CONVENIO DE CONFIDENCIALIDAD
CONVENIO DE CONFIDENCIALIDAD
CONVENIO DE CONFIDENCIALIDAD QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, RAZÓN SOCIAL DE LA EMPRESA SOLICITANTE A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ NOMBRE COMERCIAL, REPRESENTADA POR NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL Y POR LA OTRA A CLUSTER AUTOMOTRIZ DE GUANAJUATO A.C., A QUIEN EN LO SUCESIVO SE DESIGNARÁ COMO CLAUGTO, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXX, DE CONFORMIDAD CON LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
DECLARACIONES
I. Declara NOMBRE COMERCIAL SOLICITANTE a través de sus representantes legales, que:
Es una sociedad debidamente constituida de conformidad con la legislación mexicana.
Que se encuentran debidamente facultados para actuar en su representación y obligarla en los términos de éste Convenio, facultades que no le han sido revocadas ni modificadas en forma alguna.
Es su deseo celebrar el presente Xxxxxxxx con CLAUGTO para proteger la Información Confidencial.
II. Declara CLAUGTO a través de su representante, que:
Es una sociedad debidamente constituida de conformidad con legislación mexicana.
XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXX se encuentra debidamente facultado para actuar en su representación y obligarla en los términos de este Convenio, facultades que no le han sido revocadas ni modificadas en forma alguna.
Es su deseo celebrar en presente Xxxxxxxx con el fin de resguardar la confidencialidad de la Información Confidencial.
EN VIRTUD DE LO ANTERIOR, las partes convienen en las siguientes:
PRIMERA. Objeto del CONVENIO. -
El presente Xxxxxxxx tiene por objeto proteger la Información Confidencial. El Receptor no podrá divulgar, copiar o revelar a persona alguna, ni hacer uso inapropiado, de ninguna manera y por ningún medio, en parte o en su totalidad de la Información Confidencial, proporcionada directa o indirectamente por El Emisor, sin el consentimiento previo y por escrito.
Las Partes acuerdan en mantener bajo estricta confidencialidad toda la información que sea divulgada por cualquiera de las Partes, sus subsidiarias, y/o afiliadas a la otra Parte sus subsidiarias y/o afiliadas. Esta información de confidencialidad incluye toda la información que la Parte que recibe la información, haya obtenido con anterioridad, o que en su caso obtenga a la fecha de firma del presente convenio, o en cualquier otro momento y que esté relacionada con el Proyecto.
SEGUNDA. Información CONFIDENCIAL. -
Las partes, reconocen y aceptan que es posible que tengan acceso a cierta información propietaria, que constituye información con carácter de confidencial de la parte que divulga dicha información (en lo sucesivo “Información Confidencial”).
Se entiende por “Información Confidencial” toda la información escrita, oral, sea tangible o intangible, gráfica o contenida en medios escritos, electrónicos o electromagnéticos, cintas, grabaciones, diskettes, o cualquier otro, que se encuentre identificada claramente por La Parte Emisora, como confidencial.
La Información Confidencial incluye, de manera enunciativa más no limitativa: diseños, precios, dibujos, software, datos, prototipos, información técnica, financiera y comercial relativa a nombres de clientes o socios potenciales, propuestas de negocios, estrategias de negocios, estructura organizacional, composición de la sociedad y de la corporación, reportes, planes, proyecciones xx xxxxxxx, datos y cualquier otra información industrial, junto con fórmulas, mecanismos, patrones, métodos, técnicas, procesos de análisis, marcas registradas o no registradas, nombres comerciales, patentes, documentos de trabajo, compilaciones, comparaciones, contratos, convenios, estudios o cualquier otro documento preparado y conservado con carácter confidencial y que son propiedad del Emisor, sus empresas tenedoras, sus afiliadas, filiales, subsidiarias o empresas relacionadas al grupo de inversionistas de cualquiera de la Parte Emisora. El contenido, celebración y entrega de este Convenio, también se considerará parte de la Información Confidencial.
Las partes tomarán las medidas preventivas que sean necesarias para que sus respectivos empleados durante su empleo o una vez que dejen de prestar sus servicios para ellas, no revelen a terceras personas ya sean físicas x xxxxxxx, o usen directa o indirectamente en provecho propio la Información Confidencial objeto del presente convenio, aún cuando dicha información haya sido adquirida, obtenida o desarrollada por ellos mismos o conjuntamente con otras personas, durante el desarrollo del proyecto.
La Información Confidencial proporcionada con anterioridad a esta fecha por la parte que divulgue dicha información recibirá el mismo tratamiento a la firma de este convenio que la que se contenga bajo el presente.
Las partes se obligan a asumir toda responsabilidad sobre el uso que le dé a la Información Confidencial.
TERCERA. Propiedad de la INFORMACIÓN. -
Las Partes reconocen que la Información Confidencial es de la exclusiva propiedad de El Emisor. En ningún caso se entrega la propiedad a la parte que reciba dicha información.
En este sentido, la parte que reciba la información Confidencial reconoce expresamente que la única titular de la propiedad intelectual e industrial (incluyendo de manera enunciativa, más no limitativa, derechos de autor, marcas, nombres comerciales, etc.) es la parte que divulgue, obligándose a no ejercitar, sin la autorización de ésta, acción alguna concerniente al uso, propiedad o divulgación de la mencionada propiedad industrial o intelectual.
