Reglamento General de la Exposición
Reglamento General de la Exposición
Términos y Condiciones
1. El presente Reglamento General, forma parte integrante del Contrato de Participación de EXPOESTRATEGAS 2019, que conjuntamente con sus Anexos y las condiciones específicas de contratación, forman un único plexo normativo.
2. FECHA, LUGAR Y HORARIO: EXPOESTRATEGAS 2019 tendrá lugar el 12 y 13 xx xxxxxx de 2019 en La Rural, Predio Ferial de Buenos Aires – Pabellón Rojo – ubicado en Xxxxxx 0000, Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx. La misma estará abierta los dos días de 7 a 19 hs.
3. ORGANIZADOR/AUTORIDAD: EDITORIAL ESTRATEGAS SRL. Xx. Xxxxx Xx 0000, Xxxx 00, Xx.000
X0000XXX - Xxxxxx Xxxxx - Xxxxxxxxx Tel/Fax: (00-00) 0000-0000/6658
E-mail: xxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
Directora: Xxxxxxxx Xxxxxxxx xxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
Coordinación: Xxxxxx Xxxxxxxx xxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/ Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
Administración: Mónica Desii xxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
Comercial: Xxxxxxx Xxxxxxx xxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/ Xxxxx Xxxxxxxxxxx xxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
Dirección Técnica: Xxxxxx Xxxxxxxx xxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
EDITORIAL ESTRATEGAS SRL., como ente Organizador de esta Exposición (en adelante el Organizador), y el Comité Ejecutivo (en adelante CE) designado a tales efectos, son indistintamente la autoridad máxima de la muestra. Sus decisiones son inapelables y están facultados para delegar funciones y/o atribuciones en otros organismos o funcionarios con igual validez. Es facultad exclusiva de las autoridades de EXPOESTRATEGAS 2019, la interpretación y aplicación del presente Reglamento, pudiendo establecer excepciones al mismo cuando lo consideren conveniente para un mejor funcionamiento y el mayor éxito de la Exposición, siendo sus resoluciones obligatorias para todos los participantes.
4. Horarios para armado y desarme. Armado:
Viernes 09 de 08 a 20
sábado 10 xx xxxxxx de 08 a 20 hs.
domingo 11 xx xxxxxx de 08 a 22 hs.
Desarme: martes 13 xx xxxxxx de 19.30 A 24.00 HS
FECHA Y HORARIOS DEL EVENTO: lunes 12 y martes 13 xx xxxxxx de 8 a 19 hs.
5. HORARIOS: La exposición estará abierta de 8 a 19 horas los lunes 12 y martes 13 xx xxxxxx. Se habilitará el ingreso a los Expositores y su personal una hora antes del horario diario de apertura, es decir a partir de las 7:00 hs, En el que se realizará mantenimiento y reposición y quedará vedada a los mismos media hora después del horario de cierre.
Una vez finalizado el evento, el expositor deberá desocupar el espacio contratado, libre de todo elemento y/o equipamiento relativo a su stand y en las mismas condiciones en que fue recibido.
REITERAMOS QUE EL DESARME ES EL DIA DE CIERRE, 13 XX XXXXXX HASTA LAS 24 HORAS Y LOS ELEMENTOS NO RETIRADOS SE TIRARAN A LOS CONTENEDORES.
6. ANEXOS: Forman parte del presente Reglamento General los Anexos que a continuación se detallan:
a) Planimetría EXPOESTRATEGAS 2019.
b) Normas Generales para la asignación de espacios en EXPOESTRATEGAS 2019.
C) FORMULARIO DE ENERGIA ADICIONAL
7. EXPOSITORES: Podrán participar como Expositores en EXPOESTRATEGAS 2019 (en adelante, el Expositor) las Compañías de Seguros; Compañías de Reaseguros; Bancos; Instituciones, Cámaras y/o Entidades nacionales y extranjeras, representativas del sector asegurador y financiero; Profesionales del sector asegurador y financiero; y Proveedores de la industria aseguradora y financiera.
La participación en EXPOESTRATEGAS 2019 quedará sujeta a la previa aceptación por parte del Organizador. El Organizador tiene pleno derecho a denegar la admisión de cualquier solicitud sin indicar los motivos, siendo su decisión inapelable.
8. TERMINOS Y FORMA DE PAGO: El precio del metro cuadrado de stands acordado con el Organizador incluye la provisión de:
Stand Platino:
- Alfombra color a confirmar
- Potencia electrica 50W por m2 monofasica/trifasica. (Los stands reciben el suministro de energía eléctrica, pero no se otorgan artefactos ni tomacorrientes).
Stand Oro:
- Alfombra color a confirmar
- Potencia eléctrica 50W por m2 monofásica/trifásica. (Los stands reciben el suministro de energía eléctrica, pero no se otorgan artefactos ni tomacorrientes).
Stand Plata:
- Panelería perimetral de melamina blanco en sistema modular anodizado de 2,50m de altura.
- Cenefa sin gráfica.
- Alfombra color a confirmar.
- Potencia eléctrica 50W por m2 monofásica / trifásica
- Spot a razón de 50W por m2.
- Tomacorriente de 10A
El precio no comprende el costo del suministro de servicios públicos, servicios especiales y/u optativos, los cuales se estimarán y se facturarán en forma separada de acuerdo con las tarifas vigentes a la fecha de contratación de los mismos, y en las condiciones estipuladas en las normas específicas de consumo eléctrico y servicios especiales y/u optativos que surgen del Manual del Expositor.
Los términos y la forma de pago son a convenir con el Organizador.
