EMPRESA DISTRIBUIDORA DEL PACIFICO S.A. ESP DISPAC S.A. ESP
EMPRESA DISTRIBUIDORA XXX XXXXXXXX S.A. ESP DISPAC S.A. ESP
GESTOR DISPAC
PLIEGO DE CONDICIONES P-002-19
SUMINISTRO, CONFIGURACION E INSTALACION DE CONCENTRADORES PARA MEDIDA CENTRALIZADA DE DISPAC S.A E.S.P.
SOLICITUD PRIVADA DE OFERTAS
MAYO
2019
CONTENIDO
1. INFORMACIÓN GENERAL 6
1.1. DESCRIPCIÓN DE ZONA 6
1.2. NATURALEZA DE LA EMPRESA DISPAC S.A. E.S.P 7
1.3. DEFINICIONES 7
1.4. CONDICIONES GENERALES QUE REGULAN LA INVITACIÓN. 9
1.5. INFORMACIÓN A LOS PROPONENTES 9
1.6. INTERPRETACIÓN DE LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA 9
1.7. OBJETO Y ALCANCE DE LA INVITACIÓN 10
1.8. NORMAS TÉCNICAS 12
1.9. FUENTE DE RECURSOS PARA EL PROCESO 12
1.10. CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN. 13
10.1 CONSORCIOS 13
10.2. UNIONES TEMPORALES 13
1.11. ACTA DE CONSTITUCIÓN 14
1.12. APERTURA DE LAS PROPUESTAS 14
1.12.1. LUGAR, FECHA Y HORA DE RECEPCIÓN DE OFERTAS 14
1.12.2. CRONOGRAMA DEL PROCESO 15
1.12.2.1. INFORMACIÓN RESERVADA 16
1.12.3. MODIFICACIONES Y ACLARACIONES X XXXXXX DE CONDICIONES.17
1.12.4. PRÓRROGAS DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS 17
2. ELABORACIÓN Y PRESENTACIÓN DE LA OFERTA 17
2.1. ACEPTACIÓN DE LOS TÉRMINOS DE LA INVITACIÓN. 17
2.2. VALIDEZ DE LAS PROPUESTAS 17
2.3. MONEDA DE LOS PRECIOS DE LA PROPUESTA 17
2.4. IDIOMA 18
2.5. PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA 18
2.6. DOCUMENTOS DE LA PROPUESTA 18
2.6.1. DOCUMENTOS MÍNIMOS DE LA OFERTA 18
2.6.2. DOCUMENTOS SUBSANABLES 18
2.6.3. DOCUMENTOS NO SUBSANABLES 19
2.6.4 DOCUMENTOS JURÍDICOS 19
2.6.5 DOCUMENTOS TÉCNICOS 20
2.6.6 DOCUMENTOS FINANCIEROS 21
2.6.7. ANEXOS 22
2.6.8. PROCEDIMIENTO PARA SUBSANAR DOCUMENTOS 22
2.6.9. RECHAZO DE LA PROPUESTA 22
2.6.10. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA 23
3. REQUISITOS HABILITANTES DE LA OFERTA 23
3.1 EXPERIENCIA ACREDITADA 24
3.2 CAPACIDAD FINANCIERA (Cf) 24
3.3. ABONO DE LA PROPUESTA 25
3.4. METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN 25
3.5. REVISIÓN DE LAS PROPUESTAS 25
3.6. COMITÉ EVALUADOR 26
3.7. ESTUDIO Y EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS 26
3.8. CONFRONTACIÓN ARITMETICA DE LOS PRECIOS 26
3.9. ERRORES, OMISIONES O DESVIACIONES EN LOS PRECIOS 26
3.10. DESCUENTOS 26
3.11. FACTORES DE ESCOGENCIA 27
3.11.1. EVALUACIÓN JURÍDICA 27
3.11.2. EVALUACIÓN FINANCIERA 27
3.11.3 LIQUIDEZ 27
3.11.4. RAZÓN DE ENDEUDAMIENTO o ENDEUDAMIENTO TOTAL 28
3.11.5. CAPITAL DE TRABAJO NETO 28
3.11.6. RAZÓN DE COBERTURA DE INTERÉS 28
3.11.7. INGRESOS 28
3.12. EVALUACIÓN TÉCNICA 28
3.13. EVALUACIÓN ECONÓMICA 29
3.14. EQUIPO MÍNIMO REQUERIDO 30
3.15. ADJUDICACIÓN 31
3.16. RENUNCIA A LA FIRMA DEL CONTRATO 31
3.17. DECLARATORIA DESIERTA O REVOCACIÓN 31
3.18. LEGALIZACIÓN DEL CONTRATO 32
4. ESTAMPILLAS 32
5. CUMPLIMIENTO 32
6. RIESGOS 33
7. MINUTA DEL CONTRATO 36
7.1. PLAZO DEL CONTRATO 36
7.2. PRÓRROGA 36
7.3. PRECIOS 36
7.4. AJUSTE DE PRECIOS 36
7.5. FORMA DE PAGO 36
7.6. CESIÓN DEL CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN 38
7.7. CAUSALES DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO 38
7.8. RELACIÓN ENTRE LAS PARTES 40
7.9. RECLAMOS DEL CONTRATISTA 40
7.10. INDEMNIZACIONES 41
7.11. PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO 41
7.12. EJECUCIÓN 41
8. GARANTÍAS 41
9. NORMATIVIDAD AMBIENTAL 42
9.1. ORDEN Y ASEO, MANEJO DE RESIDUOS 42
9.2. CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS LEGALES 43
9.3. ORDEN DE INICIO 43
9.4. INTERVENTORÍA DEL CONTRATO 43
10. CONTROL DEL AVANCE DEL PROYECTO 44
10.1. BITÁCORA 45
10.2. INSPECCIÓN DEL PROYECTO 45
10.3. REVISIÓN E INSPECCIÓN FINAL 45
10.4. ACTA DE AVANCE 46
11. MULTAS 46
11.1. PROCEDIMIENTO PARA EL COBRO DE LAS MULTAS 47
11.2. CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA 47
12. INFORMES 48
12.1. INFORMES SEMANALES 48
12.2. INFORME FINAL 48
12.3. COMUNICACIONES 49
12.4. MEDIDAS Y PAGOS 49
12.5. RETENCIÓN DE PAGOS 50
12.6. PERMISOS 50
13. SEÑALIZACIÓN Y MEDIDAS DE SEGURIDAD 51
14. PRUEBAS Y ENSAYOS DE SUMINISTROS 51
15. REVISIÓN FINAL Y ENTREGA 51
16. GASTOS LEGALES, DEDUCCIONES E IMPUESTOS 51
17. CONDICIONES DE SEGURIDAD Y OTROS 51
17.1. SEGURIDAD Y ORDEN PÚBLICO 51
17.2. TRABAJOS DE ALTO RIESGO 52
17.3. NORMAS DE SEGURIDAD GENERALES 54
17.4. OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA 54
17.5. SUSPENSIÓN TEMPORAL DEL TRABAJO 56
17.6. EQUIPOS DE SEGURIDAD PERSONAL Y OTROS 56
17.7. PRIMEROS AUXILIOS 58
17.8. HERRAMIENTAS E IMPLEMENTOS DE TRABAJO 58
17.9. SEÑALIZACIÓN. 59
17.10 RESPONSABILIDADES DEL CONTRATISTA FRENTE A SALUD OCUPACIONAL 60
17.10.1. PREVENCIÓN Y CONTROL DE RIESGOS 62
17.11. SUMINISTRO DE MATERIALES 63
17.12. PLAN DE CALIDAD. 64
17.13. TRABAJOS A REALIZAR. 64
18. OBRAS PRELIMINARES 64
18.1. REPLANTEO 64
ANEXO 1. FORMULARIO DE CANTIDADES Y PRECIOS 66
ANEXO 2. CARTA DE PRESENTACIÓN 67
ANEXO 5. CERTIFICACIÓN DE PAGO DE LOS APORTES PARAFISCALES 71
ANEXO 7. SITIOS DE XXXXXXXXX XX XXXXXXXX 00
XXXXX 0 XXXXXX XX XXXXX XXXX XXXXXXXXXX 00
XXXXX 0. EXPERIENCIA EN CONTRATOS EJECUTADOS O EN EJECUCIÓN 75
ANEXO 9B. EXPERIENCIA DEL PERSONAL 00
XXXXX 00: FORMATO DECLARACIÓN XXXXXXXXXXX 00
XXXXX 00. MODELO ACTA DE CONSTITUCIÓN CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL78 ANEXO 12. MODELO MINUTA DEL CONTRATO 00
XXXXX 00. EVALUACIÓN FINANCIERA DEL PROPONENTE 00
XXXXX 00. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS SISTEMA DE MEDICIÓN 00
XXXXX 00. MANUAL SEGURIDAD INDUSTRIAL Y SALUD OCUPACIONAL CONTRATISTAS DISPAC S.A. ESP 00
XXXXX 00. MANUAL DE SUPERVISION EN LA GESTION DE SEGURIDAD INDUSTRIAL Y SALUD OCUPACIONAL CONTRATISTAS DISPAC S.A. ESP 00
XXXXX 00. ESTANDAR SEGURIDAD ELÉCTRICA 00
XXXXX 00. ESTANDAR PARA TRABAJOS EN ALTURAS 91
1. INFORMACIÓN GENERAL
1.1. DESCRIPCIÓN DE ZONA.
El Departamento del Chocó se halla localizado en la Región Pacífica, tiene una extensión de
46.530 km2, posee una población de 500.093 (Proyección DANE 2015) habitantes, es una zona de bajas presiones atmosféricas, conocidas como la Concavidad Ecuatorial, donde convergen los vientos Alisios de cada hemisferio, para formar el cinturón de convergencia tropical, lo que hace una zona de alta pluviosidad y con vientos variables.
Las características climáticas de la zona son las siguientes:
Clima tropical húmedo Temperatura mínima 21°C Temperatura máxima 40°C
Temperatura promedio de 25.9°C a 28°C
Humedad Relativa 89% importante para el tema de funcionamiento de los medidores y sistemas de comunicación.por el grado de protección IP de los equipos
Nivel de precipitación de 6.089 mm a 11.310 mm anuales
1.1.1. UBICACIÓN DEL MUNICIPIO DE SIPÍ (LUGAR DE INSTALACIÓN)
El municipio de Sipí está delimitado de la siguiente manera, por el norte con los municipios de Novita y San Xxxx xxx Xxxxxx, por el Este Departamento xxx Xxxxx del Cauca, por el sur con municipio Litoral del San Xxxx y por el occidente con el municipio del Medio San Xxxx.
El departamento del Chocó está ubicado en la parte occidental de la República de Colombia en la Región xxx xxxxxxxx colombiano conocido, como Chocó Biogeográfico. El municipio de Sipí está localizado en la parte sur oriental de este departamento, en la región del Medio San Xxxx, su principal río es Sipí o San Xxxxxxx, de donde toma su nombre.
La cabecera municipal está ubicada a la margen derecha del mismo río el cual desemboca al río San Xxxx y este vierte sus aguas al océano pacifico, su altura sobre el nivel del mar es de 80 mts y dista de Quibdó cabecera Departamental a 173 km. Aproximadamente; y se ubica a los 4°39’ de latitud norte y 76°30’ de longitud oeste de Greenwich, temperatura media de 28°
C. El municipio de SIPÍ tiene una extensión de 1561 km 2 que representa el 3.35% de la superficie total del departamento del Chocó.
Figura 1. Mapa ubicación Sipi y trazado de la red.
1.2. NATURALEZA DE LA EMPRESA DISPAC S.A. E.S.P.
DISPAC S.A. E.S.P. Es una EMPRESA de Servicios Públicos Mixta, de carácter comercial, con Personería Jurídica, autonomía administrativa, sometida al régimen general aplicable a las EMPRESAS de servicios públicos. En los términos de la Ley 142 de 1994, el régimen de los actos, contratos y personal, la EMPRESA se rige por las normas del derecho privado.
PROING S.A. en representación de la Empresa Distribuidora xxx Xxxxxxxx S.A. E.S.P., es el encargado de prestar el servicio de comercialización y distribución de energía eléctrica en la zona interconectada del Departamento del Chocó, en calidad de Gestor.
En los casos que se denomine DISPAC, entiéndase la EMPRESA DISPAC S.A. E.S.P o EMPRESA DISTRIBUIDORA XXX XXXXXXXX.
1.3. DEFINICIONES
Abridero | Dispositivo xx xxxxx compuesto por cajas primarias y en algunos casos acompañada por pararrayos. |
Cajas Primarias | Dispositivo donde se aloja el fusible para protección de corto circuito y/o para aislar un circuito |
Conductor | Material que ofrece poca resistencia al paso de la corriente eléctrica |
Contratista | Es el oferente seleccionado a quien la EMPRESA ha comunicado oficialmente la aceptación de su propuesta |
Contrato | Acuerdo de voluntades por escrito entre dos partes |
Empresa - Contratista | |
DISPAC | Empresa distribuidora xxx xxxxxxxx S.A. E.S.P |
CDP | Se refiere al certificado de disponibilidad presupuestal |
Distancia de seguridad | Distancia mínima alrededor de equipo eléctrico o de conductores energizados |
Equipo | Herramienta o maquinaria necesaria para llevar a cabo las obras o entregar los bienes requeridos por LA EMPRESA |
Estribo | Dispositivo colocado a una línea primaria para conectar un transformador o un abridero |
Fase | Línea viva o energizada de un circuito |
Herramienta | Elemento que sirve para la realización de una tarea |
Interventoría | Persona designada en el contrato para llevar a cabo la vigilancia, supervisión administrativa y técnica de las labores objeto de contrato |
Item | Cada uno de los elementos en los que se desagrega, para efectos de la contratación |
Neutro | Conductor que sirve para retornar las corrientes de carga o las corrientes xx xxxxx |
Oferente | También llamado “proponente”, es la persona natural o jurídica que presenta una propuesta a DISPAC dentro de un proceso de contratación, |
Plazo del contrato | Sumatoria de los tiempos que tiene el CONTRATISTA para llevar a cabo las obras a que se refiere el contrato |
Pararrayos | Dispositivo de protección que opera cuando en el punto donde está ubicado o instalado ocurre una sobre tensión debida a rayos u otra incidencia en la red |
Poste | Estructura de concreto o fibra xx xxxxxx que soporta los cables de conducción de la energía eléctrica |
Presupuesto Oficial | Valor estimado por la empresa para cubrir el costo de cada uno de los ítems y actividades incluido AIU a que se refiere el contrato. Para nuestro caso el valor del presupuesto oficial es igual al valor del certificado de disponibilidad presupuestal (CDP) |
Red de Distribución | De acuerdo con el reglamento técnico de instalaciones eléctricas “ se calificara como instalación eléctrica de distribución todo conjunto de aparatos y de circuitos asociados para transporte y transformación de la energía eléctrica, cuyas tensiones nominales sean iguales o superiores a 110 V y menores a 57.5 kV |
RETIE | Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas |
Tension | La tensión es la presión que ejerce una fuente de suministro de energía eléctrica o fuerza electromotriz (FEM) sobre las cargas eléctricas o electrones en un circuito eléctrico cerrado, para que se establezca el flujo de una corriente eléctrica y su unidad de medida es el voltio [V]. |
Tester de ruido o detector de alto voltaje | Equipo instalado generalmente en una pértiga, cuya función principal es verificar la existencia de tensión en un cable u otro equipo |
1.4. CONDICIONES GENERALES QUE REGULAN LA INVITACIÓN.
La presente Solicitud Privada de Ofertas y el contrato que celebre DISPAC S.A. ESP se rigen por lo dispuesto en el Estatuto Interno de Contratación de LA EMPRESA, publicado en la página Web xxxx://xxxxxx.xxx.xx/xx-xxxxxxx/xxxxxxx/0000/00/Xxxxxxxx- Interno-Contratacion- DISPAC.pdf, por las disposiciones del derecho privado, de conformidad con lo previsto en el Parágrafo del Artículo 8 de la Ley 143 de 1994 y en el Artículo 76 de la misma Ley y el Título II, Capítulo 1 de la Ley 142 de 1994 y de las normas que las modifiquen o reformen y demás normas del derecho civil y comercial que le resulten aplicables atendiendo su naturaleza de la sociedad. En atención al numeral 8 inciso final del artículo segundo del ACUERDO 006 DE 2008 será informado el proceso de apertura en la página web de DISPAC. Conforme a lo dispuesto en el artículo DECIMO PRIMERO, numeral 2, literal b) del Acuerdo 006 de 2008 se requiere invitar mínimo a cinco (5) oferentes.
1.5. INFORMACIÓN A LOS PROPONENTES
La empresa DISTRIBUIDORA XXX XXXXXXXX S.A. ESP., en este documento se llamará LA EMPRESA, y para este proceso de contratación actuando en nombre propio ha dispuesto la apertura del presente proceso de Solicitud Privada de Ofertas No. P-002-19. La presente Solicitud Privada de Ofertas no implica la realización de compromiso contractual ninguno por parte de LA EMPRESA, por lo tanto, no se reconocerán obligaciones para la misma, salvo en el deber de obrar objetivamente y de buena fe en el proceso.
Antes de presentar su oferta el proponente debe verificar que no se encuentre incurso en alguna de las inhabilidades e incompatibilidades previstas en la ley, para contratar con LA EMPRESA.
1.6. INTERPRETACIÓN DE LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA
El presente documento, denominado Solicitud Privada de Ofertas No. P-002-19, debe ser interpretado como un todo y sus disposiciones no deben ser entendidas de manera separada; por lo tanto, al mismo se integran los anexos y adendas que se emitan durante el proceso de selección del contratista.
Los títulos utilizados en la Solicitud Privada de Ofertas sirven sólo para identificar textos, y no afectarán la interpretación de los mismos. Si el PROPONENTE considera que existen omisiones o contradicciones, o se tuviere dudas sobre la interpretación, significado o alcance
de cualquier parte de las condiciones o especificaciones en la Solicitud Privada de Ofertas, EL PROPONENTE deberá solicitar la aclaración pertinente a DISPAC, atendiendo lo descrito en el numeral 1.12.3. MODIFICACIONES Y ACLARACIONES X XXXXXX DE CONDICIONES.
Todas las deducciones, errores y omisiones que con base en sus propios análisis, interpretaciones o conclusiones, etc., obtenga EL PROPONENTE respecto de la Solicitud Privada de Ofertas son por su exclusiva cuenta. Por tanto, DISPAC no asume responsabilidad alguna por tales análisis, interpretaciones y conclusiones.
Para el manejo de la interventoría del contrato y las actividades que de él se deriven, DISPAC podrá asumir directamente o contratar a través de terceros estos trabajos.
Es entendido que todos los PROPONENTES que participen en el presente procedimiento de selección ante DISPAC, conocen y se someten a lo establecido en el régimen interno de contratación, el cual formará parte integral del contrato que DISPAC celebre, independientemente de su objeto y cuantía.
El Contrato objeto de la presente Solicitud Privada de Ofertas se ejecutará bajo el sistema de precios unitarios, fijos, firmes y no reajustables, el Contratista será el responsable del suministro, construcción, montaje, entrenamiento, transferencia de tecnología, y entrega en servicio del proyecto, para lo cual tomará como referencia la documentación que se recibió por parte de estos términos. El precio de la propuesta deberá ser una suma alzada, es decir, no estará sujeta a reajustes por inflación o devaluación ni variaciones de la TRM xxx xxxxx o cualquier otra moneda. Las partes, de mutuo acuerdo, podrán modificar el alcance del objeto del contrato, la forma de pago, y en general, todas aquellas condiciones que consideren convenientes, para tal efecto solo se puede realizar mediante la suscripción de OTROSI correspondiente con la firma del Gerente de la Contratante.
Por las razones anteriormente expuestas, el precio propuesto debe incluir todos los recursos humanos, equipos, sistemas, materiales, servicios, trámites, impuestos y demás erogaciones necesarias para la entrega en servicio del proyecto.
1.7. OBJETO Y ALCANCE DE LA INVITACIÓN
El objeto de la presente invitación es la contratación del “Suministro, configuración e instalación de concentradores para medida centralizada de Dispac S.A ESP”., en relación con las cantidades del Anexo 1.
El alcance de la Solicitud Privada de Ofertas incluye:
Suministro, transporte, instalación de 187 concentradores con Sistema de Tele gestión Integral y Remota en Clientes en baja tensión (Transformador – Usuario) y que integran tarjetas electrónicas con respaldo, módulos de medida individual y periféricos de comunicación, los cuales deberán operar remotamente con el fin de realizar tareas como toma de lectura, suspensión, reconexión, balances, etc. Dicho sistema debe tener protocolo de comunicación de Radiofrecuencias (RF) con las siguientes características: Modem RF de +20 dBm o Protocolo de Comunicación IEEE 802.15.4 (ZigBee) o Interfaz de datos RS485 o Frecuencia 2,4 GHz, Unidad Concentradora de Macromedida comunicación por fibra óptica de reconectadores para el SDL nivel de tensión 2 (13.2 kV) de Dispac. La provisión de todos los elementos e
infraestructura definida en la arquitectura (medidores, macromedidores, display, dispositivos de control, dispositivos de telecomunicaciones, cables, concentradores, cajas, herrajes, sistema de puesta a tierra y demás), La verificación de la tele medida en sitio, correcto funcionamiento de todas las funcionalidades y cumplimiento de los requisitos de integración de la operación para dar de alta la medida. Verificación de la telemedida y de la operación de las funcionalidades también de forma remota. El suministro del personal capacitado requerido para la correcta instalación y puesta punto de la solución de Medición Inteligente.
Los materiales a suministrar deben ser nuevos, de primera calidad y libres de defectos e impresiones. Todos los materiales deben cumplir con las normas de calidad y especificaciones exigidas por Dispac y certificaciones de producto emitidas por organismo acreditado por el ONAC. Garantizar la calidad de cada ítem ofertado, indicando la marca y anexando certificado de conformidad de producto.
Según sea el caso, el contratista del proyecto se encargara de gestionar los trámites de los permisos para maniobras, de uso de vías, ambientales, de predios y demás gestión necesaria para la satisfactoria ejecución del proyecto objeto del presente proceso de Invitación donde se requiera.
El contratista del proyecto, deberá mantener el personal, las herramientas y equipos necesarios y requeridos para el cumplimiento a satisfacción de las labores a ejecutar.
A quien le sea adjudicado el contrato, antes de iniciar los trabajos deberá hacer un replanteo completo del proyecto descrito con el fin de precisar las cantidades de obra, así como estimar los aspectos mínimos del manejo ambiental que se deben tener en cuenta durante la construcción.
Los trabajos deben realizarse de tal forma que los usuarios conectados sufran el menor tiempo posible la ausencia del servicio de energía. Las suspensiones de energía deberán ser programadas y solicitadas a través de la Interventoría al área de Operación y Mantenimiento de DISPAC S.A. E.S.P con plazo máximo el martes de la semana anterior a la fecha de suspensión. El CONTRATISTA será responsable de informar por el medio más efectivo a los usuarios afectados con 48 horas de antelación, sobre las fechas y horas que estará suspendido el servicio previa aprobación de DISPAC de los formatos a utilizar para tal fin.
Si el CONTRATISTA no restablece el servicio de energía en el horario establecido y programado, DISPAC S.A. E.S.P evaluará las causas de incumplimiento y si se determina que es por mala programación, negligencia o alguna causa imputable al CONTRATISTA deducirá de las cuentas por pagar al mismo el valor de la energía dejada de suministrar a las localidades afectadas por el tiempo que durase el retraso en el restablecimiento del servicio. DISPAC inspeccionará en cualquier momento el desarrollo de los trabajos para el cumplimiento del objeto de los servicios contratados, pudiendo efectuar esta inspección mediante su propio personal o el de la persona o entidad que para ello designe, quienes ejecutarán las actividades propias de la Interventoría del proyecto.
Adicionalmente, el alcance de los trabajos incluye:
- Cronograma de ejecución del proyecto en el cual se detalle las actividades y subactividades del proyecto, mostrando su interdependencia, persona responsable, duración e indicando la ruta crítica. En el cronograma es necesario incluir el periodo de contratación de los SUMINISTROS.
- Programación de trabajo diario, semanal y mensual
- Informes semanales del proyecto
- El alistamiento de los materiales, incluida su selección y bodegaje, antes de llevarlos al sitio de instalación.
- El transporte tanto de personal como de equipos y materiales al sitio de la instalación
- El retiro de escombros y materiales sobrantes, garantizando una completa limpieza de las áreas de trabajo.
- Informe final de ejecución del proyecto, incluyendo inventario completo del material montado, requisito necesario para la liquidación del contrato.
- El CONTRATISTA deberá incluir estas actividades en los precios unitarios de su oferta y no podrá exigir otro pago diferente por la realización de las mismas.
- El Proponente deberá revisar cuidadosamente el diseño y las normas conforme a lo especificado en este Pliego y de ser necesario, indicar antes de iniciar los trabajos las posibles inconsistencias detectadas y plantear las soluciones que técnicamente se ajusten a los requerimientos del proyecto.
- Reintegro en las bodegas de DISPAC de material desmontado.
1.8. NORMAS TÉCNICAS
S Durante la ejecución de los trabajos se deberá dar cumplimiento a las siguientes normas:
a) Reglamento técnico de instalaciones eléctricas RETIE vigente.
b) Código eléctrico colombiano NTC 2050. (Primera actualización 2002).
c) IEC 62052-11: Equipos de medida de la energía eléctrica (c.a.). Requisitos generales, ensayos condiciones de ensayo. Parte 11:
d) IEC 62053-23: Equipos de medida de la energía eléctrica (c.a.). Requisitos particulares. Parte 23: Contadores estáticos de energía reactiva (clases 2 y 3).
e) IEC 62056-21: Medición eléctrica—intercambio de datos de lectura de medidores, tarifas y control de carga—intercambio directo de datos locales.
Será responsabilidad del Contratista revisar la documentación entregada por la Entidad Contratante, para verificar el cumplimiento de estas normas, así como estar atento a las modificaciones reglamentarias que puedan surgir durante el desarrollo de los trabajos que afectan su aprobación por parte de la empresa Operadora.
1.9. FUENTE DE RECURSOS PARA EL PROCESO
Los recursos para el pago del objeto del contrato que se derive de la presente convocatoria son propios correspondientes al rubro 81001 – REDUCCIÓN DE PÉRDIDAS. Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 3000001170 por valor de QUINIENTOS MILLONES SEISCIENTOS SEIS MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO PESOS CON SESENTA Y
CINCO CENTAVOS Mcte ($ 500.606.385.65). expedido el 14 xx xxxx del 2019 por el Jefe de Presupuesto o el funcionario competente, para la actual vigencia y al que se imputara el gasto.
