INVITACIÓN A PARTICIPAR EN EL PROCESO PARA LA SUSCRIPCIÓN DE UN
INVITACIÓN A PARTICIPAR EN EL PROCESO PARA LA SUSCRIPCIÓN DE UN
ACUERDO DE CORRESPONSABILIDAD
SMD-AC-80-2024
“SUSCRIBIR UN ACUERDO DE CORRESPONSABILIDAD CON EL FIN DE REALIZAR LA CLASIFICACIÓN, RECOLECCIÓN, TRANSPORTE, APROVECHAMIENTO Y/O DISPOSICIÓN FINAL DE LOS RESIDUOS SÓLIDOS APROVECHABLES DE CARÁCTER NO PELIGROSO QUE PRODUZCA LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD”.
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN CORPORATIVA SUBDIRECCIÓN ADMINISTRATIVA
MAYO DE 2024
BOGOTÁ D.C. – COLOMBIA
PA05-PR19-MD01 V.1.0
Secretaría Distrital de Movilidad
Calle 13 # 37 – 35
Teléfono: (0) 000 0000 xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx Información: Línea 195
1. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD1.
La Secretaría Distrital de Movilidad es una entidad del sector central de la Administración Distrital, con autonomía administrativa y financiera, domiciliada en Bogotá D.C., cuya creación, estructura, organización y funcionamiento están reglamentados en el Acuerdo Distrital 257 de 2006 “Por el cual se dictan normas básicas sobre la estructura, organización y funcionamiento de los organismos y de las entidades de Bogotá, Distrito Capital, y se expiden otras disposiciones”
Mediante el Decreto 672 de 2018 "Por medio del cual se modifica la estructura Organizacional de la Secretaría Distrital de Movilidad y se dictan otras disposiciones, contempló dentro de la estructura orgánica de la Secretaría Distrital de Movilidad, la Subdirección Administrativa, a la cual le fueron asignadas, entre otras, las funciones previstas en los numerales 9 y 12 del Artículo 40, de la norma en cita:
(...)
“9. Liderar e implementar el Subsistema de Gestión Ambiental o su equivalente, de acuerdo con las Políticas Nacionales, Distritales e Institucionales adoptadas por la Entidad.
(...)
12. Ejecutar las políticas de adquisición, conservación, mantenimiento y dotación
de la infraestructura física de la entidad o de las que sea legalmente responsable”.
De igual manera el Artículo 49 de la Carta Política en materia de saneamiento ambiental dispone “La atención de la salud y el saneamiento ambiental son servicios públicos a cargo del Estado. Se garantiza a todas las personas el acceso a los servicios de promoción, protección y recuperación de la salud.” De igual manera prevé: “corresponde al Estado organizar, dirigir y reglamentar la prestación de servicios de salud a los habitantes y de saneamiento ambiental conforme a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad. También, establecer las políticas para la prestación de servicios de salud por entidades privadas, y ejercer su vigilancia y control. Así mismo, establecer las competencias de la Nación, las entidades territoriales y los particulares, y determinar los aportes a su cargo en los términos y condiciones señalados en la ley. (..)”
Por lo mismo, es importante tener en cuenta que el artículo 79 ibídem, señala que “Todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano. La ley garantizará la participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectarlo. Es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar las áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación para el logro de estos fines.”
Con la suscripción del Acuerdo de Corresponsabilidad la Secretaría Distrital de Movilidad contribuye y aporta para el logro del saneamiento y la protección ambiental, adelantando de forma íntegra las políticas y normas de protección del ambiente con las de ordenación ambiental, territorial y de desarrollo económico, social y cultural, de conformidad con lo establecido en las leyes 152 de 1994; 388 de 1997 y 99 de 1993.
1 Numeral 1 del artículo 2.2.1.1.2.1.1 del Decreto 1082 de 2015 “Estudios y Documentos previos (…) La descripción de la necesidad que la entidad estatal pretende satisfacer con la contratación.”
De igual manera, el Decreto 2981 de 2013 “Por el cual se reglamenta la prestación del servicio público de aseo” en el artículo 88 establece “Los municipios y distritos, deberán elaborar, implementar y mantener actualizado un plan municipal o distrital para la gestión integral de residuos o desechos sólidos en el ámbito local y/o regional según el caso, en el marco de la gestión integral de los residuos, el presente decreto y la metodología para la elaboración de los PGIRS”.
El PGIRS deberá incorporar y fortalecer de manera permanente y progresiva las acciones
afirmativas a favor de la población recicladora. (…)”
Así mismo, el Artículo 91 del decreto ibídem señala que “En el marco de la Gestión Integral de Residuos Sólidos, el municipio o distrito deberá diseñar implementar y mantener actualizado un programa de aprovechamiento de residuos sólidos como parte del Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos (PGIRS).”
De igual manera, los numerales 9º y 10º del artículo 96 de la misma norma, señalan como obligaciones de los municipios y distritos “Formalizar la población recicladora de oficio, para que participe de manera organizada y coordinada en la prestación del servicio público que comprende la actividad complementaria de aprovechamiento, con el fin de dar cumplimiento a lo previsto en este decreto y en la regulación vigente”, “Adoptar y fortalecer las acciones afirmativas en favor de la población recicladora.”
Igualmente, el Artículo 1º del Decreto 400 de 2004, "Por el cual se impulsa el aprovechamiento eficiente de los residuos sólidos producidos en las entidades distritales”, establece lo siguiente “El presente Decreto tiene por objeto la reglamentación tendiente al eficiente manejo de los residuos sólidos producidos, tanto por las entidades distritales, como por los servidores pertenecientes a ellas, buscando como objetivo central su adecuado aprovechamiento”.
Por lo anterior, la Secretaría Distrital de Movilidad debe dar cumplimiento al artículo 13, numeral 3 de la Resolución 242 de 2014 de la Secretaría Distrital de Ambiente “Por la cual se adoptan los lineamientos para la formulación, concertación, implementación, evaluación, control y seguimiento del Plan Institucional de Gestión Ambiental –PIGA”, el cual establece que el Programa de Gestión Integral de Residuos debe garantizar el manejo integral de los residuos generados en el desarrollo de sus procesos misionales dentro de estos se encuentran los aprovechables y garantizar que tengan un manejo integral conforme a la normatividad vigente en la materia. Para el cumplimiento de lo anterior, el acuerdo de corresponsabilidad se constituye como un instrumento fundamental para dicho objetivo.
Igualmente, la entidad debe considerar lo establecido en el Artículo 2.3.2.5.1.1. del Decreto 596 de 2016, el cual tiene como objeto definir el esquema operativo de la actividad de aprovechamiento y la transitoriedad, para el cumplimiento de las obligaciones que deben atender los recicladores de oficio, y las Organizaciones de recicladores de oficio que estén en proceso de formalización, como personas prestadoras de la actividad de aprovechamiento en el servicio público de aseo, para todo el territorio nacional.
La Secretaría Distrital de Movilidad, requiere adelantar el proceso concerniente a escoger la Organización de Recuperadores Ambientales, con el fin de dar cumplimiento a lo
establecido en el Decreto 596 del 11 xx xxxxx de 2016 “Por el cual se modifica y adiciona el Decreto 1077 de 2015 en lo relativo con el esquema de la actividad de aprovechamiento del servicio público de aseo y el régimen transitorio para la formalización de los recicladores de oficio, y se dictan otras disposiciones”, y de esta manera favorecer a la población recicladora de oficio.
En cumplimiento de la ley, los lineamientos de la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos - UAESP y las normas establecidas para las entidades distritales de la ciudad de Bogotá en temas ambientales, le corresponde a la Secretaría Distrital de Movilidad, invitar a las Organizaciones de Recicladores(as) que se encuentren habilitadas por la UAESP a presentar sus propuestas para seleccionar la organización que llevará a cabo la Gestión Integral de los Residuos Sólidos Reciclables Aprovechables generados al interior de las instalaciones de la entidad.
En virtud de lo anterior y dada la necesidad de cumplir la política de manejo de residuos sólidos generados por los funcionarios de la entidades públicas y atendiendo las actividades administrativas propias de la función del Subsistema de Gestión Ambiental, así como la procura de un adecuado manejo de los residuos, por medio de la efectiva separación en la fuente, adecuada clasificación y correcto almacenamiento para la posterior entrega al gestor, la SDM requiere adelantar un proceso de selección encaminado a la celebración de un Acuerdo de Corresponsabilidad con una Organización de Recuperadores Ambientales, el cual es necesario para impulsar las actividades encaminadas a la prevención y la mejora continua de las condiciones ambientales de la Entidad, en cumplimiento de la Política Ambiental y del Plan Institucional de Gestión Ambiental PIGA, contenida en la Resolución 242 de 2014, y demás normatividad que regula la materia.
De acuerdo a lo anterior se ve la necesidad de cumplir con la política de manejo de residuos sólidos en entidades públicas, específicamente en la Secretaría Distrital de Movilidad (SDM), ha generado la búsqueda de establecer un Acuerdo de Corresponsabilidad con una Organización de Recicladores Ambientales. Este acuerdo es esencial para potenciar las actividades dirigidas a la prevención y la mejora continua de las condiciones ambientales dentro de la entidad. Este proceso de selección se orienta a garantizar la efectiva separación en la fuente, la adecuada clasificación y el correcto almacenamiento de los residuos generados por los funcionarios de la SDM. Este enfoque responde tanto a las actividades administrativas inherentes al sistema de Gestión Ambiental como a la necesidad de contribuir al manejo sostenible de los residuos sólidos, conforme a la normativa vigente y a los lineamientos establecidos en el Plan Institucional de Gestión Ambiental (PIGA) y la Resolución 242 de 2014.
Los beneficios de este Acuerdo van más allá del cumplimiento normativo. Se espera un impacto ambiental positivo con la reducción de residuos, junto con el fomento de prácticas de reciclaje y reutilización. Además, se generan oportunidades de empleo para los Recicladores ambientales, fortaleciendo la inclusión social y laboral. Este enfoque no solo contribuye a la imagen positiva de la entidad, sino que también demuestra su compromiso con la sostenibilidad y la responsabilidad social.
1.1 META DEL PLAN DE DESARROLLO QUE SE PRETENDE CUMPLIR CON LA CONTRATACIÓN
N/A
1.2 VERIFICACIÓN DE QUE LA NECESIDAD SE ENCUENTRA PREVISTA EN EL PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES.
N/A
2. OBJETO CON SUS ESPECIFICACIONES2.
2.1 OBJETO DEL ACUERDO
“SUSCRIBIR UN ACUERDO DE CORRESPONSABILIDAD CON EL FIN DE REALIZAR LA CLASIFICACIÓN, RECOLECCIÓN, TRANSPORTE, APROVECHAMIENTO Y/O DISPOSICIÓN FINAL DE LOS RESIDUOS SÓLIDOS APROVECHABLES DE CARÁCTER NO PELIGROSO QUE PRODUZCA LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD”.
2.2 ESPECIFICACIONES DEL OBJETO
La Secretaría Distrital de Movilidad requiere contar con los servicios de:
● Recolección,
● Transporte,
● Aprovechamiento y
● Disposición final de los residuos sólidos aprovechables generados en las sedes que conforman la Secretaría Distrital de Movilidad, en lugares adecuados para esto.
Una vez firmada el acta de inicio, se establecerá la frecuencia de recolección de los residuos aprovechables de cada una de las sedes que conforman la Secretaría Distrital de Movilidad según la necesidad identificada en cada uno de los puntos de generación.
2.3 CLASIFICACIÓN EN EL SISTEMA UNSPSC
CLASIFICADOR DE BIENES Y SERVICIOS | |||||
GRUPO | SEGMENTOS | FAMILIAS | CLASES | PRODUCTO | CÓDIGO DEL PRODUCTO |
(F) Servicios | 73 Servicios de producción industrial y manufactura | 11 Industria de la madera y el papel | 16 Procesamien to de pulpa y papel | 04 Servicios de producción o reciclaje de papel | 73111604 |
2 Numeral 2 del artículo 2.2.1.1.2.1.1 del Decreto 1082 de 2015 “Estudios y Documentos previos (…) 2. El objeto a contratar, con sus especificaciones y la identificación del contrato a celebrar.”
CLASIFICADOR DE BIENES Y SERVICIOS | |||||
GRUPO | SEGMENTOS | FAMILIAS | CLASES | PRODUCTO | CÓDIGO DEL PRODUCTO |
(F) Servicios | 76 Servicios de limpieza, descontaminación y tratamiento de residuos | 12 Eliminación y tratamiento de desechos | 23 Servicios de reciclables | 06 Reciclaje de papel | 76122306 |
(F) Servicios | 76 Servicios de limpieza, descontaminación y tratamiento de residuos | 12 Eliminación y tratamiento de desechos | 23 Servicios de reciclables | 07 Reciclaje de cartón | 76122307 |
(F) Servicios | 76 Servicios de limpieza, descontaminación y tratamiento de residuos | 12 Eliminación y tratamiento de desechos | 23 Servicios de reciclables | 09 Reciclaje de plástico | 76122309 |
(F) Servicios | 76 Servicios de limpieza, descontaminación y tratamiento de residuos | 12 Eliminación y tratamiento de desechos | 23 Servicios de reciclables | 10 Reciclaje de metal | 76122310 |
(F) Servicios | 76 Servicios de limpieza, descontaminación y tratamiento de residuos | 12 Eliminación y tratamiento de desechos | 23 Servicios de reciclables | 11 Reciclaje xx xxxxxx | 76122311 |
NOTA 1: La Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente a través de la Circular Externa Única estableció respecto de los niveles de clasificación lo siguiente: “(…) La clasificación del proponente no es un requisito habilitante sino un mecanismo para establecer un lenguaje común entre los partícipes del Sistema de Compras y Contratación Pública. En consecuencia, las Entidades Estatales no pueden excluir a un proponente que ha acreditado los requisitos habilitantes exigidos en un Proceso de Contratación por no estar inscritos en el RUP con el código de los bienes, obras o servicios del objeto del tal Proceso de Contratación (…)”. La experiencia es un requisito habilitante. Los proponentes deben inscribir en el RUP su experiencia usando los códigos del Clasificador de Bienes y Servicios. Por su parte las Entidades Estatales al establecer el requisito habilitante de experiencia deben incluir los códigos específicos del objeto a contratar o el de bienes, obras o servicios afines al Proceso de Contratación respecto de los cuales los proponentes deben acreditar su experiencia (…)”, es de indicar que, para el presente proceso no es necesario como requisito habilitante la inscripción en el RUP, de conformidad con la modalidad de selección.
3. MODALIDAD DE SELECCIÓN DE LA ASOCIACIÓN Y SU JUSTIFICACIÓN, INCLUYENDO LOS FUNDAMENTOS JURÍDICOS.
El Acuerdo 114 del 29 de diciembre de 2003 expedido por el Concejo de Bogotá, estableció la obligación a las entidades públicas distritales de impulsar la sensibilización, capacitación, inducción, práctica, y formación de los servidores públicos en el manejo adecuado de los residuos sólidos.
Así mismo, el Decreto Distrital 400 de 2004, reglamentó el eficiente manejo de los residuos sólidos producidos por las Entidades Distritales y sus servidores públicos, para buscar su aprovechamiento, disponiendo en su artículo 4° que las entidades distritales deben adoptar un Plan de acción interno en el que se definan metas, alcances, Organizaciones de recicladores vinculadas al proyecto, indicadores de gestión de evaluación y control.
La Alcaldía Mayor mediante Decreto Distrital No. 312 de 2006 complementado por el Decreto 620 de 2007, adoptó el Plan Maestro para el Manejo Integral de los Residuos Sólidos para Bogotá; en el artículo 67, numeral 5, determinó “Aplicar medidas de inclusión a la población recicladora de oficio en condiciones de pobreza y vulnerabilidad afectada por intervenciones normativas y contractuales públicas para facilitar su vinculación a los procesos formales de reciclaje y aprovechamiento”.
Mediante la Directiva Distrital No. 009 de 2006 de la Alcaldía Mayor de Bogotá, se estableció que el material separado con potencial reciclable debe ser entregado a las Organizaciones de recicladores de oficio en condiciones de pobreza y vulnerabilidad, para cumplir con lo señalado en las disposiciones antes citadas sobre la materia.
El Concejo de Bogotá expidió el Acuerdo Distrital No. 287 de 2007 con el fin de orientar las acciones afirmativas que garantizan la participación de los recicladores de oficio en condiciones de pobreza y vulnerabilidad, en los procesos vinculados a la gestión y manejo integral de los residuos sólidos.
El artículo 4º, del Acuerdo Distrital 287 de 2007, “Objetivos de las acciones afirmativas. establece que “Las entidades públicas distritales vinculadas a la gestión y manejo de los residuos sólidos adelantarán acciones afirmativas orientadas a lograr los siguientes objetivos:
1. Establecer mecanismos que permitan condiciones de igualdad real de los recicladores
en procesos contractuales vinculados a la gestión y manejo integral de los residuos sólidos”
….
Por su parte, el Decreto 400 de 2004 “Por la cual se impulsa el aprovechamiento eficiente de los residuos sólidos producidos en las Entidades Distritales” y la Directiva 009 del 01 de noviembre de 2006 expedidos por la Alcaldía Mayor de Bogotá, establecen que el material separado y con potencial reciclable debe ser entregado a los grupos organizados de recicladores que se encuentran en condiciones de vulnerabilidad.