9. ACREDITACIÓN: el Expositor, personal de stand y el constructor del mismo, deberán acreditarse presentando los seguros reglamentarios. La acreditación se realizará exclusivamente el sábado 10 xx xxxxxx de 8 a 20 hs en Xxxxxx 0000. Allí deberán presentar o comprar los seguros para el ingreso. Por favor contactarse con el Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx para el asesoramiento. xxxxxxxx.xxxxxxxx@xxxxxxxxxxxx.xxx
10. RESTRICCIÓN DE VENTA: EXPOESTRATEGAS 2019 es una muestra destinada a la exposición de productos y servicios, quedando prohibida la venta directa de los mismos al público. Está prohibido tener etiquetas con precios de productos o cualquier otro objeto en exhibición. Se prohíbe terminantemente la venta de alimentos y bebidas en el stand.
11. CUMPLIMIENTO DE NORMAS VIGENTES - IMPUESTOS
En todo momento el Expositor deberá observar y acreditar ante E.O. el estricto cumplimiento de todas las normas legales vigentes en especial las de seguridad, higiene, moralidad, laborales, previsionales, impositivas, administrativas, fiscales, etc. Así como los actos o requisitos exigidos por el Gobierno Nacional, Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Policía de Trabajo, Policía Federal, Bomberos, AFIP, RENAR y cualquier otra entidad o repartición pública o privada competente para el ordenamiento, control, inspección o percepción de derechos relativos a las actividades que se realizan en el Stand. De igual modo el Expositor observará y hará observar a su personal y contratistas el estricto cumplimiento de las disposiciones del presente contrato, del Reglamento General de la exposición, del Manual del Expositor y de todas las normas e indicaciones que E.O. xxxxx, o imparta a través de sus autoridades. E.O. tendrá el más amplio derecho de inspección y control relativo a la observancia por el Expositor de las obligaciones que anteceden, así como de las demás que emanasen del presente contrato. Todas las tasas e impuestos o contribuciones, que graven las actividades que desarrolla el Expositor en el Stand quedan por cuenta y cargo del mismo
12. Acceso de vehículos y descarga de mercaderías.
(a) El acceso de vehículos al predio ferial se efectuará por Xxxxxx 0000 durante los horarios habilitados para armado y desarme. Descargarán y retiraran los materiales en el playón adjunto a LAS XXXXXXX XX XXXXXX correspondientes al Pabellón ROJO. No se permitirá el acceso al interior de los pabellones de automóviles, vehículos utilitarios, y camionetas. Una vez efectuada la descarga de materiales, los vehículos no podrán permanecer estacionados en zonas adyacentes.
A los efectos de operar en la carga y descarga de materiales, La Rural S.A. determina un tiempo SIN CARGO de:
► 0:30 (treinta minutos) para XXXXXXXXXXX,
► 1:30 (una hora treinta) para CAMIONETAS y similares y
► 2:30 (dos horas treinta) para CAMIONES, hasta 3 toneladas
Una vez finalizado este plazo, se cobrará a razón de $ ………( Pesos…..) por fracción de quince minutos”.
13. Ticket especial para armadores
CONFIRMAR ESTOS VALORES 30 DIAS ANTES DEL EVENTO
A los Armadores se les venderá un ticket especial que les servirá para poder entrar y salir las veces que lo deseen durante las 24 horas del día, cuyo costo será de $ ……..- (pesos
………….) diarios y se podrá comprar, el mismo día de armado o desarme de los Stand en las xxxxx xxx Xxxx Central (Sector verde).
Para dicho trámite deberán presentar el comprobante o credencial de ARMADOR y/o MONTAJE de dicha exposición, que les deberá ser entregado por la Organización del Evento y/o Exposición.
14. Estacionamiento para expositores CONFIRMAR ESTOS VALORES 30 DIAS ANTES DEL EVENTO.
A los Expositores se les venderá 1 (UNA) única TARJETA por empresa EXPOSITORA, que les permitirá entrar y salir las veces que lo deseen durante las 24 horas del día, cuyo costo será de $ …….. .- (pesos ………………..) diarios, mas $ 150.- (p esos cien to cin cu en ta) de garantía de la misma, reintegrándose estos $ 150 al finalizar la feria o evento, contra entrega de dicha tarjeta y el recibo correspondiente. Dicha TARJETA tendrá una venta mínima que será por la cantidad de días que dure el evento, feria y /o exposición abierta. Para adquirir la mencionada tarjeta magnética, deberán dirigirse directamente al estacionamiento de La Rural situado en Xx. Xxxxxxxxx 0000 en el horario de 10 a 18 hs en las xxxxx xxx Xxxx Central (sector verde), debiendo presentar, sin excepción, una nota con membrete de la empresa o bien una autorización de la organización de la Feria. El pago se realizará por adelantado, en efectivo, pudiéndose comprar, solo hasta el ÚLTIMO DÍA DE ARMADO. No se aceptan reservas telefónicas ni vía e-mail. Ante cualquier consulta personal o telefónica dirigirse a Xxxxxxxx Xxxxxxx Xx Xxxx a los teléfonos 0000-0000.
15. CESION DE ESPACIOS: Los Expositores no podrán ceder, prestar, vender, locar, donar o compartir su espacio en forma total o parcial a un tercero aún en el caso de que ello fuera con fines benéficos o de índole similar, salvo autorización expresa y por escrito del CE.
16. PUBLICIDAD: Durante la muestra, la publicidad o promoción de cualquier índole, fuera de los respectivos stands, deberá contar con la autorización expresa del CE, el cual sólo considerará favorablemente aquellas iniciativas promocionales que constituyan motivo de buen gusto, de enriquecimiento general de la muestra, de apoyo a la actividad aseguradora y no signifiquen menoscabo para el resto de los Expositores. El CE se reserva el derecho de prohibir cualquier publicidad o promoción que menoscabe el espíritu de la presente cláusula.
