DOCUMENTOS DE LICITACIÓN
DOCUMENTOS DE LICITACIÓN
Emitidos: noviembre 2015
CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE SOPORTE, MANTENIMIENTO Y ACTUALIZACIÓN PARA LAS LICENCIAS DE LA SOLUCIÓN DE SOFTWARE PARA CONTROL DE DISPOSITIVOS MÓVILES, CONTROL DE DATOS CONFIDENCIALES Y ENCRIPTACIÓN DE INFORMACIÓN
“DATA LOSS PREVENTION (DLP)” MARCA MCAFEE, POR EL TÉRMINO DE UN (1) AÑO, COMPRENDIDO DEL 1 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2016
LICITACIÓN PÚBLICA No: 27/2015 Comprador: BANCO CENTRAL DE HONDURAS (BCH)
ÍNDICE GENERAL
PARTE 1 PROCEDIMIENTOS DE LICITACIÓN | 3 |
Sección I. Instrucciones a los Oferentes | 4 |
Sección II. Datos de la Licitación (DDL) | 24 |
Sección III. Criterios de Evaluación y Calificación | 39 |
Sección IV. Formularios de la Oferta | 45 |
Sección V. Países Elegibles | 57 |
PARTE 2- REQUISITOS DE LOS BIENES Y SERVICIOS | 58 |
Sección VI. Lista de Requisitos | 59 |
PARTE 3 – CONTRATO | 65 |
Sección VII. Condiciones Generales del Contrato | 66 |
Sección VIII. Condiciones Especiales del Contrato | 83 |
Sección IX. Formularios del Contrato | 88 |
Aviso de Licitación | 100 |
PARTE 1 –Procedimientos de Licitación
Sección I. Instrucciones a los Oferentes
Índice de Cláusulas
A. Generalidades | 7 |
1. Alcance de la licitación | 7 |
2. Fuente de fondos | 7 |
3. Fraude y corrupción | 7 |
4. Oferentes elegibles | 7 |
5. Elegibilidad de los bienes y servicios conexos | 9 |
B. Contenido de los documentos de licitación | 9 |
6. Secciones de los documentos de licitación | 9 |
7. Aclaración de los documentos de licitación | 10 |
8. Enmienda a los documentos de licitación | 10 |
C. Preparación de las ofertas | 10 |
9. Costo de la oferta | 10 |
10. Idioma de la oferta | 11 |
11. Documentos que compone la oferta | 11 |
12. Formulario de oferta y lista de precios | 11 |
13. Ofertas alternativas | 11 |
14. Precios de la oferta y descuento | 12 |
15. Moneda de la oferta | 13 |
16. Documentos que establecen la elegibilidad del oferente | 13 |
17. Documentos que establecen la elegibilidad de los bienes y servicios conexos | 13 |
18. Documentos que establecen la conformidad de los bienes y servicios conexos | 13 |
19. Documentos que establecen las calificaciones del oferente | 14 |
20. Período de validez de las ofertas | 14 |
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21. Garantía de mantenimiento de la oferta | 14 |
22. Formato y firma de la oferta | 16 |
D. Presentación y apertura de las ofertas | 16 |
23. Presentación, sello e identificación de las ofertas | 16 |
24. Plazo para presentar las ofertas | 17 |
25. Ofertas tardías | 17 |
26. Retiro, sustitución y modificación de las ofertas | 17 |
27. Apertura de las ofertas | 17 |
E. Evaluación y comparación de las ofertas | 18 |
28. Confidencialidad | 18 |
29. Aclaración de las ofertas | 18 |
30. Cumplimiento de las ofertas | 19 |
31. Diferencia, errores y omisiones | 19 |
32. Examen preliminar de las ofertas | 20 |
33. Examen de los términos y condiciones; evaluación técnica | 20 |
34. Conversión a una sola moneda | 20 |
35. Preferencia nacional | 21 |
36. Evaluación de las ofertas | 21 |
37. Comparación de las ofertas | 22 |
38. Poscalificación del oferente | 22 |
39. Derecho de comprador a aceptar cualquier oferta y a rechazar cualquiera o todas las ofertas | 22 |
F. Adjudicación del contrato | 22 |
40. Criterios de adjudicación | 22 |
41. Derecho del comprador a variar las cantidades en el momento de la adjudicación | 22 |
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42. Notificación de adjudicación del contrato | 23 |
43. Firma del contrato | 23 |
44. Garantía de cumplimiento del contrato | 23 |
Sección I. Instrucciones a los Oferentes
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A. Generalidades | ||
1. Alcance de la licitación | 1.1 | El comprador indicado en los Datos de la Licitación (DDL) emite estos documentos de licitación para la adquisición de los bienes y servicios conexos especificados en Sección VI, Lista de Requisitos. El nombre y número de identificación de esta Licitación Pública Nacional para adquisición de bienes están especificados en los DDL. El nombre, identificación y número de lotes están indicados en los DDL. |
1.2 | Para todos los efectos de estos documentos de licitación: a) El término “por escrito” significa comunicación en forma escrita (por ejemplo por correo electrónico, facsímile, telex) con prueba de recibido; b) Si el contexto así lo requiere, “singular” significa “plural” y viceversa; y c) “Día” significa día calendario. | |
2. Fuente de fondos | 2.1 | La contratación a que se refiere ésta licitación se financiará exclusiva y totalmente con recursos nacionales hondureños. |
3. Fraude y corrupción | 3.1 | El Estado de Honduras exige a todos los organismos ejecutores y organismos contratantes, al igual que a todas las firmas, entidades o personas oferentes por participar o participando en procedimientos de contratación, incluyendo, entre otros, solicitantes, oferentes, contratistas, consultores y concesionarios (incluyendo sus respectivos funcionarios, empleados y representantes), observar los más altos niveles éticos durante el proceso de selección y las negociaciones o la ejecución de un contrato. Los actos de fraude y corrupción están prohibidos. |
3.2 | Si se comprobare que ha habido entendimiento malicioso entre dos o más oferentes, las respectivas ofertas no serán consideradas, sin perjuicio de la responsabilidad legal en que éstos hubieren incurrido. | |
3.3 | Los actos de fraude y corrupción son sancionados por la Ley de Contratación del Estado, sin perjuicio de la responsabilidad en que se pudiera incurrir conforme al Código Penal. | |
4. Oferentes elegibles | 4.1 | Podrán participar en ésta licitación todas las empresas que teniendo plena capacidad de ejercicio, no se hallen comprendidas en alguna de las circunstancias siguientes: a) Haber sido condenados mediante sentencia firme por delitos contra la propiedad, delitos contra la fe pública, cohecho, enriquecimiento ilícito, negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas, malversación de caudales públicos o contrabando y defraudación fiscal, mientras subsista la condena. Esta prohibición también es aplicable a las sociedades mercantiles u otras personas jurídicas cuyos administradores o representantes se encuentran en situaciones similares por actuaciones |
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a nombre o en beneficio de las mismas; b) Haber sido declarado en quiebra o en concurso de acreedores, mientras no fueren rehabilitados; c) Ser funcionarios o empleados, con o sin remuneración, al servicio de los Poderes del Estado o de cualquier institución descentralizada, municipalidad u organismo que se financie con fondos públicos, sin perjuicio de lo previsto en el Artículo 258 de la Constitución de la República; d) Haber dado lugar, por causa de la que hubiere sido declarado culpable, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración o a la suspensión temporal en el Registro de Proveedores y Contratistas en tanto dure la sanción. En el primer caso, la prohibición de contratar tendrá una duración de dos (2) años, excepto en aquellos casos en que haya sido objeto de resolución en sus contratos en dos ocasiones, en cuyo caso la prohibición de contratar será definitiva; e) Ser cónyuge, persona vinculada por unión de hecho o parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad de cualquiera de los funcionarios o empleados bajo cuya responsabilidad esté la precalificación de las empresas, la evaluación de las propuestas, la adjudicación o la firma del contrato; f) Tratarse de sociedades mercantiles en cuyo capital social participen funcionarios o empleados públicos que tuvieren influencia por razón de sus cargos o participaren directa o indirectamente en cualquier etapa de los procedimientos de selección de contratistas. Esta prohibición se aplica también en las compañías que cuenten con socios que sean cónyuges, personas vinculadas por unión de hecho o parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad de los funcionarios o empleados a que se refiere el literal anterior, o aquellas en las que desempeñen puestos de dirección o de representación, personas con esos mismos grados de relación o de parentesco; g) Haber intervenido directamente o como asesores en cualquier etapa de los procedimientos de contratación o haber participado en la preparación de las especificaciones, planos, diseños o términos de referencia, excepto en actividades de supervisión de construcción; y, h) Estar suspendido del Registro de Proveedores y Contratistas o tener vigente sanción de suspensión para participar en procedimientos de contratación administrativa. | |
4.2 | Las ofertas presentadas por un consorcio constituido por dos o más empresas a menos que se indique otra cosa en los DDL, deberán cumplir con los requisitos siguientes: a) La oferta deberá ser firmada de manera que constituya una obligación legal para todos los socios; |
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b) Todos los socios serán responsables mancomunada y solidariamente por el cumplimiento del contrato de acuerdo con las condiciones del mismo; c) Uno de los socios deberá ser designado como representante y autorizado para contraer responsabilidades y recibir instrucciones por y en nombre de cualquier o todos los miembros del consorcio; d) La ejecución de la totalidad del contrato, incluyendo los pagos, se harán exclusivamente con el socio designado; e) Con la oferta se deberá presentar el Acuerdo de Consorcio firmado por todas las partes. | ||
4.3 | Los oferentes deberán proporcionar al contratante, evidencia satisfactoria de su continua elegibilidad, en los términos de la Cláusula 13.1 de las IAO, cuando el contratante razonablemente la solicite. | |
5. Elegibilidad de los bienes y servicios conexos | 5.1 | Todos los bienes y servicios conexos que hayan de suministrarse de conformidad con el contrato pueden tener su origen en cualquier país. |
B. Contenido de los Documentos de Licitación | ||
6. Secciones de los documentos de licitación | 6.1 | Los documentos de licitación están compuestos por las partes 1, 2, y 3 incluidas sus respectivas secciones que a continuación se indican y deben ser leídas en conjunto con cualquier enmienda emitida en virtud de la Cláusula 8 de las IAO. |
PARTE 1 –Procedimientos de Licitación | ||
Sección I. Instrucciones a los Oferentes (IAO) | ||
Sección II. Datos de la Licitación (DDL) | ||
Sección III. Criterios de Evaluación y Calificación | ||
Sección IV. Formularios de la Oferta | ||
Sección V. Países Elegibles | ||
PARTE 2 –Requisitos de los Bienes y Servicios | ||
Sección VI. Lista de Requerimientos | ||
PARTE 3 –Contrato | ||
Sección VII. Condiciones Generales del Contrato (CGC) | ||
Sección VIII. Condiciones Especiales del Contrato (CEC) | ||
Sección IX. Formularios del Contrato. | ||
6.2 | El llamado a licitación emitido por el comprador no forma parte de los documentos de licitación. |
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6.3 | El comprador no se responsabiliza por la integridad de los documentos de licitación y sus enmiendas, de no haber sido obtenidos directamente del comprador. | |
6.4 | Es responsabilidad del oferente examinar todas las instrucciones, formularios, términos y especificaciones de los documentos de licitación. La presentación incompleta de la información o documentación requerida en los documentos de licitación puede constituir causal de rechazo de la oferta. | |
7. Aclaración de los documentos de licitación | 7.1 | Todo aquel que haya obtenido de manera oficial los documentos de licitación que requiera alguna aclaración sobre los mismos, deberá comunicarse con el comprador por escrito a la dirección que se suministra en los DDL. El comprador responderá por escrito a todas las solicitudes de aclaración, siempre que dichas solicitudes las reciba por lo menos quince (15) días antes de la fecha límite para la presentación de ofertas. El comprador enviará copia de las respuestas, incluyendo una descripción de las consultas realizadas, sin identificar su fuente, a todos los que hubiesen adquirido los documentos de licitación directamente del comprador. |
7.2 | Las respuestas a solicitudes de aclaración se publicarán además en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras”, (xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.xx). | |
7.3 | Si como resultado de las aclaraciones el comprador considera necesario enmendar los documentos de licitación, deberá hacerlo siguiendo el procedimiento indicado en la Cláusula 8 y Subcláusula 24.2, de las IAO. | |
8. Enmienda a los documentos de licitación | 8.1 | El comprador podrá en cualquier momento, antes del vencimiento del plazo para presentación de ofertas, enmendar los documentos de licitación mediante la emisión de una enmienda. |
8.2 | Toda enmienda emitida formará parte integral de los documentos de licitación y deberá ser comunicada por escrito a todos los que hayan obtenido los documentos de licitación directamente del comprador. | |
8.3 | Las enmiendas a documentos de licitación se publicarán además en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras”, (xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.xx). | |
8.4 | El comprador podrá, a su discreción, prorrogar el plazo de presentación de ofertas a fin de dar a los posibles oferentes un plazo razonable para que puedan tomar en cuenta las enmiendas en la preparación de sus ofertas, de conformidad con la Subcláusula 24.2 de las IAO. | |
C. Preparación de las Ofertas | ||
9. Costo de la oferta | 9.1 | El oferente financiará todos los costos relacionados con la preparación y presentación de su oferta y el comprador no estará sujeto ni será responsable en ningún caso por dichos costos independientemente de la modalidad o del resultado del proceso de licitación. |
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10. Idioma de la oferta | 10.1 | La oferta, así como toda la correspondencia y documentos relativos a la oferta intercambiados entre el oferente y el comprador deberán ser escritos en español. Los documentos de soporte y material impreso que formen parte de la oferta, pueden estar en otro idioma con la condición de que los apartes pertinentes estén acompañados de una traducción fidedigna al español. Para efectos de interpretación de la oferta, dicha traducción prevalecerá. |
11. Documentos que componen la oferta | 11.1 | La oferta estará compuesta por los siguientes documentos: (a) Formulario de Oferta y Lista de Precios, de conformidad con las cláusulas 12, 14 y 15 de las IAO; (b) Garantía de Mantenimiento de la Oferta, de conformidad con la Cláusula 21 de las IAO o la Declaración de Mantenimiento de la Oferta, si de conformidad con la Cláusula 21 de las IAO así se requiere; (c) Confirmación escrita que autorice al signatario de la oferta a comprometer al oferente, de conformidad con la Cláusula 22 de las IAO; (d) Evidencia documentada, de conformidad con la Cláusula 16 de las IAO, que establezca que el oferente es elegible para presentar una oferta; (e) Evidencia documentada, de conformidad con la Cláusula 17 de las IAO, que certifique que los bienes y servicios conexos que proporcionará el oferente son de origen elegible; (f) Evidencia documentada, de conformidad con las cláusulas 18 y 30 de las IAO, que establezca que los bienes y servicios conexos se ajustan sustancialmente a los documentos de licitación; (g) Evidencia documentada, de conformidad con la Cláusula 19 de las IAO, que establezca que el oferente está calificado para ejecutar el contrato en caso que su oferta sea aceptada; y (h) Cualquier otro documento requerido en los DDL. |
12. Formulario de Oferta y Lista de Precios | 12.1 | El oferente presentará el Formulario de Oferta utilizando el formulario suministrado en la Sección IV, Formularios de la Oferta. Este formulario deberá ser debidamente llenado sin alterar su forma y no se aceptarán sustitutos. Todos los espacios en blanco deberán ser llenados con la información solicitada. |
12.2 | El oferente presentará la lista de precios de los bienes y servicios conexos, según corresponda a su origen y utilizando los formularios suministrados en la Sección IV, Formularios de la Oferta. | |
13. Ofertas alternativas | 13.1 | A menos que se indique lo contrario en los DDL, no se considerarán ofertas alternativas. |
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14. Precios de la oferta y descuentos | 14.1 | Los precios y descuentos cotizados por el oferente en el Formulario de Presentación de la Oferta y en la lista de precios deberán ajustarse a los requerimientos que se indican a continuación. |
14.2 | Todos los lotes y artículos deberán enumerarse y cotizarse por separado en el Formulario de Lista de Precios. Si una lista de precios detalla artículos pero no los cotiza, se asumirá que los precios están incluidos en los precios de otros artículos. Asimismo, cuando algún lote o artículo no aparezca en la lista de precios se asumirá que no está incluido en la oferta y de considerarse que la oferta cumple sustancialmente, se aplicarán los ajustes correspondientes, de conformidad con la Cláusula 31 de las IAO. El precio cotizado en el Formulario de Presentación de la Oferta deberá ser el precio total de la oferta, excluyendo cualquier descuento que se ofrezca. | |
14.3 | ||
14.4 | El oferente cotizará cualquier descuento incondicional e indicará su método de aplicación en el Formulario de Presentación de la Oferta. | |
14.5 | Las expresiones DDP, DPA y otros términos afines, se regirán por las normas prescritas en la edición vigente de Incoterms publicada por la Cámara de Comercio Internacional (xxx.xxxxxx.xxx), según se indique en los DDL. Los precios deberán cotizarse como se indica en cada Formulario de Lista de Precios incluidos en la Sección IV, Formularios de la Oferta. El desglose de los componentes de los precios se requiere con el único propósito de facilitar al comprador la comparación de las ofertas. Esto no limitará de ninguna manera el derecho del comprador para contratar bajo cualquiera de los términos ofrecidos. Al cotizar los precios, el oferente podrá incluir costos de transporte cotizados por empresas transportadoras registradas en cualquier país elegible, de conformidad con la Sección V, Países Elegibles. Asimismo, el oferente podrá adquirir servicios de seguros de cualquier país elegible de conformidad con la Sección V, Países Elegibles. Los precios deberán registrarse de la manera siguiente: (i) El precio de los bienes cotizados entregados en el lugar de destino convenido en Honduras especificado en los DDL, incluyendo todos los derechos de aduana y los impuestos a la venta o de otro tipo ya pagados o por pagar sobre los componentes y materia prima utilizada en la fabricación o ensamblaje de los bienes; (ii) Todo impuesto a las ventas u otro tipo de impuesto que Honduras obligue a pagar sobre los bienes en caso de ser adjudicado el contrato al oferente. | |
14.6 | Los precios cotizados por el oferente serán fijos durante la ejecución del contrato y no estarán sujetos a ninguna variación por ningún motivo, salvo indicación contraria en los DDL. Una oferta presentada con precios ajustables no responde a lo solicitado y en consecuencia, será rechazada de conformidad con la Cláusula 30 de las IAO. Sin embargo, si de acuerdo con lo indicado en los DDL, los precios cotizados por el oferente pueden ser ajustables durante la ejecución del contrato, las ofertas que coticen precios fijos no serán rechazadas y el ajuste de los precios se considerará igual a cero. |
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14.7 | Si así se indica en la Subcláusula 1.1 de las IAO, el Llamado a Licitación será por ofertas para contratos individuales (lotes) o para combinación de contratos (grupos). A menos que se indique lo contrario en los DDL, los precios cotizados deberán corresponder al 100% de los artículos indicados en cada lote y al 100% de las cantidades indicadas para cada artículo de un lote. Los oferentes que deseen ofrecer reducción de precios (descuentos) por la adjudicación de más de un contrato deberán indicar en su oferta los descuentos aplicables de conformidad con la Subclaúsula 14.4 de las IAO, siempre y cuando las ofertas por todos los lotes sean presentadas y abiertas al mismo tiempo. | |
15. Moneda de la oferta | 15.1 | El oferente cotizará en lempiras salvo que en los DDL se indique que los oferentes podrán expresar el precio de su oferta en cualquier moneda plenamente convertible. En tal caso, los oferentes que deseen que se les pague en varias monedas, deberán cotizar su oferta en esas monedas pero no podrán emplear más de tres monedas además del lempira. |
16. Documentos que establecen la elegibilidad del oferente | 16.1 | Para establecer su elegibilidad, de conformidad con la Cláusula 4 de las IAO, los oferentes deberán completar el Formulario de Oferta, incluido en la Sección IV, Formularios de la Oferta. |
17. Documentos que establecen la elegibilidad de los bienes y servicios conexos | 17.1 | No se requiere presentar documentos para establecer elegibilidad de los bienes y servicios. |
18. Documentos que establecen la conformidad de los bienes y servicios conexos | 18.1 | Con el fin de establecer la conformidad de los bienes y servicios conexos, los oferentes deberán proporcionar como parte de la oferta evidencia documentada acreditando que los bienes cumplen con las especificaciones técnicas y los estándares especificados en la Sección VI, Lista de Requerimientos. |
18.2 | La evidencia documentada puede ser en forma de literatura impresa, planos o datos y deberá incluir una descripción detallada de las características esenciales técnicas y de funcionamiento de cada artículo demostrando conformidad sustancial de los bienes y servicios conexos con las especificaciones técnicas. De ser procedente el oferente incluirá una declaración de variaciones y excepciones a las provisiones en los requisitos de los bienes y servicios. | |
18.3 | Los oferentes también deberán proporcionar una lista detallada que incluya disponibilidad y precios actuales de repuestos, herramientas especiales, etc. necesarias para el adecuado y continuo funcionamiento de los bienes durante el período indicado en los DDL, a partir del inicio de la utilización de los bienes por el comprador. | |
18.4 | Las normas de fabricación, procesamiento, material y equipo, así como las referencias a marcas o números de catálogos que haya incluido el comprador en los requisitos de los bienes y servicios, son solamente descriptivas y no restrictivas. Los oferentes pueden ofrecer otras normas de calidad, marcas, y/o |
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números de catálogos, siempre y cuando demuestren a satisfacción del comprador que las sustituciones son sustancialmente equivalentes o superiores a las especificadas en los requisitos de los bienes y servicios. | ||
19. Documentos que establecen las calificaciones del oferente | 19.1 | La evidencia documentada de las calificaciones del oferente para ejecutar el contrato si su oferta es aceptada, deberá establecer a completa satisfacción del comprador: (a) Que, si se requiere en los DDL, el oferente que no fabrique o produzca los bienes a ser suministrados en Honduras, deberá presentar una autorización del fabricante mediante el formulario incluido en la Sección IV, Formularios de la Oferta; (b) Que, si se requiere en los DDL, en el caso de un oferente que no está establecido comercialmente en Honduras, el oferente está o estará (si se le adjudica el contrato) representado por un agente en Honduras equipado y con capacidad para cumplir con las obligaciones de mantenimiento, reparaciones y almacenamiento de repuestos, estipuladas en las condiciones del contrato y/o las especificaciones técnicas; (c) Que el oferente cumple con cada uno de los criterios de calificación estipulados en la Sección III, Criterios de Evaluación y Calificación. |
20. Período de validez de las ofertas | 20.1 | Las ofertas se deberán mantener válidas por el período determinado en los DDL a partir de la fecha límite para la presentación de ofertas establecida por el comprador. Toda oferta con un período de validez menor será rechazada por el comprador por incumplimiento. |
20.2 | En circunstancias excepcionales y antes de que expire el período de validez de la oferta, el comprador podrá solicitarle a los oferentes que extiendan el período de la validez de sus ofertas. Las solicitudes y las respuestas serán por escrito. La garantía de mantenimiento de la oferta también deberá prorrogarse por el período correspondiente. Un oferente puede rehusar a tal solicitud sin que se le haga efectiva su garantía de mantenimiento de la oferta. A los oferentes que acepten la solicitud de prórroga no se les pedirá ni permitirá que modifiquen sus ofertas, con excepción de lo dispuesto en la Subcláusula 20.3 de las IAO. | |
20.3 | En el caso de contratos por precio fijo, si la adjudicación se retrasase por un período mayor a cincuenta y seis (56) días a partir del vencimiento del plazo inicial de validez de la oferta, el precio del contrato será ajustado mediante la aplicación de un factor que será especificado en la solicitud de prórroga. La evaluación de la oferta deberá basarse en el precio cotizado sin tomar en cuenta el ajuste mencionado. | |
21. Garantía de mantenimiento de la oferta | 21.1 | El oferente deberá presentar como parte de su oferta, una garantía de mantenimiento de la oferta, en la forma estipulada en los DDL. |
21.2 | La garantía de mantenimiento de la oferta será por la suma estipulada en los DDL y denominada en lempiras. En caso de que la oferta se presente en varias monedas, a los fines del cálculo de la garantía de mantenimiento de la oferta, éstas se convertirán en lempiras a la tasa de cambio aplicable según la |
