CONDICIONES GENERALES DE COMPRA Y CONTRATACIÓN GRUPO REPSOL YPF EN ECUADOR
CONDICIONES GENERALES DE COMPRA Y CONTRATACIÓN GRUPO REPSOL YPF EN ECUADOR
1. TERMINOLOGÍA
Para mayor claridad y entendimiento de las presentes Condiciones Generales, se establece la siguiente terminología:
Repsol YPF: Empresa del Grupo que actúa como parte compradora y/o contratante en cada Compra y/o Contratación.
Compra: Operación en la que el importe corresponde mayoritariamente a las adquisiciones de bienes.
Contratación: Operación en la que el importe, mayoritariamente, corresponde a la adquisición de obras y/o servicios, y por consiguiente aporte de mano de obra. Tanto una compra como una contratación podrán tener componentes de obras, bienes y de servicios. En el desarrollo de las presentes Condiciones los términos compra y contratación se considerarán términos equivalentes.
Pedido: Documento formal emitido al proveedor donde se fijan precios, plazos, y condiciones para el aprovisionamiento de un bien o prestación de un servicio al que previamente se le ha adjudicado la compra o la contratación. En ocasiones este documento reviste simultáneamente el carácter de contrato y el de solicitud de aprovisionamiento.
Contrato: Documento formal entre las partes donde se fijan precios, precios plazos y condiciones para la realización de una obra o prestación de un servicio.
Proveedor: La entidad que ha resultado adjudicataria de un Pedido.
Contratista: La entidad que ha resultado adjudicataria de un Contrato.
Pliego de Condiciones Particulares: También denominado como Condiciones Particulares o Petición de Oferta. Todo documento en el que se incluyen todos aquellos requisitos, de cualquier índole, necesarios para que el Proveedor/Contratista suministre el bien o realice las obras y servicios en forma y calidad requerida.
2. CONDICIONES GENERALES DE COMPRA Y CONTRATACIÓN
2.1 Validez y prelación de la documentación contractual
2.1.1 Las Condiciones Generales constituyen las bases de Compra de bienes y/o Contratación de obras y/o servicios que serán puestas en conocimiento de los Proveedores/Contratistas en el proceso de la Gestión de Compras/ Contratación y que integrarán la documentación contractual que se establezca en el Pedido / Contrato, en todos sus términos y condiciones.
2.1.2 Estas Condiciones Generales podrán ser complementadas con Condiciones Particulares que, en el caso de contradicción, prevalecerán sobre las Condiciones Generales. En caso de discordancia entre los documentos que integren un mismo Pedido / Contrato x Xxxxxx, lo particular prevalecerá sobre lo general siendo el orden de prelación o prioridad el siguiente:
Las eventuales modificaciones al Pedido / Contrato, expresamente convenidas por escrito y posteriores a su fecha de emisión
El Pedido / Contrato y su documentación anexa.
Las eventuales modificaciones a las Especificaciones Técnicas solicitadas
Las Especificaciones Técnicas solicitadas.
Las modificaciones a las Condiciones Particulares y/o Generales.
Las Condiciones Particulares de Petición de Ofertas.
Las Condiciones Generales de Compra y Contratación.
Las aclaraciones formuladas por escrito por el Proveedor/Contratista, con posterioridad a su oferta y aceptadas por Repsol YPF.
La oferta del Proveedor/Contratista.
2.1.3 No se aceptarán otras Condiciones Generales de Venta del Proveedor/Contratista, distintas a las establecidas en el presente documento salvo aceptación expresa total o parcial de las mismas por Repsol YPF.
2.1.4 Quedarán nulas y sin valor las condiciones y especificaciones que el Proveedor/Contratista inserte en sus notas de entrega, facturas u otros documentos cruzados entre las partes, que contradigan las condiciones expresas establecidas en el Pedido/Contrato.
2.1.5 Los Contratos de obras y/o servicios se mantendrán en vigor mientras dure la ejecución de los trabajos objeto del mismo, de acuerdo con lo establecido en la documentación contractual. Si se hubiera predeterminado una fecha de vencimiento y la duración de dichos trabajos superara esta fecha, el Contrato se entenderá tácitamente prorrogado por períodos mensuales sucesivos, salvo denuncia por escrito de cualquiera de las partes con una antelación mínima de treinta días a dicha fecha de vencimiento o de cualquiera de las prórrogas.
2.1.6 No obstante, en la documentación contractual al Contrato se indicarán las cláusulas que serán de aplicación en materia de cumplimiento de plazos de ejecución y de prórrogas de los mismos.
2.2 Obligaciones y responsabilidades del Proveedor/Contratista
2.2.1 El Proveedor/Contratista se obliga a realizar las obras y servicios y el suministro de bienes, en la extensión que se recoge en el Pedido/Contrato y/o sus anexos y a cumplir todas las obligaciones de carácter técnico, administrativo, fiscal, laboral, legal y cualesquiera otras vinculadas a la relación contractual.
2.2.2 El Proveedor/Contratista deberá entregar toda la documentación que le sea requerida por Repsol YPF en el Pedido/Contrato, tanto en plazo como en cantidad, así como cualquier otra información o documento de cualquier índole que pudieran requerir las normas o reglamentaciones aplicables al suministro y/o servicio.
2.2.3 El Proveedor/Contratista, ante el requerimiento de Repsol YPF, deberá justificar documentalmente el cumplimiento de las obligaciones a que se refieren los apartados anteriores. La falta de presentación o la presentación insuficiente de tal documentación justificativa constituirá un incumplimiento grave de sus obligaciones.
2.2.4 De acuerdo con la naturaleza del Pedido / Contrato, el Proveedor/Contratista nombrará a los Responsables dentro de su Organización del suministro de bienes y/o contratación de obras y/o servicios que se establezcan en las Condiciones Particulares del mismo, y comunicará tal designación al respectivo Coordinador de Repsol YPF.
