MANUAL DE USUARIO
Tramitación de Expedientes
Versión 01/07/2021
Índice Contenido
4. Localización del suministro 7
5. Dirección de correspondencia 10
Datos de la instalación - Autoconsumo 12
Datos de la Instalación - No Autoconsumo 14
8. Otros datos de la instalación 18
13. Régimen Regulatorio Autoconsumo 23
17. Respuesta Propuesta Previa 34
18. Emisión Permisos Acceso y Conexión 40
NOTIFICACIONES OPERACIONALES 46
ERRORES COMUNES AL CUMPLIMENTAR LA SOLICITUD 47
Con el fin de facilitar los trámites a realizar por nuestros clientes, se han realizado una serie de desarrollos en GEA para permitir a los distintos tipos de usuarios la tramitación y gestión de sus expedientes de acceso y conexión para producción y autoconsumo.
En el apartado de expedientes, el usuario podrá seleccionar el tipo de expediente que desea dar de alta:
• Usuario Cliente Titular: se ha creado un nuevo tipo de usuario que únicamente puede dar de alta expedientes a su nombre.
• Usuario Promotor: al igual que el cliente titular, únicamente puede dar de alta expedientes a su nombre.
• Resto de usuarios: podrán dar de alta expedientes tanto a su nombre, como a nombre de otro titular.
Ejemplo de usuario donde se aprecia que puede tramitar tanto expedientes de consumo como de producción.
1. Datos de la solicitud
Una vez seleccionada la opción de dar de alta un expediente de producción, se nos despliega un formulario con los siguientes campos a informar:
• Motivo: siempre es Productor/Generador, no se permite modificarlo.
• Régimen Regulatorio: permite elegir entre No Autoconsumo o Autoconsumo.
• Fecha prevista de puesta en servicio: fecha estimada de puesta en marcha de la instalación de producción.
• Persona de contacto: nombre de la persona de contacto
• Teléfono de contacto: teléfono de la persona de contacto
2. Titular del Expediente
El siguiente apartado nos solicita informar el titular de la solicitud que vamos a realizar. Se permite realizar la búsqueda por DNI/CIF/NIE o por contrato de Peaje. En caso de tratarse de un cliente nuevo cuando pulsemos el botón Buscar nos solicitará los datos del mismo.
Si la tramitación se está realizando con el perfil Cliente Titular explicando anteriormente no nos va a salir este apartado debido a que únicamente puede tramitar solicitudes a su nombre.
3. Agentes
El concepto agente hace referencia a los usuarios que tienen permisos para consultar el expediente. Estos usuarios pueden ser de diferentes tipos (instalador, constructor, ingeniería, comercializador, promotor, cliente titular).
El agente titular del expediente es el cliente de la solicitud de acceso y conexión. En el caso de los tipos de agente “cliente titular” y “promotor”, aparece por defecto como agente titular el propio usuario que está dando de alta el expediente, ya que los agentes “cliente titular” y “promotor” solo pueden tramitar expedientes a su nombre.
Si el expediente fuera solicitado por otro tipo de agente, por ejemplo, un instalador (también podría hacerlo una ingeniería, o cualquier otro) este debería dar de alta el titular del expediente, que podría ser el propio instalador para expedientes abiertos a su nombre, u otro solicitante. En este último caso, en función del tipo de expediente solicitado y de la potencia del mismo, se deberá aportar un documento en el que el titular del expediente autorice a dicho agente (tramitador) a tramitar esa solicitud en su nombre.
Al final de este manual se indican los expedientes para los que es necesario aportar esta documentación.
Si se desear añadir algún agente adicional al expediente, habría que pulsar en
“Añadir Agente”.
Introducimos el número de documento del agente que queremos añadir y lo buscamos.
Una vez realizada la búsqueda, se nos muestran los datos del agente que deseamos añadir. En caso de que no exista ningún agente con ese número de documento, se nos habilita un formulario para dar de alta un nuevo agente.
Una vez aceptados los datos, se nos añade a la lista de agentes adicionales del expediente, junto al titular que está dando de alta el expediente.
4. Localización del suministro
Una vez seleccionados los agentes del expediente, hemos de indicar la localización del suministro que se quiere tramitar. Para facilitar esta tarea, se muestra la opción de buscar la localización en base a la dirección, a un CUPS ya existente, por contrato de peaje o en base a las características del aparato de medida. En los casos en que se disponga del CUPS, es recomendable hacer la búsqueda por el mismo para evitar posibles errores en la ubicación. A continuación, realizamos la búsqueda en base a la dirección.
En el caso de que no se encuentre ninguna dirección de suministro en la ubicación deseada, se puede dar de alta una nueva dirección accediendo a Nueva Dirección.
