BOLETÍN OFICIAL
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DE LAS CORTES GENERALES
IX LEGISLATURA
GENERAL
Serie D: 0 xx xxxxxxx xx 0000 Xxx. 000
ÍNDICE
Páginas
Composición y organización de la Cámara
292/000085 Procedimiento abierto para la contratación de asistencia técnica y colaboración con el Centro de Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones del Congreso de los Diputados.
Pliego de cláusulas administrativas particulares .......................................................... 2
Pliego de prescripciones técnicas .................................................................................. 18
299/000001 Personal eventual al servicio de la Presidencia del Congreso de los Diputados. Cese ..... 29
COMPOSICIÓN Y ORGANIZACIÓN DE LA CÁMARA
SECRETARÍA GENERAL
292/000085
La Mesa de la Diputación Permanente, en su reunión del día 28 de septiembre de 2011, ha acordado aprobar los Pliegos de cláusulas administrativas particu- lares y de prescripciones técnicas del procedimiento abierto para la contratación de asistencia técnica y cola- boración con el Centro de Tecnologías de la Informa- ción y de las Comunicaciones del Congreso de los Diputados, disponiendo en el mismo acto la apertura del procedimiento de adjudicación y la aprobación del gasto derivado del contrato.
En ejecución de dicho acuerdo, se ordena su publi- cación de conformidad con lo dispuesto por el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.
Xxxxxxx del Congreso de los Diputados, 6 de octubre de 2011.—P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Xxxxxx Xxxx Xxxxxxx.
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
CAPÍTULO PRIMERO
Disposiciones generales
Cláusula 1.ª Régimen jurídico.
El presente contrato tiene carácter administrativo. Las partes quedan sometidas expresamente a lo estable- cido en este pliego y en su correspondiente de prescrip- ciones técnicas particulares.
Para lo no previsto en los pliegos, el presente proce- dimiento se regirá por la Ley 30/2007, de 30 de octu- bre, de Contratos del Sector Público (en adelante LCSP), modificada por la Ley 34/2010 y su normativa de desarrollo (especialmente por el Reglamento Gene- ral de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado mediante Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre (RGLCAP), en todo lo que no haya resultado afectado por la Disposición derogatoria única de la LCSP), las Normas y Acuerdos adoptados por el Congreso de los Diputados en materia de contratación, así como las Normas directas o supletoriamente aplica- bles de la Ley General Presupuestaria y Acuerdos sobre contracción de obligaciones y otras disposiciones de
desarrollo, estas últimas en lo que se refiere a los requi- sitos del gasto autorizado y régimen presupuestario general.
Cláusula 2.ª Capacidad para contratar.
Podrán optar a la adjudicación del presente contrato las personas naturales o jurídicas, españolas o extranje- ras, a título individual o en unión temporal de empresa- xxxx, que tengan plena capacidad de obrar, que no se encuentren incursas en las prohibiciones e incompatibi- lidades para contratar con la Administración estableci- das en el artículo 49 de la LCSP y que acrediten su sol- vencia económica, financiera y técnica o profesional, de conformidad con lo establecido en la cláusula 21.ª del presente pliego.
Además, las empresas adjudicatarias deberán ser personas físicas o jurídicas cuya finalidad o actividad tenga relación directa con el objeto del contrato, dis- pongan de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato y tengan una facturación anual mínima xxx xxxxx del precio de licitación por un año de cada uno de los lotes a los que concurse.
Los empresarios deberán contar asimismo con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o presta- ción que constituya el objeto del contrato.
Las empresas extranjeras no comunitarias, deberán reunir además, los requisitos establecidos en el artículo 44 de la LCSP.
Sección primera. Del contrato Cláusula 3.ª Objeto del contrato.
El objeto del contrato al que se refiere el presente pliego es la contratación de asistencia técnica y cola- boración con el Centro de Tecnologías de la Informa- ción y de las Comunicaciones del Congreso de los Diputados, durante el período de vigencia del contrato y de conformidad con lo previsto en el Pliego de Pres- cripciones Técnicas.
Se distribuye en los tres lotes siguientes:
Lote I. Atención a usuarios, formación y manteni- miento de equipos y productos ofimáticos.
Lote II. Soporte, configuración y seguridad del sistema informático.
Lote III. Desarrollo y optimización de proyectos informáticos.
La codificación correspondiente a la nomenclatura del Vocabulario Común de Contratos (CPV) es la siguiente:
Lote I: 72253000-3.
Lote II: 72220000-3.
Lote III: 72212600-5.
Contrato de servicios de conformidad con lo esta- blecido en el artículo 15 de la LCSP, sujeto a regulación armonizada.
Las necesidades a satisfacer mediante el presente contrato, referidas al sistema informático del Congreso de los Diputados, son las siguientes:
Lote I. La atención ofimática a los usuarios, la colaboración en cursos de formación y el mantenimien- to de los equipos del parque ofimático y de los produc- tos en ellos instalados.
Lote II. La asistencia técnica y colaboración en tareas de soporte, configuración y seguridad, especial- mente en los entornos de los servidores y de las comu- nicaciones.
Lote III. La asistencia técnica y colaboración en el desarrollo y optimización de los distintos proyectos informáticos, incluyendo las tareas de análisis y progra- mación que se precisen para las diferentes aplicaciones.
Tanto el pliego de prescripciones técnicas particula- res como el pliego de cláusulas administrativas particu- lares revisten carácter contractual, por lo que deberán ser firmados, en prueba de conformidad por el adjudi- catario, en el mismo acto de formalización del contrato.
Cláusula 4.ª Presupuesto base de licitación y precio del contrato.
El importe de la licitación para los dos años del con- trato asciende a la cantidad de 3.559.000 euros, a la que se incrementará, como partida independiente, el 18% de IVA, 640.620 euros, resultando un total de 4.199.620 euros, distribuido en los siguientes lotes:
— Lote I. Atención a usuarios, formación y man- tenimiento de equipos y productos ofimáticos. Presu- puesto máximo de licitación: 1.246.000 euros, sin IVA.
— Lote II. Soporte, configuración y seguridad del sistema informático. Presupuesto máximo de licita- ción: 661.000 euros, sin IVA.
— Lote III. Desarrollo y optimización de proyec- tos informáticos. Presupuesto máximo de licitación
1.652.000 euros, sin IVA.
El valor estimado del contrato asciende a siete millones ciento dieciocho mil euros (7.118.000 €) (IVA excluido).
No se admitirán las ofertas que excedan de dicho presupuesto. Todas las ofertas deberán indicar por
separado la cuantía correspondiente al precio neto del contrato y, en su caso, la cuantía correspondiente al IVA. Para la comparación de las ofertas económicas se tendrá en cuenta, exclusivamente, el precio neto de cada una.
En el presupuesto se entienden incluidos todos los gastos que la empresa deba realizar para el normal cumplimiento de las prestaciones contratadas, como son los generales, financieros, beneficios, seguros, transporte y desplazamientos, honorarios del personal técnico a su cargo, de comprobación y encargo, tasas, licencias y toda clase de impuestos, tanto municipa- les como provinciales, autonómicos y estatales, excepción hecha del Impuesto sobre el Valor Añadi- do (IVA).
En todo caso, se indicará como partida independien- te el importe del IVA. A este contrato le corresponde un tipo del 18% de IVA que asciende a la cantidad de tres- cientos veinte mil trescientos diez euros (320.310 euros) para un año.
El tipo de presupuesto es máximo estimado.
La ejecución del contrato abarca más de un ejercicio presupuestario, por lo que el gasto proyectado quedará condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente en cada ejercicio.
La distribución en las anualidades que comprende el contrato es la siguiente:
Año | Anualidad | IVA | Total |
2012 | 1.779.500 | 320.310 | 2.099.810 |
2013 | 1.779.500 | 320.310 | 2.099.810 |
2014 | 1.779.500 | 320.310 | 2.099.810 |
2015 | 1.779.500 | 320.310 | 2.099.810 |
La baja ofertada por el adjudicatario se considerará repercutida proporcionalmente en todas las anualidades a que se extienda la ejecución del contrato.
Cláusula 5.ª Plazo.
El plazo de vigencia del contrato es de dos años desde su formalización, pudiendo prorrogarse por dos años más, en los términos del art. 23 de la LCSP.
No obstante lo anterior, una vez finalizado el plazo total de ejecución del contrato incluida, en su caso, la prórroga, la empresa adjudicataria deberá continuar realizando el servicio y mantener las mismas condicio- nes del contrato hasta la adjudicación de uno nuevo.
Cláusula 6.ª Existencia de crédito.
La financiación del contrato se realizará con cargo al Presupuesto del Congreso de los Diputados, existiendo crédito adecuado y suficiente para atender las obligacio- nes económicas que se deriven de su cumplimiento.
Cláusula 7.ª Procedimiento.
El contrato se adjudicará por procedimiento abierto, de acuerdo con lo establecido en el artículo 122 de la LCSP, y se llevará a cabo atendiendo a la pluralidad de criterios que se indican en la cláusula 8.ª y en aplica- ción del artículo 134 de la LCSP, conforme a los térmi- nos y requisitos establecidos en dicho texto legal.
La tramitación del expediente será ordinaria.
El contrato objeto de este procedimiento está sujeto a regulación armonizada, de conformidad con lo esta- blecido en el artículo 16 de la LCSP.
Cláusula 8.ª Criterios de adjudicación.
Los criterios que han de servir de base para la adju- dicación del contrato y su ponderación son la oferta técnica, el precio y las prestaciones complementarias.
La puntuación máxima de cada oferta será de 100 puntos.
A continuación se detallan los criterios para valorar cada uno de los lotes.
Lote I.
Oferta Técnica (40 puntos).
Criterios para la adjudicación no evaluable median- te fórmulas matemáticas y documentación de obligada presentación para su valoración.
La valoración técnica de las propuestas de los licitado- res se obtendrá como la suma aritmética de las puntuacio- nes de los criterios de valoración enunciados en este lote.
1. Experiencia y formación del equipo. Valoración máxima: 15 puntos.
Se valorará el conocimiento y la experiencia recien- te en entornos similares por cada tipo de perfil:
— Coordinador (50%).
— Perfil A (30%).
— Perfil B (20%).
2. Experiencia de la empresa en el desarrollo de proyectos similares. Valoración máxima: 15 puntos.
3. Capacidad para sustituir cualquier técnico del equipo con el mismo perfil en un corto espacio de tiem- po. Valoración máxima: 10 puntos.
Oferta Económica (50 puntos).
Criterios para adjudicación evaluable mediante fórmu- las matemáticas y documentación de obligada presen- tación para su valoración.
La puntuación de cada oferta económica se realizará con el siguiente criterio:
— A la oferta más económica se otorgarán 50 puntos.
— Al resto de las ofertas se otorgará la puntuación que corresponda con arreglo a la siguiente fórmula:
Pn= 50*(1-Po-Pmin)
Pl
Donde:
Pn Puntuación oferta «n». Po: Presupuesto oferta «n».
Pmin: Presupuesto oferta más económica para un año. Pl: Presupuesto de licitación para un año.
Prestaciones complementarias (10 puntos).
Se considerarán complementarias aquellas presta- ciones adicionales que permitan mejorar el equipo de trabajo solicitado en sus niveles de formación, expe- riencia, adaptación al puesto, etc. Asimismo, se valora- rá la disponibilidad y flexibilidad ante necesidades inesperadas, cambios obligados respecto a la planifica- ción prevista o cambios de horario motivados por exi- gencias del trabajo parlamentario.
También se valorarán las certificaciones ISO o equi- valentes relacionadas con el objeto de este lote.
Lote II.
Criterios de adjudicación | Peso relativo | Peso absoluto (%) | |
Criterio | Subcriterio | ||
Oferta Técnica | 40 | ||
1. Valor Técnico del Plan de ejecución del servicio. | 50 | 20 | |
2. Experiencia y Formación del equipo del Trabajo. | 30 | 12 | |
3. Metodología de Trabajo. | 20 | 8 | |
Oferta económica. | 50 | 50 | |
Prestaciones Complementarias. | 10 | 10 |
Oferta Técnica (40 puntos).
