SALTA, 03 AGOSTO 2016
I SECCION ADMINISTRATIVA DECRETO
SALTA, 03 AGOSTO 2016
DECRETO Nº 0483
SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL REFERENCIA: Expte. Nº 084604-SG-2015.-
VISTO el CONVENIO DE COOPERACIÓN celebrado entre “LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX”, representada en este acto por el presidente del Concejo Deliberante a cargo del Departamento Ejecutivo Municipal, Ing. Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx y la “FUNDACIÓN MILAGRO EN MOVIMIENTO”, representada por su Presidente, Xx. Xxxxx Xxxxx Xxxxxx, y;
CONSIDERANDO:
QUE el Convenio de Cooperación tiene como objetivo dar continuidad a las acciones conjuntas dirigidas al Programa “Familia Grande” del Centro Barrial de Tratamiento de las Adicciones Padre Xxxx Xxxxx Xxxx Di Xxxxx, destinado a la Prevención, Rehabilitación e Inclusión Social de Jóvenes afectados por el Consumo de Drogas en la ciudad xx Xxxxx;
QUE mediante la ejecución del mismo se continuará con las acciones de contenido social destinadas a incentivar a los jóvenes a adquirir conductas saludables en su estilo de vida y en su grupo familiar, como así también a asistir a las personas afectadas por las drogas. Las actividades desarrolladas son dirigidas a los grupos sociales vulnerables;
QUE a fojas.01 y 02 el Xx. Xxxxx Xxxxx Xxxxxx, Presidente de la Fundación citada, solicita la renovación del convenio y del apoyo económico para la ejecución del mentado Programa, el que obra a fojas 03/11;
QUE a fs. 12/13 y fs. 15/16 xxxxx copias de los Decretos Nºs 0425/2015 y 0806/2013, respectivamente, correspondientes a Convenios de Cooperación celebrados entre la Municipalidad y la Fundación Milagro en Movimiento;
QUE a fojas 17/31 y 35 obran copias simples, incorporándose desde fs. 43 a 59 copias debidamente certificadas, relativas a los antecedentes de la Fundación en cuestión.
QUE a fs. 36 rola Dictamen Nº 22/16, mediante el cual la Dirección de Asesoría Jurídica Contable de la Secretaría de Acción Social se expide en favor del mentado convenio;
EL PRESIDENTE DEL CONCEJO DELIBERANTE
A CARGO DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL DECRETA:
ARTICULO 1°.- APROBAR en todas sus partes el CONVENIO DE COOPERACIÓN celebrado entre “LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX”,
representada por el presidente del Concejo Deliberante a cargo del Departamento Ejecutivo Municipal, Ing. Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx, y la “FUNDACIÓN MILAGRO EN MOVIMIENTO”, representada por su Presidente, Xx. Xxxxx Xxxxx Xxxxxx, el que como Anexo se adjunta y forma parte del presente, por los fundamentos expuestos en los considerandos.
ARTICULO 2°.- OTORGAR la suma de $585.000 (pesos quinientos ochenta y cinco mil) en concepto de apoyo financiero a la “Fundación”, la que será abonada en 9 (nueve) cuotas mensuales iguales y consecutivas, a partir de lo dispuesto en el Artículo 6º.
ARTICULO 3º.- LA Fundación rendirá cuentas, sobre los emolumentos, conforme se especifica en la cláusula Tercera del Convenio.
ARTICULO 4º.- DAR por DIRECCION GENERAL DE PRESUPUESTO
la imputación presupuestaria correspondiente.
ARTICULO 5º.- REMITIR las actuaciones con todos los antecedentes al Tribunal de Cuentas Municipal en cumplimiento y a los fines previstos por el artículo 4º de la Ordenanza Nº 14.257, modificatoria del artículo 15 de la Ordenanza Nº 5552.
ARTICULO 6º.- ESTABLECER que el presente no tendrá principio de ejecución hasta tanto el Tribunal de Cuentas Municipal emita la Resolución pertinente de no objeción.
ARTICULO 7º.- NOTIFICAR del presente Decreto, por la Dirección de Despacho de la Secretaria de Desarrollo Social, a la Fundación Milagro en Movimiento, luego de emitida la Resolución de No Objeción por parte del Tribunal de Cuentas Municipal.-
ARTICULO 8º.- EL presente Decreto será firmado por los señores Secretarios General, de Hacienda y de Desarrollo Social.
ARTICULO 9º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.
XXXXXXX – XXXXXXXXXX – GAUFFIN – XXXXXX A/C DEP EJECUTIVO
MUNICIPAL
VER ANEXO
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QUE en el marco expuesto y a fin de concretar los objetivos plasmados en el convenio, “La Municipalidad” otorgará en carácter de apoyo
DECRETO Nº 0576
XXXXX, 00 XXXXXXXXXX 0000
financiero un monto de $585.000 (pesos quinientos ochenta y cinco mil) a la “Fundación”, destinados a solventar parcialmente los gastos que demandare el mantenimiento de las acciones referenciadas en la cláusula Primera,
QUE dicho importe será abonado de acuerdo a lo estipulado en la cláusula Segunda del Convenio, previo informe de factibilidad financiera e imputación presupuestaria efectuada por la Secretaria de Hacienda, determinándose que el Presidente de La Fundación rendirá cuenta de los fondos que reciba, conforme se especifica en la cláusula Tercera;
QUE en consecuencia corresponde se emita el instrumento legal pertinente y se remitan las actuaciones al Tribunal de Cuentas Municipal en cumplimiento y a los fines previstos por lo preceptuado por el artículo 4º de la Ordenanza Nº 14.257, modificatoria del artículo 15 de la Ordenanza Nº 5.552;
POR ELLO:
VISTO el arribo a nuestra Ciudad del Ministro de Modernización de la Nación Lic. X. XXXXXX XXXXXXX XXXXXX, y;
CONSIDERANDO:
QUE el objetivo de su visita es participar de la firma de un Convenio de Cooperación con la Municipalidad xx Xxxxx, para desarrollar acciones en forma conjunta tendientes a implementar la formación de los Recursos Humanos en ejercicio de la función pública;
QUE con motivo de recibir tan grata y distinguida visita, esta Intendencia desea homenajear, rindiéndole los honores correspondientes;
QUE con este propósito procede la emisión del instrumento legal pertinente.
POR ELLO:
Y en uso de las atribuciones que le son propias;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX DECRETA
ARTÍCULO 1°.- DECLARAR “HUESPED DE HONOR” en la Ciudad xx
Xxxxx al señor Ministro de Modernización de la Nación Lic. X. XXXXXX XXXXXXX XXXXXX, mientras dure su permanencia en la misma.-
ARTÍCULO 2°.- HACER entrega de una copia del presente Decreto, el día martes 20 del corriente mes en oportunidad de la presentación de los saludos protocolares.-
ARTÍCULO 3°.- EL presente Decreto será firmado por el señor Secretario General.-
ARTÍCULO 4°.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
XXXXXXX XXXXX - XXXXXXXXXX
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RESOLUCION
XXXXX, 00 XXXXXXXXXX 0000
RESOLUCIÓN Nº 021 SECRETARÍA GENERAL
REFERENCIA: Expediente Nº 029.765-SG-2016.
VISTO el expediente de la referencia mediante el cual la Xxx. XXXXXXX XXXXXXXXX, solicita se rectifique su apellido que fuera erróneamente escrito en los Decretos Nº 1693/15 y 1694/15, y;
CONSIDERANDO:
QUE en el Decreto Nº 1693/15 se designa a la Xxx. Xxxxxxxxx en el cargo de Directora General de Industrias Creativas, dependiente de la Sub Secretaría de Cultura de la Secretaría de Turismo y Cultura y mediante Decreto Nº 1694/15 se la incluye en el correspondiente Cuadro de Cargos y en ambos se consigna como apellido “XXXXXXXXX”,
QUE a fs. 02 se agrega fotocopia del Documento Nacional de Identidad de la nombrada agente que acredita correctamente su apellido;
QUE por lo expuesto y atento a las constancias presentadas en autos, se observa un error material el cual debe subsanarse;
QUE mediante Decreto Nº 0161/16 se delega al Secretario General la facultad de rectificar de oficio los errores materiales o aritméticos de los Decretos que emita el Departamento Ejecutivo Municipal;
QUE a tal fin, se emite el instrumento legal correspondiente;
POR ELLO:
EL SECRETARIO GENERAL DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX
RESUELVE
ARTÍCULO 1°. RECTIFICAR el apellido de la Xxx. XXXXXXX XXXXXXXXX, DNI Nº 00.000.000, que se consigna en los Decretos Nº 1693/15 y 1694/15, donde dice “XXXXXXXXX” debe decir: “XXXXXXXXX”.
ARTÍCULO 2°. NOTIFICAR la presente por la Dirección General de Personal.
ARTÍCULO 3°. TOMAR razón Secretaría de Turismo y Cultura y dependencias pertinentes a la Dirección General de Personal.
ARTÍCULO 4°. COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.
XXXXXXXXXX
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SALTA, 22 SEP 2016
RESOLUCIÓN Nº 092 .-
REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 56764-SG-2016.-
VISTO el expediente de referencia mediante la cual el Presidente de la Agrupación Tradicionalista xx Xxxxx “Gauchos xx Xxxxxx” Dn. Xxxxxx Xxxx San Xxxxxx solicita se Declare de Interés Municipal el “FESTIVAL CLASIFICATORIO PARA XXXXX XXXXX 2.017”; y,
CONSIDERANDO:
QUE la citada Agrupación persigue los fines de cultivar la tradición gaucha a través de las costumbres, manteniendo vivo el amor a la tierra, a la música y los bailes regionales;
QUE el citado evento tiene como objetivo clasificar a los participantes que competirán en el Festival de Doma y Folklore de Xxxxx Xxxxx 2.017 a llevarse a cabo en la Provincia xx Xxxxxxx;
QUE es interés de la Secretaria de Gobierno apoyar, incentivar y promover la Cultura en toda su extensión, alentando los diferentes xxxxxxxx xx xx xxxxxxxxx xxxxxxx;
POR ELLO:
Aerolíneas Argentinas) $ 6.612,00, (Pesos Seis Mil Seiscientos Doce), con oportuna rendición de cuentas, a favor del XX. XXXXX XXXXXX XXXXXX – SUBSECRETARIO DE AMBIENTE Y SERVICIOS PÚBLICOS – SECRETARÍA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PÚBLICOS
- (GRUPO B).-
ARTICULO 2°.-DAR por la DIRECCION GENERAL DE
PRESUPUESTO la imputación presupuestaria correspondiente.-
EL SEÑOR SECRETARIO DE GOBIERNO DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.-DECLARAR DE INTERÉS MUNICIPAL el “FESTIVAL
CLASIFICATORIO PARA XXXXX XXXXX 2.017”, que se realizará el día 25 de Septiembre del año 2.017, en el Predio de la Agrupación Tradicionalista Gauchos xx Xxxxxx, sito en la Circunvalación Oeste Xxxxx xx Xxxxxxxx.-
ARTÍCULO 2º.-NOTIFICAR de la presente Resolución al Señor Presidente de la Agrupación Tradicionalista xx Xxxxx “Gauchos xx Xxxxxx” Dn. Xxxxxx Xxxx San Xxxxxx.-
ARTÍCULO 3º.-TOMAR razón la Secretaria de Turismo y Cultura y de Gobierno, con sus dependencias intervinientes.-
ARTÍCULO 4º.-COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
XXXXXX XXXXXX
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SALTA, 19 SEPTIEMBRE 2016.-
RESOLUCION Nº 240 SECRETARIA DE HACIENDA.-
REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 55881-SG-2016.-
VISTO las actuaciones de referencia, y;
CONSIDERANDO:
QUE a fojas 01/02 el Xx. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx, Subsecretario de Ambiente y Servicios Públicos, solicita la liquidación de viáticos y xxxxxxx xxx xxxxx Xxxxx-Xxxxxx Xxxxx-Xxxxx (Empresa Aerolíneas Argentinas), quién viajará en misión oficial. Fecha de salida día 19/09/16 a hs. 15:55 regresando el día 21/09/16 a hs. 16:45, el cual se encuentra debidamente autorizado por el Coordinador General xx Xxxxxxxxxxx C.P.N. Xxxxx Xxxxxx Xxxxx;
QUE a fojas 06 Dirección de Rendición de Cuentas informa que el importe total a liquidar es de $ 8.409,00;
ARTICULO 3°.-TOMAR conocimiento por SUBSECRETARIA DE FINANZAS con sus respectivas dependencias.-
ARTICULO 4º.-COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
GAUFFIN
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XXXXX, 00 XXXXXXXXXX 0000.-
RESOLUCION Nº 241 SECRETARIA DE HACIENDA.-
REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 56196-SG-2016.-
VISTO las actuaciones de referencia, y;
CONSIDERANDO:
QUE a fojas 01 el Xx. Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Secretario de Turismo y Cultura, solicita la liquidación de viáticos y pasajes vía aérea Salta-Santa Xxxx de la Sierra (Bolivia)-Salta (Empresa Boa), para el Xx. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Subsecretario de Marketing y Promoción Turística, quién participará de la Edición Nº 41 de la Feria Expo Xxxx. Fecha de salida día 21/09/16 a hs. 11:00 regresando el día 24/09/16 a hs. 13:00, el cual se encuentra debidamente autorizado por el Coordinador General xx Xxxxxxxxxxx C.P.N. Xxxxx Xxxxxx Xxxxx;
QUE a fojas 06 Dirección de Rendición de Cuentas informa que el importe total a liquidar es de $ 15.113,90;
QUE a fojas 07 Dirección General de Presupuesto informa la imputación presupuestaria para afrontar el gasto en cuestión;
QUE a fojas 08 Subsecretaria de Finanzas informa que la factibilidad financiera está dada de manera genérica dispuesta por Resolución Nº 002/16 - Anexo II emanada por esa Subsecretaría;
QUE corresponde la confección del instrumento legal pertinente, ello conforme lo dispuesto por Decreto Nº 0479/16;
POR ELLO:
QUE a fojas 07 Dirección General de Presupuesto informa la imputación presupuestaria para afrontar el gasto en cuestión;
QUE a fojas 08 Subsecretaria de Finanzas informa que la factibilidad financiera está dada de manera genérica dispuesta por Resolución Nº 002/16 - Anexo II emanada por esa Subsecretaría;
QUE corresponde la confección del instrumento legal pertinente, ello conforme lo dispuesto por Decreto Nº 0479/16;
POR ELLO:
XX XXXXXXXXXX XX XXXXXXXX XX XX XXXXXXXXXXXXX XX XXXXX RESUELVE:
ARTICULO 1°.-AUTORIZAR la suma de $ 8.409,00 (Pesos Ocho Mil Cuatrocientos Nueve), en concepto de liquidación de viáticos 2 días y 2/3 a razón de $ 674,00 (Pesos Seiscientos Setenta y Cuatro) p/día (desde el 19 al 21/09/2016) $ 1.797,00 ( Pesos Un Mil Setecientos Noventa y Siete) y xxxxxxx xxx xxxxx Xxxxx-Xxxxxx Xxxxx-Xxxxx (Empresa
EL SECRETARIO DE HACIENDA DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX RESUELVE:
ARTICULO 1°.-AUTORIZAR la suma de $ 15.113,90 (PESOS QUINCE
MIL CIENTO TRECE CON 90/100), en concepto de liquidación de viáticos y pasajes vía aérea, con oportuna rendición de cuentas, según el siguiente detalle.-
COTIZACIÓN XXX XXXXX AL 19/09/2016 – VENDEDOR $ 15,30 ZONA 01 – SANTA XXXX DE LA SIERRA – BOLIVIA.-
GRUPO “B”
U$S 56 1/3 DE DIA X 15,30 (VENDEDOR)…………………………= $ 856,80 1/3 DE DÍA
U$S 169,00 P /DIA X 15,30 (VENDEDOR)…………………………= $ 2.585,70 P /DIA
XXXXX XXXXXXX XXXXXXX – SUBSECRETARIO DE MARKETING Y PROMOCIÓN TURÍSTICA-SECRETARÍA DE TURISMO Y CULTURA (GRUPO B).-
Viáticos 3 (tres) días y 1/3 a razón de $ 2.585,70 p/día (desde el 21 al 24/09/16)……….$ 8.613,90
Xxxxxxx Xxx Xxxxx Xxxxx-Xxxxx Xxxx xx xx Xxxxxx (Xxxxxxx)-Xxxxx (Xxxxxxx XXX)……….$ 6.500,00
TOTAL A LIQUIDAR ………………………………...$ 15.113,90
ARTICULO 2°.-DAR por la DIRECCION GENERAL DE
PRESUPUESTO la imputación presupuestaria correspondiente.-
ARTICULO 3°.-TOMAR conocimiento por SUBSECRETARIA DE FINANZAS con sus respectivas dependencias.-
ARTICULO 4º.-COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
GAUFFIN
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SALTA, 22 SEPTIEMBRE 2016.-
RESOLUCION N° 243 SECRETARIA DE HACIENDA.-
REFERENCIA: EXPTE. N° 28961-SG-2015.-
VISTO el Recurso Jerárquico interpuesto a fs. 01 por la Xxx. Xxxxxxx Xxxxxx, en contra de la Resolución Actuaciones Prejudiciales Nº 18618 de fecha 28/04/2015 de fs. 31/32 de la Dirección Gral. xx Xxxxxx, mediante la cual se aplica multa de $ 3.553,87 (Pesos Tres Mil Quinientos Cincuenta y Tres con 87/100) equivalente al 30% del tributo omitido e informa deuda de $ 11.846,22 (Pesos Once Mil Ochocientos Cuarenta y Seis con 22/100) correspondiente al Impuesto Inmobiliario y Tasa General de Inmueble del catastro Nº 6945 por los períodos 01/2010 a 12/2014, y;
QUE corresponde emitir el Instrumento legal pertinente;
POR ELLO:
XX XXXXXXXXXX XX XXXXXXXX XX XX XXXXXXXXXXXXX XX XXXXX RESUELVE:
ARTICULO 1°.-HACER LUGAR PARCIALMENTE al Recurso
Jerárquico interpuesto por la Xxx. Xxxxxxx Xxxxxx, L.C Nº 3.705.733, en contra de la Resolución Prejudicial Nº 18618 de fecha 28/04/2015, emitida por la Dirección General xx Xxxxxx.-
ARTÍCULO 2º.-RATIFICAR el Art. 2º de la Resolución Prejudicial citada en el artículo anterior, por los motivos expuestos en el considerando.-
ARTÍCULO 3º.- DEJAR sin efecto la multa de $ 3.553,87 establecida en el Artículo Nº 1 de la Resolución Actuaciones Prejudiciales Nº 18618 de fecha 28/04/2015 emitida por la Dirección General xx Xxxxxx, por los motivos expuestos en el considerando.-
ARTICULO 4º.-TOMAR razón SUBSECRETARIA DE INGRESOS
PÚBLICOS con sus respectivas dependencias.-
ARTICULO 5°.-NOTIFICAR a la Xxx. Xxxxxxx Xxxxxx, del contenido de lo dispuesto en el presente instrumento legal.-
ARTICULO 6.-COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
GAUFFIN
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SALTA, 25 xx Xxxxxx de 2016
CONSIDERANDO:
QUE en el citado Recurso la Xxx. Xxxxxx solicita la revisión de la Resolución Nº 18618, poniendo en conocimiento la defunción del titular del catastro conforme certificado de defunción a fs. 2. Asimismo agrega que solicitó la condonación de la deuda catastral requerida al Concejo Deliberante;
QUE Dirección General de Asesoría Legal de esta Secretaría emite dictamen a fs. 87/88 en el cual, luego de efectuar el análisis manifiesta que en primer término se procede a verificar el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad formal exigidos por el art. 76 y ccs. del Código Tributario Municipal. Atento a que la Resolución de Actuaciones Prejudiciales Nº 18618 de fecha 28/04/2015 de fs. 3/321 fue notificada según cédula de notificación de fs. 30 el día 4 xx Xxxx del 2015, y que la presentación del Recurso se formalizó el día 07 xx Xxxx del 2015, por lo que se concluye que el contribuyente presentó el mismo en legal tiempo y forma;
QUE de la documentación obrante en autos se desprende que el catastro objeto del impuesto reclamado pertenecía al Xx. Xxxxx Xxxx, y atento al acta de defunción adjunta, es de aplicación el último párrafo del art. 71 del Código Tributario Municipal, que reza “…Las sanciones previstas en este Código no serán de aplicación en los casos en que ocurra el fallecimiento del infractor, aun cuando la resolución respectiva haya quedado firme y pasada en autoridad de cosa juzgada…”;
QUE es relevante destacar que ante el pedido de condonación efectuado al Concejo deliberante, la Dirección General de Operativa Tributaria informa a fs. 58 que no hay beneficio realizado;
QUE por todo lo expuesto la Dirección General de Asesoría Legal de ésta Secretaría aconseja hacer lugar parcialmente al Recurso Jerárquico interpuesto por la Xxx. Xxxxxx, en contra de la Resolución Prejudicial Nº 18618 de fecha 28/04/2015 emitida por la Dirección Gral. xx Xxxxxx y por consiguiente dejar sin efecto la multa de $ 3.553,87 y continuar con el cobro del Impuesto adeudado;
RESOLUCION Nº 166 SECRETARIA DE HACIENDA SUBSECRETARIA DE CONTRATACIONES
REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 10044-SG-2016.-
VISTO La Nota de Pedido Nº 371/2016 de fs. 05 y 12 mediante el cual se solicita la “Adquisición de instrumental quirúrgico para la Campaña de Castración 2016 que llevara a cabo la Dirección de Bienestar Animal y Tenencia Responsable” y;
CONSIDERANDO:
QUE a fs. 13 y 13 vuelta la Dirección General de Control de Procesos realiza el análisis formal del pedido y la correspondiente autorización de la Subsecretaria de Contrataciones;
QUE a fs. 17 la Subsecretaría de Finanzas indica la siguiente forma de pago: “a 30 días Factura Conformada”;
QUE habiéndose programado el 4º llamado a la apertura de sobres para el día 04/08/2016 a hora 11:00 y cursado invitaciones a diferentes firmas del medio, se presentó la firma: “FARMACIA XXXXXX de PHARMA LIGTH S.R.L.”;
QUE a fs.72 se solicita a la Unidad Originante la emisión del Informe Técnico sobre la oferta presentada;
QUE a fs. 73 la Unidad Originante emite Informe Técnico correspondiente;
QUE realizado el análisis de la oferta presentada, y del Informe Técnico correspondiente, surge su adjudicación por ajustarse a lo requerido, presentar toda la documentación solicitada, menor precio y encontrarse dentro del monto autorizado.
QUE corresponde emitir el Instrumento Legal pertinente;
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE CONTRATACIONES DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX RESUELVE:
ARTICULO 1º.-APROBAR la Contratación Directa Nº 509/2016 convocada para la “ADQUISICION DE INSTRUMENTAL XXXXXXXXXX XXXX XX XXXXXXX XX XXXXXXXXXX 0000 QUE LLEVARA A CABO LA DIRECCION DE BIENESTAR ANIMAL Y TENENCIA
RESPONSABLE”, solicitados por la Secretaria de Ambiente y Servicios Públicos, mediante la Nota de Pedido Nº 371/2016, con un presupuesto oficial de $49.201,60 (Pesos Cuarenta y Nueve Mil Doscientos Uno con 60/100).
ARTICULO 2º.- DECLARAR ADMISIBLE la oferta presentada por la firma FARMACIA XXXXXX de PHARMA LIGTH S.R.L.
ARTICULO 3º.-ADJUDICAR los ítems N.ºs 01, 02, 03, 04, 05, 06, 07,
08, 09, 10, 14, 15, 16, 17, 18 y 19 de la contratación mencionada en el Art. 1º de la presente Resolución, a la firma FARMACIA XXXXXX de PHARMA LIGTH S.R.L., por la suma de $46.201,60 (Pesos Cuarenta y Seis Mil Doscientos Uno con 60/100) por considerar lo más conveniente a los intereses del Estado Municipal.-
ARTICULO 4º.- CONFECCIONAR la Orden de Compra correspondiente.
ARTICULO 1º.-APROBAR la Contratación Directa Nº 737/2016 convocada para la “ADQUISICION DE MATERIALES ELECTRICOS CON DESTINO A LA REFUNCIONALIZACION DEL CENTRO DE ADOPCIONES DE ANIMALES SOLICITADO POR LA SECRETARIA
DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS”, mediante la Nota de Pedido Nº 836/2016, con un presupuesto oficial de $22.572,67 (Pesos Veintidós Mil Quinientos Setenta y Dos con 67/100).
ARTICULO 2º.- DECLARAR ADMISIBLE la oferta presentada por la firma METALNOR S.R.L.
ARTICULO 3º.-ADJUDICAR el ítem Elementos para Instalaciones Eléctricas de la contratación mencionada en el Art. 1º de la presente Resolución, a la firma METALNOR S.R.L., por la suma de $10.539,49 (Pesos Diez Mil Quinientos Treinta y Nueve con 49/100) por considerar lo más conveniente a los intereses del Estado Municipal.-
ARTICULO 4º.- CONFECCIONAR la Orden de Compra correspondiente.
ARTICULO 5º.- COMUNICAR y publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.
XXXXXXXX
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SALTA, 05 de Setiembre de 2016
ARTICULO 5º.- COMUNICAR publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.
XXXXXXXX
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SALTA, 26 xx Xxxxxx de 2016
RESOLUCION Nº 173 SECRETARIA DE HACIENDA
SUBSECRETARIA DE CONTRATACIONES
C. DIRECTA Nº 737/16 - 1º Llamado REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 19505-SG-2016.-
VISTO La Nota de Pedido Nº 838/2016 mediante el cual se solicita la “Adquisición de materiales eléctricos con destino a la refuncionalizacion del Centro de Adopciones de Animales “ y;
CONSIDERANDO:
QUE a fs. 07 y 07 vuelta la Dirección General de Control de Procesos realiza el análisis formal del pedido y la correspondiente autorización de la Subsecretaria de Contrataciones;
QUE a fs. 10 la Subsecretaría de Finanzas indica la siguiente forma de pago: “a 15 días Factura Conformada”;
QUE habiéndose programado el 1º llamado a la apertura de sobres para el día 05/07/2016 a hora 11:00 y cursado invitaciones a diferentes firmas del medio, se presentó la firma: “METALNOR S.R.L.”;
QUE a fs.25 se solicita a la Unidad Originante la emisión del Informe Técnico sobre la oferta presentada;
QUE a fs. 26 la Unidad Originante emite Informe Técnico correspondiente;
QUE realizado el análisis de la oferta presentada, y del Informe Técnico correspondiente, surge su adjudicación por ajustarse a lo requerido, presentar toda la documentación solicitada, menor precio y encontrarse dentro del monto autorizado.
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE CONTRATACIONES DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX RESUELVE:
RESOLUCION Nº 214 SECRETARIA DE HACIENDA SUBSECRETARIA DE CONTRATACIONES
REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 15831-SG-2016.-
VISTO el expediente de referencia, correspondiente a la Contratación Directa Nº 515/16, convocada para la “ADQUISICION DE ELEMENTOS DE SEGURIDAD CON DESTINO A LA DIRECCION DE CEMENTERIOS PUBLICOS” y;
CONSIDERANDO:
QUE a fs. 11 la Dirección General de Control de Procesos realiza el análisis formal del pedido, y posterior autorización de Subsecretaria de Contrataciones;
QUE habiéndose programado el 2º llamado a la apertura de sobres para el día 04/08/2016 a hora 10:30 y cursado invitaciones a diferentes firmas del medio, se presentaron las firmas: “J.J. GAY y CIA S.R.L.” y “GRUPO H. y S. S.R.L.”;
QUE la Dependencia Originante a fs. 50 emite Informe Técnico correspondiente;
QUE a fs. 51 se solicita autorización por mayor xxxxx a la Subsecretaría de Contrataciones - Dirección General de Control de Procesos a los efectos de que se sirva autorizar el mayor monto solicitado, posteriormente a la Subsecretaria de Presupuesto para su toma de conocimiento; y a la Dirección General de Presupuesto a fin de que realice la ampliación de la partida;
QUE a fs. 52 intervienen la Subsecretaría de Contrataciones - Dirección General de Control de Procesos, autorizando el mayor monto de $48.119,82 (Pesos Cuarenta y Ocho Mil Ciento Diecinueve con 82/100) a $57.570,90 (Pesos Cincuenta y Siete Mil Quinientos Setenta con 90/100) cuya diferencia es de $9.451,08 (Pesos Nueve Mil Cuatrocientos Cincuenta y Uno con 08/100);
QUE a fs. 53 toma conocimiento la Subsecretaria de Presupuesto;
QUE a fs. 54 interviene la Dirección de Presupuesto;
QUE realizado el análisis de la oferta presentada, y del Informe Técnico correspondiente, surge su adjudicación por ajustarse a lo requerido, ya que presento toda la documentación solicitada, y se encuentra dentro del monto autorizado.
QUE atento lo expuesto corresponde emitir el presente instrumento legal;
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE CONTRATACIONES DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX RESUELVE:
ARTICULO 1º.-APROBAR la Contratación Directa Nº 515/16 convocada para la “ADQUISICION DE ELEMENTOS DE SEGURIDAD CON DESTINO A LA DIRECCION DE CEMENTERIOS PUBLICOS”
con un presupuesto oficial autorizado de $57.570,90 (Pesos Cincuenta y Siete Mil Quinientos Setenta con 90/100).
ARTICULO 2º.-DECLARAR ADMISIBLE la oferta presentada por la firma GRUPO H.yS. S.R.L.
ARTICULO 3º.-ADJUDICAR los ítems: Nº 01, 02, 03, 04, 05 y 06 de la
contratación mencionada en el Art. 1º de la presente Resolución, a la firma GRUPO H. y S. S.R.L., por la suma de $57.570,90 (Pesos Cincuenta y Siete Mil Quinientos Setenta con 90/100) por considerar lo más conveniente a los intereses de la Municipalidad xx Xxxxx.-
ARTICULO 4º.-CONFECCIONAR la Orden de Compra correspondiente.-
ARTICULO 5º.-COMUNICAR publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.
XXXXXXXX
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SALTA, 09 de Setiembre de 2016
RESOLUCION Nº 274 SECRETARIA DE HACIENDA
SUBSECRETARIA DE CONTRATACIONES
C. DIRECTA Nº 980/16 - 1º Llamado REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 30570-SG-2016.-
VISTO la Nota de Pedido Nº 852/2016 mediante la cual se solicita la “ADQUISICIÓN DE PLANTAS PARA XXXXXXXXXXXX XX XX XXXXX 0 XX XXXXX“, y;
CONSIDERANDO:
QUE a fs. 21 y 21 vuelta la Dirección General de Control de Procesos realiza el análisis formal del pedido y la correspondiente autorización de la Subsecretaria de Contrataciones;
QUE habiéndose programado el 1º llamado a la apertura de sobres para el día 26/08/2016 a hora 12:00 y cursado invitaciones a diferentes firmas del medio, se presentaron las firmas: “XXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX”, “TERRA NOSTRA S.R.L.”, y “XXXXXX XXXXXXX”;
QUE a fs.46 se solicita a la Dependencia Originante la emisión del Informe Técnico sobre la oferta presentada;
QUE a fs. 47 la Dependencia Originante emite Informe Técnico correspondiente;
QUE realizado el análisis de las ofertas presentadas, y del Informe Técnico correspondiente, surge su adjudicación por ajustarse a lo requerido, presentar toda la documentación solicitada, menor precio y encontrarse dentro del monto autorizado.
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE CONTRATACIONES DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX RESUELVE:
ARTICULO 1º.-APROBAR la Contratación Directa Nº 980/2016 convocada para la “ADQUISICIÓN DE PLANTAS PARA PARQUIZACIÓN EN LA PLAZA 9 DE JULIO”, mediante la Nota de Pedido Nº 852/2016, con un presupuesto oficial de $36.368,14 (Pesos treinta y seis mil trescientos sesenta y ocho con 14/100).-
ARTICULO 2º.- DECLARAR ADMISIBLE la oferta presentada por la firma TERRA NOSTRA S.R.L.-
ARTICULO 3º.-ADJUDICAR la totalidad de los ítems de la contratación mencionada en el Art. 1º de la presente Resolución, a la firma TERRA NOSTRA S.R.L., por la suma de $36.368,14 (Pesos treinta y seis mil trescientos sesenta y ocho con 14/100) por considerar lo más conveniente a los intereses de la Municipalidad xx Xxxxx.-
ARTICULO 4º.- CONFECCIONAR la Orden de Compra correspondiente.-
ARTICULO 5º.- COMUNICAR y publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
XXXXXXXX
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SALTA, 20 de Setiembre de 2016
RESOLUCION Nº 296 SECRETARIA DE HACIENDA SUBSECRETARIA DE CONTRATACIONES
C. DIRECTA Nº 1128/16 - 1º Llamado REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 10617-SG-2016.-
VISTO La Nota de Pedido Nº 1357/2016 de fs. 08 y 24 mediante el cual se solicita la “Adquisición de repuestos para el Camión Atmosférico Volkswagen Interno Nº C15, solicitados por la Dirección General de Saneamiento e Higiene Urbana dependiente de la Subsecretaria de Política Ambiental, Saneamiento e Higiene Urbana, ambas dependientes de la Secretaria de Ambiente y Servicios Públicos” y;
CONSIDERANDO:
QUE habiéndose verificado la imputación presupuestaria al presente ejercicio y habiéndose cursado invitaciones a firmas del medio, a fin de participar como proponentes en la apertura de sobres del Primer llamado a la Contratación Directa de referencia, llevada a cabo el día 12 de Setiembre de 2.016, a horas 10:00, la misma resultó DESIERTA por falta de oferentes, tal como surge del Acta de fs. 32 del Expediente de referencia;
QUE corresponde emitir el Instrumento Legal pertinente;
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE CONTRATACIONES DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX RESUELVE:
ARTICULO 1º.- DECLARAR DESIERTO el Primer Llamado de la Presente Contratación.
ARTICULO 2º.- CONVOCAR un Segundo Llamado con las mismas bases y condiciones que el anterior.
ARTICULO 3º.- PUBLICAR en el Boletín Oficial Municipal.