Si, por el contrario, la dirección introducida en origen si existía, se muestra un nuevo formulario donde incorporar las coordenadas exactas del suministro. La coordenada Z no es obligatorio rellenarla, únicamente se exigen las coordenadas X e Y.
Para poder localizar su instalación es necesario introducir correctamente las coordenadas, estas deben ser introducidas en formato HUSO 30 UTM ETRS89 T30
Adjuntamos un enlace a la página del ministerio de agricultura, en la que se pueden obtener fácilmente en este formato.
xxxxx://xxx.xxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxx/
5. Dirección de correspondencia
Una vez validada la dirección del suministro, es necesario informar la dirección de correspondencia vinculada al expediente. Con el fin de facilitar esta tarea, se permite rellenar de forma automática pulsando en los botones “Misma que Dirección Fiscal del Solicitante” y “Misma que Dirección de Suministro”
6. Datos de la instalación
Procedemos a rellenar los datos de la instalación que vamos a dar de alta, siendo algunos de los campos solicitados variables en función de las características de la instalación.
Destacar en este punto la importancia del nudo de conexión solicitado. En este campo se muestran dos opciones en función de la capacidad de acceso solicitada como generador:
• Capacidad solicitada <= 100 kW: se puede solicitar expresamente el nudo de conexión deseado al que conectarse o bien conectarse al nudo i-DE determine que mejor se adapta a la solicitud.
• Capacidad solicitada > 100 kW: es necesario indicar expresamente el nudo de conexión deseado al que conectarse.
En los casos en que se opte por la opción de que sea i-DE quien determine el nudo de conexión, se debe marcar el check “I-DE Determina Nudo”
Por el contrario, en los casos en que se opte por la opción de solicitar expresamente el nudo de conexión concreto al que conectarse, es necesario acudir al mapa de capacidad de la red para obtener el identificador y la denominación del punto de conexión deseado.
Para obtener esta información, se debe acudir a la web xxx xxxx de capacidad de la red, localizar el nudo deseado, copiar el “Identificador del Punto de Conexión” y la “Denominación del Punto de Conexión” e introducirlos en los xxxxxx xx XXX “Nudo o posición exacta” y “Descripción nudo o posición exacta” respectivamente.
La información se debe introducir en GEA como se muestra a continuación:
En este punto, la tramitación del expediente varía en función de si la opción de Régimen Regulatorio seleccionada es Autoconsumo o No Autoconsumo.
Datos de la instalación - Autoconsumo
Procedemos a rellenar los datos de la instalación que vamos a dar de alta, siendo necesario añadir al menos un grupo a la instalación.
La configuración de medida estándar para una instalación de autoconsumo conectada a red interior de un único consumidor, solo necesita del contador de cliente ya instalado en el punto frontera. En caso de que se deseara utilizar otra configuración, se debe indicar los motivos y adjuntar esquema unifilar de medida propuesto.
Datos de la Instalación - No Autoconsumo
Procedemos a rellenar los datos de la instalación que vamos a dar de alta, siendo necesario añadir al menos un grupo a la instalación. El formulario a rellenar no nos solicita informar la configuración de medida a instalar, a diferencia que en los autoconsumos donde si lo solicita.
7. Alta de Grupos
Los siguientes pasos del proceso son comunes, independientemente del Régimen Regulatorio al que pertenezcan.
Al proceder a añadir el grupo se solicita información técnica del mismo. Una vez hemos cumplimentado toda la información requerida pulsamos en Añadir.
Cabe destacar que en función del tipo de tecnología del grupo que se desea dar de alta, varían los campos a rellenar:
En el caso de los grupos con tecnología fotovoltaica, los campos que se van a solicitar son los que se muestran a continuación.
Una vez se ha añadido el grupo de la instalación podemos continuar añadiendo más o continuar la tramitación del expediente pulsando Siguiente.
En el caso de los grupos con tecnología de acumulación (baterías), los campos que se van a solicitar son los que se muestran a continuación.
Una vez se ha añadido el grupo de la instalación podemos continuar añadiendo más o continuar la tramitación del expediente pulsando Siguiente.
En el caso de los grupos que no se correspondan con fotovoltaicas ni de acumulación, los campos que se van a solicitar son los que se muestran a continuación.
Una vez se ha añadido el grupo de la instalación podemos continuar añadiendo más o continuar la tramitación del expediente pulsando Siguiente.
8. Otros datos de la instalación
Para continuar con la tramitación del expediente, se solicita información adicional de las instalaciones tramitadas.
9. Suscripciones
Con el fin de mejorar la experiencia de cliente y la transparencia a la hora de la tramitación del expediente, se solicita al cliente los canales por los que quiere recibir las comunicaciones del estado de su expediente.