De otra parte, el artículo 1º de la Resolución 051 de 2014 expedida por la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos (UAESP) – “Por medio de la cual se establece
la figura de Acuerdos de Corresponsabilidad con las Organizaciones de Recicladores como acción afirmativa de fortalecimiento”, indica: “Establézcase la figura de Acuerdos de Corresponsabilidad con las Organizaciones de Recicladores de carácter transitorio, para generar inclusión y condiciones de igualdad real para los recicladores en la prestación de las actividades de recolección, transporte y clasificación de residuos aprovechables”.
Así mismo, el Decreto 596 de 2016 “Por el cual se modifica y adiciona el Decreto 1077 de 2015 en lo relativo con el esquema de la actividad de aprovechamiento del servicio público de aseo y el régimen transitorio para la formalización de los recicladores de oficio, y se dictan otras disposiciones.”, establece que para la definición de mecanismos que dinamicen el funcionamiento del aprovechamiento de residuos sólidos en el marco del servicio público de aseo, y de instrumentos que faciliten la formalización de los recicladores del oficio como personas prestadoras de esta actividad, es necesario adoptar un esquema operativo de la actividad de aprovechamiento y el régimen transitorio para la formalización de los recicladores de oficio, con el fin de garantizar los mandatos constitucionales.
En igual sentido, la Corte Constitucional mediante Auto 275 del diecinueve (19) de diciembre de dos mil once (2011), MP Xxxx Xxxxxx Xxxxx, ordenó al Distrito que “(...) defina y rediseñe un esquema que dignifique la actividad del reciclador y que tienda a su normalización a través de la fijación de metas a cumplir en el corto plazo que sean concretas, cualificadas, medibles y verificables. [ ]”
4. VALOR ESTIMADO Y JUSTIFICACIÓN
El ACUERDO DE CORRESPONSABILIDAD NO GENERA AFECTACIÓN PRESUPUESTAL A CARGO DE NINGUNA DE LAS PARTES, pues cada una de las
partes intervinientes, dentro de sus competencias, adelantará las gestiones pertinentes con el fin de cooperar en el cumplimiento de sus funciones administrativas y los compromisos que les son propias, es decir, que la suscripción del Acuerdo de Corresponsabilidad no implica erogación económica o contraprestación alguna.
COSTOS DE TRASLADO DEL MATERIAL RECICLADO
La Organización recicladora asumirá los costos que requiera la recolección y traslado de los residuos desde las instalaciones de la Secretaría Distrital de Movilidad hasta el sitio de disposición.
4.1 PLAZO DE EJECUCIÓN
El plazo de ejecución del presente Acuerdo de Corresponsabilidad será de doce (12) meses, contado a partir de la fecha de suscripción del acta de inicio. Este plazo podrá prorrogarse por las partes de común acuerdo, conforme a las necesidades institucionales.
4.2 LUGAR DE EJECUCIÓN.
Las actividades de recolección serán desarrolladas en todas las sedes de la Secretaría Distrital de Movilidad, de acuerdo con la distribución y programación acordada con el supervisor.
4.3 IDENTIFICACIÓN DEL TIPO DE ACUERDO DE CORRESPONSABILIDAD A CELEBRAR
Se suscribirá un Acuerdo de Corresponsabilidad de conformidad con lo establecido en el numeral 3 del presente documento.
4.4 SUPERVISIÓN DEL ACUERDO
La supervisión del Acuerdo celebrado con ocasión al presente proceso de selección será ejercida por el Subdirector Administrativo(a), o quien el ordenador del gasto delegue.
La supervisión deberá cumplir con los compromisos y responsabilidades de acuerdo con lo establecido en el artículo 51 de la Ley 80 de 1993 y de los artículos 83 y 84 de la Ley 1474 de 2011, en el Manual de Contratación de la Entidad y el Manual de Supervisión e Interventoría de la Secretaría Distrital de Movilidad.
El supervisor estará facultado para solicitar informes, aclaraciones o explicaciones sobre el desarrollo de la ejecución del Acuerdo y será responsable de mantener informada a la SDM de los hechos o circunstancias que puedan constituir actos de corrupción tipificados como conductas punibles o que puedan poner en riesgo el cumplimiento del acuerdo de corresponsabilidad.
La supervisión está autorizada para impartir instrucciones a la asociación sobre asuntos de su responsabilidad y este se encuentra obligado a acatarlas. Todas las comunicaciones o instrucciones destinadas a la asociación serán expedidas o ratificadas por escrito y formarán parte de los documentos del acuerdo de corresponsabilidad.
El Supervisor, tendrá las siguientes las actividades:
1. Proyectar y suscribir el acta de inicio con la Organización de recicladores.
2. Verificar el cumplimiento del objeto del acuerdo de corresponsabilidad y de los compromisos contraídos por las partes.
3. Elaborar los informes de ejecución y las actas a que haya lugar durante la ejecución del acuerdo de corresponsabilidad.
4. Proyectar la certificación de cumplimiento y recibo a satisfacción del objeto del acuerdo de corresponsabilidad.
5. Verificar al momento de certificar el cumplimiento del objeto del acuerdo de corresponsabilidad, el cumplimiento por parte de la Organización de recicladores de sus obligaciones con el Sistema de Seguridad Social Integral y pago de aportes parafiscales cuando haya lugar a ello.
6. Informar oportunamente al ordenador del gasto sobre cualquier irregularidad o incumplimiento que se presente en la ejecución del acuerdo de corresponsabilidad.
7. Enviar el original del acta de inicio dentro del día hábil siguiente a la suscripción
de la misma, a la Dirección de Contratación, para que repose en la carpeta del acuerdo. Mensualmente el supervisor debe aprobar y remitir a fin de que repose en el expediente del acuerdo de corresponsabilidad, original del informe de actividades y de supervisión. En cuanto a la demás documentación que sea subsiguiente al acta de inicio y que evidencie la ejecución contractual (Informes, comunicaciones, requerimientos, etc.), debe ser enviada a esta dependencia ÚNICAMENTE cuando finalice la ejecución del Acuerdo, a fin de que repose en la carpeta del acuerdo.
8. Solicitar oportunamente las adiciones o modificaciones al acuerdo de corresponsabilidad, cuando sea procedente.
9. Determinar una vez firmada el acta de inicio, la frecuencia de recolección de los residuos aprovechables de cada una de las sedes que conforman la Secretaría Distrital de Movilidad según la necesidad identificada en cada uno de los puntos de generación.
10. Las señaladas en el manual de contratación y el de supervisión de la Secretaría Distrital de Movilidad.
11. Las que por su naturaleza y esencia sean necesarias para el buen desarrollo del acuerdo.
4.5 COMPROMISOS DE LAS PARTES
4.5.1 COMPROMISOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD
1. Entregar durante la vigencia del Acuerdo de Corresponsabilidad en forma exclusiva y a título gratuito a la Organización de Recicladores la totalidad de los residuos sólidos reciclables de carácter NO peligroso, generados en cada una de las sedes de la Secretaría Distrital de Movilidad.
2. Disponer los sitios de acopio y presentación del material reciclable, en cada una de las sedes de la Entidad.
3. Permitir el acceso para la recolección de los Residuos Sólidos Aprovechables que se generen en la Secretaría Distrital de Movilidad.
4. Conservar el material reciclable en los sitios de almacenamiento, para su posterior clasificación y recolección, el cual estará ubicado en las diferentes sedes de la SDM.
5. Informar oportunamente sobre algún cambio en el horario establecido.
6. Establecer los lugares o depósitos para el almacenamiento temporal de los residuos sólidos Aprovechables acorde con las especificaciones de las diferentes sedes, teniendo en cuenta la frecuencia y tiempo de recolección.
7. Atender las solicitudes de colaboración que realice la organización con la finalidad de cumplir con el correcto desarrollo del Acuerdo.
4.5.2 COMPROMISOS GENERALES DE LA ORGANIZACIÓN DE RECICLADORES
1. Cumplir el objeto del acuerdo, ejecutándose según lo establecido en el presente documento y dentro del plazo acordado.
2. Adelantar los trámites y cumplir los requisitos para la ejecución del acuerdo dentro de los plazos establecidos.
3. Firmar el acta de inicio en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles, luego de la formalización del Acuerdo de Corresponsabilidad.
4. Presentar los informes que le indique el supervisor.
5. Mantener la reserva sobre la información que le sea suministrada para el desarrollo del objeto del acuerdo.
6. Obrar con la diligencia y el cuidado necesario en los asuntos que se le asignen a través del Supervisor.
7. Acoger el principio de Transparencia que constituya una apuesta por la lucha contra la corrupción, a partir de la publicación de todas las actuaciones que se surtan durante toda la etapa de ejecución del acuerdo.
8. Conocer, y acatar las políticas y lineamientos de los Sistemas de Gestión adoptados por la Entidad, en especial los que corresponde a Antisoborno, Calidad, y de Seguridad y Salud en el Trabajo, y lo referente al Código de Integridad de la Secretaría.
9. Cumplir con todas los compromisos legales respecto a Seguridad y salud en el trabajo, ambientales y de anticorrupción que surjan con ocasión de la suscripción y ejecución del acuerdo.
10. No ofrecer, prometer, entregar, solicitar, y/o aceptar sobornos, dádivas, recompensas o gratificaciones, al o por parte de un colaborador de la Secretaría Distrital de Movilidad (funcionarios, contratistas) con el fin de incidir con las decisiones relacionadas con el desarrollo del acuerdo en cualquiera de sus etapas.
11. Utilizar el personal idóneo, íntegro y técnicamente capacitado para la ejecución del objeto del acuerdo, en caso de que se evidencie y/o presente alguna conducta presuntamente delictiva y/o irregular, deberá ser retirado de manera inmediata, y presentar un informe detallado de los hechos acaecidos al Supervisor del acuerdo, máximo al día hábil siguiente.
12. Informar oportunamente al Supervisor asignado los inconvenientes que afecten el desarrollo del acuerdo.
13. Responder por sus actos u omisiones durante la ejecución del acuerdo, cuando con ello cause perjuicios a la administración o a terceros.
14. Acatar las instrucciones que, dentro del marco del objeto y compromisos del presente acuerdo, se le impartan por parte de la Secretaría Distrital de Movilidad.
15. Defender en todas sus actuaciones los intereses de la Secretaría Distrital de Movilidad y obrar con lealtad y buena fe en todas las etapas del acuerdo.
16. Responder por la conservación, el uso adecuado, deterioro o pérdida de los elementos que le sean entregados por la entidad para la ejecución del acuerdo, si a ello hubiere lugar.
17. Dar cumplimiento a lo establecido en el Decreto 332 de 2020 "Por medio del cual se establecen medidas afirmativas para promover la participación de las mujeres en la contratación del Distrito Capital", y en especial lo señalado en el artículo 3 (Modificado por el artículo 2 del Decreto 634 de 2023) el cual señala lo siguiente:
“ARTÍCULO 3. VINCULACIÓN DE MUJERES EN LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
O CONVENIO. Sin perjuicio de la autonomía presupuestal y contractual de la que están investidas las entidades y organismos distritales, el área técnica respectiva o la dependencia que solicita la contratación, según corresponda, incluirá en los pliegos de condiciones, estudios y documentos previos y en las cláusulas contractuales de los
procesos de selección pública y/o contratos y convenios estatales que adelanten, la obligación del futuro contratista o asociado de vincular y mantener un mínimo de mujeres para la ejecución del convenio o contrato, según los porcentajes que se establecen a continuación, y garantizando que la vinculación se realizará con plena observancia de las normas laborales o contractuales aplicables.
La vinculación de mujeres será progresiva y diferenciada por rama, así:
Ramas de actividad económica | Porcentaje mínimo de mujeres que deben estar vinculadas a la ejecución de los contratos | ||
A partir del 1 0 xx xxxxx de 2021 | A partir del 10 xx xxxxx de 2022 | A partir del 1 0 xx xxxxx de 2023 | |
Construcción | 6,8% | 9,3% | 13,8% |
Transporte y almacenamien to | 9,6% | 12,1% | 16,6% |
Suministro de electricidad, gas y agua | 22,2% | 24,2% | 28,2% |
Actividades inmobiliarias | 31,2% | 33,2% | 37,2% |
Información telecomunicac iones | 43,5% | 45,5% | 49,5% |
Industria manufacturera | 43,9% | 45,9% | 49,9% |
Comercio y reparación de vehículos | 47,4% | 45,4% | 50% |
Otras ramas | 50% | 50% | 50% |
Se encuentran exceptuados de la aplicación de las medidas afirmativas previstas en este decreto, los procesos adelantados por acuerdo marco de precios, bolsa de productos, tienda virtual del Estado y las tipologías contractuales para la adquisición de bienes y servicios que por su naturaleza no requieran de personal para la ejecución del contrato y/o convenio, entre ellos arrendamiento de bienes inmuebles, compraventa, adquisición de bienes a través de la bolsa de productos, subastas a través xx xxxxxxxx, suministros, enajenación de bienes, comodatos, prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión.
PARÁGRAFO PRIMERO. Para el cumplimiento de lo señalado en el presente artículo, la entidad y organismo distrital deberá solicitar a sus contratistas los documentos necesarios para corroborar la contratación de las mujeres durante el periodo de ejecución del contrato en los porcentajes indicados, para lo cual será válida la manifestación semestral, es decir, cada seis meses (a finales del semestre a certificar) bajo juramento del Representante legal y del Revisor Fiscal o Contador Público (cuando aplique) del contratista, sin perjuicio de otros mecanismos de verificación que establezca la supervisión o interventoría de cada contrato.
Para los contratos y/o convenios cuyo plazo de ejecución sea inferior a seis meses, el contratista deberá entregar la manifestación de que trata el presente parágrafo antes de la terminación del plazo de ejecución.
PARÁGRAFO SEGUNDO. Durante la ejecución del contrato y/o convenio, quien ejerza la supervisión y/o interventoría deberá verificar que se mantenga la contratación de las mujeres en los porcentajes indicados.
En los pliegos de condiciones y en las cláusulas contractuales se incluirá la forma de verificación de la permanencia de la contratación de mujeres por parte del contratista o asociado.
PARÁGRAFO TERCERO. Corresponde a las entidades y organismos distritales disponer de la adopción de procedimientos, medidas, o actuaciones que sean necesarias para implementar la adopción de las acciones descritas en el presente artículo.
PARÁGRAFO CUARTO. Cuando los contratistas en la etapa de ejecución no vinculen o no mantengan el porcentaje mínimo de mujeres establecido en el contrato, podrán ser objeto de las multas, sanciones y demás consecuencias previstas por el incumplimiento contractual, según lo establezcan las cláusulas sancionatorias pactadas y las normas aplicables.
PARÁGRAFO QUINTO. En la aplicación del presente decreto se respetará en todo momento la autodeterminación y el autorreconocimiento de género de las personas, sin poner en tela de juicio su personalísimo criterio de identidad. El documento de identidad ciudadana no será exigido como elemento para comprobar la identidad de género de las personas, ya que la manifestación de género no necesariamente debe corresponder con el nombre o sexo que aparece en el documento.
PARÁGRAFO SEXTO. Las entidades y organismos distritales instarán a los contratistas a priorizar la contratación de mujeres para la ejecución de los contratos a los que se refiere el presente artículo, teniendo en cuenta factores que acentúan
su vulnerabilidad como la condición de víctima del conflicto armado, ser mujeres con discapacidad, ser mujer jefa de hogar, entre otras.
NOTA: El contratista en cumplimiento del Decreto Distrital 332 de 2020, desarrollará las siguientes obligaciones: 1. Garantizar la vinculación durante la ejecución del contrato de un porcentaje mínimo de mujeres del 50%, de acuerdo con la rama de actividad económica “otras ramas” de que trata el decreto y acorde con el presente objeto contractual; 2. Allegar durante la ejecución del contrato la manifestación, en los términos señalados en el parágrafo primero del artículo 3 del Decreto 332 de 2020; 3. El contratista en atención al cumplimiento del artículo 5 del decreto 332 de 2020, se obliga a prevenir el abuso, el acoso sexual y las demás violencias basadas en género y promover su denuncia en el marco de la ejecución del contrato y hacer un uso no sexista del lenguaje escrito, visual y audiovisual, de conformidad con lo establecido en el Acuerdo Distrital 381 de 2009.
1. Atender los lineamientos previstos en la Ley 2040 de 2020. "Por medio de la cual se adoptan medidas para impulsar el trabajo para adultos mayores y se dictan otras disposiciones".
2. El contratista se obliga a prevenir el abuso y el acoso sexual y a promover su denuncia y de las demás violencias basadas en género en el marco de la ejecución del contrato; así mismo, se obliga a hacer un uso no sexista del lenguaje escrito, visual y audiovisual, de conformidad con lo establecido en el Acuerdo Distrital 381 de 2009.
3. Las demás que se deriven de la naturaleza del contrato y que sean pertinentes para la óptima ejecución del mismo y las contenidas en el Artículo 5° de la Ley 80 de 1993 y todas aquellas emanadas de la naturaleza y esencia del contrato, de acuerdo con las normas legales vigentes, la propuesta presentada y la invitación pública, el cual hará parte integral del futuro contrato.
18. Dar cumplimiento a la DEMOCRATIZACIÓN DE OPORTUNIDADES ECONÓMICAS EN EL DISTRITO CAPITAL – DECRETO 380 DE 2015.
19. Prevenir el abuso y el acoso sexual hacia las mujeres, promoviendo su denuncia para evitar la violencia basada en género, en el marco de la ejecución del acuerdo.
