SOLICITUD DE OFERTAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE GESTIÓN Y EXPLOTACION DE LOS SERVICIOS DE RESTAURACIÓN CORRESPONDIENTES A CAFETERÍAS, RESTAURANTES Y AUTOSERVICIOS EN EL RECINTO FERIAL DE IFEMA, FERIA DE MADRID Exp. 14/035 – 2000009126...
SOLICITUD DE OFERTAS PARA LA CONTRATACIÓN
DEL SERVICIO DE GESTIÓN Y EXPLOTACION DE LOS SERVICIOS DE RESTAURACIÓN CORRESPONDIENTES
A CAFETERÍAS, RESTAURANTES Y AUTOSERVICIOS EN EL RECINTO FERIAL DE IFEMA, FERIA DE MADRID
Exp. 14/035 – 2000009126
DIRECCIÓN DE COMPRAS Madrid, noviembre 2013
Í N D I C E PÁG.
1. OBJETO DEL CONTRATO.- ..................................................................................... 7 2. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE CONTRATACIÓN.- .............................................. 7 3. PARTICIPANTES.- .................................................................................................... 7 4. PERIODO DE CONTRATACIÓN.-............................................................................. 8 5. TARIFAS DEL SERVICIO.- ....................................................................................... 8 6. CANON VARIABLE.- ................................................................................................. 9 7. HISTÓRICO DE PRODUCCIÓN.- ........................................................................... 11 8. INVERSIONES.- ...................................................................................................... 11 9. PERFIL DEL CONTRATANTE.- .............................................................................. 13 10. GARANTÍA PROVISIONAL.- ................................................................................... 13 11. GARANTÍA DEFINITIVA.- ........................................................................................ 14 12. GARANTÍA COMPLE MENTARIA.- ......................................................................... 15 13. CAPACIDAD JURÍDICA DE LAS EMPRESAS Y AUSENCIA DE
PROHIBICIÓN PARA CONTRATAR.- ..................................................................... 16 14. SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA DE LOS LICITADORES. ................... 20 15. SOLVENCIA TÉCNICA Y PROFESIONAL DE LOS LICITADORES. ...................... 20 16. VISITA A LAS INSTALACIONES. ............................................................................ 21 17. DATA ROOM ........................................................................................................... 21 18. CONSULTAS.- ......................................................................................................... 22 19. PROPOSICIÓN Y DOCUMENTOS. PLAZO DE PRESENTACIÓN.- ...................... 22 20. APERTURA Y CALIFICACION DE OFERTAS.- ...................................................... 29 21. CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.- .................................. 31 22. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.- ....................................................................... 34 23. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA.- ................................................................. 35 24. RÉGIMEN DE PERSONAL ...................................................................................... 39 25. EJECUCIÓN DEL CONTRATO.- ............................................................................. 44 26. INFRACCIONES.- ................................................................................................... 46 27. SANCIONES.- ......................................................................................................... 47 28. PROCEDIMIENTO SANCIONADOR.- ..................................................................... 48 29. EXTINCIÓN DEL CONTRATO.- .............................................................................. 48 30. FACULTAD DE IFEMA PARA DEJAR SIN EFECTO EL CONTRATO.- .................. 49 31. OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO.- .............................................................. 50 32. GASTOS POR CUENTA DEL ADJUDICATARIO.- .................................................. 53 33. DERECHOS DEL ADJUDICATARIO.- ..................................................................... 54 34. POTESTADES DE IFEMA.- ..................................................................................... 55 35. OBLIGACIONES DE IFEMA.- .................................................................................. 56 36. PROTECCIÓN DE DATOS.- ................................................................................... 57 37. CONFIDENCIALIDAD.- ........................................................................................... 57 38. RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO.- ............................................................... 57 39. NORMAS APLICABLES.- ........................................................................................ 58
ANEXO I ............................................................................................................................... 59 ANEXO II .............................................................................................................................. 77 ANEXO III ............................................................................................................................. 98 ANEXO IV ........................................................................................................................... 102 ANEXO V ............................................................................................................................ 104 ANEXO VI ........................................................................................................................... 106 ANEXO VII .......................................................................................................................... 107 ANEXO VIII ......................................................................................................................... 108 ANEXO IX ........................................................................................................................... 111 ANEXO X ............................................................................................................................ 112 ANEXO XI ........................................................................................................................... 113 ANEXO XII .......................................................................................................................... 115 ANEXO XIII ......................................................................................................................... 116 ANEXO XIV ........................................................................................................................ 118
CUADRO RESUMEN DE CARACTERÍSTICAS XX XXXXXX DE BASES
EXP.- 14/035- 2000009126
A- DENOMINACIÓN DEL SERVICIO.-
SERVICIO DE GESTIÓN Y EXPLOTACION DE LOS SERVICIOS DE RESTAURACIÓN CORRESPONDIENTES A CAFETERÍAS, RESTAURANTES Y AUTOSERVICIOS EN EL RECINTO FERIAL DE IFEMA, FERIA DE MADRID.
B- PROCEDIMIENTO Y FORMA DE CONTRATACIÓN.-
CONCURSO POR PROCEDIMIENTO ABIERTO. C- PERIODO DE CONTRATACIÓN.-
DESDE EL 1 DE ENERO DE 2014 HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2018. CON POSIBILIDAD, A CRITERIO DE IFEMA, DE DOS PRÓRROGAS ANUALES DE CONTRATO.
D- CÁNONES.-
CANON VARIABLE: NO INFERIOR A UN 12% SOBRE LAS VENTAS BRUTAS, PARA LOS 10 PRIMEROS MILLLONES.
E- GARANTÍAS.-
GARANTÍA PROVISIONAL.- 30.000 € (TREINTA MIL EUROS) GARANTÍA COMPLEMENTARIA.- 100.000 € (CIEN MIL EUROS) GARANTÍA DEFINITIVA.- 500.000 € (QUINIENTOS MIL EUROS)
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
5
INTRODUCCIÓN
La Institución Ferial de Madrid, IFEMA, es un Consorcio creado en 1979 que, en su calidad de propietario del Parque Ferial Xxxx Xxxxxx X, gestiona toda la actividad que se realiza en el citado recinto. Los cuatro entes consorciados en la Feria de Madrid son: la Comunidad de Madrid, el Ayuntamiento de Madrid, la Cámara de Comercio e Industria de Madrid y Caja Madrid. La finalidad de este consorcio es la organización de certámenes, convenciones y eventos, otorgando especial énfasis a la calidad del servicio e internacionalización de los eventos. IFEMA cuenta con 200.000 metros cuadrados cubiertos de exposición, distribuidos en doce pabellones, así como con todos los espacios y equipamientos necesarios para el óptimo desarrollo de esta actividad, además de, aproximadamente, 14.000 plazas de aparcamiento. Como complemento esencial a su actividad, dispone de un gran centro de convenciones ubicado en el área norte del Ferial. Feria de Madrid acoge en sus recintos, la celebración de más de 70 ferias que la han convertido en líder nacional, y en una de las más claras referencias europeas del sector ferial. Además ha adquirido relevancia en los últimos años como sede de congresos nacionales e internacionales, con la celebración de 30 congresos de alto nivel, donde la tendencia, relacionada con el objeto de contratación de estos pliegos de condiciones, es recurrir a la apertura de unidades de restauración para dar servicio a los congresistas. El servicio de restauración xxx xxxxxxx ferial es un servicio de IFEMA, prestado a través de terceros operadores, para satisfacer las necesidades de sus clientes (expositores y visitantes) y las propias de IFEMA. Uno de los objetivos fundamentales que persigue IFEMA en su actuación es la excelencia en el servicio que ofrece. El servicio de restauración debe responder a esta exigencia de excelencia que preside la actuación de IFEMA. IFEMA convoca concurso para cubrir, a través de un solo operador, la gestión y explotación del servicio de restauración en todas las unidades de restauración ubicadas en pabellones y zonas de servicios xxx xxxxxxx ferial: cafeterías, autoservicios y restaurantes. Quedan excluidas de este concurso la unidad de food-court ubicada en el área central xxx xxxxxxx ferial. La empresa o U.T.E., que resulte adjudicataria igualmente adquirirá la condición de proveedor homologado de servicios de catering para los eventos celebrados en la Feria de Madrid, en cuyo caso deberá cumplir las condiciones en que estos proveedores prestan actualmente sus servicios. Como se podrá observar tanto en los apartados de históricos de producción del servicio que figuran en el anexo correspondiente, como en los calendarios feriales que se adjuntan, cabe destacar que en los años pares existe una mayor actividad en el recinto ferial por la coincidencia de ferias de carácter bienal. Los calendarios de ferias se aportan carácter estimativo ya que IFEMA podrá
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
6
modificar, en función de las necesidades que se puedan manifestar en cada caso, las ubicaciones, la distribución de pabellones y la reordenación de las ferias o actos previstos en cada caso. Cabe destacar que la actividad del servicio de restauración, como en general de la actividad ferial, no se presta de forma continua o uniforme a lo largo del año, sino que coinciden periodos de baja o nula actividad, con otros de plena ocupación xxx xxxxxxx. El número de expositores y visitantes, así como el de ferias no se distribuye de forma proporcional a lo largo del año, sino que se concentra en determinados meses. El ofertante tendrá en cuenta la intermitencia de la actividad ferial, con periodos de montaje, celebración y desmontaje, en el que la afluencia, horarios y el tipo de colectivos que intervienen es muy dispar, por lo que la necesidad de personal para prestar el servicio no es la misma, dependiendo de la fase de la feria y del perfil del visitante. La duración media de una feria es de 4 días celebración, con 5 días de montaje y 2 de desmontaje, aproximadamente.
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
7
SOLICITUD DE OFERTAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE GESTIÓN Y EXPLOTACION DE LOS SERVICIOS DE RESTAURACIÓN CORRESPONDIENTES A CAFETERÍAS, RESTAURANTES Y AUTOSERVICIOS EN EL RECINTO FERIAL 1. OBJETO DEL CONTRATO.-
El contrato que se regirá por el presente Pliego de Bases tiene por objeto lo especificado en el encabezamiento con arreglo a las condiciones técnicas unidas al expediente y que se dan por reproducidas y se consideran como parte integrante del presente Xxxxxx. Los Pliegos de Bases y, en su caso, los Pliegos Técnicos, revestirán carácter contractual, por lo que la presentación de ofertas implicará ACEPTACIÓN INCONDICIONADA y conocimiento pleno del ofertante del contenido total de dichas cláusulas así como de las Instrucciones Internas de Contratación sin salvedad alguna.
2. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE CONTRATACIÓN.-
El contrato se adjudicará por procedimiento abierto por concurso.
3. PARTICIPANTES.-
Pueden presentar ofertas para optar a la adjudicación, aquellas personas físicas o jurídicas que acrediten capacidad técnica y profesional suficiente, conforme a lo previsto en estos pliegos de condiciones y sus anexos, para llevar a buen término todos los trabajos que se encomiendan en el presente pliego. Si varias empresas concurren mediante compromiso de constitución de una unión temporal de empresas, cada uno de los empresarios comprometidos en su constitución deberá acreditar los requisitos establecidos en la Documentación administrativa, salvo los correspondientes a la “Garantía provisional”, que podrán ser cumplidos complementariamente entre las empresas comprometidas en la constitución de la U.T.E. Deberán acompañar, asimismo, una declaración expresa por la que se obliguen solidariamente frente a IFEMA en la que indicarán los nombres y circunstancias de los empresarios que lo suscriben y el porcentaje de participación de cada uno de ellos. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas.
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
8
4. PERIODO DE CONTRATACIÓN.-
La duración del contrato se establece en CINCO AÑOS, desde el 1 de enero de 2014 hasta el 31 de diciembre de 2018. El contrato tiene posibilidad de prórrogas anuales, a criterio exclusivo de IFEMA, hasta un máximo de dos renovaciones, manifestando IFEMA por escrito con una antelación mínima de cinco meses antes de la finalización del periodo de contratación vigente, su decisión de renovación o no del servicio. La formalización del contrato se realizará durante el mes de diciembre de 2013, y el inicio de la actividad comenzará el 1 de enero de 2014.
5. TARIFAS DEL SERVICIO.-
Las tarifas del servicio en el recinto ferial de: cafeterías, autoservicios, restaurantes, carritos móviles, etc., deberán estar en consonancia con las establecidas actualmente en las citadas unidades de restauración que operan en el recinto ferial. En coherencia lo anteriormente mencionado, las tarifas propuestas por el licitador no podrán superar las que figuran en los ANEXOS IV y XII de este pliego. Quedará entendido que las mencionadas tarifas quedan asociadas a la cantidad y calidad del producto para servicios de estas características. El adjudicatario del presente concurso, para elementos distintos a los señalados en dicho anexo, facilitará en su oferta una relación independiente de tarifas que, igualmente, tendrán como referencia la media de tarifas de los anteriores elementos. IFEMA no regula ni aprueba los precios de este servicio, sin embargo, sí verificará el cumplimiento en cada ejercicio de la aplicación de las tarifas comunicadas por el adjudicatario, sin que éste pueda realizar modificaciones a las mismas en el mismo ejercicio.
Los precios no podrán modificarse durante el primer año de contrato. Para los siguientes años de contratación así como de las prórrogas si las hubiera, la actualización de importes no podrá superar el 85% del Índice General nacional de Precios al Consumo, publicado por el Instituto Nacional de Estadística, del ejercicio anterior. La propuesta de tarifas deberá recoger, para cada modalidad de unidad de restauración a gestionar (restaurantes de cada segmento, autoservicios, cafeterías, buffets) una carta tipo con los precios por producto (en el caso de los restaurantes una por segmento), y el coste del menú.
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
9
6. CANON VARIABLE.-
Como contraprestación por la explotación del servicio de restauración y cesión del fondo de comercio, el adjudicatario abonará a IFEMA un canon variable. El canon variable responderá a: � un porcentaje sobre las ventas brutas anuales, que será como mínimo de un 12% para los
primeros 10 millones de euros. Este porcentaje podrá ser objeto de mejora en la propuesta realizada por los licitadores.
� En caso de que las ventas brutas fueran superiores a los 10 millones de euros, se
establece un canon variable adicional al ofertado de un 15%, aplicable únicamente al exceso que supere esa cifra, es decir, que a la parte de las ventas brutas que supere los 10 MM de euros se aplicará un canon variable igual al propuesto por el ofertante, más un 15% adicional.
Porcentaje sobre Ventas
% a ofertar, mínimo 12%
Los primeros 10 MM % a ofertar, mínimo 12%
Resto % ofertado + 15%
Hasta 10 MM € de ventas
Más de 10 MM € de ventas
Para una mayor comprensión de este apartado, se incluye como ejemplo de cálculo económico del canon.
producción total
% canon mín. a ofertar
canon producción que supera 10mm
% canon adicional
canon adicional
total canon
5.000.000 12% 600.000 0 0% 0 600.000
6.000.000 12% 720.000 0 0% 0 720.000
7.000.000 12% 840.000 0 0% 0 840.000
8.000.000 12% 960.000 0 0% 0 960.000
9.000.000 12% 1.080.000 0 0% 0 1.080.000
10.000.000 12% 1.200.000 0 0% 0 1.200.000
11.000.000 12% 1.320.000 1.000.000 15% 150.000 1.470.000
12.000.000 12% 1.440.000 2.000.000 15% 300.000 1.740.000
13.000.000 12% 1.560.000 3.000.000 15% 450.000 2.010.000
14.000.000 12% 1.680.000 4.000.000 15% 600.000 2.280.000
15.000.000 12% 1.800.000 5.000.000 15% 750.000 2.550.000
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
10
Teniendo en cuenta el canon variable mínimo, las empresas ofertantes deberán superar el canon variable citado, que será objeto de valoración de acuerdo con los criterios de valoración que se fijan en el presente pliego de condiciones. No se admitirán ofertas que en su propuesta económica expresen cantidades inferiores al mínimo establecido del 12%. Los ofertantes deberán tener en cuenta que se valorarán con cero puntos aquellas proposiciones económicas que coincidan con el canon variable mínimo (12%) incorporado en el pliego de condiciones.
El ofertante deberá tener en cuenta que el porcentaje ofertado será el mismo para los cinco años objeto de contratación y su prórroga, si se hiciese efectiva. Se definen como ventas brutas el importe total de las ventas por el total de unidades de restauración objeto de este concurso así como los importes ingresados por otros conceptos y servicios de restauración, bien sean prestados en IFEMA o bien para el exterior, generados en las unidades de restauración por el adjudicatario, sin considerar el Impuesto sobre el Valor Añadido que grava dichas ventas y después de aplicar descuentos o promociones. Quedará entendido que éstos deberán contar con autorización previa por parte de IFEMA, ya que de no suceder así, el porcentaje de canon variable será aplicado sobre las ventas sin tener en cuenta estos descuentos o promociones. A efectos de cómputo de la cifra de ventas brutas, no se considerará aquella cifra derivadas de las actividades de catering, entendiendo como tal, la prestación de servicios de esta índole regulado por el contrato específico de homologación de proveedores de catering, ajeno al objeto de este pliego.