2.2.5 El Proveedor/Contratista es responsable del pago puntual de los salarios, seguros sociales y de toda otra compensación o indemnización de naturaleza laboral o de cualquier otra índole que, por cualquier causa, deban recibir sus empleados y mantendrá indemne a Repsol YPF frente a cualquier reclamación derivada del incumplimiento de dicha obligación
2.2.6 El Proveedor/Contratista deberá cumplir las normas legales vigentes y otras como las de las Convenciones Fundamentales de la Organización Internacional del Trabajo relativas a derechos laborales.
2.2.7 El Proveedor/Contratista, deberá cumplir cuantas disposiciones relativas al Medio Ambiente y Seguridad e Higiene se hallaren vigentes y resulten de aplicación al Pedido / Contrato y, en cualquier caso, las establecidas en la normativa y práctica interna del Grupo Repsol YPF.
2.2.8 El Proveedor/ Contratista y/o sus subcontratistas serán responsables e indemnizarán y mantendrán indemne a Repsol YPF y al resto de Empresas del Grupo Repsol YPF contra reclamaciones por daños, pérdidas o destrucción de las propiedades de aquéllos y/o de terceros o por accidentes corporales y muerte del personal de aquellos y/o de terceros derivados de la ejecución por parte del Proveedor/Contratista y/o sus subcontratistas de sus obligaciones contractuales o legales.
2.2.9 El Proveedor/Contratista y/o sus subcontratistas responderán frente a Repsol YPF y frente al resto de Empresas del Grupo Repsol YPF de cualesquiera daños que, tanto él/ellos como las personas de las que deban responder legal o contractualmente, pudieran ocasionar a Repsol YPF o a las Empresas de su Grupo y que tengan su causa en una acción u omisión en el cumplimiento de las obligaciones derivadas del Pedido/Contrato por parte del Proveedor/Contratista o de cualquiera de las personas mencionadas.
2.2.10 El Proveedor/Contratista garantiza la indemnidad de Repsol YPF frente a eventuales reclamaciones de los trabajadores del Contratista afectos al cumplimiento del presente contrato, o de sus subcontratistas, que será defendida o transada por el Contratista, el cual, además, soportará los costes de defensa y las cantidades o declaraciones objeto de transacción o contenidas en sentencia condenatoria firme.
2.2.11 Asimismo, el Proveedor/Contratista garantiza la indemnidad de Repsol YPF frente a cualquier sanción administrativa o de cualquier otra índole que eventualmente le fuere impuesta a resultas, directa o indirectamente, de los servicios de la ejecución del Pedido/Contrato.
2.2.12 En caso de incumplimiento por el Proveedor/Contratista de las obligaciones señaladas en los párrafos anteriores, Repsol YPF quedará facultado para deducir en la siguiente o siguientes certificaciones/facturas a abonar por Repsol YPF los importes a los que asciendan dichas reclamaciones o sanciones no atendidas por el Proveedor/Contratista, así como los gastos de defensa en que hubiera incurrido Repsol YPF a resultas de dicho incumplimiento.
2.2.13 La responsabilidad fijada en la cláusula 0.0.0.xx ampliará, y será igualmente exigible, durante el Período de Garantía.
2.2.14 Ninguna parte, Proveedor/Contratista o Repsol YPF, será responsable por daños consecuenciales que pueda sufrir la otra parte derivados directa o indirectamente de la ejecución de este contrato, incluyendo pero no limitados a perdidas de uso, perdidas de beneficios e interrupciones de negocio.
2.3 Obligaciones y responsabilidades de las empresas del Grupo Repsol YPF.
2.3.1 El pago de los bienes obras y/o servicios en los precios y condiciones estipulados en el Pedido/Contrato
2.3.2 Repsol YPF nombrará un Coordinador para los trabajos de obras y servicios, que facilitará al Contratista toda aquella información de su responsabilidad y establecida en el Contrato para ejecutar el mismo.
2.3.3 El suministro de la documentación y los materiales que pudieran corresponderle, según se especifique en las Condiciones Particulares del Pedido / Contrato.
2.4 Cesión del pedido / contrato y subcontratación.
2.4.1 Las obras, bienes y servicios amparados por el Pedido / Contrato no podrán ser delegados o subcontratados, total o parcialmente, sin autorización previa, y por escrito, de Repsol YPF.
2.4.2 Para la obtención de autorización previa de subcontratación, el Proveedor/Contratista exigirá al Subcontratista toda la documentación prevista en la Petición de Oferta y en estas Condiciones Generales, así como su compromiso escrito de cumplimiento de todas y cada una de las cláusulas del Pedido / Contrato y de su documentación anexa, debiendo hacer entrega inmediata de todo ello a Repsol YPF.
2.4.3 La autorización para Proveedores/Contratistas no calificados por Repsol YPF, y que este considere como necesaria su calificación, podrá condicionarse al resultado del proceso de calificación que Repsol YPF realice en un plazo breve.
2.4.4 En caso de empleo de subcontratistas, el Proveedor/Contratista seguirá siendo el responsable principal ante Repsol YPF, del cumplimiento de las obligaciones derivadas del Pedido/Contrato, aún cunado se trate de obras, bienes o servicios directamente suministrados/prestados por el subcontratista autorizado.Sin perjuicio de esto, Repsol YPF podrá en todo momento inspeccionar y vigilar los trabajos del subcontratista y el cumplimiento de sus obligaciones.
2.5 Condiciones económicas e impuestos
2.5.1 Los precios recogidos en el Pedido / Contrato y/o sus anexos, se entenderán fijos y no revisables hasta la total y correcta cumplimentación del Pedido / Contrato, salvo expresa indicación en contra, e incluirán toda clase de impuestos, cargas, gravámenes, tasas y arbitrios a excepción del Impuesto al Valor Agregado (IVA) o impuesto de similar naturaleza, que figurará por separado como partida independiente.