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Cláusula 34.1 de las IAO. | |
21.3 | La garantía de mantenimiento de la oferta deberá: (a) Ser presentada en original (no se aceptarán copias); (b) Permanecer válida por un período que expire treinta (30) días después de la fecha límite de la validez de las ofertas, o del período prorrogado, si corresponde, de conformidad con la Cláusula 16.2 de las IAO; |
21.4 | La garantía de mantenimiento de la oferta emitida por un banco o una aseguradora deberá: (a) Ser emitida por una institución que opere en Honduras, autorizada por la Comisión Nacional de Bancos y Seguros; (b) Estar sustancialmente de acuerdo con uno de los formularios de garantía de mantenimiento de la oferta incluidos en la Sección X, Formularios de Garantía u otro formulario aprobado por el comprador con anterioridad a la presentación de la oferta; |
(c) Ser pagadera con prontitud ante solicitud escrita del comprador en caso de tener que invocar las condiciones detalladas en la Cláusula 17.5 de las IAO. | |
21.5 | Todas las ofertas que no estén acompañadas por una garantía de mantenimiento de la oferta que sustancialmente responda a lo requerido en la cláusula mencionada, serán rechazadas por el comprador por incumplimiento. |
21.6 | Las garantías de mantenimiento de oferta de los oferentes cuyas ofertas no fueron seleccionadas serán devueltas inmediatamente después de que el oferente seleccionado suministre su garantía de cumplimiento. |
21.7 | La garantía de mantenimiento de la oferta se podrá hacer efectiva si: (a) El oferente retira su oferta durante el período de validez de la oferta especificado por el oferente en la oferta, salvo lo estipulado en la Subcláusula 16.2 de las IAO; o (b) El oferente seleccionado no acepta las correcciones al precio de su oferta, de conformidad con la Subcláusula 28 de las IAO; (c) Si el oferente seleccionado no cumple dentro del plazo estipulado con: i. Firmar el contrato; o ii. Suministrar la garantía de cumplimiento solicitada. |
21.8 | La garantía de mantenimiento de la oferta de un consorcio deberá ser emitida en nombre del consorcio que presenta la oferta. |
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22. Formato y firma de la oferta | 22.1 | El oferente preparará un original de los documentos que comprenden la oferta según se describen en la Cláusula 11 de las IAO y lo marcará claramente como “ORIGINAL”. Además, el oferente deberá presentar el número de copias de la oferta que se indica en los DDL y marcar claramente cada ejemplar como “COPIA”. En caso de discrepancia, el texto del original prevalecerá sobre el de las copias. |
22.2 | El original y todas las copias de la oferta deberán ser mecanografiadas o escritas con tinta indeleble y deberán estar firmadas por la persona debidamente autorizada para firmar en nombre del oferente. | |
22.3 | Los textos entre líneas, tachaduras o palabras superpuestas serán válidos solamente si llevan la firma o las iniciales de la persona que firma la oferta. | |
D. Presentación y Apertura de las Ofertas | ||
23. Presentación, sello e identificación de las ofertas | 23.1 | Los oferentes siempre podrán enviar sus ofertas por correo o entregarlas personalmente. Los oferentes tendrán la opción de presentar sus ofertas electrónicamente cuando así se indique en los DDL. (a) Los oferentes que presenten sus ofertas por correo o las entreguen personalmente incluirán el original y cada copia de la oferta, inclusive ofertas alternativas si fueran permitidas en virtud de la Cláusula 13 de las IAO, en sobres separados, cerrados en la forma inviolable y debidamente identificados como “ORIGINAL” y “COPIA”. Los sobres conteniendo el original y las copias serán incluidos a su vez en un solo sobre. El resto del procedimiento será de acuerdo con las subcláusulas 23.2 y 23.3 de las IAO; (b) Los oferentes que presenten sus ofertas electrónicamente seguirán los procedimientos indicados en los DDL para la presentación de dichas ofertas. |
23.2 | Los sobres interiores y el sobre exterior deberán: (a) Llevar el nombre y la dirección del oferente; (b) Estar dirigidos al comprador y llevar la dirección que se indica en la Subcláusula 24.1 de las IAO; (c) Llevar la identificación específica de este proceso de licitación indicando en la Cláusula 1.1 de las IAO y cualquier otra identificación que se indique en los DDL; y (d) Llevar una advertencia de no abrir antes de la hora y fecha de apertura de ofertas, especificadas de conformidad con la Subcláusula 27.1 de las IAO. Si los sobres no están sellados e identificados como se requiere, el comprador no se responsabilizará en caso de que la oferta se extravíe o sea abierta prematuramente. |
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24. Plazo para presentar las ofertas | 24.1 | Las ofertas deberán ser recibidas por el comprador en la dirección y no más tarde que la fecha y hora que se indica en los DDL. |
24.2 | El comprador podrá a su discreción, extender el plazo para la presentación de ofertas mediante una enmienda a los documentos de licitación, de conformidad con la Cláusula 8 de las IAO. En este caso todos los derechos y obligaciones del comprador y de los oferentes previamente sujetos a la fecha límite original para presentar las ofertas, quedarán sujetos a la nueva fecha prorrogada. | |
25. Ofertas tardías | 25.1 | El comprador no considerará ninguna oferta que llegue con posterioridad al plazo límite para la presentación de ofertas, en virtud de la Cláusula 24 de las IAO. Toda oferta que reciba el comprador después del plazo límite para la presentación de las ofertas será declarada tardía y será rechazada y devuelta al oferente remitente sin abrir. |
26. Retiro, sustitución y modificación de las ofertas | 26.1 | Un oferente podrá retirar, sustituir o modificar su oferta después de presentada mediante el envío de una comunicación por escrito, de conformidad con la Cláusula 23 de las IAO, debidamente firmada por un representante autorizado, y deberá incluir una copia de dicha autorización de acuerdo a lo estipulado en la Subcláusula 22.2 (con excepción de la comunicación de retiro que no requiere copias). La sustitución o modificación correspondiente de la oferta deberá acompañar dicha comunicación por escrito. Todas las comunicaciones deberán ser: (a) Presentadas de conformidad con las cláusulas 22 y 23 de las IAO (con excepción de la comunicación de retiro que no requiere copias) y los respectivos sobres deberán estar claramente marcados “RETIRO”, “SUSTITUCIÓN” o “MODIFICACIÓN”; (b) Recibidas por el comprador antes del plazo límite establecido para la presentación de las ofertas, de conformidad con la Cláusula 24 de las IAO. |
26.2 | Las ofertas cuyo retiro solicitado de conformidad con la Subcláusula 26.1 de las IAO serán devueltas sin abrir a los oferentes remitentes. | |
26.3 | Ninguna oferta podrá ser retirada, sustituida o modificada durante el intervalo comprendido entre la fecha límite para presentar ofertas y la expiración del período de validez de las ofertas indicado por el oferente en el Formulario de Oferta, o cualquier extensión si las hubiese. | |
27. Apertura de las ofertas | 27.1 | El comprador llevará a cabo el acto de apertura de las ofertas en público en la dirección, fecha y hora establecidas en los DDL. El procedimiento para apertura de ofertas presentadas electrónicamente si fueron permitidas, es el indicado en la Cláusula 23.1 de las IAO. |
27.2 | Primero se abrirán los sobres marcados como “RETIRO” y se leerán en voz alta y el sobre con la oferta correspondiente no será abierto sino devuelto al oferente remitente. No se permitirá el retiro de ninguna oferta, a menos que la comunicación de retiro pertinente contenga la autorización válida para solicitar el retiro y sea leída en voz alta en el acto de apertura de las ofertas. |
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Seguidamente, se abrirán los sobres marcados como “SUSTITUCIÓN”, se leerán en voz alta y se intercambiará con la oferta correspondiente que está siendo sustituida; la oferta sustituida no se abrirá y se devolverá al oferente remitente. No se permitirá ninguna sustitución a menos que la comunicación de sustitución correspondiente contenga una autorización válida para solicitar la sustitución y sea leída en voz alta en el acto de apertura de las ofertas. Los sobres marcados como “MODIFICACIÓN” se abrirán y leerán en voz alta con la oferta correspondiente. No se permitirá ninguna modificación a las ofertas a menos que la comunicación de modificación correspondiente contenga la autorización válida para solicitar la modificación y sea leída en voz alta en el acto de apertura de las ofertas. Solamente se considerarán en la evaluación los sobres que se abren y leen en voz alta durante el acto de apertura de las ofertas. | ||
27.3 | Todos los demás sobres se abrirán de uno en uno, leyendo en voz alta: el nombre del oferente y si contiene modificaciones; los precios de la oferta, incluyendo cualquier descuento u ofertas alternativas; la existencia de la garantía de mantenimiento de la oferta; y cualquier otro detalle que el comprador considere pertinente. Solamente los descuentos y ofertas alternativas leídas en voz alta se considerarán en la evaluación. Ninguna oferta será rechazada durante el acto de apertura, excepto las ofertas tardías, de conformidad con la Subcláusula 25.1 de las IAO. | |
27.4 | El comprador preparará un acta del acto de apertura de las ofertas que incluirá como mínimo: el nombre del oferente y si hay retiro, sustitución o modificación; el precio de la oferta, por lote si corresponde, incluyendo cualquier descuento y ofertas alternativas si estaban permitidas; y la existencia o no de la garantía de mantenimiento de la oferta. Se solicitará a los representantes de los oferentes presentes que firmen la hoja de asistencia. Una copia del acta será distribuida a los oferentes que presentaron sus ofertas a tiempo y será publicado en línea si fue permitido ofertar electrónicamente. | |
E. Evaluación y Comparación de las Ofertas | ||
28. Confidencialidad | 28.1 | No se divulgará a los oferentes ni a ninguna persona que no esté oficialmente involucrada con el proceso de la licitación, información relacionada con la revisión, evaluación, comparación y poscalificación de las ofertas, ni sobre la recomendación de adjudicación del contrato, hasta que se haya publicado la adjudicación del contrato. |
28.2 | Cualquier intento por parte de un oferente para influenciar al comprador en la revisión, evaluación, comparación y poscalificación de las ofertas o en la adjudicación del contrato, podrá resultar en el rechazo de su oferta. | |
28.3 | No obstante lo dispuesto en la Subcláusula 28.2 de las IAO, si durante el plazo transcurrido entre el acto de apertura y la fecha de adjudicación del contrato, un oferente desea comunicarse con el comprador sobre cualquier asunto relacionado con el proceso de la licitación, deberá hacerlo por escrito. | |
29. Aclaración de las ofertas | 29.1 | Para facilitar el proceso de revisión, evaluación, comparación y poscalificación de las ofertas, el comprador podrá, a su discreción, solicitar a cualquier oferente |
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aclaraciones sobre su oferta. No se considerarán aclaraciones a una oferta presentadas por oferentes, cuando no sean en respuesta a una solicitud del comprador. La solicitud de aclaración por el comprador y la respuesta deberán ser hechas por escrito. No se solicitará, ofrecerá o permitirá cambios en los precios o a la esencia de la oferta, excepto para confirmar correcciones de errores aritméticos descubiertos por el comprador en la evaluación de las ofertas, de conformidad con la Cláusula 31 de las IAO. | ||
30. Cumplimiento de las ofertas | 30.1 | Para determinar si la oferta se ajusta sustancialmente a los documentos de licitación, el comprador se basará en el contenido de la propia oferta. |
30.2 | Una oferta que se ajusta sustancialmente a los documentos de licitación es la que satisface todos los términos, condiciones y especificaciones estipuladas en dichos documentos sin desviaciones, reservas u omisiones significativas. Una desviación, reserva u omisión significativa es aquella que: (a) Afecta de una manera sustancial el alcance, la calidad o el funcionamiento de los bienes y servicios conexos especificaciones en el contrato; o (b) Limita de una manera sustancial, contraria a los documentos de licitación, los derechos del comprador o las obligaciones del oferente en virtud del contrato; o (c) De rectificarse, afectaría injustamente la posición competitiva de los otros oferentes que presentan ofertas que se ajustan sustancialmente a los documentos de licitación. | |
30.3 | Si una oferta no se ajusta sustancialmente a los documentos de licitación, deberá ser rechazada por el comprador y el oferente no podrá ajustarla posteriormente mediante correcciones de las desviaciones, reservas u omisiones significativas. | |
31. Diferencias, errores y omisiones | 31.1 | Si una oferta se ajusta sustancialmente a los documentos de licitación, el comprador podrá dispensar alguna diferencia u omisión cuando ésta no constituya una desviación significativa. |
31.2 | Cuando una oferta se ajuste sustancialmente a los documentos de licitación, el comprador podrá solicitarle al oferente que presente dentro de un plazo razonable, información o documentación necesaria para rectificar diferencias u omisiones relacionadas con requisitos no significativos de documentación. Dichas omisiones no podrán estar relacionadas con ningún aspecto del precio de la oferta. Si el oferente no cumple con la petición, su oferta podrá ser rechazada. | |
31.3 | A condición de que la oferta cumpla sustancialmente con los documentos de licitación, el comprador corregirá errores aritméticos de la siguiente manera: (a) Si hay una discrepancia entre un precio unitario y el precio total obtenido al multiplicar ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido, a menos que hubiere un error obvio en la colocación del punto decimal, entonces el |
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precio total cotizado prevalecerá y se corregirá el precio total cotizado prevalecerá y se corregirá el precio unitario; (b) Si hay un error en un total que corresponde a la suma o resta de subtotales, los subtotales prevalecerán y se corregirá el total; (c) Si hay una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras a menos que la cantidad expresada en palabras corresponda a un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades en cifras de conformidad con los párrafos (a) y (b) mencionados. | ||
31.4 | Si el oferente que presentó la oferta evaluada como la más baja no acepta la corrección de los errores, su oferta será rechazada. | |
32. Examen preliminar de las ofertas | 32.1 | El comprador examinará todas las ofertas para confirmar que todos los documentos y la documentación técnica solicitada en la Cláusula 11 de las IAO han sido suministrados y determinará si cada documento entregado está completo. |
32.2 | El comprador confirmará que los siguientes documentos e información han sido proporcionados con la oferta. Si cualquiera de estos documentos o información faltaran, la oferta será rechazada. (a) Formulario de Oferta, de conformidad con la Subcláusula 12.1 de las IAO; (b) Lista de Precios, de conformidad con la Subcláusula 12.2 de las IAO; y (c) Garantía de Mantenimiento de la Oferta, de conformidad con la Subcláusula 21 de las IAO si corresponde. | |
33. Examen de los términos y condiciones; evaluación técnica | 33.1 | El comprador examinará todas las ofertas para confirmar que todas las estipulaciones y condiciones de las CGC y de las CEC han sido aceptadas por el oferente sin desviaciones, reservas u omisiones significativas. |
33.2 | El comprador evaluará los aspectos técnicos de la oferta presentada en virtud de la Cláusula 18 de las IAO, para confirmar que todos los requisitos estipulados en la Sección VI, Requisitos de los Bienes y Servicios de los Documentos de Licitación, han sido cumplidos sin ninguna desviación o reserva significativa. | |
33.3 | Si después de haber examinado los términos y condiciones y efectuada la evaluación técnica, el comprador establece que la oferta no se ajusta sustancialmente a los documentos de licitación de conformidad con la Cláusula 30 de las IAO, la oferta será rechazada. | |
34. Conversión a una sola moneda | 34.1 | Para efectos de evaluación y comparación, el comprador convertirá todos los precios de las ofertas expresados en diferentes monedas a lempiras utilizando el tipo de cambio vendedor establecido por el Banco Central de Honduras para transacciones semejantes, vigentes veintiocho (28) días antes de la fecha de |
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apertura de ofertas. | ||
35. Preferencia nacional | 35.1 | En caso de que en esta licitación se presenten ofertas de empresas extranjeras, se aplicará un margen de preferencia nacional en los términos establecidos en los artículos 53 de la Ley de contratación del Estado y 128 de su Reglamento. |
35.2 | El margen de preferencia nacional no será aplicable cuando convenios bilaterales o multilaterales de libre comercio dispusieren que los oferentes extranjeros tendrán trato nacional. | |
36. Evaluación de las ofertas | 36.1 | El comprador evaluará todas las ofertas que se determine que hasta esta etapa de la evaluación se ajustan sustancialmente a los documentos de licitación. |
36.2 | Para evaluar las ofertas, el comprador utilizará únicamente los factores, metodologías y criterio definidos en la Cláusula 36 de las IAO. No se permitirá ningún otro criterio ni metodología. | |
36.3 | Al evaluar las ofertas, el comprador considerará lo siguiente: (a) El precio cotizado de conformidad con la Cláusula 14 de las IAO; (b) El ajuste del precio por correcciones de errores aritméticos de conformidad con la Subcláusula 31.3 de las IAO; (c) El ajuste del precio debido a descuentos ofrecidos de conformidad con la Subcláusula 14.4 de las IAO; (d) Ajustes debidos a la aplicación de criterios de evaluación especificados en los DDL de entre los indicados en la Sección III, Criterios de Evaluación y Calificación; (e) Ajustes debidos a la aplicación de un margen de preferencia, si corresponde, de conformidad con la Cláusula 35 de las IAO. | |
36.4 | Al evaluar una oferta el comprador excluirá y no tendrá en cuenta: | |
(a) Los impuestos sobre las ventas y otros impuestos similares pagaderos en Honduras sobre los bienes si el contrato es adjudicado al oferente; (b) Ninguna disposición por ajuste de precios durante el período de ejecución del contrato, si estuviese estipulado en la oferta. | ||
36.5 | La evaluación de una oferta requerirá que el comprador considere otros factores, además del precio cotizado, de conformidad con la Cláusula 14 de las IAO. Estos factores estarán relacionados con las características, rendimiento, términos y condiciones de la compra de los bienes y servicios conexos. El efecto de los factores seleccionados, si los hubiere, se expresarán en términos monetarios para facilitar la comparación de las ofertas, a menos que se indique lo contrario en la Sección III, Criterios de Evaluación y Calificación. Los factores, metodologías y criterios que se apliquen serán aquellos especificados |
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de conformidad con la Subcláusula 36.3 (3) de las IAO. | ||
36.6 | Si así se indica en los DDL, estos documentos de licitación permitirán que los oferentes coticen precios separados por uno (1) o más lotes, y permitirán que el comprador adjudique uno (1) o varios lotes a más de un oferente. La metodología de evaluación para determinar la combinación de lotes evaluada como la más baja, está detallada en la Sección III, Criterios de Evaluación y Calificación. | |
37. Comparación de las ofertas | 37.1 | El comprador comparará todas las ofertas que cumplen sustancialmente para determinar la oferta evaluada como la más baja, de conformidad con la Cláusula 36 de las IAO. |
38. Poscalificación del oferente | 38.1 | El comprador determinará, a su entera satisfacción, si el oferente seleccionado como el que ha presentado la oferta evaluada como la más baja y ha cumplido sustancialmente con la oferta, está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente. |
38.2 | Dicha determinación se basará en el examen de la evidencia documentada de las calificaciones del oferente que éste ha presentado, de conformidad con la Cláusula 19 de las IAO. | |
38.3 | Una determinación afirmativa será un requisito previo para la adjudicación del contrato al oferente. Una determinación negativa resultará en el rechazo de la oferta del oferente, en cuyo caso el comprador procederá a determinar si el oferente que presentó la siguiente oferta evaluada como la más baja está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente. | |
39. Derecho del comprador a aceptar cualquier oferta y a rechazar cualquiera o todas las ofertas | 39.1 | El comprador se reserva el derecho a aceptar o rechazar cualquier oferta, de anular el proceso licitatorio y de rechazar todas las ofertas en cualquier momento antes de la adjudicación del contrato, sin que por ello adquiera responsabilidad alguna ante los oferentes. |
F. Adjudicación del Contrato | ||
40. Criterios de adjudicación | 40.1 | El comprador adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido determinada la oferta evaluada como la más baja y cumple sustancialmente con los requisitos de los documentos de licitación, siempre y cuando el comprador determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente. |
41. Derecho del comprador a variar las cantidades en el momento de la adjudicación | 41.1 | Al momento de adjudicar el contrato, el comprador se reserva el derecho a aumentar o disminuir la cantidad de los bienes y servicios conexos especificados originalmente en la Sección VI, Lista de Requerimiento, siempre y cuando esta variación no exceda los porcentajes indicados en los DDL y no altere los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de licitación. |
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42. Notificación de adjudicación del contrato | 42.1 | Antes de la expiración del período de validez de las ofertas, el comprador notificará por escrito a todos los oferentes. |
42.2 | El comprador publicará en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras” (xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.xx), los resultados de la licitación, identificando la oferta y número de lotes y la siguiente información: (i) nombre de todos los oferentes que presentaron ofertas; (ii) los precios que se leyeron en voz alta en el acto de apertura de las ofertas; (iii) nombre de los oferentes cuyas ofertas fueron evaluadas y precios evaluados de cada oferta evaluada; (iv) nombre de los oferentes cuyas ofertas fueron rechazadas y las razones de su rechazo; y (v) nombre del oferente seleccionado y el precio cotizado, así como la duración y un resumen del alcance del contrato adjudicado. Después de la publicación de la adjudicación del contrato, los oferentes no favorecidos podrán solicitar por escrito al comprador explicaciones de las razones por las cuales sus ofertas no fueron seleccionadas. El comprador, después de la adjudicación del contrato, responderá prontamente y por escrito a cualquier oferente no favorecido que solicite dichas explicaciones. | |
43. Firma del contrato | 43.1 | Inmediatamente después de la notificación de adjudicación, el comprador enviará al oferente seleccionado el contrato y las condiciones especiales del contrato. |
43.2 | El oferente seleccionado tendrá un plazo de treinta (30) días después de la fecha de recibo del contrato para firmarlo, fecharlo y devolverlo al comprador. | |
43.3 | Cuando el oferente seleccionado suministre el contrato firmado y la garantía de cumplimiento de conformidad con la Cláusula 44 de las IAO, el comprador informará inmediatamente a cada uno de los oferentes no seleccionados y les devolverá su garantía de mantenimiento de la oferta, de conformidad con la Cláusula 21.4 de las IAO. | |
44. Garantía de cumplimiento del contrato | 44.1 | Dentro de los treinta (30) días siguientes al recibo de la notificación de adjudicación de parte del comprador, el oferente seleccionado deberá presentar la garantía de cumplimiento del contrato, de conformidad con las CGC, utilizando para dicho propósito el Formulario de Garantía de Cumplimiento incluido en la Sección IX, Formularios del Contrato, u otro formulario aceptable para el comprador. El comprador notificará inmediatamente el nombre del oferente seleccionado a todos los oferentes no favorecidos y les devolverá las garantías de mantenimiento de la oferta de conformidad con la Cláusula 21.4 de las IAO. |
44.2 | Si el oferente seleccionado no cumple con la presentación de la garantía de cumplimiento mencionada anteriormente o no firma el contrato, esto constituirá bases suficientes para anular la adjudicación del contrato y hacer efectiva la garantía de mantenimiento de la oferta. En tal caso, el comprador podrá adjudicar el contrato al oferente cuya oferta sea evaluada como la siguiente más baja y que se ajuste sustancialmente a los documentos de licitación, y que el comprador determine que está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente. |
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Sección II. Datos de la Licitación (DDL)
Los datos específicos que se presenta a continuación sobre los bienes que hayan de adquirirse, complementarán, complementarán o enmendarán las disposiciones en las Instrucciones a los oferentes (IAO). En caso de conflicto, las disposiciones contenidas aquí prevalecerán sobre las disposiciones en las IAO.
