que adolecen de oscuridad o inconcreción, otorgando un plazo de contestación de cinco días naturales, sin que dicha aclaración pueda suponer en ningún caso modificación de la oferta presentada.
Una vez finalizada la valoración de las propuestas, se hará pública a través de PLENA la puntuación obtenida por cada persona licitadora en los apartados del sobre B.
12.- APERTURA DE LAS PROPOSICIONES ECONÓMICAS
Efectuada la valoración de la documentación contenida en el sobre B, se publicará su resultado en la plataforma electrónica de contratación, tras lo cual se procederá a la apertura de las proposiciones económicas, que permanecerán secretas hasta dicho momento.
Una vez realizada la apertura de dichas proposiciones en acto privado a través de PLENA, se hará pública la puntuación total obtenida por cada persona licitadora.
13.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
El criterio de adjudicación es la mejor relación coste-eficacia como es el precio, junto con criterios de carácter social (art. 64.3.a y 64.6 LFCP), resultando por tanto adjudicatario el licitador que presente la oferta con mayor puntuación total, que se distribuye del siguiente modo:
- Las medidas de carácter social tendrán una puntuación máxima de 15 puntos.
- La propuesta económica tendrá una puntuación máxima de 85 puntos.
A) Puntuación de las medidas de carácter social (máximo 15 puntos):
Este apartado no es obligatorio para los licitadores, y únicamente se presentará en el caso de que el licitador desee que se valore la adopción de medidas sociales en su propuesta, en
cuyo caso deberá detallar expresa y nítidamente los elementos aducidos para cada uno de los apartados siguientes, presentando la correspondiente documentación acreditativa.
A los licitadores que no presenten documentación referida a los criterios sociales en alguno o varios de sus apartados se les asignarán 0 puntos en dicho/s apartado/s, sin que esto signifique en ningún caso la exclusión de la licitación.
En el caso de licitadores que se presenten conjuntamente, para la valoración se tendrá en cuenta de manera global el conjunto de los datos presentados por todos sus integrantes. En el caso de que alguno de ellos no hubiera presentado la correspondiente documentación, no se procederá a la valoración del conjunto y se asignarán 0 puntos en el/los apartado/s correspondiente/s.
a.1) Personas trabajadoras en plantilla que tengan simultáneamente contrato indefinido y discapacidad reconocida igual o superior al 33% en el momento de presentación de la propuesta (puntuación máxima 5 puntos).
Tras el examen de la documentación por la Mesa de contratación, se obtendrá el porcentaje que las personas trabajadoras con contrato indefinido y discapacidad suponen respecto al global de la plantilla en el momento de presentación de la propuesta. Aquellos licitadores que tengan un porcentaje inferior al 2% obtendrán 0 puntos en ese apartado. Al resto, se otorgará la mayor puntuación (5 puntos) al licitador con mayor porcentaje, y al resto de manera proporcional según la siguiente fórmula:
• Puntuación propuesta actual = 5 x (Porcentaje actual / Porcentaje máximo presentado entre los licitadores)
El resultado de la fórmula se expresará con redondeo a dos decimales
a.2) Personas trabajadoras en plantilla con contratación eventual en el momento de presentación de la propuesta (puntuación máxima 5 puntos).
Tras el examen de la documentación por la Mesa de contratación, se obtendrá el porcentaje que las personas trabajadoras con contrato eventual suponen respecto al global de la plantilla en el momento de presentación de la propuesta. Aquellos licitadores que tengan un porcentaje superior o igual al 10% obtendrán 0 puntos en este apartado. Al resto, se le otorgará la mayor puntuación (5 puntos) al licitador con menor porcentaje, y al resto de manera proporcional según la siguiente fórmula:
• Puntuación propuesta actual = 5 x [(10 – Porcentaje actual)] / [(10 - Porcentaje mínimo presentado por los licitadores)]
El resultado de la fórmula se expresará con redondeo a dos decimales
a.3) Medidas de formación de los trabajadores de la empresa licitadora desde 2019 hasta la actualidad en materia de riesgos laborales y en igualdad de género. La puntuación máxima es de 2,5 puntos para formación en riesgos laborales y de 2,5 puntos para formación en igualdad de género).
Se presentará una tabla siguiendo el modelo del Anexo II en el que se listarán los cursos realizados con su denominación, su contenido, el personal que la recibió, su duración en horas, su fecha de ejecución, la modalidad (presencial, online, etc.), así como la entidad encargada de impartirla.
Esta tabla se acompañará obligatoriamente de los certificados de realización de los cursos realizados emitidos por las entidades que los han impartido, en los que constará el título del curso, fecha de ejecución, duración en horas y nombre del personal que lo recibió. La falta de aportación de dichos certificados conllevará la no valoración del curso correspondiente.
En la valoración se tendrá en cuenta el contenido del curso, el número de horas impartidas y el número de personas trabajadoras a quien fue dirigido en relación con el total de la plantilla. Este apartado se puntuará en relación con su puntuación máxima según la siguiente escala y porcentaje: No valorable (0%), Aceptable (25%), Buena (50%), Muy Buena (75%), y Excelente (100%).
B) Puntuación de la propuesta económica (máximo 85 puntos)
Al único efecto de llevar a cabo la puntuación de la propuesta económica, el precio/hora de técnico ofertado por los licitadores se multiplicará por el número máximo de horas estimadas anuales para obtener una cifra que los licitadores deberán introducir en el formulario de PLENA y servirá para comparar las ofertas de los distintos licitadores y asignarles la puntuación final.
Para la valoración económica se tendrá en cuenta el importe final resultante de la siguiente operación matemática:
IMPORTE FINAL = 2.650 horas/año x P euros/hora= euros, IVA excluido.
Siendo:
P) Xxxxxx/hora de técnico para la asistencia técnica a las sesiones y actos del Parlamento xx Xxxxxxx, y para el mantenimiento del sistema audiovisual y de votaciones.
Se otorgará la mayor puntuación (85 puntos) a la oferta con un menor importe final, y al resto de manera proporcional según la siguiente fórmula:
• Puntuación propuesta actual = 85 x (Oferta de menor importe / Oferta actual) El resultado de la fórmula se expresará con redondeo a dos decimales.
La PUNTUACIÓN TOTAL será la resultante de la suma de la puntuación de la propuesta técnica, las medidas sociales y de la propuesta económica, siendo el máximo 100 puntos.