17. DISPOSICIONES GENERALES: Las normas del presente reglamento, sus anexos, plazos, comunicados técnicos y circulares son de cumplimiento obligatorio. El Organizador y/o CE está facultado para prohibir o clausurar los stands que no se ajusten a estas disposiciones, sin que ello genere obligación indemnizatoria alguna, y/o aplicar multas por incumplimiento de los reglamentos y/o anexos. Es responsabilidad de cada Expositor todos los deterioros que puedan producirse en el sector de stand o dentro del predio, causados por su personal y/o terceros contratados por este en los períodos de armado, exposición y desarme.
18. OBLIGACIONES DEL EXPOSITOR:
18.1 Responsabilidad y Seguros
El Organizador de EXPOESTRATEGAS 2019 no asume la responsabilidad por los daños y perjuicios que pudieran sufrir el Expositor, su personal o sus bienes y/o terceras personas durante su permanencia en la Exposición. No se reconocerá indemnización alguna por robo, hurto, incendio, rayo, tempestad, explosión, granizo, penetración de agua, humedad, inundaciones, goteras, accidentes, daños a terceras personas o bienes, sabotaje o cualquier otro perjuicio cualquiera sea su origen. El Expositor será el único responsable tanto frente a terceros, como al personal propio. En tal sentido, el expositor renuncia a interponer, formular o deducir acciones, recursos o reclamos de cualquier clase en contra del Organizador por concepto de pérdidas, daños y/o perjuicios, de cualquier naturaleza en su persona o bienes, por una o más de las causales señaladas.
18.1. a
A tales efectos el Expositor está obligado a contratar, como mínimo, un seguro de responsabilidad civil contra terceros, a su exclusivo cargo, con vigencia desde el sábado 10 xx xxxxxx de 2019 hasta el martes 13 xx xxxxxx de 2019 inclusive, EL QUE DEBERA INCLUIR UNA CLAUSULA DE NO REPTICION renunciando en forma expresa a iniciar toda acción legal o regreso contra: La Rural SA Cuit. 30-69758304-8 Y EDITORIAL ESTRATEGAS SRL, Cuit 30-64769730-1.
18.1. b El Expositor deberá presentar constancia de cobertura de ART o de Accidentes Personales por una suma asegurada por muerte o incapacidad total de $ 1.000.000 (pesos Un Millón) y $ 50.000 (Pesos Cincuenta mil) para gastos médicos y asistenciales, según sea el
caso del personal dependiente o contratado a través de terceros que realice tareas de cualquier índole a cargo del Expositor. Dichos seguros deberán contar con cláusula de no repetición a favor del Organizador y de La Rural SA.
18.1. c El Expositor será responsable por la construcción de su stand, ya lo hiciera por cuenta propia o a través de un tercero contratado a tal efecto. En tal sentido, será responsable en forma exclusiva de verificar el cumplimiento de las normas laborales vigentes, el pago de las cargas sociales, aportes y contribuciones con respecto al personal subcontratado a través de terceras entidades, así como la contratación del seguro obligatorio con una ART y/o ACCIDENTES PERSONALES de cualquier otro tipo de erogación o impuesto que pudiera deber en virtud de la actividad desplegada.
El Expositor se compromete a mantener indemne a LA RURAL Y AL Organizador contra cualquier reclamo derivado de cualquier relación comercial y/o laboral entre el Expositor y terceros, o por daños y perjuicios de cualquier naturaleza por hechos ocurridos en ocasión de la organización, coordinación y construcción del stand.
18.2. a El Expositor será responsable exclusivo de los daños personales y/o materiales dentro y fuera del stand ocasionados por su personal y/o cosas de que se sirve o tiene a su cuidado.
18.2.b todos los expositores y proveedores que asistan al Evento deben contar con una póliza de Responsabilidad Civil–monto mínimo asegurado de u$s 150.000 (DOLARES CIENTO CINCUENTA MIL). Estas pólizas deberán ser presentadas a la Organización (siete) días antes del comienzo del Evento.
El Organizador y/o CE podrá establecer periodos de funcionamiento de máquinas y equipos, también tendrá derecho a prohibir el funcionamiento de dichos equipos.
19. VIGILANCIA: El Organizador proveerá personal para la vigilancia general de la muestra, la cual será encomendada a la empresa que se indicará en el Manual del Expositor a fin de procurar orden y atender imprevistos, no siendo responsable de los robos y hurtos que se produzcan dentro o fuera de los stands. Los Expositores que deseen vigilancia particular de sus stands, podrán contratar opcionalmente a esta misma empresa. ROAD SEGURIDAD S.A.: Contacto: Xx. Xxxxxxx Xxxxxxxxx
TE: 5294-0108
E-mail: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx; E-mail: xxxx@xxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
20. LIMPIEZA: Los Expositores se comprometen a mantener los stands en condiciones de absoluta higiene durante el horario de la Exposición y a desenfundar las máquinas, equipos y demás elementos antes de la apertura diaria al público. La limpieza general de la muestra estará a cargo de la empresa que se indicará en el Manual del Expositor, contratada al efecto por el Organizador. Los Expositores que deseen limpieza particular de sus stands, podrán contratar opcionalmente a esta misma empresa. HIgia SA Xx. Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxx 4224- 8831/156392-3888
(2) Gastronomía.
(a) Los expendios que realicen los EXPOSITORES y/o quienes éstos contraten en el ámbito de sus respectivos stands, deberán dar cumplimiento a la normativa aplicable a la actividad a desarrollar, por lo que no podrán revestir el carácter de explotación gastronómica, ni podrán competir publicitariamente con las marcas cuya exclusividad haya sido contratada por LA RURAL.