Cláusula en las IAO | A. Disposiciones Generales |
IAO 1.1 | El comprador es: Banco Central de Honduras (BCH) |
IAO 1.1 | El nombre y número de identificación de la Licitación Pública es: Licitación Pública No.27/2015 “Contratación del servicio de soporte, mantenimiento y actualización para las licencias de la solución de software para control de dispositivos móviles, control de datos confidenciales y encriptación de información “Data Loss Prevention (DLP)” marca McAfee, por el término de un (1) año, comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2016”. |
B. Contenido de los Documentos de Licitación | |
IAO 7.1 | Para aclaraciones de los pliegos, solamente, la dirección del comprador es: Atención: Licenciada Xxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx del Comité de Compras y Jefe Departamento de Adquisiciones y Bienes Nacionales/Banco Central de Honduras. Dirección: barrio El Centro, Ave. Xxxx Xxxxx Xxxxxx, Primera Calle, Séptima Avenida, apartado postal No.3165. Ciudad: Tegucigalpa, MDC, País: Honduras, Teléfono: (000) 0000-0000, extensión 2315 Dirección de correo electrónico: xxxxxxxxxxxxx@xxx.xx En el caso que los oferentes encuentren discrepancias y/u omisiones en este pliego de condiciones o tengan dudas sobre su significado, deberán notificarlas por escrito a la Secretaria del Comité de Compras del BCH, a más tardar cinco (5) días hábiles antes de la fecha de recepción, apertura y análisis de las ofertas indicadas en el aviso a licitar. El BCH dará respuesta escrita a las consultas recibidas, por lo tanto, a ningún participante se le formularán aclaraciones verbales sobre los documentos de licitación. Las consultas y sus respectivas respuestas se harán del conocimiento de los demás oferentes, por parte de la Secretaria del Comité de Compras. Los errores en las ofertas, cualesquiera que éstos sean, correrán por cuenta y riesgo del oferente. Todas las aclaraciones y/o adenddums a este pliego, si las hubiere, serán publicadas oportunamente en el portal xxxxxxxxxxxx.xxx.xx y en el Portal de Transparencia |
del BCH. Si el BCH necesitase hacer aclaraciones o ampliaciones a este pliego de condiciones, la Secretaria del Comité de Compras, previa consulta con los miembros de éste y con las jefaturas de las dependencias demandantes del suministro, elaborará los respectivos agregados que serán entregados por la vía más rápida posible a los oferentes que retiren este pliego de condiciones. Las aclaraciones serán comunicadas mediante nota expresa a todos los oferentes y las modificaciones y ampliaciones xxx xxxxxx de condiciones por medio de la entrega del addendum que corresponda. | |
IAO 10.1 | Las ofertas, así como toda la correspondencia y documentos relativos a la oferta deberán redactarse en idioma español. |
C. Preparación de las Ofertas | |
IAO 11.1(h) | Los oferentes deberán presentar los siguientes documentos adicionales con su oferta: DE LAS OFERTAS Con el propósito de realizar una evaluación objetiva de los licitantes y de las ofertas recibidas de éstos, se requiere que las propuestas sean desglosadas y presentadas de la siguiente forma: 1. DOCUMENTACIÓN LEGAL (Original y una copia) 2. DOCUMENTACIÓN TÉCNICA (Original y una copia) 3. OFERTA ECONÓMICA (Original y una copia) i. Los documentos presentados en fotocopia deberán ser autenticados por Xxxxxxx. ii. Los documentos incluidos en el sobre conteniendo la documentación legal, técnica y oferta económica, así como los documentos que se presenten durante el período de subsanación, deben numerarse en forma correlativa y todas sus hojas deben ser firmadas por el Representante Legal del oferente, conforme lo dispuesto en el Artículo 111 del Reglamento de la Ley de Contratación del Estado. iii. Los documentos extendidos fuera del país, deben cumplir con el proceso de legalización requerido tanto en el extranjero como en Honduras. Estos documentos deben estar apostillados o cumplir con el proceso de legalización dentro y fuera de Honduras, según corresponda, dependiendo del país en que se origina cada documento; asimismo, todo documento presentado en otro idioma debe ser traducido al idioma español; dicha traducción debe contar con el visto bueno de la Sección de Traducciones de la Secretaría de Relaciones Exteriores. iv. De conformidad con el Artículo 4 de la Ley de Simplificación Administrativa, no se exigirá de los oferentes certificaciones, constancias u otros documentos |
para acreditar extremos que consten en el Registro de Proveedores que para tal efecto lleva el Departamento de Adquisiciones y Bienes Nacionales del Banco Central de Honduras o en el Registro de Proveedores y Contratistas de la Oficina Normativa de Contratación y Adquisiciones del Estado (ONCAE), salvo cuando hubieren sufrido modificaciones, en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 36, párrafo segundo de la Ley de Contratación del Estado, para lo cual se requerirá que el oferente haga el correspondiente señalamiento de acuerdo a lo establecido en el Artículo 66, párrafo segundo del Reglamento de la Ley de Contratación del Estado. v. No se aceptarán constancias de tener en trámite cualquiera de los documentos requeridos en el numeral 1 de la IAO 11.1 (h) de este pliego de condiciones, exceptuando el caso referido en el Artículo 57 del Reglamento de la Ley de Contratación del Estado. vi. De requerir autenticar copias y firmas de documentos, debe cumplirse lo señalado en el Artículo 40 del Reglamento del Código del Notariado que establece: “El Notario podrá autenticar fotocopias de distintos documentos en un solo certificado de autenticidad, siempre que sean utilizadas para la misma gestión. Sin embargo, no podrán autenticarse firmas y fotocopias de documentos en un mismo certificado”. 1. DOCUMENTACIÓN LEGAL La documentación requerida se deberá presentar según el detalle siguiente: 1.1. La persona natural que actúe como representante xx Xxxxx Extranjeras, debe presentar la documentación indicada en los incisos a), b), c), d), e), f), g), h), i), m) y n) del numeral 1.3 siguiente de este pliego de condiciones. 1.2. La persona jurídica que actúe como representante xx Xxxxx Extranjeras, debe presentar la documentación indicada en los incisos b), c), d), e), f), g), h), i), j), k), l), m), n) y o) del numeral 1.3 siguiente de este pliego de condiciones. 1.3. Listado de documentación obligatoria requerida: a) Escritura Pública de Comerciante Individual debidamente inscrita en el Registro Mercantil de su domicilio. b) Poder de Representación acreditando su condición de distribuidor de casa extranjera, en el que se detallen las facultades conferidas. Dicho documento, en caso de ser extendido en el extranjero, deberá presentarse debidamente legalizado para que surta efectos en la República de Honduras; asimismo, deberá estar inscrito en el Registro Mercantil; o en su defecto, Certificación de la Resolución emitida por la Secretaría de Estado en el Despacho de Industria y Comercio, en que se acredite la calidad de representante y/o distribuidor; asimismo, copia de su publicación en el Diario Oficial La |
Gaceta. No se exigirá el cumplimiento de este inciso a la persona natural o jurídica que oferte bienes de origen extranjero y que actúe por sí misma, sino existiere representante o distribuidor de los bienes a importarse, extremo que deberá ser legalmente acreditado por el oferente. Los oferentes que pertenezcan a países suscriptores del Tratado de Libre Comercio entre República Dominicana, Estados Unidos de América y Centroamérica, podrán presentar en su defecto de los documentos referidos en el párrafo anterior, un Contrato de Representación, Distribuidor o Agencia debidamente legalizado para surtir efectos en Honduras, suscrito después de la entrada en vigencia de dicho tratado, de acuerdo a los términos establecidos en el Artículo 61 de la Ley de Implementación del referido Tratado. c) Fotocopia de la Tarjeta de Identidad o Carné de Residencia, si es extranjero, del Representante Legal o Apoderado de la empresa, o comerciante individual, según sea el caso. d) Constancia de inscripción en la Cámara de Comercio e Industria de su domicilio. No se exigirá el cumplimiento de este inciso a la persona que actúe como Apoderado Legal, extremo que deberá ser legalmente acreditado. e) Declaración Jurada del Representante Legal, cuya firma deberá estar debidamente autenticada por Xxxxxxx, indicando que tanto él como su representada, no están comprendidos en ninguno de los casos a que se refieren los artículos 15 y 16 de la Ley de Contratación del Estado. Si fuere un consorcio, la declaración jurada deberá comprender a cada uno de los integrantes. f) Declaración Jurada del Representante Legal, cuya firma deberá estar debidamente autenticada por Xxxxxxx, indicando que tanto él como su representada y los socios de esta, no están comprendidos en ninguno de las inhabilidades, prohibiciones, ni situaciones irregulares a que se refiere la Ley Especial Contra el Lavado de Activos y demás legislación que rige la materia. g) Declaración Jurada del Representante Legal, cuya firma deberá estar debidamente autenticada por Xxxxxxx, indicando que tanto él como su representada están enterados y aceptan todas y cada una de las condiciones, especificaciones, requisitos y sanciones establecidas en este pliego de condiciones. Si se tratase de oferentes extranjeros, deberán formular manifestación expresa de someterse a las leyes y, en su caso, a la jurisdicción de los tribunales nacionales. h) Declaración Jurada del Representante Legal, cuya firma deberá estar debidamente autenticada por Xxxxxxx, indicando que tanto él como su representada, se comprometen a guardar la más estricta confidencialidad sobre la información, documentación e |
instalaciones del Banco Central de Honduras a las que tenga acceso. i) Fotocopia del carné vigente que evidencie que la empresa está inscrita en el Registro de Proveedores del Banco Central de Honduras; así como, en el Registro de Proveedores y Contratistas dependiente de la Oficina Normativa de Contratación y Adquisiciones del Estado (ONCAE), de conformidad con lo establecido en los artículos 54 y 56 del Reglamento de la Ley de Contratación del Estado. j) Escritura Pública de Constitución de Sociedad Mercantil, acreditando personería jurídica y copia de sus reformas si las hubiere, todas debidamente inscritas en el Registro Mercantil correspondiente. k) Poder General de Administración o Representación, debidamente inscrito en el Registro Mercantil correspondiente, o indicar que dicho poder está contenido en la escritura pública de constitución de la empresa o en sus reformas por ser inherente al cargo de Gerente General, Presidente del Consejo de Administración o cualquier otro cargo que ostente la representación legal de la empresa. l) En caso de sociedades mercantiles, la lista de socios o accionistas certificada por el Secretario de la Junta Directiva dentro de treinta (30) días calendario previos a la fecha prevista para la presentación de las ofertas, cuya firma deberá ser autenticada por Xxxxxxx. m) Constancia de solvencia fiscal electrónica, emitida por la Dirección Ejecutiva de Ingresos (DEI) donde se acredite su solvencia en el pago de sus obligaciones tributarias. n) El oferente que resulte adjudicado deberá presentar la siguiente documentación: x. Xxxxxxxxxx del Instituto Nacional de Formación Profesional (INFOP), indicando que el oferente se encuentra al día con el pago de sus cotizaciones o contribuciones con dicha entidad estatal. ii. Fotocopia del Registro Tributario Nacional (RTN), de la empresa oferente, tal como lo exige el Artículo 56 de la Ley de Fortalecimiento de los Ingresos, Equidad Social y Racionalización del Gasto Público. iii. Constancia de solvencia fiscal electrónica, emitida por la Dirección Ejecutiva de Ingresos (DEI) donde se acredite su solvencia en el pago de sus obligaciones tributarias, tal como lo exige el Artículo 19 de la Ley de Eficiencia en los Ingresos y el Gasto Público. |
o) De conformidad con el Artículo 30 del Reglamento de la Ley de Contratación del Estado, el oferente que resulte adjudicado, previo a la suscripción del contrato, deberá presentar la documentación siguiente: i. Constancias extendidas por la Procuraduría General de la República, indicando que la empresa oferente no ha sido objeto de resolución firme de cualquier contrato celebrado con el Estado de Honduras y que el representante o Apoderado Legal que potencialmente suscribirá el contrato, no ha sido condenado mediante sentencia firme por cometer en perjuicio del Estado de Honduras, cualquiera de los delitos consignados en el Artículo 15, numeral 1 de la Ley de Contratación del Estado. ii. Constancia de Solvencia con el Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS), indicando que el oferente se encuentra al día en el pago de sus cotizaciones o contribuciones con dicha entidad estatal. Notas: Los documentos mencionados en los literales n) y o) anteriores deberán ser extendidos dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la notificación de la adjudicación. Cuando el oferente sea una empresa extranjera, los requerimientos antes indicados deberán ser acreditados por su Representante Legal en el país. 2. DOCUMENTACIÓN TÉCNICA 2.1 La documentación técnica, SIN INCLUIR PRECIOS, debe contener un detalle pormenorizado de las condiciones ofrecidas para cumplir con las especificaciones y requerimientos técnicos exigidos, según se detalla en la Sección VI. Lista de Requisitos. 2.2 Otros Documentos Por ser considerada información reservada, en un sobre separado dentro del mismo sobre que contenga la documentación técnica, los oferentes deben presentar los estados financieros (Balance General y Estados de Resultados) de los últimos dos (2) años (2013 - 2014), refrendados por un Perito Mercantil y Contador Público o Licenciado en Contaduría Pública, colegiado en Honduras (presentar constancia de solvencia del colegio en el que se encuentra inscrito) o estar respaldados por una firma auditora y en caso de ser auditados en el exterior estar debidamente apostillados o legalizados. |
3. OFERTA ECONÓMICA Consistirá en la propuesta económica que contendrá el precio ofertado y la garantía de mantenimiento de la oferta que asegurará el sostenimiento de la oferta presentada. 3.1 La propuesta económica estará contenida en un CUADRO SUMARIO refrendado por el Representante o Apoderado Legal del oferente. Dicha propuesta estará expresada en Lempiras y debe especificar el valor global (ver formato de lista de precios). 3.2 Si se detectan discrepancias entre el precios en letras y números se tendrán en cuenta los primeros; si hubiera diferencia entre el precio unitario y el precio total en ofertas para artículos por renglón o partida diferente, se considerará el primero; si se detectaran errores meramente aritméticos (por ejemplo: colocación errónea del punto decimal), podrán ser corregidos por el Comité de Compras, notificándolo al proponente. 3.3 Cualquier crédito sobre el precio en concepto de descuento u otro tipo de beneficio económico reconocido en numerario o en especie, debe ser especificado como una reducción al valor total del precio ofertado y debe quedar claramente indicado y cuantificado en el formulario de la lista de precios. 3.4 La garantía de mantenimiento de la oferta debe presentarse conforme lo indicado en la IAO 21.1 de este pliego de condiciones. | |
IAO 13.1 | No se considerarán ofertas alternativas. |
IAO 14.5 | NO APLICA |
IAO 14.5 (i) | El lugar de destino convenido es: Xx Xxxxx Xxxxxxxx xxx Xxxxx Xxxxxxx xx Xxxxxxxx, ubicado en la colonia Las Brisas en la ciudad Tegucigalpa, MDC. |
IAO 14.6 | Los precios cotizados por el oferente no serán ajustables. |
IAO 14.7 | Los precios cotizados deberán corresponder al cien por ciento (100%) de los artículos listados para cada lote. Los precios cotizados para cada artículo deberán corresponder al cien por ciento (100%) de las cantidades especificadas de este artículo. |
IAO 15.1 | El oferente no podrá cotizar el precio de su oferta en cualquier moneda plenamente convertible. El oferente deberá cotizar en lempiras. |
IAO 18.3 | NO APLICA |
31
Licitación Pública No.27/2015
IAO 19.1 (a) | Se requiere la Autorización del Fabricante. |
IAO 19.1 (b) | NO SE REQUIERE |
IAO 19.1 (c) | La Comisión Evaluadora, para el análisis y evaluación de la documentación técnica, capacidad financiera e idoneidad de los oferentes, utilizará los criterios de evaluación aprobados que se detallan en los IAO 36.3, literal d); considerándose como parámetro para calificar, alcanzar como mínimo el ochenta por ciento (80%) de calificación. |
IAO 20.1 | Las ofertas deben tener una validez mínima de ciento veinte (120) días hábiles, contados a partir de la fecha de recepción de la documentación y apertura de la oferta económica indicada en el aviso y/o invitación a licitar, es decir del 7 de diciembre de 2015 al 31 xx xxxx de 2016. En los casos en que fuere estrictamente necesario, el BCH podrá solicitar a los oferentes la ampliación del plazo antes mencionado. |
IAO 21.1 | La vigencia de la garantía de mantenimiento de la oferta será de ciento veinte (120) días hábiles de manera que cubra el período de validez de las ofertas señalado en Ítem IAO 20.1 anterior y será devuelta a los oferentes a partir del día hábil siguiente en que el BCH comunique la adjudicación de la presente licitación, excepto a quien resulte adjudicado, al que se le devolverá cuando suscriba el contrato respectivo y constituya a favor del BCH la garantía de cumplimiento respectiva. En los casos en que fuere estrictamente necesario, el BCH podrá solicitar a los oferentes la ampliación del plazo mencionado en el párrafo anterior. La garantía de mantenimiento de la oferta podrá ejecutarse: a) Si el oferente retira su oferta durante el período de validez mencionado en la IAO 20.1 de este pliego de condiciones. b) Si el oferente que resultare adjudicado retira su oferta durante el período de validez anteriormente especificado. c) Si el adjudicado dejase de firmar el respectivo contrato de suministro. d) Si el oferente que resulte adjudicado, no presenta la garantía de cumplimiento de contrato que se especifica en las CEC. Otras condiciones de las garantías a) Las garantías deberán ser extendidas en lempiras, a favor del BCH y podrán consistir en cheque certificado, garantía bancaria o fianza, que hayan sido emitidas por una institución bancaria o institución de seguros, que operen legalmente en el país y ésta no podrá ser extendida por la misma empresa oferente. b) También se aceptarán como garantías los bonos del Estado representativos de obligaciones de la deuda pública; en este caso la garantía deberá inscribirse en el Registro del Banco Central de Honduras en el que figuren anotados dichos valores, quedando inmovilizados y afectos a las obligaciones garantizadas con excepción, en este último caso, de los rendimientos que generen. |
c) Las garantías emitidas por instituciones bancarias o institución de seguros deberán contener las cláusulas obligatorias siguientes: “EL PRESENTE DOCUMENTO SERÁ EJECUTADO POR EL CIEN POR CIENTO (100%) DE SU VALOR POR SIMPLE REQUERIMIENTO DEL BANCO CENTRAL DE HONDURAS, ACOMPAÑADO DE UN CERTIFICADO DE INCUMPLIMIENTO”. “EL VALOR DE ESTE DOCUMENTO PODRÁ HACERSE EFECTIVO A FAVOR DEL BANCO CENTRAL DE HONDURAS, DESPUÉS DE LA FECHA DE SU VENCIMIENTO, SIEMPRE Y CUANDO EL REQUERIMIENTO DE PAGO SE REALICE DENTRO DEL PLAZO DE VIGENCIA DE DICHO DOCUMENTO”. “EN CASO DE CONTROVERSIA ENTRE LAS CONDICIONES PARTICULARES O GENERALES Y LAS ESPECIALES PREVALECERÁN ESTAS ÚLTIMAS”. d) En el texto de las garantías no deberán adicionarse cláusulas que anulen o limiten las cláusulas obligatorias indicadas en el numeral anterior. e) Las garantías que se emitan a favor del BCH serán solidarias, incondicionales, irrevocables y de realización automática, debiendo mantener el mismo valor por el plazo que se ha estipulado para cada una de ellas. f) La garantía presentada deberá ser acompañada de una Declaración Jurada, extendida por el Representante Legal de la institución garante que las emita, cuya firma deberá ser autenticada por Notario, dicho representante deberá expresar en la misma que quienes suscribieron la garantía poseen firma autorizada para emitir tales documentos de acuerdo al Artículo 242 del Reglamento de la Ley de Contratación del Estado, asimismo, en dicha declaración se hará constar que su representada no se encuentra comprendida en alguna de las situaciones señaladas en los literales a), b), c) y d) del Artículo 241 del mismo Reglamento, en el caso de que la garantía sea un cheque certificado, el literal d) de este Artículo no se exigirá. | |
IAO 21.2 | La garantía de mantenimiento de la oferta será por un monto no menor al cinco por ciento (5%) del valor de la oferta. Dicha garantía servirá para asegurar el mantenimiento del precio, las especificaciones técnicas y demás condiciones de la oferta. |
IAO 22.1 | Además de la oferta original, el número de copias es de: una (1) copia. Los oferentes deberán asegurarse que la copia sea fiel a la oferta original. |
D. Presentación y Apertura de Ofertas | |
IAO 23.1 | Los oferentes no podrán presentar ofertas electrónicamente |
IAO 23.2 (c) | La documentación de las ofertas se presentará de la forma siguiente: a) Presentación de la documentación técnica. |
Los documentos se presentarán en dos (2) sobres sellados (sin evidencias de haber sido abiertos), rotulados según se describe en el literal d) de este ítem. El primer sobre contendrá el original de la documentación técnica exigida en éste pliego de condiciones; el sobre restante contendrá copias o fotocopias de dicha documentación. b) Presentación de la documentación legal. Los documentos se presentarán en dos (2) sobres sellados (sin evidencias de haber sido abiertos), según se describe en el literal d) de este ítem. El primer sobre contendrá el original de la documentación legal exigida en éste pliego de condiciones; el sobre restante contendrá copias o fotocopias de dicha documentación. c) Presentación de la oferta económica y garantía de mantenimiento de la oferta. Los documentos se presentarán en dos (2) sobres sellados (sin evidencias de haber sido abiertos), según se describe en el literal d) de este ítem. El primer sobre contendrá el original de la oferta económica y garantía de mantenimiento de la oferta exigida en este pliego de condiciones; el sobre restante contendrá copias o fotocopias de dicha documentación. El contenido de la documentación anterior, será leído en voz alta por la Secretaria del Comité de Compras para el conocimiento de los oferentes y demás participantes. Ambos documentos deben ser presentados de conformidad con lo establecido en la IAO 11.1 (h) numeral 3 y IAO 21.1 de este pliego de condiciones. d) Los sobres deberán rotularse con las leyendas de identificación siguientes: PARTE CENTRAL: BANCO CENTRAL DE HONDURAS TEGUCIGALPA, M.D.C. HONDURAS, C. A. ESQUINA SUPERIOR IZQUIERDA: NOMBRE DE LA EMPRESA OFERENTE, DIRECCIÓN COMPLETA, NÚMERO DE TÉLEFONO, NÚMERO DE FAX Y CORREO ELECTRÓNICO. ESQUINA SUPERIOR DERECHA: DOCUMENTACIÓN LEGAL, DOCUMENTACIÓN TÉCNICA, OFERTA ECONÓMICA, IDENTIFICANDO ADEMÁS SI EL CONTENIDO DE CADA UNA ES ORIGINAL, PRIMERA COPIA O |
SEGUNDA COPIA. ESQUINA INFERIOR DERECHA: LICITACIÓN PÚBLICA No.27/2015 ESQUINA INFERIOR IZQUIERDA: FECHA Y HORA SEÑALADA PARA LA RECEPCIÓN DE LOS DOCUMENTOS QUE CONTIENEN, SEGÚN SE INDICA EN EL AVISO DE PUBLICACIÓN. e) La persona natural que asista al BCH a presentar los documentos de la presente licitación, deberá identificarse por medio de su Tarjeta de Identidad o Carné de Residente y en el caso que esta persona no sea el Representante Legal del oferente, también deberá entregar una nota de presentación refrendada por el Representante Legal del oferente, mediante la cual se le autoriza a presentar las ofertas. f) Los asistentes al acto público de licitación que no presenten ofertas y que hayan retirado el pliego de condiciones, deberán identificarse y podrán permanecer en dicho acto en calidad de observadores, sin embargo, no tendrán derecho a intervenir en el acto. | |
IAO 24.1 | Para propósitos de la presentación de las ofertas, la dirección del comprador es: Atención: Licenciada Xxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx del Comité de Compras Dirección: barrio El Centro, Ave. Xxxx Xxxxx Xxxxxx, Primera calle, Séptima avenida, apartado postal No.3165, Teléfono: 0000-0000, extensión 2315 Ciudad: Tegucigalpa, MDC País: Honduras La fecha límite para presentar las ofertas es: Fecha: 7 de diciembre de 2015 Hora:10:30 a.m. |
