Contract
Turismo de Tenerife
Tenerife Tourism Corporation
PLIEGO DE CONDICIONES GENERALES PARA LA CELEBRACIÓN DE UN CONTRATO DE SERVICIOS CONSISTENTE EN LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE AGENCIA DE VIAJE PARA TURISMO DE TENERIFE MEDIANTE EL PROCEDIMIENTO ABIERTO
1. OBJETO Y RÉGIMEN JURÍDICO 3
2. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN 3
7. CAPACIDAD Y SOLVENCIA PARA CONTRATAR 5
9. PROPOSICIONES Y PLAZO DE ENTREGA 5
10. CONTENIDO DE LA DOCUMENTACIÓN 7 Sobre 1: documentación administrativa acreditativa de solvencia y capacidad 7 Sobre 2: propuesta técnica 9 Sobre 3: propuesta económica 9
12. CRITERIOS DE VALORACIÓN Y ADJUDICACIÓN 9 Criterios de valoración de la oferta técnica 10 Criterios de valoración de la oferta económica 11 Criterios de valoración de las mejoras técnicas. 12 13.- CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES 12
16.- DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DE ESTAR AL CORRIENTE EN OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y CON LA SEGURIDAD SOCIAL 15
17.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO 16
18.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA 16
20.- CUMPLIMIENTO DE LOS PLAZOS 19
21.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO 20
Xxxx. Xxxxxxxxxxxx, 00 · 00000, X/X xx Xxxxxxxx · Xxxxx Xxxxxxxx · Xxxxxx · x00 000 000 000 · x00 000 000 000 (fax) ·xxx.xxxxxxxxxxx.xxx
22.- CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO 21
23.- RESOLUCIÓN Y EXTINCIÓN DEL CONTRATO 21
24.- DEBER DE CONFIDENCIALIDAD 21 ANEXO I.- DECLARACIÓN RESPONSABLE 23 ANEXO II.- PROPUESTA ECONÓMICA 24
PLIEGO DE CONDICIONES GENERALES PARA LA CELEBRACIÓN DE UN CONTRATO DE SERVICIOS CONSISTENTE EN LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE AGENCIA DE VIAJE PARA TURISMO DE TENERIFE MEDIANTE EL PROCEDIMIENTO ABIERTO
1. OBJETO Y RÉGIMEN JURÍDICO
El presente pliego de condiciones generales tiene por objeto la contratación por parte de SPET, TURISMO DE TENERIFE, S.A., en adelante TURISMO DE TENERIFE, de los servicios de agencia de viaje.
El objeto del contrato consistirá, por tanto, en la gestión de reservas de alojamientos y medios de transporte, emisión de billetes de transporte y, en su caso la modificación o anulación de estos, el alquiler de vehículos, y en general cualquier asistencia, trámite, documentación o servicio necesaria para la programación de los viajes que resulten necesarios con motivo de los desplazamientos y estancias que, por razones del servicio, realice el personal de la empresa.
Asimismo, se requerirá sus servicios para la gestión y organización de las necesidades derivadas de los eventos organizados por Turismo de Tenerife.
El procedimiento de adjudicación del contrato se regirá por lo establecido en este pliego, de acuerdo con lo previsto en las Instrucciones Internas de Contratación de TURISMO DE TENERIFE, y subsidiariamente, por lo establecido en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante TRLCSP).
El contrato a que se lleve a cabo a raíz del presente pliego se justifica en la necesidad de Turismo de Tenerife de contar con un control de los gastos y servicios ofrecidos, habida cuenta el gran número de desplazamientos que deben efectuarse de acuerdo con el plan de acción de Turismo de Tenerife, con la finalidad de que repercuta en la mejora de la imagen turística de Canarias.
En aplicación de lo exigido por los artículos 13 y 16 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, el contrato que se pretende adjudicar no está sujeto a regulación armonizada, puesto que se trata de un contrato privado de servicios comprendido en y su valor máximo estimado, calculado conforme a las reglas que se establecen en el artículo 88 TRLCSP, es de 180.000,00 EUROS.
2. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN
El presente contrato se adjudicará a través de procedimiento abierto. Cada empresario o persona física podrá presentar una proposición, quedando excluida toda negociación de los términos del contrato con los licitadores.
La adjudicación recaerá sobe el licitador que, en su conjunto, haga la proposición más ventajosa en función de los criterios objetivos establecidos a tal fin en este pliego.
3. PRECIO
El volumen total de la contratación a realizar por estos servicios estará en función de las necesidades reales que efectivamente se produzcan durante el periodo de ejecución, por lo que no se puede precisar con exactitud; aunque el precio aproximado, según las necesidades del período anterior, es 180.000 euros.
De la citada cantidad, el contratista obtendrá lo que corresponda en concepto de comisiones por la gestión y el resto lo constituirá el pago a los distintos proveedores por los servicios contratados.
Este presupuesto sólo obliga a TURISMO DE TENERIFE como máximo no superable en su conjunto, resultando las obligaciones económicas exclusivamente de los servicios que se presten, es decir, gestión de reservas de alojamientos y medios de transporte, emisión de billetes de transporte y, en su caso la modificación o anulación de estos, el alquiler de vehículos, y en general cualquier asistencia, trámite, documentación o servicio necesaria para la programación de los viajes que resulten necesarios con motivo de los desplazamientos y estancias que, por razones del servicio, realice el personal de la empresa.
