CONTRATO PLAN DE AHORRO META
CONTRATO PLAN DE AHORRO META
Nosotros, Banco de la Producción, S. A., entidad bancaria del domicilio de Managua, Nicaragua, constituida en Escritura Pública Número Ocho, autorizada en la ciudad de Managua a las cinco de la tarde del día 6 de septiembre de 1991 por el Notario Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx e inscrita bajo el Número 13,776B2, Páginas 244-263, Tomo 683-B2 del Libro Segundo Mercantil del Registro Público de Managua y con el Número 27,103, Páginas 106-107, Tomo 118, del Libro de Personas del citado Registro, y sus Estatutos aprobados en Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxxxxxx xx Xxxxxxxxxxx xxxxxxxxx xx xx xxxxxx xx Xxxxxxx a las cinco de la tarde del día 9 de septiembre de 1991, inscritos bajo el Número 13,777-B2; Páginas 264/273, Tomo 683-B2, del Libro Segundo Mercantil del Registro Público de Managua, a quien en lo sucesivo se denominará simplemente EL BANCO, y _ _ , quien es mayor de edad,
, del domicilio de , con documento de identidad número , a quien en lo sucesivo se denominará como EL CLIENTE hemos convenido en celebrar el presente CONTRATO de apertura de cuenta Plan de Ahorro Meta # , de acuerdo con las siguientes cláusulas:
1. Descripción del producto: Plan de ahorro Meta es una cuenta de ahorro que le permite a EL CLIENTE crear un plan de ahorro personalizado, al ofrecerle la posibilidad de elegir el monto que desea ahorrar de forma quincenal o mensual en un plazo específico.
2. Moneda y monto mínimo de ahorro requerido: La cuenta Plan de Ahorro Meta puede abrirse en moneda córdobas o dólares de los Estados Unidos de América y el monto mínimo de ahorro mensual requerido será el vigente establecido en la tabla de "Tarifas, Intereses, Cargos, Comisiones, Mínimos y Cobros por Servicios Bancarios" misma que será entregada al cliente y formará parte del presente contrato. Adicionalmente EL BANCO mantendrá dicha tabla a disposición de EL CLIENTE en su página web y en sus sucursales a nivel nacional.
3. Plazo y formas de depósito disponibles: El plazo permitido para la cuenta Plan de Ahorro Meta es desde 3 meses hasta 120 meses y el monto de ahorro programado puede ser debitado de forma mensual o quincenal, en el día o días del mes elegidos por EL CLIENTE, de una cuenta o tarjeta de crédito cuyo titular sea el mismo cliente. EL CLIENTE podrá dejar establecida una segunda, tercera o cuarta cuenta o tarjeta de crédito, de su pertenencia, para que sea debitada la cuota de ahorro total o monto parcial que hubiese faltado, para completar la cuota en la fecha establecida en su plan de ahorro, cuando no existan los fondos disponibles para cubrir la cuota en la cuenta o tarjeta de crédito establecida para el débito. El orden de los productos a debitar será establecido por el cliente.
Adicionalmente EL CLIENTE elegirá un rango de fecha, en el cual se debitará automáticamente la cuota de su plan de ahorro meta. Si la cuenta o tarjeta de crédito no tienen los fondos disponibles para el total de la cuota, el sistema podrá debitar parcialmente y seguir intentando hasta el último día del rango establecido hasta completar la cuota de ahorro.
EL CLIENTE podrá hacer 2 cambios al año del número de cuenta o tarjeta de crédito desde la cual se debita el monto de la cuota de ahorro.
También se permite que las cuotas del Plan de Ahorro Meta puedan ser depositadas en efectivo (a través de ATM, Caja, Banpro en Línea, Banpro Móvil, Agente Banpro o cualquier canal de Banpro que reciba o transfiera efectivo), en cuyo caso, al momento de apertura del Plan de Ahorro Meta, se requerirá del depósito de la primera cuota.
Cuando se debite el monto de la cuota del plan ahorro meta, del disponible de una tarjeta de crédito, EL BANCO podrá cobrar una comisión diferenciada por retiro en efectivo la que será establecida en la tabla de “Tarifas, Intereses, Cargos, Comisiones, Mínimos y Cobros por Servicios Bancarios” misma que será entregada al cliente y formará parte del presente contrato. Adicionalmente EL BANCO mantendrá dicha tabla a disposición de EL CLIENTE en su página web y en sus sucursales a nivel nacional.
4. Mantenimiento del valor y reversiones: Las sumas de dinero en córdobas depositadas en la cuenta Plan de Ahorro Meta gozan de mantenimiento del valor xxx xxxxxxx con respecto al dólar de los Estados Unidos de América.
No se requiere la autorización del CLIENTE para efectuar la reversión de valores erróneamente acreditados en la cuenta de EL CLIENTE.