(b) Los expositores deberán contratar solo con los proveedores autorizados, para aquellos eventos que celebren en partes comunes fuera de sus stands. A tal fin, se adjunta el listado respectivo de Proveedores autorizados por LA RURAL S.A.
21. NO OCUPACIÓN: La renuncia del Expositor a ocupar el espacio solicitado y/o asignado hasta 48hs. antes del inicio del evento y la no ocupación del stand por el Expositor, faculta al Organizador y/o CE a cancelar la condición de Expositor.
22. CREDENCIALES: El CE entregará al Expositor credenciales necesarias para los directivos de la empresa Expositora y para el personal de atención de stand, destinadas a facilitar su
acceso a la muestra. Las credenciales se entregarán al Expositor una vez cancelados sus pagos vencidos por todo concepto, y únicamente contra entrega de los certificados de ART o Accidentes personales respecto de personal propio o subcontratado. Asi como también el certificado de cobertura de responsabilidad civil contra terceros.
QUEDA TERMINANTEMENTE PROHIBIDO EL INGRESO DURANTE ARMADO, EXPOSICIÓN Y DESARME DE CONSTRUCTORES, EXPOSITORES Y PERSONAL QUE NO HAYA ENTREGADO CONSTANCIA DE COBERTURA DE ART O ACCIDENTES PERSONALES Y, POR CONSIGUIENTE, QUE NO CUENTE CON CREDENCIAL.
QUEDA EXPRESAMENTE PROHIBIDO EL ACCESO DE MENORES DURANTE LOS PERIODOS DE ARMADO Y DESARME.
ES OBLIGATORIO EL USO XX XXXXX EN LOS PERIODOS DE ARMADO Y DESARME A TODA PERSONA QUE INGRESE AL PREDIO.
El Expositor será responsable por la veracidad de la documentación entregada y responderá en forma exclusiva por el personal que se encuentre dentro del stand, sin perjuicio de que cuente o no con la credencial respectiva.
La acreditaciòn de Expositores, Personal de stand y constructores se realizará exclusivamente el sàbado 10 xx xxxxxx de 8 a 20 hs por el acceso de Xxxxxx 0000 contra la presentación de los seguros reglamentarios.
23. SERVICIOS PUBLICOS / PROVISIONES COMPLEMENTARIAS:
En el caso de que se impongan por parte de las empresas prestatarias de los servicios públicos y/o Autoridades Nacionales y/o de la Ciudad de Buenos Aires, aumentos, restricciones y/o penalidades al consumo de energía, el Organizador trasladará dichos aumentos, restricciones y/o penalidades al Expositor, estableciéndose para el pabellón en particular, valores de consumo y de demanda específicos, en horarios que serán fijados en función de las restricciones definidas, así como la aplicación de penalidades para los valores que se registren por encima de los de los que se fijen como admitidos.
El Organizador no será responsable por la anulación o deficiencia en la provisión de suministros de los servicios de gas, luz, agua, telefonía, etc. efectuados por terceros a través de La Rural, Predio Ferial de Buenos Aires.
A requerimiento del interesado, se proveerá fuerza motriz. No se proveerá, en cambio:
a) Conexiones de gas, cualquiera sea el uso al que se lo destine.
b) Conexiones de agua ni desagües. (Aquellos Expositores que deseen exhibir elementos con circulación de agua, deberán utilizar circuitos cerrados de conducción del líquido).
El CE se encuentra facultado para incluir cualquier otra provisión no determinada en la enumeración anterior.
24. APLAZAMIENTO, ANULACION FORZOSA, MODIFICACIONES:
El Organizador y/o el CE se reserva el derecho de alterar fechas, horarios y normas previstas en el presente Reglamento por razones de caso fortuito o fuerza mayor, así como reducir, ampliar y modificar el plano de distribución de espacios si lo considerara necesario en razón a cuestiones técnicas y organizativas, sin que ello genere derecho alguno para el Expositor de reclamar indemnización alguna al Organizador. Si por razones de fuerza mayor hubiera que cancelar la muestra, se devolverá a los Expositores las sumas pagadas previa deducción, a prorrata, de los gastos incurridos para la organización de la muestra, sin derecho del Expositor a reclamo y/o indemnización por ningún concepto.
25. INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES:
Si por cualquier razón el Expositor incurriera en incumplimiento total o parcial de las normas incluidas en el presente REGLAMENTO GENERAL DE LA EXPOSICION, el Organizador quedará facultado para que, sin necesidad de interpelación alguna, dé por terminada la relación contractual quedando las sumas percibidas hasta ese momento a beneficio de EXPOESTRATEGAS 2019, y a exigir el total del resto adeudado, sin perjuicio del derecho de retención que podrá ejercer sobre los materiales y elementos que ocupen la superficie arrendada, hasta el pago total de las sumas reclamadas. Adicionalmente, el incumplimiento de las obligaciones tiene como consecuencia lo que a continuación se detalla:
25.1 El incumplimiento de los pagos:
a) Cancela la reserva o arrendamiento del espacio.
b) Ocasiona al Expositor la pérdida total de las sumas que hubiera abonado.
c) Faculta al CE a adjudicar el lote a terceros.
La xxxx será automática de pleno derecho, por el mero transcurso del tiempo, sin necesidad de que medien comunicaciones de ninguna índole.
25.2 Si por cualquier motivo, una vez efectuado el pago total o parcial, el Expositor renunciase a su participación o se viese imposibilitado de participar en la muestra, perderá todo derecho a la devolución del importe abonado.
