CARÁTULA DEL PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS JURÍDICOS PARA BIODONOSTIA MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO
CARÁTULA XXX XXXXXX DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS JURÍDICOS PARA BIODONOSTIA MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO
1.- Definición del objeto del contrato
El presente contrato tiene por objeto la prestación a la Asociación Instituto Biodonostia (en adelante, BIODONOSTIA) del servicio de asesoramiento jurídico, con especial relevancia en el ámbito de la contratación pública y societario, además de las problemáticas jurídicas relacionadas específicamente con su carácter de asociación y de Instituto de Investigación Sanitaria y con los sectores de la actividad en los que opera.
CPV: 79100000-5 “Servicios jurídicos”.
Expediente Nº: 2019-02/SERV Servicio de asesoramiento jurídico.
2.- Entidad contratante y órgano contratación
La entidad contratante es la Asociación Instituto Biodonostia con domicilio social en: Xxxxx Xx. Xxxxxxxxxxx x/x
00000 Xxxxxxxx-Xxx Xxxxxxxxx (Xxxxxxxx)
El Órgano de Contratación es el Director General de BIODONOSTIA, que en su caso y conforme a las normas de derecho privado de aplicación, podrá facultar expresamente a las personas que estime oportunas para la ejecución de concretas actuaciones en relación con el contrato.
3.- Valor estimado del contrato. Presupuesto base de licitación y Precio del contrato
3.1. La licitación se establece en precios unitarios máximos, siendo el valor estimado del contrato, calculado conforme al artículo 101 de la LCSP, de 52.851,00 euros (IVA excluido), teniendo en cuenta la duración inicial del contrato y las posibles prórrogas.
3.2. El presupuesto base de licitación para la vigencia inicial del contrato asciende a 10.570,20 € + IVA correspondiente.
El precio del contrato será abonado en función de las horas incurridas por el personal del contratista (en adelante, “los profesionales”) en la prestación de los servicios de asesoramiento jurídico efectivamente demandados por BIODONOSTIA y suficientemente justificados a criterio de ésta, a cuyo efecto los licitadores deberán ofertar los precios/hora medios correspondientes a las distintas categorías de profesionales asignados a la
prestación de los servicios demandados, y los precios/hora correspondientes a los servicios administrativos y de tramitación vinculados a los anteriores y especializados.
3.3. Los precios unitarios máximos de licitación de los servicios profesionales de asesoramiento jurídico son los siguientes:
- Servicios prestados por profesionales con hasta 3 años de experiencia: 68,82 €/hora (IVA incluido).
- Servicios prestados por profesionales con más de 3 y hasta 7 años de experiencia: 113,32 €/hora (IVA incluido).
- Servicios prestados por profesionales con más de 7 y hasta 10 años de experiencia: 124,11 €/hora (IVA incluido).
- Servicios prestados por profesionales con más de 10 años de experiencia: 213,16
€/hora (IVA incluido).
- Servicios administrativos y de tramitación vinculados y especializados: 59,90 €/hora (IVA incluido).
Los licitadores deberán ofertar los precios/hora correspondientes a las categorías indicadas de profesionales, pudiendo reducir en su propuesta económica los precios unitarios antes referidos. No se admitirá ninguna propuesta que incluya algún precio que sea superior a los respectivos precios unitarios máximos de licitación.
Los precios ofertados por los licitadores deberán incluir no sólo los propios honorarios, sino también el importe de las tasas oficiales y cualesquiera otros tributos que pudieran corresponder a la realización de la actividad, salvo el IVA.
Los precios ofertados por los licitadores no comprenderán los gastos en que pudiese incurrir el contratista por cuenta de BIODONOSTIA (viajes, notarías, registros, etc.).
El precio del contrato será el resultante de aplicar a los precios unitarios ofertados por el contratista al número de horas efectivamente prestadas en ejecución del contrato. Dichos precios unitarios incorporan el IVA.
Las horas incurridas por los profesionales en la prestación de los servicios de asesoramiento jurídico deberán ser justificadas por el contratista, incorporándose a las correspondientes facturas mensuales un detalle de los servicios específicos prestados en el mes en cuestión, detalle en el que figurarán los diferentes servicios específicos prestados y las horas incurridas por cada uno de los profesionales asignados a cada servicio específico. Adicionalmente, cuando así lo solicite BIODONOSTIA, el contratista deberá facilitar información más pormenorizada de los trabajos concretos realizados para la prestación de un servicio específico.
