Contract
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HAN DE REGIR EL CONTRATO MIXTO, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, DE LAS OBRAS DE CUBRICIÓN DE PISTA POLlDEPORTIVA EN ALBANDI, INCLUYENDO LA ASISTENCIA TECNICA PARA LA REDACCIÓN DEL PROYECTO TÉCNICO QUE DEFINA LAS OBRAS, ASI COMO EL CORRESPONDIENTE ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD.
1.- PREPARACION DEL CONTRATO
1.1.- OBJETO
El objeto del contrato lo constituye el desarrollo del proyecto técnico y la ejecución de las obras de cubrición de la pista polideportiva preexistente en el entorno del Centro de Iniciativa Rural de Albandi, que corresponden al código CPV 45212200 y que se abordarán a partir del anteproyecto redactado al efecto por la Oficina Técnica Municipal y con las siguientes condiciones:
• Dimensiones interiores libres de pilares en cubierta pista polideportiva 42x20
m. y altura mínima 7m., con disposición de elementos protectores contra la lluvia para el interior de la superficie cubierta
• Se incluirá una nueva red de recogida de agua de lluvia, que se conectara con la red existente.
• Se rematara la zona afectada con una capa de rodadura asfáltica 0-12.
• Red de puesta a tierra y preinstalación para de futura red de iluminación en las condiciones previstas en el Reglamento de Baja Tensión
• Reposición de marcaje de líneas de juego en las zonas afectadas.
1.2.- CLASIFICACION DE LA OBRA
En virtud del art. 106 de la Ley 30/2007, de contratos del sector público, esta obra, según su objeto y naturaleza se encuentra clasificada dentro del grupo a) obras de primer establecimiento, reforma o gran reparación.
1.3.- NORMAS REGULADORAS
1.3.1. La obra se ejecutará conforme al proyecto que se redacte y apruebe, en base al anteproyecto redactado por la Oficina Técnica Municipal, al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y al presente Pliego de prescripciones Técnicas.
1.3.2. Igualmente se estará a lo dispuesto en:
• El Reglamento General de la LCAP aprobado por RD 1098/2001, de 12 de octubre.
• La Ley 30/2007, de 00 xx xxxxxxx, xx xxxxxxxxx xxx xxxxxx xxxxxxx.
• La Ley 32/2006 reguladora de la subcontratación en el Sector de la Edificación
• El Decreto 3854/1970, de 31 de diciembre, por el que se aprueba el Pliego de Cláusulas Administrativas Generales para la contratación de obras del Estado, en cuanto no se oponga a lo establecido en la Ley de contratos del sector público.
• La Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
• El Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 xx xxxxx, por el que se aprueba el
Texto Refundido de disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, en lo que no se oponga a lo establecido en el Reglamento y en la Ley de contratos del sector público.
• La Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación, y la legislación que lo desarrolle y entre en vigor antes de la formalización de este contrato.
• El RD 314/2006,de 17 xx xxxxx, por el que se aprobó el Código Técnico de la
Edificación.
• La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales.
• El Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen condiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción.
• La Ley 10/1998, de 21 xx xxxxx, de residuos.
• El Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición.
• Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del ruido.
• Por cualesquiera otras disposiciones que regulen la contratación tanto a nivel estatal como de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxxxx y que resulten aplicables en el ámbito de la misma.
1.4.- PRECIO DEL CONTRATO
1.4.1. Para la Asistencia Técnica de la redacción de proyecto, se establece un tipo de licitación de 2.000,00 €. El IVA correspondiente (16 %) asciende a la cantidad de 320,00 €.
Se establece el tipo de licitación de las obras en 213.517,24 €., incluido el Beneficio Industrial y los Gastos Generales, según el siguiente desglose:
Presupuesto de Ejecución Material 179.426,25 €
13 % Gastos Generales 23.325,41 €
6 % Beneficio Industrial 10.765,58 €
Total precio de las obras 213.517,24 €
El importe del IVA (16 %) de las obras asciende a la cantidad de 34.162,76 €.
Así pues, el tipo de licitación total (Asistencia Técnica + Ejecución obras) asciende a la cantidad de 215.517,24 €. El total del IVA correspondiente asciende a la cantidad de 34.482,76 €.