1.10. CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN.
Podrán participar personas naturales o jurídicas legalmente constituidas en Colombia, que se encuentren inscritas, calificadas en el Registro Único de Proponentes de la Cámara de Comercio de su jurisdicción. El proponente deberá presentar el Certificado del Registro Único de Proponentes en Original o Fotocopia, con vigencia no superior a treinta (30) días calendario, contados a partir de la fecha de expedición y deberá estar registrado acorde con el Decreto 1510 del 2013 y que cumplan con los siguientes requisitos:
a) Su objeto Social debe referirse a suministro e instalación de equipos y/o elementos eléctricos relacionados en el cuadro de cantidades y precios;
b) No existir ninguna relación de control o propiedad accionaria directa o indirecta del contratante con el contratista, ni pertenecer al mismo grupo empresarial, en los términos de la Ley 222 de 1995 y todas aquellas normas que la modifiquen, adicionen o subroguen;
Podrán también participar Consorcios o Uniones Temporales legalmente constituidas.
10.1 CONSORCIOS
Podrán conformarse consorcios por personas jurídicas o naturales nacionales quienes deben acreditar su condición a través del Certificado de Existencia y Representación Legal de la Cámara de Comercio quienes deben acreditar su condición a través del Registro Único de Proponentes de la Cámara de Comercio; los consorciados deben cumplir con las condiciones estipuladas en este documento. En un Consorcio, cada uno de sus integrantes responderá solidariamente por todas y cada una de las obligaciones derivadas de la Propuesta y del Contrato. En consecuencia, las actuaciones, hechos y omisiones que se presenten en desarrollo de la Propuesta y del Contrato, afectarán a todos los miembros que lo conforman.
10.2. UNIONES TEMPORALES
Podrá conformarse Uniones Temporales por personas jurídicas o naturales nacionales quienes deben acreditar su condición a través del Certificado de Existencia y Representación Legal de la Cámara de Comercio, además, todos los integrantes de la unión deben contar con el Registro Único de Proponentes de la Cámara de Comercio, todos los integrantes de la unión temporal deberán cumplir con las condiciones estipuladas en este documento.
En esta modalidad, cada uno de los integrantes de la Unión Temporal responderán solidariamente por el cumplimiento total de la Propuesta y del objeto del Contrato, pero las sanciones por incumplimiento de las obligaciones derivadas de la Propuesta y del Contrato se impondrán de acuerdo con la participación en la ejecución de cada uno de los participantes en la Unión Temporal.
Los consorcios o uniones temporales deberán facturar a nombre del consorcio o de la unión temporal, no se aceptará que facturen de forma independiente, por tal razón deberán tramitar el respectivo RUT y una cuenta bancaria con pluralidad de personas a nombre del consorcio o unión temporal.
El tiempo de existencia de las personas jurídicas que integran individualmente un Consorcio o Unión Temporal, no será inferior al término de duración del posible contrato que llegue a celebrarse y un (1) año más, contados a partir de la fecha de adjudicación.
Así mismo, los Consorcios o Uniones Temporales, deberán acreditar su existencia y representación legal mediante la presentación del documento de su constitución debidamente legalizado. El objeto o alcance del Consorcio o Unión Temporal deberá ser exclusivo para presentar la propuesta y desarrollar el eventual contrato que llegue a suscribirse, en el evento de resultar favorecido. La duración del Consorcio o Unión Temporal deberá ser igual a la duración del contrato y un (1) año más.
No podrán participar en la presente Solicitud Privada de Ofertas, ni suscribir el respectivo contrato, las personas que se encuentren incursas en cualquiera de las causales de inhabilidad o incompatibilidad señaladas en la ley 80 de contratación
1.11. ACTA DE CONSTITUCIÓN
Si se trata de un Consorcio o Unión Temporal, deben presentar el acta de Constitución en donde indique que se han asociado para la presentación de la presente invitación y para la celebración, ejecución y liquidación del contrato, en caso de resultar favorecido, el nombre del representante legal , bajo que autorizaciones actúa, hasta que valor están autorizados para comprometer a la persona jurídica a la que pertenecen, manifestación expresa de que la responsabilidad es solidaria para todo el proceso de contratación, entendiéndose como tal, la presente invitación, celebración, ejecución, liquidación del contrato y que hay solidaridad en las posibles reclamaciones e indemnizaciones que se llegaren a presentar en cualquier etapa de dicho proceso; las condiciones aquí definidas serán oponibles a los oferentes independiente del acta de constitución.
Se anexa el modelo que deben diligenciar en el Anexo No. 11
1.12. APERTURA DE LAS PROPUESTAS
Las fechas importantes de actividades previstas en la ejecución de esta convocatoria se detallan a continuación:
Descripción Fechas
Apertura proceso de contratación: 24/ 05/ 2019
Cierre para Recepción Ofertas: 11/ 06/ 2019
Una vez recibidas las propuestas en la fecha y hora de cierre del proceso de contratación descrito en el numeral 1.12.1. Se procederá a elaborar un acta en presencia de quienes concurran al acto donde quede constancia de los proponentes que presenten oferta, en este se señalarán el nombre del proponente valor de la propuesta y documentos entregados.
1.12.1. LUGAR, FECHA Y HORA DE RECEPCIÓN DE OFERTAS.
La recepción de ofertas se realizará hasta el 11 xx xxxxx de 2019 a las 16:00 horas en las oficinas de archivo y correspondencia de DISPAC, en la ciudad de Quibdó Xxxxxxx 0x Xx. 00-00 0x piso, dando alcance únicamente a lo indicado en el numeral 1.12.
La fecha y hora oficiales para soportar la entrega de las ofertas será única y exclusivamente la que quede impresa en el radicado de nuestro sistema de correspondencia “ORFEO” sin que cuente para ello la hora en que quien como responsable de la entrega, entre a las instalaciones donde deberá radicar las ofertas. En todo caso, en el evento que el sistema de correspondencia se encuentre en mal estado para la fecha y hora del registro de los radicados,
se procederá a recibir en forma manual, utilizando el sello dispuesto para ello, y asignando la Hora Legal en Colombia de acuerdo con lo que se indique en el momento en el link correspondiente de la página de la Superintendencia de Industria y Comercio (xxx.xxx.xxx.xx).
La presentación de la propuesta u oferta se considerará como manifestación expresa de que el proponente ha examinado los documentos de la contratación, que ha obtenido las aclaraciones sobre los puntos inciertos o dudosos, que acepta que los documentos están completos y son compatibles para determinar el objeto y demás estipulaciones del proceso, y que conoce la legislación colombiana y las normas que rigen la contratación en DISPAC.
DISPAC no se responsabiliza por los retardos, extravíos u otros eventos desfavorables para el proponente, como: envíos de la propuesta por correo, propuesta incorrectamente marcada o dirigida a otras oficinas que no sea la indicada, propuesta diligenciada en formularios o formatos que no fueron suministrados por el proceso de contratación.
No se aceptarán ofertas enviadas por correo electrónico ó por fax, igualmente las ofertas que se entreguen posterior a la hora fijada, no se tendrán en cuenta para evaluación. El oferente debe tener en cuenta que a la ciudad de Quibdó, regularmente los vuelos llegan diariamente después de las 9 a.m.
El sistema de evaluación se determinará de acuerdo con lo dispuesto en el numeral de Metodología de evaluación, en particular el de evaluación económica.
1.12.2. CRONOGRAMA DEL PROCESO
Items | Descripción | Responsable | Plazo máximo de entrega programado (días hábiles) | Fecha de entrega programada |
1 | Apertura del Proceso | Licitaciones y contratos y/o sistemas | 24/05/2019 | |
2 | Recepción de solicitud de aclaraciones. 18:00 Horas | Proceso interesado y Evaluadores / Licitaciones y contratos | 5 | 31/05/2019 |
3 | Respuesta a aclaraciones ó publicación adendas. 18:00 Horas | Proceso interesado y Evaluadores / Licitaciones y contratos | 1 | 04/06/2019 |
4 | Recepción de ofertas, Apertura de ofertas 16:00 Horas | Licitaciones y contratos | 5 | 11/06/2019 |
Items | Descripción | Responsable | Plazo máximo de entrega programado (días hábiles) | Fecha de entrega programada |
5 | Evaluación de propuestas y Consolidación | Proceso interesado y Evaluadores / Licitaciones y contratos | 3 | 14/06/2019 |
6 | Informe de evaluación preliminar | Proceso interesado y Evaluadores / Licitaciones y contratos | 1 | 17/06/2019 |
7 | Observaciones al informe de evaluación preliminar | Proponente | 5 | 25/06/2019 |
8 | Adjudicación del proceso | Oficina jurídica | 1 | 26/06/2019 |
9 | Envío contrato al oferente seleccionado | Oficina jurídica | 26/06/2019 | |
10 | Entrega del contrato firmado y de las pólizas por el proponente seleccionado | Proponente seleccionado | 3 | 02/07/2019 |
11 | Legalización del contrato aprobación de pólizas | Oficina jurídica | 02/07/2019 | |
12 | Solicitud orden de inicio al interventor | Oficina jurídica | 02/07/2019 | |
13 | Inicio de ejecución del contrato | Interventor | 2 | 04/07/2019 |
14 | Finalización del contrato | Interventor | 90 días calendario | 02/10/2019 |
1.12.2.1. INFORMACIÓN RESERVADA
La información contenida en esta Solicitud Privada de Ofertas es propiedad de DISPAC y tiene carácter confidencial. En consecuencia al hacer uso de estos, el proponente no adquiere propiedad sobre la información y únicamente podrá hacer uso de ella para efectos de la elaboración de su propuesta.
Los proponentes deben indicar expresamente en la carta de presentación de la propuesta, que información de la consignada en su propuesta tiene el carácter de reservada excepto el valor total de la oferta, invocando expresamente la norma jurídica en que se fundamentan, con el fin de que DISPAC se abstenga de entregar la misma. En el evento en que no se señalen las normas específicas que le otorgan ese carácter, se tendrá por no escrito el aviso de reserva.
1.12.3. MODIFICACIONES Y ACLARACIONES X XXXXXX DE CONDICIONES.
En caso que DISPAC requiera hacer modificaciones a los presentes pliegos de condiciones, lo hará por medio de adendas los cuales serán publicadas en las pagina web xxx.xxxxxx.xxx.xx y a través de la página web xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx. Las reformas mediante adendas al pliego procederán antes de las 18:00 horas del 04 xx xxxxx de 2019.
En caso de que un proponente necesite aclaraciones sobre los pliegos de condiciones, deberá dirigirse por escrito a Gerencia Control de Energía de DISPAC S.A. E.S.P. ubicada en la Xxxxxxx 0 Xx. 00-00 xx xx xxxxxx xx Xxxxxx, teléfono 0000000 ó 0000000 ó en forma magnética, siempre en forma simultánea a los siguientes correos electrónicos: xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx; xxxxxx_xxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx; xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx; xxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx; Estas aclaraciones no podrán modificar la oferta presentada y podrán solicitarse por los proponentes hasta las 18:00 horas del 31 xx xxxx de 2019.
No se aceptarán consultas verbales. DISPAC, se reserva el derecho de solicitar aclaraciones de las propuestas a los proponentes antes de la etapa de adjudicación.
1.12.4. PRÓRROGAS DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
Se entiende que el plazo de presentación de ofertas es el término que debe transcurrir entre la fecha a partir de la cual se pueden presentar ofertas y la de su cierre, el cual puede prorrogarse antes del vencimiento, cuando así lo estime conveniente DISPAC o cuando lo soliciten las dos terceras partes de las personas que hayan sido invitadas o manifestado su interés en participar por un término no superior a la mitad del inicialmente previsto, siempre que existan razones para ello.
2. ELABORACIÓN Y PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
2.1. ACEPTACIÓN DE LOS TÉRMINOS DE LA INVITACIÓN.
La aceptación de la totalidad de las condiciones de la convocatoria, de la elaboración y presentación de la Propuesta, de las condiciones económicas y contractuales estipuladas en este documento, son requisitos indispensables para la presentación de la propuesta y por tanto se entienden totalmente aceptadas por el Proponente con el hecho de presentar su propuesta. De acuerdo con lo anterior, tales condiciones no podrán ser modificadas por el Proponente.
2.2. VALIDEZ DE LAS PROPUESTAS
Las propuestas deberán presentarse con una vigencia de sesenta (60) días calendario a partir de la fecha de cierre de la convocatoria. DISPAC, podrá solicitar la ampliación del término de vigencia de las ofertas hasta por la mitad del plazo inicialmente indicado, en cuyo caso todos los proponentes deberán extender tanto el término de validez de sus propuestas como la vigencia de la garantía de seriedad.
2.3. MONEDA DE LOS PRECIOS DE LA PROPUESTA
El precio de la propuesta objeto de la convocatoria deberá ser expresado únicamente en pesos colombianos.
2.4. IDIOMA
El idioma oficial será el español, por tanto, todos los documentos e informaciones de cualquier índole, deberán ser redactados en este idioma.
2.5. PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
Se deberá presentar la propuesta para los servicios solicitados. Las propuestas deberán ser entregadas a más tardar en la fecha, hora y dirección señalados en este pliego de condiciones, en original y digital en CD con los cuadros de cálculos de precios en Excel debidamente foliadas y diligenciadas en idioma español, de acuerdo a lo señalado el capítulo 2.6. DOCUMENTOS DE LA PROPUESTA. DISPAC no asume responsabilidad alguna derivada de las ofertas que no se presenten foliadas.
El sobre debe estar marcado de la siguiente forma:
SEÑORES
EMPRESA DISTRIBUIDORA XXX XXXXXXXX S.A. ESP SOLICITUD PRIVADA DE OFERTAS No. P-002-19.
“xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx”
Un sobre sellado que además llevará en su parte exterior el nombre completo del Proponente, su dirección oficial postal y electrónica, el nombre del proyecto y el objeto. Adicionalmente, la propuesta deberá presentar una copia en medio magnético de los formatos que tienen cuadros de cálculo, archivo (s) que deberá (n) estar dentro de la propuesta.
El Proponente para la preparación de su propuesta deberá examinar detallada y cuidadosamente todo el contenido xxx xxxxxx de condiciones y allegar toda la información adicional que considere necesaria. Deberá aclarar con DISPAC todas sus inquietudes e informarse cabalmente de todas las condiciones y circunstancias que puedan afectar en alguna forma la ejecución de los trabajos objeto de la invitación. Se entiende que los diferentes capítulos xxx xxxxxx de condiciones se complementan entre sí y que cualquier detalle que aparezca en uno pero no se mencione en otro, se tomará como especificado en todos. Los costos que se causen en la preparación y presentación de la propuesta serán a cargo exclusivo del Proponente y DISPAC en ningún caso reconocerá costos por estos conceptos. Las propuestas deben presentarse sin tachones ni enmendaduras.
2.6. DOCUMENTOS DE LA PROPUESTA
Las ofertas presentadas deberán contener los siguientes documentos:
2.6.1. DOCUMENTOS MÍNIMOS DE LA OFERTA
Para efectos de la evaluación de los documentos esenciales requeridos, el oferente debe tener en cuenta los siguientes conceptos:
2.6.2. DOCUMENTOS SUBSANABLES
El término “subsanable” indica que si el documento ha sido presentado pero posee algún error o inconsistencia, podrá ser corregido; igualmente, si el documento no ha sido presentado, podrá ser solicitado.
2.6.3. DOCUMENTOS NO SUBSANABLES
La no presentación de los documentos calificados como no subsanables determina que la oferta no sea tenida en cuenta y por lo tanto será descalificada inmediatamente. El documento será subsanable siempre y cuando haya sido presentado y si contiene algún error o inconsistencia podrá ser corregido.
El término “subsanable siempre y cuando sea presentado”, indica que podrá corregirse el documento, pero siempre que haya sido aportado por el oferente.
Para facilitar la correcta integración de la oferta por parte del OFERENTE, y su estudio y evaluación por parte de DISPAC, el OFERENTE debe entregar los documentos de la oferta, debidamente foliados y en el orden que se relacionan a continuación
2.6.4 DOCUMENTOS JURÍDICOS
Índice con la relación precisa de todos los documentos que conforma la oferta, indicando el número de página donde se encuentran. Subsanable.
Carta de Presentación de la oferta, debe decir como mínimo Anexo 2. No Subsanable:
Manifestación expresa de que conoce los presentes términos y que con la sola presentación de la oferta, se entienden aceptados en su integridad.
Nombre del Representante Legal.
Cedula de ciudadanía del representante legal
Dirección oficial postal y electrónica para correspondencia.
Número del NIT.
Nombre del funcionario competente para el manejo de todo el proceso de contratación.
Manifestación expresa de que actúa conforme a sus facultades legales o con autorización plena del organismo que así lo disponga.
Manifestación expresa de que no se encuentra incurso en ninguna incompatibilidad e inhabilidad contempladas en la ley y en el reglamento de contratación de DISPAC
Manifestación expresa de conocer las adendas notificadas durante el presente proceso.
Carta de Aval de la propuesta según Xxxxx 8 firmada por un Ingeniero Eléctrico, Electricista y/o afines con matrícula profesional vigente. No Subsanable.
Copia de la Matricula profesional del ingeniero Eléctrico, Electricista y/o afín que avala la propuesta y antecedentes disciplinarios. Subsanable.
Certificado de Existencia y Representación Legal con fecha de expedición no mayor a
30 días, junto con la Autorización al Representante Legal para contratar con LA EMPRESA en los casos que no esté facultado para comprometerse directamente, así mismo se anexará este documento por cada uno de los miembros de un Consorcio o Unión Temporal; si es un Consorcio o Unión Temporal deberá aportar el acta de constitución del mismo y certificar por cada miembro que todos cumplen con los requisitos exigidos a las personas jurídica, las demás personas jurídica o personas naturales deberán acreditar su constitución a través de los documentos determinados por la ley para el reconocimiento de su existencia. Los requisitos y documentos de participación exigidos a las personas jurídicas deberán igualmente ser acreditados por los participantes que presenten una forma diversa de constitución para presentar propuestas dentro de la invitación de la referencia. No Subsanable.
Certificado del RUT. Si se trata de un Consorcio o Unión Temporal se debe adjuntar para cada uno de los consorciados o miembros de la unión. Subsanable.
Garantía de seriedad de la oferta entre particulares a cargo del proponente y a favor de la Empresa Distribuidora xxx Xxxxxxxx SA ESP NIT 818001629-4 por un valor del 10% (diez por ciento) del total de la oferta (incluido el IVA) y una vigencia de tres (3) meses contados a partir de la fecha de cierre de la presente Solicitud Privada a Ofertas. En caso de consorcios o uniones temporales esta debe ir firmada por cada uno de los representantes legales de las firmas consorciadas o unidas. No Subsanable.
Constancia de pago de la prima por la Garantía del numeral anterior. No Subsanable
En caso que el oferente sea un Consorcio o Unión Temporal, deberá presentar documento de conformación del mismo donde conste que la responsabilidad es solidaria. Cada uno de los miembros del Consorcio o Unión Temporal debe presentar Original del Certificado de Existencia y Representación Legal del Oferente en caso que sea persona jurídica, o Registro Único de Proponentes de la Cámara de Comercio en caso de las personas naturales. No Subsanable.
Cuadro cantidades y precios según Anexo 1 en medio escrito. No Subsanable
CD con el (los) archivo (s) en formato Excel de los cuadros de valores de la oferta económica. El CD debe estar en buen estado y etiquetado con el número y nombre de invitación a cotizar. Subsanable
Certificación de Antecedentes DISCIPLINARIOS de la empresa y del representante Legal expedido por la PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION. No debe tener vigencia mayor a 30 días Subsanable.
Certificación de Antecedentes de Responsabilidad Fiscal de la empresa y del representante Legal expedido por la CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. Subsanable.
Fotocopia de la cedula de ciudadanía y/o de la Tarjeta Profesional (Si es persona natural). En caso de Consorcios o Uniones Temporales, deben anexar el certificado de existencia y representación de las personas que lo conforman y por lo menos uno de ellos se debe desprender de la razón social o del RUP que es competente para cumplir con el objeto de la presente invitación. Subsanable.
Certificación de pago de los aportes parafiscales, según lo establecido en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002. Anexo 5. Subsanable.
Autorización para tratamiento de datos personales. Anexo 6. Subsanable.
Declaración juramentada en la que se identifique plenamente las personas naturales o jurídicas que se beneficiarían con la celebración del contrato si resultan seleccionados, así como el origen de sus recursos. Lo anterior con el fin de prevenir actividades u operaciones xx xxxxxx de activos y dar cumplimiento al artículo 37 de la Ley 142 de 1994. Anexo 10. Subsanable
En el evento de que el certificado de existencia y representación legal en las facultades del representante legal remita a los estatutos de la Sociedad, estos deben ser anexados a la propuesta, con la autorización del órgano competente para la presentación de la propuesta y suscripción del contrato, si es del caso. Subsanable.
2.6.5 DOCUMENTOS TÉCNICOS
Organigrama propuesto en el que se puedan ver con claridad los cargos y la cantidad de personas por cargo que el Proveedor asignará para la gestión del contrato. Anexo al organigrama debe haber una descripción de perfiles y funciones de cada cargo para
que sea claro para Dispac S.A.E.S.P. el nivel de responsabilidad por función y quiénes serán los interlocutores de la Compañía en los temas operativos. No Subsanable
Protocolo de comunicaciones para acceso a la información y control remoto de los equipos de medida centralizada. No Subsanable
Especificaciones en detalle del hardware para el funcionamiento de la solución. No Subsanable
Especificaciones técnicas de los puertos de Comunicación utilizados para la conexión de cualquier sistema. No Subsanable
Manuales de uso y configuración de los componentes de la solución. No Subsanable
Certificación de las baterías de los equipos (vida útil mayor o igual a 5 años). No Subsanable
Certificación de vida útil del display mayor o igual a 10 años. No Subsanable
Especificaciones técnicas de protocolos de comunicaciones e integración de la solución.
No Subsanable
Certificaciones de experiencia y/o actas de liquidación parcial o final debidamente firmadas por las entidades competentes, de los contratos que el oferente aporta como experiencia acreditada. (véase Numeral 3. Requisitos Habilitantes). No Subsanable Diligenciar Anexo 9. EXPERIENCIA DEL PROPONENTE. En el caso de Consorcio o Unión Temporal, cada uno de los integrantes deberá diligenciar el formato y presentar su respectiva documentación. Para todos los casos, cada uno de los integrantes de las figuras asociativas deberán demostrar experiencia en el objeto detallado como Experiencia Acreditada, en al menos una de las certificaciones aportadas bajo este criterio; en caso contrario la propuesta no será considerada. No Subsanable.
Estructura organizacional del proyecto, incluyendo perfiles, experiencia y número de personas que ejecutaran el proyecto para Dispac S.A.E.S.P. No Subsanable
Certificaciones de experiencia del personal profesional ofrecido junto con las correspondientes hojas de vida, copia de matrícula profesional y cartas de intención de participar en el proyecto. Diligenciar cuadro de Anexo 9B. No Subsanable.
Original del certificado vigente y en firme del Registro Único de Proponentes (RUP) de la Cámara de Comercio de su jurisdicción o su equivalente en el país de origen con expedición no mayor a treinta (30) días, que cumplan con los requisitos de experiencia y cuyo objeto social debe referirse a suministro e instalación de equipos y/o elementos eléctricos relacionados en el cuadro de cantidades y precios. Para consorcios o uniones temporales todos los integrantes deben reunir este requisito para que su oferta sea tenida en cuenta No Subsanable.
Ficha técnicas de los equipos a suministrar. Anexo 14. No Subsanable.
2.6.6 DOCUMENTOS FINANCIEROS
Copia de la tarjeta profesional y certificada de Antecedentes Disciplinarios, expedido por la Junta Central de Contadores, con una vigencia no superior a seis (6) meses, de los Contadores Públicos y Revisores Fiscales que suscriban los documentos que se presenten en la oferta. Subsanable.
Copia de los estados financieros conformados por el Balance General y el Estado de Resultados del año gravable 2017 y 2018 con corte a 31 de diciembre. Subsanable
Declaraciones xx xxxxx de los últimos tres años obligados a declarados. Subsanable.
2.6.7. ANEXOS
Anexo 1 Cuadro de cantidades y Precios. Anexo 2. Carta de Presentación de la Oferta. Anexo 3. Información sobre Incumplimientos. Anexo 4. Información sobre multas.
Anexo 5. Certificación de pago de los aportes parafiscales. Anexo 6. Autorización para tratamiento de datos personales. Anexo 7. Sitios de ejecución de trabajos
Anexo 8. Modelo de carta aval propuestas. Anexo 9. Experiencia en contratos ejecutados. Anexo 9B Experiencia del personal
Anexo 10. Formato declaración xxxxxxxxxxx.
Xxxxx 00. Modelo acta de constitución consorcio o unión temporal.
Anexo 12. Modelo minuta del contrato
Anexo 13. Evaluación financiera del xxxxxxxxxx
Xxxxx 00. Ficha técnicas de los equipos a suministrar.
Anexo 15. Manual seguridad industrial y salud ocupacional contratistas Dispac s.a. esp.
Anexo 16. Manual de supervisión en la gestión de seguridad industrial y salud ocupacional contratistas Dispac S.A. ESP.
Anexo 17. Estándar seguridad eléctrica.
Anexo 18. Estándar para trabajos en alturas.
El proponente deberá incluir, por aparte, todas las desviaciones y/o aclaraciones a la oferta económica que considere necesarias.
2.6.8. PROCEDIMIENTO PARA SUBSANAR DOCUMENTOS
En los casos en que la oferta no esté acompañada por todos los documentos solicitados, a excepción de los documentos que descalifican la oferta, DISPAC requerirá al oferente quien deberá, dentro del plazo que se fije en el requerimiento, suministrar los documentos; si no lo hiciere dentro del término establecido, la oferta no será considerada. Serán subsanables aquellos documentos que no modifiquen los valores de la oferta, ni las condiciones de la misma.
2.6.9. RECHAZO DE LA PROPUESTA
DISPAC rechazará las ofertas que presenten alguno de los siguientes ítems:
a. Que sea presentada en el sitio definido, después de la fecha y hora límite señalada en el cronograma de la presente invitación a cotizar.
b. Que el valor ofertado sea mayor al valor del presupuesto oficial asignado.
c. Que no presente la experiencia especificada en las condiciones definidas.
d. Que se le compruebe falsificación o presente valores artificialmente bajos que conlleven a desequilibrio económico del contrato.
e. Que no haya asistido a la visita técnica
2.6.10. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA
El proponente deberá presentar con su propuesta una garantía de seriedad de la oferta, a favor de particulares constituyendo como beneficiario a la EMPRESA DISTRIBUIDORA XXX XXXXXXXX S.A. E.S.P. – DISPAC S.A. E.S.P. Esta póliza tiene como objeto garantizar la seriedad de la oferta en caso de resultar favorecido en el proceso de invitación, atendiendo los términos y plazos estipulados. La garantía de seriedad deberá ser expedida por una entidad bancaria o de seguros legalmente autorizada para operar en Colombia, y se constituirá por una suma igual al diez (10%) por ciento del valor total de la propuesta, vigente por el termino de tres
(3) meses contados a partir de la recepción de la oferta, adjuntando el recibo de pago de la prima. Si el proponente a quien se adjudique el contrato no lo suscribe dentro los cinco (5) días calendario siguientes a la fecha de adjudicación, DISPAC podrá adjudicar el contrato al proponente calificado en segundo lugar, sin perjuicio de la ejecución de la garantía de seriedad de la propuesta disponiendo de su valor a título de indemnización de perjuicios; lo anterior sin perjuicio de las acciones legales y sanciones contractuales a que haya lugar.
