CONTRATO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE DISTRIBUCIÓN DE RADIODIFUSIÓN POR CABLE SATELITAL – POSTPAGO.
CONTRATO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE DISTRIBUCIÓN DE RADIODIFUSIÓN POR CABLE SATELITAL – POSTPAGO.
1. Objeto del contrato.
El objeto del presente Contrato de Prestación de Servicios (el “CONTRATO”) es que DIRECTV PERÚ
S.R.L. (“DIRECTV”) preste el servicio público de distribución de radiodifusión por cable en la modalidad de difusión directa por satélite (el SERVICIO) al ABONADO. Se entenderá perfeccionado el CONTRATO una vez que DIRECTV active el SERVICIO en el domicilio del ABONADO indicado en la Hoja de Datos del CONTRATO que forma parte integrante del mismo (la “Hoja de Datos”).
2. Características del servicio.
(i) El SERVICIO consiste en la provisión directa por satélite de un conjunto de señales de audio y/o televisión, para recepción en el domicilio del ABONADO indicado en la Hoja de Datos. Las señales se pueden ofrecer agrupadas en Paquetes de Programación (grupo xx xxxxxxx ofrecidos al público) o en forma individual.
(ii) Los Paquetes de Programación podrán agruparse, entre otros, en Paquetes de Programación Básicos y Paquetes Premium. Los Paquetes de Programación Premium requerirán de un Paquete de Programación Básico para su contratación. El Paquete de Programación contratado por el ABONADO se muestra en la Hoja de Datos.
(iii) Determinadas señales de audio y/o video individuales podrán ofrecerse a través xx xxxxxxx o eventos Pay-Per-View, a la carta, entre otros. Para tener acceso a las señales individuales, el ABONADO deberá contar con un Paquete de Programación Básico contratado; y, pagar el monto adicional por dichos productos o servicios, el que será cargado en el recibo mensual.
El ABONADO podrá contratar los servicios o productos adicionales y programación Premium. Éstos son independientes y no forman parte del Paquete de Programación Básico contratado. Sin perjuicio de ello, DIRECTV podrá ofrecer servicios gratuitos, por tiempo limitado y a modo experimental. En éste último caso, DIRECTV informa al ABONADO que no será responsable por la provisión de dichos servicios o su continuidad; y, el cese en su provisión no dará derecho al ABONADO a realizar reclamos de ningún tipo por tal motivo.
3. Modalidades de prestación del servicio DIRECTV
(i) La prestación del SERVICIO se regirá con carácter exclusivo por las cláusulas y condiciones establecidas en el CONTRATO, sus Anexos, el Texto Único Ordenado de las Condiciones de Uso de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones aprobada mediante la Resolución N° 138-2012-CD/OSIPTEL y sus modificatorias (“Condiciones de Uso”), las mismas que se ponen a disposición del ABONADO en la página Web: xxx.xxxxxxx.xxx.xx, así como también se regirá por lo dispuesto en las disposiciones normativas que regulan la prestación del servicio a las Normas de Televisión de Paga aprobada mediante la Resolución N°064-2018- CD/OSIPTEL.
(ii) DIRECTV informa al ABONADO que podrá modificar las siguientes condiciones del SERVICIO o de los productos y servicios adicionales:
1.- De acuerdo a lo establecido en la normativa vigente y previa comunicación al ABONADO, las señales de programación incluidas en el SERVICIO podrán ser modificadas, manteniendo el número de señales de programación contratadas. Quedando a salvo cualquier derecho que le pudiera corresponder al ABONADO de acuerdo a la legislación vigente, DIRECTV no incurrirá en responsabilidad por el contenido de la programación.
2.- DIRECTV podrá modificar: (i) las condiciones y características del SERVICIO previa aprobación del OSIPTEL de acuerdo a lo establecido en la legislación vigente, debiendo informarlo al ABONADO mediante un encarte con el texto modificado adjunto al recibo o mediante otra comunicación dirigida al ABONADO o mediante la utilización de un mecanismo distinto que OSIPTEL disponga conjuntamente con la aprobación de dicha modificación; y (ii) la retribución conforme con las normas vigentes sobre tarifas, así como en el caso de variaciones tributarias.