El adjudicatario llevará, además de la contabilidad general ajustada a las prescripciones legales y reglamentarias, extractos mensuales donde se refleje el conjunto de las ventas brutas realizadas durante el mes, según modelo adjunto en el ANEXO VIII -INFORME DE PRODUCCIÓN MENSUAL-. Los Terminales Punto de Venta deberán estar conectados con los sistemas de información de IFEMA, de forma que pongan a su disposición toda la información de gestión que se estime oportuno. La liquidación del canon variable será mensual, abonándose el canon correspondiente a un mes determinado dentro de los 15 primeros días naturales del mes siguiente, mediante domiciliación bancaria.
Transcurridos el plazo de abono mencionado, las cantidades adeudadas devengarán interés de demora desde el día siguiente a su vencimiento, al tipo vigente según la ley 3/2004, de medidas de lucha contra la morosidad. La falta de pago del canon en el plazo señalado producirá, transcurridos noventa (90) días desde el vencimiento, sin más trámite ni requerimiento, y si IFEMA así lo requiere, la automática resolución de pleno derecho del contrato.
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
11
IFEMA deberá tener posibilidad de verificación de los datos facilitados de producción por el adjudicatario mediante los medios que estime más conveniente. Los errores que se detecten en las liquidaciones de cánones deberán subsanarse inmediatamente en la primera liquidación siguiente a su detección sin otro requisito. Cuando en los errores o alteraciones contables se aprecie mala fe, la subsanación determinará la obligación de abonar a IFEMA el doble de las cantidades objeto de error en la primera liquidación siguiente a su detección. Tres errores o alteraciones de esta naturaleza serán causa suficiente para la resolución del contrato, por incumplimiento del adjudicatario.
7. HISTÓRICO DE PRODUCCIÓN.-
IFEMA pondrá a disposición, únicamente con carácter informativo, los históricos del servicio de los 10 últimos años por unidad de restauración, así como los informes de auditoría del proveedor actual de los años 2011 y 2012. Esta información que se suministra de carácter histórico, en ningún caso compromete u obliga a IFEMA a garantizar unas cifras de facturación determinadas. El licitador podrá retirar en soporte informático la anterior información que figurará como XXXXX XX, teniendo en cuenta que se deberá rubricar un acuerdo de confidencialidad de la información suministrada. Quedará entendido que el servicio de restauración se realizará por el adjudicatario a su riesgo y xxxxxxx, sin que ninguna variación por cualquier circunstancia, genere derecho alguno por su parte para exigir de IFEMA reequilibrio económico alguno. En las cifras que se suministrarán no se incorpora el impuesto del valor añadido
8. INVERSIONES.-
El ofertante deberá incorporar un compromiso de inversiones, por un importe de 300.000 euros. El ofertante podrá proponer, a su criterio, una cifra de inversión adicional a los 300.000 euros citados, que tendrá la correspondiente valoración en puntuación conforme figura en el apartado 19- CRITERIOS DE PONDERACIÓN –
IFEMA se compromete a aportar una cifra igual a la inversión realizada por el adjudicatario hasta un máximo de 400.000 euros.
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
12
En el cuadro que figura a continuación, que se adjunta únicamente como ejemplo explicativo, se destacan las condiciones de inversión y el compromiso de IFEMA, asociado a la propuesta de inversión del ofertante:
Inversión obligatoria
Inversión adicional valorable
Inversión total ofertante
Inversión adicional
aportada por IFEMA
Total inversión ofertante e IFEMA
300.000 0 300.000 300.000 600.000
300.000 100.000 400.000 400.000 800.000
300.000 200.000 500.000 400.000 900.000
No se considerará como inversión la formación del personal, la uniformidad del mismo así como los gastos en promoción y publicidad.
Como ejemplo no excluyente, IFEMA considerará como inversiones para este servicio, las siguientes:
� Inversiones en mejoras del equipamiento actual, con indicación de los equipos objeto de
actuación y justificación de la mejora.
� Reformas y mejoras tanto estructurales como de decoración de las unidades de restauración, con detalle de la actuación y de la rentabilidad o mejora esperada de la unidad, mejoras en señalización de las unidades y accesos a éstas.
� Inversiones en equipamiento adicional: maquinaria, mobiliario, equipos informáticos, terminales punto de ventas, elementos de transporte así como los útiles de cocina, con el detalle del propósito de la inversión y la justificación de su actuación.
� Inversión en equipamiento móvil y carritos. El ofertante deberá facilitar número propuesto para el servicio de restauración móvil y sus características técnicas.
Todas las inversiones propuestas deberán estar operativas en las unidades y deberán justificarse ante la Dirección Administrativo – Financiera, en un plazo máximo de dos años desde el inicio del periodo de concesión, mediante la presentación de las facturas
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
13
correspondientes. Debiendo realizarse el primer año al menos el 60% de la inversión comprometida.
9. PERFIL DEL CONTRATANTE.-
En la página web de IFEMA (xxx.XXXXX.xx, apartado de Concursos y Licitaciones) podrá consultarse el perfil del contratante de IFEMA en el que se incluirán cualesquiera datos e informaciones referentes a este concurso, salvo la información relativa a datos históricos de facturación del servicio y la relativa al personal objeto de subrogación, como figura en los apartados 7 – HISTÓRICOS DE FACTURACIÓN - y 24 - RÉGIMEN DE PERSONAL – .
En particular se incluirán las modificaciones y correcciones posibles de erratas que puedan afectar a este Pliego, las consultas planteadas por los licitadores y la adjudicación del contrato. Sin perjuicio de lo anterior la adjudicación se notificará también personalmente al interesado. La publicación de cualquier información general en el perfil del contratante produce plenos efectos desde el momento de su publicación.
10. GARANTÍA PROVISIONAL.-
El ofertante deberá incorporar en el sobre de Documentación Administrativa, el documento acreditativo de haber constituido a disposición de IFEMA una garantía provisional por importe de 30.000 € (TREINTA MIL EUROS). La garantía podrá depositarse en metálico, aval bancario o contrato de seguro de caución, o mediante cualquiera de los medios previstos en las normas de contratación pública. Si la garantía se presta en metálico, deberá ingresarse en la cuenta corriente número: 0049 2222 51 1510001900 abierta a nombre de IFEMA, indicando el procedimiento selectivo mediante la cita, al menos, del número de expediente de contratación. El resguardo acreditativo del ingreso, en original o copia compulsada deberá incorporarse al sobre de Documentación Administrativa. Si se constituyera mediante aval bancario o seguro de caución, deberán utilizase los modelos que figuran como ANEXO del presente Xxxxxx, que igualmente deberán incorporarse al sobre de Documentación Administrativa. La garantía provisional deberá estar constituida antes del vencimiento del plazo de presentación de ofertas. Cuando se preste en metálico, se entenderá constituida cuando el ingreso (por el importe total exigido en concepto de garantía) tenga efectiva entrada en la cuenta bancaria de IFEMA antes del vencimiento del plazo de presentación de ofertas. La garantía provisional se extinguirá automáticamente y será devuelta a los licitadores inmediatamente después de la adjudicación del contrato. En todo caso, la garantía será retenida al licitador cuya proposición hubiera sido seleccionada para la adjudicación hasta que proceda a
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
14
la constitución de la garantía definitiva, e incautada a las empresas que retiren injustificadamente su proposición antes de la adjudicación La devolución se producirá mediante la puesta a disposición del licitador, en el departamento de Tesorería de IFEMA del documento acreditativo de la garantía constituida, o mediante la devolución a través de cheque nominativo del importe en metálico depositado (opcionalmente se podrá realizar una transferencia bancaria, en el caso de designación de una cuenta bancaria nominativa cuyo único titular sea el licitador siempre que así se comunique a IFEMA de manera fehaciente, mediante certificación de la entidad bancaria). La persona que pretenda hacerse cargo de tales documentos, deberá acreditar poder suficiente a tal fin. Se incautará la garantía provisional a aquellos licitadores que retiren injustificadamente su proposición antes de la adjudicación. Se entenderá injustificada, entre otras, la retirada que pretenda fundamentarse en error en la formulación de la oferta. En todo caso la garantía provisional responderá del mantenimiento de las proposiciones presentadas por los licitadores hasta la adjudicación.
11. GARANTÍA DEFINITIVA.-
1.- El contratista deberá prestar una garantía definitiva de 500.000 € (QUINIENTOS MIL EUROS), en cualquiera de las formas admitidas para la garantía provisional es decir metálico, aval bancario o contrato de seguro de caución o mediante cualquiera de los medios previstos en las normas de contratación pública. Si la garantía se presta en metálico, deberá ingresarse en la cuenta corriente número: 0049 2222 51 1510001900 abierta a nombre de IFEMA, indicando el procedimiento selectivo mediante la cita, al menos, del número de expediente de contratación. El resguardo acreditativo del ingreso, en original o copia compulsada ante Notario deberá incorporarse al sobre de Documentación Administrativa.
Esta garantía deberá constituirse en el plazo de quince días naturales, contados a partir del día siguiente a la fecha de la notificación del acuerdo de adjudicación, acreditando, mediante comparecencia en el Departamento de Tesorería de IFEMA, la constitución de la misma, así como del pago de los anuncios, con la exhibición de sus justificantes. Si el contratista no cumpliese la referida obligación en el plazo citado, IFEMA podrá resolver el contrato incautando la garantía provisional y exigiendo del contratista el abono de los daños y perjuicios causados.
Esta garantía deberá constituirse en el plazo y forma previstos en la Cláusula 22.1 de este Pliego.
2.- La garantía definitiva responderá de los siguientes conceptos:
- De las penalidades impuestas al contratista por razón de la ejecución del contrato, cuando
aquéllas no puedan deducirse del pago de las facturas recibidas del mismo.
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
15
- De la pérdida que pueda decretarse en los casos de resolución del contrato, de acuerdo con lo establecido en el mismo, sin perjuicio del derecho de IFEMA al resarcimiento, además, de los daños y perjuicios que el adjudicatario ocasionara a la misma con motivo de la ejecución del contrato, en lo que exceda del importe de la garantía definitiva incautada.
- De los gastos originados por demora del contratista en el cumplimiento de sus obligaciones
y de los daños y perjuicios causados por el contratista en supuestos de incumplimiento del mismo, sin resolución del contrato.
3.- Cuando como consecuencia de la modificación del contrato experimente variación el precio del mismo, se reajustará la garantía en el plazo de quince días contado desde la fecha en la que se notifique al empresario el acuerdo de modificación, para que guarde la debida proporción con el precio del contrato resultante de su modificación. De no cumplirse estos requisitos por causas imputables al contratista, IFEMA podrá declarar resuelto el contrato por culpa del contratista, con incautación de la garantía definitiva e indemnización además, en lo que exceda del importe de la garantía incautada, de los daños y perjuicios causados. 4.- La garantía definitiva deberá permanecer vigente durante toda la vida del contrato y hasta su completa extinción, incluido el periodo de garantía si lo hubiere. La garantía será liberada dentro del plazo de dos meses contados a partir de esa fecha. La devolución se producirá mediante la puesta a disposición del licitador, en el departamento de Tesorería de IFEMA del documento acreditativo de la garantía constituida, o mediante la devolución a través de cheque nominativo del importe en metálico depositado (opcionalmente se podrá realizar una transferencia bancaria, en el caso de designación de una cuenta bancaria nominativa cuyo único titular sea el licitador siempre que así se comunique a IFEMA de manera fehaciente, mediante certificación de la entidad bancaria). La persona que pretenda hacerse cargo de tales documentos, deberá acreditar poder suficiente a tal fin.
12. GARANTÍA COMPLE MENTARIA.-
1.- El contratista deberá prestar, igualmente, una garantía complementaria de 100.000 € (CIEN MIL EUROS), en cualquiera de las formas admitidas para la garantía provisional es decir metálico, aval bancario o contrato de seguro de caución o mediante cualquiera de los medios previstos en las normas de contratación pública. Si la garantía se presta en metálico, deberá ingresarse en la cuenta corriente número: 0049 2222 51 1510001900 abierta a nombre de IFEMA, indicando el procedimiento selectivo mediante la cita, al menos, del número de expediente de contratación. El resguardo acreditativo del ingreso, en original o copia compulsada ante Notario deberá incorporarse al sobre de Documentación Administrativa.
Esta garantía deberá constituirse en el plazo y forma previstos en la Cláusula 22.1 de este Pliego.
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
16
2.- La garantía complementaria responderá de los siguientes conceptos: - De las penalidades impuestas al contratista por razón de la ejecución del contrato, cuando
aquéllas no puedan deducirse del pago de las facturas recibidas del mismo. - De la pérdida que pueda decretarse en los casos de resolución del contrato, de acuerdo con
lo establecido en el mismo, sin perjuicio del derecho de IFEMA al resarcimiento, además, de los daños y perjuicios que el adjudicatario ocasionara a la misma con motivo de la ejecución del contrato, en lo que exceda del importe de la garantía definitiva incautada.
- De los gastos originados por demora del contratista en el cumplimiento de sus obligaciones
y de los daños y perjuicios causados por el contratista en supuestos de incumplimiento del mismo, sin resolución del contrato.
- Y específicamente, responderá a la demora en el pago de los cánones y de las inversiones previstas y comprometidas por el operador, sin perjuicio de que IFEMA pueda activar igualmente la garantía definitiva prevista en el apartado 11 de este pliego de condiciones, en igual forma y medida citada en las instrucciones de este apartado.
3.- Cuando como consecuencia de la modificación del contrato experimente variación, se reajustará la garantía en el plazo señalado en el apartado 1 anterior contado desde la fecha en la que se notifique al empresario el acuerdo de modificación, para que guarde la debida proporción con el precio del contrato resultante de su modificación. De no cumplirse estos requisitos por causas imputables al contratista, IFEMA podrá declarar resuelto el contrato por culpa del contratista, con incautación de la garantía definitiva e indemnización además, en lo que exceda del importe de la garantía incautada, de los daños y perjuicios causados. 4.- La garantía definitiva deberá permanecer vigente durante toda la vida del contrato y hasta su completa extinción, incluido el periodo de garantía si lo hubiere. La garantía será liberada dentro del plazo de dos meses contados a partir de esa fecha. La devolución se producirá mediante la puesta a disposición del licitador, en el departamento de Tesorería de IFEMA del documento acreditativo de la garantía constituida, o mediante la devolución a través de cheque nominativo del importe en metálico depositado (opcionalmente se podrá realizar una transferencia bancaria, en el caso de designación de una cuenta bancaria nominativa cuyo único titular sea el licitador siempre que así se comunique a IFEMA de manera fehaciente, mediante certificación de la entidad bancaria). La persona que pretenda hacerse cargo de tales documentos, deberá acreditar poder suficiente a tal fin.
13. CAPACIDAD JURÍDICA DE LAS EMPRESAS Y AUSENCIA DE PROHIBICIÓN PARA
CONTRATAR.-
13.1.-Están facultadas para contratar con IFEMA las personas físicas o jurídicas españolas o extranjeras, que gozando de capacidad jurídica o de obrar, no se hallen incursas en ninguna de las circunstancias de incompatibilidad o incapacidad que, a continuación, se mencionan:
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
17
a) Haber sido condenadas mediante sentencia firme por delitos de asociación ilícita,
corrupción en transacciones económicas internacionales, tráfico de influencias, cohecho, fraudes y exacciones ilegales, delitos contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social, delitos contra los derechos de los trabajadores, malversación y receptación y conductas afines, delitos relativos a la protección del medio ambiente, o a pena de inhabilitación especial para el ejercicio de profesión, oficio, industria o comercio. La prohibición de contratar alcanza a las personas jurídicas cuyos administradores o representantes, vigente su cargo o representación, se encuentren en la situación mencionada por actuaciones realizadas en nombre o a beneficio de dichas personas jurídicas, o en las que concurran las condiciones, cualidades o relaciones que requiera la correspondiente figura de delito para ser sujeto activo del mismo.
b) Xxxxx solicitado la declaración de concurso, haber sido declaradas insolventes en
cualquier procedimiento, hallarse declaradas en concurso, estar sujetas a intervención judicial o haber sido inhabilitadas conforme a la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.
c) Haber sido sancionadas con carácter firme por infracción grave en materia de disciplina
xx xxxxxxx, en materia profesional o en materia de integración laboral y de igualdad de oportunidades y no discriminación de las personas con discapacidad o por infracción muy grave en materia social, incluidas las infracciones en materia de prevención de riesgos laborales, de acuerdo con lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 xx xxxxxx, o en materia medioambiental, de acuerdo con lo establecido en la Ley sobre evaluación de efectos de determinados planes y programas de medio ambiente. Ley núm. 9/2006, de 28 xx xxxxx. RCL 2006\885; en la Xxx 00/0000, xx 00 xx xxxxx, xx Xxxxxx; en la Ley Red de Parques Nacionales. Ley núm. 5/2007, de 3 xx xxxxx. RCL 2007\695, en la Ley 11/1997, de 24 xx xxxxx, de Envases y Residuos de Envases; en la Ley de Almacenamiento geológico de dióxido de carbono. Ley núm. 40/2010, de 29 de diciembre; en el Texto Refundido de la Xxx xx Xxxxx, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, y en la Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación
d) No hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o de
Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, en los términos que reglamentariamente se determinen.
e) Haber incurrido en falsedad al efectuar la declaración responsable de no estar incursa
en prohibición de contratar o al facilitar cualesquiera otros datos relativos a su capacidad y solvencia, o haber incumplido, por causa que le sea imputable, la obligación de comunicar al órgano competente para la clasificación la variación en las circunstancias que se hubieran tenido en cuenta para concederla cuando pueda dar lugar a su revisión y la obligación de comunicar al Registro de Licitadores y Empresas clasificadas del Estado cualquier variación sobre los datos en él reflejados.