En la referida cantidad se entiende incluida la totalidad de los conceptos que comprenda la prestación del servicio, así como cualesquiera costes, suplidos, tasas, impuestos, honorarios u otros equivalentes derivados de la realización de los propios Servicios de una Agencia de Viajes, tales como, visados.
4. REVISIÓN DE PRECIOS
De conformidad con lo establecido en el artículo 89.1 del TRLCSP, en el presente contrato no se procederá a la revisión de precios.
5. EXISTENCIA DE CREDITO
Dentro de las previsiones presupuestarias de TURISMO DE TENERIFE, existe crédito suficiente para la realización de este contrato.
6. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
El Órgano de Contratación será el Presidente de TURISMO DE TENERIFE, que formalizará la propuesta de contratación elaborada por la mesa.
El mencionado órgano tiene facultad para adjudicar el correspondiente contrato y, en consecuencia, ostenta las prerrogativas de interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar
los efectos de ésta, con sujeción a la normativa aplicable y en los términos expuestos en el presente pliego. Los acuerdos que a este respecto dicte serán ejecutivos, sin perjuicio del derecho del contratista a su impugnación ante la jurisdicción competente.
7. CAPACIDAD Y SOLVENCIA PARA CONTRATAR
Podrán ser adjudicatarios de este contrato las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en prohibiciones para contratar establecidas en el artículo 60 del TRLCSP y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, en los términos señalados en este pliego.
No podrán concurrir a esta licitación aquellas empresas que de alguna forma hubiesen participado en la redacción de las condiciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato. La presentación de propuestas a este procedimiento de adjudicación supone el cumplimiento de esta condición general.
Sólo podrán ser adjudicatarios del contrato aquellas empresas y profesionales cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que permita la realización de servicios contemplada en el presente pliego.
Asimismo, los empresarios y profesionales deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económica, financiera, profesional y técnica determinada en el presente pliego, así como las necesarias pólizas de responsabilidad civil que den cobertura al ejercicio de su actividad.
También será requisito de acceso a la licitación que las empresas posean una línea telefónica de resolución de incidencias, debido a las necesidades temporales que justifican la celebración de un contrato de estas características, que, como mínimo, cubra el horario de de 8 am a 4 pm.
8. PLAZO DE EJECUCIÓN
La duración del contrato será de 12 meses, sin posibilidad de prórroga.
9. PROPOSICIONES Y PLAZO DE ENTREGA
El plazo para la presentación de la documentación requerida en el presente concurso será de 15 días naturales desde la fecha de publicación del presente pliego en el perfil del contratante de la entidad.
La presentación de la documentación podrá realizarse mediante entrega en las oficinas indicadas en el anuncio de licitación, bien personalmente o bien mediante envío por mensajería entregado dentro del plazo señalado. También podrá realizarse mediante envío por correo ordinario, en cuyo caso el interesado deberá acreditar, con el resguardo correspondiente, la fecha de imposición del envío y comunicar en el mismo día al órgano de contratación, por fax o telegrama, la remisión de la proposición.
No obstante, transcurridos diez días naturales desde la finalización del plazo, no será admitida ninguna proposición enviada por correo.
Los interesados podrán examinar también el pliego y documentación complementaria en las oficinas señaladas en el anuncio de licitación.
La presentación de proposiciones presume la aceptación incondicionada por el empresario profesional del contenido del presente pliego, sin salvedad alguna.
TURISMO DE TENERIFE se reserva el derecho de modificar los términos de la convocatoria, incluida su anulación, en cualquier momento antes de que finalice el plazo de presentación de proposiciones, procediendo, en su caso, a publicar nuevos anuncios.
TURISMO DE TENERIFE podrá desistir del procedimiento de adjudicación del contrato iniciado, con anterioridad a su adjudicación, siempre que exista causa que lo justifique y se determine en la resolución que se adopte a tal fin, debiendo comunicar tal decisión a los empresarios y profesionales que hubieran presentado oferta.
La documentación a presentar por los licitadores habrá de ser original o bien copias que tengan carácter de auténticas o compulsadas conforme a la legislación vigente en la materia.
Cada licitador no podrá presentar más de una sola proposición a la licitación. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en agrupación temporal con otras si ha presentado otra individualmente o figurar en más de una unión temporal. La vulneración de estos requisitos dará lugar automáticamente a la inadmisión de todas las propuestas por él suscritas.
TURISMO DE TENERIFE se reserva la facultad de comprobar la veracidad del contenido de la documentación presentada por los licitadores, entendiéndose que la falsedad o inexactitud de los datos supondrá la desestimación de la oferta o, en su caso, la resolución del contrato por incumplimiento imputable al contratista, con pérdida de la garantía definitiva constituida, sin perjuicio de los daños y perjuicios ocasionados que sean exigibles.
TURISMO DE TENERIFE podrá desistir del procedimiento de adjudicación del contrato iniciado, con anterioridad a su adjudicación, siempre que exista causa que lo justifique y se determine en la resolución que se adopte a tal fin, debiendo comunicar tal decisión a los empresarios y profesionales que hubieran presentado oferta.
10. CONTENIDO DE LA DOCUMENTACIÓN
Las proposiciones contendrán tres (3) sobres cerrados y firmados por el licitador o persona que lo represente, para cada una de las propuestas presentadas, independientemente de que sean realizadas por la misma entidad, identificados en su exterior con indicación de (1) la licitación a que se concurre, en los términos señalados en el punto siguiente, (2) el nombre y apellidos o denominación social de la empresa licitadora, (3) números de teléfono y de fax, así como (4) dirección de correo electrónico.