XXXXXXXX
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SALTA, 22 de Septiembre de 2016
RESOLUCION Nº 005
DIRECCION GENERAL DE CONTRATACIONES SUBSECRETARIA DE CONTRATACIONES SECRETARIA DE HACIENDA
REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 18488-SG-2016.-
VISTO el expediente de referencia, correspondiente al Concurso de Precios Nº 05/16, convocada para la “CONTRATACION DEL SERVICIO DE RECARGA DE MATAFUEGOS”, autorizado mediante Resolución Nº 002/16 (fs. 20/20 vta.) de esta Dirección General de Contrataciones, y;
CONSIDERANDO:
QUE según Acta Extraprotocolar Municipal Nº 31 (fs. 70) se presentó a formular oferta 1 (una) Empresa del rubro, correspondiente a la firma GRUPO HYS S.R.L.;
QUE la Comisión Evaluadora elaboró el informe de Preadjudicación a fs. 108/109, aconsejando: 1º Declarar Admisibles la oferta presentada por la firma “GRUPO HYS S.R.L.” la cual cumplió con todos los requisitos formales y técnicos requeridos en los Pliegos, 2º Pre adjudicar a la firma “GRUPO HYS S.R.L.” , la contratación del Servicio der Recarga de Matafuegos por la suma total de $ 64.080,00 (Pesos Sesenta y Cuatro Mil Ochenta con 00/100), lo que representa un 0,33% por debajo del presupuesto oficial, por considerarse ello lo más xxxxxxxxxxx x xxx xxxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxx;
QUE la Asesoría Legal dependiente de la Subsecretaria de Contrataciones a fs. 114/116 comparte lo vertido por la Comisión de Preadjudicación respecto de los ítems 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11 y 13, manifestando que corresponde declarar admisible y adjudicar a la firma GRUPO HYS S.R.L, por resultar la más conveniente a los intereses del Estado Municipal y declarar fracasado el llamado de la presente contratación por inconveniencia de precio ofertado en relación al ítem Nº 12;
QUE de conformidad a lo dispuesto por el Artículo Nº 101 del Decreto Nº 0931/96, modificado según Decreto Nº 0122/16, corresponde emitir el instrumento legal pertinente
POR ELLO:
LA DIRECCION XXXXXXX XX XXXXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXX
XX XX XXXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXXXXXXXXX XX XXXXX
RESUELVE:
ARTICULO 1º.-APROBAR el Concurso de Precios Nº 05/16 convocada para la “CONTRATACION DEL SERVICIO DE RECARGA DE
MATAFUEGOS” con un presupuesto oficial autorizado de $ 64.100,00 (Pesos Sesenta y Cuatro Mil Cien con 00/100).-
ARTICULO 2º.-DECLARAR ADMISIBLE la oferta presentada por la firma GRUPO HYS S.R.L.-
ARTICULO 3º.- ADJUDICAR los ítems Nºs 01, 02, 03, 04, 05, 06, 07,
08, 09, 10, 11 y 13 de la contratación mencionada en el Art. 1º de la presente Resolución, a la firma GRUPO HYS S.R.L, por la suma de $ 63.480,00 (Pesos sesenta y tres mil cuatrocientos ochenta con 00/100) por considerar lo más conveniente a los intereses del Estado Municipal.-
ARTICULO 4º.- DECLARAR FRACASADO el llamado de la presente contratación, en relación al ítem Nº 12 por inconveniencia de precio ofertado.-
ARTICULO 5º.-DAR por Dirección General de Presupuesto la imputación presupuestaria correspondiente y disponer la desafectación de la partida presupuestaria respecto del ítem Nº 12.
ARTICULO 6º.- NOTIFICAR a la firma adjudicataria para que constituya garantía de adjudicación por un valor equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del monto adjudicado.-
ARTICULO 7º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
TAMER
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Salta, 31 xx Xxxxxx de 2.016.-
RESOLUCIÓN Nº 248/16.- REF.: Expte. N° 049658-SG-16.-
C. DIRECTA Nº 1049/16 – LIBRE NEGOCIACIÓN. - VISTO
La Nota de Pedido Nº 1648/2016, solicitada por la Sub Secretaría de Cultura, dependiente de la Secretaría de Turismo y Cultura, y;
CONSIDERANDO:
Que el citado Pedido corresponde a la Contratación por una actuación del Grupo de Rock “ADOBE”, con una duración de 40 minutos aproximadamente, para el día 04 de Septiembre del corriente año, a partir de horas 19:40, a realizarse en el Anfiteatro Dr. Xxxxxxx “Cuchi” Xxxxxxxxxx del Parque San Xxxxxx, en el marco del Ciclo “MIAS Invita”. Evento organizado por la Secretaría de Turismo y Cultura;
Que a fs. 01 la Dependencia solicitante justifica y fundamenta la selección de la contratación del Grupo de Rock “ADOBE”, representado por la Fundación META, firmando la propuesta su presidente la Xxx. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, obrando a fs. 04 constancia que autoriza a representar comercialmente del grupo de rock, y a fs. 03 obra presupuesto de la firma referida ut supra, ambas refrendadas por la Sub Secretaria de Cultura;
Que de fs. 05 a 09 curriculum del grupo musical, y a fs. 10 Acta Compromiso entre el Municipio y la Asociación MIAS
Que a fs. 16 la Dirección de Presupuesto realizó la imputación correspondiente al ejercicio 2016;
Que a fs. 16 la Dirección General de Control de Xxxxxxx realiza el análisis formal del pedido conforme al Decreto Nº 1686/15, 094/16 y 440/16, y a fs. 16 vuelta la Sub Secretaría de Contrataciones autoriza la suma de $ 3.000,00, homologando en este monto el precio testigo para la presente contratación;
Que a fs. 16 vuelta la Sub-Secretaría de Contrataciones indica la siguiente forma de pago: “A 15 Días F.C.”, conforme Resolución Nº 001/2016 de la Sub Secretaría de Finanzas;
Que de fs. 17 a 40 obran actas constitutiva de la Fundación;
Que a fs. 13 la Directora General de Contrataciones procede al encuadre del procedimiento de Contratación Directa por Libre Negociación de acuerdo al art. 13, inc. c, de la Ley Provincial de Contrataciones Nº 6838/96 el cual establece: “Sólo podrá contratarse bajo esta modalidad en el siguiente caso: Para adquirir bienes o contratar servicios cuya fabricación o suministro sea exclusivo de quienes tengan privilegio para ello, o que sean poseídos por personas o entidades que tengan exclusividad para su venta, siempre que no puedan ser sustituidos por bienes similares. …”;
Que teniendo en consideración lo expuesto en párrafos anteriores, como así también realizado el análisis correspondiente del presupuesto adjuntado a fs. 03, resulta razonable adjudicar la contratación de referencia a la firma FUNDACIÓN META, en representación del Grupo de Rock “ADOBE”, por ajustarse a lo solicitado y encontrarse dentro del presupuesto oficial;
Que las manifestaciones vertidas a fs. 01 por la Secretaría de Modernización a cargo de la Secretaría de Turismo y Cultura, atento a la COMPETENCIA ESPECIAL por la materia del mencionado órgano, obligan al ente contratante, entendiéndose que aquella ha evaluado las cualidades e idoneidad de los artistas cuya contratación se requiere, y se ha compenetrado en el análisis de sus antecedentes y trayectoria, previo a la formalización del pedido de materiales, advirtiendo que conforme el Art. 32 del Decreto 931: “…la preadjudicaciones que se decidan en base a informes producidos por reparticiones, comisiones o funcionarios técnicos en la materia, harán responsables a éstos por la negligencias, impericias e inobservancias de sus deberes al emitir sus informes o expedir sus dictámenes;
POR ELLO
EL DIRECTOR DE CONTRATACIONES DIRECTAS RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: ARTÍCULO 1°: Aprobar el proceso selectivo llevado a cabo para la Contratación por una actuación del Grupo de Rock “ADOBE”, con una duración de 40 minutos aproximadamente, para el día 04 de Septiembre del corriente año, a partir de horas 19:40, a realizarse en el Anfiteatro Dr. Xxxxxxx “Cuchi” Xxxxxxxxxx del Parque San Xxxxxx, solicitado por la Sub Secretaría de Cultura en la Nota de Pedido Nº 01648/2016 con un presupuesto oficial de $ 3.000,00 (Pesos Tres Mil con 00/100).
ARTÍCULO 2°: Adjudicar la contratación citada en el art. 1º, en el marco de lo dispuesto por el art. 13, inc. c) de la Ley 6838 a la firma FUNDACIÓN META – CUIT Nº 30-71163215-4, en representación en representación del Grupo de Rock “ADOBE”, por el monto de $ 3.000,00 (Pesos Tres Mil con 00/100) con la condición de pago A 15 Días Cont. Fact.; por resultar conveniente a los intereses del Estado Municipal, todo ello conforme a los considerandos expuestos en la presente.-
ARTÍCULO 3°: Confeccionar la Orden de Compra correspondiente.-
ARTÍCULO 4°: Comunicar, Publicar en el Boletín Oficial Municipal y Archivar.-
CHAILE
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Salta, 31 xx Xxxxxx de 2.016.-
RESOLUCIÓN Nº 249/16
REF.: Expte. N° 050071-SG-16. -
C. DIRECTA Nº 1050/16 – LIBRE NEGOCIACIÓN. - VISTO
La Nota de Pedido Nº 1661/2016, solicitada por la Sub Secretaría de Cultura, dependiente de la Secretaría de Turismo y Cultura, y;
CONSIDERANDO:
Que el citado Pedido corresponde a la Contratación por una actuación del grupo infantil “TAKY TAKY”, con una duración de 40 minutos, para el día 11 de Septiembre del corriente año, en el marco del Día del Niño, a partir de horas 18:00, conforme nota de reprogramación de fs. 12. Evento organizado por la Dependencia citada ut supra;
Que a fs. 01 la Dependencia solicitante justifica y fundamenta la selección de la contratación del Grupo infantil “TAKY TAKY”, representado por XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXX, obrando a fs. 04 constancia que autoriza a representar comercialmente del grupo infantil, y a fs. 03 obra presupuesto de la firma referida ut supra, ambas refrendadas por la Sub Secretaria de Cultura;
Que a fs. 15 la Dirección de Presupuesto realizó la imputación correspondiente al ejercicio 2016;
Que a fs. 16 la Dirección General de Control de Xxxxxxx realiza el análisis formal del pedido conforme al Decreto Nº 1686/15, 094/16 y 440/16, y a fs. 16 vuelta la Sub Secretaría de Contrataciones autoriza la suma de $ 5.000,00, homologando en este monto el precio testigo para la presente contratación indica la siguiente forma de pago: “A 15 Días F.C.”, conforme Resolución Nº 001/2016 de la Sub Secretaría de Finanzas;
Que a fs. 26 la Directora General de Contrataciones procede al encuadre del procedimiento de Contratación Directa por Libre Negociación de acuerdo al art. 13, inc. c, de la Ley Provincial de Contrataciones Nº 6838/96 el cual establece: “Sólo podrá contratarse bajo esta modalidad en el siguiente caso: Para adquirir bienes o contratar servicios cuya fabricación o suministro sea exclusivo de quienes tengan privilegio para ello, o que sean poseídos por personas o entidades que tengan exclusividad para su venta, siempre que no puedan ser sustituidos por bienes similares. …”;
Que teniendo en consideración lo expuesto en párrafos anteriores, como así también realizado el análisis correspondiente del presupuesto adjuntado a fs. 03, resulta razonable adjudicar la contratación de referencia a la firma XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXX, en representación del grupo infantil “TAKY TAKY” , por ajustarse a lo solicitado y encontrarse dentro del presupuesto oficial;
Que las manifestaciones vertidas a fs. 01 por la Sub Secretaría de Cultura, atento a la COMPETENCIA ESPECIAL por la materia del mencionado órgano, obligan al ente contratante, entendiéndose que aquella ha evaluado las cualidades e idoneidad del grupo folclórico cuya contratación se requiere, y se ha compenetrado en el análisis de sus antecedentes y trayectoria, previo a la formalización del pedido de materiales, advirtiendo que conforme el Art. 32 del Decreto 931: “…la preadjudicaciones que se decidan en base a informes producidos por reparticiones, comisiones o funcionarios técnicos en la materia, harán responsables a éstos por la negligencias, impericias e inobservancias de sus deberes al emitir sus informes o expedir sus dictámenes;
POR ELLO
EL DIRECTOR DE CONTRATACIONES DIRECTAS RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: Aprobar el proceso selectivo llevado a cabo para la Contratación por una actuación del grupo infantil “TAKY TAKY”, con una duración de 40 minutos, para el día 11 de Septiembre del corriente año, en el marco del Día del Niño, a partir de horas 18:00, solicitado por la Sub Secretaría de Cultura en la Nota de Pedido Nº 1661/2016 con un presupuesto oficial de $ 5.000,00 (Pesos Cinco Mil con 00/100).
ARTÍCULO 2°: Adjudicar la contratación citada en el art. 1º, en el marco de lo dispuesto por el art. 13, inc. c) de la Ley 6838 a la firma XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXX – CUIT Nº 20-00000000-9, en
representación del grupo infantil “TAKY TAKY” por el monto de $ 5.000,00 (Pesos Cinco Mil con 00/100) con la condición de pago A 15 Días Fact. Conf.; por resultar conveniente a los intereses del Estado Municipal, todo ello conforme a los considerandos expuestos en la presente.-
ARTÍCULO 3°: Confeccionar la Orden de Compra correspondiente.-
ARTÍCULO 4°: Comunicar, Publicar en el Boletín Oficial Municipal y Archivar.-
CHAILE
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Salta, 02 de Septiembre de 2.016.-
RESOLUCIÓN Nº 251/16
REF.: Expte. N° 049656-SG-16. -
C. DIRECTA Nº 1089/16 – LIBRE NEGOCIACIÓN. -
VISTO
La Nota de Pedido Nº 1660/2016, solicitada por la Sub Secretaría de Cultura, dependiente de la Secretaría de Turismo y Cultura, y;
CONSIDERANDO:
Que el citado Pedido corresponde a la Contratación por una actuación del grupo Taller de Danzas y Percusión Africanas “LIBERTÉ”, con una duración de 40 minutos, para el día 09 de Septiembre del corriente año, en la Glorieta de la Plaza 9 de Julio, a partir de horas 18:00, en el marco del mes de la primavera con el espectáculo denominado “Primavera Afro”. Evento organizado por la Dependencia citada ut supra;
Que a fs. 01 la Dependencia solicitante justifica y fundamenta la selección de la contratación del Grupo Taller de Danzas y Percusión Africanas “LIBERTÉ”, representado por XXXXXXX XXXXXX XXXXX XXXX, obrando a fs. 04 constancia que autoriza a representar comercialmente del grupo mencionado, y a fs. 03 obra presupuesto de la firma referida ut supra, ambas refrendadas por la Sub Secretaria de Cultura;
Africanas “LIBERTÉ”, con una duración de 40 minutos, para el día 09 de Septiembre del corriente año, en la Glorieta de la Plaza 9 de Julio, a partir de horas 18:00, solicitado por la Sub Secretaría de Cultura en la Nota de Pedido Nº 1660/2016 con un presupuesto oficial de $ 3.000,00 (Pesos Tres Mil con 00/100).
ARTÍCULO 2°: Adjudicar la contratación citada en el art. 1º, en el marco de lo dispuesto por el art. 13, inc. c) de la Ley 6838 a la firma XXXXXXX XXXXXX XXXXX XXXX – CUIT Nº 27-00000000-4, en
representación del grupo Taller de Danzas y Percusión Africanas “LIBERTÉ” por el monto de $ 3.000,00 (Pesos Tres Mil con 00/100) con la condición de pago A 15 Días Fact. Conf.; por resultar conveniente a los intereses del Estado Municipal, todo ello conforme a los considerandos expuestos en la presente.-
ARTÍCULO 3°: Confeccionar la Orden de Compra correspondiente.-
ARTÍCULO 4°: Comunicar, Publicar en el Boletín Oficial Municipal y Archivar.-
CHAILE
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Xxxxx 00 xx Xxxxxxxxx xx 0000.-
Que a fs. 17 la Dirección de Presupuesto realizó la imputación correspondiente al ejercicio 2016;
Que a fs. 18 la Dirección General de Control de Proceso realiza el análisis formal del pedido conforme al Decreto Nº 1686/15, 094/16 y 440/16, y a fs. 18 vuelta la Sub Secretaría de Contrataciones autoriza la suma de $ 3.000,00, homologando en este monto el precio testigo para la presente contratación indica la siguiente forma de pago: “A 15 Días Cont. Fact. Conf.”, conforme Resolución Nº 001/2016 de la Sub Secretaría de Finanzas;
Que a fs. 19 la Directora General de Contrataciones procede al encuadre del procedimiento de Contratación Directa por Libre Negociación de acuerdo al art. 13, inc. c, de la Ley Provincial de Contrataciones Nº 6838/96 el cual establece: “Sólo podrá contratarse bajo esta modalidad en el siguiente caso: Para adquirir bienes o contratar servicios cuya fabricación o suministro sea exclusivo de quienes tengan privilegio para ello, o que sean poseídos por personas o entidades que tengan exclusividad para su venta, siempre que no puedan ser sustituidos por bienes similares. …”;
Que teniendo en consideración lo expuesto en párrafos anteriores, como así también realizado el análisis correspondiente del presupuesto adjuntado a fs. 03, resulta razonable adjudicar la contratación de referencia a la firma XXXXXXX XXXXXX XXXXX XXXX, en representación del grupo Taller de Danzas y Percusión Africanas “LIBERTÉ” , por ajustarse a lo solicitado y encontrarse dentro del presupuesto oficial;
Que las manifestaciones vertidas a fs. 01 por la Sub Secretaría de Cultura, atento a la COMPETENCIA ESPECIAL por la materia del mencionado órgano, obligan al ente contratante, entendiéndose que aquella ha evaluado las cualidades e idoneidad del grupo xx xxxxx cuya contratación se requiere, y se ha compenetrado en el análisis de sus antecedentes y trayectoria, previo a la formalización del pedido de materiales, advirtiendo que conforme el Art. 32 del Decreto 931: “…la preadjudicaciones que se decidan en base a informes producidos por reparticiones, comisiones o funcionarios técnicos en la materia, harán responsables a éstos por la negligencias, impericias e inobservancias de sus deberes al emitir sus informes o expedir sus dictámenes;
POR ELLO
EL DIRECTOR DE CONTRATACIONES DIRECTAS RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: Aprobar el proceso selectivo llevado a cabo para la Contratación por una actuación del grupo Taller de Danzas y Percusión
REF.: Expte. N° 17225-SG-2016.-
C. DIRECTA Nº 719/16 – 2º (segundo) Llamado.- RESOLUCIÓN Nº 255/16
VISTO
La Nota de Pedido Nº 781/16, solicitado por la Dirección General de Centros Integradores Comunitarios, dependiente de la Secretaria de Acción Social; y
CONSIDERANDO:
Que el citado Pedido corresponde a la “Adquisición de Una Batería y Repuestos Varios para la reparación de caja de velocidad (juegos de juntas, reten, etc…)”, destinada para el Vehículo Fiat Xxxxxxx Fire Modelo 2007, Dominio GGD-142, perteneciente a la Secretaria arriba citada, para poder contar en óptimas condiciones con el móvil en cuestión de acuerdo a las actividades que realizan en el CIC del Barrio Solidaridad.-
Que a fs. a fs. 33, rola Resolución Interna Nº 205/16, emitida por ésta Dirección de Contrataciones Directas, en la cual se declara desierto el 1º (primer) llamado por falta de oferentes, y asimismo se autoriza a convocar un 2º (segundo) llamado con las mismas bases y condiciones que el 1º (primero).
Que habiéndose programado la apertura de sobres del 2º (segundo) llamado para el día 04/07/16 a horas 10:30, y publicado la presente Contratación Directa en la página Web de la Municipalidad xx Xxxxx e invitados proveedores del rubro a contratar, se presentaron las firmas XXXXXXX XXXX XXXXXX Y BATERIAS XXXXXX xx XXXXXX
XXXXXXX XXX XXXXX, según consta en acta de apertura de sobres de fs. 42 y cuadro comparativo de fs. 53 al 55.
Que a fs. 57, rola informe técnico emitido por la dependencia solicitante en la cual informa que la firma XXXXXXX XXXX XXXXXX, NO se ajustan técnicamente a las necesidades requeridas.
Que la firma BATERIAS XXXXXX xx XXXXXX XXXXXXX XXX XXXXX,
se aparta a las condiciones de pago requerido en formulario de cotización y supera ampliamente el presupuesto oficial autorizado, por lo que corresponde su desestimación, por lo que ésta Dirección considera conveniente declarar Fracasado el 2º (segundo) llamado por inconveniencia de oferta y convocar un nuevo llamado bajo las mismas bases y condiciones que el 1º (primer) y 2º (segundo) llamado.
POR ELLO
EL DIRECTOR DE CONTRATACIONES DIRECTAS RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: DECLARAR FRACASADO el 2º (segundo) Llamado de la presente Contratación por los motivos citados en los considerandos.
ARTÍCULO 2°: DESESTIMAR las ofertas de las XXXXXXX XXXX XXXXXX Y BATERIAS XXXXXX xx XXXXXX XXXXXXX XXX XXXXX,
por los motivos indicado Ut-supra.
ARTÍCULO 3°: COMUNICAR a los oferentes lo resuelto por ésta Dirección.
ARTÍCULO 4°: CONVOCAR un 3º (tercer) Llamado con las mismas bases y condiciones que los anteriores.
ARTÍCULO 5°: COMUNICAR Y PUBLICAR en el Boletín Oficial Municipal.-
XXXXXX
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05 de Setiembre de 2016
REF.: Expte. N° 33135-SG-2016.-
C. DIRECTA Nº 795/16.-2° llamado RESOLUCIÓN Nº 256/16
VISTO
La Nota Pedido Nº 1276/16 solicitada por la Subsecretaria de Programas de Calidad para la Atención de Pymes y Contribuyentes dependiente de Secretaria de Modernización;
CONSIDERANDO:
Que el citado Pedido corresponde a la Adquisición de Artículos de Librería (cuaderno espiral oficio, carpeta oficio tapa transparente, broches para abrochadora, perforadora mediana, sacabroches, resaltadores, correctores, reglas, folios, pizarrón mediano etc.), con destino a las distintas Direcciones dependientes de la citada Subsecretaria, para el normal funcionamiento de las mismas:
Que a fs. 43 obra Resolución N° 229/16 emitida por esta Dirección en la cual se adjudicaron los Ítems. N° 02, 04 a 19, 22 a 24, 27 y 29 por la suma de 4.424,65, quedando un saldo del monto total autorizado de
$3.910,41.Asimismo en su Art 4° se dispone convocar un Segundo llamado para los Ítems N° 01, 03, 20, 21, 25, 26 y 28;
Que habiéndose programado la apertura de sobres del Segundo llamado a la Contratación de referencia para el día 30/08/2016 a horas 10:00, publicado la presente Contratación en la página Web de la Municipalidad xx Xxxxx y cursado invitaciones a firmas del medio a ofertar, se presentaron las firmas HERSAPEL S.R.L y XXXXXXXX Y XXXXXXXX S.R.L con sus respectivas cotizaciones conforme surge de Acta de fs. 55, obrando cuadro comparativo de las ofertas a fs.63;
Que analizada la oferta de la firma XXXXXXXX Y XXXXXXXX S.R.L surge que la misma se aparta de las condiciones de pago requeridas en el formulario de cotización, por lo que corresponde desestimar su oferta;
Que a fs. 65 obra Informe Técnico emitido por la Subsecretaria de Programas de Calidad para la Atención a Pymes y Contribuyentes dependiente de la Secretaria de Modernización en el cual señala que la firma HERSAPEL S.R.L se ajusta a las necesidades requeridas, tener menor precio y encontrarse dentro del presupuesto oficial autorizado;
Que en virtud al informe técnico y a los Artículos 31 de la Ley Nº 6.838/96, y Artículo 34 del Decreto Nº 931/96, se procede a adjudicar a la firma HERSAPEL S.R.L, por ajustarse a lo solicitado, única oferta y
encontrarse dentro del Saldo del presupuesto oficial autorizado, como así también en especial consideración a la necesidad de contar con lo solicitado.-
POR ELLO
EL DIRECTOR DE CONTRATACIONES DIRECTAS RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: Aprobar el procedimiento selectivo llevado a cabo para la Adquisición, de Artículos de librería (cuaderno espiral oficio, carpeta oficio tapa transparente, broches para abrochadora, perforadora mediana, sacabroches, resaltadores, correctores, reglas, folios, pizarrón mediano etc), con destino a las distintas Direcciones dependientes de la Subsecretaria de Programas de Calidad para la Atención de Pymes y Contribuyentes, dependiente de Secretaria de Modernización, requeridos mediante la Nota de Pedido Nº 1276/16 con un saldo del presupuesto oficial autorizado de $ 3.910,41 (Pesos Tres Mil Novecientos diez con 41/100).
ARTÍCULO 2°: ADJUDICAR la Contratación citada en el marco del Artículo 12 del Decreto 931/96 modificado actualmente por Artículo Nº 5 del Decreto 440/16, ajustarse a lo solicitado y única oferta los Ítems N° 01, 03, 20, 21, 25, 26 y 28 de la oferta presentada por la firma HERSAPEL S.R.L CUIT Nº 30-63371747-4, por la suma de $1.891,53
(Pesos Un Mil Ochocientos Noventa y Uno con 53/100) y en las Condiciones de Pago A 15 días Fact. Conf., por resultar conveniente a los intereses del Estado Municipal, todo ello conforme a los considerandos expuestos en la presente resolución.
ARTTICULO 3°: DESESTIMAR la oferta de la firma XXXXXXXX Y XXXXXXXX S.R.L por lo expuesto en los considerandos.-
ARTÍCULO 4°: CONFECCIONAR la Orden de Compra correspondiente.-
ARTICULO 5º: COMUNICAR Y PUBLICAR en el Boletín Oficial Municipal y ARCHIVAR.
CHAILE
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Salta, 06 de Septiembre de 2.016.-
RESOLUCIÓN Nº 257/16.- REF.: Expte. N° 037058-SG-16.-
C. DIRECTA Nº 1114/16 – LIBRE NEGOCIACIÓN. - VISTO
La Nota de Pedido Nº 1423/2016, solicitada por la Dirección de Educación Ambiental, dependiente de la Secretaría de Ambiente y Servicios Públicos, y;
CONSIDERANDO:
Que el citado Pedido corresponde a la Contratación por 16 intervenciones de servicio de actuación para establecimientos educativos, en el marco del programa de concientización ambiental sobre el dengue, con títeres y mimo realizados por el Xx. Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, con una duración aproximada de cada actuación de dos horas y media cada turno (incluye funciones de títeres, mimo, interacción, enseñanza gestualización, según el grado que corresponda); según el siguiente cronograma: el día 05 de Septiembre del Corriente año en la Escuela Almirante Xxxxxxxxx Xxxxx, en el Turno Mañana y en el Turno Tarde; el día 07 de Septiembre del en la Escuela 25 xx Xxxx 1810, en el Turno Mañana y en el Turno Tarde; el día 09 de Septiembre en la Escuela Fray Xxxx Xxxxxxx, en el Turno Mañana y en el Turno Tarde; el día 00 xx Xxxxxxxxxx xx xx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, en el Turno Mañana y en el Turno Tarde; el día 22 de Septiembre en la Escuela Xx. Xxxxxxxx Xxxxxxxx, en el Turno Mañana y en el Turno Tarde; el día 23 de Septiembre en la Escuela Nuestra Señora de la Asunción, en el Turno Mañana y en el Turno Tarde; el día 26 de Septiembre en la
Escuela Xxxx Xxxx Xxxxx, en el Turno Mañana y en el Turno Tarde; el día 28 de Septiembre en la Escuela Xxxxx Xxxxxx, en el Turno Tarde; y el día 00 xx Xxxxxxxxxx xx xx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, conforme reprogramación de fs. 39. Evento organizado por la Dependencia citada ut supra, y cronograma de las actividades reprogramadas a fs. 39;
Que a fs. 01 la Directora de Educación Ambiental fundamenta el servicio requerido del Xx. XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX, basado en que dicha campaña tuvo una gran aceptación por parte de la comunidad educativa salteña, ya que hasta la fecha se siguen recibiendo pedidos para la presentación del mimo y los títeres ambientalistas en los distintos establecimientos educativos de nuestra ciudad; adjuntando desde fs. 06 a 32 obra Propuesta, Presupuesto, Curriculum Vitae y fotocopias de las presentaciones realizada en los distintos establecimientos por el Xx. Xxxxxxx;
Que a fs. 35 y 40 la Dirección General de Control de Proceso realiza el análisis formal del pedido conforme al Decreto Nº 1686/15, 094/16 y 440/16, y a fs. 35 vuelta y 40 vuelta la Sub Secretaría de Contrataciones autoriza la suma de $ 15.200,00, homologando en este monto el precio testigo para la presente contratación;
Que a fs. 37 y 42 la Dirección de Presupuesto realizó la imputación correspondiente al ejercicio 2016;
Que a fs. 38 la Sub-Secretaría de Finanzas indica la siguiente forma de pago: “A 15 Días F.C.”;
Que a fs. 43 la Directora General de Contrataciones procede al encuadre del procedimiento de Contratación Directa por Libre Negociación de acuerdo al art. 13, inc. c, de la Ley Provincial de Contrataciones Nº 6838/96 el cual establece: “Sólo podrá contratarse bajo esta modalidad en el siguiente caso: Para adquirir bienes o contratar servicios cuya fabricación o suministro sea exclusivo de quienes tengan privilegio para ello, o que sean poseídos por personas o entidades que tengan exclusividad para su venta, siempre que no puedan ser sustituidos por bienes similares. …”; y que atento a la fecha de ingreso del expediente de referencia a la Dirección General de Contrataciones y a la reprogramación adjunta de fs. 39, se autorizan 14 (catorce) actuaciones a partir del día 07 de Septiembre del corriente, con un importe total de $ 13.300,00 (Pesos Trece Mil Trescientos con 00/100);
Que teniendo en consideración lo expuesto en párrafos anteriores, como así también realizado el análisis correspondiente del presupuesto adjuntado a fs. 09 al 11, resulta razonable adjudicar la contratación de referencia a la firma XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX, por ajustarse a lo solicitado y encontrarse dentro del presupuesto oficial;
Que las manifestaciones vertidas a fs. 01 por la Dirección de Educación Ambiental, atento a la COMPETENCIA ESPECIAL por la materia del mencionado órgano, obligan al ente contratante, entendiéndose que aquella ha evaluado las cualidades e idoneidad del artista cuya contratación se requiere, y se ha compenetrado en el análisis de sus antecedentes y trayectoria, previo a la formalización del pedido de materiales, advirtiendo que conforme el Art. 32 del Decreto 931/96: “…la preadjudicaciones que se decidan en base a informes producidos por reparticiones, comisiones o funcionarios técnicos en la materia, harán responsables a éstos por la negligencias, impericias e inobservancias de sus deberes al emitir sus informes o expedir sus dictámenes;
POR ELLO
EL DIRECTOR DE CONTRATACIONES DIRECTAS RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: Aprobar el proceso selectivo llevado a cabo para la Contratación por 14 intervenciones de servicio de actuación para establecimientos educativos, en el marco del programa de concientización ambiental sobre el dengue, con títeres y mimo realizados por el Xx. Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, según cronograma
referido ut supra, solicitado por la Dirección de Educación Ambiental mediante Nota de Pedido Nº 1423/2016 con un presupuesto oficial de $ 15.200,00 (Pesos Quince Mil Doscientos con 00/100).
ARTÍCULO 2°: Adjudicar la contratación citada en el art. 1º, en el marco de lo dispuesto por el art. 13, inc. c) de la Ley 6838 a la firma XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX – CUIT Nº 20-00000000-9, por el
monto de $ 13.300,00 (Pesos Trece Mil Trescientos con 00/100) por 14 (catorce) servicios, con la condición de pago A 15 Días Fact. Conf.; por resultar conveniente a los intereses del Estado Municipal, todo ello conforme a los considerandos expuestos en la presente.-
ARTÍCULO 3°: Confeccionar la Orden de Compra correspondiente.-
ARTÍCULO 4°: Comunicar, Publicar en el Boletín Oficial Municipal y Archivar.-
CHAILE
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Salta, 06 de Septiembre de 2.016.-
RESOLUCIÓN Nº 258/16.- REF.: Expte. N° 050078-SG-16.-
C. DIRECTA Nº 1116/16 – LIBRE NEGOCIACIÓN. - VISTO
La Nota de Pedido Nº 1663/2016, solicitada por la Sub Secretaría de Cultura, dependiente de la Secretaría de Turismo y Cultura, y;
CONSIDERANDO:
Que el citado Xxxxxx corresponde a la Contratación por una actuación del Grupo “XXXXXXXXX Y LA ORQUESTA ORDINARIA”, con una
duración de 40 minutos aproximadamente, para el día 10 de Septiembre del corriente año, a partir de horas 17:00, a realizarse en el Paseo de los Poetas en el marco de la Feria de Arte y Diseño, conforme nota de reprogramación de fs. 13. Evento organizado por la Secretaría de Turismo y Cultura, que tiene como propuesta generar nuevos circuitos culturales y artísticos, estableciendo al Paseo de los Poetas, como un centro cultural a cielo abierto, previniendo además la realización de espectáculos acorde, es decir con un género especifico, formato acústico y cuidando al contexto sin perjudicar a los vecinos de la zona, debido a que el paseo no puede albergar grandes escenarios ni importantes despliegues técnicos;
Que a fs. 01 la Dependencia solicitante justifica y fundamenta la selección de la contratación del Grupo XXXXXXXXX Y LA ORQUESTA ORDINARIA, el cual esta dirigido por el artista Xxxxxx Xxxxxxxxx, quien cuenta con una gran trayectoria en su carrera, es profesor de música, autor y compositor idóneo en grabación digital; representado por la Fundación META, siendo la presidente la Xxx. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, obrando a fs. 04 constancia que autoriza a representar comercialmente del grupo de artístico, y a fs. 03 obra presupuesto de la firma referida ut supra, ambas refrendadas por la Sub Secretaria de Cultura;
Que de fs. 05 a 11 curriculum del grupo musical, refrendado por la Sub Secretaria de Cultura;
Que a fs. 16 la Dirección de Presupuesto realizó la imputación correspondiente al ejercicio 2016;
Que a fs. 17 la Dirección General de Control de Proceso realiza el análisis formal del pedido conforme al Decreto Nº 1686/15, 094/16 y 440/16, y a fs. 17 vuelta la Sub Secretaría de Contrataciones autoriza la suma de $ 3.500,00, homologando en este monto el precio testigo para la presente contratación; indica la siguiente forma de pago: “A 15 Días F.C.”, conforme Resolución Nº 001/2016 de la Sub Secretaría de Finanzas;
Que a fs. 18 al 31 obran fotocopias de testimonio de personería jurídica y aprobado por Resolución Nº 1043/2010;
Que a fs. 34 la Directora General de Contrataciones procede al encuadre del procedimiento de Contratación Directa por Libre Negociación de acuerdo al art. 13, inc. c, de la Ley Provincial de Contrataciones Nº 6838/96 el cual establece: “Sólo podrá contratarse bajo esta modalidad en el siguiente caso: Para adquirir bienes o contratar servicios cuya fabricación o suministro sea exclusivo de quienes tengan privilegio para ello, o que sean poseídos por personas o entidades que tengan exclusividad para su venta, siempre que no puedan ser sustituidos por bienes similares. …”;
Que teniendo en consideración lo expuesto en párrafos anteriores, como así también realizado el análisis correspondiente del presupuesto adjuntado a fs. 03, resulta razonable adjudicar la contratación de referencia a la firma FUNDACIÓN META, en representación del Grupo “XXXXXXXXX Y LA ORQUESTA ORDINARIA”, por ajustarse a lo solicitado y encontrarse dentro del presupuesto oficial;
Que las manifestaciones vertidas a fs. 01 por la Secretaría de Modernización a cargo de la Secretaría de Turismo y Cultura, atento a la COMPETENCIA ESPECIAL por la materia del mencionado órgano, obligan al ente contratante, entendiéndose que aquella ha evaluado las cualidades e idoneidad de los artistas cuya contratación se requiere, y se ha compenetrado en el análisis de sus antecedentes y trayectoria, previo a la formalización del pedido de materiales, advirtiendo que conforme el Art. 32 del Decreto 931: “…la preadjudicaciones que se decidan en base a informes producidos por reparticiones, comisiones o funcionarios técnicos en la materia, harán responsables a éstos por la negligencias, impericias e inobservancias de sus deberes al emitir sus informes o expedir sus dictámenes;
POR ELLO
EL DIRECTOR DE CONTRATACIONES DIRECTAS RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: ARTÍCULO 1°: Aprobar el proceso selectivo llevado a cabo para la Contratación por una actuación del Grupo “XXXXXXXXX Y LA ORQUESTA ORDINARIA”, con una duración de 40 minutos aproximadamente, para el día 10 de Septiembre del corriente año, a partir de horas 17:00, a realizarse en el Paseo de los Poetas en el marco de la Feria de Arte y Diseño, solicitado por la Sub Secretaría de Cultura en la Nota de Pedido Nº 01663/2016 con un presupuesto oficial de $ 3.500,00 (Pesos Tres Mil Quinientos con 00/100).