A los proponentes no favorecidos se les devolverá, si así lo solicitan, la garantía de seriedad de la oferta dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a la adjudicación, y al adjudicatario, cuando este perfeccionado el contrato. Los proponentes se obligan a mantener vigente y renovar la póliza de seriedad hasta la adjudicación y en caso de prorrogarse cuando sea necesario y así se le exija; su no renovación o presentación es causal de rechazo de la oferta. La omisión de este requisito conlleva al rechazo de la propuesta. Si el valor asegurado de la garantía no cubre el valor solicitado del valor de la propuesta o si la vigencia de la misma no cubre el termino exigido en este pliego será motivo de eliminación de la propuesta.
Mediante dicha caución el oferente garantizará:
f. Que mantendrá su propuesta sin modificaciones de ninguna clase.
g. Que firmará el contrato, constituirá las garantías exigidas por DISPAC, ejecutará los demás actos que se requieran para la legalización del contrato dentro de los cinco (5) días calendarios siguientes a la fecha en que la minuta del contrato le sea entregada, a él o a su dependiente o comisionado. Si el proponente favorecido no firmare el contrato dentro del plazo fijado, DISPAC podrá hacer efectiva la garantía de seriedad, sin perjuicio de las acciones legales conducentes al reconocimiento de los perjuicios causados a DISPAC y no cubiertos por el valor de la citada garantía. En este evento la entidad podrá aceptar la oferta dentro de los treinta (30) días calendarios siguientes al proponente calificado en 2º. lugar, siempre y cuando su propuesta sea igualmente favorable para la entidad. El proponente que resulte calificado en segundo lugar, debe ampliar esta garantía por el termino requerido para una posible aceptación de oferta a el.
3. REQUISITOS HABILITANTES DE LA OFERTA
Para que su oferta sea tenida en cuenta, el oferente debe cumplir con los siguientes requisitos mínimos de experiencia.
3.1 EXPERIENCIA ACREDITADA:
Dado en SMMLV: El oferente deberá acreditar en máximo diez (10) certificaciones de contratos cuya ponderación arroje que sumados sean mayor(es) o igual(es) al valor de la oferta expresado en SMMLV, que hayan sido terminados y liquidados como máximo en los últimos diez (10) años o que se encuentren en ejecución, cuyo alcance considere específicamente el Suministro, configuración e instalación de concentradores para medida centralizada.
El proponente deberá acreditar la experiencia mediante certificaciones expedidas por el empleador y/o contratante y/o copia del respectivo contrato. Cuando se aporten contratos y/o Convenios en los cuales no se incluyan expresamente las actividades objeto de acreditación de experiencia, se podrán aportar copia de las actas de liquidación y/o terminación, en los cuales se evidencie la ejecución de las mismas. En el caso de Consorcio o Unión Temporal, cada uno de los integrantes deberá diligenciar el formato y presentar su respectiva documentación. Para todos los casos, cada uno de los integrantes de las figuras asociativas deberán demostrar experiencia en el objeto detallado como Experiencia Acreditada, en al menos una de las certificaciones aportadas bajo este criterio; en caso contrario la propuesta no será considerada.
a. Valor total de los contratos acreditados. El proponente en el anexo 9 realizará la suma de todos los valores de las certificaciones o copias de contratos suministrados en SMMLV. Para estos efectos se calcularán los SMMLV del año de finalización del contrato que se acredita, para el caso de los contratos finalizados, y deben presentar certificaciones o copias de contratos que ha ejecutado o en ejecución cuya ponderación arroje que sumados sean mayor(es) o igual(es) al valor de la oferta expresado en SMMLV. Para el caso de contratos en ejecución se calcularán los SMMLV del presente año 2019, correspondientes a las actas de liquidación parcial aportadas.
b. Para la experiencia que se aporte de contratos en los que se ha participado como consorcio o unión temporal se tomará el valor del contrato, multiplicado por el porcentaje de participación en los mismos, para lo cual se deberá adjuntar el acta de conformación de la unión temporal o consorcial, donde se evidencie el porcentaje de participación del proponente en la unión que se conformó para ejecutar ese proyecto.
c.
3.2 CAPACIDAD FINANCIERA (Cf)
El oferente debe cumplir con los siguientes aspectos
Índice de Liquidez: Activo corriente sobre pasivo corriente. IL >= 2,5
Nivel de Endeudamiento: Pasivo total sobre activo total. NE<= 40%
Capital de Trabajo: Activo corriente menos pasivo corriente >= 200% DEL VALOR DE LA OFERTA
Razón de Cobertura de Interés: Utilidad operacional sobre gastos de intereses. >= 2,5
Ingresos: un mínimo de ingresos anuales acreditados en la última declaración xx xxxxx obligado a presentar, superiores al 200% del valor de esta oferta.
Para el caso de consorcios o uniones temporales, el IL se calculará como la sumatoria del activo corriente de los integrantes dividido entre la sumatoria del pasivo corriente de los mismos asociados.
Para el caso de consorcios o uniones temporales, el nivel de endeudamiento NE; se calculará como la suma del pasivo total de los integrantes dividido entre la suma del activo total de las firmas asociadas.
En caso de consorcio o uniones temporales el capital de trabajo será la suma de los capitales de cada uno de los asociados.
Para el caso de consorcios o uniones temporales, la razón de cobertura de interés; se calculará como la suma de la utilidad operacional de cada integrante dividido entre la suma de los gastos de intereses de las firmas asociadas.
Para el cálculo de los ingresos totales, el resultado será la sumatoria de los ingresos de cada uno de los asociados.
Los datos a analizar se tomaran del original del certificado vigente y en firme del Registro Único de Proponentes (RUP) confrontados con la declaración xx xxxxx en cuanto a su coincidencia. Se aproximará a la centésima del valor (dos cifras decimales), así: Cuando la milésima sea igual o superior a 5, se aproximará por exceso, y cuando sea inferior a 5 se aproximará por defecto.
3.3. ABONO DE LA PROPUESTA
Para dar cumplimiento a lo establecido en la legislación Colombiana (Art.14 Ley 64 de 1978), la propuesta debe ser abonada por un ingeniero Eléctrico o Electricista debidamente matriculado, anexando vigencia de la matrícula y certificado de antecedentes disciplinarios.
3.4. METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN
3.5. REVISIÓN DE LAS PROPUESTAS
DISPAC examinará las propuestas para determinar si los proponentes están habilitados para formularla de acuerdo con los requisitos de participación exigidos, si están completas, si se ha suministrado la póliza requerida, si los documentos han sido debidamente presentados, si no hay errores de cálculo, y en general si se ajustan a los documentos del proceso de contratación.
DISPAC podrá solicitar las aclaraciones que requieran durante el estudio de las propuestas, sin que ello implique modificación alguna al pliego de condiciones, ni a la propuesta.
DISPAC se reserva el derecho de sanear las informalidades u omisiones no sustantivas de las propuestas, y de pedir aclaraciones o informaciones adicionales sin que ello implique el derecho de los proponentes a modificarla. En todo caso será un criterio de interpretación la prevalencia de la verdad sustancial y material, sobre la simplemente procedimental o documental.
La calificación de las propuestas estará basada en el contenido de las mismas; sin embargo, DISPAC se reserva el derecho de verificar la información contenida en la propuesta y de eliminarla si a su juicio es inexacta o falsa.
3.6. COMITÉ EVALUADOR
Obrará acorde con la forma de evaluación de los presentes términos. Este elaborará un informe de la evaluación, el cual se presentará al Representante Legal. No se admitirá intromisión de ninguno de los oferentes durante la etapa de evaluación, la cual es de carácter reservada, hasta terminar la calificación y comunicación oficial con los resultados de la misma. Este verificará y evaluará los aspectos jurídicos, financieros, técnicos y económicos de las propuestas.
3.7. ESTUDIO Y EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS
Vencido el plazo para la presentación de las ofertas, las recibidas serán sometidas a análisis, evaluación y comparación para efectos de la aceptación.
Con tal fin se observarán las reglas que se hayan fijado en los documentos respectivos. DISPAC elaborará y suscribirá el informe de análisis y conclusiones.
3.8. CONFRONTACIÓN ARITMETICA DE LOS PRECIOS
Se valida el valor de la oferta con las correcciones aritméticas donde apliquen que se podrían originar solo por los siguientes ítems:
a. La multiplicación de las columnas “CANTIDAD” por “PRECIO UNITARIO” del formulario.
b. Las sumas correspondientes a la columna “VALOR TOTAL” del formulario.
c. El ajuste al peso ya sea por defecto o por exceso de los precios unitarios o globales.
d. Se descartarán las propuestas que estén por encima del valor del presupuesto oficial.
Una vez revisada y corregida la propuesta económica, el valor total corregido será el que primará para efectos de calificación y posterior adjudicación de contrato.
3.9. ERRORES, OMISIONES O DESVIACIONES EN LOS PRECIOS
Se valida el valor de la oferta con las correcciones aritméticas donde apliquen que se podrían originar solo por los siguientes ítems:
a. La multiplicación de las columnas “CANTIDAD” por “PRECIO UNITARIO” del formulario.
b. Las sumas correspondientes a la columna “VALOR TOTAL” del formulario.
c. El ajuste al peso ya sea por defecto o por exceso de los precios unitarios o globales.
d. Se descartarán las propuestas que estén por encima del valor del presupuesto oficial.
Una vez revisada y corregida la propuesta económica, el valor total corregido será el que primará para efectos de calificación y posterior adjudicación de contrato
3.10. DESCUENTOS
Cuando algún proponente ofrezca en su propuesta descuentos condicionados a determinado evento, éstos no serán tenidos en cuenta en la evaluación y comparación de las propuestas. Pero si la propuesta que ofrece descuento resulta favorecida, éste se hará efectivo en los términos que señale el proponente, siempre y cuando DISPAC lo consideren conveniente.
3.11. FACTORES DE ESCOGENCIA
La oferta es válida si cumple con los requisitos jurídicos, financieros, técnicos y además contiene la totalidad de los documentos solicitados, los formatos debidamente diligenciados y la acreditación de la experiencia requerida, para lo cual además de certificaciones serán válidas copias de actas de liquidación final de contratos.
DISPAC no recurrirá para la evaluación de las ofertas a información distinta a la consignada por los proponentes en los formularios establecidos. La evaluación se basará exclusivamente en los formatos y anexos adjuntos a la oferta, por lo cual es requisito indispensable considerar en los mismos toda la información detallada que permita su análisis.
El orden de elegibilidad lo dará el mayor puntaje obtenido en la sumatoria de los puntajes alcanzados en la evaluación técnica y en la evaluación de la oferta económica, los cuales están discriminados de la siguiente forma:
Evaluación Jurídica Habilitante.
Evaluación Financiera Habilitante.
Evaluación Técnica 700 Puntos.
Evaluación Económica 300 Puntos
3.11.1. EVALUACIÓN JURÍDICA
Se verificará la documentación y el cumplimiento de los requisitos legales establecidos en el presente pliego de condiciones. La propuesta será válida si pasa el análisis jurídico de acuerdo con los requerimientos xxx xxxxxx. En caso contrario la oferta no podrá ser evaluada y será rechazada.
3.11.2. EVALUACIÓN FINANCIERA
La evaluación financiera será considerada como habilitante en la medida que se cumpla con los requisitos exigidos para todos y cada uno de los indicadores (véase Numeral 3. Requisitos Habilitantes). La evaluación financiera se hará bajo los parámetros que se describen en este numeral, que serán presentados por los proponentes en el Certificado de Inscripción, Clasificación y Calificación en el Registro Único de Proponentes, suministrados por las Cámaras de Comercio de acuerdo a lo establecido en el DECRETO 1510 de 2013 y los estados financieros del 2018
Así mismo deberá anexar los estados financieros con las notas correspondientes. La EMPRESA se reserva el derecho de hacer un cotejo a los documentos soportes de dicha información en los casos en que así crea conveniente realizarlo.
A continuación se presentan los indicadores, índices o razones financieras base de la evaluación.
3.11.3 LIQUIDEZ
= Activo Corriente / Pasivo Corriente (Valor en unidades)
Indica cual es la capacidad de la EMPRESA para hacer frente a sus deudas a corto plazo, comprometiendo sus activos corrientes. Por cada peso ($) de deuda corriente, cuánto se tiene de respaldo en activo corriente. La LIQUIDEZ requerido deberá ser:
Mayor (>) x Xxxxx (=) a (2,5) Dos coma cinco
3.11.4. RAZÓN DE ENDEUDAMIENTO o ENDEUDAMIENTO TOTAL
= [Pasivo Total / Activo Total] * 100 (Valor %)
Refleja el grado de apalancamiento que corresponde a la participación de los acreedores en los activos de la EMPRESA. La RAZÓN DE ENDEUDAMIENTO requerido deberá ser:
Menor (<) ó Igual (=) al (40%) Cuarenta porciento
3.11.5. CAPITAL DE TRABAJO NETO
= Activo Corriente - Pasivo Corriente (Valor $)
Representa el margen de seguridad que tiene la EMPRESA para cumplir con sus obligaciones a corto plazo. Mide o evalúa la liquidez necesaria para que el ente continúe funcionando fluidamente. El CAPITAL DE TRABAJO NETO requerido deberá ser:
Mayor (>) ó Igual (=) al 200% del valor de la oferta
Para los casos en que el oferente esté ejecutando un contrato y/o se le haya adjudicado un proceso con la EMPRESA (DISPAC) al momento de presentación de la oferta, este deberá señalarlo taxativamente y restar del capital de trabajo que resulte de los Estados Financieros presentados con la oferta y certificados en el Certificado de Inscripción, Clasificación y Calificación, el valor pendiente por ejecutar del contrato y/o el valor total del contrato adjudicado. Este cálculo se realizará de la siguiente manera:
= Activo Corriente - Pasivo Corriente – Valor Contrato(s) Vigente(s) y/o Adjudicados (Valor en $)
Nota: Los valores pendientes por ejecutar se validaran contra el Acta Parcial pagada más reciente firmada por la interventoría y el representante del oferente y/o Acta de Adjudicación Firmada por el Representante de DISPAC.
3.11.6. RAZÓN DE COBERTURA DE INTERÉS:
= Utilidad operacional / gastos de intereses
La RAZÓN DE COBERTURA DE INTERÉS requerido deberá ser:
Mayor (>) x Xxxxx (=) a 2,5 Dos coma cinco
3.11.7. INGRESOS
Un mínimo de ingresos anuales acreditados en la última declaración xx xxxxx obligado a presentar, superiores al 200% del valor de esta oferta.
3.12. EVALUACIÓN TÉCNICA
Para la evaluación técnica de las propuestas se tomará en consideración la experiencia suplementaria o adicional a la experiencia básica señalada en el cuadro de experiencia del
Anexo 9 que demuestre el Proponente, para lo cual se asignará un puntaje xx xxxx (0) a setecientos (700) puntos, de la siguiente forma:
CONTRATOS ACREDITADOS | PUNTAJE |
1,5 veces valor oferta < experiencia SMMLV < 2 veces valor oferta | 300 |
2 veces valor oferta <= experiencia SMMLV <= 2,5 veces valor oferta | 400 |
experiencia SMMLV > 2,5 veces valor oferta | 700 |
3.13. EVALUACIÓN ECONÓMICA
Se valida el valor de la oferta con las correcciones aritméticas donde apliquen que se podrían originar solo por los siguientes ítems:
a) La multiplicación de las columnas “CANTIDAD” por “PRECIO UNITARIO” del formulario.
b) Las sumas correspondientes a la columna “VALOR TOTAL” del formulario.
c) El ajuste al peso ya sea por defecto o por exceso de los precios unitarios o globales.
Una vez revisada y corregida la propuesta económica, el valor total corregido será el que primará para efectos de calificación y posterior adjudicación de contrato. A partir del valor total de las propuestas se asignará un puntaje máximo de trescientos (300) puntos, de acuerdo con el siguiente procedimiento:
a) Se calculará la media geométrica del valor corregido, si a ello hubiere lugar, de las propuestas habilitadas, incluyendo una vez el presupuesto oficial. Según la siguiente fórmula:
Dónde: Es la media geométrica = MG.
Xi Son los valores de las propuestas habilitadas incluyendo una vez el presupuesto oficial.
Una vez obtenida la media geométrica se calcularán las desviaciones en valor absoluto del valor de las propuestas con respectos a la media geométrica calculada según la siguiente fórmula:
di = MG – Xi
Dónde: di Es la desviación de la propuesta i.
Se asignará puntaje por precio, mediante la siguiente fórmula:
Puntaje por precio = 300 X nenor decviación caScuSada
decviación de Sa oferta evaSuada
El puntaje obtenido para cada propuesta se aproximará a la centésima del valor (dos cifras decimales), así: Cuando la milésima sea igual o superior a 5, se aproximará por exceso, y cuando sea inferior a 5 se aproximará por defecto.
3.14. EQUIPO MÍNIMO REQUERIDO
La firma contratada debe Conformar un equipo de trabajo que estará integrado, sin limitarse a ello, como mínimo por el siguiente personal:
Director de Contrato – Profesional en ingeniería eléctrica con experiencia en planes de disminución de pérdidas de energía, preferiblemente con Maestría o Especialización o Certificado PMP, y no menos xx xxxx (10) años de experiencia profesional (contabilizada posterior a su graduación de pregrado), de los cuales al menos cinco (5) años deben haber sido en proyectos de recuperación de pérdidas de energía eléctrica. Con una dedicación del 100% en Obra.
Ingeniero de Campañas – Profesional en Ingeniería Eléctrica, con no menos de cinco (5) años de experiencia profesional (contabilizada posterior a su graduación de pregrado), de los cuales al menos dos (2) años deben haber sido en proyectos de recuperación de energía eléctrica. Con una dedicación del 100%
Supervisor en HSEQ: Profesional en Ingeniería, con no menos de dos (2) años de experiencia profesional en labores técnicas (contabilizada posterior a su graduación de pregrado), de los cuales al menos 1 año debe haber sido en proyectos eléctricos. Con una dedicación del 100%.
Técnico de actualización - Técnico, con no menos de dos (2) años de experiencia profesional en manejo de bases de datos y actualización masiva de datos.
Técnicos Electricistas: Técnico con no menos de tres (3) años de experiencia en su labor, o, Bachiller Técnico en electricidad con no menos de cuatro (4) años de experiencia en su labor; para ambos casos, la experiencia será contabilizada posterior a la obtención de su título. Cantidad mínima una (1) cuadrilla. El grupo de montaje deberá tener mínimo dos (2) técnicos de estas características y un auxiliar técnico.
Personal de apoyo para la supervisión jurídica, administrativa y financiera cuando se requiera que proporcione una infraestructura administrativa adecuada para llevar el control tanto de sus obligaciones jurídico-laborales, como de sus obligaciones administrativas con DISPAC SA. ESP.
NOTAS: Este personal deberá aportar como mínimo la dedicación indicada durante el tiempo de ejecución de la obra.
El señalamiento del personal mínimo expuesto en estos pliegos no quiere decir que sea sobre este que el oferente debe contabilizar sus costos, dicha relación de personal mínimo es simplemente enunciativa, y en tal sentido es el oferente el responsable de establecer el mínimo de personal que él requiere.
El personal del equipo mínimo requerido deberá estar vinculado mediante contrato, para lo cual el oferente ganador deberá aportar copia de todos los contratos suscritos con el personal.
3.15. ADJUDICACIÓN
Una vez evaluadas las ofertas, con la respectiva asignación de puntaje correspondiente se sumarán para cada propuesta y se clasificarán en orden de elegibilidad de mayor a menor y conforme a sus intereses, dentro del período de validez de la garantía de seriedad de la oferta, DISPAC podrá adjudicar al oferente u oferentes que presenten la oferta más conveniente.
DISPAC aclara, que el hecho de invitar a presentar ofertas, no la obliga desde ningún punto de vista a contratar lo ofertado.
DISPAC se reserva el derecho de negociar con el proponente o proponentes, el valor de la oferta.
A los proponentes no favorecidos se les devolverá, si así lo solicitan, la garantía de seriedad de la oferta dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la adjudicación y al adjudicatario cuando esté perfeccionado el contrato.
3.16. RENUNCIA A LA FIRMA DEL CONTRATO
Si el proponente a quien se adjudique el contrato, rehúsa o descuida la legalización del mismo o deja de otorgar la fianza de cumplimiento requerida en la minuta del contrato, DISPAC hará efectiva la póliza de seriedad de la oferta y dispondrá de su valor como indemnización de perjuicios.
3.17. DECLARATORIA DESIERTA O REVOCACIÓN
Procederá la declaratoria de desierta o revocación del proceso de selección en los siguientes eventos:
a) Cuando ninguna de las propuestas se ajuste a la totalidad de los requisitos y condiciones previstos en los presentes Términos de referencia.
b) Cuando a juicio de la Empresa Distribuidora xxx Xxxxxxxx SA ESP, las ofertas presentadas sean inconvenientes técnica o económicamente para los intereses propios.
c) Cuando DISPAC considere que el número de propuestas recibidas no le permite formarse un juicio completo, inequívoco y coherente sobre las alternativas realmente disponibles en el mercado.
d) Cuando no se presente oferta alguna
La declaratoria de desierta o la revocación del proceso de selección podrán realizarse hasta antes de la firma del contrato.
3.18. LEGALIZACIÓN DEL CONTRATO
El proponente a quien se adjudique tendrá un plazo máximo de quince (15) días hábiles para legalizar el contrato, contados a partir de la fecha de notificación de adjudicación del mismo. De no ser así se hará efectiva la póliza de seriedad de la oferta y si le es conveniente a DISPAC estará en libertad de adjudicar nuevamente de acuerdo con los resultados de la evaluación en el orden de elegibilidad resultante. La legalización del contrato incluye la presentación de las pólizas descritas en este documento.
4. ESTAMPILLAS
Si el departamento de Chocó tiene algún impuesto a la contratación, este será a cargo de El Contratista quién lo deberá cancelar en la Tesorería departamental. Igualmente estará a su cargo lo establecido en la Ley 1106 de 2006, Decreto 1050 de 2014, Ley 1697 de 2013.
5. CUMPLIMIENTO
En el período de tres (3) años considerados hasta la fecha de cierre de este proceso de contratación, el proponente no podrá haber incurrido en multas y/o medidas de apremio ejecutoriadas y/o aplicadas con DISPAC S. A. ESP. u otras entidades públicas o privadas. La información sobre multas y/o medidas de apremio e incumplimientos se obtendrá con base en lo registrado en los Anexos 4 y 5; DISPAC S.A. E.S.P. queda facultada para constatar la información requerida. La no veracidad de la información suministrada descartará la oferta.
El CONTRATISTA debe informar en el formulario correspondiente, las multas e incumplimientos que tenga en el período mencionado, para efectos de la calificación de este criterio. Si no tiene multas ni incumplimientos también lo debe informar en este mismo formulario.
La información sobre multas y/o medidas de apremio e incumplimientos se obtendrá con base en los datos de las Empresas, en los registros de la Cámara de Comercio donde se encuentre inscrito el proponente, en la información que debe suministrar el proponente o por cualquier otro medio idóneo permitido, donde DISPAC queda facultada para constatar la información requerida. La no veracidad de la información suministrada descartará la oferta.
6. RIESGOS
A continuación, se identifican los Riesgos del Proceso de Contratación desde su planeación hasta su liquidación:
MATRIZ DE RIESGO | |||||
No. | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 |
Clase | General | General | Especifico | General | Especifico |
Fuente | Externo | Externo | Externo | Externo | Externo |
Etapa | Planeación | Ejecución | Ejecución | Ejecución | Planeación |
Tipo | Riesgos financieros | Riesgos Operacionales | Riesgos de la Naturaleza | Riesgos sociales | Riesgos sociales |
Descripción (Que puede pasar, y como puede ocurrir) | Demora en la ejecución del proyecto. | Indebida ejecución, el valor previsto no cubra la totalidad del servicio, prorrogas de ejecución, mal análisis de costos | Catástrofes naturales (terremotos, inundaciones, vientos exorbitantes, incendios no provocados por la intervención o voluntad del hombre). | Cambios en las condiciones sociales que tengan impacto en la ejecución del contrato, asociados a paros u otras situaciones que obstaculicen los sistemas de transporte de insumos y/o personal | Negación de permisos de pasos para la construcción requerida |
Consecuencia de la Ocurrencia del evento | Afecta la ejecución de las obras y puede llegar a presentarse desbalances en el presupuesto. | Afecta la ejecución del contrato | Afecta la ejecución del proyecto. | Demoras en la ejecución y/o entrega del objeto contractual | Afecta la ejecución o entrega de la infraestructura en su totalidad |
Probabilidad | 2 | 3 | 2 | 4 | 3 |
Impacto | 3 | 4 | 4 | 4 | 4 |
Valoración del riesgo | 6 | 12 | 8 | 16 | 12 |
Categoría | Xxxx | Xxxx | Xxxx | Xxxxx | Xxxx |
¿A quién se le asigna? | Contratista | Contratista | Contratista | Contratista | Contratista | |
TRATAMIENTOS / CONTROLES A SER IMPLEMENTADOS | Para la mitigación de este riesgo el contratista efectuara un estricto control del contrato asegurando entre otras, obtener los permisos requeridos para la ejecución del proyecto en el menor tiempo posible. | Elaborar análisis de costos teniendo en cuenta el sitio de ejecución del proyecto. Realizar estricto seguimiento y supervisión a la ejecución del proyecto | El contratista realizará un análisis de las lluvias y tempestades o cualquier otro tipo de fenómeno natural o ambiental en la zona de ejecución del contrato. | Obtención en el menor tiempo posible de acuerdos y permisos con las comunidades para el normal desarrollo del proyecto | Socialización y consecución de permisos de pasos previos al inicio del proyecto | |
IMPACTO DESPUÉS DEL TRATAMIENT O | PROBABILIDAD | 1 | 3 | 1 | 2 | 2 |
IMPACTO | 2 | 3 | 3 | 3 | 2 | |
VALORACIÓN DEL RIESGO | 2 | 9 | 3 | 6 | 4 | |
CATEGORÍA | Xxxx | Xxxxx | Xxxx | Xxxx | Xxxx | |
¿Afecta la ejecución del contrato? | No | Si | Si | Si | Si | |
Persona responsable por implementar el tratamiento | Contratista | Supervisor del contrato y contratista | Contratista | Contratista | Contratista | |
Xxxxx estimada en que se inicia el tratamiento | Dentro de la Ejecución del proceso | Dentro de la Planeación y Ejecución del contrato | Dentro de la Ejecución del contrato | Dentro de la Ejecución del contrato | Dentro de la planeación del contrato | |
Fecha estimada en que completa el tratamiento | Dentro de la Ejecución del proceso | Dentro de la ejecución del contrato | Dentro de la Ejecución del contrato | Entrega final del contrato | Dentro de la ejecución del contrato |
Monitoreo y Revisión | ¿Cómo se realiza el monitoreo? | Dentro de la Ejecución del proceso | Dentro de la ejecución del contrato | Dentro de la Ejecución del contrato | Requerir acompañamiento por parte de la administración municipal y líderes comunales | Dentro de la planeación y ejecución del contrato |
Periodicidad ¿Cuándo? | Mensual | Mensual | Mensual | Permanente | Mensual |
Las calificaciones se establecen en numeración de 1 a 5 donde 1 es el indicativo de muy poco probable, 5 de una probabilidad muy alta y los demás valores son intermedios.