El contenido de cada sobre, que deberá estar relacionado en hoja independiente será el siguiente: sobre núm. 1: documentación administrativa acreditativa de solvencia y capacidad; sobre núm. 2: propuesta técnica que contendrá los aspectos de la oferta relacionados con las condiciones técnicas del contrato y sobre núm. 3: la proposición económica ajustada al modelo que se incluye en este pliego.
La inserción de información relativa a criterios evaluables mediante fórmula matemática en cualesquiera otros sobres cuya referencia no sea el número 3, o cualquier referencia al contenido económico de la propuesta establecida en lugar distinto del mencionado, dará lugar a la pérdida del derecho a la participación en el procedimiento por producir una alteración en las condiciones de igualdad de los licitadores en el concurso.
En cada sobre se habrá de especificar lo siguiente: «Referencia: CONTRATO DE SERVICIOS CONSISTENTE EN LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE AGENCIA DE VIAJE».
Contenido de cada uno de los sobres.
Sobre 1: documentación administrativa acreditativa de solvencia y capacidad.
Deberá contener los documentos expresados con posterioridad, teniendo en cuenta que, para el caso de que los documentos sean de procedencia extranjera, habrán de venir traducidos mediante la intervención de un traductor jurado. Igualmente, la documentación relativa al sobre nº1 deberá encontrarse indexada, y seguir el orden establecido de forma subsiguiente:
• Escritura de constitución de la empresa, escrituras de modificación posteriores y DNI y escritura de poderes de la persona que actúa en representación de la empresa, así como los Estatutos de esta, o cualquier otro documento oficial que permita la comprobación fehaciente de la actividad de la empresa. La actividad principal de la empresa deberá tener por objeto los servicios de mediación en la venta de billetes, reservas de plazas en toda clase de medios de transportes, así como la contratación de alojamientos en establecimientos hoteleros y extra hoteleros.
• En el caso de empresarios individuales DNI en vigor.
• Declaración responsable del licitador de no estar incurso en las prohibiciones para contratar, conforme al artículo 60 del TRLCSP, comprendiendo expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes; así como del cumplimiento por parte de la empresa de la normativa vigente en materia de protección de datos. (Anexo I)
En tal caso, el licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación, deberá acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos y relativos al cumplimiento de las obligaciones tributarias y de seguridad social correspondientes.
• Documentación (certificaciones) que justifique la solvencia técnica necesaria, mediante una relación de los principales servicios o trabajos realizados similares a los que son objeto del presente contrato realizados en los últimos tres años que incluya importes, fechas y beneficiarios públicos o privados de los mismos, en los términos señalados en el artículo 78.1.a) del TRLCSP. El importe total de los servicios o trabajos ejecutados deberá ser como mínimo de 180.000 €.
Al margen de acreditar su solvencia técnica por el medio indicado, los licitadores deberán asumir el compromiso de adscribir a la ejecución del contrato los medios personales y materiales suficientes para llevarla a cabo adecuadamente, medios cuya relación detallada deberán incluir en el sobre núm. 2 del contenido de las proposiciones y cuya disposición efectiva deberá acreditar documentalmente el licitador que resulte propuesto como adjudicatario; debiendo contar el adjudicatario con la estructura organizativa y con los medios y solvencia técnica necesarios para la ejecución de las prestaciones objeto del contrato. La efectiva adscripción de tales medios a la ejecución del contrato se considera obligación esencial a los efectos previstos en el artículo 223.f) del TRLCSP.
• Documentación que justifique la solvencia económica y financiera mediante declaración apropiada de entidades financieras, así como con la disposición de seguro de responsabilidad civil por importe igual o superior a 180.000 mil euros, lo cual se acreditará mediante el correspondiente documento en vigor.
• Indicación del responsable técnico encargado de este contrato y su capacitación (CV actualizado).
• Inscripción como Agencia de Viajes en el correspondiente Registro del Gobierno de Canarias u Órgano que corresponda.
Quedarán excluidos del concurso, aquellos licitadores que no presentaran la documentación anteriormente señalada, transcurrido en todo caso los plazos destinados a subsanar documentación, previo requerimiento.
Sobre 2: propuesta técnica
Contendrá una propuesta técnica de acuerdo con lo establecido en los criterios de valoración y adjudicación (cláusula 12). Entre ellos destacarán, sin perjuicio de la valoración establecida como criterio de elección de las ofertas, la presentación de una memoria explicativa del proyecto, el equipo personal propuesto para su realización y un cuadro resumen de la visión del proyecto en su conjunto. Teniendo en cuenta, en cualquier caso que la empresa adjudicataria se compromete a prestar el servicio con la máxima rapidez y eficacia, utilizando a tal efecto los medios mecánicos, informáticos o de cualquier otra clase que considere que mejor garantizan la finalidad perseguida y para la resolución de las incidencias que surjan durante el viaje. Los medios utilizados para la prestación del servicio serán por cuenta del adjudicatario.
Sobre 3: propuesta económica
Se aportará la cantidad que establezca el montante económico necesario para dar cumplimiento a las propuestas técnicas anteriores y de acuerdo con el modelo establecido en el Anexo II.
