PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
CONTRATO DEL SUMINISTRO EN RÉGIMEN DE ALQUILER DE UN PROYECTOR DE VIDEO PARA LA SALA XXXXXXX XXXXX DEL AUDITORIO Y CENTRO
EXPEDIENTE 03-2024
CUADRO DE CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO
A.- DESIGNACIÓN DEL CONTRATO
Nº Expediente: 03-2024 | CPV: 38652120-7 Videoproyectores |
PROCEDIMIENTO ABIERTO SIMPLIFICADO CONTRATO SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA (XXXX): NO CONTRATO SUJETO A RECURSO ESPECIAL MATERIA DE CONTRATACIÓN: NO COMITÉ DE EXPERTOS: NO CLASIFICACIÓN: NO ADMISIBILIDAD DE VARIANTES: NO |
Objeto:
Contratación del suministro en regimen de alquiler de un proyector de video para la sala Xxxxxxx Xxxxx del Auditorio y Centro de Congr
B.- OBJETO Y JUSTIFICACIÓN DEL CONTRATO
Lotes:
No se divide el objeto del contrato en lotes, debido a la naturaleza de la prestación del suministro, que es única, siendo lo más adecuado desde el punto de vista técnico, la entrega del proyector de video por el mismo contratista suministrador.
JUSTIFICACIÓN: Las necesidades a satisfacer vienen plasmadas en la Memoria que obra en el expediente. |
Contrato reservado: NO |
Autor xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas D. Xxxxxx Xxxx Xxxxxxxx, Jefe Técnico. |
C.- PRESUPUESTO
Presupuesto Base Anual: IVA (21%): PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN (DOS AÑOS): 132.000,00 |
Valor Estimado: |
Método de cálculo aplicado para calcular el valor estimado: Presupuesto base sin IVA, no habiéndose previsto prórrogas ni modificados al alza. |
Sistema de determinación del precio del contrato: Precio unitario. El precio se ha calculado en base a precios xx xxxxxxx. |
D.- CRÉDITO
ANUALIDAD | PARTIDA | IMPORTE |
2024-2026 | Gastos de funcionamiento del ICA | 132.000,00 |
Financiación propia: 100 %.
E.-REVISIÓN DE PRECIOS
No procede.
F.- PLAZO Y LUGAR DE EJECUCIÓN
PRÓRROGA: NO
PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO: Dos (2) años
LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO: El suministro se efectuará en el Auditorio y Centro de Congresos Xxxxxx Xxxxxxxx, sito en Xxxxxxx Xxxxxxx xx Xxxx, x/x, 00.000 Xxxxxx.
G.- PLAZO DE GARANTÍA
No procede.
H.- GARANTÍAS
DEFINITIVA
No procede
PROVISIONAL
No procede
I.- FORMA DE PAGO
Pagos parciales: SI
Posibilidad de pago en especie: No.
El pago se efectuará previa la presentación de la correspondiente factura, debidamente conformada por el Responsable del contrato y una vez hayan sido realizados los suministros.
J.- CRITERIOS DE SELECCIÓN
Solvencia Económica-Financiera y Técnica o profesional: Ver clausula 11 del presente Xxxxxx
K.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN Y DESEMPATE
CRITERIOS DE DESEMPATE: Se estará a lo previsto en el artículo 147.2 de la LCSP.
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
Ver clausula 14 del presente Pliego
L.- CRITERIOS PARA LA DETERMINACIÓN DE LAS OFERTAS ANORMALMENTE BAJAS.
A los efectos del artículo 149 de la LCSP, se considerarán desproporcionadas o temeraria las ofertas que se encuentren en los supuestos del artículo 85 (apartados 1, 2, 3 y 4) del RGLCAP.
M.- DECLARACIONES RESPONSABLES A PRESENTAR POR LOS LICITADORES
Declaración responsable del art 159.4 de la LCSP (Anexo III)
N.- OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DE ESTE CONTRATO
No procede.
O.- COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS
No.
P.- CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
En cumplimiento del artículo 202.2 de la LCSP, el contratista deberá comprometerse al cumplimiento del convenio colectivo que sea de aplicación en el sector, asi como a favorecer la aplicación de medidas que fomenten la igualdad entre hombres y mujeres en el trabajo.
Q.- SUBCONTRATACIÓN
Procede: SI
S.- CESIÓN DEL CONTRATO
Procede: No
T.- MODIFICACIONES DEL CONTRATO
No se prevé expresamente que el contrato pueda ser objeto de modificación durante su vigencia, de acuerdo con el artículo 204 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
U.- ÓRGANO ADMINISTRATIVO CON COMPETENCIA EN CONTABILIDAD PÚBLICA
Intervención General de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx
V.- ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
Dirección General del ICA
X.- UNIDAD ENCARGADA DEL SEGUIMIENTO
De acuerdo a lo establecido en al artículo 62 de la LCSP, se propone designar como responsable del contrato a D. Xxxxxx Xxxx Xxxxxxxx, Jefe Técnico.
Y.- PERFIL DEL CONTRATANTE
El acceso al mismo se efectuará a través de la siguiente página web: xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxx/xxxxxx/xxxxxxxxxx
Datos de contacto para consulta de Xxxxxxx administrativos: Xxxxxxx Xxxxxxxx / Xxxxxxxxxx Xxxxxxx Teléfono 000000000
E-mail: xxxxxxx.xxxxxxxx0@xxxx.xx / xxxxxxxxxx.xxxxxxx@xxxx.xx
Datos de contacto para consulta de Pliegos técnicos: Xxxxxx Xxxx Xxxxxxxx xxxxxx.xxxx@xxxx.xx
Z.- CÓDIGO DIR3 QUE DEBE FIGURAR EN LOS CAMPOS OBLIGATORIOS DE LAS FACTURAS ELECTRÓNICAS.
Instituto de las Industrias Culturales y las Artes de la Región xx Xxxxxx (ICA) X00000000. |
ÍNDICE:
I. CONDICIONES ESPECÍFICAS
1. OBJETO DEL CONTRATO
2. NECESIDADES ADMINISTRATIVAS A SATISFACER
3. RÉGIMEN JURÍDICO
4. PUBLICIDAD DEL CONTRATO
5. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN Y VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
6. PRECIO DEL CONTRATO, REVISIÓN DEL PRECIO Y EXISTENCIA DE CRÉDITO
7. FORMA DE JUSTIFICACIÓN Y PAGO
8. PLAZO DE EJECUCIÓN Y LUGAR DE ENTREGA
II. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
9. CLASIFICACIÓN EXIGIDA
10. ACREDITACIÓN DE LA CAPACIDAD LEGAL Y TÉCNICA
11. SOLVENCIA TÉCNICA Y FINANCIERA
12. LUGAR, PLAZO Y MODO DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES
13. CONTENIDO DE LA PROPOSICIÓN
14. CRITERIO DE ADJUDICACIÓN Y OFERTAS ANORMALMENTE BAJAS
15. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR EL LICITADOR PROPUESTO
16. GARANTÍAS
17. APERTURA DE LAS PROPOSICIONES
18. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
III. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
19. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
20. RESPONSABLE DEL CONTRATO
21. RESPONSABILIDAD EN LA EJECUCION DEL CONTRATO
22. SUBCONTRATACIÓN
23. DEBER DE COLABORACIÓN
24. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
25. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
26. CONFIDENCIALIDAD
27. DESISTIMIENTO Y RENUNCIA A LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO
28. RECURSOS Y JURISDICCIÓN COMPETENTE
ANEXOS:
LOS SIGUIENTES ANEXOS FORMAN PARTE INSEPARABLE DEL PRESENTE PLIEGO:
ANEXO I: MODELO DE OFERTA ECONÓMICA.