Criterios para la adjudicación no evaluable median- te fórmulas matemáticas y documentación de obligada presentación para su valoración.
La valoración técnica de las propuestas de los licita- dores se obtendrá como la suma aritmética de las pun- tuaciones de los criterios de adjudicación enunciados en este lote.
1. Valor técnico del plan de ejecución del servicio. Se valorará:
1.1 Definición y descripción del servicio prestado, de acuerdo con los parámetros expresados en el presen- te pliego de prescripciones técnicas.
1.2 Implantación del servicio, incluyendo la distri- bución horaria de los técnicos, planes de formación, etc., plan de gestión, operación y mantenimiento, así como plan de finalización o reversión.
1.3 Seguimiento y coordinación. Este apartado se deberá desarrollar desde dos puntos de vista:
1.3.1 El contratista especificará el modelo de seguimiento del servicio que realizará con las personas que designe el Congreso (funciones del coordinador del servicio, celebración de reuniones de coordinación y seguimiento, acceso a documentación en web o mediante otros sistemas electrónicos, otra documenta- ción aportada).
1.3.2 El contratista especificará el modelo de coordinación y seguimiento del servicio que la propia empresa realice con el personal adscrito al contrato.
1.4 Procedimientos de actuación aportados (Plan de actualización tecnológica, Planes de Migraciones, Plan de Disaster Recovery…)
1.5 Otros aspectos organizativos que el contratista considere adecuados.
2. Experiencia y Formación del equipo de trabajo:
2.1 El licitador acompañará relación nominal y formulario que aparece en el Pliego de Prescripciones Técnicas de este procedimiento, relativo a cada uno de los trabajadores, así como las acreditaciones pertinen- tes de la formación aportada.
2.2 Se valorará hasta 10 puntos el equipo in situ propuesto, (años de experiencia y formación en el perfil requerido según el Pliego de Prescripciones Técnicas).
2.3 Se valorará hasta 15 puntos el equipo de Con- sultoría, propuesto (años de experiencia y formación en el perfil requerido según el Pliego de Prescripciones Técnicas).
2.4 Se valorará hasta 5 puntos la antigüedad del equipo de trabajo en la compañía.
3. Metodología de Trabajo.
La empresa licitante incluirá en su oferta una des- cripción detallada de los métodos y procedimientos que usa en el desarrollo de los trabajos objeto de este con- trato, prestando especial atención a aquellos aspectos que redundan en una mayor calidad de los mismos. Se valorará la aplicación de un marco de trabajo según la metodología ITIL, para la realización del obje- to del contrato, orientado especialmente a la gestión de
incidencias y la seguridad entre otros.
Oferta Económica (50 puntos).
Criterios para adjudicación evaluable mediante fór- mulas matemáticas y documentación de obligada pre- sentación para su valoración.
La puntuación de cada oferta económica se realizará con el siguiente criterio:
— A la oferta más económica se otorgarán 50 puntos.
— Al resto de las ofertas se otorgará la puntuación que corresponda con arreglo a la siguiente fórmula:
Pn= 50*(1-Po-Pmin)
Pl
Donde:
Pn: Puntuación oferta «n». Po: Presupuesto oferta «n».
Pmin: Presupuesto oferta más económica para un año. Pl: Presupuesto de licitación para un año.
Prestaciones complementarias (10 puntos).
Se consideraran complementarias aquellas presta- ciones adicionales que se deriven de la aportación o cesión gratuita de parte del licitador de medios relati- vos al objeto de este contrato, siempre que tengan rela- ción y utilidad directa para su desarrollo o introduzcan mejoras demostrables.
También se valorarán las certificaciones ISO o equi- valentes relacionadas con el objeto de este lote.
Lote III.
Oferta Técnica (40 puntos).
Criterios para la adjudicación no evaluable median- te fórmulas matemáticas y documentación de obligada presentación para su valoración.
La valoración técnica de las propuestas de los licitado- res se obtendrá como la suma aritmética de las puntuacio- nes de los criterios de valoración enunciados en este lote.
1) Experiencia de la empresa en el desarrollo de proyectos en entornos similares, aportando experien- cias recientes. Valoración máxima: 20 puntos.
Se valorará el grado de similitud (15%), el enfoque de la solución (70%) y la flexibilidad de la solución ofertada (15%).
2) Nivel de conocimientos y experiencia del per- sonal correspondiente a los diferentes perfiles. Valora- ción máxima 20 puntos.
Se valorará el conocimiento y la experiencia recien- te en entornos similares por cada tipo de perfil:
— Jefe de proyecto/consultor (30%).
— Analista (30%).
— Analista-programador (30%).
— Formador (10%).
Oferta económica (50 puntos).
Criterios para adjudicación evaluable mediante fór- mulas matemáticas y documentación de obligada pre- sentación para su valoración.
Para poder asignar la puntuación de la oferta eco- nómica de cada empresa, se realizará primero la valo- ración de la oferta de cada licitador con la siguiente fórmula:
VO = 20%(PHC) + 35%(PHA) + 43%(PHP) + 2%(PHF)
Donde:
VO = Valor de la oferta del licitador n.
PHC = Precio por hora del perfil consultor del licitador n. PHA = Precio por hora del perfil analista del licitador n.
PHP = Precio por hora del perfil analista-programador del licitador n.
PHF= precio por hora del perfil formador del licitador n.
Con los valores VO obtenidos para cada licitador, se efectuará el cálculo de la puntuación de la oferta econó- mica según el criterio siguiente:
• A la oferta más económica (VO menor) se otorga- rán 50 puntos.
• Al resto de las ofertas se otorgará la puntuación que corresponda con arreglo a la siguiente fórmula:
50 × oferta más
Prestaciones complementarias (10 puntos).
Se considerarán complementarias aquellas presta- ciones adicionales que permitan mejorar el equipo de trabajo solicitado en sus niveles de formación, expe- riencia, adaptación al puesto, etc. Asimismo, se valora- rá la disponibilidad y flexibilidad ante necesidades inesperadas, cambios de prioridades en la programa- ción de aplicaciones o cambios de horario motivados por exigencias del trabajo parlamentario.
También se valorarán las certificaciones ISO o equi- valentes relacionadas con el objeto de este lote.
Cláusula 9.ª Puntuación global.
La puntuación global será la obtenida al sumar la valoración de la oferta técnica, la oferta económica y las prestaciones complementarias.
Cláusula 10.ª Efectos de la propuesta de adjudica- ción. Renuncia y desistimiento.
La determinación de la oferta más ventajosa no crea derecho alguno en favor del empresario propuesto, que no los adquirirá, respecto al Congreso de los Diputa- dos, mientras no se le haya adjudicado el contrato por acuerdo del órgano de contratación.
Antes de dicha determinación, la Mesa del Congre- so de los Diputados por razones de interés público debidamente justificadas podrá renunciar a celebrar el contrato. También podrá desistir de la adjudicación antes de la determinación de la oferta económicamente más ventajosa cuando se aprecie una infracción no sub- sanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.
En estos supuestos, la Mesa del Congreso de los Diputados en la notificación a los licitadores indicará la compensación que proceda abonar por los gastos en que hubiera incurrido en la licitación de acuerdo con los principios generales que rigen la responsabilidad de la Administración.
Cláusula 11.ª Adjudicación.
La Mesa de Contratación elevará las proposiciones presentadas, clasificadas por orden decreciente, con la correspondiente propuesta, a la Mesa de la Cámara, u órgano delegado a estos efectos, quien determinará la oferta económicamente más ventajosa, requiriendo al licitador que la hubiere presentado para que, dentro del
=
Puntuación de la oferta económica que se valora
Donde:
económica oferta que se valora
plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presen- te la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como de haber constituido la garantía definitiva, conforme a lo estipulado en la
Oferta más económica = VO menor.
Oferta que se valora = valor VO obtenido para esa oferta.
cláusula 18.ª Durante este plazo, el adjudicatario debe- rá presentar la documentación justificativa de hallarse
al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tri- butarias y con la Seguridad Social así como, en su caso, cualquier otro documento acreditativo de su aptitud para contratar o de la efectiva disposición de los medios que se hubiesen comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato, conforme al artículo 53.2 de la LCSP. Asimismo, el adjudicatario deberá presentar la constitución de la garantía definitiva, el pago del anuncio o anuncios de licitación.
De no cumplimentarse adecuadamente el requeri- miento en el plazo señalado, se entenderá que el licita- dor ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
La Mesa de la Cámara u órgano delegado a estos efectos deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documenta- ción.
No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego.
La adjudicación se notificará a los candidatos o lici- tadores y se publicará en el perfil del contratante de la página web del Congreso de los Diputados, xxxx://xxx. xxxxxxxx.xx/xxxxxx/xxxx/xxxxxx/Xxxxxxxx/Xxxxxxxx/ Informacion/PerfilcontratanteCong de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 135.4 de la LCSP.
Notificada la adjudicación del contrato y transcurri- dos los plazos para la interposición de recursos sin que se hayan interpuesto, la documentación que acompaña a las proposiciones quedará a disposición de los intere- sados. Si éstos no retiran su documentación en los tres meses siguientes a la fecha en que se les notifique la adjudicación, el Congreso de los Diputados no estará obligado a seguirla custodiando, a excepción de los documentos justificativos de la garantía provi- sional, que se conservarán para su entrega a los intere- sados.
La acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social ante el órgano de contratación, se realizará de acuerdo con lo siguiente:
Obligaciones tributarias:
a) Original o copia compulsada del alta en el impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerza actividades sujetas a dicho impuesto, en relación con las que venga realizando a la fecha de presentación de su proposición referida al ejercicio corriente o el último recibo, completado con una declaración respon- sable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto.
Los sujetos pasivos que estén exentos del impuesto deberán presentar declaración responsable indicando la causa de exención. En el supuesto de encontrarse en
alguna de las exenciones establecidas en el artículo 82.1 apartados b), e) y f) del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundi- do de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, deberán presentar asimismo resolución expresa de la concesión de la exención de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Las uniones temporales de empresarios deberán acreditar, una vez formalizada su constitución, el alta en el impuesto, sin perjuicio de la tributación que corresponda a las empresas integrantes de la misma.
b) Certificación positiva expedida por la Agencia Estatal de la Administración tributaria, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requi- sitos establecidos en el artículo 13 del RGLCAP.
Obligaciones con la Seguridad Social:
Certificación positiva expedida por la Tesorería de la Seguridad Social, en la que se contenga genérica- mente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 14 del RGLCAP.
En caso de igualdad en las proposiciones, una vez estudiadas de acuerdo a los criterios que sirven de base para la adjudicación, se dará preferencia a aquellas empresas que tengan en su plantilla un número de tra- bajadores con discapacidad superior al 2 por ciento, y si esta circunstancia se acredita en varias empresas, ten- drá preferencia en la adjudicación del contrato el licita- dor que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla, todo ello de acuerdo a la Disposición adicional sexta, apartado 1º de la Ley de Contratos del Sector Público.
A efectos de aplicación de esta circunstancia, los licitadores deberán acreditarla, en su caso, mediante los correspondientes contratos de trabajo y documentos de cotización a la Seguridad Social.
La adjudicación del contrato se realizará en el plazo de 15 días hábiles contados desde la publicación de la oferta económicamente más ventajosa en el perfil del contratante.
Cláusula 12.ª Formalización del contrato.
La formalización del contrato deberá efectuarse no más tarde de los quince días hábiles siguientes a aquél en que se reciba la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos, sin perjuicio del plazo a que se refiere el artículo 140.3 si se trata de un contrato sus- ceptible de recurso especial en materia de contratación. Si por causas imputables al adjudicatario no pudiera formalizarse el contrato dentro del plazo señalado, el Congreso de los Diputados podrá acordar la incauta- ción sobre la garantía definitiva del importe de la garan-
tía provisional que, en su caso hubiese exigido.