ARTÍCULO 2°: Adjudicar la contratación citada en el art. 1º, en el marco de lo dispuesto por el art. 13, inc. c) de la Ley 6838 a la firma FUNDACIÓN META – CUIT Nº 30-71163215-4, en representación en representación del Grupo de “XXXXXXXXX Y LA ORQUESTA ORDINARIA”, por el monto de $ 3.500,00 (Pesos Tres Mil Quinientos con 00/100) con la condición de pago A 15 Días Cont. Fact.; por resultar conveniente a los intereses del Estado Municipal, todo ello conforme a los considerandos expuestos en la presente.-
ARTÍCULO 3°: Confeccionar la Orden de Compra correspondiente.-
ARTÍCULO 4°: Comunicar, Publicar en el Boletín Oficial Municipal y Archivar.-
CHAILE
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Salta, 06 de Septiembre de 2.016
REF.: Expte. N° 36840-SG-2016.-
C. DIRECTA Nº 996/16.- RESOLUCIÓN Nº 259/16
VISTO
La Nota de Pedido Nº 1363/2016, solicitada por la Subsecretaria de Integración Social y;
CONSIDERANDO:
Que la citada Nota de Pedido corresponde a la “Adquisición de 4 (cuatro) cubiertas con servicio de alineación y balanceo para vehículo Chevrolet Corsa Modelo 2007, dominio GRL-598, solicitado por la dependencia menciona Ut-supra;
Que a fs. 07 la Dirección General de Presupuesto realizó la imputación correspondiente al ejercicio 2016;
Que a fs. 16 la Dirección General de Control de Procesos, en conformidad con lo dispuesto por el Decreto 440/16 y Decretos Nº 1686/15 y 094/16 verifica el cumplimiento de los requisitos formales para iniciar las contrataciones, evaluando y analizando los requerimientos de contrataciones con precios testigos, mientras que a fs. 16 vuelta la Subsecretaría de Contrataciones estima que el Presupuesto Oficial para afrontar el presente gasto asciende la suma de $ 3.800,00 (Pesos Tres Mil Ochocientos con 00/100), homologando en este monto el Precio Testigo para la presente Contratación, conforme lo establecido en el inciso b), articulo 9º del Decreto 440/16;
Que a fs. 17 la Dirección General de Contrataciones procede al encuadre del procedimiento de Contratación Directa de acuerdo a lo establecido por el Artículo 5 del Decreto Nº 440/16, modificatorio del Artículo 12 del Decreto Nº 931/96, el cual establece que: “Contratación Directa con precio testigo… El monto máximo de la operación, para la adquisición de bienes o servicios instrumentados por este procedimiento, no podrá exceder de $ 120.000 (Ciento Veinte Mil) unidades tributarias, lo que equivale a un importe de $624.000 (Pesos Seiscientos Veinticuatro Mil con 00/100);
Que habiéndose programado el llamado a la apertura de sobres para el día 31/08/16, a horas 10:30, y publicado la presente contratación Directa en la página Web de la Municipalidad xx Xxxxx e invitados 4 (cuatro) proveedores del rubro a contratar, se presento la firma RODAR NEUMATICOS de Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx con su respectiva cotización conforme surge de Acta de fs. 22;
Que del Informe Técnico a fs. 28 emitido por la Subsecretaria de Integración Social indica que la firma RODAR NEUMATICOS de Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx se ajusta a las necesidades solicitadas, sugiriendo la contratación de la misma teniendo en cuenta la calidad, el precio e idoneidad, ya que la misma prestó servicios para la Subsecretaria demostrando buena calidad, sin demoras y respetando horarios establecidos;
Que en virtud al informe técnico y a los Artículos 31 de la Ley Nº 6.838/96, y Artículo 34 del Decreto Nº 931/96, se procede a adjudicar a la firma por ajustarse a lo solicitado, ser único oferente y encontrarse dentro del presupuesto oficial autorizado y como así también en especial consideración a la necesidad de contar con lo solicitado.
POR ELLO
EL DIRECTOR DE CONTRATACIONES DIRECTAS RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: APROBAR el proceso selectivo llevado a cabo para la “Adquisición de 4 (cuatro) cubiertas con servicio de alineación y balanceo para vehículo Chevrolet Corsa Modelo 2007, dominio GRL- 598, requerido por la Subsecretaria de Integración Social, solicitado mediante Nota de Pedido Nº 1363/2016, con un presupuesto oficial de $ 3.800,00 (Pesos Tres Mil Ochocientos con 00/100).-
ARTÍCULO 2°: ADJUDICAR la Contratación citada en el marco del Artículo 12 del Decreto 931/96 modificado por Artículo Nº 5 del Decreto 440/16, la oferta presentada por la Firma RODAR NEUMATICOS de
Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx CUIT Nº 20-00000000-1, por la suma de $ 3.600,00 (Pesos Tres Mil Seiscientos con 00/100) monto que se encuentra en un 5,26% por debajo del presupuesto oficial autorizado y en las Condiciones de Pago: A 15 días C.F.C., por resultar conveniente a los intereses del Estado Municipal, todo ello conforme a los considerandos expuestos en la presente resolución.
ARTÍCULO 3º: CONFECCIONAR la Orden de Compra correspondiente.
ARTÍCULO 4°: COMUNICAR y PUBLICAR en el Boletín Oficial Municipal y ARCHIVAR.-
CHAILE
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Salta, 06 de Setiembre de 2.016
REF.: Expte. N° 38776-SG-2016.-
C. DIRECTA Nº 975/16.- RESOLUCIÓN Nº 260/16
VISTO
La Nota de Pedido Nº 1599/2016, solicitada por la Dirección de Red Semafórica dependiente de la Subsecretaria de Transito y Seguridad Vial y;
CONSIDERANDO:
Que la citada Nota de Pedido corresponde a la “Adquisición de 1.500 (Mil Quinientas) lámparas halógenas las cuales serán utilizadas para el reacondicionamiento semafórico de la Ciudad xx Xxxxx, solicitada por la dependencia mencionada en Ut-supra;
Que a fs. 13 la Dirección General de Presupuesto realizó la imputación correspondiente al ejercicio 2016;
Que a fs. 15 la Dirección General de Control de Procesos, en conformidad con lo dispuesto por el Decreto 1196/14 y Decretos Nº 1686/15 y 094/16 verifica el cumplimiento de los requisitos formales para iniciar las contrataciones, evaluando y analizando los requerimientos de contrataciones con precios testigos, mientras que a fs. 15 vuelta la Subsecretaría de Contrataciones estima que el Presupuesto Oficial para afrontar el presente gasto asciende la suma de $ 38.280,00 (Pesos Treinta y Ocho Mil Doscientos Ochenta con 00/100), homologando en este monto el Precio Testigo para la presente Contratación, conforme lo establecido en el articulo &, 3er. y 4to. Párrafo del Decreto 1196/14;
Que a fs. 16 la Dirección General de Contrataciones atento a la entrada en vigencia del Decreto Nº 440/16 procede al re-encuadre del procedimiento de Contratación Directa de acuerdo a lo establecido por el Artículo 5º de dicho instrumento, modificatorio del Artículo 12 del Decreto Nº 931/96, el cual establece que: “Contratación Directa con precio testigo… El monto máximo de la operación, para la adquisición de bienes o servicios instrumentados por este procedimiento, no podrá exceder de $ 120.000 (Ciento Veinte Mil) unidades tributarias, lo que equivale a un importe de $624.000 (Pesos Seiscientos Veinticuatro Mil con 00/100);
Que habiéndose programado el llamado a la apertura de sobres para el día 25/08/16, a horas 10:00, y publicado la presente contratación Directa en la página Web de la Municipalidad xx Xxxxx e invitados 5 (Cinco) proveedores del rubro a contratar, se presentaron las firmas ELECTRONOA de Xxxxxx Xxxxx Xxxxx y LEAELECTRICIDAD de Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx con sus respectivas cotizaciones conforme surge de Acta de fs. 22 y la firma LEAELECTRICIDAD de Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx queda desestimada por apartarse de las condiciones de pago, lugar de entrega y validez de entrega establecidas en el formulario de cotización, como así también carece de la rúbrica de la firma comercial;
Que del Informe Técnico a fs. 33 emitido por el Director de Red Semafórica indica que la firma ELECTRONOA de Xxxxxx Xxxxx Xxxxx se ajusta a las necesidades solicitadas, cumple con las características técnicas y el precio ofertado es menor al presupuesto oficial;
Que en virtud al informe técnico y a los Artículos 31 de la Ley Nº 6.838/96, y Artículo 34 del Decreto Nº 931/96, se procede a adjudicar a la firma por ajustarse a lo solicitado y encontrarse dentro del presupuesto oficial autorizado y como así también en especial consideración a la necesidad de contar con lo solicitado.
POR ELLO
EL DIRECTOR DE CONTRATACIONES DIRECTAS RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: APROBAR el proceso selectivo llevado a cabo para la “Adquisición de 1.500 (Mil Quinientas) lámparas halógenas, requerido por la Dirección de Red Semafórica dependiente de la Subsecretaria de Transito y Seguridad Vial, solicitado mediante Nota de Pedido Nº 1599/2016, con un presupuesto oficial de $ 38.280,00 (Pesos Treinta y Ocho Mil Doscientos Ochenta con 00/100).-
ARTÍCULO 2°: ADJUDICAR la Contratación citada en el marco del Artículo 12 del Decreto 931/96 modificado por Artículo Nº 5 del Decreto 440/16, la oferta presentada por la Firma ELECTRONOA de Xxxxxx Xxxxx Xxxxx, CUIT Nº 23-00000000-4, por la suma de $ 34.470,00 (Pesos Treinta y Cuatro Mil Cuatrocientos Setenta con 00/100) monto que se encuentra en un 23,01% por debajo del presupuesto oficial autorizado y en las Condiciones de Pago: A 15 días Fact. Conf.; por resultar conveniente a los intereses del Estado Municipal, todo ello conforme a los considerandos expuestos en la presente resolución.
ARTÍCULO 3º: DESESTIMAR la oferta de la firma LEAELECTRICIDAD de Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx por los motivos indicado Ut-Supra.-
ARTÍCULO 3º: CONFECCIONAR la Orden de Compra correspondiente.
ARTÍCULO 4°: COMUNICAR y PUBLICAR en el Boletín Oficial Municipal y ARCHIVAR.-
CHAILE
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Salta, 09 de Setiembre de 2.016
RESOLUCIÓN Nº 261/16
REF.: Exptes. N ° 3061-SV-2016 y 33401-SV-2016
C. DIRECTA Nº 1024 /16 1º llamado VISTO
La Nota de Pedido Nº 485/2016, mediante la cual la Subsecretaria de Tránsito y Seguridad de Tránsito dependiente de Secretaria de Gobierno, solicita la “Adquisición de Filtros de Combustible, Aire y Aceite “ para los Móviles Chevrolet S-10, Dominios XXX-000,XXX-000, XXX-000, XXX-000; Camionetas Xxxx Ranger, Xxxxxxxx EDW-902 y EDW-903; Camioneta Chevrolet Luv., Dominio HKD-532, Camión Dahiatsu BTL-740; camión Agrale 7.500, Dominio HKD-533, Camión Agrale 8.500, Dominio HKD-532, Camión Dahitasu s/n, Automóviles Chevrolet Corsa, Dominio GRL-997 y GRL-612 y Automóviles Fiat Uno, Dominio EEF-346 y EEF-344, pertenecientes a la mencionada Subsecretaria, cuyo Monto total Autorizado asciende a $ 51.896,85 (Pesos Cincuenta y un Mil Ochocientos Noventa y Seis con 85/100) y;
CONSIDERANDO:
Que habiéndose verificado la imputación presupuestaria al presente ejercicio, cursado invitaciones firmas del medio a ofertar y publicado la presente Contratación en la página Web de la Municipalidad xx Xxxxx a fin de participar como proponentes en la Apertura de sobres del Primer
llamado a la Contratación Directa de referencia, llevada a cabo el día 05 de Setiembre de 2016, a horas 10:00, la misma resultó DESIERTA por falta de oferentes.
POR ELLO
EL DIRECTOR DE CONTRATACIONES DIRECTAS RESUELVE:
Artículo 1°: Declarar DESIERTO el Primer Llamado de la Presente Contratación por falta de oferentes.-
Artículo 2°: Convocar un Segundo Llamado con las mismas bases y condiciones que el primero.
Artículo 3°: Comunicar y Publicar en el Boletín Oficial Municipal.
CHAILE
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Salta, 12 de Septiembre de 2.016.-
RESOLUCIÓN Nº 262/16
REF.: Expte. N° 052552-SG-16. -
C. DIRECTA Nº 1133/16 – LIBRE NEGOCIACIÓN. - VISTO
La Nota de Pedido Nº 1780/2016, solicitada por la Procuración General, y;
CONSIDERANDO:
responsables a éstos por la negligencias, impericias e inobservancias de sus deberes al emitir sus informes o expedir sus dictámenes;
POR ELLO
EL DIRECTOR DE CONTRATACIONES DIRECTAS RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: Aprobar el proceso selectivo llevado a cabo para la Adquisición de 100 (Cien) Estampillas Profesionales Civiles, las que serán destinadas para iniciar las ejecuciones fiscales, solicitado por la Procuración General en la Nota de Pedido Nº 1780/2016 con un presupuesto oficial de $ 32.000,00 (Pesos Treinta y Dos Mil con 00/100).
ARTÍCULO 2°: Adjudicar la contratación citada en el art. 1º, en el marco de lo dispuesto por el art. 13, inc. a) e inc. c) de la Ley 6838 a la firma COLEGIO DE ABOGADOS Y PROCURADORES DE SALTAS –
CUIT Nº 30-52274501-0, por el monto de $ 32.000,00 (Pesos Treinta y Dos Mil con 00/100) con la condición de pago Contado C.F.C.; por resultar conveniente a los intereses del Estado Municipal, todo ello conforme a los considerandos expuestos en la presente.-
ARTÍCULO 3°: Confeccionar la Orden de Compra correspondiente.-
ARTÍCULO 4°: Comunicar, Publicar en el Boletín Oficial Municipal y Archivar.-
XXXXXX
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Salta, 16 de Setiembre de 2.016
Que el citado Pedido corresponde a la Adquisición de 100 (Cien) Estampillas Profesionales Civiles, las que serán destinadas para iniciar las ejecuciones fiscales;
Que a fs. 02 obra presupuesto de la firma COLEGIO DE ABOGADOS Y PROCURADORES XX XXXXX, refrendado por el Procurador General;
Que a fs. 06 la Dirección de Presupuesto realizó la imputación correspondiente al ejercicio 2016;
Que a fs. 07 la Dirección General de Control de Xxxxxxx realiza el análisis formal del pedido conforme al Decreto Nº 1686/15, 094/16 y 440/16, y a fs. 07 vuelta la Sub Secretaría de Contrataciones autoriza la suma de $ 32.000,00, homologando en este monto el precio testigo para la presente contratación indica la siguiente forma de pago: “Contado Fact. Conf.”, conforme Resolución Nº 002/2016 de la Sub Secretaría de Finanzas;
Que a fs. 08 la Directora General de Contrataciones procede al encuadre del procedimiento de Contratación Directa por Libre Negociación de acuerdo al art. 13, inc. a e inc. c, de la Ley Provincial de Contrataciones Nº 6838 el cual establece: “Sólo podrá contratarse bajo esta modalidad en el siguiente caso: entre las entidades del Estado, sean nacionales, provinciales o municipales y con entes públicos no estatales, cuando las mencionadas entidades contraten dentro de su objeto …”, y “Para adquirir bienes o contratar servicios cuya fabricación o suministro sea exclusivo de quienes tengan privilegio para ello, o que sean poseídos por personas o entidades que tengan exclusividad para su venta, siempre que no puedan ser sustituidos por bienes similares. …”;
Que las manifestaciones vertidas a fs. 01 por la Procuración General, atento a la COMPETENCIA ESPECIAL por la materia del mencionado órgano, obligan al ente contratante, entendiéndose que aquella ha evaluado las cualidades e idoneidad del capacitador cuya contratación se requiere, y se ha compenetrado en el análisis de sus antecedentes y trayectoria, previo a la formalización del pedido de materiales, advirtiendo que conforme el Art. 32 del Decreto 931: “…la preadjudicaciones que se decidan en base a informes producidos por reparticiones, comisiones o funcionarios técnicos en la materia, harán
REF.: Expte. N° 3068-SV-2016.-
C. DIRECTA Nº 971/16.- RESOLUCIÓN Nº 263/16
VISTO
La Nota de Pedido Nº 515/2016, solicitada por el Departamento de Movilidad de la Secretaria de Transito y Seguridad Vial y;
CONSIDERANDO:
Que el citado Pedido corresponde a la Adquisición de lubricantes y líquidos (aceite extra vida 15w 40, aceite para camionetas y autos 20w 50, liquido hidráulico 68, aceite hipoidal, etc) para móviles (camionetas Chevrolet S-10, dominios XXX-000, XXX-000, XXX-000, XXX-000,
Chevrolet Luv Dom. BTL-740, Xxxx Ranger, dominios EDW-902, EDW- 903, camiones Agrale 7.500, dominio HKD-533, Agrale 8.500, dominio HKD-532, Daiatsu, dominio A/D, automóviles Chevrolet Corsa, dominios XXX-000, XXX-000, Fiat Uno, dominios EEF-346, EEF-344)
pertenecientes a la Subsecretaria de Transito y Seguridad Vial, solicitado por la dependencia mencionada Ut-supra;
Que a fs. 69 obra resolución nro. 244/16 la cual fue declarada Fracasada el primer llamado por inconveniencia de precios, disponiéndose convocar un 2º llamado;
Que habiéndose programado el 2º llamado a la apertura de sobres para el día 08/09/16, a horas 10:30, y publicado la presente contratación Directa en la página Web de la Municipalidad xx Xxxxx e invitados 6 (seis) proveedores del rubro a contratar, se presento la Firma XXXXXX REPUESTOS NOA S.A. según consta en Acta de Apertura de fs. 78;
Que analizada la oferta presentada se observa que la misma superan el Precio Testigo homologado para la presente Contratación entre un 29,11% y 120%, conforme al Artículo 12 de la Ley 6838, el cual establece: “… las unidades operativas podrán contratar directamente su adquisición siempre que el precio convenido no exceda el 5% del precio testigo y hasta el monto que fije la reglamentación“, por lo que ésta Dirección considera conveniente
declarar Fracasado el Segundo Llamado por inconveniencia de la única oferta,
POR ELLO
EL DIRECTOR DE CONTRATACIONES DIRECTAS RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: DECLARAR FRACASADO el Segundo Llamado de la presente Contratación por los motivos citados en el considerando.-
ARTÍCULO 2°: DESESTIMAR la oferta de la firma XXXXXX REPUESTOS NOA S.A. por los motivos indicados Ut-Supra.-
ARTÍCULO 3°: COMUNICAR al oferente de lo resuelto por ésta Dirección.-
ARTÍCULO 4°: CONVOCAR un Tercer Llamado a la presente contratación.-
ARTÍCULO 5°: COMUNICAR Y PUBLICAR en el Boletín Oficial Municipal.-
XXXXXX
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Salta, 16 de Setiembre de 2016
REF.: Expte. N° 20570-SG-2016.-
C. DIRECTA Nº 1004 /16.- RESOLUCIÓN Nº 264/16
VISTO
La Nota de Pedido Nº 863/16, solicitada por la Dirección de Asesoría Jurídica dependiente de Secretaria de Ambiente y Servicios Públicos y;
CONSIDERANDO:
Que la citado Pedido corresponde a la Contratación del Servicio de
5.000 (Cinco Mil)) fotocopias (A4, oficio, simple, doble faz, según necesidad del servicio), requerido por la mencionada Dirección;
Que a fs. 17 la Dirección General de Control de Procesos, en conformidad con lo dispuesto por el Decreto N° 440/16 y Decretos N° 1686/15 y 094/16, verifica el cumplimiento de los requisitos formales para iniciar las Contrataciones, evaluando y analizando los requerimientos de Contrataciones con precio testigos, mientras que a fs.17 vta. la Subsecretaria de Contrataciones estima que el presupuesto oficial para afrontar el presente gasto asciende a la suma de $ 3.250,00 (Pesos Tres Mil Doscientos Cincuenta con 00/100), homologando en este monto el precio Testigo para la presente Contratación, conforme lo establecido en Decreto 1196/14;
Que a fs. 19 la Dirección de Presupuesto realizó la imputación correspondiente al ejercicio 2016;
invitaciones del medio a ofertar, se presentaron las firmas FOTOCOPIAS BUGS-BUNNY de Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx, XXXXX XXXXX XXXXXXX XX XXXXX y VIADY CENTRO DE COPIADO de
Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx con sus respectivas cotizaciones según consta en Acta de Apertura de fs. 27 obrando cuadro comparativo de las ofertas a fs. 40, 41y 42;
Que del Informe Técnico obrante a fs. 44 emitido por la Dirección de Asesoría Jurídica surge que la oferta presentada por la firma FOTOCOPIAS BUGS-BUNNY de Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx se ajusta a las necesidades requeridas, como así también el precio cotizado resulta razonable. Destacando que la mencionada firma cuenta con una sucursal instalada dentro del Edificio xx xxxxx Xxxxxxx Xxxxx N° 428, donde presta sus servicios diariamente en horarios laborales y para las demás dependencias Municipales ubicadas en el lugar;
Que en virtud al informe técnico y a los Artículos 31 de la Ley Nº 6.838/96, y Artículo 34 del Decreto Nº 931/96, se procede a adjudicar a la firma FOTOCOPIAS BUGS-BUNNY de Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx por ajustarse a lo solicitado, menor precio y encontrarse dentro del presupuesto oficial autorizado, como así también en especial consideración a la necesidad de contar con el servicio solicitado.
POR ELLO
EL DIRECTOR DE CONTRATACIONES DIRECTAS RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: APROBAR el proceso selectivo llevado a cabo para la Contratación del Servicio de 5.000 (Cinco Mil)) fotocopias (A4, oficio, simple, doble faz, según necesidad del servicio), requerido por la Dirección de Asesoría Legal dependiente de la Secretaria de Ambiente y Servicios Públicos mediante Nota de Pedido Nº 863/16, con un presupuesto oficial de $ 3.250,00 (Pesos Tres Mil Doscientos Cincuenta con 00/100),
ARTÍCULO 2°: ADJUDICAR la Contratación citada en el marco del Artículo 12 del Decreto 931/96 modificado por Artículo Nº 5 del Decreto 440/16, la oferta presentada por la firma FOTOCOPIAS BUGS-BUNNY de Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx XXXX Nº 20-00000000-1, por la suma de de
$ 3.000,00 (Pesos Tres Mil con 00/100) monto que se encuentra un 7,89% por debajo del presupuesto oficial autorizado y en las Condiciones de Pago A 15 días Fact. Conf.-, por resultar conveniente a los intereses del Estado Municipal, todo ello conforme a los considerandos expuestos en la presente Resolución.
ARTÍCULO 3º: CONFECCIONAR la Orden de Compra correspondiente.
ARTÍCULO 4°: COMUNICAR y PUBLICAR en el Boletín Oficial Municipal y ARCHIVAR.
XXXXXX
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Salta, 16 de Setiembre de 2.016
Que a fs. 17 vta. la Subsecretaria de Contrataciones indica la siguiente forma de pago: “A 15 días Fact. Conf.”;
Que a fs. 22 la Dirección General de Contrataciones procede al encuadre del procedimiento de Contratación Directa de acuerdo a lo establecido por el Artículo 5 del Decreto Nº 440/16, modificatorio del Artículo 12 del Decreto Nº 931/96, el cual establece que: “Contratación Directa con precio testigo… El monto máximo de la operación, para la adquisición de bienes o servicios instrumentados por este procedimiento, no podrá exceder de 120.000 (Ciento Veinte Mil) Unidades Tributarias, lo que equivale a un importe de $ 624.000,00 (Pesos Seiscientos Veinticuatro Mil con 00/100)”;
Que habiéndose programado el Primer llamado a la apertura de sobres para el día 01/09/16, a horas 12:00, publicado la presente contratación Directa en la página Web de la Municipalidad xx Xxxxx y cursado
REF.: Expte. N° 43707-SG-2016.-
C. DIRECTA Nº 972/16 2ª LLAMADO RESOLUCIÓN Nº 265/16
VISTO
La Nota de Pedido Nº 1584/2016, solicitada por la Dirección General de Patrimonio dependiente de la Secretaria de General y;
CONSIDERANDO:
Que el citado Pedido corresponde a la Contratación del Servicio de Seguro de Responsabilidad Civil con destino a la planta asfáltica portátil, marca CIBER con las características detalladas en Nota de Pedido correspondiente, por una suma asegurada casco de $ 6.871.790,00 y suma asegurada Responsabilidad Civil de $ 500.000
alcance de cobertura : daños totales. Duración de 12 (doce) meses requerido por la Dirección referida ut supra;
Que a fs. 34 obra Resolución N° 235/16 emitida por esta Dirección en la cual se declara Fracasado el primer llamado a la presente Contratación por no dar cumplimiento con la presentación de la Documentación requerida adjunta al formulario de cotización. Disponiéndose convocar un nuevo llamado, remitiéndose previamente las presentes actuaciones a la Subsecretaria de Finanzas para la ratificación o rectificación de la factibilidad financiera autorizada a fs. 15 vta., atento a que no coincide con el esquema del anexo II de la Resolución N° 01/16 en virtud a la naturaleza del Servicio;
Que a fs.39 la Subsecretaria de Finanzas informa que la operatoria de pago de Seguros es mensual, de Contado cada mes la 12va parte del total de la póliza cotizada por la cobertura anual;
Que habiéndose programado el Segundo llamado a la apertura de sobres para el día 06/09/16, a horas 11:30, publicado la presente Contratación Directa en la página Web de la Municipalidad xx Xxxxx e invitados a proveedores del rubro a contratar, se presentó la firma FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A en carácter de único oferente con su respectiva cotización, según consta en Acta de Apertura de fs. 46;
Que analizada la oferta presentada se observa que la firma FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A, no presenta Certificado de Inscripción en el Registro Proveedores de la Municipalidad ni el Certificado de Libre deuda, requisitos exigidos en pliego de condiciones adjunto al formulario de cotización, por lo que ésta Dirección considera conveniente desestimar dicha oferta y declarar Fracasado el Segundo llamado a Contratación, estimando conveniente convocar un nuevo llamado.-
POR ELLO
EL DIRECTOR DE CONTRATACIONES DIRECTAS RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: DECLARAR FRACASADO el Segundo Llamado de la presente Contratación por los motivos citados en los considerandos.-
ARTICULO 2°: DESESTIMAR la oferta de la firma FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A, por lo expuesto anteriormente.
ARTÍCULO 3°: COMUNICAR a la Dependencia solicitante y al Oferente de lo resuelto por ésta Dirección.-.
ARTÍCULO 4°: CONVOCAR un Tercer llamado a la presente contratación con las mismas bases y condiciones que el anterior-
ARTÍCULO 5°: COMUNICAR Y PUBLICAR en el Boletín Oficial Municipal.-
CHAILE
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Salta, 21 de Setiembre de 2016
conteniendo material bibliográfico propio de la capacitación, que se llevará a cabo el 24 del corriente mes en la Escuela Xxxxxxxx Xxxxxxxx de San Xxxxxx, en el horario de 8:30 a 14:00 horas, organizado por la mencionada dependencia;
Que a fs. 24 la Dirección de Presupuesto realizó la imputación correspondiente al ejercicio 2016;
Que a fs. 25 la Dirección General de Control de Procesos, realiza el análisis formal del pedido conforme al Decreto 440/16 y Decretos 1686/15 y 094/16, mientras que a fs. 25 vuelta la Subsecretaría de Contrataciones autoriza la suma de $ 30.750,00, homologando en este monto el precio testigo para la presente Contratación, conforme al Art. 9º del Decreto 440/16, y conforme a Resolución Nº 002/2016 de la Subsecretaria de Finanzas indica la siguiente forma de pago: “100% a 15 días C.F.C.”;
Que a fs. 26 la Dirección General de Contrataciones atento a la entrada en vigencia del Decreto 440/2016, procede al encuadre del procedimiento de Contratación Directa de acuerdo a lo establecido por el Artículo 5 de dicho instrumento, modificatorio del Artículo 12 del Decreto Nº 931/96, el cual establece que: “Contratación Directa con precio testigo… El monto máximo de la operación, para la adquisición de bienes o servicios instrumentados por este procedimiento, no podrá exceder de 120.000 (Ciento Veinte Mil) Unidades Tributarias, lo que equivale a un importe de $ 624.000,00 (Pesos Seiscientos Veinticuatro Mil con 00/100)”;
Que habiéndose programado el llamado a la apertura de sobres para el día 20/09/16, a horas 10:00, y publicado la presente contratación Directa en la página Web de la Municipalidad xx Xxxxx e invitados 5 (cinco) proveedores del rubro a contratar, se presentó la Firma NETCO S.R.L., en carácter de único oferente, quien presenta cotización, según consta en Acta de Apertura de fs. 33;
Que en virtud a los Artículos 31 de la Ley Nº 6.838/96, y Artículo 34 del Decreto Nº 931/96; se procede a adjudicar la Oferta Base de la firma NETCO S.R.L. por ser único oferente, ajustarse a lo solicitado, encontrarse dentro del Presupuesto Oficial autorizado, como así también en especial consideración a la necesidad de contar con lo solicitado.
POR ELLO
EL DIRECTOR DE CONTRATACIONES DIRECTAS RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: APROBAR el proceso selectivo llevado a cabo para la Adquisición de 250 (Doscientos Cincuenta) Pendrives, destinados a la entrega a Maestros de Escuelas Públicas Primarias “Formando Formadores Ambientales” conteniendo material bibliográfico propio de la capacitación, que se llevará a cabo el 24 del corriente mes en la Escuela Xxxxxxxx Xxxxxxxx de San Xxxxxx, en el horario de 8:30 a 14:00 horas, organizado por la Secretaría de Ambiente y Servicios Públicos, solicitado mediante Nota de Pedido Nº 1667/2016, con un presupuesto oficial de $ 30.750,00 (Pesos Treinta Mil Setecientos Cincuenta con 00/100).
REF.: Expte. N° 50682-SG-2016.-
C. DIRECTA Nº 1134/16.- RESOLUCIÓN Nº 267/16
VISTO
La Nota de Pedido Nº 1667/2016, solicitada por la Secretaría de Ambiente y Servicios Públicos, y;
CONSIDERANDO:
Que la citada Nota de Pedido corresponde a la Adquisición de 250 (Doscientos Cincuenta) Pendrives, destinados a la entrega a Maestros de Escuelas Públicas Primarias “Formando Formadores Ambientales”
ARTÍCULO 2°: ADJUDICAR la Contratación citada en el marco del Artículo 12 del Decreto 931/96 modificado por Artículo Nº 5 del Decreto 440/16, la Oferta Base presentada por la Firma NETCO S.R.L., CUIT Nº 30-67304271-2, por la suma de $ 26.925,00 (Pesos Veintiséis Mil Novecientos Veinticinco con 00/100), monto que se encuentra en un 12,43 % por debajo del Presupuesto Oficial autorizado, y en las Condiciones de Pago A 15 días C.F.C., por resultar conveniente a los intereses del Estado Municipal, todo ello conforme a los considerandos expuestos en la presente resolución.
ARTÍCULO 3º: CONFECCIONAR la Orden de Compra correspondiente.
ARTÍCULO 4°: COMUNICAR y PUBLICAR en el Boletín Oficial Municipal y ARCHIVAR.-
CHAILE
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Salta, 21 de Septiembre de 2016
REF.: Expte. N° 43425-SG-2016.-
C. DIRECTA Nº 982 /16.- RESOLUCIÓN Nº 268/16
VISTO
La Nota de Pedido Nº 1555/16, solicitada por la Subsecretaria de Desarrollo Humano dependiente de Secretaria de Acción Social y;
CONSIDERANDO:
Que la citado Pedido corresponde a la Contratación del Servicio de 4.750 (Cuatro Mil Setecientos Cincuenta) fotocopias consistentes en;
1.000 (Un Mil) de Formulario de Inscripción de Beneficiarios del Boleto Municipal -alumnos de la Escuela de artes y oficios; 250 (Doscientos Cincuenta) de los requisitos a cumplir para el acceso al beneficio; 100( Cien) del Formulario para el Boleto Municipal Oncológico; 3.400 (Tres Mil Cuatrocientas) del formulario para el Boleto Social- Madres embarazadas, requerido por la mencionada Dirección, adjuntándose muestras a fs. 02 a 05;
Que a fs. 14 la Dirección General de Control de Procesos, en conformidad con lo dispuesto por el Decreto N° 440/16 y Decretos N° 1686/15 y 094/16, verifica el cumplimiento de los requisitos formales para iniciar las Contrataciones, evaluando y analizando los requerimientos de Contrataciones con precio testigos, mientras que a fs.14 vta. la Subsecretaria de Contrataciones estima que el presupuesto oficial para afrontar el presente gasto asciende a la suma de $ 3.087,50 (Pesos Tres Mil Ochenta y Siete con 50/100), homologando en este monto el precio Testigo para la presente Contratación, conforme lo establecido en Decreto 1196/14;
Que a fs. 16 la Dirección de Presupuesto realizó la imputación correspondiente al ejercicio 2016;
Que a fs. 17 la Subsecretaria de Contrataciones indica la siguiente forma de pago: “A 15 días Fact. Conf.”;
Que a fs. 18 la Dirección General de Contrataciones procede al encuadre del procedimiento de Contratación Directa de acuerdo a lo establecido por el Artículo 5 del Decreto Nº 440/16, modificatorio del Artículo 12 del Decreto Nº 931/96, el cual establece que: “Contratación Directa con precio testigo… El monto máximo de la operación, para la adquisición de bienes o servicios instrumentados por este procedimiento, no podrá exceder de 120.000 (Ciento Veinte Mil) Unidades Tributarias, lo que equivale a un importe de $ 624.000,00 (Pesos Seiscientos Veinticuatro Mil con 00/100)”;
Que habiéndose programado el Primer llamado a la apertura de sobres para el día 26/08/16, a horas 10:30, publicado la presente contratación Directa en la página Web de la Municipalidad xx Xxxxx y cursado invitaciones del medio a ofertar, se presentaron las firmas FOTOCOPIAS BUGS-BUNNY de Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx y VIADY CENTRO DE COPIADO de Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx con sus respectivas cotizaciones según consta en Acta de Apertura de fs. 23 obrando cuadro comparativo de las ofertas a fs. 37. 38 y 39;
Que del Informe Técnico obrante a fs. 41 emitido por la Subsecretaria de Desarrollo Humano surge que la oferta presentada por la firma FOTOCOPIAS BUGS-BUNNY de Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx reúne los requisitos para cumplir con lo solicitado a fs.01;
Que de acuerdos los Artículos 31 de la Ley Nº 6.838/96, y Artículo 34 del Decreto Nº 931/96, esta Dirección se aparta del Informe Técnico por
considerar que no existen razones fundadas para desestimar la cotización más económica, consistente el presente pedido en un servicio a prestarse en único acto y procede a adjudicar a la firma VIADY CENTRO DE COPIADO de Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx por ajustarse a lo solicitado, menor precio y encontrarse dentro del presupuesto oficial autorizado, como así también en especial consideración a la necesidad de contar con el servicio solicitado.