ANEXO II: COMPROMISO DE EFECTUAR DESCUENTOS EN FUNCIÓN DE LOS DIAS CONSECUTIVOS DE PRESTACIÓN DEL SUMINISTRO.
XXXXX XXX: MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL LICITADOR SOBRE CUMPLIMIENTO DE CONDICIONES ESTABLECIDAS LEGALMENTE PARA CONTRATAR CON LA ADMINISTRACIÓN EXIGIDAS POR EL ARTÍCULO 159 DE LA LCSP Y DE OTROS REQUISITOS.
ANEXO IV: MODELO DE COMPROMISO DE UTE. ANEXO V: DACI
I. CONDICIONES ESPECÍFICAS
El Instituto de las Industrias Culturales y las Artes de la Región xx Xxxxxx (ICA), como entidad pública empresarial adscrita a la actual Consejería de Turismo, Cultura, Juventud y Deportes, mediante Decreto del Presidente n.º 31/2023, de 14 de septiembre, de reorganización de la Administración (Suplemento número 12 del BORM número 213 de 14/09/2023), fue constituido por el Capítulo III del Libro III de la Ley 14/2012, de 27 de diciembre, de medidas tributarias, administrativas y de reordenación del sector público regional. El artículo 46.2 de dicha ley establece que el ICA tiene como fines generales la ordenación, planificación, programación, dirección y coordinación de las competencias de la Región xx Xxxxxx en materia de promoción cultural, en el marco de la política del Gobierno regional.
El Decreto nº 17/2014, de 28 xx xxxxx, por el que se aprueban los Estatutos del Instituto de las Industrias Culturales y las Artes de la Región xx Xxxxxx, dispone que en su artículo 3.2.d) que al ICA le corresponde la gestión de entre otros, el Auditorio y Centro de Congresos Xxxxxx Xxxxxxxx, que se encuentra adscrito al ICA.
1. OBJETO DEL CONTRATO
El presente pliego tiene como fin establecer las cláusulas administrativas que van a regir en el procedimiento abierto simplificado para la contratación del SUMINISTRO EN REGIMEN DE ALQUILER DE UN PROYECTOR DE VIDEO PARA LA SALA XXXXXXX XXXXX DEL AUDITORIO Y CENTRO DE
.
De conformidad con el artículo 2.4 LCSP, a efectos de la delimitación del objeto del contrato dentro del Vocabulario Común de Contratos (CPV), aprobada por Reglamento (CE) nº 2195/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo de 5 de noviembre de 2002, modificado por el Reglamento 213/2008, la referencia asignada es 38652120-7 Videoproyectores.
- Video-proyector 3 chips DLP > ó = 20.000 Lúmenes ANSI FULL HD 1080 (1920x1080) o superior, con entradas de señal en HDMI y SDI, y obturador mecánico.
- Ópticas de diferentes medidas para realizar proyecciones en diferentes posiciones, gran angular, standar o con teleobjetivo.
La descripción de las características técnicas del proyector se detalla en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
2. NECESIDADES ADMINISTRATIVAS A SATISFACER
Tal y como se indica en la Memoria justificativa, para la correcta gestión y desarrollo de los conciertos, espectáculos, congresos y eventos que se realizan en el Auditorio y Centro de Congresos, en concreto en la sala Xxxxxxx Xxxxx, es necesario contar con un sistema de proyección de audiovisuales adaptado a la
situación tecnológica actual y que permita la proyección en los distintos eventos (congresos y espectáculos) de las imágenes audiovisuales con la calidad que el usuario / cliente exige.
Por ello, se precisa un nuevo aparato con capacidad para adaptarse a los nuevos requerimientos tecnológicos. Para evitar la rapidísima obsolescencia de este tipo de tecnologías, que además tienen un elevado coste, se plantea la opción de un alquiler por un periodo de 2 años, que permitiría convertir el uso del proyector en un coste variable y no depender de los cambios tecnológicos y de las tendencias en sus usos.
3. RÉGIMEN JURÍDICO
Esta contratación se rige por el pliego de cláusulas administrativas particulares, por el pliego de prescripciones técnicas, por la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (en adelante, LCSP), por la que se trasponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, y en cuanto no se encuentre derogado por ésta, por el Reglamento General de la Ley de contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 122.4 de la LCSP, los contratos se ajustarán al contenido del presente pliego de cláusulas administrativas particulares, cuyas cláusulas se consideran parte integrante de los mismos. En caso de discordancia entre el presente pliego y cualquiera del resto de documentos contractuales, prevalecerá el pliego de cláusulas administrativas contractuales, en el que se contienen los derechos y obligaciones que asumirán las partes del contrato.
El ICA desarrolla la presente contratación en su calidad de poder adjudicador que tiene carácter de Administración Pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.2 y 3.3 letra d) de la LCSP.
A los efectos de la presente contratación y de las normas y documentos que constituyen su régimen jurídico, se entenderá por poder adjudicador o simplemente por contratante al ICA, y se entenderá por empresa contratista o simplemente por contratista o adjudicataria a la empresa o empresario que aquélla contrate para la realización de las prestaciones en cuestión. Por su parte, las referencias al órgano de contratación han de entenderse referidas al órgano competente de la entidad pública empresarial ICA.
En cuanto al procedimiento de contratación a seguir, atendiendo tanto al objeto como al valor estimado, se llevará a cabo mediante PROCEDIMIENTO ABIERTO SIMPLIFICADO, de conformidad con lo establecido en el artículo 159 de la LCSP.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 99.3 de la LCSP, se justifica la no división en lotes debido a la naturaleza de la prestación objeto del contrato,
que es única, siendo lo más adecuado la entrega del proyector completo, por el mismo contratista suministrador.
4. PUBLICIDAD DEL CONTRATO
En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 159.2 de la LCSP, los anuncios de este procedimiento se publicarán en el Perfil del Contratante del ICA. El pliego de cláusulas administrativas, el pliego de prescripciones técnicas y demás documentos anexos, revestirán carácter contractual.
Queda prohibida toda negociación de los términos del contrato con las empresas licitadoras. El desconocimiento del presente pliego, del contrato, de sus documentos anexos o de las instrucciones o normas de toda índole aprobadas por la Administración que puedan ser de aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá a la persona contratista de la obligación de su cumplimiento.
5. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN Y VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN: El presupuesto anual, IVA excluido, asciende a cincuenta y cuatro mil quinientos cuarenta y cinco con
, XXX excluido. El IVA (21%) es de once mil
El cálculo de dicho presupuesto se ha realizado estimando una utilización del proyector de 5 días al mes durante los 12 meses del año. Por otra parte, el precio máximo del alquiler del proyector por día de utilización se ha fijado en
. Resultando, pues, un presupuesto anual de licitación de
, IVA incluido:
El PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN (IVA incluido) para los dos años de duración del contrato
VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO. De acuerdo con lo dispuesto en el art.101 de la LCSP, el valor estimado para esta contratación para los dos años
, sin incluir el IVA.
Precio máximo del alquiler (precio/día):
CONCEPTO | Precio unitario/ día sin IVA | IVA (21%) | TOTAL unitario/ día Iva incluido |
Precio unitario alquiler del equipo | 190,91 |
|
El precio unitario solicitado corresponde al alquiler para una duración de un solo día.