En caso de empate entre dos o más licitadores, se dirimirá, sucesivamente, a favor de la empresa que presente acreditación de:
- un mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad superior al 33 por cien, siempre que éste sea superior al 2 por 100;
- la consideración de empresa de inserción;
- el menor porcentaje de trabajadores eventuales, siempre que éste no sea superior al 10 por 100;
- buenas prácticas en materia de igualdad de género,
Todo ello de acuerdo a lo fijado en el artículo 99 de la LFCP, atendiendo en todos los supuestos a la concurrencia de las citadas circunstancias en el momento de la finalización del plazo de presentación de ofertas.
A tal efecto, se requerirá a las empresas afectadas la documentación pertinente, otorgándoles un plazo de cinco días para su aportación.
En el caso de que en la aplicación de los criterios anteriores persistiera el empate, éste se resolverá mediante sorteo.
14.- OFERTAS ANORMALMENTE BAJAS
Tendrán esta consideración aquellas ofertas que supongan una baja respecto al importe máximo del contrato superior o igual a 20 puntos porcentuales.
En el caso de que sea presentada una oferta anormalmente baja, se aplicará lo dispuesto en el artículo 98 de la LFCP.
15.- OBLIGACIONES PREVIAS A LA ADJUDICACIÓN
En el plazo máximo de siete días naturales desde que la Mesa de contratación comunique al licitador a cuyo favor vaya a recaer la propuesta de adjudicación dicha circunstancia, este deberá acreditar la posesión y validez de los documentos que se relacionan a continuación.
La falta de aportación dentro del plazo de la documentación requerida supondrá que la propuesta de adjudicación a su favor quede automáticamente sin efecto y conllevará su exclusión de la licitación. En caso de que esto suceda, la Mesa de contratación solicitará al siguiente licitador en el orden de valoración de las ofertas la presentación de la documentación necesaria para proponer una nueva adjudicación del contrato.
15.1. Documentación acreditativa de la personalidad jurídica y representación:
a) Si la empresa está inscrita en el Registro Voluntario de Licitadores de la Comunidad Xxxxx xx Xxxxxxx, de acuerdo con lo dispuesto en el Capítulo IV del Decreto Xxxxx 236/2007 de 5 de noviembre, por el que se regula la Junta de Contratación Pública y los procedimientos y registros a su cargo (BON nº 149, de 30 de noviembre de 2007), será suficiente para acreditar la personalidad y representación de la empresa, la presentación de copia del certificado expedido por el registro, junto con una declaración responsable del representante de la empresa en la que se manifieste la vigencia de dicho certificado.
La acreditación se podrá realizar igualmente mediante el certificado de inscripción en el registro oficial de licitadores y empresas clasificadas del sector público (ROLECE), junto con una declaración responsable del representante de la empresa en la que se manifieste la vigencia de dicho certificado.
b) Si la empresa no está inscrita en los Registros a que se refiere el párrafo precedente, habrá de acreditar su personalidad y representación a través de los siguientes medios:
b.1) Si los licitadores son personas jurídicas, copia de la escritura de constitución, o en su caso, de modificación, inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuere exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional, en el que constaran las normas por las que se regula su actividad, inscritos en su caso en el correspondiente Registro oficial.
Si los licitadores son personas naturales, será obligatoria la presentación de la copia del DNI o del documento que reglamentariamente le sustituya.
b.2) Copia de Poder notarial, inscrito en el Registro Mercantil si este requisito fuera exigible conforme a la normativa registral, a favor de la persona que hubiere firmado la proposición en nombre del licitador, y del DNI, o documento que reglamentariamente le sustituya, de la persona apoderada.
c) Las empresas no pertenecientes a la Unión Europea o al Espacio Económico Europeo acreditarán su capacidad de obrar según lo establecido en los artículos 14.3, 14.4 y 15 de la LFCP y disposiciones reglamentarias en vigor.
Se presentará asimismo declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia en su caso, al fuero jurisdiccional que pudiera corresponder al licitante.
Las empresas presentarán toda la documentación traducida al castellano.
En el caso de ofertas presentadas por uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto o por licitadores que participen conjuntamente, cada uno de los integrantes de la agrupación deberá presentar los certificados señalados.
15.2. Certificados positivos, vigentes en la fecha de finalización de presentación de proposiciones, expedidos por las Haciendas que correspondan (Hacienda Xxxxx Xxxxxxx y/o Hacienda Estatal y/o Haciendas Forales) y por la Tesorería General de la Seguridad Social acreditativos, respectivamente, de que el licitador se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
En el caso de ofertas presentadas por uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto o por licitadores que participen conjuntamente, cada uno de los integrantes de la agrupación deberá presentar los certificados señalados.
Los licitadores extranjeros, pertenecientes o no a Estados miembros de la Unión Europea, que no tengan domicilio fiscal en España, deberán presentar certificado expedido por la autoridad competente del país de procedencia por el que se acredite que se hallan al corriente en el pago de los impuestos y tributos y de las cotizaciones sociales que se deriven del ordenamiento jurídico de su país.
15.3. Documentación acreditativa de la solvencia económica y financiera, así como técnica y profesional, según lo establecido en las cláusulas 5 y 6 del presente pliego.
En el caso de licitadores que participen conjuntamente, dicha documentación deberá ser presentada por todos y cada uno de los licitadores integrantes de la Unión Temporal de Empresas.
16.- ADJUDICACIÓN
La Mesa del Parlamento xx Xxxxxxx, como órgano de contratación, adjudicará el contrato en el plazo máximo de un mes desde el acto de apertura de la oferta económica. De no dictarse en plazo el acto de adjudicación, las empresas admitidas a licitación tendrán derecho a retirar su proposición sin penalidad alguna.
La Mesa de contratación elevará a la Mesa del Parlamento xx Xxxxxxx las actas de sus reuniones, las proposiciones económicas de los licitadores, la propuesta de adjudicación y las observaciones que estime pertinentes. La Mesa de contratación podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos considere oportunos en orden a la adjudicación.
La adjudicación por parte del órgano de contratación se acomodará a la propuesta formulada por la Mesa de contratación, salvo en los casos en que se haya efectuado con infracción del ordenamiento jurídico en los que, previo informe vinculante de la Junta de Contratación Pública xx Xxxxxxx a este respecto, la licitación quedará sin efecto salvo en los casos en que la infracción afecte exclusivamente a la persona a cuyo favor se hace la propuesta, en los que la adjudicación se hará a favor de la siguiente persona en el orden de valoración de las ofertas que no se encuentre afectado por la infracción.
