Contract
XXXXX XXXXXXXXX XXXXXX, ciudadana colombiana, mayor de edad, identificada con la cédula de ciudadanía número 52.716.626, en calidad de SECRETARIA DISTRITAL DE LA MUJER, nombrada mediante Decreto Distrital 001 del 1 de enero de 2020 y posesionada mediante acta de posesión No. 012 del 01 de enero de 2020, debidamente facultada para celebrar el presente acto jurídico, quien para efectos del presente documento se denominará LA SDMUJER, por una parte y de otra parte, XXXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXX, identificado con carné diplomático No. O2021170 expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia y cédula de ciudadanía No. 8.647.042, quien en su calidad de Director de la Oficina Nacional en Colombia obra en nombre y representación de la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura – OEI NIT. 860.403.137-0, según nombramiento realizado mediante Orden Interior No. 14/2020 del 20 de noviembre de 2020 expedida por el Secretario General de la OEI, facultado para celebrar contratos según Acuerdo Suscrito entre el Gobierno de Colombia y la Oficina de Educación Iberoamericana, relativo a la Representación de la OEI en Colombia suscrito en Madrid (España) el 17 de julio de 1978 aprobada por la Ley 30 de 1989, en adelante OEI, hemos acordado celebrar el presente Convenio de Cooperación, que en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 1150 de 2007 y el artículo 2.2.1.2.4.4.1 del Decreto 1082 de 2015, por los reglamentos de la OEI, previas las consideraciones que se exponen a continuación:
I. Que el Plan Distrital de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de obras -2024 “Un Nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del Siglo XXI”, adoptado mediante el Acuerdo No. 761 de 2020, en el propósito 1. “Hacer un nuevo contrato social con igualdad de oportunidades para la inclusión social, productiva y política”, señaló entre otros, como logros de ciudad “Reducir la pobreza monetaria, multidimensional y la feminización de la pobreza” así como “Implementar el sistema distrital de cuidado y la estrategia de transversalización y territorialización de los enfoques de género, diferencial para garantizar la igualdad de género, los derechos humanos de las mujeres y el desarrollo de capacidades de la ciudadanía en el nivel distrital y local.
II. Que así mismo, establece que “Alcanzar este propósito implica ejecutar las estrategias intersectoriales referidas a generar condiciones de posibilidad, en los ámbitos relacionados con la educación y el desarrollo humano, el empleo, la inclusión laboral, los subsidios y contribuciones, la reducción de la pobreza y de la feminización de la misma, la salud, el hábitat y la vivienda, el capital social y cultural, y, la participación cívica, desarrollo y movilidad social, para personas de los diferentes sectores sociales y poblaciones vulnerables, que induzcan el fortalecimiento de la capacidad humana para la toma de decisiones en las diferentes transiciones de la vida y actuar con la intención de producir un cambio en los patrones negativos de la segregación socio económica y espacial en la ciudad y la región.”
III. Que por medio del Acuerdo 490 del 28 xx xxxxx de 2012[1] del Concejo de la ciudad se creó el Sector Administrativo de las Mujeres y la Secretaría Distrital de la Mujer. Posteriormente, por medio del Decreto 428 de 2013[2] se estableció su estructura organizacional y funciones, definiendo como misión de la entidad: “(…)liderar, dirigir, coordinar, articular y ejecutar las etapas de diseño, formulación, implementación, seguimiento y evaluación de políticas públicas para las mujeres a través de la
coordinación intra e intersectorial, territorial y poblacional de éstas políticas públicas, así como de los planes, programas y proyectos que le corresponda para el reconocimiento, garantía y restitución de los derechos y el fomento de las capacidades y oportunidades de las mujeres.” La Secretaría Distrital de la Mujer cuenta con la Subsecretaría de Políticas e Igualdad que da lineamientos técnicos, coordina, formula y evalúa las políticas públicas de la igualdad para las mujeres.2 Dentro de las direcciones de esta Subsecretaría, está la Dirección de Enfoque Diferencial que tiene como objeto el diseño de políticas, proyectos y programas que contribuyan a implementar el enfoque diferencial para las mujeres en la ciudad, buscando el reconocimiento de sus diversidades. Así mismo, en el citado decreto se señalaron las funciones de la Dirección de Enfoque Diferencial, entre otras:
“ARTÍCULO 12º. Dirección de Enfoque Diferencial. Son funciones de la Dirección de Enfoque Diferencial de la Subsecretaría de Políticas de Igualdad de la Secretaría Distrital de la Mujer, las siguientes:
a). Diseñar e implementar políticas, planes, programas y proyectos que contribuyan a consolidar el Enfoque Diferencial para las mujeres en el Distrito Capital.
b). Gestionar el desarrollo de proyectos con enfoque diferencial de derechos de las mujeres con entidades y organismos nacionales, regionales y distritales, así como con universidades, sector privado, ONG’s y sociedad civil.(…)”
IV. Que para contribuir a la ejecución del Plan Distrital de Desarrollo, la Secretaría Distrital de la Mujer- a través de su Subsecretaría de Políticas e Igualdad - Dirección de Enfoque Diferencial, cuenta, entre otros, con el Proyecto 7671 “Implementación de acciones afirmativas dirigidas a las mujeres con enfoque diferencial y de género en Bogotá”, el cual “está enmarcado en el enfoque de los Derechos Humanos de las mujeres, principalmente en la materialización de los principios fundamentales de igualdad y no discriminación, los cuales permiten comprender y transformar la situación, condición y posición histórica de las mujeres.”(Secretaría Distrital de la Mujer). Su objetivo es “Aumentar el número de sectores de la Administración Distrital que desarrollan acciones afirmativas con enfoque diferencial dirigidas a las mujeres en su diversidad en Bogotá D.C, que contribuyan al desarrollo de sus capacidades y el ejercicio de sus derechos”. Para este fin se plantean los siguientes objetivos específicos: 1. Fortalecer la capacidad institucional en el Distrito Capital para la atención a las mujeres en sus diferencias y diversidad con enfoque diferencial. 2. Aumentar el reconocimiento y la garantía de los derechos de las mujeres en sus diferencias y diversidad por parte del Distrito Capital. 3. Avanzar en la transformación de imaginarios, representaciones y estereotipos de las distintas formas de discriminación contra las mujeres en sus diferencias y diversidad.
V. Que para lograr estos objetivos, se plantearon las siguientes acciones afirmativas a ser implementadas en el periodo del Plan Distrital de Desarrollo: i) El empoderamiento de niñas, adolescentes y jóvenes; ii) la estrategia distrital de cuidado menstrual; iii)
implementación de una estrategia de educación flexible para mujeres diversas; iv) la estrategia Casa de Todas; y v) la estrategia de fortalecimiento de capacidades psicoemocionales para el ejercicio del derecho a la participación de las mujeres.
VI. Que por medio de estas acciones, la Secretaría Distrital de la Mujer busca generar condiciones de posibilidad para que las poblaciones que históricamente han sido excluidas de las oportunidades de desarrollo y han asumido los mayores costos de vivir en la ciudad puedan ejercer sus derechos. Estas poblaciones son aquellas que enfrentan mayores retos y barreras para el ejercicio de sus derechos, incluyendo a las niñas, adolescentes y mujeres jóvenes, adultas y adultas mayores, negras/afrocolombianas, raizales, palenqueras, indígenas, gitanas- Rrom, transgénero, lesbianas, bisexuales, con discapacidad, campesinas, rurales, habitantes xx xxxxx, y mujeres en actividades sexuales pagadas, entre otras. De igual modo, por medio de estas acciones afirmativas se contribuirá a la reducción de la pobreza monetaria, la feminización de la pobreza y a aumentar las oportunidades educativas y laborales de las mujeres que han sido históricamente discriminadas.
VII. Que Con base en lo anterior, se formuló el Plan de Acción el cual contempla 7 Metas entre las cuales se estableció como Meta 2- “Implementar 3 estrategias con enfoque diferencial para mujeres en su diversidad”, para cuyo caso se desarrollarán 13 actividades a saber:
1. Implementar el proceso de fortalecimiento de capacidades en Cuidado Menstrual a equipos territoriales del Distrito.
2. Desarrollar Jornadas de Dignidad Menstrual (JDM) con mujeres y personas con experiencias menstruales en calle.
3. Avanzar con la coordinación y articulación de las mesas interinstitucionales y con sociedad civil para la definición, concertación, ajustes y seguimiento a las actividades de la EDCM.
4. Definir e implementar acciones de las fases II y III de la Estrategia de Cuidado Menstrual dirigidas a mujeres y personas con experiencias menstruales en sus diferencias y diversidad, según priorización y pertinencia.
5. Realizar semilleros de empoderamiento dirigidos a niñas, adolescentes y mujeres jóvenes.
6. Desarrollar acciones de empoderamiento dirigidas a mujeres entre 18 y 28 años.
7. Fortalecer redes protectoras con madres, padres, cuidadoras, cuidadores y profesionales que en el marco de sus acciones trabajan con niñas, niños y adolescentes para la identificación, prevención y actuación frente a las violencias y formas de discriminación basadas en género contra niños, niñas y adolescentes.
8. Desarrollar escuelas de educación emocional enfocadas en fortalecer capacidades y herramientas para gestionar la salud mental de las mujeres y niñas en su diversidad en la ciudad de Bogotá.
9. Realizar la construcción e implementación de 10 escuelas de educación emocional dirigidas a mujeres y niñas en la ciudad de Bogotá.
10. Desarrollar espacios de encuentro de mujeres para el cuidado emocional denominados Espacios Respiro los cuales son espacios grupales de hora y media dirigidos a las mujeres en sus diferencias y diversidades. .
11. Adelantar la construcción metodológica e implementación de 40 espacios respiro.
12. Desarrollar acciones de pedagogía y bienestar a través de herramientas virtuales orientadas a fortalecer mensajes que sensibilicen frente al cuidado y atención de la salud mental.
13. Construir material de bienestar para difundir a través de herramientas virtuales
VIII. Que, es así como con el propósito de cumplir para el año 2021 con la meta 2 - actividades 5,6,7,8,9,10,11,12 y 13 se propone el desarrollo de dos estrategias: Estrategia de empoderamiento dirigida a niñas, adolescentes y mujeres jóvenes- empodérate y Estrategia de generación de capacidades psicoemocionales.
IX. Que es preciso indicar respecto de la Estrategia de Empoderaieto Dirigida a Niñas, Adolecentes y Mujeres Jòvenes – Empodèrate: que es la primera referencia a la definición de empoderamiento es “dar poder”[1] sin embargo, esta acepción textual no hace referencia al recorrido histórico y social que ha cargado a esta categoría de múltiples significados. En sentido amplio la categoría empoderamiento tiene un trasfondo “sociopolítico que trasciende la participación política formal y la concientización, que se originó en Estados Unidos durante los movimientos de derechos civiles de los años sesenta, y comenzó a ser aplicada en los movimientos de las mujeres a mediados de los años setenta. Responde a la necesidad de generar cambios dentro de las relaciones de poder entre géneros.” (Xxxx Xxxxxxx, 2020) Es importante, además, tener presente que para que el movimiento de mujeres en los años 70 incorporará el uso de esta categoría en movimiento de mujeres ya autores como Xxxxxxx, Xxxxxxxx y Xxxxxx, habían abordado la teoría desde el poder ser; esto es el acceso, uso y control de recursos tanto físicos como ideológicos, en una relación social siempre mediada por relaciones de poder.
X. Que teniendo en cuenta lo anterior, es importante señalar que el empoderamiento de las mujeres es un proceso paulatino que debe comprender diferentes ámbitos de la vida: social, económico, político, público, privado, etc. partiendo del conocimiento de los derechos, la garantía real y efectiva de los mismos y las herramientas para su exigencia. Es decir, el empoderamiento es parte de un proceso de transformación cultural que se gesta desde lo individual y crea una onda en lo colectivo.
XI. Que como una apuesta por iniciar o fortalecer el empoderamiento de niñas, adolescentes y Mujeres jóvenes (en adelante N, A y MJ) en Bogotá, en esta primera etapa, la estrategia EMPODÉRATE asume la categoría empoderamiento como el proceso social, político y personal por medio del cual las N, A y MJ desarrollarán sus capacidades para adquirir información, analizarla y posteriormente usarla en la construcción de un proyecto de vida personal y colectivo. Por otro lado, EMPODÉRATE entiende que la acción de empoderar no es un proceso que se geste únicamente de factores externos y que tenga un resultado interno, sino que gran parte del ejercicio es individual y autónomo. Es decir, a mí no me empoderan, yo me
empodero, yo me otorgo el poder y lo uso de una manera crítica para gestar un proyecto de vida en igualdad de derechos y con equidad de oportunidades.
XII. Que para efectos de la estrategia, la principal información que se fortalecerá será acerca de los 8 derechos de las mujeres priorizados en la Política Pública Distrital de Mujeres y Equidad de género y la transversalización de los enfoques de género y diferencial para la garantía, exigencia y defensa de estos. Estos procesos se realizarán desde un enfoque pedagógico de coeducación, asumiendo que no existe una persona que sea dueña del conocimiento y lo transmita, sino que el acto pedagógico es un acto dialógico y transformador. Esta apuesta otorga la administración crítica del poder a quien conoce y aprende, por interés propio, desde el uso de su autonomía. Así mismo, se entiende que la pedagogía no es un acto limitado a las aulas de clase o a entornos escolares, por el contrario, la pedagogía desde la coeducación se encuentra en todos los actos cotidianos individuales y colectivos.
XIII. Que “Coeducar es educar a cada persona fuera del modelo dominante según quien es, atendiendo a su diferencia. El horizonte de la libertad no puede estar limitado, por tanto, no puede tomar como referente válido para las niñas el que tienen los niños, para quienes significa repensar el que ya tenían asignado. Baste con revisar los documentos que hablan de la historia de la humanidad, los contenidos educativos, los índices de desarrollo, entre otros, para ver que el referente de medición utilizado ha sido el hombre, relegando a las mujeres a un segundo plano, lugar desvalorizado. Por tanto, ya no debemos hablar sólo de educar sino de coeducar en y con igualdad a cualquiera de los dos sexos tomando en cuenta sus condiciones de género, de modo que no se pongan límites a la enseñanza y los aprendizajes” (Castilla 2008; Red2Red Consultores 2008 citado en (Xxxxxxxxxxx, 2020).
XIV. Que de esta manera, a partir de la coeducación se espera brindar herramientas, oportunidades, información, y dar a conocer rutas de atención para fortalecer las capacidades de N, A Y MJ con miras a la elaboración de un proyecto de vida libre, autónomo, pensado, decidido que propicié una vida con garantía plena de sus derechos y que a futuro sea una ola que permita visibilizar una transformación en el empoderamiento del colectivo de niñas, adolescentes y mujeres jóvenes que habitan Bogotá.