Cláusula 13.ª Riesgo y xxxxxxx.
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ven- tura del contratista, según lo dispuesto en el artícu- lo 199 de la LCSP.
Cláusula 14.ª Cesión del contrato.
El adjudicatario no podrá ceder a un tercero los dere- chos y obligaciones dimanantes del presente contrato.
Cláusula 15.ª Subcontratación.
El contratista no podrá concertar con terceros la rea- lización total ni parcial del contrato.
Cláusula 16.ª Resolución del contrato.
Son causas de resolución del contrato las recogidas en los artículos 206 y 284 de la LCSP, así como las siguientes:
1. La pérdida sobrevenida de los requisitos para contratar con la Administración.
2. El incumplimiento de lo dispuesto en la cláusu- la 15.ª sobre la de la subcontratación.
3. La obstrucción a las facultades de dirección e inspección del Congreso de los Diputados.
4. El incumplimiento de la obligación del contra- tista de guardar sigilo respecto de los datos o antece- dentes que, no siendo públicos o notorios, estén rela- cionados con el objeto del contrato y de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo.
5. El incumplimiento de las restantes obligaciones contractuales esenciales, calificadas como tales en los pliegos o en el contrato.
La resolución del contrato se acordará por el órgano de contratación de oficio o a instancia del contratista, en su caso, mediante procedimiento tramitado en la forma reglamentariamente establecida por el artículo 109 del RGLCAP.
En los casos de resolución por incumplimiento cul- xxxxx del contratista, le será incautada la garantía y deberá, además, indemnizar al Congreso de los Diputa- dos los daños y perjuicios ocasionados en lo que exce- dan del importe de la garantía incautada.
La determinación de los daños y perjuicios que deba indemnizar el contratista se llevará a cabo por el órgano de contratación en decisión motivada previa audiencia del mismo, atendiendo, entre otros factores, al retraso que implique para la inversión proyectada y a los mayo- res gastos que ocasione al Congreso de los Diputados.
Para la aplicación de las causas de resolución se estará a lo dispuesto en el artículo 207 de la LCSP y para sus efectos a lo dispuesto en los artículos 208 y 276 de la LCSP así como a los artículos correspondientes del RGLCAP.
Sección segunda. De las garantías Cláusula 17.ª Garantía provisional.
Para poder tomar parte en el procedimiento será pre- ciso haber constituido previamente una garantía provi- sional por valor del 2% del importe de licitación. En cuanto a la forma y requisitos de la garantía, se estará a lo previsto en los artículos 84 y 91 de la LCSP.
Dicha garantía deberá constituirse a nombre del Congreso de los Diputados (CIF S-2804002-J) y se pre- sentará en días hábiles, de lunes a viernes, de 10 a 13 horas, en el Departamento de Gestión Presupuestaria del Congreso de los Diputados.
La garantía provisional se extinguirá automática- mente y se devolverá a los licitadores inmediatamente después de la adjudicación del contrato. Al licitador que presente la oferta más ventajosa cuya proposición haya sido seleccionada para la adjudicación, le será retenida la garantía provisional hasta que acredite, en el plazo señalado en el artículo 135.2 de la LCSP, la cons- titución de la garantía definitiva e incautada la de las empresas que retiren injustificadamente su proposición antes de la adjudicación, siendo de aplicación lo esta- blecido en el artículo 62 del RGLCAP.
En todo caso, la garantía presentada por los licitado- res responderá del mantenimiento de las proposiciones hasta la adjudicación del contrato. Por su parte, la garantía provisional presentada por el licitador que resulte adjudicatario del contrato, responderá también del cumplimiento de las obligaciones que le impone el art. 135.2 de la Ley.
Cláusula 18.ª Garantía definitiva.
Recibido el requerimiento al que se refiere la cláu- sula 17.ª anterior, el licitador que haya presentado la oferta más ventajosa deberá constituir a disposición del Congreso de los Diputados una garantía de un 5% del importe de adjudicación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido.
Esta garantía definitiva se constituirá a favor del Congreso de los Diputados y se presentará para su depósito de lunes a viernes, de 10 a 13 horas, en el Departamento de Gestión Presupuestaria del Congreso de los Diputados.
La garantía definitiva responderá de los conceptos mencionados en el artículo 88 de la LCSP.
La constitución, reposición, reajuste, devolución y cancelación de la garantía se regirán por lo previsto en los artículos 84 a 90 de la LCSP.
Cláusula 19.ª Devolución y cancelación de la garantía definitiva.
Aprobada la liquidación del contrato, si no resulta- sen responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la
garantía definitiva, se dictará acuerdo de devolución de aquélla.
Transcurrido un año desde la fecha de terminación del contrato sin que la recepción formal y la liquidación hubiesen tenido lugar por causas no imputables al con- tratista, se procederá a la devolución o cancelación de la garantía, siempre que no se hayan producido las res- ponsabilidades a que se refiere el artículo 88 de la LCSP y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 65.3 del RGLCAP.
Sección tercera. De las proposiciones Cláusula 20.ª Presentación de proposiciones.
La presentación de los sobres que contengan las proposiciones se realizará en la Secretaría del Centro de Tecnologías de la Información y de las Comunica- ciones del Congreso de los Diputados, de 10 a 13 horas en días hábiles, de lunes a viernes.
Cuando la documentación se envíe por correo, el licitador deberá justificar la fecha y hora de imposición del envío en la oficina de correos y anunciar a la Secre- taría del Centro de Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones del Congreso de los Diputados la remisión de la oferta mediante télex, fax al núme- ro 00 000 00 00, o telegrama en el mismo día.
Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la documentación si es recibida con posterio- ridad a la fecha y hora de la terminación del plazo seña- lado en el anuncio. Transcurridos, no obstante, diez días siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la documentación, ésta no será admitida en ningún caso.
En el perfil del contratante del Congreso de los Diputados se ofrecerá información relativa a la convo- catoria de la licitación del contrato, incluyendo los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas, así como la documentación complementaria, en su caso.
Cada licitador no podrá presentar más de una pro- posición para cada lote. Tampoco podrá suscribir nin- guna proposición en unión temporal con otros empre- sarios si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las ofertas por él suscritas.
No se admitirán ofertas a un lote condicionadas a la adjudicación de otros lotes.
No serán aceptadas aquellas proposiciones que ten- gan omisiones, errores o tachaduras que impidan cono- cer con absoluta claridad la oferta.
La presentación de proposiciones supone la acepta- ción incondicional por el empresario del contenido de la totalidad de las cláusulas o condiciones previstas en los pliegos que rigen el contrato, sin salvedad o reserva alguna.
Cláusula 21.ª Forma y contenido de las proposiciones.
Las proposiciones constarán de tres (3) sobres, cerrados y firmados por el licitador o persona que lo represente, debiendo figurar en el exterior de cada uno de ellos la denominación del contrato al que licitan, el nombre y apellidos del licitador o razón social de la empresa y su correspondiente NIF o CIF, así como el título del sobre. En su interior se hará constar una rela- ción numérica de los documentos que contienen. Los sobres se dividen de la siguiente forma:
1. Sobre A: «Documentación administrativa» que incluirá, preceptivamente, los siguientes documentos:
1.1 Capacidad de obrar.
1.1.1 Si la empresa fuera persona jurídica, la escri- tura o documento de constitución, los estatutos o acto fundacional en los que conste las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Público que corresponda según el tipo de persona jurídica de que se trate, así como el código de identificación fiscal (CIF), todo ello en original o copia que tenga el carácter de auténtica conforme a la legisla- ción vigente, o fotocopia compulsada por funcionario habilitado para ello. Estos documentos deberán recoger el exacto régimen jurídico del licitador en el momento de la presentación de la proposición.
1.1.2 Si se trata de empresario individual, el DNI o documento que, en su caso, le sustituya reglamenta- riamente, en copia que tenga el carácter de auténtica conforme a la legislación vigente, o fotocopia compul- xxxx por funcionario habilitado para ello.
1.1.3 La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea, se acreditará mediante su inscrip- ción en el registro procedente, de acuerdo con la legis- lación del Estado donde estén establecidos o mediante la presentación de una declaración jurada o un certifi- cado de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
1.1.4 Cuando se trate de empresas extranjeras no comprendidas en el párrafo anterior, informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Esta- do correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, en el que se haga constar, previa acreditación por la empre- sa, que figuran inscritas en el Registro local profesio- nal, comercial o análogo, o en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato. Igualmente, deberán acompañar informe de la Misión Diplomática Permanente española, que acredite que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de las empresas espa- ñolas en la contratación con la Administración y con el sector público. En los contratos sujetos a regulación
armonizada, se prescindirá del informe sobre reciproci- dad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organi- zación Mundial del Comercio.
1.1.5 Las empresas extranjeras presentarán su documentación traducida de forma oficial al castellano.
1.2 Bastanteo de poderes.
Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro o representen a una persona jurídica, deberán acompañar también escritura de poder a fin de que pueda ser debidamente bastanteado por la Asesoría Jurídica del Congreso de los Diputados. A cuyo efecto los poderes y documentos acreditativos de la personali- dad serán presentados en original o copia compulsada. Igualmente deberá presentar fotocopia compulsada del DNI de la persona a cuyo favor se otorgó el apodera- miento o representación. Si el documento acreditativo de la representación contuviese delegación permanente de facultades, deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil.
1.3 Declaraciones relativas a no estar incursos en prohibiciones e incompatibilidades para contratar con la Administración, de estar al corriente en el cumpli- miento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Declaración responsable de que el empresario, si se tratare de persona física, o la empresa, sus administra- dores y representantes, si se tratare de persona jurídica, así como el firmante de la proposición, no están incur- sos en ninguna de las prohibiciones para contratar seña- ladas en el artículo 49 de la LCSP, en los términos y condiciones previstas en el mismo. Esta declaración comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tribu- tarias y con la Seguridad Social impuestas por las dis- posiciones vigentes.
1.4 Acreditación de la finalidad de la empresa y de su organización.
En el caso de personas jurídicas, los licitadores deberán presentar la documentación que acredite debi- damente que las prestaciones objeto del contrato están comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales, les sean propias.
1.5 Solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
Asimismo, los licitadores deberán presentar la docu- mentación acreditativa de su solvencia económica y financiera y técnica o profesional en la forma que se detalla a continuación:
1.5.1 Solvencia económica y financiera (artículo 64 de la LCSP):
Informe de instituciones financieras en el que conste que el licitador mantiene buenas relaciones comerciales y financieras con aquella y que responde adecuadamen- te a sus compromisos, o justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales por un importe mínimo del importe del contrato.
Tratándose de personas jurídicas, presentación de las cuentas anuales o extracto de las mismas en el supuesto de que la publicación de éstas sea obligatoria en los Estados en donde aquéllas se encuentren estable- cidas.
Declaración sobre el volumen global de negocios y sobre el volumen de negocios en el ámbito de activida- des correspondientes al objeto del contrato, referido, a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario, en la medida en que se disponga de las referencias de dicho volumen de negocios.
1.5.2 Solvencia técnica o profesional (artículo 67 LCSP):
Las empresas deberán disponer de experiencia en servicios de las mismas características que las del pre- sente contrato y deberán disponer del equipo técnico y humano necesarios para la instalación del mismo.
La solvencia técnica exigida se acreditará por los medios siguientes:
Relación de los principales servicios realizados en los tres últimos años que incluya importe, fechas y beneficiarios públicos o privados de los mismos, acre- ditándose mediante los certificados correspondientes. Los licitadores deberán incluir, acompañando a los documentos acreditativos de la solvencia exigida, com- promiso de adscripción o dedicación de los medios per- sonales y materiales suficientes para la ejecución del
contrato.
Los licitadores deberán disponer de las habilitacio- nes, licencias o permisos legalmente necesarios que precisen las actividades objeto del contrato, ya sean de carácter estatal, autonómico o local, acreditándose esta circunstancia mediante la aportación de los correspon- dientes certificados emitidos por la autoridad compe- tente que debe incluirse en este sobre.