La adjudicación deberá ser motivada y contendrá al menos las razones por las que se ha rechazado una candidatura u oferta, las características y ventajas de la oferta seleccionada, señalando el plazo de suspensión de la eficacia de la adjudicación y los medios de impugnación que procedan y se comunicará a todos los interesados en la licitación.
La adjudicación se anunciará en el Portal de Contratación xx Xxxxxxx en el plazo de 30 días desde que tuviera lugar.
17.- CONSTITUCIÓN DE GARANTÍAS
El adjudicatario deberá acreditar, en el plazo de cinco días naturales contados a partir del día siguiente al de finalización del plazo de suspensión de la adjudicación, la constitución de una garantía por importe equivalente al 3% del importe máximo del contrato, IVA excluido. Dicha garantía quedará afecta al cumplimiento de las obligaciones del contratista hasta el momento de la finalización del contrato, y en particular, al pago de las penalidades así como a la reparación de los posibles daños y perjuicios ocasionados por el contratista durante la ejecución del contrato.
La garantía será objeto de incautación en los casos de resolución por incumplimiento por culpa del contratista.
La garantía podrá constituirse de cualquiera de las siguientes formas:
a) en metálico.
b) mediante aval a primer requerimiento prestado por alguno de los Bancos, Cajas de Ahorros, Cooperativas de Crédito y Sociedades de Garantía Recíproca autorizado para operar en España.
c) por contrato de seguro de caución celebrado con una entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo de caución.
El depósito de la fianza en metálico se realizará a través de cualquier entidad financiera, banco o caja de ahorros con oficina abierta en Pamplona, mediante su ingreso en metálico a nombre del Parlamento xx Xxxxxxx en la c/c nº XX00 0000 0000 000000000000 (Caja Rural xx Xxxxxxx).
En caso de que la fianza se constituya mediante aval, el mismo será formulado de acuerdo con lo establecido en el Decreto Xxxxx 205/1988, de 21 de julio y depositado en el Servicio de Intervención del Parlamento xx Xxxxxxx.
La fianza prestada por personas o entidades distintas del adjudicatario queda sujeta a las mismas responsabilidades que si fuera constituía por éste. En ese supuesto, incluso cuando la fianza se presente mediante aval, no se podrá utilizar el beneficio de excusión a que se refiere la Ley 525 de la Compilación de Derecho Civil Xxxxx xx Xxxxxxx.
El órgano adjudicador declarará resuelto el contrato cuando no se constituya la garantía por causas imputables al contratista.
18.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El contrato se formalizará en documento administrativo en el plazo de cinco días naturales a contar desde la terminación del plazo de suspensión de la adjudicación. De acuerdo con el artículo 101.2 LFCP, la eficacia de la adjudicación queda suspendida durante el plazo de 10 días naturales contados desde la fecha de remisión de la notificación de la adjudicación, al hacerse esta a través de medios electrónicos.
Al contrato se unirá como anexo un ejemplar del presente pliego junto con sus correspondientes anexos (I a V), que serán firmados en prueba de conformidad por el adjudicatario.
Con carácter previo a la formalización del contrato y en el caso de que este se hubiese adjudicado a una Unión Temporal de Empresas, deberán estas acreditar la constitución de la misma en escritura pública dentro del plazo xx xxxx días naturales contados a partir del día siguiente a la notificación de la adjudicación, y el nombramiento de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, así como el CIF
asignado a dicha unión. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la unión y por el apoderado. La responsabilidad será siempre solidaria e indivisible para el conjunto de obligaciones dimanantes del contrato.
19.- COMIENZO Y DURACIÓN DEL CONTRATO
La prestación del servicio objeto de esta contratación comenzará en la fecha señalada en el correspondiente contrato, prevista para el segundo trimestre de 2022.
La adjudicación del servicio se hará por el plazo de un año natural, sin perjuicio de la posibilidad de hasta dos prórrogas anuales, según lo dispuesto en la LFCP. El contratante notificará al adjudicatario su voluntad expresa, mediante Acuerdo de la Mesa de la Cámara, de prorrogar el contrato con carácter anual, antes de la finalización de su vigencia. En ningún caso se entenderá que el contrato ha sido tácitamente prorrogado si no media expresa notificación de la concesión de la prórroga por parte del Parlamento xx Xxxxxxx. No obstante, cualquiera de las partes podrá renunciar voluntariamente a la prórroga del contrato, en cuyo caso deberá comunicar dicha circunstancia a la otra parte de manera fehaciente y con al menos cuatro meses de antelación al vencimiento del contrato.
Llegada la fecha de terminación, el contrato finalizará automáticamente. No obstante, llegada dicha fecha y en el caso de que no se haya producido todavía una nueva adjudicación del servicio, existan otras circunstancias extraordinarias justificadas, y sea necesario para posibilitar la continuidad del servicio, el Parlamento xx Xxxxxxx podrá prorrogar el contrato en las mismas condiciones durante el tiempo estrictamente necesario en que se den dichas circunstancias y en tanto se resuelve la nueva licitación pública que al efecto se convoque.
20.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las cláusulas del presente pliego que sirve de base al contrato, sometiéndose el contratista a las facultades de interpretación, modificación y resolución del contrato establecidas por la legislación vigente.
El contrato se ejecutará a riesgo y xxxxxxx del adjudicatario, sin que éste pueda solicitar alteración de los precios contratados, siendo a su cargo la indemnización de todos los daños que cause al Parlamento xx Xxxxxxx o a terceros por su ejecución.
En particular, el adjudicatario no podrá deducir reclamación alguna fundada en circunstancias como la tasa de absentismo o en cualesquiera otros costes laborales que deba soportar para la ejecución del contrato. Estos y otros riesgos propios de la gestión empresarial serán de su cargo.
Todo el personal trabajador por cuenta del adjudicatario deberá estar amparado por el correspondiente contrato de trabajo. Dicho personal no adquirirá relación laboral alguna con el Parlamento xx Xxxxxxx, por entenderse que el mismo depende única y exclusivamente del adjudicatario, el cual tendrá todos los derechos y obligaciones inherentes a su calidad de empresario respecto al citado personal de conformidad con la legislación laboral, sin que en ningún caso sea responsable el Parlamento xx Xxxxxxx de las obligaciones nacidas entre la empresa adjudicataria y sus empleados.