XV. Que la problemática que se abordará surge del análisis de bibliografía sobre estudios feministas y de género y de las voces de N, A Y MJ que habitan Bogotá. Los temas fueron pensados a partir de la sistematización “voces en tejido” del 2016 que recoge la experiencia de 20 encuentros, 1 por localidad, con participación de N, A Y MJ entre los 6 y los 19 años. El objetivo de la sistematización fue visibilizar los imaginarios y las realidades de los niños, niñas, adolescentes y mujeres jóvenes sobre roles y estereotipos de género. Con este fin se recogieron numerosas opiniones acerca de lo cotidiano, el hogar, el colegio y los medios de comunicación masiva, procurando percibir las diferencias de estas vivencias.
XVI. Que históricamente las sociedades occidentales se han constituido como culturas patriarcales y androcéntricas, sin embargo, la manera como llega este acervo cultural a nuestra cotidianidad es muy distinto. Incluso, depende de factores como: La edad, el nivel de escolaridad, la pertenencia étnica, vivir en la ruralidad o la zona urbana, estar en condición de discapacidad, por nombrar algunas, pues son muchos otros los factores que influyen, y, son las N, A Y MJ de la ciudad las que nos han mostrado su entorno, desde la sencillez de su lenguaje y la complejidad de su realidad.[4] Sus opiniones muestran la herencia occidental de una cultura patriarcal, machista y androcéntrica, que, aunque no se mantiene intacta debido a la lucha de mujeres y las poblaciones diferenciales por igualdad de derechos y oportunidades; sí evidencia que aún falta mucho por transformar.
XVII. Que con este fin, en el marco de la estrategia, se abordarán los siguientes temas:
• Derechos de las mujeres en el marco de la política pública de mujeres y equidad de género, Derechos sexuales y Derechos reproductivos.
La secretaría Distrital de la mujer se propone “Contribuir con la garantía de los derechos de las mujeres en los territorios rurales y urbanos del Distrito Capital” y “Contribuir con la promoción y el restablecimiento de los derechos de las mujeres que realizan actividades sexuales pagadas.” Pensando en las niñas, adolescentes y mujeres jóvenes desde la estrategia EMPODÉRATE se proponen procesos que integren: talleres información y sensibilización, visibilización de fechas emblemáticas, promoción de los derechos de las mujeres, derechos sexuales (DS) y derechos reproductivos (DR). El alcance de La estrategia es dar a conocer los derechos de las mujeres, DS y DR. Hablar de mecanismos de acción, participación y protección de acuerdo con la localidad, el territorio o el grupo poblacional. Así mismo, dar a conocer el portafolio de servicios que brinda la Secretaría Distrital de la mujer, el protocolo de atención a niñas y adolescentes por medio de la línea púrpura y las líneas de atención de ICBF y salud para activación de rutas en casos de violencias contra menores de 18 años.
• Roles y Estereotipos, Prevención de violencias, Masculinidades y feminidades alternativas, orientaciones sexuales e identidades de género diversas.
- Procesos de información y sensibilización sobre roles y estereotipos, masculinidades y feminidades alternativas, orientaciones sexuales diversas y prevención de violencias. Estos, a partir de la literatura y las artes plásticas.
- Reflexiones acerca de situaciones del diario vivir de N, A Y XX sobre tratos sexistas en el ámbito educativo, familiar, entre pares y los medios de comunicación masiva; discriminación por otras formas de ser niña, adolescente o mujer joven. También sobre las exigencias de la tradición cultural, desconocimiento e irrespeto de prácticas erótico-afectivas, diferentes a la heterosexualidad, que implícitamente posibilitan formas de violencias de género y que se naturalizan e invisibilizan por ser cotidianas.
- Informar sobre diferentes formas de violencias y la prevención de estas.
- Brinda la información necesaria para el acceso los servicios de la Secretaría Distrital de la Mujer para atención de las violencias. Conforme a su misionalidad, en casos de detección de violencias contra niñas, y adolescentes se realizar enlaces interinstitucionales para implementar la correspondiente ruta.
• Respeto y valoración de la diferencia
Sensibilizar sobre el respeto y la valoración de las diferencias, por medio de conmemoración de fechas emblemáticas, talleres y procesos para fomentar el respeto y la valoración por la diferencia. Con lo anterior se espera fortalecer en N, A Y MJ el uso de la palabra, la conciencia de la intervención política y el reconocimiento de sus realidades particulares, para así, promover la participación en la construcción de ciudad y territorio. Por medio de estas acciones armoniza con el plan estratégico de la Secretaría Distrital de la Mujer en el que se propone “Liderar y orientar la implementación de la Política Pública de Mujeres y Equidad de Género y de sus enfoques en la gestión de cada uno de los sectores de la Administración distrital.” Además de “Fortalecer la participación y la representación social y política de las mujeres en espacios e instancias locales y distritales, teniendo en cuenta sus diferencias y diversidades, para la incidencia en la toma de decisiones.” Todo esto pensando en las particularidades del ciclo vital de las participantes.
XVIII. Que con este fin, se organizarán los grupos intervención en concordancia con las divisiones etarias definidas en la Política Pública infancia y Adolescencia y la Política Pública de juventud de Bogotá, de esta manera, se proyecta un primer acercamiento a EMPODÉRATE durante la infancia, comprendida entre los 6 y los 13 años, dirigida a niñas que se encuentren en entornos escolares y de cuidado como colegios públicos y privados, fundaciones y ONG. Es el momento en el que las niñas fortalecen y suman herramientas para el reconocimiento de sus derechos y la prevención de violencias. Saber decir NO con decisión, conocer las rutas de atención en caso de necesitar apoyo, ayuda o escucha, sin necesidad de depender de un adulto o adulta para comunicar lo que le pasa, sus necesidades y preocupaciones.
XIX. Que el Objetivo general de la estrategia: Aportar al desarrollo de capacidades para la transformación de imaginarios y prácticas sexistas o discriminatorias en la construcción de los proyectos de vida y la garantía de derechos de niñas, adolescentes y mujeres jóvenes en sus diferencias y diversidad que habitan el Distrito Capital.
XX. Que los Objetivos Especìfico de èsta estrategia son: i. Brindar información a niñas, adolescentes y mujeres jóvenes en sus diferencias y diversidades sobre la Política Pública Distrital de Mujeres y Equidad de género y los derechos humanos de las mujeres priorizados en esta. ii. Fortalecer herramientas teóricas en niñas, adolescentes y mujeres jóvenes en sus diferencias y diversidades, que habitan el
Distrito Capital, para la construcción de un proyecto de vida desde la transformación de la división social de los roles de género. iii. Fomentar en niñas, adolescentes y mujeres jóvenes en sus diferencias y diversidades, que habitan el Bogotá, la reflexión y resignificación sobre las concepciones tradicionales del amor romántico en las dinámicas sociales y xx xxxxxx. iv. Posicionar alternativas para el desarrollo personal y social de las niñas, adolescentes y mujeres jóvenes, que habitan en Bogotá, en relación con lo masculino y lo femenino. v. Generar actitudes de interés y capacidades en las niñas, adolescentes y mujeres jóvenes, que habitan Bogotá, bajo estrategias didácticas, que aporten a la garantía y exigencia de los derechos de las mujeres.
XXI. Que la estrategegia encuentra su justificaciòn en: el Decreto 166 de 2010, determina para Bogotá la Política Pública de Mujeres, Equidad de Género y sus correspondientes instrumentos, dando el marco de acción social, política e institucional de la ciudad. Esta Política Pública, se sustenta en los enfoques de derechos, diferencial y de género; plantea que es desde los propios territorios urbanos y rurales desde donde se trabajará hacia el reconocimiento, restitución y garantía de derechos de las mujeres, lo cual contribuirá a modificar las condiciones evitables de desigualdad, entre hombres y mujeres, la discriminación y subordinación que, debido al género, persisten aún en los ámbitos social, económico, cultural y político.
XXII. Que la Secretaría Distrital de la Mujer con el interés de Xxxxxxx, orientar y coordinar la formulación, implementación, seguimiento y evaluación de la Política Pública de Mujeres y Equidad de Género, así como la transversalización de los enfoques de derechos de las mujeres, de género y diferencial en los planes, programas, proyectos y políticas públicas distritales, ha puesto interés en la formulación e implementación de una estrategia para el empoderamiento dirigida a N, A Y MJ.
XXIII. Que la estrategia EMPODÉRATE aporta alternativas y herramientas para realizar acciones que contribuyan a la Igualdad de calidad de vida, propiciando inclusión social desde la infancia, así como, también la prevención del embarazo a temprana edad o no planeado y el desarrollo integral desde la gestación hasta la adolescencia para la felicidad y el ejercicio de la autonomía. Todo esto, además teniendo en cuenta que dentro de la actual administración se propone “un nuevo contrato social y ambiental para el siglo XXI” y se hace especial énfasis en la población infantil, por lo que se ofrecen servicios para garantizar el desarrollo integral de las niñas y los niños. Igualmente, las y los jóvenes entre 14 y 28 años son una población a la que se le brindan oportunidades de formación y educación, acorde con sus propósitos, y adecuada a las expectativas de desarrollo de la Bogotá - Región. Así se avanza en una transformación pedagógica, que vaya desde el preescolar hasta la educación media y superior. (Xxxxx, 2020) .
XXIV. Que el empoderamiento de los derechos de las mujeres y la superación de las violencias contra las mujeres, como forma de discriminación, implica un importante papel en la garantía y articulación de procesos, siendo vital que se extienda hacia las N, A Y MJ, que desde ya deben ser, protagonistas en espacios de incidencia y participación. Para ello, desde la estrategia EMPODÉRATE se hace uso de
herramientas pedagógicas de coeducación basadas en el desarrollo de capacidades a partir de la transversalización de los enfoques de derechos, diferencial y de género. Con lo anterior, EMPODÉRATE promociona la cero tolerancia con el embarazo de niñas de 10 a 14 años, la prevención del delito de violencia sexual contra las niñas y promueve el fortalecimiento de capacidades de la familia como cuidadores y protectores de niñas y adolescentes.
XXV. Que EMPODÉRATE apuesta que N, A Y MJ desarrollen sus capacidades y potencialidades conforme a sus intereses. Esto implica que desde la infancia y hasta la adolescencia, niñas y adolescentes en sus diferencias y diversidades, cuenten con las oportunidades que les permitan construir su autonomía y libertad, a partir del despliegue de sus capacidades para el ejercicio responsable de sus derechos, así como para constituirse en sujetas activos de su propio desarrollo y del desarrollo de su comunidad inmediata y de la sociedad” (Política de infancia y adolescencia en Bogotá D.C. 2011 – 2021) (Comité Operativo Distrital de Infancia y Adolescencia CODIA., 2011)[8].
XXVI. Que la Estrategia será liderada por la Dirección de Enfoque Diferencial de la Secretaría Distrital de la Mujer. Sus acciones van encaminadas a niñas (6 a 12 años), adolescentes (12 a 17 años) y mujeres jóvenes (18 a 28 años), desde el reconocimiento de las infancias como sujetos de especial protección de acuerdo con lo estipulado por la constitución política de Colombia. En concordancia con lo anterior, EMPODÉRATE proyecta experiencias para el desarrollo de capacidades con niñas, adolescentes y mujeres jóvenes desde la reflexión, de sus relaciones sociales e imaginarios culturales, buscando aportar a la garantía los derechos de las mujeres, la desnaturalización de conceptos y prácticas sexistas y avanzar en la transformación de creencias, representaciones y prejuicios tradicionales que sustentan la discriminación, el sexismo, la exclusión y la violación de los derechos de las mujeres.
XXVII. Que de igual manera, aporta a la promoción de los derechos sexuales y reproductivos (DS) y (DR), orientados a conocer las responsabilidades con su cuerpo, el ejercicio de su autonomía la proyección de vida en la búsqueda de evitar los embarazos a temprana edad o no planeados, la prevención de violencias sexuales y la conformación de un proyecto de vida, bajo la transversalización del enfoque diferencial. Dentro de esta dinámica, también aporta en la generación de condiciones en el ejercicio de una ciudadanía activa y corresponsable en la transformación de su realidad desdibujando los imaginarios, de roles y estereotipos que vulneran los derechos de las N, A Y MJ. La estrategia EMPODÉRATE va en concordancia con la Ruta de Atención Integral de la Gestación a la Adolescencia (RIA-GA) que se implementa actualmente en Bogotá, y en el marco del sistema Distrital de juventud. Por todo lo anterior, el desarrollo e implementación responde de manera directa a los proyectos de ciudad en el plan de desarrollo “Un nuevo contrato social y ambiental para el siglo XXI”.
XXVIII. Que por último, es de señalar que entendemos el concepto de estrategia como una serie de acciones meditadas, encaminadas hacia un fin determinado. En este orden
de ideas la estrategia busca empoderar a niñas, adolescentes y mujeres jóvenes sobre procesos de cambio personal y colectivo que contribuyan con la trasformación de las relaciones de poder entre mujeres y hombres. Así mismo, el desarrollo de las capacidades personales y colectivas de las mujeres. La estrategia EMPODÉRATE entiende el empoderamiento como la contribución de herramientas teóricas y materiales para:
• El control de los recursos materiales, financieros, intelectuales e ideológicos, como se definió en la III Conferencia Mundial de la Mujer en Nairobi en 1985.
• Lograr una mirada crítica sobre la división sexual del trabajo que perpetúa que las mujeres estén sentenciadas a dedicarse a la reproducción social y a la provisión de recursos, tiempos y afectos.
• Fortalecer habilidades para el desarrollo de sujetas independientes y autónomas con un sentido de dominio de sí mismas.
• Percibir el desarrollo, que viene de abajo hacia arriba como un aporte de las bases. Todo esto implica, para el Movimiento de mujeres, hacer énfasis en la creación de conciencia, la participación y la organización.
• Promover cambios culturales impulsando una nueva concepción de la relación de las mujeres con el poder y de la noción misma del poder al que hay que asumir en un marco más democrático y de una forma más compartida y equilibrada.
XXIX. Que la segunda estrategia a abordar es la denominada: Estrategia de Generación de Capacidades Psicoemocionales, que busca fortalecer la mirada alrededor de la salud mental, priorizando aquellos grupos de mujeres que producto de las desigualdades, inequidades e impactos sociales generados alrededor de la exclusión y discriminación, han visto afectada su salud mental, lo que sin lugar a duda repercute en su bienestar individual y colectivo. Esta acción afirmativa, es una apuesta por comprender la relación entre estigma, discriminación y salud mental, hecho que ha incidido en el cuidado y atención de las mujeres frente a su bienestar emocional y el acceso a servicios de salud o la búsqueda de recursos y apoyos necesarios para atender las necesidades alrededor de la misma. Partir de esta comprensión, plantea el reto de desestigmatizar la salud mental, y concebirla más allá de la atención frente a unas afectaciones puntuales, incluyendo miradas de promoción de la salud integral, el autocuidado emocional y fortalecimiento de capacidades y habilidades socioemocionales.