1.4.2. Dentro de este precio están incluidos los costes de todas las actuaciones precisas para una correcta definición y ejecución de la obra, así como una completa puesta en uso de las obras e instalaciones objeto del contrato; de modo indicativo y no exhaustivo se citan las siguientes:
Para la Asistencia Técnica:
• La redacción del proyecto técnico conforme a lo preceptuado en el art. 10 de la Ley 38/99, que estará suscrito por técnico competente.
• La redacción de Estudio de Seguridad y Salud, suscrito por técnico competente conforme a lo preceptuado en el art. 4y 6 del RD 1627/1997.
• Verificación del replanteo y de la adecuación del proyecto a las características geométricas de la parcela, suscrito por el técnico redactor del proyecto.
Para la Ejecución de las obras:
• La redacción del Plan de Seguridad y su aplicación.
• La redacción de todos los documentos precisos para la obtención de las autorizaciones necesarias ante otras Administraciones o empresas suministradoras; también la gestión, tramitación y gastos de acometida y enganche que se tengan que realizar para la puesta en funcionamiento de la actividad y de las instalaciones.
• Los trabajos de topografía necesarios para la total definición del estado inicial
de las redes de servicios, así como todos los replanteos que fuesen necesarios.
• La realización de estudios complementarios de geología y geotecnia que
puedan ser necesarios para la definición del terreno.
• La gestión de residuos generados en la obra.
• La adopción de las medidas necesarias para la eliminación de emisiones de gases, polvo y ruido en la ejecución de la obra.
• La instalación de un cierre de obra consistente en valla trefilada galvanizada de 2 metros de altura desde la xxxx xx xxxxxxx. El cierre delimitará las áreas de trabajo y permitirá el uso público del área no ocupada directamente en la ejecución de las obras. Estas zonas de paso de público cumplirán todas las condiciones de seguridad y salud para dicho uso y se realizarán todas aquellas obras necesarias para acondicionar, en su caso, tales zonas al tráfico peatonal y rodado, según su uso.
• Aquellas dobles jornadas y/o triples jornadas de trabajo que se prevean en el
Plan de obra y Memoria descriptiva de los medios y organización de la obra que se propongan en la propuesta de la oferta de licitación.
• Confección y entrega de un dossier fotográfico de seguimiento de la obra, elaborado durante su ejecución, en el que se recojan las incidencias que, a criterio del director facultativo, permitan tener una completa información de los procesos constructivos y del desarrollo de la obra, que se entregará en formato digital.
• La elaboración de planos generales y de detalle, en formato digital, compatible
con las aplicaciones de que disponga el Ayuntamiento (dwg), en los que se recogerán los detalles de la obra. Estos planos se revisarán mensualmente, actualizándolos con la obra ejecutada y se pondrán a disposición del director facultativo previamente a la elaboración de la medición y certificación mensual. A su vez, las mediciones se presentarán el PRESTO 8.03 o EXCEL 97.
1.5.- PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
1.5.1. El plazo máximo para la presentación del Proyecto Técnico y el Estudio de Seguridad y Salud será de 15 días naturales, iniciándose su cómputo al día siguiente al de la firma del contrato.
1.5.2 Una vez aprobado el Proyecto Técnico, el adjudicatario deberá presentar, en el plazo de 5 días, a contar desde la comunicación de dicha aprobación, el Plan de Seguridad y Salud en el trabajo, en aplicación del Estudio de Seguridad y Salud elaborado, en cumplimiento del Art. 7 del Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción.
1.5.3 El plazo máximo de ejecución de las obras será de TRES MESES, iniciándose su
cómputo desde el día siguiente al de la comunicación de la aprobación del Plan de Seguridad y Salud.
1.5.4. El plazo contractual solo será prorrogable cuando concurran las circunstancias y requisitos exigidos por la legislación vigente.
1.6.- REVISION DE PRECIOS
En aplicación de lo establecido en el arto 77 de la Ley de contratos del sector público, y visto el plazo de ejecución de este contrato, no procede incluir la cláusula de revisión de precios.