De este modo, sólo se derivarán obligaciones económicas para BIODONOSTIA en cuanto
resulten de los servicios específicos de asesoramiento de carácter legal que se demanden, se presten y se justifiquen a lo largo del período de vigencia del contrato.
4.- Contrato sujeto a regulación armonizada: No
5.- Procedimiento de adjudicación
El contrato se adjudicará, mediante procedimiento abierto, al licitador que presente la mejor oferta en relación calidad-precio, de acuerdo a los criterios de adjudicación establecidos en el apartado 8 de esta Carátula.
6.- Aptitud para contratar
A) Solvencia Económica y Financiera
La solvencia económica y financiera del empresario podrá acreditarse por cualquiera de los medios siguientes:
- Justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales, vigente hasta el fin del plazo de presentación de ofertas, por importe no inferior al valor estimado del contrato, así como aportar el compromiso de su renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato.
- Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres (3) últimos disponibles (respecto de los cuales esté vencida la obligación de aprobar las cuentas anuales), en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas, que no excederá de una vez y media el valor estimado del contrato.
El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
En todo caso, la inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas de las Administraciones Públicas acreditará frente a todos los órganos
de contratación del sector público, a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario, las condiciones de solvencia económica y financiera del empresario.
B) Solvencia Técnica o Profesional
- Relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en curso, en los últimos tres (3) años, indicando su importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos, debiendo acreditarse un importe anual acumulado en el año de mayor ejecución igual o superior al 70% del valor estimado del contrato.
Los servicios prestados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un empresario privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario.
- Las empresas de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco (5) años, podrán acreditar la solvencia por alguno de los medios indicados en las letras b) y e) del artículo 90.1. de la LCSP.
C) Medios humanos y/o materiales.
Adicionalmente, los licitadores deberán adscribir a la ejecución del contrato, como mínimo, los medios humanos mínimos siguientes:
- Cuatro (4) personas con experiencia en el asesoramiento jurídico a entidades del sector público, siendo necesario que de las cuatro (4):
• Dos (2) posean la titulación de Licenciado en Derecho, cuenten con una experiencia de más de quince (15) años en el asesoramiento jurídico a entidades del sector público y estén especializadas en materia de contratación pública.
• Una (1) posean la titulación de Licenciado en Derecho, cuenten con una experiencia de más de ocho (8) años en el asesoramiento jurídico a entidades del sector público y estén especializadas en materia de contratación pública.
• Otra (1) posea la titulación de Licenciado en Derecho, cuente con una experiencia de más de quince (15) años en el asesoramiento jurídico a entidades del sector público y esté especializada en derecho societario.
Una de las referidas cuatro personas habrá de ser designada como responsable del contrato por el licitador. Dicha persona deberá poder desarrollar tales funciones y comunicarse fluidamente, tanto verbalmente como por escrito, en los dos idiomas
oficiales de la Comunidad Autónoma Vasca.
Adicionalmente a la cualificación profesional, el licitador que haya presentado la mejor oferta, habrá de relacionar y acreditar la experiencia de las referidas personas adscritas con carácter mínimo, mediante presentación de los correspondientes contratos o certificados suficientes de las empresas clientes, de manera que pueda verificarse que las referidas personas han prestado dichos servicios.
Este compromiso tendrá el carácter de obligación contractual esencial a los efectos previstos en el artículo 211.f) de la LCSP, siendo por tanto el incumplimiento de la misma causa de resolución del contrato, a voluntad de la entidad contratante.
7.- Documentación técnica a presentar en relación con los criterios de adjudicación del contrato
El licitador presentará la documentación que considere oportuna de cara a acreditar las condiciones mínimas exigidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
Como mínimo se acompañará la siguiente documentación, respetando el orden que se indica:
a) Memoria técnica: descripción de la propuesta y metodología de las prestaciones contractuales; procedimientos a seguir en relación al ámbito de la contratación del sector público y del sector de actividad propio de BIODONOSTIA.