XXX. Que a través de la estrategia se espera desarrollar prácticas orientadas hacia el cuidado y manejo de las emociones como un factor protector para la salud mental, así como, el desarrollo de habilidades de afrontamiento y resiliencia para las mujeres en sus diferencias y diversidad, a partir de la generación de espacios de consciencia y cuidado para el bienestar emocional y la promoción de trabajo intersectorial que aporte a la eliminación xx xxxxxxxx para acceder a prácticas de cuidado y promoción de la salud emocional y el acceso a los servicios de salud mental por parte de las mujeres diversas.
XXXI. Que estas acciones pretenden a su vez no solo que las mujeres se reconozcan y se apropien de las fortalezas que tienen y de los caminos que han recorrido; sino también el fortalecimiento de la conexión entre lo personal y lo político, lo privado y lo público, lo individual y lo relacional, evitando la linealidad y promoviendo un encuentro que permita desnaturalizar las violencias, los estereotipos de género y validar el malestar y las experiencias dolorosas, así como los recursos que han permitido hacerle frente a estos y generar procesos resilientes en la vida de cada una. Estas conexiones darán a las mujeres las herramientas necesarias para visibilizar los recursos propios, y así potencializar la toma de decisiones en la búsqueda del cuidado propio, la exigencia de sus derechos y reconocerse como ciudadanas sujetas de derechos. Frente a lo anterior, es imprescindible que además de fortalecer prácticas de cuidado en las mujeres, se cuestionen las barreras que experimentan las mujeres en sus diferencias y diversidades para cuidar de su salud mental y acceder a los diferentes servicios de atención en salud. Asunto que se relaciona de manera directa y recíproca con el estigma frente a la salud mental.
XXXII. Que la problemática para el abordaje por medio de la estrategia, se encuentra orientada a la Salud Mental (SM) es un tema que preocupa a la comunidad mundial, dado que las enfermedades mentales no solo prevalecen, sino que van en aumento, a pesar de las intervenciones y programas planteados por cada uno de los gobiernos, identificando que la inversión es insuficiente para afrontar la problemática.
XXXIII. Que a partir del reporte dado por el RIPS del Ministerio de Salud y Protección Social de las atenciones realizadas entre 2009-2019, se encuentra que el aumento en las consultas por trastornos mentales y del comportamiento fue del 667%, lo que refuerza la necesidad de priorizar intervenciones en la población para el manejo adecuado de los procesos relacionados con la salud mental.
XXXIV. Que Debido al confinamiento a causa de pandemia por la COVID-19, entidades como el Ministerio de Salud y Protección Social (MSPS) a través de sus boletines informativos reportan cifras de aumento de personas con malestares emocionales asociados a síntomas de estrés, ansiedad y depresión principalmente sin dejar de lado, el alarmante aumento de violencias. El MSPS indicó un aumento del 30 % de atenciones a través de sus líneas nacionales. Por su parte, estudios realizados por promotores privados de salud como Profamilia, mencionan que en un estudio donde participaron 3.549 personas mayores de 18 años, 3 de cada 4 personas presentan síntomas como nerviosismo, cansancio e inquietud, situación que se presenta con mayor recurrencia en población de riesgo de vulnerabilidad (mujeres cabeza de hogar, personas desempleadas, personal de salud, entre otros)1
XXXV. Que en Bogotá, D.C. la morbilidad asociada a enfermedades mentales se caracteriza por la presencia de trastornos neurológicos asociados con trastornos somatomorfos, los cuales fueron los más frecuentes, con una tasa de morbilidad de 651,69 por
100.000 habitantes; en segundo lugar, están los trastornos del humor con una tasa de 454,88 por 100.000 habitantes; y, en tercer lugar, se registraron los trastornos mentales orgánicos con una tasa de 197,97 por 100.000 habitantes. La morbilidad por
estas causas se presenta en mayor proporción en mujeres de 27 a 59 años, grupo en el cual se registró el 55,32 % del total; en mujeres de nivel educativo bajo, en el cual se registró el 41,87 % del total; en nivel Sisbén 1, nivel en el cual se registró el 47,53 % del total2
XXXVI. Que lo anterior refleja la necesidad de atender los problemas de salud mental y enfocar esfuerzos en las áreas de promoción de la salud y prevención de la enfermedad, comprendiendo las actividades de promoción de la salud mental como aquellas que conllevan a la creación de condiciones individuales, sociales y del entorno que permiten un desarrollo psicológico y psicofisiológico óptimo para mejorar la calidad de vida. Por su parte la prevención de los trastornos mentales se basa en los principios de salud pública, y se caracteriza por su enfoque en la reducción de factores de riesgo y la promoción de factores de protección relacionados con un trastorno mental o problema de conducta, con el objetivo final de reducir su prevalencia e incidencia3
XXXVII. Que el Objetivo General de la estrategia consiste en: Fortalecer el reconocimiento, gestión y atención de las emociones y la resiliencia como una apuesta por el bienestar y cuidado de la salud mental para las mujeres en sus diversidades.
XXXVIII. Que los objetivos espcìficos son: i. Desarrollar escuelas de educación emocional enfocadas en fortalecer capacidades y herramientas para reconocer, gestionar y atender la salud mental de las mujeres y niñas en su diversidad en la ciudad de Bogotá. ii. Promover espacios de encuentro de mujeres para el cuidado y atención emocional denominados Espacios Respiro. iii Promover acciones de pedagogía y bienestar que aporten a la eliminación xx xxxxxxxx y estigmas frente a la atención y cuidado de la salud mental.
XXXIX. Que la estrategia para la generación de capacidades psicoemocionales contempla dos líneas de acción: espacios de consciencia y cuidado para el bienestar emocional y acciones para la eliminación xx xxxxxxxx y estigmas de la salud mental. Estas líneas de acción contemplan de manera transversal el enfoque de derechos, género y diferencial y tienen como propósito central aportar al cuidado y atención de la salud mental y emocional de las mujeres en sus diferencias y diversidades.
XL. Que los espacios de conciencia y cuidado para el bienestar emocional: Comprende que la salud mental y emocional tiene relación con la presencia de características como la autoconfianza, la autoestima, la capacidad para hacer frente a las situaciones adversas y favorecer la capacidad para reír, aprender, adaptarse a los cambios, construir y mantener relaciones satisfactorias con los otros, por tanto, se hace una apuesta por generar dos espacios que aporten a este propósito:
✓ Amar-té: Escuelas de educación emocional:
La escuela de educación emocional es una experiencia de 24 horas de formación para la gestión de las emociones, a partir de esta experiencia, se espera que las
mujeres y niñas fortalezcan la identificación, comprensión y gestión de las emociones propias y de los demás, lo que sin lugar a duda aportará a su bienestar individual y colectivo. Esta escuela de educación emocional para niñas y mujeres, parte de reconocer que, en función de las construcciones de género, se han asignado a mujeres y hombres oportunidades distintas para relacionarse consigo mismas/os y enfrentarse a todo aquello que se siente. Asimismo, reconoce la necesidad de cuidar y gestionar la salud mental como parte de los indicadores de bienestar y desarrollo personal de mujeres y niñas en sus diversidades.
Contar con un espacio para educar y entrenar las emociones, permitirá a las mujeres y niñas fortalecer su inteligencia emocional, la cual tiene relación con las habilidades personales, de acuerdo con Xxxxxxx (1995) la Inteligencia emocional involucra la conciencia de sí misma, la capacidad de controlarse y gestionarse en diferentes situaciones, la empatía y la capacidad para llevar y controlar las relaciones con las demás personas. La escuela promoverá a través de metodologías participativas y creativas dos tipos de competencias: 1. Las competencias personales incluyen la consciencia de sí mismas, la gestión de las emociones y resiliencia, la automotivación y la autorregulación, la gestión de los pensamientos, entre otros. 2. Las competencias sociales, que involucran la comunicación asertiva y efectiva, la empatía y escucha, la resolución de conflictos o situaciones “problema”, la negociación, entre otros.
Al finalizar la escuela, las mujeres y niñas serán certificadas como “gestoras de apoyo” para otras mujeres, lo que aportará a la consolidación de los aprendizajes y fortalecer la construcción de redes de apoyo para las mujeres en sus diferencias y diversidades.
✓ Espacios Respiro:
Los espacios respiro, se conciben como un momento para hacer un alto en las actividades de la vida cotidiana y generar un encuentro de consciencia y cuidado propio a través del cual pueda promoverse la resiliencia y el bienestar emocional.
Son espacios de cuidado colectivo en los cuales las mujeres participantes toman conciencia sobre sí mismas y el ahora, pueden hablar de sus sentires y experiencias, además de aprender y fortalecer herramientas de cuidado que favorezcan la autoestima, la autoconfianza y la autonomía, así como capacidades de afrontamiento, identificación de recursos propios y de redes de apoyo. Los espacios respiro están pensados desde la acción sin daño y la promoción del cuidado de la salud mental, comprendiendo que esta guarda estrecha relación con la capacidad para hacer frente a los desafíos de la vida y disfrutar de la misma.
✓ Acciones para la eliminación xx xxxxxxxx y estigmas de la salud mental.
El propósito de esta línea de acción es reconocer que el estigma y los prejuicios relacionados con la salud mental imponen barreras socioculturales para cuidar y atender los distintos malestares de las mujeres en sus diferencias y diversidades,
por tanto y en función de lo anterior, se contempla el desarrollo de las siguientes actividades:
• Transformando mentes, eliminando barreras: fortalecer la incidencia y articulación con los diferentes sectores permitirá generar redes y oportunidades para las mujeres que requieran atención de su salud mental o servicios complementarios frente al cuidado de la misma. Estas acciones se conciben como mesas de trabajo, actividades de sensibilización, búsqueda de oportunidades de trabajo conjunto, alianzas y articulaciones entre sectores, participación incidente en espacios de toma de decisión, elaboración de caracterización o líneas de base, entre otras, lo cual es una apuesta por fortalecer una mirada compleja e integral del cuidado de la salud mental y un aporte a la eliminación xx xxxxxxxx sociales y culturales entre sectores y la oportunidad de visibilizar necesidades de atención para las mujeres en sus diferencias y diversidades.
• Acciones pedagógicas y de bienestar para las mujeres: Estas acciones son una apuesta por transformar imaginarios y sensibilizar frente al cuidado de la salud mental y el fortalecimiento de capacidades para la gestión de las emociones a través actividades de bienestar por medio de herramientas virtuales tales como: Meditaciones en línea, capsulas de autocuidado, piezas gráficas u otras herramientas que sea accesibles para las mujeres en Bogotá y puedan ser difundidas a través de los canales de la SD Mujer o en el marco de la conmemoración de fechas relacionadas con la salud mental: 28 xx xxxx día internacional de acción por la salud de las mujeres, 10 de octubre día mundial de la salud mental, 10 de septiembre día mundial para la prevención del suicidio, entre otras.
XLI. Que en el marco de estas dos estrategias para el año 2021, para la Meta 2- “Implementar 3 estrategias con enfoque diferencial para mujeres en su diversidad”, de las 13 actividades planteadas en el Plan de Acción, se realizarán las siguientes:
✓ Realizar semilleros de empoderamiento dirigidos a niñas, adolescentes y mujeres jóvenes.
✓ Desarrollar acciones de empoderamiento dirigidas a mujeres entre 18 y 28 años.
✓ Xxxxxxxxxx redes protectoras con madres, padres, cuidadoras, cuidadores y profesionales que en el marco de sus acciones trabajan con niñas, niños y adolescentes para la identificación, prevención y actuación frente a las violencias y formas de discriminación basadas en género contra niños, niñas y adolescentes.
✓ Desarrollar escuelas de educación emocional enfocadas en fortalecer capacidades y herramientas para gestionar la salud mental de las mujeres y niñas en su diversidad en la ciudad de Bogotá.
✓ Realizar la construcción e implementación de 10 escuelas de educación emocional dirigidas a mujeres y niñas en la ciudad de Bogotá.
✓ Desarrollar espacios de encuentro de mujeres para el cuidado emocional denominados Espacios Respiro.
✓ Adelantar la construcción metodológica e implementación de 40 espacios respiro.
✓ Desarrollar acciones de pedagogía y bienestar a través de herramientas virtuales orientadas a fortalecer mensajes que sensibilicen frente al cuidado y atención de la salud mental.
✓ Construir material de bienestar para difundir a través de herramientas virtuales.
XLII. Que en virtud de lo planteado, y con el objeto de cumplir para el año 2021 con la Meta 2- “Implementar 3 estrategias con enfoque diferencial para mujeres en su diversidad”, establecida para el Proyecto 7671 ”Implementación de acciones afirmativas dirigidas a las mujeres con enfoque diferencial y de género en Bogotá”, enmarcado en el enfoque de los Derechos Humanos de las mujeres, principalmente en la materialización de los principios fundamentales de igualdad y no discriminación, los cuales permiten comprender y transformar la situación, condición y posición histórica de las mujeres; la Secretaria Distrital de la Mujer busca realizar una alianza con un organismo internacional como la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura (OEI), para desarrollar a través de la estrategia:
Número de los semilleros | |||||
3 | semilleros de empoderamiento dirigidos a afrocolombianas (en 3 grupos de 17 niñas C/U | niñas, que | impacten | 50 | niñas |
1 | Semillero con 20 niñas raizales. (De mínimo 7 sesiones cada uno) | ||||
4 | dirigidos a 80 adolescentes, en grupos divididos así:́ 40 adolescentes indígenas, 20 adolescentes en riesgo de habitar calle y 20 adolescentes campesinas y rurales (mínimo 7 sesiones de 2 horas cada una | ||||
2 | semilleros dirigidos a 40 mujeres jóvenes en sus diferencias y diversidades, de 20 mujeres jóvenes cada uno (Mínimo 7 sesiones de 2 horas cada uno) |
XLIII. Que aunado a lo anterior, la implementación de un diplomado virtual en derechos humanos de las mujeres y empoderamiento femenino dirigido a adolescentes y mujeres jóvenes, como proceso de fortalecimiento de capacidades para mujeres jóvenes, así como la elaboración de documentos teóricos y analíticos de calidad en conjunto con el equipo de la SDMujer.
