PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES Y DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS REGULADORAS DEL CONTRATO PARA EL SUMINISTRO DE UN EQUIPO DE ANÁLISIS DE TEXTURAS PARA LOS SERVICIOS CIENTÍFICOTÉCNICOS DE LA UNIVERSITAT DE LES ILLES BALEARS Ref. UNBB05-33-009
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES Y DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS REGULADORAS DEL CONTRATO PARA EL SUMINISTRO DE UN EQUIPO DE ANÁLISIS DE TEXTURAS PARA LOS SERVICIOS CIENTÍFICOTÉCNICOS DE LA UNIVERSITAT DE LES XXXXX BALEARS
Ref. UNBB05-33-009
Expediente: 60/07
Plazo de presentación de las proposiciones: 10 de diciembre de 2007, hasta las 13 horas
Palma, octubre de 2007
Servicio de Patrimonio, Contratación e Infraestructura de la Universitat de les Xxxxx Balears
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES Y DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS REGULADORAS DEL CONTRATO PARA EL SUMINISTRO DE UN EQUIPO DE ANÁLISIS DE TEXTURAS PARA LOS SERVICIOS CIENTÍFICOTÉCNICOS DE LA UNIVERSITAT DE LES XXXXX BALEARS
Ref. UNBB05-33-009
CUADRO RESUMEN 3
I. CONDICIONES GENERALES
1.1. Legislación aplicable y jurisdicción 5
1.2. Objeto 6
1.3. Necesidades administrativas a satisfacer y factores de todo orden a tener
en cuenta 6
1.4. Financiación 8
1.5. Presupuesto y precio 8
1.6. Plazo de ejecución 9
1.7. Obligaciones y derechos del contratista 9
1.8. Facultades de la administración 11
1.9. Régimen sancionador 11
1.10. Resolución del contrato 12
II. ADJUDICACIÓN
2.1. Bases de las ofertas 13
2.2. Mesa de contratación 17
2.3. Tramitación del concurso ante la mesa de contratación 18
III. CONTRATACIÓN
3.1. Formalización del contrato. 21
3.2. Garantías provisional y definitiva 22
3.3. Ejecución del contrato 22
3.4. Modificación del contrato 22
3.5. Recepción del contrato 00
Xxxxx 0: Impreso de la proposición económica 00
Xxxxx 0: Pliego de prescripciones técnicas 00
Xxxxx 0: Impreso de la solicitud para tomar parte en el concurso 00
Xxxxx 0: Impreso de declaración jurada (art. 20 de la xxx) 00
Xxxxx 0: Modelo de garantía mediante valores anotados 00
Xxxxx 0: Modelo de garantía mediante pignoración de participaciones de fondos de inversión
........................................................................................................................................... 00
Xxxxx 0: Modelo de aval 00
Xxxxx 0: Modelo de certificado de seguro de caución 00
Xxxxx 0: Código de conducta ambiental 42
CUADRO RESUMEN DEL CONTRATO
Núm. de expediente: 60/07
Objeto del contrato: suministro de un equipo de análisis de texturas para los Servicios Cientificotécnicos de la Universitat de les Xxxxx Balears.
A. PRESUPUESTO DE LICITACIÓN
332.139,39 euros, IVA incluido
B. PLAZO DE EJECUCIÓN
Plazo de entrega: cuatro meses a contar a partir de la firma del contrato
C. FINALIZACIÓN DEL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
Día 10 de diciembre de 2007, hasta las 13 horas
D. LUGAR DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS
Servicio de Patrimonio, Contratación e Infraestructura de la Universitat de les Xxxxx Balears
E. GARANTIA PROVISIONAL
2% del importe de licitación, es decir 6.642,79 euros.
F. GARANTIA DEFINITIVA
4% del importe de adjudicación
G. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN
CONCURSO
PROCEDIMIENTO ABIERTO
H. TRAMITACIÓN DEL EXPEDIENTE
ORDINARIA
X. XXXX DE CONTRACTACIÓ
Presidente: El Vicerector de Investigación de la Universitat.
Vocales:
− El Director de los Servicios Cientificotécnicos de la Universidad.
− Xx. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, Catedrático de Universidad del área de conocimiento de Física Aplicada del Departamento de Física de la Universidad.
− El Jefe de la Asesoría Jurídica de la Universidad.
− La Jefa del Servicio de Patrimonio, Contratación e Infraestructura de la Universidad.
Interventora:
− La Gerente de la Universidad.
Secretario:
− Un funcionario del Servicio de Patrimonio, Contratación e Infraestructura de la Universidad. Con voz y sin voto.
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES Y DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS REGULADORAS DEL CONTRATO PARA EL SUMINISTRO DE UN EQUIPO DE ANÁLISIS DE TEXTURAS PARA LOS SERVICIOS CIENTÍFICOTÉCNICOS DE LA UNIVERSITAT DE LES XXXXX BALEARS
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I. CONDICIONES GENERALES
1.1. LEGISLACIÓN APLICABLE Y JURISDICCIÓN.
1.1.1
La contratación del suministro se adjudicará por concurso de procedimiento abierto. Este contrato es de naturaleza administrativa y se regirá por lo que establece este pliego, y para todo aquello que no se prevé, se aplicará el Real Decreto legislativo 2/2000, de 16 xx xxxxx, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de contratos de las administraciones públicas, en adelante Ley; y el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre (BOE de 26 octubre de 2001), en adelante Reglamento, mientras no se oponga a lo que establecen las otras disposiciones vigentes en materia de contratación administrativa que sean aplicables en este contrato, como también por lo que respecta a los procedimientos administrativos se regirá, en todo aquello que no se prevé en la Ley, por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y por la Ley 4/1999, de 13 de enero, que la modifica parcialmente. Subsidiariamente, se aplicará la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y el Decreto 170/2003 de 26 de septiembre (BOCAIB núm. 136 de 30 de septiembre), por el cual se aprueban los Estatutos de la Universitat de les Xxxxx Balears.
1.1.2.
De acuerdo con el artículo 59 de la Ley, por la naturaleza del contrato, corresponderá al Rector de esta universidad la prerrogativa de interpretar el contrato administrativo, resolver
las dudas que ofrece el cumplimiento de éste, modificarlo por razones de interés público, acordar la resolución y determinar los efectos de ésta. La jurisdicción contencioso- administrativa será la competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en el contrato administrativo, de acuerdo con lo que dispone el artículo 7.2 de la Ley.
1.1.3.
Este contrato tendrá el carácter de contrato de suministros, de acuerdo con lo establecido en los artículos 171 y 172 de la Ley.
1.1.4.
Sin perjuicio de lo expuesto, el empresario quedará obligado respecto del personal que contrate para la entrega, si procede, la fabricación y la instalación del material objeto de este contrato, al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia de legislación laboral, social y de prevención de riesgos laborales, como también de las que se promulguen durante la ejecución del contrato.
1.2. OBJETO
El contrato tendrá por objeto el suministro de un equipo de análisis de texturas compuesto por sistema de difracción de electrones retrodifundidos (EBSD), microscopio electrónico de barrido (SEM) y sistema de microanálisis por dispersión de energías (RX-EDS) para los Servicios Cientificotécnicos de la Universitat de les Xxxxx Balears.
Codificación correspondiente de la nomenclatura de la Clasificación de Productos por Actividades (CPA-2002-ES): 33.20.53
Codificaicón correspondiente a la nomenclatura Vocabulario Común de contatos (CPV) de la Cominisón Europea de 30 de julio de 1996 (art. 67.2.a) del Reglamento): 33253200-0.
1.3. NECESIDADES ADMINISTRATIVAS A SATISFACER Y FACTORES DE TODO ORDEN A TENER EN CUENTA.
Los trabajos de investigación realizados por diversos grupos de investigación de la Universitat de les Xxxxx Balears y las tareas propias de los Servicios Cientificotècnicos (SCT), que ofrecen servicio a entidades públicas, privadas y a particulares que lo solicitan, hacen necesaria la compra de un equipo de análisis de texturas compuesto por un sistema de difracción de electrones retrodifundidos (EBSD), microscopio electrónico de barrido (SEM) y sistema de microanálisis por dispersión de energías (RX-EDS). Los SCT disponen actualmente de un equipo similar adquirido en 1985 pero de inferiores características y que ha quedado obsoleto presentando un elevado régimen de utilización tanto por parte de los grupos de investigación de la Universitat de les Xxxxx Balears como de usuarios externos (instituciones públicas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (CAIB) y empresas privadas).
Teniendo en cuenta que actualmente no existe un equipo similar o parecido en prestaciones en toda la CAIB, la adquisición de este nuevo equipo supondrá tener un instrumento de uso tanto en el campo de la investigación básica y aplicada como para la utilización para usuarios externos a la Universitat de les Xxxxx Balears.