1.7.- CLASIFICACIÓN O EN SU CASO SOLVENCIA DEL CONTRATISTA
Dada la cuantía del presente contrato y de conformidad con lo previsto en la Disposición Adicional Sexta del Real Decreto Ley 9/2008, de 28 de noviembre, no será exigible la clasificación en contratos de obras de valor inferior a 350.000 euros
Solvencia financiera: La solvencia económica y financiera del empresario se acreditará mediante las cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro Oficial que corresponda o, en su defecto, mediante la declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, referido como máximo a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario, en la medida en que se disponga de las referencias de dicho volumen de negocios.
Solvencia técnica y profesional: La solvencia técnica y profesional se acreditará por los siguientes medios: relación de obras ejecutadas en el curso de los últimos cinco años, avalada por certificados de buena ejecución para las obras más importantes; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su caso, dichos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.
1.8.- PLAZO DE GARANTÍA
1.8.1. El plazo de garantía tendrá una duración de UN AÑO, a contar desde la recepción de las obras.
1.8.2. Durante el plazo de garantía, el contratista estará obligado a la guarda y conservación de la obra, si no fuera puesta en uso por la Administración, siendo responsable de los daños intrínsecos que en ellas se produzcan. Si la obra se deteriorase por incumplimiento de esta obligación, los trabajos necesarios para su reparación se ejecutarán por la Administración contratante x xxxxx del contratista.
2.- ADJUDICACION DEL CONTRATO
2.1.- TRAMITACIÓN y PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
En atención al articulo 12 de la ley 30/2007 de Contratos del Sector Publico "cuando un contrato contenga prestaciones correspondientes a otro u otros de distinta clase se atenderá
en todo caso, para la determinación de las normas que deban observarse en su adjudicación, al carácter de la prestación que tenga mas importancia desde el punto de vista económico", el contrato se regirá por las normas aplicables a los contratos de Obras.
Por otra parte, la tramitación de este contrato será ordinaria y su adjudicación se llevará a cabo por el procedimiento abierto, en virtud del art. 141 de la Ley de contratos del sector público.
2.2.- CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS
2.2.1. Se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
A) Oferta Económica: Puntuación atribuida 50 puntos
La valoración de las ofertas se realizará de acuerdo con el siguiente procedimiento:
• Todas las ofertas serán clasificadas por orden de mejor a peor, en función a la baja presentada sobre el tipo indicado en el pliego.
• Obtenido el orden de prelación de todas las ofertas, se asignará a la mejor oferta el máximo de los puntos correspondientes (50)
• A las siguientes ofertas en el orden de prelación, se les asignarán los puntos que proporcionalmente correspondan por su diferencia con la mejor oferta, de acuerdo con la siguiente fórmula: P = (pm x mo)/o, por tratarse de una proporción inversa (donde P es la puntuación, pm la puntuación máxima, mo la mejor oferta y o el valor cuantitativo de la oferta que se valora).
B) Oferta Técnica: Puntuación atribuida 40 puntos, subdividida de la siguiente forma:
• Adscripción de medios humanos y materiales a la ejecución de las obras: máximo 10 puntos
• Garantía mayor de un año (12 meses): 10 puntos, a razón de 2 puntos por cada año adicional hasta el máximo de 10 puntos.
• Disposición de coordinador de Seguridad y Salud nombrado por la empresa, cuyo nombramiento deberá ser aprobado por la administración: 10 puntos.
• Plan de Control de Calidad. Se valorará el plan de control de calidad que el licitador se compromete a aplicar a las obras: máximo 5 puntos.
• Plan de de Control Ambiental. Se valorará plan de control ambiental que el licitador se compromete a aplicar a la ejecución de las obras, producción y gestión de los residuos de demolición y reutilización de materiales: máximo 5 puntos.
C) Plan de trabajos y Plazo de Ejecución: Puntuación atribuida 10 puntos, subdividida de la siguiente forma.
• Plan de trabajos: Se valorará el plan de trabajos que garantice el cumplimiento del contrato y la mayor coordinación de los oficios que intervienen en las obras, causando las menores injerencias en el desarrollo de la vida habitual en las zonas adyacentes al local: máximo 5 puntos.
• Plazo de ejecución: Se valorará con un máximo de 5 puntos la oferta con menor plazo de ejecución. Al resto de las ofertas se les asignarán los puntos que proporcionalmente correspondan por su diferencia con la mejor oferta, con procedimiento y fórmula inversamente proporcional similares a los utilizados en el apartado A). No puntuarán, por presunción de incumplimiento, las ofertas que mejoren el plazo en más de un mes (30 días), ni aquellas que no reduzcan el plazo ofertado sobre el plazo máximo establecido en este Pliego.