IAO 27.1 | La apertura de las ofertas tendrá lugar en: Dirección: barrio El Centro, Ave. Xxxx Xxxxx Xxxxxx, Primera calle, Séptima xxxxxxx, xxxxxxxx xxxxxx Xx.0000 Teléfono: 0000-0000, extensión 2315 Número de Piso/Oficina: Salón de Usos Múltiples, Segundo Piso, Edificio Principal del BCH Ciudad: Tegucigalpa, MDC País: Honduras Fecha: 7 de diciembre de 2015 Hora10:30 a.m. No se admitirá ninguna oferta después de la hora límite fijada para la presentación y la misma será devuelta al oferente sin abrir, cualquiera que sea el motivo del retraso, según lo dispone el artículo 121 del Reglamento de la Ley de Contratación del Estado. |
En el acto de apertura de las ofertas, se procederá a la revisión de los sobres que contienen la documentación legal y técnica, así como a la apertura de los sobres que contienen las ofertas económicas y las garantías de mantenimiento de ofertas, las cuales serán leídas en voz alta por la Secretaria del Comité de Compras. El original de cada oferta económica debe ser refrendado por los representantes de los demás oferentes, estampando una media firma en cualquiera de las márgenes de dicho documento. Al finalizar la apertura y lectura de ofertas, se levantará un acta para dar fe de los hechos ocurridos en el evento, la cual será firmada por los representantes del BCH, de los oferentes y del Tribunal Superior de Cuentas, si asistiere, a quienes se les entregará una copia de dicha acta. | |
IAO 31.2 | Conforme lo previsto en los artículos 50 de la Ley de Contratación del Estado y 132 de su Reglamento, podrán ser subsanados los defectos u omisiones contenidas en las ofertas, en cuanto no impliquen modificaciones del precio, objeto y condiciones ofrecidas, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación por parte del BCH para que los oferentes subsanen tales defectos u omisiones; si los mismos no se subsanan en tiempo y forma, la oferta no será considerada. |
IAO 32.2 | DOCUMENTOS NO SUBSANABLES No podrán ser subsanados los siguientes documentos: a) Garantía de mantenimiento de la oferta. (En cuanto a los aspectos señalados en el IAO 36.3 (d) “Criterios para Descalificación de Oferentes”, literal c) de este Pliego de Condiciones). b) Carta propuesta firmada y sellada por el oferente conteniendo la información solicitada y cualquier documento referente a precios unitarios o por partidas específicas. c) Cualquier otro documento que implique modificación del precio, objeto y condiciones ofrecidas. |
IAO 34.1 | NO APLICA |
E. Evaluación y Comparación de las Ofertas | |
IAO 36.3 (d) | 1. Los ajustes se determinarán utilizando los siguientes criterios de entre los enumerados en la Sección III, Criterios de Evaluación y Calificación: (a) Desviación en el plan de entregas: NO APLICA (b) Desviación el plan de pagos: NO APLICA (c) El costo de reemplazo de componentes importantes, repuestos obligatorios y servicio: NO APLICA (d) Disponibilidad en Honduras de repuestos y servicios posteriores a la venta para |
el equipo ofrecido en la oferta: NO APLICA (e) Los costos estimados de operación y mantenimiento durante la vida del equipo. NO APLICA (f) El rendimiento y productividad del equipo ofrecido: NO APLICA (g) La oferta técnica se evaluará de conformidad con el cuadro contenido en la Sección III. Criterios de Evaluación y calificación, debiendo el oferente obtener la calificación indicada en la IAO 19.1 c) de este pliego de condiciones. 2. CRITERIOS PARA DESCALIFICACIÓN DE OFERENTES Serán declaradas inadmisibles y no se tendrán en cuenta en la evaluación final las ofertas que se encuentren en cualquiera de las situaciones siguientes: a) No estar firmado por el oferente o su Representante Legal el formulario o carta de presentación de la oferta y cualquier documento referente a precios unitarios o por partidas específicas. b) Estar escritas con lápiz “grafito”, carbón u otro similar. c) Haberse omitido la garantía de mantenimiento de la oferta, o cuando fuere presentada por un monto o vigencia inferior al exigido o sin ajustarse a los tipos de garantía admisible. d) Haberse presentado por compañías o personas inhabilitadas para contratar con el Estado, de acuerdo con los artículos 15 y 16 de la Ley de Contratación del Estado. e) Haberse presentado con raspaduras o enmiendas en el precio, plazo de entrega, cantidad o en otro aspecto sustancial de la propuesta, salvo cuando hubieran sido expresamente salvadas por el oferente en el mismo documento. f) Xxxxxse presentado por oferentes que no hayan acreditado satisfactoriamente su solvencia económica y financiera y su idoneidad técnica o profesional. g) Establecer condicionamientos que no fueren requeridos. h) Establecer cláusulas adicionales o condiciones diferentes a las previstas en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento o en este pliego de condiciones, que haga la oferta incompleta, indefinida o ambigua en cuanto a su significado. i) Haberse presentado por oferentes que hubieren ofrecido pagos u otros beneficios indebidos a funcionarios o empleados del BCH para influir en la adjudicación de la presente licitación. j) Incurrir en otras causales de inadmisibilidad previstas en las leyes o que expresa y fundadamente dispusiera en este pliego de condiciones. |
IAO 36.6 | NO APLICA |
IAO 38.3 | 1. DECLARACIÓN DE LICITACIÓN DESIERTA O FRACASADA 1.1 El Directorio del BCH declarará desierta la presente licitación, cuando no se hubieren presentado ofertas al acto de apertura de plicas en la fecha indicada en la IAO 27.1 de este pliego de condiciones. 1.2 El Directorio del BCH declarará fracasada la presente licitación: a) Cuando se hubiere omitido o no se hubiere subsanado en el procedimiento alguno de los requisitos esenciales establecidos en la Ley de Contratación del Estado, su Reglamento o en el pliego de condiciones. b) Cuando las ofertas no se ajusten a los requisitos esenciales establecidos en la Ley de Contratación del Estado, su Reglamento o este pliego de condiciones. c) Cuando se comprobare que ha existido colusión (confabulación de oferentes). d) Cuando por razones de fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobadas se determinare que no podrá concretarse el objeto de la presente licitación. e) Cuando las ofertas sean considerablemente superiores al presupuesto estimado por el BCH. Declarada desierta o fracasada la licitación, el BCH procederá a convocar a una nueva licitación si así lo estima conveniente. |
F. Adjudicación del Contrato | |
IAO 40.1 | ADJUDICACIÓN DE LA LICITACIÓN 1. La adjudicación de la presente licitación requerirá la participación de al menos un (1) oferente en el acto de apertura, estará a cargo del Directorio del BCH y será comunicada por la Secretaría del Directorio a todos los oferentes que participaron en la misma. 2. La adjudicación de la presente licitación se hará al oferente que cumpliendo con los requisitos de participación establecidos en este pliego de condiciones, incluyendo su solvencia e idoneidad para ejecutar el contrato, presente la oferta de precio más bajo o se considere la más ventajosa o conveniente para los intereses del BCH y por ello mejor calificada de acuerdo con los criterios de evaluación definidos en este pliego de condiciones. 3. Si dos o más oferentes presentaran ofertas económicas idénticas, la adjudicación se hará de conformidad a lo indicado en el Artículo 138 del Reglamento de la Ley de Contratación del Estado. |
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Licitación Pública No.27/2015
IAO 43 | FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO 1. Una vez comunicada la adjudicación al oferente, se le requerirá para que dentro de los treinta (30) días calendario siguiente a la fecha de notificación de la adjudicación se presente a formalizar el contrato. Previo a suscribir el contrato el oferente adjudicado deberá presentar la documentación requerida conforme a este pliego de condiciones y las subsanaciones correspondientes, en caso que procedan; asimismo, remitir en forma escrita su anuencia al borrador de contrato. 2. A los oferentes no favorecidos con la adjudicación, les será devuelta su respectiva garantía de mantenimiento de la oferta, a partir del siguiente día hábil en que se notifique la adjudicación de la presente licitación. 3. La no suscripción oportuna del contrato por retraso en la presentación de garantías, fianzas y demás documentos que deba presentar el oferente que resulte adjudicado, dará derecho al BCH a dejar sin valor ni efecto la adjudicación. 4. Si dentro del plazo señalado en el numeral 1 anterior, el oferente adjudicado no acepta o formaliza el contrato las causas serán imputables a éste, y quedará sin valor ni efecto la adjudicación y se hará efectiva la garantía de mantenimiento de oferta. En este caso, BCH adjudicará el contrato al oferente calificado en segundo lugar y si esto no es posible por cualquier motivo, al oferente que ocupe el tercer lugar, sin perjuicio de que el procedimiento se declare fracasado, cuando dichas ofertas no sean satisfactorias para el BCH. 5. El BCH no efectuará ningún pago hasta tanto el contrato correspondiente sea suscrito y aprobado por el Directorio de la Institución. |
Sección III. Criterios de Evaluación y Calificación
Índice
1. | Criterios de evaluación (IAO 36.3 (d) Contratos múltiples (IAO 36.6) Requisitos para calificación posterior (IAO 38.2) Margen de preferencia nacional (IAO 35.1) | 41 |
2. | 42 | |
3. | 43 | |
4. | 43 |
1. Criterios de Evaluación (IAO 36.3 (d))
Al evaluar el costo de una oferta, el comprador deberá considerar, además del precio cotizado, de conformidad con la Cláusula 14.6 de las IAO, uno o más de los siguientes factores estipulados en la Subcláusula 36.3 (d) de las IAO y en los DDL en referencia a la Cláusula IAO 36.3 (d), aplicando los métodos y criterios indicados a continuación.
(a) Plan de entregas (según el código de Incoterms indicado en los DDL. NO APLICA
(b) Variaciones en el plan de pagos. NO APLICA
(c) Costo del reemplazo de principales componentes de reemplazo, repuestos obligatorios y servicios.
NO APLICA
(d) Disponibilidad en Honduras de repuestos y servicios para los equipos ofrecidos en la licitación después de la venta. NO APLICA
(e) Costos estimados de operación y mantenimiento. NO APLICA
(f) Desempeño y productividad del equipo. NO APLICA
(g) Criterios específicos adicionales.
[Otros criterios específicos que se tengan en cuenta en la evaluación, y el método de evaluación serán detallados en los DDL Subcláusula 36.3 (d).]
Criterios para Evaluación de Ofertas
La Comisión Evaluadora, para el análisis y evaluación de la documentación técnica, utilizará los siguientes criterios de evaluación:
CRITERIOS DE EVALUACIÓN DOCUMENTACIÓN | |||
FACTORES A EVALUAR | CRITERIO DE EVALUACIÓN | % PARCIAL | % MAXIMO |
I. CONDICIONES, ESPECIFICACIONES Y REQUERIMIENTOS TÉCNICOS | |||
Contar con personal debidamente capacitado y certificado en la administración y soporte de mantenimiento preventivo y correctivo de la solución. | 40% | ||
Ser representante autorizado de la solución | 20% | ||
Experiencia con implementaciones de la solución: Mínimo dos (2) cartas de referencia. | 30% | ||
II. BALANCES GENERALES Y ESTADOS DE RESULTADOS (SOLIDEZ FINANCIERA DE LA EMPRESA) | |||
Otros Documentos (Pliego de Condiciones) | 10% | ||
Balances Generales y Estados de Resultados de los dos (2) últimos años. | Índice de Liquidez (Activo Circulante/ Pasivo Circulante) | 2.5 | |
Año 2013 | |||
Menor a 1 | 0.0 | ||
Mayor o igual a 1 | 1.0 | ||
Año 2014 | |||
Menor a 1 | 0.0 | ||
Mayor o igual a 1 | 1.5 | ||
Índice de Endeudamiento (Pasivo Total / Activo Total | 2.5 | ||
Año 2013 | |||
Menor o igual a 50% | 1.0 | ||
De más de 50% hasta 60% | 0.5 | ||
Mayor de 60% | 0.0 | ||
Año 2014 | |||
Menor o igual a 50% | 1.5 | ||
De más de 50% hasta 60% | 1.0 | ||
Mayor de 60% | 0.0 |
CRITERIOS DE EVALUACIÓN DOCUMENTACIÓN | |||
FACTORES A EVALUAR | CRITERIO DE EVALUACIÓN | % PARCIAL | % XXXXXX |
Xxxxxxxxxxx sobre el capital | 2.5 | ||
(Utilidad Neta / (Capital contable – Utilidad del período)) | |||
Año 2013 | |||
Mayor que 0 | 1.0 | ||
Menor o igual que 0 | 0.0 | ||
Año 2014 | |||
Mayor que 0 | 1.5 | ||
Menor o igual que 0 | 0.0 | ||
Comportamiento de Utilidades Netas (Utilidades Netas 2014 - Utilidades Netas 2013) | 2.5 | ||
Crecimiento | 2.5 | ||
Decrecimiento | 0.0 | ||
TOTAL | 100% |
Para optimizar el proceso de análisis y evaluación de la documentación técnica, la Comisión Evaluadora, se reserva el derecho de investigar sobre aquellos aspectos que juzgue necesarios o el de solicitar asesoría de personas que considere convenientes; a tal efecto, los oferentes se comprometen a colaborar en el proceso de verificación de la información proporcionada en su oferta.
2. Contratos Múltiples (IAO 36.6) NO APLICA
El comprador adjudicará contratos múltiples al oferente que ofrezca la combinación de ofertas que sea evaluada como la más baja (un contrato por oferta) y que cumpla con los criterios de calificación posterior (en esta Sección III, Subcláusula 38.2 de las IAO, Requisitos de Calificación Posterior).
El comprador:
(a) Evaluará solamente los lotes o contratos que contengan por lo menos el porcentaje de los artículos por lote y de cantidades por artículo que se establece en la Subcláusula 14.8 de las IAO;
(b) Tendrá en cuenta:
(i) La oferta evaluada como la más baja para cada lote; y
(ii) La reducción de precio por lote y la metodología de aplicación que ofrece el oferente en su oferta.
3. Requisitos para Calificación Posterior (IAO 38.2)
Después de determinar la oferta evaluada como la más baja según lo establecido en la Subcláusula 37.1 de las IAO, el comprador efectuará la calificación posterior del oferente de conformidad con lo establecido en la Cláusula 38 de las IAO, empleando únicamente los requisitos aquí estipulados. Los requisitos que no estén incluidos en el siguiente texto no podrán ser utilizados para evaluar las calificaciones del oferente.
(a) Capacidad financiera
El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos financieros: [enumerar el (los) requisito(s)]
(b) Experiencia y capacidad técnica
El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de experiencia: [enumerar los requisitos]
(c) El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre el cumplimiento de los bienes que ofrece con los siguientes requisitos de utilización: [enumerar los requisitos]
4. Margen de Preferencia Nacional (IAO 35.1)
El margen de preferencia nacional se aplicará en los términos establecidos en los artículos 53 de la Ley de Contratación del Estado y 128 de su Reglamento, que disponen:
(a) Artículo 53 de la Ley de Contratación del Estado:
“ARTÍCULO 53.- Margen de preferencia nacional. Cuando hubieren oferentes nacionales y extranjeros, para fines exclusivos de comparación y evaluación, y consecuentemente con la escogencia de la mejor oferta, tratándose de suministros, se sumará a la mejor oferta extranjera un valor equivalente al de los impuestos de importación correspondientes, si el bien o suministro estuviera gravado con dicho impuesto, de no ser así, una suma equivalente al quince por ciento (15%) del valor de dicha oferta, si se trata de obra pública y servicios básicos, siempre para efectos de evaluación y escogencia de la mejor oferta, se sumará a la oferta de compañías extranjeras hasta un siete y medio por ciento (71/2%) del monto de la oferta. Si de esta operación resulta que la mejor oferta extranjera es superior en monto a la nacional se escogerá esta última como la mejor oferta de la licitación procediendo entonces a la adjudicación del contrato. Este último mecanismo no se aplicará a los participantes extranjeros a los cuales deba darse trato nacional en virtud de acuerdos bilaterales o multilaterales de comercio de los cuales el Estado sea parte y cuando se trate de la ejecución de empréstitos otorgados por organismos financieros internacionales, en cuyo caso se aplicarán los márgenes de preferencia en los términos que lo permitan los instructivos o políticas de adquisiciones de dichos organismos”.
(b) Artículo 128 del Reglamento de la Ley de Contratación del Estado:
“Artículo 128. Margen de preferencia nacional. Cuando se trate de suministros de bienes o servicios, para establecer el precio de comparación a que se refiere el literal a) del artículo 126 que antecede, y únicamente con fines de evaluación, al precio CIF ofrecido por proveedores extranjeros se agregará, siempre que no estuviere incluido, el valor de impuestos de importación previstos en el Arancel de Aduanas o en normas legales especiales o, de resultar exentos, una suma
equivalente al quince por ciento del valor de la oferta que corresponda. La comparación se producirá entre ofertas de bienes o servicios producidos en el territorio nacional y ofertas de bienes o servicios importados; un bien se considerará de origen nacional cuando el costo de los materiales, mano de obra y servicios locales empleados en su fabricación no sea inferior al cuarenta por ciento (40%) del precio ofertado.
Si se tratare de obra pública, a las ofertas de contratistas extranjeros se agregará, para efectos de comparación, una cantidad equivalente al siete punto cinco por ciento (7.5%) de su respectivo valor.
Si de la comparación sobre las bases anteriores resulta que la mejor oferta extranjera es superior a la de la mejor oferta nacional se adjudicará el contrato a esta última, de acuerdo con lo previsto en el Artículo 53 de la Ley.”
Sección IV. Formularios de la Oferta Índice de Formularios
Formulario de información sobre el oferente | 46 |
Formulario de información sobre los miembros del consorcio | 47 |
Formulario de presentación de la oferta Declaración jurada sobre prohibiciones o inhabilidades | 48 50 |
Formulario de listas de precios | 52 |
Precio y cronograma de cumplimiento – servicios conexos | 54 |
Garantía de mantenimiento de la oferta | 55 |
Autorización del fabricante | 56 |
Formulario de Información sobre el Oferente
[El oferente deberá completar este formulario de acuerdo con las instrucciones siguientes. No se aceptará ninguna alteración a este formulario ni se aceptarán substitutos.]
Fecha: [indicar la fecha (día, mes y año) de la presentación de la oferta]
LPN No.:[indicar el número del proceso licitatorio] Página de páginas
1. Nombre jurídico del oferente [indicar el nombre jurídico del oferente] |
2. Si se trata de un consorcio, nombre jurídico de cada miembro: [indicar el nombre jurídico de cada miembro del consorcio] |
3. País donde está constituido o incorporado el oferente en la actualidad o país donde intenta constituirse o incorporarse [indicar el país de ciudadanía del oferente en la actualidad o país donde intenta constituirse o incorporarse] |
4. Año de constitución o incorporación del oferente: [indicar el año de constitución o incorporación del oferente] |
5. Dirección jurídica del oferente en el país donde está constituido o incorporado: [indicar la Dirección jurídica del oferente en el país donde está constituido o incorporado] |
6. Información del Representante autorizado del oferente: Nombre: [indicar el nombre del representante autorizado] Dirección: [indicar la dirección del representante autorizado] Números de teléfono y facsímile: [indicar los números de teléfono y facsímile del representante autorizado] Dirección de correo electrónico: [indicar la dirección de correo electrónico del representante autorizado. |
7. Se adjuntan copias de los documentos originales de: [marcar la(s) casilla(s) de los documentos originales adjuntos] ٱ Estatutos de empresa indicada en el párrafo 1 anterior, y de conformidad con las subcláusulas 4.1 y 4.2 de las IAO; ٱ Si se trata de un consorcio, carta de intención de formar el consorcio, o el convenio de consorcio, de conformidad con la Subcláusula 4.1 de las IAO; ٱ Si se trata de un ente gubernamental Hondureño, documentación que acredite su autonomía jurídica y financiera y el cumplimiento con las leyes comerciales, de conformidad con la Subcláusula 4.4 de las IAO; |
Formulario de Información sobre los Miembros del Consorcio
[El oferente y cada uno de sus miembros deberán completar este formulario de acuerdo con las instrucciones indicadas a continuación]
Fecha: [Indicar la fecha (día, mes y año) de la presentación de la oferta]
LPN No.: [indicar el número del proceso licitatorio]
Página de páginas
1. Nombre jurídico del oferente [indicar el nombre jurídico del oferente] |
2. Nombre jurídico del miembro del consorcio [indicar el Nombre jurídico del miembro del consorcio] |
3. Nombre del país de constitución o incorporación del miembro del consorcio [indicar el nombre del país de constitución o incorporación del miembro del consorcio] |
4. Año de constitución o incorporación del miembro del consorcio: [indicar el año de constitución o incorporación del miembro del consorcio] |
5. Dirección jurídica del miembro del consorcio en el país donde está constituido o incorporado: [Dirección jurídica del miembro del consorcio en el país donde está constituido o incorporado] |
6. Información sobre el Representante Autorizado del miembro del consorcio: Nombre: [indicar el nombre del representante autorizado del miembro del consorcio] Dirección: [indicar la dirección del representante autorizado del miembro del consorcio] Números de teléfono y facsímile: [[indicar los números de teléfono y facsímile del representante autorizado del miembro del consorcio] Dirección de correo electrónico: [[indicar la dirección de correo electrónico del representante autorizado del miembro del consorcio]. |
7. Copias adjuntas de documentos originales de: [marcar la(s) casillas(s) de los documentos adjuntos] ٱ Estatutos de la empresa indicada en el párrafo 2 anterior, y de conformidad con las subcláusulas 4.1 y 4.2 de las IAO; ٱ Si se trata de un ente gubernamental hondureño, documentación que acredite su autonomía jurídica y financiera y el cumplimiento con las leyes comerciales, de conformidad con la Subcláusula 4.4 de las IAO; |
Formulario de Presentación de la Oferta
[El oferente completará este formulario de acuerdo con las instrucciones indicadas. No se permitirán alteraciones a este formulario ni se aceptarán substituciones.]
Fecha: [Indicar la fecha (día, mes y año) de la presentación de la oferta] LPN No. : [indicar el número del proceso licitatorio] Llamado a licitación No.: [indicar el No. del llamado]
Alternativa No. [indicar el número de identificación si esta es una oferta alternativa] A: [nombre completo y dirección del comprador]
Nosotros, los suscritos, declaramos que:
(a) Hemos examinado y no hallamos objeción alguna a los documentos de licitación, incluso sus enmiendas Nos. [indicar el número y la fecha de emisión de cada enmienda];
(b) Ofrecemos proveer los siguientes bienes y servicios conexos de conformidad con los documentos de licitación y de acuerdo con el plan de entregas establecido en la lista de requerimientos: [indicar una descripción breve de los bienes y servicios conexos];
(c) El precio total de nuestra oferta, excluyendo cualquier descuento ofrecido en el rubro (d) a continuación es: [indicar el precio total de la oferta en palabras y en cifras, indicando las diferentes cifras en las monedas respectivas];
(d) Los descuentos ofrecidos y la metodología para su aplicación son:
Descuentos. Si nuestra oferta es aceptada, los siguientes descuentos serán aplicables: [detallar cada descuento ofrecido y el artículo específico en la lista de bienes al que aplica el descuento].
Metodología y Aplicación de los Descuentos. Los descuentos se aplicarán de acuerdo a la siguiente metodología: [Detallar la metodología que se aplicará a los descuentos];
(e) Nuestra oferta se mantendrá vigente por el período establecido en la Subcláusula 20.1 de las IAO, a partir de la fecha límite fijada para la presentación de las ofertas de conformidad con la Subcláusula 24.1 de las IAO. Esta oferta nos obligará y podrá ser aceptada en cualquier momento antes de la expiración de dicho período;
(f) Si nuestra oferta es aceptada, nos comprometemos a obtener una garantía de cumplimiento del contrato de conformidad con la Cláusula 44 de las IAO y Cláusula 17 de las CGC;
(g) La nacionalidad del oferente es: [indicar la nacionalidad del oferente, incluso la de todos los miembros que comprende el oferente, si el oferente es un consorcio]
(h) No tenemos conflicto de intereses de conformidad con la Cláusula 4 de las IAO;
(i) Nuestra empresa, sus afiliados o subsidiarias, incluyendo todos los subcontratistas o proveedores para ejecutar cualquier parte del contrato son elegibles, de conformidad con la Cláusula 4 de las IAO;
(j) Las siguientes comisiones, gratificaciones u honorarios han sido pagados o serán pagados en relación con el proceso de esta licitación o ejecución del contrato: [indicar el nombre completo de cada receptor,
su dirección completa, la razón por la cual se pagó cada comisión o gratificación y la cantidad y moneda de cada dicha comisión o gratificación]
Nombre del Receptor | Dirección | Concepto | Monto |
(Si no han sido pagadas o no serán pagadas, indicar “ninguna”.)