La adquisición de un equipo de análisis de texturas compuesto por un sistema de difracción de electrones retrodifundidos (EBSD), microscopio electrónico de barrido (SEM) y sistema de microanálisis por dispersión de energías (RX-EDS) que se solicita implica:
− Disponer de un instrumento que permitirá, no sólo la determinación y cuantificación de direcciones preferentes de texturación de policristales y la caracterización de esfuerzos residuales en materiales deformados, sino también la orientación individual de cada grano y la estadística de orientaciones/texturas por zonas determinadas de la muestra y las variaciones estructurales/composicionales a lo largo de una dirección; lo que permite, en particular la determinación de orientaciones relativas en materiales compuestos (p.ej. capa delgada-sustrato) y también la orientación de monocristales.
− Poder trabajar con muestras NO conductoras eléctricamente (inorgánicas o biológicas) ya que el SEM de presión variable no hace necesario el recubrimiento con oro de este tipo de muestras.
− Poder hacer análisis químicos cualitativos (detección del carbono hasta el final de la tabla periódica), como aproximaciones cuantitativas, e incluso poder realizar “mappings” (distribución espacial de los elementos presentes), todo ello sin la destrucción física de la muestra.
Este nuevo equipo beneficiará el trabajo de un gran número de grupos de investigación de esta Universidad, como pueden ser:
− Grupo de Física de Materiales, ya que el nuevo instrumento complementa extraordinariamente la información obtenida en microscopía de transmisión TEM y la Difracción de R-X, ya que se podrá hacer uso de muestras más grandes, pudiéndose entonces observar y estudiar las variaciones estructurales/composicionales tanto en materiales compuestos como en monocristales.
− Grupo de Litiasis Renal y Biomineralización, donde la caracterización cristalográfica, microestructural, y distribución elemental, permitirá profundizar en los fenómenos causantes de la litiasis renal, calcificaciones patológicas, vascular, etc.
− Grupo de Ciencias de la Tierra, donde la caracterización cristalográfica, microestructural, y distribución elemental, permitirá conocer las estructuras y microestructuras resultantes de sucesos como: corrosión marina, agua dulce, por microorganismos, etc. Estructuras resultantes de sedimentación tanto en agua dulce como en agua salada, etc.
− Grupo de Tecnología Electrónica, donde la caracterización estructural y elemental, permitirá estudiar y corregir el diseño de microcircuitos.
− Grupo Historia del Arte: Arqueología, restauración de obras de arte, donde la caracterización cristalográfica y elemental sin la destrucción física de la muestra hace posible la reconstrucción-restauración de piezas de elevado valor artístico-histórico.
− Grupo de Ingeniería de Alimentos, donde el conocimiento de la textura y variaciones de los elementos presentes en los alimentos sólidos posibilitará continuar con la investigación sobre el secado y transferencia del agua en los alimentos.
− Grupo de Química Inorgánica, donde la mayor resolución del equipo y de forma complementaria con otras técnicas (Difracción R-X y Espectroscopía de IR)) permitirá profundizar en los estudios de biomateriales y catálisis heterogénea.
− Grupos de Biología: Zoología, Botánica, Biología Marina, Ecologia, el uso del microscopio SEM de presión variable junto al sistema de microanálisis con capacidad de analizar desde el carbono, permitirá caracterizar estructuralmente y composicionalmente organismos, microorganismos sin artefactos causados por un alto vacío.
1.4. FINANCIACIÓN
La financiación de las obligaciones económicas que se derivan del presente contrato irá a cargo del capítulo 6, partida presupuestaria 62300, código analítico 032555, programa 541A, del presupuesto de los gastos de la Universidad.
Este suministro estará financiado, dada su calificación de proyecto de infraestructura científico-tecnológica, por el Ministerio de Educación y Ciencia a través de la Dirección General de Investigación, en base a la Resolución de 29 de diciembre de 2005, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, por la que se publica la convocatoria de ayudas en forma de anticipos reembolsables para la realización de proyectos de infraestructura científico-tecnológica (BOE de 10 de febrero de 2006) y la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE 18 de noviembre).
1.5. PRESUPUESTO Y PRECIO 1.5.1.
El gasto máximo para la contratación de un equipo de análisis de texturas compuesto por un
sistema de difracción de electrones retrodifundidos (EBSD), microscopio electrónico de barrido (SEM) y sistema de microanálisis por dispersión de energías (RX-EDS) para los Servicios Cientificotécnicos de la Universitat de les Xxxxx Balears objeto del presente concurso asciende a 332.139,39 euros, IVA incluido.
Para esta cifra hay crédito suficiente en el presupuesto de la Universidad. Los precios ofertados se entenderán incluidos los portes y tributos correspondientes.
1.5.2. La Universitat pagará el precio del contrato con cargo al presupuesto vigente. El pago se hará, contra factura y después de la firma del acta de recepción, por transferencia bancaria.
1.5.3.
Se entenderá que en las ofertas y los precios propuestos por el adjudicatario se incluyen todos los gastos que se tengan que realizar para cumplir las obligaciones contratadas.
1.5.4.
Los gastos de los anuncios de licitación en los boletines o diarios oficiales como también en cualquier otro medio de comunicación, irán a cargo del adjudicatario. El importe que deberá abonar el adjudicatario en este contrato será como máximo de 3.000 euros. Así como también los impuestos, los derechos, las tasas, las compensaciones y otros gravámenes o gastos que sean aplicables, según las disposiciones vigentes y del modo y por la cantidad que éstas señalen.
1.5.5.
El contrato se entenderá a riesgo y xxxxxxx del adjudicatario (art. 98 de la Ley) y éste no podrá solicitar ninguna modificación de los precios.
1.6. PLAZO DE EJECUCIÓN
El contratista estará obligado a entregar el equipo de análisis de texturas descrito en el pliego de prescripciones técnicas en el plazo máximo de cuatro meses a contar a partir de la fecha de la firma del contrato. Se consideran incluidas en este período de tiempo la instalación y retirada del material de embalaje del mismo. El lugar de entrega será en el nuevo edificio Cientificotécnico ubicado en el Xxxxxx xx xx Xxxxxxxxxxx xx xxx Xxxxx Xxxxxxx (Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxxxxx, xx 0’0 xx Xxxxx)
1.7. OBLIGACIONES Y DERECHOS DEL CONTRATISTA 1.7.1.
El adjudicatario tendrá las obligaciones siguientes:
1ª. El contratista se compromete a tomar todas las medidas necesarias y a utilizar los medios humanos y materiales adecuados para suministrar de una manera óptima el material que es objeto de este contrato. Irán a su cargo todos los costes que origine este compromiso, especialmente los transportes de material contratado, de personal y de medios auxiliares que sean necesarios para desarrollar su tarea.
2ª. Después de la firma del contrato la empresa adjudicataria tendrá la obligación de entregar e instalar el material de acuerdo con el plazo ofertado. El suministro objeto de contratación quedará en el punto de destino totalmente montado o instalado.
La retirada de material de embalaje utilizado para proteger el material durante el transporte irá a cuenta del adjudicatario. No se entenderá instalado o montado el material hasta que no se haya suministrado en su totalidad y retirado todo el material de embalaje.
Si durante el transporte, el montaje o la instalación los bienes padecen algún tipo de daño, deterioro o perjuicio, serán reparados o substituidos, tal como establezca la Universidad y el adjudicatario no tendrá derecho a reclamar ninguna cantidad por este motivo.
3ª. La entrega del material será supervisada por los Servicios Cientificotécnicos de la Universidad.
4ª. Durante el ejercicio de sus actividades, el contratista será responsable de los desperfectos causados por sus trabajadores a personas y/o cosas en general, tanto si pertenecen al adjudicatario, como a la Universidad o a terceros.
5ª. Garantía de los bienes suministrados: El contratista se compromete a garantizar todo el material suministrado durante un período de dos años, como mínimo, a contar a partir de la fecha de la firma del acta de recepción del material.
6ª. Si durante el plazo de garantía se acreditara que hay vicios o defectos en el suministro, la Universidad tendría derecho a reclamar del adjudicatario la reposición de los bienes inadecuados o, si fuera suficiente, la reparación. Durante el plazo de garantía, el suministrador tiene derecho a ser oído y a vigilar la aplicación de los bienes suministrados.
7ª. Si la Universidad considera, durante el plazo de garantía que los bienes no son aptos para el fin que se pretendía, como consecuencia de los vicios o defectos que se han observado y que son imputables al adjudicatario, se atendrá a lo que dispone el artículo 191.3 de la Ley y al artículo 277 del Reglamento general de contratación del Estado.
8ª. Una vez haya transcurrido el plazo de garantía, se procederá a la devolución de la fianza, conforme a lo que disponen los artículos 191.4 de la Ley y los artículos 279 y 386 del Reglamento general de contratación del Estado.