7. MINUTA DEL CONTRATO
La minuta del contrato contendrá las generalidades xx Xxx. Los pliegos de condiciones de esta Invitación privada y la oferta del proponente seleccionado constituirán las obligaciones contractuales de las partes, primando ante cualquier controversia los requisitos, obligaciones, sanciones, modalidades de pago, etc., contenidos en estos pliegos de condiciones. Por lo anterior la oferta del PROPONENTE, las metas ofrecidas y los estimativos de la relación beneficio costo, se constituirán en obligaciones contractuales.
La suscripción del contrato que deberá realizarse por el adjudicatario dentro de los cinco (5) días calendario siguiente a la entrega formal del contrato; en caso de no cumplir con esto DISPAC, mediante acto motivado podrá adjudicar el contrato al proponente calificado en segundo lugar. DISPAC al momento de suscribir el contrato, se reserva la facultad de introducir las modificaciones que se consideren necesarias, de conformidad con las normas previstas en el Estatuto Interno de Contratación.
Se anexa el modelo de minuta de contrato en el Anexo No. 13.
7.1. PLAZO DEL CONTRATO
El plazo del contrato para el desarrollo de las actividades descritas en el objeto de esta invitación será de noventa (90) días calendario contados a partir de la fecha de iniciación que imparta DISPAC S.A. E.S.P. mediante comunicación escrita.
7.2. PRÓRROGA
Cuando las circunstancias lo ameriten; en todo caso antes que el término del contrato se haya cumplido, DISPAC podrá prorrogar el contrato por períodos menores o términos iguales a los pactados inicialmente, sin perjuicio de las ampliaciones de plazo anteriores o las adiciones del valor del contrato, en los términos establecidos en el estatuto de contratación de la EMPRESA.
7.3. PRECIOS
Los precios dados por el proponente deberán ser firmes, DDP (Delivery Duty Paid), IVA excluido e incluyendo el descargue e instalación de los materiales que suministrará el CONTRATISTA y expresados en pesos Colombianos. Los precios no podrán ser reajustados bajo ninguna circunstancia, es decir, permanecerán invariables hasta la finalización y liquidación del contrato.
7.4. AJUSTE DE PRECIOS
DISPAC S.A. E.S.P, con posterioridad a la entrega de las ofertas y antes de la adjudicación, podrá ajustar los precios en común acuerdo con el ó los proponentes elegibles, siempre y cuando favorezca los intereses económicos de DISPAC.
7.5. FORMA DE PAGO.
DISPAC S.A. E.S.P. entregará a El CONTRATISTA pagos por actas parciales mensuales de avance posterior a las entregas parciales acordadas según el cronograma a 30 días una vez
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radicada la factura ante Dispac. Para efectos de la liquidación de las actas correspondientes a los servicios suministrados deberán hacerse en las unidades y a los precios indicados en la lista de ítem, cantidades y precios, se cancelaran las cantidades debidamente entregadas. Para la aprobación de las facturas correspondiente a las actas parciales y final es de obligatorio cumplimiento por parte del contratista estar al día con los aportes seguridad social y parafiscal, para lo cual debe aportar las certificaciones correspondientes. En caso de no aportar los paz y salvo correspondientes la factura no será aprobada. Debido a cierres contables mensuales, se recibirán facturas para pago del servicio contratado, hasta el día 20 de cada mes. La factura deberá ser enviada al interventor del contrato a través de la oficina de correspondencia de DISPAC, ubicada en la xxxxxxx 0x Xx. 00-00.
Para el trámite de facturas se deberá tener firmada por las partes, las correspondientes actas de avance y/o liquidación final la cual será el soporte para el pago. Factura que no contenga los soportes respectivos será devuelta por el interventor al CONTRATISTA.
Cuando se presenten errores de cualquier índole en la cuenta de cobro o factura, o no se reúnan los requisitos exigidos para su radicación, ésta será glosada por DISPAC indicando claramente la razón por la cual se efectúa la glosa. La glosa se informará al oferente dentro de los cinco (5) días siguientes a la fecha de recibo de la factura correspondiente. La cuenta de cobro o factura glosada no dará lugar al pago de intereses moratorios. Una vez efectuada la glosa a la cuenta de cobro o factura, el oferente debe corregirla dentro de los cinco (5) días siguientes al recibo de la misma, plazo éste dentro del cual deberá radicarla nuevamente y el plazo para su pago, empezará a contarse de nuevo.
La factura del proveedor debe estar discriminada por cada concepto para su liquidación de impuestos. Esta debe tener en cuenta lo establecido en la Ley 1231 de 2008 y el decreto 4111 del mismo año para los nuevos requisitos de las facturas. El interventor tendrá cinco (5) días a partir del recibo del material en el almacén de DISPAC para la revisión y elaboración de las actas correspondientes.
Para coordinación de logística de recibo del material objeto de compra el contratista deberá enviar el cronograma de despachos el cual deberá ser aprobado por el interventor. El cronograma de despachos hace parte integral del contrato.
De acuerdo al concepto EE75841 de septiembre 29 de 2011, expedido por la Contraloría General de la República en relación con el componente I: Imprevisto, del AIU; todos los administradores de recursos públicos, tienen la obligación de soportar debidamente la totalidad de los recursos ejecutados que estén a su cargo, sin excepción de porcentaje alguno; por lo que los imprevistos sólo serán reconocidos al contratista sí y solo sí efectivamente ocurrieron y éste los demuestra.
El CONTRATISTA no podrá ceder el contrato en todo o en parte, ni subcontratar su cumplimiento o ejecución, sin previa y expresa autorización del representante legal de DISPAC; esta autorización deberá solicitarse por escrito, con la indicación del cesionario o suboferente y con la antelación necesaria para que no se produzcan retrasos en caso de que se niegue. En el evento de que la cesión sea el resultado de una fusión en que El CONTRATISTA sea absorbido, o de una operación en que un tercero adquiera la totalidad o
una parte sustancial de los activos del CONTRATISTA, deberá notificarse oportunamente a DISPAC. No habrá relación contractual, administrativa ni de ninguna índole entre DISPAC, los SUBCONTRATISTAS y el personal que ellos empleen.
7.6. CESIÓN DEL CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN
El CONTRATISTA no podrá ceder el contrato en todo o en parte, ni subcontratar su cumplimiento o ejecución, sin previa y expresa autorización del representante legal de DISPAC; esta autorización deberá solicitarse por escrito, con la indicación del cesionario o suboferente y con la antelación necesaria para que no se produzcan retrasos en caso de que se niegue.
En el evento de que la cesión sea el resultado de una fusión en que El CONTRATISTA sea absorbido, o de una operación en que un tercero adquiera la totalidad o una parte sustancial de los activos del CONTRATISTA, deberá notificarse oportunamente a DISPAC. No habrá relación contractual, administrativa ni de ninguna índole entre DISPAC, los SUBCONTRATISTAS y el personal que ellos empleen.
7.7. CAUSALES DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO
El contrato podrá ser suspendido temporal, total o parcialmente por un acuerdo mutuo escrito por las partes cuando las circunstancias de ejecución así lo exijan o recomienden. El término de esa suspensión no contará para el plazo señalado para la ejecución del contrato.
En el caso de suspensión del contrato, el CONTRATISTA tendrá derecho al pago de los trabajos ejecutados hasta la fecha efectiva de suspensión. En caso de suspensión temporal de los trabajos, cuando DISPAC solicite su reanudación, El CONTRATISTA deberá proseguir su ejecución, conforme con los documentos del contrato. El contrato podrá terminarse por mutuo acuerdo entre el CONTRATISTA y DISPAC S.A E.S.P, lo cual podrá hacerse en todos los casos en que tal determinación no implique renuncia a derechos causados o adquiridos en favor de DISPAC. DISPAC podrá dar por terminado el contrato en los casos que autoriza la ley, o cuando ocurra alguna de las causas siguientes:
Cuando el CONTRATISTA abandone los trabajos o los interrumpa por un plazo mayor de cinco (5) días, excepto causas de fuerza mayor. Si el CONTRATISTA transfiere en todo o en parte el contrato, se asocia con otros para la ejecución de los servicios o subcontrata, sin previa autorización de DISPAC. Cuando el CONTRATISTA se exceda del plazo fijado para la iniciación de los trabajos. En el evento de presentarse terminación anticipada del contrato, el CONTRATISTA responderá por los perjuicios que sufriere DISPAC por causa del nuevo contrato que se suscribiere para la terminación de las labores de que se trata o por su ejecución directa por parte de DISPAC.
Fuerza Mayor: Ninguna de las partes será considerada responsable por el incumplimiento de sus obligaciones contractuales en la medida en que la ejecución de tales obligaciones se retrase o se haga imposible por causas de fuerza mayor, definidas por la ley. Los plazos de entrega estipulados se prolongarán por un período equivalente al tiempo que dure la causa de fuerza mayor. En caso de que la causa de fuerza mayor dure más de quince (15) días, el contrato se dará por terminado a no ser que de mutuo acuerdo las partes convengan lo contrario.
El CONTRATISTA no tendrá derecho a indemnización alguna por la eventual aplicación de cualquiera de las causas de fuerza mayor.
El CONTRATISTA deberá declarar ante DISPAC la fuerza mayor, en comunicación escrita a más tardar a las 24 horas de iniciada la suspensión de actividades. No se considerará fuerza mayor un paro declarado por los trabajadores del oferente. Se denomina fuerza mayor o caso fortuito, el acontecimiento imprevisto, irresistible y externo que no se puede evitar, cuya ocurrencia es ajena a la actuación y diligencia ordinaria de las partes contratantes. Las partes quedarán exoneradas de responsabilidad por dilación u omisión en el cumplimiento de sus obligaciones contractuales, en la medida en que se presenten eventos que estén fuera de su control y no involucren culpa o negligencia de la parte en cuestión (eventos éstos que se denominarán “Evento de fuerza mayor”). Para efectos del Contrato, solamente se considerarán como causas constitutivas de fuerza mayor, las que se califiquen como tales, de acuerdo con la legislación colombiana. En el caso de fuerza mayor que afecte el cumplimiento de cualquiera de las obligaciones contractuales, El CONTRATISTA tendrá derecho únicamente a la ampliación del plazo contractual pero no a indemnización alguna de La Empresa.
Otras causas serán:
Por orden de autoridad competente. Incumplimiento de las obligaciones incluidas en este Contrato por parte del CONTRATISTA Disolución de la persona jurídica a la que corresponda el CONTRATISTA. Por sobrevenir impedimento físico que no le permita al CONTRATISTA la continuidad del Objeto del presente contrato. DISPAC considera como causal para dar por terminado el contrato y denunciarlo al Ministerio de trabajo y seguridad social, el que CONTRATISTA no esté pagando los salarios indicados en la propuesta, para lo cual la empresa vigilará y controlará el cumplimiento acá establecido y empleará los mecanismos que considere pertinentes para verificar su cumplimiento tales como: Revisión de Planillas, revisión de los reportes a entidades de seguridad social, así como entrevistas al mismo personal. En caso de comprobarse incumplimiento de lo acá señalado, será motivo suficiente para dar por terminado el contrato que se suscriba con el proponente favorecido, haciéndose efectiva la póliza de cumplimiento e iniciándose reclamación por vía Jurisdiccional para el pago de los demás perjuicios que se llegaren a demostrar, además de la Reclamación de la Cláusula penal.
Las demás causas establecidas en las normas legales vigentes.
LA EMPRESA podrá terminar el contrato unilateralmente sin requerimiento judicial previo, en los casos previstos por la ley, y cuando de la actuación del contratista se derive incumplimiento de alguna de las cláusulas aquí estipuladas, en cuyos casos se entienden por terminados los derechos que EL CONTRATISTA adquiere por el CONTRATO sin derecho a indemnizaciones de cualesquier especie; pero se le reconocerá el valor de los suministros y trabajos ejecutados y recibidos a satisfacción de LA EMPRESA. El valor por reconocerse será el que quedare luego de descontar cualquier cifra que deba EL CONTRATISTA a LA EMPRESA. En caso de terminación, LA EMPRESA hará efectiva las garantías de cumplimiento establecidas en el contrato pudiendo ocupar el sitio de los trabajos en el estado que estas se encuentren y emplear todos los recursos adquiridos por EL CONTRATISTA para
la ejecución del contrato, igualmente tendrá derecho a retener las herramientas y demás enseres y elementos destinados por EL CONTRATISTA para la construcción, con derecho al debido uso de los mismos hasta la terminación de los trabajos.
También son causales de la terminación:
La incapacidad financiera de EL CONTRATISTA que se presume cuando se le declare en liquidación obligatoria o se le abre concurso de acreedores o cualquier proceso concursal; igualmente LA EMPRESA, considera como tal, el retraso injustificado en el pago de salarios, prestaciones e indemnizaciones. Si a juicio de LA EMPRESA, del incumplimiento de EL CONTRATISTA se deriven consecuencias que hagan imposible la ejecución del CONTRATO o se causen perjuicios. Cuando se incumplen las condiciones establecidas en los términos de referencia o no avanzan satisfactoriamente en el cumplimiento de sus obligaciones dentro del plazo indicado en el mismo o en el cronograma de actividades de suministro y ejecución de actividades, de tal forma que se afecte la ejecución del contrato, y en este evento no toma las acciones correctivas dentro de los cinco (5) días calendario siguientes después de recibir la comunicación de LA EMPRESA. Cuando la calidad de los trabajos ejecutados no fuese aceptable a juicio del LA EMPRESA o de EL INTERVENTOR. Por cualquier acto que ponga en riesgo la labor o servicio a realizar y que sea constitutiva de incumplimiento de una de las cláusulas prescritas en este contrato. Cuando el Contratista abandone los trabajos o los interrumpa por un plazo mayor de cinco (5) días, excepto causas de fuerza mayor. Si el Contratista transfiere en todo o en parte el contrato, se asocia con otros para la ejecución de los servicios o subcontrata, sin previa autorización de DISPAC. Cuando el contratista se exceda del plazo fijado para la iniciación de los trabajos.
7.8. RELACIÓN ENTRE LAS PARTES
La celebración de este contrato no implica de manera alguna el establecimiento entre las partes de una asociación, sociedad o mandato. Como entidades independientes, cada parte cumplirá ante la otra con todas las obligaciones derivadas del presente contrato y responderá por sus propios actos, los de sus subordinados, empleados, agentes o SUBCONTRATISTAS, ni dará lugar a que surja relación o vínculo laboral, administrativo, ni de ninguna índole, entre el personal de una parte con la otra parte. Las personas que intervengan por cada parte en la ejecución de este contrato, estarán bajo su exclusiva responsabilidad como única empleadora o contratante, siendo de su cargo los salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones a que haya lugar, así como los honorarios o cualquier otra forma de remuneración.
En consecuencia, todas las obligaciones de carácter laboral o de otra naturaleza correspondiente al personal destinado a la prestación de los servicios aquí contratados y por razón de los mismos, estarán a cargo del CONTRATISTA.
7.9. RECLAMOS DEL CONTRATISTA
Cualquier reclamo relacionado con el contrato deberá presentarlo El CONTRATISTA por escrito a DISPAC, dentro de los treinta (30) días calendarios siguientes a la primera ocurrencia del hecho motivo del reclamo y éste se resolverá por acuerdo entre las partes.
Transcurridos los treinta (30) días calendario anotados sin que El CONTRATISTA formule dicha reclamación, no habrá lugar a reclamos futuros por este motivo.
7.10. INDEMNIZACIONES.
EL CONTRATISTA indemnizará a DISPAC, sus funcionarios, empleados o agentes por todo siniestro, reclamo, demanda, pleito, acción legal, cobranza o sentencia de cualquier género o naturaleza que se falle contra ellos con motivo de cualquier acción u omisión de EL CONTRATISTA, sus fabricantes, SUBCONTRATISTAS, empleados o agentes en la ejecución del contrato.
7.11. PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
Los contratos que celebre DISPAC se entienden perfeccionados con la firma de las partes y la expedición de registro presupuestal, pero para su ejecución se requerirá que DISPAC haya recibido debidamente otorgadas las pólizas de garantía.
Serán a cargo del CONTRATISTA los gastos que se ocasionen por la celebración del contrato, tales como el valor de las primas por la constitución de garantías y los impuestos que se causen.
7.12. EJECUCIÓN
El CONTRATISTA deberá constituir las Garantías estipuladas en el contrato. DISPAC aprobará las garantías si las encuentra ajustadas a lo especificado e impartirá la orden de iniciación a los trabajos. En caso contrario, las devolverá al CONTRATISTA para que dentro del plazo que se le fije, les haga las modificaciones y aclaraciones necesarias.
8. GARANTÍAS
El Proponente favorecido estará obligado a constituir a través de una Compañía de Seguros legalmente autorizada para operar en Colombia, las siguientes garantías constituidas para particulares y a favor de la EMPRESA DISTRIBUIDORA XXX XXXXXXXX S.A. E.S.P. - DISPAC S.A. ESP, que avalen el cumplimiento de todas y cada una de sus obligaciones contractuales, así:
Una póliza para garantizar el cumplimiento del contrato, la cual deberá constituirse por un valor equivalente al veinte (20%) del valor del mismo, con una vigencia igual a la de la duración del contrato más sesenta (60) días calendario.
Una póliza para garantizar el pago de los salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones del personal que hubiese empleado en la realización de las labores, por una cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato y con vigencia igual a la del tiempo de ejecución del contrato más tres (3) años.
Una póliza para garantizar la responsabilidad civil extracontractual, daños a terceros por un valor equivalente al veinte (20%) del valor del contrato y con vigencia igual a la de la duración del contrato más noventa (90) días calendario.
Una póliza para garantizar la buena calidad y correcto funcionamiento de los suministros por un valor equivalente al veinte (20%) del valor del contrato y con vigencia igual a la vigencia del contrato más un (1) año, la cual debe garantizar o amparar los dos riesgos, la calidad y el funcionamiento, de todos y cada uno de los bienes que comprenden el objeto de la presente contratación.
Una póliza para garantizar la estabilidad de la obra, que ampare el riesgo de la obra objeto del contrato, en condiciones normales de uso, no sufrirá deterioros imputables al CONTRATISTA, su vigencia es por tres (3) años contados a partir de la aceptación final de las obras y su valor 10% del valor del contrato
Una póliza para garantizar la calidad del servicio, por un valor equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato y con vigencia igual a la duración del contrato más sesenta (60) días calendario.
El valor de las primas y demás gastos que demande la constitución, prórrogas y modificaciones de las garantías exigidas, serán por cuenta del oferente. El Oferente deberá aportar la respectiva constancia de pago de las primas de las pólizas aportadas.
9. NORMATIVIDAD AMBIENTAL.
El CONTRATISTA debe acatar, cumplir y aplicar las normas vigentes relativas a la gestión ambiental que normas internacionales o colombianas le obliguen.
Los profesionales que actuaran en la ejecución del objeto del contrato que se derive de la presente invitación, deben contemplar en sus observaciones, los factores de riesgo ambiental y deben, en su propuesta de solución, incluir la propuesta de solución definitiva y/o mitigación del Riesgo.
El contratista Gestionará y presentará ante la autoridad ambiental el plan de manejo ambiental del proyecto para su aprobación.
9.1. ORDEN Y ASEO, MANEJO DE RESIDUOS
El contratista se obliga a mantener el lugar de ejecución de los trabajos libre de desperdicios, en buen estado de orden y limpieza sin que ello origine ningún costo adicional para DISPAC S.A.E.S.P, el Contratista deberá desarrollar diariamente programas de retiro de residuos y elementos no utilizados en el desarrollo del contrato, de tal manera que no se acumulen en el sitio de trabajo perjudicando visualmente la armonía del sector. Igualmente deberá coordinar con la autoridad pertinente (Ambiental, Policial, Sanitaria, etc.) el permiso para disponer los residuos en sitios autorizados. Si DISPAC S.A.E.S.P, es afectada o sancionada por algún incumplimiento de las normas, dicha sanción será trasladada al contratista responsable de la misma.
El contratista deberá realizar como mínimo la siguiente clasificación:
Residuos Peligrosos
Residuos No Peligrosos
Residuos Reciclables
A cada uno de los residuos anteriores, el contratista deberá darle la disposición final adecuada, en todo caso con una empresa autorizada, sin generar impactos negativos o perjudiciales sobre el medio ambiente y la comunidad de acuerdo al plan de manejo ambiental de la empresa.
En ningún caso, el contratista podrá disponer los residuos provenientes de sus actividades contratadas con DISPAC S.A. E.S.P, en sitios públicos tales como xxxxxxx, xxx x xxxxxxx xxxxxxx, xxxxxxx, botaderos no autorizados por la autoridad ambiental competente, etc.
Los residuos peligrosos que se deriven de las actividades desarrolladas para DISPAC S.A. E.S.P., deberán disponerse en un sitio autorizado y el contratista deberá proporcionar a DISPAC S.A. E.S.P., las respectivas certificaciones de disposición, entre las cuales deberán encontrarse las siguientes:
Licencia Ambiental de la empresa que realiza el transporte del residuo peligroso
Licencia Ambiental de la empresa que realiza la disposición final del residuo peligroso
Certificado de la empresa que realiza la disposición final del residuo peligroso que incluya la cantidad (kg) del residuo y el destino o forma de eliminación de los mismos.
9.2. CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS LEGALES
El contratista deberá tener en cuenta durante la ejecución del contrato celebrado, todas las disposiciones y regulaciones de las entidades u organismos encargadas de control y vigilancia del medio ambiente, los requisitos de autoridades locales de cada región donde se ejecuten los trabajos y cumplir con las restricciones de horario, ruido, seguridad industrial o cualquier otro tipo de solicitud o norma de autoridades competentes, con el fin de reducir al máximo las incomodidades hacia la comunidad y los vecinos del sector.
Así mismo, deberá dar un estricto cumplimiento a las normas del Ministerio de la Protección Social relacionadas con Seguridad Industrial y Salud Ocupacional.
9.3. ORDEN DE INICIO
DISPAC expedirá una orden de inicio a partir de la cual se contará el plazo de ejecución del Contrato. Si el CONTRATISTA realiza actividades previamente a la fecha que DISPAC le señale, lo hará bajo su exclusiva responsabilidad y en consecuencia, DISPAC no se obliga a reconocerle pago alguno por los mismos.
9.4. INTERVENTORÍA DEL CONTRATO
DISPAC inspeccionará en cualquier momento el desarrollo de los trabajos para el cumplimiento del objeto de los servicios contratados, pudiendo efectuar esta inspección mediante su propio personal o el de la persona o entidad que para ello designe. El CONTRATISTA aceptará que el interventor interno de DISPAC en cualquier etapa del proceso efectúe revisiones y verificación de los equipos suministrados y la obra ejecutada por EL CONTRATISTA, inclusive aceptará y hará los trámites necesarios para que esto se verifique.
Todos los convenios entre DISPAC y el CONTRATISTA relacionados con la ejecución y desarrollo del contrato, deberán realizarse por escrito, por medio de actas suscritas entre las partes.
Los representantes autorizados de DISPAC procurarán que en la ejecución de las inspecciones y pruebas que se realicen no entorpezcan la normal ejecución del contrato, pero estas no podrán ser invocadas por el CONTRATISTA como causa o justificación de retrasos.
El CONTRATISTA deberá antes de iniciar del proyecto físico presentar un programa detallado de trabajo, teniendo como base el cronograma presentado con su propuesta, y de acuerdo con las modificaciones que DISPAC estime convenientes, mismo que servirá como base para el seguimiento de la Interventoría en cuanto al avance diario, semanal y mensual de las actividades.
El programa también debe indicar los siguientes eventos:
- Preparación y aprobación de muestras de materiales y de esquemas de detalles de construcción.
- Suministro de elementos y materiales.
El plan de trabajo debe ser entregado y aprobado por la Interventoría como requisito de inicio físico del proyecto.
Las Funciones a realizar por el interventor son:
a. Observar la buena prestación del servicio de acuerdo con lo establecido en el pliego de condiciones.
b. Xxxxx por el cumplimiento de las obligaciones laborales de El CONTRATISTA con sus colaboradores.
c. Exigir el cumplimiento del contrato en todas o en cualquiera de sus partes.
d. Llevar un control, para efecto de pago, de las metas pactadas y realizadas por El CONTRATISTA.
e. Analizar los informes que sean entregados por El CONTRATISTA y efectuar el proceso de realimentación cuando los resultados no estén conformes con las especificaciones contractuales.
f. Todas las demás atribuciones que en el contrato y las especificaciones técnicas, se contemplen y que correspondan directamente al objeto del contrato.
g. El Interventor no podrá exonerar al CONTRATISTA de ninguna de las obligaciones o deberes contractuales, ni tampoco podrá sin autorización previa del Representante legal ordenar trabajo alguno que traiga consigo variaciones en el valor y/o plazo del contrato, ni efectuar ninguna concepción o modificación al objeto del contrato, ni adicionar ítems no contratados inicialmente.
10. CONTROL DEL AVANCE DEL PROYECTO
Con el fin de que las labores se realicen de acuerdo con el cronograma de trabajo aprobado; El CONTRATISTA deberá disponer de suficiente personal, equipos y demás elementos de trabajo que le permita utilizar varios turnos si fuere necesario. Corresponde a la Interventoría revisar los informes de avance del proyecto, requisitos para la presentación de las respectivas facturas de cobro.