XLIV. Que en el marco de la estrategia “Generación de capacidades psicoemocionales”, implementar escuelas de educación emocional enfocadas en fortalecer capacidades y herramientas para gestionar la salud mental de las mujeres y niñas en su diversidad en la ciudad de Bogotá, así como trabajar en el diseño metodológico y desarrollo de espacios de encuentro de mujeres para el cuidado emocional denominados Espacios Respiro.
XLV. Que así mismo, se requiere el diseño de herramientas virtuales orientadas a fortalecer mensajes que sensibilicen frente al cuidado y atención de la salud mental y demás herramientas que contribuyan en la implementación de la estrategia de empoderamiento dirigida a niñas, adolescentes y mujeres jóvenes.
XLVI. Que la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura (OEI), es un organismo internacional de carácter intergubernamental para la cooperación entre los países iberoamericanos en el campo de la educación, la ciencia, la tecnología y la cultura en el contexto del desarrollo integral, la democracia y la integración regional; como organismo de
cooperación multilateral, tiene como misión promover mejores condiciones de vida y contribuir
al desarrollo de los países miembros mediante el apoyo a proyectos y programas desarrollados por entidades de los mismos.
XLVII. Que la OEI fue creada en 0000 xx Xxxxxx, Xxxxxx y su máxima autoridad la constituye la Asamblea General, la cual está integrada por las delegaciones oficiales de los veintitrés países que la conforman. El control del Gobierno y de la Administración de la OEI lo ejerce el Consejo Directivo, integrado por los ministros de Educación de cada país o sus representantes.
XLVIII. Los Estados Miembros de pleno derecho y observadores son todos los países iberoamericanos que conforman la comunidad de naciones integrada por Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Xxxxx Rica, Cuba, Chile, República Dominicana, Ecuador, El Xxxxxxxx, España, Guatemala, Guinea Ecuatorial, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, Portugal, Puerto Rico, Uruguay y Venezuela. La OEI ha fortalecido su experiencia y capacidad de gestión desde su creación contando en la actualidad con siete Oficinas Regionales, cuatro Oficinas Técnicas y una Sede Central. El equipo permanente OEI está constituido por 220 personas con un equipo externo de consultores asociados de más de 1.000 personas anuales.
XLIX. Que es así, como la OEI, a través de su Programación y de los Convenios de Cooperación y Asistencia Técnica, ofrece a los países miembros fortalecimiento institucional, proyectos de actualización e innovación, transferencia de conocimientos y experiencias, apoyo en la definición de políticas públicas y asistencia técnica y administrativa en la ejecución de proyectos para el desarrollo.
L. Que en cumplimiento de sus fines, la OEI celebra con entidades públicas o privadas convenios de cooperación y asistencia técnica para brindar apoyo a la ejecución de programas y proyectos propios de dichas entidades con financiación propia o de terceros. La OEI atiende las siguientes áreas de cooperación acordes con las prioridades públicas, que buscan fomentar el desarrollo integral de la Comunidad Iberoamericana: Desarrollo Social, Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación, Cultura, Servicios Comunitarios y Medio ambiente, con el objetivo de elevar la calidad de vida de los habitantes de Iberoamérica.
LI. Que la OEI mediante Resolución No. 6 del 21 de enero de 2005, del Consejo Directivo en su 69ª reunión ordinaria, y para efectos de la interpretación y alcance de los Acuerdos y Convenios a que se refiere el artículo 3 de los Estatutos de la Organización, para el cumplimiento de la promoción del desarrollo integral encomendado a la misma, se entiende por cooperación técnica concertada, el conjunto de acciones que de manera combinada o por separado, y en cualquiera
de las fases de la formulación, ejecución o conclusión de proyectos, tengan por objetivo prestar apoyo técnico, jurídico, administrativo, capacitación, formación, asesoría, visibilidad, coordinación, seguimiento o auditoria, a iniciativas cuya finalidad sea la ejecución de políticas públicas de promoción o desarrollo social en general.
LII. Que los acuerdos establecidos en el Convenio que se propone suscribir o relativos a él, no podrán ser juzgados como renuncia de ninguno de los privilegios e inmunidades de la OEI establecidos en la Convención sobre Privilegios e Inmunidades de los Organismos Especializados y en la Convención sobre prerrogativas e inmunidades de las Naciones Unidas, aprobada por el Congreso de Colombia mediante la Ley 62 de 1973 y disposiciones concordantes y complementarias, y en la Ley 30 de 1989.
LIII. Que en cumplimiento de sus fines, la OEI celebra con entidades públicas o privadas convenios de cooperación y asistencia técnica para brindar apoyo a la ejecución de programas y proyectos propios de dichas entidades con financiación propia o de terceros1. La OEI atiende las siguientes áreas de cooperación acordes con las prioridades públicas, que buscan fomentar el desarrollo integral de la Comunidad Iberoamericana:
Que Como resultado de la cooperación y la asistencia otorgada por la OEI, en desarrollo de un convenio, la Entidad recibe, entre otros, los siguientes beneficios:
• Aportes en cooperación y asistencia técnica internacional.
• Minimización en los costos y tiempos de ejecución.
• Ejecución directa de las actividades contempladas a través de expertos nacionales y/o internacionales.
• Apoyo en la elaboración de planes operativos, con sus respectivos indicadores de éxito y/o fracaso, para la ejecución de proyectos. 1 Banca Multilateral, Organismos donantes de carácter nacional e internacional.
• Movilización de consultores expertos desde otros países.
• Sistema de seguimiento y monitoreo para la toma de decisiones y análisis de impacto.
• Transferencia de conocimiento.
• La OEI pone a disposición sus experiencias exitosas a nivel Iberoamericano relacionadas con los proyectos a ejecutar.
• Fortalecimiento institucional.
• Respaldo jurídico en todos los procesos contractuales.
• Agilidad en procesos de contratación, pagos e informes.
• Manejo especializado de archivo.
• Respaldo de 23 países miembros sobre los recursos del convenio.
• Enriquecimiento del proyecto como resultado de la cooperación aportada por la OEI.
• Posibilidad de gestión de recursos o de cofinanciación de los proyectos a gerenciar.
LIV. Que asì mismo, la OEI cuenta con 3 modalidades de Convenios de Cooperación, dependiendo de la gestión y ejecución a cargo de la Organización, así como por el origen de los recursos con los cuales se ejecutarán los diferentes proyectos: i. Convenio de cooperación y asistencia técnica: Bajo esta modalidad la OEI presta apoyo operativo, administrativo, financiero y jurídico en la ejecución de proyectos financiados con recursos propios de las entidades o provenientes de donaciones. ii.Convenio de ejecución directa: En este caso la OEI asume el papel de ejecutor técnico del proyecto, responsabilizándose por la realización de parte o todas las actividades para el cumplimiento de su objeto. Y iii. Convenio de gestión de recursos y posterior ejecución conjunta: Bajo esta modalidad la OEI participa en la etapa de formulación del proyecto y desarrollo de la propuesta a presentar ante los organismos donantes, para la consecución de recursos y apoyo en la ejecución del proyecto.
LV. Para el cumplimiento de su misión la OEI cuenta con el apoyo de universidades, institutos de investigación y con una amplia red de expertos que colaboran con la Organización. En algunos casos, las labores de programación y la ejecución de convenios se llevan a cabo mediante coordinación entre agencias en las que se potencia el trabajo de organismos internacionales afines a los propósitos de la OEI y esta a su vez promueve el intercambio entre sus 19 oficinas técnicas de Iberoamérica. También cuenta con otros mecanismos que facilitan la ejecución de actividades de cooperación técnicas previstas en los acuerdos y convenios de cooperación, para el fortalecimiento de capacidades institucionales, como son, las capacitaciones a través de las escuelas de formación especializadas de OEI, de las cuales destacan la Escuela de Derechos Humanos y de Derecho Internacional Humanitario, Escuela de Democracia y Administración Pública, Escuela de Valores, Ciudadanía y Convivencia, Escuela de Juventudes y la Escuela para la protección de derechos de las Primera Infancia. Entre las iniciativas que destacan en este ámbito se encuentran, entre otros:
● Observatorio de Competencias Ciudadanas Ante el Desplazamiento, proceso en el cual se vinculó a padres, madres y cuidadores en torno a las temáticas de habilidades para la vida, cultura de la legalidad, Observatorios de padres. En asociación con el Ministerio de Educación Nacional, el SENA, y la Agregaduría de Educación de España. ● Implementación de proyectos específicos con el Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal IDPAC, con el fin de cualificar a la ciudadanía y a las organizaciones sociales, comunitarias y a las instancias de participación dotándolas de herramientas teóricas, metodológicas y de acción, para incrementar su participación incidente en los asuntos públicos del distrito capital. ● Apoyo a la
Secretaría de Integración Social de Bogotá, en la Implementación de estrategias de promoción y prevención en contextos comunitarios, institucionales y familiares, frente a situaciones de inobservancia, amenaza, vulneración, que afecten el goce efectivo de los derechos de gestantes, niños, niñas, adolescentes y familias, de acuerdo con lo definido en la política de estado para el desarrollo integral de la Primera Infancia xx Xxxx A Siempre, La Política Pública de Infancia y Adolescencia en Bogotá 2011-2021 y la Política Pública para las Familias 2011 – 2025. Asimismo, la OEI ha ejecutado múltiples proyectos y contratos desde su establecimiento en Colombia, para la formulación, apoyo técnico, seguimiento, acompañamiento, evaluación de diferentes políticas públicas y programas, entre los cuales destacan: El Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, El ICBF, la Secretaría Distrital de Integración Social, el Ministerio de Educación Nacional, entre otros.
LVI. Que es claro entonces, que la Secretaría Distrital de la Mujer - SDM, al suscribir el Convenio de Cooperación Internacional con la OEI, se beneficiará de las líneas programáticas que maneja las cuales están dirigidas a la ejecución de programas y proyectos cuyo objetivo es el desarrollo integral de los países miembros. Así mismo con la acumulación de experiencias y conocimientos que serán transferidos a la entidad en el marco del convenio de cooperación y asistencia técnica, existe estrecha coherencia con las líneas estratégicas del Plan Cuatrienal, toda vez que los mismos se estructuran en torno a un conjunto de áreas, ejes y líneas que intentan facilitar un tratamiento integrado del ciclo de gestión de esta.
LVII. Que, de acuerdo con lo anteriormente expuesto, la misionalidad de la OEI contribuye de manera directa al cumplimiento de las funciones de la Dirección de Enfoque Diferencial como son: “a). Diseñar e implementar políticas, planes, programas y proyectos que contribuyan a consolidar el Enfoque Diferencial para las mujeres en el Distrito Capital y b). Gestionar el desarrollo de proyectos con enfoque diferencial de derechos de las mujeres con entidades y organismos nacionales, regionales y distritales, así como con universidades, sector privado, ONG’s y sociedad civil” , así como las metas y objetivos del proyecto 7671 “Implementación de acciones afirmativas dirigidas a las mujeres con enfoque diferencial y de género en Bogotá.”. Consecuencia de lo anterior la OEI es un organismo idóneo para suscribir un Convenio de Cooperación Internacional.
LVIII. Que la SDMUJER a la fecha no ha suscrito convenios de cooperación alguno con la OEI para desarrollar e implementar proyectos de condiciones similares.
LIX. Que se ha evidenciado que la a OEI ha ejecutado múltiples proyectos y contratos desde su establecimiento en Colombia, para la formulación, apoyo técnico, seguimiento, acompañamiento, evaluación de diferentes políticas públicas y programas entre los cuales se destacan: Secretaría Distrital De Integración Social Secretaria de Educación del Distrito, Ministerio de Educación Nacional e Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, entre otras.
LX. Que revisada y analizada la propuesta de cooperación y asistencia técnica presentada por la OEI es pertinente, oportuno y conveniente suscribir el convenio con el organismo de cooperación internacional toda vez que al aunar esfuerzos técnicos, físicos, administrativos y financieros coadyuva a la optimización de los recursos destinados desde el proyecto 7671 para la implementación de las estrategias de “Empoderamiento a niñas, adolescentes y mujeres jóvenes” y “De Generación de capacidades psicoemocionales” definidas en el plan de acción con el propósito de cumplir las metas trazadas por la SDMUJER; la propuesta de la OEI refiere un aporte del 53,9% en asistencia técnica y cooperación financiera representados en actividades, productos y servicios en el marco del convenio.
LXI. Que la Ley 30 del 17 de febrero de 1989. “Por medio de la cual se aprueban los estatutos de la Organización de los Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura (OEI), texto suscrito en Ciudad de Panamá el 2 de diciembre de 1985, que adecua y reemplaza al texto estatutario de la OEI de 1957; y del Acuerdo entre el Gobierno de Colombia y la Oficina de Educación Iberoamericana, relativo a la representación de la OEI en Colombia, suscrito en la ciudad de Madrid el 17 de julio de 1978.”, dispuso en sus artículos 1, 2 y 3:
Artículo 1º. Apruébase los Estatutos de la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura (OEI), texto suscrito en la ciudad de Panamá el 2 de diciembre de 1985, que adecua y reemplaza al texto estatutario de la OEI de 1957.
Artículo 2º. Apruébase el Acuerdo entre el Gobierno de Colombia y la Oficina de Educación Iberoamericana, relativo a la Representación de la OEI en Colombia, suscrito en la ciudad de Madrid el 17 de julio de 1978.
Artículo 3º. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1º. de la Ley 7ª. de 1944 los Estatutos de la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura (OEI), texto suscrito en la ciudad de Panamá el 2 de diciembre de 1985, que adecua y reemplaza al texto estatutario de la OEI de 1957 y el Acuerdo entre el Gobierno de Colombia y la Oficina de Educación Iberoamericana, relativo a la Representación de la OEI en Colombia, suscrito en la ciudad de Madrid el 17 de julio de 1978, que por los artículos primero y segundo de esta Ley se aprueban, obligarán al país a partir de la fecha en que se perfeccione el vínculo internacional.
LXII. Que la Secretaría Distrital de la Mujer con esta alianza busca generar condiciones para que las poblaciones que históricamente han sido excluidas de las oportunidades de desarrollo y han asumido los mayores costos de vivir en la ciudad puedan ejercer sus derechos. Estas poblaciones son aquellas que enfrentan mayores retos y barreras para el ejercicio de sus derechos, incluyendo a las niñas, adolescentes y mujeres jóvenes, adultas y adultas mayores, negras/afrocolombianas, raizales, palenqueras, indígenas, gitanas- Rom, transgénero, lesbianas, bisexuales, con discapacidad,
campesinas, rurales, habitantes xx xxxxx, y mujeres en actividades sexuales pagadas, entre otras.