9ª. Si hay elementos que, a causa de su uso habitual, tengan que ser substituidos o reparados, el contratista proporcionará la información que sea necesaria para que el personal de mantenimiento de la Universidad pueda efectuar las reparaciones que se precise. A este efecto, el contratista proporcionará, cuando haga entrega del material, un estoc de piezas de repuesto suficiente mientras dure el plazo de garantía del material.
10ª. Cuando el suministro objeto de este contrato lleve información impresa, el contratista se compromete a que esta información estará escrita, sin perjuicio que pueda estar escrita además en otras lenguas, en lengua catalana y de acuerdo con el Libro de Imagen de la Universidad.
11ª. El licitador ha de tener en cuenta en la oferta el interés que tiene esta universidad por todos los aspectos y acciones relacionadas con el medio ambiente, lo cual quiere hacer extensivo a los concesionarios de servicios, suministradores de material en general y contratistas de obras e instalaciones que tengan relación profesional con la Universidad. Por tanto, el licitador, en la oferta, y en función del objeto del contrato, manifestará su predisposición a admitir las sugerencias que en este sentido le haga la Universidad. Independientemente de esto, la Mesa de Contratación valorará positivamente aquellas ofertas que contengan medidas concretas y a cargo del adjudicatario encaminadas a la prevención del medio ambiente en general.
Así mismo, el contratista también tendrá en cuenta que los productos se hayan elaborado en el marco de un sistema de gestión medioambiental basado preferentemente en las normas internacionales ISO (serie ISO 14000), europeas EN o españolas UNE (UNE77/801-94 y 77/802-94).
1.7.2.
El contratista adjudicatario tendrá los siguientes derechos:
1º. Recibir de la Universidad el precio que resulte de la oferta aceptada.
2º. Ser indemnizado en el caso de declaración anticipada de resolución por causas no imputables al adjudicatario.
3º. Cualquier otro derecho que le corresponda legalmente.
1.8. FACULTADES DE LA ADMINISTRACIÓN 1.8.1.
Imponer al adjudicatario penalidades por demora en la ejecución o incumplimiento del objeto del contrato, de acuerdo con el artículo 95.3 de la Ley. El pago de penalidades a que se refiere el artículo 95.3 de la Ley, no excluye la indemnización a la que la Universidad pudiese tener derecho por daños y perjuicios.
1.8.2.
Establecer la resolución anticipada del contrato por causas de interés público o fuerza mayor.
1.8.3.
Interpretar el contrato y dar instrucciones necesarias para su cumplimiento, además de todo aquello que recoge la cláusula 1.1.2. del presente pliego.
1.9. RÉGIMEN SANCIONADOR 1.9.1.
Si el adjudicatario, por causas imputables al mismo, incurre en una demora en la entrega, la
Universidad podrá optar por la resolución del contrato con pérdida de la fianza, o por la imposición de las penalidades previstas en el artículo 95.3 de la Ley. El importe de las penalidades se hará efectivo mediante la deducción de este importe a la factura correspondiente.
1.9.2.
La calificación de las faltas leves, graves y muy graves irá a cargo de la Universidad. Las faltas leves serán sancionadas por la Rectora de la Universidad con una multa de 150 a 600 euros; las faltas graves se podrán sancionar de la misma manera y por la cuantía de 600,01 a
3.005 euros; y las muy graves se sancionarán con la declaración de resolución del contrato con la instrucción previa del expediente correspondiente con audiencia del adjudicatario.
1.10. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Serán causas y efectos de resolución del contrato las que prevén los artículos 111,112, 113, 192 y 193 de la Ley y los artículos 109 a 113 del Reglamento.
Así mismo, podrán motivar la resolución del contrato las siguientes causas:
1a. Que se incumplan reiteradamente las obligaciones contenidas en este pliego.
2a. Que no se entregue a la Administración la copia notarial fehaciente de la escritura pública en la cual, en su caso, se haya formalizado el contrato, dentro de los treinta días siguientes a la fecha de firma de la citada escritura.
3a. Que el contratista incurra durante la vigencia del contrato en alguna de las prohibiciones de suscribir contratos del artículo 20 de la Ley.
4a. Que la Inspección de Trabajo y Seguridad Social o la Inspección Tributaria o Sanitaria, en el ámbito de sus competencias, levante al contratista, durante la vigencia del contrato, un acta de infracción grave, siempre que de ésta se derive sanción firme.
5a. Que se suspenda el suministro por razones de interés público o fuerza mayor. 6a. Que se cometa una falta muy grave.
7a. Las que establecen expresamente el contrato y cualquier otra determinada por la legislación vigente.
Si se resuelve el contrato por culpa del adjudicatario, la Universidad se quedará la garantía definitiva.
II. ADJUDICACIÓN
2.1. BASES DE LAS OFERTAS 2.1.1.
La adjudicación se efectuará mediante concurso de procedimiento abierto. La convocatoria se publicará en el BOE, en el DOUE y en un medio de comunicación local.
2.1.2.
Podrán presentar ofertas las personas naturales o jurídicas españolas o extranjeras que tengan plena capacidad de obrar y no estén comprendidas en las circunstancias que enumera el artículo 20 de la Ley.
2.1.3.
De acuerdo con el artículo 24 de la Ley, la Universidad también podrá suscribir contratos con uniones temporales de empresarios que se constituyan temporalmente a este efecto. Los empresarios mencionados quedarán obligados solidariamente delante de la Universidad y habrán de nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven del contrato.
La duración de las uniones temporales de empresarios coincidirá con la del contrato por la cual se constituyeron y hasta su extinción.
De acuerdo con el artículo 24.2. del Reglamento, para que en la fase previa a la adjudicación la unión temporal de empresarios sea eficaz ante la Administración será necesario que los empresarios que deseen concurrir integrados en ella indiquen los nombres y circunstancias de los que la constituyan, la participación de cada uno de ellos y que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal, caso de resultar adjudicatarios.
2.1.4.
La solicitud, según el modelo oficial incluido en este pliego (anexo 3), se presentará en la Gerencia de esta Universidad: Servicio de Patrimonio, Contratación e Infraestructura, en el plazo que indique el anuncio de licitación, en un sobre cerrado junto con la documentación que se indica más adelante.
Cuando la documentación se envíe por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío a la oficina de Correos y anunciar al Servicio de Patrimonio, Contratación e Infraestructura la remisión de la oferta, mediante fax, telegrama o correo electrónico, el mismo día, y siempre dentro de plazo (fecha y hora) de presentación de ofertas.
A los efectos anteriores el fax del Servicio de Patrimonio, Contratación e Infraestructura es el 971172736 y la dirección de correo electrónico: xxxx.xxxx@xxx.xx.
Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la documentación recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha y hora de finalización de plazo señalado en el anuncio.
Transcurridos, no obstante, diez días naturales siguientes a la fecha indicada sin que se haya recibido la documentación, esta no será admitida en ningún caso.
2.1.5.
Se han de adjuntar tres sobres con la solicitud (anexo 3), los cuales se presentarán cerrados y firmados. En los sobres figurará de manera legible el nombre de la empresa proponente, la denominación del objeto del concurso y el nombre y apellidos de la persona que firme la proposición. Una vez presentadas las proposiciones, no se podrán retirar o modificar, salvo que la retirada de la proposición esté justificada. El incumplimiento de esta cláusula dará lugar a la inadmisión del licitador.
2.1.6.
La presentación de las proposiciones hace presumir que los licitadores aceptan las cláusulas de este pliego y de los restantes documentos que se incorporen, así como las obligaciones establecidas en las reglamentaciones, los acuerdos y convenios y otras normas aplicables al caso, y la declaración responsable de que se reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas para suscribir contratos con las administraciones públicas.
Los sobres deberán contener:
SOBRE A: Documentación administrativa:
Cuando el licitador esté inscrito en el Registro de Contratistas de la CAIB, la aportación del certificado a que hace referencia el artículo 30.2 del Decreto 20/1997, de 7 de febrero, acompañado de una declaración responsable por la cual se acredite la validez y vigencia de los datos del Registro mencionado, le exime de presentar la documentación que ya esté en el Registro.
El órgano de contratación, en tal caso, ha de admitir el certificado. No obstante, el órgano de contratación puede solicitar del Registro de contratistas una copia de cualquiera de los documentos depositados por quién resulte adjudicatario.
En el supuesto de que el licitador no esté inscrito en el Registro de Contratistas de la CAIB, el sobre deberá contener:
1. Copia del Documento Nacional de Identidad de la persona que firma la solicitud. Las empresas adjudicatarias tendrán que ser personas físicas o jurídicas, cuya finalidad o actividad tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulta de los respectivos estatutos o reglas fundacionales y se acredite debidamente y además dispongan de una organización con los elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato. Los empresarios individuales han de presentar el Documento Nacional de Identidad o, si no, el
documento que haga sus veces y los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro acompañarán también poder bastante al efecto.