10. Observaciones
Para finalizar el proceso de alta, en caso de que el usuario lo desee puede incorporar observaciones para trasladar información adicional o aclaraciones sobre la solicitud.
11. Guardar Borrador
Una vez informados los campos, se pulsa en Guardar Borrador y se crea un borrador de la solicitud. Se muestra un mensaje al usuario indicando que todavía no se da por tramitada la solicitud quedando en la fase de pendiente de entregar toda la información requerida. Además, se hace saber que el análisis de la solicitud y su
documentación y por tanto los tiempos a cumplir no comenzarán hasta que no se haya entregado toda la documentación pertinente y se haya enviado finalmente la solicitud.
12. Entrega Documentación
Para continuar con la tramitación de la solicitud una vez guardado el borrador, es necesario entregar toda la documentación requerida. Para ello, en la pantalla posterior al guardado del borrador podemos identificar la documentación pendiente de entregar fijándonos en el campo estado:
Esta documentación puede adjuntarse en el momento de guardar el borrador de la solicitud o posteriormente desde la pantalla de Detalle de Expediente.
En esta pantalla nos aparece marcado en color naranja el botón Documentación, indicando de este modo que tenemos documentos pendientes de presentar (Se adjunta al final de este manual la documentación requerida en cada uno de los casos.). Si pulsamos en el botón, navegaremos a la pantalla de la documentación pendiente.
Desde esta pantalla observamos los documentos que tenemos pendientes, así como los que ya hemos ido adjuntando con su correspondiente estado. De forma automática se genera el documento “Copia de Solicitud de Acceso y Conexión” sirviendo este como acuse de recibo de la solicitud creada.
MUY IMPORTANTE: Para evitar retrasos en la tramitación de su expediente, rogamos verifiquen que la documentación subida a través del gestor documental es la correcta y está debidamente cumplimentada.
No se admitirá documentación por otras vías diferentes al gestor documental del portal GEA.
13. Régimen Regulatorio Autoconsumo
En el caso de los expedientes con Régimen Regulatorio Autoconsumo para continuar con la tramitación de la solicitud una vez guardado el borrador, además de entregar toda la documentación requerida, es necesario indicar el tipo de autoconsumo que corresponde a la instalación. Para ello, posterior al guardado del borrador se incluye una pantalla donde podemos indicar el tipo de autoconsumo deseado:
Una vez seleccionado el tipo de autoconsumo deseado, pulsamos en Guardar para registrarlo. Posteriormente, pulsando el botón de Documentación navegamos a la pantalla de documentación explicada en el punto anterior de este manual donde se permite adjuntar la documentación pendiente de entrega.
Dependiendo del tipo de autoconsumo seleccionado, es posible que sea necesario añadir al menos un CUPS de consumo y su porcentaje de reparto correspondiente al autoconsumo. La suma de los porcentajes de reparto de los CUPS de consumo añadidos al expediente en ningún caso puede ser superior a 100.
En caso de no conocer el tipo de autoconsumo en el momento xxx xxxxxxxx del borrador, es posible informarlo posteriormente desde la pantalla de Detalle de Expediente.
En esta pantalla nos aparece marcado en color naranja el botón Autoconsumo, indicando de este modo que tenemos el tipo de autoconsumo pendiente de informar. Este módulo solo será visible para los expedientes con Régimen Regulatorio Autoconsumo. Si pulsamos en el botón, navegaremos a la pantalla de Autoconsumo comentada previamente.
14. Modificación Borrador
Una vez guardado el borrador y previo al envío de la solicitud, es posible realizar cambios sobre el mismo permitiéndose modificar la información que fue introducida durante el alta del borrador. Para realizar estas modificaciones, se ha habilitado un nuevo módulo llamado Datos de la Solicitud en la pantalla de Detalle de Expediente.
Si accedemos al módulo, podemos consultar los datos que introdujimos al dar de alta el borrador y modificar los campos que deseemos. Los campos que se nos presentan para modificar son similares a los que hubo que rellenar al dar de alta el borrador de la solicitud. Cabe destacar que es posible que al modificar cierta información relativa x xxxxxx como la capacidad solicitada o la tensión del punto de conexión se nos pida nueva documentación obligatoria.
Tras pulsar en el botón Siguiente continuamos visualizando más datos del borrador susceptibles de ser modificados.
Tras llegar a la última pantalla de modificación de datos, es necesario pulsar en el botón Guardar para consolidar los cambios. Si modificamos datos en la primera pantalla y posteriormente xxxxxxx sin guardar, los cambios no se verán reflejados. Es necesario llegar a la última pantalla y pulsar el botón Guardar para que se hagan efectivos los cambios introducidos.