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
18
f) Estar incursa la persona física o los administradores de la persona jurídica en alguno de los supuestos de la Ley 5/2006, de 10 xx xxxxx, de regulación de los conflictos de intereses de los miembros del Gobierno y de los altos cargos de la Administración General del Estado, de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones públicas o tratarse de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 xx xxxxx, del Régimen Electoral General, en los términos establecidos en la misma.
La prohibición alcanzará a las personas jurídicas en cuyo capital participen, en los términos y cuantías establecidas en la legislación citada, el personal y los altos cargos de cualquier Administración Pública, así como los cargos electos al servicio de las mismas.
La prohibición se extiende igualmente, en ambos casos, a los cónyuges, personas vinculadas con análoga relación de convivencia afectiva y descendientes de las personas a que se refieren los párrafos anteriores, siempre que, respecto de los últimos, dichas personas ostenten su representación legal. Concurrirá causa de incompatibilidad para contratar en relación con aquellas empresas privadas de cuyos consejos de administración u órganos rectores formen parte el Director General o alguno de los miembros del Equipo de Dirección de IFEMA, o sus cónyuges o demás personas en los términos señalados en el párrafo anterior.
x) Xxxxx contratado a personas respecto de las que se haya publicado en el Boletín
Oficial del Estado el incumplimiento a que se refiere el artículo 18.6 de la Ley 5/2006, de 10 xx xxxxx, de regulación de los conflictos de intereses de los miembros del Gobierno y de los altos cargos de la Administración General del Estado, por haber pasado a prestar servicios en empresas o sociedades privadas directamente relacionadas con las competencias del cargo desempeñado durante los dos años siguientes a la fecha de cese en el mismo. La prohibición de contratar se mantendrá durante el tiempo que permanezca dentro de la organización de la empresa la persona contratada con el límite máximo de dos años a contar desde el cese como alto cargo.
h) Haber dado lugar, por causa de la que hubiesen sido declarados culpables, a la
resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración.
i) Xxx perjuicio de la posibilidad de presentar variantes en los términos en los que, en su caso, se prevea en el presente Xxxxxx, haber presentado más de una oferta para la contratación, o haber suscrito propuesta en agrupación temporal con otros OFERTANTES si lo ha hecho individualmente, o figurar en más de una agrupación temporal.
j) Estar vinculadas a persona física o jurídica, nacional o extranjera, que tenga un
contrato en vigor con IFEMA y cuya realización esté relacionada con el objeto de la nueva contratación, desde el punto de vista de vigilancia, supervisión, control o dirección de la ejecución del contrato.
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
19
Se entiende por empresa vinculada a otra, aquella en la que el CONTRATISTA pueda ejercer, directa o indirectamente, una influencia dominante o puedan ejercerla sobre él. Se presumirá que existe influencia dominante cuando el CONTRATISTA, se encuentre en relación con otra sociedad, que se calificará como dependiente, en alguna de las siguientes situaciones: - Posea la mayoría de los derechos de voto. - Tenga la facultad de nombrar o destituir a la mayoría de los miembros del órgano de administración. - Pueda disponer, en virtud de acuerdos celebrados con terceros, de la mayoría de los derechos de voto. - Xxxx designado con sus votos a la mayoría de los miembros del órgano de administración, que desempeñen su cargo en el momento en que deban formularse las cuentas consolidadas y durante los dos ejercicios inmediatamente anteriores. En particular, se presumirá esta circunstancia cuando la mayoría de los miembros del órgano de administración de la sociedad dominada sean miembros del órgano de administración o altos directivos de la sociedad dominante o de otra dominada por ésta. A los efectos de este apartado, a los derechos de voto de la entidad dominante se añadirán los que posea a través de otras sociedades dependientes o a través de personas que actúen en su propio nombre pero por cuenta de la entidad dominante o de otras dependientes o aquellos de los que disponga concertadamente con cualquier otra persona
k) Xxxxx incumplido las obligaciones impuestas al empresario por los acuerdos de suspensión de las clasificaciones concedidas o de la declaración de inhabilitación para contratar con cualquiera de las Administraciones públicas.
l) Si se trata de empresarios no españoles de Estados miembros de la Comunidad Europea, no hallarse inscritos, en su caso, en un Registro profesional o comercial en las condiciones previstas por la legislación del Estado donde están establecidos.
m) Haber sido sancionado como consecuencia del correspondiente expediente administrativo en los términos previstos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, o en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
n) No hallarse, en su caso, debidamente clasificadas o no acreditar la suficiente solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
Las prohibiciones de contratar afectarán también a aquellas empresas de las que, por razón de las personas que las rigen o de otras circunstancias, pueda presumirse que son continuación o que derivan, por transformación, fusión o sucesión, de otras empresas en las que hubiesen concurrido aquéllas.
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
20
13.2.- Si IFEMA tuviese conocimiento de alguna de estas circunstancias con posterioridad a la celebración del contrato, o si la vinculación antes aludida se produjese a lo largo del desarrollo de éste, IFEMA podrá resolverlo dejándolo sin efecto, con derecho a exigir del empresario el resarcimiento de daños y perjuicios que haya podido causar.
13.3.- Los poderes y documentos acreditativos de la personalidad se acompañarán a la proposición, bastanteados por la Secretaría General de IFEMA (Tfno.: 91 722 51 19 /23), a cuyo efecto deberán ser presentados, concertando cita previa, en la citada Secretaría con una anticipación mínima de 48 horas a la entrega xxx xxxxxx de proposición. El representante responderá de la vigencia y eficacia de sus facultades y de que están subsistentes y no han sido modificadas, ni revocadas.
13.4. El contrato se otorgará con una sola persona o entidad. No obstante, podrá concertarse con dos o más personas o entidades siempre que la oferta la hubieran formulado conjuntamente y en ella se incluya (i) el porcentaje de participación de cada una de ellas en el contrato de resultar adjudicatarios, (ii) una declaración expresa por la que se obliguen solidariamente frente a IFEMA y (iii) la designación de un representante o apoderado único con poderes suficientes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones derivadas del contrato, y cuyas decisiones vincularán a los partícipes. Dicho representante o apoderado único será el interlocutor de IFEMA en todo lo que atañe al contrato.
14. SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA DE LOS LICITADORES.
Se requiere que el licitador acredite una facturación igual o superior a los 6 millones de euros en la media de actividad de restauración en la empresa, o grupo de empresas, de cada uno de los tres últimos años.
Los licitadores deberán aportar los datos y certificaciones financieras, económicas e informes de auditoría que sirvan para efectuar la evaluación de la solvencia económica necesaria para el cumplimiento de las obligaciones derivadas de este pliego y de su propia oferta económica.
15. SOLVENCIA TÉCNICA Y PROFESIONAL DE LOS LICITADORES.
Para poder participar en el concurso los licitadores deberán acreditar una experiencia en la gestión de servicios de restauración en los cinco últimos años (2008-2012), en gestión de un conjunto de locales de restauración, propios o por concesión, con una capacidad mínima total de 4.000 comensales.
La acreditación de este apartado se realizará mediante una declaración responsable, según el modelo 3 facilitado en el ANEXO I, a la que el licitador podrá incorporar detalles o informaciones adicionales, si así lo considera conveniente. IFEMA podrá solicitar aclaraciones tanto al modelo como al detalle que le acompañe, con objeto de determinar la admisión definitiva de la oferta.
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
21
Las referencias computables corresponderán a restaurantes, cafeterías y autoservicios, que se consideren homologables, a criterio de IFEMA, a las existentes en el recinto ferial. Se podrán referir a unidades conjuntas o independientes, no computándose en este apartado las referencias de servicios de colectividades (colegios, hospitales, universidades, etc.). Si IFEMA considerase que el perfil del ofertante, de acuerdo con las referencias aportadas no se adapta a las características del servicio que se demanda, podrá rechazar la oferta en su conjunto.
16. VISITA A LAS INSTALACIONES.
Se ha programado dos fechas de visita a instalaciones, una el próximo día 28 de noviembre y otra el día 2 de diciembre, ambas a las 10.00h. El punto de encuentro será la sala de la Comisión de Compras de IFEMA, situada en la planta - 1 del edificio de oficinas de IFEMA, junto al Servicio Médico Para la acreditación correspondiente deberán contactar, con una antelación de 48 h. a la realización de la visita, con la secretaría de la Dirección de Servicios Feriales de IFEMA en el teléfono 00.000.00.00.
Es muy conveniente la asistencia a alguna de las visitas programadas con el fin de comprobar el estado de las instalaciones y su idoneidad para cumplir con lo solicitado en el presente pliego.
17. DATA ROOM
IFEMA pondrá a disposición de los licitadores durante los días 27 y 28 de noviembre y 2 de diciembre, en horario de 10.00 a 17.00 horas, la siguiente información: - ANEXO VI: Plano General de situación de las Unidades de Restauración. - ANEXO VII: Planos de Restaurantes, cafeterías y autoservicios. - ANEXO IX: Relación de Ferias - ANEXO X: Pliego para la homologación de proveedores de servicios de catering del
año 2012. - ANEXO XI: Histórico de producción e informes de Auditoría, previa cumplimentación y
entrega de documento de confidencialidad. - ANEXO XII: Menús tipo de Restaurantes y Tarifas. - ANEXO XIII: Información sobre el personal objeto de subrogación. - ANEXO XIV: Contratos de mantenimiento vigentes
Las empresas interesadas deberán enviar un correo electrónico a la siguiente dirección, xxxxxx@xxxxx.xx y xxxxxxxxx@xxxxx.xx, indicando el nombre de la empresa y de las personas autorizadas a retirar la información. Estas personas deberán traer consigo todos los documentos de compromisos de confidencialidad que se citan en los anexos de este pliego, rubricados y acreditados por persona con capacidad bastante de la compañía.
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
22
18. CONSULTAS.-
Todos los ofertantes que se hayan acreditado convenientemente a la hora de retirar la documentación para la licitación, indicando además una persona de contacto, el cargo que ostenta, su número de teléfono y número de fax, podrán formular por escrito, hasta las 12:00 h. del día 3 de diciembre de 2013 cuantas aclaraciones precisen, remitiendo la solicitud de las citadas aclaraciones al número de fax: 00.000.00.00, y confirmando su correcta recepción al teléfono: 00.000.00.00, o bien entregándolas por escrito directamente en la Dirección de Compras de IFEMA. IFEMA, tras la finalización del mencionado periodo, procederá a publicar en el Perfil del Contratante, xxx.xxxxx.xx, apartado Concursos y Licitaciones, las consultas realizadas y las correspondientes contestaciones de IFEMA.
19. PROPOSICIÓN Y DOCUMENTOS. PLAZO DE PRESENTACIÓN.-
Esta documentación, con las condiciones y demás elementos, podrá ser revisada o retirada en el perfil del contratante (xxx.xxxxx.xx, apartado Concursos y Licitaciones), a partir del día 25 de noviembre hasta el día 9 de diciembre de 2013 ambos inclusive.
Hasta las 13:00 h. del día 9 de diciembre de 2013, podrán entregarse, las proposiciones y la documentación adjunta en el Registro General de IFEMA, ubicado en la tercera planta del Edificio de Oficinas mencionado. La citada documentación deberá presentarse en sobres precintados:
• Sobre 1. Documentación administrativa, • Sobre 2A: Documentación técnica apartados objetivos, • Sobre 2B: Documentación técnica criterios subjetivos • Sobre 3: Documentación económica
Debiendo indicar en los anversos de los sobres:
At.: Dirección de Compras. Expediente: 14/035 – 200009126 SOLICITUD DE OFERTAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE GESTIÓN Y EXPLOTACION DE LOS SERVICIOS DE RESTAURACIÓN CORRESPONDIENTES A CAFETERÍAS, RESTAURANTES Y AUTOSERVICIOS EN EL RECINTO FERIAL DE IFEMA, FERIA DE MADRID Sobre: ...................... Documentación/Proposición: ...................... Presentado por: ..........................................
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
23
Cada empresario no podrá presentar más de una proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en unión temporal con otros empresarios si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La contravención de estas prohibiciones dará lugar a la inadmisión de todas las proporciones por él suscritas.
No es posible disponer de la modalidad de presentación de ofertas a través del servicio postal de Correos.
IDIOMA.- Todos los documentos que conforman las propuestas tienen que ser presentados en idioma castellano. Las empresas extranjeras presentarán sus documentos traducidos de forma oficial al castellano.
SOBRE NÚM. 1.- DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA. Incorporará la firma de la persona que represente legalmente al ofertante y contendrá la documentación recogida en el ANEXO I. Los mencionados documentos deberán presentarse originales o copias auténticas, acompañados de fotocopia simple. En el caso de que el licitador opte por requerir del servicio de COPIA IFEMA para realización de compulsas de documentación original, le recordamos que el horario del servicio es: • Lunes y jueves de 10:15 a 13:15 h. solicitando cita previa en el Departamento de Reprografía de IFEMA tlf. 00.000.00.00, ext. 4899.
Para conocer los detalles del servicio (tarifas, forma de pago, etc…) puede acceder al perfil del contratante de IFEMA a través de la web xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxx.xxxxx.xx apartado “Compulsa de documentación”. SOBRE NÚM. 2A.- “DOCUMENTACIÓN TÉCNICA (APARTADOS OBJETIVOS)” Incorporará la firma de la persona que represente legalmente al ofertante. Se deberá presentar un original de la citada documentación y copia en papel, además de otra copia en soporte informático (CD, USB, etc.) en formato PDF.
El ofertante deberá tener en cuenta que ante discrepancias en la documentación facilitada, la documentación presentada en papel prevalecerá sobre la copia en soporte informático
Los puntos que deben contener la documentación técnica correspondiente a los apartados de valoración mediante criterios objetivos deberán seguir este orden:
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
24
1. Inversiones propuestas por el ofertante
No se considerará como inversión la formación del personal, la uniformidad del personal ni los gastos en promoción y publicidad.
El ofertante deberá informar de los siguientes aspectos:
� Justificación de la inversión y rentabilidad o ventaja que se pretende.
� Cuantificación económica, a través de declaración responsable de persona con capacidad bastante (que en caso de resultar adjudicatario se justificará con las facturas correspondientes)
� Características técnicas de la inversión
� Otros aspectos que se consideren relevantes para la valoración de las ofertas.
Los importes de las inversiones se facilitarán IVA excluido.
En particular, se describirán los siguientes extremos:
� Inversiones en mejoras del equipamiento actual o en equipamiento adicional, con indicación de los equipos objeto de actuación y justificación de la mejora.
Se entiende como equipamiento: maquinaria, mobiliario, equipos informáticos, terminales punto de ventas, elementos de transporte así como los útiles de cocina.
� Reformas y mejoras, tanto estructurales como de señalización y decoración de las unidades de restauración, con detalle de la actuación y de la rentabilidad o mejora esperada de la unidad.
� Inversión en equipamiento móvil y carritos. El ofertante deberá facilitar número propuesto para el servicio de restauración móvil y sus características técnicas.
El ofertante deberá presentar la citada documentación y cumplimentar la ficha que se adjunta en el ANEXO V - CUADRO RESUMEN DE INVERSIONES - Todas las inversiones propuestas deberán ser de nueva adquisición, y estar operativas en las unidades, en un plazo máximo de dos años desde el inicio del periodo de concesión. Debiendo realizarse en el primer año al menos el 60% de la inversión comprometida y justificándola ante la Dirección Administrativo–Financiera mediante la presentación de las facturas correspondientes. No se valorarán inversiones cuya compra se hubiera efectuado con anterioridad al inicio del contrato.
2. Tarifas tipo ofertadas según el listado facilitado en el Anexo IV RELACIÓN DE PRECIOS.
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
25
El ofertante cumplimentará las tarifas tipo que se adjuntan en el ANEXO IV facilitando el precio por unidad, igualando o reduciendo el precio que se cite.
Igualmente incorporará esquema y confección de las diferentes tarifas de precios y menús, productos y servicios accesorios. La propuesta de tarifas deberá recoger, para cada modalidad de unidad de restauración a gestionar (restaurantes de cada segmento, autoservicios, cafeterías, buffets) una carta tipo con los precios por producto (en el caso de los restaurantes una por segmento), y el coste del menú.
Se facilita como información en el ANEXO XII MENUS TIPO DE RESTAURANTES Y TARIFAS.- del presente pliego, la relación de precios y menús actuales existentes en la Feria de Madrid. Como se indicó en el apartado 5 – TARIFAS DEL SERVICIO –, no se podrán superar los precios indicados en los menús requeridos para cada modalidad de unidad de restauración.