El licitador indicará la marca y el modelo de los equipos ofertados (Esa información deberá ser incluida en el sobre nº 1 Documentación administrativa).
6. PRECIO DEL CONTRATO, REVISIÓN DEL PRECIO Y EXISTENCIA DE CRÉDITO
PRECIO DEL CONTRATO. - El precio del contrato será el que resulte de la adjudicación e incluirá como partida independiente el Impuesto sobre el Valor Añadido. En el precio queda incluidos los demás tributos, tasas y cánones de cualquier índole, que sean de aplicación, así como todos los gastos que se originen para el adjudicatario como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en el presente pliego, y se abonará con cargo a la partida presupuestaria de .
Se incluye en el precio del alquiler del equipo la totalidad de accesorios para su correcta instalación (cables, conectores, sistema de colgado en vara, etc.), transporte, ubicación en el lugar del evento, instalación de los equipos, ajuste y pruebas de funcionamiento con los clientes, así como la retirada del material.
En los precios ofertados por los licitadores quedarán incluidos todos los conceptos, impuestos, gastos, tasas y arbitrios de cualquier ámbito fiscal y, así como el beneficio industrial del contratista, los precios de cada referencia no incluirán el IVA.
REVISIÓN DE PRECIOS.- Atendiendo a las características concretas del contrato, de acuerdo con lo señalado en el artículo 103 de la LCSP, queda excluida la revisión de precios.
EXISTENCIA DE CRÉDITO. - Para atender a las obligaciones económicas que se deriven de este contrato, está prevista la consignación presupuestaria y crédito adecuado y suficiente con cargo a los presupuestos del ICA para el ejercicio 2024 en el que se debe realizar la ejecución del gasto, así como en los ejercicios 2025 y 2026 con las salvedades presupuestarias de acuerdo con el expediente de propuesta autorizada de gasto.
Mediante certificación del Jefe del departamento de Administración del ICA se acredita la existencia de crédito adecuado y suficiente para acometer el suministro licitado, contando con la preceptiva autorización del gasto por parte de la Consejera de Turismo, Cultura, Juventud y Deportes.
No se admitirán ofertas cuyo importe sea superior al presupuesto base de licitación fijado para la presente contratación.
En las ofertas económicas que se formulen, se especificará la cantidad propuesta IVA excluido, entendiéndose siempre, que en la cantidad propuesta se incluye cualquier otro tipo de impuesto o carga fiscal que le sea de aplicación,
en su caso, por la naturaleza del contrato. En partida separada se especificará la cantidad correspondiente al IVA, indicando el tipo en vigor al momento de presentar la oferta.
7. FORMA DE JUSTIFICACIÓN Y PAGO
El adjudicatario tendrá derecho al abono del precio de los suministros efectivamente entregados y formalmente recibidos por la Administración con arreglo a las condiciones establecidas en el contrato (art 301 LCSP).
El abono del suministro se efectuará previa presentación de la correspondiente factura, que será emitida por la empresa adjudicataria conforme se realice la entrega del bien objeto de suministro. Se presentará en las oficinas del ICA, sitas en Murcia, Avenida Primero xx Xxxx, edificio Auditorio y Centro de Congresos Xxxxxx Xxxxxxxx, x/x, 00.000 XXXXXX, con las retenciones e impuestos que legalmente correspondan, y se pagará mediante transferencia bancaria a nombre del adjudicatario contratista, en la cuenta bancaria que éste indique en su oferta o en cualquier otra que notifique expresamente a la entidad contratante con posterioridad.
Para proceder al pago de la factura, ésta deberá ir acompañada del justificante de entrega de los bienes objeto de suministro, para cuya verificación el ICA tendrá un plazo máximo de 30 días, el cual se suspenderá en caso de que la contratista fuese requerida para subsanar la justificación presentada o aportar aquella omitida. Una vez verificada correctamente la factura, el pago se realizará en un plazo máximo de 30 días desde la verificación.
El pago correspondiente a la última entrega se efectuará una vez realizado el oportuno acto formal y positivo de recepción o conformidad, mediante certificado emitido por el ICA.
8. PLAZO DE EJECUCIÓN Y LUGAR DE ENTREGA
El contrato tendrá una duración de DOS (2) AÑOS a contar desde el día siguiente a su formalización o desde la fecha fijada en el documento contractual, sin posibilidad de prórroga.
El suministro se efectuará en el Auditorio y Centro de congresos Xxxxxx Xxxxxxxx , sito en Xxxxxxx Xxxxxxx xx Xxxx, x/x, 00.000 Xxxxxx.
II. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
9. CLASIFICACION EXIGIDA
No se requiere exigencia de clasificación, en base a lo dispuesto en el art.77.1.c) de la LCSP.
10. ACREDITACIÓN DE LA CAPACIDAD LEGAL Y TÉCNICA
Podrán contratar con el sector público, las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que, de acuerdo con lo previsto en los artículos 65 a 69 de la LCSP, tengan plena capacidad de obrar, y no estén incursas en las causas de prohibición de contratar expresadas en el artículo 71 de la LCSP.
Podrán, asimismo, concurrir a esta licitación las uniones temporales de empresarios, según lo establecido en el artículo 69 de la LCSP.
Los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato.
Las personas jurídicas solo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales.
En el caso de personas físicas o jurídicas no españolas se observará lo establecido en los artículos 67, 68 y 84 de la LCSP.
El órgano de contratación, de conformidad con lo establecido en el artículo
70 de la LCSP, tomará las medidas adecuadas para garantizar que la participación en la licitación de las empresas que hubieran participado previamente en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato o hubieran asesorado al órgano de contratación durante la preparación del procedimiento de contratación, no falsee la competencia.
De conformidad con el artículo 159.4.a de la LCSP, todos los licitadores que se presenten a licitaciones realizadas a través del procedimiento simplificado deberán estar inscritos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público, o en el Registro Oficial de la correspondiente Comunidad Autónoma, en la fecha final de presentación de ofertas, siempre que no se vea limitada la concurrencia.
11. SOLVENCIAS EXIGIDAS AL LICITADOR
Las empresas que concurran en la presente licitación deberán acreditar sus solvencias tanto económica y financiera como técnica o profesional:
Solvencia económica y financiera
De acuerdo a lo dispuesto en el art. 87.1.a) de la LCSP, la solvencia económica y financiera deberá acreditarse a través del volumen anual de negocios, en el ámbito al que se refiere el contrato, en el mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas.
Volumen anual de negocios del licitador, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos, deberá ser al menos igual al valor estimado del contrato, es decir,
El volumen anual de negocios se podrá acreditar mediante presentación de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las despostadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro o bien, mediante la presentación del modelo 390 original o copia cotejada, o bien por un certificado del importe neto de la cifra de negocios expedido por la Agencia Tributaria.
Solvencia técnica o profesional
De conformidad con lo establecido en el artículo 89 de la LCSP, la solvencia técnica o profesional deberá ser acreditada mediante una relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo, los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos; cuando sea necesario para garantizar un nivel adecuado de competencia, los poderes adjudicadores podrán indicar que se tendrán en cuenta las pruebas de los suministros pertinentes efectuados más de tres años antes.
Cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación, los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.
El requisito mínimo será que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato, es decir superior a 38.182,00
Toda esta documentación se presentará cuando sea requerido el licitador para ello. No obstante, si por razón justificada, el licitador no está en condiciones de presentar las referencias solicitadas, se le autorizará a acreditar sus solvencias por medio de cualquier otro documento que se considere apropiado por el órgano de contratación.
12. PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES.
La presentación de las proposiciones por los interesados supone la aceptación incondicionada por el licitador de la totalidad de las cláusulas o condiciones de este pliego y de las prescripciones técnicas, sin salvedad o reserva alguna.
Las proposiciones serán debidamente firmadas y se presentarán en el plazo de QUINCE DIAS NATURALES (15), contados desde el día siguiente a la publicación de la licitación en la Plataforma de Contratación del Estado.
Las ofertas se presentarán en lengua castellana. La documentación redactada en otra lengua deberá acompañarse de la correspondiente traducción oficial al castellano. No podrá suscribirse ninguna proposición en unión temporal con otros empresarios si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las proposiciones por él suscritas.
La documentación que acompaña a las proposiciones se podrá aportar mediante fotocopias, salvo las declaraciones responsables y las propias ofertas que deberán ser originales y firmadas electrónicamente por el representante legal de la empresa. En este caso, el licitador se compromete a aportar los originales o copias compulsadas en el caso de ser propuesto como adjudicatario.
Las proposiciones serán secretas y se arbitrarán los medios que garanticen tal carácter hasta el momento de la licitación pública.
No se aceptarán aquellas proposiciones que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente todo aquello que el ICA estime fundamental para la oferta.
Esta licitación NO tendrá lugar mediante presentación de las ofertas por medios electrónicos, según consta en el informe emitido por el órgano de contratación que se ha incorporado al expediente.
Los sobres se deberán PRESENTAR FÍSICAMENTE en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros XXXXXXX (Registro General de la CARM), sita en la Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxx Xxxxxx, 00. 30.011 - Murcia
El acceso presencial a la OAMR está regulado por sistema de cita previa, por lo que aquellos licitadores que pretendan hacer su presentación en la citada Oficina de Registro habrán de solicitar cita en la página web (xxxxx://xxxxxxxxxx- xxx.xxxx.xx/), con la antelación suficiente que les garantice disponer de día y hora para la presentación de sus ofertas.
Se admitirá el ENVÍO POSTAL de las proposiciones, siempre que sean remitidas a la siguiente dirección postal:
OFICINA DE ASISTENCIA EN MATERIA DE REGISTROS- XXXXXXX. OAMR (REGISTRO GENERAL DE LA CARM).
XXXXXXX XXXXXXX XXXX XXXXXX, 00. CP: 30011 MURCIA.
Atención: La dirección que deben indicar en el sobre para el envío por CORREO POSTAL es la de la Oficina del Registro indicada anteriormente, NO EL NOMBRE Y LA DIRECCIÓN DE ESTE ORGANISMO (ICA).
Dicha Oficina de registro (OAMR- XXXXXXX) recibirá toda la documentación (tanto la presentada presencialmente como la que envíen por Correo postal) y posteriormente la remiten por valija (sistema interno entre unidades administrativas) a este órgano de contratación.
Así como mediante el resto de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dentro del plazo de admisión especificado en el anuncio de licitación, debiéndose cumplir los dos siguientes requisitos:
a) Justifique la fecha de imposición del envío en una OFICINA DE CORREOS ESTATAL.
b) Anuncie al órgano de contratación, dentro del plazo para presentar ofertas, que la documentación ha sido enviada.
Este anuncio deberá producirse necesariamente mediante el envío de un correo electrónico a las siguientes direcciones, adjuntando el recibo de presentación en la OFICINA DE CORREOS ESTATAL:
Sin la concurrencia de ambos requisitos (a y b), no será admitida la documentación si es recibida con posterioridad a la fecha y hora de terminación del plazo señalado en el anuncio. Trascurridos, no obstante, diez (10) días siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la documentación, ésta no será admitida en ningún caso.
Ante cualquier duda o aclaración sobre el modo de presentación, pueden realizar consulta a los emails anteriormente indicados.
13. CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES
Las ofertas se presentarán en DOS SOBRES en papel (sobre nº 1 y sobre nº 2) cerrados, de tamaño mínimo DIN-A4, debidamente firmados, y figurando en su exterior la licitación a la que concurre, mediante la mención de CONTRATO DEL SUMINISTRO EN RÉGIMEN DE ALQUILER DE UN PROYECTOR DE VIDEO PARA LA SALA XXXXXXX XXXXX DEL AUDITORIO
, el nombre y apellidos o razón social de la empresa, así como su correspondiente CIF o DNI, domicilio postal, domicilio fiscal, teléfono, fax, número de teléfono móvil y dirección de correo electrónico a efectos de comunicaciones.
Los sobres contendrán la siguiente documentación:
SOBRE Nº 1
1. Declaración responsable del licitador sobre los extremos señalados en el artículo 159.4.c) LCSP (Anexo III).
2. Compromiso de formalización de unión temporal de empresas (Anexo IV).
3. Declaración responsable del licitador, indicando:
a) La marca y modelo del equipo/os que oferta, de acuerdo con las especificaciones incluidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
b) El compromiso de respuesta rápida en la reposición del equipo, en caso de avería.
c) Disponibilidad de suministrar (al mismo precio) un equipo de mayores prestaciones, en caso de no poder suministrar el equipo de ofertado.
4.- Declaración de ausencia de conflicto de interés (DACI) Anexo V.
SOBRE Nº 2
1. Oferta económica (Anexo I).
2. Compromiso de efectuar descuentos en función de los dias consecutivos de prestacion del suministro (Anexo II).
La OFERTA ECONÓMICA se presentará redactada conforme a los modelos establecidos en los correspondientes anexos, no aceptándose aquellas que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que el órgano de contratación estime fundamental para considerar la oferta.
Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del presupuesto base de licitación, variase sustancialmente el modelo establecido, comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será desechada por el órgano de contratación, sin que sea causa bastante para el rechazo el cambio u omisión de algunas palabras del modelo, si ello no altera su sentido.
14. CRITERIO DE ADJUDICACIÓN, OFERTAS ANORMALMENTE BAJAS Y DESEMPATE.
Criterios cuantificables automáticamente
Para la adjudicación se valorará la oferta más ventajosa considerándose aquella la que obtenga la mayor puntuación, según el siguiente desglose: (Máximo 100 puntos).
Máximo 80 puntos: Precio (Anexo I)
Se asignará una puntuación entre 0 (cero) y 80 puntos a cada oferta, en virtud de la siguiente fórmula de valoración:
Pi= (Oferta económica más ventajosa x 80) / Oferta a evaluar del licitador (i)
licitador (i), redondeada con dos cifras decimales.
Máximo 20 puntos: Descuento ofertado por días consecutivos de utilización del equipo (Xxxxx XX)
La proposición que ofrezca el mayor descuento para alquiler de dos o más días consecutivos, se valorará con la puntuación máxima (20 puntos) y con cero puntos la no realización del descuento.
Los descuentos se aplicarán sobre el precio de adjudicación (IVA excluido).
Alquiler de dos o más días consecutivos | ||
Porcentaje de descuento aplicable sobre los días de alquiler consecutivos | puntos | |
OPCION A | 10,00% | 10 |
OPCION B | 15,00% | 15 |
OPCION C | 20,00% | 20 |
Ofertas anormalmente bajas
Para el caso de ofertas anormalmente bajas se aplicará lo previsto en el artículo 149 LCSP, si bien el plazo máximo para justificar las ofertas no podrá superar los cinco días hábiles desde el envío de la correspondiente comunicación.