POR ELLO
EL DIRECTOR DE CONTRATACIONES DIRECTAS RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: APROBAR el proceso selectivo llevado a cabo para la Contratación del Servicio 4.750 (Cuatro Mil Setecientos Cincuenta) fotocopias consistentes en; 1.000 (Un Mil) de Formulario de Inscripción de Beneficiarios del Boleto Municipal -alumnos de la Escuela de artes y oficios; 250 (Doscientos Cincuenta) de los requisitos a cumplir para el acceso al beneficio; 100( Cien) del Formulario para el Boleto Municipal Oncológico; 3.400 (Tres Mil Cuatrocientas) del formulario para el Boleto Social- Madres embarazadas, requerido por la Subsecretaria de Desarrollo Humano dependiente de la Secretaria de Acción Social, mediante Nota de Pedido Nº 1555/16, con un presupuesto oficial de $ 3.087,50 (Pesos Tres Mil Ochenta y Siete con 50/100),
ARTÍCULO 2°: ADJUDICAR la Contratación citada en el marco del Artículo 12 del Decreto 931/96 modificado por Artículo Nº 5 del Decreto 440/16, la oferta presentada por la firma VIADY CENTRO DE COPIADO de Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx CUIT Nº 23-00000000-9, por la suma de de $ 2.565,00 (Pesos Dos Mil Quinientos Sesenta y Cinco con 00/100) un 16,91 % por debajo del presupuesto oficial autorizado y en las Condiciones de Pago A 15 días Fact. Conf.-, por resultar conveniente a los intereses del Estado Municipal, todo ello conforme a los considerandos expuestos en la presente resolución.
ARTÍCULO 3º: CONFECCIONAR la Orden de Compra correspondiente.
ARTÍCULO 4°: COMUNICAR y PUBLICAR en el Boletín Oficial Municipal y ARCHIVAR.
CHAILE
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Salta, 21 de Setiembre de 2016
REF.: Expte. N° 16484-SG-2016.-
C. DIRECTA Nº 441/16.- RESOLUCIÓN Nº 269/16
VISTO
La Resolución Interna Nº 215/2016 que obra a fs. 77, emitida por ésta Dirección de Contrataciones Directas, y;
CONSIDERANDO:
Que en la citada Resolución se Rectifica la Adjudicación a favor de la firma XXXXXXX S.A., disponiéndose la contratación de los ítems Nº 07, 11, 14 y 19 por un importe de $ 4.750,00 (Pesos Cuatro Mil Setecientos Cincuenta con 00/100);
Que habiéndose confeccionado la Orden de Compra Nº 202/2016 en la que se adjudicaron los mencionados ítems a favor de la firma referida ut supra, ésta se negó a recibir la Orden de Compra aduciendo que los precios sufrieron un aumento;
Que en atención a ello resulta conveniente Xxxxx sin Efecto la Resolución Nº 215/16 y Anular la Orden de Compra nombrada anteriormente;
Que atento a la situación económica por la que atraviesa el país, ante lo cual resulta desactualizado el presupuesto oficial, surge la necesidad de
Xxxxx Xxx Efecto el llamado a contratación para los ítems Nº 07, 11, 14 y 19 de la presente, debiéndose comunicar a la Dependencia solicitante que en caso de persistir la necesidad adquiera por otro medio o inicie un nuevo pedido de materiales con precios actualizados.
POR ELLO
EL DIRECTOR DE CONTRATACIONES DIRECTAS RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: DEJAR SIN EFECTO la Resolución Nº 215/16 de ésta Dirección por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTÍCULO 2°: ANULAR la Orden de Compra Nº 202/2016.
ARTÍCULO 3°: DEJAR SIN EFECTO el llamado parar los ítems Nº 07, 11, 14 y 19 de la presente Contratación por los motivos citados ut supra.
ARTÍCULO 4°: COMUNICAR a la Dependencia solicitante lo dispuesto por esta Dirección y en caso de persistir la necesidad de contar con los insumos solicitados, los deberá adquirir por otros medios o bien inicie un nuevo pedido de materiales con precios actualizados.
ARTÍCULO 5°: COMUNICAR al oferente de lo resuelto por ésta Dirección.
ARTÍCULO 6°: SOLICITAR a la Dirección de Presupuesto la desafectación de la partida presupuestaria de los ítems Nº 07, 11, 14 y 19.
ARTÍCULO 7°: COMUNICAR, PUBLICAR en el Boletín Oficial Municipal y ARCHIVAR.-
CHAILE
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Salta, 21 de Setiembre de 2016
REF.: Expte. N° 3069-SV-2016.-
C. DIRECTA Nº 994/16.- RESOLUCIÓN Nº 270/16
VISTO
La Nota de Pedido Nº 273/2016, solicitada por la Subsecretaria de Transito y Seguridad Vial dependiente de la Secretaria de Gobierno;
CONSIDERANDO:
Que el citado Pedido corresponde a la Adquisición de 29 (veintinueve) baterías para móviles del Parque Automotor pertenecientes a la Subsecretaria de Transito y Seguridad Vial (camionetas Chervrolet S- 10, dominios XXX-000, XXX-000, XXX-000 x XXX-000, Chevrolet Luv Dom. BTL-740, Xxxx Ranger, dominios EDW-902 y EDW-903, camiones Agrale 7.500, dominio HKD-533, Agrale 8.500, dominio HKD-532, Dahiatsu, dominio A/D, automóviles Chevrolet Corsa, dominios GRL- 597 y GRL-612, Fiat Uno , dominios EEF-346 y EEF-344, motocicletas Yamaha XT 225, dominios XXX-000, XXX-000, EAJ-996, EDA-022, EAJ-995, EAJ-992, EAJ-997, EAJ-993 y EAJ-999, Yamaha XTZ 250,
dominios 562-JPI, 560-JPI, 568-JPI, 561-JPI y 567-JPQ) solicitado por la dependencia mencionada Ut-supra;
Que a fs. 87 la Dirección General de Control de Procesos, en conformidad con lo dispuesto por el Decreto 440/16 y Decretos Nº 1686/15 y 094/16 verifica el cumplimiento de los requisitos formales para iniciar las contrataciones, evaluando y analizando los requerimientos de contrataciones con precios testigos, mientras que a fs. 87 vuelta la Subsecretaría de Contrataciones estima que el Presupuesto Oficial para afrontar el presente gasto asciende la suma de $ 53.150,00 (Pesos Cincuenta y Tres Mil Ciento Cincuenta con 00/100), homologando en este monto el Precio Testigo para la presente Contratación, conforme lo establecido en el Decreto 440/16;
Que a fs. 89 la Dirección General de Presupuesto realizó la imputación correspondiente al ejercicio 2.016;
Que a fs. 90 la Subsecretaría de Finanzas indica la siguiente forma de Pago: A 15 días Fact. Conf.;
Que a fs. 132 la Dirección General de Contrataciones atento a la entrada en vigencia del Decreto Nº 440/16 procede al re-encuadre del procedimiento de Contratación Directa de acuerdo a lo establecido por el Artículo 5º de dicho instrumento, modificatorio del Artículo 12 del Decreto Nº 931/96, el cual establece que: “Contratación Directa con precio testigo… El monto máximo de la operación, para la adquisición de bienes o servicios instrumentados por este procedimiento, no podrá exceder de $ 120.000 (Ciento Veinte Mil) unidades tributarias, lo que equivale a un importe de $624.000 (Pesos Seiscientos Veinticuatro Mil con 00/100);
Que habiéndose programado el 1º llamado a la apertura de sobres para el día 30/08/16, a horas 11:30, y publicado la presente Contratación Directa en la página Web de la Municipalidad xx Xxxxx e invitados a 6 (seis) proveedores del rubro a contratar, se presentó la Firma DISTRIBUIDORA XXXXXXX xx Xxxxxx xxx Xxxxx Xxxxxx, en carácter de único oferente, según consta en Acta de Apertura de fs. 146;
Que analizada la oferta presentada se observa que la misma supera el Precio Testigo homologado para la presente Contratación en un 11.57% y teniendo en cuenta que conforme al Artículo 12 de la Ley 6838, el cual establece: “… las unidades operativas podrán contratar directamente su adquisición siempre que el precio convenido no exceda el 5% del precio testigo y hasta el monto que fije la reglamentación”, por lo que ésta Dirección considera conveniente declarar Fracasado el primer llamado, desestimando la oferta presentada;
POR ELLO
EL DIRECTOR DE CONTRATACIONES DIRECTAS RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: DECLARAR FRACASADO el Primer Llamado de la presente Contratación por inconveniencia de precio.-
ARTÍCULO 2°: DESESTIMAR la oferta de la firma DISTRIBUIDORA XXXXXXX xx Xxxxxx xxx Xxxxx Xxxxxx por los motivos indicados Ut- Supra.-
ARTÍCULO 3°: COMUNICAR al oferente de lo resuelto por ésta Dirección.-
ARTÍCULO 4°: CONVOCAR un Segundo Llamado a la presente contratación.-
ARTÍCULO 5°: COMUNICAR Y PUBLICAR en el Boletín Oficial Municipal.-
CHAILE
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Salta, 21 de Setiembre de 2016
REF.: Expte. N° 26047-SG-2016.-
C. DIRECTA Nº 1001 /16.- RESOLUCIÓN Nº 271/16
VISTO
La Nota de Pedido Nº 1060/16, solicitada por la Dirección General de Mantenimiento y Servicios Generales dependiente de Secretaria General y;
CONSIDERANDO:
Que el citado Pedido corresponde a la Contratación del “Servicio de Provisión y Colocación xx Xxxxxxx esmerilado y polarizado”, con destino al balcón xx Xxxxxxxxxxx, Ventanas, caja de entrada de la Secretaria de Hacienda y Casa Pymes, requerido por la mencionada Dirección;
Que a fs. 12 la Dirección General de Control de Procesos, en conformidad con lo dispuesto por el Decreto N° 440/16 y Decretos N° 1686/15 y 094/16, verifica el cumplimiento de los requisitos formales para iniciar las Contrataciones, evaluando y analizando los requerimientos de Contrataciones con precio testigos, mientras que a fs.12 vta. la Subsecretaria de Contrataciones estima que el presupuesto oficial para afrontar el presente gasto asciende a la suma de $39.384,48 (Pesos Treinta y Nueve Mil Trescientos Ochenta y Cuatro con 48/100);
Que a fs. 14 la Dirección de Presupuesto realizó la imputación correspondiente al ejercicio 2016;
Que a fs. 12 vta. la Subsecretaria de Contrataciones indica la siguiente forma de pago: A 15 días Fact. Conf.;
Que a fs. 15 la Dirección General de Contrataciones procede al encuadre del procedimiento de Contratación Directa de acuerdo a lo establecido por el Artículo 5 del Decreto Nº 440/16, modificatorio del Artículo 12 del Decreto Nº 931/96, el cual establece que: “Contratación Directa con precio testigo… El monto máximo de la operación, para la adquisición de bienes o servicios instrumentados por este procedimiento, no podrá exceder de 120.000 (Ciento Veinte Mil) Unidades Tributarias, lo que equivale a un importe de $ 624.000,00 (Pesos Seiscientos Veinticuatro Mil con 00/100)”;
Que habiéndose programado el Primer llamado a la apertura de sobres para el día 01/09/16, a horas 10:30, publicado la presente contratación Directa en la página Web de la Municipalidad xx Xxxxx y cursado invitaciones del medio a ofertar, se presentaron las firmas ACRILUX de Xxxxx Xxxxxxxx e IMPRESIONES XXXXX xx Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx con sus respectivas cotizaciones según consta en Acta de Apertura de fs. 20, obrando cuadro comparativo de las ofertas a fs.28, 29 y 30;
Que del Informe Técnico obrante a fs. 32 emitido por la Dirección General de Mantenimiento y Servicios Generales surge que la oferta presentada ambas firmas ACRILUX de Xxxxx Xxxxxxxx e IMPRESIONES XXXXX xx Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx se ajustan a las necesidades requeridas, sugiriendo adjudicar a la empresa de menor cotización;
Que en virtud al informe técnico y a los Artículos 31 de la Ley Nº 6.838/96, y Artículo 34 del Decreto Nº 931/96, se procede a adjudicar a la firma IMPRESIONES XXXXX xx Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx por ajustarse a lo solicitado, menor precio y encontrarse dentro del presupuesto oficial autorizado, como así también en especial consideración a la necesidad de contar con el servicio solicitado.
POR ELLO
EL DIRECTOR DE CONTRATACIONES DIRECTAS RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: APROBAR el proceso selectivo llevado a cabo para la Contratación del “Servicio de Provisión y Colocación xx Xxxxxxx, esmerilado y polarizado”, con destino al balcón xx Xxxxxxxxxxx, caja de entrada , Ventanas de la Secretaria de Hacienda y Casa Pymes, requerido por la Dirección General de Mantenimiento y Servicios Generales dependiente de Secretaria General mediante Nota de Pedido Nº 1060/16, con un presupuesto oficial de $39.384,48 (Pesos Treinta y Nueve Mil Trescientos Ochenta y Cuatro con 48/100).-
ARTÍCULO 2°: ADJUDICAR la Contratación citada en el marco del Artículo 12 del Decreto 931/96 modificado por Artículo Nº 5 del Decreto 440/16, la oferta presentada por la firma IMPRESIONES XXXXX xx
Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx CUIT Nº 20-00000000-7, por la suma de de
$ 35.645,68 (Pesos Treinta y Cinco Mil Seiscientos Cuarenta y Cinco con 68/100), en un 9,49% por debajo del presupuesto oficial y en las Condiciones de Pago A15 días Fact. Conf., por resultar conveniente a los intereses del Estado Municipal, todo ello conforme a los considerandos expuestos en la presente Resolución.
ARTÍCULO 3º: CONFECCIONAR la Orden de Compra correspondiente.
ARTÍCULO 4°: COMUNICAR y PUBLICAR en el Boletín Oficial Municipal y ARCHIVAR.
CHAILE
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Salta, 22 de Setiembre de 2016
REF.: Expte. N° 50275-SG-2016.-
C. DIRECTA Nº 1124/16.- RESOLUCIÓN Nº 272/16
VISTO
La Nota de Pedido Nº 1789/2016, solicitada por la Subsecretaria de Prevención y Emergencias y;
CONSIDERANDO:
Que la citada Nota de Xxxxxx corresponde a la Adquisición de repuestos (parrilla de suspensión tren delantero, bujes, bieleta de suspensión, amortiguadores delanteros, etc.) para la reparación de el Utilitario Peugeot Partner, dominio KNB-854, solicitado por la dependencia mencionada en Ut-Supra;
Que a fs. 09 la Dirección General de Presupuesto realizó la imputación correspondiente al ejercicio 2016;
Que a fs. 15 la Dirección General de Control de Procesos, en conformidad con lo dispuesto por el Decreto 440/16 y Decretos Nº 1686/15 y 094/16 verifica el cumplimiento de los requisitos formales para iniciar las contrataciones, evaluando y analizando los requerimientos de contrataciones con precios testigos, mientras que a fs. 15 vuelta la Subsecretaría de Contrataciones estima que el Presupuesto Oficial para afrontar el presente gasto asciende la suma de $ 13.500,00 (Pesos Trece Mil Quinientos con 00/100), homologando en este monto el Precio Testigo para la presente Contratación, conforme lo establecido en el inciso b), articulo 9º del Decreto 440/16;
Que a fs. 16 la Dirección General de Contrataciones procede al encuadre del procedimiento de Contratación Directa de acuerdo a lo establecido por el Artículo 5 del Decreto Nº 440/16, modificatorio del Artículo 12 del Decreto Nº 931/96, el cual establece que: “Contratación Directa con precio testigo… El monto máximo de la operación, para la adquisición de bienes o servicios instrumentados por este procedimiento, no podrá exceder de $ 120.000 (Ciento Veinte Mil) unidades tributarias, lo que equivale a un importe de $624.000 (Pesos Seiscientos Veinticuatro Mil con 00/100);
Que habiéndose programado el llamado a la apertura de sobres para el día 16/09/16, a horas 12:30, y publicado la presente contratación Directa en la página Web de la Municipalidad xx Xxxxx e invitados 4 (cuatro) proveedores del rubro a contratar,
Que a fs. 22 el Subsecretario de Prevención y Emergencias mediante nota solicita a esta Dirección que se Deje Sin Efecto el expediente de referencia, el cual los mismos serán adquiridos por otros medios, debido a la urgencia de contar con los repuestos necesarios para la reparación de la unidad en cuestión, destinada a la recepción, acompañamiento de peregrinos y otras funciones en los que se refiere a las Fiestas Patronales del Señor y Virgen del Milagro 2.016.
POR ELLO
EL DIRECTOR DE CONTRATACIONES DIRECTAS RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: DEJAR SIN EFECTO la presente Contratación por los motivos citados en los considerandos.
ARTÍCULO 2°: SOLICITAR a la Dirección de Presupuesto la desafectación de la partida presupuestaria de fs. 08.
ARTÍCULO 3°: COMUNICAR a la Dependencia solicitante lo dispuesto por esta Dirección.
ARTÍCULO 4°: COMUNICAR, PUBLICAR en el Boletín Oficial Municipal y ARCHIVAR.-
CHAILE
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Salta, 23 xx Xxxxxx de 2.016.-
RESOLUCION N°: 59/16
Dirección de la Unidad Central De Contrataciones.
Sub-secretaria de Contrataciones.- REF: EXPEDIENTE Nº 15772-SG-2016
VISTO, el expediente de referencia, mediante el cual la Firma “PROYECTO XXXXXX CONSTRUCTORA SRL.” con domicilio en BALCARCE Nº 1.271, de la Ciudad xx Xxxxx.; solicita la renovación de la Inscripción en el Registro de Proveedores del Municipio, y;
CONSIDERANDO:
Que la citada firma solicita la renovación de la Inscripción en el Registro de Proveedores de la Municipalidad de la Ciudad xx Xxxxx presentando el Formulario y la documentación con todos los requisitos exigidos para tal fin en DDJJ, que rola a Fs. 01 del expediente de referencia;
Que a fs. 04/07 rola copia autenticada del Contrato Social de la firma solicitante de la cual resulta su inscripción en el JUZGADO DE MINAS Y EN LO COMERCIAL DE REGISTRO: FOLIO: 149, ASIENTO: 16.916, DEL LIBRO Nº 33 DE SRL., REF: CONSTITUCIÓN, con fecha, 27 de
Diciembre de 2012, duración de la Sociedad, 99 años;
Que a fs. 08/18 rola el Estado de Situación Patrimonial de la solicitante, de fecha 30/06/2.015, firmado por el C.P.N. Xxxxxxxxx Xxxx Xxxxxx, certificado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas, con validez hasta el 30/12/2.016;
Que a fs. 19 y 20 rola el Certificado del Registro de Deudores Alimentarios Morosos, en relación a los socios, emitido por el Poder Judicial de la Provincia xx Xxxxx, sin antecedente alguno, el cual deberá renovarse anualmente y/o al vencimiento del Certificado de Proveedor;
Que a fs.21 rola la constancia de Inscripción F 900 y/o F 901 emitida por la Dirección General xx Xxxxxx de la Provincia;
Que a fs. 22 rola la constancia de Inscripción del Monotributo emitida por la AFIP.;
Que a fs. 23 rola Constancia de C.B.U. emitida por el ICBC de la Ciudad xx Xxxxx;
Que a fs. 32 rola declaración jurada de no poseer Habilitación Municipal por no contar con un espacio físico al efecto, certificada por escribano publico;
Que a fs. 36 rola el Certificado de Regularización fiscal emitido por la Dirección General xx Xxxxxx de la Municipalidad con vencimiento el día 00 XX XXXXXXXXX XX 0000;
Que a fs. 38 y 39 Dictamen emitido por la Dirección General de Asesoria Legal de la Subsecretaria de Hacienda de la cual surge que resulta procedente la renovación de Inscripción Definitiva en el Registro de Proveedores de la Municipalidad xx Xxxxx de la firma:” PROYECTO XXXXXX SRL.”;
Que a fs. 01 vuelta los solicitantes tomaron debido conocimiento de las responsabilidades penales, sanciones registrales y las prohibiciones fijadas por la Ley Provincial N° 6838 de Contrataciones, Decreto Municipal N° 931/96 y sus modificaciones, formulando expresa Declaración Jurada al respecto;
POR ELLO,
LA DIRECTORA DE LA UNIDAD CENTRAL DE CONTRATACIONES DE LA
SUB-SECRETARIA DE CONTRATACIONES MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD XX XXXXX RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- ACEPTAR, la renovación de la Inscripción en el Registro de Proveedores de la Municipalidad de la Ciudad xx Xxxxx, presentada por la firma “PROYECTO XXXXXX CONSTRUCTORA SRL., C.U.I.T.: 30-71317040-9, domicilio en calle Balcarce Nº 1271.”
ARTÚCULO 2°.- MANTENER a la citada firma el Número 2.685 (Dos Mil Seiscientos Ochenta y Cinco) del Legajo de Proveedor, el que deberá ser declarado toda vez que participe en las convocatorias que realice la Municipalidad de la ciudad xx Xxxxx.
ARTÍCULO 3°.- EXTENDER el certificado correspondiente con el número asignado a la firma con fecha de vencimiento 30/12/2.016, fecha en la cual deberá renovarse el Balance General y actualizar la restante documentación.
ARTÍCULO 4º.- COMUNICAR, PUBLICAR EN EL BOLETÍN OFICIAL DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD XX XXXXX Y ARCHIVAR.
ALVARADO
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Salta, 25 xx Xxxxxx de 2.016.-
RESOLUCION N°: 60/16
Dirección de la Unidad Central De Contrataciones.
Sub-secretaria de Contrataciones.- REF: EXPEDIENTE Nº 39100-SG-2016
VISTO, el expediente de referencia, mediante el cual la Firma “REDINK ARGENTINA SRL., con domicilio en Xxx. Xxxxxxx Xx 000, xx xx xxxxxx xx Xxxxx.; solicita la renovación de Inscripción en el Registro de Proveedores del Municipio, y;
CONSIDERANDO:
Que la citada firma solicita la renovación de Inscripción en el Registro de Proveedores de la Municipalidad de la Ciudad xx Xxxxx presentando el Formulario y la documentación con todos los requisitos exigidos para tal fin en DDJJ, que rola a Fs. 01 del expediente de referencia;
Que a fs. 03 / 09 rola copia autenticada del Contrato Social de la firma solicitante de la cual resulta su inscripción en el JUZGADO DE MINAS Y EN LO COMERCIAL DE REGISTRO: FOLIO: 462/463, ASIENTO: 8.752, DEL LIBRO Nº 27 DE SRL., REF: CONSTITUCIÓN, con fecha,
25 de Febrero de 2009, duración de la Sociedad, 99 años;
Que a fs. 12/16 rola copia autenticada del Acta Nº 10 de la firma solicitante de la cual resulta su inscripcion JUZGADO DE MINAS Y EN LO COMERCIAL DE REGISTRO: FOLIO: 357, ASIENTO: 12.229, DEL LIBRO Nº 36 DE SRL., REF: MODIFICACION DE CONTRATO
XXXXXXXX XXXXXXX – ADMINISTRACION – DESIGNACION DE
GERENTE, con fecha, 16 de Septiembre de 2015;
Que a fs. 17/33 rola el Estado de Situación Patrimonial de la solicitante de fecha 31/12/2015, firmado por el C.P.N. Xxxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxxx, certificado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas, con validez hasta el 30/04/2.017;
Que a fs. 34 rola la constancia de Inscripción F 900 y/o F 901 emitida por la Dirección General xx Xxxxxx de la Provincia;
Que a fs. 35 rola la constancia de Inscripción del Monotributo emitida por la AFIP.;
Que a fs. 36 rola la Habilitación Municipal del comercio, emitida por la Municipalidad xx Xxxxx, con fecha de vencimiento el 31/12/2.018, para el Rubro: RECARGA DE CARTUCHOS, REPARACION DE IMPRESORAS, VENTA DE INSUMOS;
Que a fs. 37 rola la constancia de CBU, Tipo y Número de cuenta emitida por el Banco MACRO, de la Ciudad xx Xxxxx;
Que a fs. 39 y 40 el Certificado del Registro de Deudores Alimentarios Morosos, en original extraído de la Pagina Web del Poder Judicial de la Provincia xx Xxxxx, sin antecedente alguno, el cual deberá renovarse anualmente y/o al vencimiento del Certificado de Proveedor;
Que a fs. 41 rola el Certificado de Regularización fiscal emitido por la Dirección General xx Xxxxxx de la Municipalidad con vencimiento el día 00 XX XXXXXXX XX 0000;
Que a fs. 43 rola Dictamen emitido por la Dirección General de Asesoria Legal de la Subsecretaria de Contrataciones de la cual surge que resulta procedente la Renovación de Inscripción Definitiva en el Registro de Proveedores de la Municipalidad xx Xxxxx de la firma:”REDINK ARGENTINA SRL.”;
Que a fs. 01 vuelta el solicitante tomo debido conocimiento de las responsabilidades penales, sanciones registrales y las prohibiciones fijadas por la Ley Provincial N° 6838 de Contrataciones, Decreto Municipal N° 931/96 y sus modificaciones, formulando expresa Declaración Jurada al respecto;
POR ELLO,
LA DIRECTORA XXXXXXX XX XXXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- ACEPTAR, la renovación de Inscripción en el Registro de Proveedores de la Municipalidad de la Ciudad xx Xxxxx, presentada por la firma “REDINK ARGENTINA SRL., C.U.I.T.: 30-71082268-5, con
domicilio en Xxx. Xxxxxxx Xx 000, xx xx xxxxxx xx Xxxxx.
ARTÚCULO 2°.- MANTENER a la citada firma el Número 2.494 (Dos Mil Cuatrocientos Noventa y Cuatro) del Legajo de Proveedor, el que deberá ser declarado toda vez que participe en las convocatorias que realice la Municipalidad de la ciudad xx Xxxxx.
ARTÍCULO 3°.- EXTENDER el certificado correspondiente con el número asignado a la firma con fecha de vencimiento 30/04/2.017, fecha en la cual deberá actualizar la restante documentación.
ARTÍCULO 4º.- COMUNICAR, PUBLICAR EN EL BOLETÍN OFICIAL DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD XX XXXXX Y ARCHIVAR.
ALVARADO
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Salta, 26 xx Xxxxxx de 2.016.-
RESOLUCION N°: 61/16
Dirección de la Unidad Central
De Contrataciones.
Sub-secretaria de Contrataciones.- REF: EXPEDIENTE Nº 048020-SG-2016
VISTO, el expediente de referencia, mediante el cual la Firma “GUAYMAS XXXXXXX, XXXX XXXXXX”, con domicilio en 00 xx Xxxxxxx Xx 000, xx xx xxxxxx xx Xxxxx.; solicita la renovación de Inscripción en el Registro de Proveedores del Municipio, y;
CONSIDERANDO:
Que la citada firma solicita la renovación de Inscripción en el Registro de Proveedores de la Municipalidad de la Ciudad xx Xxxxx presentando el Formulario y la documentación con todos los requisitos exigidos para tal fin en DDJJ, que rola a Fs. 01 del expediente de referencia;
Que a fs. 03 rola fotocopia autenticada del D.N.I. del solicitante;
Que a fs. 04/09 rola el Estado de Situación Patrimonial del solicitante de fecha 31/06/2.016, firmado por la C.P.N. Xxxx Xxxxx, Xxxx Xxxxxxxxx, certificado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas, con validez hasta el 30/08/2.017;
Que a fs. 10 rola la constancia de Inscripción F 900 y/o F 901 emitida por la Dirección General xx Xxxxxx de la Provincia;
Que a fs. 11 rola la constancia de Inscripción del Monotributo emitida por la AFIP.;
Que a fs. 14 rola la constancia de CBU, Tipo y Número de cuenta emitida por el Banco MACRO, de la Ciudad xx Xxxxx;
Que a fs. 15 rola la Habilitación Municipal del comercio, emitida por la Municipalidad xx Xxxxx, con fecha de vencimiento el 07/07/2.025, para el Rubro: EMPRESA ADMINISTRATIVA DE EMPRESA CONSTRUCTORA;
Que a fs. 16 el Certificado del Registro de Deudores Alimentarios Morosos, de GUAYMAS XXXXXXX, XXXX XXXXXX, emitido por el Poder Judicial de la Provincia xx Xxxxx, sin antecedente alguno, el cual deberá renovarse anualmente y/o al vencimiento del Certificado de Proveedor;
Que a fs. 37 rola el Certificado de Regularización Fiscal emitido por la Dirección General xx Xxxxxx de la Municipalidad con vencimiento el día 00 XX XXXXXXX XX 0000;
Que a fs. 17 rola Declaración Jurada, de fecha 25/08/2.016, de la titular de la firma la cual manifiesta bajo Fe de Juramento no mantener deuda alguna con la Municipalidad de la Ciudad xx Xxxxx, AUTORIZANDO en caso de resultar beneficiario de una contratación la retención de cualquier deuda que pudiera determinarse al momento del pago;
Que a fs. 20 rola Dictamen emitido por la Dirección General de Asesoria Legal de la Subsecretaria de Hacienda de la cual surge que resulta procedente la renovación de Inscripción Definitiva en el Registro de Proveedores de la Municipalidad xx Xxxxx de la firma:”GUAYMAS XXXXXXX, XXXX XXXXXX”;
Que a fs. 01 vuelta la solicitante tomo debido conocimiento de las responsabilidades penales, sanciones registrales y las prohibiciones fijadas por la Ley Provincial N° 6838 de Contrataciones, Decreto Municipal N° 931/96 y sus modificaciones, formulando expresa Declaración Jurada al respecto;
POR ELLO,
LA DIRECTORA DE LA UNIDAD CENTRAL DE CONTRATACIONES DE LA
SUB-SECRETARIA DE CONTRATACIONES MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD XX XXXXX
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- ACEPTAR, la renovación de Inscripción en el Registro de Proveedores de la Municipalidad de la Ciudad xx Xxxxx, presentada por la firma “GUAYMAS XXXXXXX, XXXX XXXXXX”, CON DOMICILIO EN 00 XX XXXXXXX Xx 000, XX XX XXXXXX XX XXXXX, X.X.X.X.: 20- 29120267-6.
ARTÚCULO 2°.- MANTENER a la citada firma el Número 2.550 (Dos Mil Quinientos Cincuenta) del Legajo de Proveedor, el que deberá ser declarado toda vez que participe en las convocatorias que realice la Municipalidad de la ciudad xx Xxxxx.
ARTÍCULO 3°.- EXTENDER el certificado correspondiente con el número asignado a la firma con fecha de vencimiento 30/08/2.017, fecha en la cual deberá renovarse la restante documentación.
ARTÍCULO 4º.- COMUNICAR, PUBLICAR EN EL BOLETÍN OFICIAL DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD XX XXXXX Y ARCHIVAR.
ALVARADO
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Salta, 01 de Setiembre de 2.016.-
RESOLUCION N°: 063/16
Dirección de la Unidad Central De Contrataciones.
Sub-secretaria de Contrataciones.- REF: EXPEDIENTE Nº 011603-SG-2016
VISTO, el expediente de referencia, mediante el cual la Firma “XXXXXXXX X. XXXXXX SA., con domicilio en Xxxx Xxxxx Xx 000, xx xx xxxxxx xx Xxxxx.; solicita la Inscripción en el Registro de Proveedores del Municipio, y;
CONSIDERANDO:
Que la citada firma solicita la Inscripción en el Registro de Proveedores de la Municipalidad de la Ciudad xx Xxxxx presentando el Formulario y la documentación con todos los requisitos exigidos para tal fin en DDJJ, que rola a Fs. 01 del expediente de referencia;
Que a fs. 03/18 rola copia autenticada del Contrato Social de la firma solicitante de la cual resulta su inscripción en el JUZGADO DE MINAS Y EN LO COMERCIAL DE REGISTRO: FOLIO: 391/92, ASIENTO: 8.875, DEL LIBRO Nº 89 DE SA., REF: CONSTITUCION, con fecha 30
de Diciembre de 1.977, duración de la Sociedad 99 años;
Que a fs. 59/61 rola copia autenticada del Contrato Social de la firma solicitante de la cual resulta su inscripción en el JUZGADO DE MINAS Y EN LO COMERCIAL DE REGISTRO: FOLIO: 365, ASIENTO: 5.613, DEL LIBRO Nº 19 DE SA., REF: INSCRIPCION DE DIRECTORIO Y
SEDE SOCIAL, con fecha 09 xx Xxxxx de 2.016;
Que a fs. 36 rola la constancia de Inscripción F 900 y/o F 901 emitida por la Dirección General xx Xxxxxx de la Provincia;
Que a fs. 63 rola el Certificado de Regularización fiscal emitido por la Dirección General xx Xxxxxx de la Municipalidad con vencimiento el día 00 XX XXXXXXXXXX XX 0000;
Que a fs. 71/83 rola el Estado de Situación Patrimonial de la solicitante de fecha 31/12/2.015, firmado por el C.P.N. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxx, certificado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas, con validez hasta el 30/06/2.017;
Que a fs. 84 rola Alta Tributaria, emitida por el Dpto. de Padrones Comerciales de la Municipalidad xx Xxxxx, con fecha de vencimiento el 21/07/2.016, para el Rubro: “Construcción, Reforma, y Reparación de obras de Infraestructura”;
Que a fs. 90 rola Dictamen emitido por la Dirección General de Asesoria Legal de la Subsecretaria de Hacienda de la cual surge que resulta procedente la renovación de Inscripción Definitiva en el Registro de Proveedores de la Municipalidad xx Xxxxx de la firma:”XXXXXXXX X. XXXXXX SA.”;
Que a fs. 01 vuelta los solicitantes tomaron debido conocimiento de las responsabilidades penales, sanciones registrales y las prohibiciones fijadas por la Ley Provincial N° 6838 de Contrataciones, Decreto Municipal N° 931/96 y sus modificaciones, formulando expresa Declaración Jurada al respecto;
POR ELLO,
LA DIRECTORA DE LA UNIDAD CENTRAL DE CONTRATACIONES DE LA SUB-SECRETARIA DE CONTRATACIONES MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD XX XXXXX
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- ACEPTAR, la Renovación de Inscripción en el Registro de Proveedores de la Municipalidad de la Ciudad xx Xxxxx, presentada por la firma “XXXXXXXX X. XXXXXX SA., C.U.I.T.: 30-57125712-9, con
domicilio en Xxxx Xxxxx Nº 469, de la ciudad xx Xxxxx.
ARTÍCULO 2°.- MANTENER a la citada firma el Número 2.775 (Dos Mil Setecientos Setenta y Cinco) del Legajo de Proveedor, el que deberá ser declarado toda vez que participe en las convocatorias que realice la Municipalidad de la ciudad xx Xxxxx.
ARTÍCULO 3°.- EXTENDER el certificado correspondiente con el número asignado a la firma con fecha de vencimiento 30/06/2.017.
ARTÍCULO 4°.- DEJAR constancia que el plazo de validez del Certificado que se otorgue (30/0/2.017) quedara condicionado a la oportuna presentación del Nuevo Balance General al vencimiento de la mismo.
ARTÍCULO 5º.- COMUNICAR, PUBLICAR EN EL BOLETÍN OFICIAL DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD XX XXXXX Y ARCHIVAR.