Los precios que se incorporan en la ficha facilitada del ANEXO IV servirán para la valoración del apartado C. TARIFA DE PRECIOS del apartado 19 - CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. Los citados precios unitarios son precios máximos, no pudiendo superarse en la oferta. Se valorarán con cero puntos a aquellos precios ofertados que coincidan o superen al precio de referencia incorporado en el citado Anexo. (En caso de resultar adjudicatario, quedará entendido que se aplicarán como máximo los precios de referencia que se incorporan en el presente pliego, sin considerarse incrementos sobre aquéllos).
SOBRE NÚM. 2B.- “DOCUMENTACIÓN TÉCNICA (APARTADOS SUBJETIVOS)” Incorporará la firma de la persona que represente legalmente al ofertante. Se deberá presentar un original de la citada documentación y copia en papel, además de otra copia en soporte informático (CD, USB, etc.) en formato PDF. El ofertante deberá tener en cuenta que ante discrepancias en la documentación facilitada, la documentación presentada en papel prevalecerá sobre la copia en soporte informático.
1. Documentación para valoración de los criterios subjetivos:
• Proyecto de organización del servicio que contemple la ejecución de los trabajos y servicios a realizar, adaptado a las necesidades que requiere la actividad ferial, en cuanto a su variabilidad y funcionalidad de los diferentes puntos de explotación. Contemplará aquellos medios operativos, apoyo logístico, métodos de trabajo e infraestructura, con cuadrantes indicativos de los servicios, horarios y personal destinado a cada tarea para un eficaz cumplimiento de la prestación del servicio. Igualmente preverá dentro del proyecto un apartado específico de trabajos al exterior a través de la Cocina central o de Servicios de Catering.
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
26
• Controles de calidad. El licitador aportará un proyecto de planificación que contemple la implantación de controles de calidad, comidas muestra, análisis bacteriológicos y estudios bromatológicos que procedan realizar.
• Planes de ahorro energético y gestión medioambiental que contemple:
- Protocolo de ahorro Energético. - Características de productos de limpieza, valorándose que sean
altamente biodegradables y exentos de sustancias peligrosas.
• Características de la uniformidad del personal.
• Planes de formación, indicando temática y duración
• Propuestas que amplíen y diversifiquen la oferta. Menús con cualidades dietéticas y de salud o que contengan menús personalizados o adaptados a determinados colectivos.
• Propuestas de decoración de las unidades de restauración.
El ofertante deberá facilitar obligatoriamente la siguiente información, que formará parte del contrato. Deberá mantener el orden del índice indicado en este apartado:
2. Descripción detallada de la entidad concursante y de sus titulares o principales
accionistas, explicando las actividades a las que se dedican y las relaciones relevantes entre ellas en el caso de que existan.
3. Medios humanos: Recae en el Adjudicatario, como real y único empresario, y responsable de la organización y dirección de su plantilla, la tarea de dimensionar y ajustar los recursos organizativos, humanos, técnicos y materiales propios para el óptimo cumplimiento del servicio contratado, conforme a las necesidades del mismo.
La organización y estructura empresarial serán coherentes y adaptadas a la naturaleza y características del servicio a contratar. A tales efectos, los ofertantes aportarán resumen en un formato esquematizado de la organización que respalda la prestación de servicios, el organigrama de los puestos de trabajo y sus relaciones entre ellos, sus funciones, cometidos y responsabilidades.
4. Plan de mantenimiento y conservación de las instalaciones de restauración puestas a su disposición.
Serán por cuenta del adjudicatario los costes derivados de la conducción, mantenimiento, y conservación de las instalaciones y equipamiento afectos a la prestación de los servicios objeto del presente concurso. Las instalaciones sujetas a mantenimiento serán:
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
27
� Instalaciones de climatización, de acuerdo con el Articulo 26 del Reglamento de
Instalaciones Térmicas en los edificios (RITE) dicho mantenimiento será realizado por una empresa mantenedora autorizada y de acuerdo con lo establecido en la Instrucción Técnica IT-3 de dicha reglamentación.
� Instalaciones de protección contra incendios, incluyendo extintores, de acuerdo con
lo establecido en el Art.13 del Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios (Real Decreto 1942/1993) el mantenimiento o reparación de dichas instalaciones deberán ser realizadas por mantenedores autorizados con el alcance y frecuencia definida en dicha reglamentación y sus instrucciones técnicas complementarias.
� Limpieza de conductos y campanas de extracción de humos. Según el Reglamento de
prevención de Incendios de la Comunidad de Madrid artículos 55 y 56 relativos a campanas extractoras y conductos de evacuación de gases.
� Instalaciones eléctricas de baja tensión de acuerdo con el artículo 2 de la Orden
7955/2006 mediante la que se regula el mantenimiento y la inspección periódica de las instalaciones eléctricas en los locales de pública concurrencia, estableciendo la obligatoriedad de contratar el servicio de mantenimiento con un instalador autorizado.
� Instalaciones de suministro y detección de gas, de acuerdo a lo establecido el Real
Decreto 919/2006 por el que se aprueba el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias.
� Ascensores: Se asumirán los costes del contrato de mantenimiento que IFEMA tiene
adjudicado hasta 30.04.2014 con empresa autorizada para dicho cometido por la Comunidad de Madrid. A partir del 01.05.2014 se contratará así mismo el mantenimiento en modalidad a todo riesgo con empresa autorizada para dicho cometido por la Comunidad de Madrid. Así mismo, irá a cuenta del adjudicatario las inspecciones periódicas oficiales contempladas en la reglamentación vigente.
Las instalaciones citadas se complementarán con el resto de instalaciones necesarias para la prestación del servicio objeto del concurso (cámaras frigoríficas, autoclaves, cocinas, etc.), que quedarán igualmente incluidas en el citado plan de mantenimiento. La empresa adjudicataria entregará a IFEMA con anterioridad al comienzo de su actividad contrato suscrito con empresas de mantenimiento que cubran las exigencias reglamentarias y de uso anteriormente citadas. Con periodicidad trimestral se trasladará a la dirección técnica y de mantenimiento de IFEMA informe de operaciones de mantenimiento realizadas, resultados de las mismas, asÍ como las reparaciones realizadas. Quedará entendido que la información suministrada únicamente tendrá carácter informativo, sin que IFEMA asuma la responsabilidad de la supervisión del mantenimiento correcto de las instalaciones.
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
28
Opcionalmente IFEMA y el adjudicatario de mutuo acuerdo podrán decidir la integración de todos los contratos de mantenimiento anteriormente descritos dentro de los contratos generales de mantenimiento xx Xxxxxxx Ferial. En este caso IFEMA facturará al adjudicatario los costes proporcionales al mantenimiento de las instalaciones referentes al presente concurso.
5. Política de calidad e higiene propuesto: El ofertante desarrollará un documento que
recoja su política de calidad e higiene, teniendo en cuenta que los ofertantes deberán regirse a lo establecido en la normativa vigente sobre higiene alimentaria en el RD 2207/1995, de 28 de diciembre, Normas de higiene de productos alimentarios.
6. Aspectos de seguridad: el ofertante, a través de una declaración responsable deberá asumir los aspectos y obligaciones en materia de seguridad que a continuación se citan:
� Seguridad general y orden público: El concesionario será responsable de la seguridad general, en todos sus aspectos (security & safety) y del orden público, de las diferentes unidades de restauración a su cargo. Podrá, no obstante, en situaciones puntuales, requerir el apoyo de la Dirección de Seguridad y Autoprotección de IFEMA, especialmente ante hechos que pudieran desembocar en una situación de alteración grave del orden y deberá hacerlo ante cualquier posible situación de emergencia.
� Plan de Autoprotección de IFEMA: todo el personal (camareros, encargados, etc.)
que el adjudicatario asigne como plantilla fija de las diferentes unidades de restauración pasará a formar parte del Plan de Autoprotección de Feria de Madrid, como Equipos de Primera Intervención en actuación ante emergencias, bajo las órdenes del Jefe de Zona correspondiente. En consecuencia, el adjudicatario deberá cumplir las siguientes obligaciones:
o Enviar a la Dirección de Seguridad y Autoprotección de IFEMA, en un plazo no
superior de un mes desde la firma del contrato, la relación nominal del personal de plantilla en las diferentes unidades de restauración, con indicación de su cargo y cometido y de la unidad a la que esté asignado.
o Informar de forma anticipada, a requerimiento de dicha Dirección, de la relación nominal del personal que prestará su servicio en los eventos feriales que se determinen, así como su ubicación.
o El personal vendrá obligado a asistir a las sesiones de formación inicial y reciclaje
que se impartan a través de la Dirección de Seguridad y Autoprotección de IFEMA y a participar en los simulacros que se realicen. Los gastos que en su caso pudieran derivarse de la estancia de su personal en IFEMA durante dichas actividades serán asumidos por la empresa adjudicataria.
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
29
Sobre núm. 3.-Proposición Económica. Incorporará la firma de la persona que represente legalmente al ofertante y contendrá el detalle económico, de conformidad con el modelo – 4 -. . Se deberá presentar un original de la citada documentación y copia en papel, además de otra copia en soporte informático (CD, USB, etc.) en formato PDF. Plan de viabilidad económica: Además del modelo – 4 - , anteriormente citado, en este sobre se incluirá documento con un escenario económico que incluya la presentación detallada de las cuentas de resultados previsionales a 5 años, (más la posibilidad de las 2 prórrogas contempladas en los pliegos) de acuerdo con la estructura del PGC 2007, y estructura de costes del servicio. Este plan deberá incorporar la totalidad de ingresos y gastos esperados del servicio destacando aquellos que se puedan obtener en concepto de exclusividad de marcas comerciales de alimentación y/o bebidas. Los ingresos propuestos deberán incluir, de forma separada, los ingresos previstos de las actividades de catering. Al citado modelo – 4 - se le añadirá el documento del plan de viabilidad económica citado, debiendo incorporarlo exclusivamente en este sobre 3, ya que la incorporación en otros sobres invalidaría su propuesta. El ofertante deberá tener en cuenta que ante discrepancias en la documentación facilitada, la documentación presentada en papel prevalecerá sobre la copia en soporte informático. Las proposiciones que se aparten de los modelos incluidos en este Pliego serán rechazadas.
El ofertante deberá tener en cuenta que se valorarán con cero puntos a aquellas proposiciones económicas que coincidan con el porcentaje de canon variable mínimo (12%) incorporado en el pliego de condiciones.
20. APERTURA Y CALIFICACION DE OFERTAS.-
20.1.- Apertura de las proposiciones:
La Comisión de Compras y Contratación se reunirá con posterioridad a la finalización del plazo de presentación de ofertas y revisará la documentación presentada en el sobre 1 “DOCUMENTACION ADMINISTRATIVA”, decidiendo sobre la admisión de las proposiciones y concediendo, un plazo no superior a tres días hábiles para la subsanación de carencias en la documentación. En ningún caso podrá otorgarse plazo
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
30
de subsanación para permitir el cumplimiento material tardío de requisitos impuestos al licitador.
La fecha y hora del acto público de apertura de las proposiciones técnicas subjetivas se comunicará oportunamente en el Perfil del Contratante de IFEMA. Este acto se celebrará en el edificio de oficinas de IFEMA, sala de Comisión de Compras y Contratación en la planta -1, comenzando con la lectura del anuncio y de la relación de las proposiciones presentadas. Después se notificará el resultado de la revisión de los documentos del sobre 1, “DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA”, con expresión de las proposiciones admitidas y rechazadas, y la causa de su inadmisión.
A continuación se realizará la apertura del sobre 2B (Documentación técnica apartados subjetivos), y se levantará la oportuna acta con las observaciones que se formulen. En el acto público de apertura no se admitirá la presentación de documentos que no hubiesen sido entregados durante el plazo de admisión de ofertas o, en su caso, durante el plazo otorgado para la subsanación de defectos. La documentación técnica será valorada con carácter previo a la apertura de los sobres 2A Documentación técnica criterios objetivos y 3 Documentación económica.
Previa convocatoria que se anunciará en el Perfil del Contratante, se procederá a la apertura en acto público de la documentación de los sobres 2A y 3. Antes de su apertura y en el mismo acto público, se expondrán las puntuaciones obtenidas en la propuesta técnica de carácter subjetivo (sobre 2B) por los licitadores admitidos.
Seguidamente o en un momento posterior, la Comisión de Compras y Contratación realizará su informe final de propuesta de adjudicación. Dicho informe versará sobre los criterios de adjudicación reseñados en este Pliego y según el baremo que se incluye en el mencionado apartado 19.- CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO- La Comisión de Compras y Contratación, de conformidad con el acta de apertura y el informe final de propuesta de adjudicación, elevará dicha propuesta al Órgano de Contratación, que tendrá la facultad de adjudicar el contrato a la proposición más ventajosa o declarar desierto el concurso, en los términos señalados en este Pliego.
Pueden ser rechazadas las proposiciones que no guarden concordancia con la documentación examinada y admitida, excedan del presupuesto base de licitación, varíen del modelo establecido, o comporten error manifiesto en el importe de la proposición, así como cuando existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable. La Comisión de Compras y Contratación podrá requerir cualquier aclaración de la documentación presentada por alguno de los ofertantes con el carácter fehaciente que considere necesario, para una mayor comprensión y adecuada valoración de las ofertas presentadas. La Comisión de Compras y Contratación, atendiendo a criterios técnicos y/o económicos, podrá considerar temerarias aquellas propuestas que por sus características así se
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
31
deban de entender, al no corresponder su valoración con la evaluación mínima de costes para desarrollar el servicio con garantías suficientes. Todo ello de acuerdo con los siguientes cálculos que se realizarán una vez abiertas las ofertas económicas:
21. CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.-
El ofertante deberá acompañar, además de la documentación administrativa y técnica que se solicita en los ANEXOS, la propuesta de DESARROLLO DEL SERVICIO y toda la documentación que considere oportuna relacionada con los criterios de evaluación que se fijan en este apartado, para una correcta valoración de los mismos. La ausencia de información impedirá la posibilidad de valoración. No se valorarán las ofertas que incumplan los requisitos establecidos en el ANEXO I Documentación Administrativa, las que presenten defectos no subsanados, y las que no incorporen el mínimo de canon variable establecido en este Pliego. Tampoco se valorarán las ofertas que en su desarrollo expresen condiciones que contradigan alguna de las estipulaciones de este Pliego de Bases o alguna de las condiciones exigidas en el Proyecto. Los aspectos a tener en cuenta en las ofertas admitidas y sus correspondientes valoraciones, fijadas en base 1000, serán los siguientes:
CRITERIOS OBJETIVOS DE VALORACIÓN: (TOTAL 720 PUNTOS) BASE 1.000
A) CANON VARIABLE ................................................................................................. 600
Se valorarán con cero puntos a aquellas proposiciones económicas que coincidan con el canon variable mínimo del 12% incorporado en el pliego de condiciones.
La valoración se realizará mediante una proporción lineal en los siguientes tramos: - Las ofertas situadas en el tramo comprendido entre el 12% y el 13,5% se
valorarán entre 0 puntos y 240 puntos.
- Las ofertas situadas en el tramo comprendido entre el 13,5% y el 15,5% se valorarán entre 240 y 480 puntos.
- Las ofertas situadas en el tramo comprendido entre el 15,5% y el 17,5% se
valorarán entre 480 puntos y 600 puntos.
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
32
Se adjunta hoja de cálculo para la cumplimentación de su propuesta económica
B) INVERSIONES PROPUESTAS .............................................................................. 100 Se valorará la suma de las inversiones propuesta por el ofertante sin tener en cuenta el mínimo de 300.000 € previsto en el pliego de condiciones. Se valorará con 0 puntos a aquellas inversiones que coincidan con la cifra anterior. La valoración se realizará mediante una proporción lineal en los siguientes tramos:
- Las ofertas que propongan entre 0 y 100.000 € de inversión adicional, se valorarán entre 0 y 35 puntos.
- Las ofertas que propongan una cifra mayor de 100.000 € y menor o igual de 400.000 € de inversión adicional, se valorarán entre 35 y 75 puntos.
- Las ofertas que propongan una cifra mayor de 400.000 € y menor o igual de 600.000 € de inversión adicional, se valorarán entre 75 y 100 puntos.
Se adjunta hoja de cálculo para la cumplimentación de su propuesta de inversiones.
C) TARIFA DE PRECIOS ............................................................................................... 20 Se valorará la reducción de las tarifas de cada uno de los precios de los productos que figuran en el Anexo IV. Se valorarán con cero puntos a aquellos precios ofertados que coincidan o superen al precio de referencia incorporado en el citado Anexo.