20. La Asociación se compromete a Prevenir el abuso y el acoso sexual y a promover su denuncia y de las demás violencias basadas en género en el marco de la ejecución del acuerdo y a hacer un uso no sexista del lenguaje escrito, visual y audiovisual, de conformidad con lo establecido en el Acuerdo Distrital 381 de 2009.
21. Las demás que le sean asignadas por la supervisión del acuerdo e inherentes a la naturaleza y objeto del mismo.
4.5.3 COMPROMISOS ESPECÍFICOS DE LA ORGANIZACIÓN DE RECICLADORES
1. Cumplir con el objeto y las características técnicas del acuerdo de corresponsabilidad de acuerdo con todas y cada una de los compromisos establecidas en el mismo, el estudio previo, la invitación pública y propuesta presentada, haciendo seguimiento permanente a Ia ejecución y disponer de Io
necesario para que el objeto del acuerdo de corresponsabilidad se cumpla a cabalidad.
2. Clasificar y recolectar los residuos sólidos reciclables de carácter no peligroso, en cada una de las sedes de la Secretaría Distrital de Movilidad o en los lugares que por necesidad del servicio sea requerido, con el fin de darle un uso eficiente y así reintegrar este material a la cadena productiva de materiales reciclables de conformidad con el ordenamiento jurídico ambiental Distrital y Nacional.
3. Realizar la destrucción de los archivos de acuerdo con el procedimiento de eliminación documental PA01-PR19, el cual será socializado de acuerdo a necesidad del servicio.
4. Garantizar y suministrar en todo momento al personal que ejecute el Acuerdo de Corresponsabilidad, los elementos de Bioseguridad, establecidos por el Ministerio de Salud y Protección Social, el Ministerio de Trabajo y la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá para la ejecución de las actividades dentro de la Secretaría Distrital de Movilidad.
5. Estar legalmente constituida y reconocida en el Registro Único de Organizaciones de Recicladores (RUOR) y mantener vigente ante la Subdirección de Aprovechamiento de la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos (UAESP), y Registro Único de prestadores de Servicios Públicos (RUPS) autoridad competente en la materia, su habilitación como Organización de Recuperadores de Oficio, durante la ejecución del acuerdo de corresponsabilidad.
6. Mantener el certificado o autorización del organismo competente, que demuestre que la Organización y/o Asociación de recicladores cuenta con el concepto del uso del suelo compatible con las actividades desarrolladas dentro de sus instalaciones.
7. Mantener el Concepto Higiénico Sanitario de la bodega, donde se realizará el manejo, almacenamiento y aprovechamiento de los residuos con potencial de reciclaje, expedido por la Secretaría Distrital de Salud o la entidad que esta delegue para este fin.
8. Mantener el concepto técnico Favorable expedido por el Cuerpo de Bomberos de la localidad donde se ubique la bodega.
9. Cumplir con el horario y frecuencias programadas, de lunes a viernes de 08:00 a.m. a 04:30 p.m., para la recolección de los residuos aprovechables que se generen en las diferentes sedes de la Entidad, acordados con el supervisor del acuerdo de corresponsabilidad.
10. Informar oportunamente al enlace del equipo del Sistema de Gestión Ambiental (SGA) cualquier cambio de horario del que habla el numeral anterior de estos compromisos.
11. Dejar en perfecto estado de limpieza las locaciones de la entidad destinadas al almacenamiento temporal de los materiales, luego de efectuarse la clasificación y la recolección del material reciclable.
12. Realizar el proceso de pesaje con báscula por tipo de residuo al momento de realizar la recolección en cada sede donde se realice esta actividad.
13. Contar con instrumentos de pesaje debidamente calibrados, según lo dispuesto en el Decreto 1074 de 2015 "Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del sector Comercio Industria y Turismo”.
14. Presentar al supervisor, 5 días calendario luego de haber firmado el acta de inicio, el listado de las personas empleadas para el cumplimiento del objeto, adicional, debe presentar de cada uno: copia de los certificados de vacunación de Hepatitis B, Sarampión - Rubeola, Influenza estacional, Toxoide tetánico – Diftérico.
15. Entregar certificado de aprovechamiento de los residuos de forma mensual para el control de peso, con la caracterización de los materiales potencialmente reciclables entregados por parte de la entidad, para el registro y control.
16. Entregar los manifiestos de recolección para llevar el control de peso del material aprovechable entregado por la SDM, la cual debe contener la cantidad en kilogramos clasificado por cada uno de los residuos reciclables, actividad que se debe realizar en conjunto con la persona designada por la SDM, cada vez que se realice la entrega.
17. Permitir a la Secretaría Distrital de Movilidad realizar visitas a las instalaciones de la organización o de los recicladores desde los cuales se prestará el servicio objeto del acuerdo, previo aviso por parte de los supervisores del acuerdo.
18. Expedir manifiesto de transporte del material, debidamente diligenciado, el cual debe indicar: Unidad de recolección, fecha, tipo de material, cantidad recogida en kg, nombre y Cédula de Ciudadanía de quien recoge el material, nombre y Cédula de Ciudadanía de quien entrega el material por parte de la Secretaría Distrital de movilidad el manifiesto debe diligenciarse con letra clara, legible, sin tachones, ni enmendaduras; situación contraria será causal de devolución del manifiesto.
19. Cumplir con la Política de Gestión Ambiental de la Secretaría Distrital de Movilidad, implementando buenas prácticas ambientales relacionadas con el ahorro y uso eficiente de los recursos como el agua, energía, papel, y manejo de residuos.
20. Garantizar el apropiado tratamiento y disposición de los residuos que son entregados por la Entidad, a fin de evitar que estos generen impacto ambiental negativo, para lo cual deberá entregar de manera mensual del 1° a 5° día hábil de cada mes, los certificados de aprovechamiento expedidos por los industriales a quien se entregue el material, describiendo la Unidad, cantidad en kg y tipo de material, forma de aprovechamiento, entre otros.
21. Permitir el ingreso del personal de Gestión Ambiental o de quien la Secretaría Distrital de Movilidad designe, a las estaciones de clasificación y aprovechamiento (ECA) que disponga la Asociación para realizar auditorías internas.
22. Realizar la recolección y aprovechamiento del poliestireno expandido (icopor) tipo industrial generado en las sedes de la Secretaría Distrital de Movilidad.
23. Continuar con el proceso de formalización como personas prestadoras de la actividad de aprovechamiento de conformidad con lo señalado en el Decreto 1077 de 2016 modificado por el Decreto 596 de 2016.
24. Disponer de mínimo una báscula en el vehículo que realice la recolección de los residuos, la cual debe cumplir con los requisitos técnicos en la normatividad vigente en la materia, para el correcto proceso de pesaje del material que sea entregado por la SDM. En caso de presentarse algún daño o defecto en la báscula, la Organización de Recicladores deberá disponer de una segunda báscula que la reemplace.
25. Realizar los talleres ofertados, en el marco de las actividades y sensibilizaciones que programe la Secretaría Distrital de Movilidad, orientadas a la educación ambiental de los(as) funcionarios(as) y/o colaboradores(as) de la Entidad frente al manejo apropiado y aprovechamiento de los residuos sólidos, garantizando el personal idóneo.
26. Utilizar los equipos, elementos e instrumentos apropiados, así como emplear las técnicas adecuadas en el proceso de recolección, con la finalidad de evitar contaminación, o incomodar el normal funcionamiento de las sedes de la entidad.
27. Atender los protocolos de seguridad aplicables a los procesos de recolección de
residuos sólidos.
28. Disponer del personal necesario para el desarrollo de las actividades de destrucción y recolección de los residuos que se generan en las diferentes sedes de la entidad.
29. La Organización y/o Asociación de recicladores se compromete a “promover la democratización de las oportunidades económicas en el Distrito Capital, y estrategias para la participación real y efectiva de las personas naturales vulnerables, marginadas y/o excluidas de la dinámica productiva de la ciudad, con edad para trabajar, según lo dispuesto en el presente documento; sin perjuicio de las demás acciones o actuaciones que se ejecuten por parte de las entidades y organismos distritales en atención a las poblaciones en mayor situación de pobreza y vulnerabilidad, en cumplimiento de sus funciones, la Constitución Política, la Ley, y las providencias judiciales”.
30. No emplear menores de edad en el proceso de recolección, ni llevarlos consigo en sus jornadas.
31. Realizar a su cargo y costo la clasificación, recolección y transporte de los materiales aprovechables que entregue la Secretaría Distrital de Movilidad.
32. Disponer de los vehículos (tipo estaca) con carpa que cumplan las especificaciones técnicas exigidas, maquinarias, herramientas y elementos necesarios para el proceso de recolección y destrucción de documentos de archivo y demás residuos aprovechables. Así mismo, los vehículos deben contar con toda la documentación al día como: Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito SOAT, certificado de gases y Revisión Técnico Mecánica.
33. Expedir mensualmente certificado de disposición final de los residuos recolectados en la Secretaría Distrital de Movilidad, indicando mes, tipo de material, cantidad en kg y proceso realizado con el mismo.
34. Garantizar el apropiado tratamiento y disposición final a los residuos que son entregados por la entidad, a fin de evitar que estos generen un impacto negativo al ambiente.
35. Responder por los daños que el personal que represente a la Organización de Recicladores pudiese llegar a ocasionar en las instalaciones de la Secretaría Distrital de Movilidad.
36. El personal asignado deberá estar debidamente entrenado y capacitado para el ejercicio de la actividad recicladora.
37. La Organización recicladora asumirá los costos de salarios y prestaciones sociales del personal que utilice para la prestación del servicio objeto del acuerdo de corresponsabilidad; la SDM no tendrá vínculo laboral con las personas que la organización de recicladores designe para esta labor.
38. El personal asignado al acuerdo de corresponsabilidad debe permanecer en las instalaciones de la SDM uniformado y portar el carné que lo identifique como empleado de la empresa recicladora, con sus respectivos elementos de protección personal, cumpliendo con la norma vigente de seguridad y salud ocupacional con el fin de prevenir los riesgos laborales.
39. Contar con una zona operativa y de almacenamiento de materiales cubierta y con cerramiento físico con el fin de prevenir o mitigar los impactos sobre el área de influencia.
40. Atender los requerimientos de la entidad y del supervisor del acuerdo, relacionados con el objeto del Acuerdo.
41. Los demás compromisos derivadas del objeto y de la naturaleza del presente Acuerdo.
4.5.4 COMPROMISOS EN MATERIA DE ANTICORRUPCIÓN Y TRANSPARENCIA
La Asociación en desarrollo del Acuerdo de Corresponsabilidad tendrá, además de los derechos y compromisos contenidas en las Leyes 80 de 1993 y 1150 de 2007 y el Decreto 1082 de 2015, las que se enuncian a continuación:
1. Acoger el principio de Transparencia que constituya una apuesta por la lucha contra la corrupción, a partir de la publicación de todas las actuaciones que se surtan durante toda la etapa contractual, así como la difusión de los incumplimientos (multas, declaratorias de incumplimiento, caducidad del acuerdo, imposición de cláusula penal) que se lleguen a derivar en desarrollo del acuerdo suscrito con la Entidad.
2. Conocer, y acatar las políticas y lineamientos de los Sistemas de Gestión adoptados por la Entidad, en especial los que corresponden a --Antisoborno, Calidad, y de Seguridad y Salud en el Trabajo, y lo referente al Código de Integridad de la Secretaría, aplicable al acuerdo, desde el proceso de selección, hasta la ejecución del Acuerdo de Corresponsabilidad.
3. No ofrecer, prometer, entregar, solicitar, y/o aceptar sobornos, dádivas, recompensas o gratificaciones, al o por parte de un colaborador de la Secretaría (funcionarios, contratistas) con el fin de incidir en las decisiones relacionadas con el desarrollo del Acuerdo de Corresponsabilidad en cualquiera de sus etapas.
4. Utilizar el personal idóneo, íntegro y técnicamente capacitado para la ejecución del objeto del Acuerdo de Corresponsabilidad, en caso de que se evidencie y/o presente alguna conducta presuntamente delictiva y/o irregular, deberá ser retirado de manera inmediata, y presentar un informe detallado de los hechos acaecidos al Supervisor del acuerdo, máximo al día hábil siguiente.
5. Cumplir con todas las demás obligaciones legales respecto a seguridad industrial y salud ocupacional, ambientales y de anticorrupción que surjan con ocasión de la suscripción y ejecución del Acuerdo de Corresponsabilidad.
6. Abstenerse de acceder a peticiones o amenazas de quienes, actuando por fuera de la ley, pretendan obligarlo a hacer u omitir algún acto o hecho. En caso de darse tal situación deberá informar en el acto a la Secretaría Distrital de Movilidad y a las autoridades competentes.
4.5.5 COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN
Denunciar de manera inmediata ante el Oficial de Cumplimiento Antisoborno de la Secretaría - Subsecretaría de Gestión Corporativa- cualquier ofrecimiento, favores, dádivas prerrogativas, recompensas o gratificaciones efectuadas por los proponentes y/o interesados a funcionarios públicos, sus asesores y en general toda persona que participe dentro del trámite del proceso de contratación en cualquier fase, que estén directa o indirectamente involucrados en la estructuración, manejo y decisiones del proceso de selección, durante el proceso de contratación y/o liquidación en caso de que sea el adjudicatario, para lo cual podrá utilizar el correo electrónico xxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, y fomentar mecanismos y/o instrumentos y/o controles al interior de la empresa que representa para la prevención de prácticas de conductas de soborno, y garantizar que no se adoptarán represalias a sus empleados, socios de negocios, y partes interesadas, como consecuencia de las denuncias
por prácticas que puedan constituirse soborno.
En todas las actuaciones derivadas de las estipulaciones de la presente invitación y del acuerdo de corresponsabilidad, el proponente obrará con la transparencia y la moralidad que la Constitución Política y las leyes consagran. En el caso en que la SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD comprobare hechos constitutivos de corrupción por parte de un proponente durante el proceso de selección, sin perjuicio de las acciones legales a que hubiere lugar, podrá rechazar la respectiva propuesta.
Si los hechos constitutivos de corrupción tuvieren lugar dentro del plazo de ejecución del acuerdo, tales circunstancias podrán dar lugar a la declaratoria de caducidad, de conformidad con las reglas previstas para el efecto en la ley y en el respectivo acuerdo de corresponsabilidad.
Si se comprueba el incumplimiento del Proponente, sus empleados, representantes, asesores o de cualquier otra persona que en el Proceso de Contratación actúe en su nombre, es causal suficiente para el rechazo de la Oferta o para la terminación anticipada del acuerdo, si el incumplimiento ocurre con posterioridad a la adjudicación del mismo, sin perjuicio de que tal incumplimiento tenga consecuencias adicionales.
4.5.6 PROCESO DE SELECCIÓN
La Secretaría Distrital de Movilidad está interesada en la suscripción de un Acuerdo de Corresponsabilidad, cuyo objeto es “SUSCRIBIR UN ACUERDO DE CORRESPONSABILIDAD CON EL FIN DE REALIZAR LA CLASIFICACIÓN, RECOLECCIÓN, TRANSPORTE, APROVECHAMIENTO Y/O DISPOSICIÓN FINAL DE LOS RESIDUOS SÓLIDOS APROVECHABLES DE CARÁCTER NO PELIGROSO QUE
PRODUZCA LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD”, para lo cual, convoca a las Organizaciones y/o Asociaciones dedicadas a la recolección y disposición final de los residuos aprovechables cuyo centro de acopio esté ubicado en la Ciudad de Bogotá D.C.
Mediante el presente proceso se realizará la suscripción de un ACUERDO DE CORRESPONSABILIDAD el cual se regirá por el Decreto 400 de 2004 “Por el cual se impulsa el aprovechamiento eficiente de los residuos sólidos producidos en las entidades distritales”; por el Decreto 312 de 2006 “Por el cual se adopta el Plan Maestro para el Manejo Integral de Residuos Sólidos para Bogotá Distrito Capital”; por el Acuerdo 287 de 2007, “Por el cual se establecen lineamientos para aplicar las acciones afirmativas que garantizan la inclusión de los recicladores de oficio en condiciones de pobreza y vulnerabilidad en los procesos de gestión y manejo integral de los residuos sólidos”; por la Resolución 051 de 2014 “Por medio de la cual se establece la figura de Acuerdos de Corresponsabilidad con las Organizaciones de Recicladores como acción afirmativa de fortalecimiento”; y demás normas aplicables o aquellas que los modifiquen, adicionen o
sustituyan.
5. ANÁLISIS DEL SECTOR
El proceso de selección para el acuerdo de corresponsabilidad no es procedente enmarcarlo en una de las modalidades de selección de la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007 (Reglamentada por el Decreto Nacional 2473 de 2010 y 734 de 2012), Ley 1882 de 2018, Decreto 1082 de 2015 y demás normas que regulan la contratación estatal. Por lo anterior, se realizará una convocatoria pública para seleccionar a los prestadores de esta clase de servicios habilitados por la normatividad vigente, garantizando así la libre concurrencia y la idoneidad de quienes resulten seleccionados para la suscripción de acuerdos de corresponsabilidad o contratos tipo, según corresponda, por tanto se adelantará la convocatoria pública que tiene el objeto de “SUSCRIBIR UN ACUERDO DE CORRESPONSABILIDAD CON EL FIN DE REALIZAR LA CLASIFICACIÓN, RECOLECCIÓN, TRANSPORTE, APROVECHAMIENTO Y/O DISPOSICIÓN FINAL DE LOS RESIDUOS SÓLIDOS APROVECHABLES DE CARÁCTER NO PELIGROSO QUE PRODUZCA LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD”, correspondiente a la normatividad establecida para los acuerdos de corresponsabilidad es aplicable de conformidad con lo establecido en el numeral 3 del presente documento como son el Acuerdo Distrital 114 del 29 de diciembre de 2003, Decreto Distrital 400 de 2004, Decreto Distrital No. 312 de 2006 complementado por el Decreto Distrital 620 de 2007, Directiva Distrital No. 009 de 2006 de la Alcaldía Mayor de Bogotá, Acuerdo Distrital No. 287 de 2007, Resolución 051 de 2014 expedida por la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos (UAESP). De igual manera, también tendrán aplicación las normas legales que se dicten sobre la materia durante el desarrollo de este acuerdo de voluntades y que deban empezar a regir durante su vigencia.