Deberá hacer especial referencia, entre otros, a:
• Los ámbitos y problemáticas de asesoramiento propios y específicos de BIODONOSTIA, especialmente en su cualidad de entidad del sector público (en particular de asociación y de Instituto de Investigación Sanitaria), con especial referencia al ámbito de la contratación pública y al ámbito societario;
• Los procedimientos, medios y mecanismos que garanticen la inmediatez en los plazos de atención, incluso presenciales, por personas expertas y especialmente cualificadas en las concretas materias objeto de asesoramiento;
• La relación de oficinas o establecimientos adscritos a la ejecución del contrato, con detalle de su ubicación.
b) Equipo de trabajo: personal adscrito al contrato.
b.1. Identificación del personal completo que se va a adscribir a la ejecución del contrato (incluido el adscrito al contrato de acuerdo con lo exigido en el apartado
6.C de esta Carátula), detallándose su experiencia y especialización, con especial referencia al ámbito de la contratación pública y el ámbito societario; conocimiento del euskera, organización del equipo, dedicación y disponibilidad del personal y posibilidad de asistencia incluso presencial. Se adjuntará el currículum vitae de todos los miembros del equipo que se proponen para la prestación de los servicios ofertados.
b.2. Identificación del profesional que ejercerá las funciones de Secretario No Miembro del órgano de administración de BIODONOSTIA, señalándose su experiencia, especialización y conocimiento del euskera, así como la disponibilidad de dicho profesional. Se adjuntará asimismo su currículum vitae.
A fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 3/2016, de 7 xx xxxxx, para la inclusión de determinadas cláusulas sociales en la contratación pública, se advierte de que el contrato se halla sujeto al cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y convencionales vigentes y que resulten de aplicación en materia laboral, de Seguridad Social y seguridad y salud en el trabajo.
En ese contexto, en la documentación prevista en el Archivo electrónico Nº 2 los licitadores indicarán el convenio colectivo que será de aplicación a los trabajadores, propios o de empresas subcontratadas, que realicen la actividad objeto del contrato, en el caso de resultar adjudicatarios. Téngase a la vista la obligación de cumplir en todo caso las condiciones salariales de los trabajadores conforme al convenio colectivo sectorial de aplicación.
8.- Criterios de adjudicación
8.1. Criterios no evaluables de forma automática: 49 puntos
La puntuación técnica de la oferta evaluada será la suma de las puntuaciones obtenidas para cada apartado, de acuerdo con lo descrito a continuación:
* Si la puntuación en cualquiera de los criterios fuese 0, el licitador quedará automáticamente excluido del concurso.
Criterios de evaluación | Puntuación | |||||
Máxima | Excelente | Buena | Media | Básica | No se aporta o no correspon de | |
100% | 75% | 50% | 25% | 0% | ||
A. Memoria Técnica | 20 | |||||
1.1. Recursos materiales, tiempos de respuesta y grado de disponibilidad del | 10 | 7,5 | 5 | 2,5 | 0 |
personal | ||||||
1.2. Planificación y organización del trabajo y coherencia con los recursos asignados | 10 | 7,5 | 5 | 2,5 | 0 | |
B. Equipo de Trabajo | 29 | |||||
2.1. Formación y capacitación general | 5 | 4 | 3 | 1 | 0 | |
2.2. Formación y capacitación en Derecho Público y Experiencia profesional en materia de contratación pública con Institutos de Investigación Sanitaria | 12 | 9 | 6 | 3 | 0 | |
2.3. Formación y capacitación en Derecho Público y Experiencia profesional en materia societaria con Institutos de Investigación Sanitaria | 12 | 9 | 6 | 3 | 0 |
A. Memoria Técnica
- Ponderación: 20 puntos
- Descripción del método de valoración del criterio:
1.1. Recursos materiales, tiempos de respuesta y grado de disponibilidad del personal (Máximo 10 puntos).
• Excelente (10 puntos): Los recursos materiales propuestos, los tiempos de respuesta ofrecidos y el grado de disponibilidad del personal señalado, demuestran una capacidad excelente para dar respuesta a las necesidades de la entidad contratante, ofreciendo un gran valor a su propuesta, de modo que se garantice una muy óptima respuesta.
• Buena (7,5 puntos): Los recursos materiales propuestos, los tiempos de respuesta ofrecidos y el grado de disponibilidad del personal señalado, demuestran una capacidad muy adecuada para dar respuesta a las necesidades de la entidad contratante, ofreciendo valor a su propuesta, de modo que se garantice una respuesta óptima.
• Media (5 puntos): Los recursos materiales propuestos, los tiempos de respuesta ofrecidos y el grado de disponibilidad del personal señalado, demuestran una capacidad adecuada para dar respuesta a las necesidades de la entidad contratante, de modo que se garantiza una respuesta justa.
• Básica (2,5 puntos): Los recursos materiales propuestos, los tiempos de respuesta ofrecidos y el grado de disponibilidad del personal señalado, demuestran una capacidad básica para dar respuesta a las necesidades de la entidad contratante, de modo que no se evidencia con claridad una respuesta adecuada en todos sus aspectos.