Tras guardar los cambios se nos muestra un mensaje recordándonos que es necesario tener entregada toda la documentación requerida previo al envío de la solicitud.
15. Envío Solicitud
Para proceder con el envío de la solicitud, y por tanto con el análisis de la solicitud y estudio de la misma por parte de I-DE, es necesario tener guardado el borrador y entregada toda la documentación requerida (en caso de autoconsumos además es necesario el tipo de autoconsumo).
En el caso de tener todo lo necesario informado y se desee enviar la solicitud, desde la pantalla de Detalle de Expediente hay que pulsar en el botón de Enviar Solicitud marcado en color naranja.
Una vez pulsado sobre el mismo, nos saldrá una confirmación de envío.
Si finalmente pulsamos en Enviar Solicitud, se tramitará la solicitud y comenzará a ser analizada y estudiada por I-DE. A partir de este momento, en la pantalla Detalle de Expediente se muestra la Fecha de Presentación de la Solicitud. Esta fecha es la
fecha legal a partir de la cual se da por presentada la solicitud y comienzan a contar los plazos legales establecidos en el RD 1183/2020 que apliquen a la solicitud.
Cabe destacar que una vez enviada la solicitud, no se podrán realizar modificaciones en los datos de la solicitud desde el módulo Datos de la Solicitud ni presentar nueva documentación en el módulo de Documentación. La solicitud se encuentra en proceso de revisión por I-DE y se podrá continuar con la misma una vez se haya analizado y dado respuesta a la solicitud del peticionario.
En el caso de pulsar el botón de Enviar Solicitud sin tener toda la documentación requerida (en caso de autoconsumos además es necesario el tipo de autoconsumo) se muestra un mensaje indicando que no se puede enviar la solicitud.
Indicar también que es posible hacer el envío de la solicitud desde el apartado de Documentación de Expediente. El funcionamiento es similar al explicado cuando se realiza el envío desde el botón ubicado en el Detalle de Expediente
16. Subsanaciones
Tras el proceso de revisión de la información presentada por el peticionario a I-DE, es posible que sea necesario realizar la subsanación de la misma debido a que la información presentada no cumple con los criterios requeridos o se ha informado de manera errónea. Estas solicitudes de subsanación pueden llegar a ser requeridas por
I-DE en dos ocasiones debido a que tras la primera solicitud de subsanación y la revisión de la misma se sigan encontrando carencias de información en los datos. Esto viene reflejado en el RD 1183/2020 donde se indica que, si tras realizar dos subsanaciones de información siguen presentándose errores, la solicitud será cancelada y el peticionario tendrá que realizar una nueva.
En caso de que se nos solicite una subsanación, se nos notificará tanto por GEA como por los canales de comunicación (Email/SMS) que hayamos establecido en el apartado de Suscripciones al dar de alta la solicitud. La comunicación será la siguiente:
Se ha solicitado una Subsanación de la solicitud de Acceso y Conexión para el expediente 9039339733. Podrá consultar los datos y documentación que se requiere subsanar en el documento "Solicitud de Subsanación" del gestor documental xx XXX.
Tal y como se nos indica en la comunicación, si acudimos al módulo de Documentación del expediente podremos descargarnos el documento “Solicitud de Subsanación” que indica expresamente la información a corregir. Esta solicitud puede indicar que es necesario cargar de nuevo un documento ya que el cargado previamente era erróneo, o indicar que es necesario modificar algún dato introducido en el formulario de alta del borrador de la solicitud. Para realizar estos cambios, en este momento de la tramitación se ha vuelto a habilitar tanto la carga de documentos en el módulo de Documentación, como la modificación de los datos del borrador en el módulo de Datos de la Solicitud.
Una vez se hayan subsanado los aspectos indicados por I-DE, es necesario realizar un nuevo envío de la solicitud haciendo uso del botón Enviar Solicitud que se utilizó previamente para realizar el primer envío.
Podemos observar que, tras realizar el envío de la solicitud, se modifica la fecha de presentación de la solicitud.
Esta fecha es la fecha legal a partir de la cual se da por presentada la solicitud y comienzan a contar los plazos legales establecidos en el RD 1183/2020 que apliquen a la solicitud. Debido a que la información presentada en primera instancia no cumplía con lo requerido, la solicitud se pone a cola de las que haya podido entrar antes de la fecha de presentación de la subsanación.
17. Respuesta Propuesta Previa
Tras la revisión, análisis y estudio de la solicitud por parte de I-DE, se enviará al peticionario la propuesta previa donde se recogen las condiciones técnico- económicas de la solicitud presentada. Se notificará tanto por GEA como por los canales de comunicación (Email/SMS) que hayamos establecido en el apartado de Suscripciones al dar de alta la solicitud. La comunicación será la siguiente:
La propuesta previa que incluye las condiciones técnico-económicas del expediente 9039339800 ya se encuentra disponible en el gestor documental xx XXX.