— La solvencia técnica de los licitadores deberá acre- ditarse mediante certificación acreditativa en original o copia compulsada o autentificada, de que la empresa posee la Clasificación de Contratistas del Estado, sin per- juicio de lo establecido en el apartado 1 del artículo 55 de la LCSP respecto a los empresarios no españoles de esta- dos miembros de la Unión Europea.
No obstante, en aquellos supuestos en que la empre- sa se encuentre pendiente de clasificación deberá apor-
tar el documento acreditativo de haber presentado la correspondiente solicitud para ello, debiendo justificar el estar en posesión de la clasificación en el plazo pre- visto para la subsanación de defectos u omisiones en la documentación.
La clasificación de contratistas del Estado exigida para cada lote será la siguiente:
— Para el lote I: Grupo V, subgrupo 8, categoría D.
— Para el lote II: Grupo V, subgrupo 5, categoría C.
— Para el lote III: Grupo V, subgrupo 2, categoría D.
Las empresas licitadoras deberán poseer las siguien- tes certificaciones:
— Para el lote I: Gold Partner Microsoft.
— Para el lote II: Gold Partner Microsoft y Gold Oracle Partner Network.
— Para el Lote III: Gold Oracle Partner Network.
1.6 Uniones temporales de empresarios.
Para que en la fase previa a la adjudicación sea efi- caz la unión temporal frente al Congreso de los Diputa- dos deberán presentar, todos y cada uno de los empre- sarios, los documentos exigidos en la presente cláusula, además de un escrito de compromiso en el que se indi- carán: los nombres y circunstancias de los que la cons- tituyan; la participación de cada uno de ellos así como la xxxxxxxx del compromiso de constituirse formal- mente en unión temporal en caso de resultar adjudicata- rio. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas que compo- nen la unión.
Respecto a la determinación de la solvencia econó- mica y financiera y técnica o profesional de la unión temporal y a sus efectos, se acumularán las característi- cas acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma.
En el supuesto de que el contrato se adjudicase a una unión temporal de empresarios, ésta acreditará su constitución en escritura pública, así como el CIF asignado a dicha unión, antes de la formaliza- ción del contrato. En todo caso, la duración de la unión será coincidente con la del contrato hasta su extinción.
1.7 Jurisdicción de empresas extranjeras.
Las empresas extranjeras deberán presentar decla- ración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudie- ran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera correspon- derles.
1.8 Documentación relativa a la preferencia en la adjudicación.
A efectos de la preferencia en la adjudicación, según lo previsto en la Cláusula 11.ª del presente pliego, «Adju- dicación», podrá presentarse en este sobre la siguiente documentación: contratos de trabajo y documentos de cotización a la Seguridad Social de los trabajadores minusválidos.
1.9 Garantía provisional.
La constitución de la garantía provisional se justifi- cará mediante la presentación del resguardo acreditati- vo de haber constituido la misma ante el Departamento de Gestión Presupuestaria del Congreso de los Diputa- dos, de conformidad con las condiciones y requisitos establecidos en la cláusula 17.ª del presente pliego.
1.10 Empresas vinculadas.
Las empresas pertenecientes a un mismo grupo, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42 del Código de Comer- cio y que presenten distintas proposiciones para concu- rrir individualmente a la adjudicación, deberán presen- tar declaración en la que hagan constar esta condición. También deberán presentar declaración explícita aque- llas sociedades que, presentando distintas proposicio- nes, concurran en alguno de los supuestos alternativos establecidos en el artículo 42 del Código de Comercio, respecto de los socios que la integran.
1.11 En ningún caso el Congreso de los Diputados compulsará más xx xxxx fotocopias de la documenta- ción a entregar.
2. Sobre B: «Oferta Técnica».
Este sobre cerrado y firmado se referirá a la Docu- mentación Técnica, y tendrá el siguiente contenido:
En este sobre se incluirá la documentación relativa a aquellos criterios cuya cuantificación dependa de un jui- cio de valor que impida su valoración mediante fórmulas matemáticas como el programa de trabajos, medios per- sonales, mejoras y precios por servicios extraordinarios, es decir la propuesta de gestión de servicio.
El licitador deberá presentar la siguiente documen- tación:
— Relación nominal de los componentes del equi- po de trabajo ordenada por tipo de perfil.
— Formulario de Personal según modelo recogido en el Anexo xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
— Justificación documental de las acreditaciones presentadas.
Se incorporará toda la documentación necesaria para la valoración de las mejoras ofertadas.
Esta documentación tendrá carácter contractual.
3. Sobre C: «Oferta Económica».
Dentro de este sobre se incluirá la proposición eco- nómica de los servicios especificados en el Pliego de Prescripciones Técnicas que se presentará redactada conforme al modelo fijado en el Anexo I, no aceptándo- se aquellas que contengan omisiones, errores o tacha- duras que impidan conocer claramente lo que la Admi- nistración estime fundamental para considerar la oferta. En caso de licitar al Lote III será preciso además relle- nar el detalle del modelo que aparece en el Anexo II. Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del presupuesto base de licitación, variase sustancial- mente el modelo establecido, comportase error mani- fiesto en el importe de la proposición, o existiese reco- nocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será des- echada por la Mesa de contratación mediante resolu- ción motivada, sin que sea causa bastante para el recha- zo el cambio u omisión de algunas palabras del modelo
si ello no altera su sentido.
Cláusula 22.ª Examen de la documentación presenta- da, valoración de los requisitos de solvencia y aper- tura de proposiciones.
La Junta de Contratación de Obras, Servicios y Suministros, constituida en Mesa de Contratación a los efectos de calificación de la documentación, si observa- se defectos u omisiones subsanables en la documenta- ción presentada, lo comunicará a los interesados, mediante telefax, correo electrónico o cualquier otro medio que permita tener constancia de su recepción por el interesado, de la fecha en que se reciba y del conteni- do de la comunicación, concediéndose un plazo no superior a cinco días naturales para que los licitadores los corrijan o subsanen o para que presenten aclaracio- nes o documentos complementarios.
Una vez calificada la documentación y realizadas, si procede, las actuaciones indicadas, la Junta de Contra- tación de Obras, Servicios y Suministro determinará las empresas que se ajustan a los requisitos de solvencia que se establecen en la cláusula 21.ª del presente plie- go, con pronunciamiento expreso sobre los admitidos a licitación, los rechazados y sobre las causas de su rechazo. Estas circunstancias se pondrán en conoci- miento de los licitadores en el acto público de apertura de las proposiciones económicas.
El órgano de contratación publicará, con la debida antelación, en el perfil del contratante de la página web del Congreso de los Diputados, la fecha de celebración del acto público de apertura y lectura de las ofertas eco- nómicas.
En acto público, dentro del plazo de un mes desde el fin del plazo de presentación de ofertas, la Mesa de Contratación abrirá los sobres B «Oferta Técnica» y C
«Oferta económica», de las empresas admitidas, dando lectura a las ofertas.
Seguidamente, una vez emitidos, en su caso, los informes solicitados, la Mesa de Contratación elevará a la Mesa de la Cámara las proposiciones junto con el acta y la propuesta de determinación de la oferta econó- micamente más ventajosa que estime pertinente, que incluirá en todo caso la ponderación de los criterios indicados en la Cláusula 8.ª
CAPÍTULO SEGUNDO
Ejecución del contrato
Sección primera. Del cumplimiento del contrato Cláusula 23.ª Programa de trabajo.
El contratista, en el plazo de 15 días, contado a par- tir de la adjudicación del contrato, habrá de someter a la aprobación del Centro de Tecnologías de la Informa- ción y de las Comunicaciones, el programa de trabajo para su realización, en el que consten las tareas que considere necesario realizar para atender el contenido del servicio proponiendo, en su caso, los plazos parcia- les correspondientes a cada tarea.
El programa de trabajo contendrá todos los datos exigidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas Par- ticulares.
El Centro de Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones resolverá sobre el mismo, pudiendo imponer al programa de trabajo presentado la introduc- ción de modificaciones, ampliaciones y el grado de definición que estime necesario para el cumplimiento del contrato.
Cada vez que se modifiquen las condiciones con- tractuales, el contratista queda obligado a la actualiza- ción y puesta al día de este programa.
Cláusula 24.ª Dirección de los servicios.
La dirección de los servicios corresponde al res- ponsable del contrato que es el Coordinador del Cen- tro de Tecnologías de la Información y de las Comuni- caciones.
Son funciones del responsable del contrato del órga- no de contratación:
a) Interpretar el Pliego de Prescripciones Técnicas y demás condiciones técnicas establecidas en el contra- to o en disposiciones oficiales.
b) Exigir la existencia de los medios y organiza- ción necesarios para la prestación de los servicios en cada una de sus fases.
c) Dar las órdenes oportunas para lograr los obje- tivos del contrato.
d) Proponer las modificaciones que convenga introducir para el buen desarrollo de los servicios.
e) Expedir, en su caso, las certificaciones parcia- les correspondientes a los servicios realizados según los plazos de ejecución y abono que se hayan acordado.
f) Tramitar cuantas incidencias surjan durante el desarrollo de los servicios.
g) Convocar cuantas reuniones estime pertinentes para el buen desarrollo de los servicios y su supervisión, a la que estará obligada a asistir la representación de la empresa adjudicataria, asistida de aquellos facultativos, técnicos, letrados o especialistas de la misma que ten- gan alguna intervención en la ejecución del servicio.
Cláusula 25.ª Trabajos defectuosos o mal ejecutados.
El adjudicatario responderá de la correcta realiza- ción de los servicios contratados y de los defectos que en ellos hubiera, sin que sea eximente ni dé derecho alguno la circunstancia de que los representantes del Congreso de los Diputados los hayan examinado o reconocido durante su elaboración o aceptado en com- probaciones, valoraciones o certificaciones parciales. El Congreso de los Diputados, en caso de incum- plimiento de la ejecución parcial de las prestaciones por parte del contratista, podrá optar por la resolución del contrato o por la imposición de las siguientes pena-
lidades:
1.º Por demora, de conformidad con lo estableci- do en el artículo 196 de la LCSP.
2.º Por ejecución defectuosa, de conformidad con lo establecido en el artículo 196 de la LCSP.
Cláusula 26.ª Responsabilidad del contratista por daños y perjuicios.
El contratista será responsable de todos los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contra- to. Si los daños y perjuicios ocasionados fueran conse- cuencia inmediata y directa de una orden dada por el Congreso de los Diputados, ésta será responsable den- tro de los límites señalados en las leyes. En todo caso, será de aplicación lo preceptuado en el artículo 198 de la LCSP.
Cláusula 27.ª Plazo y lugar de ejecución.
El plazo de duración inicial del contrato al que se refiere este pliego será de dos (2) años contados desde el día de la firma.
En caso de que el citado contrato sea prorrogado, en los términos establecidos en la cláusula 28.ª, el plazo de ejecución de los trabajos será de cuatro (4) años, sin perjuicio de lo establecido en la cláusula 5.ª
Cláusula 28.ª Prórroga del contrato.
Sin perjuicio de lo dispuesto en la cláusula anterior, trascurrido el plazo de vigencia inicial del contrato, las prórrogas deberán autorizarse por el órgano de contra- tación, previo informe favorable de la Junta de Contra- tación de Obras, Servicios y Suministros, sin que pue- dan producirse por el consentimiento tácito de las partes. En todo caso, las prórrogas consideradas aislada o conjuntamente, no podrán exceder del plazo fijado originariamente. Todo ello de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 279 de la LCSP.
La garantía definitiva constituida inicialmente se podrá aplicar al período de prórroga sin que sea necesa- rio reajustar su cuantía, salvo que junto con la prórroga se acuerde la modificación del contrato.
Cláusula 29.ª Modificación del contrato.