En caso de presentarse atrasos con respecto al programa del proyecto, la Interventoría le puede exigir al CONTRATISTA que aumente el número de turnos, la jornada de trabajo, la cantidad de frentes de trabajo, todo ello sin costo adicional, de tal forma que se ajuste al plazo contractual.
10.1. BITÁCORA
La Interventoría deberá registrar diariamente en la "Bitácora o Libro del proyecto", con el contratista y/o el residente del proyecto o representante de aquel en el sitio de ejecución del contrato, las acciones realizadas en ellas, los inventarios periódicos de materiales, equipo y personal así como las cantidades del proyecto ejecutadas. Este libro formará parte integral de los documentos del contrato y de la Interventoría.
10.2. INSPECCIÓN DEL PROYECTO
El CONTRATISTA dispondrá en el proyecto durante todo el tiempo del personal profesional y técnico necesario para la ejecución del proyecto. Las observaciones y cambios a que haya lugar obtenidas en la inspección del terreno deben ser analizados y establecidos por el CONTRATISTA y puesta a consideración del Interventor en original, junto con cálculos, planos, secciones y cuadros explicativos si fuere del caso.
El CONTRATISTA debe mantener informado al interventor con suficiente anticipación, acerca de las fechas y lugares en que proyecte realizar cualquier trabajo que requiera puntos de referencia para que las mediciones puedan ser hechas sin demora. Todas las mediciones de y para toma de puntos de referencia que vaya a ejecutar el CONTRATISTA, deberán ser informadas al Interventor con la debida anticipación indicando la fecha y lugar donde se va a ejecutar el trabajo.
El CONTRATISTA debe proveer facilidades para que la Interventoría pueda en todo momento inspeccionar los trabajos y debe suministrar, todas las muestras de materiales que hayan de utilizarse para ensayos o para futuras referencias, cuando tales muestras sean solicitadas por el Interventor y hagan parte de los suministros que le competen o se le autoricen.
10.3. REVISIÓN E INSPECCIÓN FINAL
Terminados los trabajos, todas las partes de la construcción serán inspeccionadas y revisadas por el Interventor.
DISPAC a través de su Interventoría, ordenará si es del caso, al CONTRATISTA que ejecute las modificaciones, reparaciones o adiciones de acuerdo con lo que disponga el Contrato y según lo ordene el Interventor. Los costos generados por este concepto serán por cuenta del CONTRATISTA y las demoras causadas no le darán derecho a reclamar a DISPAC, ni a modificar el plazo contractual.
El CONTRATISTA suministrará por su cuenta los elementos y la mano de obra necesarios para la ejecución de la inspección y también para las correcciones ordenadas por DISPAC.
Todos los costos por la repetición de inspecciones, en razón xx xxxxxx del proyecto, en cumplimiento de las especificaciones o de otros requisitos indicados en este pliego, o por otras causas imputables al CONTRATISTA, serán por cuenta de éste.
Se considerará terminada la inspección cuando ésta haya permitido verificar que del proyecto ejecutado cumple con las especificaciones y requisitos del Contrato y con las especificaciones del RETIE.
En caso de que estos resultados no sean satisfactorios, el proyecto no será recibida y la inspección deberá repetirse cuantas veces sea necesario en las fechas que acuerden DISPAC, la Interventoría y el CONTRATISTA, después de que éste haya ejecutado las correcciones pertinentes.
-
Si los trámites estipulados en esta sección no se pueden cumplir dentro del plazo o plazos estipulados para el efecto, DISPAC estará en libertad de usar el proyecto o parte de ellas en el momento en que estén razonablemente listas para ser utilizadas a juicio de DISPAC, sin que este hecho exonere al CONTRATISTA de ninguna de las obligaciones contraídas por él, en razón del Contrato.
10.4. ACTA DE AVANCE
Semanalmente, durante la ejecución de la construcción y el montaje, se levantará un acta de Avance firmada y aprobada por el Interventor en donde se detallen los trabajos efectuados durante ese período, con el fin de que sirva de soporte a la facturación por esos conceptos. El avance se establecerá, de acuerdo con las cantidades ejecutadas, en común acuerdo entre el CONTRATISTA y el Interventor, las actas serán realizadas durante los primeros dos (2) días hábiles finalizada la semana.
11. MULTAS
Si el contratista no entrega cualquier parte de las actividades dentro de las fechas o plazos estipulados en el contrato y el respectivo cronograma de actividades, LA EMPRESA le deducirá, sin perjuicio de las demás sanciones establecidas en el contrato, equivalente a cero punto cinco por ciento (0.5%) del valor total del contrato, sin que éstas sobrepasen del 10% del valor total del mismo, por cada requerimiento en el que se evidencie retraso e incumplimiento en el desarrollo de las actividades. La deducción por incumplimiento se hará efectiva cada vez que se presente y se contabilizará separadamente para cada uno de los plazos incumplidos.
EL CONTRATISTA autoriza expresamente a DISPAC desde la presentación de la propuesta, para deducir los valores estipulados en esta cláusula contractual caso de incumplimiento de las obligaciones contractuales, hasta un 10% del valor del contrato. Como consecuencia del incumplimiento por parte de EL CONTRATISTA de las obligaciones estipuladas en el contrato, DISPAC podrá aplicar las multas que a continuación se describen, para lo cual enviarán una comunicación en la que informarán este hecho y la consecuente deducción de la suma respectiva de acuerdo con lo pactado contractualmente, con el fin de que EL CONTRATISTA presente las explicaciones que consideren pertinentes para exonerarlo de responsabilidad.
Si EL CONTRATISTA no manifiesta dentro del término establecido en la comunicación las razones que justifiquen su retraso total o parcial o si las presenta y del análisis efectuado por DISPAC no se encuentra justificado el incumplimiento, se impondrá la multa respectiva y su valor se deducirá de cualquier saldo que exista a favor de EL CONTRATISTA o cubierto por la garantía de cumplimiento.
11.1. PROCEDIMIENTO PARA EL COBRO DE LAS MULTAS
En el evento que el CONTRATISTA incurra en una de las causales de multa, DISPAC se lo comunicará por escrito y le informará la consecuente deducción del valor de la multa respectiva, de acuerdo con lo pactado contractualmente. La comunicación de la multa debe ser firmada por el Representante Legal o su delegado y en ella se le concederá al CONTRATISTA un término de cinco (5) días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha de recibo de la comunicación, para que el CONTRATISTA exponga o justifique por escrito, las razones de su incumplimiento. Si el CONTRATISTA no manifiesta dentro de dicho término las razones que justifiquen su incumplimiento, o si las presenta y del análisis efectuado por la EMPRESA no se encuentra justificado el incumplimiento correspondiente, DISPAC procederá a decidir la imposición de la multa, decisión contra la cual no procede recurso. El valor de la multa será tomado directamente de cualquier suma que se adeude al CONTRATISTA, si la hay, o será consignada por el CONTRATISTA en la cuenta que DISPAC le indiquen o en su defecto, se hará efectiva la garantía de cumplimiento del contrato; si lo anterior no es posible, se cobrará por la vía judicial. En ningún caso, su aplicación será entendida por el CONTRATISTA como liberatoria o atenuante de cualquiera de las obligaciones adquiridas en virtud del contrato.
La deducción de las multas se entiende sin perjuicio de que DISPAC pueda hacer efectiva la cláusula penal pecuniaria.
Las causales de multa son entre otras las siguientes:
Por atraso en la firma del contrato y/o presentación de los documentos
Incumplimiento de obligaciones contractuales
Por suspensión injustificada del contrato
Retraso parcial de del proyecto respecto del cronograma presentado.
Incumplimiento en la entrega de informes propios de la ejecución contractual.
No cumplimiento de las normas de seguridad industrial y seguridad social o el no aporte de la información para su verificación.
11.2. CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA
De conformidad con el artículo 1592 del Código Civil Colombiano, las partes convienen que en caso de incumplimiento del CONTRATISTA en las obligaciones del contrato, o de la terminación del mismo por hechos imputables a él, éste pagará a DISPAC en calidad de cláusula penal pecuniaria una suma equivalente al veinte 20% del valor del contrato.
El valor de la cláusula penal pecuniaria se tomará directamente de cualquier suma que se adeude al CONTRATISTA, si la hay, o se hará efectiva la garantía de cumplimiento del
contrato; si lo anterior no es posible, se cobrará por la vía judicial. El procedimiento será similar al definido para imponer multas.
12. INFORMES
12.1. INFORMES SEMANALES
Al final de cada semana y durante el periodo de ejecución del Contrato, el CONTRATISTA elaborará un informe donde indique el avance del trabajo. De tal informe enviará una (1) copia a DISPAC y una (1) a la Interventoría dentro de los dos (2) días siguientes a la terminación de la semana correspondiente. El informe semanal debe incluir como mínimo lo siguiente:
a. Avance del proyecto. Se debe identificar para cada actividad la duración programada, la duración remanente, las fechas de inicio y de finalización, programada y reales de ejecución de cada actividad.
b. Diagrama xx xxxxxx. Para cada una de las actividades del literal a) anterior, se debe mostrar su ejecución en el diagrama xx xxxxxx.
c. Fecha claves. Se debe hacer una relación de las fechas previstas durante la siguiente semana para entrega de suministros u otras actividades que sean determinantes para el adecuado avance de los trabajos.
d. Actividades ambientales desarrolladas por el CONTRATISTA, de acuerdo con lo estipulado en el Plan de Manejo Ambiental del Proyecto.
e. Fotografías que ilustren el avance, casos especiales etc. Registro fotográficos de antes y después.
f. La información adicional que la Interventoría o DISPAC consideren necesaria para el buen desarrollo de los trabajos.
En los casos o actividades en que DISPAC o la Interventoría consideren necesario, podrán solicitar al CONTRATISTA la presentación de un informe mensual sobre el avance y desarrollo de los trabajos.
12.2. INFORME FINAL
El CONTRATISTA debe presentar un informe final al terminar las labores. En él se debe relacionar al menos todo lo concerniente con la descripción general del proyecto, la organización, personal, equipos suministrados y utilizados, descripción de las actividades ejecutadas, cantidades de obra, desarrollo de la obra, cumplimiento del programa contractual y entrega xx xxx y salvos. Requisitos que deberán ser entregados para la suscripción del acta de liquidación final.
El informe final debe ser entregado en medio físico y magnético.
Una vez cumplido el término contractual para la terminación del contrato el CONTRATISTA tendrá 30 días para entregar a DISPAC todos los requisitos exigidos en el presente pliego para la liquidación del proyecto, pasado este tiempo la empresa podrá iniciar acciones por incumplimiento.
12.3. COMUNICACIONES
Para ser considerada efectuada, toda comunicación y/o notificación entre las partes en virtud del contrato que se celebre con el favorecido, Deberá ser enviada por escrito mediante: (I) entrega personal (con radicado de la oficina de correspondencia de DISPAC, (II) correo electrónico con confirmación de lectura por la parte que recibe o (III) envío por correo certificado, con acuse recibido solicitado por la parte que la dirige a las siguientes direcciones:
Al CONTRATISTA FAVORECIDO:
Dirección:
Teléfono:
Facsímil o fax:
A DISPAC S.A E.S.P
Archivo: xxxxxxx 0 Xx 00-00
Teléfono: 6708425 ext 130 ó 6709612 Ciudad: Quibdó
Interventor (designado por DISPAC) Email:
Celular.
Las direcciones pueden ser modificadas en cualquier momento mediante comunicación escrita dirigida a la otra parte, por lo menos con cinco (5) días calendario de anterioridad a la vigencia de la nueva comunicación.
12.4. MEDIDAS Y PAGOS
Las medidas y pagos que se estipulan a continuación servirán para establecer el monto de los pagos parciales por avance del proyecto que se harán al CONTRATISTA.
Estas especificaciones no podrán desvirtuar en forma alguna la responsabilidad del CONTRATISTA de entregar a la Interventoría la totalidad del proyecto a plena satisfacción de DISPAC, y el reconocimiento de pagos parciales al CONTRATISTA no constituye entrega total del proyecto, pues ésta solo será recibida por DISPAC a la terminación de todos los trabajos, tal como se estipula en el contrato.
La única compensación que el CONTRATISTA recibirá por su trabajo, será lo que resulta de aplicar los precios aprobados consignados en el formulario de precios y cantidades del proyecto establecidos en el anexo 1, realmente ejecutadas y aceptadas por la Interventoría.
Estos precios incluyen la totalidad de los suministros, costos del trabajo, equipos y herramientas y mano de obra. El CONTRATISTA debe realizar y entregar a DISPAC el análisis de los precios unitarios de cada ítem.
La medición de las cantidades del proyecto será efectuada conjuntamente por la Interventoría y el CONTRATISTA, por lo cual el CONTRATISTA deberá estar disponible para efectuar tales
mediciones cuando la Interventoría lo solicite, o de Lo contrario, aceptar las mediciones efectuadas por el Interventor.
Con base en las mediciones realizadas, se elaboran actas mensuales elaboradas por el CONTRATISTA y avaladas por la Interventoría, las cuales se entregan a DISPAC para su pago.
12.5. RETENCIÓN DE PAGOS
DISPAC podrá retener total o parcialmente hasta el 10% de cualquiera de los pagos pendientes a favor del CONTRATISTA hasta donde sea necesario para protegerse de pérdidas debidas a la no devolución a DISPAC de herramientas o equipos que le hubieren podido suministrar, a trabajos defectuosos o no corregidos por el CONTRATISTA, para el pago de multas, de reclamos, pleitos, acciones legales o perjuicios imputables al CONTRATISTA.
12.6. PERMISOS
El CONTRATISTA gestionará con anticipación a la ejecución del proyecto, los permisos necesarios de toda índole para la utilización de las vías públicas, propiedades privadas lineamientos, fachadas, etc., de igual manera, propondrá los sitios de montaje de estructuras de ser necesario.
El CONTRATISTA debe respetar y hacer respetar por sus subordinados la propiedad privada, manteniendo en todo momento a LA EMPRESA indemne de cualquier reclamación. El movimiento de personal de trabajadores y de equipo se debe limitar a las vías públicas y terrenos privados aprobados por el Interventor. Los daños que cause a cunetas, drenajes, acequias, alcantarillas, calles, carreteras, caminos o cualquier otro bien de servicio público o privado, deben ser reparados x xxxxx del CONTRATISTA, antes de la entrega del proyecto.
El CONTRATISTA debe respetar y hacer respetar de sus subordinados los fueros consagrados por las leyes sobre la propiedad privada, limitándose el movimiento del personal y de equipos a las vías públicas y a las zonas privadas aprobadas por la Interventoría.
Una vez terminado el proyecto, El CONTRATISTA deberá obtener de los propietarios de los Inmuebles, bodegas, terrenos etc., utilizados para el desarrollo del proyecto, el Paz y Salvo respectivo donde conste que el CONTRATISTA y sus subordinados no tienen deudas pendientes con ellos, igualmente se deberán anexar Paz y Salvo de los propietarios de establecimientos comerciales tales como, graneros, supermercados, carnicerías, estaciones de gasolina etc., que los apoyaron con créditos durante el tiempo que permanecieron en la zona desarrollando el montaje del proyecto. El no cumplimiento de lo anterior se entiende como incumplimiento del contrato y podrá dar lugar al cobro de las pólizas respectivas si el CONTRATISTA se niega a darle la solución requerida.
Los vehículos que el CONTRATISTA destine para el desarrollo de las actividades vinculadas a la prestación de servicios, cualesquiera sean sus características, deben mantener el seguro obligatorio vigente y revisión técnica actualizada certificada por un Centro de Diagnóstico Automotor Autorizado, licencias de transito del conductor. Así mismo, deberán tener los elementos de seguridad exigidos por el Reglamento de Tránsito.
13. SEÑALIZACIÓN Y MEDIDAS DE SEGURIDAD.
El CONTRATISTA debe señalizar adecuadamente tanto los sitios de los trabajos como las vías de acceso, y adoptar y hacer cumplir las medidas de seguridad mencionadas en estos términos de referencia.
14. PRUEBAS Y ENSAYOS DE SUMINISTROS.
El CONTRATISTA debe suministrar a su xxxxx muestras de los materiales que se le hayan solicitado, para efectos de los ensayos o pruebas descritas en las especificaciones técnicas, realizar los ensayos de concretos utilizados, en caso de ser exigidos por la Interventoría y presentar los informes respectivos.
15. REVISIÓN FINAL Y ENTREGA.
Una vez terminado el montaje del proyecto, la Interventoría y el CONTRATISTA conformarán una comisión para adelantar la revisión técnica para la recepción final del proyecto.
En la revisión, se tendrán en cuenta entre otros los siguientes aspectos:
- Que las normas de montaje utilizadas se han instalado correctamente.
- Que los apoyos utilizados tenga la calidad exigida y no presente deformaciones, resquebrajaduras o fisuras apreciables o no presente la estructura xxx xxxxxx a la vista.
- Que el cable instalado posea el calibre y el aislamiento requerido o su instalación haya sido autorizado por la Interventoría.
- En general que los materiales utilizados sean los requeridos en las especificaciones y cumplan con los certificados de conformidad de producto con RETIE.
16. GASTOS LEGALES, DEDUCCIONES E IMPUESTOS.
El CONTRATISTA deberá pagar por su cuenta todos los gastos legales, impuestos, tasas, derechos y contribuciones en que incurra por concepto del trabajo contratado, en cumplimiento de las leyes, ordenanzas, acuerdos y reglamentos aplicables, que existan sobre el particular y que haya sido decretado por la autoridad competente.
DISPAC deducirá del valor del Contrato todos los impuestos o retenciones en la fuente del orden nacional, departamental o municipal a que haya lugar (Renta, impuesto sobre las ventas (IVA), timbre, industria y comercio, etc.), en el momento de hacer los pagos o abonos en cuenta, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes.
17. CONDICIONES DE SEGURIDAD Y OTROS.
17.1. SEGURIDAD Y ORDEN PÚBLICO.
Los oferentes que suscriban contratos con DISPAC, al preparar la oferta deberán examinar cuidadosamente el pliego de condiciones y especificaciones e informarse completamente de todas las circunstancias, tales como la situación de seguridad y orden público, que puedan influir en alguna forma en sus precios, ejecución del contrato, etc.; en consecuencia en la etapa de ejecución del contrato no habrá lugar a aducir esta situación para efectos de justificar incumplimientos, ni para formular reclamaciones. Cualquier solicitud en tal sentido, no lo exonerará de la aplicación de las medidas de apremio establecidas en estos pliegos de
condiciones, si de tal circunstancia se derivan incumplimientos en alguna de las obligaciones contractuales.
Antes de iniciar las labores, el CONTRATISTA deberá presentar por escrito a DISPAC, el SISTEMA DE GESTION DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG-SST)
Alineado al decreto 1072 con la implicación de la resolución 1111 del 2017 y 0312 del 2019 y disponer del profesional según la normativa vigente, tendrán en cuenta el siguiente contenido:
Matriz de identificación de peligros y valoración del riesgo propios de las actividades a contratar.
Procedimientos de los controles operacionales que se llevan a cabo como resultado de la identificación de los peligros.
Procedimiento documentado para el reporte e investigación de accidentes de trabajo.
Procedimiento para el registro del ausentismo laboral generado por incapacidades médicas.
Procedimientos de Seguridad para controlar los riesgos más relevantes como son: Eléctrico, de caída de alturas, mecánico, arco eléctrico entre otros.
Registro de la entrega, uso y mantenimiento de los elementos de protección personal y colectivos acordes con los riesgos a controlar.
17.2. TRABAJOS DE ALTO RIESGO
Si durante la ejecución de los trabajos se encuentran actividades catalogadas como de alto riesgo, el contratista deberá suministrar la señalización, protección y todas las condiciones necesarias para prevenir accidentes, de acuerdo con lo establecido por la legislación colombiana y los estándares establecidos por DISPAC S.A. E.S.P., en esta materia.
Es obligación del contratista autorizar, mediante los respectivos permisos, a sus empleados la ejecución de trabajos de alto riesgo una vez se hayan cumplido las medidas de control estipuladas en los permisos y las exigidas por la legislación colombiana y por DISPAC S.A. E.S.P.
Para DISPAC S.A. E.S.P trabajos de alto riesgo aplicados al proyecto:
TRABAJOS ELÉCTRICOS O CON ENERGÍAS PELIGROSAS: Esta clase de trabajos deben desarrollarse acorde con lo contemplado en el Estándar Seguridad Eléctrica. Y los lineamientos de la resolución 1348/2009.
TRABAJOS EN ALTURA: De acuerdo a la Resolución 1409/ 2012 se entiende por Trabajo en alturas, toda labor o desplazamiento que se realice a 1,5 metros o más sobre un nivel inferior. Esta Resolución aplica a todos los empleadores, empresas, CONTRATISTAS, SUBCONTRATISTAS y trabajadores de todas las actividades económicas de los sectores formales e informales de la economía, que desarrollen trabajos en alturas con peligro de Caídas. Para dar una idea de las obligaciones de esta Resolución a manera
informativa se presentan algunas que no eximen al empleador del conocimiento y aplicación total de la misma:
Incluir en el Programa de Salud Ocupacional, los procedimientos, elementos y disposiciones de esta Resolución.
Implementar programa de protección contra caídas, las medidas necesarias para la identificación, evaluación y control de riesgos asociados al trabajo en alturas.
Establecer medidas de control contra caídas de personas y objetos, que deben ser dirigidas a su prevención en forma colectiva.
Adoptar medidas compensatorias y eficaces de seguridad, cuando la ejecución de un trabajo particular exija el retiro temporal de cualquier dispositivo de prevención colectiva
Disponer de personal, capacitado, competente y calificado para las actividades con trabajo en alturas.
Garantizar un programa de capacitación y entrenamiento a todo trabajador que este expuesto al riesgo de trabajo en alturas, antes de iniciar tareas y uno de reentrenamiento por lo menos una vez al año
Garantizar la operatividad de un programa de inspección, de los sistemas de protección contra caídas por lo menos una vez al año por intermedio de una persona o equipo de personas competentes y/o calificadas
Solicitar las pruebas que garanticen el buen funcionamiento del sistema de protección contra caídas o los certificados que lo avalen.
Incluir dentro del Plan de emergencias un procedimiento para rescate en alturas, con personal entrenado.
De igual manera indica los requerimientos para los trabajadores:
El empleador debe diseñar los perfiles exigidos para la vinculación de los trabajadores que realicen trabajos en altura, teniendo en cuenta aspectos de formación, experiencia.
El empleador es el único responsable antes de la vinculación laboral y por lo menos una vez al año y a través de médicos ocupacionales de la evaluación de aptitud psicofísica de los empleados, necesarias para realizar trabajos en alturas.
Ningún Trabajador podrá trabajar en alturas sin contar con la certificación respectiva.
Además dentro de sus disposiciones finales tiene:
Todo empleador que incluya en sus actividades trabajos en altura, debe contar con un plan de rescate, escrito, practicado y certificado que garantice una respuesta organizada y segura para acceder, estabilizar, descender y trasladar a un servicio médico apropiado a un trabajador que haya sufrido una lesión en un sitio de alturas.
Se debe contar con un plan de rescate por cada sitio de trabajo o actividad a realizar en altura.
Equipos asignados para el rescate deben ser certificados
Se dispondrá en el sitio de trabajo equipos para la atención de un paciente, que incluya botiquín con elementos de inmovilización, atención de heridas y hemorragias y equipos para administrar reanimación cardiopulmonar (RCP)
Trabajadores deben recibir entrenamiento especializado en técnicas de rescate y estabilización básica de pacientes politraumatizados.
Trabajos en suspensión con duración de más de 5 minutos deberán ser realizados utilizando una silla para trabajo en alturas que esté conectada a la argolla pectoral o a la dorsal xxx xxxxx y del sistema de descenso escogido. Adicionalmente el trabajador estará asegurado a una línea de vida vertical en cuerda, instalada con un anclaje independiente.
TRANSPORTE DEL PERSONAL: En la visita técnica y la ejecución de los trabajos el oferente deberá cumplir con lo establecido en el Plan estratégico de seguridad vial de su empresa, acatando entre otras el uso obligatorio de Chalecos salvavidas para los desplazamientos por vía fluvial y demás disposiciones de la capitanía de puerto. Adicionalmente realizar las inspecciones pre operacionales xx xxxxx, canoas, balsas planchones etc que sean utilizados como transporte del personal.
17.3. NORMAS DE SEGURIDAD GENERALES.
Es responsabilidad del oferente cumplir el Plan de Salud Ocupacional y Seguridad Industrial que debe ser entregado al inicio del contrato, así como el panorama de factores de riesgo con las respectivas medidas de control y velar porque se cumplan las normas durante la ejecución de las labores y de ser necesario hacer las recomendaciones a que haya lugar para mejorar en este aspecto.
El CONTRATISTA se compromete a tener el personal para este servicio, debidamente contratado, estar x xxx y salvo en el pago de salarios correspondientes y al día en el cumplimiento de sus obligaciones en materia de Seguridad Social, parafiscales y dotaciones.
El CONTRATISTA se obliga a cumplir con las normas de seguridad y a impartir capacitación a su personal sobre procedimientos en caso de emergencia para el desarrollo de cada uno de los procesos y actividades del objeto y alcance de este contrato.
Será responsabilidad del CONTRATISTA el mantenimiento de la seguridad en las labores ejecutadas y su entorno de actuación durante la realización de las mismas. DISPAC, no será en consecuencia, responsable de los accidentes que puedan sufrir el oferente, su personal o terceros en el curso de los trabajos o con ocasión de ellos.
17.4. OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA.
La prestación de los servicios contratados se ajustará a las especificaciones detalladas en los pliegos, a las instrucciones que DISPAC curse al oferente, a las normas y prescripciones de las reglamentaciones administrativas que estén o entren en vigor hasta la terminación del contrato y a los precios unitarios cotizados.
Todo movimiento, ingresos y retiros del personal que presentó el CONTRATISTA en su oferta como plantilla mínima, debe ser previamente autorizado por el interventor del DISPAC.
El CONTRATISTA se obliga a mantener un control sobre la identificación de sus trabajadores, para lo cual emitirá y suministrará los documentos que sean necesarios reportando al DISPAC la entrega y restitución xx xxxxxx debidamente codificados y numerados.
Igualmente controlará a su personal con el propósito que éstos usen el uniforme de identificación, equipos de seguridad y protección necesario para el desarrollo de las actividades.
El CONTRATISTA se obliga a transportar hasta el lugar de la prestación de los servicios de su Personal el aporte de los medios y el establecimiento de las medidas y disposiciones necesarias para atender en condiciones óptimas conforme al reglamento de higiene y seguridad del personal en el lugar de prestación de los servicios.
Es responsabilidad del CONTRATISTA la preparación y entrega a DISPAC, con la anticipación necesaria para su utilización, de la documentación e informes inherente al cumplimiento del contrato.