LXIII. Que para el presente convenio de Cooperación internacional, se tendrá en cuenta lo señalado en el artículo 20 de la Ley 1150 de 2007 y el artículo 2.2.1.2.4.4.1 del Decreto 1082 de 2015 teniendo en cuenta que: LEY 1150 DE 2007, “Artículo 20. De la contratación con organismos internacionales. Los contratos o convenios financiados en su totalidad o en sumas iguales o superiores al cincuenta por ciento (50%) con fondos de los organismos de cooperación, asistencia o ayudas internacionales, podrán someterse a los reglamentos de tales entidades. En caso contrario, se someterán a los procedimientos establecidos en la Ley 80 de 1993. Los recursos de contrapartida vinculados a estas operaciones podrán tener el mismo tratamiento.
Los contratos o convenios celebrados con personas extranjeras de derecho público u organismos de derecho internacional cuyo objeto sea el desarrollo de programas de promoción, prevención y atención en salud; contratos y convenios necesarios para la operación de la OIT; contratos y convenios que se ejecuten en desarrollo del sistema integrado de monitoreo de cultivos ilícitos; contratos y convenios para la operación del programa mundial de alimentos; contratos y convenios para el desarrollo de programas de apoyo educativo a población desplazada y vulnerable adelantados por la Unesco y la OIM; los contratos o convenios financiados con fondos de los organismos multilaterales de crédito y entes gubernamentales extranjeros, podrán someterse a los reglamentos de tales entidades.(…) ,
Parágrafo 1º. Los contratos o acuerdos celebrados con personas extranjeras de derecho público podrán someterse a las reglas de tales organismos. (…).
LXIV. Que el Decreto 1082 de 2015 “Artículo 2.2.1.2.4.4.1. reglamentario del artículo 20 de la ley 1150 de 2007, señala: “Los Régimen aplicable a los contratos o convenios de cooperación Internacional. Los contratos o convenios financiados en su totalidad o en sumas iguales o superiores al cincuenta por ciento (50%) con fondos de los organismos de cooperación, asistencia o ayudas internacionales, pueden someterse a los reglamentos de tales entidades incluidos los recursos de aporte de fuente nacional o sus equivalentes vinculados a estas operaciones en los acuerdos celebrados, o sus reglamentos, según el caso. En caso contrario, los contratos o convenios que se celebren en su totalidad o en sumas iguales o superiores al cincuenta por ciento (50%) con recursos de origen nacional se someterán al presente título. Si el aporte de fuente nacional o internacional de un contrato o convenio de cooperación internacional es modificado o los aportes no se ejecutan en los términos pactados, las Entidades Estatales deben modificar los contratos o convenios para efectos de que estos estén sujetos a las normas del sistema de compras y contratación pública, si el aporte de recursos públicos es superior al cincuenta por ciento (50%) del total o de las normas internas de la entidad de cooperación si el aporte es inferior (…)
Los contratos o convenios financiados con fondos de los organismos multilaterales de crédito, entes gubernamentales extranjeros o personas extranjeras de derecho público, así como aquellos a los que se refiere el inciso 2 del artículo 20 de la Ley 1150 de 2007, se ejecutarán de conformidad con lo establecido en los tratados internacionales marco y complementarios, y en los convenios celebrados, o sus reglamentos, según sea el caso, incluidos los recursos de aporte de fuente nacional o sus equivalentes vinculados a tales operaciones en dichos documentos, sin que a ellos le sea aplicable el porcentaje señalado en el inciso primero del artículo 20 de la Ley 1150 de 2007.” (Negrillas fuera de texto).
LXV. Por lo tanto, este convenio de cooperación se desarrollará conforme a los reglamentos de la OEI dado que su aporte es superior al 50%, por ser un Organismo Internacional de carácter intergubernamental para la cooperación entre los países Iberoamericanos, dada esa naturaleza, es una entidad de derecho internacional público.
LXVI. Que la suscripción de este convenio de Cooperación Internacional, se encuentra incluido en el Plan Anual de Adquisiciones toda vez que involucra la ejecución de recursos del proyecto para la implementación de las estrategias de “Empoderamiento a niñas, adolescentes y mujeres jóvenes” y “De Generación de capacidades psicoemocionales” definidas en el plan de acción con el propósito de cumplir las metas trazadas por la SDMUJER.
LXVII. Que de acuerdo con lo anterior, la Dirección de Enfoque Diferencial presentó los estudios y documentos previos para suscribir un convenio de cooperación Internacional con la OEI, con el fin de aunar esfuerzos técnicos, administrativos, financieros entre la Secretaría Distrital de la Mujer y la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación y la Cultura - OEI, para diseñar y desarrollar acciones y procesos de fortalecimiento a través de las estrategias de “empoderamiento” dirigida a niñas, adolescentes y mujeres jóvenes y “Generación de capacidades psicoemocionales para las mujeres en sus diferencias y diversidades en la ciudad de Bogotá”.
LXVIII. Que en sesión virtual del 8 de septiembre de 2021, el Comité de Contratación de la Secretaría Distrital de la Mujer aprobó la celebración del presente Convenio de Cooperación Internacional.
Por lo anterior, se acuerdan las siguientes cláusulas:
PRIMERA. OBJETO: Aunar esfuerzos técnicos, administrativos, financieros entre la Secretaría Distrital de la Mujer y la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación y la Cultura - OEI para diseñar y desarrollar acciones y procesos de fortalecimiento a través de las estrategias de “empoderamiento” dirigida a niñas, adolescentes y mujeres jóvenes y “Generación de capacidades psicoemocionales para las mujeres en sus diferencias y diversidades en la ciudad de Bogotá”.
SEGUNDA.- VALOR DEL CONVENIO: El valor total del Convenio de Cooperación Internacional corresponde a la suma de QUINIENTOS OCHENTA Y NUEVE MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS CUATRO PESOS M/CTE
($589.591.404), discriminado de la siguiente manera:
ENTIDAD | PORCENTAJE APORTE | VALOR APORTE | VALOR CONVENIO DE COOPERACIÒN |
SECRETARÌA | 46,1% | $589.591.404 | |
DISTRITAL DE LA | $271.805.570 | ||
MUJER | (a. En dinero) | ||
ORGANIZACIÓN DE ESTADOS IBEROAMERICANOS- | 53,9% | $317.785.834 (b. En especie) | |
OEI |
a. El Aporte realizado por la SDMUJER en dinero por la suma de DOSCIENTOS SETENTA Y UN MILLONES OCHOCIENTOS CINCO MIL QUINIENTOS SETENTA PESOS MONEDA/CTE ($271.805.570), respaldado mediante Certificado de Disponibilidad Xxxxxxxxxxxx Xx. 0000 xxx 0 xx xxxxxxxxxx, xxx xx xx xxxxxxxx fiscal 2021, con cargo al rubro:
Rubro presupuestal | Nombre del proyecto o rubro | Código componente del gasto | Nombre componente del gasto | Valor |
133011601050000 007671 | Implementación de acciones afirmativas dirigidas a las mujeres con enfoque diferencial y de género en Bogotá́ | 1082001042 | Servicios prestados a las empresas y servicios de producción | $271.805.570 |
b. EL Aporte en especie por la suma de TRESCIENTOS DIECISIETE MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y CUATRO PESOS M/CTE ($317.785.834), correspondiente a un 53,9% en asistencia técnica y cooperación financiera representados en actividades, productos y servicios en el marco del convenio. (conforme a la matriz financiera que hace parte del estudio previo).
PARÀGRAFO:: MANEJO DE LOS APORTES DEL ALIADO: La OEI dispondrá de una cuenta bancaria de ahorros independiente y exclusiva para el manejo de los recursos aportados por el aliado. Los rendimientos financieros que estos recursos puedan generar serán reintegrados a la cuenta que el Distrito indique o a las definidas por el supervisor del Convenio de Cooperación Internacional.
TERCERA: COMPROMISOS Y ACTIVIDADES DE LOS COEJECUTORES.
3.1 ALCANCE DEL OBJETO:
Los compromisos, actividades y productos derivados del presente convenio de cooperación, se encuentran contenidos en la Propuesta de Cooperación y Asistencia Técnica de fecha 10 de julio de 2021 suscrita por la OEI y el Estudio previo, documentos que hacen parte integral del presente convenio.
3.1.1. FASE 1 ALISTAMIENTO
Generalidades para el desarrollo de las actividades propuestas en el alcance general.
1. Desarrollar un plan de trabajo y cronograma de actividades en el que se contemple alistamiento conceptual, metodológico, y logístico, la ejecución de las actividades y el seguimiento a las mismas, en el marco de las dos estrategias: empoderamiento a niñas, adolescentes y mujeres jóvenes y generación de capacidades psicoemocionales.
2. Conformar el equipo mínimo de trabajo para la realización de las actividades teniendo en cuenta las solicitudes realizadas por la SDMujer para cada estrategia (Ver cuadro personal mínimo requerido).
3. Transversalizar en todos los documentos, contenidos, metodologías, acciones y materiales los enfoques de derechos de las mujeres, de género, diferencial- poblacional, territorial y ambiental.
4. Brindar todos los materiales necesarios para el desarrollo de las diferentes actividades, teniendo en cuenta el número de niñas, adolescentes, mujeres jóvenes, adultas y mayores en sus diferencias y diversidades y las actividades a desarrollar en el marco de las dos estrategias.
5. Contratar refrigerios étnicos o campesinos o que apoyen los emprendimientos de mujeres para el desarrollo de las actividades que se den en el marco del convenio de Cooperación Internacional, en especial para las actividades con niñas y adolescentes participantes de los semilleros de comunidades étnicas o campesinas y rurales. (En el caso de que el espacio sea presencial y atendiendo a los procedimientos de la OEI).
6. Realizar la búsqueda de espacios accesibles como salón de eventos, aulas para talleres, con mesas, equipo sanitario, etc. (En caso de ser necesario).
7. En caso de que los espacios sean virtuales y previo acuerdo con la Secretaría de la Mujer facilitar estrategias de conectividad para las mujeres y niñas participantes de las comunidades que así lo requieran siguiendo los procedimientos que se establezcan entre las partes y luego de hacer las revisiones correspondientes.
8. En todos los eventos y actividades hacer firmar documentos de autorización de uso de imagen y consentimiento informado de las niñas, adolescentes (estos deben ser firmados por sus acudientes), mujeres jóvenes, adultas y mayores en sus diferencias y diversidades participantes en las estrategias.
9. Tomar registro de asistencia con los formatos indicados por la SDMujer en cada una de las actividades a desarrollar en el marco del convenio, los cuales deberán ser entregados posteriormente al equipo de la SD Mujer para ser ingresados en la plataforma SIMISIONAL de la entidad.
10. Realizar registro fotográfico de los procesos desarrollados con niñas, adolescentes, mujeres jóvenes, adultas y mayores en sus diferencias y diversidad que dé cuenta de la experiencia de formación: Inicio, desarrollo y alcances de cada una de las actividades realizadas en el marco del convenio. Estas imágenes serán para uso exclusivo de material audiovisual de informe de resultados y proceso; deben garantizar la protección de identidad, y el derecho fundamental a la intimidad de las asistentes, de acuerdo a la normatividad vigente, así mismo contar con el consentimiento explícito de las personas que participan.
11. Hacer actas de cada una de las sesiones y reuniones en los formatos de la SDMujer, el acta debe contener el desarrollo de cada una de las sesiones, evidencia de la participación de las niñas, adolescentes, mujeres jóvenes, adultas y mayores participantes, objetivos, logros, preguntas, conclusiones y compromisos para las sesiones siguientes. Las actas deben ir acompañadas de listado de asistencia y deberán ser entregadas al equipo de la SDMujer.
12. Realizar la sistematización de las actividades desarrolladas en el marco del convenio.
13. Realizar el pago de aportes al sistema de seguridad social integral, parafiscales, ICBF, SENA y cajas de compensación familiar (cuando a ello haya lugar), en las condiciones establecidas por la normatividad vigente y/o acreditar el pago de aportes al Sistema de seguridad social de los contratistas vinculados para la ejecución del convenio.
3.1.2. ACTIVIDADES ESPECÌFICAS POR COMPONENTE A CARGO DE LA OEI
3.1.2.1. COMPONENTE 01.
ESTRATEGIA EMPODERAMIENTO NIÑAS, ADOLESCENTES Y MUJERES JÓVENES FASE 1. ALISTAMIENTO
1. Concertar los temas que se abordarán en los semilleros (estrategias de empoderamiento) con el equipo de la SD Mujer y con la gobernadora (or) o lideresa (er) de la comunidad donde se llevarán a cabo los semilleros.
2. Elaborar un documento técnico, por semillero, con las propuestas metodológicas (título de la actividad, población a la que va dirigida la actividad, contexto (marco normativo, incorporación de los enfoques de la PPMYEG), objetivo general, resultados esperados, materiales, fases o momentos de la actividad (descripción y duración), propuestas de reflexión o evaluación finales.
3. Diseñar una propuesta de diagnóstico de entrada y salida, para los semilleros, con el objetivo de identificar la apropiación de conocimientos y factores relacionados con el empoderamiento y los derechos de las niñas, adolescentes y mujeres jóvenes.
FASE 2. DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES
1. Realizar 3 semilleros de empoderamiento dirigidos a niñas, que impacten 50 niñas afrocolombianas (en 3 grupos de 17 niñas C/U), 1 semillero con 20 niñas raizales. (De mínimo 7 sesiones cada uno)
2. Realizar 4 semilleros dirigidos a 80 adolescentes, en grupos divididos así: 40 adolescentes indígenas, 20 adolescentes en riesgo de habitar calle y 20 adolescentes campesinas y rurales (mínimo 7 sesiones de 2 horas cada una)
3. Realizar 2 semilleros dirigidos a 40 mujeres jóvenes en sus diferencias y diversidades, de 20 mujeres jóvenes cada uno (Mínimo 7 sesiones de 2 horas cada uno).
4. Las fechas para los encuentros serán concertados en mesa técnica.
5. La convocatoria se realizará de manera abierta, o articulada con las comunidades a quienes vaya dirigido el proceso, para tal efecto la SDMujer contribuirá́ convocando las poblaciones por medio de las referentes poblacionales o articulando con instituciones del distrito.
6. El número de niñas, adolescentes o jóvenes beneficiadas son las que culminen el 75% de participación en el semillero, esto se debe tener en cuenta para la convocatoria.
7. Garantizar mínimo 2 talleristas, con cualificación adecuada para realizar trabajo con niñas, adolescentes y mujeres jóvenes en sus diferencias y diversidad (preferiblemente que hagan parte de la comunidad o grupo poblacional con la que se está́ trabajando) que transversalicen el enfoque de género y diferencial, para cada una de las sesiones del semillero.