• No se aporta o no corresponde (0 puntos): Los recursos materiales propuestos, los tiempos de respuesta ofrecidos y el grado de disponibilidad del personal señalado, no se reflejan adecuadamente o no cumplen con los requerimientos básicos.
1.2. Planificación y organización del trabajo y coherencia con los recursos asignados (Máximo 10 puntos).
• Excelente (10 puntos): La planificación y organización del trabajo propuesto, así como los recursos materiales y personales asignados, presentan una gran viabilidad en su ejecución ofreciendo un gran valor a la solución.
• Buena (7,5 puntos): La planificación y organización del trabajo propuesto, así como los recursos materiales y personales asignados, presentan una viabilidad apropiada en su ejecución ofreciendo calidad a la solución.
• Media (5 puntos): La planificación y organización del trabajo propuesto, así como los recursos materiales y personales asignados, presentan una viabilidad escasa en su ejecución por lo que no se puede asegurar su cumplimiento.
• Básica (2,5 puntos): La planificación y organización del trabajo propuesto, así como los recursos materiales y personales asignados, presentan una viabilidad básica en su ejecución pero hay algún aspecto del servicio sin desarrollar.
• No se aporta o no corresponde (0 puntos): La propuesta no incluye planificación.
Se valorará positivamente la descripción de tiempos de respuesta (en horas o días según el caso) a las tareas descritas en el pliego. Es de interés asimismo, para su valoración, conocer los medios materiales (oficinas, sistemas informáticos, soportes documentales, etc.) con los que cuenta el licitador, su disponibilidad en la ejecución del contrato y, en su caso, su puesta a disposición de BIODONOSTIA.
Asimismo, se valorará una descripción de la organización que se propone para el trabajo, poniendo en relación los recursos materiales y humanos asignados y la organización interna del licitador, con los trabajos y tareas principales del trabajo. De esta forma, se trasladará una organización del servicio que demuestre una adscripción de medios y una organización del trabajo eficiente que otorgue a BIODONOSTIA un servicio rápido y excelente en las materias objeto de contratación.
B. Equipo de Trabajo
- Ponderación: 29 puntos
- Descripción del método de valoración del criterio:
2.1. Formación y capacitación general (Máximo 5 puntos)
• Excelente (5 puntos): El equipo de trabajo propuesto para llevar a cabo los servicios, dispone de una formación y capacitación muy adecuada, ofreciendo un gran valor al servicio.
• Buena (4 puntos): El equipo de trabajo propuesto para llevar a cabo los servicios, dispone de una formación y capacitación adecuada, ofreciendo calidad al servicio.
• Media (3 puntos): El equipo de trabajo propuesto para llevar a cabo los servicios, dispone de una formación y capacitación suficiente.
• Básica (1 puntos): El equipo de trabajo propuesto para llevar a cabo los servicios, dispone de una formación y capacitación básica pero insuficiente
para dar valor al servicio.
• No se aporta o no corresponde (0 puntos): El equipo de trabajo propuesto para llevar a cabo los servicios, no dispone de formación ni capacitación.
2.2. Formación y capacitación en Derecho Público y Experiencia profesional en materia de contratación pública con Institutos de Investigación Sanitaria (Máximo 12 puntos)
• Excelente (12 puntos): El equipo de trabajo dispone de una formación en Derecho Público y experiencia en contratación pública con Institutos de Investigación Sanitaria, a nivel global excelente, ofreciendo un gran valor al servicio.
• Buena (9 puntos): El equipo de trabajo dispone de una formación en Derecho Público y experiencia en contratación pública con Institutos de Investigación Sanitaria, a nivel global muy adecuada, ofreciendo calidad al servicio.
• Media (6 puntos): El equipo de trabajo dispone de una formación en Derecho Público y experiencia en contratación pública con Institutos de Investigación Sanitaria, a nivel global adecuada.
• Básica (3 puntos): El equipo de trabajo dispone de una formación en Derecho Público y experiencia en contratación pública con Institutos de Investigación Sanitaria, a nivel global escaso.
• No se aporta o no corresponde (0 puntos): El equipo de trabajo no dispone de formación en Derecho Público y/o experiencia en contratación pública con Institutos de Investigación Sanitaria.
2.3. Formación y capacitación en Derecho Público y Experiencia profesional en materia societaria con Institutos de Investigación Sanitaria (Máximo 12 puntos)
• Excelente (12 puntos): El equipo de trabajo dispone de una formación en Derecho Público y experiencia en materia societaria con Institutos de Investigación Sanitaria, a nivel global excelente, ofreciendo un gran valor al servicio.