(iii) El SERVICIO será destinado únicamente para el uso privado del ABONADO y/o su grupo familiar directo. Queda prohibida la transmisión, retransmisión o reproducción total o parcial de cualquiera de los canales, películas, programas televisivos, radiales, periodísticos o noticiosos, música o eventos, a través de ningún medio, incluyendo locales de acceso abierto al público, tales como restaurantes, colegios, hospitales, etc.; ni se podrá utilizar la imagen, la
marca o el logotipo de DIRECTV para atraer o promocionar servicios o productos u ofrecer la programación al público en general. Tampoco se podrá utilizar, total o parcialmente, la señal, imagen o programas emitidos por DIRECTV para o en programas de televisión pública o privada de ningún tipo. El incumplimiento de estas disposiciones habilitaría a DIRECTV a suspender y/o cortar los servicios o a retirar los EQUIPOS, siguiendo para tal efecto el procedimiento aprobado por OSIPTEL. DIRECTV también podrá iniciar acciones legales para resarcirse del daño causado.
(iv) DIRECTV informa al ABONADO que en caso fortuito o de fuerza mayor, tales como factores climáticos u otros ajenos a DIRECTV, ocasionalmente se pueden producir fallas en la transmisión y/o recepción del servicio; asimismo, se informa que tales fallas pueden ser inherentes a la tecnología satelital utilizada y por tanto no imputables a DIRECTV, siempre que se haya actuado con la diligencia debida y de acuerdo a lo establecido en la normatividad vigente.
4. Precio, facturación y pago del servicio DIRECTV.
(i) El ABONADO se compromete a pagar a DIRECTV la tarifa de acceso satelital de los EQUIPOS y la tarifa por punto de prestación adicional, la tarifa de uso de aplicación periódica mensual por los Paquetes de Programación contratados y, en caso corresponda, la tarifa de uso de aplicación periódica mensual por los productos o servicios adicionales contratados que consten en el CONTRATO, en la Hoja de Datos o en sus Anexos.
(ii) La tarifa de acceso al SERVICIO será de S/540.00 soles por el decodificador en HD; de S/650.00 soles por el decodificador HD DVR; y de S/700.00 soles por el decodificador HD 4K, considerando además las promociones de la oferta comercial vigente.
(iii) El ABONADO se compromete a pagar la contraprestación por aquellos productos o servicios que solicite. Del mismo modo, se obliga a pagar las tarifas por traslado de Los EQUIPOS, implementación de puntos de prestación adicionales, reconexión y cualquier otro concepto que pudiese derivarse de la ejecución de la prestación del SERVICIO a que se refiere EL CONTRATO.
(iv) El Paquete de Programación elegido y los productos o servicios adicionales contratados por el ABONADO se facturarán mensualmente, por mes adelantado. Las señales que el ABONADO contrate de forma individual y adicional al paquete contratado (canales "Pay Per View", a la carta, etc.) se facturarán por mes vencido de acuerdo a cada compra y/o contratación realizada.
El no recibir el comprobante de pago mensual en el domicilio o correo electrónico señalado por el ABONADO no lo exime de su responsabilidad del pago puntual de los conceptos incluidos en el comprobante de pago mensual.
(v) El ABONADO deberá pagar mensualmente por el SERVICIO a DIRECTV a más tardar, en la fecha indicada como último día de pago en el comprobante de pago, a través de cualquiera de las vías de cobro autorizadas por DIRECTV. La xxxx se producirá por el simple vencimiento del plazo para el pago, sin necesidad de notificación o intimación alguna, generándose a partir de dicho momento el interés correspondiente al que se les aplicará la tasa de interés legal fijada por el Banco Central de Reserva del Perú.