XXXXXXXX
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Salta, 07 de Setiembre de 2.016.-
Que a fs. 38 rola la constancia de Inscripción Convenio Multilateral;
Que a fs. 39 rola la constancia de Inscripción emitida por la AFIP.;
Que a fs. 40 rola la constancia de CBU, Tipo y Número de cuenta emitida por el Banco HIPOTECARIO, de la Ciudad xx Xxxxx;
Que a fs. 49 y 50 rola el Certificado del Registro de Deudores Alimentarios Morosos, de los socios, emitido por el Poder Judicial de la Provincia xx Xxxxx, sin antecedente alguno, el cual deberá renovarse anualmente y/o el vencimiento del Certificado de Proveedor;
RESOLUCION N°: 64/16
Dirección de la Unidad Central De Contrataciones.
Sub-secretaria de Contrataciones.- REF: EXPEDIENTE Nº 050912-SG-2016
VISTO, el expediente de referencia, mediante el cual la Firma “XXXXXX, XXXXXX XXXXX”, con domicilio en Xxxxx Xxx Xxxxxxx-Xxxxxxx Xxxxxx Xx 000, xx xx xxxxxx xx Xxxxx.; solicita la Inscripción en el Registro de Proveedores del Municipio, y;
CONSIDERANDO:
Que la citada firma solicita la Inscripción en el Registro de Proveedores de la Municipalidad de la Ciudad xx Xxxxx presentando el Formulario y la documentación con todos los requisitos exigidos para tal fin en DDJJ, que rola a Fs. 01 del expediente de referencia;
Que a fs. 03 rola fotocopia autenticada del D.N.I. del solicitante;
Que a fs. 04 rola nota bajo declaración jurada certificada ante escribano publico de la firma de fs. 04, en la cual informa de no poseer local comercial, depósito y otro tipo de estructura habilitada dentro del ejido Municipal;
Que a fs. 06 rola la constancia de Inscripción F 900 y/o F 901 emitida por la Dirección General xx Xxxxxx de la Provincia;
Que a fs. 07 rola la constancia de Inscripción del Monotributo emitida por la AFIP.;
Que a fs. 08 el Certificado del Registro de Deudores Alimentarios Morosos, xx XXXXXX, XXXXXX XXXXX, emitido por el Poder Judicial de la Provincia xx Xxxxx, sin antecedente alguno, el cual deberá renovarse anualmente y/o al vencimiento del Certificado de Proveedor;
Que a fs. 14 rola la constancia de CBU, Tipo y Número de cuenta emitida por el Banco MACRO, de la Ciudad xx Xxxxx;
Que a fs. 15/20 rola el Estado de Situación Patrimonial del solicitante de fecha 31/08/2.016, firmado por la C.P.N. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, certificado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas, con validez hasta el 30/10/2.017;
Que a fs. 22 rola Alta Tributaria, emitida por el Dpto. de Padrones Comerciales de la Municipalidad xx Xxxxx, con fecha de vencimiento el 01/09/2.017, para el Rubro: “CONSTRUCCION, REFORMA Y REPARACION DE EDIFICIOS NO RESIDENCIALES – CONSTRUCCION, REFORMA Y REPARACION DE EDIFICIOS RESIDENCIALES”;
Que a fs. 24 rola el Certificado de Regularización Fiscal emitido por la Dirección General xx Xxxxxx de la Municipalidad con vencimiento el día 00 XX XXXXXXXXX XX 0000;
Que a fs. 26 rola Dictamen emitido por la Dirección General de Asesoria Legal de la Subsecretaria de Hacienda de la cual surge que resulta procedente la renovación de Inscripción Definitiva en el Registro de Proveedores de la Municipalidad xx Xxxxx de la firma:”XXXXXX, XXXXXX XXXXX”;
Que a fs. 01 vuelta la solicitante tomo debido conocimiento de las responsabilidades penales, sanciones registrales y las prohibiciones fijadas por la Ley Provincial N° 6838 de Contrataciones, Decreto Municipal N° 931/96 y sus modificaciones, formulando expresa Declaración Jurada al respecto;
POR ELLO,
LA DIRECTORA DE LA UNIDAD CENTRAL DE CONTRATACIONES DE LA
SUB-SECRETARIA DE CONTRATACIONES MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD XX XXXXX RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- ACEPTAR, la Inscripción en el Registro de Proveedores de la Municipalidad de la Ciudad xx Xxxxx, presentada por la firma “XXXXXX, XXXXXX XXXXX”, con domicilio en Xxxxx Xxx Xxxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxx Xx 000, XX XX XXXXXX XX XXXXX, X.X.X.X.: 23-14373796-9.
ARTÚCULO 2°.- ASIGNAR a la citada firma el Número 2.786 (Dos Mil Setecientos Ochenta y Seis) del Legajo de Proveedor, el que deberá
ser declarado toda vez que participe en las convocatorias que realice la Municipalidad de la ciudad xx Xxxxx.
ARTÍCULO 3°.- EXTENDER el certificado correspondiente con el número asignado a la firma con fecha de vencimiento 01/09/2.017, fecha en la cual deberá renovarse la restante documentación.
ARTÍCULO 4º.- COMUNICAR, PUBLICAR EN EL BOLETÍN OFICIAL DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD XX XXXXX Y ARCHIVAR.
ALVARADO
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Salta, 09 de Setiembre de 2.016.-
RESOLUCION N°: 65/16
Dirección de la Unidad Central De Contrataciones.
Sub-secretaria de Contrataciones.- REF: EXPEDIENTE Nº 26521-SG-2016
VISTO, el expediente de referencia, mediante el cual la Firma “WICO S.R.L.”, con domicilio en Xxxxxxx Xx000, xx xx xxxxxx xx Xxxxx.; solicita la Inscripción en el Registro de Proveedores del Municipio, y;
CONSIDERANDO:
Que la citada firma solicita la Inscripción en el Registro de Proveedores de la Municipalidad de la Ciudad xx Xxxxx presentando el Formulario y la documentación con todos los requisitos exigidos para tal fin en DDJJ, que rola a Fs. 01 del expediente de referencia;
Que a fs. 12/14 rola copia autenticada del Contrato Social de la firma solicitante de la cual resulta su inscripción en el JUZGADO DE MINAS Y EN LO COMERCIAL DE REGISTRO: FOLIO: 448, ASIENTO: 8.328, DEL LIBRO Nº 26 DE S.R.L., REF: CONSTITUCION, con fecha 09 xx
Xxxx de 2.008, duración de la Sociedad 99 años;
Que a fs. 06 rola copia autenticada de Cesión de Cuotas Sociales y Sede Social de la firma solicitante de la cual resulta su inscripción en el JUZGADO DE MINAS Y EN LO COMERCIAL DE REGISTRO: FOLIO: 484, ASIENTO: 9.548, DEL LIBRO Nº 29 DE S.R.L.., REF: SECION DE CUOTAS SOCIALES Y SEDE SOCIAL, con fecha 17 de SETIEMBRE de 2.010;
Que a fs. 37 rola copia autenticada de Cesion de Cuotas Sociales la firma solicitante de la cual resulta su inscripción en el JUZGADO DE MINAS Y EN LO COMERCIAL DE REGISTRO: FOLIO: 449, ASIENTO: 12.683, DEL LIBRO Nº 37 DE S.R.L., REF: CESION DE CUOTAS SOCIALES – RENUNCIA Y DESIGNACION DE GERENTE – SEDE
SOCIAL, con fecha 19 xx Xxxxxx de 2.01,
Que a fs. 45 rola el Certificado de Regularización fiscal emitido por la Dirección General xx Xxxxxx de la Municipalidad con vencimiento el día 00 XX XXXXXXXXX XX 0000;
Que a fs. 46 rola Alta Tributaria, emitida por el Dpto. de Padrones Comerciales de la Municipalidad xx Xxxxx, con fecha de vencimiento el 01/09/2.017, para el Rubro: “EMPRESA CONSTRUCTORA”;
Que a fs. 18/27 rola el Estado de Situación Patrimonial de la solicitante de fecha 31/12/2.015, firmado por el C.P.N. Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, certificado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas, con validez hasta el 30/06/2.017;
Que a fs. 28/29 rola el Certificado del Registro de Deudores Alimentarios Morosos, de los socios, emitido por el Poder Judicial de la Provincia xx Xxxxx, sin antecedente alguno, el cual deberá renovarse anualmente y/o el vencimiento del Certificado de Proveedor;
Que a fs. 30 rola la constancia de Inscripción emitida por la AFIP.;
Que a fs. 31 rola la constancia de Inscripción F 900 y/o F 901 emitida por la Dirección General xx Xxxxxx de la Provincia;
Que a fs. 33 rola la constancia de CBU, Tipo y Número de cuenta emitida por el Xxxxx XX XX XXXXXX XXXXXXXXX, xx xx Xxxxxx xx Xxxxx;
Que a fs. 45 rola el Certificado de Regularización fiscal emitido por la Dirección General xx Xxxxxx de la Municipalidad con vencimiento el día 00 XX XXXXXXXXX XX 0000;
Que a fs. 46 rola Alta Tributaria, emitida por el Dpto. de Padrones Comerciales de la Municipalidad xx Xxxxx, con fecha de vencimiento el 01/09/2.017, para el Rubro: “EMPRESA CONSTRUCTORA”;
Que a fs. 57 rola Dictamen emitido por la Dirección General de Asesoria Legal de la Subsecretaria de Hacienda de la cual surge que resulta procedente la renovación de Inscripción Definitiva en el Registro de Proveedores de la Municipalidad xx Xxxxx de la firma:”WICO S.R.L.,”;
Que a fs. 01 vuelta los solicitantes tomaron debido conocimiento de las responsabilidades penales, sanciones registrales y las prohibiciones fijadas por la Ley Provincial N° 6838 de Contrataciones, Decreto Municipal N° 931/96 y sus modificaciones, formulando expresa Declaración Jurada al respecto;
POR ELLO,
LA DIRECTORA DE LA UNIDAD CENTRAL DE CONTRATACIONES DE LA
SUB-SECRETARIA DE CONTRATACIONES MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD XX XXXXX RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- ACEPTAR, la Inscripción en el Registro de Proveedores de la Municipalidad de la Ciudad xx Xxxxx, presentada por la firma “WICO S.R.L, C.U.I.T.: 30-71054714-5, con domicilio en Xxxxxxx Xx 000, xx xx xxxxxx xx Xxxxx.
ARTÍCULO 2°.- ASIGNAR a la citada firma el Número 2.787 (Dos Mil Setecientos Ochenta y Siete) del Legajo de Proveedor, el que deberá ser declarado toda vez que participe en las convocatorias que realice la Municipalidad de la ciudad xx Xxxxx.
ARTÍCULO 3°.- EXTENDER el certificado correspondiente con el número asignado a la firma con fecha de vencimiento 30/11/2.016, fecha en la cual deberá actualizar nuevo Directorio y la restante documentación.
ARTÍCULO 4º.- COMUNICAR, PUBLICAR EN EL BOLETÍN OFICIAL DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD XX XXXXX Y ARCHIVAR.
XXXXXXXX
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Salta, 19 de Setiembre de 2.016.-
RESOLUCION N°: 6616
Dirección de la Unidad Central De Contrataciones.
Sub-secretaria de Contrataciones.- REF: EXPEDIENTE Nº 049682-SG-2016
VISTO, el expediente de referencia, mediante el cual la Firma “XXXXX, XXXXXXX DE LOS ANGELES”, con domicilio en Xxxxxxxx Xx 0000, xx xx xxxxxx xx Xxxxx.; solicita la Inscripción en el Registro de Proveedores del Municipio, y;
CONSIDERANDO:
Que la citada firma solicita la Inscripción en el Registro de Proveedores de la Municipalidad de la Ciudad xx Xxxxx presentando el Formulario y
la documentación con todos los requisitos exigidos para tal fin en DDJJ, que rola a Fs. 01 del expediente de referencia;
Que a fs. 03 rola fotocopia autenticada del D.N.I. del solicitante;
Que a fs. 04/07 rola el Estado de Situación Patrimonial del solicitante de fecha 31/07/2.016, firmado por la C.P.N. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, certificado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas, con validez hasta el 30/11/2.017;
Que a fs. 08 el Certificado del Registro de Deudores Alimentarios Morosos, xx XXXXX XXXXXXX DE LOS ANGELES, emitido por el Poder Judicial de la Provincia xx Xxxxx, sin antecedente alguno, el cual deberá renovarse anualmente y/o al vencimiento del Certificado de Proveedor;
Que a fs. 09 rola el Certificado de Regularización Fiscal emitido por la Dirección General xx Xxxxxx de la Municipalidad con vencimiento el día 00 XX XXXXXXXXX XX 0000;
Que a fs. 10 rola la constancia de Inscripción F 900 y/o F 901 emitida por la Dirección General xx Xxxxxx de la Provincia;
Que a fs. 11 rola la constancia de Inscripción del Monotributo emitida por la AFIP.;
Que a fs. 12/13 rola declaración jurada de no poseer Habilitación Municipal por no contar con un espacio físico al efecto, certificada por escribano publico;
Que a fs. 14 rola la constancia de CBU, Tipo y Número de cuenta emitida por el Banco BBVA, de la Ciudad xx Xxxxx;
Que a fs. 20 rola Alta Tributaria, emitida por el Dpto. de Padrones Comerciales de la Municipalidad xx Xxxxx, con fecha de vencimiento el 05/09/2.017, para el Rubro: “CONSTRUCCION, REFORMA Y REPARACION DE EDIFICIOS NO RESIDENCIALES – VENTAS AL POR MENOR DE MATERIALES DE CONSTRUCCION”;
Que a fs. 23 rola Dictamen emitido por la Dirección General de Asesoria Legal de la Subsecretaria de Hacienda de la cual surge que resulta procedente la renovación de Inscripción Definitiva en el Registro de Proveedores de la Municipalidad xx Xxxxx de la firma:”XXXXXX, XXXXXX XXXXX”;
Que a fs. 01 vuelta la solicitante tomo debido conocimiento de las responsabilidades penales, sanciones registrales y las prohibiciones fijadas por la Ley Provincial N° 6838 de Contrataciones, Decreto Municipal N° 931/96 y sus modificaciones, formulando expresa Declaración Jurada al respecto;
POR ELLO,
LA DIRECTORA DE LA UNIDAD CENTRAL DE CONTRATACIONES DE LA
SUB-SECRETARIA DE CONTRATACIONES MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD XX XXXXX
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- ACEPTAR, la Inscripción en el Registro de Proveedores de la Municipalidad de la Ciudad xx Xxxxx, presentada por la firma “XXXXX, XXXXXXX DE LOS ANGELES”, con domicilio en Xxxxxxxx Xx 0.000, XX XX XXXXXX XX XXXXX, X.X.X.X.: 27-26859881- 8.
ARTÍCULO 2°.- ASIGNAR a la citada firma el Número 2.788 (Dos Mil Setecientos Ochenta y Ocho) del Legajo de Proveedor, el que deberá ser declarado toda vez que participe en las convocatorias que realice la Municipalidad de la ciudad xx Xxxxx.
ARTÍCULO 3°.- EXTENDER el certificado correspondiente con el número asignado a la firma con fecha de vencimiento 30/11/2.017, fecha en la cual deberá renovarse la restante documentación.
ARTÍCULO 4º.- COMUNICAR, PUBLICAR EN EL BOLETÍN OFICIAL DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD XX XXXXX Y ARCHIVAR.
XXXXXXXX
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Salta, 19 xx Xxxxxx de 2016.-
RESOLUCION GENERAL Nº 023/2016
REF: INCLUIR EN LA NOMINA DE REPARTIDORES DE BOLETAS: EXPTE. Nº 041296-SG-2016 – 1032445-SG-2015 – 025800-SG-2015 – 017120-SG-2015.-
VISTO las presentaciones realiza das por la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA, mediante las cuales solicita se incluyan en la nómina de repartidores de boletas a distintos agentes municipales, y;
CONSIDERANDO:
QUE no existirían inconvenientes para su incorporación; únicamente para repartir boletas siempre y cuando las disponibilidades de trabajo lo permitan;
QUE ante esta circunstancia y de conformidad a lo normado por el Artículo 18° del Código Tributario Municipal Ordenanza Nº 6330/91 y sus modificatorias, Ordenanza N° 13254 – texto ordenado del nombrado Código;
POR ELLO:
EL DIRECTOR XXXXXXX XX XXXXXX XX XX XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- INCORPÓRESE a partir del 01/10/2016 al PROGRAMA DE CONTROL DE OBLIGACIONES MUNICIPALES
(PRO.C.O.M.), aprobado por Resolución General Nº 001/02 de esta Dirección General, a los contribuyentes que se detallan en ANEXO I.-
ARTICULO 2º.- COMUNÍQUESE a las DIRECCION DE OPERATIVA Y
FISCALIZACION, con sus respectivas dependencias y notifíquese a la parte interesada.-
ARTICULO 3º.- PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial Municipal y archívese.-
XXXXXX VER ANEXO
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SALTA, 20/09/16
QUE en atención a las facultades de Organismo Fiscal, contenidas en el artículo 18º del Código Tributario Municipal, delegadas expresamente en la Dirección General xx Xxxxxx, mediante Decreto Nº 624/01, corresponde se emita instrumento legal;
POR ELLO;
EL DIRECTOR GENERAL XX XXXXXX DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX
RESUELVE:
ARTICULO 1º: INCLÚYASE en el ANEXO I de la Resolución Nº 282 de fecha 09 xx Xxxxx de 2000, a los agentes detallados en el ANEXO I que se adjunta y forma parte integrante de la presente, a partir del 1º de Octubre de 2016 y por las razones invocadas en los considerandos.-
ARTICULO 2º:REGÍSTRESE, comuníquese a la Sub Secretaria de Ingresos Públicos, Dirección General de Administración Tributaria, Dirección de Asistencia al Contribuyente; Dirección de Operativa y Departamento de Distribución Domiciliaria.-
ARTICULO 3º: PUBLIQUESE en el Boletín Oficial Municipal y archívese.-
XXXXXX VER ANEXO
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Salta, 21 de Septiembre de 2016.-
RESOLUCION GENERAL Nº 025/2016
REFERENCIA: INCORPORACION AL PROGRAMA DE CONTROL DE OBLIGACIONES MUNICIPALES (PRO.C.O.M.).-
VISTO la Resolución General Nº 001/2002 y sus modificaciones de esta Dirección General xx Xxxxxx, mediante el cual se aprueba el Programa de Control de Obligaciones Municipales (PRO.C.O.M) y se incorpora a los contribuyentes y responsables de la Tasa de Inspección de Seguridad, Salubridad e Higiene, y;
CONSIDERANDO:
QUE a la fecha existen contribuyentes de la Tasa de Inspección por Seguridad, Salubridad e Higiene (Ex tasa por el Ejercicio de Actividades Diversa) que revisten interés fiscal, por lo tanto deben estar incorporados a dicho régimen;
RESOLUCIÓN Nº 022
DIRECCION GENERAL DE PERSONAL REFERENCIA: Expediente N° 035170-SG-2016.-
VISTO el expediente de la referencia mediante el cual la agente Sra. XXXXX DE LOS ANGELES CHILO, DNI N° 00.000.000, solicita la
liquidación y pago de la Asignación Familiar por Nacimiento de hijo, y;
CONSIDERANDO:
QUE a fs. 02 se adjunta fotocopia de Acta de Nacimiento expedida por el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, que acredita el nacimiento del menor XXXXXXXXX XXXXX XXXXXX en fecha 28.04.2016;
QUE a fs. 05 el Director de Supervisión de Xxxxxxx, informa que la mencionada agente completo la Declaración Jurada de Cargas Familiares en la Sección Beneficios Sociales a su cargo el día 06.05.2016 según consta a fs. 03 vta. y el nacimiento de su hijo se produjo el día 28.04.2016 según consta en Acta de Nacimiento adjunta, pero el expediente solicitando la liquidación y pago del beneficio por nacimiento se realiza con fecha 07.06.2016, por lo que la presentación estaría fuera de termino, motivo por el cual no se llevo a cabo la liquidación del beneficio;
QUE a fs. 08/09 obra Dictamen N° 176/2016 de la Dirección Laboral dependiente de la Dirección General de Personal, del cual surge que analizado el caso planteado, la agente no cumplió con la presentación de la solicitud de pago en el plazo estipulado por Ordenanza 2.462, por lo tanto no corresponde hacer lugar a lo solicitado en las actuaciones de referencia;
QUE la situación del caso en cuestión tiene previsión legal en lo dispuesto por el Artículo 1° de la Ordenanza N° 2462/76, que modifica el Capítulo XI de los Beneficios Sociales (Arts. 103, 104 y 105 del Decreto N° 8/69 y Ordenanza N° 2066/73) que dispone: “… Los Beneficios Sociales serán liquidados conforme a los que se establece seguidamente a los agentes municipales que revistan como personal, efectivo o contratados y de acuerdo con las escalas que fijan las disposiciones en vigencia. Asignaciones familiares: Se entienden por asignaciones familiares al conjunto de beneficios que en los incisos A), B), C), D), E), F), G), X), X), X), X), X), X), X), y O) se definen y
reglamentan”;
QUE el inciso J) se refiere a la Asignación Bonificación por Nacimiento de Hijo, expresando lo siguiente: “La asignación por nacimiento se hará efectiva por cada hijo de agente municipal nacido con o sin vida después de los 180 días de gestación, acreditando el hecho con la presentación del certificado respectivo. 1. Para el goce de este beneficio se exigirá una antigüedad mínima de un (1) mes, si el agente acredita haberse desempeñado en cualquier actividad en relación de dependencia durante seis (6) meses como mínimo en el transcurso de los doce (12) meses anteriores a la fecha de iniciación del último empleo. Caso contrario, se requerirá una antigüedad mínima de seis (6) mese en la Administración Municipal dentro de los doce (12) a dieciocho (18) meses anteriores al último empleo”;
QUE del mismo modo continúa: “… 5. El personal con derecho a este beneficio deberá presentar en el Departamento Registro y Control de Legajos, dentro de los 10 (diez) días de ocurrido el hecho, una solicitud de liquidación acompañando el certificado pertinente expedido por el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas”;
QUE mediante Decreto N° 0614/05 se faculta a la Dirección General de Personal a emitir Resoluciones, por lo que procede la emisión del instrumento legal pertinente;
POR ELLO:
EL DIRECTOR GENERAL DE PERSONAL DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX RESUELVE
ARTÍCULO 1°. NO HACER LUGAR a lo solicitado por la Sra. XXXXX DE LOS ANGELES CHILO, DNI N° 00.000.000, en cuanto a la
liquidación y pago de la Asignación Familiar por Xxxxxxxxxx de hijo, en virtud de los motivos expuestos en los Considerandos.
ARTÍCULO 2°. NOTIFICAR de la presente por la Dirección General de Personal.
ARTÍCULO 3°. TOMAR razón dependencias pertinentes a la Dirección General de Personal.
ARTÍCULO 4°. COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.
XXXX XX XXXXX
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SALTA, 22 de septiembre de 2016
QUE dicho evento tendrá lugar el jueves 22 de septiembre del corriente año, en el Boliche Xxx Xxx, dado que los propietarios de éste local, han dispuesto nuevas adecuaciones edilicias de acceso para los jóvenes con necesidades educativas especiales;
QUE la realización del mismo tiene plena coincidencia con las Políticas Sociales que lleva adelante esta gestión;
QUE por lo antes expuesto resulta procedente la emisión del instrumento legal pertinente;
POR ELLO:
XX XXXXXX XXXXXXXXXX XX XXXXXXXXXX XXXXXX XX XX XXXXXXXXXXXXX XX XXXXX
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- DECLARAR de INTERES MUNICIPAL a la “9va EDICIÓN BAILE ELECCIÓN DE LA REINA DE LOS JÓVENES CON
CAPACIDADES DIFERENTES”, organizado por la Fundación ANIDAR, el cual se desarrollará en nuestra ciudad el día 22 de septiembre del corriente año.-
ARTICULO 2º.- LA presente Declaración de Interés Municipal no ocasionará gastos para el erario municipal.-
ARTICULO 3°.- TOMAR razón Secretaría de Desarrollo Social, con sus dependencias intervinientes, remitiendo copia de la presente a la Fundación ANIDAR, sita en calle Xxxxx Xxxxxxx Nº 425.-
ARTICULO 4º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
XXXX XXXXXX
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SALTA, 09 de Septiembre de 2016.-
RESOLUCIÓN N° 356
SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS REFERENTE EXPTE Nº 34875/2016
VISTO las actuaciones de referencia, mediante las cuales, solicitud de extracción de un forestal, perteneciente a la especie GREVILLEA, el cual se encuentra implantado en calle Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Nº 1.379;
Y CONSIDERANDO:
RESOLUCION Nº 084 .- SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL REFERENCIA: EXPTE Nº 052209-SG-2016.-
VISTO el pedido de Declaración de Interés Municipal de la “9va EDICIÓN BAILE ELECCIÓN DE LA REINA DE LOS JÓVENES CON
CAPACIDADES DIFERENTES”, organizado por la Fundación ANIDAR, y;
CONSIDERANDO:
QUE el reconocimiento por parte de la Municipalidad xx Xxxxx declarando de Interés Municipal el Evento, es de suma importancia para la comunidad salteña en general, y los operadores en particular;
QUE esta actividad se viene realizando años anteriores conjuntamente con la Fundación ANIDAR y la Dirección General de la Discapacidad de esta comuna, con mucha anuencia y reconocimiento;
QUE la misma se destaca por promover una mayor inclusión y participación entre los jóvenes con capacidades diferentes;
QUE cabe recalcar que en ediciones pasadas han participado aproximadamente 600 jóvenes;
QUE, a fs. 01 obra Expediente, por el cual la Xxx. Xxxx Xxxxxxx, DNI Nº 00.000.000; solicita extracción de un (01) forestal;
QUE a fs. 05 obra Informe Técnico de Inspección, realizado en el lugar de referencia donde se hace saber la existencia de un (01) forestal, perteneciente a la especie GREVILLEA de gran porte;
QUE, del referido informe surge que el forestal presenta raíces levantaron y rompieron la vereda en una superficie de 09,00 mts², raíces fracturaron y desplazaron el cordón cuneta en 3,00 mts lineales, existen instalaciones de medidor de agua a 1,00 mts y gas natural a 2,00 mts.-
QUE, a fs. 06 y 07 xxxxx fotografías, en la que consta lo expuesto precedentemente;
QUE, a fs. 08, obra análisis e informe del Director Gral. de Espacios Verdes, el cual autoriza la extracción del mencionado forestal y sugiere la posterior reposición por un ejemplar de la especie Lapacho Rosado (Handroanthus impetiginosus ).-
QUE, atento a las características que presenta el forestal de referencia es procedente Autorizar la extracción del mismo, en virtud de lo
prescripto en el art. 12, de Ordenanza N° 7060, que a continuación se transcribe:
“La Poda, corte de raíz y extracción de la Flora Pública se efectuará solamente cuando razones de orden técnico, a criterio del Organismo de Aplicación, lo hagan aconsejable como ser… Extracción:
c) Cuando se trata de especies o variedades cuya experiencia demuestre no ser apta para el crecimiento en zonas urbanas.”
e) Cuando exista peligro de desprendimiento que no se pueda evitar y posibilidad cierta de daño a personas o cosas.
QUE atento a lo establecido en Ord. Nº 13.780 es procedente autorizar la extracción, ya que en su art. 1º dispone:
“Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a ejecutar, por si o por terceros, durante cualquier época del año y en casos de emergencia, trabajos de poda, corte de raíz y extracción del arbolado publico que, por sus características (sistema de raíces débiles, ramas quebradizas y otros) representen un riesgo para la seguridad de los vecinos y de los bienes del estado o de terceros”
POR ELLO:
LA SUB SECRETARIA DE DESARROLLO AMBIENTAL SUSTENTABLE
DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX RESUELVE:
ARTICULO 1°.- HACER LUGAR a la EXTRACCION de UN (01)
forestal, perteneciente a la especie GREVILLEA, ubicado en calle Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Nº. 1379 Vº Soledad, quedando a cargo de la extracción la Municipalidad de la Ciudad xx Xxxxx y corriendo por cuenta del frentista en un plazo perentorio de quince (15) días corridos, la obligación de reparar la vereda y la reposición de la especie.
ARTICULO 2°.- NOTIFICAR y ORDENAR al propietario frentista, la construcción de cazuela y pronta reposición de otro forestal de menor porte apto para el arbolado público debiendo ser, la especie sugerida Lapacho Rosado (Handroanthus impetiginosus). Bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de ser pasible de las sanciones correspondientes.
ARTICULO 3º.- DAR intervención por ante las dependencias que corresponde, a efectos de dar cumplimiento con la medida.
ARTICULO 4°.- TOMAR debida razón la Sub-Secretaria de Desarrollo Ambiental Sustentable.
ARTICULO 5º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.
DAHER
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SALTA, 21 de Septiembre de 2016.-
RESOLUCION Nº 366.-
SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 061228-SG-2011 - Sumario
Administrativo Nº 3201/2013.-
VISTO la Resolución Nº 151/2013 de la entonces Secretaría de Ambiente y Servicios Públicos, en relación a la denuncia realizada por el Xx. Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxx, en la cual manifiesta que persona no autorizada ejercía el rol de inspector realizaba infracciones y solicitaba a cambio de dinero a fin de evitar la misma y, CONSIDERANDO:
QUE a fs. 81/82 obra informe de la Dirección General de Sumarios, en el cual concluye sobreseer al Xx. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, por falta de
elementos probatorios, notificar y proceder al archivo de las actuaciones;
QUE a fs. 83 se adjunta duplicado de la Cédula de Notificación girada al Xx. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx;
QUE a fs. 85 obra informe de la Procuración General, concluyendo que debe darse por concluido las actuaciones sumariales mediante la emisión del instrumento legal pertinente y ordenarse su posterior archivo con encuadre en el art. 83 del Decreto Nº 0842/10;
QUE a tal efecto es necesaria la emisión del instrumento legal correspondiente;
POR ELLO:
EL XXXXXXXXXX XX XXXXXXXX X XXXXXXXXX XXXXXXXX XX XX XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- DAR por concluido el Sumario Administrativo Nº 3201/2013 dispuesto mediante Resolución Nº 151/2013 de fecha 05/07/2013 de la entonces Secretaría de Ambiente y Servicios Públicos, por las razones esgrimidas en los considerandos del presente instrumento legal.-
ARTICULO 2º.- ORDENAR el ARCHIVO de las presentes actuaciones, remitiendo las mismas a la Dirección de Archivo y Guarda General.-
ARTICULO 3°.- TOMAR razón la Secretaria de Ambiente y Servicios Públicos con sus dependencias intervinientes y Dirección General de Sumarios.-
ARTICULO 4º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
CASAS
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SALTA, 21 de Septiembre de 2016.-
RESOLUCIÓN N° 367
SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS REFERENTE: INFORME TECNICO DE OFICIO – C/FECHA 30/06/16
VISTO las actuaciones de referencia, mediante las cuales, solicitud de autorización para extracción de un (01) forestal perteneciente a la especie SAUCE, el cual se encuentra implantado en Bº Tres Cerritos, calle Los Peteribies Nº 615;
Y CONSIDERANDO:
QUE, a fs. 01 obra Informe Técnico de Oficio, por la cual el inspector actuante realizado en el lugar de referencia donde se hace saber la existencia de un (01) forestal, perteneciente a la especie SAUCE xx xxxxxxx porte;
QUE, del referido informe surge que el forestal presenta aproximadamente 4,00 mts de altura y requiere trabajos de poda de formación y levante;
QUE, a fs. 02 xxxxx fotografías en la que consta lo expuesto precedentemente;
QUE, a fs. 03, obra análisis e informe del Director Gral. de Espacios Verdes, el cual autoriza la extracción del mencionado forestal, debido a que el ejemplar no es apto para el arbolado urbano según ancho de vereda, al ser una especie que presenta un gran desarrollo radicular en profundidad y extensión. Esto provocara futuros daños en vereda, cordón cuneta y comprometiendo a las redes de servicios. Por tal motivo se ordena la extracción y posterior reposición del ejemplar por uno de la especie Tarco (Jacaranda Mimosifolia);
QUE, atento a las características que presenta el forestal de referencia es procedente Autorizar la extracción del mismo, en virtud de lo prescripto en el art. 12, de Ordenanza N° 7060, que a continuación se transcribe:
“La Poda, corte de raíz y extracción de la Flora Pública se efectuará solamente cuando razones de orden técnico, a criterio del Organismo de Aplicación, lo hagan aconsejable como ser… Extracción:
c) Cuando se trata de especies o variedades cuya experiencia demuestre no ser apta para el crecimiento en zonas urbanas.”
QUE atento a lo establecido en Ord. Nº 13.780 es procedente autorizar la extracción, ya que en su art. 1º dispone:
“Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a ejecutar, por si o por terceros, durante cualquier época del año y en casos de emergencia, trabajos de poda, corte de raíz y extracción del arbolado publico que, por sus características (sistema de raíces débiles, ramas quebradizas y otros) representen un riesgo para la seguridad de los vecinos y de los bienes del estado o de terceros”
POR ELLO:
LA SUB SECRETARIA DE DESARROLLO AMBIENTAL SUSTENTABLE
DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX RESUELVE:
ARTICULO 1°.- HACER LUGAR a la EXTRACCION de un (01) forestal
perteneciente a la especie SAUCE, ubicado en Bº Tres Cerritos, calle Los Peteribies Nº 615, quedando a cargo de la extracción la Municipalidad de la Ciudad xx Xxxxx y corriendo por cuenta del frentista en un plazo perentorio de quince (15) días corridos, la obligación de reparar la vereda y la reposición de la especie.
ARTICULO 2°.- NOTIFICAR y ORDENAR al propietario frentista, la construcción de cazuela y pronta reposición de otro forestal de menor porte apto para el arbolado público debiendo ser, la especie sugerida Tarco (Jacaranda Mimosifolia). Bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de ser pasible de las sanciones correspondientes.
ARTICULO 3º.- DAR intervención por ante las dependencias que corresponde, a efectos de dar cumplimiento con la medida.
ARTICULO 4°.- TOMAR debida razón la Sub-Secretaria de Desarrollo Ambiental Sustentable.
ARTICULO 5º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.
DAHER
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XXXXX, 00 xx Xxxxxxxxxx xx 0000.-
RESOLUCIÓN N° 368
SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS REFERENTE: DENUNCIA AMBIENTAL Nº 8231/2014
VISTO las actuaciones de referencia, mediante las cuales, solicita autorización para poda de UN (01) forestal, perteneciente a la especie SERENO, el cual se encuentra implantado en Bº Xxxxxx Xxxxx, Xxxxx Xxxxxx Xx Xxxxx Xx 0000;
Y CONSIDERANDO:
QUE, a fs. 01 obra denuncia ambiental, por el cual el Xx. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, DNI Nº 00.000.000; solicita autorización para poda de un (01) forestal, por despeje de líneas aéreas;
QUE, a fs. 02 obra Informe Técnico de Inspección, realizado en el lugar de referencia donde se hace saber la existencia de UN (01) forestal, perteneciente a la especie SERENO, xx xxxxxxx porte;
QUE, del referido informe surge que el forestal se encuentra en buenas condiciones, sugiere realizar trabajos de poda de levante;
QUE, a fs. 03 xxxxx en los presentes actuados fotografías donde se acredita lo mencionado precedentemente;
QUE, a fs. 04 obra análisis e informe del Director Gral. de Espacios Verdes, el cual Rechaza la solicitud de autorización para poda del mencionado forestal, debido a que el ejemplar se encuentra en adecuadas condiciones morfológicas y sanitarias, presenta un desarrollo correcto a los esperado, por lo no presenta necesidades de prácticas de poda al momento;
QUE, de acuerdo a lo establecido en Ordenanza Nº 7060, Artículo 9º, el cual menciona lo siguiente:
“QUEDA totalmente prohibida la poda, corte de raíz y extracción del arbolado público, en todo el ejido municipal. Este principio solo admitirá excepciones, cuando por razones de servicio, técnicamente justificadas, lo autorice el Órgano de aplicación.”