La valoración se realizará mediante la utilización de la siguiente fórmula matemática:
(Pi – Pt)
Vi = Vmax * --------------------- (Pmin – Pt)
Siendo,
Vi = puntuación del precio de la oferta que se valora. Vmax= puntuación máxima del precio ofertado, según cada caso. Pi = precio de la oferta que se valora. Pmin= precio mínimo de las ofertas presentadas. Pt = precio de referencia establecido en el Anexo IV. C1) Precios de los productos en las cafeterías ................................ 10
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
33
C2) Precios de los productos en los autoservicios .......................... 6
C3) Precios de los productos de los servicios a stands .................. 4
CRITERIOS SUBJETIVOS DE VALORACIÓN: (TOTAL 280 PUNTOS)
D ORGANIZACIÓN DEL SERVICIO ........................................................................... 220
D.1. GESTIÓN Y SEGUIMIENTO DE LA ACTIVIDAD FERIAL .............................. 140 Con la intención de valorar la capacidad de gestión del ofertante, se facilitará un proyecto que contemple la ejecución de los trabajos y servicios a realizar, adaptado a las necesidades que requiere la actividad ferial, en cuanto a su variabilidad y funcionalidad de los diferentes puntos de explotación. Contemplará aquellos medios operativos, apoyo logístico, métodos de trabajo e infraestructura, con cuadrantes indicativos de los servicios, horarios y personal destinado a cada tarea para un eficaz cumplimiento de la prestación del servicio. Igualmente preverá dentro del proyecto un apartado específico de trabajos al exterior a través de la Cocina central o de Servicios de Catering.
D.2. ESTABLECIMIENTO DE CONTROLES DE CALIDAD ..................................... 40
El licitador aportará un proyecto de planificación que contemple la implantación de controles de calidad, comidas muestra, análisis bacteriológicos y estudios bromatológicos que procedan realizar.
D.3. PLANES DE AHORRO ENERGÉTICO Y GESTIÓN MEDIOAMBIENTAL ....... 40
Se valorará la siguiente documentación a presentar por los licitadores: • Protocolo de ahorro Energético. • Características de productos de limpieza, valorándose que sean altamente
biodegradables y exentos de sustancias peligrosas.
E MEDIOS HUMANOS ................................................................................................. 30 Se valorarán las características de uniformidad de personal tanto estéticas como de calidad, igualmente en este apartado se valorarán los planes de formación indicando temática y duración.
F MEJORAS ................................................................................................................. 30
Se valorarán las propuestas que amplíen y diversifiquen la oferta. La introducción de menús con cualidades dietéticas y de salud o que contengan menús personalizados o adaptados a determinados colectivos; además de las propuestas de decoración de las unidades de restauración.
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
34
Para cada uno de estos subapartados, se establecen 20 niveles de valoración, entre el 5% y el 100% de la puntuación de cada uno de ellos.
Preferencia en la adjudicación
1.- Tendrán preferencia en la adjudicación en caso de empate entre dos o más licitadores, las empresas que acrediten tener en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2 por cien del total de la plantilla siempre que dichas proposiciones igualen en sus términos a las más ventajosas desde el punto de vista de los criterios que sirven de base para la adjudicación. Si dos o más de las empresas licitadoras que hubieren empatado en cuanto a la proposición más ventajosa acreditasen así mismo tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al 2 por 100, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla. A efectos de aplicación de esta circunstancia los licitadores deberán presentar declaración responsable al respecto de conformidad con el modelo incluido en el Anexo I. En el caso de considerarlo necesario, esta Institución podrá solicitar la aportación de los documentos que acrediten lo reflejado en la Declaración Responsable relativa al personal discapacitado en plantilla en los términos y condiciones reflejados en el Modelo de Declaración Responsable incluida en el Anexo I. 2.- En aquellos casos en los que no se pueda aplicar el criterio de preferencia indicado anteriormente (por ausencia de acreditación de las circunstancias descritas o incluso por coincidencia en el número de trabajadores minusválidos) y se presentasen dos o más proposiciones que igualen en todos sus términos a la más ventajosa, se decidirá la adjudicación mediante sorteo para cuya realización se convocará a ambas partes. En el caso de no presentarse alguna de ellas, el sorteo tendrá lugar igualmente en la fecha y hora señaladas en la convocatoria.
22. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.-
22.1.- El Órgano de Contratación, previa la propuesta de la Comisión de Xxxxxxx y Contratación, y los informes técnicos que considere conveniente, clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y admitidas, atendiendo a los criterios de valoración contemplados en este Pliego. Se requerirá al licitador que haya presentado la oferta más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente en el Departamento de Tesorería de IFEMA acreditación de haber constituido la garantía definitiva, así como el resto de la documentación administrativa requerida al adjudicatario, que figura en el Anexo I del presente pliego de bases.
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
35
22.2. El Órgano Contratante adjudicará el contrato, si procediera, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación señalada en el apartado anterior. El acto de adjudicación del contrato deberá ser motivado, se notificará a los licitadores, indicándose el plazo en que debe procederse a la formalización del contrato. Posteriormente, requerirá al adjudicatario para la formalización del contrato, formalización que deberá efectuarse no más tarde de los quince días hábiles siguientes a aquél en que se reciba la notificación de la adjudicación a los licitadores. El contrato se entenderá perfeccionado con su formalización. Cuando por causas imputables al adjudicatario no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado, el Órgano de Contratación podrá acordar la incautación sobre la garantía definitiva del importe de la garantía provisional que, en su caso, se hubiese exigido. 22.3.- De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado en los términos previstos en la Cláusula 21.1 anterior, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. 22.4.- IFEMA tendrá alternativamente la facultad de adjudicar el contrato a la proposición más ventajosa mediante los criterios establecidos para su adjudicación sin atender necesariamente al valor económico de la misma, o declarar desierto el concurso cuando no se hayan presentado ofertas, cuando no sean admisibles o cuando, a juicio del Órgano de Contratación, motivadamente no satisfagan las necesidades de IFEMA. Con independencia de ello, el Órgano de Contratación podrá renunciar a la celebración del contrato o desistir por razones justificadas del procedimiento de licitación inacabado. La decisión se notificará personalmente a los licitadores que hubieran presentado oferta, acompañándoles la resolución completa por la que se adopte dicho acuerdo.
23. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA.-
El contratista está obligado a prestar el servicio objeto del contrato y a seguir las instrucciones de IFEMA, conforme a lo dispuesto en este pliego. La reiteración en la no prestación de algunos de los servicios contratados dará lugar a la resolución inmediata del contrato y a la reclamación de los daños y perjuicios que se hubieran producido.
a) Obligaciones fiscales, laborales y sociales.-
El contratista está obligado al cumplimiento de la legislación vigente, especialmente en todo lo previsto en las disposiciones en materia fiscal, laboral, de Seguridad Social y Prevención de Riesgos Laborales, u otros que le sean de aplicación. A tal efecto, vendrá obligado a facilitar a IFEMA la documentación que ésta le solicite al respecto para cerciorarse del cumplimiento por parte del adjudicatario de todas sus obligaciones.
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
36
En consecuencia, la empresa contratista, como único empresario de su personal adscrito a los trabajos contratados, se compromete expresamente a cumplir, respecto del mismo, con todas las obligaciones derivadas, tanto laboral y social, como fiscal, declinando IFEMA cualquier responsabilidad a este respecto. Ambas partes acuerdan que el incumplimiento de las mismas constituirá causa suficiente para la resolución del contrato, sin derecho a indemnización alguna Asimismo, en materia de prevención de riesgos laborales, el contratista deberá tener a disposición de IFEMA su plan de prevención de riesgos laborales, de acuerdo con la legislación vigente, así como acreditación suficiente de haber transmitido a su personal la información y las instrucciones recibidas del empresario titular del centro de trabajo en los términos previstos en el artículo 18.1 LPRL, en relación con el artículo 9.3 del RD 171/2004.
b) Cumplimiento de plazos.-
El contratista queda obligado al cumplimiento de los plazos de ejecución del contrato, en los términos previstos en el ANEXO II - Documentación técnica -.
c) Subcontratación.-
La empresa adjudicataria no podrá variar el objeto ni el contenido de los servicios, ni cederlos o subcontratarlos total o parcialmente con terceros, salvo autorización previa y por escrito de IFEMA. La identificación de los subcontratistas deberá comunicarse previamente a IFEMA, que podrán ser vetados justificadamente por ésta. En el supuesto de que el adjudicatario subcontrate o ceda algún servicio, sin el preceptivo permiso, figurará ante IFEMA como único responsable a todos los efectos. En caso de que el adjudicatario subcontratase algún trabajo, se compromete a que las obligaciones a su cargo derivadas del presente contrato, especialmente las de carácter laboral y social, se cumplan además por dicho subcontratista, quedando éste obligado en idénticos términos que aquél, sin que ello suponga que haya relación directa entre el subcontratista e IFEMA. Esta podrá exigir, en todo caso, del subcontratista el cumplimiento de las obligaciones a cargo del adjudicatario establecidas en el contrato, lo cual quedará expresamente recogido en aquellos contratos que los adjudicatarios celebren con los subcontratistas. IFEMA tendrá derecho a comprobar el cumplimiento de las obligaciones por parte de los adjudicatarios y el subcontratista, de conocer quienes son éstos y de pedir justificantes del cumplimiento de sus mutuas obligaciones. IFEMA podrá rechazar la subcontratación con determinadas personas físicas o jurídicas cuando así proceda.
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
37
El adjudicatario asume la total responsabilidad de la ejecución del contrato frente a IFEMA, con arreglo estricto a lo dispuesto en el presente pliego y a los términos del contrato, sin que pueda derivar ninguna responsabilidad a sus subcontratistas. En ningún caso podrá concertarse por el adjudicatario, la ejecución parcial del contrato con personas incursas en suspensión de clasificaciones o inhabilitadas para contratar.
d) Cesiones y subrogaciones.-
El contrato no podrá cederse por el contratista salvo previa autorización por escrito del órgano de contratación. A tal efecto, deberán facilitarse los datos relevantes del potencial cesionario, con el fin de que IFEMA pueda comprobar si cumple los requisitos de solvencia exigidos en el pliego de bases. Una vez comprobado que reúne solvencia suficiente, IFEMA decidirá discrecionalmente si autoriza o no la cesión, teniendo en cuenta para ello la necesaria confianza que debe existir entre entidad contratante y contratista. No se aceptarán situaciones de hecho que impliquen subrogaciones de terceros no autorizadas. En caso de fusión, escisión o transmisión de rama de actividad, el contrato proseguirá con la entidad resultante siempre que acredite solvencia suficiente, lo que deberá ser valorado por IFEMA.
e) Seguros.-
La empresa adjudicataria del contrato se compromete a suscribir y mantener en vigor los siguientes contratos de seguros sin perjuicio de la responsabilidad de la misma de responder por todos los daños y perjuicios que cause.
1. SEGURO de RESPONSABILIDAD CIVIL.- El contratista vendrá obligado a indemnizar cualquier tipo de daños, personales, materiales y perjuicios consecuenciales, derivados de la ejecución del servicio adjudicado, tanto a IFEMA como a terceros. A efectos de garantizar la indemnización, el contratista deberá suscribir una póliza de seguro de responsabilidad civil general, por una suma asegurada no inferior a 6.000.000 de euros por siniestro y anualidad de seguro, que contemplará las siguientes coberturas: - RESPONSABILIDAD CIVIL DE EXPLOTACION. - RESPONSABILIDAD CIVIL SUBSIDIARIA DE CONTRATISTAS Y SUB
CONTRATISTAS. - RESPONSABILIDAD CIVIL DERIVADA DE SUMINISTRO DE BEBIDAS Y ALIMENTOS
(INTOXICACIONES ALIMENTARIAS) - RESPONSABILIDAD CIVIL PATRONAL (Sublímite por víctima no inferior a 600.000€). - RESPONSABILIDAD CIVIL LOCATIVA (sublímite no inferior a 300.000 euros). - RESPONSABILIDAD CIVIL CRUZADA. (sublímite por víctima no inferior a 600.000€).
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
38
- DEFENSA Y FIANZAS.
La franquicia aplicada a la póliza no será superior a 1.000 euros por siniestro y solo se aplicará a daños materiales.
La vigencia del seguro deberá mantenerse durante todo el periodo de contratación del servicio y sus prórrogas, si las hubiere. OBJETO DEL SEGURO Garantizar las reclamaciones derivadas de cualquier responsabilidad civil que se formulen en relación con la realización del servicio adjudicado contra el contratista asegurado, los subcontratistas empleados por este para la realización del citado servicio y la propia Institución Ferial de Madrid (IFEMA). A estos efectos la póliza deberá incluir expresamente: En el apartado actividad: En cláusula particular, la descripción del servicio a
prestar EN LAS INSTSLACIONES DE IFEMA Como asegurado adicional: A IFEMA y a los subcontratistas empleados por el
contratista. Si no fuera posible la condición de asegurados adicionales para los subcontratistas, el contratista deberá exigir a estos una póliza de seguro que contemple las condiciones de cobertura exigidas en esta cláusula.
IFEMA deberá tener, además de consideración de asegurado adicional, la consideración xx xxxxxxx por los daños materiales o personales y perjuicios consecuenciales a los que se vea expuesto en relación con la realización del servicio adjudicado. 2. SEGURO DE DAÑOS.- El contratista será responsable de los daños que puedan sufrir los materiales, maquinaria y herramientas tanto de su propiedad como los cedidos por Ifema, utilizados para la ejecución del servicio adjudicado, por causas inherentes a su propia actuación. A estos efectos, tendrá la obligación de contratar un seguro de daños materiales que garantice los perjuicios que a consecuencia de la actividad desarrollada puedan sufrir el mobiliario, maquinaria y existencias, POR LA SUMA SEGURADA QUE SE CORRESPONDA CON EL VALOR DE LOS ACTIVOS. En el caso de realizar obras en las instalaciones de IFEMA, se solicitará al adjudicatario un seguro acorde con las obras realizadas. No se autorizará el inicio de los trabajos hasta que IFEMA de su conformidad a las pólizas de seguros.
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
39
A estos efectos el contratista entregará una copia de las mismas con su correspondiente recibo de pago con al menos 10 días de antelación a la fecha prevista de comienzo del servicio o, en su defecto, un certificado de cobertura emitido por la entidad aseguradora con la descripción completa de la actividad asegurada indicando que se halla al corriente de pago y plenamente vigente.
f) Discontinuidad en el Servicio.-
Si, como consecuencia de conflictos laborales entre el adjudicatario y su personal, u otros motivos de cualquier índole, salvo que estén expresamente contemplados por la Ley como casos de fuerza mayor, el adjudicatario no pudiera llevar a efecto la prestación del servicio contratado, deberán comunicarlo a IFEMA con la máxima antelación posible. En este supuesto, IFEMA comunicará al contratista aquellos servicios que considera esenciales, con el fin de que éste realice las acciones oportunas tendentes a lograr su cobertura. Si, a pesar de ello, el contratista no pudiera prestarlo con sus propios medios, IFEMA podrá recurrir a los servicios de otras empresas, pudiendo repercutir sobre el adjudicatario los posibles sobrecostes, así como los daños y perjuicios que se produjeran.
24. RÉGIMEN DE PERSONAL
Todo el personal necesario para prestar los servicios de restauración del presente pliego deberá ser contratado por el adjudicatario, a su cuenta, dependiendo por tanto exclusivamente a todos los efectos del adjudicatario, que tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario, sin que en ningún caso pueda alegarse derecho alguno por dicho personal en relación con IFEMA, ni exigir a ésta responsabilidad de ninguna clase como consecuencia de las relaciones y obligaciones existentes entre el adjudicatario y sus trabajadores, aun en el supuesto de que los despidos y sanciones o medidas disciplinarias que adopte se basen en el incumplimiento o interpretación del contrato.
IFEMA no ejercerá ningún tipo de injerencia respecto del contenido y desarrollo de las relaciones laborales del Adjudicatario con su plantilla, sin que, por lo tanto, pueda derivarse ningún género de responsabilidad, de ningún tipo, para IFEMA por cualesquiera circunstancias relativas a aquéllas, toda vez que el único y real empresario respecto de dicho personal es el Adjudicatario, recayendo en éste el ejercicio de los poderes de organización, dirección y disciplinario, en su caso
Respecto del personal, el adjudicatario se obliga expresamente a realizar su actividad con una plantilla de trabajadores adecuada para el óptimo desarrollo y calidad del servicio. El Adjudicatario se obliga, en cuanto a las materias de subrogación de personal del anterior Adjudicatario, a observar lo dispuesto en el Convenio Colectivo del Sector de Hostelería y Actividades Turísticas (Restauración) de la Comunidad de Madrid para los años 2011 a 2013, así como en el resto de cuerpos legales o convencionales que puedan resultar de aplicación, y muy especialmente lo dispuesto respecto de tales extremos en el IV Acuerdo laboral de ámbito estatal para el sector de la Hostelería (ALEH IV), habiendo de dar el más perfecto cumplimiento a todas las obligaciones que de dichos cuerpos normativos, o los que vengan a sustituirlos, deriven.
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
40
En ningún caso, el personal de la empresa adjudicataria se incorporará a la plantilla de IFEMA, ni ésta se subrogará en las relaciones laborales existentes entre el adjudicatario y sus trabajadores; siendo IFEMA ajena a las relaciones laborales, así como las eventuales responsabilidades que de las mismas pudieran derivarse, que el adjudicatario acepta expresamente serán de su cuenta y cargo.
