PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES DEL CONTRATO DE SUMINISTRO DE IMPRESOS DE INSPECCIÓN, HOJAS DE ANOMALÍAS POR PROCEDIMIENTO ABIERTO SUPERSIMPLIFICADO
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES DEL CONTRATO DE SUMINISTRO DE IMPRESOS DE INSPECCIÓN, HOJAS DE ANOMALÍAS POR PROCEDIMIENTO ABIERTO SUPERSIMPLIFICADO
INDICE
1. INTRODUCCIÓN 4
2. ELEMENTOS DEL CONTRATO 5
2.1 RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO 5
2.2 OBJETO DEL CONTRATO 6
2.3 PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN, VALOR ESTIMADO Y PRECIO DEL CONTRATO 6
2.3.1 Presupuesto base de licitación 6
2.3.2. Valor estimado del contrato 7
2.3.3. Precio del contrato 7
2.4 PLAZOS 8
2.5 CAPACIDAD PARA CONTRATAR 9
3. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO 9
3.1 PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN 9
3.2 PRESENTACIÓN DE OFERTAS 9
3.3 MUESTRAS 11
3.4 VALORACIÓN Y SELECCIÓN DE OFERTA. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO 12
3.5 PUBLICIDAD DEL PROCEDIMIENTO 13
4. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO 13
5. EJECUCIÓN DEL CONTRATO 14
5.1 OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO 14
5.2 ACTUACIONES PREVIAS AL INICIO DEL CONTRATO EN RELACION A PREVENCION DE RIESGOS LABORALES 18
5.3 RESPONSABLE DEL CONTRATO 18
5.4 ENTREGA DE BIENES 19
5.5 CUMPLIMIENTO DE LOS PLAZOS Y PENALIZACIONES POR DEMORA O DEFECTUOSO CUMPLIMIENTO DE LA PRESTACIÓN 20
5.6 CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO 20
5.7 ABONO 21
5.8 PLAZO DE GARANTÍA 22
5.9 PRÓRROGA DEL CONTRATO 22
6. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO 22
7. CESIÓN DEL CONTRATO 23
8. SUBCONTRATACIÓN. 24
9. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO 24
10. DECISIÓN DE NO ADJUDICAR O CELEBRAR EL CONTRATO Y DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN 24
11. CONFIDENCIALIDAD. 25
12. OBLIGACIONES EN MATERIA MEDIOAMBIENTAL, SOCIAL O LABORAL 27
13. CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN DE CARÁCTER SOCIAL, ÉTICO, MEDIOAMBIENTAL O DE OTRO ORDEN 27
14. IMPUGNACIÓN EN VÍA ADMINISTRATIVA 27
15. JURISDICCIÓN COMPETENTE 28
CUADRO RESUMEN 29
1. OBJETO DEL CONTRATO (apartado 2.2 PCAP): 29
2. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN Y VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO (Apartado 2.3) 29
3. DURACIÓN DEL CONTRATO. PRÓRROGA. (Apartado 2.4 PCAP): 30
4. PERIODO DE GARANTÍA (apartados 5.8 PCAP): 30
5. MUESTRAS (apartado 3.3 PCAP) 30
6. PAGO DIRECTO A SUBCONTRATISTAS (apartado 5.1.14 PCAP): 31
7. IDENTIFICACION DE TAREAS CRÍTICAS EN LAS QUE NO CABE SUBCONTRATACIÓN (apartado 8 PCAP): 31
8. DECISIÓN DE NO ADJUDICAR O CELEBRAR EL CONTRATO Y DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN (apartado 10 PCAP) 31
9. CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN DE CARÁCTER SOCIAL, ÉTICO, MEDIOAMBIENTAL O DE OTRO ORDEN (apartado 13 PCAP): 31
10. HABILITACIÓN PROFESIONAL O EMPRESARIAL EXIGIDA 31
11. XXXXX XX XXXXXXXXXXXX XX XXXXXXX X XXXXXXXXXXXX 00
XXXXX 0. MODELO DE OFERTA 32
ANEXO 2. CRITERIOS DE ADJUDICACION Y DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS 34
ANEXO 3. SUPUESTOS DE MODIFICACIÓN DEL CONTRATO 35
ANEXO 4. XXXXXXXXXXXXXX 00
XXXXX 0. CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO 37
ANEXO 6. FORMA DE FACTURACIÓN 38
ANEXO 7. COMPROMISO DE CONSTITUCIÓN EN UTE 39
ANEXO 8. AUTORIZACIÓN DE NOTIFICACIONES POR CORREO ELECTRÓNICO. SOBRE Nº 1 40
ANEXO 9. OFERTAS ANORMALMENTE BAJAS 00
XXXXX 00. DESGLOSE DEL IMPORTE DE LICITACIÓN 42
1. INTRODUCCIÓN.
Verificaciones Industriales de Andalucía S.A. (en lo sucesivo, VEIASA) es una sociedad mercantil del sector público andaluz, cuyo objeto social es la realización de las actuaciones de inspección y control reglamentarios derivadas de la aplicación de las distintas reglamentaciones agrícolas, industriales, mineras y energéticas que le sean asignadas por la Junta de Andalucía, así como la realización de todo tipo de trabajos, obras, estudios, informes, proyectos, dirección de obras, consultorías, asistencias técnicas y servicios públicos en estas materias, que le puedan ser atribuidas por la Administración competente, dentro o fuera del territorio nacional, con sujeción a la normativa vigente y particularmente a la relativa a la normativa referente a la defensa de la competencia; especialmente, es cometido de la Sociedad la gestión del Servicio Público de Inspección Técnica de Vehículos (ITV) y el control metrológico.
VEIASA, en su calidad de sociedad mercantil del sector público andaluz, en cuyo capital participa integra y únicamente la Junta de Andalucía, está incluida en el ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 00 xx xxxxxxx xx 0000 (XXXX, en lo sucesivo) en virtud de lo establecido en el artículo 3.1.h.
En la Plataforma de Contratación de la Junta de Andalucía los licitadores tienen acceso al Perfil del Contratante de VEIASA,
xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxxxx/xxxxxxxxxxxx-xxxxxxx/xxxxxxxx-xxxxxxxxxxxx/xxxxxxxx- contratante/detalle/EICE23.html
En él que podrán acceder a toda la información relativa a la actividad contractual de la entidad. La publicación en el Perfil del Contratante de VEIASA tendrá los efectos previstos en la LCSP.
En el portal habilitado para la presentación de las ofertas, al que se accede mediante el enlace que figura en el apartado 11 del CR, constará el correo electrónico de VEIASA al que podrán realizar las consultas y sugerencias en la licitación de referencia.
2. ELEMENTOS DEL CONTRATO.
2.1 RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO.
El contrato al que se refiere el presente Xxxxxx es de naturaleza privada y se regirá, en cuanto a su preparación y adjudicación, por este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (en adelante PCAP) con su Cuadro Resumen (CR), por el Pliego de Prescripciones Técnicas (en adelante PPT) y por lo dispuesto en la LCSP y sus disposiciones de desarrollo.
En cuanto a sus efectos y extinción, el contrato se regirá por las cláusulas en él contenidas, por el PCAP, el PPT y la oferta presentada por el adjudicatario; supletoriamente se aplicarán las normas de derecho privado. En caso de discordancia entre los documentos descritos, la prevalencia de unos sobre otros se establece en el mismo orden en que han sido relacionados. No obstante lo anterior, de conformidad con lo establecido en el artículo 319 de la LCSP será aplicable al contrato lo dispuesto en los artículos 201, 202, 203 a 205, 214 a 217, 218 a 228 y los apartados 4.º del artículo 198, 4.º del artículo 210 y 1.º del artículo 243, todos ellos de la LCSP.
Asimismo el contrato estará sujeto a lo establecido por las normas de Derecho Comunitario que le sean de aplicación, siéndole igualmente aplicable la normativa, recomendaciones y circulares, relacionados con el objeto de los trabajos en lo que no esté modificado por el presente Xxxxxx, el PPT y los restantes documentos de carácter contractual.
El desconocimiento del presente pliego, del PPT, del contrato, de sus documentos anexos o que puedan ser de aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá al adjudicatario de la obligación de su cumplimiento.
Todos los plazos establecidos en este Pliego, salvo que en el mismo se indique que son días hábiles, se entenderán referidos a días naturales.
Régimen transitorio de contratación electrónica
Según establece la LCSP, la presentación de ofertas se llevará a cabo utilizando medios electrónicos, de conformidad con los requisitos establecidos en la disposición adicional 15ª de la LCSP. No obstante, los órganos de contratación no estarán obligados a exigir el empleo de medios electrónicos en el procedimiento de presentación de ofertas entre otros casos, cuando, debido al carácter especializado de la contratación, el uso de medios electrónicos requiera herramientas, dispositivos o formatos de archivo específicos que no están en general disponibles o no aceptan los programas generalmente disponibles.
VEIASA está implementando las herramientas y dispositivos para la contratación electrónica de forma coordinada con el resto de órganos de contratación de la Junta de Andalucía, pero aún no se encuentra disponible, por lo que se acoge a la excepción prevista en el apartado 3º la disposición adicional 15 de la LCSP y en la presente licitación permite la presentación de ofertas mediante correo electrónico en la forma prevista en el presente pliego.
2.2 OBJETO DEL CONTRATO.
El contrato tiene por objeto el suministro enunciado en el apartado 1 del CR del presente PCAP, en los términos establecidos en el PPT.
En el apartado 1 del Cuadro Resumen se indica si el objeto del presente contrato se dividirá en lotes.
Asimismo, en el apartado 1 del CR, se indicará (para cada lote, en su caso) si el suministro incluye la distribución, montaje, instalación, fabricación, puesta en marcha, mantenimiento y/o conservación de los bienes objeto de este contrato y/o formación o adiestramiento de técnicos, así como cualquier otra prestación de servicios vinculada al objeto del suministro de conformidad con el destino que se especifica en el PPT.
2.3 PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN, VALOR ESTIMADO Y PRECIO DEL CONTRATO.
2.3.1 Presupuesto base de licitación.
El presupuesto base de licitación que aparece desglosado en el apartado 2 del CR, es el límite máximo de gasto que en virtud del contrato (y para cada lote, en su caso) puede comprometer el órgano de contratación, IVA incluido. Supone el importe en que VEIASA valora el coste de la ejecución del contrato sin tener en cuenta prórrogas ni ningún coste eventual.
No se admitirán ofertas con precios superiores a los precios expresados para cada lote, ni al total del presupuesto de licitación.
2.3.2. Valor estimado del contrato
Conforme al artículo 101 de la LCSP, el valor estimado del contrato es el importe total que puede alcanzar el contrato, sin incluir el Impuesto sobre el Valor Añadido, pagadero según las estimaciones del órgano de contratación, incluidas las eventuales prórrogas y las modificaciones que, en su caso, se prevean.
2.3.3. Precio del contrato.
El precio del contrato es el que resulte de la adjudicación, de acuerdo con la oferta presentada por el adjudicatario. Cuando ésta consista en uno o varios precios unitarios, el precio del contrato será el que resulte de aplicar éstos a las unidades realmente suministradas, con independencia del importe de adjudicación.
Cuando existan unidades de suministro variables y sea imposible concretar su número en el momento de la licitación y/o adjudicación, podrá establecerse un importe del contrato estimado relativo a los suministros variables a entregar.
En ese caso, la oferta deberá indicar el precio unitario de cada uno de los bienes objeto del suministro o bien, el importe por la totalidad del suministro a entregar, según se indique en el CR. Si los bienes suministrados han de ser objeto de posterior instalación, puesta de funcionamiento y/o mantenimiento, o cualquier otro servicio vinculado al suministro, se expresarán las características de éstos y el coste que representen dentro del coste total.
La oferta económica deberá expresarse sin incluir el IVA, que será repercutido, en su caso, en cada una de las facturas correspondientes al contrato. A tal efecto, el adjudicatario deberá especificar en su oferta como partida independiente y se reflejará en el contrato que se suscriba, el tipo de IVA que repercutirá
sobre la Base Imponible en la factura correspondiente, de acuerdo con la legalidad vigente al tiempo de emitir la factura.
Aquellos adjudicatarios a los que por aplicación del artículo 20 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, reguladora del Impuesto sobre el Valor Añadido, les sea de aplicación las exenciones previstas para dicho impuesto, deberán justificar documentalmente encontrarse en esta situación. Esta justificación, deberá acompañar a la oferta económica.
En el precio del Contrato se considerarán incluidos los demás tributos, tasas y cánones de cualquier índole que sean de aplicación, así como todos los gastos que se originen para el adjudicatario como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en el presente pliego y en el PPT.
2.4 PLAZOS.
El presente contrato tendrá el plazo de duración que establezca el apartado 3 del CR, en el que también se indica si cabe posibilidad de prórroga y la duración de ésta, en su caso.
El plazo máximo de entrega, en su caso, se establece en el apartado 3 del CR. El plazo definitivo será el que conste en el contrato, en el pedido o en la aceptación por parte del contratista de la adjudicación del contrato.
El plazo comenzará a partir de la firma del contrato, de la fecha del pedido o de la aceptación por parte del contratista de la adjudicación del contrato.
Para las sucesivas entregas o diversas etapas en las que el contrato pueda descomponerse, se podrán establecer plazos parciales en el contrato, los cuales se fijarán igualmente en el citado apartado del CR, pudiendo, igualmente, el licitador ofertar la reducción de dichos plazos parciales, si así se establece en el CR.
2.5 CAPACIDAD PARA CONTRATAR.
Están facultadas para contratar las personas físicas o jurídicas, españolas y extranjeras que, teniendo plena capacidad de obrar, no se hallen comprendidas en alguna de las circunstancias que señala el artículo 71 de la LCSP que implican una prohibición para contratar con el sector público.
Los licitadores, ya sean personas físicas o jurídicas, deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato y que se hace constar en el apartado 10 del CR.
Conforme a lo establecido en el artículo 70.2 de la LCPS, no podrán concurrir a la licitación las empresas adjudicatarias de los contratos de vigilancia, supervisión, control y dirección de la ejecución de los suministros a que se refiere el presente pliego, ni las empresas vinculadas a las mismas, entendiéndose por tales las que se encuentren en algunos de los supuestos previstos en el artículo 42 del Código de Comercio.
3. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.
3.1 PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN.
El contrato se adjudicará por procedimiento abierto súper simplificado o simplificado abreviado regulado en el artículo 159.6 LCSP.
3.2 PRESENTACIÓN DE OFERTAS.
La forma de presentar las proposiciones será la que se establezca en el documento “Instrucciones para ofertar”, dicho documento se publicará en el perfil del contratante y quedará a disposición de los licitadores junto con el resto de documentación que rige la licitación.
La forma de acceder al portal habilitado para ofertar será mediante el enlace recogido en el apartado 11 del CR.
Las ofertas, junto con la documentación preceptiva, se presentarán dentro del plazo señalado en el anuncio de licitación. No serán admitidas aquellas ofertas que se reciban fuera del plazo señalado.
La presentación de las ofertas supone la aceptación incondicional por parte del licitador del contenido de las cláusulas de este Pliego con su CR y del PPT.
El licitador no podrá retirar su oferta y si lo hiciera de forma injustificada quedará obligado a hacer frente a la indemnización de cuantos daños y perjuicios se hubieren podido causar a VEIASA por su incumplimiento. Las ofertas presentadas extenderán su validez durante toda la vigencia del contrato.
Cada licitador sólo podrá presentar una única oferta. No se aceptarán aquellas ofertas que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente todo aquello que VEIASA estime fundamental para la oferta.
Los licitadores presentarán las ofertas siguiendo el modelo que se presenta como anexo 1 que se divide en tres partes:
- 1ª parte: declaración responsable del cumplimiento de los requisitos de capacidad y solvencia.
- 2ª parte: oferta técnica en la que se incluirá una descripción de los bienes o productos ofertados.
- 3ª parte: Oferta económica y, en su caso, de otros criterios que son valorados mediante aplicación de fórmulas.
Una vez abiertas las ofertas, VEIASA podrá pedir aclaraciones o justificaciones documentales de lo requerido a los licitadores, las cuales se solicitarán al correo electrónico que los licitadores hayan informado en su oferta, conforme al modelo de Anexo 8 del CR. La respuesta al requerimiento de aclaraciones deberá ser remitida al correo electrónico de VEIASA indicado en el apartado 11 del CR. Cuando las aclaraciones no se puedan enviar por correo electrónico y se envíen por correo ordinario o
mensajería, el licitador deberá acreditar la fecha y hora de imposición del envío, dentro del plazo fijado para su presentación, en la oficina de correos o de la empresa de mensajería y anunciar a VEIASA, en el mismo día, la remisión de la documentación mediante telegrama, fax (000000000) o burofax, o al propio correo electrónico indicado en el apartado 11 del CR. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la documentación si es recibida en VEIASA con posterioridad a la fecha y hora de terminación del plazo concedido en el requerimiento. Transcurridos, no obstante, dos días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la documentación física, ésta no será admitida en ningún caso. En todo caso deberá consignarse en el exterior de los correspondientes sobres con las aclaraciones el número de expediente de la licitación y el título del contrato, indicando que se dirige a la atención de la Unidad de Compras. En caso de no hacerse así el sobre se tendrá por no presentado.
Las aclaraciones nunca podrán implicar modificaciones de las ofertas.
3.3 MUESTRAS.
En caso de que se señale en el CR, los licitadores presentarán ajustadas a las características reseñadas en el PPT, una muestra del bien a suministrar. Las muestras en cualquier caso formarán parte de la oferta técnica del licitador, siendo entregadas y depositadas por los licitadores en el lugar que se indique en el anuncio de licitación, durante el plazo de presentación de proposiciones.
Todos los bultos que contengan la muestra presentada, llevarán fijados en lugar visible una etiqueta estructurada en la que constará el nombre del licitador, el número de expediente y el lote, en su caso, al que se refiere, y contenido del mismo. En todo caso, será necesario que las muestras estén correctamente embaladas al objeto de evitar su pérdida o deterioro.
Los licitadores deberán incluir tanto en papel como en formato digital catálogos o fotografías de las muestras aportadas.
Las muestras presentadas por licitadores que hayan resultado adjudicatarios no podrán ser retiradas, hasta que se haya efectuado la recepción del material adjudicado, previa solicitud por escrito a VEIASA, en el plazo de treinta (30) días desde la firma de la última acta de recepción.
La muestra objeto de adjudicación no podrá incorporarse como unidad de suministro sin la previa autorización de VEIASA.
Transcurridos los plazos descritos, VEIASA dispondrá de las muestras, quedando exenta de toda responsabilidad sobre las mismas.
3.4 VALORACIÓN Y SELECCIÓN DE OFERTA. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
La valoración de las ofertas se realizará de forma automática por el Órgano de contratación aplicando los criterios objetivos relacionados en el anexo 2.
En caso que así se establezca, se considerarán ofertas anormalmente bajas, aquéllas que cumplan los parámetros objetivos indicados en el Anexo 9 del CR.
Cuando se identifique una proposición que pueda ser considerada anormalmente baja, VEIASA dará audiencia al licitador que la haya presentado para que justifique la desviación de la oferta y precise las condiciones de la misma a los efectos de lo dispuesto en el artículo 149 de la LCSP. Recibida esta justificación, se dará traslado de la misma a la unidad competente para que la valore.
La mesa de contratación evaluará toda la información y documentación proporcionada por el licitador en plazo y elevará de forma motivada la correspondiente propuesta de aceptación o rechazo al órgano de contratación.
Si el órgano de contratación, considerando la justificación efectuada por el licitador y los informes, estimase que la información recabada no explica satisfactoriamente el bajo nivel de los precios o costes propuestos por el licitador y que, por lo tanto, la oferta no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales, la excluirá de la clasificación y acordará la adjudicación a favor de la mejor oferta, de acuerdo con el orden en que hayan sido clasificadas. En general se rechazarán las ofertas incursas en presunción de anormalidad si están basadas en hipótesis o prácticas inadecuadas desde una perspectiva técnica, económica o jurídica.
En caso que tras la valoración se produzca un empate entre dos o más ofertas, el contrato se adjudicará a la proposición presentada por la empresa que, al vencimiento del plazo de presentación de ofertas, tengan en su plantilla un porcentaje de trabajadores con discapacidad superior al que les imponga la normativa.
En este supuesto, si varias empresas licitadoras de las que hubieren empatado en cuanto a la proposición más ventajosa acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al que les imponga la normativa, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla. Las empresas empatadas se les concederá un plazo máximo de 48 horas para acreditar su porcentaje de trabajadores con discapacidad
Si en este aspecto también hubiera un empate, este se resolverá mediante sorteo, que se realizará mediante Streaming.
Realizada la valoración y puntuación de las ofertas, el órgano de contratación procederá a adjudicar el contrato a la oferta que obtenga la mejor puntuación notificándolo al adjudicatario mediante correo electrónico.
3.5 PUBLICIDAD DEL PROCEDIMIENTO
Las ofertas presentadas y la documentación relativa a la valoración de las mismas serán accesibles de forma abierta en el perfil de contratante de VEIASA desde el momento en que se notifique la adjudicación del contrato, excepto la documentación declarada confidencial por los licitadores.
4. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
La formalización del contrato podrá efectuarse mediante la firma de aceptación por el contratista del Acuerdo de adjudicación.
5. EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
5.1 OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO.
1.- El adjudicatario deberá ejecutar los trabajos con estricta sujeción a lo dispuesto en los documentos recogidos en la Cláusula 2.1 del presente Pliego y a la prelación en ella establecida, así como a las Órdenes e instrucciones que en interpretación de éstos diera VEIASA.
2.- El adjudicatario queda obligado a aportar los equipos técnicos, materiales, medios auxiliares y humanos necesarios para la entrega, instalación, montaje, mantenimiento de los mismos, en su caso, así como cualquier otra prestación de servicios vinculada al objeto del suministro, todo lo cual se llevará a cabo conforme al plan establecido en el PPT y en número y grado preciso para la realización del objeto de contrato a satisfacción y en los mismos términos que se hubiesen ofertado, debiendo responder de los riesgos de siniestro del material, personal y equipos implicados en la operación así como de los daños a terceros, siendo suyo el riesgo y xxxxxxx de la ejecución del contrato. Asimismo deberá responder de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de los bienes suministrados, así como de las consecuencias que se deduzcan para VEIASA o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato, debiendo mantener indemne a VEIASA de los daños y perjuicios que para la misma puedan derivarse de la formulación de reclamaciones.
3.- En el caso de que el suministro conlleve instalación, el adjudicatario será responsable de la limpieza de los lugares donde ejecute el Contrato por las actuaciones que lleve a cabo, debiendo mantener éstos limpios y en perfecto estado, retirando los materiales sobrantes al lugar apropiado, preferentemente donde se destinen a su reciclaje.
El adjudicatario tendrá en cuenta las condiciones propias del lugar donde deba ejecutarse el Contrato. Antes de presentar su oferta el adjudicatario inspeccionará y examinará el lugar y se informará en la medida que estime necesario de las características y clases de trabajos, así como de todas las circunstancias (zonas de vertido de residuos, necesidades de materiales y equipos, medios de acceso, etc.) que puedan influir en su proposición o afectar la ejecución de los trabajos.
Se considerará, una vez adjudicado, que cualquier variación de los trabajos no prevista en la oferta, será a cargo del adjudicatario, por lo que no se admitirá ningún tipo de reclamación en cuanto a la idoneidad
de los locales, idoneidad de la maquinaria prevista para la ejecución, etc., considerándose que el adjudicatario está obligado a la verificación de estos extremos durante el estudio de la oferta y por lo tanto, cualquier alteración sobre estos supuestos se considerará riesgo y xxxxxxx del adjudicatario.
4.- El adjudicatario no podrá sustituir al personal facultativo adscrito a la realización de los trabajos, sin la expresa autorización de VEIASA.
5.- El Adjudicatario para utilizar tecnología, procedimientos, materiales y equipos, así como cualquier derecho de propiedad industrial o intelectual xx xxxxxxx, deberá obtener las cesiones, permisos y autorizaciones necesarios de sus respectivos titulares, siendo de su cuenta el pago de los derechos e indemnizaciones por tales conceptos.
El Adjudicatario será responsable de toda reclamación relativa a la propiedad intelectual, industrial y comercial, de tal modo que si se produjera cualquier reclamación contra VEIASA con fundamento en la infracción de las obligaciones prescritas en el párrafo precedente, asumirá los gastos de defensa judicial o extrajudicial que se ocasionen a VEIASA por tal motivo. Si como consecuencia de la citada reclamación VEIASA quedara privada de su propiedad, utilización o uso, podrá exigir del Adjudicatario, aún después de la Recepción Definitiva del suministro, la sustitución total y a xxxxx de éste de los materiales, programas informáticos, procedimientos o equipos afectados por la reclamación por otros de iguales características y calidades a definir por VEIASA en el plazo que prudencialmente se le fije. Si vencido dicho plazo el Adjudicatario no hubiere procedido a la sustitución de los elementos correspondientes, VEIASA sin necesidad de más requerimiento ejecutará por sí o por terceros, la sustitución de los materiales, procedimientos, programas informáticos o equipos afectados por la exclusiva cuenta del Adjudicatario. Todo ello, con independencia de las penalidades e indemnizaciones por daños y perjuicios que procedan de conformidad con el presente Xxxxxx. Lo dispuesto en esta Cláusula es independiente de las reservas de propiedad industrial o intelectual que puedan establecerse en contrato y/o las Condiciones Particulares a favor de VEIASA.
En el caso de productos “software” el Adjudicatario declarará expresamente que posee los derechos de propiedad correspondientes o los derechos legales de comercialización de dichos productos y presentará la documentación justificativa en caso de que VEIASA así lo solicitara.
6.- Corresponderán y serán a cargo del Adjudicatario:
• La obtención de las autorizaciones y licencias, documentos o cualquier información, tanto oficial como particular, que se requieran para la realización del contrato.
• Satisfacer los gastos de comprobación de materiales, vigilancia del proceso de fabricación, si procede, y los de materiales, personal, transporte, entrega hasta el lugar y destino convenido, retirada de los bienes entregados o usados por VEIASA como parte del precio del contrato, montaje, puesta en funcionamiento o uso, de acuerdo con las prescripciones técnicas, posterior asistencia técnica de los bienes suministrados durante el respectivo plazo de garantía, así como cualesquiera otros necesarios para la realización del objeto del contrato.
7.- El adjudicatario quedará obligado a facilitar a VEIASA los planos de partes y componentes del material suministrado en el formato que en su caso defina el Pliego de Prescripciones Técnicas, así como sus referencias, identificaciones y fabricantes de dicho material, con el fin de que VEIASA pueda garantizar, en su caso, el mantenimiento futuro.
8.- Durante la ejecución del contrato el adjudicatario deberá respetar en todo momento la legislación medioambiental, poniendo especial cuidado en la gestión de los residuos que se generen en el lugar de ejecución del mismo. Además, conforme a los requerimientos xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas y a las medidas de carácter medioambiental propuestas que hayan sido aceptadas por VEIASA, el adjudicatario integrará los aspectos medioambientales para conseguir que el proceso de ejecución del contrato sea lo más respetuoso con el medio ambiente. El adjudicatario, igualmente se compromete al cumplimiento y mejora respecto a lo establecido en las instrucciones técnicas medioambientales, el compromiso ambiental y la política de gestión integrada de VEIASA. Asimismo, el adjudicatario debe comunicar a la Unidad de Servicios Generales y Medio Ambiente cualquier situación de riesgo o de emergencia ambiental que surja durante la ejecución del contrato, siendo de su total responsabilidad cualquier daño que por estos motivos pudieran ocasionarse tanto a VEIASA como a terceros.
9.- El adjudicatario deberá responder de cuantas obligaciones le vienen impuestas en su carácter de empleador, así como del cumplimiento de cuantas normas regulan y desarrollan la relación laboral o de otro tipo, existente entre aquél, o entre sus subarrendatarios, y los trabajadores de uno y otro, sin que
pueda repercutir contra VEIASA ninguna multa, sanción o cualquier tipo de responsabilidad que por incumplimiento de alguna de ellas pudieran imponerle los organismos competentes. El personal adscrito a los trabajos dependerá exclusivamente del adjudicatario, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario respecto del mismo.
En cualquier caso, indemnizará a VEIASA de toda cantidad que se viere obligada a pagar por incumplimiento de las obligaciones aquí consignadas, aunque ello le venga impuesto por resolución judicial o administrativa.
10.- El adjudicatario deberá solicitar a VEIASA con la antelación suficiente cualquier dato, documento, o información que precisara durante la elaboración de los trabajos, no pudiendo imputar a VEIASA, una realización defectuosa o tardía salvo que los datos que se le faciliten sean defectuosos o se le entreguen con retraso, siempre que de todo ello se deje constancia previa por escrito, con comunicación directa a VEIASA.
11.- El adjudicatario está obligado a poner en conocimiento de VEIASA cualquier anomalía técnica que observara en los documentos contractuales o en la información facilitada, de forma que lo contratado sirva perfectamente al fin buscado.
12.- La empresa adjudicataria responderá de los daños y perjuicios ocasionados directa o indirectamente por la ejecución del contrato, tanto a VEIASA como a terceras personas, por causas imputables a él o a sus subcontratistas, en su caso. En lo que respecta a cobertura de riesgos y responsabilidad civil frente a terceros, tanto el personal, como los bienes e instalaciones de VEIASA, tendrán la consideración de terceros, respecto al adjudicatario.
13.- La empresa adjudicataria vendrá obligada, previo requerimiento, a suministrar a VEIASA toda la información necesaria para el cumplimiento por parte de ésta de las obligaciones previstas en la legislación sobre transparencia y buen gobierno.
VEIASA se reserva la facultad de retener pagos a la empresa adjudicataria y repercutirle el importe de que se trate descontando de las garantías entregadas e incluso si fueran insuficientes, de las facturaciones pendientes, las cantidades que tuviese que satisfacer a consecuencia de indemnizaciones, multas,
cotizaciones impagadas, sueldos, etc., derivados del incumplimiento por la empresa adjudicataria de cualquier obligación pactada, o cualquier otra derivada de la normativa en vigor de carácter laboral, social, fiscal, etc.
5.2 ACTUACIONES PREVIAS AL INICIO DEL CONTRATO EN RELACION A PREVENCION DE RIESGOS LABORALES
El adjudicatario se compromete a cumplir con cuanto le sea de aplicación en el ámbito de la prevención de los riesgos laborales, así como a colaborar con VEIASA en la coordinación de las actividades empresariales en dicho marco preventivo. Para esto, el adjudicatario recibirá de VEIASA instrucciones para la prevención de los riesgos existentes en el centro de trabajo que puedan afectar a los trabajadores del adjudicatario y sobre las medidas que deben aplicarse cuando se produzca una situación de emergencia. Igualmente, a solicitud de VEIASA, el adjudicatario entregará información de los riesgos que su actividad pudiera provocar a los trabajadores de VEIASA, y medidas aplicables en cada caso.
Para todos aquellos contratos de mantenimiento y, en general, todos los contratos en los que se realice coordinación de actividades prevención de riesgos laborales, el adjudicatario queda obligado a subir en el improrrogable plazo de 15 días hábiles a contar desde la adjudicación (plazo para la formalización del contrato) toda la documentación relativa a sus obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales (Real Decreto 171/2004, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales) en la Plataforma SGRED o equivalente de VEIASA, de tal forma que, en caso contrario no se formalizaría el contrato, quedando revocada la adjudicación y recayendo ésta sobre el licitador que hubiera quedado segundo en la clasificación final de la licitación. Igualmente, el adjudicatario deberá mantener toda la documentación en todo momento actualizada durante la vigencia del Contrato, siendo lo contrario causa de resolución del mismo.
5.3 RESPONSABLE DEL CONTRATO
VEIASA designará un responsable del contrato al que corresponderá supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada.
5.4 ENTREGA DE BIENES
El adjudicatario está obligado a entregar y, en su caso, instalar los bienes objeto del suministro en el lugar fijado en el PPT, y de conformidad con las prescripciones y cláusulas aplicables, y en el plazo establecido en el Contrato.
En el momento de la entrega o, en su caso, instalación, VEIASA firmará el oportuno recibí o acuse de recibo. A partir de este momento, VEIASA será responsable de la custodia de los mismos. Este recibí o acuse de recibo no supone la aceptación definitiva del suministro realizado, ya que será necesaria la comprobación por parte de VEIASA de que los bienes objeto del suministro se adecuan a lo recogido en el contrato. La aprobación de la correcta ejecución del contrato total o parcial, y su pago, se realizará por parte de VEIASA dentro del plazo de 30 días naturales a contar desde que el adjudicatario entregue su factura a VEIASA, debiendo aquél entregarla en el plazo máximo de 30 días naturales a contar desde la completa ejecución total o parcial del contrato.
No obstante lo anterior, VEIASA se reserva la posibilidad de modificar durante la ejecución del contrato el modo de computar estos plazos, pudiendo hacerlo de la siguiente forma: computar el plazo de 30 días naturales para validación de la prestación del contrato, no desde la presentación de la factura (que deberá hacerlo el adjudicatario en el plazo máximo de 30 días naturales desde la entrega del suministro), sino desde el momento de presentación de los albaranes de entrega, procediéndose al pago en el plazo máximo de 30 días naturales desde el momento de dicha validación. Esta modificación no tendrá repercusión económica.
El suministrador no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega o, en su caso instalación, a VEIASA.
Los bienes quedarán en el punto de destino listos para su utilización conforme a las condiciones técnicas del suministro, siendo de la exclusiva cuenta del adjudicatario los gastos de transporte, puesta en funcionamiento o en uso, de acuerdo con las prescripciones técnicas y cualesquiera otros necesarios para la efectividad de la entrega y, en su caso, la retirada de los bienes usados de VEIASA.
VEIASA se reserva el derecho a efectuar cuantas comprobaciones estime convenientes de las calidades de los bienes durante su fabricación, o ya suministrados, y a fijar el procedimiento a seguir en el
reconocimiento del material al tiempo de la entrega, estando obligado el empresario a satisfacer los gastos que por tales actuaciones se originen.
A estos efectos, VEIASA tiene la facultad de inspeccionar y de ser informada, cuando lo solicite, del proceso de fabricación o elaboración del producto que haya de ser entregado, pudiendo ordenar o realizar por sí misma análisis, ensayos y pruebas de los materiales a emplear (o ya suministrados), con la finalidad de comprobar si los mismos corresponden al material ofertado por el empresario, levantándose en su caso Acta de disconformidad que podrá dar lugar a la resolución del contrato.
5.5 CUMPLIMIENTO DE LOS PLAZOS Y PENALIZACIONES POR DEMORA O DEFECTUOSO CUMPLIMIENTO DE LA PRESTACIÓN
El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del Contrato y de los plazos parciales señalados, en su caso, para su ejecución sucesiva así como del plazo de entrega de los bienes suministrados y servicios conexos, en su caso.
Cuando el adjudicatario, por causas a él imputables, hubiere incurrido en incumplimiento del contrato, el órgano de contratación exigirá su cumplimiento, aplicando las penalizaciones establecidas en el Anexo 4 del CR, pudiendo igualmente, y con independencia de la aplicación de dichas penalizaciones, resolver el contrato, sin renunciar a la indemnización por daños y perjuicios que pudiera corresponderle.
Las penalizaciones se harán efectivas mediante deducción de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al contratista o sobre la garantía que, en su caso, se hubiese constituido, cuando no puedan deducirse de las facturas pendientes de pago.
El importe de las penalizaciones no excluye la indemnización a que pueda tener derecho VEIASA por daños y perjuicios originados por la demora del adjudicatario.
5.6 CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
El Contrato se entenderá cumplido por el adjudicatario cuando éste haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de VEIASA, la totalidad de su objeto.
A partir de este momento empezará el cómputo del periodo de garantía de los bienes o productos que se determine en el apartado 4 del CR.
Así mismo, ante cualquier incumplimiento del Contrato por parte del adjudicatario que afecte al normal desarrollo de la actividad de VEIASA, ésta estará facultada para contratar con otro proveedor aquella parte del Contrato que resulte afectada, pudiendo repercutir sobre el adjudicatario el importe de más que, en su caso, VEIASA tuviera que abonar, respecto de lo pactado en el Contrato con el adjudicatario.
5.7 ABONO.
El adjudicatario tiene derecho al abono del precio convenido en el Contrato correspondiente a los bienes efectivamente entregados y formalmente recibidos por VEIASA y, en su caso, instalados, con arreglo a las condiciones establecidas en el Contrato.
El pago del precio podrá realizarse de una sola vez o fraccionarse en función de los plazos o entregas parciales establecidas, cuando así lo autorice VEIASA. La forma de facturación se establece en el Anexo 6.
El pago se efectuará previa presentación de la factura, debiendo ser repercutido como partida independiente el Impuesto sobre el Valor Añadido junto con la documentación justificativa de la recepción, y en su caso instalación, que se señale en el Contrato.
Una vez realizado el suministro y la instalación o los servicios de logísticas conforme a los requisitos exigidos en el PPT, el adjudicatario emitirá factura. El abono de la factura se producirá mediante transferencia bancaria en la cuenta corriente que el adjudicatario designe en su factura, en el plazo máximo de 30 días naturales a contar desde la entrega de la factura por parte del adjudicatario a VEIASA.
En el apartado 6 del CR se establece si en esta licitación se contempla la posibilidad de que VEIASA asuma el pago directo a subcontratistas previsto en la disposición adicional quincuagésima primera de la LCSP.
indicando en el apartado ASUNTO de dicho correo electrónico la palabra “FACTURA” seguida de la razón social de la empresa, por ejemplo: “FACTURA VERIFICACIONES INDUSTRIALES DE ANDALUCÍA, S.A.”
5.8 PLAZO DE GARANTÍA.
El plazo de garantía, será el fijado en el apartado 4 del CR, salvo que el adjudicatario ofrezca uno mayor, y comenzará a contarse a partir de la fecha de conformidad de la totalidad del suministro y, en su caso, de la instalación, servicio de logística, etc., conforme a lo establecido en el PPT.
El adjudicatario está obligado a satisfacer los gastos de comprobación de materiales, vigilancia del proceso de fabricación, si procede y los de materiales, personal, transporte, entrega, montaje, instalación, puesta en funcionamiento y posterior asistencia técnica de los bienes que en su caso se suministren durante el respectivo plazo de garantía.
5.9 PRÓRROGA DEL CONTRATO.
De conformidad con el artículo 29.2 de la LCSP, el Contrato podrá prever, conforme a lo recogido en el Apartado 3 del CR una o varias prórrogas siempre y cuando sus características permanezcan inalterables durante el período de duración de estas, sin perjuicio de las modificaciones que se puedan introducir de conformidad con lo establecido en los artículos 203 a 207 de la LCSP.
La prórroga se acordará por VEIASA y será obligatoria para el adjudicatario, siempre que su preaviso se produzca al menos con dos meses de antelación a la finalización del plazo de duración del contrato, salvo que en el contrato se establezca uno mayor. Quedan exceptuados de la obligación de preaviso los contratos cuya duración fuera inferior a dos meses.
6. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO.
Se prevé la posibilidad de que se introduzcan modificaciones en el contenido del Contrato, si con posterioridad a su otorgamiento, antes del comienzo o durante su ejecución, surgen necesidades nuevas o imprevistas, debidamente justificadas. Si surgiese la necesidad de introducir modificaciones en el contenido del mismo, se procederá a elaborar la nueva documentación contractual, que deberá ser suscrita por las partes a través de sus representantes con poderes suficientes.
De conformidad a lo establecido en el Art. 204 LCSP el Contrato podrán modificarse en los supuestos, condiciones, alcance y límites que, en su caso, se detallen en el Anexo 3, debiendo seguirse para ello el procedimiento indicado en el mismo.
Salvo que en el Anexo 3 se establezca un procedimiento específico, toda modificación del Contrato precisará la correspondiente regularización contractual. Con carácter previo se requerirá la formalización de un documento en el que se determine el objeto de la modificación, la definición física de las unidades modificadas, su valoración comparativa con las diferencias en más o menos que las mismas supongan y el reajuste de los plazos parciales y totales, así como en nuevo programa de trabajo si fuere preciso. Dicho documento contractual deberá ser suscrito por ambas partes en duplicado ejemplar y se publicará en el perfil de contratante.
7. CESIÓN DEL CONTRATO.
Los derechos y obligaciones dimanantes del contrato podrán ser cedidos por el contratista a un tercero. Para que esta cesión se lleve a cabo se exige el cumplimiento de los siguientes requisitos:
a) Que el órgano de contratación de VEIASA autorice, de forma previa y expresa, la cesión. Dicha autorización se otorgará siempre que se den los requisitos previstos en las letras siguientes. El plazo para la notificación de la resolución sobre la solicitud de autorización será de dos meses, trascurrido el cual deberá entenderse otorgada por silencio administrativo.
b) Que el cedente tenga ejecutado al menos un 20 por 100 del importe del contrato. No será de aplicación este requisito si la cesión se produce encontrándose el contratista en concurso aunque se haya abierto la fase de liquidación, o ha puesto en conocimiento del juzgado competente para la declaración del concurso que ha iniciado negociaciones para alcanzar un acuerdo de refinanciación, o para obtener adhesiones a una propuesta anticipada de convenio, en los términos previstos en la legislación concursal.
c) Que el cesionario tenga capacidad para contratar con la Administración y la solvencia que resulte exigible en función de la fase de ejecución del contrato, debiendo estar debidamente clasificado si tal requisito ha sido exigido al cedente, y no estar incurso en una causa de prohibición de contratar.
d) Que la cesión se formalice, entre el adjudicatario y el cesionario, en escritura pública.
8. SUBCONTRATACIÓN.
Los licitadores deberán indicar en la oferta la parte del Contrato que tengan previsto subcontratar, señalando su importe y el nombre o perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que vaya a encomendar su realización.
En caso que se produzca subcontratación, se estará a lo dispuesto en los artículos 215, 216 y 217 de la LCSP.
El apartado 7 del CR establece, en su caso, la identificación de las tareas críticas que no pueden ser objeto de subcontratación y han de ser ejecutadas directamente por el contratista principal.
9. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
Serán causas específicas de resolución del Contrato, comprendido en el ámbito de aplicación de este Pliego, las recogidas en el Anexo 5 del CR. Será requisito para su validez, que dicha resolución se refleje en el oportuno escrito de resolución.
10. DECISIÓN DE NO ADJUDICAR O CELEBRAR EL CONTRATO Y DESISTIMIENTO DEL
PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN.
En caso de que el órgano de contratación desista del procedimiento de adjudicación o decida no adjudicar o celebrar el presente contrato lo notificará a los candidatos o licitadores.
La decisión de no adjudicar o celebrar el contrato o el desistimiento del procedimiento podrán acordarse por el órgano de contratación antes de la formalización. En estos casos se compensará a los candidatos aptos para participar en la licitación o licitadores por los gastos en que hubiesen incurrido con el importe que expresado en el apartado 8 del CR que se abonará previa solicitud de las empresas licitadoras.
Solo podrá adoptarse la decisión de no adjudicar o celebrar el contrato por razones de interés público debidamente justificadas en el expediente. En este caso, no podrá promoverse una nueva licitación de su objeto en tanto subsistan las razones alegadas para fundamentar la decisión.
El desistimiento del procedimiento deberá estar fundado en una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación. El desistimiento no impedirá la iniciación inmediata de un procedimiento de licitación.
11. CONFIDENCIALIDAD.
1. Sin perjuicio de lo dispuesto en la legislación vigente en materia de acceso a la información pública y de las disposiciones contenidas en la LCSP relativas a la publicidad de la adjudicación y a la información que debe darse a los candidatos y a los licitadores, VEIASA no podrá divulgar la información facilitada por los empresarios que estos hayan designado como confidencial en el momento de presentar su oferta. El carácter de confidencial afecta, entre otros, a los secretos técnicos o comerciales, a los aspectos confidenciales de las ofertas y a cualesquiera otras informaciones cuyo contenido pueda ser utilizado para falsear la competencia, ya sea en este procedimiento de licitación o en otros posteriores.
El deber de confidencialidad de VEIASA no podrá extenderse a todo el contenido de la oferta del adjudicatario ni a todo el contenido de los informes y documentación que, en su caso, genere directa o indirectamente el órgano de contratación en el curso del procedimiento de licitación. Únicamente podrá extenderse a documentos que tengan una difusión restringida, y en ningún caso a documentos que sean públicamente accesibles. El deber de confidencialidad tampoco podrá impedir la divulgación pública de partes no confidenciales de los contratos celebrados, tales como, en su caso, la liquidación, los plazos finales de ejecución, las empresas con las que se ha contratado y subcontratado, y, en todo caso, las partes esenciales de la oferta y las modificaciones posteriores del contrato, respetando en todo caso lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
2. El contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se le hubiese dado el referido carácter en los pliegos o en el contrato, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Este deber se mantendrá durante un plazo de cinco años desde el conocimiento de esa información.
3. El licitador y/o adjudicatario se compromete a guardar la máxima reserva y secreto sobre la información clasificada como confidencial. Se considerará Información Confidencial cualquier dato al que el licitador y/o adjudicatario acceda en virtud de la presentación de la oferta o la ejecución del Contrato en el caso de que resulte adjudicatario, en especial la información y datos propios de VEIASA a los que haya accedido durante su ejecución. El licitador y/o adjudicatario se compromete a no divulgar dicha información confidencial, así como a no publicarla, bien directamente, bien a través de terceras personas o empresas, ni de cualquier otro modo ponerla a disposición de terceros sin el previo consentimiento por escrito de VEIASA.
4. En cumplimiento de lo dispuesto en la normativa aplicable reguladora del tratamiento de datos personales, VEIASA informa de que los datos personales del licitador y/o adjudicatario, o de sus representantes, así como aquellos otros datos de terceros –por ejemplo, sus empleados- que pudiera facilitar a efectos de la presente licitación, serán incorporados a un fichero titularidad de VEIASA con la finalidad de facilitar la tramitación de la presente licitación y, en su caso, la gestión del contrato con el adjudicatario. Informamos de la posibilidad de ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, dirigiéndonos la petición escrita a VEIASA en la dirección de su domicilio que figura en los presentes pliegos, incluyendo en la comunicación la Referencia “Ejercicio de derechos-Protección de Datos de Carácter Personal.
De igual modo, informamos que los datos sólo serán comunicados a terceros en los términos previstos en la normativa vigente, es decir, cuando sea autorizado por Ley, cuando responda al desarrollo y cumplimiento del contrato o cuando tenga por destinatarios al Defensor del Pueblo, el Ministerio Fiscal, Jueces o Tribunales o el Tribunal de Cuentas. En caso de haber sido facilitados como datos de contacto datos de terceras personas –como, por ejemplo, empleados-, el licitador y/o adjudicatario se compromete a comunicar a los titulares de dichos datos la presente cláusula, informándole de todos los aspectos recogidos en la misma, en especial la existencia del fichero titularidad de VEIASA, las finalidades del tratamiento de sus datos y la posibilidad de ejercicio de derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante el titular del fichero.
12. OBLIGACIONES EN MATERIA MEDIOAMBIENTAL, SOCIAL O LABORAL
VEIASA tomará las medidas pertinentes para garantizar que en la ejecución del contrato el contratista cumple las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral vinculantes.
Lo indicado en el párrafo anterior se establece sin perjuicio de la potestad del órgano de contratación de tomar las oportunas medidas para comprobar, durante el procedimiento de licitación, que los licitadores cumplen las obligaciones a que se refiere el citado párrafo.
El incumplimiento de las obligaciones referidas en el primer párrafo y, en especial, los incumplimientos o los retrasos reiterados en el pago de los salarios o la aplicación de condiciones salariales inferiores a las derivadas de los convenios colectivos que sea grave y dolosa, dará lugar a la imposición de las penalidades a que se refiere el artículo 192 de la LCSP.
13. CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN DE CARÁCTER SOCIAL, ÉTICO, MEDIOAMBIENTAL O DE OTRO ORDEN
De conformidad con lo establecido en el artículo 202 de la LCSP, en el apartado 9 del CR se establecen las condiciones especiales de ejecución del presente contrato de carácter social, ético, medioambiental o de otro orden.
14. IMPUGNACIÓN EN VÍA ADMINISTRATIVA
Serán susceptibles de impugnación en vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, ante la persona titular de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio de la Junta de Andalucía, las actuaciones que se dicten en el presente procedimiento de adjudicación.
El recurso podrá interponerse ante el órgano que dictó el acto que se impugna o ante el competente para resolverlo en el plazo máximo de un mes. Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, el acuerdo será firme a todos los efectos.
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso. El recurso tiene carácter preceptivo y será obligatoria su interposición con carácter previo al inicio de acciones en vía jurisdiccional contencioso administrativa.
15. JURISDICCIÓN COMPETENTE
Las cuestiones litigiosas surgidas sobre cuestiones relativas a la preparación, adjudicación y modificaciones contractuales, cuando la impugnación de estas últimas se base en el incumplimiento de lo establecido en los artículos 204 y 205 de la presente Ley, cuando se entienda que dicha modificación debió ser objeto de una nueva adjudicación serán competencia del orden jurisdiccional contencioso – administrativo.
Las controversias que se susciten entre las partes en relación a los efectos y extinción del presente contrato serán competencia del orden jurisdiccional civil.
En todo caso la competencia será de los Juzgados y Tribunales xx Xxxxxxx, renunciando las partes a otros fueros que pudieran corresponderles.
CUADRO RESUMEN
1. OBJETO DEL CONTRATO (apartado 2.2 PCAP):
XXXXX XX XXXXXXXXX | XXXXXX XXX XXXXXXXX |
XXXXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXXX, S.A. | Título: Impresos Inspección, Hojas Anomalías CPV 22000000 |
Perfil de contratante: xxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxx.xxxxx- xxxxxxxxx.xx/xxxxxxxxxxxx/XxxxxxxXxxxxxxxxx.xxxxxx?xxXxxxx000000&xxxxxxxXxxXXXX000&xxxxxXXXX000 | |
SERVICIOS ANEXOS AL CONTRATO DE SUMINISTRO: | |
Número de expediente: CT-110-18-001 |
DIVISIÓN EN LOTES: | SI | NO | X | |
Número de lotes | Denominación del lote | |||
LOTE Nº1 | Hojas de toma de datos de inspección. | |||
LOTE Nº2 |
LOTES | Importe de Licitación (Sin IVA) | Tipo de IVA | Importe de IVA | Presupuesto Base de Licitación (Con IVA) |
1 | ||||
2 | € | |||
TOTAL: | 10.000€ | 21% | 2.100€ | 12.100 € |
Presupuesto Base de Licitación en Cifras: 12.100€ | ||||
Presupuesto Base de Licitación en Letras: Doce mil cien EUROS | ||||
Desglose del importe de licitación: Conforme a la descripción detallada en el Anexo 10 del presente CR. |
2. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN Y VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO (Apartado 2.3) PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN
VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
LOTE | Importe de Licitación (Sin IVA): | Importe de modificaciones previstas (Sin IVA): | Importe de bonificaciones previstas (Sin IVA): | Importe de la/s Prórroga/s (Sin IVA): | Otros Importes previstos (Sin IVA) | VALOR ESTIMADO POR LOTE (Sin IVA) |
1 | ||||||
2 | ||||||
TOTAL: | 10.000€ | 0€ | 0€ | 0€ | 0€ | 10.000€ |
VALOR ESTIMADO TOTAL en Cifras: | 10.000€ | |||||
VALOR ESTIMADO TOTAL en Letras: | Diez mil EUROS |
No se admitirán ofertas con precios superiores al presupuesto base de licitación de cada lote. | |||
SE ADMITE OFERTA INTEGRADORA SI | NO | X | |
Número máximo de Lotes al que puede presentarse cada licitador: | NA | ||
Número máximo de Lotes que se puede ADJUDICAR a cada licitador: | NA | ||
Criterios o normas que se aplicarán cuando, como consecuencia de la aplicación de los criterios de adjudicación, un licitador pueda resultar adjudicatario de un número de lotes que exceda el máximo indicado en el anuncio y en el pliego: NA |
3. DURACIÓN DEL CONTRATO. PRÓRROGA. (Apartado 2.4 PCAP):
Plazo de duración del contrato: | 10 | meses | ||
Prórrogas: | No | Número de prórrogas: | 0 | |
Plazo de preaviso: | NA | Duración de las prórrogas: | NA | |
Plazo parciales o hitos: | NA | |||
Descripción del hito o plazo parcial: | ||||
Descripción del hito o plazo parcial: | ||||
Descripción del hito o plazo parcial: | ||||
Plazo de suministro máximo: | 45 | Días desde la fecha en que VEIASA comunique al adjudicatario el pedido | ||
Plazo de instalación o montaje: | Días desde la fecha en que VEIASA comunique al adjudicatario el inicio de la instalación o montaje. |
4. PERIODO DE GARANTÍA (apartados 5.8 PCAP):
El periodo mínimo de garantía será de: SI | NO | X |
5. MUESTRAS (apartado 3.3 PCAP):
SI | NO | X |
6. PAGO DIRECTO A SUBCONTRATISTAS (apartado 5.1.14 PCAP):
SI | NO | X |
7. IDENTIFICACION DE TAREAS CRÍTICAS EN LAS QUE NO CABE SUBCONTRATACIÓN (apartado 8
PCAP):
Se identifican tareas críticas que no pueden ser objeto de subcontratación | SI | NO | X | |
Relación de tareas críticas: | ||||
1. | ||||
2. | ||||
3. |
8. DECISIÓN DE NO ADJUDICAR O CELEBRAR EL CONTRATO Y DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN (apartado 10 PCAP)
50 Euros
Importe con el que se compensará a los candidatos calificados como aptos para participar en la licitación o licitadores por los gastos en que hubiesen incurrido
9. CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN DE CARÁCTER SOCIAL, ÉTICO, MEDIOAMBIENTAL O DE OTRO ORDEN (apartado 13 PCAP):
-
- Comprobación del pago xxx xxxxxxx a las personas trabajadoras
10. HABILITACIÓN PROFESIONAL O EMPRESARIAL EXIGIDA
SI | NO | X |
11. LUGAR DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS Y ACLARACIONES
Para presentar las ofertas los licitadores realizarán los siguientes pasos:
1. Acceder al portal habilitado mediante el siguiente enlace: xxxxx://xxxxxx.xx/xxxxxxx/00000/0x0xxx0x0x00000x00x000xx00x0x00000000000xxx0xx00xx0000000xx000x0
2. Seguir las instrucciones para la presentación de ofertas que se publicarán en el perfil del contratante y quedarán a disposición de los licitadores junto con el resto de documentación que rige la licitación.
Las aclaraciones se enviarán al correo electrónico: xxxxxxx@xxxxxx.xx
En el campo ASUNTO del correo electrónico deberá constar la palabra PASS seguido del Número de Expediente de la licitación, por ejemplo: PASS CT340-18-002
ANEXO 1. MODELO DE OFERTA
D/Xx , con D.N.I. nº. y domicilio en
, actuando en nombre y representación de , entidad con domicilio en
y C.I.F. .
Título:
Número de expediente:
Lote/s al que licita:
1ª PARTE. DECLARACIÓN RESPONSABLE
DECLARA
1. Que cumple los requisitos de personalidad, capacidad, representación y solvencia y, si así procediese, clasificación, exigidos en el presente Xxxxxx, incluido el compromiso de adscripción de medios, en su caso, comprometiéndose a presentar la documentación acreditativa, en caso de que así sea requerido y no se encuentra incursa en las prohibiciones para contratar previstas en el artículo 71 LCSP.
2. Que cuenta con las autorizaciones pertinentes para ejercer la actividad contratada.
3. Que no forma parte de los órganos de gobierno o administración de la empresa / s sociedad / entidad, persona alguna a la que se refiere la Ley 3/2005, de 8 xx xxxxx, de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Administración de la Junta de Andalucía y de Declaración de Actividades, Bienes e Intereses de Altos Cargos y otros Cargos Públicos, así como que no ostenta participación superior al diez por ciento computada en la forma que regula el artículo 5 de la citada Ley, estando en condiciones de aportar la documentación acreditativa de dicha circunstancia.
4. Que aún en el caso de haber asesorado a VEIASA, directamente o a través de empresa vinculada, o haber participado de algún modo en la preparación del procedimiento de contratación, ha puesto a disposición de VEIASA toda la información obtenida como consecuencia de dicha participación, no reservándose para sí información alguna que pudiera posicionarle en ventaja con respecto a otras empresas participantes en la presente licitación.
5. Señalar cuando se trate de empresa extranjera: Se somete a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderle.
6. Anexo 8 cumplimentado, relativo a la autorización de notificaciones por correo electrónico.
2ª PARTE. OFERTA TÉCNICA. DESCRIPCIÓN O MEMORIA TÉCNICA DE LOS BIENES A ENTREGAR O SERVICIOS A PRESTAR
Mejora de características técnicas, conforme a los criterios recogidos en el Anexo 2 de este CR.
3ª PARTE. OFERTA ECONÓMICA Y DE OTROS ELEMENTOS VALORADOS MEDIANTE APLICACIÓN DE FÓRMULAS
Precio ofertado: Euros total (sin IVA). % IVA aplicable (en cifra y en letra) Plazo de entrega ofertado:
Plazo de garantía ofertado:
4ª OTROS DOCUMENTOS:
• Certificado bancario con el número de cuenta en el que el licitador desea que VEIASA abone las facturas, en el supuesto de ser adjudicatario.
• En el caso de que los licitadores concurran en Unión Temporal de Empresas (UTE) deberán aportar el compromiso de constitución de la UTE conforme al modelo recogido en el Anexo 7 del presente CR.
En , a de de 20
Fdo.:
ANEXO 2. CRITERIOS DE ADJUDICACION Y DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS
- Oferta económica 100 %
El criterio general de valoración de la propuesta económica consistirá en asignar la máxima puntuación a aquella propuesta que contenga el precio más bajo. La valoración económica se efectuará para cada uno de los criterios a puntuar aplicando la siguiente fórmula:
P = (1 – (B-A)/A) x N
Donde:
P: es la puntuación que corresponderá a la oferta que se valora. B: es la oferta del licitador que se valora.
A: es la oferta económica más baja presentada.
N: son los puntos o porcentaje máximo para el criterio que se puntúa.
ANEXO 3. SUPUESTOS DE MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
El Contrato podrá ser modificado en los siguientes aspectos: No se consideran supuestos de modificación.
El procedimiento para la modificación del Contrato será el siguiente:
• VEIASA comunicará por escrito al Contratista la necesidad de modificar el Contrato indicando las razones y aspectos a modificar.
• VEIASA indicará en dicho comunicado al Contratista el plazo máximo en el que deberá entregar un documento en el que se recoja los aspectos que sean necesario de entre los siguientes, sin perjuicio de solicitar cualquier otro aspecto que por razones de la modificación resulten procedentes:
- Presupuesto económico para los nuevos suministros objeto de la modificación del Contrato, salvo que en el PCAP o PPT se haya establecido que éstos deban permanecer inalterables.
- Plazo en el que, en su caso, se compromete el Contratista a la entrega de los bienes objeto de la modificación.
- Memoria explicativa, en su caso, sobre la forma de entrega de los bienes.
• Aprobado por VEIASA el documento anterior se presentará a la firma el documento (adenda) en el que se recojan los aspectos del Contrato que queden modificados.
ANEXO 4. PENALIZACIONES
Por cada demora en el plazo total o en los plazos parciales de entrega o ejecución, se impondrá una penalidad diaria en la proporción de 0,60 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato, IVA excluido, conforme al artículo 193 de la LCSP.
Por cada incumplimiento relacionado con los siguientes aspectos del contrato:
• Cumplimiento defectuoso de la prestación objeto del contrato.
• Incumplimiento de los compromisos de adscripción de medios.
• Incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución del contrato.
• Otros:
Se impondrá una penalidad del 5 % del precio del contrato, IVA excluido.
El total de las penalidades en ningún caso deberá superar el 50 por cien del precio del contrato.
Las penalidades se impondrán por acuerdo del órgano de contratación, adoptado a propuesta del responsable del contrato, que será inmediatamente ejecutivo, y se harán efectivas mediante deducción de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al contratista conforme a lo que se indica en el anexo 12 o sobre la garantía que, en su caso, se hubiese constituido, cuando no puedan deducirse de los mencionados pagos.
Para hacer efectivas las penalizaciones se actuará conforme a lo establecido en la cláusula 5.5 del PCAP.
ANEXO 5. CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Serán causas específicas de resolución del Contrato las siguientes:
• El incumplimiento de las obligaciones contractuales de las partes, de acuerdo con los términos establecidos en este Pliego.
• Incumplimiento de la obligación de guardar sigilo, respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o
notorios, estén relacionados con el objeto del Contrato.
• Incurrir el adjudicatario, durante la vigencia del Contrato en alguna de las prohibiciones de contratar previstas en el artículo 71 LCSP.
• Las reiteradas deficiencias en la ejecución del Contrato.
• Cualquier omisión o quebrantamiento en normas de Seguridad Social o Accidentes de Trabajo.
• El incumplimiento por parte de la empresa adjudicataria de sus obligaciones laborales como empleador, en la que se engloban TODAS las obligaciones: Cotizaciones a la seguridad social, regularización de contratos, seguridad y salud laboral, pago de salarios, etc.
• Para el caso de los contratos de mantenimiento y en general todos los de servicios donde haya coordinación de actividades de prl, no tener actualizada durante algún momento de la vigencia del Contrato la totalidad de la documentación subida a la Plataforma de VEIASA para la gestión de la coordinación de actividades en prl. .
• El incumplimiento de algunos de los compromisos ofertados y/o exigidos en el presente Xxxxxx, en el CR o en el Pliego de Prescripciones Técnicas, tanto cualitativamente como cuantitativamente.
• El incumplimiento de algunas de las condiciones especiales de ejecución del contrato de carácter social, ético,
medioambiental o de otro orden identificadas en el presente pliego.
• Cualquier otra causa de resolución que se establezca expresamente en la documentación contractual.
• La cesión total o parcial de los derechos y obligaciones dimanantes del Contrato sin autorización previa y escrita de
VEIASA.
En dichos supuestos, según se hayan iniciado o no los trabajos, se procederá a la liquidación definitiva del Contrato, sin perjuicio de las posibles reclamaciones por los daños y perjuicios sufridos.
Así mismo, serán causas de resolución del Contrato por causas distintas al incumplimiento del mismo por parte del adjudicatario, las siguientes:
• La muerte o incapacidad sobrevenida del adjudicatario individual o la extinción de la personalidad jurídica de la
Sociedad adjudicataria.
• El desistimiento unilateral de VEIASA, cuando por razones de urgencia, necesidades imprevisibles o previstas inevitables al momento de otorgarse el Contrato, requiriesen la ejecución del mismo en condiciones técnicas o de plazo distintas a las pactadas y el adjudicatario no pudiera ejecutarlas de acuerdo con las nuevas condiciones.
• El mutuo acuerdo de las partes.
• Razones de urgencia y/o imprevisibles.
• Cualquier otra causa de resolución que se establezca expresamente en la documentación contractual.
• La aplicación de las medidas de estabilidad presupuestaria que correspondan.
ANEXO 6. FORMA DE FACTURACIÓN
La facturación se realizará provincialmente. En las facturas emitidas por el proveedor, deberá constar:
• El número del pedido remitido desde la unidad de compras de VEIASA, para el inicio de la prestación del servicio.
• Los productos suministrados, con indicación de la cantidad, el precio unitario y el importe total.
• En el caso de aplicarse penalidades, se recogerá una partida de penalidad, cuyo importe se corresponda con la cantidad notificada, la cual se descontará del importe total de la factura excluido el IVA.
• El Impuesto sobre el Valor Añadido aplicado y su importe repercutido como partida independiente.
El pago se efectuará previa presentación de la factura, junto con la documentación justificativa que se señale en el contrato, conforme a lo recogido en el apartado Abono del PCAP.
Las facturas que VEIASA reciba sin número de pedido o bien con error en el mismo, serán objeto de devolución y abono por la totalidad, no pudiéndose emitir nueva factura hasta disponer del número de pedido correcto.
Las facturas serán remitidas en un fichero con formato pdf. El fichero de la factura debe ser nombrado con el número de factura y se enviará a la dirección de correos electrónicos: xxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxx.xx, indicando en el apartado ASUNTO de dicho correo electrónico la palabra “FACTURA” seguida de la razón social de la empresa, por ejemplo: “FACTURA VERIFICACIONES INDUSTRIALES DE ANDALUCÍA, S.A.”
ANEXO 7. COMPROMISO DE CONSTITUCIÓN EN UTE
Xxx , con D.N.I. nº. y domicilio en
, en nombre y representación de , con domicilio en
y C.I.F. .
Xxx , con D.N.I. nº. y domicilio en
, en nombre y representación de , con domicilio en
y C.I.F. .
Xxx , con D.N.I. nº. y domicilio en
, en nombre y representación de , con domicilio en
y C.I.F. .
declaran, bajo su personal responsabilidad que las empresas representadas asumen el compromiso de concurrir conjunta y solidariamente a la adjudicación del contrato:
Título:
Número de expediente:
Lote/s al que licita:
constituyéndose en Unión Temporal de Empresas con la denominación
mediante escritura pública con carácter previo a la formalización de la adjudicación definitiva del contrato, para el supuesto de resultar adjudicatario del mismo.
Que la participación de cada una de las empresas que formarían la UTE sería la que se establece a continuación:
–
–
–
Que a los efectos de representación ante el órgano de contratación, los que suscriben designan a D. /D. ª
, con D.N.I. nº , mayor de edad, con domicilio en
, que ha de ostentar la plena representación de la UTE durante la vigencia del contrato.
En , a de de
ANEXO 8. AUTORIZACIÓN DE NOTIFICACIONES POR CORREO ELECTRÓNICO. SOBRE Nº 1
Xxx , con D.N.I. nº. , actuando en nombre y representación de la entidad , en
calidad de,
domiciliada en
y C.I.F.
, en relación con el procedimiento de adjudicación por VERIFICACIONES INDUSTRIALES DE ANDALUCÍA, S.A., del contrato:
Título:
Número de expediente:
Autorizo a VEIASA a que las notificaciones que proceda efectuar durante la tramitación del expediente se practiquen, con todos sus efectos, a través de correo electrónico, asumiendo que, si transcurridos 3 días naturales desde la fecha en que VEIASA envíe el correo electrónico no atiendo a lo solicitado, en su caso, en la comunicación, ésta se entenderá rechazada por mi parte y por efectuado el trámite, pudiendo por tanto continuar el procedimiento.
La dirección de correo electrónico es la siguiente:
Apellidos y nombre:
DNI:
Correo electrónico:
Y para que conste firmo la presente xxxxxxxxxxxx xx , x , xx , xx .
XXXXX 0. OFERTAS ANORMALMENTE BAJAS
Se consideraran ofertas anormalmente bajas, aquéllas que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones: No se consideran ofertas anormalmente bajas
Cuando se identifique una proposición que pueda ser considerada desproporcionada o anormal se actuará conforme a lo establecido en la cláusula 3.4 del PCAP.
ANEXO 10. DESGLOSE DEL IMPORTE DE LICITACIÓN
Se ha previsto una necesidad de 2.500.000 impresos de inspección, según el desglose establecido en el PPT, por un importe unitario estimado de 0,4 céntimos por impreso. Ello supone un total de 10.000 euros.