• Buena (9 puntos): El equipo de trabajo dispone de una formación en Derecho Público y experiencia en materia societaria con Institutos de Investigación Sanitaria, a nivel global muy adecuada, ofreciendo calidad al servicio.
• Media (6 puntos): El equipo de trabajo dispone de una formación en Derecho Público y experiencia en materia societaria con Institutos de Investigación Sanitaria, a nivel global adecuada.
• Básica (3 puntos): El equipo de trabajo dispone de una formación en Derecho Público y experiencia en materia societaria con Institutos de Investigación Sanitaria, a nivel global escaso.
• No se aporta o no corresponde (0 puntos): El equipo de trabajo no dispone de formación en Derecho Público y/o experiencia en materia societaria con Institutos de Investigación Sanitaria.
8.2. Criterios evaluables de forma automática o mediante fórmula: 51 puntos
Criterios de evaluación | Puntuación máxima |
A. Oferta económica. Precio | 51 puntos |
A. Oferta económica. Precio (Hasta 51 puntos)
La oferta económica cuyo importe sea igual al precio unitario máximo de licitación será valorada con 0 puntos.
Los 51 puntos se atribuirán del modo siguiente:
- Servicios prestados por profesionales con hasta 3 años de experiencia: 2 puntos
- Servicios prestados por profesionales con más de 3 y hasta 7 años de experiencia: 8 puntos
- Servicios prestados por profesionales con más de 7 y hasta 10 años de experiencia: 19 puntos
- Servicios prestados por profesionales con más de 15 años de experiencia: 25 puntos
- Servicios administrativos y de tramitación vinculados y especializados: 2 puntos Se valorará de la siguiente forma:
Siendo:
(Pl - On)
Ptn= x Pto. (Pl – Ol)
Pl= Precio unitario máximo de licitación establecido en el apartado 3.3 de la Caratula;
Pto= Puntuación máxima asignada a cada profesional en base a su experiencia; Ol= Precio más bajo ofertado;
On= Precio de la oferta económica de cada licitadora; Ptn= Puntuación obtenida por cada licitadora.
9.- Plazo de vigencia
El plazo de duración del contrato será de un (1) año, contado desde el día siguiente al de la fecha de su formalización.
El contrato podrá prorrogarse anualmente por BIODONOSTIA hasta un máximo de cuatro
(4) años adicionales y será obligatoria para el contratista.
El contratista quedará obligado al cumplimiento del contrato y de los Pliegos que rigen el mismo durante su vigencia, prórroga/s incluida/s.
10.- Penalidades
El órgano de contratación podrá imponer penalidades al adjudicatario del contrato cuando incurra en alguna de las causas previstas a continuación:
Penalidades por cumplimiento defectuoso
En el caso de cumplimiento defectuoso de las prestaciones objeto del contrato se aplicarán, con independencia de la obligación que legalmente incumbe al contratista en cuanto a la reparación o subsanación tales defectos, las penalidades proporcionales a la gravedad del incumplimiento y su cuantía no podrá ser superior al 10% del precio del contrato, IVA excluido, ni el total de las mismas superar el 50 % del precio del contrato.
Penalidades por demora
Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiese incurrido en demora en la ejecución del contrato, BIODONOSTIA podrá optar, indistintamente, por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades diarias en la proporción de 0,60 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato, IVA excluido.
Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5 por 100 del precio del contrato, BIODONOSTIA estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.
El importe de las penalidades se hará efectivo mediante la deducción de las mismas de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al contratista. La aplicación y el pago de las penalidades no excluyen la indemnización a que BIODONOSTIA pueda tener derecho por daños y perjuicios ocasionados.
11.- Cesión y subcontratación
- Cesión: No procede, salvo consentimiento previo por escrito del órgano de contratación.
- Subcontratación: Si el contratista previese la necesidad de subcontratar parte del servicio, deberá indicarlo en su oferta y su propuesta técnica contendrá el nombre y la documentación completa de la empresa que propone como subcontratista, teniendo en cuenta que no es posible la subcontratación total de la prestación.
12- Régimen de pagos y facturación
El abono por los servicios efectivamente prestados se realizará mensualmente tras la recepción de la factura correspondiente a los trabajos realizados en el mes inmediatamente anterior.
La factura se emitirá a:
Asociación Instituto BIODONOSTIA Xxxxx Xx. Xxxxxxxxxxx x/x
00000 Xxxxxxxx-Xxx Xxxxxxxxx (Xxxxxxxx) CIF: X00000000
En todo caso, las facturas tienen que respetar la normativa vigente recogida en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación.