11. MESA DE CONTRATACIÓN
La Mesa de Contratación del procedimiento estará compuesta por los siguientes miembros:
En funciones de Presidente de la Mesa, un Directo de Departamento de Turismo de Tenerife.
Tres técnicos de TURISMO DE TENERIFE vinculados al Departamento de Marketing y Comunicación y al Departamento de Promoción Turística.
El Director del Departamento de Administración y Finanzas o persona que éste designe, en funciones de Secretario de la Mesa.
Corresponderá a la mesa de contratación el examen de toda la documentación relativa al procedimiento, estableciendo en el caso del sobre 1 las admisiones o posibles inadmisiones, y valorando las propuestas técnicas y económicas, en este orden.
Corresponderá a la mesa formular y elevar la propuesta de adjudicación del contrato al órgano de contratación.
12. CRITERIOS DE VALORACIÓN Y ADJUDICACIÓN
La Mesa de Contratación valorará las proposiciones y propondrá la contratación del licitador que mejor valorado en base a las propuestas presentadas, puntuadas sobre 100 y con la siguiente distribución de puntuación por cada uno de estos dos aspectos a valorar:
1) Propuesta técnica: hasta 44 puntos.
2) Oferta económica: hasta 51 puntos.
3) Mejoras técnicas: hasta 5 puntos.
Criterios de valoración de la oferta técnica
Se otorgará 44 puntos a la oferta técnica que obtenga más puntuación, de acuerdo con los siguientes criterios:
Criterios no evaluables mediante fórmulas. Valoración. | 44 puntos | |
1.1 | Gestión de compañías low cost, así como vuelos charter, y vuelos regulares (habituales en buscadores GDS). Se valorará positivamente las ofertas que contemplen la gestión de compañías low cost, y tipos de vuelo charter. Se valorarán, en este criterio, las distintas posibilidades de vuelo ofertadas por la empresa con objeto de evitar excesos temporales de escalas o esperas que excedan de 2 horas en vuelos nacionales, y 4 horas en vuelos internacionales. | 7 |
1.2 | Medios humanos Se valorará la designación de un equipo específico para atender a las necesidades de Turismo de Tenerife, con una persona que actuará de interlocutora entre una y otra empresa, necesariamente con capacidad para resolver las incidencias que puedan surgir en el funcionamiento puntual del servicio. | 17 |
1.3 | Rapidez y eficacia en la atención Se valorará la eficacia en la respuesta de las demandas de Turismo (constatada en un tiempo máximo de respuesta desde la solicitud). | 7 |
1.4 | Seguro de viajes para el personal Con el fin de cubrir los eventuales riesgos del viaje, el personal de Turismo de Tenerife deberá llevar contratada una póliza de accidentes y asistencia en viajes, siendo responsabilidad de la agencia de viajes la gestión puntual | 5 |
de dicho seguro. Tendrá que tener una cobertura mínima de 180.000 € por los siguientes sucesos: Seguro de transporte, asistencia en viaje, pérdida de equipaje. Seguro de accidentes. Responsabilidad civil por el ejercicio de actividad. | ||
1.5 | Gestiones de reserva Se valorará, igualmente, la posibilidad de gestionar la reserva de asiento, así como la posibilidad de la inclusión de un bulto de 23 kg y exceso de equipaje, en cada vuelo, además del envío de tarjetas de embarque por medio de correo electrónico, de manera que se eliminen los trámites por parte de TDT. | 4 |
Gestiones de transfer Se valorará, igualmente, la posibilidad de gestionar la reserva de transfer, tanto a la llegada al aeropuerto como para desplazamientos en destino. | 4 | |
Criterios de valoración de la oferta económica
Se otorgará una puntuación máxima de 51 puntos a la oferta económica que presente un precio más bajo. Se otorgará la máxima puntuación a la oferta con menor importe de las comisiones o cargos y al resto de forma proporcional:
Criterios evaluables mediante fórmulas. Valoración. | 51 puntos | |
2.1 | Cargo por emisión de billetes Cargo por emisión de billetes de avión interinsulares/nacionales/internacionales: 19 puntos Cargo por emisión de transporte marítimo interinsular/nacional/internacional: 14 puntos | 33 |
2.2 | Cargo por alojamiento Cargo por reservas de alojamiento | 9 |
2.3 | Cargo por coste del seguro | 4 |
2.4 | Cargo por otros servicios | 5 |
Obtenida la puntuación de todas las ofertas respecto a cada uno de los criterios, se sumará la puntuación total de cada una de ellas, resultando seleccionada la que obtenga mayor puntuación. En caso de producirse empate en la puntuación final, la adjudicación recaerá en la oferta que en su conjunto se considere más beneficiosa para el interés público, teniendo en cuenta el orden de prelación de los criterios de adjudicación y la ponderación de su incidencia en la valoración de las ofertas empatadas.
Criterios de valoración de las mejoras técnicas.
Las mejoras técnicas se valorarán con un máximo de 5 puntos, de la siguiente manera:
Se valorarán todas aquellas mejoras presentadas con 1 punto cada una de ellas. Para que las mejoras sean valoradas deben tener relación con la actividad a realizar y resultar significativas dentro del entorno evaluado.
En especial se tendrán en cuenta los siguientes ámbitos:
a) Sistema de información sobre ejecución del contrato
b) Ampliación de la cobertura mínima del seguro de viaje.
c) Cualquier otra que el licitador considere oportuna
13.- CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES
En el día y hora señalados en el anuncio de licitación, se procederá a la apertura en acto no público de las proposiciones presentadas por los licitadores, en tiempo y forma.