2.5.2 No se pagarán bienes, obras y/o servicios no incluidos en el Pedido / Contrato si su ejecución no ha sido previamente ofertada por el Proveedor/Contratista, por escrito, y aceptada, también por escrito, por Repsol YPF, y emitida la correspondiente revisión del Pedido / Contrato.
2.5.3 El pago de anticipos se efectuará, según sea cada caso, contra presentación de la correspondiente garantía por parte del Proveedor/Contratista, y siempre y cuando tal pago de anticipos esté contemplado así, en el correspondiente Pedido / Contrato.
2.5.4 El pago del precio del Pedido / Contrato no implicará renuncia alguna a los derechos de Repsol YPF estipulados en el mismo.
2.5.5 El Proveedor/Contratista será responsable de cualquier diferencia de fletes, portes, impuestos o cualesquiera otros gastos originados por el incumplimiento de las instrucciones de envío o de cualquier otra de las condiciones establecidas o aplicables al Pedido / Contrato.
2.5.6 El pago del precio del Pedido / Contrato se realizará contra la emisión y entrega por parte del Proveedor/Contratista de un comprobante de venta valido según la legislación tributaria aplicable en Ecuador.
2.5.7 Todos los impuestos que graven las operaciones comerciales a que estas Condiciones Generales se refieran, serán soportados por las partes de acuerdo a lo legalmente establecido. El contribuyente del impuesto es responsable, en cada caso, de la correcta tributación reflejada en los correspondientes documentos contables.En el caso de ser requerido por la legislación tributaria en Ecuador, Repsol YPF efectuará las retenciones de impuestos que sean aplicables.
2.6 Forma de pago
2.6.1 Todos los pagos se realizarán a los 30 días naturales de la fecha de presentación de la factura, en los días de pago establecidos por Repsol YPF. Las facturas se pagarán sólo si Repsol YPF posee documentos que demuestren la recepción conforme de los suministros y servicios realizados.
Se establece como medio de pago la transferencia bancaria o el cheque nominativo.
2.6.2 El resto de condiciones de pago quedarán perfectamente definidas en el Pliego de Condiciones Particulares, así como en el Pedido / Contrato.
2.7 Aceptación del pedido y contrato.
2.7.1 Aceptación del Contrato: La firma del Contrato por parte del Proveedor/Contratista dará por supuesta la total aceptación del mismo.
2.7.2 Aceptación del Pedido: La aceptación del Pedido, debidamente firmado, deberá ser enviado al Comprador en el plazo máximo de quince días naturales desde la fecha de su recepción. En cualquier caso, la simple ejecución del Pedido entraña la aceptación de nuestras Condiciones Generales y excluye toda indicación contraria no confirmada por una aceptación escrita por parte de Repsol YPF.
2.8 Plazos de entrega / ejecución
2.8.1 El plazo de entrega / ejecución que se establece en el Pedido / Contrato será firme, debiéndose de efectuar de acuerdo con las cantidades, fechas y lugares especificados en los programas de entrega/ ejecución definidos y suministrados por Repsol YPF.
2.8.2 En caso de retraso en el plazo de entrega/ejecución fijado, aplicar las penalidades que se hayan establecido y/o en su caso resolver el Pedido/Contrato de acuerdo a lo estipulado en el cláusula 2.16.
2.8.3 Repsol YPF podrá cambiar los programas de entrega/ ejecución, u ordenar la suspensión temporal de entregas programadas sin que ello implique una modificación del precio ni de los términos y condiciones del Pedido / Contrato.
2.9 Garantías
2.9.1 El Proveedor/Contratista garantiza que el suministro de bienes y/o realización de obras y servicios, son adecuados al fin que se destinan y de primera calidad y primer uso, así como que cumplen los requisitos de seguridad y calidad especificados en el Pedido / Contrato, en la correspondiente legislación vigente así como en las normas propias de Repsol YPF, y que los realizará ateniéndose a los programas de trabajo/ ejecución establecidos.
2.9.2 Garantiza igualmente que los bienes son de su plena propiedad, están libres de cargas y gravámenes a favor de terceros, carecen de defectos y son idóneos para su comercialización, como que dispone de las patentes, licencias y demás derechos de propiedad industrial necesarios para la realización de cuanto es objeto del Pedido / Contrato.
2.9.3 Retenciones en concepto de Garantía: Las retenciones en concepto de Garantía se establecerán en las Condiciones Particulares del Pedido
/ Contrato. En cualquier caso las retenciones en concepto de Garantía podrán ser sustituidas por una garantía bancaria, según el modelo proforma adjunto a estas Condiciones, y su vigencia será la establecida por el periodo de Garantía.
2.9.4 El Período de Garantía de las obras, bienes y servicios realizados por el Proveedor/Contratista será establecido en las Condiciones Particulares del Pedido / Contrato o, en su defecto, será de un año a partir de la fecha xxx xxxxxxx de entrega o del acta de recepción provisional, según el caso, salvo plazos mayores exigibles cuando así lo establezca la legislación aplicable.
2.9.5 Durante el Período de Garantía serán por cuenta del Proveedor/Contratista todos los daños que se originen por causa de ejecución defectuosa de las obras, bienes o servicios contratados o mala calidad de los materiales suministrados por éste. El plazo de garantía se interrumpirá por el tiempo que se emplee en las respectivas reparaciones o sustituciones las que a su vez serán garantizadas, a partir de su terminación, por igual tiempo al de la garantía.
2.9.6 La alteración de cualquiera de dichas características o el incumplimiento de todas o parte de las condiciones del Pedido / Contrato, podrá originar la devolución del suministro efectuado, la exigencia de reposición inmediata del mismo y, en su caso, la anulación del Pedido / Contrato a todos los efectos, sin que dicha anulación pueda ser causa de reclamación alguna por parte del Proveedor.