8. Preparar un conversatorio virtual intercultural, con la participación de las niñas, adolescentes y mujeres jóvenes con sus familiares, que fueron parte de los semilleros desarrollados en el año. Este conversatorio será́ el evento de cierre en el que se dé cuenta de los alcances y logros de las acciones adelantadas en el marco de la estrategia de empoderamiento. En este encuentro se socializarán los vídeos y material fotográfico que permita evidenciar el proceso, así́ mismo, los resultados cualitativos y cuantitativos generados de los diagnósticos de entrada y salida aplicados.
9. Ofertar un diplomado virtual para el fortalecimiento y la cualificación en derechos humanos de las mujeres y empoderamiento dirigido a mujeres adolescentes y jóvenes que habitan Bogotá́ .
10. Apoyar a la SD Mujer en el fortalecimiento de redes protectoras de niñas y adolescentes, participantes de los semilleros, en la realización del curso virtual de 9 horas, sobre identificación y prevención de violencias basadas en género, diseñado en el marco de la alianza con Unicef. Se espera que mínimo un adulto o adulta significativa por niña realice el curso, con un impacto mínimo de 150 personas al año.
11. Realizar el pago de aportes al sistema de seguridad social integral, parafiscales, ICBF, SENA y cajas de compensación familiar (cuando a ello haya lugar), en las condiciones establecidas por la normatividad vigente y/o acreditar el pago de aportes al Sistema de seguridad social de los contratistas vinculados para la ejecución del convenio.
12. Mantener la vinculación laboral o la relación contractual durante el plazo de ejecución del contrato con personas vulnerables, marginadas y/o excluidas de la dinámica productiva de la ciudad, de acuerdo con lo expuesto en el Decreto 380 de 2015, establecidas en la propuesta. (si ello aplica).
13. Vincular y mantener a mujeres para la ejecución del contrato, según los porcentajes que se establecen en el artículo 3 y s.s. del Decreto 332 de 2020 (cuando aplique).
14.Mantener estricta reserva y confidencialidad sobre la información que conozca por
causa o con ocasión del convenio, así como, respetar la titularidad de los derechos de
autor, en relación con los documentos, obras, creaciones que se desarrollen en ejecución del convenio, en tal sentido, deberá ceder la titularidad de los derechos patrimoniales, de explotación económica, modificación, adaptación, publicación, comercialización, distribución, entre otros, a la SDMUJER sobre “La Obra”, y hacer el registro de la misma si a ello hubiere lugar, conforme a lo dispuesto en el artículo 11 de la Decisión Andina 351 de 1993 concordante con el artículo 30 de la Ley 23 de 1982 y por el tiempo que se establezca en la legislación nacional e internacional, sin perjuicio del respeto moral, la cesión enunciada previamente se realiza a título gratuito y el Contratista se obliga con la SDMUJER a coadyuvar en los trámites administrativos de registro de la obra(s) resultas del presente contrato, con la Dirección Nacional de Derechos de Autor o la entidad que legalmente asuma sus competencias.
FASE 3. MEDICIÓN Y SISTEMATIZACIÓN
1. Diseñar un diagnóstico de entrada y uno de salida para identificar factores de empoderamiento en niñas de comunidades indígenas, negras y afrocolombianas en contexto de ciudad, mujeres adolescentes en riesgo de habitar calle y adolescentes campesinas y rurales, así́ mismo, otro para mujeres jóvenes en sus diferencias y diversidades.
2. Sistematizar los diagnósticos de entrada y de salida por medio de un documento de análisis comparativo, en el que se dé cuenta de las percepciones iniciales y los alcances o logros frente al empoderamiento en cada uno de los semilleros: niñas, adolescentes y Mujeres jóvenes. El documento debe ir acompañado por una presentación de apoyo visual para hacer exposición el día de la clausura o cierre.
3. Realizar la sistematización escrita y audiovisual de las actividades desarrolladas en el marco del convenio que contenga opiniones y entrevistas de niñas, adolescentes y mujeres jóvenes en sus diferencias y diversidad en donde se evidencie el proceso del semillero y los resultados frente al empoderamiento.
4. Realizar un documento de análisis, cualitativo y cuantitativo en donde se compare el diagnóstico de entrada y del diagnóstico de salida que evidencié los alcances del diplomado, en las personas que culminaron el proceso. Este documento debe ir acompañado de una presentación de apoyo visual para hacer exposición el día de la clausura.
1. Un documento de análisis, cualitativo y cuantitativo, con una presentación de apoyo visual que exponga los resultados del curso multiformato dirigido a padres, madres cuidadores y cuidadoras, servidores públicos y contratistas en la detección y manejo de las violencias basadas en género.
2. Un documento de análisis del diagnóstico de entrada y del diagnóstico de salida del semillero dirigido a mujeres adolescentes y jóvenes acompañado por una presentación de apoyo visual que exponga los objetivos, actividades, retos y alcances del semillero.
3. Un documento de análisis comparativo del diagnóstico de entrada y del diagnóstico de
salida del semillero dirigido a niñas y adolescentes, de las comunidades indígenas y afrocolombianas en contexto de ciudad, acompañado por una presentación de apoyo visual que exponga los objetivos, actividades, retos y alcances del semillero.
4. Un vídeo que recopile el material fotográfico y audiovisual, que contenga opiniones y entrevistas de niñas y adolescentes, participantes del proceso en donde se evidencie el proceso del semillero y los resultados acerca del empoderamiento.
5. Un documento de análisis, cualitativo y estadístico, con una presentación de apoyo visual que exponga los resultados del diplomado dirigido a mujeres jóvenes en derechos de las mujeres y empoderamiento femenino.
3.1.2.2. COMPONENTE 02.
ESTRATEGIA DE GENERACIÓN DE CAPACIDADES PSICOEMOCIONALES FASE 1. ALISTAMIENTO
1. Diseño y construcción de la propuesta metodológica y de virtualización de la escuela de educación emocional en modalidad virtual con enfoque diferencial y de género para los grupos de mujeres con discapacidad, mujeres adultas y mayores, indígenas, afrocolombianas, lesbianas y bisexuales, transgénero, adolescentes y jóvenes campesinas y rurales priorizadas por la Secretaría de la Mujer.
2. Disponer de las herramientas y plataforma virtual para que la escuela de educación emocional en su versión virtual sea publicada y ofertada a las mujeres en sus diferencias y diversidades.
3. Diseño del instrumento de medición para el inicio y finalización de la escuela de educación emocional, que permitan identificar la apropiación y pertinencia de los contenidos y reflexiones de la experiencia de formación.
4. Realizar el diseño de 10 metodologías para los espacios respiro teniendo en cuenta los grupos de mujeres priorizados por la SDMujer: Mujeres en actividades sexuales pagadas, mujeres con discapacidad, campesinas y rurales, indígenas, afrodescendientes y negras, mujeres transgénero, mujeres jóvenes, adultas y mayores.
5. Diseñar instrumento de medición de impacto de los espacios respiro en las mujeres participantes.
6. Contar con gestoras para que acompañen el desarrollo de la escuela de educación emocional y espacios respiro en su preferencia perteneciente a los grupos de mujeres en sus diferencias y diversidades priorizadas, teniendo en cuenta el equipo mínimo de trabajo solicitado.
7. Diseño de la propuesta de creación, socialización y difusión de contenidos, material pedagógico y de bienestar digitales, para que las mujeres en sus diferencias y diversidades fortalezcan herramientas, acciones y reflexiones de autocuidado frente a la salud mental y su desestigmatización.
FASE 2. DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES
1. Apoyar el diseño, construcción, virtualización y realización de 10 escuelas de educación emocional con los grupos de mujeres con discapacidad, mujeres adultas y mayores, indígenas, afrocolombianas, lesbianas y bisexuales, transgénero y las adolescentes y jóvenes campesinas y rurales para un total de 150 mujeres priorizadas por la SD Mujer en modalidad virtual en el marco de la estrategia de generación de capacidades psicoemocionales.
2. Disponer de las herramientas y plataforma virtual para que la escuela de educación emocional en su versión virtual sea publicada y ofertada a las mujeres en sus diferencias y diversidades.
3. Acompañar a las mujeres y las adolescentes y jóvenes en el desarrollo de las escuelas de educación emocional en modalidad virtual en el marco de la estrategia de generación de capacidades psicoemocionales.
4. Apoyar el desarrollo de mínimo 40 espacios respiro con 480 mujeres en sus diferencias y diversidades priorizadas por la Secretaría de la Mujer en el marco de la estrategia de generación de capacidades psicoemocionales.
5. Realizar el diseño de una (1) cartilla digital que consolide las metodologías construidas en el marco de los espacios respiro.
6. Realizar diseño de contenidos, material pedagógico y de bienestar digitales, para que las mujeres en sus diferencias y diversidades fortalezcan herramientas, acciones y reflexiones de autocuidado frente a la salud mental y su desestigmatización.
7. Diseñar y ejecutar una estrategia de socialización y difusión de estos contenidos.
8. Garantizar para cada espacio respiro una dupla de facilitadora (profesionales psicosociales) y acompañante (Mujeres pertenecientes a grupos diferenciales) y el acompañamiento necesario para el desarrollo de la escuela de educación emocional.
9. Las fechas para el desarrollo de las actividades serán concertados en mesa técnica.
10. La convocatoria se realizará de manera articulada con la SD Mujer con el apoyo de las referentes poblacionales teniendo en cuenta los grupos de mujeres priorizados para el desarrollo de las escuelas de educación emocional y los espacios respiro.
FASE 3. MEDICIÓN Y SISTEMATIZACIÓN
1. Diseñar y aplicar instrumento de al inicio y finalización de la escuela de educación emocional que permitan identificar la apropiación y pertinencia de los contenidos y reflexiones de la experiencia de formación.
2. Consolidar resultados de medición de inicio y finalización de las escuelas de educación emocional y presentar resultados a través de un informe ejecutivo y una pieza gráfica o presentación.
3. Diseñar y Aplicar instrumento de medición de impacto de los espacios respiro en las mujeres participantes.
4. Consolidar resultados del impacto de los espacios respiro y presentar los principales resultados en un informe ejecutivo y una pieza grafica o presentación.
5. Realizar la sistematización escrita y audiovisual de las actividades desarrolladas en el marco del convenio, que permita evidenciar la experiencia de formación a través de las
escuelas de educación emocional, los espacios respiro y la difusión y socialización del material pedagógico y de bienestar.
1. Diseño y virtualización de la Escuela de Educación emocional disponible en plataforma virtual. Esta versión debe permitir la migración a la plataforma de la SD Mujer.
2. Un documento de sistematización y análisis de los principales resultados del instrumento de medición inicial y de finalización de la escuela de educación emocional y espacios respiro.
3. Cartilla virtual de metodologías de espacios respiro.
4. Sistematización escrita y audiovisual que evidencie la experiencia, participación, reflexiones y aprendizajes obtenidos por las mujeres y adolescentes participantes en los espacios respiro y escuela de educación emocional y la difusión y socialización del material pedagógico y de bienestar.
5. Certificados descargables para las mujeres participantes en la escuela de educación emocional.
6. Material pedagógico y de bienestar digitales en versión descargable.
3.1.3 . COMPROMISOS DE LA SECRETARÍA:
3.1.3.1. GENERALES:
1. Designar supervisora (r) para la vigilancia y control de la ejecución del objeto del convenio.
2. Realizar el aporte en dinero de acuerdo con las condiciones pactadas en la descripción de presupuesto del convenio y la mesa técnica.
3. Establecer, de manera conjunta, con el cooperante un cronograma de actividades en el que se contemple alistamiento conceptual, metodológico, y logístico, la ejecución de las actividades y el seguimiento a las mismas, en el marco de las dos estrategias: empoderamiento a niñas, adolescentes y mujeres jóvenes y generación de capacidades psicoemocionales.
4. Contribuir en la convocatoria de mujeres en sus diferencias y diversidades (según priorización de los grupos poblacionales a intervenir) con el fin de conformar el equipo de trabajo para la realización de las actividades para cada estrategia. La Secretaría Distrital de la mujer concertará con las mujeres de la población diferencial para lograr una terna de hojas de vida que cumplan con los perfiles requeridos para la conformación de los equipos.
5. Realizar acompañamiento y asesoría técnica para transversalización de los enfoques de género, diferencial y de derechos de las mujeres en todos los documentos, contenidos, metodologías, acciones y materiales.
6. Contribuir en la convocatoria de mujeres en sus diferencias y diversidades que tengan emprendimientos con productos alimenticios, que cuenten con las condiciones requeridas, para brindar el servicio de refrigerios étnicos o campesino.
7. Apoyar en la gestión para el préstamo de espacios en las Casas de Igualdad de
Oportunidades para las Mujeres o Casa de todas, en el caso de que sea necesario para el desarrollo de las estrategias.
8. Entregar a la OEI los formatos de autorización de uso de imagen y consentimiento informado de las niñas, adolescentes (estos deben ser firmados por sus acudientes), mujeres jóvenes, adultas y mayores en sus diferencias y diversidades participantes en las estrategias, en todos los eventos y actividades.
9. Entregar a la OEI el formato para tomar registro de asistencia, establecido por la SDMujer, en cada una de las actividades a desarrollar en el marco del convenio.
10. Entregar a la OEI el formato de evidencia externa e interna establecido por la SDMujer.
11. Registrar niñas, adolescentes y mujeres en sus diferencias y diversidades en la plataforma SIMISIONAL de la SDMujer
12. Contribuir en la sistematización escrita de las actividades desarrolladas en el marco del convenio.
3.1.3.2. ESPECÍFICOS:
COMPONENTE 01.
ESTRATEGIA DE EMPODERAMIENTO A NIÑAS, ADOLESCENTES Y MUJERES JÓVENES FASE 1. ALISTAMIENTO
1. Participar en el comité técnico con una profesional experta en los temas abordar para cada sesión y con una directiva en el caso de que sean comités decisorios o de lineamiento.
2. Presentar un documento base a la OEI con la relación de temas que se abordarán en los semilleros (estrategias de empoderamiento).
3. Participar, con igualdad de responsabilidades al cooperante, en la elaboración un documento técnico, por semillero, con las propuestas metodológicas (título de la actividad, población a la que va dirigida la actividad, contexto (marco normativo, incorporación de los enfoques de la PPMYEG), objetivo general, resultados esperados, materiales, fases o momentos de la actividad (descripción y duración), propuestas de reflexión o evaluación finales.
4. Participar, con igualdad de responsabilidades al cooperante, en el diseño de un instrumento de entrada y salida, para ser aplicado en los semilleros, con el objetivo de identificar la apropiación de conocimientos y factores relacionados con el empoderamiento y los derechos de las niñas, adolescentes y mujeres jóvenes.