2. Nombre y denominación comercial, en su caso, de la persona natural o jurídica representada.
3. La capacidad de obrar de las empresas que sean personas jurídicas se acreditará mediante la escritura de constitución o de modificación, en su caso, inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuese exigible conforme con la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuese, la acreditación de la capacidad de obrar se hará por medio de la escritura o el documento de constitución, los estatutos o el acta fundacional, donde constarán las normas por las cuales se regula su actividad, inscritas en su caso, en el registro oficial correspondiente.
La capacidad de obrar de las empresas no españolas de Estados miembros de la Comunidad Europea signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo se acreditará mediante la inscripción en los Registros o presentación de las certificaciones que se indican en el anexo I del Reglamento, en función de los diferentes contratos.
Para que estas empresas puedan acogerse a lo dispuesto en el artículo 25.2. de la Ley deberán cumplir el requisito de no hallarse clasificadas, ni con clasificación suspendida o anulada.
La capacidad de obrar de las empresas extranjeras no comprendidas en el párrafo anterior se acreditará mediante informe expedido por la Misión Diplomática Permanente u Oficina Consular de España del lugar del domicilio de la empresa, en la que se haga constar, previa acreditación por la empresa, que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan habitualmente en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato.
En estos supuestos, además, deberá acompañarse informe de la Misión Diplomática Permanente de España o de la Secretaría General de Comercio Exterior del Ministerio de Economía sobre la condición de Estado signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio, siempre que se trate de contratos de cuantía igual o superior a la prevista en los artículos 135.1, 177.2 y 203.2 de la Ley o, en caso contrario, el informe de reciprocidad a que se refiere el artículo 23.1. de la Ley.
4. El licitador acreditará la capacidad económica, financiera, técnica o profesional mediante la siguiente documentación:
a) Solvencia económica y financiera:
− Informe de instituciones financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.
− Declaración relativa a la cifra de negocios global y de los suministros realizados por la empresa en el curso de los tres últimos ejercicios.
b) Solvencia técnica:
− Relación de los principales suministros efectuados durante los tres últimos años, indicándose su importe, fechas y destino público o privado, a la que se incorporarán los correspondientes certificados sobre los mismos.
− Muestras, descripciones y fotografía de los productos a suministrar.
5. Copia del último recibo del pago del Impuesto sobre Actividades Económicas donde conste la actividad que desarrolla la empresa.
6. A efectos de lo que se prevé en el artículo 20 f) de la Ley, se considerará que las empresas se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social mediante una declaración responsable. El licitador firmará una declaración responsable en la cual manifestará expresamente la circunstancia de encontrarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, tanto con la Administración General del Estado y con la Comunitat Autònoma de les Xxxxx Balears, impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio que la justificación acreditativa de tal requisito tenga que exigirse antes de la adjudicación a los que tengan que ser adjudicatarios del contrato, a tal efecto se concederá un plazo máximo de cinco días hábiles (art. 79.2. b) de la Ley). Cuando la empresa no esté obligada a presentar las declaraciones o documentos a que se refieren los artículos 13 i 14 del Reglamento, se acreditará esta circunstancia mediante declaración responsable.
7. La empresa concursante deberá aportar un certificado expedido por la dirección de personal de la empresa licitadora que acredite que en la plantilla de sus órganos de administración no figura ninguna de las personas a las cuales se refiere la Ley 5/2006, de 10 xx xxxxx, de Regulación de los Conflictos de Intereses de los Miembros del Gobierno de la Nación y de Altos Cargos de la Administración General del Estado, la Ley 2/1996, de 19 de noviembre, que regula el régimen de incompatibilidades de los miembros del Gobierno y de altos cargos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares o la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
8. Manifestación de aceptación de todas y cada una de las cláusulas de este pliego. No obstante, el licitador podrá introducir en su propuesta las mejoras que considere oportunas, sin modificar las condiciones mínimas establecidas en el Pliego de prescripciones técnicas (anexo 2).
9. Las empresas extranjeras han de presentar los documentos traducidos a una de las lenguas oficiales de la Comunitat Autònoma de les Xxxxx Balears y validados por la Oficina de Interpretación de Lenguas del Ministerio de Asuntos Extranjeros
Así mismo, han de presentar declaración solemne de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden para todas las incidencias que de forma directa o indirecta puedan surgir en el contrato con renuncia, si procede, al fuero jurisdiccional extranjero que podría corresponder al licitador (art. 79.2.d) de la Ley).
10. Si durante la tramitación de los procedimientos abiertos y restringidos y antes de la adjudicación se produce la extinción de la personalidad jurídica de una empresa licitadora o candidata por fusión, escisión o por la transmisión de su patrimonio empresarial, le sucederá en su posición en el procedimiento la sociedad absorbente, la resultante de la fusión, la beneficiaria de la escisión o la adquiriente del patrimonio, siempre que reúna las condiciones de capacidad y ausencia de prohibiciones de suscribir contratos y acredite la solvencia y clasificación en las condiciones exigidas en el Pliego de cláusulas administrativas particulares para poder participar en el procedimiento de adjudicación (art. 79.4 de la Ley).
11. Declaración jurada, de acuerdo con el artículo 21.5 de la Ley, firmada por el licitador, en la que manifieste que no se encuentra comprendido en ninguna de las prohibiciones para suscribir contratos con las Administraciones Públicas (art. 20 de la Ley) (anexo 4).
12. Documentación de la garantía provisional recogida en la cláusula 3.2 de este pliego.
Toda la documentación que se detalla anteriormente se ha de presentar en original, y si esto no es posible, en copia autentificada de acuerdo con la legislación vigente.
SOBRE B: Proposición económica:
La proposición económica se ha de presentar de acuerdo con el modelo que se adjunta en el presente pliego (anexo 1).
SOBRE C: Documentación técnica:
Se harán constar los datos siguientes:
a) Características técnicas del equipo.
b) Mejoras al pliego de prescripciones técnicas.
c) Plazo de garantía del equipo.
2.2. MESA DE CONTRATACIÓN 2.2.1.
La Mesa de contratación estará formada por:
Presidente: El Vicerector de Investigación de la Universitat..
Vocales:
− El Director de los Servicios Cientificotécnicos de la Universidad.
− Xx. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, Catedrático de Universidad del área de conocimiento de Física Aplicada del Departamento de Física de la Universidad.
− El Jefe de la Asesoría Jurídica de la Universidad.
− La Jefa del Servicio de Patrimonio, Contratación e Infraestructura de la Universidad.
Interventora:
− La Gerente de la Universidad.
Secretario:
− Un funcionario del Servicio de Patrimonio, Contratación e Infraestructura de la Universidad. Con voz y sin voto.
2.2.2.
La Mesa de contratación estará asistida por los asesores técnicos y el personal de la Administración que considere pertinente. Estas personas no tendrán derecho a voto.
2.2.3.
El secretario de la Mesa extenderá acta de cada sesión.
2.2.4.
Los acuerdos se adoptarán por mayoría simple, en caso de empate decidirá el voto del presidente.
2.3. TRAMITACIÓN DEL CONCURSO ANTE LA MESA DE CONTRATACIÓN 2.3.1.
Después de la expiración del plazo de presentación de las plicas, la Mesa de Contratación
procederá, en sesión privada, a examinar la documentación administrativa y rechazará las plicas que no contengan los documentos exigidos y considerados por parte de la Mesa como documento esencial para formar parte del concurso. Si la Mesa observa defectos u omisiones reparables en la documentación presentada, lo comunicará verbalmente a los interesados y dará un plazo de tres días hábiles para que los licitadores que hayan presentado la documentación con defectos materiales reparables los puedan corregir, por lo cual, la Mesa expondrá la relación de los licitadores con las deficiencias documentales que se deban resolver en el plazo indicado en el tablón de anuncios de la Gerencia, Servicio de Patrimonio, Contratación e Infraestructura de la Universidad y en la entrada del edificio Son Xxxxx. De todo ello se extenderá el acta correspondiente.
2.3.2.
Una vez calificada la documentación administrativa y resueltas las deficiencias; la Mesa procederá a determinar las empresas que se ajustan a los criterios de selección establecidos (de acuerdo con el artículo 11 del Reglamento), con pronunciamiento expreso de los licitadores admitidos y excluidos y sobre las causas de exclusión del concurso. La relación definitiva de los licitadores admitidos y excluidos se hará pública en el tablón de anuncios de
la Gerencia de la Universidad: Servicio de Patrimonio, Contratación e Infraestructura, y en la entrada del edificio Son Xxxxx.
2.3.3.