QUE, atento a las características que presenta el forestal de referencia es procedente rechazar la poda del mismo, en virtud de lo prescripto en el Art. 16º, de Ordenanza N° 7060, que a continuación se transcribe :
“QUEDA prohibido a toda persona de existencia física o jurídica, tanto pública como privada, en todo el Ámbito de la aplicación de la presente Ordenanza:
C) Realizar las tareas de extracción, corte de raíz y poda de la Flora publica sin sujeción a lo dispuesto en los Art. 16, 17 y 18 de la presente Ordenanza.”
QUE, en virtud a lo dispuesto en Art. 17º, de ordenanza Nº 7060, dispone:
“LAS contravenciones o cualquiera de los supuestos contemplados en el capitulo anterior, serán sancionados con el pago de una multa en moneda de curso legal obligatorio, equivalente al valor de CIEN (100) litros a MIL (1000) litros de nafta ecológica, graduable atento a las características y gravedad de la contravención y al poder económico del infractor; con mas la reposición del o los ejemplares de la Flora publica que se hubieren afectado. Para el caso que la segunda sanción resulte de imposible cumplimiento, el infractor en su reemplazo deberá abonar además una suma de dinero equivalente al CINCUENTA POR CIENTO (50%) del valor de la sanción pecuniaria que se le aplicare. Si la especie estuviera en peligro de extinción o extinguida, la sanción consistiera en la obligación de plantar especie en las condiciones que establezca el organismo de aplicación”.
(…) y en su Art. 18º, lo siguiente:
“PARA el caso de reincidencia o sucesivas reiteraciones de las infracciones, deberá abonarse el doble del valor de la sanción pecuniaria impuesta al infractor en la condena anterior o ultima sanción aplicada. En todos los casos, a la sanción pecuniaria deberá acompañarla la sanción de reposición de la especie afectada en la forma establecida en la segunda parte del artículo anterior”.
POR ELLO:
LA SUB SECRETARIA DE DESARROLLO AMBIENTAL SUSTENTABLE
DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX RESUELVE:
ARTICULO 1°.- RECHAZAR el pedido de autorización para PODA de UN (01) forestal perteneciente a la especie SERENO, ubicado en Bº Xxxxxx Xxxxx, Xxxxx Xxxxxx Xx Xxxxx Xx 0000, debido a que el ejemplar se encuentra en adecuadas condiciones morfológicas y sanitarias, presenta un desarrollo correcto a los esperado, por lo no presenta necesidades de prácticas de poda al momento.
ARTICULO 2°.- NOTIFICAR al propietario frentista, de lo dispuesto en la presenta Resolución.
ARTICULO 3°.- TOMAR debida razón la Sub-Secretaria de Desarrollo Ambiental Sustentable y demás dependencias competentes.
ARTICULO 4º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.
DAHER
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XXXXX, 00 xx Xxxxxxxxxx xx 0000.-
RESOLUCIÓN N° 369
SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS REFERENTE: DENUNCIA AMBIENTAL Nº 34470/2009
VISTO las actuaciones de referencia, mediante las cuales, solicitud de autorización para extracción de un forestal, el cual se encuentra implantado en Xx Xxxxxxxx, La Rioja Nº 1210 esq. Gorriti;
Y CONSIDERANDO:
QUE, a fs. 01 obra Denuncia Ambiental, por la cual el Xx. Xxxxxxx Xxxxxxxx, DNI Nº 5.409.104; solicita extracción de un (01) forestal, muy frondoso y añejo;
QUE a fs. 02 obra Informe Técnico de Inspección, realizado en el lugar de referencia donde se hace saber la existencia de un (01) forestal, perteneciente a la especie Xxxx xx xxxxxxx porte;
QUE, del referido informe surge que el forestal presenta fuste seco, rasgado, carcomido por alimañas en estado de decrepitud irreversible al 90%, presenta hueco en su interior, sugiere la extracción con posterior reposición;
QUE, a fs. 07 xxxxx fotografías en la que consta lo expuesto precedentemente;
QUE, a fs. 08, obra análisis e informe del Director Gral. de Espacios Verdes, el cual autoriza la extracción del mencionado forestal y sugiere la posterior reposición por un ejemplar de la especie Tarco (Jacaranda Mimosifolia);
QUE, atento a las características que presenta el forestal de referencia es procedente Autorizar la extracción del mismo, en virtud de lo prescripto en el art. 12, de Ordenanza N° 7060, que a continuación se transcribe:
“La Poda, corte de raíz y extracción de la Flora Pública se efectuará solamente cuando razones de orden técnico, a criterio del Organismo de Aplicación, lo hagan aconsejable como ser… Extracción:
a) Decrepitud o decaimiento de su vigor que las torne irrecuperable.
b) Ciclo biológico cumplido.”
QUE atento a lo establecido en Ord. Nº 13.780 es procedente autorizar la extracción, ya que en su art. 1º dispone:
“Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a ejecutar, por si o por terceros, durante cualquier época del año y en casos de emergencia, trabajos de poda, corte de raíz y extracción del arbolado publico que, por sus características (sistema de raíces
débiles, ramas quebradizas y otros) representen un riesgo para la seguridad de los vecinos y de los bienes del estado o de terceros”
POR ELLO:
LA SUB SECRETARIA DE DESARROLLO AMBIENTAL SUSTENTABLE
DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX RESUELVE:
ARTICULO 1°.- HACER LUGAR a la EXTRACCION de un (01) forestal
perteneciente a la especie XXXX, ubicado en Vª Xxxxxxxx, La Rioja Nº 1210 esq. Gorriti, quedando a cargo de la extracción la Municipalidad de la Ciudad xx Xxxxx y corriendo por cuenta del frentista en un plazo perentorio de quince (15) días corridos, la obligación de reparar la vereda y la reposición de la especie
ARTICULO 2°.- NOTIFICAR y ORDENAR al propietario frentista, la construcción de cazuela y pronta reposición de otro forestal de menor porte apto para el arbolado público debiendo ser, la especie sugerida Tarco (Jacaranda Mimosifolia).Bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de ser pasible de las sanciones correspondientes.
ARTICULO 3º.- DAR intervención por ante las dependencias que corresponde, a efectos de dar cumplimiento con la medida.
ARTICULO 4°.- TOMAR debida razón la Sub-Secretaria de Desarrollo Ambiental Sustentable.
ARTICULO 5º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.
DAHER
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XXXXX, 00 xx Xxxxxxxxxx xx 0000.-
RESOLUCIÓN N° 370
SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS REFERENTE: DENUNCIA AMBIENTAL Nº 12598/2016
VISTO las actuaciones de referencia, mediante las cuales, solicitud de autorización para extracción de un forestal, el cual se encuentra implantado en Bº Ciudad del Milagro, xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xx 000;
Y CONSIDERANDO:
QUE, a fs. 01 obra Denuncia Ambiental, por la cual el Xx. Xxxxxx Xxxxx, DNI Nº 8.169.960; solicita inspección para un forestal de la especie EUCALIPTUS con peligro de caer;
QUE a fs. 02 obra Informe Técnico de Inspección, realizado en el lugar de referencia donde se hace saber la existencia de cuatro un (01) forestal perteneciente a la especie EUCALIPTUS de gran porte;
QUE, del referido informe surge que el forestal presenta un altura de 20,00 mts, con fuste seco, rasgado, carcomido por alimañas en estado de decrepitud irreversible al 16%,raíces levantaron y rompieron la vereda en una superficie de 7,00 mts², fuste con ángulo de inclinación de 15º desplazado hacia la vivienda con peligro de caer, sugiere la extracción con posterior reposición;
QUE, a fs. 03, 04 y 05 xxxxx fotografías en la que consta lo expuesto precedentemente;
QUE, a fs. 06, obra análisis e informe del Director Gral. de Espacios Verdes, el cual autoriza la extracción del mencionado forestal y sugiere la posterior reposición por un ejemplar de la especie Tarco (Jacaranda mimosifolia);
QUE, atento a las características que presenta el forestal de referencia es procedente Autorizar la extracción del mismo, en virtud de lo prescripto en el art. 12, de Ordenanza N° 7060, que a continuación se transcribe:
“La Poda, corte de raíz y extracción de la Flora Pública se efectuará solamente cuando razones de orden técnico, a criterio del Organismo de Aplicación, lo hagan aconsejable como ser… Extracción:
a) Decrepitud o decaimiento de su vigor que las torne irrecuperable.
b) Ciclo biológico cumplido.
c) Cuando se trata de especies o variedades cuya experiencia demuestre no ser apta para el crecimiento en zonas urbanas.”
QUE atento a lo establecido en Ord. Nº 13.780 es procedente autorizar la extracción, ya que en su art. 1º dispone:
“Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a ejecutar, por si o por terceros, durante cualquier época del año y en casos de emergencia, trabajos de poda, corte de raíz y extracción del arbolado publico que, por sus características (sistema de raíces débiles, ramas quebradizas y otros) representen un riesgo para la seguridad de los vecinos y de los bienes del estado o de terceros”
POR ELLO:
LA SUB SECRETARIA DE DESARROLLO AMBIENTAL SUSTENTABLE
DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX RESUELVE:
ARTICULO 1°.- HACER LUGAR a la EXTRACCION de UN (01)
forestal, perteneciente a La especie EUCALIPTUS, ubicado en Bº Ciudad del Milagro, calle Xxxx Xxxxxxx Nº 352, quedando a cargo de la extracción la Municipalidad de la Ciudad xx Xxxxx; como así también la reparación del cordón cuneta y corriendo por cuenta del frentista en un plazo perentorio de quince (15) días corridos, la obligación de reparar la vereda, cazuela y la reposición de la especie.
ARTICULO 2°.- NOTIFICAR y ORDENAR al propietario frentista, la construcción de vereda, cazuela y pronta reposición de otro forestal de menor porte apto para el arbolado público debiendo ser, la especie sugerida Tarco (Jacaranda Mimosifolia).Bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de ser pasible de las sanciones correspondientes.
ARTICULO 3º.- DAR intervención por ante las dependencias que corresponde, a efectos de dar cumplimiento con la medida.
ARTICULO 4°.- TOMAR debida razón la Sub-Secretaria de Desarrollo Ambiental Sustentable.
ARTICULO 5º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.
DAHER
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*
XXXXX, 00 xx Xxxxxxxxxx xx 0000.-
RESOLUCIÓN N° 371
SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS REFERENTE: DENUNCIA AMBIENTAL Nº 11872/2016
VISTO las actuaciones de referencia, mediante las cuales, solicitud de autorización para extracción de un forestal, el cual se encuentra implantado en Bº Los Granaderos, calle Paso de los Patos y Av. Suipacha;
Y CONSIDERANDO:
QUE, a fs. 01 obra Denuncia Ambiental, por la cual la Xxx. Xxxxx Xxxxx, DNI Nº 00.000.000; solicita extracción de un (01) forestal, que levanta vereda;
QUE a fs. 02 obra Informe Técnico de Inspección, realizado en el lugar de referencia donde se hace saber la existencia de tres (03) forestales, pertenecientes a la especie Ceibo, Xxxx y Sereno;
QUE, del referido informe surge que los forestales presentan:
-Forestal Nº 01: Ceibo, Altura de 9,00 mts, con raíces que provocaron rotura xx xxxxxxx en una superficie de 10 mts², fractura y levantamiento de la vereda de la gruta, destrucción xx xxxxxxx y pueden comprometer la estabilidad de la construcción. Asimismo ramas interfieren líneas eléctricas y avanzan sobre techo de la vivienda.
-Forestal Nº 02: Xxxx, Altura de 7,00 mts, se encuentra en estado de decrepitud al 80%.
-Forestal Nº 03: Sereno, Altura de 7,00 mts, se encuentra en estado de decrepitud al 60 %.
Se sugiere la extracción de los tres forestales con posterior reposición;
QUE, a fs. 03, 04,05 y 06 xxxxx fotografías en la que consta lo expuesto precedentemente;
QUE, a fs. 07, obra análisis e informe del Director Gral. de Espacios Verdes, el cual autoriza la extracción de los tres (03) mencionados forestales y sugiere la posterior nueva intervención de la Dir. de Arbolado Urbano, a fin de solicitar una nueva inspección para realizar posteriormente un rediseño del arbolado en el espacio público);
QUE, atento a las características que presenta el forestal de referencia es procedente Autorizar la extracción de los mismos, en virtud de lo prescripto en el art. 12, de Ordenanza N° 7060, que a continuación se transcribe:
“La Poda, corte de raíz y extracción de la Flora Pública se efectuará solamente cuando razones de orden técnico, a criterio del Organismo de Aplicación, lo hagan aconsejable como ser… Extracción:
a) Decrepitud o decaimiento de su vigor que las torne irrecuperable.
b) Ciclo biológico cumplido.
c) Cuando se trata de especies o variedades cuya experiencia demuestre no ser apta para el crecimiento en zonas urbanas.”
QUE atento a lo establecido en Ord. Nº 13.780 es procedente autorizar las extracciónes, ya que en su art. 1º dispone:
“Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a ejecutar, por si o por terceros, durante cualquier época del año y en casos de emergencia, trabajos de poda, corte de raíz y extracción del arbolado publico que, por sus características (sistema de raíces débiles, ramas quebradizas y otros) representen un riesgo para la seguridad de los vecinos y de los bienes del estado o de terceros”
POR ELLO:
LA SUB SECRETARIA DE DESARROLLO AMBIENTAL SUSTENTABLE
DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX RESUELVE:
ARTICULO 1°.- HACER LUGAR a la EXTRACCION de TRES (03)
forestales pertenecientes a la especie CEIBO, XXXX y SERENO, ubicados en Bº Los Granaderos, calle Paso de los Patos y Av. Suipacha, quedando a cargo de la extracción la Municipalidad de la Ciudad xx Xxxxx y corriendo por cuenta del frentista en un plazo perentorio de quince (15) días corridos, la obligación de reparar la vereda.
ARTICULO 2°.- NOTIFICAR y ORDENAR al propietario frentista, la construcción de cazuela).Bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de ser pasible de las sanciones correspondientes.
ARTICULO 3º.- DAR intervención por ante las dependencias que corresponde, a efectos de dar cumplimiento con la medida.
ARTICULO 4°.- TOMAR debida razón la Sub-Secretaria de Desarrollo Ambiental Sustentable.
ARTICULO 5º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.
DAHER
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XXXXX, 00 xx Xxxxxxxxxx xx 0000.-
RESOLUCIÓN N° 372
SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS REFERENTE: DENUNCIA AMBIENTAL Nº 12440/2016 y 13245/16
VISTO las actuaciones de referencia, mediante las cuales, solicitud de autorización para poda de un (01) forestal, el cual se encuentra implantado en Bº Tres Cerritos, Pje. Rugby Nº 685;
Y CONSIDERANDO:
QUE, a fs. 01 y 04 obran Denuncias Ambientales, por las cuales el Xx. Xxxxxx Xxxxx, DNI Nº 7.262.671; solicita poda de un (01) forestal, por despeje de cables;
QUE a fs. 02 obra Informe Técnico de Inspección, realizado en el lugar de referencia donde se hace saber la existencia de un (01) forestal, perteneciente a la especie Plátano xx xxxxxxx porte;
QUE, del referido informe surge que el forestal presenta fuste con ángulo de inclinación de 50º, desplazado hacia la calle con peligro de caer, sugiere realizar trabajos de poda despeje de línea y reducción de copa;
QUE, a fs. 03 xxxxx fotografías en la que consta lo expuesto precedentemente;
QUE, a fs. 05, obra análisis e informe del Director Gral. de Espacios Verdes, el cual autoriza la extracción xxx xxxxxxxx perteneciente a la especie Xxxx, siendo una especie no apta para vereda y ordena la posterior reposición por un ejemplar de la especie Tarco (Jacaranda mimosifolia);
QUE, atento a las características que presenta el forestal de referencia es procedente Autorizar la extracción del mismo, en virtud de lo prescripto en el art. 12, de Ordenanza N° 7060, que a continuación se transcribe:
“La Poda, corte de raíz y extracción de la Flora Pública se efectuará solamente cuando razones de orden técnico, a criterio del Organismo de Aplicación, lo hagan aconsejable como ser… Extracción:
c) Cuando se trata de especies o variedades cuya experiencia demuestre no ser apta para el crecimiento en zonas urbanas.”
QUE atento a lo establecido en Ord. Nº 13.780 es procedente autorizar la extracción, ya que en su art. 1º dispone:
“Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a ejecutar, por si o por terceros, durante cualquier época del año y en casos de emergencia, trabajos de poda, corte de raíz y extracción del arbolado publico que, por sus características (sistema de raíces débiles, ramas quebradizas y otros) representen un riesgo para la seguridad de los vecinos y de los bienes del estado o de terceros”
POR ELLO:
LA SUB SECRETARIA DE DESARROLLO AMBIENTAL SUSTENTABLE
DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX RESUELVE:
ARTICULO 1°.- HACER LUGAR a la EXTRACCION de UN (01)
forestal perteneciente a la especie XXXX, ubicado en Bº Tres Cerritos, Pje. Rugby Nº 685, quedando a cargo de la extracción la Municipalidad de la Ciudad xx Xxxxx y corriendo por cuenta del frentista en un plazo perentorio de quince (15) días corridos, la obligación de reparar la vereda y la reposición de la especie.
ARTICULO 2°.- NOTIFICAR y ORDENAR al propietario frentista, la construcción de cazuela y pronta reposición de otro forestal de menor porte apto para el arbolado público debiendo ser, la especie sugerida: Tarco (Jacaranda mimosifolia).Bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de ser pasible de las sanciones correspondientes.
ARTICULO 3º.- DAR intervención por ante las dependencias que corresponde, a efectos de dar cumplimiento con la medida.
ARTICULO 4°.- TOMAR debida razón la Sub-Secretaria de Desarrollo Ambiental Sustentable.
ARTICULO 5º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.
DAHER
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XXXXX, 00 xx Xxxxxxxxxx xx 0000.-
RESOLUCIÓN N° 373
SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS REFERENTE: DENUNCIA AMBIENTAL Nº 11147/16
VISTO las actuaciones de referencia, mediante las cuales, solicitud de inspección de UN (01) forestal, el cual se encuentra implantado en xxxxx Xxxxxxx Xx 000;
Y CONSIDERANDO:
QUE, a fs. 01 obra Denuncia Ambiental, por la cual la Xxx. Xxxxxxx Xxxxxxxxx, DNI Nº 8.444.648; solicita inspección de UN (01) forestal, que levanto vereda y esta con raíces de gran tamaño;
QUE a fs. 02 obra Informe Técnico de Inspección, realizado en el lugar de referencia donde se hace saber la existencia de un (01) forestal, perteneciente a la especie SERENO de gran porte;
QUE, del referido informe surge que el forestal presenta raíces levantaron y rompieron la vereda en una superficie de 9,00 mts, existen instalaciones de medidor de agua a 1,00 mts, fuste con ángulo de inclinación de 85º desplazado hacia la Escuela, sugiere la extracción con posterior reposición;
QUE, a fs. 03 y 04 xxxxx fotografías en la que consta lo expuesto precedentemente;
QUE, a fs. 05, obra análisis e informe del Director Gral. de Espacios Verdes, el cual autoriza la extracción xxx xxxxxxxx perteneciente a la especie FRESNO, debido a que no es una especia apta ni adecuada para el arbolado urbano según ancho de vereda y sugiere la posterior reposición por un ejemplar de la especie Lapachillo Amarillo (Handroanthus Chrysotrichus);
QUE, atento a las características que presenta el forestal de referencia es procedente Autorizar la extracción del mismo, en virtud de lo prescripto en el art. 12, de Ordenanza N° 7060, que a continuación se transcribe:
“La Poda, corte de raíz y extracción de la Flora Pública se efectuará solamente cuando razones de orden técnico, a criterio del Organismo de Aplicación, lo hagan aconsejable como ser… Extracción:
a) Decrepitud o decaimiento de su vigor que las torne irrecuperable.
b) Ciclo biológico cumplido.
c) Cuando se trata de especies o variedades cuya experiencia demuestre no ser apta para el crecimiento en zonas urbanas.”
QUE atento a lo establecido en Ord. Nº 13.780 es procedente autorizar la extracción, ya que en su art. 1º dispone:
“Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a ejecutar, por si o por terceros, durante cualquier época del año y en casos de emergencia, trabajos de poda, corte de raíz y extracción del arbolado publico que, por sus características (sistema de raíces débiles, ramas quebradizas y otros) representen un riesgo para la seguridad de los vecinos y de los bienes del estado o de terceros”
POR ELLO:
LA SUB SECRETARIA DE DESARROLLO AMBIENTAL SUSTENTABLE
DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX RESUELVE:
ARTICULO 1°.- HACER LUGAR a la EXTRACCION de UN (01)
forestal perteneciente a la especie FRESNO, ubicado en calle Córdoba Nº 961, quedando a cargo de la extracción la Municipalidad de la Ciudad xx Xxxxx y corriendo por cuenta del frentista en un plazo perentorio de quince (15) días corridos, la obligación de reparar la vereda y la reposición de la especie.
ARTICULO 2°.- NOTIFICAR y ORDENAR al propietario frentista, la construcción de cazuela y pronta reposición de otro forestal de menor porte apto para el arbolado público debiendo ser, la especie sugerida Lapachillo Amarillo (Handroanthus Chrysotrichus).Bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de ser pasible de las sanciones correspondientes.
ARTICULO 3º.- DAR intervención por ante las dependencias que corresponde, a efectos de dar cumplimiento con la medida.
ARTICULO 4°.- TOMAR debida razón la Sub-Secretaria de Desarrollo Ambiental Sustentable.
ARTICULO 5º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.
DAHER
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XXXXX, 00 xx Xxxxxxxxxx xx 0000.-
RESOLUCIÓN N° 374
SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS REFERENTE: EXPTE. Nº 20620-SG-2016 Y D.A 10631/2015
VISTO las actuaciones de referencia, mediante las cuales, solicitud de inspección de dos (02) forestales, los cuales se encuentran implantados en Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxx Xxxx. Xxx Xxxxxx Xx 000, Xxx Xxxx;
Y CONSIDERANDO:
QUE, a fs. 01 obra Nota de elevación por reclamo, iniciada por la Delegación municipal de San Xxxx;
QUE, a fs. 02 obra Expte por el cual el Xx. Xxxxx Xxxx Xxxxxxxxx, DNI Nº 00.000.000; solicita poda de DOS (02) forestales, por despeje de líneas;
QUE, a fs. 05, obra denuncia ambiental, iniciada por el mismo solicitante y tema;
QUE a fs. 06 obra Informe Técnico de Inspección, realizado en el lugar de referencia donde se hace saber la existencia de dos (02) forestales, pertenecientes a la especie CEIBO y PINO;
QUE, del referido informe surge que los forestales presentan: -Forestal Nº 01: Ceibo de xxxx xxxxx, xxxxxx 0,00 xxx, xx xxx xx xxxx xxxxxxxxx se
encuentra a 0,80 cm, posee raíces superficiales que ingresan a la vivienda. Sugiere realizar xxxxx xx xxxxxx y poda despeje de líneas y de reducción de copa. -Forestal Nº 02: Xxxx, bifurcado a 0,55 cm, mal implantado en vereda, según comentario de denunciante fue podado por personal xx Xxxxx debido a que interfería con la línea eléctrica, sugiere extracción;
QUE, a fs. 07 y 08 xxxxx fotografías en la que consta lo expuesto precedentemente;
QUE, a fs. 09, obra análisis e informe del Director Gral. de Espacios Verdes, el cual autoriza la extracción de un forestal perteneciente a la especie pino, no deberá efectuarse la reposición de la especie extraída debido a que cuenta con otro forestales en vereda. Se autoriza la poda de levante de copa para liberar luminarias y xxxxx xx xxxxxx superficiales para el forestal de la especie ceibo;
QUE, atento a las características que presentan los forestales de referencia es procedente Autorizar la Extracción, Poda y Corte de Raíz de los mismos, en virtud de lo prescripto en el art. 12, de Ordenanza N° 7060, que a continuación se transcribe:
“La Poda, corte de raíz y extracción de la Flora Pública se efectuará solamente cuando razones de orden técnico, a criterio del Organismo de Aplicación, lo hagan aconsejable como ser… Extracción:
c) Cuando se trata de especies o variedades cuya experiencia demuestre no ser apta para el crecimiento en zonas urbanas.
Poda:
Cuando las ramas de la Flora Publica toquen instalaciones, áreas o dificulten o pongan en peligro el tránsito peatonal y/o vehicular o para eliminar ramas muertas y enfermas, o para disminuir su frondosidad cuando esta hubiera alcanzado dimensiones inadecuadas o simplemente para darle una mejor formación estética.
Corte de Raíz:
Cuando la raíz de un árbol, por su superficialidad, extendido horizontal u otros motivos, causen o pueden ocasionar el deterioro de veredas, calzadas. Cimientos de edificios o instalaciones subterráneas.”
QUE atento a lo establecido en Ord. Nº 13.780 es procedente autorizar la extracción, poda y corte de raíz, ya que en su art. 1º dispone:
“Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a ejecutar, por si o por terceros, durante cualquier época del año y en casos de emergencia, trabajos de poda, corte de raíz y extracción del arbolado publico que, por sus características (sistema de raíces débiles, ramas quebradizas y otros) representen un riesgo para la seguridad de los vecinos y de los bienes del estado o de terceros”
POR ELLO:
LA SUB SECRETARIA DE DESARROLLO AMBIENTAL SUSTENTABLE
DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX RESUELVE:
ARTICULO 1°.- HACER LUGAR a la EXTRACCION de UN (01)
forestal perteneciente a la especie PINO y PODA DE LEVANTE DE COPA y XXXXX XX XXXXXX SUPERFICIALES, teniendo en cuenta podar únicamente aquellas ramas que infieren en luminarias de UN (01) forestal perteneciente a la especie CEIBO, ambos ubicados en Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxx Xxxx. Xxx Xxxxxx Xx 000, Xxx Xxxx, quedando a cargo de la extracción la Municipalidad de la Ciudad xx Xxxxx y corriendo por cuenta del frentista en un plazo perentorio de quince (15) días corridos, la obligación de reparar la vereda.
ARTICULO 2°.- NOTIFICAR y ORDENAR al propietario frentista, la construcción de cazuela .Bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de ser pasible de las sanciones correspondientes.
ARTICULO 3º.- DAR intervención por ante las dependencias que corresponde, a efectos de dar cumplimiento con la medida.
ARTICULO 4°.- TOMAR debida razón la Sub-Secretaria de Desarrollo Ambiental Sustentable.
ARTICULO 5º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.
XXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*
XXXXX, 00 xx Xxxxxxxxxx xx 0000.-
POR ELLO:
LA SUB SECRETARIA DE DESARROLLO AMBIENTAL SUSTENTABLE
DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX RESUELVE:
ARTICULO 1°.- HACER LUGAR a la PODA DESPEJE DE LINEAS
AEREAS Y DESPUNTE DE RAMAS, teniendo en cuenta la siguiente sugerencia: podar únicamente aquellas ramas que estén en contacto directo la vivienda, de UN (01) forestal perteneciente a la especie TARCO, ubicado en Vº. Xxxxxxx, calle Provisor Xxxxxxxxx Nº 458, quedando a cargo de la poda la Municipalidad de la Ciudad xx Xxxxx.
RESOLUCIÓN N° 375
SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS REFERENTE: DENUNCIA AMBIENTAL Nº 13.455/2016
VISTO las actuaciones de referencia, mediante las cuales, solicita poda de UN (01) forestal, el cual se encuentra implantado en Vº. Xxxxxxx, calle Provisor Xxxxxxxxx Nº 458;
Y CONSIDERANDO:
QUE, a fs. 01 obran Denuncia Ambiental, por la cual el Xx. Xxxxxxxxx Xxxx, D.N.I Nº 32.463.180, solicita poda despeje de líneas aéreas de un forestal;
QUE, a fs. 02 obra Informe Técnico de Inspección, realizado en el lugar de referencia donde se hace saber la existencia de un (01) forestal, de gran porte perteneciente a la especie Tarco;
QUE del referido informe técnico, el inspector actuante sugiere practicar en su parte superior trabajos de poda de formación, de levante, de mantenimiento rigurosa de despeje de líneas, de despeje de luminarias, para reducir la copa.-
QUE, a fs. 03 y 04, xxxxx en los presentes actuados fotografías donde se acredita lo mencionado precedentemente;
QUE, a fs. 05 obra análisis e informe del Director Gral. de Espacios Verdes, el cual autoriza la PODA DESPEJE DE LINEAS, únicamente en aquellas ramas que estén en contacto directo con el cableado aéreo y poda de despunte únicamente de aquellas ramificaciones que entren en contacto con la vivienda.-
QUE, atento a las características que presenta el forestal de referencia es procedente Autorizar la poda del mismo, en virtud de lo prescripto en el art. 12, de Ordenanza N° 7060, que a continuación se transcribe:
“La Poda, corte de raíz y extracción de la Flora Pública se efectuará solamente cuando razones de orden técnico, a criterio del Organismo de Aplicación, lo hagan aconsejable como ser…
PODA:
Cuando las ramas de la Flora Publica toquen instalaciones, áreas o dificulten o pongan en peligro el tránsito peatonal y/o vehicular o para eliminar ramas muertas y enfermas, o para disminuir su frondosidad cuando esta hubiera alcanzado dimensiones inadecuadas o simplemente para darle una mejor formación estética.”
QUE atento a lo establecido en Ord. Nº 13.780, la cual dispone en su art. 1º, lo siguiente:
“Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a ejecutar, por si o por terceros, durante cualquier época del año y en casos de emergencia, trabajos de poda, corte de raíz y extracción del arbolado publico que, por sus características (sistema de raíces débiles, ramas quebradizas y otros) representen un riesgo para la seguridad de los vecinos y de los bienes del estado o de terceros”
ARTICULO 2°.- NOTIFICAR al propietario frentista, de las tareas a realizar.
ARTICULO 3°.- DAR intervención por ante las dependencias que corresponde, a efectos de dar cumplimiento con la medida.
ARTICULO 4°.- TOMAR debida razón la Sub-Secretaria de Desarrollo Ambiental Sustentable.
ARTICULO 5º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.
XXXXX
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XXXXX, 00 xx Xxxxxxxxxx xx 0000.-
RESOLUCIÓN N° 376
SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS REFERENTE: DENUNCIA AMBIENTAL Nº 11.237/2016
VISTO las actuaciones de referencia, mediante las cuales, solicita poda de UN (01) forestal, el cual se encuentra implantado en Bº Fca. Independencia, calle Xxxxxxx Xxxx Nº 243;
Y CONSIDERANDO:
QUE, a fs. 01 obra Denuncia Ambiental por la cual la Xxx. Xxxxxxx Xxxx,
D.N.I Nº 32.804.424, solicita poda por despeje de líneas aéreas de un forestal;
QUE, a fs. 02 obra Informe Técnico de Inspección, realizado en el lugar de referencia donde se hace saber la existencia de un (01) forestal, de gran porte perteneciente a la especie PINO;
QUE, del referido informe técnico, surge que el forestal presenta raíces que levantaron y rompieron la vereda en una superficie de dos mts2, existe instalación de medidor de gas a 0.80 mts, bifurcado a 0.85 mts medidos desde el ras del piso, el inspector actuante sugiere realizar extracción con posterior reposición.-
QUE, a fs. 03 rola fotografía donde se acredita lo mencionado precedentemente;
QUE, a fs. 04 obra análisis e informe del Director Gral. de Espacios Verdes el cual autoriza la Extracción xxx xxxxxxxx mencionado precedentemente, debiendo ser reemplazado dicho ejemplar con un Lapachillo Amarillo (Handroanthus chrysotrichus).-
QUE, atento a las características que presenta el forestal de referencia es procedente Autorizar la poda del mismo, en virtud de lo prescripto en el art. 12, de Ordenanza N° 7060, que dispone:
“La Poda, corte de raíz y extracción de la Flora Pública se efectuará solamente cuando razones de orden técnico, a criterio del Organismo de Aplicación, lo hagan aconsejable como ser…
EXTRACCION:
c) Cuando se trata de especies o variedades cuya experiencia demuestre no ser apta para el crecimiento en zonas urbanas.”
QUE atento a lo establecido en Ord. Nº 13.780, la cual dispone en su art. 1º, lo siguiente:
“Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a ejecutar, por si o por terceros, durante cualquier época del año y en casos de emergencia, trabajos de poda, corte de raíz y extracción del arbolado publico que, por sus características (sistema de raíces débiles, ramas quebradizas y otros) representen un riesgo para la seguridad de los vecinos y de los bienes del estado o de terceros”
POR ELLO:
LA SUB SECRETARIA DE DESARROLLO AMBIENTAL SUSTENTABLE
DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX RESUELVE:
ARTICULO 1°.- HACER LUGAR a la EXTRACCION, de un (01), UN
(01) forestal perteneciente a la especie PINO, ubicado en Bº Fca. Independencia, calle Xxxxxxx Xxxx Nº 243, quedando a cargo de la extracción la Municipalidad de la Ciudad xx Xxxxx;
ARTICULO 2°.- NOTIFICAR al propietario frentista, de las tareas a realizar.
ARTICULO 3°.- DAR intervención por ante las dependencias que corresponde, a efectos de dar cumplimiento con la medida.
ARTICULO 4°.- TOMAR debida razón la Sub-Secretaria de Desarrollo Ambiental Sustentable.
ARTICULO 5º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.
XXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*
XXXXX, 00 xx Xxxxxxxxxx xx 0000.-
mediano porte perteneciente a la especie SERENO; con raíces que levantaron y rompieron vereda en una superficie de 5,00 mts2, raíces fracturaron y desplazaron el cordón cuneta en 3,00 mts. Lineales, existe instalación de medidor de agua a 1,00 mts y/o gas natural a 2,50 mts, bifurcado a 0,70 mts medidos desde el ras del piso, fuste con ángulo de inclinación de 70 desplazado hacia la calle con peligro de caer.-
QUE, a fs. 07 obra análisis e informe del Director Gral. de Espacios Verdes, el cual autoriza la extracción de dos forestales de la especie SERENO, debiendo ser reemplazados por dos ejemplares de la especie Tarco (Jacarandá mimosifolia).-
QUE, atento a las características que presenta el forestal de referencia es procedente Autorizar la poda del mismo, en virtud de lo prescripto en el art. 12, de Ordenanza N° 7060, que a continuación se transcribe:
“La Poda, corte de raíz y extracción de la Flora Pública se efectuará solamente cuando razones de orden técnico, a criterio del Organismo de Aplicación, lo hagan aconsejable como ser…
EXTRACCIÓN:
C) Cuando se trata de especies o variedades cuya experiencia demuestre no ser aptas para el crecimiento en zonas urbanas.”