Por consiguiente, se hará una convocatoria pública a través de la página Web de la Entidad en el cual podrán participar todas las Organizaciones de Recicladores que cumplan los requisitos aquí establecidos.
Generalidades
En el marco de lo previsto en el Decreto Nacional 457 de 2020, el Gobierno Nacional ha instaurado en su política pública el objetivo de mejorar el nivel de inclusión de los recicladores de oficio como prestadores del servicio público de aseo en la actividad de aprovechamiento. Estableciendo elementos transversales en este proceso como lo son: la definición de la economía circular y sus implicaciones, la participación de varias entidades públicas y el grado de coordinación entre las mismas y, finalmente, la noción de integralidad de la actividad de aprovechamiento.
5.1 IDENTIFICACIÓN DEL SECTOR ECONÓMICO DEL REQUERIMIENTO:
5.1.1 Identificación del sector económico del requerimiento
De acuerdo con la enciclopedia de Banrepcultural “La actividad económica está dividida en sectores económicos. Cada sector se refiere a una parte de la actividad económica cuyos elementos tienen características comunes, guardan una unidad y se diferencian de otras
agrupaciones. Su división se realiza de acuerdo con los procesos de producción que ocurren al interior de cada uno de ellos.
Según la división de la economía clásica, los sectores de la economía son los siguientes:
● Sector primario o sector agropecuario.
● Sector secundario o sector industrial.
● Sector terciario o sector de servicios.”
Dichos sectores que se mencionan anteriormente se componen de estas actividades:
Sector primario o agropecuario: Es el sector que obtiene el producto de sus actividades directamente de la naturaleza, sin ningún proceso de transformación. Dentro de este sector se encuentran la agricultura, la ganadería, la silvicultura, la caza y la pesca. No se incluyen dentro de este sector a la minería y a la extracción de petróleo, las cuales se consideran parte del sector industrial.
Sector secundario o industrial: Comprende todas las actividades económicas de un país relacionadas con la transformación industrial de los alimentos y otros tipos de bienes o mercancías, los cuales se utilizan como base para la fabricación de nuevos productos.
Sector terciario o de servicios: Incluye todas aquellas actividades que no producen una mercancía en sí, pero que son necesarias para el funcionamiento de la economía. Como ejemplos de ello tenemos el comercio, los restaurantes, los hoteles, el transporte, los servicios financieros, las comunicaciones, los servicios de educación, los servicios profesionales, el Gobierno, etc.
Es indispensable aclarar que los dos primeros sectores producen bienes tangibles, por lo cual son considerados como sectores productivos. El tercer sector se considera no productivo, puesto que no produce bienes tangibles, sin embargo; contribuye a la formación del ingreso nacional y del producto nacional.
Aunque los sectores anteriormente indicados son aquellos que la teoría económica menciona como sectores de la economía, es común que las actividades económicas se diferencien aún más dependiendo de su especialización. Lo anterior da origen a los siguientes sectores económicos, los cuales son:
1. Sector agropecuario: Corresponde al sector primario mencionado anteriormente.
2. Sector de servicios: Corresponde al sector terciario mencionado anteriormente.
3. Sector industrial: Corresponde al sector secundario mencionado anteriormente.
4. Sector de transporte: Hace parte del sector terciario, e incluye transporte de carga, servicio de transporte público, transporte terrestre, aéreo, marítimo, etc.
5. Sector de comercio: Hace parte del sector terciario de la economía, e incluye comercio al por mayor, minorista, centros comerciales, cámaras de comercio, San Xxxxxxxxxx, plazas xx xxxxxxx y, en general, a todos aquellos que se relacionan con la actividad de comercio de diversos productos a nivel nacional o internacional (…)”.
De acuerdo a lo anterior, se identifica que el sector al que pertenece el presente proceso de Acuerdo de Corresponsabilidad es el terciario.
5.1.2 GREMIOS Y ASOCIACIONES DEL SECTOR
● ASOCIACIONES:
La Asociación Nacional de Recicladores de Colombia ANR: Es una organización de tercer nivel, compuesta por Organizaciones Regionales de segundo grado o nivel que reúne a los grupos de base de Recicladores de Oficio, en las distintas zonas geográficas del País. La ANR, es la instancia de representación gremial de los Recicladores de oficio para la defensa de los intereses comunes del sector, a través de la Organización de las personas que ejercen el oficio, fortalecimiento de las Organizaciones e incidencia en las políticas públicas que protejan y aseguren la permanencia, mejores condiciones de vida y de trabajo y el reconocimiento y remuneración del sistema de aprovechamiento y reciclaje en el marco del servicio público de aseo.
Asociación Salitre Ambiental: Es una asociación ambiental con más de 14 años de experiencia trabajando con el reciclaje y los recicladores, apoyando cada proceso que se realiza en la ciudad. Su objetivo es ayudar a implementar buenas prácticas sostenibles con todo aquello que tenga que ver con el reciclaje; con un gran compromiso con reducir la contaminación y la huella de carbono que como seres humanos estamos dejando en el planeta. Apoya la conservación de la naturaleza y, brinda apoyo y acompañamiento a todos los recicladores que hacen parte de ella.
GREMIO:
ASOCIACIÓN GREMIAL DE RECICLAJE ASOAMBIENTAL CHÍA E.S.P: Es una
asociación de recicladores de oficio constituida en el municipio xx xxxx (Cundinamarca) la cual cuenta con supervisión y autorización de las autoridades gubernamentales competentes respecto al servicio de aprovechamiento, cuenta con alianzas comerciales muy importantes de diferentes empresas que comercializan y/o transforman el material reciclable en producto terminado. Como asociación busca la inclusión social, teniendo en sus asociados y colaboradores, población vulnerable, madres cabeza de hogar, entre otros. Cuenta con asociados capacitados para la recolección, transporte, clasificación de pesaje de materiales reciclables y/o residuos potencialmente aprovechables. Tiene experiencia en el sector por más de dos años, los cuales la hacen una asociación enfocada y direccionada a todas las regulaciones que exige el estado, en busca de un mejor bienestar de todos sus asociados y colaboradores.
ACOPLASTICOS: la entidad gremial colombiana sin ánimo de lucro, que reúne y representa a las empresas de las cadenas productivas químicas, que incluyen las industrias del plástico, caucho, pinturas, tintas y recubrimientos, fibras, impresión 3D y fabricantes digitales, materiales compuestos, petroquímica y sus relacionadas.
5.2 ASPECTOS ECONÓMICOS:
5.2.1 Aspecto mundial
El sector del reciclaje presenta grandes avances en el sector económico tanto a nivel nacional como internacional, así lo expone en su artículo 2la nota económica” e indica que en cuanto a exportaciones se generó en el 2023 un descenso no obstante a pesar de un descenso de -7,8% en las exportaciones de productos plásticos (en dólares) y de -7,7% en
las exportaciones de materiales plásticos (en toneladas) durante el período mencionado, la industria sigue contribuyendo significativamente a la economía colombiana, al ser uno de los principales sectores exportadores de Colombia. En las cifras del año, sobresale el caso de Brasil, con un incremento en los despachos de materias primas plásticas de 12,7%, y el de Estados Unidos, en el cual aumentan las exportaciones de PET reciclado en 83%, en cuanto a la Inversión, las importaciones de maquinaria para procesar plásticos y cauchos aumentaron un 8,2%, en los primeros 3 trimestres del año, mientras que las importaciones xx xxxxxx para plástico y caucho crecieron un 19%. Las inversiones en maquinaria para plásticos en 2022 fueron de 96,6 millones de dólares, con un crecimiento de 40,3% frente a 2021. En 2019, el valor fue cercano a 48 millones de dólares, lo cual evidencia una tendencia creciente en los últimos años
5.2.2 Aspecto Nacional
Aco plásticos, uno de los integrantes de gremios que reúne y representa a las empresas de las cadenas productivas químicas del plástico, pinturas, caucho y sus relacionadas, presentó el balance de la industria en Colombia, en el cual se destaca su contribución al desarrollo sostenible, a la economía nacional, los desafíos a los que se ha enfrentado y el aporte de la asociación para dinamizar el sector presento un informe sobre el comportamiento del reciclaje en Colombia e indica lo siguiente
“El reciclaje de plásticos está creciendo a gran escala y, hoy en día, se estima que se están aprovechando al año más de 350.000 toneladas de residuos plásticos posconsumo en Colombia.”
“Así mismo, según los resultados de la Encuesta de caracterización y crecimiento del reciclaje de plásticos en Colombia, realizada por Acoplásticos, el crecimiento de plástico reciclado en 2021 en el país fue del 19% en toneladas y de 145% en ventas. Esta tasa de crecimiento implica que Colombia puede duplicar el reciclaje de plásticos en tan solo 5 años. Paralelamente, entre 2019 y 2021, la capacidad instalada de la industria de reciclaje de plásticos creció un 40%, con un aumento del 120% en las inversiones, lo cual ha llevado a que actualmente más de 60,000 recicladores de oficio registrados se beneficien del dinamismo que genera este sector.”
5.3 Producto Interno Bruto
El PIB es la suma el valor monetario de la producción de bienes y servicios al interior de un país, una tasa de crecimiento elevada bajo circunstancias normales refleja una situación económica favorable.
En este entorno se procede a analiza el comportamiento del PIB en la actualidad dado que este indicador permite visualizar el decrecimiento o crecimiento del mismo y por tanto el impacto que podría generarse con las empresas que comercializan los productos objeto del presente proceso.
El Producto Interno Bruto crece 0,6% en el año 2023 respecto al año 2022 Las actividades económicas que más contribuyen a la dinámica del valor agregado son:
• Administración pública y defensa; planes de seguridad social de afiliación obligatoria; Educación; Actividades de atención de la salud humana y de servicios sociales crece 3,9% (contribuye 0,6 puntos porcentuales a la variación anual).
• Actividades financieras y de seguros crece 7,9% (contribuye 0,3 puntos
porcentuales a la variación anual).
• Actividades artísticas, de entretenimiento y recreación y otras actividades de servicios; Actividades de los hogares individuales en calidad de empleadores; actividades no diferenciadas de los hogares individuales como productores de bienes y servicios para uso propio crece 7,0% (contribuye 0,2 puntos porcentuales a la variación anual).
En el cuarto trimestre de 2023pr, el Producto Interno Bruto en su serie original, crece 0,3% respecto al mismo periodo de 2022p (ver tabla 1). Las actividades económicas que más contribuyen a la dinámica del valor agregado son:
• Agricultura, ganadería, caza, silvicultura y pesca crece 6,0% (contribuye 0,6 puntos porcentuales a la variación anual). • Administración pública y defensa; planes de seguridad social de afiliación obligatoria; Educación; Actividades de atención de la salud humana y de servicios sociales crece 3,8% (contribuye 0,5 puntos porcentuales a la variación anual).
• Actividades financieras y de seguros crece 5,5% (contribuye 0,2 puntos porcentuales a la variación anual respecto al trimestre inmediatamente anterior, el Producto Interno Bruto en su serie ajustada por efecto estacional y calendario crece 0,04%. Las actividades económicas con mayor crecimiento trimestral son: • Actividades financieras y de seguros crece 4,7%.
• Agricultura, ganadería, caza, silvicultura y pesca crece 2,7%. • Información y
comunicaciones crece 1,8%.
Frente a las industrias manufactureras espacio en el cual se enmarca nuestro proceso Para el año 2023, el valor agregado de explotación de las industrias manufactureras decrece 3,5%, respecto al año 2022.
En cuanto a la Transformación de la madera y fabricación de productos xx xxxxxx y xx xxxxxx, excepto muebles; fabricación de artículos de cestería y espartería;
fabricación de papel, cartón y productos de papel y de cartón; actividades de impresión; producción de copias a partir de grabaciones originales decrece 8,7%
5.3.1 Salario Mínimo Legal Vigente – SMLMV
El gobierno nacional estableció un aumento del 12,07% en el salario mínimo mensual y del 15,22% en el auxilio de transporte. Estos cambios entraron en vigencia el 1 de enero, El monto xxx xxxxxxx mínimo para el año 2024 quedó en $
1.300.000 pesos con un auxilio de transporte de $ 162.000 pesos ($ 1.300.000 pesos xx xxxxxxx + auxilio de transporte) y fue definido por medio de los Decreto 2292 del 29 de diciembre de 2023, el cual se fija el salario mínimo mensual legal y el Decreto y 2293 de diciembre 29 del 2023 el cual establece el auxilio de transporte. El aumento xxx xxxxxxx mínimo para 2024 es del 12,07% frente al $1.160.000 pesos xxx xxxxxxx mínimo en 2023, ha estado sobre los dos dígitos de manera consecutiva. Empezó a regir a partir del 1 de enero de 2023. A continuación, el siguiente cuadro, muestra los incrementos que ha tenido el salario mínimo de los últimos 11 años:
AÑO | SALARIO MINIMO MENSUAL | INCREMENTO NOMINAL SML |
2011 | 535,600 $ | 4.0% |
2012 | 566,700 $ | 5.8% |
2013 | 589,500 $ | 4.0% |
2014 | 616,000 $ | 4.5% |
2015 | 644,350 $ | 4.6% |
2016 | 689,455 $ | 7.0% |
2017 | 737,717 $ | 7.0% |
AÑO | SALARIO MINIMO MENSUAL | INCREMENTO NOMINAL SML |
2018 | 781,242 $ | 5.9% |
2019 | 828,116 $ | 6.0% |
2020 | 877,803 $ | 6.0% |
2021 | 908,526 $ | 3.5% |
2022 | 1,000,000 | 10% |
2023 | 1.160.000 | 16% |
2024 | 1.300.000 | 12,07% |
Fuente: Elaboración propia
Teniendo en cuenta lo anterior, para el presente proceso de Acuerdo es importante conocer el comportamiento del SMLMV, dado a que permite identificar la evolución, la tendencia y las transformaciones estructurales de la economía, los cuales son insumo para la toma de decisiones en materia del objeto a acordar.
5.3.2 Empleo y desempleo – DANE
El análisis de las variables que arroja el estudio del DANE en cuanto a empleo y desempleo permite determinar las estadísticas relacionada con el mercado laboral; estas variables son contempladas dentro del presunto estudio con el fin de analizar el aumento o disminución que genera en ocupación a nivel nacional la rama de actividad a la cual pertenece el presente proceso así como el comportamiento en la Ciudad de Bogotá sede donde se desarrollan las actividades del mismo, en este orden encontramos lo siguiente:
Para el mes xx xxxxx de 2024, la tasa de desocupación del total nacional fue 11,3%, lo que representó un aumento de 1,3 puntos porcentuales respecto al mismo mes de 2023 (10,0%). La tasa global de participación se ubicó en 63,9%, mientras que en el mismo mes del año anterior fue 64,3%. Finalmente, la tasa de ocupación fue 56,7%, lo que representó una disminución de 1,2 puntos porcentuales respecto al mismo mes de 2023 (57,9%)... 3.
Tasa global de participación, ocupación y desempleo Total nacional
Marzo (2023 – 2024)
3 xxxxx://xxx.xxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxxxxxxxx/XXXX/xxx-XXXX-xxx0000.xxx
En marzo de 2024, la tasa de desocupación en el total de las 13 ciudades y áreas metropolitanas fue 10,8%, mientras que en marzo de 2023 fue 10,5%. Por su parte, la tasa global de participación se ubicó en 67,1% y la tasa de ocupación en 59,9%. En el mismo mes del año anterior, estas tasas fueron 66,8% y 59,8%, respectivamente
Tasa global de participación, ocupación y desocupación Total nacional Marzo (2016 - 2024)
1.2.2.4 Población ocupada según rama de actividad
En el mes xx xxxxx de 2024, el número de personas ocupadas en el total nacional fue 22.645 miles de personas. Las ramas que más aportaron a la disminución de la población ocupada fueron Agricultura, ganadería, caza, silvicultura y pesca (0,9 puntos porcentuales); Alojamiento y servicios de
comida (0,4 puntos porcentuales) y Administración pública y defensa, educación y atención de la salud humana (0,3 puntos porcentuales).
Distribución porcentual, variación absoluta y contribución a la variación de la población ocupada según rama de actividad* Total nacional Marzo (2023 - 2024)
De lo anterior podemos concluir que el comercio, actividad en la que se enmarcan el presente proceso, presenta un aumento en comparación con el mes xx Xxxxx de 2024-2023 de 3.958 a 4.078
5.3.3 índice de precio al consumidor- IPC
El IPC nos ayuda a medir el impacto de las variaciones en los precios en el aumento del coste de vida. Para ello selecciona productos concretos, que se asemejan al consumo de una familia, como pueden ser determinados comestibles, calzado y textil, carburantes, transportes y otros servicios.”