Una vez perfeccionado el contrato, el órgano de contratación sólo podrá introducir modificaciones en el mismo por razones de interés público y para atender a causas imprevistas, justificando debidamente su nece- sidad en el expediente. Estas modificaciones no podrán afectar a las condiciones esenciales del contrato.
Cuando las modificaciones supongan la ejecución de trabajos no valorables por aplicación del sistema establecido en el contrato, se observará lo dispuesto en el artículo 217.2 de la LCSP.
En lo concerniente a su régimen se estará a lo dis- puesto en los artículos 194, 195 y 202 de la LCSP.
Cláusula 30.ª Suspensión del contrato.
El Congreso de los Diputados, por razones de inte- rés público, podrá acordar la suspensión de la ejecución del contrato. Igualmente, procederá la suspensión del contrato si se diese la circunstancia señalada en el artí- culo 200.5 de la LCSP. A efectos de la suspensión del contrato, se estará a lo dispuesto en el artículo 203 de la LCSP, así como en los preceptos concordantes del RGLCAP.
CAPÍTULO TERCERO
Derechos y obligaciones del contratista Sección primera. De los abonos al contratista Cláusula 31.ª Pago del precio del contrato.
El contratista tiene derecho al abono, con arreglo a los precios convenidos, de los trabajos que realmente ejecute con sujeción al contrato otorgado, a sus modifi- caciones aprobadas y a las instrucciones dadas por el Congreso de los Diputados, siendo la forma de pago trimestral, previa acreditación de la realización de los distintos trabajos de mantenimiento y reparación.
El abono se realizará previa presentación de factura trimestral por los trabajos realizados y conformidad por el Centro de Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones, de acuerdo con lo establecido en las Normas de Régimen Económico del Congreso de los Diputados.
La demora en el pago por plazo superior a sesenta días devengará a favor del contratista los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley por la que se estable- cen medidas de lucha contra la morosidad en las opera- ciones comerciales, de conformidad con lo establecido en el artículo 200.4 de la LCSP.
Cláusula 32.ª Revisión de precios.
Durante los dos primeros años de vigencia del con- trato no será aplicable la revisión de precios, tal como establece el artículo 77 de la LCSP. A partir del tercer año de vigencia del contrato y de las sucesivas prórro- gas que en su caso se acordasen, la revisión de precios se realizará mediante la aplicación del 85% a la varia- ción experimentada por el Índice de Precios al Consu- mo en el período correspondiente a los 12 meses ante- riores al inicio de cada periodo anual de ejecución, ya corresponda al periodo inicial del contrato o bien al período de prórroga, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 78.3 de la LCSP.
Sección segunda. De las exigencias al contratista Cláusula 33.ª Obligaciones, gastos e impuestos exigi-
bles al contratista.
El contrato se ejecutará con sujeción a las cláusulas del mismo y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diera al contratista el Congreso de los Diputados.
Son de cuenta del contratista los gastos e impuestos, los de formalización del contrato en el supuesto de ele- vación a escritura pública, así como de cuantas licen- cias, autorizaciones y permisos procedan en orden a la ejecución del contrato. Asimismo, vendrá obligado a satisfacer todos los gastos que la empresa deba realizar para el cumplimiento del contrato, como son los gene- rales, financieros, de seguros, transportes y desplaza- mientos, materiales, instalaciones, honorarios del per- sonal a su cargo, de comprobación y ensayo, tasas y toda clase de tributos, el IVA y cualesquiera otros que pudieran derivarse de la ejecución del contrato durante la vigencia del mismo.
Tanto en las ofertas que formulen los licitadores como en las propuestas de adjudicación, se entenderán comprendidos, a todos los efectos, los tributos de cual- quier índole que graven los diversos conceptos.
No obstante, en todo caso, en la oferta económica, se indicará como partida independiente el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).
Sección tercera. De las disposiciones laborales y sociales
Cláusula 34.ª Obligaciones laborales y sociales.
El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de minusválidos y de pre- vención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales y en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como de las que se promulguen durante la ejecución del contrato.
Sección cuarta. De la confidencialidad
y de la protección de datos de carácter personal Cláusula 35.ª Deber de confidencialidad.
El contratista deberá respetar el carácter confiden- cial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se le hubie- se dado el referido carácter en los pliegos o en el con- trato, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Este deber se mantendrá con carácter indefi- nido.
Los órganos de contratación no podrán divulgar la información facilitada por los empresarios que estos hayan designado como confidencial. A estos efectos, los licitadores deberán incorporar en cada uno de los sobres una relación con la documentación a la que hayan dado ese carácter.
Cláusula 36.ª Protección de datos de carácter personal.
La empresa adjudicataria y su personal están obliga- dos a guardar secreto profesional respecto a los datos de carácter personal de los que haya podido tener cono- cimiento por razón de la prestación del contrato, obli- gación que subsistirá aún después de la finalización del mismo, de conformidad con el artículo 10 de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal, de 13 de diciembre de 1999.
El adjudicatario deberá formar e informar a su per- sonal de las obligaciones que en materia de protección de datos estén obligados a cumplir en el desarrollo de sus tareas para la prestación del contrato, en especial las derivadas del deber xx xxxxxxx, respondiendo la empresa adjudicataria personalmente de las infraccio- nes legales en que por incumplimiento de sus emplea- dos se pudiera incurrir.
El adjudicatario y su personal durante la realización de los trabajos que se presten como consecuencia del cumplimiento del contrato, estarán sujetos al estricto cumplimiento de las normas de seguridad de las depen- dencias del Congreso de los Diputados en las que se desarrolle su trabajo.
Si el contrato adjudicado implica el tratamiento de datos de carácter personal se deberá respetar en su inte- gridad la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y su normati- va de desarrollo, de conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional Trigésimo Primera de la LCSP.
CAPÍTULO CUARTO
Extinción del contrato
Sección primera. De la terminación del contrato Cláusula 37.ª Terminación del contrato.
El contratista deberá realizar a satisfacción de la Administración Parlamentaria la totalidad de las pres- taciones a que se refiere este Xxxxxx. A tales efectos, el Congreso de los Diputados requerirá la realización de las prestaciones contratadas así como la subsanación de los defectos observados con ocasión de su recepción. El Congreso de los Diputados tendrá la facultad de supervisar la mencionada ejecución, dando por escrito al contratista las instrucciones precisas al objeto de lle- var a buen término la citada ejecución, todo ello de conformidad con lo que dispone la LCSP, con carácter
general para el cumplimiento de la prestación.
El Congreso de los Diputados determinará si la presta- ción realizada por el contratista se ajusta a las prescripcio- nes establecidas para su ejecución y cumplimiento. En el caso de que los trabajos efectuados no se adecuen a la pres- tación contratada, como consecuencia de vicios o defectos imputables al contratista, podrá rechazar la misma que- dando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho.
A los efectos de determinar los supuestos de ejecu- ción defectuosa, demora e indemnización de daños y
perjuicios, será de aplicación lo dispuesto en los artícu- los 196 a 198 de la LCSP.
Cláusula 38.ª Recepción y liquidación.
El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste se haya realizado de acuerdo con los térmi- nos del mismo y a satisfacción de la Administración Parlamentaria, la totalidad de las prestaciones.
La recepción y liquidación del contrato se realizará de conformidad con lo establecido en el artículo 205 de la LCSP.
Sección segunda. Jurisdicción, Fuero y Recursos Cláusula 39.ª Jurisdicción, Fuero y Recursos.
La Mesa del Congreso ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento.
Asimismo, ostenta la prerrogativa de modificarlos, por razones de interés público, de conformidad con lo dispuesto en la LCSP.
Los acuerdos de la Mesa son inmediatamente ejecu- tivos.
De conformidad con lo establecido en los artícu- los 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administracio- nes Públicas y Procedimiento Administrativo Común, procederá la interposición de recurso ante la propia Mesa con carácter previo a la interposición del recurso contencioso-administrativo, en el plazo de un mes, contado a partir del siguiente al de notificación de la resolución, todo ello sin perjuicio de la interposición de la cuestión de nulidad o del recurso especial en materia de contratación, en aquellos casos en que pro- ceda.
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D./Dña. ............................................................................., con DNI núm. , en nombre (propio o de
la empresa que representa) ...................................................., con CIF/NIF , y domicilio fiscal en
.............................................., calle/plaza ......................................., número , enterado del anuncio publicado en
el .......................... (perfil del contratante, XXX, BOCG, DOUE) del día ...... de .............. de ,
y de las condiciones, requisitos y obligaciones sobre protección y condiciones de trabajo que se exigen para la adjudicación del CONTRATO DE ASISTENCIA TÉCNICA Y COLABORACIÓN CON EL CENTRO DE TEC- NOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y DE LAS COMUNICACIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
se compromete a tomar a su cargo la ejecución de las correspondientes al (a los) Lote (s) , con
estricta sujeción a los expresados requisitos, condiciones y obligaciones por un precio en Euros, para los dos años de contrato de:
PRECIO | IVA | PRECIO + IVA | |
LOTE I | |||
LOTE II | |||
LOTE III | |||
TOTAL |
Todo ello de acuerdo con lo establecido en los pliegos de prescripciones técnicas y cláusulas administrativas particulares que sirven de base a la convocatoria, cuyo contenido declara conocer y acepta plenamente.
Fecha y firma del licitador.
ANEXO II
DETALLE DEL MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA PARA EL LOTE III
D./Dña. ............................................................................., con DNI núm. , en nombre (propio o de
la empresa que representa) ...................................................., con CIF/NIF , y domicilio fiscal en
.............................................., calle/plaza ......................................., número , enterado del anuncio publicado en
el .......................... (perfil del contratante, XXX, BOCG, DOUE) del día ...... de .............. de ,
y de las condiciones, requisitos y obligaciones sobre protección y condiciones de trabajo que se exigen para la adjudicación del CONTRATO DE ASISTENCIA TÉCNICA Y COLABORACIÓN CON EL CENTRO DE TEC- NOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y DE LAS COMUNICACIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
se compromete a tomar a su cargo la ejecución de las correspondientes al Lote III, con estricta sujeción a los expresados requisitos, condiciones y obligaciones por un precio en Euros, para los dos años de contrato de: con el siguiente detalle:
PRECIO HORA | IVA | PRECIO + IVA | |
Perfil jefe de proyecto/consultor | |||
Perfil analista | |||
Perfil analista-programador | |||
Perfil formador |
Todo ello de acuerdo con lo establecido en los pliegos de prescripciones técnicas y cláusulas administrativas particulares que sirven de base a la convocatoria, cuyo contenido declara conocer y acepta plenamente.
Fecha y firma del licitador.
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
Cláusula 1.ª Objeto del procedimiento.
El licitador deberá presentar un proyecto de asisten- cia técnica y colaboración con el Centro de Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones (en adelan- te Centro de TIC) de la Secretaría General del Congre- so de los Diputados, dirigido a dar soporte y potenciar determinadas tareas realizadas en el marco del sistema informático de la Cámara.
Con el fin de clarificar el ámbito de estas tareas y de concretar la asistencia técnica necesaria, el proyecto de colaboración se ha definido en tres lotes claramente diferenciados:
Lote 1. Atención a usuarios, formación y manteni- miento de equipos y productos ofimáticos.
Lote 2. Soporte, configuración y seguridad del sis- tema informático.
Lote 3. Desarrollo y optimización de proyectos informáticos.
Cláusula 2.ª Ámbito de la colaboración.
La asistencia técnica requerida para el lote 1 se desarrollará en el ámbito del Área de Atención a Usua- xxxx del Centro de TIC. El Jefe de este Área asignará tareas y funciones al personal colaborador y supervisa- rá el trabajo realizado 1.
De igual modo, la Jefa del Área de Sistemas gestio- nará y supervisará la asistencia técnica a la que se hace mención en el lote 2; y la Jefa del Área de Desarrollo la reflejada en la descripción del Lote 3.
En todos los casos, los Jefes de Área podrán reasig- nar recursos humanos, tareas y prioridades en función de las necesidades del servicio.