25.3 El CE tiene la facultad de cancelar e incluso de adjudicar a terceros los módulos abonados pero no ocupados hasta 48 horas antes del comienzo de la muestra. El CE, previa comunicación al Expositor sobre la inexistencia de construcción, procederá a cerrar el stand, perdiendo el Expositor todo derecho sobre los importes abonados, sin perjuicio de reclamar por los daños y perjuicios que pudieran corresponder.
25.4 A efectos de preservar la imagen de conjunto de la muestra y los intereses particulares de cada Expositor, se establece que aquel que no haya terminado la construcción del stand en el tiempo estipulado previamente podrá ser sancionado con una multa cuyo importe lo establecerá y comunicará el CE, en concepto de daños y perjuicios.
25.5 Si en la fecha establecida para la inauguración de la muestra se adeudaran importes por servicios adicionales y/o cualquier otro concepto, el CE podrá disponer la clausura del stand sin indemnización ni reintegro alguno, hasta que dichos importes hayan sido efectivamente cancelados.
25.6 A todo pago no efectuado en término, se le aplicará un recargo equivalente a la tasa que aplique el Banco de la Nación Argentina para descuento de documentos a treinta (30) días más el cincuenta por ciento (50%) de dicha tasa en concepto de intereses punitorios y gastos administrativos.
25.7 Toda obligación referente al debido desarme del stand en tiempo y forma que fuera incumplida por el Expositor o por los terceros contratados por éste, generará la facturación a cargo del Expositor de los costos en que incurriera el Organizador debido a retrasos en la entrega del pabellón por el retiro de materiales pertenecientes al Expositor.
26. ESPACIOS COMUNES: Los pasillos de la Exposición, el xxxx de entrada y todos los demás espacios de uso común no podrán ser utilizados para actividades comerciales propias del stand, distribución de impresos, promociones comerciales de ninguna naturaleza o cualquier otra actividad que implique una apropiación particular de los lugares comunes, salvo expresa autorización del CE. Tampoco serán autorizados stands que no permitan establecer claramente la diferenciación del mismo con los espacios comunes de la exposición.
27. JUEGOS XX XXXX: Queda prohibido en todo el ámbito de la Exposición realizar juegos xx xxxx, rifas, tómbolas, colectas, etc., que impliquen un pago por parte del público, para promocionar los productos, expuestos o no en los stands, así como la publicación dentro o fuera de la muestra, y por cualquier medio que se utilizare, de tales juegos aún cuando los mismos tengan efecto posterior al cierre de la muestra.
28. OBSEQUIOS AL PÚBLICO: Los Expositores podrán ofrecer regalos al público cumpliendo con las siguientes condiciones:
-Los obsequios no podrán incluir publicidad de terceros.
-La entrega se realizará evitando discriminaciones, aglomeraciones y/o desorden.
-Los Expositores deberán suspender la entrega de obsequios cada vez que el Organizador y/o CE lo considere conveniente.
28. MARCAS Y PATENTES: El Organizador CE no asume responsabilidad alguna por la utilización que el Expositor hiciera de marcas, patentes, anuncios y/o enseñas comerciales, responsabilidad que quedará íntegramente a cargo del Expositor. El Expositor autoriza al Organizador en forma gratuita, el uso de la marca y logotipo para ser utilizado en publicaciones que se deban realizar con motivo del presente contrato, a los fines de difundir y publicitar EXPOESTRATEGAS 2019.
30. EXCEPCIONES Y MODIFICACIONES: En casos excepcionales el CE se reserva el derecho de efectuar las autorizaciones y modificaciones al presente REGLAMENTO que a su mejor saber y entender, consideren conveniente para el mayor éxito de la muestra. Las mismas tendrán plena vigencia para las partes contratantes desde que fueran publicadas en la página web de la exposición.
Aquello que no esté previsto por el REGLAMENTO será resuelto por el CE.
31. PERSONAL DE STAND: Los Expositores deberán cuidar que la vestimenta del personal de stand mantenga el decoro que corresponde a una exposición del nivel proyectado, la que además estará abierta al público.
32. DOMICILIOS ESPECIALES: Para todos los efectos legales, los Expositores y los Organizadores constituyen los domicilios especiales indicados respectivamente en el CONTRATO DE PARTICIPACIÓN donde tendrán por válida cualquier notificación, interpelación, etc., que pudieran hacerse recíprocamente, incluso la citación para reconocimiento de firmas, y se someten a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios Comerciales de la Capital Federal de la República Argentina, con renuncia a todo otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder. En el caso de diferencias en la traducción a otros idiomas, la versión castellana del REGLAMENTO GENERAL DE LA EXPOSICION y demás documentación anexa debe considerarse como la oficial.
REGLAMENTO DE CONSTRUCCIONES
(1) PRESENTACION DE PLANOS Y FORMULARIO DE ENERGIA ADICIONAL
Se deberá remitir a la Dirección Técnica, únicamente vía e-mail – xxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx - ANTES DEL 16 de julio de 2019, el plano del stand, cortes y vistas en archivo digitalizado para agilizar su aprobación. Xxxxx presentados con todas sus cotas para permitir una correcta interpretación y adjuntar la Ficha Técnica completa especificando los materiales a utilizar, iluminación y demás aspectos que faciliten la interpretación general del plano del stand. En la Ficha Técnica deberá constar nombre del constructor o proyectista responsable, indicando su dirección y teléfono.
LAS CONSULTAS TÉCNICAS SE REALIZARÁN POR MAIL EXCLUSIVAMENTE PARA DEJAR DOCUMENTADAS LAS MISMAS, ASI COMO LAS RESPUESTAS EXPRESADAS POR LA DT.