El pago se realizará mediante transferencia bancaria dentro de los 30 días siguientes a la recepción de la factura.
13.- Revisión de precios
Atendidas las características del contrato, no se contempla la revisión de precios.
14.- Información sobre el contrato cuyo carácter confidencial debe respetar el contratista
El adjudicatario queda expresamente obligado a mantener absoluta confidencialidad y reserva sobre cualquier dato que pudiera conocer con ocasión del cumplimiento del contrato, especialmente los de carácter personal, que no podrá copiar o utilizar con fin distinto al que figura en este documento, ni tampoco ceder a otros ni siquiera a efectos de conservación.
Plazo durante el cual deberá mantener el deber de respetar el carácter confidencial de la información: 5 años.
15.- Garantía
La empresa adjudicataria del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, está obligado a constituir una garantía definitiva por importe del
5% del importe de adjudicación, excluido el IVA, dentro del plazo máximo de CINCO (5) días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento. La garantía definitiva podrá constituirse mediante transferencia bancaria a la cuenta corriente de BIODONOSTIA, que se detalla a continuación:
Número de cuenta: XX00 0000 0000 00 0000000000 (entidad: KUTXABANK)
La devolución de la garantía, tanto total como parcial en su caso, se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 111 de la LCSP, una vez vencido el plazo de garantía y cumplidas por la empresa adjudicataria todas sus obligaciones contractuales.
16.- Protección de datos personales
La prestación de los servicios objeto de esta contratación requerirá, en atención al contenido de los mismos, el tratamiento de datos personales por la entidad contratante.
En este contexto, el contratista quedará obligado al cumplimiento de lo dispuesto en el RGPD (en particular a lo dispuesto en sus artículos 28, 29 y 30).
De este modo y por disponerlo así el RGPD, el contratista, en su condición de Encargado del Tratamiento, se obliga a suscribir con BIODONOSTIA el correspondiente contrato con el contenido y alcance que determina el artículo 28 del RGPD.
Dicho contrato deberá ser suscrito con carácter simultáneo a la firma del contrato de prestación de servicios entre BIODONOSTIA y el contratista.
En todo caso y con independencia de lo que se establezca al efecto en el aludido contrato, con motivo de la contratación objeto de esta licitación, el contratista se obliga a observar las siguientes previsiones:
- Cumplirá lo dispuesto en el RGPD y en el resto de normas en materia de protección de datos que resulten de aplicación durante la vigencia del contrato de prestación de servicios entre la entidad contratante y el contratista.
- Tratará los datos personales únicamente siguiendo las instrucciones documentadas de la entidad contratante.
- Garantizará que las personas autorizadas para tratar datos personales estén sujetas a una obligación de confidencialidad adecuada.
- El contratista aplicará las medidas técnicas y organizativas apropiadas para garantizar un nivel de seguridad adecuado al riesgo, teniendo en cuenta el estado de la técnica, los costes de aplicación, y la naturaleza, el alcance, el contexto y los fines del tratamiento, así como los riesgos de probabilidad y gravedad variables para los derechos y libertades de las personas físicas. Se valorarán, entre otras y a
efectos meramente enunciativos, las siguientes medidas:
• La seudonimización y el cifrado de datos personales;
• Medidas para garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia permanentes de los sistemas y servicios de tratamiento;
• Medidas de restauración y acceso a los datos personales de forma rápida en caso de incidente físico o técnico;
• Procesos de verificación, evaluación y valoración regulares de la eficacia de las medidas técnicas y organizativas para garantizar la seguridad del tratamiento.
- Aportará, cuando así se lo requiera la entidad contratante y a modo de prueba del cumplimiento de sus obligaciones en materia de protección de datos (i) una copia del registro de todas las categorías de actividades de tratamiento efectuadas por cuenta de la entidad contratante; y (ii) cualquier otro documento que la entidad contratante estime conveniente, siempre que éste tenga relación con el tratamiento de datos personales que el contratista lleve a cabo por cuenta de ésta.
- Permitirá y contribuirá a la realización de auditorías, incluidas inspecciones, por parte de la entidad contratante o de otro auditor autorizado por ésta.
- Comunicará a la entidad contratante la persona o personas directamente responsable/s de la puesta en práctica e inspección de las medidas de seguridad.
- Formará e informará a su personal en las obligaciones que dimanan de la normativa aplicable en materia de protección de datos.