5. Intereses y forma de cálculo: Los fondos depositados en la cuenta Plan de Ahorro Meta devengarán intereses o cualquier otro rendimiento. La tasa de interés estará determinada en virtud de la moneda del depósito y será escalonada en rangos de meses, siempre y cuando el saldo de la cuenta sea igual o mayor al del plan de ahorro programado al inicio del nuevo rango de meses, según lo establecido en la tabla de “Tarifas, Intereses, Cargos, Comisiones, Mínimos y Cobros por Servicios Bancarios” misma que será entregada al cliente y formará parte del presente contrato. Adicionalmente EL BANCO mantendrá dicha tabla a disposición de EL CLIENTE en su página web y en sus sucursales a nivel nacional.
Los intereses se devengarán a partir de la fecha de confirmación de los fondos y hasta el día anterior al cierre de la cuenta. Los intereses se acumularán diariamente y serán capitalizables mensualmente mediante depósito a la misma cuenta del plan de ahorro meta.
Los intereses podrán sufrir variaciones en dependencia de nuevas políticas de EL BANCO y/o por efecto de variaciones xx xxxxxxx.
6. Retiros, modificaciones y vencimiento de la cuenta: Posterior a los 6 meses de haberse abierto la cuenta plan de ahorro meta, EL CLIENTE podrá tramitar un máximo de 2 retiros anticipados al año haciendo la solicitud en servicio al cliente de cualquier sucursal de EL BANCO a nivel nacional. El retiro se hará efectivo mediante depósito a una cuenta de EL CLIENTE o, en el caso de no poseer cuenta, se emitirá cheque de gerencia u orden de pago en caja.
Si el saldo restante, posterior a un retiro anticipado, es igual o mayor al saldo que debería llevar acumulado en su plan de ahorro meta en la fecha de dicho retiro, la tasa de interés seguirá aumentando de forma escalonada según lo establecido en el plan de ahorro original y no se le aplicará ninguna comisión. Si por el contrario, el saldo restante es menor a lo programado en su plan de ahorro meta en la fecha de dicho retiro, la tasa de interés a ganar se reiniciará en el primer rango de meses y se aplicará comisión según se establece en la tabla de “Tarifas, Intereses, Cargos, Comisiones, Mínimos y Cobros por Servicios Bancarios” misma que será entregada al cliente y formará parte del presente contrato. Adicionalmente EL BANCO mantendrá dicha tabla a disposición de EL CLIENTE en su página web y en sus sucursales a nivel nacional.
Posterior a los 3 meses de haberse abierto la cuenta, EL CLIENTE tendrá la opción de realizar 2 cambios al año del monto de la cuota de ahorro, plazo o frecuencia programado inicialmente. Dichos cambios serán sin costo. A partir de dichos cambios la tasa de interés a ganar se reiniciará a la correspondiente al primer rango de meses.
La cancelación de la cuenta plan ahorro meta antes de los 3 meses de su apertura generará el cobro de la comisión correspondiente por cierre anticipado según se establece en la tabla de
“Tarifas, Intereses, Cargos, Comisiones, Mínimos y Cobros por Servicios Bancarios” misma que será entregada al cliente y formará parte del presente contrato. Adicionalmente EL BANCO mantendrá dicha tabla a disposición de EL CLIENTE en su página web y en sus sucursales a nivel nacional.
Previo a su vencimiento EL CLIENTE puede solicitar la renovación automática de su plan de ahorro meta, con lo cual mantiene el mismo número de cuenta de Plan Ahorro Meta y el resto de condiciones iguales, reiniciando con la tasa de interés correspondiente al primer rango de meses.
Si EL CLIENTE tiene cuenta abierta o abre una en EL BANCO, distinta a la de su plan de ahorro meta, puede solicitar que al vencimiento de dicho plan automáticamente se acrediten los fondos del principal más los intereses ganados en dicha cuenta. De no poseer cuenta, se emitirá cheque de gerencia u orden de pago en caja, por el total del principal más los intereses ganados hasta la fecha de vencimiento. Si llegado el vencimiento de la cuenta plan de ahorro meta y el cliente no se presenta a retirar el principal más los intereses, dicha cuenta será trasladada a cuenta de ahorro ordinaria, la cual puede cancelar o mantener una vez que se presente a EL BANCO.
7. Depósito(s) adicional(es) o incumplimiento(s) de cuota(s): La cuenta plan de ahorro meta permite realizar depósitos adicionales, lo que no exime a EL CLIENTE del cumplimiento de las cuotas programadas en su plan de ahorro. Los montos adicionales que sobrepasen en 3 veces la suma total del plan de ahorro meta original ganaran la tasa de interés de la cuenta de ahorro ordinaria.