El Parlamento xx Xxxxxxx podrá requerir al adjudicatario para que entregue el libro de matrícula del personal de su empresa destinado a desarrollar los trabajos contratados, así como copia de los partes de alta, baja o alteraciones de la Seguridad Social, y de las liquidaciones de las cuotas efectuadas a la Seguridad Social, modelos TC1 y TC2, o las que en el futuro puedan sustituir a los citados documentos.
El personal del adjudicatario deberá contar con los conocimientos técnicos necesarios para la realización del objeto de contratación.
21.- CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN
Por la naturaleza y condiciones del contrato, se prohíbe la cesión y subcontratación.
22.- ABONO Y REVISIÓN DEL PRECIO
El contratista tendrá derecho al abono del precio con arreglo al precio/hora convenido, con sujeción al contrato suscrito y a las órdenes dadas por el órgano de contratación.
El abono del precio se realizará por mensualidades tras la presentación de la correspondiente factura a través de FACe por los servicios efectivamente prestados en cada mes junto con el informe mensual descrito en la cláusula 4 del Anexo V. El pago se realizará mediante transferencia bancaria en el plazo de 30 días tras la conformidad de la factura por parte del Servicio gestor del contrato.
En el supuesto de prórroga anual los precios permanecerán invariables, no procediendo revisión de los mismos en función de lo dispuesto en la Ley 2/2015, de 30 xx xxxxx, de desindexación de la Economía Española (BOE nº 77 de fecha 31 xx xxxxx de 2015) y posterior Real Decreto 55/2017, de 3 de febrero (BOE nº 30 de fecha 4 de febrero de 2017), por el que se desarrolla la mencionada Ley.
23.- PENALIDADES
El incumplimiento por parte del adjudicatario de las obligaciones que asume en el presente contrato conllevará la imposición de penalidades, que serán acordadas por el órgano de contratación, a propuesta del Servicio gestor del contrato y previa audiencia del contratista.
Las penalidades se harán efectivas mediante deducción de las cantidades que en concepto de pago total o parcial deban abonarse al contratista.
Los incumplimientos del adjudicatario del contrato podrán ser clasificados como leves, graves, o muy graves, en atención al tipo de incumplimiento, grado de negligencia del contratista, relevancia económica de los perjuicios derivados del incumplimiento, o reincidencia.
- Se considerará incumplimiento leve:
• Falta de decoro del personal adscrito al contrato.
• Incorrección leve con el personal del Parlamento xx Xxxxxxx, Parlamentarios y Parlamentarias Forales, medios de comunicación o personal invitado por la Cámara.
• Retraso de más de dos días hábiles en la entrega del parte diario de actividad.
• Retraso en la resolución de las incidencias técnicas, obligando a la suspensión temporal del acto, siempre que la incidencia no fuera imputable a los medios técnicos del Parlamento xx Xxxxxxx.
• Incumplimiento negligente de las directrices establecidas por el Parlamento xx Xxxxxxx para la ejecución del contrato, siempre que no afecten a la retransmisión del acto.
- Se considerará incumplimiento grave:
• Falta de puntualidad.
• No solucionar las incidencias técnicas que afecten a la emisión del acto, imposibilitando su retransmisión en directo por medios audiovisuales, siempre que la incidencia no fuera imputable a los medios técnicos del Parlamento xx Xxxxxxx.
• No solucionar las incidencias técnicas que afecten a la emisión del acto imposibilitando su grabación, siempre que la incidencia no fuera imputable a los medios técnicos del Parlamento xx Xxxxxxx.
• Incumplimiento de las obligaciones contractuales previstas en el presente pliego, así como en el anexo de prescripciones técnicas.
• No impartir con carácter previo a la prestación del servicio la formación/reciclaje exigidos al personal adscrito al contrato, relativas al manejo y funcionamiento del sistema audiovisual y de conferencias de la Cámara.
• Incumplimiento reiterado en la calidad del servicio, cuando no fuera imputable a los medios técnicos del Parlamento xx Xxxxxxx.
• Ocultar o falsear la información contenida en los partes de trabajo que debe facilitarse al Parlamento xx Xxxxxxx.
• Reiteración o reincidencia de cinco incumplimientos leves cometidos en un año.
• No entregar a la Cámara el informe mensual con el listado de asistencias e incidencias que debe acompañar la factura.
• Retraso en la presentación del informe operativo de mantenimiento fijado para el primer semestre de vigencia del contrato.
- Se considerará incumplimiento muy grave:
• Causar menoscabo en el equipamiento puesto a disposición del adjudicatario por el Parlamento xx Xxxxxxx.
• Irregularidades o incumplimientos en el contrato de trabajo, en la retribución, o en la cotización de las personas trabajadoras.
• Reiteración o reincidencia de tres infracciones graves en un año.
• Incumplimientos que se produzcan por negligencia grave y mala fe.
• Cualquier conducta imputable al contratista constitutiva de delito, especialmente las coacciones y las sustracciones a los usuarios del servicio.
• Ofensas verbales o físicas, o el trato vejatorio grave al personal del Parlamento xx Xxxxxxx, Parlamentarios y Parlamentarias Forales, medios de comunicación o personal invitado por la Cámara.
Las penalidades por incumplimiento leve serán sancionadas con una pena pecuniaria de hasta el 1% del importe máximo del contrato, los graves desde el 1,01% al 5%, y los incumplimientos muy graves desde el 5,01% al 10%.
El límite máximo de la cuantía total de las penalidades que pueden imponerse a un contratista no podrá exceder del 20% del importe máximo del contrato. Cuando las penalidades por incumplimiento excedan del 10% procederá iniciar el procedimiento para declarar la prohibición de contratar.
La imposición de estas penalidades no excluye la eventual indemnización al Parlamento xx Xxxxxxx como consecuencia de los daños y perjuicios ocasionados como resultado de los incumplimientos culpables del contratista, así como la obligación del adjudicatario de subsanar la deficiencia en la prestación del servicio.