FASE 2. DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES
1. Realizar asesoría técnica para la transversalización de los enfoques de género, diferencial y derechos de las mujeres en la ejecución de 3 semilleros de empoderamiento dirigidos a niñas, que impacten 50 niñas afrocolombianas (en 3 grupos de 17 niñas C/U), 1 semillero con 20 niñas raizales. (De mínimo 7 sesiones cada uno).
2. Realizar asesoría técnica para la transversalización de los enfoques de género, diferencial y derechos de las mujeres en la ejecución de 4 semilleros dirigidos a 80
adolescentes, en grupos divididos así: 40 adolescentes indígenas, 20 adolescentes en riesgo de habitar calle y 20 adolescentes campesinas y rurales (mínimo 7 sesiones de 2 horas cada una)
3. Realizar asesoría técnica para la transversalización de los enfoques de género, diferencial y derechos de las mujeres en la ejecución de 2 semilleros dirigidos a 40 mujeres jóvenes en sus diferencias y diversidades, de 20 mujeres jóvenes cada uno (Mínimo 7 sesiones de 2 horas cada uno).
4. Apoyar la convocatoria de niñas, adolescentes y mujeres jóvenes en sus diferencias y diversidades que participarán en los semilleros y diplomados enmarcados en este convenio.
5. Apoyar la preparación de un conversatorio virtual intercultural, con la participación de las niñas, adolescentes y mujeres jóvenes con sus familiares, que fueron parte de los semilleros desarrollados en el año. Este conversatorio será́ el evento de cierre en el quese dé cuenta de los alcances y logros de las acciones adelantadas en el marco de la estrategia de empoderamiento. En este encuentro se socializarán los vídeos y material fotográfico que permita evidenciar el proceso, así́ mismo, los resultados cualitativos y cuantitativos generados de los diagnósticos de entrada y salida aplicados.
6. Disponer en la plataforma de Moodle de la Secretaría Distrital de la Mujer el Curso virtual Observo, identifico y protejo / Niñas, niños y adolescentes con convocatoria abierta de manera permanente.
FASE 3. MEDICIÓN Y SISTEMATIZACIÓN
1. Realizar asesoría técnica, acompañamiento y apoyo para la transversalización de los enfoques de género, diferencial y derechos de las mujeres en el diseño de un diagnóstico de entrada y uno de salida para identificar factores de empoderamiento en niñas de comunidades indígenas, negras y afrocolombianas en contexto de ciudad, mujeres adolescentes en riesgo de habitar calle y adolescentes campesinas y rurales, así́ mismo, otro para mujeres jóvenes en sus diferencias y diversidades.
2. Realizar asesoría técnica para la transversalización de los enfoques de género, diferencial y derechos de las mujeres en la sistematización de los diagnósticos de entrada y de salida por medio de un documento de análisis comparativo, en el que se dé cuenta de las percepciones iniciales y los alcances o logros frente al empoderamiento en cada uno de los semilleros: niñas, adolescentes y Mujeres jóvenes. Así mismo de la presentación de apoyo visual para hacer exposición el día de la clausura o cierre.
COMPONENTE 02.
ESTRATEGIA DE GENERACIÓN DE CAPACIDADES PSICOEMOCIONALES FASE 1. ALISTAMIENTO
1. Realizar asesoría técnica para la transversalización de los enfoques de género, diferencial y derechos de las mujeres en el diseño y construcción de la propuesta metodológica y de virtualización de la escuela de educación emocional en modalidad
virtual con enfoque diferencial y de género para los grupos de mujeres con discapacidad, mujeres adultas y mayores, indígenas, afrocolombianas, lesbianas y bisexuales, transgénero, adolescentes y jóvenes campesinas y rurales priorizadas por la Secretaría de la Mujer.
2. Realizar asesoría técnica para la transversalización de los enfoques de género, diferencial y derechos de las mujeres en el diseño del instrumento de medición para el inicio y finalización de la escuela de educación emocional, que permitan identificar la apropiación y pertinencia de los contenidos y reflexiones de la experiencia de formación.
3. Realizar asesoría técnica para la transversalización de los enfoques de género, diferencial y derechos de las mujeres para realizar el diseño de 10 metodologías para los espacios respiro teniendo en cuenta los grupos de mujeres priorizados por la SDMujer: Mujeres en actividades sexuales pagadas, mujeres con discapacidad, campesinas y rurales, indígenas, afrodescendientes y negras, mujeres transgénero, mujeres jóvenes, adultas y mayores.
4. Realizar asesoría técnica para la transversalización de los enfoques de género, diferencial y derechos de las mujeres para diseñar instrumento de medición de impacto de los espacios respiro en las mujeres participantes.
5. Apoyar la convocatoria de mujeres en sus diferencias y diversidades (según priorización diferencial) para la contratación de gestoras que acompañen el desarrollo de la escuela de educación emocional y espacios respiro en su preferencia perteneciente a los grupos de mujeres en sus diferencias y diversidades priorizadas, teniendo en cuenta el equipo mínimo de trabajo solicitado.
6. Realizar asesoría técnica para la transversalización de los enfoques de género, diferencial y derechos de las mujeres para el diseño de la propuesta de creación, socialización y difusión de contenidos, material pedagógico y de bienestar digitales, para que las mujeres en sus diferencias y diversidades fortalezcan herramientas, acciones y reflexiones de autocuidado frente a la salud mental y su desestigmatización.
FASE 2. DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES
1. Realizar asesoría técnica para la transversalización de los enfoques de género, diferencial y derechos de las mujeres para el diseño, construcción, virtualización y realización de 10 escuelas de educación emocional con los grupos de mujeres con discapacidad, mujeres adultas y mayores, indígenas, afrocolombianas, lesbianas y bisexuales, transgénero y las adolescentes y jóvenes campesinas y rurales para un total de 150 mujeres priorizadas por la SD Mujer en modalidad virtual en el marco de la estrategia de generación de capacidades psicoemocionales.
2. Realizar asesoría técnica para la transversalización de los enfoques de género, diferencial y derechos de las mujeres para el desarrollo de las escuelas de educación emocional en modalidad virtual en el marco de la estrategia de generación de capacidades psicoemocionales.
3. Realizar asesoría técnica para la transversalización de los enfoques de género, diferencial y derechos de las mujeres para el desarrollo de mínimo 40 espacios respiro con 480 mujeres en sus diferencias y diversidades priorizadas por la Secretaría de la Mujer en el marco de la estrategia de generación de capacidades psicoemocionales.
4. Realizar asesoría técnica para la transversalización de los enfoques de género, diferencial y derechos de las mujeres para el diseño de una (1) cartilla digital que consolide las metodologías construidas en el marco de los espacios respiro.
5. Realizar asesoría técnica para la transversalización de los enfoques de género, diferencial y derechos de las mujeres para el diseño de contenidos, material pedagógico y de bienestar digitales, para que las mujeres en sus diferencias y diversidades fortalezcan herramientas, acciones y reflexiones de autocuidado frente a la salud mental y su desestigmatización.
6. Realizar asesoría técnica para la transversalización de los enfoques de género, diferencial y derechos de las mujeres para diseñar y ejecutar una estrategia de socialización y difusión de estos contenidos.
7. Apoyar la convocatoria teniendo en cuenta los grupos de mujeres priorizados para el desarrollo de las escuelas de educación emocional y los espacios respiro.
FASE 3. MEDICIÓN Y SISTEMATIZACIÓN
1. Realizar asesoría técnica para la transversalización de los enfoques de género, diferencial y derechos de las mujeres en el diseño y aplicación de un instrumento de al inicio y finalización de la escuela de educación emocional que permitan identificar la apropiación y pertinencia de los contenidos y reflexiones de la experiencia de formación.
2. Realizar asesoría técnica para la transversalización de los enfoques de género, diferencial y derechos de las mujeres para la Consolidación de resultados de medición de inicio y finalización de las escuelas de educación emocional.
3. Realizar asesoría técnica para la transversalización de los enfoques de género, diferencial y derechos de las mujeres para el diseño y Aplicación de un instrumento de medición de impacto de los espacios respiro en las mujeres participantes.
4. Realizar asesoría técnica para la transversalización de los enfoques de género, diferencial y derechos de las mujeres en la sistematización escrita y audiovisual de las actividades desarrolladas en el marco del convenio, que permita evidenciar la experiencia de formación a través de las escuelas de educación emocional, los espacios respiro y la difusión y socialización del material pedagógico y de bienestar.
CUARTA. – DESEMBOLSOS. El aporte en efectivo con cargo a los recursos de la Secretaría, se desembolsarán de la siguiente manera:
Primer Desembolso: Equivalente al treinta por ciento (30%) del valor del aporte de la SDMujer, para el convenio, previa la entrega de:
• Presentar equipo mínimo de trabajo: Coordinador, profesionales, apoyos logísticos.
• Plan de trabajo anual y cronograma de actividades con sugerencias de fechas y horarios.
Segundo Desembolso: Equivalente al cincuenta por ciento (50%) del valor del aporte de la SDMujer, previo al cumplimiento de la propuesta metodológica y el desarrollo de las actividades correspondientes a cada una de las estrategias. Evidenciado en:
• Documento con las metodologías a implementar en cada uno de los semilleros de la estrategia de empoderamiento.
• Documento con las metodologías a implementar en cada uno de los espacios respiro y escuelas de educación emocional de la estrategia de capacidades psicoemocionales.
• Instrumento de caracterización de entrada y salida para semilleros de empoderamiento a niñas, adolescentes y mujeres jóvenes en sus diferencias y diversidades, teniendo en cuenta el objetivo de cada semillero.
• Instrumento de caracterización de entrada y salida para los espacios respiro y escuelas de educación emocional de la estrategia de capacidades psicoemocionales.
• Actas y listados de asistencia de la ejecución de los semilleros de empoderamiento dirigidos a niñas, adolescentes y mujeres jóvenes en sus diferencias y diversidades (7 sesiones por cada semillero, 1 acta y listado de asistencia por sesión)
• Actas y listados de asistencia de la ejecución de espacios respiro y escuelas de educación emocional de la estrategia de capacidades psicoemocionales dirigidos a las mujeres en sus diferencias y diversidades.
• Material pedagógico y estrategia de difusión de la estrategia capacidades.
• Propuesta de jornada de clausura de los semilleros de empoderamiento dirigidos a niñas, adolescentes y mujeres jóvenes en sus diferencias y diversidades.
• Reporte de mujeres jóvenes que participan en el diplomado.
• Reporte de padres, madres, cuidadoras convocadas a realizar curso virtual de identifico y protejo para la prevención de violencias basadas en género de niñas, niños y adolescentes.
Tercer Desembolso: Equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del aporte de la SDMujer, previo a la entrega del informe final y los productos desarrollados en el marco del convenio. Evidenciado en:
• Acta y listado de asistencia de la clausura de los semilleros de empoderamiento dirigidos a niñas, adolescentes y mujeres jóvenes.
• Documento de informe comparativo sobre el alcance e impacto de los semilleros dirigidos a niñas, adolescentes y mujeres jóvenes en sus diferencias y diversidades.
• Presentación en power point con apoyo visual cualitativo y cuantitativo sobre el alcance e impacto de los semilleros dirigidos a niñas, adolescentes y mujeres jóvenes en sus diferencias y diversidades.
• Entrega de vídeo de niñas, adolescentes y mujeres jóvenes que evidenciando el proceso de ejecución de los semilleros y el alcance e impacto de los semilleros dirigidos a niñas, adolescentes y mujeres jóvenes en sus diferencias y diversidades.
• Documento que consolide resultados de medición de inicio y finalización de las escuelas de educación emocional y resultados a través de un informe ejecutivo y una pieza gráfica o presentación.
• Documento que consolide resultados del impacto de los espacios respiro y principales resultados en un informe ejecutivo y una pieza gráfica o presentación
PARÀGRAFO: REQUISITOS PARA EL DESEMBOLSO:
Para realizar cualquier desembolso la Secretaría Distrital de la Mujer, requiere:
a) Informe suscrito por el supervisor de las actividades del Convenio durante el período respectivo [y/o entrega de productos].
b) Certificación de recibo a satisfacción de los productos y/o informes pactados, suscrito por el supervisor del convenio.
c) Certificación del Representante Legal del Organismo o del Revisor Fiscal cuando exista, del pago de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral en Salud y Pensión, Parafiscales y Sistema General de Riesgos Laborales, la cual deberá corresponder a lo legalmente exigido. (Si Aplica)
d) Cuenta de Cobro o documento que haga sus veces.
Sin perjuicio de lo anterior, queda entendido que la forma del desembolso supone la entrega real y efectiva de los informes y/o productos pactados en el Convenio.
QUINTA.- PLAZO Y LUGAR DE EJECUCIÓN: El término de ejecución del presente convenio será hasta el 31 de diciembre de 2021, contados a partir de la suscripción del acta de inicio y el lugar de ejecución será la ciudad de Bogotá D.C.
SEXTA.- MECANISMO DE COBERTURA DEL RIESGO: De conformidad con los estudios y documentos previos de esta contratación, en atención a la modalidad de contratación, y a la naturaleza de las entidades y de acuerdo a lo establecido en el artículo 20 de la Ley 1150 de 2007, aquellos convenios financiados en su totalidad o en sumas iguales o superiores al cincuenta por ciento (50%) con fondos de los organismos de cooperación, asistencia o ayudas internacionales, podrán someterse a los reglamentos de tales entidades, situación en la que circunscribe la presente contratación.
Sin embargo, la SDMujer, ha identificado algunos riesgos asociados a la presente contratación, los cuales se han detallado en la matriz de riesgos junto con su tratamiento y asignación de responsabilidad, en este sentido a través del supervisor (a) del convenio, se adelantarán controles permanentes, tales como el establecido de plazos perentorios para el perfeccionamiento y ejecución del convenio, seguimiento y verificación del cumplimiento de las actividades pactadas, revisión de documentos con los informes o productos y aplicación de las disposiciones legales, y de ser necesario se conminará tantas veces sea necesario a la OEI, exigiéndole el cumplimiento y la calidad de los bienes y servicios acordados, con el fin de custodiar de manera efectiva y oportuna la ejecución de los recursos públicos.
Conforme a lo anterior, y, teniendo en cuenta la naturaleza jurídica de la OEI, la trayectoria y el prestigio de ésta, la SDMujer, considera que no es necesaria la constitución de garantías, debido a que no se evidencia un riesgo alto en la ocurrencia de incumplimiento en la ejecución del objeto del convenio
SÉPTIMA: EXCLUSIÓN DE RELACIÓN LABORAL: No habrá vínculo laboral alguno entre La SDMUJER y la OEI ni con las personas naturales o jurídicas que contrate la OEI para el apoyo técnico y desarrollo del objeto del Convenio.