2.9.7 Repsol YPF descontará de las facturas pendientes de abono al Proveedor/Contratista las penalizaciones que se establezcan por retraso en el plazo de ejecución o incumplimiento de las normas establecidas, de cualquier índole, así como los importes correspondientes a los gastos en que incurra por limpieza de zonas de trabajo no efectuadas, reposición de herramientas, maquinaria y equipamiento diverso, cedido para la realización del trabajo y devuelto en estado insatisfactorio y los posibles impagados por uso de instalaciones, uso temporal de terrenos y cualquier otra deuda que mantenga el Proveedor/Contratista con Repsol YPF.
2.9.8 Se considera automáticamente deuda del Proveedor/Contratista con Repsol YPF, cualquier cantidad que sea reclamada a esta última por descubiertos o incumplimientos del contratista en relación con salarios o seguros sociales.
2.9.9 Las posibles deducciones efectuadas, de acuerdo con los apartados anteriores, serán totalmente independientes de la cantidad depositada en su caso como Garantía.
2.10 Seguros
2.10.1. Sin perjuicio de su responsabilidad bajo Contrato, y sin que esta cláusula limite la misma, el Proveedor/Contratista suscribirá y mantendrá en vigor por su cuenta y a su cargo en todo momento durante el curso del presente Contrato, y con compañías de reconocida solvencia financiera los seguros descritos a continuación. Se entiende que los montos de dichos seguros nunca serán inferiores a los obligatorios
según las leyes y normas vigentes y que su mantenimiento no variará ninguna de las obligaciones de mantener indemne establecidas por Contrato.
a) Seguros de Workmen´s Compensation suficiente para cumplir con las leyes aplicables, incluyendo las leyes del estado de origen de los empleados expatriados, para cubrir a dichos empleados. El Proveedor/Contratista deberá además cumplir con lo establecido en la legislación del país en materia de Seguridad Social y accidentes de trabajo en relación con los empleados nacionales y contratar todos aquellos seguros exigidos por dicha legislación.
b) Seguro de responsabilidad civil empresarial, incluyendo entre otras la responsabilidad civil patronal, productos y post-trabajos y polución y contaminación con una cobertura igual al importe de las obras/servicios contratados que, serán fijados en USD por siniestro y en las Condiciones Particulares de cada contrato y que como mínimo, será el de los estándares que figuran en el Anexo I. El Proveedor/Contratista deberá mantener en vigor este seguro hasta la expiración del Período de Garantía. Dicho seguro incluirá a Repsol YPF como asegurado adicional, sin perder su condición xx xxxxxxx.
c) Seguro de daños a los equipos de construcción alquilados, arrendados por o de propiedad del Proveedor/Contratista , con un límite no inferior a su valor de reposición. En caso de siniestro, e independientemente de la causa, el Proveedor/Contratista renuncia de forma expresa al derecho de recurso contra Repsol YPF por cualquier daño o pérdida que sufran dichos bienes, comprometiéndose a comunicar por escrito a sus Compañías Aseguradoras esta renuncia a recurso.
Si fuera necesario para la ejecución de los trabajos la utilización de automóviles, aeronaves (incluyendo helicópteros) o embarcaciones, Seguro de Responsabilidad Civil de Automóviles, Seguro de Responsabilidad Civil de Aeronaves (incluyendo helicópteros) o Seguro de Responsabilidad Civil de Embarcaciones, con un limite que será fijado en USD por siniestro y en las Condiciones Particulares de cada contrato y que como mínimo será el de los importes estándares que figuran en el Anexo I.
De ser necesaria la contratación de embarcaciones se exigirá cobertura de Protección e Indemnización (Armador/Fletador) con un Club del Grupo Internacional.
Con independencia de lo anterior, podrá el Contratista suscribir los seguros complementarios que estime necesarios para la total cobertura de sus responsabilidades según el CONTRATO.
2.10.2. Antes del comienzo de las obras/servicios el Contratista deberá entregar a Repsol YPF un certificado de los seguros contratados. Este certificado quedará incorporado al Contrato como Anexo. La no entrega del certificado facultará a Repsol YPF para resolver el Contrato por causa imputable al Contratista.
2.10.3. Repsol YPF, en todo momento, podrá solicitar al Contratista la entrega del original de las pólizas, o copias legitimadas, de los seguros que tenga contratados, así como recibos o justificantes de encontrarse al corriente de pago de las primas correspondientes. El Contratista queda obligado a la entrega de todo ello en un plazo no superior a siete (7) Días.
2.10.4. El Contratista queda obligado a informar por escrito a Repsol XXX, y al ingeniero en el caso de obras, de cualquier incidencia que afecte a la vigencia y condiciones de los seguros contratados.
2.10.5. En cualquier caso, Repsol YPF nunca será responsable por límites, deducibles o limitaciones en el condicionado de las pólizas del Contratista.
2.10.6. En todos los seguros a que se refiere la cláusula 2.10.1., se incluirá una mención por la que se exima de responsabilidad y no repetición de la entidad aseguradora contra Repsol YPF.
2.10.7. El Contratista, bajo su exclusiva responsabilidad, requerirá a los Subcontratistas para que mantengan la misma política de responsabilidades y seguros requerida al contratista. Ello no eximirá al Contratista de su responsabilidad frente a Repsol YPF.
2.11 Sanciones por incumplimiento
2.11.1 Las sanciones o penalizaciones por incumplimiento del Proveedor/Contratista, se establecerán en el Pliego de Condiciones Particulares y en el Pedido / Contrato.
2.12 Cesión de derechos y créditos
2.12.1 Los Pedidos / Contratos y los créditos y/o facturas emergentes de estas relaciones jurídicas no podrán ser cedidos/as, total o parcialmente, ni constituirse prendas sobre ellas, sin la previa y expresa autorización de Repsol YPF, por escrito de acuerdo a la forma que se establezca.