2.3.- DOCUMENTACION
2.3.1. Programa o planning de obra para la ejecución del proyecto que constituye el contrato, con indicación de plazos parciales de cada zona y partidas.
2.3.2 Memoria descriptiva de los medios que la empresa adscribirá a las obras y organización de la misma, conforme a dichos medios y los plazos propuestos.
2.3.3. Memoria de gestión de residuos: descriptiva de los medios de la empresa a utilizar en la obra para la gestión de residuos, previsión de recuperación o tratamiento previsto para los mismos y propuesta de modelo de parte de control de cada tipo de residuo de los que esté previsto generar.
2.3.4. Plan de control de emisiones de gases de combustión de los vehículos y maquinaria, de polvo de las distintas operaciones a realizar en la obra y de los ruidos generados por los vehículos, maquinaria y herramientas cuya utilización esté prevista en la obra. Se incluirán las medidas a adoptar para corregir las desviaciones que se produzcan de las emisiones respecto de las legalmente establecidas en la normativa de aplicación.
2.3.5. Propuesta de uso de materiales recuperados o reciclados en la ejecución de la obra, con expresión de materiales propuestos, procedencia de los mismos y unidades de obra en los que se propone su uso y el porcentaje de material reciclado que se propone emplear.
2.4.- OFERTAS CON VALORES ANORMALES O DESPROPORCIONADOS.
No se consideran, con excepción de la referente a la reducción del plazo de ejecución en más de un mes (30 días).
3.- EJECUCION DEL CONTRATO
3.1.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
3.1.1. Serán de cargo del contratista la tramitación y los costes de obtención de las preceptivas autorizaciones para la puesta en funcionamiento de la actividad y de las instalaciones.
3.1.2. En caso xx xxxx en la entrega de la obra por causa imputable al contratista, éste deberá hacer frente a los mayores costes que se deriven o se ocasionen como consecuencia del retraso. Deberá hacer frente a las penalizaciones que se le impongan en este caso con arreglo a lo establecido en el arto 196 de la Ley 30/2007, de contratos del sector público.
3.1.3. Cuando se produzca cumplimiento defectuoso de, las prestaciones del contrato o de los compromisos o de las condiciones de ejecución del mismo, se aplicarán penalidades proporcionadas a la gravedad del incumplimiento, sin que su cuantía pueda superar el 10 % del presupuesto del contrato.
3.1.4. Durante la ejecución de la obra la contrata irá realizando un dossier fotográfico para su seguimiento, en el que se recogerán las incidencias que, a criterio de la Dirección Facultativa, permitan tener una completa información de los procesos constructivos y del desarrollo de la obra.
3.1.5. Con cada certificación de obra se presentarán las fotografías de las obras realizadas durante el mes que se certifica, entregando una copia en papel y otra en soporte digital a la Dirección Técnica de las obras. Se entregarán también justificantes de entrega de los residuos en el lugar de empleo o en las instalaciones de un gestor autorizado. Deberán aportarte, igualmente, los albaranes del material recuperado o reciclado empleado en la obra, con certificación de recuperador de los mismos especificando su procedencia.
3.1.6. La contrata pondrá a disposición del Ayuntamiento y de la Dirección Facultativa, durante toda la ejecución de la obra, personal técnico especializado en la ejecución de las obras objeto del contrato.
3.2.- OBLIGACIONES CONTRACTUALES ESENCIALES
3.2.1. Se entienden por obligaciones contractuales esenciales las siguientes:
• La ejecución de las obras conforme a la definición de Proyecto de las mismas y a las instrucciones que dicte la Dirección Facultativa.
• El cumplimiento exacto de las medidas de protección colectivas e individuales que recoja el Estudio de Seguridad y Salud y el Plan de Seguridad aprobados para el contrato.
• La incorporación de los medios humanos y materiales ofertados.
• La adopción de las medidas ofertadas, relativas al Control de Calidad, Gestión de Residuos, Control de Emisiones y Empleo de materiales reciclados.
• El cumplimiento de los plazos ofertados.