El personal prestará sus servicios en las dependen- cias del Congreso de los Diputados, donde dispondrá de espacio con el equipamiento que se estime necesa- rio. Si fuera preciso, se prestará el servicio en las ofici- nas de la empresa adjudicataria.
Lote I. Atención a usuarios, formación y mantenimiento de equipos y productos ofimáticos
Cláusula 3.ª Descripción del lote.
Son objeto de este lote la atención a usuarios, for- mación y mantenimiento de equipos y productos ofi- máticos del Congreso de los Diputados.
1 Alguna de las personas incluidas en este Lote podrán prestar sus servicios en el Área de Explotación y Gestión bajo la supervisión del Jefe de dicho Área, siempre en labo- res de atención a usuarios.
El número de usuarios se acerca a los 1.400 entre los que están los 350 diputados que requieren una aten- ción especial y personalizada. Se requiere una metodo- logía de trabajo que contemple la mejor atención de la forma más flexible teniendo en cuenta las exigencias del trabajo parlamentario.
Cláusula 4.ª Entorno tecnológico.
Se dispone de un parque ofimático que comprende: Hardware:
— 1.900 ordenadores personales de la marca HP.
— 980 impresoras de las siguientes marcas y modelos:
• 530 impresoras HP LaserJet.
• 450 impresoras Samsung.
— Otros elementos instalados o conectados a orde- nadores personales: escáneres, impresoras color, cintas DAT, etcétera.
Software:
— Sistemas operativos:
• Microsoft.
• Apple.
— Software de copia de seguridad, recuperación de datos, etc.
Cláusula 5.ª Prestaciones requeridas.
— Asistencia técnica y formación a todos los usua- xxxx del sistema informático del Congreso de los Dipu- tados.
— Recepción, gestión y resolución de incidencias de las que se dejará constancia en una aplicación infor- mática.
— Mantenimiento del parque ofimático descrito anteriormente, incluyendo el hardware, el software y los repuestos necesarios.
— Configuración y gestión de back-up en equipos y dispositivos móviles.
— Sincronización de datos entre los múltiples equi- pos informáticos, incluyendo tabletas, smartphones y PDA’s.
Cláusula 6.ª Equipo de trabajo.
Se requiere un grupo de 8 técnicos en jornadas de 40 horas semanales con arreglo a los siguientes perfiles:
— 4 técnicos de perfil B.
— 3 técnicos de perfil A.
— 1 coordinador.
Los requisitos de los distintos perfiles son los siguientes: Perfil B:
Titulación: Formación Profesional de Grado Medio
o equivalente, como mínimo.
Conocimientos:
Entorno Microsoft:
— Sistemas operativos: Windows XP y Windows 7.
— Paquetes ofimáticos: Xxxxxx 0000, 2007 y 2010.
— Correo electrónico: Exchange 2010; Outlook 2003, 2007 y 2010.
— Otros productos relacionados como InfoPath, MS Xxxxx, FrontPage, Publisher, etc.
Entorno Apple:
— Sistemas operativos: Mac OSX Lion, iWork, iOS4.
— Otros productos relacionados como Aperture 3, Final Cut Expres, iTunes, etc.
Otros entornos ofimáticos:
— Productos y herramientas de Lotus.
— Productos y herramientas de Adobe.
— Tratamiento de documentos PDF, software de reconocimiento de voz, tratamiento de gráficos, otros tipos de software aplicado a la ofimática, etc.
Tabletas (iPAD, PlayBook y similares):
— Sistemas operativos: iOS, Blackberry, Android, Windows Mobile.
— Configuración, funcionamiento y opciones avanzadas.
— Integración con otros dispositivos. Smartphones (IPhone, Blackberry y similares):
— Sistemas operativos: iOS, Blackberry, Android, Windows Mobile, Symbian, etc.
— Últimas tecnologías relacionadas. Redes sociales: (Facebook, Twitter, etc.):
— Configuración y soporte.
Mantenimiento y reparación de hardware y software en niveles de ofimática (PC’s, portátiles, tabletas, impresoras, etc.).
Inglés técnico. Experiencia:
Se deberá contar con una experiencia mínima demos- trable de tres años en los apartados citados en el epígra-
fe anterior relativo a los conocimientos, salvo en el caso de las tabletas y los smartphones que bastará con una experiencia de 6 meses.
En caso de contar con una experiencia demostrable superior a 10 años no será requisito indispensable poseer la titulación.
Se valorará especialmente la experiencia en asisten- cia directa o semidirecta a usuarios con altas responsa- bilidades y capacidad de decisión.
Perfil A:
En este perfil se requieren los mismos requisitos que en el perfil B, más los siguientes:
Titulación: Formación Profesional de Grado Supe- rior o equivalente, como mínimo.
Conocimientos añadidos:
Redes LAN y WIFI:
— Configuración básica, detección de errores, VPN, etc.
Internet:
— Productos y herramientas de última generación.
Impartición de cursos de ofimática y cualquier otro relacionado con el trabajo de atención a usuarios. Se deberá acreditar la experiencia y se valorarán especial- mente las certificaciones disponibles.
Conocimientos en Firma Electrónica y DNI electrónico. Conocimientos de Firewall y Antivirus.
Coordinador:
En este perfil se requieren los mismos requisitos del Perfil A más los siguientes:
Titulación: Titulación universitaria superior Experiencia:
— 5 años como mínimo en un puesto similar.
— Se valorará la experiencia en:
• Asistencia directa a usuarios con altas responsabi- lidades y capacidad de decisión.
• Asistencia a usuarios en las distintas Administra- ciones del Estado.
• En elaboración de trabajos y proyectos que hayan requerido condiciones especiales (especial dedicación, confidencialidad, etc.).
• En planificación de cursos y actividades docentes. En este caso se valorará especialmente la titulación, certificaciones obtenidas, etc.
— Nivel alto demostrable en conocimiento del idio- ma inglés.
La empresa adjudicataria nombrará un responsable técnico que, sin estar en el equipo de trabajo, se encar- gará del seguimiento de los objetivos establecidos. Este responsable será el interlocutor del Jefe de Área de Atención a Usuarios del Centro de TIC para tratar cual- quier asunto técnico relacionado con el desarrollo del proyecto.
Lote II. Soporte, configuración y seguridad del sistema informático
Cláusula 7.ª Descripción del lote.
Son objeto de este lote la asistencia técnica y cola- boración en tareas de soporte, configuración y seguri- dad, especialmente en los entornos de las bases de datos, de los servidores y de las comunicaciones.
Cláusula 8.ª Entorno tecnológico.
La plataforma tecnológica en la que se sustenta el sistema informático del Congreso de los Diputados, está compuesta por los siguientes elementos:
— Servidores centrales:
• 10 servidores Pseries.
• 45 servidores Xseries.
• 13 Servidores Blades.
— Sistemas operativos: AIX virtualizados con LPAR, Linux y Windows tanto en servidores físicos como virtualizados con VMware.
— Servidores de Archivo (NAS), de correo y con- troladores de dominio de Microsoft.
— Red de almacenamiento SAN con alta seguri- dad, con una capacidad de 120 Teras, además de un almacenamiento multimedia de 48 Teras.
— Sistema de salvaguardas Tivoli de IBM.
— Bases de datos, servidor de aplicaciones, servi- dor xx xxxxxxxx: ORACLE, BRS, BKM, FLORA.
— Sistema de seguridad perimetral y en los puestos de trabajo.
Cláusula 9.ª Prestaciones requeridas.
Se llevarán a cabo los trabajos precisos para el fun- cionamiento correcto de los distintos subsistemas que forman el sistema informático. Los servicios que debe cumplir la empresa adjudicataria, bajo la dirección y supervisión del Área de Sistemas, son las siguientes:
— Asistencia técnica in situ para la gestión y admi- nistración de distintos entornos.
— Mantenimiento proactivo, reactivo y actualiza- ción tecnológica.
— Monitorización y soporte especializado con cobertura 24x7.
Las tareas específicas para cada uno de los trabajos que comportan el servicio son las que se indican en los apartados siguientes.
1. Asistencia in situ:
Trabajos a realizar en el entorno de sistemas, comu- nicaciones, bases de datos y aplicativos:
— Actualización y revisiones técnicas de productos instalados.
— Ayuda a la administración de sistemas (AIX, Linux y Windows).
— Resolución de incidencias tanto hardware como software.
— Administración de las BBDD Oracle (9i, 10g y 11), RAC.
— Administración de otros productos Oracle (IAS, WebLogic, Forms, Report, BPEL, etc).
— Administración de los Sistemas Operativos de Red.
— Revisiones de seguridad (firewall, configuración de VPN’s, etc.).
— Instalación de nuevas versiones y actualizacio- nes de sistemas operativos y de los diferentes aplicati- vos vigentes.
— Análisis del rendimiento del sistema y realiza- ción de los cambios oportunos para su mejora.
— Análisis de Almacenamiento, Backup y sistemas virtualizados.
— Administración, instalación y actualización de los aplicativos.
— Gestión de usuarios de los distintos aplicativos.
— Ejecución de migraciones de versiones de software.
Para llevar a cabo el conjunto de tareas que se solici- tan, en horario 8x5, se ha estimado que el perfil del per- sonal asignado será el de Técnico de Sistemas/Bases de Datos. Se estima necesario un número de 1.920 horas anuales.
2. Mantenimiento proactivo, reactivo y actualiza- ción tecnológica:
En este caso los servicios se prestarán en modo pre- sencial o remoto, según las características y circunstan- cias de los trabajos del proyecto. Los servicios serán los siguientes:
— Soporte por escalado de incidencias del equipo
in situ.
— Control de variables críticas del servicio, con el fin de realizar un mantenimiento proactivo que evite la
saturación de los recursos de los sistemas. Se deberán presentar informes de rendimiento.
— Realización de auditorías y análisis externos periódicos sobre sistemas, configuraciones, servicios y aplicativos que permitan la mejora de la configuración y los entornos, así como el estado de consolidación, optimización de los recursos y continuidad del servicio, realizando un mantenimiento reactivo.
— Labores de actualización y vigilancia tecnológi- ca en los entornos del Congreso de los Diputados, que incluya análisis, diseño, planificación y puesta en mar- cha de los cambios. Analizar nuevas implantaciones o servicios, supervisión de las mismas y dar soporte durante su arranque.
Para llevar a cabo el conjunto de tareas que se solici- tan se ha estimado que el perfil del personal asignado será el de Consultor Especialista en cada uno de los entornos tecnológicos del sistema informático del Con- greso de los Diputados. Se estima necesario un número de 1.920 horas anuales.
3. Monitorización y soporte especializado 24x7.
Se deberá monitorizar de forma permanente la infraestructura hardware (servidores, sistemas de alma- cenamiento, equipos de comunicaciones y cualquier componente de la infraestructura que permita ser moni- torizado) y el software (sistemas operativos, bases de datos, aplicaciones, servicios web, etc.).
Como consecuencia de esta monitorización los pro- blemas escalados serán atendidos por los consultores especialistas asignados para el mantenimiento del siste- ma. En este ámbito los servicios serán en modo presen- cial o remoto según las características de los problemas escalados.
Una vez escalado un problema e iniciado el servi- cio, la empresa adjudicataria proporcionará informes periódicos que aporten el conocimiento suficientemen- te detallado sobre las incidencias producidas y las solu- ciones adoptadas.
De igual forma facilitarán informes estadísticos que permitan obtener una medida de la calidad de las pres- taciones y del cumplimiento del plan de ejecución de los servicios.
Será necesario para la prestación de los servicios de gestión de incidencias un centro remoto de servicio para la canalización de las incidencias así como las herramientas necesarias para su correcta prestación.
Cuando por renovación tecnológica u otra causa, se sustituyan los elementos monitorizados o se añadan elementos susceptibles de ser monitorizados, la empre- sa adjudicataria llevará a cabo las actuaciones oportu- nas que permitan continuar la monitorización de los nuevos equipos, servicios, aplicaciones, etc., sin dis- continuidad en la prestación del servicio.