OCTAVA.: CONFIDENCIALIDAD, SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN Y TRATAMIENTO DE
DATOS PERSONALES: Las partes no podrán revelar la información catalogada como pública clasificada y pública reservada en los términos de la Ley 1712 de 2014 (artículos 18 y 19) de la que tenga conocimiento con ocasión o para la ejecución de este convenio y que esté relacionada con el objeto contractual o con las funciones a cargo de la Secretaría sin previo consentimiento escrito de LA SDMUJER, so pena de hacerse acreedor a las sanciones xx xxx.
PARÁGRAFO PRIMERO: Se considera información pública clasificada y pública reservada la información técnica, financiera, presupuestal, comercial, estratégica, y en general, cualquier información relacionada con las funciones de LA SDMUJER, presentes y futuras, que entrega LA SDMUJER al cooperante o aquella que se genere en desarrollo del objeto del convenio; también, aquella información que tenga reserva xx Xxx, o haya sido marcada o anunciada como pública clasificada y pública reservada por parte de LA SDMUJER o cualquier otra Entidad Estatal. La información pública, pública clasificada y pública reservada debe ser cuidada, protegida y tratada de manera responsable en los términos establecidos por la ley, so pena de incumplimiento del contrato. LA SDMUJER adelantará las acciones judiciales pertinentes contra la OEI en el evento en que este, incumpla el compromiso adquirido en virtud de la presente cláusula.
PARÁGRAFO SEGUNDO: La OEI adquiere las obligaciones que se describen a continuación, en relación con la seguridad de la Información: A) No poner en peligro la integridad, disponibilidad y confidencialidad de la información que se maneje en el cumplimiento del presente convenio. B) Conocer y cumplir lo establecido en la Política de Seguridad de la Información de la SDMUJER en lo que respecta a sus responsabilidades en el uso aceptable de los activos de información, uso adecuado de la infraestructura tecnológica y sistemas de información a los que tenga acceso.
C) Reportar e informar en el momento que ocurran incidentes de seguridad de la información que pueda afectar la disponibilidad, integridad y/o confidencialidad de los activos de información de LA SDMUJER, en el marco de la ejecución del presente convenio. D) Abstenerse en cualquier tiempo de divulgar, parcial o totalmente la información pública clasificada y pública reservada a cualquier persona natural o jurídica, entidades gubernamentales o privadas, excepto en los casos que se precisan a continuación: (i) Cuando la información sea solicitada por LA SDMUJER. (ii) En cumplimiento de una decisión judicial en firme, orden, requerimiento o una solicitud oficial expedida bien sea por un tribunal competente, una autoridad u órgano judicial o legislativo con competencia para ello, para lo cual deberá observarse el procedimiento establecido por LA SDMUJER. (iii) Cuando cualquier autoridad judicial, gubernamental o regulatoria la haya requerido legalmente, siempre y en cumplimiento de los mecanismos de cuidado, protección y manejo responsable de la información estipulados en esta cláusula, previa notificación de LA SDMUJER, con el fin de aplicar el procedimiento establecido por LA SDMUJER para dar respuesta a tales requerimientos, así como las competencias y delegaciones establecidas para la suscripción de los mismos. E) Tomar todas las medidas necesarias para que la información catalogada como pública clasificada y pública reservada que le sea suministrada en medio físico o electrónico, se transporte manipule y mantenga en un lugar seguro y de acceso restringido. F) Advertir a todas aquellas personas que tengan acceso a la información catalogada como pública clasificada y pública reservada que este a su cargo sobre la forma de manipulación, utilización, manejo de medidas de seguridad y demás, para que la información subsista bien manejada y
protegida. G) El uso de la información catalogada como pública clasificada y pública reservada no otorga derecho ni constituye licencia al contratista para utilizar sin observar los principios de la ética profesional, comercial y la competencia xxxx, ni otorgando, favoreciendo ni beneficiando a cualquier otra persona natural o jurídica. Para ello el contratista acuerda expresamente emplear todos los medios a su alcance para impedir esa utilización irregular de la información catalogada como pública clasificada y pública reservada.
PARÁGRAFO TERCERO: El Cooperante adquiere responsabilidades relacionadas con el tratamiento de datos personales conocidos y tratados en razón o ejecución del objeto contractual o las funciones propias de la entidad.
PARÁGRAFO CUARTO- VIGENCIA: Los compromisos estipulados bajo esta cláusula estarán vigentes a partir de la fecha de firma del presente convenio y por un término de 2 años contados a partir de la terminación del mismo. Lo anterior significa que, aún terminado el Convenio, EL Cooperante o la Parte Receptora no podrá revelar ni utilizar en beneficio propio o de terceros la información pública clasificada y pública reservada recibida, producida o conocida en razón de la ejecución del convenio.
NOVENA.- DERECHOS SOBRE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Y DERECHOS DE AUTOR:
Los derechos patrimoniales de autor y lo concerniente a la propiedad de los derechos de tipo industrial que pudieran llegar a derivarse de las acciones y/o actividades realizadas en el marco del presente instrumento, se sujetarán a lo dispuesto en el Artículo 61 de la Constitución Política de Colombia y la Ley 23 de 1982, así como las demás normas aplicables en Colombia sobre esta materia. Por tanto, cada una de las partes dará crédito a la otra sobre la titularidad de los resultados o productos del convenio que den lugar al reconocimiento de derechos de propiedad intelectual, cuando se trate de hacer mención de los mismos ante terceros, los cuales se podrán utilizar para la ampliación de nuevos estudios e investigaciones.
PARÀGRAFO PRIMERO: Toda información y/o documentos entregados con ocasión al desarrollo del Convenio, y/o aquellos que resulten de su ejecución, únicamente podrá ser publicada previa autorización escrita de la otra parte y haciendo mención explícita de ambas instituciones en el texto de la respectiva publicación.
PARÀGRAFO SEGUNDO: Cada una de las partes podrá hacer uso de los documentos e información resultante, para los fines institucionales que lo requieran, sin perjuicio de los requisitos establecidos en el artículo 183 de la Ley 23 de 1982, modificado por el artículo 30 de la Ley 1450 de 2011. Cada parte se compromete a no publicar o divulgar de cualquier modo la información científica o técnica perteneciente a la otra parte, de la cual aquella pudiera tener conocimiento con ocasión o por efecto de la ejecución del presente convenio, siempre que dicha información no sea del dominio público.
DÈCIMA.-. PROPIEDAD DE LOS RESULTADOS E INFORMACIÓN CONFIDENCIAL:
La propiedad de los resultados, informes, metodologías y documentos que surjan del desarrollo del Convenio es de la OEI y de la SDMUJER y podrán utilizarlos indefinidamente, difundirlos y divulgarlos cuando lo estimen necesario, sin contraprestación adicional a favor de alguna de
las partes. No obstante, las obras susceptibles de ser registradas como derecho de autor, así como los objetos, procedimientos o documentos técnicos que sean creados por las partes en cumplimiento del objeto del convenio, tendrán el reconocimiento de los derechos xxxxxxx a favor del autor-creador de acuerdo a las disposiciones legales.
PARÀGRAFO PRIMERO Toda la información, documentos y otros elementos provenientes de la SDMUJER son propiedad de ésta y le deben ser regresados de manera oportuna cuando así lo solicite, al igual que todas las copias que se hayan hecho. En ningún momento debe entenderse que el acceso que va a tener o tiene OEI a la información, le da algún tipo de derecho sobre la misma. Así, la OEI como cooperante se obliga a que, a la terminación del Convenio, y en todo caso en cualquier momento cuando así lo exija la SDMUJER devolverá todos y cada uno de los documentos físicos y/o electrónicos, y soportes que comprenden la Información Confidencial. Esta obligación de entregar incluye los originales y las copias de todos y cada uno de ellos, así como los medios magnéticos y demás soportes materiales en que pueda estar impresa o grabada la información.
PARÀGRAFO SEGUNDO La OEI podrá conservar una copia de los resultados, informes y documentos producidos conjuntamente, sin que pueda reproducirlos, difundirlos o entregarlos a terceras personas sin autorización de la SDMUJER. Sin embargo, la SDMUJER podrá autorizar a la OEI si lo estima conveniente, publicar en su biblioteca y en su repositorio institucional el informe resultante del presente convenio.
DÈCIMA PRIMERA: COMPROMISO DE INTEGRIDAD Y ANTICORRUPCIÓN: La OEI se
compromete con la SDMUJER en un esfuerzo conjunto a preservar, fortalecer y garantizar la transparencia y la prevención de corrupción en su gestión contractual en el marco de los principios y normas constitucionales (artículo 209 de la Constitución Política) y en especial en lo dispuesto en el capítulo VII de la Ley 1474 de 2011 y artículo 14 del Decreto Distrital 189 de 2020 y la Directiva 003 del 24 de febrero de 2021 expedida por la Secretaría Jurídica Distrital. En virtud de lo anterior, la OEI adquiere los siguientes compromisos: “1. No ofrecer ni dar sobornos, ni ninguna otra forma de halago o dádiva a ningún funcionario público en relación con la propuesta, o convenio que suscriba con ocasión del proceso de selección, ni tampoco permitir que sus empleados o contratistas lo hagan en su nombre. 2. Dar aviso inmediato a la SDMUJER y a las autoridades competentes de cualquier ofrecimiento, favor, dádiva o prerrogativas efectuadas por los interesados o proponentes a los funcionarios públicos que intervengan de manera directa o indirectamente en el proceso de selección, con la intención de inducir alguna decisión relacionada con la adjudicación. 3. No efectuar acuerdos previos, o realizar actos o conductas que tengan por objeto la colusión en el proceso de selección, con otros proponentes para tratar de influenciar o manipular los resultados de la adjudicación. 4. No incurrir en falsedad o adulteración de los documentos exigidos para cumplir con los requisitos del proceso de selección.
DÈCIMA SEGUNDA.- SUPERVISIÓN: La supervisión y control respecto de la ejecución del convenio por parte de la SECRETARÍA y el estará a cargo de las siguiente personas:
a. Por la SECRETARÍA:
Cargo | Directora de Enfoque Diferencial |
Dependencia | Dirección de Enfoque Diferencial |
b. La OEI podrá disponer de una persona que realice el seguimiento a la ejecución del Convenio y que a su vez hará parte del Comité Técnico de Seguimiento.
DÉCIMA TERCERA.- CASO FORTUITO Y FUERZA MAYOR: Las partes quedan exoneradas de responsabilidad por el incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones o por la demora en la satisfacción de cualquiera de las prestaciones a su cargo derivadas del presente convenio, cuando el incumplimiento sea resultado o consecuencia de la ocurrencia de un evento de fuerza mayor y caso fortuito debidamente invocadas y constatadas de acuerdo con la ley y la jurisprudencia colombiana.
DÉCIMA CUARTA.- MODIFICACIÓN O PRÓRROGA: El presente convenio podrá ser modificado o prorrogado por escrito, previo acuerdo de las partes de conformidad con las formalidades legales, previa solicitud que realicen los supervisores al ordenador del gasto o a quien corresponda.
DÉCIMA QUINTA.- TERMINACIÓN. - El presente convenio podrá darse por terminado en cualquiera de los siguientes eventos: 1. Por mutuo acuerdo entre las partes. 2. Por el vencimiento del plazo de ejecución.
DÉCIMA SÉXTA.- SUSPENSIÓN: El plazo de ejecución del convenio podrá suspenderse en los siguientes eventos: a) Por circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito. b) Por mutuo acuerdo, siempre que de ello no se deriven mayores costos para cualquiera de las entidades parte ni se causen perjuicios.
PARÁGRAFO PRIMERO: La suspensión se hará constar en acta motivada suscrita por las partes.
PARÁGRAFO SEGUNDO: El término de la suspensión no se computará para efectos de los plazos del contrato.
DÉCIMA SÈPTIMA.- INDEMNIDAD: Las partes se obligan a mantenerse libres entre sí, de cualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones de terceros y que se deriven de sus actuaciones o de las de sus subcontratistas o dependientes.
DÉCIMA OCTAVA.- LIQUIDACIÓN: La liquidación del presente convenio se realizará dentro de los seis (6) meses siguientes a la finalización del término de ejecución del mismo, para lo cual se realizará el balance de la ejecución de aportes de las partes y el informe final de ejecución presentado por la OEI los cuales harán parte integral del acta de liquidación.
DECIMA NOVENA.- RÉGIMEN DE CONTRATACIÓN APLICABLE.- En virtud de lo establecido en el artículo 20 de la Ley 1150 de 2007, se excepciona de la normatividad aplicable a los
contratos estatales, los contratos o convenios celebrados con organismos de cooperación para el cumplimiento de objetivos de cooperación y asistencia técnica, los cuales podrán someterse a los reglamentos de tales organismos cuando su aporte sea igual o superior al 50% como es el caso del presente convenio, en el cual la OEI en su carácter de Organismo Internacional de carácter intergubernamental aporta un mayor valor al aportado por la SDMUJER.
VIGÉSIMA.-CITACIONES COMUNICACIONES Y NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS: La
OEI recibirá comunicaciones en la carrera 9 No. 76-27 en Bogotá D.C.
VIGÉSIMA PRIMERA.- DOCUMENTOS Y ANEXOS DEL CONVENIO: Hacen parte integral de
este convenio los siguientes documentos: 1) Estudios previos. 2) La propuesta de cooperación y asistencia técnica suscrita por la OEI el 10 de julio de 2021, 3. La matriz financiera (estructuración de costos).
VIGÉSIMA SEGUNDA - VEEDURÍA CIUDADANA: Este convenio está sujeto a la vigilancia y control ciudadano, en los términos que señala el artículo 66 de la Ley 80 de 1993.
VIGÉSIMA TERCERA..- DOMICILIO CONTRACTUAL: El domicilio contractual es la ciudad de Bogotá D.C.
VIGÉSIMA CUARTA- PERFECCIONAMIENTO: El presente convenio requiere para su perfeccionamiento la firma de las partes.
VIGÉSIMA QUINTA. - EJECUCIÓN: El presente convenio requiere para su ejecución el certificado de registro presupuestal y la suscripción del acta de inicio.
Para constancia se firman dos (2) ejemplares de este convenio, en Bogotá D.C., a los diecinueve (19 ) días del mes de octubre de 2021.
POR LA SDMUJER POR LA ORGANIZACIÒN DE ESTADOS IBEROAMERICANOS - OEI
XXXXX XXXXXXXXX XXXXXX
XXXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXX
Secretaria Distrital de la Mujer Director Oficina OEI Colombia
Revisó.: Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx – Director de Contratación
Revisó: Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxx – Contratista. - Subsecretaría de Gestión Corporativa Elaboró: Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxx Xxxxxxxx - Xxxxxxxxxxx – Dirección de Contratación