Este indicador, sirve como referencia para medir las variaciones de los precios dentro de la dinámica familiar, y así, conocer el estado de la economía colombiana. Este es un indicador general de inflación y permite conocer variaciones de precios de un conjunto de bienes y servicios, mediante la canasta de seguimiento de 12 divisiones de bienes y servicios, analizaremos la división a la cual pertenece el objeto del presente proceso a nivel general este índice permite definiciones de políticas monetaria, o para toma de decisiones de cuánto van a crecer las tarifas de ciertos bienes y servicios, así las cosas teniendo en cuenta el inicio de vigencia 2024 se debe contemplar el alza en los bienes y servicios que se van a adquirir en el presente proceso
Índice de precios al consumidor Marzo 20224
En el mes xx xxxxx de 2024, el IPC registró una variación de 0,70% en comparación con febrero de 2024, seis divisiones se ubicaron por encima del promedio nacional (0,70%): Transporte (1,14%), Salud (1,13%), Restaurantes y hoteles (0,94%), Alojamiento, agua, electricidad, gas y otros combustibles (0,83%), Bebidas alcohólicas y tabaco (0,78%) y por último, Alimentos y bebidas no alcohólicas (0,75%). Por debajo se ubicaron: Muebles, artículos para el hogar y para la conservación ordinaria del hogar (0,25%), Bienes y servicios diversos (0,24%), Educación (0,18%), Prendas de vestir y calzado (0,12%), Información y comunicación (-0,01%) y por último, Recreación y cultura (-0,54%)
IPC Variación y contribución mensual Según divisiones de xxxxx Xxxxx 2023 – 2024
5.4 ANALISIS DE LA OFERTA
42. ¿Quién oferta el servicio de reciclaje?
1. Existen Organizaciones de recicladores ORA que es una forma asociativa integrada en orden superior al 90% por recicladores de oficio, habilitada por la UAESP y autorizada por la Superintendencia de Servicios Públicos para la prestación del servicio de recolección y transporte del material potencialmente reciclable y reutilizable (MPRR). Estas organizaciones tienen como beneficio el: Desarrollar la actividad de recolección y transporte de MPRR en Bogotá, Recibir, mediante su organización, una suma de dinero - vía tarifa - en reconocimiento a la labor de recolección y transporte de MPRR. Comercializar los residuos en forma libre, obteniendo otra fuente de ingresos económicos, Ser empresario, ejercer sus derechos y obligaciones; así como recibir los beneficios sociales de su organización y laborar por el bienestar del reciclador y sus familias.
2. En la actualidad aparecen registradas en la página web de la UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE SERVICIOS PÚBLICOS – UAESP, un listado con (127) Organizaciones de recicladores habilitadas, las cuales se encuentran en el siguiente link xxxx://xxx.xxxxx.xxx.xx/xxxxxxx/xxxx-xxxxx-xxxxxxxxxxxxxx- recicladores.
3. El funcionamiento xxx xxxxxxx de reciclaje tiene un esquema que opera de manera similar en casi todas las regiones, con algunas variantes y especificidades propias de cada materia prima y de cada localidad. Existe una industria transformadora que actúa como consumidora final de los productos más representativos: cartón, papel, vidrio y chatarra metálica y un conjunto de proveedores jerarquizados y diferenciados por su capacidad económica. Este modelo se reproduce en menor escala para todos los agentes; es un reflejo del modelo económico que estratifica a las empresas y le asigna unos roles en la cadena de valor y los remunera según su ubicación en la pirámide (trabajador individual, microempresa, pequeña empresa, gran empresa)1. No existe una diferenciación muy profunda de los sistemas comerciales del reciclaje en las distintas regiones, pero obviamente los grados de acumulación de materiales son proporcionales al tamaño de la población de cada ciudad, concentrándose mayoritariamente la actividad en las ciudades de Bogotá, Cali, Medellín y Barranquilla, principalmente.
5.5 ANÁLISIS DE LA DEMANDA
43. ¿Cómo ha adquirido la Entidad Estatal en el pasado este servicio?
1. Una vez realizada la consulta en la Plataforma de Contratación del SECOP II de contratos adjudicados y celebrados de los últimos 5 años y en la página institucional de la entidad a fin de establecer qué otros procesos de acuerdo de
corresponsabilidad con el fin de “REALIZAR LA CLASIFICACIÓN, RECOLECCIÓN, TRANSPORTE, APROVECHAMIENTO Y/O DISPOSICIÓN FINAL DE LOS RESIDUOS SÓLIDOS APROVECHABLES DE CARÁCTER NO PELIGROSO QUE PRODUZCA LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD” encontramos lo
siguiente
NUMERO CONTRA TO | TIPO DE CONTRATO | EMPRESA | OBJETO | FECHA DE INICIO | DECHA DE TERMINACI ON | PRORRO GA |
REALIZAR LA | ||||||
CLASIFICACIÓ | ||||||
N, | ||||||
RECOLECCIÓ | ||||||
N, | ||||||
TRANSPORTE | ||||||
Y | ||||||
DISPOSICIÓN | ||||||
FINAL DE LOS | ||||||
RESIDUOS | ||||||
SÓLIDOS | ||||||
APROVECHAB | ||||||
LES DE | ||||||
CARÁCTER | ||||||
NO | ||||||
ASOCIACIÓN | PELIGROSO | |||||
DE | QUE | |||||
RECUPERADO | PRODUZCA | |||||
RES | LA | 20 DE | ||||
ACUERDO DE | AMBIENTALES | SECRETARÍA | OCTUBR | 20 DE | ||
2018- | CORRESPONSABIL | ASEO | DISTRITAL DE | E DE | OCTUBRE | NO |
1871 | IDAD | ECOACTIVA | MOVILIDAD. | 2019 | DE 2020 | APLICA |
REALIZAR LA | ||||||
CLASIFICACIÓ | ||||||
N, | ||||||
RECOLECCIÓ | ||||||
N, | ||||||
TRANSPORTE | ||||||
Y | ||||||
DISPOSICIÓN | ||||||
FINAL DE LOS | ||||||
RESIDUOS | ||||||
SÓLIDOS | ||||||
APROVECHAB | ||||||
LES DE | ||||||
CARÁCTER | ||||||
NO | ||||||
PELIGROSO | ||||||
QUE | ||||||
PRODUZCA | ||||||
LA | ||||||
ACUERDO DE | SECRETARÍA | 23 DE | 22 DE | |||
2021- | CORRESPONSABIL | PUERTA DE | DISTRITAL DE | XXXXX XX | XXXXX DE | NO |
1923 | IDAD | ORO | MOVILIDAD. | 2021 | 2022 | APLICA |
NUMERO CONTRA TO | TIPO DE CONTRATO | EMPRESA | OBJETO | FECHA DE INICIO | DECHA DE TERMINACI ON | PRORRO GA |
REALIZAR LA | ||||||
CLASIFICACIÓ | ||||||
N, | ||||||
RECOLECCIÓ | ||||||
N, | ||||||
TRANSPORTE | ||||||
Y | ||||||
DISPOSICIÓN | ||||||
FINAL DE LOS | ||||||
RESIDUOS | ||||||
SÓLIDOS | ||||||
APROVECHAB | ||||||
LES DE | ||||||
CARÁCTER | ||||||
NO | ||||||
PELIGROSO | ||||||
QUE | ||||||
PRODUZCA | ||||||
LA | 28 DE | |||||
ACUERDO DE | SECRETARÍA | NOVIEMB | 27 DE | 26 DE | ||
2022- | CORRESPONSABIL | PUERTA DE | DISTRITAL DE | RE DE | NOVIEMBR | MAYO DE |
1967 | IDAD | ORO | MOVILIDAD. | 2022 | E DE 2023 | 2024 |
5.6 HISTÓRICO DE LAS ADQUISICIONES – OTRAS ENTIDADES
Para el efecto, se enuncian algunos Acuerdos de Corresponsabilidad similares al que se pretende celebrar en el presente proceso de selección. Se realiza consulta en páginas institucionales y en el Secop II encontrando las siguientes adquisiciones.
NUMERO DE PROCESO | AÑO | ENTIDAD | OBJETO | PLAZO DE EJECUCIÓN | VALOR | EJECUTOR |
CELEBRAR UN | ||||||
ACUERDODE | ||||||
CORRESPONSABILIDAD | ||||||
CON UNA EMPRESA DE | ||||||
RECICLAJE, PARA | ||||||
REALIZAR LA GESTIÓN | ||||||
INTEGRAL | ||||||
DE LOS RESIDUOS | ||||||
SÓLIDOS | ||||||
APROVECHABLES DE | ||||||
CARÁCTER NO | ||||||
PELIGROSO, | ||||||
GENERADOS EN LAS | ||||||
INSTALACIONES DONDE | ASOCIACION | |||||
FONDO | FUNCIONA | COOPERATIVA | ||||
FINANCIERO | LA SECRETARÍA | DE | ||||
FFDS-MC- | DISTRITAL DE | DISTRITAL DE SALUDY | Doce meses | RECICLADORES | ||
000-0000 | 0000 | SALUD | SUS SEDES | (12) | $ 0 | DE BOGOTA |
NUMERO DE PROCESO | AÑO | ENTIDAD | OBJETO | PLAZO DE EJECUCIÓN | VALOR | EJECUTOR |
Aunar esfuerzos entre la | ||||||
Función Pública y la | ASOCIACION | |||||
Asociación Cooperativa de | COOPERATIVA | |||||
Recicladores de | DE | |||||
CD-248- | Bogotá – ARB para la | Doce meses | RECICLADORES | |||
2017 | 2019 | DAFP | recolección, transporte y | (12) | $ 0 | DE BOGOTA |
SUSCRIBIR UN | ||||||
ACUERDO DE | ||||||
CORRESPONSABILIDAD | ||||||
CON EL FIN DE | ||||||
REALIZAR LA | ||||||
CLASIFICACIÓN, | ||||||
RECOLECCIÓN, | ||||||
TRANSPORTE, | ||||||
ALMACENAMIENTO Y | ||||||
DISPOSICIÓN FINAL DE | ||||||
RESIDUOS | ||||||
APROVECHABLES DE | ||||||
SECRETARIA | CARÁCTER NO | |||||
DISTRITAL DE | PELIGROSO QUE | |||||
DESARROLLO | GENERA LA | ASOCIACION DE | ||||
ECONOMICO - | SECRETARÍA DE | RECICLADORES | ||||
SDDE-PC- | ALCALDIA | DESARROLLO | CRECER SIN | |||
000-0000 | 0000 | BOGOTÁ | ECONÓMICO | 24 meses | $ 0 | FRONTERAS |
ACUERDO DE | ||||||
CORRESPONSABILIDAD | ||||||
PARA REALIZAR LA | ||||||
GESTIÓN INTEGRAL DE | ||||||
LOS RESIDUOS | ||||||
SÓLIDOS | ||||||
APROVECHABLES DE | ||||||
CARÁCTER NO | ||||||
PELIGROSO, | ||||||
FONDO | GENERADOS POR LA | ASOCIACION DE | ||||
FINANCIERO | SECRETARIA DISTRITAL | RECICLADORES | ||||
FFDS-PC- | DISTRITAL DE | DE SALUD Y SUS SEDES | CRECER SIN | |||
000-0000 | 0000 | SALUD | EN CUSTODIA | 18 meses | $ 0 | FRONTERAS |
CELEBRAR ACUERDO | ||||||
DE | ||||||
CORRESPONSABILIDAD | ||||||
PARA LA | ||||||
CLASIFICACIÓN Y | ||||||
RECOLECCIÓN DE LOS | ||||||
RESIDUOS SÓLIDOS | ||||||
RECICLABLES DE | ||||||
CARÁCTER NO | ASOCIACION DE | |||||
IDU-IP- | INSTITUTO DE | PELIGROSO | RECICLADORES | |||
DTAF-001- | DESARROLLO | GENERADOS EN LAS | PUERTA DE ORO | |||
2022 | 2023 | URBANO | SEDES DEL IDU | 24 meses | $ 0 | BOGOTA |
NUMERO DE PROCESO | AÑO | ENTIDAD | OBJETO | PLAZO DE EJECUCIÓN | VALOR | EJECUTOR |
Celebrar Acuerdo de | ||||||
Corresponsabilidad para la | ||||||
separación, clasificación, | ||||||
recolección, transporte y | ||||||
disposición final | ||||||
aprovechable de los | ||||||
residuos sólidos de | ||||||
carácter no peligroso | ||||||
generados en la sede en | ||||||
donde funciona el | ||||||
INSTITUTO PARA LA | ||||||
INVESTIGACIÓN | ||||||
EDUCATIVA Y EL | ||||||
DESARROLLO | ||||||
PEDAGÓGICO - IDEP, así | ||||||
Realizar la recolección y | ||||||
disposición de los residuos | ||||||
sólidos potencialmente | ||||||
aprovechables, de carácter | CORPORACION | |||||
110 DE | no peligroso, generados | CENTRO | ||||
2022 IDEP | por los usuarios en las | HISTORICO - | ||||
- RE | 2022 | IDEP | instalaciones del IDEP | 24 meses | $ 0 | CENHIS |
Celebrar Acuerdo de | ||||||
Corresponsabilidad para la | ||||||
prestación del servicio de | ||||||
separación, clasificación, | ||||||
recolección, transporte, | ||||||
aprovechamiento y/o | ||||||
disposición final de | ||||||
residuos sólidos | ||||||
aprovechables de carácter | ASOCIACION DE | |||||
no peligrosos generados | RECICLADORES | |||||
AC-019- | en las sedes de Bogotá del | PUERTA DE ORO | ||||
2022 | 2022 | ICANH | ICANH. | 24 meses | $ 0 | BOGOTA |
5.5. EMPRESAS DEL SECTOR
La Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos – UAESP, de conformidad con lo establecido en la Resolución 061 de 2013 modificada por la Resolución 588 de 2018 y, la Resolución 068 de 2014 expedidas por dicha entidad distrital, tiene relacionadas en la actualidad 127 Organizaciones de Recicladores Habilitadas en la ciudad de Bogotá avaladas en el Registro Único de Recicladores de Oficio -RUOR. Las Organizaciones relacionadas se encuentran constituidas mayoritariamente por recicladores de oficio, cuyo objeto social está relacionado con la prestación del servicio público de aseo en los componentes de aprovechamiento y reciclaje, con un alto grado de empoderamiento y representatividad en los procesos operativos, administrativos y de toma de decisiones por parte de sus asociados.