Para llevar a cabo este conjunto de tareas se requeri- rán los perfiles de operadores del servicio de monitori-
zación y los perfiles necesarios en los dos apartados anteriores. Se estima necesario un número de 1.920 horas anuales de Consultores Especialistas para la reso- lución de incidencias derivadas de la monitorización.
Cláusula 10.ª Equipo de trabajo.
Se ofertarán los recursos solicitados y el número de horas especificados en la cláusula 9.ª
Perfiles profesionales exigidos:
1. Perfil. Técnico de Bases de Datos:
— Formación: Titulación FP de grado superior o equivalente.
— Conocimientos: Certificados oficiales en el en- torno tecnológico. Se valorarán especialmente: Oracle OCA; Oracle OCP.
— Experiencia: Al menos 5 años de experiencia en tareas similares.
2. Perfil. Consultor Especialista: Microsoft, Alma- cenamiento, Sistemas, Oracle y Comunicaciones:
— Formación: Titulación universitaria media o superior.
— Experiencia: Al menos 10 años de experiencia en tareas similares.
— Conocimientos del Consultor de Microsoft/ VMware. Certificados oficiales en este entorno tecno- lógico. Se valorarán especialmente:
• VMWARE Certified Professional on vSphere 4.
• MCTS y MCITP.
— Conocimientos del Consultor de Almacenamien- to. Certificados oficiales en este entorno tecnológico. Se valorarán especialmente:
• Certificación Linux Professional (LPIC-1).
• VMware Certified Professional on vSphere 4.
• CISA Certified Information Systems Auditor.
— Conocimientos del Consultor de Sistemas. Cer- tificaciones oficiales en este entorno tecnológico. Se valorarán especialmente:
• Certificación Linux Professional (LPIC-1).
• CISA Certified Information Systems Auditor.
• AIX/HACMP Professional Certificate.
— Conocimientos del Consultor de Oracle. Certifi- caciones oficiales en este entorno tecnológico. Se valo- rará especialmente:
• Oracle OCA Oracle Certified Asociate 11g.
• Oracle OCP Oracle Certified Professional 11g.
— Conocimientos del Consultor de Comunicacio- nes. Certificaciones oficiales en este entorno tecnológi- co. Se valorará especialmente:
• Certificación Linux Professional (LPIC-1).
• Certified Linux Administrator SUSE Linux Enter- prise 11.
• Certificación CheckPoint NG.
Las tareas asociadas al soporte 24x7 y manteni- miento reactivo, preventivo y actualización tecnológi- ca, deberán ser realizadas por el equipo de Consultores descrito anteriormente. Esto incluirá los desplazamien- tos requeridos a la sede del Congreso de los Diputados. Adicionalmente se requerirá la figura de un Coordi-
nador de Servicio con disponibilidad 24x7 con el siguiente perfil:
Coordinador del Servicio.
— Formación: Ingeniero Técnico o Superior, prefe- riblemente TIC.
— Conocimientos: Certificaciones oficiales en Jefatura de Proyectos e ITIL.
— Experiencia. Al menos 10 años de experiencia en entornos similares.
El equipo de trabajo ofertado deberá acreditarse con la aportación de la siguiente documentación:
— Relación nominal de los componentes del equi- po de trabajo ordenada por tipo de perfil.
— Formulario de personal según modelo recogido en el Anexo de este Pliego.
— Justificación documental de las acreditaciones formativas.
Cláusula 11.ª Categorización de los servicios e inci- dencias.
A continuación se relacionan: la criticidad de los ser- vicios, la categorización de las incidencias y los niveles de servicio exigidos para el servicio prestado en remoto.
Criticidad de los servicios.
La criticidad de los servicios soportados por los sis- temas es la que se describe a continuación:
— Servicios con criticidad de nivel 1:
Fallo en el sistema principal y/o muchos usuarios sin trabajar y/o funciones fundamentales del sistema sin funcionar.
Cualquier subsistema que no pueda admitir una inte- rrupción en el servicio superior a 2 horas (correo electró- nico, página web, aplicaciones relacionadas con el Regis- tro General de la Cámara y con reuniones de sus órganos).
— Servicios con criticidad de nivel 2:
Funcionalidades críticas sin funcionar, algunos usuarios sin trabajar.
En general, cualquier subsistema que no pueda admi- tir una interrupción en el servicio superior a 4 horas.
— Servicios con criticidad de nivel 3:
Subsistemas que soportan procesos administrativos e información general de carácter interno.
En general, cualquier subsistema que no pueda admi- tir una interrupción en el servicio superior a 8 horas.
Categorización de las incidencias y niveles de servicio La categorización de las incidencias y los niveles de
servicio exigidos se exponen a continuación:
— Severidad 1: Afectan a la disponibilidad de un servicio con criticidad de nivel 1.
Prestaciones exigibles:
Se exige un tiempo de respuesta inferior o igual a ½ hora. Se exige un tiempo de resolución inferior o igual a 2 horas.
— Severidad 2: Afectan a la disponibilidad de un servicio con criticidad de nivel 2 o si es de criticidad de nivel 1 se encuentra soportado por algún elemento redun- xxxxx hardware o software.
Prestaciones exigibles:
Se exige un tiempo de respuesta inferior o igual a ½ hora. Se exige un tiempo de resolución inferior o igual a 4 horas.
— Severidad 3: Afectan a la disponibilidad de un servicio con criticidad de nivel 3 o si es de criticidad de nivel 2 se encuentra soportado por algún elemento redun- xxxxx hardware o software.
Prestaciones exigibles:
Se exige un tiempo de respuesta inferior o igual a ½ hora. Se exige un tiempo de resolución inferior o igual a 8 horas.
La empresa adjudicataria garantizará la continuidad del servicio en cualquier circunstancia y en cualquier época del año.
Lote III. Desarrollo y optimización de proyectos informáticos
Cláusula 12.ª Descripción del lote.
Son objeto de este lote los servicios de asistencia técnica y colaboración para el desarrollo y optimiza- ción de las aplicaciones informáticas del Congreso, así
como formación en las tecnologías utilizadas en dichas aplicaciones para el personal del Área de Desarrollo del Centro de TIC.
Cláusula 13.ª Entorno tecnológico.
La plataforma tecnológica es la especificada en la cláusula 8.ª El entorno de desarrollo para el que solicita asistencia es:
1) Base de datos Oracle versión 10:
— PL/SQL.
— Sistema operativo Unix/Aix.
2) Herramientas Oracle Developer (Forms y Reports) versión 10.
3) Aplicaciones web, lenguaje Java, Servicios Web.
4) Diseño y creación xx xxxxxxxx. Herramientas de gestión xx xxxxxxxx de Oracle (Oracle Portal y UCM).
5) Lenguajes C, ProC y C#.
6) Visual Studio, Visual Basic, .Net. Cláusula 14.ª Prestaciones requeridas.
Se llevarán a cabo los trabajos precisos para el desarrollo de nuevas aplicaciones y el mantenimiento o evolución de las existentes, así como formación pun- tual para el personal del Área de Desarrollo en caso necesario. Para ello se requieren los siguientes perfi- les: consultor/jefe de proyecto, analista, analista-pro- gramador y formador. Los recursos requeridos se inte- grarán en los grupos de trabajo constituidos por personal del Área de Desarrollo. La formación será solicitada por el Congreso cuando sea necesario, y la empresa deberá impartirla en plazo no superior a un mes desde la fecha de solicitud. Las tareas a realizar serán las propias de los perfiles profesionales objeto de contratación.
La prestación de los servicios se realizará en las dependencias del Congreso de los Diputados.
La jornada a realizar por los técnicos que prestarán el servicio previsto será de 40 horas semanales. El horario se establecerá en función de las necesidades a cubrir en el Área de Desarrollo. Durante los meses de enero, julio y agosto, así como en periodos de disolu- ción de la legislatura, el horario podrá sufrir variación adaptándose al del Congreso.
La oferta contendrá el coste por hora de cada uno de los perfiles. Si fuera necesario algún técnico para otros trabajos complementarios, se asimilaría su coste a una de dichas categorías.
La empresa adjudicataria deberá disponer de equi- pos técnicos con la cualificación y titulación adecuada a la naturaleza de los trabajos a desarrollar, y con amplio conocimiento y experiencia en los entornos,
herramientas y lenguajes especificados en la cláusula 13.ª de acuerdo con los siguientes criterios:
1.º Todos los perfiles deberán tener obligatoriamente experiencia demostrable en el apartado 1) del entorno tec- nológico y, al menos en uno de los siguientes: 2), 3) ó 4). 2.º La experiencia demostrable del conjunto de analistas y analistas-programadores deberá cubrir todos
los puntos especificados en la cláusula 13.ª
A nivel orientativo se pueden fijar las necesidades de las categorías de los técnicos en los siguientes por- centajes:
— Consultor y Jefe de Proyecto: 20 %.
— Analista: 35%.
— Analista-Programador: 43%.
— Formador: 2%.
Se valorará que las personas que se propongan ten- gan experiencia en aplicaciones desarrolladas en el ámbito parlamentario o, en su defecto, en las distintas Administraciones del Estado. También se valorará la experiencia en aplicaciones con utilización de registro y firma electrónica, así como validación de usuarios con Oracle Internet Directory.
Cláusula 15.ª Equipo de trabajo.
Se ofertarán los recursos correspondientes a las dife- rentes categorías especificadas en la cláusula 14.ª Las necesidades de desarrollo derivadas de las prioridades establecidas por el Congreso hacen necesario el estable- cimiento de cierta flexibilidad a la hora de determinar los perfiles requeridos. Por ello se valorará la capacidad y disposición de la empresa licitante para poder realizar cambios en la composición del equipo de trabajo.
El equipo inicial deberá estar constituido por, al menos, 10 personas pertenecientes a los tres primeros perfiles de los especificados a continuación.
Perfiles profesionales exigidos:
1. Perfil Jefe de Proyecto/Consultor:
— Titulación: Universitaria media o superior.
— Conocimientos. Los especificados en la cláusu- la 14.
— Experiencia. Al menos 5 años de experiencia en tareas similares.
Perfil analista:
— Titulación: Universitaria media o superior.
— Conocimientos. Los especificados en la cláusula 14.
— Experiencia. Al menos 3 años de experiencia en entornos y tareas similares.
Perfil Analista-programador:
— Titulación: Como mínimo de Formación Profe- sional de grado superior en especialidades de informá- tica.
— Conocimientos. Los especificados en la cláusula 14.
— Experiencia. Al menos 2 años de experiencia en entornos y tareas similares.
Perfil Formador:
— Titulación: Universitaria media o superior.
— Experiencia. Al menos 5 años de experiencia como formador en Tecnologías de la Información rela- cionadas con los entornos de desarrollo especificados en la cláusula 13.
El equipo de trabajo ofertado deberá acreditarse con la aportación de la siguiente documentación:
— Relación nominal de los componentes del equi- po de trabajo ordenada por tipo de perfil.
— Formulario de personal según modelo recogido en el Anexo de este pliego.
— Justificación documental de las acreditaciones formativas.
Cláusula 16.ª Compromiso de adscripción de medios humanos para la ejecución del contrato.
Con carácter general para todos los licitadores, de acuerdo con lo previsto en el art. 53 de la LCSP, éstos vendrán obligados a especificar el currículum vítae de los puestos que el licitador propone para la prestación del servicio, según el formato descrito en el Anexo a este pliego.
No podrán ofertarse personas con contrato en vigor o comprometidas con otra entidad, pública o privada, para el mismo periodo de ejecución de esta contrata- ción. La comprobación fehaciente de esta anomalía podrá significar la exclusión de la oferta o la resolu- ción del contrato al considerarse esta condición como esencial.
El equipo de personas que se incorporará para la ejecución de los trabajos tras la formalización del con- trato deberá estar formado por los componentes rela- cionados en la oferta. Antes de producirse la adjudica- ción del contrato, el órgano de contratación requerirá al licitador para que presente la documentación justificati- va de disponer efectivamente los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta.