(k) Entendemos que esta oferta, junto con su debida aceptación por escrito incluida en la notificación de adjudicación, constituirán una obligación contractual entre nosotros, hasta que el contrato formal haya sido perfeccionado por las partes.
(l) Xxxxxxxxxx que ustedes no están obligados a aceptar la oferta evaluada como la más baja ni ninguna otra oferta que reciban.
Firma: [indicar el nombre completo de la persona cuyo nombre y calidad se indican] En calidad de [indicar la calidad jurídica de la persona que firma el Formulario de la Oferta]
Nombre: [indicar el nombre completo de la persona que firma el Formulario de la Oferta]
Debidamente autorizado para firmar la oferta por y en nombre de: [indicar el nombre completo del oferente] El día del mes del año [indicar la fecha de la firma]
Declaración Jurada sobre Prohibiciones o Inhabilidades
Yo , mayor de edad, de estado civil , de nacionalidad
, con domicilio en
y con Tarjeta de Identidad/pasaporte No.
actuando en mi condición de representante legal de (indicar el nombre de la empresa oferente / en caso de consorcio indicar al consorcio y a las empresas que lo
integran) , por la presente HAGO DECLARACIÓN JURADA: Que ni mi persona ni mi representada se encuentran comprendidos en ninguna de las prohibiciones o inhabilidades a que se refieren los artículos 15 y 16 de la Ley de Contratación del Estado, que a continuación se transcriben:
“ARTÍCULO 15.- Aptitud para contratar e inhabilidades. Podrán contratar con la Administración, las personas naturales o jurídicas, hondureñas o extranjeras, que teniendo plena capacidad de ejercicio, acrediten su solvencia económica y financiera y su idoneidad técnica y profesional y no se hallen comprendidas en algunas de las circunstancias siguientes:
1) Xxxxx sido condenados mediante sentencia firme por delitos contra la propiedad, delitos contra la fe pública, cohecho, enriquecimiento ilícito, negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas, malversación de caudales públicos o contrabando y defraudación fiscal, mientras subsista la condena. Esta prohibición también es aplicable a las sociedades mercantiles u otras personas jurídicas cuyos administradores o representantes se encuentran en situaciones similares por actuaciones a nombre o en beneficio de las mismas;
2) DEROGADO;
3) Haber sido declarado en quiebra o en concurso de acreedores, mientras no fueren rehabilitados;
4) Ser funcionarios o empleados, con o sin remuneración, al servicio de los Poderes del Estado o de cualquier institución descentralizada, municipalidad u organismo que se financie con fondos públicos, sin perjuicio de lo previsto en el Artículo 258 de la Constitución de la República;
5) Haber dado lugar, por causa de la que hubiere sido declarado culpable, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración o a la suspensión temporal en el Registro de Proveedores y Contratistas en tanto dure la sanción. En el primer caso, la prohibición de contratar tendrá una duración de dos (2) años, excepto en aquellos casos en que haya sido objeto de resolución en sus contratos en dos ocasiones, en cuyo caso la prohibición de contratar será definitiva;
6) Ser cónyuge, persona vinculada por unión de hecho o parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad de cualquiera de los funcionarios o empleados bajo cuya responsabilidad esté la precalificación de las empresas, la evaluación de las propuestas, la adjudicación o la firma del contrato;
7) Tratarse de sociedades mercantiles en cuyo capital social participen funcionarios o empleados públicos que tuvieren influencia por razón de sus cargos o participaren directa o indirectamente en cualquier etapa de los procedimientos de selección de contratistas. Esta prohibición se aplica también a las compañías que cuenten con socios que sean cónyuges, personas vinculadas por unión de hecho o parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad de los funcionarios o empleados a que se refiere el numeral anterior, o aquellas en las que desempeñen, puestos de dirección o de representación personas con esos mismos grados de relación o de parentesco; y,
8) Xxxxx intervenido directamente o como asesores en cualquier etapa de los procedimientos de contratación o haber participado en la preparación de las especificaciones, planos, diseños o términos de referencia, excepto en actividades de supervisión de construcción.
ARTÍCULO 16.- Funcionarios cubiertos por la inhabilidad. Para los fines del numeral 7) del Artículo anterior, se incluyen el Presidente de la República y los Designados a la Presidencia, los Secretarios y Subsecretarios de Estado, los Directores Generales o Funcionarios de igual rango de las Secretarías de Estado, los Diputados al Congreso Nacional, los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, los miembros del Tribunal
Nacional de Elecciones, el Procurador y Subprocurador General de la República, el Contralor y Subcontralor General de la República, el Director y Subdirector General Probidad Administrativa, el Comisionado Nacional de Protección de los Derechos Humanos, el Fiscal General de la República y el Fiscal Adjunto, los mandos superiores de las Fuerzas Armadas, los Gerentes y Subgerentes o funcionarios de similares rangos de las instituciones descentralizadas del Estado, los Alcaldes y Regidores Municipales en el ámbito de la contratación de cada Municipalidad y los demás funcionarios o empleados públicos que por razón de sus cargos intervienen directa o indirectamente en los procedimientos de contratación.”
En fe de lo cual firmo la presente en la ciudad de , Departamento de
, a los días de mes de de . Firma:
Esta Declaración Jurada debe presentarse en original con la firma autenticada ante Notario (En caso de autenticarse por Notario Extranjero debe ser apostillado).
Formularios de Listas de Precios
[El oferente completará estos formularios de Listas de Precios de acuerdo con las instrucciones indicadas. La lista de artículos y lotes en la columna 1 de la Lista de Precios deberá coincidir con la lista de bienes y servicios conexos detallada por el comprador en los requisitos de los bienes y servicios.]
FORMULARIO DE LISTA DE PRECIOS | ||||||
VALORES EN LEMPIRAS | ||||||
No. | Descripción de los servicios | Fecha de prestación del servicio | Ubicación física | Anual | 15% de Impuesto sobre ventas | Costo total |
1 | Contratación del servicio de soporte, mantenimiento y actualización del producto para las licencias de la solución de software para control de dispositivos móviles, control de datos confidenciales y encriptación de información “Data Loss Prevention (DLP)” marca McAfee, por el término de un (1) año, comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2016 | Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2016 | Nuevo Edificio del Banco Central de Honduras, ubicado en la colonia Las Brisas en la ciudad de Tegucigalpa, MDC, | |||
. | ||||||
PRECIO TOTAL DE LA OFERTA |
Nombre del oferente [indicar el nombre completo del oferente] Firma del oferente [firma de la persona que firma la oferta] Fecha [Indicar fecha]
Precio y Cronograma de Cumplimiento - Servicios Conexos NO APLICA
Monedas de conformidad con la Subcláusula IAO 15 | Fecha: LPN No: Alternativa No: Página N de | |||||
1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 |
Servicio No. | Descripción de los servicios (excluye transporte interno y otros servicios requeridos en Honduras para transportar | País de origen | Fecha de entrega en el lugar de destino final | Cantidad y unidad física | Precio unitario | Precio total por servicio (Col 5 x 6 o un |
los bienes a su destino final) | estimado) | |||||
[indicar | [indicar el nombre de los servicios] | [indicar el | [indicar la fecha de | [indicar el número de unidades a | [indicar el precio | [indicar el precio |
número del | país de origen de | entrega al lugar de destino final por | suministrar y el nombre de la unidad física de medida] | unitario por servicio] | total por servicio] | |
servicio] | los servicios] | servicio] | ||||
Precio total de la oferta |
Nombre del oferente [indicar el nombre completo del oferente] Firma del oferente [firma de la persona que firma la oferta] Fecha [Indicar fecha]
GARANTIA / FIANZA
FORMATO GARANTÍA MANTENIMIENTO DE OFERTA NOMBRE DE ASEGURADORA / BANCO
DE MANTENIMIENTO DE OFERTA No. FECHA DE EMISIÓN: AFIANZADO/GARANTIZADO: DIRECCIÓN Y TELÉFONO:
Fianza / Garantía a favor de , para garantizar que el Afianzado/Garantizado, mantendrá la OFERTA, presentada en la licitación para la Ejecución del Proyecto: “ ” ubicado en _ .
SUMA AFIANZADA/GARANTIZADA:
VIGENCIA De: Hasta: BENEFICIARIO:
CLÁUSULA OBLIGATORIA:
“EL PRESENTE DOCUMENTO SERÁ EJECUTADO POR EL CIEN POR CIENTO (100%) DE SU VALOR POR SIMPLE REQUERIMIENTO DEL BANCO CENTRAL DE HONDURAS, ACOMPAÑADO DE UN CERTIFICADO DE INCUMPLIMIENTO”.
“EL VALOR DE ESTE DOCUMENTO PODRÁ HACERSE EFECTIVO A FAVOR DEL BANCO CENTRAL DE HONDURAS, DESPUÉS DE LA FECHA DE SU VENCIMIENTO, SIEMPRE Y CUANDO EL REQUERIMIENTO DE PAGO SE REALICE DENTRO DEL PLAZO DE VIGENCIA DE DICHO DOCUMENTO”.
“EN CASO DE CONTROVERSIA ENTRE LAS CONDICIONES PARTICULARES O GENERALES Y LAS ESPECIALES, PREVALECERÁN ESTAS ÚLTIMAS”
Las garantías o fianzas emitidas a favor del BENEFICIARIO serán solidarias, incondicionales, irrevocables y de realización automática y no deberán adicionarse cláusulas que anulen o limiten la cláusula obligatoria.
Se entenderá por el incumplimiento si el Afianzado/Garantizado:
1. Retira su oferta durante el período de validez de la misma.
2. No acepta la corrección de los errores (si los hubiere) del precio de la oferta.
3. Si después de haber sido notificado de la aceptación de su oferta por el contratante durante el período de validez de la misma, no firma o rehúsa firmar el contrato, o se rehúsa a presentar la garantía de cumplimiento.
4. Cualquier otra condición estipulada en el pliego de condiciones.
En fe de lo cual, se emite la presente Fianza/Garantía, en la ciudad de , Municipio de , a los del mes de del año .
FIRMA AUTORIZADA
Autorización del Fabricante
[El oferente solicitará al fabricante que complete este formulario de acuerdo con las instrucciones indicadas. Esta carta de autorización deberá estar escrita en papel membrete del fabricante y deberá estar firmado por la persona debidamente autorizada para firmar documentos que comprometan al fabricante. El oferente lo deberá incluir en su oferta, si así se establece en los DDL.]
Fecha: [indicar la fecha (día, mes y año) de presentación de la oferta] LPN No.: [indicar el número del proceso licitatorio]
Alternativa No.: [indicar el No. de identificación si esta es una oferta por una alternativa] A: [indicar el nombre completo del comprador]
POR CUANTO
Nosotros [nombre completo del fabricante], como fabricantes oficiales de [indique el nombre de los bienes fabricados], con fábricas ubicadas en [indique la dirección completa de las fábricas] mediante el presente instrumento autorizamos a [indicar el nombre y dirección del oferente] a presentar una oferta con el solo propósito de suministrar los siguientes bienes de fabricación nuestra [nombre y breve descripción de los bienes], y a posteriormente negociar y firmar el contrato.
Por este medio extendemos nuestro aval y plena garantía, conforme a la Cláusula 27 de las Condiciones Generales del Contrato, respecto a los bienes ofrecidos por la firma antes mencionada.
Firma: [firma del(los) representante(s) autorizado(s) del fabricante]
Nombre: [indicar el nombre completo del representante autorizado del fabricante] Cargo: [indicar cargo]
Debidamente autorizado para firmar esta Autorización en nombre de: [nombre completo del oferente] Fechado en el día de de 200 [fecha de la firma]
Sección V. Países Elegibles NO APLICA
En esta licitación son elegibles bienes y empresas de todos los países, a condición de que cumplan los requisitos de participación establecidos en los pliegos y en la ley hondureña.
PARTE 2 – Requisitos de los Bienes y Servicios
Sección VI. Lista de Requisitos
Índice
1. | Lista de bienes y plan de entregas | 60 |
2. | Lista de servicios conexos y cronograma de cumplimiento | 61 |
3. | Especificaciones técnicas | 62 |
4. | Planos o diseños | 64 |
5. | Inspecciones y pruebas | 64 |
1. Lista de Bienes y Plan de Entregas NO APLICA
[El comprador completará este cuadro, excepto por la columna “Fecha de entrega ofrecida por el oferente” la cual será completada por el oferente]
No. de artículo | Descripción de los bienes | Cantidad | Unidad física | Lugar de destino convenido según se indica en los DDL | Fecha de Entrega | ||
Fecha más temprana de entrega (NO APLICA) | Fecha límite de entrega | Fecha de entrega ofrecida por el oferente [a ser especificada por el oferente] | |||||
[indicar el | [indicar la descripción | [indicar la | [indicar la | [indicar el | [indicar el número de | [indicar el | [indicar el número de |
No.] | de los bienes] | cantidad de | unidad | lugar de | días después de la | número de | días después de la |
los artículos a | física de | destino | fecha de efectividad | días después | fecha de efectividad del | ||
suministrar] | medida de | convenido] | del contrato] | de la fecha de | contrato] | ||
la | efectividad del | ||||||
cantidad] | contrato] | ||||||
2. Lista de Servicios Conexos y Cronograma de Cumplimiento NO APLICA
Servicio | Descripción del servicio | Cantidad1 | Unidad física | Lugar donde los servicios serán prestados | Fecha(s) final(es) de ejecución de los servicios |
[indicar el No. del servicio] | [indicar descripción de los servicios conexos ] | [Insertar la cantidad de rubros de servicios a proveer] | [indicar la unidad física de medida de los rubros de servicios] | [indicar el nombre del lugar] | [indicar la(s) fecha(s) de entrega requerida(s)] |
1 Si corresponde.
3. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
La documentación técnica, SIN INCLUIR PRECIOS, debe contener un detalle pormenorizado de las especificaciones técnicas ofrecidas para cumplir con los requerimientos exigidos y debe estar respaldada por documentos (indicar número de folio donde se encuentra la información), según se detalle:
3.1 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL SERVICIO
El servicio de soporte de mantenimiento y actualización del producto corresponde a las licencias de la solución de software para control de dispositivos móviles, control de datos confidenciales y encriptación denominada “Data Loss Prevention (DLP) marca McAfee” incluidas todas sus funcionalidades, la cual se encuentra instalada bajo la misma consola de administración de la Solución de Antivirus y Anti-spyware Corporativa de McAfee (ePO, ePolicy Orchestrator) con que cuenta el BCH, el detalle de licencias a renovar se detalla a continuación:
Ítem | Cantidad | Descripción de la Solución |
1 | 500 | Licencias de McAfee Host Data Loss Prevention, Software para el control de dispositivos móviles + control de datos confidenciales. |
2 | 75 | Licencias de McAfee Endpoint Encryption for Devices, Software para encriptación de dispositivos. |
3 | 75 | Licencias de McAfee Endpoint Encryption for Files and Folders, Software para cifrado de archivos, carpetas y dispositivos removibles. |
3.2 CONDICIONES TÉCNICAS QUE DEBE CUMPLIR EL OFERENTE
3.2.1 Entregar al BCH, la documentación técnica como ser manuales de usuario, técnico y de gestión de la solución; medios ópticos de instalación originales CD's o DVD's en caso de existir nueva versión del software Data Loss Prevention (DLP) marca McAfee liberada por el fabricante; original del certificado o número de concesión del servicio a contratar a nombre del BCH, indicando fecha de inicio y finalización del soporte y la versión impresa de las políticas del soporte de licencias de Data Loss Prevention (DLP) marca McAfee vigentes.
3.2.2 Brindar el soporte técnico de mantenimiento correctivo para la solución de software objeto de esta contratación, atendiendo las solicitudes que realice el BCH, vía teléfono, fax o correo electrónico; la cual debe prestarse las veinticuatro (24) horas del día, siete (7) días de la semana, los trescientos sesenta y cinco (365) días del año (7X24X365), sin costo adicional para el BCH en presencia del personal técnico del Departamento de Tecnología y Comunicaciones.
3.2.3 Garantizar que al término de dos (2) horas como máximo después de recibido el reporte de la falla del producto, su personal técnico, se presentará en las instalaciones del BCH y se mantendrá en ellas hasta dar una solución, debiendo solventar el problema en un tiempo máximo de doce (12) horas, contadas a partir del momento en que la falla haya sido reportada por el BCH. Una vez solucionado el problema, debe presentar un informe en un término no mayor a ocho (8) días calendarios en el cual se detalle el origen, la solución y recomendaciones para evitar la reincidencia del problema.
3.2.4 Brindar un servicio de mantenimiento correctivo sin costo adicional para el BCH contemplando todas las acciones necesarias sobre las funcionalidades técnicas de la solución DLP para poner en funcionamiento el sistema defectuoso.
3.2.5 Realizar por lo menos tres (3) visitas durante el año de vigencia del contrato, las cuales serán programadas a conveniencia del BCH, en forma cuatrimestral, por lo que diez (10) días hábiles después de la firma del contrato, debe presentar un plan sugiriendo las fechas y horas en que se realizará el mantenimiento, a fin de lograr el acuerdo correspondiente.
3.2.6 Entregar como parte del mantenimiento preventivo y/o correctivo, un reporte escrito en el cual se describan las tareas realizadas y los eventos críticos encontrados, como máximo ocho (8) días calendario después de la fecha del mantenimiento ante el Departamento de Tecnología y Comunicaciones del BCH.
3.2.7 Entregar un servicio de mantenimiento proactivo, orientado a anticipar problemas sobre todas las funcionalidades técnicas del software que pudieran eventualmente interrumpir la continuidad de la plataforma operativa a efecto de lograr el mayor grado de disponibilidad de la solución Data Loss Prevention (DLP).
3.2.8 Brindar soporte técnico en software que incluya la asesoría en la implementación de nuevas configuraciones de las funcionalidades de la solución, así como también la resolución de problemas con respecto a la configuración o uso de la solución Data Loss Prevention (DLP) y programas relacionados con ésta, que hayan sido habilitados por el BCH.
3.2.9 El servicio de mantenimiento debe incluir modificaciones en las configuraciones en caso de ser necesarias, para corregir o mejorar la seguridad o el desempeño de la solución objeto de esta contratación mediante la instalación de actualizaciones, parches o nuevas versiones, los que serán instalados por el oferente durante la realización de cada visita de mantenimiento o cuando sea necesario siempre y cuando sean estas recomendaciones de McAfee. Los parches que se consideren críticos serán instalados mediante notificación previa sin afectar la operatividad y en acuerdo con el personal técnico del BCH.
3.2.10 En caso de haber actualizaciones del producto durante el período del soporte, éstas deben ser entregadas en medios ópticos (CD o DVD) y etiquetados debidamente, además una vez aplicadas las actualizaciones, el oferente debe presentar un informe en un término no mayor a ocho (8) días calendarios en el cual se detalle las actividades realizadas.
3.2.11 El oferente debe ser un representante de McAfee, quien es el fabricante de la solución de software “Data Loss Prevention (DLP)”.
3.2.12 Garantizar que en todo el período que dure el servicio mantendrá los elementos necesarios para brindar este soporte objeto de esta contratación.
3.2.13 Contar con personal debidamente capacitado y certificado en la administración y soporte de mantenimiento preventivo y correctivo para la solución de software “Data Loss Prevention (DLP)”.
3.3 ACTIVIDADES QUE DEBEN REALIZARSE EN CADA VISITA DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO
3.3.1 De ser necesario, actualización de producto o parches de seguridad.
3.3.2 Efectuar las actualizaciones o modificaciones que sean necesarias para corregir o mejorar la seguridad, configuraciones y el desempeño de la solución de software DLP, los que serán instalados por el oferente durante la realización de cada visita de mantenimiento o cuando sean estas recomendaciones del fabricante.
3.3.3 Revisión de bitácora de eventos para anticipar problemas de funcionamiento a efecto de determinar las acciones que correspondan.
3.3.4 Realizar un reporte escrito en el cual se describan las tareas realizadas y los eventos críticos encontrados, como máximo ocho (8) días calendario después de la fecha del mantenimiento ante el Departamento de Tecnología y Comunicaciones del BCH.
3.4 PERÍODO DE VIGENCIA DEL SERVICIO
La vigencia del servicio objeto de esta contratación será de un (1) año, comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2016.
OTROS DOCUMENTOS
En el mismo sobre que contenga la documentación técnica el oferente debe presentar:
Presentar cartas de referencia, de haber suministrado dentro o fuera del país (Honduras) servicio igual o similar al ofertado. Las referencias deben incluir nombre del cliente, dirección, persona contacto (nombre y cargo que desempeña), número telefónico, descripción del servicio, así como la fecha de entrada en servicio del mismo.
4. Planos o Diseños NO APLICA
Estos documentos no incluyen ningún plano o diseño:
5. Inspecciones y Pruebas NO APLICA
Como parte del proceso de evaluación y previo a la adjudicación, el BCH o sus representantes tendrán el derecho de inspeccionar o probar los suministros ofrecidos, a fin de verificar que cumplan con las especificaciones descritas. Estas deberán realizarse de preferencia en las instalaciones del BCH; sin embargo, en casos plenamente justificados las mismas pueden llevarse a cabo en otras áreas.