3.2.2. Darán lugar a la resolución del contrato los incumplimientos de las obligaciones contractuales esenciales en los casos siguientes:
• Cuando no se atiendan en los plazos que se establezcan las correcciones y/o indicaciones que dicte por escrito la Dirección Facultativa, respecto a la calidad de los materiales empleados, al proceso de ejecución de las unidades de obras, a la adopción de medidas de protección colectivas o individuales, a la eliminación de residuos, al control de las emisiones de gases de combustión, polvo y ruidos.
• Con independencia de las sanciones que correspondan, dará lugar a la resolución del contrato el exceso de plazo de ejecución en más del 15 % del establecido en el contrato, siempre que no se deba a causas imputables al Ayuntamiento.
• Dará lugar a la resolución del contrato el incumplimiento de las obligaciones legales en materia laboral en que incurriera el empresario.
3.3.- DIRECCION TÉCNICA DE LAS OBRAS
El Sr. Alcalde nombrará a los técnicos que asumirán la Dirección Técnica y supervisarán la obra objeto del contrato.
3.4.- PROGRAMA DE TRABAJO Y ENTREGA DE DOCUMENTACION
3.4.1. Además de los plazos ya señalados en el apartado 1.5 de este Pliego, Plazos de Ejecución del Contrato, en el mismo plazo de presentación del Plan de seguridad y salud, 5 días desde la comunicación de la aprobación de los proyectos, el contratista presentará para su aprobación por la Dirección Técnica y por el Ayuntamiento, el Plan de Obra, en el que especificará el calendario de ejecución, adecuándolo al presupuesto, plan de fases y plazo de ejecución previstos en el contrato.
3.4.2. Previo al inicio de la obra, el contratista colocará, en el lugar que fije el Ayuntamiento, al menos un cartel informativo de la obra, del formato establecido por éste.
3.5 REPLANTEO E INICIO DE OBRA
Dentro de los 20 primeros días, siguientes a la comunicación de la aprobación del Proyecto Básico y de Ejecución, se practicará el Acta de Comprobación del Replanteo e Inicio de Obra, que firmarán la contrata y la Dirección Técnica.
3.6.- ABONOS AL CONTRATISTA
En el caso de la asistencia técnica se abonara el 100% de su coste a partir de la aprobación del Proyecto Básico y de Ejecución y Estudio de Seguridad y Salud
En cuanto a las obras los abonos estos se abonaran mediante certificaciones mensuales expedidas por la Dirección Facultativa.
3.7.- SUBCONTRATACION
Se estará a lo previsto en los arts. 210 y 211 de la Ley 30/2007, de contratos del sector público y la Ley 32/2006 reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción.
3.8.- DEFECTOS EN LA EJECUCION
3.8.1. Los defectos en que incurra el contratista en la ejecución del contrato, darán lugar al apercibimiento escrito por parte de la Administración.
3.8.2. El primer apercibimiento escrito conllevará una penalización equivalente al 1 % de facturación del mes en el que se hubiera cursado, y se detraerá de oficio por la Administración al hacerla efectiva.
3.8.3. Los sucesivos apercibimientos que pudieran producirse duplicarán el porcentaje de penalización del anterior, sucesivamente.
3.8.4. En caso de mantenerse o reiterarse una defectuosa ejecución de la obra tras el tercer apercibimiento escrito, la Administración podrá proceder a la resolución del contrato, con las consecuencias previstas legalmente.
3.9.- RECEPCION DE LA OBRA
3.9.1. La recepción de la obra se realizará como máximo dentro del mes siguiente a la terminación del plazo contractual, incluidas en su caso las prórrogas legalmente concedidas.
3.9.2. Previo al acto formal de la recepción de la obra, o a la firma del Acta de Recepción, la empresa contratista deberá hacer entrega al Ayuntamiento de la documentación final de obra, incluyendo los planos definitivos, en soporte papel y en soporte digital, en las aplicaciones anteriormente citadas.
3.9.3. Igualmente, previo a la recepción de la obra, la empresa contratista entregará al Ayuntamiento las autorizaciones administrativas o privadas necesarias para la puesta en uso de las instalaciones.
Candás, 29 de septiembre de 2008.
Fdo.: Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx ARQUITECTO MUNICIPAL,