El carácter desproporcionado o anormal de las ofertas podrá apreciarse de acuerdo con lo establecido en el RD1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la LCAP, con los parámetros objetivos de su artículo 85, por referencia al conjunto de ofertas válidas que se hayan presentado.
Criterios de decisión en caso de empate
En virtud de lo dispuesto en el artículo 147 de la LCSP, cuando tras la valoración de las proposiciones presentadas, se produzca un empate entre dos o más ofertas será preferida la proposición presentada por aquella empresa que, al vencimiento del plazo de presentación de ofertas, tengan en su plantilla un porcentaje de trabajadores con discapacidad superior al que les imponga la normativa.
En este supuesto, si varias empresas licitadoras de las que hubieren empatado en cuanto a la proposición más ventajosa acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al que les imponga la normativa, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla.
Cuando no sea posible aplicar estos criterios, o cuando aplicándolos persista el empate, será preferida la proposición presentada por aquella empresa que conforme a lo regulado en el artículo 34.2 de la ley Orgánica 3/2007 de 2 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, en el vencimiento del plazo de presentación de proposiciones disponga de medidas tendentes a promover la igualdad efectiva entre mujeres y hombres en el mercado del trabajo.
A estos efectos, y conforme al artículo 11.1 d) del Real Decreto 1615/2009 de 26 de octubre se entenderán que cumplen tal requisito los poseedores del distintivo empresarial que en dicha norma se refleja.
La documentación acreditativa de los criterios de desempate será aportada en el momento que se les requiera en caso de empate, y no con carácter previo.
15. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR EL LICITADOR PROPUESTO
El órgano de contratación procederá a requerir a la empresa que ha obtenido la mejor puntuación, mediante correo electrónico, la documentación que acredite su capacidad de obrar en el plazo de siete (7) días hábiles a contar desde el envío de la comunicación.
Cuando el empresario esté inscrito en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público/Registro Oficial de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx o figure en una base de datos nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, como un expediente virtual de la empresa, un sistema de almacenamiento electrónico de documentos o un sistema de precalificación, y éstos sean accesibles de modo gratuito para los citados órganos, no estará obligado a presentar los documentos justificativos u otra prueba documental de los datos inscritos en los referidos lugares, siendo únicamente necesario la manifestación expresa por parte del licitador de su inscripción en el Registro o base de datos correspondiente.
La inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público/Registro Oficial de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx eximirá a los licitadores inscritos, a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario, de la presentación en las convocatorias de contratación de las condiciones de aptitud del empresario en cuanto a su personalidad y capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, solvencia económica y financiera, y clasificación, así como de la acreditación de la no concurrencia de las prohibiciones de contratar que xxxxx xxxxxxx en aquél.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 139.1 LCSP, la presentación de las proposiciones supone la autorización al órgano de contratación para consultar los datos recogidos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público/Registro Oficial de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx o en las listas oficiales de operadores económicos en un Estado miembro de la Unión Europea.
Por tanto, en aquellos casos en los que no resultara exigible la obligación de figurar inscrito en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público/Registro Oficial de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, en aplicación a lo dispuesto en la Disposición Transitoria tercera de la LCSP, o cuando alguno de los datos o documentos no constaran inscritos en el referido Registro, el órgano de contratación deberá requerir al empresario que haya presentado la mejor oferta, así como a todas las empresas integrantes de la UTE que haya sido propuesta como adjudicataria, para que en el plazo de siete (7) días hábiles a contar desde el envío de la comunicación presenten, en su caso, la documentación acreditativa de las circunstancias referidas en la declaración responsable:
a) Capacidad de obrar.
a.1.- Si la empresa fuera persona jurídica, la escritura o documento de constitución, los estatutos o acto fundacional en los que conste las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Público que corresponda según el tipo de persona jurídica de que se trate, así como el Número de Identificación Fiscal (NIF).
a.2.- Si se trata de empresario individual, el DNI o documento que, en su caso, le sustituya reglamentariamente.
a.3.- La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, se acreditará por su inscripción en el registro procedente, de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
a.4.- Cuando se trate de empresas extranjeras no comprendidas en el párrafo anterior, informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, en el que se haga constar, previa acreditación por la empresa.
a.5.- Sin perjuicio de la aplicación de las obligaciones de España derivadas de acuerdos internacionales, las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo deberán justificar mediante informe que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con los entes del sector público asumibles a los enumerados en el artículo 3, en forma sustancialmente análoga. Dicho informe será elaborado por la correspondiente Oficina Económica y Comercial de España en el exterior y se acompañará a la documentación que se presente.
a.6.- Las empresas extranjeras presentarán su documentación traducida de forma oficial al castellano.
b) Bastanteo de poderes.
En el supuesto de que el licitador esté inscrito en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público/Registro Oficial de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, no será necesaria la presentación del bastanteo de poder realizado por el Servicio Jurídico de la Secretaría General de una de las Consejerías, Organismo Autónomo o Empresa Pública Regional de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, cuando dicha representación conste debidamente inscrita.
En el caso de que el licitador no esté inscrito en dicho Registro, los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro o representen a una persona jurídica, deberán acompañar escrituras o documentación acreditativa de las facultades del representante, debidamente bastanteada por el Servicio Jurídico de la Secretaría General de una de las Consejerías, Organismo Autónomo o Empresa Pública Regional de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx.
c) Obligaciones Tributarias.
Certificación positiva, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la ATRM, de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias o declaración responsable de no estar obligado a presentarlas.
d) Obligaciones con la Seguridad Social.
Certificación positiva expedida, por la Tesorería de la Seguridad Social, de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social, o declaración responsable de no estar obligado a presentarlas.
e) Impuesto sobre Actividades Económicas.
Alta en el impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerza actividades sujetas a dicho impuesto, en relación con las que venga realizando a la fecha de presentación de su proposición referida al ejercicio corriente o el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto.
Los sujetos pasivos que estén exentos del impuesto deberán presentar declaración responsable indicando la causa de exención. En el supuesto de encontrarse en alguna de las exenciones establecidas en el artículo 82.1 apartados b), e) y f) del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, deberán presentar asimismo resolución expresa de la concesión de la exención de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Las uniones temporales de empresarios deberán acreditar, una vez formalizada su constitución, el alta en el impuesto, sin perjuicio de la tributación que corresponda a las empresas integrantes de la misma
Si el licitador requerido no presentara la documentación exigida en el plazo marcado, se procederá a requerir la documentación a la oferta que haya obtenido la segunda mejor puntuación y se actuará de acuerdo a lo dispuesto en los apartados precedentes.
A la vista de la documentación aportada, el órgano de contratación procederá a la adjudicación del contrato en un plazo máximo de cinco (5) días
naturales, procediendo a su publicación en el perfil de contratante, así como a notificarlo a todos los licitadores. Dentro del plazo de quince (15) días hábiles desde la adjudicación del contrato se procederá a su formalización.
16. GARANTÍAS
Conforme a lo establecido en el artículo 159.4, letra b) de la LCSP, no procede la constitución de garantía provisional por parte de los licitadores.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 107.1 de la LCSP, se exime al adjudicatario de la obligación de constituir garantía definitiva, al tratarse de un suministro de un bien cuya entrega y recepción deba efectuarse antes del pago del precio.
17. APERTURA DE LAS PROPOSICIONES
Apertura del SOBRE Nº 1. Documentación administrativa.
Finalizado el plazo de presentación de las proposiciones, la Mesa de contratación procederá a la apertura del Sobre nº 1 y a la comprobación y examen de la documentación integrante del mismo.