A continuación, en sesión pública, cuya convocatoria habrá sido comunicada oportunamente a los licitadores, la Mesa procederá a la obertura de las proposiciones económicas. En primer lugar, procederá a la lectura del anuncio del contrato y seguidamente se hará el recuento de las proposiciones presentadas y se confrontarán con los datos que figuran en el certificado expedido por la Jefa del Servicio de Patrimonio, Contratación e Infraestructura de la Universidad; posteriormente, se hará público el número de las proposiciones recibidas y el nombre de los licitadores, y se dará oportunidad a los interesados para que puedan comprobar que los sobres que contienen las ofertas se hallan en la mesa en las mismas condiciones en las que fueron entregados.
Posteriormente, el Presidente manifestará el resultado de la calificación de los documentos presentados, con expresión de las proposiciones admitidas, excluidas y la causa o causas de inadmisión de éstas.
2.3.4.
Si alguna proposición no presenta concordancia con la documentación examinada y admitida, excede del presupuesto base de licitación, varía sustancialmente el modelo establecido, conlleva error manifiesto en el importe de la proposición o hay reconocimiento del licitador de que padece el error o inconsistencia que la hacen inviable, será rechazada por la Mesa, con resolución motivada. Por el contrario, el cambio u omisión de algunas palabras del modelo, siempre que no alteren el sentido, no será causa suficiente para rechazar la proposición.
2.3.5.
El estudio de las propuestas se hará en sesión privada, y se examinarán de acuerdo con el artículo 86 de la Ley, y según los criterios ponderados que se aplicarán para la adjudicación del concurso serán los siguientes:
CRITERIO | PUNTUACIÓN |
A. Valoración de las características técnicas del equipo. | De 0 a 17 puntos |
B. Valoración de la propuesta económica | De 0 a 8 puntos |
C. Mejoras | De 0 a 7 puntos |
D. Aumento del plazo de garantía | De 0 a 3 puntos |
Puntuación máxima | 35 puntos |
Forma de valorar los criterios:
A. Valoración de las características técnicas del equipo (de 0 a 17 puntos).
Se valorarán las características técnicas del equipo ofertado y el grado en que se ajustan a las características solicitadas, para lo cual se adjuntarán catálogos técnicos y la documentación que el licitador estime oportuna.
Se valorarán las condiciones de instalación del equipo y las características y condiciones del servicio post-venta.
B . Valoración de la proposición económica (de 0 a 8 puntos).
Cada rebaja en el precio de 10.000 euros supondrá 1 punto y, si procede, la parte proporcional.
X. Xxxxxxx (xx 0 x 0 xxxxxx)
Xx Xxxx sólo tendrá en cuenta aquellas mejoras que la Universidad considere necesario o interesante aplicar, y dará más puntuación cuanto más convenientes encuentre las propuestas para los intereses de la Universidad.
Las mejoras se han de exponer con toda claridad y se deben cuantificar, cuando esto sea posible, con la descripción de las ventajas que comportan para la Universitat de les Xxxxx Balears, y con el apoyo de la documentación técnica pertinente.
La Mesa valorará las mejoras cuantificadas dando 7 puntos a la económicamente más ventajosa y las demás ofertas se valorarán proporcionalmente.
Las mejoras que no sea posible cuantificar serán valoradas por la Mesa en función de la conveniencia que éstas supongan para la Universidad. En el supuesto de que la oferta contenga mejoras cuantificadas y mejoras que no sea posible cuantificar, la puntuación de ambas propuestas se sumará hasta llegar, como máximo, a 7 puntos. Si la oferta presenta mejoras, que no están cuantificadas, pudiendo estarlo, estas no serán valoradas por la Mesa.
D. Aumento del plazo de garantía (de 0 a 3 puntos)
La Mesa otorgará 1 punto por cada seis meses de aumento del plazo de garantía respecto del señalado en el pliego.
Según lo establecido en la disposición adicional octava, puntos 1 y 2, de la Ley, la Universidad dará preferencia en la adjudicación del contrato a las proposiciones presentadas por aquellas empresas públicas o privadas que, en el momento de acreditar su solvencia técnica, tengan en plantilla un número de trabajadores minusválidos no inferior al 2 por ciento, siempre que las citadas proposiciones igualen en sus términos las más ventajosas desde el punto de vista de los criterios objetivos que sirvan de base para la adjudicación.
Si no se aportan todos los datos, el órgano de contratación valorará cada uno de los apartados con los datos disponibles y obtenidos de las ofertas presentadas por los licitadores, por ello la puntuación obtenida puede, por falta de datos necesarios, que no sea la realmente merecida por el licitador.
2.3.6.
La Mesa de Contratación extenderá una acta en la cual propondrá o bien la declaración de concurso desierto o bien la adjudicación a la oferta más ventajosa para la Universidad, o bien la adjudicación a determinados lotes, y declarará desierta la adjudicación en los restantes.
La Mesa de Contratación extenderá acta en la cual propondrá o bien la declaración de concurso desierto o bien la adjudicación a la oferta más ventajosa para la Universidad.
A continuación, la Mesa de contratación comunicará a los licitadores la propuesta de adjudicación, estos podrán exponer todas las observaciones o reservas que estimen oportunas contra éste, las cuales se han de formular por escrito en el plazo máximo de dos días hábiles siguientes a la comunicación la cual se realizará mediante fax o correo electrónico, y se deberán dirigir al órgano de contratación, el cual, con informe previo de la Mesa de contratación, resolverá el procedimiento, con pronunciamiento expreso sobre las reclamaciones presentada en la adjudicación del contrato.
2.3.7.
La Rectora, vista la propuesta presentada por la Mesa, dictará la resolución de adjudicación o declarará el concurso desierto, según cada caso, en un plazo máximo de tres meses, de acuerdo con el artículo 89.1 de la Ley.
III. CONTRATACIÓN
3.1. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El documento administrativo o, en su caso, la escritura pública se otorgará dentro de los treinta días siguientes a la recepción de notificación de la adjudicación del suministro. Irá a cargo del adjudicatario todos los gastos derivados del otorgamiento.
Al contrato se adjuntará como anexo un ejemplar de este pliego, que firmará el adjudicatario, y se considerará con carácter general parte integrante del contrato.
3.2 GARANTIAS PROVISIONAL Y DEFINITIVA 3.2.1
El contratista deberá acreditar la constitución previa a disposición de la Universidad de una garantía provisional del 2% del importe de licitación. La garantía se constituirá de acuerdo
con lo indicado en los artículos 55, 56 i 57 del Reglamento. La garantía provisional se devolverá a los interesados inmediatamente después de la adjudicación y será retenida al empresario adjudicatario e incautada a las empresas que retiren injustificadamente su proposición antes de la adjudicación.
3.2.2
Una vez dictada resolución de adjudicación por la Rectora de la Universidad, el adjudicatario quedará obligado a constituir en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente de la notificación de la adjudicación, una garantía definitiva por la cantidad del 4 por ciento del precio de adjudicación (art. 36 de la Ley). El importe de la garantía se consignará de acuerdo con lo artículos 55, 56, 57 y 58 del Reglamento (anexo 5, 6, 7 y 8). En caso de incumplimiento del contrato por causas imputables al adjudicatario, la Universidad lo declarará resuelto y se quedará con la garantía definitiva.
3.3. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Respecto a la ejecución del contrato se regirá por los artículos 94 a 100 de la Ley y por los artículos 94 a 100 y 103 del Reglamento.
3.4. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
Las modificaciones del contrato se harán, si procede, de acuerdo con el artículo 101 de la Ley y los artículos 101 y 102 del Reglamento.
3.5. RECEPCIÓN DEL CONTRATO
Para el cumplimiento y recepción del contrato se atenderá a lo que establece el artículo 110 de la Ley y los artículos 107 y 108 del Reglamento.
Conforme
El contratista
Se adjuntan a este pliego:
− Anexo 1: Impreso de la proposición económica.
− Anexo 2: Pliego de prescripciones técnicas.
− Anexo 3: Impreso de la solicitud para tomar parte en el concurso.
− Anexo 4: Impreso de declaración jurada (art. 20 de la Ley).
− Anexo 5: Modelo de garantía mediante valores anotados.
− Anexo 6: Modelo de garantía mediante pignoración de participaciones de fondos de inversión
− Anexo 7: Modelo de xxxx.
x Xxxxx 0: Modelo de certificado de seguro de caución.
− Anexo 9: Código de conducta ambiental.