2.13 Inspecciones
2.13.1 El Proveedor/Contratista deberá inspeccionar, mediante Organismo de Control competente, aquellos bienes sujetos a algún reglamento técnico o de seguridad y medio ambiente y/o condiciones contractuales.
2.13.2 Asimismo el Proveedor/Contratista realizará revisiones semestrales de aquellas instalaciones o talleres temporales dentro de las instalaciones de Repsol YPF. Del resultado de estas inspecciones y revisiones, el Proveedor/Contratista deberá informar a Repsol YPF.
2.13.3 Repsol YPF se reserva el derecho de inspeccionar en origen los bienes objeto del Pedido / Contrato y exigir cuantos ensayos sean necesarios, que serán por cuenta del Proveedor/Contratista. Para ello Repsol YPF, designará inspectores quienes tendrán libre acceso a los talleres y procesos de fabricación, sin que esta inspección disminuya la responsabilidad del Proveedor/Contratista.
2.13.4 Repsol YPF se reserva el derecho de verificar la veracidad de la documentación e información entregada por el proveedor donde ésta se encuentre o donde Repsol YPF se lo indique o solicite. Para ello Repsol YPF designará inspectores quienes tendrán libre acceso a la documentación acreditativa sin que esta inspección disminuya la responsabilidad del proveedor/contratista.
2.14 Entrega y envío del material
2.14.1 Todo bien suministrado deberá ser adecuadamente embalado para evitar cualquier desperfecto. Repsol YPF no admitirá ningún cargo por embalaje si no ha sido previamente convenido. No se embalarán conjuntamente bajo ninguna circunstancia bienes correspondientes a diferentes Pedidos / Contratos.
2.14.2 Todos los envíos irán acompañados de un albarán o justificante de entrega en el que se indique la cantidad, nombre del producto, número del Pedido / Contrato, referencia del Proveedor/Contratista, y relación de bultos, realizando la distribución del documento según se especifique en el Pedido / Contrato y /o Condiciones Particulares.
2.14.3 Todos los bultos serán marcados exteriormente con el destino de la mercancía y número de Pedido / Contrato correspondiente, así como indicaciones para la manipulación o precauciones a adoptar en los casos necesarios.
2.14.4 Para los bienes que por su naturaleza sean entregados en envases discretos (por ejemplo productos de laboratorio), el
Proveedor/Contratista deberá atenerse a las siguientes instrucciones:
a) Cada envase irá identificado con el número de lote, fabricación y fecha
b) No se incluirá en una misma entrega, bienes correspondientes a más de dos lotes, salvo comunicación previa del Proveedor a Repsol YPF, y aceptación por escrito de ésta.
c) El Proveedor notificará las limitaciones de caducidad del bien, en los casos en que éstas existan, haciendo figurar en los envases la fecha límite del empleo del mismo.
2.14.5 La sola recepción por parte de Repsol YPF de un envío o expedición de bienes del Proveedor no podrá ser invocada como aceptación final de los mismos, los que quedarán sujetos a revisión posterior. Repsol YPF tiene la facultad de reclamar por defectos, vicios de calidad o cantidad debiendo el Proveedor tomar las medidas necesarias para satisfacer tales reclamos.
2.14.6 Serán de aplicación los INCOTERMS (última edición), quedando definida las modalidades en los Pliegos de Condiciones Particulares, así como en el Pedido / Contrato.
2.15 Recepción de las obras y servicios
2.15.1 Recepción Provisional: Una vez realizadas las obras y servicios y si la ejecución ha sido correcta, con todos los ensayos y pruebas de instalación realizadas a satisfacción de la Inspección, Repsol YPF elaborará un Acta dejando constancia de las obras y servicios realmente ejecutados, la fecha efectiva de inicio y finalización de los mismos, y cualquier observación que sea preciso señalar. A partir de dicha Acta comenzará a regir el plazo de garantía que se haya establecido.
2.15.2 Si las obras y servicios realizados presentan algún defecto, Repsol YPF dará un plazo al Proveedor/Contratista para su rectificación. De no efectuarse ésta en el plazo indicado, Repsol YPF podrá realizarla por sí misma o por terceros, con cargo a la cantidad retenida como Garantía, o a cargo del Proveedor / Contratista por el importe de las obras y servicios no cubiertos por la Garantía retenida.
2.15.3 Recepción Definitiva: Cumplido el plazo de garantía y realizadas a satisfacción de Repsol YPF las reposiciones y/o reparaciones que pudieran haberse producido en dicho lapso, se recibirá la Obra en forma definitiva, con las mismas formalidades observadas para la recepción provisional, procediendo Repsol YPF a reintegrar al Proveedor/Contratista el importe, en su caso, de los Fondos de Garantía y de Reparo no afectados a pagos a su cargo. Para el caso de Servicios, cumplido el plazo contractual por agotamiento del monto o tiempo estipulado, se elaborará el acta de recepción definitiva reintegrándose el monto de la garantía.
2.15.4 Obras y Servicios Rechazados: En estos casos, el Proveedor/Contratista deberá realizarlos nuevamente, a su exclusivo cargo.
2.16 Resolución del pedido / contrato
2.16.1 El Pedido / Contrato se extinguirá por resolución o por vencimiento del mismo.
2.16.2 Rescisión del Pedido / Contrato por causa del Proveedor/Contratista.
2.16.2.1 Además de las establecidas legalmente, Repsol YPF, se reserva la facultad de resolver el Pedido / Contrato por las causas que, a título de ejemplo y no de modo limitativo, se relacionan a continuación:
a) La venta o transmisión inter vivos o mortis causa de la Empresa del Proveedor/Contratista o su transformación en otra entidad jurídica, por los medios legalmente establecidos, sin la aprobación por escrito de Repsol YPF.
b) El incumplimiento, por parte del Proveedor/Contratista, de cualquiera de las Cláusulas del Pedido/Contrato.
c) El haberse alcanzado el máximo de penalizaciones aplicables según lo establecido en el Pedido/Contrato.