PARTE 3 – Contrato
Sección VII. Condiciones Generales del Contrato Índice de Cláusulas
1. | Definiciones | 68 |
2. | Documentos del contrato | 69 |
3. | Fraude y corrupción | 69 |
4. | Interpretación | 69 |
5. | Idioma | 70 |
6. | Consorcio | 71 |
7. | Elegibilidad | 71 |
8. | Notificaciones | 72 |
9. | Ley aplicable | 72 |
10. | Solución de controversias | 72 |
11. | Alcance de los suministros | 72 |
12. | Entrega y documentos | 72 |
13. | Responsabilidades del proveedor | 72 |
14. | Precio del contrato | 73 |
15. | Condiciones de pago | 73 |
16. | Impuestos y derechos | 73 |
17. | Garantía de cumplimiento | 73 |
18. | Derechos de autor | 74 |
19. | Confidencialidad de la información | 74 |
20. | Subcontratación | 75 |
21. | Especificaciones y normas | 75 |
22. | Embalaje y documentos | 75 |
23. | Seguros | 76 |
Licitación Pública No.27/2015 67
24. | Transporte | 76 |
25. | Inspecciones y pruebas | 76 |
26. | Liquidación por daños y perjuicios | 77 |
27. | Garantía de los bienes | 77 |
28. | Indemnización por derechos de patente | 78 |
29. | Limitación de responsabilidad | 79 |
30. | Cambio en las leyes y regulaciones | 79 |
31. | Fuerza mayor | 79 |
32. | Órdenes de cambio y enmiendas al contrato | 80 |
33. | Prórroga de los plazos | 80 |
34. | Terminación | 81 |
35. | Cesión | 82 |
Licitación Pública No.27/2015 68
Sección VII. Condiciones Generales del Contrato
1. Definiciones | 1.1. Las siguientes palabras y expresiones tendrán los significados que aquí se les asigna: (a) “El Sitio del Proyecto”, donde corresponde, significa el lugar citado en las CEC; (b) “Contrato” significa el contrato celebrado entre el comprador y el proveedor, junto con los documentos del contrato allí referidos, incluyendo todos los anexos y apéndices, y todos los documentos incorporados allí por referencia; (c) “Documentos del Contrato” significa los documentos enumerados en el contrato, incluyendo cualquier enmienda; (d) “Precio del Contrato” significa el precio pagadero al proveedor según se especifica en el contrato, sujeto a las condiciones y ajustes allí estipulados o deducciones propuestas, según corresponda en virtud del contrato; (e) “Día” significa día calendario; (f) “Cumplimiento” significa que el proveedor ha completado la prestación de los Servicios Conexos de acuerdo con los términos y condiciones establecidas en el contrato; (g) “CGC” significa las Condiciones Generales del Contrato; (h) “Bienes” significa todos los productos, materia prima, maquinaria y equipo, y otros materiales que el proveedor deba proporcionar al comprador en virtud del contrato; (j) “Comprador” significa la entidad que compra los bienes y servicios conexos, según se indica en las CEC; (k) “Servicios Conexos” significan los servicios incidentales relativos a la provisión de los bienes, tales como transporte, seguro, instalación, puesta en servicio, capacitación y mantenimiento inicial y otras obligaciones similares del proveedor en virtud del contrato; (l) “CEC” significa las Condiciones Especiales del Contrato; (m) “Subcontratista” significa cualquier persona natural, entidad privada o pública, o cualquier combinación de ellas, con quienes el proveedor ha subcontratado el suministro de cualquier porción de los Bienes o la ejecución de cualquier parte de los servicios; (n) “Proveedor” significa la persona natural, jurídica o entidad gubernamental, o una combinación de éstas, cuya oferta para ejecutar el contrato ha sido aceptada por el comprador y es denominada como tal en el contrato. |
Licitación Pública No.27/2015 69
2. Documentos del contrato | 2.1 Sujetos al orden de precedencia establecido en el contrato, se entiende que todos los documentos que forman parte integral del contrato (y todos sus componentes allí incluidos) son correlativos, complementarios y recíprocamente aclaratorios. El contrato deberá leerse de manera integral. |
3. Fraude y corrupción | 3.1 El Estado de Honduras exige a todos los organismos ejecutores y organismos contratantes, al igual que a todas las firmas, entidades o personas oferentes por participar o participando en procedimientos de contratación, incluyendo, entre otros, solicitantes, oferentes, contratistas, consultores y concesionarios (incluyendo sus respectivos funcionarios, empleados y representantes), observar los más altos niveles éticos durante el proceso de selección y las negociaciones o la ejecución de un contrato. Los actos de fraude y corrupción están prohibidos. 3.2 El comprador, así como cualquier instancia de control del Estado de Honduras tendrán el derecho de revisar a los oferentes, proveedores, contratistas, subcontratistas, consultores y concesionarios sus cuentas y registros y cualesquiera otros documentos relacionados con la presentación de propuestas y con el cumplimiento del contrato y someterlos a una auditoría por auditores designados por el comprador, o la respectiva instancia de control del Estado de Honduras. Para estos efectos, el proveedor y sus subcontratistas deberán: (i) conserven todos los documentos y registros relacionados con este contrato por un período de tres (3) años luego de terminado el trabajo contemplado en el contrato; y (ii) entreguen todo documento necesario para la investigación de denuncias de fraude o corrupción, y pongan a la disposición del comprador o la respectiva instancia de control del Estado de Honduras, los empleados o agentes del proveedor y sus subcontratistas que tengan conocimiento del contrato para responder las consultas provenientes de personal del comprador o la respectiva instancia de control del Estado de Honduras o de cualquier investigador, agente, auditor o consultor apropiadamente designado para la revisión o auditoría de los documentos. Si el proveedor o cualquiera de sus subcontratistas incumple el requerimiento del comprador o la respectiva instancia de control del Estado de Honduras, o de cualquier otra forma obstaculiza la revisión del asunto por éstos, el comprador o la respectiva instancia de control del Estado de Honduras bajo su sola discreción, podrá tomar medidas apropiadas contra el proveedor o subcontratista para asegurar el cumplimiento de esta obligación. 3.3 Los actos de fraude y corrupción son sancionados por la Ley de Contratación del Estado, sin perjuicio de la responsabilidad en que se pudiera incurrir conforme al Código Penal. |
4. Interpretación | 4.1 Si el contexto así lo requiere, el singular significa el plural, y viceversa. 4.2 Incoterms (a) El significado de cualquier término comercial, así como los derechos y obligaciones de las partes serán los prescritos en los Incoterms, a menos que sea inconsistente con alguna disposición del contrato; |
Licitación Pública No.27/2015 70
(b) El término DDP, DPA y otros similares, cuando se utilicen, se regirán por lo establecido en la edición vigente de los Incoterms especificada en la CEC, y publicada por la Cámara de Comercio Internacional en Xxxxx, Xxxxxxx. 4.3 Totalidad del contrato El contrato constituye la totalidad de lo acordado entre el comprador y el proveedor y substituye todas las comunicaciones, negociaciones y acuerdos (ya sea escritos o verbales) realizados entre las partes con anterioridad a la fecha de la celebración del contrato. 4.4 Enmienda Ninguna enmienda u otra variación al contrato será válida a menos que esté por escrito, fechada y se refiera expresamente al contrato, y esté firmada por un representante de cada una de las partes debidamente autorizado. 4.5 Limitación de dispensas (a) Sujeto a lo indicado en la Subcláusula 4.5 (b) siguiente de estas CGC, ninguna dilación, tolerancia, demora o aprobación por cualquiera de las partes al hacer cumplir algún término y condición del contrato o el otorgar prórrogas por una de las partes a la otra, perjudicará, afectará o limitará los derechos de esa parte en virtud del contrato. Asimismo, ninguna dispensa concedida por cualquiera de las partes por un incumplimiento del contrato, servirá de dispensa para incumplimientos posteriores o continuos del contrato; (b) Toda dispensa a los derechos, poderes x xxxxxxxx de una de las partes en virtud del contrato, deberá ser por escrito, llevar la fecha y estar firmada por un representante autorizado de la parte otorgando dicha dispensa y deberá especificar la obligación que está dispensando y el alcance de la dispensa. 4.6 Divisibilidad Si cualquier provisión o condición del contrato es prohibida o resultase inválida o inejecutable, dicha prohibición, invalidez o falta de ejecución no afectará la validez o el cumplimiento de las otras provisiones o condiciones del contrato. | |
5. Idioma | 5.1 El contrato, así como toda la correspondencia y documentos relativos al contrato intercambiados entre el proveedor y el comprador, deberán ser escritos en español. Los documentos de sustento y material impreso que formen parte del contrato, pueden estar en otro idioma siempre que los mismos estén acompañados de una traducción fidedigna de los apartes pertinentes al español y, en tal caso, dicha traducción prevalecerá para efectos de interpretación del contrato. 5.2 El proveedor será responsable de todos los costos de la traducción al idioma que rige, así como de todos los riesgos derivados de la exactitud de dicha |
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traducción de los documentos proporcionados por el proveedor. | |
6. Consorcio | 6.1 Si el proveedor es un consorcio, todas las partes que lo conforman deberán ser mancomunada y solidariamente responsables frente al comprador por el cumplimiento de las disposiciones del contrato y deberán designar a una de ellas para que actúe como representante con autoridad para comprometer al consorcio. La composición o constitución del consorcio no podrá ser alterada sin el previo consentimiento del comprador. |
7. Elegibilidad | 7.1 El proveedor y sus subcontratistas deberán tener plena capacidad de ejercicio, y no hallarse comprendidos en alguna de las circunstancias siguientes: a) Haber sido condenados mediante sentencia firme por delitos contra la propiedad, delitos contra la fe pública, cohecho, enriquecimiento ilícito, negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas, malversación de caudales públicos o contrabando y defraudación fiscal, mientras subsista la condena. Esta prohibición también es aplicable a las sociedades mercantiles u otras personas jurídicas cuyos administradores o representantes se encuentran en situaciones similares por actuaciones a nombre o en beneficio de las mismas; b) Haber sido declarado en quiebra o en concurso de acreedores, mientras no fueren rehabilitados; (c) Ser funcionarios o empleados, con o sin remuneración, al servicio de los Poderes del Estado o de cualquier institución descentralizada, municipalidad u organismo que se financie con fondos públicos, sin perjuicio de lo previsto en el Artículo 258 de la Constitución de la República; (d) Haber dado lugar, por causa de la que hubiere sido declarado culpable, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración o a la suspensión temporal en el Registro de Proveedores y Contratistas en tanto dure la sanción. En el primer caso, la prohibición de contratar tendrá una duración de dos (2) años , excepto en aquellos casos en que haya sido objeto de resolución en sus contratos en dos ocasiones, en cuyo caso la prohibición de contratar será definitiva; (e) Ser cónyuge, persona vinculada por unión de hecho o parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad de cualquiera de los funcionarios o empleados bajo cuya responsabilidad esté la precalificación de las empresas, la evaluación de las propuestas, la adjudicación o la firma del contrato; (f) Tratarse de sociedades mercantiles en cuyo capital social participen funcionarios o empleados públicos que tuvieren influencia por razón de sus cargos o participaren directa o indirectamente en cualquier etapa de los procedimientos de selección de contratistas. Esta prohibición se aplica también a las compañías que cuenten con socios que sean cónyuges, personas vinculadas por unión de hecho o parientes dentro |
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del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad de los funcionarios o empleados a que se refiere el numeral anterior, o aquellas en las que desempeñen, puestos de dirección o de representación personas con esos mismos grados de relación o de parentesco; (g) Haber intervenido directamente o como asesores en cualquier etapa de los procedimientos de contratación o haber participado en la preparación de las especificaciones, planos, diseños o términos de referencia, excepto en actividades de supervisión de construcción; (h) Estar suspendido del Registro de Proveedores y Contratistas o tener vigente sanción de suspensión para participar en procedimientos de contratación administrativa. | |
8. Notificaciones | 8.1 Todas las notificaciones entre las partes en virtud de este contrato deberán ser por escrito y dirigidas a la dirección indicada en las CEC. El término “por escrito” significa comunicación en forma escrita con prueba de recibo. 8.2 Una notificación será efectiva en la fecha más tardía entre la fecha de entrega y la fecha de la notificación. |
9. Ley aplicable | 9.1 El contrato se regirá y se interpretará según las leyes hondureñas. |
10. Solución de controversias | 10.1 El comprador y el proveedor harán todo lo posible para resolver amigablemente mediante negociaciones directas informales, cualquier desacuerdo o controversia que se haya suscitado entre ellos en virtud o en referencia al contrato. 10.2 Cualquier divergencia que se presente sobre un asunto que no se resuelva mediante un arreglo entre el proveedor y el comprador, deberá ser resuelto por éste, quien previo estudio del caso dictará su resolución y la comunicará al reclamante. 10.3 Contra la resolución del comprador quedará expedita la vía judicial ante los tribunales de lo Contencioso Administrativo, salvo que las CEC establezcan la posibilidad de acudir al Arbitraje. |
11. Alcance de los suministros | 11.1 Los bienes y servicios conexos serán suministrados según lo estipulado en la lista de requisitos. |
12. Entrega y documentos | 12.1 Sujeto a lo dispuesto en la Subcláusula 32.1 de las CGC, la entrega de los bienes y cumplimiento de los servicios conexos se realizará de acuerdo con el plan de entrega y cronograma de cumplimiento indicado en la lista de requisitos. Los detalles de los documentos que deberá suministrar el proveedor se especifican en las CEC. |
13. Responsabilidades del proveedor | 13.1 El proveedor deberá proporcionar todos los bienes y servicios conexos incluidos en el alcance de suministros de conformidad con la Cláusula 11 de las CGC y el plan de entrega y cronograma de cumplimiento, de conformidad con la Cláusula 12 de las CGC. |
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14. Precio del contrato | 14.1 Los precios que cobre el proveedor por los bienes proporcionados y los servicios conexos prestados en virtud del contrato no podrán ser diferentes de los cotizados por el proveedor en su oferta, excepto por cualquier ajuste de precios autorizado en las CEC. |
15. Condiciones de pago | 15.1 El precio del contrato, incluyendo cualquier pago por anticipo, si corresponde, se pagará según se establece en las CEC. 15.2 La solicitud de pago del proveedor al comprador deberá ser por escrito, acompañada de documentación de soporte que describan, según corresponda, los bienes entregados y los servicios conexos cumplidos, y de los documentos presentados de conformidad con las cláusulas 7.4 y 12 de las CGC y en cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato. 15.3 El comprador efectuará los pagos prontamente, pero de ninguna manera podrá exceder sesenta (60) días después de la presentación de una factura o solicitud de pago por el proveedor, y después de que el comprador la haya aceptado. 15.4 Las monedas en que se le pagará al proveedor en virtud de este contrato serán aquellas que el proveedor hubiese especificado en su oferta. 15.5 Si el comprador no efectuara cualquiera de los pagos al proveedor en las fechas de vencimiento correspondiente o dentro del plazo establecido en las CEC, el comprador pagará al proveedor interés sobre los montos de los pagos morosos a la tasa de interés establecida en las CEC, por el período de la demora hasta que haya efectuado el pago completo, ya sea antes o después de cualquier juicio o fallo de arbitraje. |
16. Impuestos y derechos | 16.1 El proveedor será totalmente responsable por todos los impuestos, gravámenes, timbres, comisiones por licencias, y otros cargos similares incurridos hasta la entrega de los bienes contratados con el comprador. 16.2 El comprador interpondrá sus mejores oficios para que el proveedor se beneficie con el mayor alcance posible de cualquier exención impositiva, concesiones, o privilegios legales que pudiesen aplicar al proveedor en Honduras. |
17. Garantía de cumplimiento | 17.1 El proveedor, dentro de los siguientes treinta (30) días de la notificación de la adjudicación del contrato, deberá suministrar la garantía de cumplimiento del contrato por el monto equivalente al quince por ciento (15%) del valor del contrato. 17.2 Los recursos de la garantía de cumplimiento serán pagaderos al comprador como indemnización por cualquier pérdida que le pudiera ocasionar el incumplimiento de las obligaciones del proveedor en virtud del contrato. 17.3 Como se establece en las CEC, la garantía de cumplimiento, si es requerida, deberá estar denominada en la(s) misma(s) moneda(s) del contrato, o en una moneda de libre convertibilidad aceptable al comprador, y presentada en una de los formatos estipuladas por el comprador en las CEC, u en otro formato |
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aceptable al comprador. 17.4 La validez de la garantía de cumplimiento excederá en tres (3) meses la fecha prevista de culminación de la entrega de los bienes. 17.5 Efectuada que fuere la entrega de los bienes y realizada la liquidación del contrato, cuando se establezca en las CEC, el proveedor sustituirá la garantía de cumplimiento del contrato por una garantía de calidad de los bienes suministrados, con vigencia por el tiempo previsto en las CEC y cuyo monto será equivalente al cinco por ciento (5%) del valor del contrato. | |
18. Derechos de autor | 18.1 Los derechos de autor de todos los planos, documentos y otros materiales conteniendo datos e información proporcionada al comprador por el proveedor, seguirán siendo de propiedad del proveedor. Si esta información fue suministrada al comprador directamente o a través del proveedor por terceros, incluyendo proveedores de materiales, el derecho de autor de dichos materiales seguirá siendo de propiedad de dichos terceros. |
19. Confidencialidad de la información | 19.1 El comprador y el proveedor deberán mantener confidencialidad y en ningún momento divulgarán a terceros, sin el consentimiento por escrito de la otra parte, documentos, datos u otra información que hubiera sido directa o indirectamente proporcionada por la otra parte en conexión con el contrato, antes, durante o después de la ejecución del mismo. No obstante lo anterior, el proveedor podrá proporcionar a sus subcontratistas los documentos, datos e información recibidos del comprador para que puedan cumplir con su trabajo en virtud del contrato. En tal caso, el proveedor obtendrá de dichos subcontratistas un compromiso de confidencialidad similar al requerido del proveedor bajo la Cláusula 19 de las CGC. 19.2 El comprador no utilizará dichos documentos, datos u otra información recibida del proveedor para ningún uso que no esté relacionado con el contrato. Asimismo el proveedor no utilizará los documentos, datos u otra información recibida del comprador para ningún otro propósito que el de la ejecución del contrato. 19.3 La obligación de las partes de conformidad con las subcláusulas 19.1 y 19.2 de las CGC arriba mencionadas, no aplicará a información que: (a) El comprador o el proveedor requieran compartir con el Banco u otras instituciones que participan en el financiamiento del contrato; (b) Actualmente o en el futuro se hace de dominio público sin culpa de ninguna de las partes; (c) Puede comprobarse que estaba en posesión de esa parte en el momento que fue divulgada y no fue obtenida previamente directa o indirectamente de la otra parte; o (d) Que de otra manera fue legalmente puesta a la disponibilidad de esa parte por una tercera parte que no tenía obligación de confidencialidad. |
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19.4 Las disposiciones precedentes de esta cláusula 19 de las CGC no modificarán de ninguna manera ningún compromiso de confidencialidad otorgado por cualquiera de las partes a quien esto compete antes de la fecha del contrato con respecto a los suministros o cualquier parte de ellos. 19.5 Las disposiciones de la Cláusula 19 de las CGC permanecerán válidas después del cumplimiento o terminación del contrato por cualquier razón. | |
20. Subcontratación | 20.1 El proveedor informará al comprador por escrito de todos los subcontratos que adjudique en virtud del contrato si no los hubiera especificado en su oferta. Dichas notificaciones, en la oferta original o posteriores, no eximirán al proveedor de sus obligaciones, deberes y compromisos o responsabilidades contraídas en virtud del contrato. 20.2 Todos los subcontratos deberán cumplir con las disposiciones de las cláusulas 3 y 7 de las CGC. |
21. Especificaciones y normas | 21.1 Especificaciones Técnicas y Planos (a) Los bienes y servicios conexos proporcionados bajo este contrato deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y a las normas estipuladas en la Sección VI, Lista de Requisitos y, cuando no se hace referencia a una norma aplicable, la norma será equivalente o superior a las normas oficiales cuya aplicación sea apropiada en el país de origen de los bienes; (b) El proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre del comprador, mediante notificación al comprador de dicho rechazo; (c) Cuando en el contrato se hagan referencias a códigos y normas conforme a las cuales éste debe ejecutarse, la edición o versión revisada de dichos códigos y normas será la especificada en la lista de requisitos. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación previa del comprador y dicho cambio se regirá de conformidad con la Cláusula 32 de las CGC. |
22. Embalaje y documentos | 22.1 El proveedor embalará los bienes en la forma necesaria para impedir que se dañen o deterioren durante el transporte al lugar de destino final indicado en el contrato. El embalaje deberá ser adecuado para resistir, sin limitaciones, su manipulación brusca y descuidada, su exposición a temperaturas extremas, la sal y las precipitaciones, y su almacenamiento en espacios abiertos. En el tamaño y peso de los embalajes se tendrá en cuenta, cuando corresponda, la lejanía del lugar de destino final de los bienes y la carencia de equipo pesado de carga y descarga en todos los puntos en que los bienes deban transbordarse. |
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22.2 El embalaje, las identificaciones y los documentos que se coloquen dentro y fuera de los bultos deberán cumplir estrictamente con los requisitos especiales que se hayan estipulado expresamente en el contrato, y cualquier otro requisito, si lo hubiere, especificado en las CEC y en cualquiera otra instrucción dispuesta por el comprador. | |
23. Seguros | 23.1 A menos que se disponga otra cosa en las CEC, los bienes suministrados bajo el contrato deberán estar completamente asegurados, en una moneda de libre convertibilidad de un país elegible, contra riesgo de extravío o daños incidentales ocurridos durante fabricación, adquisición, transporte, almacenamiento y entrega, de conformidad con los Incoterms aplicables o según se disponga en las CEC. |
24. Transporte | 24.1 A menos que se disponga otra cosa en las CEC, la responsabilidad por los arreglos de transporte de los bienes se regirá por los Incoterms indicados. |
25. Inspecciones y pruebas | 25.1 El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los bienes y servicios conexos según se dispone en las CEC, por su cuenta y sin costo alguno para el comprador. 25.2 Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de los bienes o en otro lugar en Honduras. De conformidad con la Subcláusula 25.3 de las CGC, cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para el comprador. 25.3 El comprador o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la Subcláusula 25.2 de las CGC, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación. 25.4 Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente al comprador indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir al comprador o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones, cuando el proveedor esté dispuesto. 25.5 El comprador podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las fechas de |
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entrega y de cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas. 25.6 El proveedor presentará al comprador un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones. 25.7 El comprador podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para el comprador. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para el comprador, una vez que notifique al comprador de conformidad con la Subcláusula 25.4 de las CGC. 25.8 El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia del comprador o de su representante, ni la emisión de informes, de conformidad con la Subcláusula 25.6 de las CGC, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato. | |
26. Liquidación por daños y perjuicios | 26.1 Con excepción de lo que se establece en la Cláusula 31 de las CGC, si el proveedor no cumple con la entrega de la totalidad o parte de los bienes en la(s) fecha(s) establecida(s) o con la prestación de los servicios conexos dentro del período especificado en el contrato, sin perjuicio de los demás recursos que el comprador tenga en virtud del contrato, éste podrá deducir del precio del contrato por concepto de liquidación de daños y perjuicios, una suma equivalente al porcentaje del precio de entrega de los bienes atrasados o de los servicios no prestados establecido en las CEC por cada semana o parte de la semana de retraso hasta alcanzar el máximo del porcentaje especificado en esas CEC. Al alcanzar el máximo establecido, el comprador podrá dar por terminado el contrato de conformidad con la Cláusula 34 de las CGC. |
27. Garantía de los bienes | 27.1 El proveedor garantiza que todos los bienes suministrados en virtud del contrato son nuevos, sin uso, del modelo más reciente o actual e incorporan todas las mejoras recientes en cuanto a diseño y materiales, a menos que el contrato disponga otra cosa. 27.2 De conformidad con la Subcláusula 21.1(b) de las CGC, el proveedor garantiza que todos los bienes suministrados estarán libres de defectos derivados de actos y omisiones que éste hubiese incurrido, o derivados del diseño, materiales o manufactura, durante el uso normal de los bienes en las condiciones que imperen en el país de destino final. 27.3 Salvo que se indique otra cosa en las CEC, la garantía permanecerá vigente durante el período cuya fecha de terminación sea la más temprana entre los períodos siguientes: doce (12) meses a partir de la fecha en que los bienes, o cualquier parte de ellos según el caso, hayan sido entregados y aceptados en el punto final de destino indicado en el contrato, o dieciocho (18) meses a partir de la fecha de embarque en el puerto o lugar xx xxxxx en el país de |
