ACUERDO GENERAL 1/2019 DE DIEZ DE ABRIL DEL DOS MIL DIECINUEVE, DE LA SEGUNDA SALA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO A SEGUIR EN LOS ASUNTOS DE SU CONOCIMIENTO QUE INVOLUCREN PERSONAS O GRUPOS DE PERSONAS EN...
ACUERDO GENERAL 1/2019 DE XXXX XX XXXXX DEL DOS MIL DIECINUEVE, DE LA XXXXXXX XXXX DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO A SEGUIR EN LOS ASUNTOS DE SU CONOCIMIENTO QUE INVOLUCREN PERSONAS O GRUPOS DE PERSONAS EN SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD.
Todas las personas en México son titulares de los derechos humanos que se encuentran en la Constitución y en los tratados internacionales de derechos humanos.
En junio del 2011 se hicieron importantes modificaciones a la Constitución, con lo que creció la cantidad de derechos humanos que México reconoce a las personas y se fortaleció el juicio xx xxxxxx como instrumento para que se protejan y respeten sus derechos.
Además, muchos estudios realizados han hecho que nos demos cuenta de que las personas no confían en el sistema de justicia y que, por eso, necesitamos hacer cambios que hagan mejores nuestras sentencias.
Como autoridades, los Ministros tenemos la obligación de hacer cambios que permitan a las personas tener acceso a la información y así conocer sus derechos y cómo cambian éstos con las sentencias que hace esta Corte. Esto permitirá que las personas puedan defender sus derechos mejor en el sistema de justicia.
Por esos motivos, hemos decidido que en los casos en que haya niñas, niños y adolescentes, personas con discapacidad, personas migrantes y sujetas a protección internacional, personas, comunidades y pueblos indígenas y en todos aquellos casos en que los Ministros de esta Xxxxxxx Xxxx consideremos que la o las personas involucradas tienen características y condiciones sociales específicas o que se trate de casos que sean muy importantes y trascendentes para el país, vamos a emitir además de la sentencia tradicional, una de lectura accesible y sencilla que además se dará a conocer en los medios y formatos particulares, adecuados y accesibles, que requiera la persona o grupo de personas del caso. Y esto lo
vamos a hacer aun cuando decidamos que por alguna razón no podemos resolver el fondo o conflicto en ese asunto (lo que en términos técnicos se conoce como causa de improcedencia).
Para poder lograr este compromiso, los Ministros de la Xxxxxxx Xxxx vamos a llevar a cabo acciones y planes para mejorar cómo hacer estos formatos sencillos, adecuados y accesibles, y esto lo haremos avanzando poco a poco, es decir, respetando el principio de progresividad. Por eso, tendremos que buscar utilizar la mayor cantidad de recursos posibles tomando en cuenta nuestro presupuesto, el personal con el que contamos y, además, que siempre haya profesionalización y capacitación para cumplir estos objetivos.