d) El incumplimiento de la legislación vigente, por parte del Proveedor/Contratista.
e) La quiebra, suspensión de pagos, embargos y retenciones de créditos decretados por órganos judiciales o administrativos de carácter ejecutivo (Agencia Estatal, Tributaria, Seguridad Social, etc...) o disolución de la Sociedad Proveedor/Contratista.
f) El quedar pendiente de ejecución / entrega, más del 20% de las obras, bienes y servicios, cuando haya vencido el plazo establecido en el Pedido / Contrato.
g) En caso de siniestro o accidente que ocasione daños a las personas, bienes o al medio ambiente
h) Existencia de inexactitudes graves en la información ofrecida por la empresa, especialmente en lo relativo a la calidad, seguridad e higiene, sistemas de gestión medioambiental, condiciones y cumplimiento de requisitos laborales.
i) Incumplimiento de las normas éticas de Repsol YPF
j) Incumplimiento de las obligaciones de confidencialidad exigidas en el Pedido/Contrato.
2.16.2.2 Cuando concurra alguna de las causas anteriores, el Pedido / Contrato quedará resuelto y sin efecto desde la fecha en que Repsol YPF comunique su decisión en tal sentido al Proveedor/Contratista o, en su caso, a sus causahabientes
2.16.2.3 En los casos en que proceda la resolución del Pedido / Contrato, Repsol YPF podrá adoptar todas o algunas de las siguientes medidas:
a) Suspender los pagos pendientes
b) Realizar las garantías que el Proveedor/Contratista tuviere constituidas.
c) Retener los bienes y elementos del Proveedor/Contratista que estuvieran en poder de Repsol YPF.
2.16.3 Rescisión del Pedido / Contrato por voluntad de Repsol YPF
2.16.3.1 Repsol YPF se reserva el derecho de dejar sin efecto el Pedido / Contrato de forma unilateral. Para ello deberá comunicarlo fehacientemente al Proveedor/Contratista.
2.16.3.2 Repsol YPF deberá indemnizar al Proveedor/Contratista por los daños y perjuicios que le ocasione, con una suma cuyo importe será fijado de mutuo acuerdo entre ambas partes.
2.17 Fuerza mayor
2.17.1 Ninguna de las partes será considerada responsable por el incumplimiento de cualesquiera de sus obligaciones derivadas del Pedido / Contrato en tanto en cuanto la ejecución de las mismas se retrase o se hiciese imposible como consecuencia de Fuerza Mayor.
A estos efectos, se considerarán causas de Fuerza Mayor aquellos fenómenos naturales, accidentes inevitables, incendio, revuelta o motín popular, actos xx xxxxxx, por imposición, norma, orden o acto de cualquier gobierno o agencia gubernamental, así como de cualquier otra autoridad competente, o cualquier otra causa de similar naturaleza imprevisible, o que previsible, fuera inevitable, irresistible o independiente de la voluntad de las partes y que escape a su control.
No obstante lo establecido en el párrafo anterior, no podrá invocarse como causa de Fuerza Mayor:
La suspensión de las obligaciones contractuales causada por el personal del Proveedor/Contratista o sus Subcontratistas
2.17.2 La suspensión de las obligaciones contractuales durará en tanto en cuanto permanezca la causa que haya originado la fuerza mayor. La parte que sufra ésta deberá ponerlo inmediatamente en conocimiento de la otra y efectuar los esfuerzos que sean razonables para resolver la causa de la suspensión en el plazo más corto posible.
2.17.3 Si por motivos de fuerza mayor fuese imposible el cumplimiento del Pedido / Contrato, la parte afectada debe comunicarlo a la otra mediante un aviso en un plazo máximo de 48 horas, desde que se produzca el evento.
2.18 Confidencialidad de información y documentos
2.18.1 Cuando Repsol YPF facilite información de cualquier naturaleza al Proveedor/Contratista para promover la presentación de ofertas, o la correcta prestación de la obra, bienes y servicios objeto del Pedido / Contrato, ésta deberá ser destinada exclusivamente a tal fin prohibiéndose su reproducción y divulgación, comprometiéndose el Proveedor/Contratista a restituirla a Repsol YPF una vez concretada la oferta o, a petición de Repsol YPF, en cualquier caso.
2.19 Solución de divergencias y litigios. Legislación aplicable.
2.19.1 La legislación aplicable al Pedido / Contrato será la del lugar de su cumplimiento. Se entenderá por lugar de cumplimiento aquél en el que, según el Pedido / Contrato, deban ser entregados los bienes o prestados los servicios.
En ausencia de pacto, los bienes se entenderán entregados y los servicios se entenderán prestados en el domicilio de la correspondiente sociedad del Grupo Repsol YPF.
Para cualquier divergencia que pudiera surgir respecto de la interpretación, ejecución o cumplimiento del Pedido / Contrato, las partes se someterán expresamente a la competencia de los Tribunales ordinarios del lugar de cumplimiento (entrega) del Pedido / Contrato.
2.20 Archivos
2.20.1 El Proveedor/Contratista mantendrá al día un registro completo del bien suministrado y/u obras o servicios realizados bajo el Pedido / Contrato, así como todas las transacciones relacionadas con el mismo. El Proveedor/Contratista mantendrá la totalidad de dichos registros por un período de tres años como mínimo después de la finalización del Pedido / Contrato. Dichos registros estarán disponibles para su posible auditoria por parte de Repsol YPF. La auditoria, si fuera el caso, no se aplicará a las Patentes del Proveedor/Contratista ni a cualquier información adicional con relación a ellas.
3. ANEXOS
3.1. ANEXO I: LISTADO DE LÍMITES EXIGIBLES EN LOS SEGUROS SEGÚN PRODUCTOS O SERVICIOS
3.2 ANEXO II: MODELO DE AVAL BANCARIO EN GARANTÍA DE LAS OBRAS, BIENES Y SERVICIOS.
3.3. ANEXO III. MODELO AVAL BANCARIO POR ANTICIPOS A CUENTA.
3.4. ANEXO IV. MODELO AVAL BANCARIO EN PETICIONES DE OFERTA.
ANEXO I: LISTADO DE LÍMITES EXIGIBLES EN LOS SEGUROS SEGÚN PRODUCTOS O SERVICIOS
- Límite general.................................................................................................................. 4.000.000 EUR ó 5.000.000 USD
- Productos como Gases licuados o disueltos a presión (inflamables o tóxicos) y mercancías explosivas: Butano, Propano, Hidrógeno, Acetileno, Cloro, Ácido
Sulfúrico, Tetraetilo de Plomo (TEL), Fluorhídrico Anidro (HF), etc. ............................ 6.000.000 EUR ó 7.500.000 USD
- Sustancias combustibles y /o inflamables en estado líquido con punto de
inflamación de 21ºC: Gasolina, Xxxxxxxx, Naftas, Hexano, etc. ..................................... 3.000.000 EUR ó 3.750.000 USD
- Sustancias corrosivas o tóxicas (no gaseosas) y líquidas con punto de inflamación superior a 55ºC: Ácido Sulfúrico, Solución Hipoclorito sódico en disolución, Flocusol, Clorhídrico, Keroflux 3267, Paraflow 316, Oxígeno, Mejorador Cetano, Mejorador
Lubricidad (TFA4758R) ................................................................................................. 1.500.000 EUR ó 1.875.000 USD
- Productos como Azufre, Nitrógeno, Klaraid (Policloruro de Aluminio), Asfaltos y
otros productos no incluidos en normativa T.P.C. ........................................................... 600.000 EUR ó 750.000 USD
- Contratos de Exploración y Producción (Perforación, Servicios en Pozo, Campañas Sísmicas):
Responsabilidad Civil General ........................................................................................................ USD 5.000.000
Responsabilidad Civil Patronal ....................................................................................................... USD 5.000.000
Responsabilidad Civil Automóviles ................................................................................................ USD 5.000.000
Responsabilidad Civil Aeronaves ................................................................................................... USD 5.000.000
- Contratos de Alquiler de Helicópteros
Responsabilidad Civil Aviación ...................................................................................................... USD 10.000.000
Responsabilidad Civil General ....................................................................................................... USD 10.000.000
Responsabilidad Civil Patronal ....................................................................................................... USD 10.000.000
ANEXO II: MODELO DE AVAL BANCARIO EN GARANTÍA DE LAS OBRAS, BIENES Y SERVICIOS.
El Banco ……………………….…………………, N.I.F.: ….……..……, domicilio… , en adelante el BANCO, y
en su nombre y representación D./Dña…………………………………………………………………..………………………………………………..
que conoce el Pedido / Contrato suscrito entre la Sociedad (PROPIETARIO/CLIENTE)……………….………………….……………………………………………
C.I.F…………………, domiciliada en ………………………………….……………………………………………,y la Sociedad (PROVEEDOR/CONTRATISTA)………………………………………………………………………….
con C.I.F.…………………,domiciliada en… ,
para la realización de (señalar Referencia, Obras, Bienes / Servicios adjudicados ………………………………………………..
………………………………………………………………............... en adelante denominado el PEDIDO / CONTRATO.
AVALA
Irrevocablemente y sin reservas, con carácter solidario y con expresa renuncia de los beneficios de excusión y división, A (PROVEEDOR/CONTRATISTA)
ANTE (PROPIETARIO/CLIENTE)
hasta un límite de Euros de (cifra y letra) ,
por el exacto cumplimiento, en los plazos convenidos, de todas y cada una de las obligaciones asumidas por
…………………………………………………..(PROVEEDOR/CONTRATISTA), según el PEDIDO / CONTRATO y por las responsabilidades que su incumplimiento genere.
El BANCO pagará y hará efectivo este Aval hasta su importe máximo prefijado anteriormente contra el simple requerimiento de
.........................………………………….(PROPIETARIO/CLIENTE), sin necesidad de autorización o consentimiento de
………………………………(PROVEEDOR/CONTRATISTA) y sin que sea admisible excusa alguna, incluida la oposición del avalado a la ejecución de este aval.
Este Aval mantendrá su vigencia y efectos hasta que… (PROVEEDOR/CONTRATISTA),
haya cumplido todas y cada una de sus obligaciones según el PEDIDO / CONTRATO, devolviendo el presente documento.
El/los firmante/s del presente Aval está/n debidamente autorizado/s para representar y obligar al BANCO, según resulta de la escritura de poder autorizada por el Notario D……………………………………..el día …de …………..de 2.00…, con el número de su Protocolo.
Este Aval queda inscrito en el Registro Especial de Avales con el nº ……. ……., el día ….de …………….de 2.00..
Lugar y fecha de emisión:
Firmado en original: (con las firmas reconocidas del/de los Representantes del Banco, con poderes de firma en vigor)
Antefirma: (nombre y Apellidos del/de los firmante/s, en Representación del Banco)
D.N.I.: (del/de los firmantes del Aval)
SELLO DEL BANCO (en original)
NOTA EXPLICATIVA: El Aval se emitirá en impreso original del Banco y citará el nombre de la Empresa avalada o beneficiaria, según proceda, en sustitución de la expresión PROVEEDOR/CONTRATISTA o PROPIETARIO/CLIENTE , que figura en este modelo, eliminándose en consecuencia TODO lo que encierran los paréntesis.
ANEXO III. MODELO AVAL BANCARIO POR ANTICIPOS A CUENTA.