Será responsabilidad del CONTRATISTA el total y correcto suministro de materiales y elementos a él requeridos, el suministro de transporte para personas y materiales, la protección de los elementos a él encomendados por DISPAC S.A. E.S.P., el mantenimiento y vigilancia en sus depósitos y almacenes, etc.
El CONTRATISTA responderá ante las DISPAC S.A. E.S.P. y/o ante terceros por los perjuicios que se causen a personas o bienes por su culpa, o por negligencia o descuido de las personas que tenga bajo su dependencia para el desarrollo del proyecto. Los daños que se causen deberán ser reparados a satisfacción de la DISPAC S.A. E.S.P. y se presentarán los paz y salvos respectivos siempre a la Interventoría del contrato.
El CONTRATISTA, se obliga antes de iniciar las labores del contrato a coordinar y realizar una reunión de socialización del proyecto, con las fuerzas vivas de las comunidades que serán beneficiadas con la ejecución del contrato, con el propósito de difundir información entre la comunidad sobre todo lo relacionado con el proyecto que se va a ejecutar, las bondades, beneficios, tiempos de ejecución y posibles horarios de suspensiones de energía como consecuencia de la ejecución del los proyecto, la reunión deberá quedar documentada y entregarse al Interventor.
El contratista informará al ejército nacional de Colombia sobre el proyecto que va a realizar y las zonas por donde se desplazaran durante el tiempo de ejecución del contrato.
EL CONTRATISTA, se obliga a que en las zonas donde la postería esté o vaya a quedar ubicada a 14 metros del eje de la vía para vías de primer orden; a 11 metros del eje de la vía para vías de segundo orden o a 9 metros del eje de la vía para vías de tercer orden; o menos, señalizarlos con pintura reflectiva, para minimizar los riesgos a que estén expuestos los usuarios de la vía.
Esta señalización se hará directamente sobre el poste por medio de bandas negras y xxxxxxxxx reflectivas alternadas, inclinadas 45 grados con la vertical cayendo hacia el lado de circulación del tránsito, con un ancho de 0,20 m y en una altura de 1,0 m medido a partir de la cota del terreno; finalizando con un anillo en lámina reflectiva grado ingeniería de color amarillo con un ancho de 0,20 m.” Consultar el orden de las vías será responsabilidad del CONTRATISTA.
Es responsabilidad del CONTRATISTA en cabeza del representante legal suscribir todos los contratos necesarios para la realización de las labores contractuales (arrendamiento de vehículos, habitación, bodega, alquiler de materiales entre otros)
Los costos de estas actividades deben estar inmersos en la propuesta del CONTRATISTA.
17.5. SUSPENSIÓN TEMPORAL DEL TRABAJO.
Como medida de seguridad para los trabajadores, las operaciones de montaje de postería, cables, herrajes y accesorios deben suspenderse durante las tormentas eléctricas.El CONTRATISTA deberá inmediatamente informar al interventor la situación para que este sea el encargado de verificar la información y dejar constancia en la bitácora del proyecto del evento ocurrido.
La EMPRESA puede ordenar la suspensión de los trabajos cuando a su juicio el CONTRATISTA no haya tomado las precauciones de seguridad requeridas; suspensión que no será causal de reclamos por parte del CONTRATISTA ni de ampliaciones de los plazos.
Antes de iniciar los trabajos, el CONTRATISTA deberá presentar la certificación de que el personal que va a iniciar labores en los trabajos objeto del contrato, se encuentra inscrito o afiliado a un sistema de salud, riesgos profesionales y pensiones en los términos establecidos en la Ley 100 de 1993. Cualquier novedad de retiro o ingreso de personal, deberá igualmente ser notificada a DISPAC S.A. ESP.
La Interventoría podrá suspender parcial o totalmente las labores del contratista cuando:
- No se presente el pago de aportes a seguridad social y para fiscales.
- Los trabajadores no cuenten con la dotación respectiva.
- No se cuente con la señalización adecuada.
- Se adelanten actividades no programadas.
- No se cumplan con la normas de salud ocupacional.
- Se detecte personal no inscrito en la nómina.
- Asuntos técnicos.
17.6. EQUIPOS DE SEGURIDAD PERSONAL Y OTROS.
Todo el personal del CONTRATISTA debe ser dotado con elementos para protección personal durante el trabajo y tales implementos deben estar en perfecto estado y ser de buena calidad. En caso de daño o deterioro que reduzca la protección que normalmente deben ofrecer, los elementos de protección personal deben ser inmediatamente
reemplazados, absolutamente todo el personal debe estar equipado con los siguientes elementos:
Cinturón de Seguridad
Cascos dieléctricos de seguridad
Guantes tipo liniero
Gafas de seguridad con protección UV
El CONTRATISTA debe garantizar que todo el personal de campo esté debidamente uniformado (blue –jeans y camisa de dril manga larga, color azul, marcado en la espalda “CONTRATISTA DISPAC - TRABAJAMOS PARA EL CHOCÓ” y el nombre de la firma Oferente) y porte en un lugar visible el carné que lo identifique, el cual deberá contener los datos del trabajador con su respectiva foto y tipo de sangre de acuerdo con la figura 2.
Figura 2. Carnet de Identificación
EL CONTRATISTA se obliga a suministrar, mantener, reponer y exigir el uso de los equipos de protección personal y colectiva que de acuerdo al riesgo deba utilizar sus trabajadores expuestos en los ambientes laborales, el personal de DISPAC, visitantes o consultores. Estos equipos serán de buena calidad y que no ofrezcan riesgos para las personas.
Los equipos de protección personal deberán ser revisados periódicamente, si se encontrase un desgaste excesivo o un daño se les retirará de servicio. Para evitar su deterioro se les aseará después de usarlos y se les guardará en lugares adecuados.
El casco de seguridad será utilizado en labores o en sitios en donde por impacto, voladuras, corriente eléctrica, sustancias químicas y calor radiante, se puedan generar lesiones en el cráneo; seleccionándolo de acuerdo al riesgo.
Las gafas o monogafas de seguridad serán utilizadas en trabajos donde el trabajador pueda sufrir lesiones en los ojos por chispas, esquirlas, salpicaduras de sustancias químicas y radiaciones; y se seleccionarán de acuerdo al tipo de riesgo. Se usarán caretas faciales cuando el riesgo exista para la cara.
Se deberá usar protección respiratoria adecuada, en ambientes donde exista polvo o material particulado, gases o vapores contaminantes por encima de límites permisibles, o deficiencia de oxígeno. Previo a inicialización de actividades debe realizarse medición del contaminante para determinar el tipo de protección personal.
En trabajos donde se manipulen materiales, equipos, herramientas y sustancias que puedan causar lesiones en las manos, tales como heridas, excoriaciones, alergias, escozor, quemaduras y contusiones, deberán usarse guantes de cuero, de tela o de caucho, seleccionados previamente de acuerdo al riesgo. Para trabajar sobre circuitos eléctricos se usarán guantes dieléctricos y careta ignifuga específicamente diseñados según el nivel de tensión. Lineamientos de la resolución 1348 de 2009
El calzado de seguridad: Dieléctrico, con puntera de fibra, con estría antideslizante, o suela resistente al aceite, será utilizado en labores donde el trabajador está expuesto a riesgos afines. Se usarán botas de caucho impermeables en lugares húmedos.
17.7. PRIMEROS AUXILIOS.
EL CONTRATISTA deberá instruir y entrenar a sus trabajadores sobre las técnicas y conocimientos de Primeros Auxilios para los casos de accidentes en el transcurso del proyecto contratado.
EL CONTRATISTA se obliga a dotar los campamentos, casetas, frentes de trabajo, de las camillas, botiquines fijos y portátiles y demás implementos de primeros auxilios que se requieran de acuerdo con la zona donde se realiza el proyecto, riesgos específicos que ofrezcan los trabajos y al número de personas expuestas. Dotación que será aprobada por la INTERVENTORÍA del contrato.
17.8. HERRAMIENTAS E IMPLEMENTOS DE TRABAJO.
La totalidad de las herramientas e implementos de trabajo deben inspeccionarse periódicamente y siempre que se detecten desperfectos serán retiradas del sitio de trabajo.
Cuando sea preciso operar sobre escaleras a alturas superiores a los tres (3) metros, el trabajador debe asegurarla firmemente y utilizar su cinturón de seguridad sujeto a la misma, no se aceptarán escaleras con peldaños rotos o listones rajados. No podrán utilizarse escaleras metálicas o con refuerzos metálicos cerca de circuitos energizados.
Siempre que se trabaje en lugares a una altura considerable, no se deben lanzar herramientas o materiales. Es obligatorio utilizar portaherramientas y/o cuerdas o llevarlas personalmente y asegurarlas o guardarlas en bolsas para evitar que se desprendan y se caigan. Las herramientas deben ser utilizadas únicamente para lo que fueron diseñadas.
La herramienta mínima necesaria para la ejecución de las actividades se lista a continuación:
Ítem Descripción
1 Pinza Voltiamperimétrica (0-100 A) (0-500 V) digital 2 Casco de seguridad
3 Pretales
4 Arnés de seguridad
5 Gafas de Seguridad (Protección UV)
6 Guante de Seguridad dieléctrico tipo liniero 7 Lámpara de mano
8 Navaja
9 Pinza de 7 pulgadas 10 Barra Pata xx xxxxx
11 Alicate aislado de 8 pulgadas (Master, Xxxxxxx, Xxxxx o similar ) 12 Llave de expansión de 250 mm
13 Cincel
14 Almádana
15 Ponchadora con dados 16 Detector de Voltaje
17 Cortafrío de 6 pulgadas
18 Destornilladores 3/16 x 6 Pala (XXXXX) 19 Pértiga de extensión de 69 kV
20 Taladro Percutor con brocas 21 Martillo
22 Agarradoras
23 Manila
24 Cizalla
25 Palas
26 Palacocas
27 Picas,etc.
28 Tester de ruido o detector de voltaje 29 Tierras portátiles.
17.9. SEÑALIZACIÓN.
Durante la ejecución del proyecto, el CONTRATISTA estará obligado a colocar las señales de prevención, tanto para los vehículos como para los peatones, de acuerdo con el riesgo, en la cantidad y tamaño requeridos en cada lugar, así mismo deberá velar por la protección de los particulares que trabajan y transitan por el lugar por donde se desarrollen los trabajos, el contratista debe marcar los vehículos que utilice en la ejecución de del proyecto tal y como aparece en la siguiente Figura 3.
Figura 3. Señalización de Vehículos
El plan de señalización y protección de la zona de trabajo deberá ser aprobado previamente por la INTERVENTORÍA del Contrato, quien no dará la autorización para iniciar las operaciones correspondientes hasta no haber dado cumplimiento a estos requisitos, sin que EL CONTRATISTA tenga derecho a ningún reclamo.
17.10 RESPONSABILIDADES DEL CONTRATISTA FRENTE A SALUD OCUPACIONAL
Antes de iniciar las labores, el CONTRATISTA deberá presentar por escrito a DISPAC, el Programa de Salud ocupacional con el siguiente contenido:
Panorama General de Riesgos Profesionales que contenga la identificación, valoración de los riesgos propios de las actividades a contratar.
Procedimiento documentado para el reporte e investigación de accidentes de trabajo.
Procedimiento para el registro del ausentismo laboral generado por incapacidades médicas.
Procedimientos de Seguridad para controlar los riesgos más relevantes como son: Eléctrico, de caída de alturas, mecánico, arco eléctrico entre otros.
Registro de la entrega, uso y mantenimiento de los elementos de protección personal y colectivos acordes con los riesgos a controlar.
Los implementos serán revisados y valorados antes de iniciar la ejecución del proyecto. De encontrarse no adecuados para el desarrollo de la actividad contratada, no se permitirá el inicio de la ejecución del contrato y se notificará la no conformidad.
El CONTRATISTA debe dejar evidenciado con documento en donde conste la firma de los funcionarios a su servicio que han recibido los elementos de protección, seguridad industrial y
trabajo en óptimas condiciones y requeridos para desarrollar sus actividades, documento que debe estar avalado por el interventor.
Es requisito esencial que el plan de salud ocupacional contenga el programa de capacitación e inducción previo y durante la ejecución del contrato, que se le dará a las personas al servicio del CONTRATISTA para la ejecución del objeto del presente contrato, capacitación que debe comprender como mínimo aspectos de riesgo eléctrico, riesgos profesionales, trabajo en alturas, detección y control de riesgos, entre otros.
El uso de los implementos de seguridad son de vital importancia para la seguridad de las personas que laboraran en la ejecución del proyecto, por tal motivo el personal que sea encontrado en el proyecto sin la adecuada implementación será retirado de la obra y al CONTRATISTA se le levantará un acta en donde se especifique claramente cuál fue la causa del retiro del funcionario.
El incumplimiento en las medidas de seguridad industrial que garantice la ejecución de los trabajos con seguridad para la vida de los trabajadores del CONTRATISTA, será causal de dar por terminado el presente contrato.
Durante la ejecución del contrato el CONTRATISTA ordenará las actividades y proveerá los recursos que sean necesarios para garantizar la higiene, salubridad y seguridad de sus empleados, los de DISPAC. y de los visitantes o de terceras personas.
EL CONTRATISTA será responsable de todos los accidentes que pueda sufrir su personal, el de DISPAC, los visitantes o terceras personas, resultantes de su negligencia o descuido, sus empleados o proveedores requeridos en la ejecución del contrato, para tomar las medidas de seguridad e higiene necesarias para la prevención de accidentes; por consiguiente, todas las indemnizaciones correspondientes serán por cuenta del CONTRATISTA.
EL CONTRATISTA se obliga a emplear personal apto, saludable, capacitado, especializado, en número suficiente y con experiencia para cada tipo de trabajo con el fin de que las actividades se ejecuten en forma segura, técnica y eficiente en todos los frentes y durante todos los turnos.
EL CONTRATISTA, junto con el programa de ejecución del proyecto, debe presentar a consideración de la Interventoría su organización prevista para la atención de todo lo relacionado con la salud ocupacional y seguridad industrial durante la ejecución de las mismas.
EL CONTRATISTA informará a la Interventoría acerca de cualquier accidente que ocurra en relación con la ejecución del contrato y que ocasione lesión a cualquier de los trabajadores o enfermedad profesional por causa o con ocasión del contrato, entregando una fotocopia del informe realizado por la ARP a que afilió el personal dentro de las 24 horas siguientes a la ocurrencia del hecho. En caso de accidente grave la información se dará por cualquier medio apropiado.
El CONTRATISTA debe identificar los factores de riesgo y de caída en alturas durante el replanteo o cada que se realicen cambios en el diseño o ejecución, en incluirlos en el Panorama de factores de Riesgo de la firma CONTRATISTA. RETIE, Art. 5.2 Factores de riesgo eléctricos más comunes.
EL CONTRATISTA debe entregar el panorama de factores de Riesgo de cada replanteo realizado al interventor del contrato.
EL CONTRATISTA debe considerar en la ejecución que el inicio de las actividades debe ser liberada por medio del permiso de trabajo para riesgo eléctrico y trabajo en alturas, para cada actividad ejecutada bajo estas condiciones, no solo al inicio de la jornada de trabajo, es decir, toda actividad en alturas requiere Permiso de Trabajo en Alturas, firmado por el profesional en salud ocupacional.
EL CONTRATISTA debe asegurar en terreno la aplicación de permisos de trabajo para riesgo eléctrico y trabajo en alturas. RETIE art. 19.7 Lista de verificación para trabajos en condiciones de alto riesgo. Lineamientos para el permiso de trabajo en alturas
17.10.1. PREVENCIÓN Y CONTROL DE RIESGOS.
EL CONTRATISTA será, desde el comienzo hasta la terminación y entrega a DISPAC, el único y completo responsable de la protección del proyecto y de todas las áreas y elementos suministrados por DISPAC para ser utilizados en relación con ella. Por lo tanto, si ocurriere algún daño, invasión, pérdida o avería en cualquiera de las partes por cualquier causa, el CONTRATISTA deberá reparar y arreglar tales daños, pérdidas, invasiones o averías, para que a su terminación del proyecto esté en buenas condiciones y de conformidad en todo aspecto relacionado con los requisitos del contrato. Además, el CONTRATISTA será responsable de cualquier operación ejecutada por el mismo o para el mismo, y reparará o reemplazará antes o después de la terminación del contrato, partes que estén defectuosas o que por otra razón no estén de acuerdo con este último.
Es obligatorio que para la realización de trabajos sin tensión que se cumplan con los siguientes procedimientos:
1. CORTE VISIBLE. El contratista deberá garantizar antes de iniciar labores el corte visible en el circuito o instalación, es decir que las cuchillas, cajas primarias, reconectadores o interruptores se encuentren en posición abierto.
2. REALIZAR BLOQUEO O CONDENACION. Para no permitir la reconexión del circuito durante la actividad se requiere que las cuchillas, cajas primarias, reconectadores o interruptores sean CONDENADOS O BLOQUEADOS para no permitir que sean accionados u operados por terceros.
Para Condenar se deberá utilizar una tarjeta o aviso de No operar la cual deberá ser suministrada por el contratista.
3. VERIFICAR AUSENCIA DE TENSION O VOLTAJE. Se deberá utilizar un tester de ruido o detector de alto voltaje.
4. TRABAJAR ENCERRADO EN TIERRAS. Se deberán cortocircuitar las líneas y conectarlas a una varilla de tierra. Esto se deberá realizar en ambos costados del sitio donde se van a realizar los trabajos
17.11. SUMINISTRO DE MATERIALES.
EL CONTRATISTA debe suministrar todos los materiales y elementos necesarios para la completa ejecución del objeto del contrato.
Para los materiales a suministrar por parte del CONTRATISTA, su diseño y tecnología deberán ajustarse a las condiciones y especificaciones dadas en el pliego. Deberá adjuntar información técnica para su evaluación, la no presentación de ella y no cumplir con lo solicitado técnicamente será causal de eliminación de la propuesta.
Antes del montaje de los materiales suministrados por El CONTRATISTA, DISPAC S.A.
E.S.P. verificará que estén conforme a las normas exigidas, las cuales establecen sus características técnicas y dimensiones generales
Todos los materiales suministrados por el Contratista deberán tener el certificado de conformidad de producto con RETIE y deberán entregarse a la Interventoría interna o externa dentro de los primeros treinta (30) días siguientes a partir de la orden de inicio del contrato para su aprobación.
Todos los costos de adquisición, transporte, seguros, vigilancia, almacenamiento, entre otros deberán estar incluidos en los precios unitarios cotizados y deberán estar cubiertos con el valor dado en el formulario de precios.
Los materiales suministrados por el CONTRATISTA deberán ser de primera calidad, y deberán enviar pruebas de laboratorio debidamente autorizado de un lote a suministrar, las cuales serán verificadas para que cumplan con las normas, especificaciones y criterios de DISPAC Estas pruebas serán por cuenta del CONTRATISTA.
Solo se aceptarán materiales nuevos, fabricados y probados de acuerdo con las normas y especificaciones de la Norma Técnica Colombiana – NTC correspondiente, y deberán contar con la Certificación de Conformidad de Producto. Los fabricantes respectivos, deben tener Sistema de Aseguramiento de la Calidad ISO 9000, para cumplir con lo establecido en la Circular 05 del 5 de septiembre de 2001, expedida por la Superintendencia de Servicios Públicos.
Todos los materiales que presten la misma función deberán ser idénticos en diseño y manufactura de tal forma que puedan ser intercambiables sin necesidad de ninguna adaptación.
DISPAC S.A. E.S.P. exigirá que todos los materiales a suministrar tengan el certificado de conformidad del producto según norma ISO 9001, expedido por un organismo certificador que esté acreditado por la Superintendencia de Industria y Comercio. Si algún material requerido no tiene esta certificación en el país, se exigirá como mínimo que el fabricante tenga el certificado de la gestión de la calidad según norma ISO 9001 versión 2000.
El CONTRATISTA deberá suministrar a la Interventoría del contrato el reporte de pruebas y ensayos de laboratorio del lote fabricado y/o muestras del material antes de su entrega en el Almacén.
Los materiales a suministrar deben cumplir con la Norma Técnica Colombiana – NTC del ICONTEC para los procesos de fabricación y pruebas, y con lo establecido en el RETIE.
17.12. PLAN DE CALIDAD.
El CONTRATISTA antes de iniciar la ejecución del contrato deberá presentar para revisión y aprobación de la interventora un Plan de Calidad, donde se contemple la forma como se aplicarán a los servicios contratados por DISPAC (actividades, recursos, responsables, controles, procedimiento a aplicar, los registros que evidencien la ejecución de dichas acciones y el cronograma general de la planificación).
El Plan de Calidad del CONTRATISTA deberá contemplar adicionalmente la Estructura organizacional: Descripción de la estructura organizacional y operacional de la firma para el desarrollo del proyecto, donde se fijen los niveles de responsabilidad, la autoridad y las interrelaciones del personal que dirige, efectúa, verifica o revisa el trabajo que afecta la calidad.
El CONTRATISTA debe someter a revisión y aprobación el Plan de calidad al personal del proceso Gestión de Calidad de DISPAC y asegurar que se realicen los cambios requeridos antes del inicio de ejecución del proyecto.
Se entiende por Plan de Calidad, todas las actividades planificadas y sistemáticas necesarias para la ejecución de las actividades propias del contrato y cumplan con las exigencias solicitadas en los pliegos.
El CONTRATISTA deberá documentar, implementar y mantener su Plan de Calidad y deberá enviar una copia electrónica de la totalidad de procedimientos y documentos inherentes al plan al Interventor.
17.13. TRABAJOS A REALIZAR.
El CONTRATISTA será responsable por la correcta ejecución del proyecto de acuerdo con lo indicado por las normas, por las especificaciones y por DISPAC S.A. E.S.P.
A continuación se describen los trabajos que debe realizar el CONTRATISTA:
18. OBRAS PRELIMINARES.
18.1. REPLANTEO.
El CONTRATISTA realizará el replanteo del montaje a realizar haciendo un recorrido completo por las zonas definidas por Dispac S.AE.S.P; si con base en el replanteo se detectan diferencias o sea necesario cambiar la localización de alguna estructura, El CONTRATISTA adelantará el estudio necesario y someterá a aprobación de la Interventoría
el cambio, para la autorización de los ajustes requeridos, sin costo adicional para DISPAC
S.A. E.S.P.
El CONTRATISTA debe mantener del proyecto el personal profesional y técnico necesario para ejecutar las labores de replanteo. Los trabajos que el CONTRATISTA debe llevar a cabo durante el replanteo comprenden entre otras las siguientes actividades:
- Detección del posible material faltante, necesario para la realización del montaje
- Sugerencias sobre cambio de sitio de las estructuras y actualización de los sitios del proyecto en general.
- Es obligación para la realización del replanteo la presencia por parte del CONTRATISTA del ingeniero residente y el encargado del proyecto. Aprobado el replanteo por la empresa el CONTRATISTA tendrá un término de cinco (5) días calendario para la entrega del cronograma definitivo del proyecto.
En conclusión las labores de replanteo y legalización del mismo no podrán durar más de 20 días calendario una vez impartida la orden de inicio.
ANEXO 1. FORMULARIO DE CANTIDADES Y PRECIOS
DESCRIPCIÓN | CANTIDAD | VALOR CON DESCUENTO | IVA | VALOR TOTAL IVA INCLUIDO |
Implementación Plataforma Web service, punto de recarga | 1 | |||
Equipos de comunicación | 35 | |||
Gabinete concentrador | 187 | |||
Configuración | 1 | |||
Instalación | 1 | |||
TOTAL |
ANEXO 2. CARTA DE PRESENTACIÓN
Lugar _, fecha _
Señores
Gerente de Distribución DISPAC S.A. E.S.P.
Xxxxxxx 0 Xx 00-00 Xxxxxx
Xxxxxx: SUMINISTRO, CONFIGURACION E INSTALACION DE CONCENTRADORES PARA MEDIDA CENTRALIZADA DE DISPAC S.A E.S.P.
El suscrito _ _, habiendo examinado cuidadosamente el Pliego de Condiciones de la Solitud Privada de Ofertas P-002- 19 y sus adendas, recibidas las aclaraciones solicitadas, presento oferta para el Suministro, configuración e instalación de concentradores para medida centralizada de DISPAC S.A E.S.P.
De ser aceptada la oferta nos comprometemos a firmar un contrato de conformidad con lo establecido en el Pliego de Condiciones de la Solicitud Privada de Ofertas P-002-19, si fuere necesario, y a presentar la documentación requerida, dentro de los cinco (5) días calendario siguiente a la fecha en que nos sea entregada la minuta del contrato para su firma.
Ejecutaremos el contrato por los precios y el plazo señalados en nuestra oferta, en las condiciones contractuales y técnicas exigidas en los documentos del presente Pliego de Condiciones de la Solicitud Privada de Ofertas P-002-19 y por las demás normas que rigen la contratación con DISPAC S.A. E.S.P., y de conformidad con la aceptación de nuestra oferta.
Mantendremos válida nuestra oferta durante sesenta (60) días calendario, contados desde la fecha de cierre de la contratación; procederemos a ampliar su validez y la vigencia de la garantía de seriedad de acuerdo con lo contemplado en este pliego de condiciones.
Declaramos conocer y acatar todas las normas que regulan la contratación de DISPAC S.A. E.S.P., incluida la lectura y conocimiento detallado del estatuto interno de contratación que rige la respectiva materia para DISPAC S.A ESP, sustraído de la dirección web informada en el pliego y/o solicitud, manifestamos que no estamos incursos en inhabilidades o incompatibilidades para contratar con DISPAC S.A. E.S.P
Declaramos finalmente que la información contenida en nuestra propuesta es exacta y veraz, y que aportaremos las pruebas que DISPAC S.A. E.S.P. considere necesaria para verificar su exactitud, y en caso de no ser ello satisfactorio para DISPAC S.A. E.S.P., conforme a las exigencias de los documentos de la contratación, entendemos y aceptamos que nuestra oferta sea eliminada.
Atentamente,
Nombre de la compañía proponente: _ Nit. : _
Representante legal: _ , Firma:
Cédula de ciudadanía: _ Dirección del proponente: _ _ Ciudad: _ _ Teléfono (s): _ _, Fax:
E-mail: _ Oferta abonada por
Firma__
Matrícula __ _
Se debe adjuntar con la oferta copia de la matrícula del ingeniero electricista que abona la oferta.
ANEXO 3. INFORMACIÓN SOBRE INCUMPLIMIENTOS
Formato de información sobre incumplimientos declarados durante los tres (3) últimos años.
En este formato el oferente deberá informar los incumplimientos que le hayan sido declarados en firme en contratos celebrados con cualquier entidad pública o privada, durante el periodo indicado.