La mesa de contratación, procederá al examen de la documentación presentada por los licitadores en el sobre 1, concediendo a los licitadores un plazo de subsanación en el caso de defectos subsanables, no superior a tres días hábiles para efectuar las correcciones necesarias. De lo actuado quedará constancia en el acta correspondiente.
Una vez calificada la documentación y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones de la documentación presentada, se declararán admitidos los licitadores que hayan acreditado el cumplimiento de los requisitos establecidos sobre la documentación administrativa a aportar.
A continuación, se procederá a la apertura del sobre 2 en acto no público que contienen la documentación correspondiente a los criterios técnicos.
La mesa de contratación podrá solicitar cuantos informes técnicos considere precisos para la valoración de la documentación técnica presentada, con arreglo a los criterios y ponderaciones establecidas en el presente pliego.
Reunida de nuevo la mesa de contratación públicamente, se dará a conocer la ponderación asignada a los criterios dependientes de un juicio de valor y a continuación se procederá a la apertura del sobre 3, y la lectura de la oferta económica.
Serán rechazadas aquellas proposiciones cuya oferta económica exceda del presupuesto de licitación, o cuyo plazo de ejecución exceda del previsto, también serán rechazadas, por anormalmente bajas, aquellas propuestas cuya oferta económica sea inferior en un 25% al presupuesto máximo de licitación, salvo que se presentara justificación documental del contenido de la misma.
Una vez finalizado dicho acto público, la mesa de contratación clasificará, en función de la puntuación alcanzada y por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales, formulando a continuación su propuesta de adjudicación al órgano de contratación.
14. ADJUDICACIÓN
El órgano de contratación requerirá al licitador propuesto como adjudicatario para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles desde el siguiente a aquel en que haya recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de haber constituido la garantía definitiva a que se refiere la cláusula 15 y de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social en la forma que se establece en la cláusula 16.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
La adjudicación deberá acomodarse a la propuesta de la mesa de contratación, salvo que expresamente se justifiquen los motivos para apartarse de tal propuesta, o que ésta se haya
efectuado con infracción del ordenamiento jurídico, en cuyo caso la convocatoria quedará sin efecto.
El órgano de contratación tendrá alternativamente la facultad de adjudicar el contrato a la proposición más ventajosa, de conformidad con los criterios de adjudicación o declarar desierta la licitación.
La adjudicación deberá dictarse en todo caso, siempre que alguna de las proposiciones presentadas reúna los requisitos exigidos en el pliego de cláusulas, no pudiendo en tal caso declararse desierta la licitación.
Se podrá declarar desierta una licitación, o descalificar la oferta de un licitador, cuando no fuera admisible de acuerdo con los criterios establecidos en los pliegos de la licitación. Cuando esta inadmisión estuviera directamente relacionada con el contenido técnico de la oferta se requerirá del acuerdo del órgano de contratación, que se fundamentará en un informe técnico realizado por la mesa de contratación en que se justifiquen las causas que motivan la inadecuación de la propuesta.
La propuesta de adjudicación y subsiguiente resolución de adjudicación del contrato deberán realizarse en todo caso en el plazo máximo de dos meses, a contar desde la apertura de las proposiciones. De no dictarse la adjudicación en dicho plazo el empresario tiene derecho a retirar su proposición.
La adjudicación deberá notificarse a los licitadores, y, simultáneamente, publicarse en el perfil del contratante
15. GARANTÍA DEFINITIVA
El licitador propuesto como adjudicatario deberá acreditar, en el plazo señalado en la cláusula 14.1, la constitución de la garantía definitiva del 5% del importe de adjudicación del contrato, excluidos impuestos indirectos.
Esta garantía responderá del cumplimiento íntegro por el contratista de las obligaciones derivadas del contrato, así como de las penalidades e indemnizaciones que por incumplimiento se pudieran ocasionar.
La garantía definitiva se consignará a disposición del órgano de contratación y podrá constituirse por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 96.1 del TRLCSP.
No obstante, el licitador propuesto como adjudicatario puede solicitar que la constitución de la garantía definitiva se efectúe mediante retención sobre el abono de las primeras facturas correspondientes a la prestación de los servicios o actividades objeto del contrato, en el importe que se negocie en el contrato.
A tal efecto, deberá presentar documento debidamente suscrito mediante el cual autoriza a TURISMO DE TENERIFE para la constitución de garantía mediante retención de parte del precio.
La garantía podrá ser otorgada por persona o entidad distinta del adjudicatario, entendiéndose, en todo caso, que la garantía queda sujeta a las mismas responsabilidades que si fuese constituida por el mismo, y sin que pueda utilizarse el beneficio de excusión a que se refieren los artículos 1830 del Código Civil y concordantes.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
Cuando, como consecuencia de una modificación del contrato, experimente variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía, para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince días contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación.
En el plazo de quince días, contado desde la fecha en que se hagan efectivas, en su caso, las penalidades o indemnizaciones, el adjudicatario deberá reponer o ampliar la garantía constituida en la cuantía que corresponda, incurriendo, en caso contrario, en causa de resolución.
16.- DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DE ESTAR AL CORRIENTE EN OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y CON LA SEGURIDAD SOCIAL
El licitador propuesto como adjudicatario deberá acreditar, en el plazo establecido en la cláusula 14.1, que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
La acreditación de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias se realizará presentando la siguiente documentación:
• Certificación administrativa expedida por el órgano competente de la Administración del Estado, por lo que respecta a las obligaciones tributarias con este último.