La empresa adjudicataria debe informar a su personal de este extremo, haciéndose constar expresamente esta circunstancia en los contratos laborales que se realicen con posterioridad a la adjudicación del servicio. Los medios humanos aportados por el adjudicatario comprenderán, tanto los profesionales adecuados a los oficios objeto del contrato, como los necesarios para su planificación, organización y supervisión conforme a la estructura organizativa de la empresa a la cual pertenecen. El personal al servicio de la empresa adjudicataria deberá estar dirigido y controlado por los responsables de aquélla, quienes, como interlocutores de dicha empresa, coordinarán la prestación del servicio y sus diferentes aspectos con IFEMA (que, a estos efectos, se encargará de nombrar, igualmente, la figura de un coordinador). Asimismo y, con independencia de las directrices y criterios necesarios que para la correcta consecución del servicio contratado pueda emitir IFEMA directamente a la empresa adjudicataria por medio del coordinador mencionado en el apartado 19 (Gerencia del Servicio), los trabajadores de la empresa adjudicataria que lleven a cabo dichos servicios continuarán sometidos en todo momento al poder de dirección y control de esta última (organización, control, dirección, selección, aseguramiento, retribución, protección, disciplina y cuantas otras facultades y obligaciones atribuya la legislación laboral a los empresarios), la cual utilizará los procedimientos de trabajo que considere más idóneos para la correcta ejecución del servicio.
En todas las cuestiones de índole y naturaleza laboral, se estará a la legislación vigente, en cada momento, y especialmente al contenido de los textos convencionales (Convenio Colectivo del Sector de Hostelería y Actividades Turísticas (Restauración) de la Comunidad de Madrid para los años 2011 a 2013 y V Acuerdo laboral de ámbito estatal para el sector de la Hostelería - ALEH IV).
Los Ofertantes tendrán a su disposición, en las instalaciones de IFEMA, un documento en soporte CD, conteniendo información disociada relativa a las condiciones del personal sujeto a subrogación y a otros extremos relativos al proceso de subrogación. IFEMA no garantiza ni se hace responsable del contenido de dicho documento, ni por consiguiente de la veracidad, exactitud o del carácter completo de la información recogida en dicho soporte. Los Ofertantes se comprometen a guardar la más estricta confidencialidad y secreto respecto del contenido de la información recogida en el antecitado soporte CD, y, por lo tanto, no podrán divulgar, facilitar, comunicar o suministrar a ningún tercero, en forma alguna, total o parcialmente, ninguno de los datos, documentos, o, en general, información, incluida en el
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
41
mismo, y a los que accede exclusivamente por razón de su participación en el presente Concurso. Queda estipulado, expresamente, que el CD y su contenido será y siempre seguirá siendo propiedad de IFEMA, debiendo ser devuelto o destruido por los ofertantes con carácter inmediato cuando así les sea solicitado y, en cualquier caso, una vez concluido el presente Concurso. A estos efectos, los Ofertantes que deseen retirar el precitado CD se comprometen a firmar el documento de Recibí, que se adjunta en ANEXO XIII como requisito previo y necesario para su obtención. La violación de esta obligación de confidencialidad por parte del Ofertante generará el derecho a favor de IFEMA a ser indemnizada por aquél, por los daños y perjuicios que le origine dicho incumplimiento.
IFEMA facilitará el acceso del personal del adjudicatario a sus locales si bien, en este supuesto, dicho personal deberá cumplir con la normativa interna de acceso y uso de las dependencias que IFEMA tenga establecida obligándose el Adjudicatario a que el personal a su cargo cumpla dicha normativa, adoptando cuantas medidas estén en su núcleo y potestad de organización y dirección para asegurar tal cumplimiento.
El Adjudicatario se obliga a hacer cumplir al personal a su cargo la observancia de la normativa que impide adquirir cualquier artículo, producto o servicio expuesto en los certámenes profesionales celebrados por IFEMA. El Adjudicatario, asimismo, se obliga a que el personal a su cargo que no cumpla tal obligación sea desasignado de la prestación de servicios en la contrata, asegurando el buen funcionamiento del servicio.
Así mismo, la uniformidad de todos los trabajadores que ejecuten los trabajos objeto del servicio contratado, contará con una misma imagen corporativa, adecuando las prendas al las tareas específicas de cada puesto. Ésta incluirá elementos de identificación corporativa en la que obre expresa designación de su razón social (imágenes, logos o textos) que hagan inequívoca la relación de sus usuarios con el contratista principal. En el caso de existir subcontratas y/o autónomos, éstos se proveerán de las mismas prendas que el personal del contratista principal.
Obligaciones específicas en materia laboral y de Seguridad Social
El adjudicatario/contratista efectuará la prestación indicada con personal que tenga contrato laboral con dicha empresa, siendo el adjudicatario por tanto, titular exclusivo de los derechos y obligaciones que dicho carácter de empresario le confiere, liberando en consecuencia a IFEMA de toda responsabilidad frente al citado personal. Las personas que el adjudicatario designe para la prestación del Servicio objeto de este contrato dependen a todos los efectos de dicha Empresa; es decir, el adjudicatario/contratista es un contratante independiente y sus empleados no son, ni de hecho ni de derecho, empleados de IFEMA, hallándose vinculados laboralmente, única y exclusivamente, a la
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
42
empresa del adjudicatario/contratista, quién será responsable del abono de los salarios, las cotizaciones a la Seguridad Social, las retenciones, declaraciones y liquidaciones de impuestos, y todas las obligaciones dimanantes del contrato de trabajo o de cualquier otro tipo de contrato. Conforme a la normativa vigente en materia de subcontratación de obras y servicios, control de empleo sumergido, lucha contra el empleo irregular y fraude de la Seguridad Social, el adjudicatario/contratista es responsable de acreditar fehaciente y documentalmente el debido cumplimiento de las obligaciones de inscripción, afiliación y cotización de su empresa como empleadora y de sus empleados como trabajadores en relación con los trabajos objeto del contrato. Para ello, recabará por sus medios, dispondrá y entregará a IFEMA los documentos más válidos en derecho respecto de su participación en la actividad contratada y de los trabajadores asignados a la misma. El adjudicatario/contratista declara que todos los conceptos salariales abonados a sus trabajadores por los trabajos realizados para el desarrollo del presente contrato son adecuados a derecho, responden a la naturaleza de los trabajos efectivamente ejecutados, teniendo el debido reflejo en los recibos salariales y en los documentos de cotización, y son gravados con los impuestos que en su caso correspondan. El adjudicatario/contratista se responsabiliza, así mismo, de comprobar el cumplimiento de tales obligaciones respecto a empresas, trabajadores autónomos o profesionales subcontratados, en su caso, por él para la realización de trabajos objeto del presente contrato. Conforme a lo anterior, el adjudicatario/contratista vendrá obligado a facilitar a IFEMA la siguiente información y/o documentación. a) Con carácter previo al comienzo de la ejecución de los servicios contratados:
• Copia del documento acreditativo de la inscripción empresarial en la Seguridad
Social del adjudicatario. • Certificación negativa de descubiertos frente a la Seguridad Social. • Relación de trabajadores asignados a la actividad con identificación de apellidos y
nombre, y documento de identificación (DNI o NIE) • Acreditación del acta efectiva en la Seguridad Social de los trabajadores asignados
los trabajos objeto del contrato mediante resolución de alta o Informe de Trabajadores en Alta (ita) emitido por la Seguridad Social con huella de control a través del sistema RED.
b) Con carácter mensual
• Certificación negativa de descubiertos frente a la Seguridad Social • Acreditación del acta efectiva en la Seguridad Social de los trabajadores asignados
los trabajos objeto del contrato mediante resolución de alta o Informe de Trabajadores en Alta (ita) emitido por la Seguridad Social con huella de control a través del sistema RED.
• Documentación acreditativa del pago de los salarios devengados por la realización de los trabajos objeto del contrato a los trabajadores asignados a los mismos.
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
43
La anterior relación se entiende de carácter enunciativo y no limitativo, pudiendo IFEMA en cualquier momento solicitar la entrega de información y/o documentación adicional contemplada para cerciorarse del cumplimiento por parte del adjudicatario de todas sus obligaciones.
Cláusula de Huelga: El adjudicatario tendrá la obligación de comunicar a la Dirección de IFEMA, con la suficiente antelación, y en todo caso con un preaviso mínimo de 10 días, los servicios mínimos establecidos de acuerdo con la normativa vigente en el caso de huelgas o paros que afecten a su personal. Así mismo, y durante el desarrollo de la huelga, el adjudicatario estará obligado a informar a la Dirección de IFEMA de la evolución e incidentes en los plazos y formas fijados por IFEMA. Obligaciones específicas en materia de prevención de riesgos laborales
El adjudicatario declara haber sido informado por IFEMA, con anterioridad a la iniciación de los servicios contratados y por su condición de titular de las instalaciones, respecto de las Normas y Procedimientos de dicha Empresa en relación con los riesgos existentes y medidas de emergencia a aplicar, asumiendo la obligación de dar traslado a sus trabajadores dicha información. Con independencia de lo anterior el adjudicatario, como empresario de los trabajadores adscritos a los servicios contratados, vendrá obligado al cumplimiento íntegro de las obligaciones que en materia de Seguridad y Salud Laboral se contienen en la Normativa aplicable, con especial mención a lo dispuesto en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y Reglamentaciones específicas que sean de aplicación en relación con el servicio contratado. En el supuesto que IFEMA constatase la existencia de incumplimientos por parte del adjudicatario en relación con la citada Normativa, en especial de aquellos que afecten a las medidas de seguridad en el trabajo adoptadas para la correcta realización de los servicios contratados, estará facultado, atendiendo a la gravedad del incumplimiento, bien a paralizar el servicio y a requerir al adjudicatario para subsanar las deficiencias detectadas, bien para rescindir el contrato de forma automática y sin perjuicio de cualquier otra, pudiendo en todo caso, retener las facturas pendientes de pago hasta la subsanación de las deficiencias detectadas.
Obligaciones específicas en materia de identificación: Todo el personal que preste servicios en el recinto ferial deberá estar, en todo momento, acreditado con la "tarjeta de acreditación personal" facilitada por IFEMA, sin la cual no está permitido el acceso o la estancia en el recinto; por ello, remitirá y actualizará periódicamente la relación de su personal para la expedición de las mismas. Los datos personales de sus trabajadores, se incorporarán a un fichero de IFEMA y serán objeto de tratamiento por ésta con la exclusiva finalidad de elaborar las acreditaciones, el control y la gestión de accesos y estancias así como la seguridad general de la Institución. Es exclusiva responsabilidad del adjudicatario recabar la autorización previa, expresa e informada de sus trabajadores en los
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
44
términos detallados en este párrafo para la comunicación de los expresados datos a IFEMA, así como mantener permanentemente actualizada la información objeto de comunicación a IFEMA. Independientemente de las acreditaciones expedidas por IFEMA para identificación de empresas colaboradoras, y para los supuestos de subcontratación, en aquellos casos en los que la misma sea autorizada por IFEMA (de conformidad con lo dispuesto en la Cláusula 22.c), todas las personas dependientes del contratista o subcontratista en su caso, contarán con acreditaciones expedidas por aquel. Estas acreditaciones serán visibles en todo momento e incluirán en todo caso el nombre del contratista principal, independientemente de que pertenezcan a una subcontrata suya
Obligación específica de Prohibición de Subcontratación El Adjudicatario no podrá subcontratar el servicio objeto del presente contrato, salvo que exista una autorización expresa y por escrito de IFEMA.
Obligaciones específicas sobre Responsabilidades Del cumplimiento de las obligaciones pactadas en las cláusulas anteriores responderá exclusivamente el adjudicatario, quien vendrá obligado a reintegrar a IFEMA cualesquiera cantidades que por causa del incumplimiento de tales obligaciones ésta hubiese sido condenada a pagar en virtud de multa, sanción administrativa o sentencia judicial. Lo anterior se entiende con independencia de la reclamación de daños y perjuicios que en su caso IFEMA pudiese plantear en la sede judicial que corresponda. Queda por tanto bien entendido que IFEMA se reserva el derecho a ejercitar la acción de repetición contra el adjudicatario, por el importe global de la reclamación o litigio, y que el adjudicatario pacta, conviene y acepta en este acto tal derecho. Conforme a lo establecido en el artículo 43.VI.6.b) del Convenio Colectivo del Sector de Hostelería y Actividades Turísticas (Restauración) de la Comunidad de Madrid, en el caso de existir deudas a la Seguridad Social por descubiertos o por diferencias salariales generadas por la empresa cedente, será ésta la que responda de las mismas, sin que exista responsabilidad alguna por parte de la empresa cesionaria.
25. EJECUCIÓN DEL CONTRATO.-
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del adjudicatario y no tendrá derecho a indemnización alguna por causa de averías, pérdidas o perjuicios ocasionados en la explotación del servicio o cualquiera otra causa, excepto las previstas en el presente pliego de bases.
Tampoco tendrá derecho a indemnización por extinción del contrato al cumplirse el plazo de vigencia del mismo o cualquiera de sus prórrogas.
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
45
Todo el personal necesario para prestar los servicios de restauración objeto del contrato deberá ser contratado por el adjudicatario, a su cuenta, dependiendo por tanto, exclusivamente a todos los efectos de los mismos, quienes tendrán todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresarios, sin que en ningún caso pueda alegarse derecho alguno por dicho personal en relación con IFEMA, ni exigir a ésta responsabilidad de ninguna clase, como consecuencia de las relaciones y obligaciones existentes entre el adjudicatario y sus trabajadores, aún en el supuesto de que los despidos, sanciones o medidas disciplinarias que adopten se basen en el incumplimiento o interpretación del contrato.
En ningún caso, el personal de la empresa adjudicataria se incorporará a la plantilla de IFEMA, ni ésta se subrogará en las relaciones laborales existentes entre el adjudicatario y sus trabajadores; siendo IFEMA ajena a las relaciones laborales, así como las eventuales responsabilidades que de las mismas pudieran derivarse, que el adjudicatario acepta expresamente serán de su cuenta y cargo.
Será de cuenta del adjudicatario el pago de impuestos, tasas y arbitrios de cualquier clase que fueran aplicables a la explotación del servicio. Los impuestos concernientes a la propiedad serán satisfechos por IFEMA.
El adjudicatario estará obligado a cumplir cuantas normas de seguridad haya dictado o dicte en el futuro IFEMA, siendo responsables del cumplimiento de las mismas por parte de todo su personal. Estas normas se extenderán fundamentalmente a las siguientes materias:
� Control identificativo de todo el personal con comunicación inmediata de altas y bajas.
� Control de entradas y salidas del citado personal y vías de circulación restringida.
� Operación de apertura y cierre de los locales en los que desarrollen su actividad los adjudicatarios y especialmente los puntos de venta.
� Xxxxxxx y control de entradas y salidas de mercancías y suministros, así como de los propios proveedores o sus subalternos.
� Custodia de llaves.
� Operaciones sobre los equipos de control de suministro e instalaciones de agua, gas, electricidad y fluidos en general, además de los de seguridad, teléfonos, climatización, etc.
El adjudicatario será responsable de los daños y perjuicios que puedan originarse por el incumplimiento, por su parte o por su personal, de las normas de seguridad establecidas por IFEMA.
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
46
26. INFRACCIONES.-
Las infracciones se calificarán de leves, graves o muy graves, según las circunstancias concurrentes y, específicamente, atendiendo al menor o mayor perjuicio que con ellas se cause al funcionamiento del servicio o al público en general. Se considerarán infracciones muy graves las siguientes: a) El incumplimiento reiterado de las condiciones de prestación de los servicios establecidas
en el presente pliego, en la oferta del adjudicatario y demás normativa aplicable, que produzcan consecuencias perjudiciales graves en la prestación del servicio o en las instalaciones adscritas al mismo.
b) Incumplimiento por el adjudicatario de la normativa en materia laboral, de Seguridad Social, sanidad y salubridad y de prevención de riesgos laborales de obligado cumplimiento, así como las obligaciones económicas derivadas de IRPF y Seguridad Social de los empleados.
c) El cobro de precios por los servicios prestados superiores a los aprobados por IFEMA.
d) Ceder, subarrendar o traspasar la totalidad o parte de los servicios objeto del contrato, bajo cualquier modalidad o título, sin previa autorización expresa de IFEMA.
e) Las interrupciones o suspensiones en la prestación del servicio, salvo cuando concurran circunstancias debidamente acreditadas de fuerza mayor o las previstas en este pliego, o aun concurriendo, si no se cumple lo demás previsto en este pliego y en el de condiciones técnicas y económicas.
f) El incumplimiento de la obligación del adjudicatario de mantener en buen estado de uso y conservación los bienes e instalaciones adscritos a los servicios, siempre que hubiera mediado requerimiento por parte de IFEMA para la subsanación de esta circunstancia, no atendido en el plazo que se le hubiera otorgado al efecto.
g) El incumplimiento reiterado de las órdenes de IFEMA para la prestación de los servicios que sean procedentes de acuerdo con el contenido del presente pliego, el pliego de condiciones técnicas y económicas y la normativa vigente, así como las normas de seguridad dictadas por IFEMA.
h) Falsear la información a suministrar al órgano de control de IFEMA, de conformidad con lo dispuesto en el presente pliego de condiciones y en el de condiciones técnicas y económicas.
i) La inobservancia de normas, disposiciones o resoluciones administrativas emanadas de las autoridades sanitarias competentes en la materia.
j) La reiteración de dos o más infracciones graves en el período de seis meses.