UIB
Universitat de les Xxxxx Balears
ANEXO 1 PROPOSICIÓN ECONÓMICA
Visto el Pliego de cláusulas administrativas particulares y de Prescripciones Técnicas para la contratación del suministro de un equipo de análisis de texturas para los Servicios Cientificotécnicos de la Universitat de les Xxxxx Balears (expediente 60/07), la empresa………………………………………………………………...................................................
se compromete a realizar el suministro regulado en el Pliego aprobado por la Universitat de les Xxxxx Balears por el siguiente importe:
……………………………………………euros, IVA incluido
Palma, d de 2007 El licitador,
ANEXO 2
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS REGULADORAS DEL CONTRATO PARA EL SUMINISTRO DE UN EQUIPO DE ANÁLISIS DE TEXTURAS DE LOS SERVICIOS CIENTIFICOTÉCNICOS DE LA UNIVERSITAT DE LES XXXXX BALEARS
REF. UNBB05-33-009
1. OBJETO Y JUSTIFICACIÓN
Los trabajos de investigación realizados por diversos grupos de investigación de la UIB y las tareas propias de los Servicios Cientificotècnicos (SCT), que ofrecen servicio a entidades públicas, privadas y a particulares que lo solicitan, hacen necesaria la compra de un equipo de análisis de texturas compuesto por un sistema de difracción de electrones retrodifundidos (EBSD), microscopio electrónico de barrido (SEM) y sistema de microanálisis por dispersión de energías (RX-EDS). Los SCT disponen actualmente de un equipo similar adquirido en 1985 pero de inferiores características y que ha quedado obsoleto presentando un elevado régimen de utilización tanto por parte de los grupos de investigación de la UIB como de usuarios externos (instituciones públicas de la Comunidad Autonoma de las Islas Baleares (CAIB) y empresas privadas).
Teniendo en cuenta que actualmente NO existe un equipo similar o parecido en prestaciones en toda la CAIB, la adquisición de este nuevo equipo supondrá tener un instrumento de uso tanto en el campo de la investigación básica y aplicada como par la utilización de usuarios externos a la UIB.
La adquisición de un equipo de análisis de texturas compuesto por un sistema de difracción de electrones retrodifundidos (EBSD), microscopio electrónico de barrido (SEM) y sistema de microanálisis por dispersión de energías (RX-EDS) que se solicita implica:
− Disponer de un instrumento que permitirá, no sólo la determinación y cuantificación de direcciones preferentes de texturación de policristales y la caracterización de esfuerzos residuales en materiales deformados, sino también la orientación individual de cada grano y la estadística de orientaciones/texturas por zonas determinadas de la muestra y las variaciones estructurales/composicionales a lo largo de una dirección; lo que permite, en particular la determinación de orientaciones relativas en materiales compuestos (p.ej. capa delgada-sustrato) y también la orientación de monocristales.
− Poder trabajar con muestras NO conductoras eléctricamente (inorgánicas o biológicas) ya que el SEM de presión variable no hace necesario el recubrimiento con oro de este tipo de muestras.
− Poder hacer análisis químicos cualitativos (detección del carbono hasta el final de la tabla periódica), como aproximaciones cuantitativas, e incluso poder realizar “mappings” (distribución espacial de los elementos presentes), todo ello sin la destrucción física de la muestra.
Este nuevo equipo beneficiará el trabajo de un gran número de grupos de investigación de esta Universidad, como pueden ser:
− Grupo de Física de Materiales, ya que el nuevo instrumento complementa extraordinariamente la información obtenida en microscopía de transmisión TEM y la Difracción de R-X, ya que se podrá hacer uso de muestras más grandes, pudiéndose entonces observar y estudiar las variaciones estructurales/composicionales tanto en materiales compuestos como en monocristales.
− Grupo de Litiasis Renal y Biomineralización, donde la caracterización cristalográfica, microestructural, y distribución elemental, permitirá profundizar en los fenómenos causantes de la litiasis renal, calcificaciones patológicas, vascular, etc.
− Grupo de Ciencias de la Tierra, donde la caracterización cristalográfica, microestructural, y distribución elemental, permitirá conocer las estructuras y microestructuras resultantes de sucesos como: corrosión marina, agua dulce, por microorganismos, etc. Estructuras resultantes de sedimentación tanto en agua dulce como en agua salada, etc.
− Grupo de Tecnología Electrònica, donde la caracterización estructural y elemental, permitirá estudiar y corregir el diseño de microcircuitos.
− Grupo Historia del Arte: Arqueología, restauración de obras de arte, donde la caracterización cristalográfica y elemental sin la destrucción física de la muestra hace posible la reconstrucción-restauración de piezas de elevado valor artístico-histórico.
− Grupo de Ingeniería de Alimentos, donde el conocimiento de la textura y variaciones de los elementos presentes en los alimentos sólidos posibilitará continuar con la investigación sobre el secado y transferencia del agua en los alimentos.
− Grupo de Química Inorgánica, donde la mayor resolución del equipo y de forma complementaria con otras técnicas (Difracción R-X y Espectroscopía de IR)) permitirá profundizar en los estudios de biomateriales y catálisis heterogénea.
− Grupos de Biología: Zoología, Botánica, Biología Marina, Ecologia, el uso del microscopio SEM de presión variable junto al sistema de microanálisis con capacidad de analizar desde el carbono, permitirá caracterizar estructuralmente y composicionalmente organismos, microorganismos sin artefactos causados por un alto vacío.
2. CARACTERÍSTICAS
Las características técnicas del equipo deberán ser, como mínimo, las siguientes:
1. Sistema de difracción de electrones retrodifundidos (EBSD) y análisis de texturas.
− Detector EBSD con “interface” para SEM.
− Programa de adquisición e indexado de patrones de difracción.
− Programa de control de haz.
− Programa de identificación de fases.
− Programa de definiciones cristalinas.
− Programa de imágenes polares.
− Programa de “mapping”.
− Programa de distribución de orientaciones.
− Base de datos estructurales.
− Detector de “Forescattered”.
− Integración con sistema de EDS y el microscopio electrónico de barrido: cables de conexión y coordinación con el portamuestras del SEM.
2. Microscopio electrónico de barrido (SEM).
− Filamento de Wolframio.
− Posibilidad de trabajar a alto y bajo vacío.
− Rango de presión variable hasta 250 Pa o más.
− Resolución de electrones secundarios: 3.0 nm. (30 kV) y 10 nm. (3 kV).
− Sistema de vacío con bomba turbomolecular y bomba rotatoria.
− Detector de electrones secundarios (SED).
− Detector de electrones retrodispersados (BSE) de cuatro cuadrantes con observación de imagen a barrido de TV.
− Detector de electrones secundarios en presión variable.
− Capacidad de aumentos: x5 a x300.000.
− Cámara de portamuestras preparada con distintos puertos para: detector de electrones secundarios (SE), de electrones retrodifundidos (BSE), electrones secundarios en bajo vacío, detector sistema EBSD, sistemas de microanálisis: EDS y WDS y un puerto adicional a 35 º para futuras opciones.
− Brazo de objetivo con 4 aperturas seleccionables por el usuario; alineación electrónica automática de las aperturas de objetivo.
− Portamuestras eucéntrico de 5 ejes, con X e Y motorizados.
− Área observable en X/Y: 130 mm diámetro Z: 5-65 mm con posibilidad de observar muestras de 85 mm de altura; R: 360º Tilt: -20º - +90º
− Cámara de infrarrojos para localizar la muestra en el interior del SEM e introducción de una guía de localización e intinerario de observación.
− Funciones automáticas: alineación electrónica automática de columna, brillo/contraste, foco, astigmatismo, saturación de filamento de varios niveles seleccionables por el usuario según tipo de experimento-observación
− Imágenes en BMP, TIFF y JPEG con resolución hasta 5120x3840 píxeles.
− PC en entorno Windows, monitor plano de 19”
3. Sistema de microanálisis por dispersión de energías xx xxxxx X (EDS)
• Detector:
− Detector con <133 eV de resolución en Mn Ka de 1 a 100.000 cps. y 10 mm2.
− Ventana de ligeros con detección del C en adelante.
− Enfriado por Xxxxxxx, sin precisar de nitrógeno líquido.
• Unidad de procesamiento de la señal:
− Procesador de pulsos de alta velocidad y controlador multicanal (4096 canales).
− Capacidad de proceso de hasta 275.000 cps. de salida.
− Sistema de barrido y adaptador de interfaz.
− Calibración del hardware del sistema por software.
− PC de control en entorno Windows.
• Adquisición de imágenes
− Adquisición de imágenes de dos señales simultáneamente (SE y BSE) con resolución de hasta 4096 x 3072 píxeles cada una.
− Ajuste del tiempo/píxel (minimo 1 µs).
− Velocidad de barrido variable con promedio de píxel, línea y cuadro.
− Sincronización con la red.
− Brillo y contraste ajustables.
− Procesamiento de imágenes.
• Adquisición de espectros
− Adquisición de espectros para búsqueda del punto de interés en la muestra.
− Definición del tiempo de adquisición y número total de cuentas.
− Identificación de elementos durante la medida.
• Análisis de espectros
− Evaluación cuantitativa automática o interactiva y editor de rutinas de análisis.
− Corrección de efectos espectrales del detector (picos de escape).
− Cálculo del fondo basado en un modelo físico.
− Diferentes métodos de deconvolución.
− Cuantificación on-line durante la adquisición de espectros.
− Análisis de muestras pulidas, partículas y superficies rugosas.
− Rutinas de cuantificación automáticas predefinidas.