Sin perjuicio de la tipificación de las infracciones de los apartados anteriores y conforme al artículo 160 LFCP, el contrato se resolverá en los siguientes casos:
a) Cuando las penalidades aislada o conjuntamente alcancen el 20% del importe del contrato.
b) Cuando se incumplan las condiciones especiales de ejecución del contrato, reguladas en el artículo 66 LFCP.
c) Cuando durante la ejecución del contrato, el contratista incumpliese con su deber de abonar el salario a los trabajadores adscritos al presente servicio o efectuara
incumplimientos graves de las condiciones establecidas en los convenios colectivos en vigor.
d) El incumplimiento de las restantes obligaciones contractuales esenciales.
e) El mantenimiento prolongado de conflictos laborales o el ejercicio mantenido del derecho de huelga por los trabajadores o trabajadoras que prestan el contrato, y que impidiese la correcta ejecución contractual.
24.- CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA LABORAL, DE SEGURIDAD SOCIAL, MEDIO AMBIENTE E IGUALDAD.
El contrato se halla sujeto al cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y convencionales vigentes en materia de fiscalidad, de Seguridad Social, protección del medio ambiente, protección del empleo, igualdad de género, de acoso sexual, condiciones de trabajo, prevención de riesgos laborales y demás disposiciones en materia laboral, inserción sociolaboral de las personas con discapacidad, y a la obligación de contratar a un número o porcentaje específico de personas con discapacidad y, en particular, a las condiciones establecidas por el último convenio sectorial del ámbito más inferior existente de aplicación en el sector en el que se encuadre la actividad a contratar.
En caso de que durante la vigencia del contrato se acordase un convenio colectivo que regule las condiciones laborales específicas del sector o ámbito de actividad objeto de contratación, este será de inmediato cumplimiento y aplicación una vez publicado y a partir de su entrada en vigor.
El Parlamento xx Xxxxxxx podrá supervisar y requerir al adjudicatario en cualquier momento durante la vigencia del contrato, cuanta información tenga por oportuno, a fin de velar por el cumplimiento de la normativa específica en materia de fiscalidad, Seguridad Social, protección del medio ambiente, protección del empleo, igualdad de género, de acoso sexual, condiciones de trabajo, prevención de riesgos laborales y demás disposiciones en materia laboral, inserción sociolaboral de las personas con discapacidad, y a la obligación de contratar a un número o porcentaje específico de personas con discapacidad y, en particular, a las condiciones establecidas por el último convenio sectorial del ámbito más inferior existente de aplicación en el sector en el que se encuadre la actividad a contratar.
25.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Serán causas de resolución del contrato, además de las previstas en los artículos 160 y 232 de la LFCP, y las señaladas en este pliego, las derivadas del incumplimiento de las obligaciones adquiridas mediante la aceptación del presente pliego.
Si el contrato se resuelve por causas imputables al adjudicatario, éste deberá indemnizar al Parlamento xx Xxxxxxx por los daños y perjuicios ocasionados.
El Parlamento xx Xxxxxxx podrá acordar la suspensión del contrato por motivos de interés público, mediante el resarcimiento de los daños y perjuicios efectivamente sufridos por el contratista, en la forma y con los requisitos establecidos en la legislación de Contratos Públicos.
26.- INTERPRETACIÓN, MODIFICACIÓN Y RESOLUCIÓN
La Mesa del Parlamento tiene la facultad de interpretar el contrato administrativo a que se refiere el presente Xxxxxx y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por causa de interés público y acordar su resolución dentro de los límites, con sujeción a los requisitos y con los efectos establecidos en la LFCP citada y normativa complementaria.
Los acuerdos que dicte la Mesa del Parlamento xx Xxxxxxx en el ejercicio de sus competencias de interpretación, modificación y resolución serán inmediatamente ejecutivos.
27.- RECLAMACIONES, JURISDICCIÓN Y RÉGIMEN JURÍDICO
El presente contrato tiene naturaleza administrativa y se regirá por lo dispuesto en el mismo y, en lo no previsto, por la LFCP y demás normativa que resulte de aplicación.
Todas las incidencias que se deriven de su ejecución, así como la interpretación de las cláusulas del presente pliego serán resueltas en primer término por la Mesa del Parlamento xx Xxxxxxx, contra cuyos Acuerdos podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia xx Xxxxxxx en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su notificación, o mediante recurso potestativo de reposición ante la propia Mesa del Parlamento xx Xxxxxxx en el plazo de un mes a partir de su notificación.
Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 122 y siguientes de la LFCP, la reclamación especial en materia de contratación pública se podrá interponer ante el Tribunal Administrativo de Contratos Públicos xx Xxxxxxx por las empresas, profesionales y personas interesadas en la licitación y adjudicación de un contrato público, así como las organizaciones sindicales.
Son susceptibles de impugnación el pliego de contratación, los actos de trámite o definitivos que les excluyan de la licitación o perjudiquen sus expectativas, los actos de adjudicación dictados por una entidad sometida a la LFCP en un procedimiento de adjudicación, los acuerdos de rescate de concesiones y, en tanto que puedan ser actos de adjudicación ilegales, un encargo a un ente instrumental o la modificación de un contrato.
Asimismo, la reclamación especial podrá ser interpuesta por cualquier persona que acredite un interés directo o legítimo. También podrá ser interpuesta por las asociaciones representativas de intereses relacionados con el objeto del contrato que se impugna siempre que sea para la defensa de los intereses colectivos de sus asociados.
Estarán también legitimadas para interponer este recurso las organizaciones sindicales cuando de las actuaciones o decisiones recurribles pudiera deducirse fundadamente que éstas implican que en el proceso de ejecución del contrato se incumplan por el empresario las obligaciones sociales o laborales respecto de los trabajadores que participen en la realización de la prestación.
En el caso de que varias empresas concurran a una licitación en participación conjunta o bajo el compromiso de constituir unión temporal de empresas, cualquiera de ellas podrá interponer la reclamación, siempre que sus derechos o intereses legítimos se hayan visto perjudicados o puedan resultar afectados por las decisiones objeto de la misma.
Si alguna de las empresas firmantes del compromiso no deseara interponer la reclamación podrá ponerlo de manifiesto al Tribunal en cualquier momento del procedimiento anterior a la resolución. En tal caso no se le tendrá por comparecida en el mismo y en el supuesto de que el Tribunal acuerde la imposición de multa por temeridad o mala fe, la misma solo será exigible a la entidad o entidades reclamantes.
28.- DIRECCIÓN DE CORREO ELECTRÓNICO
Los licitadores deberán señalar una dirección de correo electrónico en la que se realizarán todas las comunicaciones del Parlamento xx Xxxxxxx con el adjudicatario y el resto de licitadores, incluida la notificación del Acuerdo de adjudicación aprobado por la Mesa del Parlamento xx Xxxxxxx.