Se considerarán infracciones graves:
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
47
a) El incumplimiento de la obligación de mantenimiento y conservación de los bienes e
instalaciones adscritos a los servicios, salvo que tuviese el carácter de muy grave de conformidad con lo previsto en el apartado anterior.
b) El incumplimiento de las condiciones de prestación del servicio establecidas en el presente pliego, en el contrato y demás normativa aplicable, salvo que tuviesen el carácter de muy grave.
c) La obstrucción por el adjudicatario del control y fiscalización que debe ejercer el órgano de supervisión y control de IFEMA, cuando no sea calificada de muy grave.
d) La inobservancia de lo establecido en el pliego de condiciones técnicas y económicas en cuanto al Libro de Reclamaciones a disposición del público y la resolución de las mismas en los plazos establecidos en el citado pliego de condiciones técnicas y económicas.
e) La falta de contratación de pólizas de seguro que garanticen en cuantía suficiente las responsabilidades a que se refieren este pliego y el de condiciones técnicas y económicas.
f) La reiteración de dos o más faltas leves en el período de seis meses.
Se considerarán infracciones leves todas las demás faltas no calificadas como graves y muy graves y que supongan incumplimiento de las condiciones estipuladas en el presente pliego y en el de condiciones técnicas y económicas y demás normativa aplicable.
Cuando la infracción cometida trascienda el ilícito administrativo y revista los caracteres de delito o falta, IFEMA pondrá los hechos en conocimiento de las autoridades judiciales competentes.
27. SANCIONES.-
Las infracciones cometidas por el adjudicatario se sancionarán como sigue:
a. Las infracciones leves podrán ser sancionadas con multas cuya cuantía no podrá exceder de 3.000 euros.
b. Las infracciones graves podrán ser sancionadas con multas cuya cuantía podrá oscilar entre 3.001 euros y 9.000 Euros.
c. Las faltas muy graves podrán ser sancionadas con multas cuya cuantía no podrá exceder
de 30.000 euros, o declarar la resolución del contrato, sanción esta última que, en todo caso, se aplicará necesariamente en los supuestos previstos en la normativa aplicable y en los especificados en el presente pliego de condiciones y en el de condiciones técnicas y económicas.
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
48
El importe de las sanciones previstas en este pliego de condiciones se actualizará anualmente de acuerdo con el Indice General de Precios al Consumo, publicado por el Instituto Nacional de Estadística u órgano que lo sustituya, de acuerdo con el procedimiento descrito en el siguiente apartado del presente pliego de condiciones, siempre dentro de los límites legales vigentes.
28. PROCEDIMIENTO SANCIONADOR.-
A la vista de las reclamaciones formuladas por los usuarios respecto de las deficiencias del servicio o de oficio por IFEMA en virtud de las facultades de inspección y control que expresamente se reserva, IFEMA podrá realizar actuaciones tendentes a determinar, con carácter preliminar, si concurren circunstancias que justifiquen la incoación del procedimiento sancionador.
Incoado expediente sancionador, IFEMA formulará el correspondiente pliego de cargos, en el que se incluirá, al menos, una exposición sucinta de los hechos que motivan la iniciación del expediente, su posible calificación y las sanciones que pudieran corresponderles. A continuación se dará traslado del mismo al adjudicatario para que pueda formular, en el plazo de ocho (8) días hábiles, el correspondiente pliego de descargo. A la vista del mismo, IFEMA podrá acordar, si fuera procedente, la apertura de un periodo de prueba, común para proponer y practicar que no excederá xx xxxx (10) días. Concluida la prueba, IFEMA formulará propuesta de sanción, respecto de la cual el adjudicatario podrá formular nuevas alegaciones en un plazo de ocho (8) días hábiles. Posteriormente, se someterá al órgano de contratación la propuesta de sanción. Su resolución será ejecutiva.. El adjudicatario tendrá el plazo de un mes para hacer efectiva la sanción. Si no lo hiciera, IFEMA procederá a incautar la garantía en el importe correspondiente, sin perjuicio de la obligación del contratista de reponer la garantía en los términos previstos en el presente Pliego.
29. EXTINCIÓN DEL CONTRATO.-
El contrato se extinguirá por su conclusión o cumplimiento, o bien por resolución. Las causas de resolución del contrato son las siguientes:
� El incumplimiento por el CONTRATISTA de las obligaciones laborales, sociales o fiscales,
relativas al personal destinado a los servicios contratados. � La falsedad en el suministro de datos técnicos, económicos o jurídicos, así como, los
relacionados con el número e identidad del personal de la empresa afecto a los servicios contratados, solicitados por IFEMA en el ejercicio de sus facultades de control e inspección, o poner obstáculos, por cualquier causa a dicho ejercicio.
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
49
� El incumplimiento de las cláusulas contenidas en este Pliego o en los demás documentos que forman parte del contrato.
� La renuncia de IFEMA a continuar con los trabajos correspondientes a este contrato. � La extinción de la personalidad jurídica del CONTRATISTA, salvo que el patrimonio y
organización de la sociedad extinguida sea incorporada a otra entidad, asumiendo esta última, de manera plena, las obligaciones de aquélla y siempre que la nueva entidad, en el plazo de 15 días naturales, ofrezca llevar a cabo el contrato en las mismas condiciones estipuladas. IFEMA podrá admitir o desechar el ofrecimiento, sin que, en este último caso, haya derecho a indemnización alguna por el resto del contrato dejado de ejecutar.
� La solicitud de declaración de situación concursal del CONTRATISTA. � La cesión del contrato, en todo o en parte, sin la previa autorización expresa de IFEMA. � La muerte del CONTRATISTA individual, salvo que sus herederos ofrezcan seguir con la
ejecución y así lo acepte IFEMA. � El mutuo acuerdo entre las partes. � La falta de pago de los cánones en los plazos mencionados en el presente pliego. � Los errores o alteraciones contables cuando se aprecie mala fe, en los términos fijados en
el presente pliego.
� El Incumplimiento por parte del Adjudicatario de sus obligaciones de naturaleza laboral y en materia de Seguridad Social y Prevención de Riesgos Laborales.
� Aquellas otras causas que se establezcan expresamente en el contrato o en la legislación
de contratación pública y resulten aplicables a IFEMA. 30. FACULTAD DE IFEMA PARA DEJAR SIN EFECTO EL CONTRATO.-
Cuando sin mediar causa de resolución del contrato imputable al contratista IFEMA decidiera extinguir anticipadamente el contrato por razones justificadas, procederá el resarcimiento de los daños y perjuicios a favor del contratista de acuerdo con los siguientes criterios:
a. Adquisición a su valor neto contable, por parte de IFEMA de todos los activos netos afectos al servicio, adquiridos por el adjudicatario por su cuenta (siempre que no hayan sido sustituciones de elementos propiedad de IFEMA), cuyo valor será certificado por una firma de auditoría de reconocido prestigio nombrada de común acuerdo por las partes o, en defecto de acuerdo, por el Registrador Mercantil. El coste de dicha certificación y del resto de los estudios previstos en este apartado correrá a cargo de IFEMA.
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
50
b. Subrogación por IFEMA en la totalidad de contratos vigentes en relación con el servicio de restauración y en los contratos del personal adscrito al citado servicio.
c. Resarcimiento de daños y perjuicios causados al adjudicatario, estimados como el valor, en el momento en que se realice la rescisión del contrato, de los flujos netos de caja (de los positivos se descontarán lo negativos) generados por el servicio de restauración. En el cálculo de los flujos netos de caja se considerará para cada año el cash-flow generado en las operaciones, entendido como resultado del ejercicio después de impuestos más amortizaciones, y el cash-flow generado en las inversiones o desinversiones de inmovilizado realizadas, entendido este como el pago o el ingreso líquido realizado respectivamente en la adquisición o venta de elementos de inmovilizado de cualquier naturaleza, incluyendo también gastos de primer establecimiento. En el cálculo anterior se incluirá el importe indicado en el apartado a) anterior. Estos importes deberán ser certificados por una firma de auditoría de reconocido prestigio elegida de acuerdo con el criterio expuesto en el apartado a) anterior.
Los importes así obtenidos se capitalizarán a un tipo del 3% anual. En el caso de que el importe resultante de dicha actualización tuviese signo negativo, IFEMA abonará dicho importe al adjudicatario. En el caso de que el importe resultante sea positivo no se abonará al adjudicatario importe alguno por IFEMA.
d. Indemnización por el lucro cesante estimada como el valor actualizado al tipo de interés de
los activos xxx Xxxxxx a 10 años en el momento de la rescisión del contrato de los flujos de caja netos tal y como se definen en el apartado c) anterior y que se estimen para futuros ejercicios de forma razonable y hasta la finalización del contrato menos el importe fijado de acuerdo con el apartado c) anterior, en el caso de que este fuese negativo y diera lugar a un pago por parte de IFEMA. Estos importes y cálculos deberán ser certificados por la firma de auditoría de reconocido prestigio elegida según el procedimiento indicado en el apartado a) del presente apartado.
Cuando el contrato se resuelva por incumplimiento del adjudicatario no corresponderá resarcimiento o indemnización alguna, siéndole incautada la garantía, sin perjuicio de la exigencia de la responsabilidad por daños y perjuicios que corresponda en lo que exceda del importe de la garantía incautada. 31. OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO.-
Además de las mencionadas en los apartados 21 y 29 xxx xxxxxx de condiciones, el adjudicatario tendrá las siguientes obligaciones:
a) Prestar el servicio del modo dispuesto en el presente pliego de condiciones, en la oferta del adjudicatario y en el contrato que se firme.
b) En particular, no podrá llevarse a efecto modificación alguna en las condiciones de prestación del servicio sin la autorización escrita y expresa de IFEMA.
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
51
c) Ejercer por sí la prestación del servicio y no cederla, gravarla o traspasarla a terceros sin la autorización previa y expresa de IFEMA.
d) Durante la vigencia del contrato, deberá mantenerse, en su caso, la misma titularidad mayoritaria, directa o indirecta, del adjudicatario; el cambio en dicha composición mayoritaria deberá ser previamente autorizado por IFEMA, que sólo podrá denegarla cuando aprecie la existencia de razones que puedan comprometer la continuidad y calidad del servicio.
e) Adquirir y mantener todos los elementos necesarios para la adecuada prestación del servicio, atendiendo para ello a las consideraciones especificadas en otros apartados del presente pliego.
f) Realizar en las instalaciones, bienes y equipos cedidos, los arreglos y reparaciones precisos de los desperfectos que se produzcan a partir del 1 de enero de 2014, a fin de que se mantengan en perfectas condiciones de uso y funcionamiento durante todo el período del contrato.
g) En todo caso, cualquier modificación de las instalaciones, salvo aquellas consideradas de urgencia, requerirá la previa autorización de IFEMA.
h) No enajenar bienes dedicados al servicio objeto del contrato que deban revertir a IFEMA ni gravarlos ni destinarlos a otros fines, salvo autorización expresa de IFEMA.
i) Xxxxxxxx y finalizar las obras de mejora y acondicionamiento a que se comprometa en su oferta, de forma que se garantice la adecuada prestación del servicio.
j) Mantener las instalaciones en un adecuado estado de conservación técnica de manera que su utilización sea totalmente segura para los usuarios del servicio y cumplir rigurosamente todas las condiciones exigibles en materia higiénico-sanitaria y de limpieza, tanto exterior como interior, y deberán estar debidamente aseguradas.
k) Utilizar los locales destinados a oficinas, puestos a su disposición, de acuerdo, como centro de gestión técnica y administrativa del servicio.
l) Cumplir cuantas normas de Seguridad Social, materias laborales y Prevención de Riesgos Laborales afecten al personal adscrito a la explotación del servicio y estar al corriente en el cumplimiento de sus deberes fiscales y con la Seguridad Social.
m) Asumir todos los impuestos, y gravámenes fiscales que recaigan sobre la prestación del servicio.
n) Indemnizar a terceros por los daños que les ocasionare el funcionamiento del servicio, por causas imputables a la empresa adjudicataria, o al personal adscrito al servicio, salvo si se hubiesen producido como consecuencia inmediata y directa de actos realizados en cumplimiento de una orden dictada por IFEMA con carácter ineludible, dentro de los límites establecidos en las leyes.
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
52
o) Cumplir las directrices de IFEMA, sin menoscabo de los derechos que se le reconocen en virtud del presente pliego.
p) Conducir su actividad con pleno respeto a las reglas que rigen la libre competencia.
q) Contratar los seguros de responsabilidad civil necesarios por actuaciones del personal dedicado al Servicio, así como, aquellos otros seguros que sean necesarios para prevenir riesgos diversos en el funcionamiento del Servicio y en las instalaciones, bienes y equipos.
En el último ejercicio anterior a la finalización del plazo del contrato, y una vez se convoque el nuevo concurso de adjudicación de los servicios de restauración de la Feria de Madrid, el adjudicatario tendrá la obligación de poner a disposición de los licitadores interesados en acudir al nuevo concurso, toda la documentación laboral necesaria para la subrogación de los trabajadores, que indique la reglamentación vigente en su momento.
r) A fin de dar cumplimentación a las exigencias de la normativa vigente, la empresa adjudicataria y en un plazo inferior a tres meses desde la formalización del contrato deberá presentar, si realiza la contratación de dichos servicios directamente, a los servicios técnicos de IFEMA la siguiente documentación:
- Contrato de mantenimiento suscrito con una empresa instaladora en la Comunidad de Madrid para las instalaciones de Baja Tensión, según los requerimientos de la Orden 7955/2006 de 19 de diciembre de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica.
- Contrato de mantenimiento de las instalaciones de protección contra incendios, incluyendo extintores, suscrito con empresa inscrita en el Registro de empresas mantenedoras autorizadas por la Comunidad de Madrid. Así como plan de revisiones periódicas.
- Contrato de mantenimiento de las instalaciones de climatización para dar cumplimiento al Articulo 26 del Reglamento de instalaciones térmicas en los edificios RD 1027/2007, de 20 de julio.
- Contrato de mantenimiento suscrito con empresa autorizada en la Comunidad de Madrid para realizar las revisiones contempladas en el Real Decreto 919/2006 por el que se aprueba el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias.
- Contrato de Limpieza de conductos y campanas de extracción de humos. Según el decreto 341/1999 de 23 de diciembre por el que se aprueba el Reglamento de prevención de Incendios de la Comunidad de Madrid artículos 55 y 56 relativos a campanas extractoras y conductos de evacuación de gases.
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
53
- Contrato de mantenimiento de ascensores en modalidad a todo riesgo con empresa autorizada para dicho cometido en la Comunidad de Madrid, para aquellos ascensores de uso exclusivo del adjudicatario, a partir del 1 xx xxxx de 2014.
- Plan de mantenimiento del resto de instalaciones citadas en el pliego.
s) Corresponderá al adjudicatario, el coste de la conservación de los montacargas interiores de uso exclusivo del adjudicatario.
t) Todas las inversiones propuestas deberán estar operativas en las unidades y deberán justificarse ante la Dirección Administrativo – Financiera, en un plazo máximo de dos años desde el inicio del periodo de concesión. Debiendo realizarse en el primer año al menos el 60% de la inversión comprometida y justificándola ante la Dirección Administrativo–Financiera mediante la presentación de las facturas correspondientes. No se valorarán inversiones cuya compra se hubiera efectuado con anterioridad al inicio del contrato.
u) Todos los vehículos, logotipos y material impreso o de otra naturaleza, siempre que tenga por destinatario el público usuario de los servicios de restauración llevarán, además de la identificación del adjudicatario, referencia a la titularidad de IFEMA, en forma satisfactoria para ésta.
v) El responsable o responsables designados por el adjudicatario deberán estar permanentemente localizables (24h. al día, 365 d. al año) por el centro gestor que designe IFEMA, a través del medio que éste establezca).
w) Cualquier actividad de tipo promocional o publicitaria (colocación de sombrillas, carteles, paneles, mantelería, cristalería o cualquier otro tipo de soporte publicitario, así como la realización de cualquier tipo de acto de carácter promocional) que se realice en las zonas exteriores o interiores de los pabellones deberá contar con la aprobación previa de IFEMA, pudiendo IFEMA rechazar cualquier tipo de soporte publicitario que pueda lesionar, intervenir y/o contravenir los intereses de IFEMA o cualquiera de sus clientes.