5. Equipos.
(i) Con el alta del SERVICIO, el ABONADO recibirá en comodato, de parte de DIRECTV o sus agentes autorizados, los EQUIPOS, los cuales son de propiedad de DIRECTV. Cada uno de los EQUIPOS se compone de un decodificador como mínimo dependiendo del SERVICIO contratado, un control remoto, una antena parabólica, una tarjeta inteligente (smartcard), un amplificador de bajo ruido (LNB o LNBW) y los accesorios SWM (Single WireMultiswitch). Los EQUIPOS podrán prescindir de algunos de sus componentes en los casos en que DIRECTV, el agente designado por esta y/o las circunstancias de la conexión así lo determinen. Los EQUIPOS se instalarán únicamente en la locación acordada en la Hoja de Datos. La instalación la realizará personal de DIRECTV y/o el agente instalador oficial que determine. El ABONADO podría recibir en comodato EQUIPOS o accesorios adicionales de propiedad de DIRECTV.
(ii) Los EQUIPOS y equipamiento adicionales deberán permanecer en la locación de instalación indicada en la Hoja de Datos durante todo el tiempo de provisión del SERVICIO. El ABONADO podrá cambiar la ubicación de los EQUIPOS siempre y cuando cuente con el consentimiento en forma escrita y expresa de DIRECTV. Está absolutamente prohibido, bajo causal de resolución del presente contrato, que el ABONADO preste, ceda, arriende o de cualquier manera pierda la posesión directa de los EQUIPOS.
El ABONADO deberá destinar los EQUIPOS única y exclusivamente a la recepción del SERVICIO en los términos y condiciones que surgen de EL CONTRATO.
(iii) El ABONADO no podrá alterar, reemplazar y/o descartar ninguno de los elementos que componen los EQUIPOS.
En especial, se conviene expresamente que el ABONADO no podrá reemplazar la tarjeta inteligente (smart card) por ninguna otra, salvo que dicho cambio hubiese sido dispuesto por DIRECTV.
(iv) Los elementos, así como el mantenimiento y el cuidado de los EQUIPOS para la prestación del SERVICIO son de responsabilidad de DIRECTV. El ABONADO responderá frente a DIRECTV por los daños, deterioros y/o pérdida de los mismos. Sin perjuicio de la responsabilidad que le pudiera
corresponder, en caso de robo, hurto, deterioro y/o pérdida de los EQUIPOS o de cualquiera de sus componentes, el ABONADO deberá notificar talcircunstancia a DIRECTV dentro de las 24 horas de producido el evento. DIRECTV proveerá el equipamiento de red correspondiente para cada punto de prestación adicional solicitado por el ABONADO.
(v) La instalación de los EQUIPOS se efectuará en un plazo máximo de treinta (30) días calendario de suscrito el CONTRATO. Sin embargo, dada las características de la instalación, DIRECTV podrá requerir un plazo mayor, para lo cual informará oportunamente al ABONADO de la nueva fecha de instalación. La conformidad de la recepción de los EQUIPOS, instalación y correcto funcionamiento quedará demostrada con la firma de la constancia de instalación.
Si no existieran facilidades técnicas para proceder con la instalación del SERVICIO, DIRECTV informará al ABONADO sobre dicha situación. De darse el caso en el que sea posible realizar la instalación del SERVICIO, pero este requiera de prestaciones adicionales para su realización, se informará al ABONADO sobre los montos adicionales que correspondiere, los mismos que serán cobrados previa autorización expresa del ABONADO.
(vi) El ABONADO está obligado a conservar con total diligencia los EQUIPOS. En caso xx xxxxxx o desperfectos de los EQUIPOS y/o su instalación, el ABONADO comunicará a DIRECTV a fin de que ésta le envíe un técnico para realizar la revisión y/o reparación. El costo de los trabajos de revisión y/o reparación de los EQUIPOS será de cargo del ABONADO cuando sean consecuencia de hechos imputables a éste, de acuerdo a los valores vigentes y publicados en la página web de DIRECTV al momento de realizarse dichos trabajos, considerando la desvalorización por el tiempo de uso del EQUIPO y el precio xx xxxxxxx de los mismos, de conformidad a lo dispuesto en la normativa vigente. En ningún caso, el ABONADO podrá requerir servicios de reparación a personas no autorizadas por DIRECTV ni a ningún tercero distinto de DIRECTV.