Todos y cada uno de los técnicos propuestos para la configuración del equipo de trabajo deberán reunir, como mínimo, los conocimientos y experiencia recogi- dos en el perfil para el que se los proponga y superar
con éxito una entrevista con los responsables del Cen- tro de TIC. La entrevista tendrá lugar tras el requeri- miento por parte del órgano de contratación al licitador que haya presentado la oferta más ventajosa dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que se hubiera recibido el requerimiento.
En caso de que no asistieran a la entrevista todos y cada uno de los técnicos propuestos en la configuración del equipo de trabajo de los que se hubiera aportado currículum vítae, se considerará no acreditada la dispo- sición efectiva de los medios que la empresa licitante se hubiera comprometido a dedicar o adscribir a la ejecu- ción del contrato.
En caso de que en la entrevista alguno de los técni- cos propuestos en la configuración del equipo xx xxxxx- jo no acreditara los conocimientos técnicos exigidos en este Pliego, el Congreso podrá exigir a la empresa lici- tadora que sustituya este técnico por otro de los que figuren en la oferta con el mismo perfil y que acredite en la entrevista técnica los conocimientos solicitados. Si la empresa licitadora no puede aportar estos per- files técnicos de reserva, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en el que hubiera recibido el requerimiento, se considerará no acreditada la disposición efectiva de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecu-
ción del contrato.
Cuando no proceda la adjudicación del contrato al licitador que hubiese presentado la oferta más ventajo- sa por no cumplimentarse adecuadamente en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en este caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas, siempre que ello fuera posible y que el adjudicatario haya pre- sentado su conformidad.
En el caso de que una empresa licitadora se presente a más de un lote, deberá ofertar perfiles técnicos dife- rentes para cada uno de los lotes a los que se presenta. Los perfiles técnicos que se oferten en más de un lote no serán valorados en ninguno de ellos.
La empresa licitante deberá aportar informe de vida laboral o informe similar de la Seguridad Social que justifique que pertenecen a la empresa las personas contempladas en su oferta. Las personas de las que no se aporte el certificado de vida laboral o informe simi- lar de la Seguridad Social acreditativo de su vincula- ción a la empresa licitante serán calificadas con un cero en todos los conceptos.
Cláusula 17.ª Condicionantes de los equipos de trabajo ofertados.
Todo el personal del equipo formará parte de la plantilla de la empresa adjudicataria. El horario de los técnicos deberá ajustarse a la jornada laboral del Con- greso de los Diputados debiendo ser flexible los días
que se celebran sesiones plenarias y en las ocasiones especiales que lo requiera el servicio.
La falsedad en el nivel de conocimiento técnico del personal ofertado, deducida del contraste entre los valores del cuestionario habilitado al efecto y los cono- cimientos reales demostrados en la ejecución de los tra- bajos, podrá implicar la resolución del contrato.
Se valorará especialmente la continuidad en el equipo de trabajo y la ausencia en lo posible de sustituciones.
Cláusula 18.ª Modificaciones en la composición del equipo de trabajo.
El licitante no podrá modificar la composición del equipo de trabajo salvo consentimiento expreso del Congreso de los Diputados.
Es potestad de la unidad contratante solicitar el cambio de cualquiera de los componentes del equipo de trabajo por otro de igual categoría, si a juicio del Centro de TIC del Congreso existen razones que lo aconsejen. Si la empresa adjudicataria propusiera el cambio de una de las personas del equipo de trabajo, se deberá soli- citar por escrito con quince días de antelación, exponien- do las razones que obligan a la propuesta. En su caso, el
cambio deberá ser aprobado por el Centro de TIC.
La incorporación de nuevos recursos al equipo de trabajo habrá de solicitarse con preaviso de quince días, En caso de tratarse de personas no incluidas en la ofer- ta, la autorización por parte del Congreso requerirá de las mismas condiciones que en la constitución del equi- po inicial.
Los posibles inconvenientes de adaptación al entor- no de trabajo, debidos a las sustituciones de personal, deberán subsanarse mediante periodos de solapamiento sin coste adicional, durante el tiempo necesario. Si a criterio del Centro de TIC, esto no fuera posible, las dos primeras semanas de trabajo del sustituto no serán facturables. A partir del segundo cambio en el equipo de trabajo, el primer mes del sustituto no será factura- ble. Los sucesivos cambios incrementarán en 5 días el periodo no facturable sobre el cambio anterior.
Las vacaciones y bajas prolongadas podrán ser sus- tituidas por personal con el mismo perfil en caso de que el Congreso lo estime conveniente.
Cláusula 19.ª Formación del equipo de trabajo.
Si los recursos personales adscritos a la ejecución del contrato necesitara formación específica para aco- meter las tareas encomendadas de acuerdo con el con- trato, ya sea por evolución de la tecnología, incorpora- ción de nuevas versiones de productos o implicación en nuevas tareas, según los requisitos técnicos exigidos, la empresa adjudicataria pondrá, a su cargo, los medios necesarios para satisfacer dicha necesidad, procurando que la formación tenga lugar fuera de la jornada laboral o interfiera lo mínimo posible sobre la misma.
Cláusula 20.ª Planificación, dirección, seguimiento y control de los trabajos.
Corresponde al Centro de TIC de la Secretaría General del Congreso de los Diputados la supervisión y dirección de los servicios, así como proponer las modi- ficaciones que convenga introducir o, en su caso, pro- poner la suspensión de los servicios si existiese causa suficientemente motivada.
El Centro de TIC velará por el cumplimiento de todas y cada una de las cláusulas de este pliego, super- visará y evaluará el desempeño del personal asignado al contrato, solicitará y autorizará la sustitución de técni- cos cuando las circunstancias lo aconsejen y lo estime conveniente, y se encargará de las relaciones con la empresa adjudicataria para todo lo referente a este con- trato. Asimismo dará su conformidad previa al pago de las facturas que la empresa adjudicataria presentará en los momentos previstos.
El equipo de trabajo que el adjudicatario aporte para dar cumplimiento al objeto del contrato podrá integrar- se en un grupo de trabajo mixto en el que también par- ticiparán técnicos propios del Congreso de los Diputa- dos. Las tareas, funciones y competencias de cada uno de los integrantes del grupo mixto se determinarán en todo momento a criterio del Centro de TIC.
El seguimiento y control de los trabajos se efectuará sobre las siguientes bases:
El Jefe del Área de Atención a Usuarios del Centro de TIC será el responsable del seguimiento continuo de la asistencia técnica y de los servicios contemplados en el Lote I. Las Jefas de Área de Sistemas y de Desarrollo de dicho Centro lo serán de los Lotes II y III respectivamente. El Centro de TIC determinará los procedimientos y las herramientas a utilizar para poder llevar a cabo la
planificación, seguimiento y control de los trabajos. Cláusula 21.ª Propiedad intelectual.
Sin perjuicio de lo dispuesto por la legislación vigente en materia de propiedad intelectual y de protec- ción jurídica de los programas de ordenador, la empre- sa adjudicataria acepta expresamente que los derechos de propiedad intelectual, explotación, etc., de las apli- caciones informáticas y programas desarrollados al amparo del presente contrato corresponden únicamente al Congreso de los Diputados, con exclusividad y a todos los efectos.
Cláusula 22.ª Metodología en la elaboración de los trabajos.
La empresa licitante incluirá en su oferta una des- cripción detallada de los métodos y procedimientos que usa en el desarrollo de los trabajos objeto de este con- trato, prestando especial atención a aquellos aspectos que redundan en una mayor calidad de los mismos.
Cláusula 23.ª Transferencia tecnológica.
Durante la ejecución de los trabajos objeto del con- trato el adjudicatario se compromete, en todo momento, a facilitar a las personas designadas por el Congreso de los Diputados a tales efectos, toda la información y documentación que estas soliciten para disponer de un pleno conocimiento técnico de las circunstancias en que se desarrollan los trabajos, así como de los eventuales problemas que puedan plantearse y de las tecnologías, métodos y herramientas utilizados para resolverlos.
Cláusula 24.ª Documentación de los trabajos.
Como parte de los servicios objeto del contrato, la empresa adjudicataria se compromete a generar toda la documentación establecida en su Metodología de Tra- bajo y que sea aplicable a la ejecución del contrato.
La documentación, quedará en propiedad exclusiva del Congreso de los Diputados sin que la empresa adju- dicataria pueda conservarla, ni obtener copia de la misma o facilitarla a terceros sin la expresa autoriza- ción del Congreso de los Diputados.
ANEXO
FORMULARIO DE PERSONAL (LOTES I Y II)
Identificación de la oferta | |
Empresa licitante | |
Categoría ofertada | |
Apellidos y nombre | |
Empresa de Pertenencia |
ANTIGÜEDAD EN LA EMPRESA, ANTIGÜEDAD EN LA CATEGORÍA
Empresa | Categoría | F-Alta | F-Baja |
… |
TITULACIÓN ACADÉMICA
Título Académico | Centro | Años | F- expedic. | TIC |
FORMACIÓN EN TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN
Entorno de este Pliego | Otros entornos | |||||
Curso | Horas | Centro/Empresa | F-inicio | Horas | Centro/Empresa | F-inicio |
DATOS RELATIVOS A LOS PROYECTOS
Proyecto | Funcionalidad | Tecnología de desarrollo | F-inicio | F-fin | Tareas desempeñadas | Empresa para la que se desarrolló |
… |
EXPERIENCIA EN ENTORNO FUNCIONAL
Entorno TIC | Categoría | Meses | Descripción detallada de funcionalidad |
… |
FORMULARIO DE PERSONAL PARA EL LOTE III
Identificación de la oferta | |
Empresa licitante | |
Categoría ofertada | |
Apellidos y nombre | |
Empresa de Pertenencia |
ANTIGÜEDAD EN LA EMPRESA, ANTIGÜEDAD EN LA CATEGORÍA
Empresa | Categoría | F-Alta | F-Baja |
… |
Titulación Académica
Título Académico | Centro | Años | F- expedic. | TIC |
FORMACIÓN EN TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN
Curso | Entorno de este Pliego | Otros entornos | ||||
Horas | Centro/Empresa | F-inicio | Horas | Centro/Empresa | F-inicio | |
DATOS RELATIVOS A LOS PROYECTOS
Proyecto | Funcionalidad | Tecnología de desarrollo | F-inicio | F-fin | Tareas desempeñadas | Empresa para la que se desarrolló |
… |
EXPERIENCIA EN TECNOLOGÍAS DE DESARROLLO
Tecnología, lenguaje, etc | Versión | Punto cláusula 13 que aplica | N.º de meses | Tareas desempeñadas |
299/000001
PERSONAL
tual en el cargo de Director del Gabinete de la Presidencia del Congreso de los Diputados.
Al amparo de lo dispuesto en al artículo 97 del
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2 del Estatuto del Personal de las Cortes Generales, con fecha 4 de octubre de 2011 el Excmo. Sr. Presidente del Congreso de los Diputados ha tenido a bien disponer el cese, con efectos del 4 de octubre de 2011, del Excmo. Sr. D. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx-Xxxxxxxx Xxxxxxxx, como personal even-
Reglamento de la Cámara, se ordena su publicación en la Sección Congreso de los Diputados del BOCG.
Xxxxxxx del Congreso de los Diputados, 4 de octubre de 2011.—P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Xxxxxx Xxxx Xxxxxxx.
Edita: Congreso de los Diputados
Xxxxx Xxxxxxxxxxxxx, x/x. 00000 Xxxxxx
Teléf.: 00 000 00 00. Fax: 00 000 00 00. xxxx://xxx.xxxxxxxx.xx
Imprime y distribuye: Imprenta Nacional BOE
Xxxxxxx xx Xxxxxxxxx, 00. 00000 Xxxxxx
Teléf.: 000 000 000. xxxx://xxx.xxx.xx
Depósito legal: M. 12.580 - 1961