Si acudimos al módulo de Documentación del expediente podremos descargarnos los documentos “Plantilla Pliego de Condiciones Técnicas” y “Plantilla Presupuestos” que recogen las condiciones que aplican a la solicitud.
Una vez revisados los documentos, será necesario firmar el acuerdo de las condiciones económicas; aceptando de este modo las condiciones y comprometiéndose al pago del presupuesto presentado. Este documento firmado debe cargarse en el documento “Aceptación de condiciones de la Propuesta previa”, que aparecerá como obligatorio a cargar en el módulo de Documentación. En caso de no querer aceptar las condiciones, se cargará en el documento “Aceptación de condiciones de la Propuesta previa” un fichero indicando que no se aceptan las condiciones. Una vez cargado el documento, es necesario acudir al módulo Carta de Condiciones para aceptar o rechazar la propuesta previa.
Es muy importante acudir a este módulo y elegir la respuesta deseada. En caso de no hacerlo el expediente no avanza y tras el paso de los días acarrea la cancelación por incumplimiento del plazo establecido en el RD 1183/2020.
Al acceder al módulo, se nos presentan la alternativa o alternativas (en caso de haber varias) para aceptar la que deseemos. Se muestra un mensaje indicando que, para gestionar las condiciones de la propuesta previa, es necesario ser el tramitador del expediente y que el documento “Aceptación de condiciones de la Propuesta previa” debe haber sido entregado por el usuario en el módulo de Documentación.
<.. image(Texto alternativo generado por el equipo: Carta de Condiciones Expediente 9039339551 O Aviso Para gestionar las condiciones de la Propuesta previa es necesario ser usuario tramitador del expediente o Promotor y que el documento de acreditación de aceptación de las condiciones del presupuesto esté aceptado. Mostrar 10 v registros Importe Alternativa 1 Potencia: 5[n01W - Tensión: • 13.200V Mostrando registros del 1 al 2 de un total de 2 registros X Rechazar previa volver Q Buscar Descripción Entronque + Refuerzo Extensión ejecutada por la Distribuidora. Entronque + Refuerzo (Extensión ejecutada por el solicitante). Solicitud de Revisión Aceptar previa S Detalle de Expediente ) removed ..>
En este punto, se nos presentan tres opciones a escoger en base a que estemos o no de acuerdo con la propuesta previa recibida.
Para aceptar las condiciones de la propuesta previa y, previa firma de las condiciones económicas en el documento “Aceptación de condiciones de la Propuesta previa” es necesario seleccionar la alternativa deseada y pulsar en el botón Acepta Propuesta Previa.
Una vez pulsado el botón se nos muestra un mensaje indicando que la propuesta previa ha sido aceptada.
A partir de este momento, desde I-DE se nos remitirá la factura correspondiente con las condiciones económicas remitidas y se nos hará el envío de la misma por correo postal. Es caso de tener domiciliada la cuenta bancaria, se realizará un cargo por el importe de la factura en la misma.
Para solicitar una revisión de la propuesta previa por no estar de acuerdo con alguno de los puntos presentados en ella, es necesario pulsar en el botón Solicitud de Revisión.
Una vez pulsado el botón se nos despliega un campo de texto para indicar el motivo de la solicitud de revisión donde es necesario explicar con detalle en que puntos no se está de acuerdo para el posterior análisis y revisión por parte de I-DE.
Una vez pulsado el botón de Enviar Solicitud de Revisión nos muestra un mensaje indicando que se ha enviado la solicitud de revisión.
En este punto, se procederá por parte de I-DE a la revisión y análisis de la solicitud realizada por el usuario. Pudiendo ocurrir tres escenarios distintos:
⮚ Aceptación de la revisión: en caso de que tras la evaluación de la solicitud de revisión se estime que el usuario está en lo cierto, se realiza un nuevo estudio de la solicitud y se remite una nueva propuesta previa. Se notificará tanto por GEA como por los canales de comunicación (Email/SMS) que hayamos establecido en el apartado de Suscripciones al dar de alta la solicitud. La comunicación será la siguiente:
"Se ha admitido la revisión de la propuesta previa del expediente 903xxxxxxxx. Se procederá a informarle cuando se disponga de una nueva propuesta previa".
Una vez que se tenga la nueva propuesta previa, se procederá del mismo modo que en el envío de la primera propuesta previa enviada. Notificándoselo al usuario y permitiendo su aceptación o rechazo en GEA.