• Certificación administrativa expedida por el órgano competente de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, por lo que respecta a las obligaciones tributarias con la misma o equivalente correspondiente a la Comunidad Autónoma o Región en la que tenga su sede el licitador.
El licitador que no esté obligado a presentar todas o alguna de las declaraciones o documentos correspondientes a las obligaciones tributarias, habrá de acreditar tal circunstancia mediante declaración responsable.
La acreditación de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social se realizará mediante certificación expedida por la autoridad administrativa competente. En el supuesto que haya de tenerse en cuenta alguna exención, se habrá de acreditar tal circunstancia mediante declaración responsable.
17.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El contrato se formalizará dentro del plazo de quince (15) días hábiles siguientes a aquél en que se reciba la notificación de la adjudicación, en la forma prevista en el artículo 151 del TRLCSP.
El contrato se formalizará en documento privado, salvo cuando TURISMO DE TENERIFE o, en su caso, el contratista soliciten la formalización en escritura pública, en cuyo caso los gastos de elevación a público correrán por cuenta de la parte que lo solicite.
Cuando por causas imputables al contratista no pudiese formalizarse el contrato dentro del plazo indicado, se podrá acordar la incautación de la garantía constituida.
18.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el presente pliego, a la propuesta técnica presentada por el contratista, así como a las instrucciones que, en su caso, diere el responsable del contrato.
El contratista quedará obligado a ejecutar y entregar a TURISMO DE TENERIFE los servicios contratados en los plazos previstos. Los trabajos realizados en cualquiera de sus fases serán propiedad de TURISMO DE TENERIFE y por tanto podrá recabar al contratista en cualquier momento las entregas de parte de las prestaciones, siempre que sea compatible con el programa de trabajo o planificación de actividades y no afecte al correcto desarrollo de las mismas.
La ejecución del contrato se realizará bajo el impulso, inspección y control último del responsable del contrato.
A tal efecto, el órgano de contratación designará un responsable del contrato que, en el ejercicio de las funciones de supervisión, control y vigilancia la correcta realización de los servicios contratados, será el encargado de trasladar al contratista las instrucciones que resulten procedentes para la debida ejecución de los mismos, siendo el cauce normal de comunicación, de solicitud de trabajos técnicos e intercambio de información con el contratista. Cuando dichas instrucciones fueran de carácter verbal deberán ser ratificadas por escrito en el más breve plazo posible.
Las indicaciones del responsable del contrato no podrán modificar las cláusulas xxx xxxxxx de características básicas, pero sí interpretarlas y aclararlas.
El contratista deberá cumplir, bajo su exclusiva responsabilidad, las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo.
El responsable del contrato podrá requerir en cualquier momento al contratista que acredite documentalmente el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales, así como cualquier otra obligación que se derive del contrato.
La falta de aportación en plazo de los documentos solicitados al contratista, así como el incumplimiento sobrevenido de alguno de estos documentos podrá ser causa de resolución del contrato.
El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados.
Será responsabilidad del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que cause a TURISMO DE TENERIFE o a terceros, mientras dure la ejecución del contrato y hasta tanto haya transcurrido el plazo de garantía.
Además de lo señalado anteriormente, durante la prestación corresponde al contratista:
a) Ejecutar los trabajos, suministrando todos los recursos humanos, equipos, materiales, medios auxiliares y accesorios necesarios para la correcta ejecución de los mismos.
b) Xxxxxxx y dirigir la ejecución material de las acciones con arreglo al contrato y documentos adicionales, en atención a la naturaleza de la prestación.
c) Obtener los permisos, autorizaciones y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la elaboración o desarrollo de las acciones.
El contratista deberá designar, con anterioridad al inicio de la ejecución del contrato, a un responsable que ostente su representación en orden a la ejecución y buena marcha de los trabajos, así como para la puesta en práctica las órdenes recibidas del responsable del contrato y colabore con éste en la resolución de los problemas que se surjan.
TURISMO DE TENERIFE adquirirá cualquier tipo de propiedad intelectual del trabajo objeto del contrato desde su inicio, siendo responsabilidad del contratista los perjuicios que se puedan derivar contra tal derecho de propiedad por actuaciones a él imputables.
Se deberá dar adecuado cumplimiento a lo previsto en la disposición adicional vigésimo sexta del TRLCSP, y en los apartado 2 y 3 del artículo 12 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, así como al Reglamento que la desarrolla, haciendo constar en el contrato, en todo caso, las previsiones del artículo 12.2 de dicha Ley.