− Resultados normalizados y no normalizados (peso, átomos, % óxidos).
− Adquisición de un número ilimitado de mapas de elementos simultáneamente.
− Adquisición de barridos de línea.
− Análisis cuantitativo con patrones.
− PC de tipo “Workstation”.
− Software de generación de informes.
4. Características de los sistemas informáticos y software de análisis
• Formato PC.
• Pantallas TFT de formato igual o superior a 19 “.
• Actualización de programas gratuita e ilimitada en todos los instrumentos (EBSD, SEM, EDS).
5. Garantía e instalación
• Garantía: 2 años después de la recepción oficial de todos los instrumentos (EBSD, SEM, EDS).
• Instalación a cargo de la empresa suministradora. Incluyendo todos los elementos necesarios así como, el posible cambio de situación del antiguo SEM que poseen los SCT actualmente.
• Cursos de formación “in situ” en el propio instrumento una vez instalados, con un duración mínima de 5 días en total, incluyendo:
1. Curso general sobre el funcionamiento del instrumento: explicación del software suministrado y nociones básicas sobre el hardware.
2. Curso práctico sobre EBSD.
3. Curso práctico sobre SEM.
4. Curso práctico sobre EDS.
• Estudio previo del lugar de instalación desde el punto de vista de vibraciones, interferencias electro-magnéticas, etc.
ANEXO 3
SOLICITUD PARA TOMAR PARTE EN EL CONCURSO
Nombre y apellidos:
DNI:
En representación de:
Nombre y razón social:
Calle, plaza,...:
Localidad:
Provincia:
Teléfono:
Telefax:
E-mail:
1r. Solicitud de admisión para participar en el concurso público convocado por la Universitat de les Xxxxx Balears el día para el suministro de un equipo de análisis de texturas para los Servicios Cientificotécnicos de la Universitat de les Xxxxx Balears.
Ref. UNBB05-33-009 (expediente 60/07).
2n. Adjunta la documentación siguiente:
Palma, d de
El licitador,
ANEXO 4
DECLARACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS DE CAPACIDAD PARA SUBSCRIBIR CONTRATOS
Sr./Sra. , como representante
legal de la empresa , declara bajo su responsabilidad ante el
órgano de contratación de la Universitat de les Xxxxx Balears, que no concurre ninguna de las circunstancias que incapacitan para firmar contratos con la Administración previstas en el artículo 20 del Real decreto legislativo 2/2000, de 16 xx xxxxx, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de contratos de las administraciones públicas, que son:
a) Haber estado condenada mediante sentencia firme por delitos de falsedad o contra la propiedad, o por los delitos de soborno, malversación de caudales públicos, tráfico de influencias, negociaciones prohibidas a los funcionarios, revelación de secretos o uso de información privilegiada o delitos contra la hacienda pública.
La prohibición de subscribir contratos atañe a las personas jurídicas cuyos administradores o representantes, vigentes el cargo o representación que ostenten, se encuentren en las situaciones nombradas por actuaciones realizadas en nombre o a beneficio de dichas personas jurídicas, o en las cuales concurran las condiciones, cualidades o relaciones que requiera la correspondiente figura de delito porque son sujeto activo.
b) Xxxxx solicitado la declaración de concurso, haber sido declaradas insolventes en cualquier procedimiento, hallarse declaradas en concurso, estar sujetas a intervención judicial o haber sido inhabilitadas conforme a la ley concursal sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.
c) Haber dado lugar, por una causa de la cual haya sido declarada culpable, a la resolución firme de cualquier contrato que hubiera subscrito con la Administración.
d) Xxxxx sido condenada con carácter firme por delitos contra la seguridad e higiene en el trabajo o por delitos contra la libertad y la seguridad en el trabajo, o haber estado condenada o sancionada con carácter firme por delito o infracción grave en materia de disciplina xx xxxxxxx, en materia profesional o en materia de integración laboral de minusválidos, o muy grave en materia social, de acuerdo con lo que dispone la Ley 8/1988, de 7 xx xxxxx, sobre infracciones y sanciones en el orden social. En el caso de condena penal, se aplicará el que se prevé en el párrafo segundo de la letra a) de este artículo.
e) Estar sometidas la persona física o los administradores de la persona jurídica a alguno de los supuestos de la Ley 5/2006, de 10 xx xxxxx, de Regulación de los Conflictos de Intereses de los Miembros del Gobierno de la Nación y de Altos Cargos de la Administración General del Estado, la Ley 2/1996, de 19 de noviembre, que regula el régimen de incompatibilidades de los miembros del Gobierno y de altos cargos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares o la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las
Administraciones Públicas, o tratarse de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 xx xxxxx, del Régimen Electoral General en los términos que se establecen.
La prohibición alcanza igualmente a los cónyuges, las personas vinculadas con una relación de convivencia afectiva análoga y los descendientes de las personas a las cuales se refiere el párrafo anterior, siempre que, respecto a estos últimos, las susodichas personas ostenten la representación legal.
Las disposiciones a las cuales se refiere este apartado serán aplicables a las comunidades autónomas y a las entidades locales en los términos que respectivamente les sean aplicables.
f) No estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o de Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, de acuerdo con los artículos 13 y 14 del Reglamento General de la LCAP.
Así mismo, declara que conoce que, a requerimiento de la Universidad, tendrá que presentar el correspondiente documento acreditativo de estar al corriente del pago de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social en un plazo de cinco días hábiles a contar a partir del día en que le sean requeridos dichos documentos de acreditación (art. 79.2b del Real decreto legislativo 2/2000, de 16 xx xxxxx, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de contratos de las administraciones públicas).
g) Haber incurrido en falsedad grave al facilitar a la Administración declaraciones exigibles en cumplimiento de las disposiciones de esta Ley o de sus normas de desarrollo.
h) Haber incumplido las obligaciones impuestas al empresario por los acuerdos de suspensión de las clasificaciones concedidas o de la declaración de inhabilitación para subscribir contratos con cualquiera de las administraciones públicas.
i) Si se trata de empresarios no españoles de estados miembros de la Comunidad Europea, no encontrarse inscritos, si procede, en un registro profesional o comercial en las condiciones previstas por la legislación del Estado donde están establecidos.
j) Haber estado sancionada como consecuencia del correspondiente expediente administrativo en los términos previstos en el artículo 82 de la Ley General Presupuestaria y en el artículo 80 de la Ley General Tributaria.
k) No encontrarse debidamente clasificadas, si procede, conforme con lo que se dispone en esta Ley, o no acreditar la suficiente solvencia económica, financiera i técnica o profesional.
Siempre que, en los casos de los párrafos a) i d), las sentencias o resoluciones firmes contengan pronunciamiento sobre el alcance de la prohibición, serán apreciadas de forma automática por los órganos de contratación y subsistirán durante el plazo señalado a la sentencia o resolución o, en los otros casos, mientras concurran las circunstancias que en cada caso las determinen.
............................., ................. de de
Firma y sello de la empresa,
ANEXO 5
Modelo de garantía mediante valores anotados
(con inscripción)
Xxx (nombre y apellidos)............................................................................................, en
representación de ......................................................................................, NIF ,con
domicilio a efectos de notificaciones y requerimientos en ,
calle/plaza/avenida..................................................., CP .........................
PIGNORA
a favor de (órgano administrativo, organismo autónomo o entidad de derecho público):...........................................................................................los siguientes valores
representados mediante anotaciones en cuenta, de los cuales es titular el pignorante y que se identifican como sigue:
Número de valores | Emisión (entidad emisora), clase de valor y fecha de emisión | Código valor | Referencia del Registro | Valor nominal unitario | Valor de realización de los valores a fecha de inscripción |
En virtud de lo dispuesto por (norma/s y artículo/s que impone/n la constitución de esta garantía). para responder de las
obligaciones siguientes (detallar el objeto del contrato u obligación asumida por el garantizado)................................................................................................, contraídas por (contratista
o persona física o jurídica garantizada)...............................................................
NIF............................, con domicilio a efectos
de notificaciones y requerimientos en la calle/plaza/avenida............................, código postal........................., por la cantidad de(en letra y en cifra)....................................................
Este contrato se otorga de conformidad con lo dispuesto en la legislación de contratos de las Administraciones Públicas, y a sus normas de desarrollo.
..............................................(Nombre o razón social del pignorante)
..............................................................................................(firma/s)
..........................................................Con mi intervención, el Notario
............................................................................................... (firma)
Don....................................................................................., con DNI. , en representación
de (entidad adherida encargada del registro contable)......................................................................................., certifica la inscripción de la
prenda,
(fecha)...................................................................
(firma)...................................................................
ANEXO 6
MODELO DE GARANTÍA MEDIANTE PIGNORACIÓN DE PARTICIPACIONES DE FONDOS DE INVERSIÓN
Xxx (nombre y apellidos)............................................................................., en representación de,
NIF............................................................., con domicilio a efectos de notificaciones y
requerimientos en............................................... la calle/ plaza/ código
............................................postal................................
