Contract
PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DE TRABAJOS DE ASISTENCIA TÉCNICA PARA LA REDACCIÓN DEL PROYECTO BÁSICO Y DE EJECUCIÓN DE LA REORDENACIÓN DE LA AVENIDA CAPITÀ XXXXXXX – XXXXX X CONQUERIDOR
1.- DESARROLLO DE LOS TRABAJOS DE ASISTENCIA TÉCNICA.
Los trabajos se realizarán bajo la continua supervisión de los técnicos municipales y durante la redacción de los proyectos se plantearán las reuniones de trabajo necesarias para el correcto desarrollo de los mismos, en las que los técnicos adjudicatarios podrán consultar dudas y/o recibir instrucciones de los técnicos municipales.
Los técnicos municipales podrán plantear las rectificaciones al proyecto que consideren oportunas, que el adjudicatario habrá de corregir en el plazo que establezcan los mismos.
El adjudicatario presentará en soporte papel CUATRO ejemplares completos del proyecto corregido y otro en soporte informático, en formatos PDF, DWG y BC3. Asimismo, presentará en los correspondientes Colegios Oficiales, para su visado correspondiente, un mínimo de DOS ejemplares, que serán posteriormente entregados a los técnicos municipales.
Todos los gastos de visado que se generen serán de cuenta del adjudicatario.
Será obligación del adjudicatario contestar y resolver los requerimientos municipales que puedan suscitarse previos a la obtención de la preceptiva licencia de obra.
Asimismo, será obligación del adjudicatario colaborar con los técnicos municipales para la obtención de las preceptivas licencias.
2.- SUBCONTRATACIÓN DE LA ASISTENCIA TECNICA.
Los trabajos correspondientes a la Dirección Facultativa y Asistencia técnica deberán realizarse por el personal técnico relacionado en la correspondiente oferta, y no podrán ser objeto de subcontratación en parte alguna, sin autorización expresa del Ayuntamiento.
3.- CONTENIDO DE LOS TRABAJOS DE ASISTENCIA TECNICA.
Los trabajos a que se refiere el presente contrato son los de Asistencia técnica para la redacción de los proyectos básico, de ejecución, de instalación y los estudios de seguridad y salud a realizar por el Ayuntamiento, de acuerdo con la normativa legal de aplicación y la específica de las Entidades Locales.
A partir de la adjudicación del presente contrato y una vez formalizado el mismo, el Ayuntamiento entregará al adjudicatario la documentación necesaria y suficiente para la realización de los proyectos.
4.- ACTIVIDADES A DESARROLLAR.
A continuación se establecen las fases para el desarrollo de los trabajos, a las que deberá ajustar la Asistencia Técnica su actuación:
4.1.- Fase de Proyecto.
4.1.1.- Proyecto de Reordenación.
Los proyectos deberán ajustarse a la Ley y al planeamiento, y comprender al menos:
a) Una memoria en la que se describa el objeto de las obras, que recogerá los antecedentes y situación previa a las mismas, las necesidades a satisfacer y la justificación de la solución adoptada, detallándose los factores de todo orden a tener en cuenta. Dicha memoria contendrá una previsión de personas a ocupar en la ejecución del proyecto.
b) Los planos de conjunto y de detalle necesarios para que la obra quede perfectamente definida, así como los que delimiten la ocupación de terrenos y la restitución de servidumbres y demás derechos reales, en su caso, y servicios afectados por su ejecución.
c) El pliego de prescripciones técnicas particulares, donde se hará la descripción de las obras y se regulará su ejecución, con expresión de la forma en que esta se llevará a cabo, las obligaciones de orden técnico que correspondan al contratista, y la manera en que se llevará a cabo la medición de las unidades ejecutadas y el control de calidad de los materiales empleados y del proceso de ejecución.
d) Un presupuesto, integrado o no por varios parciales, con expresión de los precios unitarios y de los descompuestos, en su caso, estado de mediciones y los detalles precisos para su valoración.
e) Un programa de desarrollo de los trabajos o plan de obra de carácter indicativo, con previsión, en su caso, del tiempo y coste.
f) Las referencias de todo tipo en que se fundamentará el replanteo de la obra.
g) El estudio de seguridad y salud o, en su caso, el estudio básico de seguridad y salud, en los términos previstos en las normas de seguridad y salud en las obras.
h) Cuanta documentación venga prevista en normas de carácter legal o reglamentario.
2. No obstante, para los proyectos de obras de primer establecimiento, reforma o gran reparación inferiores a 350.000 euros, y para los restantes proyectos enumerados en el artículo anterior, se podrá simplificar, refundir o incluso suprimir, alguno o algunos de los documentos anteriores en la forma que en las normas de desarrollo de esta Ley se determine, siempre que la documentación resultante sea suficiente para definir, valorar y ejecutar las obras que comprenda. No obstante, solo podrá prescindirse de la documentación indicada en la letra g) del apartado anterior en los casos en que así esté previsto en la normativa específica que la regula.
3. Salvo que ello resulte incompatible con la naturaleza de la obra, el proyecto deberá incluir un estudio geotécnico de los terrenos sobre los que ésta se va a ejecutar, así como los informes y estudios previos necesarios para la mejor determinación del objeto del contrato.
4. Cuando la elaboración del proyecto haya sido contratada íntegramente por la Administración, el autor o autores del mismo incurrirán en responsabilidad en los términos establecidos en los artículos 286 a 288 de la Ley de Contratos del Sector Público. En el supuesto de que la prestación se llevara a cabo en colaboración con la Administración y bajo su supervisión, las responsabilidades se limitarán al ámbito de la colaboración.
5. Los proyectos deberán sujetarse a las instrucciones técnicas que sean de obligado cumplimiento.
6. En los proyectos deberá hacerse constar, en lugar visible, la leyenda “Fondo de Inversión Local para el empleo – Gobierno de España”.
4.1.2.- Los Planos deberán redactarse en una escala comprendida entre 1:500 y 1:2.000 y, en todo caso, con la claridad suficiente para que puedan percibirse los linderos y demás grafismos.
4.1.3.- La simbología gráfica y la numeración de las parcelas debe ser uniforme y unívoca en todo el proyecto. No podrán utilizarse símbolos contrarios a los que sean comunes en la práctica usual no que conduzcan a error o cuyo significado no se explique en debida forma.
4.1.4.- El Presupuesto de Ejecución Material del Proyecto (P.E.M.) orientativo, tomado como base para el cálculo del coste del servicio se estima en 1.050.000,00 euros.
El precio del presente contrato asciende a la cuantía de CUARENTA Y NUEVE MIL EUROS (49.000,00 €).
El precio cierto anterior queda desglosado en un importe estimado de CUARENTA Y DOS MILDOSCIENTOS CUARENTA Y UN MIL EUROS CON TREINTA Y OCHO CENTIMOS DE
EURO (42.241,38 €) y en el Impuesto sobre el Valor Añadido de SEIS MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y OCHO EUROS CON SESENTA Y DOS CÉNTIMOS DE EURO (6.758,62 €).
El precio se abonará con cargo a la partida 751611 del Presupuesto Municipal para 2008, existiendo crédito suficiente hasta el importe aprobado por el Ayuntamiento.