ID | NIT maestra | ESTADO DE LA ORGANIZACIÓN | NOMBRE ORGANIZACIÓN | SIGLA DE LA ASOCIACION |
1 | 830.080.997 | ACTIVA | ASOCIACION DE RECICLADORES XXXXX XXXXXX Y 12 DE OCTUBRE | ASOCIACION DE RECICLADORES XXXXX XXXXXX Y 12 DE OCTUBRE |
2 | 900.180.258 | ACTIVA | ASOCIACION RECICLEMOS DIFERENTE EMPRESA DE SERVICIOS PUBLICOS E.S.P. | ASOREDI E.S.P. |
3 | 900.730.145 | ACTIVA | ASOCIACION DE RECICLADORES DEL TOBERIN | ASORTOBERIN |
4 | 900.710.817 | ACTIVA | ASOCIACION DE RECICLADORES ACTIVOS XX XXXXXXX ESP | ASOCIACION DE RECICLADORES ACTIVOS XX XXXXXXX ESP |
5 | 900.505.305 | ACTIVA | ASOCIACION DE RECUPERADORES PUNTO ECOLOGICO M Y M UNIVERSAL CONSTRUYENDO COMUNIDAD | ASOCIACION DE RECUPERADORES PUNTO ECOLOGICO M Y M UNIVERSAL CONSTRUYENDO COMUNIDAD |
6 | 900.810.820 | ACTIVA | ASOCIACION DE RECICLADORES | ASORELLE |
7 | 900.712.732 | ACTIVA | CORPORACION CENTRO HISTORICO | CENHIS |
8 | 900.838.513 | ACTIVA | ASOCIACION DE RECICLADORES MODELO DE VIDA ZONA DECIMA | AMODEVI |
9 | 900.098.036 | ACTIVA | ASOCIACION DE RECICLADORES PROMOTORES DEL PORVENIR ECOLOGICO XX XXXXXXXX | ARPE |
10 | 900.868.979 | ACTIVA | RECUPERADORA AMBIENTAL ENGATIVA | RECUPERADORA AMBIENTAL ENGATIVA |
11 | 900.266.346 | ACTIVA | ASOCIACION DE RECICLADORES XX XXXXXXXX ZONA 10 LA CUAL PODRA ADEMAS SER IDENTIFICADA BAJO LA SIGLA AREZ 10 | AREZ 10 |
12 | 901.048.261 | ACTIVA | ASOCIACION DE RECUPERADORES AMBIENTALES COLOMBIA VIVA 7 E.S.P. | ASORECICLA 7 E.S.P. |
13 | 900.570.270 | ACTIVA | FESNOPMA COOPERATIVA EMPRESA DE SERVICIOS PUBLICOS | FESNOPMACOESP |
ID | NIT maestra | ESTADO DE LA ORGANIZACIÓN | NOMBRE ORGANIZACIÓN | SIGLA DE LA ASOCIACION |
14 | 900.307.726 | ACTIVA | ASOCIACION DE RECICLADORES Y RECUPERADORES AMBIENTALES MILENIUM 3000 | ASOCIACION DE RECICLADORES Y RECUPERADORES AMBIENTALES MILENIUM 3000 |
15 | 900.792.184 | ACTIVA | CORPORACION DE RECICLADORES XX XXXXXXXX | CORPOSACRE |
16 | 900.827.104 | ACTIVA | ASOCIACION DE RECICLADORES DE OFICIO NEW WORLD | ASOCIACION DE RECICLADORES DE OFICIO NEW WORLD |
17 | 900.858.011 | ACTIVA | ASOCIACION DE RECICLADORES DE OFICIO LAZOS UNIDOS MEDIANTE ESPERANZAS NUEVAS | LUMEN |
18 | 900.719.883 | ACTIVA | COOPERATIVA DE RECUPERADORES ASOCIADOS DE TEUSAQUILLO | COPRAT ESP |
19 | 830.147.673 | ACTIVA | ASOCIACION DE RECICLADORES DE XXXXXX XXXXX XXXXX FORMANDO COMUNIDAD | ASOCIACION DE RECICLADORES DE XXXXXX XXXXX XXXXX FORMANDO COMUNIDAD |
20 | 900.720.401 | ACTIVA | ASOCIACION DE RECUPERADORES AMBIENTALES SIN DIFERENCIA | ARASID |
21 | 900.107.364 | ACTIVA | ASOCIACION EMPRESARIOS DEL FUTURO | ASOEF |
22 | 900.698.305 | ACTIVA | ASOCIACIÓN DE RECUPERADORES AMBIENTALES | ASOREAMB |
23 | 900.312.827 | ACTIVA | ASOCIACION DE RECICLADORES CRECER SIN FRONTERAS ARCRECIFRONT | ASOCIACION DE RECICLADORES CRECER SIN FRONTERAS ARCRECIFRONT |
24 | 900.171.756 | ACTIVA | ASOCIACION DE RECUPERADORES LA ESPERANZA | ASOCIACION DE RECUPERADORES LA ESPERANZA |
25 | 900.756.978 | ACTIVA | ASOCIACION DE RECUPERADORES DE MATATIGRES | AREMAT |
26 | 901.066.610 | ACTIVA | ASOCIACION DEFENSORA DE RECICLADORES Y EL MEDIO AMBIENTE | ADRYMA |
ID | NIT maestra | ESTADO DE LA ORGANIZACIÓN | NOMBRE ORGANIZACIÓN | SIGLA DE LA ASOCIACION |
27 | 900.244.164 | ACTIVA | RECIKOLPING ASOCIACION DE RECICLADORES | RECIKOLPING |
28 | 900.877.555 | ACTIVA | ASOCIACION BASICA DE RECICLAJE SINEAMBORE | SINEAMBORE |
29 | 900.171.940 | ACTIVA | ASOCIACION DE RECICLADORES POR UN MAÑANA MEJOR | APM |
30 | 830.063.069 | ACTIVA | ASOCIACION DE RECICLADORES XX XXXX XXXXX | XXXXX |
31 | 900.138.708 | ACTIVA | ASOCIACION DE RECICLADORES DE OFICIO UNIDOS POR USME | ASOBEUM |
32 | 900.714.648 | ACTIVA | RC ASOCIACION RECICLOSOCIAL | RC ASOCIACION RECICLOSOCIAL |
33 | 900.875.422 | ACTIVA | ASOCIACION DE RECICLADORES PLANETARIA UNIDOS SOSTENIBLE | ARPUS |
34 | 900.775.706 | ACTIVA | ASOCIACION SOLUCIONES AMBIENTALES POSITIVAS ESP | ASOAP |
35 | 900.643.834 | ACTIVA | ASOCIACION DE RECICLADORES PROTEGIENDO EL PLANETA | ASOCIACION DE RECICLADORES PROTEGIENDO EL PLANETA |
36 | 901.067.972 | ACTIVA | ASOCIACION XXXXX | ORGANIZACION VIDA NUEVA DE COLOMBIA |
37 | 000.000.000 | ACTIVA | ASOCIACION DE RECICLADORES BUENOS AIRES XXXXXX | ASOCIACION DE RECICLADORES BUENOS AIRES XXXXXX |
38 | 800.130.264 | ACTIVA | ASOCIACION COOPERATIVA DE RECICLADORES DE BOGOTA | ARB ESP |
39 | 830.056.228 | ACTIVA | ASOCIACION COLOMBIANA DE RECICLADORES GAIAREC | GAIAREC |
40 | 900.877.627 | ACTIVA | ASOCIACION DE RECICLADORES Y PROTECCION AMBIENTAL | ARYPA |
41 | 900.889.486 | ACTIVA | ASOCIACION DE RECICLADORES JUNTOS POR LA SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL | ARSA |
ID | NIT maestra | ESTADO DE LA ORGANIZACIÓN | NOMBRE ORGANIZACIÓN | SIGLA DE LA ASOCIACION |
42 | 900.881.738 | ACTIVA | ASOCIACION DE RECUPERADORES AMBIENTALES BOGOTA MAS LIMPIA | ASORECUPERAR SM |
43 | 800.135.353 | ACTIVA | COOPERATIVA DE TRABAJO ASOCIADO ECOAMBIENTAL EL PORVENIR | COOPERATIVA DE TRABAJO ASOCIADO ECOAMBIENTAL EL PORVENIR |
44 | 900.883.522 | ACTIVA | ASOCIACION DE RECICLADORES AMBIENTALES | JAG |
45 | 900.300.229 | ACTIVA | ASOCIACION DE CARRETEROS RECICLADORES DE BOGOTA | ACB |
46 | 900.743.909 | ACTIVA | ASOCIACION COLOMBIANA DE RECICLADORES DE BOGOTA | ACORB |
47 | 900.705.362 | ACTIVA | ASOCIACION DE RECLADORES POR COLOMBIA | ARPC |
48 | 000.000.000 | ACTIVA- REMPLAZA A COOPNACBO | ASOCIACION DE RECUPERADORES AMBIENTALES NUEVO AMBIENTE | ASEO NUEVO AMBIENTE |
49 | 900.661.107 | ACTIVA | ASOCIACION DE RECICLADORES POR UNA BOGOTA MEJOR Y MAS LIMPIA ESP | XXXX.ESP |
50 | 900.097.853 | ACTIVA | ASOCIACIÓN DE RECICLADORES XX XXXXXX XXXXXX LA COLOMBIANITA | ASOCOLOMBIANITA |
51 | 830.130.724 | ACTIVA | ASOCIACION DE RECICLADORES XX XXXXXX XXXXXX | ARPA |
52 | 900.987.974 | ACTIVA | ASOCIACION XX XXXXXX XXXXXX RECICLADORES INDEPENDIENTES | ASOPAREIN |
53 | 900.710.251 | ACTIVA | COPORACION DE RECICLADORES XX XXXXXX XXXXXX | CORPOARANDA |
54 | 900.509.332 | ACTIVA | ASOCIACION ECO ALIANZA ESTRATEGICA DE RECICLADORES | ECOALIANZA |
55 | 900.758.662 | ACTIVA | ASOCIACION RECICLADORES XXXXXX XXXXXX | ASOCIACION RECICLADORES XXXXXX XXXXXX |
ID | NIT maestra | ESTADO DE LA ORGANIZACIÓN | NOMBRE ORGANIZACIÓN | SIGLA DE LA ASOCIACION |
56 | 900.733.078 | ACTIVA | ASOCIACION ECO RESIDUOS | ASOCIACION ECO RESIDUOS |
57 | 830.032.354 | ACTIVA | ASOCIACION DE RECICLADORES XXXXX XXXX XXXXXXXX LOCALIDAD 16 XX XXXXXX XXXXXX ARPLT ESP | ASOCIACION DE RECICLADORES XXXXX XXXX XXXXXXXX LOCALIDAD 16 XX XXXXXX XXXXXX ARPLT ESP |
58 | 900.237.033 | ACTIVA | ASOCIACIÓN DE RECICLADORES EL TRIUNFO | ASORETRIUNFO |
59 | 900.758.340 | ACTIVA | ASOCIACION DE RECICLADORES Y PRESTADORES DE SERVICIO AMBIENTAL ALQUERIA | APREAM |
60 | 901.076.846 | ACTIVA | ASOCIACION MUNDIAL AMIGOS DEL RECICLAJE E.S.P | ASOMUNAR |
61 | 901.093.251 | ACTIVA | ASOCIACION DE RECICLADORES COLOMBIA AMBIENTAL | ARCA |
62 | 000.000.000 | ACTIVA | ASOCIACION DE RECUPERADORES AMBIENTALES DE COLOMBIA 7 | ASOAMBIENTAL7 |
63 | 000.000.000 | ACTIVA | ASOCIACION DE COROTEROS Y RECICLADORES | ASOCORE |
64 | 900.755.167 | ACTIVA | ASOCIACION NACIONAL DE RECUPERADORES AMBIENTALES | ASONDRA |
65 | 830.136.088 | ACTIVA | CORPORACION COLOMBIANA DE RECICLAJE | CORPORECICLAJE |
66 | 900.296.491 | ACTIVA | ASOCIACION DE RECICLADORES PUERTA DE ORO BOGOTA | ASOCIACION DE RECICLADORES PUERTA DE ORO BOGOTA |
67 | 900.657.212 | ACTIVA | ASOCIACION DE ASEO DE RECICLADORES Y CARRETEROS RECICLEMOSTODOS | ASEO RECICLEMOS TODO ESP |
68 | 900.104.825 | ACTIVA | ASOCIACION GRUPO EMPRESARIAL DE RECICLADORES DE LA ZONA OCTAVA | GER 8 |
69 | 900.756.375 | ACTIVA | ASOCIACION DE RECICLADORES Y PROCESADORES | REPROCESANDO ESP |
ID | NIT maestra | ESTADO DE LA ORGANIZACIÓN | NOMBRE ORGANIZACIÓN | SIGLA DE LA ASOCIACION |
70 | 900.724.574 | ACTIVA | ASOCIACION DE RECICLADORES RECICLAR ES VIDA | ASEO VIDA ESP |
71 | 900.873.736 | ACTIVA | ASOCIACION RECUPERANDO MATERIALES RECICLABLES XX XXXXXXX | ASOCIACION RECUPERANDO MATERIALES RECICLABLES XX XXXXXXX |
72 | 900.742.481 | ACTIVA | MUJERES POR UN AMBIENTE MEJOR | MUJERES POR UN AMBIENTE MEJOR |
73 | 900.341.290 | ACTIVA | ASOCIACION DE RECICLADORES DE XXXXX XXX | ASOMARIPAZ |
74 | 900.975.778 | ACTIVA | ASOCIACION DE RECUPERADORES DEL MEDIO AMBIENTE DE BOGOTA | ASORMABOT |
75 | 830.048.361 | ACTIVA | ASOCIACION DE RECICLAJE RECICLATODO S | ASOCIACION DE RECICLAJE RECICLATODO S |
76 | 900.770.381 | ACTIVA | ASOCIACION DE RECICLADORES ECOPLANETA EL AMPARO E S P | ASOCIACION DE RECICLADORES ECOPLANETA EL AMPARO E S P |
77 | 900.425.622 | ACTIVA | ASOCIACIÓN DE RECICLADORES AMBIENTALES | XXXXX |
78 | 900.358.885 | ACTIVA | ASOCIACION RECUPERADORES AMBIENTALISTAS COLOMBIANOS | ARRECOL |
79 | 830.076.375 | ACTIVA | ASOCIACIÓN DE RECICLADORES DE LA LOCALIDAD 11 XX XXXX | ARS |
80 | 900.968.565 | ACTIVA | ASOCIACION ORA AMBIENTAL ACTIVA DE RECICLADORES DE BOGOTA | ASOACTIVA |
81 | 900.113.247 | ACTIVA | ASOCIACION DE FAMILIAS RECICLADORAS INDEPENDIENTES XX XXXX | ASOFRAIN |
82 | 900.360.980 | ACTIVA | ASOCIACIÓN DE RECICLADORES AMBIENTALES | ASOREMEC |
83 | 900.650.919 | ACTIVA | ASOCIACIÓN ECOLÓGICA DE RECICLADORES | ECOORA |
ID | NIT maestra | ESTADO DE LA ORGANIZACIÓN | NOMBRE ORGANIZACIÓN | SIGLA DE LA ASOCIACION |
84 | 900.242.980 | ACTIVA | ASOCIACION DE RECICLADORES EN CRECIMIENTO | RECICRECER |
85 | 900.972.149 | ACTIVA | ASOCIACION DE LIDERES DEL RECICLAJE SUPER ECA | SUPERECA |
86 | 900.001.428 | ACTIVA | ASOCIACION COMUNITARIA LA CARBONERA XX XXXX | ASOCIACION COMUNITARIA LA CARBONERA XX XXXX |
87 | 900.115.645 | ACTIVA | ASOCIACION COLECTIVO LOMA VERDE | COLECTIVO LOMA VERDE |
88 | 900.651.202 | ACTIVA | ASOCIACION ORA BOGOTA RECICLA ESP | O.R.A BOGOTA RECICLA ESP |
89 | 900.819.084 | ACTIVA | ASOCIACION DE RECICLADORES ECOLOGICA PARA UN AMBIENTE MEJOR | ASOREPAM |
90 | 900.239.602 | ACTIVA | ASOCIACION SOLUCION AMBIENTAL | ASOCIACION SOLUCION AMBIENTAL |
91 | 900.276.163 | ACTIVA | RED DE ORGANIZACIONES DE RECICLADORES AMBIENTALES | DAME TU MANO |
92 | 901.066.428 | ACTIVA | ASOCIACION MUNDIAL DEL RECICLADOR POR EL PLANETA | XXXXXX.PLANETA |
93 | 900.674.467 | ACTIVA | ASOCIACION COLOMBIANA DE RECUPERADORES UNIDOS POR BOGOTA | ACRUB |
94 | 900.368.947 | ACTIVA | ASOCIACION NACIONAL DE RECICLADORES TRANSFORMADORES | ANRT |
95 | 900.313.319 | ACTIVA | ASOCIACION DE RECICLADORES RECUPERADORES AMBIENTALES UN PASO AL FUTURO | ARUPAF |
96 | 900.657.050 | ACTIVA | ASOCIACIÓN INTEGRAL DE TRABAJADORES INFORMALES DE BOGOTA | ASOCIACION INTEGRAL DE TRABAJADORES INFORMALES DE BOGOTA |
97 | 900.176.594 | ACTIVA | ASOCIACION DE RECICLADORES SOMOS LA ESPERANZA | ASOES |
ID | NIT maestra | ESTADO DE LA ORGANIZACIÓN | NOMBRE ORGANIZACIÓN | SIGLA DE LA ASOCIACION |
98 | 900.237.359 | ACTIVA | ASOCIACION DE RECICLADORES NUEVA GENERACION XX XXXX | ARNUGEBO |
99 | 900.983.545 | ACTIVA | ASOCIACION DE RECUPERADORES AMBIENTALES MUNDO VERDE | MUNDO VERDE |
100 | 830.090.366 | ACTIVA | EMPRESA ASOCIATIVA DE FAMILIAS RECICLADORAS | MUZKBYS |
101 | 900.285.425 | ACTIVA | ASAOCIACION DE RECICLADORES REVIVIR | REVIVIR |
102 | 830.008.840 | ACTIVA | ASOCIACION DE MUJERES DE RECICLAJE UNA OPCION DIGNA | ASODIG |
103 | 900.174.139 | ACTIVA | ASOCIACION DE RECICLADORES TRABAJAMOS UNIDOS | ASOCIACION DE RECICLADORES TRABAJAMOS UNIDOS |
104 | 901.074.091 | ACTIVA | ASOCIACION ORA DE RECICLADORES NUEVA GENERACION | ORANG |
105 | 830.111.197 | ACTIVA | ASOCIACION DE RECICLADORES DE LAS MARIAS | ASOCIACION DE RECICLADORES DE LAS MARIAS |
106 | 900.742.491 | ACTIVA | ASOCIACIÓN DE RECICLADORES Y BODEGUEROS UNIDOS POR LA IGUALDAD EN COLOMBIA | ARBUIC |
107 | 000.000.000 | ACTIVA | ASOCIACIÓN DE RECUPERADORES AMBIENTALES ASEO ECOACTIVA | ASEO ECOACTIVA |
108 | 900.311.951 | ACTIVA | ASOCIACIÓN DE RECICLADORES Y RECUPERADORES AMBIENTALES | ASOREMA |
109 | 900.534.370 | ACTIVA | PRECOPERATIVA MULTIACTIVA CONCIENCIA ECOLÓGICA PRMCEG NO AL CALENTAMIENTO GLOBAL- | PRMCEG |
110 | 900.785.234 | ACTIVA | ASOCIACION DE RECICLADORES DE OFICIO ARO AMBIENTALES | ARO |
111 | 900350605 | ACTIVA | COOPERATIVA MULTIACTIVA DE RECICLADORES FONTIBON POR COLOMBIA SIGLA RAFCOL - RAFCOL | RAFCOL |
ID | NIT maestra | ESTADO DE LA ORGANIZACIÓN | NOMBRE ORGANIZACIÓN | SIGLA DE LA ASOCIACION |
112 | 900.654.185 | ACTIVA | ASOCIACION DE RECUPERADORES AMBIENTALES UNIDOS XX XXXXXXX | ASOCIACION DE RECUPERADORES AMBIENTALES UNIDOS XX XXXXXXX |
113 | 900.733.841 | ACTIVA | ASOCIACION ECOFUTURO XXX - ANTERIOMENTE ECOPLANETA EL AMPARO E.S.P | ECOFUTURO |
114 | 900.653.576 | ACTIVA | ASOCIACION ENTIDAD MEDIOAMBIENTAL DE RECICLADORES - EMRS ESP | EMRS |
115 | 900.990.341 | ACTIVA | ASOCIACION GREMIAL DE RECICLADORES RECICLANDO POR SIEMPRE | ASOREXSI |
116 | 900.983.510 | ACTIVA | CORPORACIÓN ASOCIATIVA DE RECICLADORES Y COROTEROS | CORPOAMBIENTAL RECICLANDO |
117 | 900.236.037 | ACTIVA | ASOCIACION DE RECICLADORES DE CHAPINERO | ASOCHAPINERO |
118 | 900.724.189 | ACTIVA | ASOCIACION RECICLANDO ANDO | RECICLOANDOANDO |
119 | 901.019.121 | ACTIVA | ASOCIACION DE RECICLADORES MANEJO DE APROVECHAMIENTO NACIONAL | NAPRONAL |
120 | 901.080.963 | ACTIVA | ASOCIACION DE RECUPERADORES SOLIDARIOS CON EL AMBIENTE - | ADERSA |
121 | 900.206.025 | ACTIVA | ASOCIACION SALITRE AMBIENTAL | ASOSALIITRE |
122 | 901.116.491 | ACTIVA | ASOCIACION DE RECICLADORES DE OFICIO NUEVA VISION | ARNU |
123 | 901.092.973 | ACTIVA | ASOCIACION RECUPERADORES DEL RECICLAJE ROCA VERDE | ASOREVER |
124 | 900.235.036 | ACTIVA | ASOCIACION COLOMBIANA DE RECUPERADORES UNIDOS POR BOGOTA | ARUB |
125 | 900.715.332 | ACTIVA | ASOCIACION DE RECICLADORES SEMILLEROS DEL FUTURO PARA UN AMBIENTE MEJOR | ASOCIACION DE RECICLADORES SEMILLEROS DEL FUTURO PARA UN AMBIENTE MEJOR |
ID | NIT maestra | ESTADO DE LA ORGANIZACIÓN | NOMBRE ORGANIZACIÓN | SIGLA DE LA ASOCIACION |
126 | 900.740.254 | ACTIVA | CORPORACIÓN DE RECICLADORES XX XXXX | CORPOCARRECOL |
127 | 830.061.242 | ACTIVA | ASOCIACION DE RECICLADORES DE OFICIO PARA EL TRABAJO ASOCIATIVO EL TRIUNFO | AROTRIUNFO |
La Alcaldía de Bogotá trabaja en pro de las buenas prácticas de reciclaje, a través de diferentes estrategias, como la promoción de cultura ciudadana en cuanto al manejo de residuos mediante la correcta separación desde los hogares e instituciones territoriales, a partir del debido uso de los recipientes para incrementar las toneladas de material aprovechable, ahora bien las Organizaciones registradas cuentan con la reglamentación emitida por la UAESP, para operar en beneficio del aprovechamiento de residuos.