¿Ha tenido multas durante el período indicado (marque con una X)? Si NO
Si su respuesta es afirmativa llene el siguiente cuadro y firme al final; si es negativa bastará con firmar.
ENTIDAD CONTRATANTE | NÚMERO CONTRATO | CONCEPTO DE INCUMPLIMIENTO | N° RESOLUCIÓN | FECHA DE LA DECLARATORIA DEL INCUMPLIMIENTO. |
Nota: La información contenida en el presente formato podrá ser verificada por parte de DISPAC S.A. E.S.P.
ANEXO 4. INFORMACIÓN SOBRE MULTAS
Formato de información sobre sanciones y multas aplicadas durante los tres (3) últimos años.
En este formato el oferente deberá informar todas las sanciones o multas que le hayan sido aplicadas en firme en contratos celebrados con cualquier entidad pública o privada, durante el periodo indicado.
¿Ha tenido sanciones o multas durante el periodo indicado (marque con una X)? Si NO
_
Si su respuesta es afirmativa llene el siguiente cuadro y firme al final; si es negativa bastará con firmar.
ENTIDAD CONTRATANTE | NÚMERO CONTRATO | CONCEPTO DE LA SANCIÓN O MULTA | NÚMERO RESOLUCIÓN | FECHA SANCIÓN O MULTA | VALOR |
ANEXO 5. CERTIFICACIÓN DE PAGO DE LOS APORTES PARAFISCALES
El Suscrito Revisor Fiscal y/o Representante Legal de _ Identificada con NIT _
Certifica:
Que la compañía se encuentra al día con sus obligaciones al sistema de seguridad social integral (salud, riesgos profesionales, pensiones) y parafiscales (Cajas de Compensación Familiar, SENA, el ICBF) en los términos que establece el artículo 50 de la Ley 789 de 2002 y 828 de 2003 en relación con sus empleados por un periodo no inferior a 6 (seis) meses anterior a la presentación de esta certificación.
_ _
Revisor Fiscal y/o Representante Legal Tarjeta Profesional No.
Lugar, fecha.
PLIEGO DE CONDICIONES No. 002-19 | Código | F30-31-01 | |
Versión | 05 | ||
Fecha | 03/02/2017 |
ANEXO 6. CLAUSULA DE DATOS PERSONALES
El Oferente y posible Contratista declara que toda la información que acá consignó es Verdadera, que los datos personales sensibles los he nominado y enunciado como tal, de conformidad con ley 1581 de 2012, Decreto 1377 de 2013, Circular Externa No. 002 del
00 xx xxxxxxxxx xx 0000, Xxxxxxxxxxx xxxxxxxxxx Constitución de 1991 Art. 15 y 16, así mismo autorizo a la empresa DISPAC S.A. ESP., a que le de tratamiento, con los fines del proceso licitatorio, el contrato y aquellos propios de la relación post-contractual. Ver Anexo 6
Atentamente,
NOMBRE
C.C. N°
Página 72 de 91
PLIEGO DE CONDICIONES No. 002-19 | Código | F30-31-01 | |
Versión | 05 | ||
Fecha | 03/02/2017 |
ANEXO 7. SITIOS DE EJECUCION DE TRABAJOS
Circuito | Municipio | Ubicación | |||
Dirección | Referencia | Longitud | Latitud | ||
BARRANCONCITO | 76°50'36.36"O | 4°46'3.95"N | |||
SUBESTACIÓN SAN XXXXXX | SIPI | SAN XXXXXXX | 76°49'1.25"O | 4°44'57.33"N | |
BUENAS BRISAS | 76°48'55.93"O | 4°44'50.13"N | |||
CAÑAVERAL | 76°47'41.92"O | 4°43'26.88"N | |||
TEATINO | 76°45'51.55"O | 4°41'44.11"N | |||
XXXXX XX XXXXXX | 76°44'15.35"O | 4°41'1.48"N | |||
LA MARQUESA | 76°42'51.33"O | 4°39'10.69"N | |||
TANANDO | 76°41'19.44"O | 4°38'25.38"N | |||
SANTA XXXX | 76°41'17.78"O | 4°37'35.62"N | |||
SIPI CABECERA | 76°38'39.00"O | 4°39’11.01”N |
Página 73 de 91
PLIEGO DE CONDICIONES No. 002-19 | Código | F30-31-01 | |
Versión | 05 | ||
Fecha | 03/02/2017 |
ANEXO 8 MODELO DE CARTA AVAL PROPUESTAS
Ciudad y fecha
Señores
DISPAC SA ESP.
Cra 7 # 24-76 Edificio Dispac Barrio Pandeyuca Quibdó – Chocó.
Ref: Solicitud Privada de Ofertas No 002-19 Estimados Señores
El suscrito Ingeniero , identificado con la cedula de ciudadanía No _ expedida en la ciudad de _ _ con matricula profesional No _ expedida por el Consejo Profesional Nacional de Ingeniería Eléctrica, Mecánica y Profesionales Afines, por la presente declaro que respaldo en todas sus partes a la oferta presentada por _ para la invitación Privada No _ de 2018 según lo dispuesto por el artículo 14 de la Ley 64 de 1978 y el artículo 14 de la Ley 51 de 1986.
NOMBRE Y FIRMA
(Espacio para la firma)
_ (Anotar nombres y apellidos completos de quien firma)
C.C. No _ de _ DIRECCIÓN: ___ _ TELÉFONO:_ CORREO ELECTRÓNICO: _
Nota: Anexar Matricula.
Página 00 xx 00
XXXXX 0. EXPERIENCIA EN CONTRATOS EJECUTADOS O EN EJECUCIÓN
Experiencia en el Suministro, configuración e instalación de concentradores para medida centralizada, en los últimos diez (10) años
ÍTEM | CONTRATO No. | VALOR FINAL $ | VALOR FINAL SMMLV | OBJETO | ENTIDAD CONTRATANTE | FECHAS INICIO / FIN | CANTIDAD DE MESES |
1 | |||||||
2 | |||||||
3 | |||||||
….. |
NOTAS: Esta relación debe ir acompañada de copia de las certificaciones de los contratantes o de las Actas de Liquidación parcial o Final de contratos en el mismo orden como aparecen en la tabla del Anexo 9, para que sea tenida en cuenta en la asignación de puntajes por experiencia. El valor final en SMMLV es el correspondiente al valor en pesos dividido en el valor del SMMLV al año de finalización o liquidación del contrato referenciado. En el caso de contratos en ejecución, el valor final en SMMLV es el correspondiente al valor en pesos de las actas parciales aportadas dividido en el valor del SMMLV del presente año 2019.
Página 00 xx 00
XXXXX 0X. EXPERIENCIA DEL PERSONAL
CARGO EN ESTE PROYECTO | NOMBRE |
Relación de experiencia específica de la persona propuesta
CONTRATO No. | PROYECTO | ENTIDAD CONTRATANTE DEL PROYECTO | TIEMPO LABORADO EN MESES |
TOTAL DE EXPERIENCIA ESPECIFICA EN MESES |
NOTA: este formato se debe diligenciar para cada uno de los profesionales solicitados y debe estar acompañado de la hoja de vida, las certificaciones pertinentes y carta de intención de participar en el proyecto.
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PLIEGO DE CONDICIONES No. 002-19 | Código | F30-31-01 | |
Versión | 05 | ||
Fecha | 03/02/2017 |
ANEXO 10: FORMATO DECLARACIÓN JURAMENTADA
Fecha
Señores
DISPAC SA ESP.
Xxx 0 # 00-00 Edificio Dispac Barrio Pandeyuca Quibdó – Chocó.
Asunto: Declaración Juramentada
La firma identificada con NIT No . Declara bajo la gravedad de juramento que en caso de resultar seleccionada en la Solicitud Privada de Ofertas No. de 2018 cuyo objeto es _ , es el único beneficiario del contrato que se llegue a suscribir. Adicionalmente declara que el origen de sus recursos proviene del aporte de sus accionistas y del ejercicio legal de sus operaciones en el territorio nacional de la República de Colombia.
A continuación se listan los accionistas o socios de la firma:
Nombre completo | C.C. No |
Atentamente,
_ Firma
Nombre Representante legal
ANEXO 11. MODELO ACTA DE CONSTITUCIÓN CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL
Entre los suscritos a saber: xxxx, xxxx, domiciliado en xxxx , identificado con la cedula de ciudadanía No. xxx , expedida en xxx , en mi calidad de representante legal de la Sociedad xxx, conforme a Certificado de Existencia y Representación Legal que anexo, constituida mediante Escritura Pública No. xxx de fecha xxx , otorgada en la Notaría xxx del Círculo de xx e inscrita en el Libro No. xxx del Registro Mercantil de la Cámara de Comercio de xx, debidamente facultado para el efecto, por la Junta Directiva, mediante Autorización No. xxx de fecha xxx, la cual, anexo al presente documento y xxxx, xxxx, domiciliado en xxx , identificado con la cedula de ciudadanía No. xxx , expedida en xxx , en mi calidad de representante legal de la Sociedad xxx, conforme a Certificado de Existencia y Representación Legal que anexo, constituida mediante Escritura Pública No. xxx de fecha xxx, otorgada en la Notaría xxx del Círculo de xxxx e inscrita en el Libro No. xxx del Registro Mercantil de la Cámara de Comercio de xxxx, debidamente facultado para el efecto, por la Junta Directiva, mediante Autorización No. xxx de fecha xxx, la cual, anexo al presente instrumento, hemos decidido celebrar el CONTRATO DE CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL, que consta en este documento y que se rige por las disposiciones legales aplicables a la materia y en especial por las siguientes cláusulas: PRIMERA. OBJETO.- El objeto del Consorcio o Unión Temporal será la presentación de una propuesta para la adjudicación, celebración, ejecución y liquidación del contrato, derivado de la Invitación XXXX realizada por DISPAC que tiene por objeto contratar, el XXXXXXXXX, de conformidad con los términos de referencia y con la propuesta favorecida. PLAZO.- La duración será el que emplee en la ejecución del contrato descrito en la cláusula primera, que es de xxx, contado a partir de la iniciación del proyecto, más el tiempo necesario para terminar las obligaciones y derechos derivados de la ejecución del proyecto, así como la liquidación del contrato. CUARTA. RESPONSABILIDAD.- Las sociedades que constituyen este Consorcio o Unión Temporal son solidaria y mancomunadamente responsables de todas y cada una de las obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato. En consecuencia, las actuaciones, hechos y omisiones que se presenten en desarrollo de la etapa pre contractual, contractual y post contractual, afectarán a todos los miembros que conforman el Consorcio, y son solidarios en responder por todas los perjuicios que puedan ocasionar a bienes o terceros así como a DISPAC. Durante la ejecución del objeto contractual, declaran de manera expresa que son solidarios en responder por las indemnizaciones que se deriven del incumplimiento del contrato, en cualquiera de sus etapas tal como se describe en el presente documento. QUINTA. CAPACIDAD.- El Consorcio o Unión Temporal podrá adquirir derechos y asumir las obligaciones necesarias, dirigidas a la realización de su objeto. SEXTA. LIDERAZGO.- La sociedad xxx, en cabeza del Representante Legal doctor xxxxxxxx elevará la representación del Consorcio para efecto de todas las decisiones que tengan que tomarse en relación con la entidad contratante. SÉPTIMA. ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN.- La Junta de Socios estará conformada por un representante principal y otro suplente de cada consorciada. Por la Sociedad xxx, el Ingeniero xxx y por la Sociedad xxx, el Ingeniero xxx. Los suplentes podrán participar en las reuniones de la Junta de Socios con voz y solamente tienen derecho a voto en ausencia de sus respectivos principales. La Junta se reunirá por derecho propio una vez al mes, en el día y hora que acuerden sus miembros, o en cualquier tiempo a solicitud de uno cualquiera de los miembros de la Junta. Las decisiones de la Junta de Socios se adoptarán por unanimidad y cada uno de sus miembros tiene derecho a un voto. OCTAVA. DIRECTOR DEL PROYECTO.- Ha sido
designado por la Junta de Socios. Quien debe implementar las políticas y decisiones adoptadas por la Junta de Socios, a su cargo se halla administración diaria de las actividades del Consorcio. El Director del Proyecto tendrá autonomía administrativa y no podrá ser miembro principal o alterno de la Junta de Socios. Se designa al Ingeniero xxx. NOVENA. PARTICIPACIÓN DE LOS SOCIOS. Los asociados son responsables en forma conjunta y solidaria con relación a la propuesta y al contrato. Cada se obliga a cumplir con su participación en los trabajos a realizarse mancomunadamente. El representante legal del Consorcio doctor xxxxx, ejecutará los siguientes actos en nombre del Consorcio: 1. Preparar las garantías necesarias para el perfeccionamiento y ejecución del contrato. 2. Recibir la correspondencia y notificaciones del Consorcio e informar al mismo sobre el particular. 3. Conservar los archivos y documentos que puedan ser requeridos por la ley y el contrato. DECIMA. CUANTÍA. De conformidad con las facultades concedidas en la Autorización No. xxxx, de fecha xxx, de la Junta Directiva de la Sociedad xxxxx y en la Autorización No. xxxx, de fecha xxx, de la Junta Directiva de la Sociedad xxxx, las Sociedades integrantes del constituyentes comprometen su responsabilidad solidaria, en el valor estimado del contrato que se fija en la propuesta presentada por el Consorcio, más la solidaridad por todos los perjuicios que se puedan ocasionar a DISPAC. en cualquiera de las etapas de la propuesta, del contrato y de la liquidación del contrato, así como los perjuicios que puedan resultar dentro del plazo que se otorga como garantía de los servicios prestados relacionados con el objeto del contrato. DECIMA PRIMERA. LEY APLICABLE. La ejecución e interpretación de este documento será regulada por las Leyes Colombianas. DECIMO SEGUNDA. CONVENCIONES FUTURAS.- Los constituyentes declaran que lo referente a la solidaridad no será modificado por ellos dentro de ningún tiempo. DECIMO TERCERA. DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN.- El Consorcio o Unión Temporal se disolverá: 1. Por vencimiento del termino de duración, si antes no fuere prorrogado. 2. Por imposibilidad de desarrollar el objeto de la asociación. 3. Por disposición judicial. 4. Por las demás causales establecidas por la ley. Parágrafo. Será liquidador el Director del Proyecto, o, en su defecto, la persona que designe la Junta de Socios. En el momento en que no fuere posible el nombramiento de liquidador, la Cámara de Comercio de xx, hará la designación del liquidador. La liquidación del patrimonio social se hará en un todo de acuerdo a las prescripciones Legales consagradas en el Capítulo X del Título 1 del Libro Segundo del Código de Comercio, o las que en su momento rigieren al respecto. El liquidador podrá hacer adjudicaciones o distribuciones en especie, si así lo aprueba la Junta de Socios. Se firma este documento en dos ejemplares con destino a las partes, a los xxx días del mes de xxx de xxxxx
ANEXO 12. MODELO MINUTA DEL CONTRATO
Entre los suscritos a saber, , identificado con cédula de ciudadanía número _ , en su calidad de representante para el presente acto de PROYECTOS EN INGENIERÍA S.A. PROING S.A., quien a su vez actúa en nombre y representación de la EMPRESA DISTRIBUIDORA XXX XXXXXXXX S.A. E.S.P., DISPAC
S.A. E.S.P., Empresa de Servicios Públicos Domiciliarios, mixta, domiciliada en la ciudad de Quibdó- Chocó, constituida mediante escritura pública número 3.659 del 11 de diciembre del 2001, otorgada en la Notaría 24 del Círculo de Bogotá, quien para efectos del presente acuerdo se denominará LA EMPRESA, y por otra parte _ , identificada con cédula de ciudadanía número Nº , en calidad de Representante legal de , con NIT: con domicilio en la ciudad de _ , quien para el efecto declara bajo gravedad de juramento que se entiende prestado con la firma de este documento, que no se encuentra incurso en ninguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad prescritas por la Constitución Nacional, la ley y demás normas que regulen la materia objeto del contrato, y que en lo sucesivo se denominará EL CONTRATISTA, se ha celebrado el presente contrato de ., el cual se regirá por las siguientes cláusulas, y el Pliego de Condiciones No. 002-19 y en general por las disposiciones legales que le sean aplicables. CLÁUSULA PRIMERA. OBJETO: El presente contrato tiene por objeto
. Según las especificaciones técnicas y las cantidades establecidas en el anexo 1 xxx xxxxxx de condiciones Nº 002-19. CLÁUSULA SEGUNDA. DESCRIPCIÓN Y ALCANCE DEL PROYECTO: Los trabajos
comprenden el Suministro, configuración e instalación de concentradores para medida centralizada; con base en las actividades descritas en el formulario de cantidades del Anexo 1, en el cual se presentan los precios unitarios del suministro, la instalación y las demás actividades conexas que el contratista debe ejecutar para la entrega del proyecto terminado y a satisfacción de LA EMPRESA, según las actividades previstas en el pliego de condiciones, replanteo del proyecto y documentos del contrato, teniendo en cuenta las siguientes descripciones: EL CONTRATISTA antes de iniciar los trabajos deberá realizar un replanteo completo del proyecto descrito con el fin de precisar las cantidades del proyecto a ejecutar, así como estimar los aspectos mínimos del manejo ambiental que se deben tener en cuenta durante la construcción, de igual forma deberá realizar los trabajos de tal forma que los usuarios conectados sufran el menor tiempo posible la ausencia del servicio, por tal las suspensiones de energía deberán ser programadas y solicitadas a través de la Interventoría al área de Operación y Mantenimiento de LA EMPRESA con plazo máximo el martes de la semana anterior a la fecha de suspensión. El contratista será responsable de informar por el medio más efectivo a los usuarios afectados con 48 horas de antelación; sobre las fechas y horas que estará suspendido el servicio previa aprobación de DISPAC de los formatos a utilizar para tal fin. Si el contratista no restablece el servicio de energía en el horario establecido y programado; DISPAC S.A. E.S.P., evaluará las causas de incumplimiento y si se determina que es por mala programación, negligencia o alguna causa imputable al contratista deducirá de las cuentas por pagar al mismo el valor de la energía dejada de suministrar a las localidades afectadas por el tiempo que durase el retraso en el
restablecimiento del servicio. Adicionalmente, el alcance de los trabajos incluye: A) Suministro de cronograma de ejecución del proyecto en el cual se detalle las actividades y subactividades del proyecto, mostrando su interdependencia, duración e indicando la ruta crítica. En el cronograma es necesario incluir el periodo de contratación de los suministros.
B) Programación del trabajo diario, semanal y mensual. C) Reporte diarios de avance de proyecto, mediante formatos acordados con la Interventoría. D) Informes semanales y mensuales del proyecto. E) Las labores de alistamiento de los materiales, incluida su selección y bodegaje, antes de llevarlos al sitio de instalación. F) El transporte tanto de personal como de equipos y materiales al sitio de la instalación. G) El retiro de escombros y materiales sobrantes, garantizando una completa limpieza de las áreas de trabajo. H) La ejecución de pruebas y puesta en servicio del objeto contratado. I) Xxxxxx informe final de ejecución del proyecto, incluyendo inventario completo del material montado, cuya aprobación es necesaria para la liquidación del contrato. J). EL CONTRATISTA deberá incluir estas actividades en los precios unitarios de su oferta y no podrá exigir otro pago diferente por la realización de las mismas. L) EL CONTRATISTA deberá revisar cuidadosamente el diseño y las normas conforme a lo especificado en este pliego y de ser necesario, indicar antes de iniciar los trabajos, las posibles inconsistencias detectadas y plantear las soluciones que técnicamente se ajusten a los requerimientos del proyecto. M) Reintegro en las bodegas de DISPAC de material desmontado y material suministrado por DISPAC y no utilizado en el proyecto. N) CLÁUSULA TERCERA. DOCUMENTOS: EL CONTRATISTA declara estar informado ampliamente de todos los documentos que hacen parte del presente contrato y que son de rigurosa aplicación en la realización de cada una de las actividades objeto del mismo, como son: a) La comunicación de aceptación de la Propuesta, anexos del contrato y actas generales. b) El texto xxx Xxxxxx de Condiciones de la invitación privada, con sus respectivas adendas y las especificaciones descritas en la solicitud de oferta. c) Oferta presentada con sus anexos. d) Garantías contractuales que se exijan en el contrato, debidamente aprobadas por LA EMPRESA. e) Carta de LA EMPRESA ordenando al CONTRATISTA la iniciación de los trabajos. f) Los programas y cronograma de ejecución del proyecto aprobado por LA EMPRESA, y las reprogramaciones que se realicen con la aprobación de LA EMPRESA durante la Ejecución del contrato. g) Las directrices emitidas por LA EMPRESA, los planos, especificaciones e información técnica, y los demás documentos que emita LA EMPRESA o que las partes acuerden. Estos documentos son parte integrante de este contrato y obligan jurídicamente. CLÁUSULA CUARTA. LABOR A CARGO DEL CONTRATISTA: EL CONTRATISTA se compromete a ejecutar los trabajos en la modalidad descrita en el pliego, suministrando por su cuenta y riesgo durante el tiempo que sea necesario y hasta la entrega de los trabajos a satisfacción, lo siguiente: a) Toda la mano de obra directa de supervisión, ejecución y dirección necesaria para cumplir con la entrega del proyecto de acuerdo con el plazo indicado en la Cláusula Séptima, respetando las normas laborales y de salud ocupacional e incluyendo para estos los salarios, viáticos, primas, gastos de viaje, liquidaciones, dotación de uniformes e identificación con la expresión “NOMBRE DE LA EMPRESA CONTRATISTA DISPAC - TRABAJAMOS PARA EL CHOCÓ”–. elementos de protección personal, gastos directos, pólizas de seguros, impuestos, alojamiento, alimentación, prestaciones sociales legales, extralegales, pagos por conceptos de aportes al SENA, Bienestar Familiar, afiliación a los sistemas de seguridad social y pensión y todo gasto que requiera para el normal
desarrollo de los trabajos. El personal contratado por EL CONTRATISTA no tendrá ninguna relación de tipo contractual con LA EMPRESA que podrá solicitar a EL CONTRATISTA el despido del que a su juicio sea perjudicial a los intereses del proyecto. b) EL CONTRATISTA será responsable de todos los materiales que se le entreguen para ejecución del objeto contractual. En caso de pérdida de cualquier elemento EL CONTRATISTA está en la obligación de reponerlo; es este sentido deberá realizar la devolución debidamente inventariada de los materiales desmontados de la infraestructura de la empresa, ello en los términos y condiciones exigidos por esta. Estos materiales deberán entregarse en las bodegas que designe la empresa para el efecto; previa elaboración de un procedimiento para control integral de retiro e instalación de materiales que será aprobado por el interventor antes de suscribir el acta u orden de inicio c) El Contratita será responsable de los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de las operaciones que requiere la ejecución del contrato. d) El contratista debe cumplir con todos los requisitos y obligaciones establecidas en el régimen jurídico vigente, en materia de salud ocupacional y seguridad industrial, durante la vigencia de este contrato. La empresa no asume responsabilidad alguna ante terceros por el incumplimiento de las reglamentaciones vigentes en estas materias. Todos los contratistas están obligados Proporcionar y mantener un ambiente de trabajo en adecuadas condiciones de 1. higiene y seguridad, establecer métodos de trabajo con el mínimo de riesgos para la salud dentro de los procesos de producción; 2. Cumplir y hacer cumplir las disposiciones y demás normas legales relativas a Salud Ocupacional; 3. Responsabilizarse de un programa permanente de medicina, higiene y seguridad en el trabajo destinado a proteger y mantener la salud de los trabajadores de conformidad con la presente Ley y sus reglamentaciones; 4. Adoptar medidas efectivas para proteger y promover la salud de los trabajadores, mediante la instalación, operación y mantenimiento, en forma eficiente, de los sistemas y equipos de control necesarios para prevenir enfermedades y accidentes en los lugares de trabajo; 5. Registrar y notificar los accidentes y enfermedades ocurridos en los sitios de trabajo, así como de las actividades que se realicen para la protección de la salud de los trabajadores; 6. Proporcionar a las autoridades competentes las facilidades requeridas para la ejecución de inspecciones e investigaciones que juzguen necesarias dentro de las instalaciones y zonas de trabajo. CLÁUSULA QUINTA. RECONOCIMIENTO DE LA ZONA: EL CONTRATISTA hace constar
expresamente que estudió cuidadosamente y conoce todo lo concerniente del proyecto a realizar, su naturaleza, localización, composición y conformación del terreno, las condiciones normales y extremas del clima que se presentan o puedan presentarse, tanto en el sitio de del proyecto como también en el paraje donde ellas deben ejecutarse, como también los factores que puedan influir en el desarrollo del proyecto, a fin de adelantarse en término. Así mismo, EL CONTRATISTA deja constancia de haber realizado todos los estudios necesarios con el fin de entender completamente el propósito de todas las partes del Contrato y la naturaleza y alcance del mismo. PARAGRAFO: EL CONTRATISTA manifiesta que no hará reclamo alguno que implique compensación económica, prolongación de plazos, concesiones de cualquier tipo o reconocimiento de indemnizaciones, con base en la interpretación errónea o incompleta de alguna o algunas de las cláusulas o anexos del contrato. Su responsabilidad es, por consiguiente, a todo riesgo. EL CONTRATISTA deja constancia también de haber investigado la disponibilidad local de personal, materiales y equipos, las vías por las cuales podrán ser transportados los mismos al lugar de los
trabajos; las disposiciones de las leyes o costumbres locales y todas las demás situaciones que puedan afectar el costo y/o el plazo de ejecución del proyecto. Los eventos de fuerza mayor o caso fortuito deberán informarse a LA EMPRESA, dentro de los dos (2) días siguientes a su ocurrencia; estos serán valorados por LA EMPRESA según las leyes. EL CONTRATISTA debe respetar la propiedad pública y privada, así como conservar en buen estado los elementos que la componen, evitando cualquier daño a la comunidad o a terceros que de producirse deben resarcirse a su xxxxx y bajo su absoluta responsabilidad. Además, es responsable de la obtención del permiso o licencias que sean imprescindibles para el acceso a los predios que ocupan la zona de servidumbre de conducción eléctrica, transitar por los mismos, adelantar las actividades del proyecto, ejercer la vigilancia, conservación y mantenimiento y emplear los demás medios necesarios para su ejercicio. LA EMPRESA podrá aportar el plano general en que figure el curso que habrá de seguir la línea objeto del proyecto con la demarcación específica del área; EL CONTRATISTA realizará el inventario de los daños que se causen, con el estimativo de su valor realizado en forma explicada y discriminada, que se adjuntará al acta elaborada al efecto. EL CONTRATISTA deberá dar aviso a la Autoridad Ambiental cuando quiera que se necesite permiso o licencia ambiental para adelantar la tala, poda o traslado de árboles o especies vegetales. CLÁUSULA SEXTA: VALOR, FORMA Y CONDICIONES DE PAGO. El valor total y estimado del presente contrato es la suma de