LA DIRECCION TECNICA APROBARA, OBSERVARA O RECHAZARA LOS PROYECTOS AJUSTANDOSE AL CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS DE CONSTRUCCION, POR LO TANTO ES IMPORTANTE EL CUMPLIMIENTO DE LAS FECHAS MENCIONADAS, PARA DISPONER DE TIEMPO PARA MODIFICAR O CUMPLIMENTAR LAS OBSERVACIONES EMITIDAS.
El C.E. se reserva el derecho de clausurar los stands que no se AJUSTEN A LOS PROYECTOS APROBADOS, sin derecho de parte del EXPOSITOR a reclamar indemnización alguna por dicho motivo.
A los efectos de poder tomar posesión del stand contratado, y de poder iniciar los trabajos de construcción proyectados, los cesionarios deberán tener totalmente pago el precio de su stand, aprobados los planos, presentada la ficha técnica y los seguros de ART y RC.
2.9. Plazos de construcción: A los efectos de preservar la imagen de conjunto de la muestra y los intereses particulares de cada expositor, EL ORGANIZADOR establece que los expositores que no hayan terminado la construcción de los Stands en el tiempo previamente estipulado, podrán ser sancionados con una multa en concepto de daños y perjuicios, cuyo importe será establecido por EL ORGANIZADOR Los expositores podrán en caso de contratar a un tercero la construcción del Stand, fijar con ellos cláusulas de multa por incumplimiento.
EL ORGANIZADOR tiene la facultad de cancelar y adjudicar a terceros los lotes de aquellos expositores que no hubieren ocupado el espacio arrendado dentro de las 24 hs antes del plazo que se estipula para la finalización de las construcciones de Stands, previo a la inauguración de la exposición, aún en el supuesto que los mismos hubieren abonado la totalidad de los pagos sin necesidad de notificación previa ya que el solo vencimiento del plazo pactado hará incurrir al Expositor en incumplimiento del contrato por su exclusiva culpa, no teniendo más
derecho a reclamo alguno. En tales casos EL ORGANIZADOR podrá disponer de tales lotes y
/o adjudicarlos a terceros perdiendo el Expositor el derecho sobre los importes abonados.
El Organizador. proveerá PARA LOS STANDS PLATA los tabiques divisorios entre Stands de 2,50m de altura a contar del nivel del piso, sobre estos se puede fijar únicamente con materiales autoadhesivos, que al ser retirados no deterioren su superficie. Estos paneles son autoportantes y no se podrán usar para soporte de ningún elemento constructivo, solo podrán colgarse del perfil superior, murales o muestrarios que no superen los 5kg por cada panel.
Al tener el sistema divisorio medidas fijas, se recomienda a los Expositores trabajar en el diseño de sus Stands con márgenes de seguridad de no menos de 5 cm. en las dimensiones de sus elementos. Ej: UN LOTE DE 3X3, DEBERA CONSIDERARSE A LOS EFECTOS CONSTRUCTIVOS UN MAXIMO DE 2,95X2,95.
No está permitido perforar, pintar, ni clavar los paneles divisorios. Los paneles que a juicio del ORGANIZADOR quedaren dañados al retirarse el EXPOSITOR, habilitará la ejecución de la garantía prevista en el Reglamento General de la Exposición. Será obligatorio en todo Stand con piso elevado DE MAS DE 40MM, la instalación de una rampa para discapacitados. Los cielorrasos deben ser autoportantes, no se pueden apoyar sobre la panelería divisoria. Los frentes de mostradores para atención al público deben quedar a una distancia mínima de 0,80 m respecto de los límites perimetrales del lote. Las máquinas de cualquier tipo deben ubicarse separadas entre sí una distancia mínima de 1 m sin excepción, las de gran tamaño y/o en funcionamiento deberán tener una separación entre si proporcional a sus tamaños, de modo que permitan el libre desplazamiento de sus elementos móviles, la seguridad de sus operarios y del público, esta separación está sujeta a la aprobación del Organizador.
(2) Restricciones dimensionales: altura / medianeras
El Expositor que realice una construcción dentro de su lote no podrá superar en las medianeras que limitan su stand con los vecinos los 2.50m de altura a contar del nivel del piso del Pabellón EXCEPTO EN SU FRENTE DONDE PODRA DESARROLLARSE HASTA LOS 3,50M.
Como excepción, La altura máxima de las construcciones para el pabellón Rojo será de 3,5m desde el nivel del piso. No habrá al respecto excepciones de ninguna naturaleza, entendiéndose como tales x xxxxxxxx, globos, etc. que superen las alturas indicadas. Quienes deseen construir muros laterales que desvinculen el stand del pasillo adyacente, podrán hacerlo SIN SUPERAR EL 50% DE SU LONGITUD, Y con un retiro desde el pasillo de 1m. Ningún elemento puede exceder los límites perimetrales del lote, a ninguna altura.
Los frentes de los lotes abiertos en la infraestructura no podrán cerrarse con materiales opacos en una proporción mayor al 50% de su longitud en cada uno de los frentes. El CE podrá hacer excepciones sobre lo dispuesto en estos artículos, siempre que los planos se entreguen antes de la fecha tope y que las excepciones no perjudiquen a los expositores vecinos ni afecten el diseño de la exposición.
Toda alfombra fijada al piso de los pabellones, auditorio, cafeterías u otros sitios deberá ser instalada sólo con cinta xx xxxxx cara de pegamento del ancho apropiado. La cinta recomendada es: DUAL-SIDE 0580 fabricada por RAPIFIX, CYNDIL x XXXXXX, y podrá tener un ancho variable, según las necesidades del instalador.