(vii) Únicamente cuando el ABONADO sea responsable de los daños sufridos en los EQUIPOS y ello haya quedado acreditado, no podrá negarse a la reparación o reposición de los mismos debiendo pagar a DIRECTV los montos de reposición de los EQUIPOS que se detallan en el numeral (ix) de la presente Cláusula.
(viii) El ABONADO autoriza expresamente a DIRECTV, como titular de los EQUIPOS, que, directamente o a través de un tercero autorizado y previa coordinación verifique su estado de conservación en el domicilio de instalación.
(ix) Una vez dado de baja el SERVICIO o resuelto EL CONTRATO, el ABONADO deberá permitir el retiro de los EQUIPOS a DIRECTV, a sola solicitud de ésta y previa coordinación con el ABONADO. Los
EQUIPOS deberán estar en perfecto estado de conservación y mantenimiento, salvo el deterioro normal derivado del uso. Si el ABONADO no permitiera su retiro y devolución a sola solicitud de DIRECTV, si se hubieran extraviado, si su deterioro fuera mayor al normal uso, o si su deterioro fuera de tal magnitud que los EQUIPOS no sean susceptibles de emplearse para la recepción del SERVICIO, el ABONADO deberá pagar a DIRECTV el valor de reposición de los mismos ascendente a: S/580.00 Soles por el decodificador HD Only, S/650.00 Soles por el decodificador HD DVR, S/700.00 soles por el decodificador 4K DVR y S/13.00 Soles por el Sim Card; considerando en todos casos, la desvalorización por el tiempo de uso del EQUIPO y el precio xx xxxxxxx de los mismos, de conformidad a lo dispuesto en la normativa vigente.
6. Obligaciones específicas del Abonado.
(i) DIRECTV, previa coordinación con el ABONADO, informará la fecha en que se realizará la instalación y/o activación del SERVICIO. Por su parte, el ABONADO se obliga a permitir que el personal de DIRECTV o sus subcontratistas accedan a los lugares correspondientes a fin de efectuar los trabajos de instalación, conexión satelital, mantenimiento, verificación, reparación, inspección, retiro del SERVICIO, etc. Del mismo modo, se obliga a brindar todas las facilidades necesarias para llevar a cabo dichas labores, de modo tal que DIRECTV pueda realizar sus labores adecuadamente.
7. Plazo – Resolución del contrato.
El plazo del contrato podrá ser indeterminado o forzoso según se indique en el Anexo N°1 de EL CONTRATO. Los contratos a plazo forzoso están sujetos a condiciones económicas o comerciales más ventajosas. DIRECTV informará al ABONADO que al vencimiento del plazo forzoso el contrato de ABONADO será a plazo indeterminado. Sin perjuicio de ello:
(i) EL ABONADO podrá resolver el CONTRATO dando por terminado el SERVICIO en cualquier momento y sin invocación de causa, para lo cual deberá comunicar a DIRECTV dicha decisión con una anticipación no menor a cinco (5) días hábiles ni mayor de un (1) mes calendario.
(ii) DIRECTV por su parte, podrá resolver el contrato, de conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de las Condiciones de Uso en caso de incumplimiento de las siguientes obligaciones:–(1) Falta de pago oportuno de una mensualidad lo que facultará a DIRECTV a suspender, cortar y/o dar de baja el SERVICIO de conformidad con lo establecido en el artículo 75 del Texto único Ordenado de las Condiciones de Uso de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones.
(2) En caso el ABONADO manipulara directamente o a través de terceros Los Equipos o las conexiones efectuadas por DIRECTV o en caso realizara
conexiones adicionales no autorizadas. A tal efecto, se seguirá previamente el procedimiento para la suspensión cautelar y el corte definitivo por uso indebido de los servicios públicos de telecomunicaciones, mediante el procedimiento previamente aprobado por el OSIPTEL.
(3) En caso el ABONADO cediera de cualquier modo o manera el SERVICIO a terceros, compartiera el SERVICIO con terceros, distribuyera la programación, utilizara el SERVICIO en contravención con lo indicado en la cláusula 3 literal
(iii) del presente CONTRATO. A tal efecto, se seguirá previamente el procedimiento para la suspensión cautelar y el corte definitivo por uso indebido de los servicios públicos de telecomunicaciones, mediante el procedimiento previamente aprobado por el OSIPTEL.