_ ($ ), incluido el correspondiente impuesto de IVA. En todo caso el valor final será el que resulte de multiplicar las cantidades del proyecto o suministros ejecutados por el CONTRATISTA, por los precios unitarios indicados en el anexo 1, Formulario de Cantidades y Precios, una vez recibidos a satisfacción por LA EMPRESA. PARÁGRAFO PRIMERO: Se deja claramente establecido que los precios unitarios han sido fijados por EL CONTRATISTA teniendo en cuenta todas las condiciones y los gastos que debe realizar para la ejecución del proyecto y suministro de materiales necesarios, objeto de este Contrato y por tanto, comprenden todas las erogaciones hechas por EL CONTRATISTA para llevarlas a cabo; en consecuencia los precios de este CONTRATO son fijos, firmes y no reajustables. PARAGRAFO SEGUNDO: LA EMPRESA pagará a El CONTRATISTA la labor objeto del contrato de acuerdo a la forma y condiciones que se establecen a continuación. 1) ACTAS PARCIALES DE AVANCE: El CONTRATISTA y EL INTERVENTOR o quien se designe, en el sitio de los trabajos, cada mes, medirán conjuntamente el proyecto realizado a satisfacción, y se procederá a realizar la liquidación correspondiente por medio de acta firmada entre el contratista y el interventor. En el acta deberá constar: En Ítem, la cantidad del proyecto ejecutada en el período desde la liquidación anterior, el valor unitario, el valor total del acta, cantidad del proyecto acumulada y valor total acumulado. De cada una de las actas LA EMPRESA, retendrá en valor proporcional correspondiente para la amortización del anticipo, el cual en cualquier caso deberá estar amortizado antes de la recepción definitiva de los trabajos, para lo cual LA EMPRESA podrá retener de cuentas pendientes a favor del CONTRATISTA o en el Acta Final el valor que no se haya rembolsado o exigir a este su devolución total de lo no amortizado cuando a su juicio la inversión no se hizo correctamente y proyecto no marcha satisfactoriamente, ello sin perjuicio de la correspondiente ejecución de pólizas. El valor correspondiente a las actas de ejecución del proyecto, será cancelado dentro de los (30)
días calendarios, contados a partir de la presentación de la respectiva cuenta de cobro con todos los requisitos legales, previa deducción de los conceptos a que haya lugar. Cuando se presenten errores de cualquier índole en la cuenta de cobro, o no se reúnan los requisitos exigidos para su radicación, ésta será glosada por LA EMPRESA indicando claramente la razón por la cual se efectúa la glosa. La glosa se informará al oferente dentro de los cinco
(5) días hábiles siguientes a la fecha de recibo de la cuenta de cobro correspondiente. La cuenta de cobro glosada no dará lugar al pago de intereses moratorios. Una vez efectuada la glosa a la cuenta de cobro o factura, el oferente debe corregirla dentro de los cinco (5) días siguientes al recibo de la misma, plazo éste dentro del cual deberá radicarla nuevamente y el plazo para su pago, empezará a contarse de nuevo. PARÁGRAFO SEGUNDO. Para efectos de la liquidación de las actas correspondientes al suministro deberán hacerse en las unidades y a los precios indicados en la lista de ítems, se cancelarán las cantidades debidamente recibidos. PARÁGRAFO TERCERO: Para el trámite de facturas se deberá tener firmada por las partes, las correspondientes actas de avance y/o liquidación final la cual será el soporte para el pago. Factura que no contenga los soportes respectivos será devuelto por el interventor al contratista; para coordinar la logística de recibo del material objeto de compra, EL CONTRATISTA deberá enviar el cronograma de despacho el cual será aprobado por el interventoría PARAGRAFO CUARTO: Las tardanzas que se presentan por la no adecuada o no oportuna presentación de la cuenta de cobro serán responsabilidad del CONTRATISTA quien no tendrá derecho a reclamar intereses o compensación de naturaleza alguna. CLÁUSULA SÉPTIMA. PLAZO DE EJECUCIÓN: El plazo para la ejecución del proyecto será de _ (XX) días, contados a partir de la fecha de la orden de iniciación, dada por LA EMPRESA., Si por culpa imputable a EL CONTRATISTA, los trabajos realizados por éste no son suficientes para cumplir con el plazo de ejecución pactado o condiciones contratadas según las especificaciones, LA EMPRESA se reserva en cualquier momento el derecho de contratar con terceros la ejecución parcial del proyecto, sin que ello dé lugar a reclamación alguna por parte de EL CONTRATISTA. El plazo podrá variase por ejecución de obra extra o adicional o por suspensión del proyecto debido a fuerza mayor o caso fortuito u orden dada por LA EMPRESA, por causas no imputables a EL CONTRATISTA. PARÁGRAFO. VIGENCIA DEL CONTRATO: El presente contrato estará vigente por el término que se requiera para su liquidación. CLÁUSULA OCTAVA. GARANTÍAS El Proponente favorecido estará obligado a constituir a través de una Compañía de Seguros legalmente autorizada para operar en Colombia, las siguientes garantías constituidas para particulares y a favor de la EMPRESA DISTRIBUIDORA XXX XXXXXXXX S.A. E.S.P. - DISPAC S.A. ESP, que avalen el cumplimiento de todas y cada una de sus obligaciones contractuales, así: A) Una póliza para garantizar el cumplimiento del contrato, la cual deberá constituirse por un valor equivalente al veinte (20%) del valor del mismo, con una vigencia igual a la de la duración del contrato más sesenta (60) días calendario. B) Una póliza para garantizar el pago de los salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones del personal que hubiese empleado en la realización de las labores, por una cuantía equivalente al diez por veinte (20%) del valor del contrato y con vigencia igual a la del tiempo de ejecución del contrato más tres (3) años. C) Una póliza para garantizar la responsabilidad civil extracontractual, daños a terceros por un valor equivalente al veinte (20%) del valor del contrato y con vigencia igual a la de la duración del contrato más noventa (90) días calendario. D) Una póliza para garantizar la
buena calidad y el funcionamiento de los suministros por un valor equivalente al veinte (20%) del valor del contrato y con vigencia igual a la del contrato y un (1) año más, la cual debe garantizar o amparar los dos riesgos, la calidad y el funcionamiento de todos y cada uno de los bienes que comprenden el objeto de la presente contratación. E) Una póliza para garantizar la estabilidad de la obra, que ampare el riesgo de la obra objeto del contrato, en condiciones normales de uso, no sufrirá deterioros imputables al CONTRATISTA, su vigencia es por tres (3) años contados a partir de la aceptación final de las obras y por un valor equivalente al diez (10%) del valor del contrato F) Póliza para garantizar la calidad del servicio, por un valor equivalente al veinte por ciento (20%) del valor de la orden de servicio y con vigencia igual a la de la orden de servicio más sesenta (60) días calendario. El valor de las primas y demás gastos que demande la constitución, prórrogas y modificaciones de las garantías exigidas, serán por cuenta del oferente El Oferente deberá aportar la respectiva constancia de pago de las primas de las pólizas aportadas. PARAGRAFO PRIMERO: En caso de suspensión y/o adición del contrato, modificación del plazo, precio, uno u otro EL CONTRATISTA deberá ampliar la Garantía o Pólizas, para conservar el monto porcentual y vigencias aquí pactadas en la forma que corresponda. CLÁUSULA NOVENA. VINCULACIÓN DE PERSONAL, AFILIACIÓN DEL PERSONAL A LA SEGURIDAD SOCIAL Y PAGO DE PRESTACIONES SOCIALES: EL CONTRATISTA se obliga a
emplear personal técnico capacitado y eficiente para el buen desarrollo del proyecto. Igualmente deberá afiliar al personal que tenga en el proyecto a los sistemas de Pensión, Salud, y Riesgos Profesionales, según las normas vigentes y deberá aportar las constancias de afiliación periódicamente a LA EMPRESA o a quien ésta designe, y cuando sean exigidas al momento de la liquidación. Será por cuenta del CONTRATISTA el pago de todas las obligaciones por concepto de salarios y prestaciones sociales, con fundamento en las normas legales vigentes. En todo caso el personal utilizado por el CONTRATISTA no contraerá vinculación laboral alguna con LA EMPRESA. CLAUSULA DÉCIMA. MULTAS: Si el contratista no entrega cualquier parte de las actividades dentro de las fechas o plazos estipulados en el contrato y el respectivo cronograma de actividades, LA EMPRESA le deducirá, sin perjuicio de las demás sanciones establecidas en el contrato, equivalente a cero punto cinco por ciento (0.5%) del valor total del contrato, sin que éstas sobrepasen del 10% del valor total del mismo, por cada requerimiento en el que se evidencie retraso e incumplimiento en el desarrollo de las actividades. La deducción por incumplimiento se hará efectiva cada vez que se presente y se contabilizará separadamente para cada uno de los plazos incumplidos, para lo cual LA EMPRESA podrá proceder a descontarlos mediante acta de incumplimiento, acta de acuerdo o vía judicial. Las deducciones por incumplimiento de las fechas o plazos de entrega se causan por el simple atraso sin que LA EMPRESA, tenga que demostrarlo y los perjuicios que se le causen por este aspecto se harán efectivos en forma separada.. CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA: INTERVENTORÍA.- LA EMPRESA
verificará la ejecución y cumplimiento de los trabajos y actividades de EL CONTRATISTA por medio de la dirección de Interventoría o su delegado, en adelante EL INTERVENTOR. Las divergencias que se presenten entre EL CONTRATISTA y EL INTERVENTOR, serán dirimidas por el representante de la de LA EMPRESA o quien este designe. EL INTERVENTOR no podrá exonerar a EL CONTRATISTA de ninguna de las obligaciones o deberes contractuales; tampoco podrá sin autorización escrita previa de LA EMPRESA ordenar trabajo alguno que traiga consigo variaciones en el plazo o en el valor del contrato,
ni efectuar ninguna modificación de la concepción del diseño de las labores contratadas. EL INTERVENTOR rechazará todos aquellos trabajos o materiales que no reúnan las condiciones exigidas en los documentos del contrato o de la solicitud de cotización y EL CONTRATISTA se obliga a ejecutar a su xxxxx los cambios y modificaciones que sean necesarios para el estricto cumplimiento de lo pactado en este documento. Si EL CONTRATISTA se niega a ejecutar los cambios y modificaciones indicadas por EL INTERVENTOR, LA EMPRESA podrá ejecutarlos directamente o por intermedio de terceros, cargando los gastos que estas correcciones ocasionen a EL CONTRATISTA, sin perjuicio de las multas y sanciones a que haya lugar. PARÁGRAFO.- Es entendido que la Interventoría, coordinación, revisión y fiscalización que de los trabajos haga EL INTERVENTOR no exime a EL CONTRATISTA ni en todo ni en parte de la responsabilidad que le compete de acuerdo con la ley y con lo previsto en el contrato, por el manejo del anticipo, la seguridad del servicio y cualquier defecto o deficiencia del mismo. CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA. CESION Y SUBCONTRATO.- EL CONTRATISTA no podrá ceder o
subcontratar total o parcialmente la ejecución del presente contrato, sin previa autorización escrita de LA EMPRESA; la cesión tendrá efectos siempre y cuando haya sido debidamente notificada y aceptada, y se haya realizado a satisfacción de LA EMPRESA. EL CONTRATISTA sólo podrá subcontratar todo aquello que no implique la ejecución de todo el objeto del presente contrato, con autorización previa y escrita de LA EMPRESA. En el texto de los subcontratos autorizados se dejará constancia de que se entienden celebrados dentro y sin prejuicio de los términos de este contrato y bajo la exclusiva responsabilidad de EL CONTRATISTA. LA EMPRESA podrá ordenar la terminación del subcontrato en cualquier tiempo, sin que EL CONTRATISTA ni el subcontratista tengan derecho a reclamar indemnización de perjuicio o a instaurar acciones contra LA EMPRESA por esta causa. CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA. TERMINACIÓN ANTICIPADA.- Las partes de común
acuerdo pueden dar por terminado en forma anticipada el presente contrato. LA EMPRESA podrá terminar el contrato unilateralmente sin requerimiento judicial previo, en los casos previstos por la ley, y cuando de la actuación del contratista se derive incumplimiento de alguna de las cláusulas aquí estipuladas, en cuyos casos se entienden por terminados los derechos que EL CONTRATISTA adquiere por este CONTRATO sin derecho a indemnizaciones de cualesquier especie; pero se le reconocerá el valor de los suministros y trabajos ejecutados y recibidos a satisfacción de LA EMPRESA. El valor por reconocerse será el que quedare luego de descontar cualquier cifra que deba EL CONTRATISTA a LA EMPRESA. En caso de terminación, LA EMPRESA hará efectiva las garantías de cumplimiento establecidas en este contrato pudiendo ocupar el sitio de los trabajos en el estado que estas se encuentren y emplear todos los recursos adquiridos por EL CONTRATISTA para la ejecución del contrato, igualmente tendrá derecho a retener las herramientas y demás enseres y elementos destinados por EL CONTRATISTA para la construcción, con derecho al debido uso de los mismos hasta la terminación de los trabajos. También son causales de la terminación: A) La disolución de la persona jurídica de El CONTRATISTA. B) La incapacidad financiera de EL CONTRATISTA que se presume cuando se le declare en liquidación obligatoria o se le abre concurso de acreedores o cualquier proceso concursal; igualmente LA EMPRESA, considera como tal, el retraso injustificado en el pago de salarios, prestaciones e indemnizaciones. C) Si a juicio de LA EMPRESA, del incumplimiento de EL CONTRATISTA se deriven consecuencias que hagan
imposible la ejecución del CONTRATO o se causen perjuicios. D) Cuando se incumplen las condiciones establecidas en la solicitud de cotización o no avanzan satisfactoriamente en el cumplimiento de sus obligaciones dentro del plazo indicado en el mismo o en el cronograma de actividades de suministro y ejecución de actividades, de tal forma que se afecte la ejecución del contrato, y en este evento no toma las acciones correctivas dentro de los cinco
(5) días calendario siguientes después de recibir la comunicación de LA EMPRESA. E) Cuando la calidad de los trabajos ejecutados no fuese aceptable a juicio del LA EMPRESA o de EL INTERVENTOR. F) Por cualquier acto que ponga en riesgo la labor o servicio a realizar y que sea constitutiva de incumplimiento de una de las cláusulas prescritas en este contrato. G) Cuando el Contratista abandone los trabajos o los interrumpa por un plazo mayor de cinco (5) días, excepto causas de fuerza mayor. H) Si el Contratista transfiere en todo o en parte el contrato, se asocia con otros para la ejecución de los servicios o subcontrata, sin previa autorización de DISPAC. I) Cuando el contratista se exceda del plazo fijado para la iniciación de los trabajos. PARAGRAFO. En caso que se establezca una reclamación, demanda o acción legal contra DISPAC S.A. ESP, por asuntos que sean responsabilidad del CONTRATISTA, este será comunicado lo más pronto posible para que por su cuenta asuma oportunamente las medidas previstas por la ley para mantener indemne a LA EMPRESA y adelante las acciones necesarias para llegar a un arreglo del conflicto. El CONTRATISTA será responsable de todo daño o perjuicio que cause directa o indirectamente a terceros, por acción inapropiada, omisión o negligencia de su parte, en los trabajos relacionados con el contrato o en operaciones complementarias; EL CONTRATISTA estará obligado a pagar estos costos o a rembolsarlos a LA EMPRESA, si ésta los pagare. CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA: REVISIÓN, RECIBO Y ENTREGA DE LA OBRA. EL CONTRATISTA informará a LA EMPRESA, por escrito y con diez (10) días hábiles como mínimo de anticipación, que se propone hacer entrega definitiva del proyecto. Dentro de los cinco (5) días hábiles después de haber recibido esta notificación, LA EMPRESA a través del Interventor deberá dar la aprobación en la medida que el proyecto se esté terminando. Una vez terminada el proyecto, la Interventoría y el Contratista conformarán una comisión para adelantar la revisión técnica para la recepción final del proyecto. En la revisión, se tendrán en cuenta entre otros los siguientes aspectos: las distancias mínimas de seguridad o de despeje de la zona de servidumbre donde se ejecutó el proyecto establecido por las normas técnicas. LA EMPRESA a través del Interventor podrá exigir modificaciones y reparaciones en estrecha concordancia con los documentos del CONTRATO y el costo de las mismas serán por cuenta de EL CONTRATISTA. En caso de realizarse actas de recibo parciales del proyecto, esto no implica el recibo definitivo de las partes y mucho menos el de todo el proyecto. La ejecución total definitiva se hará constar en ACTA DE RECIBO FINAL DEL PROECTO donde consten las cantidades reales ejecutadas, el valor pagado por las mismas y cualquier valor que se adeude a EL CONTRATISTA. CLAUSULA DÉCIMA QUINTA: INDEMNIDAD: El Contratista se obliga a mantener indemne a DISPAC S.A. E.S.P., por cualquier demanda, acción legal, reclamaciones de cualquier naturaleza, presentadas por terceras personas, que tengan como causa las actuaciones, hechos, omisiones, diligencias, por parte del contratista. CLAUSULA DÉCIMA SEXTA: ACTA DE TERMINACION Y LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO. El presente contrato se liquidará de común acuerdo por las partes contratantes dentro los seis (6) meses siguientes a la suscripción del acta de terminación o
recibo. También en esta etapa las partes acordarán los ajustes, revisiones y reconocimientos a que haya lugar. En el acta de liquidación constarán los acuerdos, conciliaciones y transacciones a que llegaren las partes para poner fin a las divergencias presentadas y poder declararse x xxx y salvo. Para la liquidación se exigirá a EL CONTRATISTA la extensión o ampliación si es del caso, de la garantía del contrato de calidad del servicio suministrado, al pago de salarios, prestaciones e indemnizaciones, a la responsabilidad civil y, en general para avaluar las obligaciones que deba cumplir con posterioridad a la extinción del contrato. Si EL CONTRATISTA no se presenta a la liquidación o las partes no llegan a acuerdo sobre el contenido de la misma, dentro de los tres (3) meses siguientes, LA EMPRESA procederá a realizar unilateralmente la liquidación del contrato, para lo cual se entiende irrevocablemente autorizado por EL CONTRATISTA. EL INTERVENTOR suscribirá el acta de liquidación del contrato correspondiente. PARÁGRAFO.- PROCEDIMIENTO PARA LA LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO: Para la
liquidación deberán recopilarse los siguientes documentos: 1. Copia del contrato y sus modificaciones. 2. Copia de todas las actas que hacen parte del contrato. 3. Relación de todos los pagos hechos a EL CONTRATISTA. 4. Estar vigente la garantía única de cumplimiento para particulares. En dicha acta se dejará constancia de: 1. Entrega de los trabajos por parte de EL CONTRATISTA y del recibo a satisfacción por parte de LA EMPRESA. 2. Las reformas en el plazo y precios si las hubiere. 3. Las cantidades de actividades ejecutadas y sus valores. 4. Número de actas parciales de recibo. CLAUSULA DÉCIMA SEPTIMA: CLAUSULA PENAL PECUNIARIA. De acuerdo a lo prescrito en el artículo 1592 del Código Civil Colombiano en caso de incumplimiento del CONTRATISTA en las obligaciones del contrato, o de la terminación por hechos imputables a el, éste, pagará a LA EMPRESA una sanción pecuniaria equivalente al 20% del valor total del contrato, a título de cláusula penal, luego de haberlo oído en los descargos. En caso de encontrar justificadas las razones de EL CONTRATISTA, LA EMPRESA no hará efectiva la presente cláusula. El valor de la cláusula penal será deducido de cualquier pago debido al CONTRATISTA, también se podrá hacerse efectiva por la vía judicial. El procedimiento será similar al definido para imponer multas. CLAUSULA DÉCIMA OCTAVA- MECANISMOS DE SOLUCION DE CONTROVERSIAS: Las partes se comprometen en primer lugar a dirimir las controversias o conflictos que se presenten durante el cumplimiento, ejecución y terminación del contrato, mediante procedimientos alternativos de solución de conflictos establecidos en las normas colombianas. CLAUSULA DECIMA NOVENA. GASTOS DE LEGALIZACIÓN: EL CONTRATISTA asumirá el valor total correspondiente a impuestos o contribuciones exigidos por las leyes, ordenanzas o acuerdos, entre ellos el impuesto de timbre, quedando obligado a su respectiva cancelación. XXXXXXXX XXXXXXXX.- REGIMEN LEGAL: El régimen legal aplicable será el establecido en el Estatuto de Contratación de DISPAC S.A. ESP, y adicionalmente por lo establecido en las disposiciones y principios del derecho privado prescritos en el código de comercio y código civil, las normas del RETIE, las leyes 142 y 143 de 1994, y a las demás normas que lo modifiquen, adicionen y reformen, o que estén relacionadas con la materia, sin que haya lugar a la aplicación de la ley 80 de 1993, excepto en cuanto a las inhabilidades e incompatibilidades previstas en la misma, o cuando la Comisión de Regulación de Energía y Gas autorice la inclusión de cláusulas excepcionales al derecho común. CLAUSULA VIGESIMA PRIMERA. IMPUTACIÓN PRESUPUESTAL: LA EMPRESA pagará a EL CONTRATISTA El gasto que ocasione el
presente contrato con cargo al rubro Reducción de Pérdidas, de acuerdo con los certificados de disponibilidad presupuestal No. de 2011, expedido por el Área de Presupuesto de LA EMPRESA, y a las reservas que para tal efecto se constituyan. CLAUSULA VIGESIMA SEGUNDA. PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN: Este contrato se entenderá perfeccionado con la firma de las partes y la expedición del respectivo registro presupuestal. Para su ejecución requerirá de la presentación y aprobación de las garantías debidamente constituidas por EL CONTRATISTA a satisfacción de LA EMPRESA., y el pago de los impuestos a que haya lugar por parte del CONTRATISTA. El contratista tendrá el término xxxxxx xx xxxx (10) días para la constitución de las garantías exigidas, la consignación a la Empresa Dispac S.A. del impuesto de timbre según las disposiciones legales y la firma del contrato, contados a partir de la comunicación de la adjudicación. CLÁUSULA VIGÉSIMA TERCERA.- DIRECCIÓN DE NOTIFICACIONES: Todas las comunicaciones y notificaciones a que haya lugar en razón del presente contrato serán remitidas por las partes así: El CONTRATISTA:
; y LA EMPRESA: Quibdó, Xxxxxxx 0 x Xx. 00 – 00, xxxx 0, teléfono No. 000-0000000 - 0000000, fax No. 000-0000000. CLAUSULA VIGESIMA CUARTA. DOMICILIO Y JURISDICCIÓN: Las
partes acuerdan como domicilio la ciudad de Quibdó y para todos sus efectos se regirán por las leyes de la República de Colombia y en especial por las disposiciones civiles y comerciales y el manual de contratación vigente en la Empresa.
Para constancia, se firma el presente contrato en la ciudad de Quibdó el (_) día del
mes de de 2019.
LA EMPRESA | EL CONTRATISTA |
Representante Legal GESTOR DISPAC S.A. ESP | _ Representante Legal CONTRATISTA |
INTERVENTOR |
(FORMULARIO DE CANTIDADES Y PRECIOS ANEXO 1)
LA EMPRESA | EL CONTRATISTA |
---------------------------------------- Representante Legal GESTOR DISPAC S.A. ESP | ----------------------------------- Representante Legal CONTRATISTA |
----------------------------------------------- INTERVENTOR |
PLIEGO DE CONDICIONES No. 002-19 | Código | F30-31-01 | |
Versión | 05 | ||
Fecha | 03/02/2017 |
LOS SUSCRITOS REPRESENTANTE LEGAL Y CONTADOR DE LA EMPRESA _ _ _ _ _ _ _
CERTIFICAMOS QUE LA INFORMACIÓN AQUÍ PRESENTADA ES FIDEDIGNA Y CORRESPONDE A LAS CIFRAS REALES DE LOS ESTADOS FINANCIEROS A 31 DE DICIEMBE DE 2018.
_ _ _ _
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_ _ _ _ _ _ _ _ NOMBRE CONTADOR
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NOMBRE REPRESENTANTE LEGAL
NOMBRE REVISOR FISCAL (En caso de requerirse legalmente)
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Mayor (>) al 200% del valor de la oferta
Un mínimo de ingresos anuales acreditados en la última declaración xx xxxxx obligado a presentar, superiores al 200% del valor de esta oferta.
INGRESOS
Mayor (>) x Xxxxx (=) a 2,5 Dos coma cinco.
Utilidad operacional sobre gastos de intereses
RAZON DE COBERTURA DE INTERES
Mayor (>) ó Igual (=) al 200% del valor de la oferta.
Activo Corriente - Pasivo Corriente (Miles de $)
CAPITAL DE TRABAJO NETO
Menor (<) ó Igual (=) al (40%) Cuarenta por ciento
[Pasivo Total / Activo Total] * 100 (Valor %)
RAZÓN DE ENDEUDAMIENTO o ENDEUDAMIENTO TOTAL
Mayor (>) x Xxxxx (=) a (2,5) Dos coma cinco
Activo Corriente / Pasivo Corriente (Valor en unidades)
LIQUIDEZ
No. DE FOLIO PARA COTEJAR INDICADOR
VALOR INDICADOR
CRITERIO DE ACEPTACIÓN
FORMULA
INDICADORES
NOMBRE EMPRESA O CONSORCIO: _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _____
valor en Pesos
Cifras de los Estados Financieros de 31 de Diciembre de 2018
EVALUACIÓN FINANCIERA
ANEXO 13. EVALUACIÓN FINANCIERA DEL PROPONENTE
FIRMA REPRESENTANTE LEGAL | FIRMA CONTADOR | FIRMA REVISOR FISCAL | ||||||||||
No. MATRÍCULA _ _ | _ | _ | _ | _ | _ | No. MATRÍCULA _ _ | _ | _ | _ | _ | _ |
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PLIEGO DE CONDICIONES No. 002-19 | Código | F30-31-01 | |
Versión | 05 | ||
Fecha | 03/02/2017 |
ANEXO 14. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS SISTEMA DE MEDICIÓN
ANEXO 15. MANUAL SEGURIDAD INDUSTRIAL Y SALUD OCUPACIONAL CONTRATISTAS DISPAC S.A. ESP.
ANEXO 16. MANUAL DE SUPERVISION EN LA GESTION DE SEGURIDAD INDUSTRIAL Y SALUD OCUPACIONAL CONTRATISTAS DISPAC S.A. ESP.
ANEXO 17. ESTANDAR XXXXXXXXX XXXXXXXXX
XXXXX 00. ESTANDAR PARA TRABAJOS EN ALTURAS
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