CUARTA. Propiedad Industrial e Intelectual.-
No deberá entenderse que por este Convenio se otorga a la parte que reciba la Información Confidencial de manera expresa o implícita, derecho alguno respecto a propiedad intelectual o industrial, incluyendo en forma enunciativa, más no limitativa, licencia de uso respecto de la Información Confidencial.
QUINTA. Copias de la Información Confidencial.-
La parte que reciba dicha información no podrá hacer copias de la Información Confidencial sin el previo consentimiento por escrito de la parte que divulgue la Información Confidencial, salvo las estrictamente indispensables para el desarrollo de sus servicios.
SEXTA. DEVOLUCIÓN DE LA INFORMACIÓN CONFIDENCIAL.-
A la terminación de los trabajos que vienen desarrollando, o bien a solicitud en cualquier momento de la parte que divulgue la información, la Información Confidencial, será destruida o devuelta, independientemente de que la Información Confidencial se haya entregado antes o después de la celebración de este convenio, en el entendido de que dicha destrucción o devolución, se realizará en un plazo no mayor a tres días hábiles, contados a partir de la fecha en que se notifique, entendiéndose que con esto no terminarán las obligaciones de confidencialidad señaladas en este convenio, las cuales permanecerán vigentes hasta cinco (5) años después de la fecha de la terminación del presente convenio.
SÉPTIMA. Ocupación de la información.-
Con una periodicidad mínimo mensual el receptor deberá informar al divulgador del uso, trabajos y resultados que ha obtenido de la Información Confidencial proporcionada. De mismo modo, el divulgador tiene derecho de solicitar al receptor que le presente información detallada de la ocupación de la Información Confidencial por parte del receptor, en cualquier momento durante la vigencia de este convenio.
OCTAVA. EXCEPCIONES.-
Ambas partes convienen en que mantendrán con carácter confidencial la Información Confidencial salvo que:
a) La Información Confidencial haya sido publicada o sea del dominio público, con anterioridad a la fecha en que las partes que suscriben el presente documento se hayan revelado mutuamente la misma.
b) La Información Confidencial haya sido suministrada o hecha del conocimiento de alguna de las partes por terceras personas, distintas de aquellas que trabajen directa o indirectamente por o en representación de cualquiera de las partes y que dichas personas no hubieren tenido restricción alguna para revelar o usar dicha información.
c) La Información Confidencial ya estaba en posesión tanto de CLAUGTO como de NOM COMERCIAL al momento de celebrar este convenio y la misma no fue adquirida directamente y en conexión con los trabajos que viene desarrollando.
NOVENA. PENALIDADES.-
La parte que reciba la Información Confidencial responderá por los daños directamente causados a su contraparte, en virtud de cualquier incumplimiento del presente convenio; independientemente de que se sujetará a lo establecido en el artículo 2110 del Código Civil Federal, y del artículo 210, 211 del Código Penal Federal y demás relativos que sean aplicables.
DÉCIMA. ENCABEZADOS.-
Los encabezados de las distintas cláusulas de este Convenio son solamente para referencia y no modifican, definen o limitan de modo alguno los términos, condiciones o disposiciones que aquí se contiene.
DÉCIMA PRIMERA. Domicilios.-
Todas las notificaciones requeridas o permitidas bajo este Convenio deberán ser entregadas por escrito y de manera indubitable, en los siguientes domicilios. Dichas notificaciones surtirán efectos cuando sean efectivamente recibidas por el destinatario o su representante:
CLAUGTO |
Xxxxxxxxx xxxxxxx xx Xxxxxxxxxx Xxxxx xx 0.0, Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxx 00000 |
NOM COMERCIAL |
Dirección Fiscal |
DÉCIMA SEGUNDA. MODIFICACIONES.-
Ninguna modificación al presente Convenio será válida o tendrá efecto legal alguno a menos que sea por escrito y se encuentre debidamente firmada por representante legal de ambas partes y se especifique la naturaleza de dichas modificaciones o reformas.
DÉCIMA TERCERA. LEGISLACIÓN Y JURISDICCIÓN APLICABLE.-
Este convenio será regido por e interpretado de acuerdo con las leyes de los Estados Unidos Mexicanos. Para todo lo relativo a la interpretación y cumplimiento de las obligaciones derivadas de este convenio, las partes se someten a la jurisdicción y competencia de los tribunales de la ciudad de México, Distrito Federal, renunciando desde este momento a cualquier otro fuero que por razón de domicilio tuvieren o llegaren a adquirir en el futuro.
DECIMA CUARTA. ACUERDO ENTRE LAS PARTES.-
Las partes reconocen que lo estipulado en este convenio constituye el acuerdo total entre ellas y por lo tanto, cualquier acuerdo, declaración o comunicación oral o escrita realizada con anterioridad y no contemplada en este instrumento, carece de valor alguno.
Las Partes declaran que han leído y aceptan íntegramente el contenido de este documento, y que conocen el contenido y alcance del mismo y lo establecido en los ordenamientos legales citados.
DANDO FE, las partes están de acuerdo con el presente Acuerdo y han convenido en que el mismo sea ejecutado de conformidad con la firma en dos tantos del representante autorizado de cada una de las partes abajo indicadas, en la Ciudad xx Xxxxx el INGRESAR FECHA
NOMBRE FISCAL DE LA EMPRESA SOLICITANTE
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NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL