Aprueban texto de contratos marco y anexos para operaciones de cobertura de riesgos DECRETO SUPREMO N° 224‐2019‐EF
Aprueban texto de contratos marco y anexos para operaciones de cobertura de riesgos DECRETO SUPREMO N° 224‐2019‐EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo N° 020‐2005‐EF se aprueba el texto de los contratos marco denominados International Swap Dealers Association Inc. (ISDA) Master Agreement (Versión 1992), incluyendo su Anexo respectivo denominado “Schedule”, los cuales fueron suscritos entre la República del Perú, a través del Ministerio de Economía y Finanzas, y entidades financieras de los Estados Unidos de América y/o internacionales, previamente determinadas mediante Resolución Ministerial del Sector Economía y Finanzas; habiéndose celebrado al amparo de los mismos, operaciones de cobertura de riesgos xx xxxxxxx de la deuda pública;
Que, a efectos de afrontar eventuales crisis financieras, las autoridades supervisoras xxx xxxxxxx de valores de las principales plazas financieras, han dictado diversas regulaciones para una mayor transparencia de las operaciones con derivados no regulados y de las entidades participantes en las mismas, limitando el riesgo sistémico que generaban, entre otras, dichas operaciones;
Que, en tal sentido, resulta conveniente aprobar un nuevo texto del ISDA Master Agreement, y los respectivos Anexos denominados “Schedule”, en los que, adicionalmente, se incorporen las nuevas exigencias regulatorias de los mercados financieros de Estados Unidos de América y de la Unión Europea, según corresponda;
Que, el párrafo 50.2 del artículo 50 del Decreto Legislativo N° 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público, precisa que los contratos marco de las operaciones de administración de deuda se aprueban por Decreto Supremo, con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Economía y Finanzas;
Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público y la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas;
De conformidad con lo dispuesto por el párrafo 50.2 del artículo 50 del Decreto Legislativo N° 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
DECRETA:
Artículo 1. Aprobación de contratos ISDA y anexo
Apruébase el texto de los contratos marco denominados International Swap Dealers Association Inc. (ISDA) Master Agreement (Versión 2002), incluyendo sus Anexos respectivos denominados “Schedule”, a ser suscritos con entidades financieras de Estados Unidos de América y/o internacionales, según corresponda, las cuales son determinadas mediante Resolución Ministerial del Sector Economía y Finanzas.
Artículo 2. Suscripción de documentos
Autorízase al Director General de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas a suscribir, en representación de la República del Perú, los contratos y documentos necesarios para implementar lo dispuesto en el artículo 1 precedente.
Artículo 3. Refrendo
El Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecisiete días del mes de julio del año dos mil diecinueve.
XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX
Presidente de la República
XXXXXXXX DEL SOLAR XXXXXXXX
Presidente del Consejo de Ministros
XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX
Ministro de Relaciones Exteriores Encargado del Despacho del Ministerio de Economía y Finanzas