De advertirse la existencia de defectos u omisiones en la documentación, la Mesa de contratación lo comunicará al licitador mediante notificación electrónica, correo electrónico o cualquier otro medio que permita tener constancia de su recepción, de la fecha en que se reciba y del contenido de la comunicación, concediéndoles un plazo de tres (3) días hábiles para la subsanación de errores.
Finalmente, se determinará aquellos licitadores que han acreditado el cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente Xxxxxx y los que deben ser excluidos del procedimiento por no acreditarlos, dictando una Resolución al efecto, incluyendo las causas de inadmisión, que será publicada en el perfil del contratante del ICA y notificada a todos los licitadores.
Apertura del SOBRE Nº 2. Oferta económica.
En acto público, a celebrar en el lugar, fecha y hora señalada en el perfil del contratante, se dará lectura a la Resolución del órgano de contratación donde se informa de las ofertas admitidas y, en su caso, de las excluidas. A continuación, la Mesa procederá a la apertura del Sobre nº 2, y a dar lectura de las ofertas económicas válidamente admitidas.
La Mesa determinará el resultado de las proposiciones económicas, clasificándolas por orden decreciente, una vez verificada la existencia o no de ofertas anormalmente bajas en el criterio de adjudicación. La Mesa formulará propuesta de adjudicación al órgano de contratación de la oferta que considera económicamente más ventajosa.
El órgano de contratación podrá apartarse motivadamente de la propuesta formulada por la Mesa y emitirá una Resolución de adjudicación a la oferta más favorable que será publicada en el perfil del contratante del ICA.
La propuesta de adjudicación no crea derecho alguno a favor del licitador propuesto.
18. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
A la vista de la documentación aportada por el licitador propuesto como adjudicatario, el órgano de contratación procederá a la adjudicación definitiva del contrato en un plazo máximo de cinco (5) días naturales, procediendo a su publicación en el perfil de contratante, así como a notificarlo a todos los licitadores.
Cuando por causas imputables al adjudicatario no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado, se le exigirá el importe del 3 por ciento del presupuesto base de licitación, IVA excluido, en concepto de penalidad.
II. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
19. OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA
El contratista que resulte adjudicatario vendrá obligado a cumplir las condiciones contractuales previstas en el presente pliego, siendo asimismo responsable de la calidad técnica de los trabajos, así como de las consecuencias que se deduzcan para el ICA o para terceros de las omisiones, errores cometidos o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
El adjudicatario vendrá obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, con respecto al personal que emplee para el desarrollo del servicio objeto de esta contratación.
El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del contrato. Si llegado el término de dicho plazo, el contratista hubiera incurrido en xxxx por causas imputables al mismo, la empresa contratante podrá optar por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades económicas. Estas tendrán la cuantía determinada en el artículo 193 de la LCSP.
En todo caso, la constitución en xxxx del contratista no requerirá interpelación o intimación previa por parte de la empresa contratante.
El contrato se entiende convenido a riesgo y xxxxxxx del contratista.
La empresa contratista está obligada al cumplimiento de las disposiciones legales en materia fiscal, laboral, de seguridad social y de prevención de riesgos laborales. El incumplimiento de estas obligaciones o las infracciones de las disposiciones sobre estas materias, no implicará responsabilidad alguna para la entidad contratante, o para la Administración Regional xx Xxxxxx, a la cual
pertenece. En tal caso se repercutirá sobre el adjudicatario cualquier efecto o sanción que, directa o subsidiariamente, recayeran sobre ella.
La empresa adjudicataria será la única responsable de los accidentes, daños y perjuicios de todo género que pudieren sobrevenir por no cumplir lo legislado sobre estas materias o por no actuar con la debida diligencia, ya que se considera que en el precio contratado están incluidos todos los gastos precisos para cumplimentar debidamente dichas disposiciones legales y asegurar los posibles riesgos. En caso de accidentes ocurridos en el ejercicio de sus funciones, el adjudicatario se atendrá a lo dispuesto a estos efectos en la legislación vigente, siendo en todo caso único responsable de su incumplimiento, y sin que bajo ningún concepto pueda quedar afectada la entidad contratante, o Administración Regional xx Xxxxxx a la que pertenece.
En ningún caso existirá vinculación laboral de orden alguno entre el personal de la empresa y el ICA.
Asimismo, en relación con las obligaciones especiales de ejecución del contrato (artículo 202.2 LCSP), el adjudicatario deberá comprometerse al cumplimiento del convenio colectivo que sea de aplicación en el sector, asi como a favorecer la aplicación de medidas que fomenten la igualdad entre hombres y mujeres en el trabajo. Tal requisito deberá ser acreditado mediante la correspondiente declaración responsable.
20. RESPONSABLE DEL CONTRATO
El ICA nombrará, como responsable del contrato, al Jefe Técnico del Auditorio, que será el encargado de controlar la entrega del suministro y velar por la corrección de los productos entregados y el cumplimiento del resto de condiciones del contrato. El responsable del contrato, tendrá todas las facultades que la ley establece, conforme a los artículos 62 y concordantes de la LCSP.
El adjudicatario por su parte, nombrará a la persona que lo represente en este contrato y que actúe como interlocutor ante el ICA.
21. RESPONSABILIDAD EN LA EJECUCION DEL CONTRATO
Constituyen:
a) Las faltas muy graves serán sancionadas con una multa desde el 6% hasta el 10% del precio del contrato, entendido este como el importe de adjudicación. Tendrán tal consideración:
.- La reiteración de dos o más infracciones graves en el plazo de seis meses, se considerará falta muy grave, pudiendo dar lugar a la resolución del contrato.
.- El incumplimiento de las instrucciones del responsable del contrato o del coordinador de seguridad y salud, cuando suponga una vulneración grave de la normativa.
.- Entrega del bien en estado deficitario.
.- Provocar el deterioro con mala fe en el material o instalaciones del ICA.
b) Faltas graves: Serán sancionadas con una multa desde el 3% hasta el 6% del precio del contrato. Tendrán tal consideración:
.- Reiteración de dos o más faltas leves.
.- Falta de elementos o medidas de seguridad para la ejecución del contrato, siempre y cuando no supongan una vulneración grave de la normativa vigente.
No obstante, el incumplimiento del plazo de ejecución del suministro se considerará como falta grave y esta infracción se sancionará con una multa de hasta el 75% del precio a abonar por los servicios prestados en el mes.
c) Faltas leves: Serán sancionadas con una multa hasta el 3% del precio del contrato. Tendrán tal consideración:
.- No comunicar las incidencias que puedan surgir durante la ejecución del contrato por parte del contratista.
.- No proporcionar la información solicitada por el responsable del contrato.
.- Incumplimiento puntual no sustancial de las obligaciones contractuales.
La tramitación del procedimiento se ajustará a lo establecido en la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y a la normativa reglamentaria que resulte de aplicación.
El responsable del contrato emitirá un informe sobre el incumplimiento de contrato detectado, en el que calificará la infracción como leve, grave o muy grave, conforme a la tipificación contenida los apartados anteriores, y propondrá la imposición de las penalidades correspondientes, según los criterios de graduación.
De dicha propuesta se dará traslado al contratista, dándole audiencia por plazo de 10 días hábiles desde su recepción para que pueda formular las alegaciones y observaciones que a su derecho convengan. Una vez evacuado el trámite de audiencia al contratista, el órgano de contratación dictará resolución acordando en su caso las penalidades a imponer al contratista, que se llevará a cabo mediante la deducción correspondiente en la facturación en el mes.