• Está terminantemente prohibido aplicar cualquier tipo de pegamento al piso de los pabellones. La reparación de alfombras ya instaladas se realizará siguiendo el mismo método de instalación mencionado anteriormente (utilizando cinta xx xxxxx cara de pegamento)
ELECTRICIDAD
Toda instalación eléctrica que ejecuten los expositores, -ya sea a un stand, a grupos de stands, dentro de los stands, debe cumplir con la REGLAMENTACIÓN PARA LA EJECUCIÓN DE INSTALACIONES ELÉCTRICAS EN INMUEBLES de la Asociación Electrotécnica Argentina (AEA), edición del año 2006 o la que la modifique o reemplace,
e) Conexión eléctrica y puesta a tierra: La energía eléctrica será suministrada desde los tableros que LA RURAL S.A. disponga en los pabellones. El tendido de las líneas hasta los tableros o buzones, lo realizarán las empresas participantes con cable de tipo subterráneo
extraflexible, aislado en PVC ecológico sin plomo, de 1KV, norma IRAM 2178, de sección no inferior a 2,5 mm2. En todos los casos se identificarán terminales. No se permite el acceso a tableros o buzones de LA RURAL S.A. Las acometidas monofásicas se permiten sólo hasta 3 KW, para potencias mayores la línea será trifásica equilibrando las cargas. El EXPOSITOR está obligado a instalar un tablero para cada stand equipado con un interruptor diferencial monofásico o trifásico según corresponda, un interruptor general termomagnético tetrapolar para alimentaciones trifásicas o bipolar para alimentaciones monofásicos, y borne de tierra. El tablero será de tamaño y condiciones técnicas suficientes para garantizar el correcto y seguro funcionamiento de la instalación, debiendo estar fijado a algún elemento estructural del stand, no pudiendo ir colocado a ras de suelo CON UN CHICOTE DE CONEXIÓN DE NO MENOS DE 5M DE LONGITUD. El cable de la red de tierra del stand será identificable del neutro y del resto de los conductores activos, para ello
será aislado en color verde-amarillo. Su sección no será inferior a 2,5 mm2 de cobre y debe soportar la corriente presunta de cortocircuito. No debe tener seccionamiento eléctrico alguno y no debe pasar por el interruptor diferencial. Todas las estructuras metálicas portantes, soportes, bases, columnas, etc. de equipos o artefactos eléctricos, así como la estructura propia del stand, deben conectarse sólidamente a tierra. Todas las máquinas estarán conectadas a tierra y las que se instalen en el piso o al alcance del público deberán estar protegidas contra contactos directos.
LOS EXPOSITORES DEBERAN PRESENTAR EL FORMULARIO DE ENERGIA ADICIONAL OBLIGATORIO CUANDO SUPEREN LOS 50W DE CONSUMO POR METRO CUADRADO, PARA PREVER EL CORRECTO SUMINISTRO A CADA LOTE.
A LOS EFECTOS DE REGULAR LA UTILIZACION DE LUMINARIAS, SE ADJUNTA LA CIRCULAR DE LA RURAL 04/14, DE CUMPLIMIENTO OBLIGATORIO.
Buenos Aires, 26 de noviembre de 2014
Circular N° 04 / 14 Luminarias de bajo consumo - Tecnología LED
Estimado Organizador, Co- Organizador y Proveedor De mi mayor consideración:
Me dirijo a Uds. con el fin de recordarles que, a partir del 01 de enero de 2015, entrará en vigencia la normativa interna respecto de la utilización de luminarias específicas en todo el ámbito del predio.
En síntesis, les solicitamos por favor tener presente lo siguiente:
A partir del 01.01.2015
1- Para todas las aplicaciones de iluminación general de stands, solo se aceptará la instalación o uso de las siguientes xxxxxxx xx xxx:
* Lámparas fluorescentes en sus diversos formatos (tubos, lámparas 'bajo consumo', etc.)
* Lámparas que utilicen tecnología Light Emitting Diode (LED)
2- Para todas las aplicaciones de iluminación localizada, se deberán utilizar exclusivamente xxxxxxx xx xxx de tecnología Light Emitting Diode (LED)
Queda por lo tanto expresamente prohibido la instalación o el uso de:
* Lámparas de filamento de cualquier tipo
* Lámparas halógenas en todos los formatos
* Lámparas de halogenuros metálicos
* Lámparas de sodio de alta o baja presión
* Lámparas de tecnologías mixtas mezcla de cualquiera de las anteriores, o tecnologías diferentes de las aceptadas detalladas más arriba.
A partir del 01.01.2016
Se agregan a las anteriormente citadas lámparas prohibidas, las de tipo fluorescente en todas sus clases y formatos.
Solo se aceptará la instalación de xxxxxxx xx xxx de tecnología Light Emitting Diode (LED) para todas las aplicaciones.
Desde ya, ante cualquier duda o aclaración, todo nuestro equipo queda a vuestra entera disposición.
Los saluda muy cordialmente,
Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx xx Xxxxxxxxxxx
Xx Xxxxx, Xxxxxx Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx
(3) Actividades prohibidas.
Queda totalmente prohibido el uso de fuegos artificiales y bombas de estruendo dentro y fuera de los pabellones.
Queda prohibida la pulverización de pinturas celulósicas en el interior del Predio Ferial sobre cualquier clase de objetos. No está permitido el depósito o exposición de materias peligrosas, inflamables, explosivas o insalubres, que desprendan olores desagradables y que puedan ocasionar molestias a otros expositores o al público visitante.
Está totalmente prohibido el uso de herramientas que produzcan chispas, amoladoras, disco xx xxxxx, equipos de soldadura eléctrica, autógena, soplete a garrafa, y otros.
Esta prohibido afectar las instalaciones, no permitiéndose pintar, fijar tacos y brocas o hacer roscas de ninguna clase, así como colgar materiales en ningún elemento estructural, no se permitirá perforar los pisos ni fijar en ellos alfombras o elementos de construcción con cemento de contacto o similares, debiendo fijarse con cinta adhesiva xx xxxxx cara, o bien en tarimas o cualquier otro medio independiente del pavimento. Los gastos de reparación de cualquier daño causado por los organizadores y/o su decorador, serán siempre a su cargo.