29.- CONFIDENCIALIDAD DE LAS PROPUESTAS DE LOS LICITADORES Y DE LA INFORMACIÓN FACILITADA POR EL PARLAMENTO XX XXXXXXX
Los licitadores al presente concurso aceptan, expresa y voluntariamente, que se dé transparencia institucional a todos los datos derivados de los procesos de licitación, adjudicación y ejecución hasta su finalización con los límites establecidos en el artículo 54 LFCP.
De acuerdo con dicho artículo, el Parlamento xx Xxxxxxx no divulgará dato alguno de la información técnica o mercantil que haya facilitado quien licita, que forme parte de su estrategia empresarial y que éstos designen expresamente como confidencial y, en particular, los secretos técnicos o comerciales y los aspectos confidenciales de las ofertas.
Al mismo tiempo, se informa a los licitadores que la declaración de confidencialidad no debe perjudicar el cumplimiento de las obligaciones en materia de transparencia, publicidad e información que debe darse a cada participante.
Quien licite no podrá extender la declaración de confidencialidad a toda su propuesta. En caso de que lo haga, corresponderá al órgano de contratación determinar motivadamente aquella documentación que no afecta a secretos técnicos o comerciales. En todo caso, velará por guardar el adecuado equilibrio entre los derechos de los licitadores a mantener la confidencialidad de sus propuestas y la transparencia en el procedimiento y acceso a la información, entendiéndose incluido en este último el derecho a obtener copia de la documentación.
30.- CLÁUSULA DE INFORMACIÓN Y CONSENTIMIENTO (Reglamento Europeo
2016/679 de Protección de Datos de Carácter Personal y Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.)
De conformidad con el bloque normativo citado, se informa a los concurrentes al presente procedimiento de los siguientes efectos relativos a la información facilitada al Parlamento xx Xxxxxxx para concurrir a la esta licitación:
Responsable y Finalidad: Los datos de carácter personal serán tratados por el Parlamento xx Xxxxxxx e incorporados al sistema de tratamiento “Contabilidad y Gestión Económico- Financiera”, con la única finalidad de la gestión administrativa de los expedientes de contratación.
Legitimación: Finalidad basada en el cumplimiento de una obligación legal y en el ejercicio de potestades públicas del Parlamento xx Xxxxxxx con la siguiente base jurídica:
• Ley Xxxxx 2/2018, de 13 xx xxxxx, de Contratos Públicos (BON N.º 73 de 17 xx xxxxx de 2018)
• Plan General contable del Parlamento xx Xxxxxxx de 2012 adaptado a la Orden EHA/1037/2010, de 13 xx xxxxx, por la que se aprueba el Plan General de Contabilidad Pública (BOE Nº102, de 28 xx xxxxx de 2010).
• Reglamento económico financiero del Parlamento xx Xxxxxxx, de fecha 27 de enero de 2020. (BOPN 19, 7-02-2020)
Derechos: Al mismo tiempo le informamos de su derecho a solicitar al Parlamento xx Xxxxxxx el acceso, rectificación, supresión y portabilidad de sus datos, de limitación y oposición a su tratamiento, cuando proceda, ante el Parlamento xx Xxxxxxx, C/Xxxxx xx Xxxxxx, 0, 00000- Xxxxxxxx x en la dirección de correo electrónico xxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx.
Conservación: Los datos se conservarán según disponen las Normas de organización y funcionamiento del Archivo del Parlamento xx Xxxxxxx aprobadas por la Mesa del
Parlamento xx Xxxxxxx el 15 xx xxxx de 2000 y publicadas en el Boletín Oficial del Parlamento xx Xxxxxxx Núm. 48 de 8 xx xxxxx de 2000.
Encargado del tratamiento: Como efecto de la adjudicación de los servicios contratados, la empresa seleccionada adquiere la condición de “Encargado del Tratamiento” y queda obligada a guardar la más estricta confidencialidad sobre los datos o información a la que pueda tener acceso como consecuencia de la prestación del servicio así como al cumplimento de lo establecido en el RGPD y en la LOPD o normativa que la sustituya.
ANEXO I
INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR EL ANEXO DOCUMENTO ÚNICO EUROPEO DE CONTRATACIÓN (DEUC) POR LAS PERSONAS LICITADORAS
(a incluir en el sobre A de documentación administrativa)
Para poder cumplimentar el Anexo referido a la declaración responsable mediante el modelo normalizado Documento Único Europeo de Contratación (DEUC), deberá seguir los siguientes pasos:
1. Descargar en su equipo el fichero “espd-request.xml” que se encuentra disponible como parte de la documentación de la licitación en la Plataforma Electrónica de Contratación (PLENA).
2. Abrir el siguiente link: xxxxx://xxxxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxx-xxx/xxxxxx?xxxxxxx
3. Seleccionar el idioma “español”.
4. Seleccionar la opción “soy un operador económico”.
5. Seleccionar la opción “importar un DEUC”.
6. Cargar el fichero del DEUC espd-request.xml que previamente se ha descargado a su equipo (paso 1).
7. Seleccione el país y pinche “siguiente”.
8. Cumplimentar los apartados del DEUC correspondientes (partes II, III, IV, V –en su caso- y VI).
9. Imprimir y firmar el documento.
10. Este documento debidamente cumplimentado y firmado se deberá presentar junto con el resto de la documentación de la licitación de acuerdo con lo establecido en los pliegos que rigen la convocatoria y dentro del plazo fijado en la misma.
11. Cuando concurra a la licitación agrupado/a en una UTE o licitación en participación conjunta, se deberá cumplimentar un documento por cada una de las empresas que constituyan la UTE o concurran a la licitación en participación conjunta.
12. En el caso de que la empresa licitadora acredite la solvencia necesaria para celebrar el contrato basándose en la solvencia y medios de otras empresas, independientemente de la naturaleza jurídica que tenga con ellas, se deberá cumplimentar un documento por la empresa licitadora y otro por la empresa cuyos medios se adscriben.