La Secretaria Distrital de Movilidad desarrollando el cumplimiento de lo establecido en el Decreto 400 de 2004 “Por el cual se impulsa el aprovechamiento eficiente de los residuos sólidos producidos en las entidades distritales”, y en especial la Directiva 009 de 2006 “Inclusión Social de la Población recicladora de oficio en condiciones de pobreza y vulnerabilidad”, realizó los Acuerdos de Corresponsabilidad No. 2014-1183, 2016-1150 y 2018-1871 con la Asociación de Recuperadores Ambientales Aseo Ecoactiva, la cual está habilitada por la autoridad en gestión de residuos reciclables en el Distrito, la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos – UAESP.
6. DETERMINACIÓN DE LA OFERTA MÁS FAVORABLE
Además de la entrega de los residuos sólidos no peligrosos aprovechables generados por la entidad con el normal ejercicio de sus actividades, es importante resaltar que la Secretaría, se encuentra realizando una amplia intervención documental, por lo que dentro de los cronogramas propuestos se ha previsto la eliminación de varios metros lineales de documentación, que de acuerdo con las normas archivísticas debe tener un tratamiento especial, razón por la cual es indispensable que la Organización recicladora que prestará sus servicios de recolección disponga de vehículo (tipo estaca) con carpa y maquinaria adecuada para la destrucción de documentos y posterior retiro de la entidad.
La Secretaría Distrital de Movilidad, realizará la invitación a participar en el proceso de selección para suscribir un Acuerdo de Corresponsabilidad para el adecuado manejo y disposición final de los residuos aprovechables en la entidad, a través de la página web xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx., luego de que la oferta cumpla con los requisitos técnicos y jurídicos. El ofrecimiento más favorable corresponde a aquel que tenga mayor puntaje, como único factor de selección, los requisitos técnicos y jurídicos serán los siguientes:
7. REQUISITOS HABILITANTES
7.1 CAPACIDAD JURÍDICA:
7.1.1 Carta de Presentación de la Propuesta (Anexo No.1)
La carta de presentación de la propuesta debe estar suscrita por el representante legal de la Organización y/o Asociación de recicladores habilitada por la UAESP.
El proponente deberá aportar fotocopia de la cédula de ciudadanía de quien suscribe la propuesta. Quien suscriba la carta de presentación de la propuesta deberá:
● En caso de ser persona jurídica: Tener la calidad de representante legal o apoderado del proponente, con facultad expresa de actuar en nombre y representación del mismo. La facultad de representación debe comprender las de presentar la propuesta, celebrar el acuerdo (en caso de resultar adjudicatario) y liquidarlo. Si la presentación de la propuesta implica la transgresión del deber establecido en el numeral 7° del artículo 23 de la ley 222 de 1995, el proponente individual o el integrante de la propuesta conjunta deberá, además, allegar autorización de la junta de socios o asamblea general de accionistas, según corresponda.
● En caso de ser consorcio o unión temporal: Tener la calidad de representante del consorcio o unión temporal, con facultad expresa de actuar en nombre y representación del mismo. Tal facultad de representación debe comprender la de presentar la propuesta, celebrar el acuerdo (en caso de resultar adjudicatarios) y liquidarlo.
7.1.2 Documento de conformación de Consorcio o Unión Temporal (Anexo No. 2A –
Anexo No. 2B)
Se entenderá presentada una propuesta conjunta, cuando de manera plural dos o más personas, nacionales y/o extranjeras, bajo Consorcio o Unión Temporal, presenten una sola Propuesta para el presente Acuerdo de Corresponsabilidad.
Cuando la propuesta sea presentada por Xxxxxxxxx o Unión Temporal, se deberá anexar según corresponda y debidamente diligenciado el Documento de conformación de Consorcio o Unión Temporal (Anexo No. 2A – Anexo No. 2B)
La presentación de propuestas por parte de Estructuras Plurales, deberá sujetarse a las siguientes condiciones:
● Consorcios o Uniones Temporales
Además de los documentos requeridos para las personas jurídicas o personas naturales, los miembros del consorcio o unión temporal (según el caso), deberán aportar el documento de constitución firmado por los integrantes, el cual deberá tener en cuenta lo dispuesto en el artículo 7º de la Ley 80 de 1993.
Este documento deberá cumplir con los siguientes requisitos:
a. Identificar de manera precisa a cada uno de los partícipes del consorcio o unión
temporal.
b. Expresar si la participación es a título de Consorcio o de Unión Temporal. Si se trata de participante conjunto, sus partícipes deberán señalar los términos y extensión (actividades y porcentaje) de su participación en la propuesta y en su ejecución, los cuales no podrán ser modificados por los proponentes durante el proceso de selección. Dichas modificaciones sólo podrán llevarse a cabo previo consentimiento por escrito de la Secretaría durante la ejecución del acuerdo de corresponsabilidad.
c. Hacer la designación de quién tendrá la representación legal del Consorcio o de la Unión Temporal, con facultad expresa para actuar en nombre y representación del mismo, de presentar la oferta y de celebrar, modificar y liquidar el acuerdo de corresponsabilidad en caso de resultar adjudicatario, como también de suscribir la totalidad de los documentos del Acuerdo que resulten necesarios, quien deberá firmar el documento de constitución, manifestando su aceptación como representante legal.
d. Señalar las reglas básicas que regulan su relación. Para el caso de la unión temporal, los términos y extensión de la participación en la propuesta y en los compromisos derivadas del objeto y de la ejecución del acuerdo de corresponsabilidad, las cuales no podrá modificar sin el consentimiento previo y escrito de la Secretaría.
e. Manifestar su responsabilidad, de manera clara y expresa, sobre todas y cada una de los compromisos derivadas de la propuesta y de la ejecución del acuerdo de corresponsabilidad.
f. Señalar que la duración del Consorcio o Unión Temporal no será inferior a la del plazo de ejecución del acuerdo de corresponsabilidad incluyendo garantías ofrecidas, liquidación y un (1) año más.
g. Manifestar que se compromete a no ceder, a ningún título, su participación en el consorcio o unión temporal a los demás integrantes o a un tercero.
h. Acreditar la existencia y representación de cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal, en los términos establecidos en el Pliego Electrónico y la invitación.
i. Suscribir el documento de conformación por cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal.
Nota 1: Los requisitos relacionados con la existencia, representación y capacidad jurídica de cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal, respecto de las personas jurídicas que se asocien para la presentación de la propuesta, deberán acreditarse conforme se indica en los numerales respectivos de este documento y su Invitación a participar.
Nota 2: El participante deberá tener en cuenta que, una vez presentada la propuesta, para su verificación y evaluación, no se podrá modificar los partícipes del consorcio o unión temporal, ni el porcentaje de participación y actividades de cada uno de ellos, como tampoco el cambio en el nombre del consorcio o unión temporal. Dichas modificaciones en caso de ser estrictamente necesarias sólo podrán llevarse a cabo previo consentimiento por escrito de la Secretaría durante la ejecución del Acuerdo de Corresponsabilidad.
7.1.3 Acreditación de la existencia y representación legal por medio del Certificado xx Xxxxxx de Comercio.
El proponente deberá presentar los certificados de Existencia y Representación Legal expedidos por la Cámara de Comercio, con fecha no superior a treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de cierre de la invitación pública.
Nota: En el caso de Consorcio o Unión Temporal, cada uno de los integrantes deberá acreditar con los certificados de Existencia y Representación Legal expedidos por la Cámara de Comercio, con fecha no superior a treinta (30) días calendarios anteriores a la fecha de cierre de la invitación pública.
Objeto Social
El objeto social del proponente, de cada uno de sus miembros si se trata de un consorcio, o de una unión temporal, le debe permitir presentar la propuesta, celebrar y ejecutar el objeto del acuerdo materia del presente Proceso de Selección. Este es un requisito de capacidad de la persona jurídica proponente que se circunscribe al desarrollo de la actividad prevista en su objeto social, lo cual se verificará en el Certificado de Existencia y Representación Legal.
7.1.4 Registro único tributario – RUT
El proponente, persona natural o jurídica, así como cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal deberán aportar el Registro Único Tributario (RUT), expedido por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).
7.1.5 Registro de Información Tributaria - (RIT)
El proponente, persona natural o jurídica, así como cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal deberán aportar el Registro de Información Tributaria (RIT), expedido por la Secretaría Distrital de Hacienda.
7.1.6 Fotocopia de la cédula de ciudadanía del Representante Legal
Se deberá anexar copia de la cédula de ciudadanía del representante legal y en caso de consorcio o unión temporal cada uno de sus integrantes anexará copia de su respectiva cédula de ciudadanía.
7.1.7 Verificación de antecedentes judiciales, expedido por la Policía Nacional
La Secretaría Distrital de Movilidad verificará en la página Web xxx.xxxxxxx.xxx.xx si los interesados y/o representantes legales de los proponentes reportan antecedentes judiciales, conforme lo establecido en el Decreto Ley 4057 de 2011. La constancia de esta consulta podrá ser aportada por el proponente o en su defecto será verificada por parte de la SDM.
7.1.8 Verificación en el Sistema Registro Nacional de Medidas Correctivas RNMC de la Policía Nacional
La Secretaría Distrital de Movilidad verificará si el representante legal, se encuentra vinculado en el Sistema Registro Nacional de Medidas Correctivas RNMC de la Policía Nacional de Colombia. La constancia de esta consulta podrá ser aportada por el
proponente.
7.1.9 Verificación de antecedentes fiscales, disciplinarios y Consulta en el SIRI “Sistema de Información de Registro de Sanciones y Causas de Inhabilidad”
La Secretaría Distrital de Movilidad verificará si el representante legal y el proponente, tienen antecedentes fiscales, disciplinarios y consultará en el SIRI “Sistema de Información de Registro de Sanciones y Causas de Inhabilidad”. La constancia de esta consulta podrá ser aportada por el proponente.
7.1.10 Verificación de antecedentes expedidos por la Personería de Bogotá
La Secretaría Distrital de Movilidad verificará si el representante legal del proponente tiene antecedentes expedidos por la Personería. La constancia de esta consulta podrá ser aportada por el proponente.
7.1.11 Verificación de antecedentes expedidos por la Contraloría General De La República
La Secretaría Distrital de Movilidad verificará si el representante legal del proponente tiene antecedentes expedidos por la Contraloría General de la República. La constancia de esta consulta podrá ser aportada por el proponente.
7.1.12 Certificación expedida por el revisor fiscal o por el representante legal de pagos correspondientes a los sistemas de seguridad social y aportes parafiscales (artículo 50 de la Ley 789 de 2002 y 23 de la Ley 1150 de 2007) ANEXO 3, 3A y 3B Certificación expedida por el revisor fiscal o por el representante legal de pagos correspondientes a los sistemas de seguridad social y aportes parafiscales (artículo 50 de la Ley 789 de 2002 y 23 de la Ley 1150 de 2007) ANEXO 3, 3A y 3B
De conformidad con lo establecido en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002 y el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007, el proponente deberá adjuntar una certificación expedida por el revisor fiscal – si la persona jurídica está obligada a tener revisor fiscal- o por la persona natural, según el caso, en donde acredite que dentro de los seis meses anteriores al cierre del proceso de selección se encuentra al día con el pago de los aportes de sus empleados a los sistemas de salud, riesgos laborales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, cuando a ello haya lugar. Si la persona jurídica no está obligada a tener Revisor Fiscal, conforme a la normatividad legal vigente, el representante legal deberá indicar las razones por las cuales no está obligada a tener revisor fiscal.
En el caso de que el proponente se encuentre amparado en la exoneración prevista en el artículo 25 de la ley 1607 de 2012, debe así manifestarlo en dicha certificación, además de certificar ser sujetos pasivos y estar al día en el pago del impuesto xx xxxxx para la equidad (CREE).
El revisor fiscal debe figurar inscrito en el certificado de la Cámara de Comercio, además
de allegar los requisitos legales para la expedición de dicha certificación (fotocopia de la cédula de ciudadanía – fotocopia de la tarjeta profesional – y certificado de antecedentes disciplinarios expedido por la Junta Central de Contadores que se encuentre vigente).
En caso de consorcio o unión temporal esta certificación debe ser, además, presentada por cada una de las empresas que lo conforman.
En caso tal que NO se encuentre obligado a pagar aportes parafiscales por algún periodo, DEBERÁ INDICAR DICHA circunstancia, especificando la razón y los periodos exentos.
7.2 REQUISITOS TÉCNICOS
Para estar habilitados los interesados en participar en el presente proceso deberán entregar todos los siguientes requisitos técnicos indicados a continuación:
7.2.1 Registro único de Organizaciones de reciclaje – RUOR - UAESP
El proponente deberá presentar copia del acto administrativo vigente expedido por la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos – UAESP como organización de recicladores habilitada y debidamente registrada en el Registro único de Organizaciones de reciclaje – RUOR y certificado del registro en el RUOR, emitido por la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos – UAESP, con una vigencia no superior a 30 días de expedición.
Nota: En el caso de Consorcio o Unión Temporal, cada uno de los integrantes deberá acreditar los anteriores documentos.
7.2.2 Registro Único de prestadores de Servicios Públicos - RUPS
El proponente deberá presentar el Registro Único de prestadores de Servicios Públicos (RUPS) expedido por la autoridad competente, en cumplimiento del Decreto 596 de 2016.
Nota: En el caso de Consorcio o Unión Temporal, cada uno de los integrantes deberá acreditar los anteriores documentos.
7.2.3 Certificado de Experiencia.
El proponente deberá aportar máximo tres (3) certificaciones que acrediten experiencia en la ejecución de Acuerdos de Corresponsabilidad y/o contratos ejecutados con objeto igual o similar, expedidas por las entidades públicas y/o privadas contratantes, debidamente firmadas por las partes, acreditando mínimo dos (2) años de experiencia en total, la certificación deberá contener como mínimo la siguiente información para dar cumplimiento a este requisito:
a. Nombre o razón social del beneficiario.
b. Nombre o razón social del prestador.
c. Número del contrato o acuerdo de corresponsabilidad.
d. Objeto del contrato o acuerdo de corresponsabilidad.
e. Fecha de iniciación del contrato o acuerdo de corresponsabilidad.
f. Fecha de terminación del contrato o acuerdo de corresponsabilidad.
g. Firma de la persona autorizada, indicando nombre completo, cargo y datos de contacto (número telefónico, correo electrónico, página web, etc.)