Independientemente de la forma en la que se deposite la cuota de ahorro (debito a cuenta y/o tarjeta de crédito o en efectivo), si EL CLIENTE presenta incumplimiento de una o más cuotas y el saldo de la cuenta fuese menor a lo programado en su plan de ahorro meta en la(s) fecha(s) de dicho(s) incumplimiento(s), la tasa de interés a ganar se reiniciará en el primer rango de meses sin ampliar la fecha de vencimiento del plan de ahorro meta inicial.
Si la cuenta plan de ahorro meta no presenta movimientos generados por EL CLIENTE durante 6 meses, la cuenta será trasladada a cuenta de ahorro ordinaria y se le dará el trato estipulado para dicha cuenta en materia de comisiones y bloqueo por inactividad.
8. Firmas libradoras: En la cuenta plan de ahorro meta solo podrán ser registrados como firmas libradoras el o los titulares de la cuenta quienes deberán ser registrados como firma indistinta (y/o) que les asigna la propiedad total sobre los fondos sin derecho a reclamo por actos unipersonales de disposición.
9. Responsabilidades y obligaciones de EL CLIENTE: EL CLIENTE deberá mantener actualizado su perfil de cliente ante EL BANCO, debiendo informar sobre su domicilio, actividad económica, el propósito y naturaleza de la cuenta y el volumen de la actividad esperada mensualmente en la misma, así como otros aspectos requeridos. Adicionalmente tendrá la obligación de presentar a EL BANCO la información necesaria para determinar y comprobar el origen de los fondos y activos a manejarse en la cuenta o bien por transacciones específicas registradas o registrarse en la misma.
EL CLIENTE autoriza a EL BANCO a compartir la información con otras empresas del Grupo Financiero con la finalidad de agilizar o facilitar operaciones bancarias o de prestación de servicios. Asimismo, el Cliente declara conocer que EL BANCO puede solicitar información adicional o complementaria al mismo Cliente, a entidades financieras y centrales de riesgo.
EL CLIENTE deberá notificar personalmente a EL BANCO de cualquier cambio de dirección, de actividad económica, teléfono o cualquier otro que afecte la administración en el manejo de la
cuenta. EL CLIENTE autoriza a EL BANCO para verificar por cualquier medio legal toda la información contenida en el presente CONTRATO. Si EL CLIENTE no notificare de cualquier cambio realizado, EL BANCO no asume ninguna responsabilidad por avisos o correspondencia enviada de acuerdo con la información última facilitada por EL CLIENTE.
10. Responsabilidades de El Banco: EL BANCO pondrá a disposición de EL CLIENTE los estados de cuenta de los productos involucrados en cualquier transacción que afecte la cuenta plan de ahorro meta, así como los comprobantes físicos o electrónicos (cuando aplique según la transacción ejecutada) generados por el sistema de cómputo que EL BANCO utiliza para sus operaciones bancarias. Los depósitos efectuados con cheques o efectos negociables se reciben al cobro. La anotación de estos valores en la cuenta siempre será de forma provisional, por lo que EL BANCO tiene el derecho a debitar el valor de cualquier cheque o efecto negociable que, habiendo sido depositado, no le fuere pagado por cualquier circunstancia y en cualquier tiempo. La facultad de EL BANCO de debitar de la cuenta por efectos no pagados, subsiste aun cuando el efecto de que se trate, no pudiese devolverse por haberse extraviado, perdido o destruido. En todo caso, EL BANCO actúa solamente como agente cobrador de EL CLIENTE, y no asume ninguna responsabilidad por pérdidas en tránsito. Adicionalmente, EL BANCO debitará de la cuenta de EL CLIENTE el cargo que corresponda por este evento conforme la tabla de “Tarifas, Intereses, Cargos, Comisiones, Mínimos y Cobros por Servicios Bancarios” misma que será entregada al cliente y formará parte del presente contrato, adicionalmente el banco mantendrá las tablas de costos a disposición en la página web y sucursales.
11. Inembargabilidad: De conformidad con lo dispuesto en la Ley General de Bancos, Instituciones Financieras No Bancarias y Grupos Financieros, los Depósitos de Ahorro de personas naturales que tengan por lo menos seis meses de duración en el banco, contados desde el momento de apertura de la cuenta, serán inembargables hasta por la suma en la misma establecida en total por persona, a menos que se trate de exigir alimentos, o que dichos fondos tengan como origen un delito.