13. Tienen a su disposición la “Recomendación de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa sobre la utilización del Documento Europeo Único de Contratación previsto en la nueva Directiva de contratación pública”, publicada en el BON nº 85 del 8 xx xxxxx de 2016 (Sec. III Pág. 24845) en el siguiente link:
xxxx://xxx.xxx.xx/xxx/xxxx/0000/00/00/xxxx/XXX-X-0000-0000.xxx
ANEXO II
MODELO DE LISTADO DE CURSOS
(a incluir en el sobre B de medidas sociales)
Denominación curso | Contenido/Programa | Personal asistente | Duración (horas) | Fecha ejecución | Modalidad | Entidad que lo imparte |
Adjunto se remiten los certificados de realización de los cursos realizados emitidos por las entidades que los han impartido, en los que constan el título del curso, fecha de ejecución, duración en horas y nombre del personal que lo recibió.
Firma del licitador
ANEXO III
MODELO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTA ECONÓMICA
(a incluir en el sobre C de oferta económica)
Quien suscribe D/D.ª , con D.N.I. nº actuando en representación de la empresa
en calidad de , con CIF nº
y domiciliada en
,
, calle
informado/a del procedimiento para la contratación, mediante procedimiento abierto superior al umbral europeo, de la asistencia técnica durante las sesiones y actos institucionales del Parlamento xx Xxxxxxx, y xxx xxxxxx de condiciones reguladoras que rige la contratación, cuyo contenido conoce y acepta incondicionalmente,
DECLARA que cumple las condiciones exigidas para dicha contratación, y presenta la siguiente oferta:
A) PRECIOS:
P: Precio/hora de técnico para la asistencia a las sesiones y actos del Parlamento, y para el mantenimiento del sistema audiovisual y de votaciones: euros, IVA
excluido.
Para la valoración económica se tendrá en cuenta el importe final resultante de la siguiente operación matemática:
IMPORTE FINAL = 2.650 horas x P euros/hora = euros, IVA excluido.
B) TABLAS SALARIALES:
Se adjuntan las tablas salariales del convenio regulador del personal que estará adscrito al presente contrato con el fin de verificar el cumplimiento de las obligaciones señaladas en la cláusula 3 del presente pliego y del artículo 66 de la LFCP 2/2018.
Firma del licitador
ANEXO IV
INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA SOBRE LAS CONDICIONES DEL PERSONAL SUSCEPTIBLE DE SUBROGACIÓN
La siguiente información ha sido facilitada por la empresa prestadora actualmente del servicio relativa a las asistencias llevadas a cabo durante el año 2021, sin que suponga por parte del Parlamento xx Xxxxxxx prejuzgar la existencia y el alcance de la obligación de subrogación.
Técnico 1
Contrato objeto de subrogación: | Contratación de la asistencia técnica durante la celebración de las sesiones y actos institucionales del Parlamento xx Xxxxxxx |
Categoría del trabajador: | Técnico audiovisuales |
Antigüedad: | 03/09/2007 |
Jornada laboral anual | 1485 horas (Reducción 12,5 %) |
Jornada prestada en el Parlamento xx Xxxxxxx: | 47,89% |
Tipo de contrato: | Fijo-jornada reducida |
Vencimiento del contrato: | |
Retribución bruta anual: | 22.827,42 € |
Adjudicataria actual del contrato | UTE TLS Servicios Audiovisuales, S.L. y Xxxxx Audiovisuales 2017, S.L. |
Convenio colectivo de la actual adjudicataria: | Pacto empresa propio |
Técnico 2
Contrato objeto de subrogación: | Contratación de la asistencia técnica durante la celebración de las sesiones y actos institucionales del Parlamento xx Xxxxxxx |
Categoría del trabajador: | Técnico audiovisuales |
Antigüedad: | 01/01/2018 |
Jornada laboral anual | 1018 horas (Reducción 40 % hasta 31/01/2022) |
Jornada prestada en el Parlamento xx Xxxxxxx: | 57,69% |
Tipo de contrato: | Fijo-jornada reducida |
Vencimiento del contrato: | |
Retribución bruta anual: | 13.371,26 € |
Adjudicataria actual del contrato | UTE TLS Servicios Audiovisuales, S.L. y Xxxxx Audiovisuales 2017, S.L. |
Convenio colectivo de la actual adjudicataria: | Pacto empresa propio |
Técnico 3
Contrato objeto de subrogación: | Contratación de la asistencia técnica durante la celebración de las sesiones y actos institucionales del Parlamento xx Xxxxxxx |
Categoría del trabajador: | Técnico audiovisuales |
Antigüedad: | 08/05/2017 |
Jornada laboral anual | 1697 horas |
Jornada prestada en el Parlamento xx Xxxxxxx: | 11,33% |
Tipo de contrato: | Fijo-jornada completa |
Vencimiento del contrato: | |
Retribución bruta anual: | 26.316,92 € |
Adjudicataria actual del contrato | UTE TLS Servicios Audiovisuales, S.L. y Xxxxx Audiovisuales 2017, S.L. |
Convenio colectivo de la actual adjudicataria: | Pacto empresa propio |
Técnico 4
Contrato objeto de subrogación: | Contratación de la asistencia técnica durante la celebración de las sesiones y actos institucionales del Parlamento xx Xxxxxxx |
Categoría del trabajador: | Técnico audiovisuales |
Antigüedad: | 15/01/2019 |
Jornada laboral anual | 1697 horas |
Jornada prestada en el Parlamento xx Xxxxxxx: | 9,86% |
Tipo de contrato: | Fijo-jornada completa |
Vencimiento del contrato: | En excedencia desde 1/02/2022 (1 año) |
Retribución bruta anual: | 26.316,92 € |
Adjudicataria actual del contrato | UTE TLS Servicios Audiovisuales, S.L. y Xxxxx Audiovisuales 2017, S.L. |
Convenio colectivo de la actual adjudicataria: | Pacto empresa propio |
Técnico 5
Contrato objeto de subrogación: | Contratación de la asistencia técnica durante la celebración de las sesiones y actos institucionales del Parlamento xx Xxxxxxx |
Categoría del trabajador: | Técnico audiovisuales |
Antigüedad: | 01/01/2018 |
Jornada laboral anual | 1208 horas en 2021 |
