Memorando de Acuerdo
Memorando de Acuerdo
Acuerdo entre SAG-AFTRA / Telemundo Television Studios, LLC 1 de octubre de 2021
1. Compensación mínima (artículo 4 / anexo A)
A. Aumentos de la tasa anual de 3% por año durante un período de 3 años, comenzando en la fecha de vigencia del Acuerdo.
2. Beneficios (artículo 5)
Aumentar la tasa de contribución a Retiro y Salud en un 0.5% a un total de 11.5% en el último día del plazo del contrato (asignación de 8.31% a Plan de Salud de SAG-AFTRA y 3.19% al Fondo de Jubilación de SAG; índice de asignación: 72.27% a salud y 27.73% a retiro).
3. Compensación por reutilización (artículo 6)
A. Enmendar el Artículo 6.B para incluir regalías por la exhibición de SVOD/AVOD en Xxxxxxx a la tasa aplicable a SVOD, sujetas a acreditación contra compensación inicial por exceso de escala (cantidades que excedan el 100% de la escala) según lo dispuesto por el Artículo 6.E, excepto que tal acreditación no excederá el 70% de cualquier pago de regalías a cualquier miembro del elenco, y estará sujeta al primer Anexo mencionado en la Sección 12 de este memorando de acuerdo (“MOA”). Esta disposición excluye el contenido producido por Telemundo para su exhibición inicial en Xxxxxxx.
B. Agregar una nueva disposición sobre pagos e informes de la siguiente manera:
“La empresa proporcionará informes y realizará el pago de las regalías, si las hubiera, en función de los ingresos que reciba del lanzamiento de un programa/serie en cualquier plataforma o mercado que provea regalías durante un año calendario a más tardar sesenta
(60) días después del cierre del primer trimestre de cada año calendario sucesivo. Se aplicará una multa por pago tardío del 0.5% por mes a partir de los treinta (30) días posteriores a la recepción de una notificación por escrito de SAG-AFTRA informando a la Compañía que ha excedido dicho plazo de presentación de informes y pago".
C. Eliminar los créditos contra regalías en el Artículo 6.E, excepto para los proyectos exhibidos en Xxxxxxx como se establece en la Sección 3.A de este MOA. Se aplica solo a proyectos producidos en o después de la fecha de ratificación de este MOA, excepto como se establece en el segundo Anexo mencionado en la Sección 12 de este MOA.
4. Períodos de comida (artículo 11)
A. Modificar el artículo 11 de la siguiente manera: “ . . . dentro de las seis (6) horas posteriores al llamado inicial , o dentro de las 6 horas posteriores al último período de comida ".
X. Xxxxxxx el período de comida como no menos de una (1) hora, con el artista libre de todos sus deberes. Se permite un período de comida de media hora si se proporciona una comida sana y equilibrada, que incluya opciones vegetarianas, y la Compañía hará todos los esfuerzos razonables para ofrecer opciones veganas. La Compañía proporcionará un área adecuada para comer y descansar, con mesas y sillas para todos los artistas.
C. Agregar multas por violaciones de provisiones relacionadas con comidas de $10 por la primera infracción en un día, $20 por la segunda infracción en un día, con la excepción de que no se pagarán multas si la Compañía proporciona comidas dentro de un período xx xxxxxx de 15 minutos luego de las seis (6) horas desde el llamado inicial o el último período de comida (según corresponda), dicho período xx xxxxxx no será programado ni rutinario.
Enmendar el Artículo 11 y el Artículo 7.H únicamente para hacer que la aplicación de sanciones por violaciones del período de comida esté sujeta a quejas y arbitraje. En caso de otras inquietudes relacionadas con el cumplimiento de este artículo, las partes se reunirán para abordarlas durante la vigencia del Acuerdo.
5. Horas extras (artículo 12)
Enmendar el artículo 12 para exigir el pago de tiempo y medio, calculado al mínimo aplicable, por las horas trabajadas en un día después de las 12 horas. Las horas extras también se aplicarán a los dobles de acción.