Las penalizaciones se impondrán por resolución del órgano de contratación, a propuesta del Responsable del Contrato y oída la empresa adjudicataria.
22. SUBCONTRATACIÓN
El contratista podrá concertar con terceros la realización parcial de la prestación objeto del contrato, conforme a los términos establecidos en los artículos 215 y 216 de la LCSP.
El licitador, en su caso, está obligado, a indicar en su oferta la parte del contrato que tenga previsto subcontratar, aplicándose lo establecido en el artículo 215.2.a), b) y c) de la LCSP.
23. DEBER DE COLABORACIÓN
El adjudicatario colaborará con el órgano de contratación, así como con las personas, empresas u organismos por ella designados, facilitando y poniendo a su disposición cuanta información le sea solicitada, referida a las actuaciones correspondientes al presente contrato.
24. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
No se prevén expresamente modificaciones.
25. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Son causas de resolución de esta contratación además de las previstas en los artículos 211 y 306 de la LCSP las que a continuación se relacionan:
- La comisión de dos o más faltas graves en el plazo de seis meses, se considerará falta muy grave, pudiendo dar lugar a la resolución del contrato.
- El incumplimiento de la condición especial de ejecución del artículo 202
LCSP.
-El incumplimiento reiterado de cualquiera de las condiciones de ejecución
establecidas en este pliego que no tengan carácter de obligación contractual esencial.
-El incumplimiento de los términos establecido en el presente pliego y en el pliego de prescripciones técnicas.
26. CONFIDENCIALIDAD
Sin perjuicio de lo dispuesto en la legislación vigente en materia de acceso a la información pública y de las disposiciones contenidas en la LCSP relativas a la publicidad de la adjudicación y a la información que debe darse a los candidatos y a los licitadores, el ICA no podrá divulgar la información facilitada por los empresarios que estos hayan designado como confidencial en el momento de presentar su oferta.
El carácter de confidencial afecta, entre otros, a los secretos técnicos o comerciales, a los aspectos confidenciales de las ofertas y a cualesquiera otras
informaciones cuyo contenido pueda ser utilizado para falsear la competencia, ya sea en este procedimiento de licitación o en otros posteriores.
El deber de confidencialidad del ICA no podrá extenderse a todo el contenido de la oferta del adjudicatario ni a todo el contenido de los informes y documentación que, en su caso, genere directa o indirectamente el órgano de contratación en el curso del procedimiento de licitación. Únicamente podrá extenderse a documentos que tengan una difusión restringida, y en ningún caso a documentos que sean públicamente accesibles.
El deber de confidencialidad tampoco podrá impedir la divulgación pública de partes no confidenciales de los contratos celebrados, tales como, en su caso, la liquidación, los plazos finales de ejecución, las empresas con las que se ha contratado y subcontratado, y, en todo caso, las partes esenciales de la oferta y las modificaciones posteriores del contrato, respetando en todo caso lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y Garantía de los Derechos Digitales.
El contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se le hubiese dado el referido carácter en los pliegos o en el contrato, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Este deber se mantendrá durante un plazo de cinco años desde el conocimiento de esa información.
El licitador y/o adjudicatario se compromete a guardar la máxima reserva y secreto sobre la información clasificada como confidencial. Se considerará información confidencial cualquier dato al que el licitador y/o adjudicatario acceda en virtud de la presentación de la oferta o la ejecución del contrato en el caso de que resulte adjudicatario, en especial la información y datos propios del ICA a los que haya accedido durante su ejecución. El licitador y/o adjudicatario se compromete a no divulgar dicha información confidencial, así como a no publicarla, bien directamente, bien a través de terceras personas o empresas, ni de cualquier otro modo ponerla a disposición de terceros sin el previo consentimiento por escrito del ICA.
De conformidad con dicho deber, la empresa adjudicataria asumirá las responsabilidades que se pudieran derivar del incumplimiento de esta necesaria confidencialidad en todos los ámbitos del servicio, de acuerdo con la normativa de protección de datos europea, estatal y autonómica.
27. DESISTIMIENTO Y RENUNCIA A LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO
El órgano de contratación podrá desistir o renunciar a la celebración del contrato siempre que ésta se produzca antes de la adjudicación. Sólo podrá renunciarse a la celebración del contrato por razones de interés público debidamente justificadas en el expediente. En este caso, no podrá promoverse una nueva licitación de su objeto en tanto subsistan las razones alegadas para fundamentar la renuncia.
Por su parte, el desistimiento del procedimiento deberá estar fundado en una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación. El desistimiento no impedirá la iniciación inmediata de un nuevo procedimiento de licitación.
28. RECURSOS Y JURISDICCIÓN COMPETENTE
Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos del presente contrato administrativo serán resueltas por el órgano de contratación competente, cuyos acuerdos no pondrán fin a la vía administrativa y contra los mismos habrá lugar a recurso de alzada ante la Presidencia del ICA, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el perfil del contratante y su tramitación se ajustará a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
De acuerdo con el artículo 27 de la LCSP, el orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para resolver las cuestiones litigiosas que puedan surgir relativas a la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción de este contrato. Las cuestiones litigiosas que puedan surgir en relación con la presente contratación se resolverán ante los órganos jurisdiccionales con sede en la ciudad xx Xxxxxx, por lo que se entiende que los contratistas renuncian a su propio fuero si fuera distinto del anterior.
Firmado electrónicamente en la fecha indicada al margen.
Revisado y Conforme, LA TÉCNICO CONSULTOR
Xxxxx Xxxx Xxxxx Xxxx
ANEXO I:
MODELO DE OFERTA ECONÓMICA
El/la que suscribe ,
con N.I.F. ....................... y domicilio
..................................................................................................,
en su propio nombre, o en representación de
.........................................................................................., con
C.I.F............................y domicilio social en
................................................................................., y
CONTRATO DEL SUMINISTRO EN RÉGIMEN DE ALQUILER DE UN PROYECTOR DE VIDEO PARA LA SALA XXXXXXX XXXXX DEL AUDITORIO Y CENTRO DE
, por el siguiente PRECIO / DÍA de
alquiler:
PROPOSICIÓN ECONÓMICA OFERTADA (indicar en número y letra) | |||
CONCEPTO | Precio unitario alquiler/día (IVA no incluido) | IVA (21%) | TOTAL/ unitario/ día (IVA incluido) |
SUMINISTRO PROYECTOR DE VIDEO |
Los precios se indicarán con un máximo de DOS decimales.
De acuerdo con los Pliegos de Prescripciones Técnicas y de Cláusulas Administrativas Particulares por los que se rige el contrato, cuyos contenidos declara conocer y aceptar.
En .................., a ......... de
Fdo.:
ANEXO II
COMPROMISO DE REALIZAR DESCUENTOS EN EL PRECIO OFERTADO EN FUNCIÓN DE LOS DÍAS DE DEMANDA DEL SUMINISTRO VIDEOPROYECTOR.
El/la que suscribe ,
con N.I.F. ............. y domicilio
..................................................................................................,
en su propio nombre, o en representación de
.........................................................................................., con
C.I.F............................y domicilio social en
................................................................................., y
contrato con el ofrecimiento de los siguientes descuentos en función de la demanda en días consecutivos del suministro:
Alquiler de dos o más días consecutivos | ||
Porcentaje de descuento aplicable sobre los días de alquiler consecutivos | puntos | |
OPCION A | 10,00% | 10 |
OPCION B | 15,00% | 15 |
OPCION C | 20,00% | 20 |
Los descuentos se aplicarán sobre el precio de adjudicación (IVA excluido).