7.2.4 Certificado y Disponibilidad de Equipos.
Aportar ficha técnica de los equipos, registro fotográfico y certificación suscrita por el representante legal de la Organización y/o Asociación de recicladores habilitada por la UAESP, o por el representante designado por los miembros del consorcio o de la unión temporal donde se acredite la disponibilidad de los siguientes equipos para la prestación del servicio:
● Una (1) destructora de papel industrial con capacidad de destruir (Hojas, clips, tarjetas de crédito, CDs, DVDs), el cuál las deben disponer en las instalaciones de la organización.
● Una (1) báscula digital o electrónica con capacidad mínima de 500 Kg y su respectivo certificado de calibración de básculas, con una vigencia no mayor a seis meses, expedido por una empresa debidamente acreditada, el cuál deben traerla para realizar el pesaje de los residuos generados en las diferentes sedes.
7.2.5 Disponibilidad de Personal.
Aportar certificación suscrita por el representante legal de la Organización y/o Asociación de recicladores habilitada por la UAESP, o por el representante designado por los miembros del consorcio o de la unión temporal, donde se manifieste y certifique que la Organización de Recicladores, dejará a disposición de la Secretaría Distrital de Movilidad, mínimo dos
(2) personas sin contar el conductor del vehículo, cada vez que se requiera realizar la recolección y transporte de los residuos aprovechables en las diferentes sedes de la entidad.
NOTA: El conductor del vehículo deberá acreditar que se encuentra libre de comparendos o infracciones de tránsito y suministrar la licencia de conducción vigente.
7.2.6 Listado y Disponibilidad de Vehículos.
Aportar mediante certificación suscrita por el representante legal de la Organización y/o Asociación de recicladores habilitada por la UAESP, o por el representante designado por los miembros del consorcio o de la unión temporal, los datos del vehículo (tipo estaca) con carpa, (cantidad 1), con el que cuenta la Organización, o las Organizaciones en caso de participante conjunto y el cual deja a disposición de la Secretaría Distrital de Movilidad para la recolección de los residuos aprovechables, para lo cual deberá anexar copia de la tarjeta de propiedad del vehículo, SOAT, certificado de gases y revisión técnico mecánica vigente, así como no tener infracciones de tránsito, para lo cual deberá aportar la consulta en el SIMIT, no mayor a 30 días.
Nota: La disponibilidad de los vehículos deben ser de (tipo estaca) con carpa de capacidad mínima de 2 toneladas con techo cerrado que permitan el transporte adecuado y seguro del material generado conforme a la frecuencia de recolección, con sus respectivas placas, en donde se realiza el traslado de los residuos con potencial de reciclaje hacia la bodega de la Organización y/o Asociación.
7.2.7 Beneficiados de la Organización (recicladores).
Mediante certificado suscrito por el representante legal de la Organización y/o Asociación de recicladores habilitada por la UAESP, o por el representante designado por los miembros del consorcio o de la unión temporal, donde se relacione el número de beneficiados con los que cuenta la Organización (recicladores), para la fecha de cierre de la convocatoria, y los cuales soportan el aprovechamiento de los materiales reciclables, con nombre completo, cédula de ciudadanía y teléfono.
De igual forma en la misma certificación deberá, bajo la gravedad del juramento, manifestar que la Organización o Asociación es la única responsable de los beneficiados a su cargo, en todo momento y frente a cualquier hecho.
Nota: En el caso de Consorcio o Unión Temporal, cada uno de los integrantes deberán certificar aportando documento suscrito donde se relacione el número de beneficiados con los que cuenta la Organización (recicladores), para la fecha de cierre de la convocatoria, y los cuales soportan el aprovechamiento de los materiales reciclables, con nombre completo, cédula de ciudadanía y teléfono.
7.2.8 Acreditación del Uso del Suelo.
Se deberá aportar certificado o autorización del organismo competente, que demuestre que la Organización y/o Asociación de recicladores cuenta con el concepto del uso del suelo no mayor a un año compatible con las actividades desarrolladas dentro de sus instalaciones.
NOTA: En caso de ser arrendatario, se deberá acreditar que el contrato de arrendamiento se encuentra vigente durante el término de ejecución del presente acuerdo. Esto asegura que las condiciones establecidas se mantengan durante la vigencia del acuerdo.
7.2.9 Concepto Higiénico Sanitario
Se deberá aportar fotocopia del Concepto Higiénico Sanitario de la bodega, donde se realiza el manejo, almacenamiento y aprovechamiento de los residuos con potencial de reciclaje, expedido por la Secretaría Distrital de Salud o la entidad que esta delegue para este fin.
7.2.10 Recolección de Aprovechamiento de Poliestireno expandido
Mediante una carta el oferente se debe comprometer a realizar la recolección y aprovechamiento del poliestireno expandido (icopor) tipo industrial generado como residuo en las sedes de la Secretaría Distrital de Movilidad.
7.2.11 Concepto técnico Favorable
Presentar el concepto técnico Favorable no mayor a un año expedido por el Cuerpo de Bomberos de la localidad donde se ubique la bodega.
8. SELECCIÓN DE LA ORGANIZACIÓN O ASOCIACIÓN
En el presente proceso se otorgará un puntaje máximo de 100 puntos a aquellas Organizaciones o Asociaciones que se encuentren habilitadas, al cumplir las condiciones legales y técnicas arriba descritas.
Para la asignación del puntaje, la SDM tendrá en cuenta la certificación bajo la gravedad del juramento firmada por el representante legal, en la cual manifieste que la Organización o Asociación cuenta con los siguientes elementos ADICIONALES a los requeridos en los requisitos técnicos del numeral 7.2 y que están a disposición para cuando lo requiera la entidad, los cuales otorgan los factores de puntuación que a continuación se relacionan:
● Se otorgará el siguiente puntaje a las Organizaciones o Asociaciones que certifiquen disponibilidad de equipos y maquinaria, de conformidad con las especificaciones requeridas en el numeral 7.2.4., así:
EQUIPOS / MAQUINARIA | PUNTAJE |
Una (1) destructora de papel | 20 |
Dos (2) o más destructoras de papel | 40 |
TOTAL PUNTAJE | 40 |
● Se otorgará el siguiente puntaje a las Organizaciones o Asociaciones que certifiquen disponibilidad de vehículo(s) (tipo estaca) con carpa para el transporte del material, de conformidad con las especificaciones requeridas en el numeral 7.2.6, así:
TRANSPORTE | PUNTAJE |
Un (1) camión tipo camión con estacas carpado - adicional al requerido en el numeral 7.2.6 y báscula adicional a la requerida en el numeral 7.2.4 | 15 |
Dos (2) o más camiones tipo camión con estacas carpado - adicional al requerido en el numeral 7.2.6 y básculas adicional a las requeridas en el numeral 7.2.4 | 30 |
TOTAL PUNTAJE | 30 |
● Se otorgará el siguiente puntaje a las Organizaciones o Asociaciones que certifiquen, la realización de talleres de capacitación y socialización en temas relacionados con el reciclaje a los funcionarios de la SDM, así:
PUNTAJE
CANTIDAD TALLERES
6 a 8 talleres | 5 |
9 a 10 talleres | 15 |
De 11 talleres en adelante | 30 |
TOTAL PUNTAJE | 30 |
9. ANÁLISIS DEL RIESGO Y LA FORMA DE MITIGARLO
La Secretaría Distrital de Movilidad, procede a tipificar, estimar y asignar los riesgos del presente proceso de Acuerdo, en documento adjunto que hace parte integral del presente estudio previo.
10. GARANTÍAS Y MECANISMOS DE COBERTURA QUE GARANTIZAN LOS COMPROMISOS SURGIDOS CON OCASIÓN A LA EJECUCIÓN DE LOS MISMOS
Teniendo en cuenta que el Acuerdo de Corresponsabilidad no genera cargo alguno al presupuesto de la Secretaría Distrital de Movilidad, así como la naturaleza, el plazo de ejecución, valor del mismo y control a la ejecución; se considera que no es necesario exigir garantías, de tal manera que se dará aplicación a lo dispuesto en el inciso 5º del artículo 7º de la Ley 1150 de 2007, y el artículo 2.2.1.2.1.4.5., del Decreto 1082 de 2015; adicionalmente porque este Acuerdo de Corresponsabilidad ofrece beneficios recíprocos e inmateriales para las partes que no son traducidos en un componente económico.
11. IDENTIFICACIÓN Y ANÁLISIS DEL ACUERDO A CELEBRAR
Las partes suscribirán un ACUERDO DE CORRESPONSABILIDAD que se regulará por el Decreto 400 de 2004 “Por el cual se impulsa el aprovechamiento eficiente de los residuos sólidos producidos en las entidades distritales”. El Decreto 312 de 2006 “Por el cual se adopta el Plan Maestro para el Manejo Integral de Residuos Sólidos para Bogotá Distrito Capital” el Acuerdo 287 de 2007 “Por el cual se establecen lineamientos para aplicar las acciones afirmativas que garantizan la inclusión de los recicladores de oficio en condiciones de pobreza y vulnerabilidad en los procesos de la gestión y manejo integral de residuos sólidos”. La Resolución 051 de 2014 “Por medio de la cual se establece la Figura de Acuerdos de Corresponsabilidad con las Organizaciones de Recicladores como acción afirmativa de fortalecimiento”. Y demás normas aplicables o aquellas que lo modifiquen, adicionen o sustituyan.
12. EXCLUSIÓN DE RELACIÓN LABORAL
Las entidades intervinientes en el Acuerdo de Corresponsabilidad a suscribir no contraerán ningún tipo de relación y obligación laboral, así como tampoco existirá ningún vínculo entre la Secretaría Distrital de Movilidad y las personas pertenecientes a la Organización de Recicladores.
13. PAGO DE PARAFISCALES.
LA ASOCIACIÓN está obligada a cumplir y mantener al día su compromiso de pago al Sistema de Seguridad Social Integral y demás pagos parafiscales, cuando correspondan, conforme al artículo 23 de la Ley 1150 de 2007.
14. SOLUCIÓN DE CONFLICTOS
Las diferencias y conflictos que surjan en desarrollo del presente Acuerdo de Corresponsabilidad se solucionarán a través de los mecanismos de Conciliación, amigable composición previstos en la Ley 446 de 1998, Ley 640 de 2001, el Decreto 1716 de 2009, ley 1564 de 2012 y demás normas concordantes.
15. DEMOCRATIZACIÓN DE OPORTUNIDADES ECONÓMICAS EN EL DISTRITO CAPITAL – DECRETO 380 DE 2015
Con el fin de materializar el objeto de que trata el Decreto “promover la democratización de las oportunidades económicas en el Distrito Capital, y estrategias para la participación real y efectiva de las personas naturales vulnerables, marginadas y/o excluidas de la dinámica productiva de la ciudad, con edad para trabajar, según lo dispuesto; sin perjuicio de las demás acciones o actuaciones que se ejecuten por parte de las entidades y organismos distritales en atención a las poblaciones en mayor situación de pobreza y vulnerabilidad, en cumplimiento de sus funciones, la Constitución Política, la Ley, y las providencias judiciales”, la SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD da cumplimiento a las disposiciones relacionadas en dicho decreto, para lo cual la Secretaría Distrital de Movilidad considera procedente incluir en el presente proceso la referida disposición teniendo en cuenta los compromisos asumidos.
Las disposiciones contenidas en el Decreto 380 de 2015 de la Alcaldía Mayor de Bogotá son de obligatorio cumplimiento por parte de los organismos y entidades distritales que conforman los Sectores Central, Descentralizado y de las Localidades, señalados en el Acuerdo 257 de 2006, con excepción de las Empresas de Servicios Públicos y la Universidad Distrital Xxxxxxxxx Xxxx xx Xxxxxx, a quienes ésta aplica a título de recomendación.
El Decreto 380 de 2015 tiene como objetivo general “Promover eficazmente el acceso a los trabajadores y trabajadoras de Bogotá D.C, al derecho de tener un trabajo decente y digno como una forma de erradicación de la segregación social, potenciando los efectos sobre el mercado laboral de las políticas macroeconómicas sectoriales y educativas”. Y como objetivo específico “promover los principios y derechos fundamentales de la OIT en el trabajo.”
De conformidad con el Artículo 12.- Coordinación y seguimiento de Formación para el trabajo del mencionado Decreto en su Parágrafo 2, establece:
1.2. Formación en competencias blandas. La Dirección de Formación y Desarrollo Empresarial de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico realizará exclusivamente programas de formación encaminados a fortalecer las competencias blandas.
1.3. Formación en competencias duras. Todas las entidades del Distrito Capital, tanto de los sectores central, descentralizado (incluyendo entidades adscritas y vinculadas) y de las localidades, podrán incluir programas de formación específica sectorial en sus intervenciones misionales.
1.4. Registro y reporte de beneficiarios. La Secretaría Distrital de Desarrollo Económico diseñará e implementará un instrumento de registro y consulta de beneficiarios de los distintos procesos de formación para el trabajo con recursos distritales, en un plazo no superior a un año.
2. Incremento de la demanda de trabajo
2.1. Trabajo decente y digno al interior del Distrito Capital. El Distrito Capital procurará la mejora de las condiciones laborales de los trabajadores de todas las entidades y organismos distritales, tanto de los sectores central, descentralizado (incluyendo entidades adscritas y vinculadas) y de las localidades, a la luz del trabajo decente y digno.
2.2. Democratización de las oportunidades económicas en la contratación del Distrito Capital para población vulnerable formada por entidades distritales. De conformidad con las disposiciones legales y la jurisprudencia constitucional, a las entidades distritales les asiste el deber de incluir en sus procesos contractuales, aspectos relativos a la vinculación por parte de los futuros contratistas, de personas naturales vulnerables, marginadas y/o excluidas de la dinámica productiva de la ciudad, con edad para trabajar, beneficiarias de procesos de formación para el trabajo adelantados por las entidades y organismos del Distrito Capital. Para cumplir con este deber, y sin perjuicio de la autonomía presupuestal y contractual de la que están investidas las entidades y organismos distritales, se podrán realizar, entre otras, las siguientes acciones:
2.2.1. El área técnica respectiva o la dependencia que solicita la contratación, según corresponda, deberá analizar inicialmente la posibilidad de incluir, en los anexos técnicos o en los estudios previos de los procesos de selección pública que adelante el respectivo organismo o entidad, dependiendo del objeto contractual y de las actividades a desarrollar, disposiciones que adviertan al futuro contratista u asociado, sobre la necesidad de vincular para la ejecución del convenio o contrato, a personas identificadas como beneficiarias, según el punto anterior, mediante relaciones de orden laboral o contractual.
2.2.2. El área respectiva deberá dejar constancia sobre la procedencia o no, de incluir en el a o estudio previo, la anterior disposición, según el resultado del análisis correspondiente.
2.2.3. La constancia mencionada en el anterior literal podrá ser parte integral del Anexo técnico o Estudio previo, y puede constituirse en un requisito para que las áreas jurídicas, o de contratación, o la dependencia que haga sus veces, según corresponda, inicien el respectivo trámite precontractual.
2.2.4. Si el área técnica o la dependencia correspondiente ha identificado como viable la posibilidad de vincular o contratar para la ejecución del respectivo convenio o contrato, a las personas identificadas en el numeral 2.2 anterior, el área jurídica, o de contratación, o la dependencia que haga sus veces, podrá incluir dicha viabilidad en las obligaciones a cargo del contratista u asociado que se establezcan en la minuta o en las condiciones del contrato, que hacen parte xxx xxxxxx de condiciones, invitación, o documentos similares.
2.2.5. Los/las Jefes de las entidades y organismos distritales dispondrán la adopción de los procedimientos, medidas, o actuaciones que sean pertinentes, tendientes a viabilizar la adopción de las acciones descritas en el numeral 2.2. del presente artículo.
Certificación de la adopción de las acciones. El proceso de certificación de la adopción de las acciones a que se refiere el numeral 2.2, operará de la siguiente manera:
1. Mecanismo de consulta. Para los casos donde se incluya la aplicación de este proceso, la entidad contratante deberá consultar la base de datos de población formada para el trabajo con recursos del Distrito, administrada y actualizada permanentemente por la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico. Para el efecto, dicho organismo generará una certificación de consulta, en la que se indique la población correspondiente a personas naturales vulnerables, marginadas y/o excluidas de la dinámica productiva de la ciudad, con edad para trabajar, que ha sido formada, para efectos de tenerla en cuenta en los procesos contractuales.
2. Carta de compromiso. Una vez suscrito el contrato estatal con la entidad distrital, en la que se hayan pactado clausulas relativas a la vinculación para el desarrollo del contrato, de la población descrita en el inciso anterior, el contratista deberá hacer llegar a la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, la carta firmada por éste, o por el representante legal de la persona jurídica contratista, según se trate, en la cual se compromete a vincular laboralmente, en condiciones de trabajo decente y digno, a los preseleccionados en la etapa de consulta.
2.2.6. Los supervisores e interventores de los contratos y convenios, en los que se incluyan tales acciones y/o viabilidades, deben verificar que se dé cumplimiento a las mismas y que se cumpla con la vinculación de las personas pertenecientes a la población descrita en el presente numeral 2.2, según el resultado del proceso de consulta antes descrito.
Por último, en el artículo 20 del Decreto en mención, señala que “Es población objetivo de la presente política la población en edad de trabajar que habita en la ciudad y la población infantil”.
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Subdirectora Administrativa Gerente de Proyecto
Nombre completo | Dependencia | |
Estructuró | Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx | Subdirección Administrativa |
Estructuró | Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx | Subdirección Administrativa |
Revisó | Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx | Subdirección Administrativa |
Revisó | Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx | Subsecretaría de Gestión Corporativa |