⮚ Rechazo de la revisión: en caso de que tras la evaluación de la solicitud de revisión se estime que no tiene fundamento, se notificará tanto por GEA como por los canales de comunicación (Email/SMS) que hayamos establecido en el apartado de Suscripciones al dar de alta la solicitud. La comunicación será la siguiente:
"Se ha rechazado la revisión solicitada para la propuesta previa del expediente 903XXXXXX.".
Además de ello, en GEA se le dejará habilitado de nuevo la aceptación de la propuesta previa para que se acepten o rechacen definitivamente la condiciones.
⮚ Solicitud Información adicional: en caso de que tras la evaluación de la solicitud de revisión se estime que es necesario mayor información para poder continuar con la revisión. Se notificará tanto por GEA como por los canales de comunicación (Email/SMS) que hayamos establecido en el apartado de Suscripciones al dar de alta la solicitud. La comunicación será la siguiente:
" Se ha solicitado información adicional para la revisión de la propuesta previa del expediente 903xxxxxxxx. Podrá consultar la documentación requerida en el documento "Solicitud información adicional" del gestor documental xx XXX.”
Además de ello, en el módulo de Documentación xx XXX podrá descargarse el documento "Solicitud información adicional" donde se indica la información adicional necesaria para poder realizar la revisión de su solicitud. Para ello, se le dejará habilitado el apartado de Documentación para la carga de los documentos que sean necesarios enviar. Una vez enviada la información solicitada mediante el botón Enviar Documentación, I-DE procederá al estudio y a la realización de una nueva propuesta previa.
Para descartar por completo la propuesta previa y solicitar la cancelación de la solicitud presentada es necesario pulsar en el botón Rechazar Propuesta Previa.
Una vez pulsado el botón se nos despliega un campo de texto para indicar el motivo del rechazo de la propuesta previa.
Tras pulsar en el botón de Rechazar Alternativas nos muestra un mensaje indicando que se ha rechazado la propuesta previa y se procederá a la posterior cancelación del expediente.
18. Emisión Permisos Acceso y Conexión
Tras la aceptación de la propuesta previa se procederá a la emisión de los permisos de Acceso y Conexión. La emisión de estos permisos será notificada vía GEA así como por los canales de comunicación (Email/SMS) que hayamos establecido en el apartado de Suscripciones al dar de alta la solicitud. La comunicación será la siguiente:
" Los permisos de acceso y conexión del expediente 903XXXXXX ya se encuentran disponible en el gestor documental xx XXX en el documento "Permisos de Acceso y Conexión".
Tal y como se nos indica en la comunicación, si acudimos al módulo de Documentación del expediente podremos descargarnos el documento “Permisos de Acceso y Conexión” que contiene toda la información que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia determina en aplicación de lo previsto en el artículo
33.11 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre.
Se indica a continuación la documentación necesaria en cada uno de los siguientes casos:
<=15 kW
• Fichero con los polígonos de superficie ocupados por la planta en formato kml/kmz.
Para tratar informáticamente el kml/kmz es importante que contengan exclusivamente las coordenadas del contorno de la parcela y/o parcelas (sin añadir objetos extra: marcadores, redes, …)
• Si solamente hay una parcela, el objeto geográfico a utilizar es el POLYGON.
• Si hay varias parcelas, el objeto geográfico a utilizar es el MULTIPOLYGON.
Para facilitar la creación de este tipo de ficheros se adjunta un enlace a la página de soporte de Google en la que se indica cómo proceder para la creación de un fichero kml/kmz
xxxxx://xxxxxxx.xxxxxx.xxx/xxxxx/xxxxxx/0000000?xxxxx&xxx_xxxxxx0000000
En el caso de parcelas individuales, también se puede obtener un fichero kml desde la página del catastro:
xxxxx://xxx0.xxxxxxxxxxxx.xxx.xx/Xxxxxxxxxxx/xxxx.xxxx?xxxxxxxX
Una vez localizada la parcela por cualquiera de los métodos disponibles, desde la opción “más información de la parcela” se puede obtener el fichero kml de la parcela para su descarga.
• Plano de situación con el punto de conexión propuesto al que pretende conectarse el productor.
Incluir un plano de situación de la instalación, indicando el punto de conexión propuesto por el productor
• Esquemas unifilares de la instalación.
Esquemas unifilares de la instalación o agrupación de instalaciones objeto de los permisos, incluidas en su caso la línea, posiciones y aparamenta necesarias para la evacuación de la energía generada.
>15 kW
• Fichero con los polígonos de superficie ocupados por la planta en formato kml/kmz.