Entre otras, serán obligaciones del adjudicatario:
a) Informar claramente a Turismo de Tenerife sobre las características de los destinos, los servicios que obtendrá asi como quien se los proveera y los viajes existentes. Se le debe ayudar y asesora a Turismo de Tenerfe en la selección del viaje más adecuado de acuerdo a sus necesidades específicas.
b) Contar con Sistemas computarizados de reservas (SCR) o sistemas globales de reservas (SGR).
c) Disponer de conexiones vía Internet.
d) Es necesario también que la agencia tenga su propio banco de datos, con ello podrá ofrecer información exclusiva y personalizada a Turimso de Tenerife.
e) Mantener una comunicación contínua con Turismo de Tenerife, a efecto de tener un contacto personalizado con Turismo de Tenerife.
f) Gestionar y mediar la reservación, distribución y venta de productos turísticos, así como servicios de viajes combinados y los forfaits (viajes programados de acuerdo a la demanda y adaptados a Turismo de Tenerife).
g) Asimismo, deberá relizar servicios suibsidiaros, siempre y cuando sean solicitados por Turismo de Tenerife, tales como cambio de divisas, cambio y venta de cheques de viajes, modificación o cancelación de reservaciones, tramitar la documentación necesaria para el viaje como el pasaporte o la visa.
h) El adjudicatario deberá tiene que hacer una investigación permanente de los mercados para conocer las tendencias y necesidades de Turismo de Tenerife.
i) Ofrecer calidad en el servicio, costes adecuados y accesibles. esto se refiere desde la adecuada elección de los proveedores hasta en el trato a los clientes.
j) La agencia deberá proyectar, elaborar y poner en marcha los productos turísticos requeridos por Turismo de Tenerife, debiendo planear el programa que se pretende llevar a cabo: el adjudicatario deberá investigar todo lo que se refiere al destino, cómo llegar, en cuánto tiempo, mejor opción para hospedarse, qué lugares de interés tiene, el cesto del viaje, etc.
k) Diseñar viajes, mediante investigación con los proveedores, tener varias alternativas y realizar las contrataciones necesarias.
l) Organización y distribución de las plazas.
m) Tener el control de las operaciones, estar al tanto de cómo se va desarrollando el viaje.
n) Ofrecer mejoras de las condiciones de los desplazamientos y servicios solicitados por Turismo de Tenerife.
19.- ABONOS AL CONTRATISTA
El pago del precio del contrato se realizará en la forma que a continuación se detalla, previo informe favorable del responsable del contrato.
El pago de los servicios se realizará, tras la recepción de la correspondiente factura por Turismo de Tenerife. En todos ellos habrá de constar la recepción a Turismo de Tenerife documento fehaciente de los servicios contratados a efectos de la justificación de las acciones realizadas.
TURISMO DE TENERIFE deberá abonar el importe de las facturas emitidas conforme se vayan ejecutando los trabajos dentro del plazo establecido en el artículo 216.4 del TRLCSP, en relación con la disposición transitoria octava de dicha ley, según redacción dada por el artículo tercero de la Ley 15/2010, de modificación de la Ley 3/2004, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
El contratista podrá ceder a un tercero, por cualquiera de los medios legalmente establecidos, su derecho a cobrar el precio del contrato, pero para que dicha cesión surta efectos, y TURISMO DE TENERIFE expida el mandamiento de pago a favor del cesionario, es preciso que se le notifique fehacientemente a esta última el acuerdo de cesión
20.- CUMPLIMIENTO DE LOS PLAZOS
Los servicios objeto del contrato deberán ejecutarse y quedar totalmente terminados y a disposición de TURISMO DE TENERIFE en los plazos fijados, quedando el contratista obligado al cumplimiento del plazo total de ejecución del contrato y, en su caso, de los plazos parciales establecidos.
La empresa contratista se obliga a contestación y, en su caso, a la reserva de las peticiones hechas por Turismo de Tenerife en un plazo máximo de 48 días desde la puesta en conocimiento de las circunstancias del viaje a solicitar.
La ejecución del contrato de servicios comenzará al día siguiente de la fecha de formalización del mismo.
Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en demora respecto al cumplimiento, bien del plazo total, bien de las previsiones mensuales del plan de actuación, programa de trabajo o planificación de actividades, TURISMO DE TENERIFE podrá optar, indistintamente, por la resolución del contrato o por su continuidad, con concesión de la ampliación del plazo contractual, teniendo derecho, en este último caso, a aplicar y percibir
las correspondientes penalizaciones diarias por demora, aplicándose por cada día natural de demora, una penalidad de 0,20 euros por cada 1000 euros de precio del contrato (impuestos indirectos excluidos).
Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5 por 100 del precio del contrato, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.
Esta misma facultad tendrá TURISMO DE TENERIFE respecto al incumplimiento por parte del contratista de los plazos parciales o cuando la demora en el cumplimiento de aquéllos haga presumir razonablemente la imposibilidad del cumplimiento del plazo total.
La imposición de penalidad no excluye la indemnización a que pueda tener derecho TURISMO DE TENERIFE por los daños y perjuicios ocasionados debido al retraso imputable al contratista.
Las penalizaciones por demora en el cumplimiento del plazo total y por demora en el cumplimiento de los plazos parciales serán impuestas por el órgano de contratación previo informe del responsable del contrato, y notificadas al contratista, y se harán efectivas mediante su deducción de los pagos que proceda realizar al contratista y, no siendo esto posible, con cargo a la garantía definitiva.
21.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
El contrato sólo podrá modificarse en las condiciones y con los requisitos establecidos en los artículos 105, 106, 210, 219 y 305 del TRLCSP.
No obstante lo anterior, podrán llevarse a cabo modificaciones del contrato cuando concurra alguna de las circunstancias a que se refiere el apartado 1 del artículo 107 del TRLCSP, siempre y cuando no alteren las condiciones esenciales de la licitación y adjudicación del contrato, debiendo limitarse a introducir las variaciones estrictamente indispensables para atender la necesidad que las haga necesarias.