Jornada prestada en el Parlamento xx Xxxxxxx: | 7,11% |
Tipo de contrato: | Fijo-jornada completa |
Vencimiento del contrato: | Fecha fin 19-09-2021 |
Retribución bruta anual: | 26.316,92 € |
Adjudicataria actual del contrato | UTE TLS Servicios Audiovisuales, S.L. y Xxxxx Audiovisuales 2017, S.L. |
Convenio colectivo de la actual adjudicataria: | Pacto empresa propio |
Técnico 6
Contrato objeto de subrogación: | Contratación de la asistencia técnica durante la celebración de las sesiones y actos institucionales del Parlamento xx Xxxxxxx |
Categoría del trabajador: | Técnico audiovisuales |
Antigüedad: | 01/10/2013 |
Jornada laboral anual | 1273 horas (Reducción 25 %) |
Jornada prestada en el Parlamento de | 0,44% |
Navarra: | |
Tipo de contrato: | Fijo-jornada reducida |
Vencimiento del contrato: | |
Retribución bruta anual: | 27.104,56 € |
Adjudicataria actual del contrato | UTE TLS Servicios Audiovisuales, S.L. y Xxxxx Audiovisuales 2017, S.L. |
Convenio colectivo de la actual adjudicataria: | Pacto empresa propio |
Técnico 7
Contrato objeto de subrogación: | Contratación de la asistencia técnica durante la celebración de las sesiones y actos institucionales del Parlamento xx Xxxxxxx |
Categoría del trabajador: | Técnico audiovisuales |
Antigüedad: | 04/10/2021 |
Jornada laboral anual | 424 horas en 2021 |
Jornada prestada en el Parlamento xx Xxxxxxx: | 12,02% |
Tipo de contrato: | Fijo-jornada completa |
Vencimiento del contrato: | |
Retribución bruta anual: | 19.297,60 € |
Adjudicataria actual del contrato | UTE TLS Servicios Audiovisuales, S.L. y Xxxxx Audiovisuales 2017, S.L. |
Convenio colectivo de la actual adjudicataria: | Pacto empresa propio |
Técnico 8
Contrato objeto de subrogación: | Contratación de la asistencia técnica durante la celebración de las sesiones y actos institucionales del Parlamento xx Xxxxxxx |
Categoría del trabajador: | Técnico audiovisuales |
Antigüedad: | 02/07/2004 |
Jornada laboral anual | 1697 |
Jornada prestada en el Parlamento xx Xxxxxxx: | 13,03% |
Tipo de contrato: | Fijo-jornada completa |
Vencimiento del contrato: | |
Retribución bruta anual: | 22.285,34 € |
Adjudicataria actual del contrato | UTE TLS Servicios Audiovisuales, S.L. y Xxxxx Audiovisuales 2017, S.L. |
Convenio colectivo de la actual adjudicataria: | Pacto empresa propio |
Técnico 9
Contrato objeto de subrogación: | Contratación de la asistencia técnica durante la celebración de las sesiones y actos institucionales del Parlamento xx Xxxxxxx |
Categoría del trabajador: | Técnico audiovisuales |
Antigüedad: | 01/08/2007 |
Jornada laboral anual | 1.200 horas (reducción 31,25%) |
Jornada prestada en el Parlamento xx Xxxxxxx: | 37,63 % |
Tipo de contrato: | Fijo – jornada reducida |
Vencimiento del contrato: | |
Retribución bruta anual: | 17.175,56 euros |
Adjudicataria actual del contrato | UTE TLS Servicios Audiovisuales, S.L. - Xxxxx Audiovisuales 2017, S.L. |
Convenio colectivo de la actual adjudicataria: | Comercio del metal |
Técnico 10
Contrato objeto de subrogación: | Contratación de la asistencia técnica durante la celebración de las sesiones y actos institucionales del Parlamento xx Xxxxxxx |
Categoría del trabajador: | Técnico audiovisuales |
Antigüedad: | 02/10/2018 |
Jornada laboral anual | 1.746 horas |
Jornada prestada en el Parlamento xx Xxxxxxx: | 4,85 % |
Tipo de contrato: | Fijo – jornada completa |
Vencimiento del contrato: | |
Retribución bruta anual: | 30.120,90 euros |
Adjudicataria actual del contrato | UTE TLS Servicios Audiovisuales, S.L. - Xxxxx Audiovisuales 2017, S.L. |
Convenio colectivo de la actual adjudicataria: | Comercio del metal |
Técnico 11
Contrato objeto de subrogación: | Contratación de la asistencia técnica durante la celebración de las sesiones y actos institucionales del Parlamento xx Xxxxxxx |
Categoría del trabajador: | Técnico audiovisuales |
Antigüedad: | 05/06/2018 |
Jornada laboral anual | 1.746 horas |
Jornada prestada en el Parlamento xx Xxxxxxx: | 5,38 % |
Tipo de contrato: | Fijo - jornada completa |
Vencimiento del contrato: | |
Retribución bruta anual: | 24.092,29 euros |
Adjudicataria actual del contrato | UTE TLS Servicios Audiovisuales, S.L. - Xxxxx Audiovisuales 2017, S.L. |
Convenio colectivo de la actual adjudicataria: | Comercio del metal |
Técnico 12
Contrato objeto de subrogación: | Contratación de la asistencia técnica durante la celebración de las sesiones y actos institucionales del Parlamento xx Xxxxxxx |
Categoría del trabajador: | Técnico audiovisuales |
Antigüedad: | 08/01/2018 |
Jornada laboral anual | 865 horas |
Jornada prestada en el Parlamento xx Xxxxxxx: | 11,65 % |
Tipo de contrato: | Fijo - jornada completa |
Vencimiento del contrato: | 30/06/2021 |
Retribución bruta anual: | 23.792,85 euros |
Adjudicataria actual del contrato | UTE TLS Servicios Audiovisuales, S.L. - Xxxxx |
Audiovisuales 2017, S.L. | |
Convenio colectivo de la actual adjudicataria: | Comercio del metal |
Técnico 13
Contrato objeto de subrogación: | Contratación de la asistencia técnica durante la celebración de las sesiones y actos institucionales del Parlamento xx Xxxxxxx |
Categoría del trabajador: | Técnico audiovisuales |
Antigüedad: | 01/07/2021 |
Jornada laboral anual | 880 horas |
Jornada prestada en el Parlamento xx Xxxxxxx: | 8,73 % |
Tipo de contrato: | Temporal - jornada completa |
Vencimiento del contrato: | 31/12/2021 |
Retribución bruta anual: | 23.792,85 euros |
Adjudicataria actual del contrato | UTE TLS Servicios Audiovisuales, S.L. - Xxxxx Audiovisuales 2017, S.L. |
Convenio colectivo de la actual adjudicataria: | Comercio del metal |