Para tratar informáticamente el kml/kmz es importante que contengan exclusivamente las coordenadas del contorno de la parcela y/o parcelas (sin añadir objetos extra: marcadores, redes, …)
⮚ Si solamente hay una parcela el objeto geográfico a utilizar es el POLYGON.
⮚ Si hay varias parcelas, el objeto geográfico a utilizar es el MULTIPOLYGON.
Para facilitar la creación de este tipo de ficheros se adjunta un enlace a la página de soporte de Google en la que se indica cómo proceder para la creación de un fichero kml/kmz
xxxxx://xxxxxxx.xxxxxx.xxx/xxxxx/xxxxxx/0000000?xxxxx&xxx_xxxxxx0000000
En el caso de parcelas individuales, también se puede obtener un fichero kml desde la página del catastro:
xxxxx://xxx0.xxxxxxxxxxxx.xxx.xx/Xxxxxxxxxxx/xxxx.xxxx?xxxxxxxX
Una vez localizada la parcela por cualquiera de los métodos disponibles, desde la opción “más información de la parcela” se puede obtener el fichero kml de la parcela para su descarga.
• Plano de situación con el punto de conexión propuesto al que pretende conectarse el productor.
Incluir un plano de situación de la instalación, indicando el punto de conexión propuesto por el productor
• Esquemas unifilares de la instalación.
Esquemas unifilares de la instalación o agrupación de instalaciones objeto de los permisos, incluidas en su caso la línea, posiciones y aparamenta necesarias para la evacuación de la energía generada.
• Relación de Fincas Catastrales y Municipios.
• Justificante de la administración competente que acredite la validez de la garantía económica.
El inicio de un procedimiento de acceso y conexión a la red eléctrica, en el caso de instalaciones de generación de electricidad, estará condicionado a que pueda acreditarse la presentación, ante el órgano competente para otorgar la autorización de la instalación, de una copia del resguardo acreditativo de haber depositado la garantía económica a la que se refiere el artículo 21 del RD de Acceso y Conexión.
• Anteproyecto de la instalación.
Anteproyecto de la instalación de generación de electricidad, el cual contendrá al menos los elementos indicados en la circular de la Comisión nacional de los mercados y la competencia, por la que se establece la metodología y condiciones del acceso y de la conexión a las redes de transporte y distribución de las instalaciones de producción de energía eléctrica.
La instalación de producción debe cumplir con la normativa general vigente y con los requisitos técnicos establecidos por i-DE según el MT 3.53.01 vigente de Condiciones Técnicas de la Instalación de Producción Eléctrica Conectada a la Red de i-DE.
Tabla resumen con los documentos obligatorios en función de la capacidad solicitada:
Documentos Obligatorios Condicionados
• Autorización a otro agente para realizar la solicitud en nombre del titular.
Documento dando la conformidad del titular para que otro agente presente una solicitud en su nombre. Obligatorio para solicitudes realizadas por un representante legal en nombre del titular de la instalación. Ejemplo: un instalador a nombre de un titular que no es él mismo.
• Fotocopia del DNI y poderes en caso de sociedad mercantil.
Obligatorio para solicitudes con tensión del punto de conexión >20KV o para el perfil
“Cliente Titular” que es un nuevo cliente en I-DE.
• Solicitud Inicio Evaluación Impacto Ambiental Simplificada
Obligatorio cuando se indique en GEA el check de "Solicitud Inicio EIA Simplificada". En el caso de tratarse de un proyecto sometido a evaluación ambiental simplificada de conformidad con lo previsto en los Anexos I y II de la Ley 21/2013, de 9 de septiembre, de Evaluación Ambiental, acreditación de la presentación por el promotor ante el órgano sustantivo de la solicitud de inicio de la evaluación de impacto ambiental simplificada.
• Solicitud Determinación Alcance Evaluación Impacto Ambiental Ordinaria
Obligatorio cuando se indique en GEA el check de "Solicitud Determinación Alcance EIA Ordinaria". En el caso de tratarse de un proyecto sometido a evaluación ambiental ordinaria o simplificada de conformidad con lo previsto en los Anexos I y II de la Ley 21/2013, de 9 de septiembre, de Evaluación Ambiental, acreditación de la presentación por el promotor ante el órgano sustantivo de la solicitud de determinación del alcance del estudio de impacto ambiental ordinaria.
• Declaración responsable de ambos agentes dando su conformidad a la solicitud
Obligatorio si el titular de la instalación de generación es diferente al de la instalación de consumo. En el caso de cogeneración o de autoconsumo en los que las instalaciones de generación de electricidad compartan infraestructuras de conexión con un consumidor, y en las que el solicitante de los permisos de acceso y conexión sea distinto del titular del contrato de suministro, será condición imprescindible para el inicio de un procedimiento de acceso y conexión que la solicitud vaya acompañada de un acuerdo firmado por ambos en el que se recoja que el titular del contrato de suministro da su conformidad a la misma.