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origen. 27.4 El comprador comunicará al proveedor la naturaleza de los defectos y proporcionará toda la evidencia disponible, inmediatamente después de haberlos descubierto. El comprador otorgará al proveedor facilidades razonables para inspeccionar tales defectos. 27.5 Tan pronto reciba el proveedor dicha comunicación, y dentro del plazo establecido en las CEC, deberá reparar o reemplazar de forma expedita los bienes defectuosos, o sus partes sin ningún costo para el comprador. 27.6 Si el proveedor después de haber sido notificado, no cumple con corregir los defectos dentro del plazo establecido en las CEC, el comprador, dentro de un tiempo razonable, podrá proceder a tomar las medidas necesarias para remediar la situación, por cuenta y riesgo del proveedor y sin perjuicio de otros derechos que el comprador pueda ejercer contra el proveedor en virtud del contrato. | |
28. Indemnización por derechos de patente | 28.1 De conformidad con la Subcláusula 28.2 de las CEC, el proveedor indemnizará y librará de toda responsabilidad al comprador y sus empleados y funcionarios en caso de pleitos, acciones o procedimientos administrativos, reclamaciones, demandas, pérdidas, daños, costos y gastos de cualquier naturaleza, incluyendo gastos y honorarios por representación legal, que el comprador tenga que incurrir como resultado de transgresión o supuesta transgresión de derechos de patente, uso de modelo, diseño registrado, marca registrada, derecho de autor u otro derecho de propiedad intelectual registrado o ya existente en la fecha del contrato debido a: (a) La instalación de los bienes por el proveedor o el uso de los bienes en el país donde está el lugar del proyecto; y (b) La venta de los productos producidos por los bienes en cualquier país. Dicha indemnización no procederá si los bienes o una parte de ellos fuesen utilizados para fines no previstos en el contrato o para fines que no pudieran inferirse razonablemente del contrato. La indemnización tampoco cubrirá cualquier transgresión que resultara del uso de los bienes o parte de ellos, o de cualquier producto producido como resultado de asociación o combinación con otro equipo, planta o materiales no suministrados por el proveedor en virtud del contrato. 28.2 Si se entablara un proceso legal o una demanda contra el comprador como resultado de alguna de las situaciones indicadas en la Subcláusula 28.1 de las CGC, el comprador notificará prontamente al proveedor y éste por su propia cuenta y en nombre del comprador responderá a dicho proceso o demanda, y realizará las negociaciones necesarias para llegar a un acuerdo de dicho proceso o demanda. 28.3 Si el proveedor no notifica al comprador dentro de veintiocho (28) días a partir del recibo de dicha comunicación de su intención de proceder con tales procesos o reclamos, el comprador tendrá derecho a emprender dichas |
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acciones en su propio nombre. 28.4 El comprador se compromete, a solicitud del proveedor, a prestarle toda la asistencia posible para que el proveedor pueda contestar las citadas acciones legales o reclamaciones. El comprador será reembolsado por el proveedor por todos los gastos razonables en que hubiera incurrido. 28.5 El comprador deberá indemnizar y eximir de culpa al proveedor y a sus empleados, funcionarios y subcontratistas, por cualquier litigio, acción legal o procedimiento administrativo, reclamo, demanda, pérdida, daño, costo y gasto, de cualquier naturaleza, incluyendo honorarios y gastos de abogado, que pudieran afectar al proveedor como resultado de cualquier transgresión o supuesta transgresión de patentes, modelos de aparatos, diseños registrados, marcas registradas, derechos de autor, o cualquier otro derecho de propiedad intelectual registrado o ya existente a la fecha del contrato, que pudieran suscitarse con motivo de cualquier diseño, datos, planos, especificaciones, u otros documentos o materiales que hubieran sido suministrados o diseñados por el comprador o a nombre suyo. | |
29. Limitación de responsabilidad | 29.1 Excepto en casos de negligencia grave o actuación de mala fe, (a) El proveedor no tendrá ninguna responsabilidad contractual, de agravio o de otra índole frente al comprador por pérdidas o daños indirectos o consiguientes, pérdidas de utilización, pérdidas de producción, o pérdidas de ganancias o por costo de intereses, estipulándose que esta exclusión no se aplicará a ninguna de las obligaciones del proveedor de pagar al comprador los daños y perjuicios previstos en el contrato, y (b) La responsabilidad total del proveedor frente al comprador, ya sea contractual, de agravio o de otra índole, no podrá exceder el precio del contrato, entendiéndose que tal limitación de responsabilidad no se aplicará a los costos provenientes de la reparación o reemplazo de equipo defectuoso, ni afecta la obligación del proveedor de indemnizar al comprador por transgresiones de patente. |
30. Cambio en las leyes y regulaciones | 30.1 A menos que se indique otra cosa en el contrato, si después de la fecha de veintiocho (28) días antes de la presentación de ofertas, cualquier ley, reglamento, decreto, ordenanza o estatuto con carácter xx xxx entrase en vigencia, se promulgase, abrogase o se modificase en el lugar de Honduras donde está ubicado el proyecto (incluyendo cualquier cambio en interpretación o aplicación por las autoridades competentes) y que afecte posteriormente la fecha de entrega y/o el precio del contrato, dicha fecha de entrega y/o precio del contrato serán incrementados o reducidos según corresponda, en la medida en que el proveedor haya sido afectado por estos cambios en el desempeño de sus obligaciones en virtud del contrato. No obstante lo anterior, dicho incremento o disminución del costo no se pagará separadamente ni será acreditado si el mismo ya ha sido tenido en cuenta en las provisiones de ajuste de precio, si corresponde y de conformidad con la Cláusula 14 de las CGC. |
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31. Fuerza mayor | 31.1 El proveedor no estará sujeto a la ejecución de su garantía de cumplimiento, liquidación por daños y perjuicios o terminación por incumplimiento en la medida en que la demora o el incumplimiento de sus obligaciones en virtud del contrato sea el resultado de un evento de fuerza mayor. 31.2 Para fines de esta Cláusula, “fuerza mayor” significa un evento o situación fuera del control del proveedor que es imprevisible, inevitable y no se origina por descuido o negligencia del proveedor. Tales eventos pueden incluir sin que éstos sean los únicos, actos del comprador en su capacidad soberana, guerras o revoluciones, incendios, inundaciones, epidemias, restricciones de cuarentena, y embargos de cargamentos. 31.3 Si se presentara un evento de fuerza mayor, el proveedor notificará por escrito al comprador a la máxima brevedad posible sobre dicha condición y causa. A menos que el comprador disponga otra cosa por escrito, el proveedor continuará cumpliendo con sus obligaciones en virtud del contrato en la medida que sea razonablemente práctico, y buscará todos los medios alternativos de cumplimiento que no estuviesen afectados por la situación de fuerza mayor existente. |
32. Órdenes de cambio y enmiendas al contrato | 32.1 El comprador podrá, en cualquier momento, efectuar cambios dentro del marco general del contrato, mediante orden escrita al proveedor de acuerdo con la Cláusula 8 de las CGC, en uno o más de los siguientes aspectos: (a) Planos, diseños o especificaciones, cuando los bienes que deban suministrarse en virtud al contrato deban ser fabricados específicamente para el comprador; (b) La forma de embarque o de embalaje; (c) El lugar de entrega; y/o (d) Los servicios conexos que deba suministrar el proveedor. 32.2 Si cualquiera de estos cambios causara un aumento o disminución en el costo o en el tiempo necesario para que el proveedor cumpla cualquiera de las obligaciones en virtud del contrato, se efectuará un ajuste equitativo al precio del contrato o al plan de entregas/de cumplimiento, o a ambas cosas, y el contrato se enmendará según corresponda. El proveedor deberá presentar la solicitud de ajuste de conformidad con ésta cláusula, dentro de los veintiocho (28) días contados a partir de la fecha en que éste reciba la solicitud de la orden de cambio del comprador. 32.3 Los precios que cobrará el proveedor por servicios conexos que pudieran ser necesarios pero que no fueron incluidos en el contrato, deberán convenirse previamente entre las partes, y no excederán los precios que el proveedor cobra actualmente a terceros por servicios similares. |
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32.4 Sujeto a lo anterior, no se introducirá ningún cambio o modificación al contrato excepto mediante una enmienda por escrito ejecutada por ambas partes. | |
33. Prórroga de los plazos | 33.1 Si en cualquier momento durante la ejecución del contrato, el proveedor o sus subcontratistas encontrasen condiciones que impidiesen la entrega oportuna de los bienes o el cumplimiento de los servicios conexos de conformidad con la Cláusula 12 de las CGC, el proveedor informará prontamente y por escrito al comprador sobre la demora, posible duración y causa. Tan pronto como sea posible después de recibir la comunicación del proveedor, el comprador evaluará la situación y a su discreción podrá prorrogar el plazo de cumplimiento del proveedor. En dicha circunstancia, ambas partes ratificarán la prórroga mediante una enmienda al contrato. 33.2 Excepto en el caso de fuerza mayor, como se indicó en la Cláusula 31 de las CGC, cualquier retraso en el desempeño de sus obligaciones de entrega y cumplimiento expondrá al proveedor a la imposición de liquidación por daños y perjuicios de conformidad con la Cláusula 26 de las CGC, a menos que se acuerde una prórroga en virtud de la Subcláusula 33.1 de las CGC. |
34. Terminación | 34.1 Terminación por Incumplimiento (a) El comprador, sin perjuicio de otros recursos a su haber en caso de incumplimiento del contrato, podrá terminar el contrato en su totalidad o en parte mediante una comunicación de incumplimiento por escrito al proveedor en cualquiera de las siguientes circunstancias: (b) (i) Si el proveedor no entrega parte o ninguno de los bienes dentro del período establecido en el contrato, o dentro de alguna prórroga otorgada por el comprador de conformidad con la Cláusula 33 de las CGC; o (ii) Si el proveedor no cumple con cualquier otra obligación en virtud del contrato; o (iii) Si el proveedor, a juicio del comprador, durante el proceso de licitación o de ejecución del contrato, ha participado en actos de fraude y corrupción, según se define en la Cláusula 3 de las CGC; o (iv) La disolución de la sociedad mercantil proveedora, salvo en los casos de fusión de sociedades y siempre que solicite de manera expresa al comprador su autorización para la continuación de la ejecución del contrato, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha en que tal fusión ocurra. El comprador podrá aceptar o denegar dicha solicitud, sin que, en este último caso, haya derecho a indemnización alguna; o (v) La falta de constitución de la garantía de cumplimiento del contrato o de las demás garantías a cargo del proveedor dentro de los plazos correspondientes; |
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(c) En caso de que el comprador termine el contrato en su totalidad o en parte, de conformidad con la Cláusula 34.1(a) de las CGC, éste podrá adquirir, bajo términos y condiciones que considere apropiadas, bienes o servicios conexos similares a los no suministrados o prestados. En estos casos, el proveedor deberá pagar al comprador los costos adicionales resultantes de dicha adquisición. Sin embargo, el proveedor seguirá estando obligado a completar la ejecución de aquellas obligaciones en la medida que hubiesen quedado sin concluir. 34.2 Terminación por Insolvencia. (a) El comprador podrá rescindir el contrato en cualquier momento mediante comunicación por escrito al proveedor en caso de la declaración de quiebra o de suspensión de pagos del proveedor, o su comprobada incapacidad financiera. 34.3 Terminación por Conveniencia. (a) El comprador, mediante comunicación enviada al proveedor, podrá terminar el contrato total o parcialmente, en cualquier momento por razones de conveniencia. La comunicación de terminación deberá indicar que la terminación es por conveniencia del comprador, el alcance de la terminación de las responsabilidades del proveedor en virtud del contrato y la fecha de efectividad de dicha terminación; (b) Los bienes que ya estén fabricados y listos para embarcar dentro de los veintiocho (28) días siguientes a al recibo por el proveedor de la notificación de terminación del comprador deberán ser aceptados por el comprador de acuerdo con los términos y precios establecidos en el contrato. En cuanto al resto de los bienes el comprador podrá elegir entre las siguientes opciones: (i) Que se complete alguna porción y se entregue de acuerdo con las condiciones y precios del contrato; y/o (ii) Que se cancele el balance restante y se pague al proveedor una suma convenida por aquellos bienes o servicios conexos que hubiesen sido parcialmente completados y por los materiales y repuestos adquiridos previamente por el proveedor. 34.4 El comprador podrá terminar el contrato también en caso de muerte del proveedor individual, salvo que los herederos ofrezcan concluir con el mismo con sujeción a todas sus estipulaciones; la aceptación de esta circunstancia será potestativa del comprador sin que los herederos tengan derecho a indemnización alguna en caso contrario. 34.5 El contrato también podrá ser terminado por el mutuo acuerdo de las partes. | |
35. Cesión | 35.1 Ni el comprador ni el proveedor podrán ceder total o parcialmente las obligaciones que hubiesen contraído en virtud del contrato, excepto con el previo consentimiento por escrito de la otra parte. |
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Sección VIII. Condiciones Especiales del Contrato
Las siguientes Condiciones Especiales del Contrato (CEC) complementarán y/o enmendarán las Condiciones Generales del Contrato (CGC). En caso de haber conflicto, las provisiones aquí dispuestas prevalecerán sobre las de las CGC.
CGC 1.1(i) | El comprador es: BANCO CENTRAL DE HONDURAS (BCH) |
CGC 1.1(a) | El sitio del proyecto es: |
CGC 4.2 (b) | NO APLICA |
CGC 8.1 | Para notificaciones, la dirección del comprador será: Atención: Licenciada Xxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx del Comité de Compras y Jefe de Departamento de Adquisiciones y Bienes Nacionales/Banco Central de Honduras. Dirección: barrio El Centro, Ave. Xxxx Xxxxx Xxxxxx, Primera Calle, Séptima avenida, apartado postal No.3165. Ciudad: Tegucigalpa, MDC. País: Honduras. Teléfono: (000) 0000-0000, extensión 2315 |
CGC 10.3 | Contra la resolución del comprador procederá la vía judicial. |
CGC 12.1 | NO APLICA |
CGC 14.1 | Los precios de los bienes suministrados y los servicios conexos prestados no serán ajustables. |
CGC 15.1 | FINANCIAMIENTO Y FORMA DE PAGO Para financiar la contratación objeto de la presente licitación, el BCH ha contemplado recursos dentro de la formulación del anteproyecto de presupuesto para el año 2016 y el costo del servicio se cancelará en lempiras, dividido en: la cantidad que corresponda al cincuenta y cinco por ciento (55%) en un único pago, en forma directa al contratista dentro de los quince (15) días hábiles posteriores al recibo a satisfacción por parte del Departamento de Tecnología y Comunicaciones de los entregables descritos en el numeral 3.1 “Especificaciones Técnicas” de este documento, para lo cual el oferente deberá presentar la factura correspondiente, misma que debe contar con el visto bueno del Departamento de Tecnología y Comunicaciones del BCH. El cuarenta y cinco por ciento (45%) restante, será dividido en cuatro (4) pagos iguales y cancelados por trimestre anticipado en forma directa al contratista, iniciando el primer pago diez (10) días hábiles posteriores a la fecha de presentación de la factura correspondiente la cual deberá contar con el visto bueno del Departamento de Tecnología y Comunicaciones del BCH y previo a la presentación del informe de cada |
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visita realizada. En el presente caso aún no se cuenta con la aprobación presupuestaria del gasto, no obstante, es factible legalmente dar inicio al procedimiento de contratación, con la salvedad que el contrato no podrá suscribirse hasta que se cuenta con dicha aprobación, por lo que la formalización de la relación contractual queda condicionada al cumplimiento del indicado requisito xx Xxx. El BCH no efectuará ningún pago hasta que el respectivo contrato derivado de la adjudicación de esta Licitación, sea suscrito y aprobado por su Directorio. IMPUESTOS Para efectos tributarios y cuando proceda, el BCH retendrá y enterará al fisco los impuestos que conforme x Xxx correspondan. | |
CGC 15.5 | El BCH reconocerá intereses al proveedor a la tasa promedio correspondiente al mes en que se efectué el pago para operaciones activas del sistema bancario nacional, cuando se produzcan atrasos en el pago de sus obligaciones, por más de cuarenta y cinco (45) días calendario contados a partir de la presentación correcta de los documentos de cobro. Artículo 28 de la Ley de Contratación del Estado. |
CGC 17.1 | Se requerirá una garantía de cumplimiento: El oferente que resulte adjudicado debe constituir una garantía de cumplimiento a favor del BCH, por el equivalente al quince por ciento (15%) del valor adjudicado, para garantizar la buena ejecución y fiel cumplimiento de todas y cada una de las cláusulas del contrato a suscribirse. La garantía debe ser emitida por un plazo equivalente a la vigencia del contrato, más tres (3) meses adicionales y ser entregada al BCH a más tardar en la fecha en que el adjudicatario suscriba el respectivo contrato. Si por causas imputables al contratista no se constituyere esta garantía en el plazo previsto, el BCH declarará sin valor y efecto la adjudicación y procederá a la ejecución de la garantía de mantenimiento de oferta. |
CGC 17.3 | Otras Condiciones de las Garantías 1) Las garantías deberán ser extendidas en lempiras, a favor del BCH y podrán consistir en cheque certificado, garantía bancaria o fianza, que hayan sido emitidas por una institución bancaria o institución de seguros, que operen legalmente en el país y ésta no podrá ser extendida por la misma empresa oferente. 2) También se aceptarán como garantías los bonos del Estado representativos de obligaciones de la deuda pública; en este caso la garantía debe inscribirse en el Registro del Banco Central de Honduras en el que figuren anotados dichos valores, quedando inmovilizados y afectos a las obligaciones garantizadas con excepción, en este último caso, de los rendimientos que generen. 3) Las garantías emitidas por instituciones bancarias o compañías de seguros deben |
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contener las cláusulas obligatorias siguientes: “EL PRESENTE DOCUMENTO SERÁ EJECUTADO POR EL CIEN POR CIENTO (100%) DE SU VALOR POR SIMPLE REQUERIMIENTO DEL BANCO CENTRAL DE HONDURAS, ACOMPAÑADO DE UN CERTIFICADO DE INCUMPLIMIENTO”. “EL VALOR DE ESTE DOCUMENTO PODRÁ HACERSE EFECTIVO, A FAVOR DEL BANCO CENTRAL DE HONDURAS, DESPUES DE LA FECHA DE SU VENCIMIENTO SIEMPRE Y CUANDO EL REQUERIMIENTO DE PAGO SE REALICE DENTRO DEL PLAZO DE VIGENCIA DE DICHO DOCUMENTO.” “EN CASO DE CONTROVERSIA ENTRE LAS CONDICIONES PARTICULARES O GENERALES Y LAS ESPECIALES PREVALECERÁN ESTAS ÚLTIMAS.” 4) En el texto de las garantías no deben adicionarse cláusulas que anulen o limiten las cláusulas obligatorias indicadas en el numeral anterior. 4.1 Las garantías que se emitan a favor del BCH serán solidarias, incondicionales, irrevocables y de realización automática, debiendo mantener el mismo valor por el plazo que se ha estipulado para cada una de ellas. 5) La garantía presentada debe ser acompañada de una Declaración Jurada, extendida por el Representante Legal de la institución garante que las emita, cuya firma debe ser autenticada por Notario, dicho representante debe expresar en la misma que quienes suscribieron la garantía poseen firma autorizada para emitir tales documentos de acuerdo al Artículo 242 del Reglamento de la Ley de Contratación del Estado, asimismo, en dicha declaración se hará constar que su representada no se encuentra comprendida en alguna de las situaciones señaladas en los literales a), b), c) y d) del Artículo 241 del mismo Reglamento, en el caso de que la garantía sea un cheque certificado, el literal d) de este Artículo no se exigirá. | |
CGC 17.5 | NO APLICA |
CGC 20.1 | No se aceptarán ofertas en las que se contemplen subcontratos con terceros, ni se aceptará la cesión del contrato una vez formalizado. |
CGC 22.2 | NO APLICA |
CGC 23.1 | NO APLICA |
CGC 24.1 | NO APLICA |
CGC 25.1 | PLAZO DE ENTREGA Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO Comunicada la adjudicación por parte de la Secretaria del Directorio del BCH, el plazo máximo de entrega y puesta en funcionamiento de los servicios objeto de esta contratación será a partir del 1 de enero de 2016. El plazo de entrega de los requerimientos descritos en la PARTE 2 – Requisitos de los Bienes y Servicios, numeral 3.2.1 de este Pliego de Condiciones será de veinte (20) días |
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calendario, contados a partir de la fecha de suscripción del contrato. El oferente notificará al BCH por lo menos con dos (2) días hábiles de anticipación, la fecha y la hora en que se hará la entrega, la recepción se hará en el edificio principal del BCH en la ciudad de Tegucigalpa, MDC, suscribiéndose un Acta de Recepción Provisional. A partir del siguiente día hábil en que el contratista haya realizado la entrega total de lo contratado e informado al Departamento de Adquisiciones y Bienes Nacionales, el personal técnico designado por el BCH tendrá un plazo xxxxxx xx xxxx (10) días hábiles para verificar las especificaciones y condiciones técnicas estipuladas en este pliego de condiciones, procediendo dentro de ese mismo término a presentar al Departamento de Adquisiciones y Bienes Nacionales un informe de haber recibido o no a satisfacción los entregables de dicha contratación. Si el informe del Departamento de Tecnología y Comunicaciones es satisfactorio, se elaborará un Acta de Recepción Definitiva, la que será suscrita por representantes del BCH y del oferente; la suscripción de esta acta por parte del BCH no exime al oferente de las obligaciones contraídas e indicadas en este Pliego de Condiciones. Si durante el período de prueba o verificación se determina que el suministro no cumple con las especificaciones indicadas en el mismo o no se reciben en condiciones satisfactorias, el BCH se reserva el derecho de rechazarlas. En este caso el BCH no será responsable por pérdidas o daños que sufra el suministro rechazado, si oferente no lo retira en un plazo de cinco (5) días hábiles después de la fecha de notificación de rechazo, de lo contrario en caso que el oferente considere enmendar y continuar con el proceso, deberá efectuar la (s) sustitución (es) que corresponda (n) a satisfacción del BCH, en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles contados a partir del siguiente día hábil de la fecha de notificación de no aceptación o rechazo. Una vez que el oferente haya corregido lo indicado como rechazo o no aceptación, el personal técnico del Departamento de Tecnología y Comunicaciones tendrá un máximo de cinco (5) días hábiles para realizar la revisión correspondiente previo a la remisión del informe de recibo a satisfacción, si el informe es satisfactorio, se procederá a la firma del Acta de Recepción Definitiva. | |
CGC 25.2 | NO APLICA |
CGC 26.1 | El valor de la liquidación por daños y perjuicios será: Sin perjuicio del cumplimiento del contrato respectivo por parte del contratista, por las demoras no justificadas en la prestación del servicio objeto de la presente contratación, el BCH aplicará al contratista una multa por cada día calendario de atraso, por demoras no justificadas en la ejecución de cumplimiento de la obligación, de conformidad con lo dispuesto en las Disposiciones Generales del Presupuesto de Ingresos y Egresos de la República vigente, el porcentaje será xx xxxx punto dieciocho por ciento (0.18%), sobre el saldo del monto del contrato. Si la demora no justificada diese lugar a la aplicación de una multa acumulada equivalente al diez por ciento (10%) del valor del contrato, el BCH podrá considerar la |
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resolución total del mismo. El BCH no pagará bonificación alguna por el cumplimiento del contrato antes de lo previsto. | |
CGC 27.3 | NO APLICA |
CGC 27.5 | NO APLICA |
Sección IX. Formularios del Contrato Índice de Formularios
1. | Contrato | 89 |
2. | Garantía de cumplimiento | 97 |
3. | Garantía bancaria por pago de anticipo | 98 |
4. | Garantía de calidad | 99 |
5. | Aviso de Licitación | 100 |
1. BORRADOR DE CONTRATO (sujeto a cambios)
CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE SOPORTE, MANTENIMIENTO Y ACTUALIZACIÓN PARA LAS LICENCIAS DE LA SOLUCIÓN DE SOFTWARE PARA CONTROL DE DISPOSITIVOS MÓVILES, CONTROL DE DATOS CONFIDENCIALES Y ENCRIPTACIÓN DE INFORMACIÓN “DATA LOSS PREVENTION (DLP)” MARCA MCAFEE, POR EL TÉRMINO DE UN (1) AÑO, COMPRENDIDO DEL 1 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2016.
Nosotros, (Nombre y generales del representante legal del Banco) , actuando en mi
condición de GERENTE Y REPRESENTANTE LEGAL DEL BANCO CENTRAL DE HONDURAS, nombrado
en dicho cargo mediante la Resolución No. , emitida por el Directorio de dicha Institución el
y con facultades suficientes para la suscripción de este documento, según consta en la Resolución No. del de de 20 , emitida por ese mismo órgano colegiado, quien en
lo sucesivo se identificará como “EL BANCO”, por una parte y por la otra, (Nombre y
generales del representante legal del contratista) y de este domicilio, con Tarjeta de Identidad No. , actuando en mi condición de de la empresa , constituida mediante Instrumento Público No. , otorgado en la ciudad de el de de , ante los oficios xxx Xxxxxxx , según consta en el Poder General de Administración autorizado ante los oficios xxx Xxxxxxx , mediante Instrumento Público No. , el de de , el cual se encuentra inscrito bajo el No. del tomo del Registro de la Propiedad Mercantil de , y quien en lo sucesivo se denominará “EL CONTRATISTA”, hemos convenido en celebrar, como en efecto por este documento dejamos formalizado, el presente “CONTRATO DEL SUMINISTRO DE ”, el cual se regirá por las condiciones y términos que ambas partes estipulamos en las siguientes cláusulas:
CLÁUSULA PRIMERA DE INTEGRIDAD
Las partes, en cumplimiento a lo establecido en el Artículo 7 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LTAIP), de conformidad con el Acuerdo Institucional No.SE-037-2013, emitido por el Instituto de Acceso a la Información Pública el veinticinco (25) xx xxxxx de dos mil trece (2013) y publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el veintitrés (23) xx xxxxxx de dos mil trece (2013), y con la convicción de que evitando las prácticas de corrupción podremos apoyar la consolidación de una cultura de transparencia, equidad y rendición de cuentas en los procesos de contratación y adquisiciones del Estado, para así fortalecer las bases del Estado de Derecho, nos comprometemos libre y voluntariamente a:
1. Mantener el más alto nivel de conducta ética, moral y de respeto a las leyes de la República, así como los valores de: integridad, lealtad contractual, equidad, tolerancia, imparcialidad y discreción con la información confidencial que manejamos, absteniéndonos de dar declaraciones públicas sobre la misma.