Márquese la opción que proceda, indicando un SÍ:
OPCIÓN A (10 PUNTOS)
OPCIÓN B (15 PUNTOS)
OPCIÓN C (20 PUNTOS)
En .................., a ......... de de 2024
Fdo.:
Anexo III
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL LICITADOR SOBRE CUMPLIMIENTO DE CONDICIONES ESTABLECIDAS LEGALMENTE PARA CONTRATAR CON LA ADMINISTRACIÓN EXIGIDOS POR EL ARTÍCULO 159 DE LA LCSP Y DE OTROS REQUISITOS
D/Xx...................................................................................., con NIF
nº........................., en nombre propio o en representación de la empresa
....................................................con CIF.............................., a los efectos de
participar en el procedimiento de licitación del
y conociendo los Pliegos de Cláusulas Administrativas y Técnicas obrantes en el expediente de contratación,
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD:
1º.- Que ostenta la representación de la empresa que presenta la oferta (1*).
2º.- Que la empresa a la que representa cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración, y en consecuencia con los requisitos de capacidad y solvencia o clasificación exigidos en sus pliegos reguladores.
3º.- Que cuenta con las autorizaciones necesarias para ejercer la actividad.
4º.- Que no concurre en la misma ninguna de las circunstancias que incapacitan para contratar con la Administración, previstas en el artículo 71 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del Sector Público.
5º.- Que no forma parte de los órganos de gobierno o administración de la empresa, persona alguna a las que hace referencia la Ley 5/1994, de 1 xx xxxxxx, del Estatuto Regional de la Actividad Política, modificado por la disposición adicional segunda de la Ley 6/2004, del Estatuto del Presidente y del Consejo de Gobierno de la Región xx Xxxxxx.
6º.- Que son válidos y están vigentes los datos que constan en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público (o equivalente de esta Comunidad Autónoma), respecto de la empresa licitadora.
7º.- Que autorizo al Órgano de Contratación a obtener (2*), de forma electrónica o por otros medios, los Certificados de estar al corriente en sus obligaciones con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, con la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx y con la Seguridad Social y de estar dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas necesarios para la tramitación de este procedimiento. Elegir una de las dos opciones siguientes (Marcar con una X la elegida):
SÍ
NO
8º.- Elegir una de las dos opciones siguientes (Marcar con una X la elegida):
Que la empresa a la que represento NO pertenece a ningún grupo de acuerdo con los requisitos establecidos en el artículo 42.1 del Código de Comercio, a efectos de lo previsto en el artículo 86 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Que la empresa a la que represento SÍ pertenece a un grupo empresarial en los términos señalados en el párrafo anterior, según se indica a continuación:
Grupo
Empresas del grupo que concurren a la presente licitación:
9º.- Que en relación con la posibilidad de integración de la solvencia por medios externos que ofrece el artículo 75 de la LCSP, manifiesta que (marcar con una x la elegida):
SÍ NO
Va a recurrir en las condiciones indicadas por el apartado 1 del citado artículo a la solvencia y medios de otras entidades para la ejecución del contrato y que existe un compromiso por escrito de dichas entidades a los efectos del artículo 75.2 LCSP.
10º.- Que al objeto de que el órgano de contratación efectúe las comunicaciones electrónicas relacionadas con este procedimiento de contratación, DECLARO que los datos de las personas autorizadas (máximo 2) son los siguientes:
Nombre y Apellidos | NIF | Correo electrónico donde recibir comunicaciones telemáticas |
11º.- Que al objeto de que el órgano de contratación efectúe notificaciones mediante la Dirección Electrónica Habilitada (DEH), según dispone la Disposición Adicional Décimo quinta LCSP, deben aportar los siguientes datos:
Nombre de la empresa: |
CIF: |
Teléfono móvil: |
Correo Electrónico: |
*DEH: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.000.xx
12º.- Que se somete expresamente a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles en cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante (para el supuesto de ser empresa extranjera).
13º.- Que se compromete a acreditar documentalmente, ante el Órgano de Contratación, en el caso de resultar propuesto como adjudicatario, todos y cada uno de los extremos requeridos por los artículos 150 y 159 de la LCSP y los pliegos con anterioridad a la adjudicación, en el plazo conferido al efecto.
En todo caso el órgano de contratación, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, podrá solicitar, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, que los licitadores aporten documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato.
Y para que conste, a los efectos oportunos, firmo la presente en , a
Notas:
(1*) No procederá tal declaración cuando el licitador sea una persona física.
(2*) La autorización concedida por el firmante puede ser revocada en cualquier momento mediante escrito dirigido al órgano de contratación.
Anexo IV
MODELO DE COMPROMISO DE FORMALIZACIÓN DE UNIÓN TEMPORAL DE EMPRESAS
D./Xx ..........................................................................................., vecino de
...................., provincia de ........................,y N.I.F.. nº ..............................., en
representación de la Empresa .................................................................., con
domicilio en ................................. y C.I.F. ...............................
D./Xx. ..............................................................................................., vecino de
......................, provincia de .........................., y N.I.F. nº , en
representación de la Empresa , con
domicilio en .................................. y C.I.F. ..............................
DECLARAN
1º.- Que se comprometen en nombre de las Empresas
................................................... y .........................................................., conjunta
y solidariamente, a ejecutar (las obras, trabajos, etc.) denominados
2º.-Que asimismo se comprometen, caso de resultar adjudicatarios, a constituirse en Unión Temporal de Empresas.
3º.- Que la participación de cada una de la Empresas es la siguiente:
- ................................................. ...%
- ................................................. ...%
4º.- Que designan a D para
que, durante la vigencia del contrato, ostente la plena representación de la U.T.E., y el domicilio de la misma, a efectos de notificación, será:
...........................................
5º.- Que al objeto de que el órgano de contratación efectúe las comunicaciones electrónicas relacionadas con este procedimiento de contratación, DECLARO que los datos de las personas autorizadas (máximo 2) son los siguientes:
Nombre y Apellidos | NIF | Correo electrónico donde recibir comunicaciones telemáticas |
6º.- De conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquinta de la LCSP y en la Orden de 28 de octubre de 2016, de la Consejería de Hacienda y Administración, las notificaciones derivadas de este procedimiento se practicarán mediante Dirección Electrónica Habilitada (DEH), para lo que deberán aportar al órgano de contratación los siguientes datos:
Nombre y Apellidos del representante de la UTE: |
NIF del representante de la UTE: |
Teléfono móvil: |
Correo Electrónico: |
*DEH: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.000.xx
Fdo.: ........................................................ Fdo.: .....................................................
ANEXO V. DECLARACIÓN DE AUSENCIA DE CONFLICTOS DE INTERÉS
(Sobre 1)
procedimiento de contratación del SUMINISTRO EN RÉGIMEN DE ALQUILER DE UN PROYECTOR DE VIDEO PARA LA SALA XXXXXXX XXXXX DEL
Declaro que no concurre en mí ningún conflicto de interés que pueda comprometer mi imparcialidad e independencia durante el procedimiento, y me comprometo a poner en conocimiento del órgano de contratación, de forma inmediata, cualquier potencial conflicto de intereses que pudiera producirse con posterioridad, ya sea durante el desarrollo del procedimiento de adjudicación o en la fase de ejecución.
Esta declaración se inserta en el marco de las medidas de prevención de los conflictos de intereses a las que se refiere el artículo 64 de la LCSP.
Lugar, fecha y firma.