• Acuerdo de unificación de consumos de generación conectada a red interior de consumo.
Obligatorio si el titular de la instalación de generación es diferente al de la instalación de consumo. Acuerdo para que los consumos que la instalación de generación conectada a la red interior del consumidor pudiera tener, se unifiquen y facturen con los del titular del punto de suministro utilizando para ello el contador ubicado en el punto frontera con la red de distribución. En caso de que cualquiera de las partes decidiera poner fin a este acuerdo, las partes se obligan a ponerlo en conocimiento de la empresa distribuidora y a instalar un contador independiente para la instalación de generación, que deberá ser precintado por la empresa distribuidora. A partir de dicho momento, los consumos que pudiera registrar este contador serán facturados al generador
• Esquema unifilar de medida propuesto.
La configuración de medida estándar para una instalación de autoconsumo conectada a red interior de un único consumidor solo necesita del contador de cliente ya instalado en el punto frontera. En caso de que se deseara utilizar otra configuración, se debe indicar los motivos y adjuntar esquema unifilar de medida propuesto. Obligatorio en los casos en que la configuración de medida no es “medida en punto frontera”.
• Acuerdos de reparto de energía (IDAE).
Enlace a la página del IDAE para obtener modelos de acuerdo de reparto de energía a aportar en función de la modalidad de autoconsumo.
xxxxx://xxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxx/xxxx-xxxxxxxxxxx-xx-xxxxxxxxxxx-xxx-xxxxxxxxxxx
Obligatorio en el caso de autoconsumo colectivos, acuerdo firmado por todos los participantes indicado los CUPS y los porcentajes de reparto de la energía generada.
La instalación de producción debe cumplir con la normativa general vigente y con los requisitos técnicos establecidos por i-DE según el MT 3.53.01 vigente de Condiciones Técnicas de la Instalación de Producción Eléctrica Conectada a la Red de i-DE.
Tabla resumen con los documentos obligatorios en base a diferentes condiciones:
La entrega de documentación asociada al procedimiento de Notificaciones Operacionales se debe realizar en el apartado de Documentación.
Para ello, es necesario seleccionar en el desplegable “Fase de Entrega” el tipo de notificación solicitada e incluir la documentación necesaria en cada caso.
A continuación, se muestra un ejemplo de los “Tipos de Documento” a incluir cuando
se solicita una notificación FON:
Para más información respecto a la documentación necesaria para solicitar las notificaciones operacionales puede consultar la siguiente Guía Explicativa de i-DE.
ERRORES COMUNES AL CUMPLIMENTAR LA SOLICITUD
Indicamos a continuación los errores habituales que hemos detectado a la hora de cumplimentar la solicitud.
• Introducir las coordenadas en un datum y huso incorrecto. Como se ha indicado más arriba, para poder localizar su instalación las coordenadas deben ser introducidas en formato HUSO 30 UTM ETRS89 T30.
A continuación, se adjunta un enlace en el que de manera sencilla se pueden obtener con el datum y Huso correcto.
xxxxx://xxx.xxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxx/
• Introducir en los campos “Nudo o posición exacta” y “Descripción nudo o posición exacta” unos valores que no se correspondan con los identificadores reflejados en la web xxx xxxx de capacidad de la red.
• Introducir un fichero con los polígonos de superficie en un formato diferente de kml/kmz o que no cumpla con los criterios marcados. Es importante que contengan exclusivamente las coordenadas del contorno de la parcela y/o parcelas (sin añadir objetos extra: marcadores, redes, …)
⮚ Si solamente hay una parcela el objeto geográfico a utilizar es el POLYGON.
⮚ Si hay varias parcelas, el objeto geográfico a utilizar es el MULTIPOLYGON.
• En el momento de responder a la propuesta previa, adjuntar el documento “Aceptación de condiciones de la Propuesta previa” pero no acudir al módulo “Carta de Condiciones” para aceptar o rechazar la propuesta. Es muy importante acudir a este módulo y elegir la respuesta deseada, ya que en caso de no hacerlo el expediente no avanza y tras el paso de los días acarrea la cancelación por incumplimiento del plazo establecido en el RD 1183/2020.
• Introducir los documentos en ubicaciones incorrectas. Para facilitar la identificación de los documentos a subir en cada uno de los tipos, en nuestra página web dispone de ejemplos para algunos de ellos.
• Introducir documentos bancarios o certificados de compañías de seguros en lugar del justificante de la administración competente que acredite la validez de la garantía económica. No se admiten documentos bancarios ni de certificados de compañías de seguros.