12. Información: EL BANCO enviará al correo electrónico registrado por EL CLIENTE y pondrá a su disposición mensualmente en la fecha xx xxxxx o dentro de los 10 días posteriores a ésta, un estado de cuenta electrónico, a través de BANPRO EN LINEA. Dicho estado reflejará el movimiento de su cuenta y el saldo al último día del período. EL CLIENTE acepta expresamente en que será suficiente la recepción de su estado de cuenta a través de su correo electrónico y/o el acceso a su información a través del servicio “BANPRO EN LÍNEA”. EL CLIENTE estará obligado a comunicar por escrito a EL BANCO cualquier observación que tenga en relación a su estado de cuenta dentro de los treinta (30) días posteriores a la fecha xx xxxxx. En caso contrario, las cuentas se tendrán por aceptadas y sus saldos serán definitivos, desde la fecha xx xxxxx, salvo prueba en contrario.
13. Cierre: EL BANCO podrá a su consideración, cerrar la cuenta objeto de este contrato, cuando EL CLIENTE presente las siguientes circunstancias:
a. Cuando el cliente se niegue a actualizar información relativa a su perfil de cliente o a proporcionar información sobre operaciones registradas en su cuenta
b. Si la cuenta es embargada.
c. Cuando la cuenta muestra durante el término de seis (6) meses saldos mínimos menores a los montos mínimos establecidos en la tabla de “Tarifas, Intereses, Cargos, Comisiones, Mínimos y Cobros por Servicios Bancarios” mismo que será entregado al cliente y formará parte del presente contrato, adicionalmente el banco mantendrá las tablas de costos a disposición en la página web y sucursales.
d. Cuando EL BANCO lo considere necesario por disposición administrativa.
e. Por marco legal vigente, por normativa o políticas internas del banco
14. Beneficiarios: EL CLIENTE podrá designar durante el proceso de apertura de la cuenta plan de ahorro meta uno o más beneficiarios, que serán detallados en el presente contrato, para que en caso de muerte le sean entregados los fondos de principal más intereses de la cuenta objeto de este contrato, sin mediar ningún trámite judicial.
En caso de cambio de beneficiario, para que surta efecto legal, deberá ser notificado por escrito a EL BANCO. Cuando haya más de un beneficiario, EL CLIENTE deberá indicar el porcentaje que corresponde a cada uno de ellos. Las personas designadas por EL CLIENTE como beneficiario de la cuenta son los siguientes:
15. Disposiciones Aplicables: Para todos los efectos legales, el presente Contrato y demás documentos y formularios relacionados con la apertura de la cuenta forman un solo instrumento, regido por las normas y regulaciones de la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras, y demás disposiciones legales, Ley de protección de los derechos de las personas, consumidores y usuarios, su normativa, Ley de unidad de Análisis Financiero.
16. Si durante el proceso de envío y/o recepción de una transferencia ACH en línea, se produjeran errores por fallas en los sistemas informáticos del Banco Originador, Banco Recibidor o el administrador de la RED ACH, EL CLIENTE de manera expresa e irrevocable autoriza a EL BANCO para que realice la(s) reversión(es), sea de manera conjunta o individual, de los valores erróneamente acreditados y/o debitados. De presentarse el evento aquí referido EL BANCO deberá notificar a EL CLIENTE de tal situación y de las acciones correctivas ejecutadas.
17. Garantía de depósito: Los depósitos de ahorros, a la vista, y a plazos o termino, resguardados en instituciones miembros del Sistema de Garantía de Depósitos, están respaldados por una garantía hasta un monto igual o equivalente al valor xx Xxxx mil dólares de Estados Unidos de América (US$10,000.00), incluyendo principal e intereses devengados hasta la fecha del inicio del proceso de restitución. Esta garantía máxima será aplicada por depositante y por institución Financiera, independientemente del número y saldos de cuentas que este maneje en la entidad. El FOGADE es la entidad responsable de garantizar y restituir la garantía de depósitos, cuando ejecute el proceso de intervención.
18. Reclamos del cliente ante el Banco: El cliente podrá presentar sus reclamos en un período no mayor a (30) treinta días calendarios, contados a partir del momento en que se produce el hecho que genera la reclamación, pasado el período de treinta días el banco no tramitará ningún reclamo.
19. Veracidad de la Información: EL CLIENTE declara que la información proporcionada a EL BANCO en el presente contrato y en el perfil integral del cliente, así como en cualquier otra documentación relacionada con este contrato, es verídica y fidedigna. Asimismo, declara que acepta plenamente todos los términos y condiciones aquí contenidos.
20. Declaración y Reconocimiento de Firma: El CLIENTE hace constar que la firma al pie del presente contrato es la que utiliza para firmar cualquier gestión bancaria, administrativa o judicial y que difiera o no de la reflejada en su documento de identidad, es la que registró ante el Banco de la Producción, S. A. (BANPRO) y se da por entendido y acepta que los documentos refrendados con ella no requerirán de reconocimiento judicial alguno.
En fe de lo cual aceptamos y suscribimos el presente contrato en la ciudad de , el día de del año 20 .
Firma del Cliente Firma Autorizada
Banpro