QUE atento a lo establecido en Ord. Nº 13.780, la cual dispone en su art. 1º, lo siguiente:
“Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a ejecutar, por si o por terceros, durante cualquier época del año y en casos de emergencia, trabajos de poda, corte de raíz y extracción del arbolado publico que, por sus características (sistema de raíces débiles, ramas quebradizas y otros) representen un riesgo para la seguridad de los vecinos y de los bienes del estado o de terceros”
POR ELLO:
LA SUB SECRETARIA DE DESARROLLO AMBIENTAL SUSTENTABLE
DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX RESUELVE:
RESOLUCIÓN N° 377
SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS REFERENTE: DENUNCIA AMBIENTAL Nº 13.002/2016
VISTO las actuaciones de referencia, mediante las cuales, solicita poda de DOS (02) forestales, los cuales se encuentran implantados Xxxxx Xxx Xxxx Xx 0.000;
Y CONSIDERANDO:
QUE, a fs. 01 obra Denuncia Ambiental por la cual la Xxx. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, D.N.I Nº 21.310.746, solicita poda despeje de líneas aéreas de DOS forestales;
QUE, a fs. 02 obra Informe Técnico de Inspección, realizado en el lugar de referencia donde se hace saber la existencia de un (01) forestal, xx xxxxxxx porte perteneciente a la especie SERENO;
QUE, del referido informe técnico de Inspección, realizado en el lugar de referencia, donde se hace saber la existencia de un (01) forestal, xx xxxxxxx porte perteneciente a la especie SERENO, con raíces que levantaron y rompieron la vereda en una superficie de 3,00 mts2, raíces fracturaron y desplazaron el cordón cuneta en 2,00 mts. Lineales, bifurcado a 0,20 mts. Medidos desde el ras del piso, fuste con ángulo de inclinación de 80 desplazado hacia la calle con peligro de caer.-
QUE, a fs. 03, 04 Y 06 xxxxx en los presentes actuados fotografías donde se acredita lo mencionado precedentemente;
QUE, a fs.05 obra Informe Técnico de Inspección, realizado en el lugar de referencia donde se hace saber la existencia de un (01) forestal, de
ARTICULO 1°.- HACER LUGAR a la EXTRACCION DE DOS (2)
FORESTALES, pertenecientes a la especie SERENO, ubicados en Xxxxx Xxx Xxxx Xx. 0.000, quedando a cargo la Extracción la Municipalidad de la Ciudad xx Xxxxx;
ARTICULO 2°.- NOTIFICAR al propietario frentista, de las tareas a realizar.
ARTICULO 3°.- DAR intervención por ante las dependencias que corresponde, a efectos de dar cumplimiento con la medida.
ARTICULO 4°.- TOMAR debida razón la Sub-Secretaria de Desarrollo Ambiental Sustentable.
ARTICULO 5º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.
XXXXX
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CONCEJO DELIBERANTE ORDENANZA
ORDENANZA Nº 15151.-
Ref.: Expte. Cº Nº 135 - 2421/16.-
EL XXXXXXX XXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX, XX XXXXXXX, XX XXXXXXXX, X
XXXXXX:
ARTÍCULO 1º.- OBJETO: Crear en el ámbito de la Administración Pública Municipal el Ente descentralizado denominado Mercado San Xxxxxx, con personería jurídica propia y capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones. Tendrá su domicilio en calle La Florida Nº 298, de la ciudad xx Xxxxx.
ARTÍCULO 2º.- OBJETIVO: El Ente tendrá como objetivo la administración xxx Xxxxxxx San Xxxxxx y de los Mercaditos Municipales existentes o que se creen en el futuro en la ciudad xx Xxxxx aludidos en la Ordenanza Nº 12.371.
ARTÍCULO 3º.- DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN: El Mercado San
Xxxxxx será dirigido y administrado por un Directorio compuesto por tres
(3) miembros, dos (2) serán designados y removidos por el Intendente y uno (1) por la Fundación San Xxxxxx u otra institución que en el futuro la reemplace. Sus mandatos serán por períodos de cuatro (4) años comprendidos dentro del mandato del Intendente en ejercicio al designarlos y podrán ser reelegidos.
Los miembros del Directorio al vencer el término de su mandato, continuarán en el desempeño de sus cargos, con plenas facultades, hasta tanto se designen los reemplazantes.
ARTÍCULO 4º.- SESIONES: El Directorio se reunirá en sesión ordinaria, por lo menos una vez por mes. Podrá citarse a reuniones extraordinarias cuando el Presidente o dos (2) de sus miembros lo requieran.
Cada Director tendrá derecho a un (1) voto, las resoluciones se adoptarán por mayoría simple.
ARTÍCULO 5º.- FUNCIONES: Serán funciones del Directorio:
a) Designar de entre sus miembros al Presidente y Vicepresidente.
b) Nombrar y remover al personal del ente.
c) Dictar el reglamento interno de administración y funcionamiento.
d) Ejercer la Administración del Mercado San Xxxxxx y de los Mercaditos Municipales, con las facultades y obligaciones previstas en la Ordenanza Nº 12.371.
e) Llevar el Registro Municipal de Permisionarios creado en el artículo 8º de la Ordenanza Nº 12.371.
f) Llevar a cabo los procedimientos de selección por concurso de antecedentes de los puesteros del Mercado San Xxxxxx y Mercaditos Municipales, otorgar y revocar los permisos en los términos de la Ordenanza Nº 12.371.
g) Autorizar el uso transitorio de espacios previstos en el artículo 27 de la Ordenanza Nº 12.371.
h) Actualizar los valores a abonar por la ocupación y explotación de cada uno de los puestos de los Mercados en concepto de derecho de piso diario.
i) Gestionar la obtención de financiación para la prosecución de los objetivos xxx Xxxxxxx San Xxxxxx y Mercaditos Municipales.
j) Toda otra función vinculada a la consecución de su objeto.
ARTÍCULO 6º.- PATRIMONIO: El Mercado San Xxxxxx tendrá un patrimonio que estará compuesto por:
a) Los inmuebles que poseyera al momento de la sanción de la presente o que en el futuro se le transfieran por cualquier título para el cumplimiento de sus fines.
b) Los legados, subvenciones o donaciones que las personas humanas o jurídicas, públicas o privadas, le hicieren.
c) Los bienes de cualquier naturaleza que poseyera o adquiera.
d) Cualquier otro que se resuelva incorporar por Decretos u Ordenanzas Municipales.
e) Los recursos que se establecieran en la Ordenanza de Presupuesto Municipal.
ARTÍCULO 7º.- TRANSFERENCIA DE BIENES: Autorizar al
Departamento Ejecutivo Municipal a transferir la posesión, uso y goce de los bienes muebles e inmuebles que resulten necesarios para la prosecución del objetivo del Mercado San Xxxxxx, hasta tanto se perfeccione el dominio a su nombre, de conformidad a las normas aplicables.
ARTÍCULO 8º.- TODAS las funciones y competencias que la Ordenanza Nº 12.371 dispone que sean ejercidas por el Departamento Ejecutivo Municipal, por la Autoridad de Aplicación o por el Administrador que designe el Departamento Ejecutivo Municipal, serán ejercidas por el Mercado San Xxxxxx.
ARTÍCULO 9º.- EL Mercado San Xxxxxx se vinculará con el Departamento Ejecutivo Municipal a través de la Secretaría General.
ARTÍCULO 10.- DEROGAR toda norma que se oponga a la presente.
CLÁUSULA TRANSITORIA
Mantener la continuidad del personal que se encuentra cumpliendo funciones en el Mercado San Xxxxxx y Mercaditos Municipales.
ARTÍCULO 11.- COMUNÍQUESE, publíquese y dése al Registro Municipal.-
------------------------ DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD XX XXXXX, A LOS VEINTICUATRO DÍAS DEL MES XX XXXXXX DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.-------------
SANCION Nº 10232.-
DIEZ VILLA – XXXXXXX
XXXXXXXXXXXX XXXXXXXXX, 00 XXXXXXXXXX 0000
PROMÚLGUESE, téngase por ORDENANZA, comuníquese, regístrese bajo el Nº 15151, insértese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.-
XXXXXXX XXXXX - XXXXXXXXXX
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RESOLUCION
RESOLUCIÓN Nº 506 C.D.-
Ref.: Expte. Cº Nº 135 - 3239/16.-
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD XX XXXXX, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- SOLICITAR al Poder Ejecutivo Provincial disponga la demolición del tanque elevado que se encuentra inactivo hace más de veinte años, ubicado en la intersección xx xxxxx Xxxx Xxxxxx y avenida Rallé, Etapa 10 de barrio Limache, que fuera oportunamente solicitado mediante Resolución Nº 204/15 C.D., a la Compañía Salteña de Agua y Saneamiento - Aguas del Norte S.A. por posible contaminación con bórax.
ARTÍCULO 2º.- COMUNÍQUESE, publíquese y dese al Registro Municipal.-
------------------------ DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD XX XXXXX, A LOS TREINTA Y UN DÍAS DEL MES XX XXXXXX DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.-------------
DIEZ VILLA – XXXXXXX
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RESOLUCIÓN Nº 507 C.D.-
Ref.: Expte. Cº Nº 135 - 1752/16.-
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD XX XXXXX, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- SOLICITAR al Departamento Ejecutivo Municipal que, a través del organismo correspondiente, en un plazo no superior a los quince (15) días hábiles de recibida la presente, informe a este Cuerpo las razones por las cuales se categorizó como de bajo impacto ambiental y social, conforme a lo dispuesto en la Ordenanza Nº 12.745, a la firma METALNOR cuyo titular es Ecomet S.R.L., con domicilio en Ruta Provincial Nº 26, camino a La Isla. y remita a este Cuerpo los estudios y análisis realizados por el municipio en función de los potenciales impactos ambientales y sociales que produce esa empresa en la zona donde funciona.
ARTÍCULO 2º.- COMUNÍQUESE, publíquese y dese al Registro Municipal.-
------------------------ DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD XX XXXXX, A LOS TREINTA Y UN DÍAS DEL MES XX XXXXXX DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.-------------
DIEZ VILLA – XXXXXXX
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RESOLUCIÓN Nº 508 C.D.-
Ref.: Expte. Cº Nº 135 - 2698/16.-
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD XX XXXXX, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- SOLICITAR al Departamento Ejecutivo Municipal que, a través del organismo correspondiente, disponga la demarcación de las rampas de acceso para discapacitados ubicadas en el Centro Cívico Municipal y demás dependencias municipales, en concordancia con lo establecido en la Ordenanza N° 13.086 de adhesión a la Ley Nacional Nº 22.431, que crea el Sistema de Protección Integral de los Discapacitados, modificada mediante Ley Nacional Nº 24.314.
ARTÍCULO 2º.- SOLICITAR que a través del Xxxxxxxxxxx xxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx xx xx xxxxxx xx Xxxxx se proceda a la demarcación de las rampas de acceso al edificio.
ARTÍCULO 3º.- COMUNÍQUESE, publíquese y dese al Registro Municipal.-
------------------------ DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD XX XXXXX, A LOS TREINTA Y UN DÍAS DEL MES XX XXXXXX DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.-------------
DIEZ VILLA – XXXXXXX
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RESOLUCIÓN Nº 509 C.D.-
Ref.: Expte. Cº Nº 135 - 3003/16.-
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD XX XXXXX, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- SOLICITAR al Departamento Ejecutivo Municipal que, a través de la Subsecretaria de Tránsito y Seguridad Vial, previo estudio de factibilidad técnica y conforme a las medidas de seguridad establecidas en la Ley Nacional N° 24.449 y modificatorias, Decretos Reglamentarios del Poder Ejecutivo Nacional N°s 0779/95 y 1716/08, Ley Provincial N° 6913 y Ordenanza N° 14.395, disponga las obras de señalización de tránsito y demarcación de los reductores de velocidad ubicados en el Km 2 de la Ruta Provincial N° 26.
ARTÍCULO 2º.- COMUNÍQUESE, publíquese y dese al Registro Municipal.-
------------------------ DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD XX XXXXX, A LOS TREINTA Y UN DÍAS DEL MES XX XXXXXX DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.-------------
DIEZ VILLA – XXXXXXX
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RESOLUCIÓN Nº 510 C.D.-
Ref.: Expte. Cº Nº 135 - 3019/16.-
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD XX XXXXX, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- SOLICITAR al Departamento Ejecutivo Municipal que, previo estudio de factibilidad, disponga la apertura de una dependencia dedicada exclusivamente a la expedición y renovación del carnet de conducir, Clase D, conforme lo establece la Ordenanza N° 14.918, con sede en la Dirección de Transporte Impropio y Taxiflet, ubicada en calle Los Alerces, entre la calle Las Xxxxx y avenida del Bicentenario de la Xxxxxxx xx Xxxxx.
ARTÍCULO 2º.- COMUNÍQUESE, publíquese y dese al Registro Municipal.-
------------------------ DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD XX XXXXX, A LOS TREINTA Y UN DÍAS DEL MES XX XXXXXX DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.-------------
DIEZ VILLA – XXXXXXX
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RESOLUCIÓN Nº 511 C.D.-
Ref.: Expte. Cº Nº 135 - 3020/16.-
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD XX XXXXX, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- SOLICITAR al Departamento Ejecutivo Municipal que, a través de la Subsecretaría de Tránsito y Seguridad Vial, previo estudio de factibilidad técnica y conforme a las medidas de seguridad establecidas en la Ley Nacional N° 24.449 y modificatorias, Decretos Reglamentarios del Poder Ejecutivo Nacional N°s 0779/95 y 1716/08, Ley Provincial N° 6913 y Ordenanza N° 14.395, disponga la colocación de reductores de velocidad, cartelería, señalización y toda medida conducente a evitar accidentes de tránsito en la intersección de calles Xxxxxxx xx Xxxx y Xxxx Xxxxxx.
ARTÍCULO 2º.- COMUNÍQUESE, publíquese y dese al Registro Municipal.-
------------------------ DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD XX XXXXX, A LOS TREINTA Y UN DÍAS DEL MES XX XXXXXX DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.-------------
DIEZ VILLA – XXXXXXX
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RESOLUCIÓN Nº 512 C.D.-
Ref.: Exptes. Cºs Nºs 135-3036/16 y 135-3045/16.-
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD XX XXXXX, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- SOLICITAR a la Compañía Salteña de Agua y Saneamiento, Aguas del Norte S.A. repare los derrames de líquidos cloacales en los siguientes lugares:
a) Intersección de avenidas Xxxxxxx y Las Américas.
b) Avenida Xxxxxxxx Xxxxxxxx altura del hospital de Salud Mental “Xx. Xxxxxx Xxxxxx”.
c) Frente a la cárcel de Villa las Rosas.
d) Intersección xx xxxxx Córdoba y avenida San Xxxxxx.
ARTÍCULO 2º.- COMUNÍQUESE, publíquese y dese al Registro Municipal.-
------------------------ DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD XX XXXXX, A LOS TREINTA Y UN DÍAS DEL MES XX XXXXXX DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.-------------
DIEZ VILLA – XXXXXXX
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RESOLUCIÓN Nº 513 C.D.-
Ref.: Expte. Cº Nº 135 - 3079/16.-
VISTO
La presentación realizada por la Organización Argentina de Jóvenes para las Naciones Unidas (OAJNU), mediante el expediente de referencia; y
CONSIDERANDO
Que, solicita se declare de interés municipal al “Proyecto Ciudadanía de Jóvenes”, que busca generar en los jóvenes conciencia plena de su ciudadanía, formándolos y capacitándolos en el conocimiento y ejercicio efectivo de la misma;
Que, los destinatarios del proyecto son jóvenes con edades que rondan entre los 7 y los 15 años, pertenecientes a diferentes ámbitos: educativos, formales e informales y comunitarios;
Que, su principal objetivo es promover la participación ciudadana de los jóvenes a través del dictado de talleres con contenido teórico práctico, proveyendo de herramientas conceptuales a los destinatarios, para que ellos mismos puedan identificar una problemática social e intenten solucionarla y adquieran una mirada critico-reflexiva acerca de la realidad;
Por ello,
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD XX XXXXX, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- DECLARAR de Interés Municipal al “Proyecto Ciudadanía de Jóvenes”, promovido por la Organización Argentina de Jóvenes para las Naciones Unidas (OAJNU), a realizarse el día 02 de septiembre de 2016 en el Salón de H.I.R.Pa.Ce.
ARTÍCULO 2º.- HACER ENTREGA de una copia de la presente resolución a la Organización Argentina de Jóvenes para las Naciones Unidas.
ARTÍCULO 3º.- COMUNÍQUESE, publíquese y dese al Registro Municipal.-
------------------------ DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD XX XXXXX, A LOS TREINTA Y UN DÍAS DEL MES XX XXXXXX DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.-------------
DIEZ VILLA – XXXXXXX
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RESOLUCIÓN Nº 514 C.D.-
Ref.: Expte. Cº Nº 135 - 3080/16.-
VISTO
La presentación realizada por la Organización Argentina de Jóvenes para las Naciones Unidas (OAJNU), mediante el expediente de referencia; y
CONSIDERANDO
Que, solicita se declare de interés municipal al “X Modelo de las Naciones Unidas”, evento que reúne a más de 1.200 jóvenes estudiantes de entre 14 a 18 años pertenecientes a instituciones educativas;
Que, los participantes representan a los diplomáticos de los diferentes Estados Miembros de las Naciones Unidas por lo que deben capacitarse en temas inherentes a la cultura, política interior y exterior, economía y sociedad de las naciones que representan para debatir y resolver temas de tratamiento real en los órganos y comités de la ONU
Que, el modelo representa una cita educativa y cultural de primer nivel que favorece el crecimiento y la capacitación académica de los estudiantes facilitando el desarrollo de habilidades;
Por ello,
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD XX XXXXX, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- DECLARAR de Interés Municipal al “X Modelo de las Naciones Unidas”, promovido por la Organización Argentina de Jóvenes para las Naciones Unidas (OAJNU), a desarrollarse durante los días 12, 13 y 14 de octubre de 2016, en el Centro de Convenciones xx Xxxxxxx en nuestra ciudad.
ARTÍCULO 2º.- HACER ENTREGA de una copia de la presente resolución a la entidad organizadora.
ARTÍCULO 3º.- COMUNÍQUESE, publíquese y dese al Registro Municipal.-
------------------------ DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD XX XXXXX, A LOS TREINTA Y UN DÍAS DEL MES XX XXXXXX DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.-------------
DIEZ VILLA – XXXXXXX
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RESOLUCIÓN Nº 515 C.D.-
Ref.: Expte. Cº Nº 135 - 3106/16.-
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD XX XXXXX, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- SOLICITAR al Departamento Ejecutivo Municipal gestione ante la Coordinación de la Unidad Ferroviaria xx Xxxxx, previo estudio de factibilidad técnica y conforme a las medidas de seguridad, según lo establece la Resolución N° 7/81, aprobada por la Secretaría de Estado de Transporte y Obras Públicas (S.E.T.O.P.), la apertura de un paso a nivel en las vías del Ferrocarril General Belgrano que se encuentra en las calles Xxxxxxxxx Xxxxxx y Xxxxxx Xxxxxx xx xxxxx Los Sauces.
ARTÍCULO 2º.- COMUNÍQUESE, publíquese y dese al Registro Municipal.-
------------------------ DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD XX XXXXX, A LOS TREINTA Y UN DÍAS DEL MES XX XXXXXX DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.-------------
DIEZ VILLA – XXXXXXX
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RESOLUCIÓN Nº 516 C.D.-
Ref.: Exptes. Cºs Nº 135-3144/16 y 135- 3217/16.-
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD XX XXXXX, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- SOLICITAR al Departamento Ejecutivo Municipal que, a través del organismo correspondiente, ejecute las obras de bacheo en las siguientes arterias:
a) Xxxxxxx Xxxxxxxxxxxxx Xx 0000.
b) Boca calle ubicada en la intersección de calles Zuviría y Xxxxx Xxxx xx Xxxxx.
ARTÍCULO 2º.- COMUNÍQUESE, publíquese y dese al Registro Municipal.-
------------------------ DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD XX XXXXX, A LOS TREINTA Y UN DÍAS DEL MES XX XXXXXX DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.-------------
DIEZ VILLA – XXXXXXX
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RESOLUCIÓN Nº 517 C.D.-
Ref.: Exptes. Cºs Nºs 135-3147/16; 135-3198/16; 135-3205/16, 135- 3206/16 y 135-3236/16.-
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD XX XXXXX, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- SOLICITAR al Departamento Ejecutivo Municipal que, a través del organismo correspondiente, realice la limpieza e instale carteles indicadores con la leyenda “PROHIBIDO ARROJAR BASURA”, en los siguientes lugares:
a) Intersección de las calles Los Jazmines y Las Margaritas de barrio Tres Cerritos.
b) Intersección de las calles Xxxxxx Xxxxxxxx y calle Nº 92 de barrio 1º xx Xxxx.
c) Predio ubicado entre las calles Xxxx Xxxxxxxx, Xxxxxxxxx Xxxxxx y Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxx.
d) Xxxxxx Xxxx Xxxxxx xx Xxxxx x Xxxxxxx Xxxxxxx xx xxxxxx 00 xx Xxxxx.
e) Intersección de calles Los Alisos y Los Pensamientos de barrio Tres Cerritos.
ARTÍCULO 2º.- COMUNÍQUESE, publíquese y dese al Registro Municipal.-
------------------------ DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD XX XXXXX, A LOS TREINTA Y UN DÍAS DEL MES XX XXXXXX DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.-------------
DIEZ VILLA – XXXXXXX
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RESOLUCIÓN Nº 518 C.D.-
Ref.: Expte. Cº Nº 135 - 3155/16.-
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD XX XXXXX, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- SOLICITAR al Departamento Ejecutivo Municipal que, a través de la Subsecretaria de Tránsito y Seguridad Vial, previo estudio de factibilidad técnica y conforme a las medidas de seguridad establecidas en la Ley Nacional N° 24.449 y modificatorias, Decretos Reglamentarios del Poder Ejecutivo Nacional N°s 0779/95 y 1716/08, Ley Provincial N° 6913 y Ordenanza N° 14.395, disponga la instalación de un semáforo en la intersección xxx xxxxxx Las Bumbunas y avenida Xxxxxxxx Xxxxxxxx.
ARTÍCULO 2º.- COMUNÍQUESE, publíquese y dese al Registro Municipal.-
------------------------ DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD XX XXXXX, A LOS TREINTA Y UN DÍAS DEL MES XX XXXXXX DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.-------------
DIEZ VILLA – XXXXXXX
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RESOLUCIÓN Nº 519 C.D.-
Ref.: Expte. Cº Nº 135 - 3158/16.-
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD XX XXXXX, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- SOLICITAR al Departamento Ejecutivo Municipal que, a través del organismo correspondiente, previo análisis de orden técnico, disponga la poda de la especie arbórea (eucaliptus) emplazada en xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xx 000 xx xxxxxx Xx Xxx, conforme a lo estipulado en las Ordenanzas Nºs 7060, Código de Protección a los Espacios Verdes Públicos y 13.780.
ARTÍCULO 2º.- COMUNÍQUESE, publíquese y dese al Registro Municipal.-
------------------------ DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD XX XXXXX, A LOS TREINTA Y UN DÍAS DEL MES XX XXXXXX DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.-------------
DIEZ VILLA – XXXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*
RESOLUCIÓN Nº 520 C.D.-
Ref.: Exptes. Cºs Nºs 135- 3159/16 y 135- 3161/16.-
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD XX XXXXX, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- SOLICITAR al Departamento Ejecutivo Municipal que, a través del organismo correspondiente, realice las siguientes obras públicas en barrio El Sol:
a) Pavimentación de las siguientes calles: Xxxxxxxx xx Xxxxx (una cuadra), Xxxxxxxxxx (tres cuadras y media), Xxxxxxx Xxxxxx (una cuadra), Xxxxxxxxxx Xxxxxxx (dos cuadras) y avenida Xxxxxxx Xxxxxxxx (una cuadra).
b) Construcción de cordón cuneta en los siguientes pasajes: Xxxx Xxxxx (dos cuadras), Xxxxx xx Xxx (una cuadra), Maestra Xxxxxx Xxxxxxx (dos cuadras) y calle Xxxxxxx Xxxxxx (una cuadra).
ARTÍCULO 2º.- COMUNÍQUESE, publíquese y dese al Registro Municipal.-
------------------------ DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD XX XXXXX, A LOS TREINTA Y UN DÍAS DEL MES XX XXXXXX DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.-------------
DIEZ VILLA – XXXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*
RESOLUCIÓN Nº 521 C.D.-
Ref.: Exptes. Cºs Nºs 135 - 3176/16, 135 - 3183/16 y 135 - 1561/16.-
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD XX XXXXX, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- SOLICITAR a la Compañía Salteña de Agua y Saneamiento, Aguas del Norte S.A., repare las pérdidas de agua y las cañerías en las calles Suiza, Portugal y pasaje Bariloche de barrio Xxxxxxxx y en calle Serenata Xxxxxxxx, frente a la manzana 211 “X” xxxx 0 xx xxxxxx Xxxxx Xxxxx xx Xxxx sureste.
ARTÍCULO 2º.- COMUNÍQUESE, publíquese y dese al Registro Municipal.-
------------------------ DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD XX XXXXX, A LOS TREINTA Y UN DÍAS DEL MES XX XXXXXX DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.-------------
DIEZ VILLA – XXXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*
RESOLUCIÓN Nº 522 C.D.-
Ref.: Exptes. Cºs Nºs 135 -3192/16; 135 - 3194/16; 135 - 3208/16 y
135 - 3242/16.-
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD XX XXXXX, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- SOLICITAR al Departamento Ejecutivo Municipal que, a través del organismo correspondiente, realice las siguientes obras públicas:
a) Pavimentación de las arterias de barrio 1° xx Xxxx.
b) Limpieza, nivelación, construcción y mantenimiento de cordón cuneta en las arterias de barrio Xxxxxxxx Xxxxxxx.
c) Reparación de la bocacalle noreste de avenida San Xxxxxx esquina calle Ituzaingó.
d) Reparación del pavimento en la intersección de calles Mar Argentino y Mar Xxxxxxxxx xx xxxxxx San Remo.
ARTÍCULO 2º.- COMUNÍQUESE, publíquese y dese al Registro Municipal.-
------------------------ DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD XX XXXXX, A LOS TREINTA Y UN DÍAS DEL MES XX XXXXXX DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.-------------
DIEZ VILLA – XXXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*
RESOLUCIÓN Nº 523 C.D.-
Ref.: Exptes. Cºs Nºs 135 - 3195/16 y 135 - 3199/16.-
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD XX XXXXX, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- SOLICITAR al Departamento Ejecutivo Municipal que, a través del organismo correspondiente, disponga la reparación e instalación de luminarias en los siguientes lugares:
a) Intersección de avenida Del Bicentenario de la Xxxxxxx xx Xxxxx y calle X. Xxxxxxxx, las que permanecen encendidas las 24 hs.
b) Xxxxxxx 000 X xx xxxxxx 0x xx Xxxx.
ARTÍCULO 2º.- COMUNÍQUESE, publíquese y dese al Registro Municipal.-
------------------------ DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD XX XXXXX, A LOS TREINTA Y UN DÍAS DEL MES XX XXXXXX DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.-------------
DIEZ VILLA – XXXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*
RESOLUCIÓN Nº 524 C.D.-
Ref.: Expte. Cº Nº 135 - 3203/16.-
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD XX XXXXX, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- SOLICITAR al Departamento Ejecutivo Municipal que, a través del organismo correspondiente, realice las obras de refacción del canal ubicado en avenida Xxxxxxxx Xxxxxxxx de nuestra ciudad.
ARTÍCULO 2º.- COMUNÍQUESE, publíquese y dese al Registro Municipal.-
------------------------ DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD XX XXXXX, A LOS TREINTA Y UN DÍAS DEL MES XX XXXXXX DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.-------------
DIEZ VILLA – XXXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*
RESOLUCIÓN Nº 525 C.D.-
Ref.: Expte. Cº Nº 135 - 3207/16.-
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD XX XXXXX, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- SOLICITAR al Departamento Ejecutivo Municipal que, a través de la Subsecretaria de Tránsito y Seguridad Vial, haga efectivo el uso obligatorio de credenciales identificatorias de todo personal uniformado de la Dirección de Tránsito, conforme lo establece la Ordenanza N° 14.577 y el Decreto Municipal N° 530/02.
ARTÍCULO 2º.- COMUNÍQUESE, publíquese y dese al Registro Municipal.-
------------------------ DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD XX XXXXX, A LOS TREINTA Y UN DÍAS DEL MES XX XXXXXX DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.-------------
DIEZ VILLA - XXXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*
RESOLUCIÓN Nº 526 C.D.-
Ref.: Expte. Cº Nº 135-3204/16 y 135-3157/16.-
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD XX XXXXX, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- SOLICITAR a la Compañía Salteña de Agua y Saneamiento, Aguas del Norte S.A., instale redes cloacales en los pasajes Xxxx Xxxxx, Xxxxx xx Xxx y Xxxxxxx Xxxxxx de barrio El Sol y ampliación de redes cloacales en los pasajes Egipto y Croacia de barrio San Xxxxxxx.
ARTÍCULO 2º.- COMUNÍQUESE, publíquese y dese al Registro Municipal.-
------------------------ DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD XX XXXXX, A LOS TREINTA Y UN DÍAS DEL MES XX XXXXXX DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.-------------
DIEZ VILLA – XXXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*
RESOLUCIÓN Nº 527 C.D.-
Ref.: Expte. Cº Nº 135 - 3228/16.-
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD XX XXXXX, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- SOLICITAR al Departamento Ejecutivo Municipal que constituya, por el término de tres meses, una comisión de estudios sobre el uso del espacio público, integrada por representantes de la Subsecretaría de Tránsito y Seguridad Vial y la Secretaría de Hacienda, con el objeto de elaborar un informe pormenorizado que detalle lo siguiente:
a) Cantidad de cuadras afectadas al Sistema de Estacionamiento Medido y Pago.
b) Números de vehículos que pueden estacionar por cuadra y la rotación diaria.
c) Elaboración de un registro de seguimiento para la compra y rendición de talonarios.
d) Establecer un sistema de controladores para cada zona que cubre el sistema.
e) Establecer un control de la rendición de los permisionarios.
f) Evolución de la labor que desempeñan los permisionarios. Sistema de notificaciones y sanciones.
g) Programa de capacitación e identificación del permisionario acorde a lo establecido en la Ordenanza N° 12.170.
ARTÍCULO 2º.- COMUNÍQUESE, publíquese y dese al Registro Municipal.-
------------------------ DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD XX XXXXX, A LOS TREINTA Y UN DÍAS DEL MES XX XXXXXX DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.-------------
DIEZ VILLA – XXXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*
RESOLUCIÓN Nº 528 C.D.-
Ref.: Expte. Cº Nº 135 - 3238/16.-
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD XX XXXXX, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- SOLICITAR al Departamento Ejecutivo Municipal que, a través del organismo correspondiente, intime al propietario del predio ubicado en la intersección de las calles Héroes de la Patria y Ejército Argentino, frente a la plaza Armada Argentina de barrio Ciudad del Milagro, para que proceda a nivelar y construir las veredas del mismo, según lo establece la Ordenanza Nº 13.778 - Código de Edificación.
ARTÍCULO 2º.- COMUNÍQUESE, publíquese y dese al Registro Municipal.-
------------------------ DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD XX XXXXX, A LOS TREINTA Y UN DÍAS DEL MES XX XXXXXX DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.-------------
DIEZ VILLA – XXXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*
RESOLUCIÓN Nº 529 C.D.-
Ref.: Expte. Cº Nº 135 - 3374/16.-
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD XX XXXXX, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- SOLICITAR al Departamento Ejecutivo Municipal que, a través de la Sub Secretaría de Tránsito y Seguridad Vial, informe y remita a este Cuerpo, en un plazo de quince (15) días hábiles, el Plan de Semaforización actualizado.
ARTÍCULO 2º.- COMUNÍQUESE, publíquese y dese al Registro Municipal.-
------------------------ DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD XX XXXXX, A LOS TREINTA Y UN DÍAS DEL MES XX XXXXXX DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.-------------
DIEZ VILLA – XXXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*
RESOLUCIÓN Nº 530 C.D.-
Ref.: Expte. Cº Nº 135-0180/14 y otros que corren por cuerda separada NOTA N° 166/02, NOTA N° 116/03, 135-4326/01, 135- 4665/01, 135-4727/01, 135-0230/02, 135-0360/02, 135-0361/02, 135-
2047/02, 135-2048/02, 135-2272/02, 135-2375/02, 135-2425/02, 135-
3332/02, 135-3609/02, 135-0187/03, 135-0331/03, 135-1014/03, 135-
1106/03, 135-1580/03, 135-1924/03, 135-2156/03, 135-2363/03, 135-
2447/03, 135-2476/03, 135-2982/03, 135-3662/03, 135-2071/13, 135-
2440/07, 135-4615/07, 135-0404/08, 135-1730/08, 135-2253/08, 135-
2357/08, 135-2386/08, 135-2539/08, 135-2945/08, 135-2550/08, 135-
3176/08, 135-3330/08, 135-3445/08, 135-3538/08, 135-3656/08, 135-
3875/08, 135-4177/08, 135-4270/08, 135-4494/08, 135-4493/08, 135-
4635/08, 135-4701/08, 135-0146/09, 135-0158/09, 135-0677/09, 135-
1158/09, 135-1203/09, 135-1404/09, 135-2736/09, 135-2915/09, 135-
0101/10, 135-0373/10, 135-0624/10, 135-3772/10, 135-0305/11, 135-
1176/11, 135-3110/11, 135-0022/12, 135-0097/12, 135-0289/12, 135-
0922/12, 135-1153/12, 135-0072/13, GEH 2002020414.
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD XX XXXXX, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- DISPONER el archivo de las actuaciones contenidas en los expedientes Cºs Nºs 135-0180/14 y NOTA N° 166/02, NOTA N°
116/03, 135-4326/01, 135-4665/01, 135-4727/01, 135-0230/02, | 135- | ||
0360/02, | 135-0361/02, | 135-2047/02, 135-2048/02, 135-2272/02, | 135- |
2375/02, | 135-2425/02, | 135-3332/02, 135-3609/02, 135-0187/03, | 135- |
0331/03, | 135-1014/03, | 135-1106/03, 135-1580/03, 135-1924/03, | 135- |
2156/03, | 135-2363/03, | 135-2447/03, 135-2476/03, 135-2982/03, | 135- |
3662/03, | 135-2071/13, | 135-2440/07, 135-4615/07, 135-0404/08, | 135- |
1730/08, | 135-2253/08, | 135-2357/08, 135-2386/08, 135-2539/08, | 135- |
2945/08, | 135-2550/08, | 135-3176/08, 135-3330/08, 135-3445/08, | 135- |
3538/08, | 135-3656/08, | 135-3875/08, 135-4177/08, 135-4270/08, | 135- |
4494/08, | 135-4493/08, | 135-4635/08, 135-4701/08, 135-0146/09, | 135- |
0158/09, | 135-0677/09, | 135-1158/09, 135-1203/09, 135-1404/09, | 135- |
2736/09, | 135-2915/09, | 135-0101/10, 135-0373/10, 135-0624/10, | 135- |
3772/10, | 135-0305/11, | 135-1176/11, 135-3110/11, 135-0022/12, | 135- |
0097/12, 135-0289/12, 135-0922/12, 135-1153/12, 135-0072/13, GEH
2002020414, por haber concluido su tramitación legislativa.