MATAFUEGOS
Los expositores deberán instalar dentro de su stand un matafuego de polvo químico triclase de 10 Kgs. cada 50 m2 o fracción. El mismo debe estar colocado en lugar visible y el personal del stand familiarizado con su uso, para actuar con rapidez y eficacia, si las circunstancias así lo exigiesen.
(4) Queda terminantemente prohibido el ingreso de menores a los pabellones durante el armado y desarmado de los eventos.
(5) Queda terminantemente prohibido fumar en el ámbito de los Pabellones y cualquier otro lugar cerrado dentro del Predio (Ley 1799 CABA).
2.5. Restricciones en la utilización de la estructura del Predio como soporte. Techos / Colgados: NO SE PERMITIRAN COLGADOS EN EL PABELLON ROJO DADAS LAS LIMITACIONES DE LA ESTRUCTURA EXISTENTE.
(6) Resistencia de suelos – cargas.
La sobrecarga admisible para el pabellón Rojo es de 5.000 Kg/M2 repartida de manera uniforme. La sobrecarga admisible para el sector de playa de maniobras y los de los portones de acceso a los pabellones es de 2.000 Kg/M2 repartida de manera uniforme.
(7) SONIDO: Corre por cuenta del Expositor que utilice registros sonoros en su stand, el cumplimiento de las contribuciones a S.A.D.A.I.C. y/o A.A.D.I. C.A.P.I.F.
Anticipe sus trámites a:
SADAIC: Tel. 0000-0000
AADI – CAPIF: Tel. 0000-0000
Los equipos de sonido (radios, televisores, audiovisuales, etc) que se instalen en funcionamiento permanente o de demostración, deberán operar acústicamente aislados, no debiendo exceder los 20 Db (decibeles) el nivel sonoro medido a 1 metro del perímetro del stand. El sonido deberá guardar un nivel que no perjudique a los stands linderos.
HIDRANTES:
SEGURIDAD Y PREVENCIÓN DE INCENDIO
LOS HIDRANTES DISTRIBUIDOS POR TODO EL PREDIO DEBERÁN ENCONTRARSE A LA VISTA EN TODO MOMENTO. POR LO TANTO NO PODRÁN SER TAPADOS CON PANELERÍA O CUALQUIER OTRO ELEMENTO DEL STAND.
En el supuesto caso de la utilización de telas, alfombras o materiales de similares características, antes del ingreso de dichos materiales al Predio Ferial, el EXPOSITOR deberá exhibir el certificado actualizado del proceso de ignifugado de los mismos realizado por una empresa autorizada incluida en el listado de proveedores autorizados por LA RURAL S.A. Dicho certificado deberá estar homologado por el INTI (en lo referido al producto retardador y a los procesos de ensayos sobre el material), el cual deberá cumplir con el Xxxxx 0 de certificación. La presentación de los certificados se requiere tanto para los casos de materiales cuyo proceso de ignifugado fuera dado desde la fabricación de la materia prima (hilado, fibrado, etc) como para aquellos que se realizaran superficialmente a posteriori de su fabricación, es decir proyectando o rociando la dilución ignífuga sobre el material; en este caso, además deberá presentar un certificado de ignifugado firmado por un Técnico ó Licenciado en Seguridad e Higiene matriculado que detalle la superficie tratada y avale la correcta dilución y aplicación del material, y presentar el comprobante de compra de dicho producto. Para el caso donde los elementos tuvieran un proceso de ignifugado desde el origen se deberá acompañar el certificado con el correspondiente comprobante de compra y serie de fabricación del elemento que certifique que dicho material es el que posee las características que enuncia el certificado de ignifugado. Si el producto no fuera de fabricación nacional, además se deberá presentar la correspondiente homologación con el INTI. El mismo criterio podrá exigirse para cualquier otro elemento que por su característica o carga de fuego signifique un riesgo cierto.
Proveedor autorizado por La Rural:
CG SUPERVISIÓN Y SERVICIOS:
Contacto: Xx. Xxxxx Xxxxxx / Xxx. Xxxxxxx Xxxxxx
TE: 4588-2461/00-0000-0000/8. Nextel: 581*2790 /1.
E-mail xxxxxxxxxxxxx@xxxxx.xxx.xx
Cascos: en cumplimiento con la ley 19587 de Higiene y Seguridad en el Trabajo, el uso xx xxxxx es de caracter obligatorio para toda aquella persona que acceda y/o permanezca en el Predio y Pabellones durante el periodo de armado y desarme.
ESTRUCTURAS Y ENTREPISOS
(9) Respecto de las estructuras transitorias (escenarios, gradas, tarimas elevadas, entrepisos, mangrullos técnicos, etc), el EXPOSITOR deberá presentar a la Dirección Técnica, un informe firmado por profesional competente (Ingeniero ó Arquitecto matriculado), donde se garantice que las instalaciones transitorias presentan condiciones reglamentarias y de seguridad para su uso.
Lo dicho anteriormente vale también para los stands o estructuras que acopien material ó alojen carga de público u operarios en entrepisos, así también como para aquellas que por sus características físicas (altura, forma, peso, etc.) LA RURAL, el Organizador ó la Autoridad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires determinaren que es necesaria la presentación de la documentación respaldatoria.
ESTA PROHIBIDO EL USO DE ESTRUCTURAS COLGANTES, POR LO QUE SE RECOMIENDA A LOS EXPOSITORES OBVIAR ESTA APLICACIÓN EN SUS STANDS.