El Banco ……………………….…………………, N.I.F.: ….……..……, domicilio… , en adelante el BANCO, y
en su nombre y representación D./Dña…………………………………………………………………..………………………………………………..
que conoce el Pedido / Contrato suscrito entre la Sociedad (PROPIETARIO/CLIENTE)……………….………………….……………………………………………
C.I.F…………………, domiciliada en ………………………………….……………………………………………,y la Sociedad (PROVEEDOR/CONTRATISTA)………………………………………………………………………….
con C.I.F.…………………,domiciliada en… ,
para la realización de (señalar Referencia, Obras, Bienes / Servicios adjudicados ………………………………………………..
………………………………………………………………............... en adelante denominado el PEDIDO / CONTRATO.
AVALA
Irrevocablemente y sin reservas, con carácter solidario y con expresa renuncia de los beneficios de excusión y división, A (PROVEEDOR/CONTRATISTA)
ANTE (PROPIETARIO/CLIENTE)
hasta un límite de Euros de (cifra y letra) ,
por el exacto cumplimiento, en los plazos convenidos, de todas y cada una de las obligaciones asumidas por
…………………………………………………..(PROVEEDOR/CONTRATISTA), según el PEDIDO / CONTRATO y por las responsabilidades que su incumplimiento genere.
El BANCO pagará y hará efectivo este Aval hasta su importe máximo prefijado anteriormente contra el simple requerimiento de
.........................………………………….(PROPIETARIO/CLIENTE), sin necesidad de autorización o consentimiento de
………………………………(PROVEEDOR/CONTRATISTA) y sin que sea admisible excusa alguna, incluida la oposición del avalado a la ejecución de este aval.
Este Aval mantendrá su vigencia y efectos hasta que… PROPIETARIO/CLIENTE), autorice su cancelación mediante
escrito dirigido al BANCO y/o a
…………………………………………….……………………………………….(PROVEEDOR/CONTRATISTA) devolviendo el presente documento.
El/los firmante/s del presente Aval está/n debidamente autorizado/s para representar y obligar al BANCO, según resulta de la escritura de poder autorizada por el Notario D……………………………………..el día …de …………..de 2.00…, con el número de su Protocolo.
Este Aval queda inscrito en el Registro Especial de Avales con el nº ……. ……., el día ….de …………….de 2.00..
Lugar y fecha de emisión:
Firmado en original: (con las firmas reconocidas del/de los Representantes del Banco, con poderes de firma en vigor)
Antefirma: (nombre y Apellidos del/de los firmante/s, en Representación del Banco)
D.N.I.: (del/de los firmantes del Aval)
SELLO DEL BANCO (en original)
NOTA EXPLICATIVA: El Aval se emitirá en impreso original del Banco y citará el nombre de la Empresa avalada o beneficiaria, según proceda, en sustitución de la expresión PROVEEDOR/CONTRATISTA o PROPIETARIO/CLIENTE , que figura en este modelo, eliminándose en consecuencia TODO lo que encierran los paréntesis.
ANEXO IV. MODELO AVAL BANCARIO EN PETICIONES DE OFERTA.
El Banco ……………………….…………………, N.I.F.: ….……..……, domicilio… , en adelante el BANCO, y
en su nombre y representación D./Dña… ,
Conocedor (a) del Concurso realizado por la Sociedad (PROPIETARIO/CLIENTE)……………….………………….……………………………………………
C.I.F…………………, domiciliada en , invitando a participar en el
mismo a la Sociedad (PROVEEDOR/CONTRATISTA)………………………………………………………………………….
con C.I.F.…………………,domiciliada en… ,
para la adjudicación de (señalar Referencia, Obras, Bienes / Servicios) ………………………………………………..
………………………………………………………………...............
AVALA
Irrevocablemente y sin reservas, con carácter solidario y con expresa renuncia de los beneficios de excusión y división, A (PROVEEDOR/CONTRATISTA)
ANTE (PROPIETARIO/CLIENTE)
hasta un límite de Euros de (cifra y letra) ,
equivalente al 2% del presupuesto total de la oferta, como garantía de que, de resultar adjudicataria
…………………………………………….……………………………………….(PROVEEDOR/CONTRATISTA), esta procederá a la firma del contrato de adjudicación y a la entrega de la fianza definitiva.
El BANCO pagará y hará efectivo este Aval hasta su importe máximo prefijado anteriormente contra el simple requerimiento de
.........................………………………….(PROPIETARIO/CLIENTE), sin necesidad de autorización o consentimiento de
………………………………(PROVEEDOR/CONTRATISTA) y sin que sea admisible excusa alguna, incluida la oposición del avalado a la ejecución de este aval.
Este Aval mantendrá su vigencia y efectos hasta que… (PROVEEDOR/CONTRATISTA),
haya cumplido todas y cada una de sus obligaciones según las Condiciones del correspondiente Xxxxxx y/o Contrato, y quedará cancelado una vez
................................................................................................................................. PROPIETARIO/CLIENTE) devuelva el presente documento.
El/los firmante/s del presente Aval está/n debidamente autorizado/s para representar y obligar al BANCO, según resulta de la escritura de poder autorizada por el Notario D……………………………………..el día …de …………..de 2.00…, con el número de su Protocolo.
Este Aval queda inscrito en el Registro Especial de Avales con el nº ……. ……., el día ….de …………….de 2.00..
Lugar y fecha de emisión:
Firmado en original: (con las firmas reconocidas del/de los Representantes del Banco, con poderes de firma en vigor)
Antefirma: (nombre y Apellidos del/de los firmante/s, en Representación del Banco)
D.N.I.: (del/de los firmantes del Aval)
SELLO DEL BANCO (en original)
NOTA EXPLICATIVA: El Aval se emitirá en impreso original del Banco y citará el nombre de la Empresa avalada o beneficiaria, según proceda, en sustitución de la expresión PROVEEDOR/CONTRATISTA o PROPIETARIO/CLIENTE , que figura en este modelo, eliminándose en consecuencia TODO lo que encierran los paréntesis.CONSUMO DE COMBUSTIBLE Y LUBRICANTE
SERIEDAD DE LA OFERTA LICITACIÓN EN