PIGNORA a favor de (órgano administrativo, organismo autónomo o entidad de derecho público). las siguientes participaciones,
de las cuales es titular el pignorante y que se identifican como sigue:
Número de participació n | Identificación del fondo de inversión, nombre y número de registro administrativo de la CNMV | Entidad gestora | Entidad depositaria | Valor liquidativo a la fecha de inscripción | Valor total |
En virtud de los dispuesto por: (norma/s y artículo/s que impone/n la constitución de esta garantía).................................................., para responder de las obligaciones siguientes: (detallar el objeto del contrato u obligación asumida por el garantizado)......................................................................................., contraídas por (contratista o
persona física o jurídica garantizada)................................................... NIF,
.............................................................con domicilio a efectos de notificaciones y requerimientos en................................................................... la calle/plaza/avenida, código
postal.............................., por la cantidad de(en letra y en cifra).........................................................................
Este contrato se otorga de conformidad y con plena sujeción a lo dispuesto en la legislación de contratos de las Administraciones Públicas, en sus normas de desarrollo. La entidad gestora del fondo se compromete a mantener la prenda sobre las participaciones señaladas, no reembolsando en ningún caso, al partícipe el valor de las participaciones mientras subsista la prenda, así como a proceder al reembolso de las participaciones a favor de la UIB u órgano equivalente de las restantes Administraciones Públicas a primer requerimiento de esta.
............................................(Nombre o razón social del pignorante)
.............................................................................................(firma/s)
........................................................Con mi intervención, el Notario
...............................................................................................(firma)
Don..........................., con DNI..........................., en representación de (entidad gestora del fondo), certifica la constitución de la prenda sobre las participaciones indicadas.
(fecha) (firma)
ANEXO 7 MODELO DE AVAL
La entidad (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca)............................................................................................, NIF....................., con
domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en. la
calle/plaza/avenida............................, código postal. ,y en sus nombre (nombre y
apellidos del apoderado / los apoderados)............................................................................................................................................
......................................................................, con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento,
AVALA
(nombre y apellidos o razón social del avalado)..................................................................................................................................................
..............................................................., NIF. , en virtud de lo dispuesto
en: (norma/s y artículo/s que impone/n la constitución de esta garantía...................................................................................................................................................
............. para responder de las obligaciones siguientes (detallar el objeto del contrato o la obligación asumida por el garantizado):...........................................................................................
ante (órgano administrativo, organismo autónomo o ente público)........................................................................................., por importe de: (en letra y en cifra)........................................................................................................................................................
...
La entidad avalista declara bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos previstos en el artículo 56.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento de la Universitat de les Xxxxx Balears, con sujeción a los términos previstos en el Real decreto legislativo 2/2000 de 16 xx xxxxx, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de contratos de las administraciones públicas y sus normas de desarrollo.
El presente aval estará en vigor hasta que (indicación del órgano de contratación) o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello autorice su cancelación o devolución de acuerdo con lo establecido en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y legislación complementaria.
.........................................................................(Xxxxx y fecha)
.......................................................(razón social de la entidad)
.........................................................(firma de los apoderados)
VERIFICACIÓN DE LA REPRESENTACIÓN | ||
Provincia | Fecha | Número o código |
ANEXO 8
MODELO DE CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCIÓN
Certificado número .............................................
(1) ...............................................................................(en xxxxxxxx, xxxxxxxxxx), con domicilio en....................................................................., calle............................................................., y
NIF.................................................., debidamente representado por (2)....................................................................., con poderes suficientes para obligarse en este acto, según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento.
ASEGURA
(3)................................................................................................., NIF..........................., en concepto
de tomador del seguro, ante (4)................................................................., en adelante asegurado,
hasta el importe de (letra y cifra), (5). , en los
términos y condiciones establecidos en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas a la normativa de desarrollo y al pliego de cláusulas administrativas particulares por la que se rige el contrato (6)..................................................................................................................................., en
concepto de garantía (7)..............................................................................., para responder de las obligaciones, penalidades y demás gastos que se puedan derivar conforme a las normas y demás condiciones administrativas precitadas frente al asegurado.
El asegurado declara, bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos exigidos en el artículo 57.1 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguientes, no dará derecho al asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida ni éste liberado de su obligación, caso de que el asegurador deba hacer efectiva la garantía.
El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del seguro.
El asegurador asume el compromiso de indemnizar al asegurado al primer requerimiento de la Universitat de les Xxxxx Balears, en los términos establecidos en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y normas de desarrollo.
El presente seguro de caución estará en vigor hasta que (4)..................................................................................., o quien en su nombre sea habilitado
legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y legislación complementaria.
.......................................,.............d.............................................de.........................
El asegurador,
VERIFICACIÓN DE LA REPRESENTACIÓN DE LA UNIVERSITAT DE LES XXXXX BALEARS | ||
Provincia | Fecha | Número o código |
Instrucciones para la cumplimentación del modelo.
(1) Razón social completa de la entidad aseguradora.
(2) Nombre y apellidos del apoderado o apoderados.
(3) Nombre de la persona asegurada.
(4) Órgano de contratación.
(5) Importe, en letra, por el que se constituye el seguro.
(6) Identificar individualmente de manera suficiente (naturaleza, clase, etc.) el contrato en virtud del cual se presta la caución.
(7) Expresar la modalidad de seguro de que se trata, provisional, definitiva, etc.
ANEXO 9
CÓDIGO DE CONDUCTA AMBIENTAL COMPROMISO DE LA UIB CON EL MEDIO AMBIENTE
La Universitat de les Xxxxx Balears, consciente de su responsabilidad en el mantenimiento de un medio ambiente adecuado al desarrollo de la persona, consciente del efecto multiplicador de sus actos como espejo de la sociedad y difusora de conocimientos y valores, consciente de las repercusiones negativas que su funcionamiento puede tener sobre el medio ambiente y consciente de que la preservación del medio ambiente se consigue a través de una ética ambiental con todos los pueblos del mundo, mediante la cultura de la austeridad, evitando el uso banal de los recursos y mediante la conservación de los hábitats naturales, declara su compromiso con la conservación del medio ambiente, y por ello cree necesario adoptar un Código de Conducta Ambiental que se concreta en los siguientes puntos:
Punto 1. Promover la responsabilidad individual y colectiva de la comunidad universitaria hacia la conservación del medio ambiente, y poner a su alcance la formación necesaria para que pueda desarrollar sus actividades y profesiones, actuales y futuras, de una manera coherente con la conservación de la naturaleza.
Punto 2. Garantizar que las actividades que se desarrollen en la UIB sean respetuosas con el medio ambiente y minimizar los efectos que lo perturben incluyendo la política y gestión ambiental en cada uno de los ámbitos de la Universidad, de forma que el funcionamiento de la UIB pueda ser modelo de gestión y prácticas ambientalmente correctas.
Punto 3. Proporcionar unas condiciones de trabajo seguras y saludables para toda la comunidad universitaria.
Punto 4. Conservar los hábitats naturales, la flora y fauna en el marco del campus, y promover y defender acciones para la protección de la naturaleza que se desarrollen tanto a escala local como global.
Punto 5. Minimizar y optimizar el consumo de energía y substituir, donde sea posible, energías fósiles por renovables. También, reducir la contribución de la UIB a los problemas ambientales globales, como los derivados de las emisiones de CO2 y de otros gases responsables del efecto invernadero y del agujero de ozono.
Punto 6. Promover la minimización del consumo de recursos mediante políticas serias de ahorro, y favorecer el uso de materiales reutilizables, ecológicos y reciclados y las etiquetas con el sello de comercio justo y solidario.
Punto 7. Minimizar el consumo de agua, adoptando políticas de ahorro de energía y de reutilización en las propias instalaciones.
Punto 8. Evitar el uso innecesario de productos químicos y radioactivos, limitar su aplicación a niveles imprescindibles y tomar todas las medidas necesarias para que el hecho de usarlos no suponga un riesgo para la salud pública y de los ecosistemas.
Punto 9. Evitar el uso innecesario y banal de animales de experimentación y evitar que sufran innecesariamente.
Punto 10. Desarrollar una gestión eficiente de los residuos, de forma que se genere el volumen mínimo y que se eliminen de forma segura y adecuada.
Punto 11. Favorecer el transporte público y mejorar el uso del privado, y promover actuaciones para facilitar los desplazamientos de peatones, el uso de la bicicleta y la accesibilidad de los discapacitados.
Punto 12. Promover que la comunidad universitaria sea consciente, y actúe conscientemente, sobre los riesgos inherentes a la Investigación. Al mismo tiempo, fomentar la Investigación sobre temas que afecten directa e indirectamente al medio ambiente.
............................., ................. de de
Firma y sello de la empresa,