6. Descanso entre días (artículo 13)
A. Aumentar el descanso entre días a 11 horas, excepto en locación, donde se sigue aplicando la disposición actual de descanso entre días. En el Anexo de COVID, en la disposición que permite hasta 30 minutos de tiempo par realizar pruebas de COVID no activa la penalización; dicho tiempo es compensable para todos menos el elenco principal.
B. Aumentar la multa por violación del período de descanso (llamado forzado) a $30 pagados en incrementos de media hora (actualmente $20 / hora, en incrementos de un cuarto de hora).
7. Cancelación (artículo 20)
Enmendar el artículo 20 para requerir un aviso de cancelación antes de las 4 pm del día anterior.
8. Plazo (artículo 22)
A. Tres (3) años a partir de la ratificación o el 1 de octubre de 2021, lo que ocurra primero. Los cambios en los términos del contrato no serán efectivos hasta la ratificación.
X. Xxxxxxx el siguiente texto en el artículo 22:
"En el caso de que alguna de las partes no haya entregado notificación oportuna y adecuada de la terminación para la fecha de vencimiento anterior, el Acuerdo se extenderá día a día hasta treinta (30) días después de que cualquiera de las partes notifique a la otra por escrito de la terminación;
9. Acoso / Seguridad (nuevo)
Incorporar el Párrafo 97.B del Código de Redes sobre Acoso y el Anexo sobre Seguridad en las Audiciones, sujeto a cambios de conformidad.
10. Engagement (nuevo)
Agregar una nueva disposición titulada "Engagement", de la siguiente manera:
“La Compañía hará todos los esfuerzos razonables para garantizar que los Artistas tengan un aviso previo específico del papel que se interpretará, la fecha y el lugar del ensayo o actuación inicial y el calendario de rodaje (si está disponible). Si hay problemas frecuentes por no proporcionar dicho aviso, las partes se reunirán para abordar dichos problemas ".
Enmendar el artículo 7.E para disponer que las presuntas violaciones de este artículo no estarán sujetas a quejas y arbitraje.
11. Seguridad ante COVID
Agregar un Anexo nuevo que indique:
“La Compañía adoptará y estará sujeta a las disposiciones de vacunación, pruebas / detección de COVID y seguridad del Acuerdo de Retorno al Trabajo de Sindicatos Conjuntos - AMPTP (“RTW ”) tal como existe al momento de la ratificación de este Acuerdo. El pago por cuarentena como se establece en el RTW será libremente negociable bajo este acuerdo, y las disposiciones de licencia por enfermedad con COVID no se incorporan aquí. Las disposiciones de vacunación del RTW no se limitarán a la “Zona A” (como se usa ese término en el RTW). Cualquier modificación al RTW se aplicará automáticamente a este Acuerdo a menos que la Compañía notifique al Sindicato dentro de los treinta (30) días posteriores a la fecha de dicha modificación de la intención de la Compañía de reabrir el Acuerdo en cuanto a cualquier modificación material de esas disposiciones.
“El período de descanso de 11 horas, excepto en locación, especificado en el Artículo 13 del Acuerdo (“Descanso entre días ”) no se considerará invadido por un período de hasta 30 minutos dedicado a las pruebas de COVID al inicio de una jornada laboral, pero dicho tiempo dedicado a las pruebas se considerará como tiempo de trabajo excepto para el elenco principal del Reparto ".
12. Anexo(s) adicional(es)
Agregar un Anexo que acuerde que, durante la vigencia de este MOA, el Sindicato no cuestionará el monto o el cálculo de las tarifas de licencia, reales o imputadas, asociadas con la reutilización de la programación de Telemundo en Xxxxxxx.
Agregue un Anexo confirmando que “La Mujer de Mi Vida” calificará para la cobertura bajo la Sección 3.C de este MOA.
Redacción
Suprímase el subpárrafo B del artículo 3 ("Acceso del Sindicato").
Corregir errores tipográficos en el Artículo 4.F (“Compensación mínima; Comisiones”).
1
1 La versión original en inglés de este documento será la versión vinculante. Este documento se proporciona solo para su conveniencia.