ARTÍCULO 2º.- COMUNÍQUESE, publíquese y dese al Registro Municipal.-
------------------------ DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD XX XXXXX, A LOS TREINTA Y UN DÍAS DEL MES XX XXXXXX DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.-------------
DIEZ VILLA – XXXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*
RESOLUCIÓN Nº 531 C.D.-
Ref.: Exptes. Cºs Nºs 135-1772/14 y 135-1773/14 y otros que corren por cuerda separadas 135-1782/14; 135-1791/14; 135-1803/14; 135- 1869/14; 135-1939/14; 135-1981/14; 135-2009/14; 135-2146/14; 135-
2152/14; 135-2155/14; 135-2376/14; 135-2644/14; 135-2672/14; 135-
2702/14; 2737/14; 135-2952/14.-
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD XX XXXXX, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- DISPONER el archivo de las actuaciones contenidas en los expedientes Cºs Nºs 135-1772/14 y 135-1773/14; 135-1782/14; 135- 1791/14; 135-1803/14; 135-1869/14; 135-1939/14; 135-1981/14; 135-
2009/14; 135-2146/14; 135-2152/14; 135-2155/14; 135-2376/14; 135-
2644/14; 135-2672/14; 135-2702/14; 2737/14; 135-2952/14, por haber
concluido su tramitación legislativa.
ARTÍCULO 2º.- COMUNÍQUESE, publíquese y dese al Registro Municipal.-
------------------------ DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD XX XXXXX, A LOS TREINTA Y UN DÍAS DEL MES XX XXXXXX DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.-------------
DIEZ VILLA - XXXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*
RESOLUCIÓN Nº 532 C.D.-
Ref.: Exptes. Cºs Nºs 135-0780/16 y otros que corren por cuerda separadas, 135 – 1344/16; 135 – 2439/16; 135 – 2444/16; 135 – 2842/16.-
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD XX XXXXX, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- REMITIR al Archivo del Concejo Deliberante las actuaciones contenidas en los expedientes Cºs Nºs 135-0780/16, 135- 1344/16; 135-2439/16; 135-2444/16; 135-2843/16, por haber concluido su tramitación legislativa.
ARTÍCULO 2º.- COMUNÍQUESE, publíquese y dese al Registro Municipal.-
------------------------ DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD XX XXXXX, A LOS TREINTA Y UN DÍAS DEL MES XX XXXXXX DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.-------------
DIEZ VILLA - XXXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*
RESOLUCIÓN Nº 533 C.D.-
Ref.: Expte. Cº Nº 135 - 3392/16.-
Autores: Cjales. Xxxxxx Xxxxxxxx; Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx.-
VISTO
Las actividades que llevará a cabo la fundación Ayni Kallpaq Qori Waman el día17 de septiembre del corriente año; y
CONSIDERANDO
Que, es una entidad civil de bien público sin fines de lucro, con personería Jurídica N° 161/09;
Que, cuenta con programas y proyectos que tienden a la preservación del medio ambiente, como el Programa por la vida “Ayni por la vida y por la Paz”, que atiende a la Educación Ambiental y Democrática;
Que, junto a la artista plástica Internacional, Xxxxx Xxxxxx, esta fundación llevará a cabo una muestra de arte denominada “Delantales Rojos”, en el multiespacio Viracocha de esta ciudad, como así también en la localidad de Xxxxx Xxxxxx Calchaquíes;
Que, la obra a presentarse, estará a cargo de artistas nacionales e internacionales comprometidos con el mundo y que trabajan activando acciones con obras destinadas a erradicar la violencia de género y social;
Que, con el propósito de despertar conciencia solidaria en la ciudad, genera actividades educativas, teóricas y prácticas buscando erradicar la violencia en sus múltiples manifestaciones;
Que, se contará con charlas y talleres a cargo de profesionales como la artista mejicana Xxxxx Xxxxxxx, que se suma con su muestra “Zapatos Rojos” junto al grupo del circulo de mujeres de “Danzas Sagradas Orientales Xxxxxx”, a cargo xx Xxxxxxxxxx Xxx;
Que, el día 00 xx xxxxxxxxxx xxx xxxxxxxxx año se lanzaran las actividades que se llevaran a cabo durante los años 2016 y 2017 en la provincia xx Xxxxx y en el país;
Por ello,
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD XX XXXXX, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- DECLARAR de Interés Municipal, Cultural y Educativo las actividades que llevará a cabo la Fundación Ayni Kallpaq Qori Waman, el día 17 de septiembre del corriente año, en el multiespacio Viracocha de nuestra ciudad y en la localidad de Cachi – Xxxxxx Calchaquíes, y las acciones que realizará durante los años 2016 y 2017.
ARTÍCULO 2º.- COMUNÍQUESE, publíquese y dese al Registro Municipal.-
------------------------ DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD XX XXXXX, A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.--------------------
DIEZ VILLA - XXXXXXX XXXXXXX
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RESOLUCIÓN Nº 534 C.D.-
Ref.: Expte. Cº Nº 135 -3432/16.- Autor: Cjal. Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx.-
VISTO
El pedido efectuado por vecinos xx xxxxx San Xxxxxxx; y
CONSIDERANDO
Que, plantean la necesidad de contar con espacios públicos aptos para la recreación de niños y adultos de la zona;
Que, en el barrio se encuentra la plaza Macacha Xxxxxx, actualmente en malas condiciones, siendo necesario realizar tareas de reparación, mantenimiento y trazado de sendas peatonales, para seguridad de los vecinos;
Que, la plaza resulta un espacio fundamental para la promoción de un ambiente sano y constituir un escenario de encuentro para los vecinos de la comunidad;
Que, es obligación de los distintos órganos del Estado obrar en el marco de sus competencias para garantizar una mejor calidad de vida y servicios básicos a los vecinos de nuestra ciudad;
Por ello,
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD XX XXXXX, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- SOLICITAR al Departamento Ejecutivo Municipal, que a través del organismo correspondiente realice tareas de reparación, mantenimiento y trazado de sendas peatonales en la xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, ubicada en calles 00 xx xxxxxxxxxx x Xx Xxxxxxx xx xxxxx Xxx Xxxxxxx.
ARTÍCULO 2º.- COMUNÍQUESE, publíquese y dese al Registro Municipal.-
------------------------ DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD XX XXXXX, A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.--------------------
DIEZ VILLA - XXXXXXX XXXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*
RESOLUCIÓN Nº 535 C.D.-
Ref.: Expte. Cº Nº 135 - 3441/16.- Autor: Cjal. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx.-
VISTO
La celebración de las 38° Jornadas de Economía de Comunión para el Cono Sur con el lema “EL BIEN COMÚN, UN COMPROMISO COLECTIVO” organizado por la Asociación de Economía de Comunión Argentina (AEdeC); y
CONSIDERANDO
Que, la Economía de Comunión (EdC) fundada por Xxxxxx Xxxxxx en Mayo de 1991 en San Xxxxx-Brasil, es un movimiento en el que participan empresas, asociaciones e instituciones económicas, como así también empresarios, trabajadores, directivos, consumidores, ciudadanos y familias;
Que, la EdC, pone en el centro de la economía a la persona, en su integridad, superando los parámetros economicistas de nuestra realidad actual;
Que, la finalidad del movimiento es contribuir a la luz del carisma de la unidad, a dar vida a empresas fraternas que además de su objetivo económico propio, tengan como misión erradicar la miseria y la injusticia social, contribuyendo a edificar un sistema económico y una sociedad humana de comunión;
Que, desde el mismo, se proponen nuevos parámetros para las relaciones económicas, basadas en el principio de reciprocidad, contraponiéndose de esta manera al individualismo y a la acumulación ilimitada;
Que, el movimiento lleva adelante acciones como la formación cultural, la ayuda a necesitados, el desarrollo y crecimiento de empresas, principios fundados en una cultura distinta a la imperante, como la cultura del dar, la cual, se abre al otro en el respeto de su dignidad y suscita también, a nivel de las empresas, la experiencia del “den y se les dará”, manifestándose en ocasiones como un ingreso económico inesperado o como una idea innovadora;
Que, el objetivo de las jornadas es presentar este enfoque llevado adelante durante 38 años, donde se testimonian la viabilidad de estas prácticas económicas, para alentar a los futuros y actuales profesionales de diversos campos, en la promoción de una praxis, una teoría y una cultura económica caracterizada por la comunión;
Que, nuestro Concejo Deliberante, apoya e incentiva la realización de eventos donde los participantes enriquezcan sus capacidades e intercambien experiencias logrando de esta manera perfeccionarse en la materia;
Por ello,
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD XX XXXXX, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- DECLARAR de Interés Municipal las actividades a llevarse a cabo en ocasión de celebrarse las 38° Jornadas de Economía de Comunión “El bien común, un compromiso colectivo” a realizarse el 23 y 24 de Septiembre del corriente en nuestra Ciudad.
ARTÍCULO 2º.- HACER ENTREGA de una copia de la presente resolución a los organizadores del evento.
ARTÍCULO 3º.- COMUNÍQUESE, publíquese y dese al Registro Municipal.-
------------------------ DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD XX XXXXX, A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.--------------------
DIEZ VILLA - XXXXXXX XXXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*
RESOLUCIÓN Nº 536 C.D.-
Ref.: Expte. Cº Nº 135 - 3489/16.-
VISTO
La necesidad de destacar las iniciativas culturales de nuestra ciudad; y
CONSIDERANDO
Que, en el año 2014 se sancionó la Ley Nacional N° 27.002, instituyéndose el 16 de septiembre de cada año como el Día “Nacional de la Juventud” en conmemoración de la denominada Noche de los Lápices;
Que, se conoce como la “Noche de los Lápices” a una serie xx xxxx secuestros y asesinatos de estudiantes de secundaria, ocurridos durante la noche del 16 de septiembre de 1976 y días posteriores, en la ciudad de La Plata. Este suceso fue uno de los más conocidos entre los actos de represión cometidos por la última dictadura cívico-militar argentina ya que los desaparecidos eran estudiantes, en su mayoría adolescentes menores de 18 años, que fueron torturados antes de ser asesinados. La CONADEP estableció que la represión de estos jóvenes tuvo que ver con que participaron de una campaña pidiendo por un boleto estudiantil en la ciudad;
Que, en marco del Día Nacional de la Juventud, los jóvenes estudiantes pertenecientes a las Asociaciones Civiles “Xxxxxxx Xxxxxx” y “Manos”, como así también, estudiantes de los colegios 20 de Febrero, Santa Xxxx xx Xxxxxxx, E.E.T. 5117 “Maestro Xxxxxx Xxxxx Xxxxx”, Xxxxxxxx Xxxxxxxx, Sagrado Corazón de Xxxxx, el Instituto de Formación Docente “Xxxx. Xxxxxx Xxxxxxxx” x xx Xxxxxxx Xxxxxxxxxx xx Xxxxxx Artes “Xxxxx Xxxxxxx”, organizan con iniciativa propia, el ciclo “Juventud en marcha”;
Que, el ciclo “Juventud en marcha” tiene como objeto la divulgación de expresiones artísticas juveniles locales, la difusión de las leyes que hacen a los derechos y obligaciones de la juventud en la República Argentina, como así también los programas y beneficios que el estado impulsa para el sector juvenil;
Que, se pretende estimular, a través de la cultura y la recreación, la participación ciudadana y el compromiso social de los jóvenes de la ciudad;
Que, el ciclo “Juventud en marcha” constará de dos actividades, la primera es la realización de un mural referente a la juventud, el día 16 de septiembre del corriente año en el SUM de barrio Solidaridad. La segunda es un festival con bandas y artistas locales, que se llevará a cabo el día 24 de septiembre del corriente año en Plaza España, a partir de las 15:00 hs.;
Por ello,
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- DECLARAR de interés cultural el ciclo “Juventud en marcha” que constará de la realización de dos actividades: la primera es la realización de un mural referente a la juventud, el día 16 de septiembre del corriente año en el SUM de barrio Solidaridad. La segunda es un festival con bandas y artistas locales, que se llevará a cabo el día 24 de septiembre del corriente año en Plaza España.
ARTÍCULO 2º.- HACER ENTREGA de copia de la presente resolución y placa recordatoria a los organizadores del ciclo.
ARTÍCULO 3º.- COMUNÍQUESE, publíquese y dese al Registro Municipal.-
------------------------ DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.--------------------
DIEZ VILLA - FONSECA LARDIÉS
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RESOLUCIÓN Nº 537 C.D.-
Ref.: Expte. Cº Nº 135 - 3348/16.-
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- SOLICITAR al Departamento Ejecutivo Municipal que, a través del organismo correspondiente, finalice las obras de pavimentación en las siguientes arterias de barrio Pablo Saravia:
a) Calle Mar Ártico y Mar Báltico, entre calles Eustaquio Méndez y Mar de Java.
b) Calle Mar de Bering.
c) Calle Mar de Japón, entre avenida Scalabrini Ortiz y continuación del barrio Scalabrini Ortiz.
ARTÍCULO 2º.- COMUNÍQUESE, publíquese y dese al Registro Municipal.-
------------------------ DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.--------------------
DIEZ VILLA - FONSECA LARDIÉS
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RESOLUCIÓN Nº 538 C.D.-
Ref.: Expte. Cº Nº 135 - 2125/16.-
VISTO
La Ordenanza Nº 14.473 que establece la obligatoriedad de la instalación de un sistema de aro magnético para hipoacúsicos en todos los cines, teatros y cualquier otro establecimiento de carácter público o privado, destinados a brindar espectáculos públicos dentro del ejido Municipal; y
CONSIDERANDO
Que, los aros magnéticos es un sistema económico de escucha asistida para usuarios de audífonos para personas que sufren hipoacusia, convirtiendo las señales sonoras en ondas magnéticas que, en lugar de salir por un parlante, son conducidas hacia un cable que rodea todo el perímetro de la sala, permitiendo oír sin ningún ruido de fondo perturbador y a un volumen normal;
Que, el Ministerio de Educación de la provincia de Salta, a través de la Subsecretaría de Ciencia y Tecnología, en articulación con el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI), desarrolla talleres de capacitación para la implementación y fabricación de aros magnéticos para mejorar la audición;
Que, el Senado de la Nación inauguró, en el marco del Programa Productivo Tecnológico y Social que llevan adelante el INTI, el INET y la CONADIS, la instalación de aros magnéticos construidos por alumnos de escuelas técnicas que mejoran la audición de personas con hipoacusia;
Por ello,
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- SOLICITAR al Departamento Ejecutivo Municipal que, a través del área correspondiente, de cumplimiento a lo normado mediante Ordenanza Nº 14.473, respecto a la obligatoriedad de la instalación de un sistema de aro magnético para hipoacúsicos en todos los cines, teatros y cualquier otro establecimiento de carácter público o privado, destinados a brindar espectáculos públicos dentro del ejido Municipal, los que deberán estar adecuadamente señalizados.
ARTÍCULO 2º.- SOLICITAR al Departamento Ejecutivo Municipal de amplia difusión al contenido de la Ley Provincial Nº 7847, que establece que en todo el territorio de la provincia de Salta, se implementará el sistema de aro o halo magnético para personas con hipoacusia.
ARTÍCULO 3º.- COMUNÍQUESE, publíquese y dese al Registro Municipal.-
------------------------ DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.--------------------
DIEZ VILLA - FONSECA LARDIÉS
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RESOLUCIÓN Nº 539 C.D.-
Ref.: Exptes. Cºs Nºs 135-2839/16 y 135- 2840/16.-
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA,
EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- SOLICITAR al Departamento Ejecutivo Municipal que, a través del organismo correspondiente, realice las siguientes obras públicas en los barrios San Alfonso y San Ignacio:
e) Enripiado, nivelado, construcción de cordón cuneta y vereda perimetral en avenidas Julio Espinosa y Guillermo Velarde y en pasajes Japón, Rusia, Moisés, Egipto, Croacia, Bosnia, Vietnam e Irlanda.
f) Construcción de cordón cuneta, vereda perimetral y pavimentación de las calles Nepal, India, Araoz F. y avenida Guillermo Mors.
g) Construcción de cordón cuneta, vereda perimetral y adoquinado de los pasajes Irán, India, Corea, China, Díaz Villalba y Grecia.
ARTÍCULO 2º.- COMUNÍQUESE, publíquese y dese al Registro Municipal.-
------------------------ DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.--------------------
DIEZ VILLA - FONSECA LARDIÉS
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RESOLUCIÓN Nº 540 C.D.-
Ref.: Expte. Cº Nº 135 - 3024/16.-
VISTO
La presentación efectuada mediante el expediente de referencia, por la Dra. María Cristina Sánchez Wilde, presidente de la Sociedad de Ginecología y Obstetricia de Salta (SOGOSALTA), que en la cual solicita se declare de interés municipal el XXXI Congreso de Ginecología y Obstetricia en la República Argentina; y
CONSIDERANDO
Que, es el acontecimiento de mayor envergadura de la Federación Argentina de Sociedades de Ginecología y Obstetricia, encuentro ineludible para quienes se dedican a la ginecología y obstetricia en la Argentina y países limítrofes;
Que, el mundo científico de hoy reclama respuestas inmediatas a los problemas que enfrentan los médicos, pacientes, familiares y la sociedad en su conjunto;
Que, el congreso contará con la presencia de destacados referentes nacionales y extranjeros en la temática, lo que permitirá intercambiar experiencias que enriquecerán los conocimientos de los participantes, fomentando las oportunidades para exponer trabajos científicos;
Por ello,
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- DECLARAR de Interés Municipal el “XXXI Congreso Argentino de Ginecología y Obstetricia”, organizado por la Federación Argentina de Ginecología y Obstetricia (FASGO) y la Sociedad de Ginecología y Obstetricia de Salta (SOGOSALTA), a llevarse a cabo los días 19, 20 y 21 de octubre de 2016 en la ciudad de Salta.
ARTÍCULO 2º.- REMITIR copia de la presente resolución a la Sociedad de Ginecología y Obstetricia de Salta.
ARTÍCULO 3º.- COMUNÍQUESE, publíquese y dese al Registro Municipal.-
------------------------ DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.--------------------
DIEZ VILLA - FONSECA LARDIÉS
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RESOLUCIÓN Nº 541 C.D.-
Ref.: Expte. Cº Nº 135 - 3119/16.-
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- SOLICITAR al Departamento Ejecutivo Municipal que, a través del organismo correspondiente, realice las siguientes acciones en el espacio verde público ubicado en la platabanda de calle Chacabuco, entre avenida Bélgica y calle Abel Cornejo de barrio Policial:
a) Instalación de cartel indicador en el busto en homenaje al ex combatiente de Malvinas “HILARIO ELEUTERIO RAMOS”, ubicado entre Avenida Bélgica y calle Dionisio Ramos.
b) Disposición de bancos en todo su trayecto.
c) Forestación.
d) Demarcación y acondicionamiento de una caminera en el centro de la platabanda.
e) Instalación de luminarias.
ARTÍCULO 2º.- COMUNÍQUESE, publíquese y dese al Registro Municipal.-
------------------------ DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.--------------------
DIEZ VILLA - FONSECA LARDIÉS
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RESOLUCIÓN Nº 542 C.D.-
Ref.: Expte. Cº Nº 135 - 3150/16.-
VISTO
La presentación efectuada por el Secretario Adjunto de la Asociación del Personal de los Órganos de Control - APOC, mediante expediente de referencia; y
CONSIDERANDO
Que, solicita se declare de interés municipal las “XXI Olimpíadas Deportivas de APOC 2016”, que se realizarán en Villa Giardino, provincia de Córdoba;
Que, dicha asociación tiene afiliados de la Auditoria General de la Provincia, Sindicatura General de la Provincia, Ente Regulador de Servicios Públicos, Ente Regulador de los juegos de Azar, Tribunal de Cuentas Municipal de Salta, Autoridad Metropolitana de Transporte y Secretaría de Transporte;
Que, APOC participa de las olimpiadas desde el año 2003, demostrando un alto espíritu deportivo y excelente conducta, obteniendo en cada evento medallas de oro, plata y bronce en las disciplinas deportivas en las que compiten;
Por ello,
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- DECLARAR de Interés Municipal las “XXI Olimpiadas Deportivas de APOC 2016”, que se realizarán en Villa Giardino, provincia de Córdoba, entre los días 11 al 16 de octubre del corriente año.
ARTÍCULO 2º.- HACER ENTREGA de copia de la presente resolución a la Asociación del Personal de los Órganos de Control - APOC. ARTÍCULO 3º.- COMUNÍQUESE, publíquese y dese al Registro Municipal.-
------------------------ DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.--------------------
DIEZ VILLA - FONSECA LARDIÉS
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RESOLUCIÓN Nº 543 C.D.-
Ref.: Exptes. Cºs Nºs 135-3196/16, 135-3197/16 y 135-3200/16.-
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- SOLICITAR al Departamento Ejecutivo Municipal que, a través del organismo correspondiente, ejecute las obras de nivelado e instalación de carteles indicadores con la leyenda de “Prohibido arrojar residuos” en las siguientes arterias de barrio 1° de Mayo:
a) Calle Francisco Sánchez Lozano, entre calles Mirau J.M. y N° 92.
b) Calle Onofre Betbeder, entre calles Amaicha y N° 92.
ARTÍCULO 2º.- SOLICITAR al Departamento Ejecutivo Municipal que, a través del organismo correspondiente, disponga la limpieza y reposición de luminarias en el espacio verde ubicado en la manzana 331A y manzana 331 B de barrio Leopoldo Lugones.
ARTÍCULO 3º.- COMUNÍQUESE, publíquese y dese al Registro Municipal.-
------------------------ DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.--------------------
DIEZ VILLA - FONSECA LARDIÉS
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RESOLUCIÓN Nº 544 C.D.-
Ref.: Expte. Cº Nº 135 - 3233/16.-
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- SOLICITAR al Departamento Ejecutivo Municipal que, a través del organismo correspondiente, disponga la forestación con especies arbóreas de rápido crecimiento de avenida Reyes Católicos, casi intersección con el puente de avenida Robustiano Patrón Costas, en la zona de la Universidad Católica de Salta, espacio donde se encuentran instalados juegos para niños.
ARTÍCULO 2º.- COMUNÍQUESE, publíquese y dese al Registro Municipal.-
------------------------ DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.--------------------
DIEZ VILLA - FONSECA LARDIÉS
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RESOLUCIÓN Nº 545 C.D.-
Ref.: Expte. Cº Nº 135 - 3225/16.-
VISTO
Los deportistas salteños que participaron en los Juegos Olímpicos Río 2016; y
CONSIDERANDO
Que, los atletas salteños Daniel Díaz y Gabriela Aguirre representaron al deporte argentino en dicha competencia internacional;
Que, es de público conocimiento el esfuerzo personal y familiar que afrontaron para competir en este evento de alto rendimiento deportivo;
Que, Gabriela Aguirre forma parte de la selección femenina de hockey sobre césped de Argentina denominado Las Leonas;
Que, Daniel Díaz es un ciclista reconocido a nivel nacional e internacional y uno de los mejores ciclistas en categoría ruta;
Por ello,
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- DECLARAR Deportistas Destacados de la ciudad de Salta a los atletas Gabriela Aguirre y Daniel Díaz por su participación en los Juegos Olímpicos Río 2016.
ARTÍCULO 2º.- HACER ENTREGA de copias de la presente resolución y plaquetas recordatorias a los señores Gabriela Aguirre y Daniel Díaz.
ARTÍCULO 3º.- COMUNÍQUESE, publíquese y dese al Registro Municipal.-
------------------------ DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.--------------------
DIEZ VILLA - FONSECA LARDIÉS
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RESOLUCIÓN Nº 546 C.D.-
Ref.: Exptes. Cºs Nºs 135-3276/16 y 135-3349/16.-
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- SOLICTAR al Departamento Ejecutivo Municipal que, a través del organismo correspondiente, disponga la erradicación de los micros basurales ubicados en los siguientes puntos de la ciudad:
a) Pasaje Carlos Gardel, entre avenida los Chalchaleros y calle Daniel Toro de barrio Juan Manuel de Rosas.
b) Intersección de los pasajes Elena María y sin nombre, colindante con el canal ubicado al finalizar el barrio Santa Clara de Asís de la zona sureste.
ARTÍCULO 2º.- COMUNÍQUESE, publíquese y dese al Registro Municipal.-
------------------------ DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.--------------------
DIEZ VILLA - FONSECA LARDIÉS
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RESOLUCIÓN Nº 547 C.D.-
Ref.: Exptes Cºs Nºs 135-3303/16 y 135- 3307/16.-
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- SOLICITAR al Departamento Ejecutivo Municipal que, a través del organismo correspondiente, ejecute las obras de bacheo en las siguientes arterias:
c) Calle Joaquín V. González, entre Ruta Nº 26 y calle Juan Manuel de Rosas, zona sudeste.
d) Calle José Francisco López al 1490, esquina calle Libertad de villa Estela.
ARTÍCULO 2º.- COMUNÍQUESE, publíquese y dese al Registro Municipal.-
------------------------ DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.--------------------
DIEZ VILLA - FONSECA LARDIÉS
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RESOLUCIÓN Nº 548 C.D.-
Ref.: Expte. Cº Nº 135 - 3308/16.-
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- SOLICITAR al Departamento Ejecutivo Municipal que, a través del organismo correspondiente, realice las obras de reparación de cordón cuneta, repavimentación, construcción de canal para desagüe pluvial, desmalezamiento de espacios de uso público y colocación de luminarias en barrio Welindo Toledo.
ARTÍCULO 2º.- COMUNÍQUESE, publíquese y dese al Registro Municipal.-
------------------------ DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.--------------------
DIEZ VILLA - FONSECA LARDIÉS
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RESOLUCIÓN Nº 549 C.D.-
Ref.: Expte. Cº Nº 135 - 3318/16.-
VISTO
El pedido de la Comisión Provincial de la Memoria y el Colegio de Abogados de Salta; y
CONSIDERANDO
Que, la lucha por los Derechos Humanos, la Memoria, la Verdad y la Justicia, debe ser una política de estado;
Que, la última dictadura cívico-militar constituyó un plan terrorista por parte del estado con complicidad civil que secuestró, desapareció y acabó con la vida de treinta mil ciudadanos argentinos; donde pueden destacarse personas que tenían compromiso social o político;
Que, en la provincia de Salta existieron más de doscientas víctimas del terrorismo de estado que merecen reconocimiento por la entrega y la lucha por una ciudad y un país más justo;
Que, un destacable número de profesionales relacionados con el mundo del derecho: abogados y procuradores, fueron perseguidos, secuestrados, desaparecidos y exiliados por ejercer la defensa de ideales, convicciones políticas y la lucha por mantener el Estado de Derecho;
Que, es responsabilidad del Estado seguir manteniendo una política activa para la construcción de la Memoria, la Verdad y la Justicia;
Que, por el accionar inclaudicable de organismos de Derechos Humanos, Salta es un ejemplo a nivel nacional en la cantidad de juicios por el esclarecimiento de los delitos de Lesa Humanidad perpetrados durante la última dictadura cívico-militar. Esto conlleva a una gran responsabilidad por parte de las instituciones democráticas para profundizar los logros obtenidos;
Que, el ciclo “Baldosas por la Memoria” impulsado por la Comisión Provincial de la Memoria y el Colegio de Abogados y Procuradores de la provincia de Salta, continúa su labor rescatando las historias de las víctimas del terrorismo de estado;
QUE, las obras compuestas por baldosas, una escultura y cuatro plaquetas con el listado de los nombres de los Profesionales salteños detenidos-desaparecidos: BUSTOS, Aldo Melitón, Procurador- Escribano secuestrado en Tartagal; NOE, Víctor Jacobo, Abogado, secuestrado en Buenos Aires; MEDINA ORTIZ Gustavo, Abogado boliviano, exiliado político, secuestrado en esta ciudad; LOPEZ Mirta Graciela, Abogada-secuestrada en La Tablada, provincia de Buenos Aires; Profesionales salteños perseguidos políticos fallecidos:
MARTINEZ BORELLI Néstor Holver, abogado fue el 1° Rector de la Universidad Nacional de Salta, fallecido en el exilio; SALIM Farat Sire, abogado, exiliado en Venezuela; Profesionales salteños perseguidos políticos - encarcelados: MARTINELLI Andrés, abogado, fue el ministro más joven integrante de la Corte de Justicia de Salta, en el gobierno de Miguel Ragone, detenido y exiliado; MARTINELLI José; RUARTE Andrés, abogado, siete años preso en la cárcel de Rawson provincia de Chubut; MARTEARENA Gloria, abogada exiliada en Bolivia, jueza jubilada; BENEDETTI, Juan Carlos, abogado, miembro del estudio Aldo Meliton Bustos, detenido en Pocitos y trasladado en el Penal de Villa Las Rosas; TARELLI, Horacio y VALLEJO María Cristina, abogados, miembros del estudio Martínez Borelli, perseguidos y encarcelados en la provincia de Salta;
Por ello,
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- DECLARAR de Interés Municipal el ciclo “Baldosas por la Memoria”, el que expresa los valores y la lucha llevada a cabo por los abogados desaparecidos, exiliados, perseguidos y encarcelados durante la última dictadura cívico militar en Salta.
ARTÍCULO 2º.- REMITIR copia de la presente resolución al Colegio de Abogados y Procuradores de la provincia Salta.
ARTÍCULO 3º.- COMUNÍQUESE, publíquese y dese al Registro Municipal.-
------------------------ DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.--------------------
DIEZ VILLA - FONSECA LARDIÉS
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RESOLUCIÓN Nº 550 C.D.-
Ref.: Expte. Cº Nº 135 - 3320/16.-
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- SOLICITAR al Departamento Ejecutivo Municipal que, a través del organismo correspondiente, intime al propietario del terreno ubicado en la esquina norte de la intersección de las calles Toribio Zapata y Raúl Alejo Medrano de villa Palacios, para que efectúe el desmalezamiento, limpieza, cercado y construcción de veredas en cumplimiento a lo dispuesto en las Ordenanzas Nºs 3.276 de Higiene Pública, 13.652 de Emergencia Ambiental y 13.778, Código de Edificación. En caso de incumplimiento, realizar la limpieza con cargo al propietario, conforme lo establece el artículo 5º de la Ordenanza Nº 13.652 y aplique las sanciones correspondientes.
ARTÍCULO 2º.- COMUNÍQUESE, publíquese y dese al Registro Municipal.-
------------------------ DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.--------------------
DIEZ VILLA - FONSECA LARDIÉS
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RESOLUCIÓN Nº 551 C.D.-
Ref.: Expte. Cº Nº 135 - 3335/16.-
VISTO
Los deportistas salteños que participaron del Campeonato Nacional Sub 13 de Voleibol, realizado en la provincia de Córdoba, obteniendo el 7º lugar entre otras provincias que compitieron; y
CONSIDERANDO
Que, el equipo masculino obtuvo el 7º lugar en el campeonato, por lo que es oportuno destacar el esfuerzo y dedicación de estos jóvenes que con solo 13 años demostraron su perseverancia y fuerza en el deporte;
Que, después de varios años Salta participó en un campeonato nacional en esta disciplina;
Por ello,
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- OTORGAR reconocimiento al mérito deportivo al equipo masculino de la Selección Salteña de Voleibol Sub 13.
ARTÍCULO 2º.- HACER ENTREGA de una copia de la presente resolución al equipo masculino salteño de Voleibol Sub 13.
ARTÍCULO 3º.- COMUNÍQUESE, publíquese y dese al Registro Municipal.-
------------------------ DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.--------------------
DIEZ VILLA - FONSECA LARDIÉS
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RESOLUCIÓN Nº 552 C.D.-
Ref.: Expte. Cº Nº 135 - 3347/16.-
VISTO
La trayectoria del entrenador salteño de voleibol, señor Mario López; y
CONSIDERANDO
Que, dedica su tiempo a impulsar el deporte como forma de vida, forjando en niños y jóvenes de nuestra ciudad en los valores de solidaridad, integración y compromiso;
Que, el señor Mario López es entrenador de la selección masculina salteña sub 13, la que participó en el Campeonato Nacional Sub 13 de Voleibol, realizado en la provincia de Córdoba, obteniendo el séptimo lugar;
Que, además fue seis veces campeón en la categoría sub 18 masculino, campeón sub 23 masculino durante los años 2012, 2013, 2014, 2015 de los torneos anuales de la Asociación Salteña de Voley;
Que, durante este año obtuvo, junto a sus jugadores, los premios de sub campeón categoría 19 masculino del torneo apertura de la Asociación Salteña de Voley, sub campeón categoría primera femenina, campeón primera división masculino del torneo apertura de la Asociación Salteña de Voley;
Que, actualmente se desempeña como entrenador del equipo masculino salteño en el Club Libertad y es parte de la Federación del Voleibol Argentina (Xx.XX);
Por ello,
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- RECONOCER la trayectoria deportiva del señor Mario López, entrenador de la selección masculina salteña sub 13, por su contribución a la formación e incentivo del deporte en la ciudad de Salta.
ARTÍCULO 2º.- HACER ENTREGA de una copia de la presente resolución al señor Mario López.
ARTÍCULO 3º.- COMUNÍQUESE, publíquese y dese al Registro Municipal.-
------------------------ DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.--------------------
DIEZ VILLA - FONSECA LARDIÉS
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DECLARACION
DECLARACIÓN Nº 035 C.D.-
Ref.: Expte. Cº Nº 135 - 3013/16.-
VISTO
La necesidad que el estado, en sus diversas jurisdicciones, reconozca y respete las diversas formas de alimentación elegidas por las personas; y
CONSIDERANDO
Que, estas diversas formas de alimentación son motivadas por razones diversas: religiosas, filosóficas, prácticas saludables, entre otras;
Que, actualmente importantes segmentos de la población han optado por el vegetarianismo y veganismo, entendidos como formas de alimentación que prescinden de ingredientes de origen animal;
Que, la American Dietetic Association y Dietttions of Canadá declararon que las dietas vegetarianas en sus formas, ovo-vegetarianas, lacto- vegetariana y vegana pura, bien planificadas, cumplen con los parámetros nutricionales necesarios para una alimentación completa en todas las etapas de la vida del ser humano, como así también beneficiosas en la prevención y tratamiento de ciertas enfermedades;
Que, el programa de las Naciones Unidas por el Medio Ambiente (UNEP), dependiente de la Organización de las Naciones Unidas, en el año 2010 presentó el informe referido a la evaluación de los impactos ambientales de consumo y producción – productos y materiales de prioridad;
Que, dicho informe asegura que un cambio global hacia una alimentación sin productos de origen animal, es una respuesta para algunas problemáticas que atraviesa el mundo como el hambre, la desigualdad económica y ambiental que se generan a raíz de la producción masiva de productos cárnicos;
Que, en muchos países la población vegana y vegetariana ha experimentado un aumento, alcanzando en países como Inglaterra y Alemania el 9% de la población;
Que, el 17 de noviembre de 2015 se presentó en el Senado de la Nación Argentina, mediante expediente S-3873/15, el proyecto de ley referente a la obligación de los organismos del estado nacional de ofrecer un menú de alimentación vegetariana y vegana a sus trabajadores, como así también en los hospitales, instituciones educativas, centros comunitarios y cualquier otro establecimiento que dependa directamente del estado nacional;
Que, el mencionado proyecto de ley fue aprobado por la Cámara de Senadores de la Nación el día 08 de junio del corriente año, siendo posteriormente girado a la Honorable Cámara de Diputados para su tratamiento;
Por ello,
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
DECLARA:
PRIMERO.- QUE vería con agrado que la Cámara de Diputados de la Nación, apruebe el proyecto referente a la obligación de los organismos del estado nacional de ofrecer un menú de alimentación vegetariana y vegana, presentado mediante expediente Nº S- 3873/15.
SEGUNDO.- COMUNÍQUESE, publíquese y dese al Registro Municipal.-
------------------------ DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.--------------------
DIEZ VILLA - FONSECA LARDIÉS
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