En caso de resolución del CONTRATO a plazo indeterminado por parte del ABONADO, subsiste la obligación de pago de los importes adeudados y los servicios prestados por DIRECTV hasta la fecha de terminación del CONTRATO. En caso el ABONADO solicite la resolución del CONTRATO a plazo forzoso, el ABONADO deberá asumir el pago de una penalidad equivalente a los cargos mensuales pendientes de pago para la culminación del plazo forzoso.
En caso de baja de conformidad a lo señalado en el inciso (II) numeral 1 del presente apartado, DIRECTV podrá recoger los EQUIPOS entregados en comodato, dándose por resuelto el CONTRATO por culpa o incumplimiento del ABONADO.
El ABONADO deberá cancelar: (i) la totalidad del saldo adeudado incluyendo intereses; y, (ii) En caso xx xxxxx, la tarifa de reactivación vigente al momento de la solicitud, para que DIRECTV la realice.
En caso de resolución del CONTRATO a plazo forzoso por falta de pago del SERVICIO, el ABONADO deberá pagar una penalidad equivalente a todos los cargos mensuales restantes para concluir el plazo forzoso. Adicionalmente, EL ABONADO deberá pagar todos los importes adeudados y los servicios prestados por DIRECTV hasta la fecha de terminación del contrato. En cualquier caso de resolución o terminación del presente contrato será de aplicación lo señalado en el acápite (ix) dé la Cláusula 5 del presente CONTRATO.
8. Cesión de posición contractual.
El ABONADO acuerda que DIRECTV podrá, en cualquier momento, ceder su posición contractual a favor de empresas matrices, participadas, filiales o subsidiarias. DIRECTV informará al ABONADO dicha cesión a través del envío de una carta al domicilio de instalación y/o de un correo electrónico a la dirección electrónica señalada en la Hoja de Datos.
Por su lado, el ABONADO podrá ceder su posición contractual a un tercero. Para ello, deberá remitir una comunicación escrita a DIRECTV en la que anexe el
acuerdo de cesión contractual (derechos y obligaciones). La aceptación de la cesión de posición contractual por parte de DIRECTV queda sujeta a lo dispuesto por las Condiciones de Uso. Los costos de traslado de los EQUIPOS o cualquier otro que permita que se le preste el SERVICIO serán de costo del cesionario, lo cuales deberán ser cancelados a DIRECTV dentro de los cinco (5) días calendario de aceptada la cesión. Se entiende que la cesión incluirá las deudas pendientes de pago por parte del ABONADO.
9. Competencia.
Para todo efecto contractual, las partes señalan como sus domicilios los que aparecen consignados para cada una de ellas en la Hoja de Datos. El ABONADO deberá informar a DIRECTV, por escrito y con 30 días calendario de anticipación, el cambio de domicilio. En caso de no hacerlo, se considerarán validos los requerimientos y notificaciones que le sean cursados al domicilio consignado en la Hoja de Datos o en el último domicilio conocido por DIRECTV. En todo aquello que no sea competencia exclusiva de OSIPTEL, las partes se someten a la competencia de Jueces y Tribunales del Distrito Judicial del Cercado de Lima, sin perjuicio de la competencia de OSIPTEL para la atención de Reclamos de Usuarios.
10. Información del Abonado.
De conformidad con la Ley de Protección de Datos Personales (Ley N°29733) y su Reglamento (D.S. N°003-2013-JUS), los datos personales que el cliente provea al momento de la contratación de el/los servicio(s) y/o durante su prestación, serán utilizados y tratados para la ejecución de la relación contractual. Asimismo, le informamos que mediante el anexo “Condiciones del Tratamiento de Datos Personales”, DIRECTV detalla los aspectos relacionados al tratamiento de sus datos personales proporcionados a DIRECTV.
Fecha:
EL ABONADO |
DIRECTV |
XXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXXX GERENTE LEGAL Y DE ASUNTOS REGULATORIOS |