2. Asumir una estricta observancia y aplicación de los principios fundamentales bajos los cuales se rigen los procesos de contratación y adquisiciones públicas establecidos en la Ley de Contratación del Estado, tales como: transparencia, igualdad y libre competencia.
3. Que durante la ejecución del Contrato ninguna persona que actué debidamente autorizada en nuestro nombre y representación y que ningún empleado o trabajador, socio o asociado, autorizado o no, realizará:
a) Prácticas Corruptivas: entendiéndose estas como, aquellas en la que se ofrece dar, recibir, o solicitar directa o indirectamente, cualquier cosa de valor para influenciar las acciones de la otra parte.
b) Prácticas Colusorias: entendiéndose éstas como aquellas en las que denoten, sugieran o demuestren que existe un acuerdo malicioso entre dos o más partes o entre una de las partes y uno o varios terceros, realizado con la intención de alcanzar un propósito inadecuado, incluyendo influenciar en forma inapropiada las acciones de la otra parte.
4. Revisar y verificar toda la información que deba ser presentada a través de terceros a la otra parte para efectos del Contrato y dejamos manifestado que durante el proceso de contratación o adquisición causa de este Contrato, la información intercambiada fue debidamente revisada y verificada, por lo que ambas partes asumen y asumirán la responsabilidad por el suministro de información inconsistente, imprecisa o que no corresponda a la realidad, para efectos de este Contrato.
5. Mantener la debida confidencialidad sobre toda la información a que se tenga acceso por razón del Contrato y no proporcionarla ni divulgarla a terceros y a su vez, abstenernos de utilizarla para fines distintos.
6. Aceptar las consecuencias a que hubiere lugar, en caso de declararse el incumplimiento de alguno de los compromisos de esta Cláusula por Tribunal competente y sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal en la que se incurra.
7. Denunciar en forma oportuna ante las autoridades correspondientes cualquier hecho o acto irregular cometido por nuestros empleados o trabajadores, socios o asociados, del cual se tenga un indicio razonable y que pudiese ser constitutivo de responsabilidad civil y/o penal.
Lo anterior se extiende a los subcontratistas con los cuales el contratista o consultor contrate así como a los socios, asociados, ejecutivos y trabajadores de aquellos.
El incumplimiento de cualquiera de los enunciados de esta cláusula dará lugar:
De parte del Contratista o Consultor:
i. A la inhabilitación para contratar con el Estado, sin perjuicio de las responsabilidades que pudieren deducírsele.
ii. A la aplicación al trabajador, ejecutivo, representante, socio, asociado o apoderado que haya incumplido esta Cláusula, de las sanciones o medidas disciplinarias derivadas régimen laboral y, en su caso entablar las acciones legales que correspondan.
a) De parte del Contratante:
i. A la eliminación definitiva del (contratista o consultor y a los subcontratistas responsables o que pudiendo hacerlo no denunciaron la irregularidad) de su Registro de Proveedores y Contratistas que al efecto llevare para no ser sujeto de elegibilidad futura en procesos de contratación.
ii. A la aplicación al empleado o funcionario infractor, de las sanciones que correspondan según el Código de Conducta Ética del Servidor Público, sin perjuicio de exigir la responsabilidad
administrativa, civil y/o penal a las que hubiere lugar. En fe de lo anterior, las partes manifiestan la aceptación de los compromisos adoptados en el presente documento, bajo el entendido que esta Declaración forma parte integral del contrato, firmando voluntariamente para constancia.
CLÁUSULA SEGUNDA ANTECEDENTES Y OBJETO DEL CONTRATO
“EL BANCO” mediante la Resolución No. del emitida por su Directorio, resolvió adjudicar a “EL CONTRATISTA” la Licitación Pública No.27/2015, para el suministro de
, comprometiéndose a entregarlos(as) a entera satisfacción de “EL BANCO”.
CLÁUSULA TERCERA
MONTO DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO
Es convenido y aceptado que el valor del suministro objeto del presente Contrato asciende a la suma de (Incorporar según oferta adjudicada). (El valor antes mencionado se cancelará en un plazo de ( ) días calendario, posteriores a la fecha de entrega del (según el bien o servicio adjudicado conforme a la Resolución) siempre y cuando la recepción sea satisfactoria para “EL BANCO” según Acta de Recepción definitiva.
Para efectos tributarios y cuando proceda “El Banco” retendrá y enterará al fisco el porcentaje que corresponda en concepto de Impuesto, haciendo entrega de la correspondiente nota de crédito.
CLÁUSULA CUARTA
CONDICIONES, ESPECIFICACIONES Y REQUERIMIENTOS TÉCNICOS
“EL CONTRATISTA” se obliga a cumplir con la entrega del suministro objeto del presente Contrato, de conformidad (Incorporar las condiciones, especificaciones y requerimientos técnicos contenidos en Sección VI, numeral 3 xxx Xxxxxx de Condiciones de la Licitación.)
CLÁUSULA QUINTA PLAZO DE ENTREGA
El plazo de entrega de los bienes, se sujetará (Incorporar lo establecido al respecto en la Sección VI Lista de Requisitos, numeral 3 Condiciones, Especificaciones y Requerimientos Técnicos, sub numeral 3.2 Plazo de entrega y recepción del Suministro el Pliego de Condiciones de la Licitación.
CLAUSULA SEXTA DE LAS GARANTÍAS
1. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO:
“EL CONTRATISTA” se obliga a entregar a “EL BANCO” una garantía de cumplimiento de contrato por el valor de según monto oferta (L ), equivalente al quince por ciento (15%) del monto total del presente contrato, para garantizar la ejecución y el fiel cumplimiento de todas y cada una de las cláusulas, plazos, condiciones y obligaciones de cualquier tipo especificadas en este contrato, la cual estará vigente hasta tres (3) meses después del plazo de ejecución del presente contrato.
La no presentación de esta garantía conforme lo estipulado en el párrafo anterior, dará lugar a la resolución del contrato sin derivar responsabilidad alguna para “EL BANCO”, así como a la ejecución de la garantía de mantenimiento de la oferta presentada por “EL CONTRATISTA” junto con su oferta en la Licitación Pública No.27/2015.
CLÁUSULA SEPTIMA CONDICIONES DE LAS GARANTÍAS
Las garantías bancarias y/o fianzas deben hacer referencia al presente Contrato y contener las siguientes Cláusulas Obligatorias:
"LA PRESENTE GARANTÍA SERÁ EJECUTADA POR EL CIEN POR CIENTO (100%) DE SU VALOR POR SIMPLE REQUERIMIENTO DEL BANCO CENTRAL DE HONDURAS, ACOMPAÑADO DE UN CERTIFICADO DE INCUMPLIMIENTO".
“EL VALOR DE ESTE DOCUMENTO PODRÁ HACERSE EFECTIVO A FAVOR DEL BANCO CENTRAL DE HONDURAS, DESPUES DE LA FECHA DE SU VENCIMIENTO, SIEMPRE Y CUANDO EL REQUERIMIENTO DE PAGO SE REALICE DENTRO DEL PLAZO DE VIGENCIA DE DICHO DOCUMENTO”.
“EN CASO DE CONTROVERSIA ENTRE LAS CONDICIONES PARTICULARES O GENERALES Y LAS ESPECIALES, PREVALECERÁN ESTAS ÚLTIMAS”
En el texto de las garantías no deben adicionarse cláusulas que anulen o limiten estas cláusulas obligatorias.
Asimismo, las garantías que se emitan a favor de “EL BANCO”, serán solidarias, incondicionales, irrevocables y de realización automática, debiendo mantener el mismo valor por el plazo que se ha estipulado para cada una de ellas.
Dichas garantías deben ser extendidas en Honduras a favor de “EL BANCO”, en Lempiras o dólares y podrán consistir en cheque certificado, garantía bancaria o fianza, emitidas por una institución bancaria o institución de seguros que opere legalmente en el país.
También se aceptarán como garantías los bonos del Estado representativos de obligaciones de la deuda pública, en este caso la garantía debe inscribirse en el Registro del Banco Central de Honduras en el que figuren anotados dichos valores, quedando inmovilizados y afectos a las obligaciones garantizadas con excepción, en este último caso, de los rendimientos que generen.
Para que las garantías bancarias o fianzas mencionadas en la cláusula anterior sean aceptadas por “EL BANCO”, deben ser acompañadas de una Declaración Jurada extendida por el representante legal del banco o compañía aseguradora, cuya firma debe estar autenticada ante Notario, dicho representante debe expresar en la misma que quienes suscribieron la garantía poseen firma autorizada para emitir tales documentos de acuerdo al Artículo 242 del Reglamento de la Ley de Contratación del Estado, asimismo, en dicha Declaración se hará constar que su representada emitió dicha garantía y que no se encuentra comprendida en alguna de las situaciones señaladas en los literales a), b) y c) del Artículo 241 del Reglamento de la Ley de Contratación del Estado; así como de aceptar la obligación estipulada en el literal d) del mismo Artículo. 0
CLÁUSULA OCTAVA SANCIONES PECUNIARIAS
Sin perjuicio del cumplimiento del presente contrato, por las demoras no justificadas en la entrega e instalación correcta de los bienes objeto del presente Contrato, “EL BANCO” deducirá a "EL CONTRATISTA", por cada día calendario de retraso, la cantidad de , equivalentes al cero punto dieciocho por ciento (0.18%) del saldo del monto del presente contrato, conforme con lo dispuesto en las Disposiciones Generales del Presupuesto de Ingresos y Egresos de la República, sin perjuicio del cumplimiento de las obligaciones establecidas en este contrato u otra disposición legalmente aplicable.
Si la demora no justificada diese lugar a que el pago acumulado por la multa aquí establecida ascendiera al diez por ciento (10%) del valor de este Contrato, “EL BANCO” podrá considerar la resolución total del mismo, sin incurrir por esto en ninguna responsabilidad de su parte.
CLÁUSULA NOVENA CESIÓN O SUBCONTRATACIÓN
No se permitirá la cesión ni la subcontratación, por consiguiente, es entendido por las partes que “EL CONTRATISTA” no podrá transferir, asignar, cambiar, modificar, traspasar su derecho de recibir pagos o tomar cualquier disposición que se refiera al Contrato, sin previo consentimiento por escrito de “EL BANCO”. Si así sucediese, la cesión o subcontratación, será considerada como incumplimiento del mismo.
CLÁUSULA DÉCIMA OBLIGACIONES LABORALES DE "EL CONTRATISTA"
"EL CONTRATISTA" asume en forma directa y exclusiva, en su condición de patrono, todas las obligaciones laborales y de seguridad social con el personal que asigne a las labores de revisión, prueba, reparación y soporte de los bienes objeto de este contrato y otros servicios relacionados y cualquier otro personal relacionado con el cumplimiento del mismo, relevando completamente a “EL BANCO” de toda responsabilidad al respecto, incluso en caso de accidentes de trabajo o enfermedad profesional y además a responder por cualquier daño o deterioro que en ocasión de la ejecución del Contrato se cause a los bienes de “EL BANCO”.
CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA
MEDIDAS DE SEGURIDAD, CONFIDENCIALIDAD Y AUDITORÍA
"EL CONTRATISTA" se obliga a cumplir las medidas de seguridad que “EL BANCO” tiene establecidas, para cuyo propósito acatará lo conducente con el Departamento de Seguridad de “EL BANCO”, a efecto de instruir a su personal sobre el cumplimiento de tales medidas.
Considerando la naturaleza de la información suministrada en todo el proceso de este contrato, “EL CONTRATISTA” se compromete a mantener en absoluta confidencialidad la información, configuraciones técnicas, manuales y procedimientos propiedad de “EL BANCO” a las cuales eventualmente tenga acceso durante la ejecución de su trabajo, siendo responsable por los daños y perjuicios que por la divulgación de la misma pueda acarrear contra “EL BANCO”.
“EL BANCO” se reserva el derecho de realizar auditorías por parte de terceros o personal interno, sobre los servicios suministrados por “EL CONTRATISTA”.
CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
“EL BANCO” ejercerá su derecho para resolver o dar por terminado el presente Contrato en los siguientes casos:
a) El grave o reiterado incumplimiento de las cláusulas convenidas por parte de “EL CONTRATISTA”.
b) La falta de constitución de las garantías a cargo de “EL CONTRATISTA”, dentro de los plazos correspondientes.
c) La sentencia firme emitida por tribunal competente en la cual se declare que la empresa, su representante o los socios de esta, están comprendidos en las inhabilidades, prohibiciones o situaciones irregulares a que se refiere la Ley Especial Contra el Lavado de Activos y demás legislación que rige la materia.
d) La muerte del Contratista Individual si no pudieren concluir el contrato sus sucesores, o la disolución de la sociedad mercantil. (Incorporar según proceda).
e) La declaración de quiebra o de suspensión de pagos de “EL CONTRATISTA” o su comprobada incapacidad financiera.
f) Los motivos de interés público o las circunstancias imprevistas calificadas como caso fortuito o fuerza mayor, sobrevivientes a la celebración de Contrato, que imposibiliten o agraven desproporcionalmente su ejecución.
g) El mutuo acuerdo de las partes.
h) Los motivos de interés públicos sobrevivientes a la celebración del presente Contrato que imposibilitan su ejecución.
i) En caso de recorte presupuestario de fondos nacionales, que se efectúe por razón de la situación económica y financiera del país, la estimación de la percepción de ingresos menor a los gastos proyectados y en caso de necesidades imprevistas o de emergencia, de conformidad con las Disposiciones Generales del Presupuesto vigente para este año.
j) Las demás que establezca expresamente este Contrato y la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.
Cuando la resolución se deba a causas imputables a “EL CONTRATISTA”, “EL BANCO” la declarará de oficio y hará efectiva la Garantía de Cumplimiento.
“EL BANCO” podrá en cualquier momento resolver el contrato, sin que mediare fuerza mayor, si “EL CONTRATISTA” incumpliera de manera relevante alguna de las obligaciones que asume y que sean significativas para la entrega oportuna del bien y la adecuada prestación de los servicios derivados del presente Contrato.
En especial, sin que ésta enumeración sea taxativa, constituyen causales de incumplimiento del contrato por
“EL CONTRATISTA” las siguientes:
a) La transferencia, aunque fuese parcial, de las obligaciones que asume sin previa autorización de “EL BANCO”.
b) La inobservancia de las condiciones generales y especiales del contrato.
c) Las demás que establezca expresamente este contrato, la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.
La notificación de la resolución del contrato se hará por escrito, a partir de la cual se considerará efectiva la misma, explicando en la nota los motivos en que tal acción se fundamenta.
CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA DOCUMENTOS INTEGRANTES DEL CONTRATO
Forman parte de este Contrato, con derechos y obligaciones de igual eficacia entre las partes, los documentos siguientes:
a) El Pliego de Condiciones de la Licitación Pública No.27/2015, sus anexos y enmiendas.
b) La documentación técnica y legal presentada por “EL CONTRATISTA”.
c) La Oferta Económica presentada por “EL CONTRATISTA”.
d) Las Fianzas y Garantías.
e) La Resolución No. emitida por el Directorio de “EL BANCO” el
(Resolución de Adjudicación) .
f) Los demás documentos complementarios que se hayan originado de esta transacción y en general toda la correspondencia que se gire entre las partes contratantes.
CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR
Se entenderá por fuerza mayor o caso fortuito, todo acontecimiento que no ha podido preverse o que, previsto, no ha podido resistirse y que impide el exacto cumplimiento de las obligaciones contractuales, tales como: catástrofes provocadas por fenómenos naturales, accidentes, huelgas, guerras, revoluciones o sediciones, naufragio e incendios.
El incumplimiento total o parcial por parte de “EL CONTRATISTA” sobre las obligaciones que le corresponden de acuerdo con el presente contrato, no será considerado como incumplimiento si se atribuye a caso fortuito o fuerza mayor, debidamente justificado.
CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA VIGÉNCIA O VALIDEZ
El presente Contrato entrará en vigencia a partir de la fecha de la suscripción del mismo y requerirá de la aprobación por el Directorio del Banco Central de Honduras para su validez.
CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA
Para definir cualquier situación controvertida que no pudiese solucionarse conciliatoriamente, ambas partes expresamente se someten a la jurisdicción y competencia del Juzgado de Letras correspondiente del Departamento de Xxxxxxxxx Xxxxxxx de la República de Honduras.
CLÁUSULA DÉCIMA SEPTIMA NORMAS APLICABLES
En lo no previsto en el presente Contrato y en sus documentos integrantes, serán aplicables las normas contenidas en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento, lo previsto en la Resolución No. (de Adjudicación) emitida por el Directorio de “EL BANCO” el _(fecha de su emisión) y la demás legislación que rige la materia.
En fe de lo cual y para constancia, suscribimos ante testigos el presente contrato, en tres (3) textos de un mismo contenido, en la Ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los ( ) días del mes de del año dos mil quince (2015).
GERENTE “EL CONTRATISTA”
BANCO CENTRAL DE HONDURAS
Testigo Testigo
GARANTIA / FIANZA
2. Garantía de Cumplimiento
FORMATO GARANTIA DE CUMPLIMIENTO
ASEGURADORA / BANCO
DE CUMPLIMIENTO No.: FECHA DE EMISIÓN: AFIANZADO/GARANTIZADO: DIRECCIÓN Y TELÉFONO:
Fianza / Garantía a favor de , para garantizar que el Afianzado/Garantizado, salvo fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobados, CUMPLIRA cada uno de los términos, cláusulas, responsabilidades y obligaciones estipuladas en el contrato firmado al efecto entre el Afianzado/Garantizado y el Beneficiario, para la Ejecución del Proyecto: “ ” ubicado en .
SUMA AFIANZADA/ GARANTIZADA:
VIGENCIA De: Hasta: BENEFICIARIO: CLÁUSULA OBLIGATORIA:
EL PRESENTE DOCUMENTO SERÁ EJECUTADO POR EL CIEN POR CIENTO (100%) DE SU VALOR
POR SIMPLE REQUERIMIENTO DEL BANCO CENTRAL DE HONDURAS, ACOMPAÑADO DE UN CERTIFICADO DE INCUMPLIMIENTO”.
“EL VALOR DE ESTE DOCUMENTO PODRÁ HACERSE EFECTIVO A FAVOR DEL BANCO CENTRAL DE HONDURAS, DESPUÉS DE LA FECHA DE SU VENCIMIENTO, SIEMPRE Y CUANDO EL REQUERIMIENTO DE PAGO SE REALICE DENTRO DEL PLAZO DE VIGENCIA DE DICHO DOCUMENTO”.
“EN CASO DE CONTROVERSIA ENTRE LAS CONDICIONES PARTICULARES O GENERALES Y LAS ESPECIALES, PREVALECERÁN ESTAS ÚLTIMAS”
Las garantías o fianzas emitidas a favor del BENEFICIARIO serán solidarias, incondicionales, irrevocables y de realización automática y no deberán adicionarse cláusulas que anulen o limiten la cláusula obligatoria.
En fe de lo cual, se emite la presente Fianza/Garantía, en la ciudad de , Municipio de , a los
del mes de del año .
FIRMA AUTORIZADA
GARANTIA / FIANZA
3. Garantía por Pago de Anticipo NO APLICA
FORMATO GARANTIA POR ANTICIPO ASEGURADORA / BANCO
DE ANTICIPO No.:
FECHA DE EMISIÓN: AFIANZADO/GARANTIZADO: DIRECCION Y TELÉFONO:
Fianza / Garantía a favor de , para garantizar que el Afianzado/Garantizado, invertirá el monto del ANTICIPO recibido del Beneficiario, de conformidad con los términos del contrato firmado al efecto entre el Afianzado y el Beneficiario, para la Ejecución del Proyecto: “ ” ubicado en . Dicho contrato en lo procedente se considerará como parte de la presente póliza.
SUMA AFIANZADA/ GARANTIZADA:
VIGENCIA De: Hasta: BENEFICIARIO: CLÁUSULA OBLIGATORIA:
EL PRESENTE DOCUMENTO SERÁ EJECUTADO POR EL CIEN POR CIENTO (100%) DE SU VALOR POR SIMPLE REQUERIMIENTO DEL BANCO CENTRAL DE HONDURAS, ACOMPAÑADO DE UN CERTIFICADO DE INCUMPLIMIENTO”.
“EL VALOR DE ESTE DOCUMENTO PODRÁ HACERSE EFECTIVO A FAVOR DEL BANCO CENTRAL DE HONDURAS, DESPUÉS DE LA FECHA DE SU VENCIMIENTO, SIEMPRE Y CUANDO EL REQUERIMIENTO DE PAGO SE REALICE DENTRO DEL PLAZO DE VIGENCIA DE DICHO DOCUMENTO”.
“EN CASO DE CONTROVERSIA ENTRE LAS CONDICIONES PARTICULARES O GENERALES Y LAS ESPECIALES, PREVALECERÁN ESTAS ÚLTIMAS”
Las garantías o fianzas emitidas a favor del BENEFICIARIO serán solidarias, incondicionales, irrevocables y de realización automática y no deberán adicionarse cláusulas que anulen o limiten la cláusula obligatoria.
En fe de lo cual, se emite la presente Fianza/Garantía, en la ciudad de - Municipio de , a los
del mes de del año .
FIRMA AUTORIZADA
GARANTIA / FIANZA
4. Garantía de Calidad2 NO APLICA
FORMATO GARANTIA DE CALIDAD ASEGURADORA / BANCO
DE CALIDAD:
FECHA DE EMISIÓN: AFIANZADO/GARANTIZADO DIRECCIÓN Y TELÉFONO:
Fianza / Garantía a favor de , para garantizar la calidad DE SUMINISTRO del Proyecto: “ ” ubicado en . Construido/entregado por el Afianzado/Garantizado .
SUMA AFIANZADA/ GARANTIZADA:
VIGENCIA De: Hasta: BENEFICIARIO: CLÁUSULA OBLIGATORIA:
EL PRESENTE DOCUMENTO SERÁ EJECUTADO POR EL CIEN POR CIENTO (100%) DE SU VALOR POR SIMPLE REQUERIMIENTO DEL BANCO CENTRAL DE HONDURAS, ACOMPAÑADO DE UN CERTIFICADO DE INCUMPLIMIENTO”.
“EL VALOR DE ESTE DOCUMENTO PODRÁ HACERSE EFECTIVO A FAVOR DEL BANCO CENTRAL DE HONDURAS, DESPUÉS DE LA FECHA DE SU VENCIMIENTO, SIEMPRE Y CUANDO EL REQUERIMIENTO DE PAGO SE REALICE DENTRO DEL PLAZO DE VIGENCIA DE DICHO DOCUMENTO”.
“EN CASO DE CONTROVERSIA ENTRE LAS CONDICIONES PARTICULARES O GENERALES Y LAS ESPECIALES, PREVALECERÁN ESTAS ÚLTIMAS”
Las garantías o fianzas emitidas a favor del BENEFICIARIO serán solidarias, incondicionales, irrevocables y de realización automática y no deberán adicionarse cláusulas que anulen o limiten la cláusula obligatoria.
En fe de lo cual, se emite la presente Fianza/Garantía, en la ciudad de , Municipio , a los
del mes de del año .
FIRMA AUTORIZADA
2 La Garantía de Xxxxxxx deberá solicitarse cuando se requiera según la naturaleza de los bienes.