A estos efectos, se entenderá que la modificación altera las condiciones esenciales de la licitación y adjudicación en los supuestos contemplados en el apartado 3 del citado artículo 107, sin que, en ningún caso, su importe acumulado pueda ser igual o superior, en más o en menos, al 10 por 100 del precio de adjudicación del contrato.
En todo caso, el órgano de contratación deberá aprobar, previamente a su ejecución, la modificación del contrato, siguiendo al efecto el procedimiento establecido en el artículo 211 del TRLCSP.
Aprobada la modificación, ambas partes deberán suscribir la correspondiente adenda al contrato inicial, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 219.2 del TRLCSP, en relación con el artículo 156 de dicho Texto Refundido.
22.- CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado la totalidad de su objeto, de conformidad con lo establecido en este pliego y a satisfacción de TURISMO DE TENERIFE.
Si los servicios no se hallan en condiciones de ser recibidos, se dejará constancia expresa de tal circunstancia y se darán las instrucciones precisas al contratista para que subsane los defectos observados, o proceda a una nueva ejecución de conformidad con lo pactado. Si pese a ello, los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada, como consecuencia de vicios o defectos imputables al contratista, TURISMO DE TENERIFE podrá rechazarla, quedando exenta de la obligación de pago, y teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho hasta entonces.
23.- RESOLUCIÓN Y EXTINCIÓN DEL CONTRATO
Además de los supuestos de cumplimiento, el contrato se extinguirá por su resolución, acordada por la concurrencia de alguna de las causas previstas en los artículos 223 y 308 del TRLCSP y por las normas de derecho privado, dando lugar a los efectos previstos en los artículos 224 y 309 del TRLCSP.
De acuerdo con el artículo 222.3 del TRLCSP, y dado que la correcta ejecución de los servicios que constituyen el objeto del contrato es constatable en el mismo momento de su ejecución, no se establece plazo de garantía.
Cumplidas por el contratista las obligaciones derivadas del contrato, si no resultaren responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la garantía definitiva, se dictará acuerdo de devolución o cancelación de aquélla.
Queda prohibida la subcontratación de los servicios objeto del presente contrato. La ejecución de tales extremos supondría la posibilidad de resolver el contrato por parte de Turismo de Tenerife.
24.- DEBER DE CONFIDENCIALIDAD
El contratista deberá respetar el carácter confidencial de toda información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato.
La empresa adjudicataria y su personal están obligados a guardar secreto profesional respecto de los datos de carácter personal que hayan podido tener conocimiento por razón de la prestación del mismo, obligación que subsistirá aún después de la finalización del mismo, de
conformidad con el artículo 10 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
El adjudicatario deberá formar e informar a su personal de las obligaciones que en materia de protección de datos están obligados a cumplir en el desarrollo de sus tareas profesionales para la prestación de los servicios objeto del presente contrato, en especial las derivadas del deber xx xxxxxxx, respondiendo el adjudicatario de las infracciones legales que incurran por incumplimiento.
En Santa Xxxx de Tenerife a 8 xx xxxxx de 2018
XXXXX X.- DECLARACIÓN RESPONSABLE
D. , con D.N.I. , en representación de la empresa
, al objeto de participar en la adjudicación mediante procedimiento abierto del CONTRATO DE SERVICIOS DE AGENCIA DE VIAJES.
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD:
- Que habiendo decidido ofertar al citado contrato, se somete voluntariamente y acepta íntegramente el Pliego de condiciones generales, así como el contenido de las prescripciones técnicas que lo rigen, así como cuantas obligaciones se deriven de su condición de licitador y de adjudicatario, si lo fuere.
- Que posee plena capacidad de obrar y no se encuentra incurso en las prohibiciones e incompatibilidades que establece la legislación vigente.
- Que, asimismo, se encuentra al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
- Que se compromete al cumplimiento de cualesquiera obligaciones relativas a Protección de Datos.
- Que se compromete a la adscripción de los medios personales y materiales necesarios para la buena ejecución del contrato.
Y para que así conste, y a los efectos oportunos, expido la presente declaración.
(Lugar, fecha, firma y sello)
ANEXO II.- PROPUESTA ECONÓMICA
Don ......................., con número de pasaporte ....................., natural de ..............., país de
......................, mayor de edad, con domicilio en , actuando en nombre (propio o
de la empresa que represente), manifiesta que, habiendo tenido conocimiento del anuncio sobre contratación, se muestra conforme con todos los requisitos y condiciones que se exigen para adjudicar mediante el procedimiento abierto el contrato de… , así como con xxx xxxxxx
de condiciones particulares que han de regir dicho concurso y, en la representación que ostenta (en su caso), se compromete al cumplimiento de dicho contrato por el precio de:
(Lugar, fecha, firma y sello)
ANEXO III
MODELO DE SOLICITUD DE RETENCIÓN EN EL PRECIO PARA CONSTITUIR GARANTÍA DEFINITIVA
El señor/a con DNI núm. XXX, en nombre propio / en representación de , CIF número , domiciliada en , por su calidad de
E X P O N E:
Que siendo adjudicatario del contrato de servicios de de SPET, TURISMO DE TENERIFE, S.A. que sea practicada retención en el precio del contrato, como medio de constitución de la garantía definitiva, hasta el importe total del 5% del importe de la adjudicación (IGIC excluido), sobre el importe de la primera factura o, en caso de no ascender ésta a cuantía suficiente, de las siguientes.
En , a de de 2018.
(lugar y fecha)
Firma