32. GASTOS POR CUENTA DEL ADJUDICATARIO.-
El adjudicatario asumirá todos los gastos necesarios para la explotación del servicio de restauración de acuerdo con lo establecido en el presente pliego, con las siguientes consideraciones:
a) Las unidades de restauración dispondrán de contadores individuales de las diferentes energías necesarias para el servicio (gas, energía eléctrica, etc...).
b) El mantenimiento, limpieza y conservación de las instalaciones, equipamiento y mobiliario de las unidades de restauración, así como cualquier elemento ornamental y decorativo,
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
54
correrán por cuenta del adjudicatario, incluyéndose el suministro de teléfonos, electricidad, limpieza, gas, etc.. Los suministros serán facturados mensualmente por IFEMA.
c) Los costes derivados de la prestación del servicio de mantenimiento, conservación, renovación, adaptación a nueva normativa de las instalaciones y equipamientos afectos a la prestación de los servicios son por cuenta del adjudicatario.
d) La vigilancia y custodia de las instalaciones y medios puestos a disposición del adjudicatario serán por cuenta del mismo.
e) IFEMA no se responsabilizará del deterioro de los elementos almacenados, en fase de elaboración o terminados, como consecuencia de averías producidas en las instalaciones o equipos, incluidos cortes de suministro eléctrico.
f) Los modelos de uniformes y ropas de trabajo del personal del adjudicatario deberán contar con la aprobación previa de IFEMA.
g) Serán por cuenta del adjudicatario los gastos de registro de marcas, logos, etc, de los restaurantes, cafeterías, etc.
h) Aquellos gastos que, en su caso, deban ser repercutidos por IFEMA al adjudicatario, serán facturados mensualmente, en los diez (10) primeros días del mes siguiente y se cobrarán en un plazo de quince (15) días desde la fecha de la factura. Esta facturación no será compensable con ningún otro tipo de facturación objeto de este contrato.
33. DERECHOS DEL ADJUDICATARIO.-
Además de los comprendidos en el resto del presente pliego de condiciones y demás disposiciones que resulten de aplicación, el adjudicatario tendrá los siguientes derechos:
a) Recabar de IFEMA la colaboración necesaria durante el período xx xxxxxxxx de las funciones inherentes o derivadas del contrato otorgado para la puesta en marcha del servicio objeto del mismo.
b) Percibir íntegramente los precios fijados por la prestación del servicio y aquellos otros ingresos adicionales que le correspondan al adjudicatario, entre los cuales se incluyen específicamente los siguientes:
- Precios por servicios prestados fuera xxx xxxxxxx ferial para rentabilizar los recursos humanos y materiales disponibles, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en el presente pliego.
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
55
- Ingresos derivados de la cesión de cualquier soporte relacionado directa o indirectamente con el servicio objeto del contrato, para su utilización como espacios publicitarios.
- Otros ingresos accesorios o complementarios, subvenciones, etc.
c) Obtener el correspondiente resarcimiento de daños y perjuicios e indemnización por el lucro cesante en el supuesto de extinción anticipada del contrato por causa a él no imputable.
d) Utilizar para el servicio de restauración las instalaciones puestas a su disposición por IFEMA, siendo responsable de los daños que se causaren por descuidos o negligencias.
e) Recibir de IFEMA la mejor información posible sobre todo tipo de actuaciones feriales, u otro tipo de actuaciones de terceros, de las que éste tenga conocimiento y que puedan afectar al desarrollo del servicio. Esta información deberá ser recibida, dentro de las posibilidades, con la mayor antelación posible al objeto de poder planificar las acciones pertinentes.
f) Ser resarcido del menoscabo económico que pudieran suponer las modificaciones unilaterales propuestas por IFEMA en relación con el servicio.
34. POTESTADES DE IFEMA.-
IFEMA ostentará, sin perjuicio de todas aquellas otras que procedan, de acuerdo con la legislación vigente, las facultades siguientes:
a) Ordenar razonadamente las modificaciones en el Servicio de Restauración que aconsejare el interés público previa justificación adecuada y con las compensaciones al adjudicatario a que hubiera lugar de acuerdo con lo estipulado en el presente pliego y con las demás normativas aplicable y de acuerdo con lo previsto en el artículo 13 del presente pliego.
b) Fiscalizar el servicio a través de los órganos competentes de acuerdo con lo establecido en el presente pliego.
c) Asumir temporalmente la ejecución directa o indirecta del servicio en los casos en que no lo prestare o no lo pudiere prestar el adjudicatario, por circunstancias imputables o no al mismo.
d) Imponer al adjudicatario las correcciones pertinentes por razón de las infracciones que cometiere y cuyo régimen se detalla en el presente pliego y en el ordenamiento jurídico aplicable.
e) Rescindir el contrato en los supuestos especificados en la normativa aplicable y en el apartado 27 - EXTINCIÓN DEL CONTRATO - del presente pliego.
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
56
f) IFEMA no será responsable por ningún tipo de daños o perjuicios, incluido el lucro cesante o daño emergente que pueda sufrir el adjudicatario, salvo cuando IFEMA hubiese obrado dolosamente.
g) Corresponderá a IFEMA diseñar el calendario de Ferias, los cambios o supresión de Ferias, su ubicación dentro xxx Xxxxxxx Ferial y demás circunstancias que afecten a la celebración de tales Ferias. El adjudicatario del contrato carecerá de derecho a ser resarcido por el diseño, configuración o cambios operados por IFEMA en relación a las Ferias. El adjudicatario únicamente tendrá derecho a ser resarcido cuando concurran, conjuntamente, las siguientes circunstancias: (i) que IFEMA haya comunicado al adjudicatario la celebración de una Feria en fechas concretas; (ii) que el adjudicatario realice justificada y razonablemente gastos o inversiones específicas para atender el servicio de restauración en dicha Feria; y (iii) que el cambio o supresión de la Feria acordada por IFEMA no hubiera sido comunicada al adjudicatario con la antelación prevista. Si concurrieran conjuntamente todos estas circunstancias, el adjudicatario tendrá derecho a ser resarcido, pero exclusivamente por daño emergente (no por lucro cesante).
35. OBLIGACIONES DE IFEMA.-
IFEMA, sin perjuicio de todas aquellas otras que procedan de acuerdo con la legislación vigente, tendrá las obligaciones siguientes:
a) Xxxxxxx al adjudicatario la colaboración adecuada para que pueda prestar el servicio debidamente.
b) Nombrar un interlocutor con el adjudicatario para facilitar la relación entre el adjudicatario y las diferentes áreas y departamentos de IFEMA.
c) Xxx perjuicio de lo dispuesto anteriormente en este Pliego, proporcionar al adjudicatario toda la información disponible pertinente para la realización de una buena planificación y ejecución del servicio. En este sentido IFEMA deberá proporcionar al adjudicatario el calendario anual de Ferias y comunicar, al menos con quince días de antelación, cualquier modificación a dicho calendario. Asimismo deberá informar al adjudicatario de los eventos no programados con la mayor antelación posible. IFEMA deberá facilitar al adjudicatario la estimación de visitantes prevista para cada feria y evento, sin que la desviación respecto a dichas estimaciones genere derecho al resarcimiento o reequilibrio a favor del adjudicatario.
d) IFEMA deberá facilitar al adjudicatario, con una antelación mínima de quince días a la celebración de cada feria, la relación de expositores que participarán en la misma, indicando los datos empresariales de contacto.
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
57
36. PROTECCIÓN DE DATOS.-
Las Partes manifiestan conocer la incorporación de sus datos voluntariamente facilitados, a sus respectivos ficheros, exclusivamente con una finalidad operativa para la gestión del presente expediente de contratación, incluidos sus antecedentes, contenido y desarrollo. Asimismo autorizan la remisión de información, incluso por vía de correo electrónico y aceptan que sus datos podrán ser comunicados, con obligación de confidencialidad, a sus empresas colaboradoras pudiendo ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación en cualquier momento.
37. CONFIDENCIALIDAD.-
Los servicios descritos en el presente pliego serán realizados por el adjudicatario conforme a las siguientes condiciones de confidencialidad: Confidencialidad de la información. Tendrá la consideración de información confidencial toda la información que, cualquiera que fuere su soporte y forma de comunicación, hubiera sido comunicada por una de las partes a la otra y que haya sido clasificada como de propiedad exclusiva y/o confidencial o que, por su naturaleza y/o las circunstancias en que se produzca la revelación, deba de buena fe estimarse como confidencial. También tendrá esta consideración, el contenido del contrato y todos sus documentos anexos. La información confidencial será tratada como tal por las partes y no será revelada por el receptor sin el consentimiento previo de la otra parte. En particular, las partes se comprometen a adoptar las medidas necesarias para evitar que terceros no autorizados puedan acceder a la información confidencial y a limitar su acceso a los empleados autorizados que precisen disponer de ella para la ejecución del contrato, trasladándoles idéntica obligación de confidencialidad. Esta obligación de confidencialidad se mantendrá de forma indefinida por las partes
38. RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO.-
Los conflictos que surjan entre las partes se resolverán, con sometimiento a las leyes españolas, de acuerdo con lo siguiente: 1.- Si se tratara de la adjudicación de un contrato de cuantía igual o superior a 60.000 € o fuera de cuantía indeterminada, toda controversia que pueda surgir sobre los efectos, cumplimiento y extinción del contrato será resuelta definitivamente mediante arbitraje de derecho, administrado por la Corte de Arbitraje de la Cámara de Comercio e Industria de Madrid,de acuerdo con su reglamento de arbitraje vigente a la fecha de presentación de la solicitud de arbitraje, por un
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
58
solo árbitro designado por dicha Corte de Arbitraje, comprometiéndose las partes a cumplir el laudo que se dicte. Las controversias relativas a la preparación y adjudicación se resolverán por la jurisdicción civil, con sometimiento expreso a los Juzgados y Tribunales de Madrid Capital, con renuncia expresa a cualquier otro fuero. 2.- Si se tratara de la adjudicación de un contrato de cuantía inferior a 60.000 €, cualquier controversia que pudiera surgir con ocasión de la preparación, adjudicación, cumplimiento, efectos o extinción del contrato, se resolverá por la jurisdicción civil, a cuyo efecto las partes, con renuncia expresa a su propio fuero, se someten expresamente a la jurisdicción de los Jueces y Tribunales de Madrid Capital.
39. NORMAS APLICABLES.-
En todo lo no previsto en este pliego de condiciones se estará a lo dispuesto en las Instrucciones Internas de Contratación incluidas en el Perfil del Contratante y por las normas de derecho privado que resulten de aplicación.
Madrid, 25 de noviembre de 2013
Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx Presidente del Comité Ejecutivo
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
59
ANEXO I
DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
60
XXXXX X - DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR EN EL SOBRE DE “DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA” 1.- PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN Para concurrir como licitador puede presentar la documentación que se solicita a continuación en original o copia que tenga el carácter de auténtica conforme a la legislación vigente, o fotocopia compulsada por funcionario habilitado para ello o por el Servicio de Compulsa de IFEMA. El licitador podrá solicitar la compulsa de documentos por IFEMA ; este servicio requiere cita previa (Tlf. 00 000 00 00 Ext. 4899) en el Departamento de Reprografía de IFEMA, ubicado en su edificio de oficinas. Consulte condiciones en el apartado de “Concursos y Licitaciones” en xxx.xxxxx.xx. 2.- PARTICIPACIÓN EN LICITACIONES ANTERIORES DE IFEMA Y REGISTROS DE LICITADORES 2.1.- Si dentro del último año, desde la fecha de presentación de ofertas, el licitador hubiese participado en algún procedimiento de licitación convocado por IFEMA en el que ya hubiese facilitado la documentación administrativa exigida en este Pliego, no será preciso que tal documentación sea nuevamente presentada, siempre que no hubiese sufrido modificación alguna. El licitador deberá indicar el número de expediente en que presentó la documentación y la fecha de entrega en Registro. No obstante lo anterior, deberá ser facilitada de nuevo aquella documentación que no hubiese sido subsanada en su momento, aquella derivada de avales, pólizas de seguros etc., así como la documentación que hubiese sufrido modificaciones. 2.2.- El licitador puede optar por la presentación del Certificado de inscripción en vigor, correspondiente al Registro de Licitadores de la Comunidad de Madrid, el Ayuntamiento de Madrid y/o el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado en sustitución de la documentación administrativa exigida en el presente pliego y reflejada en los epígrafes 3, 4 y 6 de este apartado I. En el caso de que el certificado de inscripción presentado por el licitador no reflejase toda la información solicitada en los epígrafes 3, 4 y 6, el licitador deberá aportar adicionalmente los documentos necesarios para completar la documentación administrativa exigida en los mismos. La documentación solicitada en el resto de los epígrafes de este apartado I debe presentarse en todo caso. Junto con el certificado de inscripción en el Registro de Licitadores, el empresario deberá presentar una declaración responsable sobre la vigencia de los datos anotados en el Registro de Licitadores, según el modelo que se adjunta en Anexo del presente Xxxxxx. Si se hubiese producido alteración de los datos registrales se hará mención expresa en la citada declaración, uniendo la documentación correspondiente.
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
61
3.- CAPACIDAD DE OBRAR.- 3.1.- SI LA EMPRESA ES UNA PERSONA JURÍDICA Escritura de constitución de la entidad, o en su caso, aquella escritura que refleje la situación actualizada de la sociedad, inscrita en el Registro Mercantil cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional en el que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial. Igualmente, deberá facilitarse el Código de Identificación Fiscal (CIF). 3.2.- SI SE TRATA DE EMPRESARIO INDIVIDUAL: El DNI o documento que, en su caso, lo sustituya reglamentariamente 3.3.- CUANDO SE TRATE DE EMPRESARIOS NO ESPAÑOLES DE ESTADOS MIEMBROS DE LA UNION EUROPEA O SIGNATARIOS DEL ACUERDO SOBRE EL ESPACIO ECONOMICO EUROPEO: La capacidad de obrar se acreditará mediante su inscripción en un registro profesional o comercial, cuando este requisito sea exigido por la legislación del Estado respectivo. Tendrán capacidad para contratar con el sector público las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del Estado en que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder realizar la prestación de que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito. 3.4.- CUANDO SE TRATE DE EMPRESAS EXTRANJERAS NO COMPRENDIDAS EN EL APARTADO ANTERIOR: El informe de la Misión Diplomática Permanente u Oficina Consular de España del lugar del domicilio de la empresa en el que se haga constar, previa acreditación por la empresa, que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo, o en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del Contrato. Estas empresas deberán acreditar que tienen abierta sucursal en España, con designación de apoderados o representantes para sus operaciones y que están inscritas en el Registro Mercantil. 3.5.- IDIOMA DE LA DOCUMENTACIÓN: La documentación extranjera se presentará con traducción oficial al castellano.
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
62
3.6.- LOS EMPRESARIOS QUE CONCURRAN AGRUPADOS (UTE): Quedarán obligados solidariamente y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que deriven de los Pliegos y del Contrato en el caso de que se otorgara. Deberán incorporar igualmente documento de compromiso en el que se incluya (i) el porcentaje de participación de cada una de ellos en el contrato en el caso de resultar adjudicatarios y (ii) una declaración expresa por la que se obliguen solidariamente frente a IFEMA. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas. Además, cada una de las empresas que vayan a formar parte de la UTE deberá facilitar la documentación exigida en el presente Pliego. En relación con el cumplimiento de los criterios de solvencia en el caso de UTE ver específicamente el apartado 6.3 de este documento. 4.- BASTANTEO DE PODERES.- 4.1.- Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro o representen a una persona jurídica, deberán acreditar su representación mediante Poder acreditativo suficiente tanto para la presentación de la oferta como para la firma de contrato, declarado bastante por IFEMA. Si el documento acreditativo de la representación contuviese delegación permanente de facultades, deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil. 4.2.- A efectos del bastanteo por IFEMA, deberá presentarse escritura de poder original o su copia notarial (que podrá presentarse junto con una fotocopia para su compulsa por el Servicio de Compulsa IFEMA) y el DNI en original o copia legitimada (podrá presentarse junto con una fotocopia para su compulsa por el Servicio de Compulsa de IFEMA) de la persona a cuyo favor se otorgó el citado poder. (Será precisa concertar cita previa para el bastanteo en la Secretaría General de IFEMA. Tlf. 00 000 00 00 Att. Xxxxxx Xxxxxxxxxx). 4.3.- En el sobre de documentación administrativa deberá incluir el documento original del bastanteo junto con la copia del poder bastanteado. 5.- AUSENCIA DE PROHIBICIÓN PARA CONTRATAR.- Declaración responsable, conforme al modelo que se incorpora como Anexo de que el empresario, si se tratare de persona física, o la empresa, sus administradores y representantes, si se tratare de persona jurídica, así como el firmante de la proposición, no están incursos en ninguna de las prohibiciones e incompatibilidades para contratar reflejadas en el artículo 60 del TRLCSP ni tampoco en las prohibiciones específicas establecidas en el presente Xxxxxx. Esta declaración comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
63
disposiciones vigentes, así como de no tener deudas con IFEMA en período ejecutivo de pago, salvo que estuvieran garantizadas. 6.- SOLVENCIA 6.1.- SOLVENCIA TÉCNICA DEL OFERTANTE: Los licitadores deberán acreditar que gozan de experiencia suficiente en la ejecución de las prestaciones que constituyen el objeto del contrato. Para poder participar en el concurso los licitadores deberán acreditar experiencia en la gestión de servicios de restauración, de al menos los cinco últimos años (2009-2012), en gestión de un conjunto de locales de restauración, propios o por concesión, con una capacidad mínima total de 4.000 comensales. La acreditación de este apartado se realizará mediante una declaración responsable, según el modelo 3 facilitado en el ANEXO I, a la que el licitador podrá incorporar detalles o informaciones adicionales, si así lo considera conveniente. IFEMA podrá solicitar aclaraciones tanto al modelo como al detalle que le acompañe, con objeto de determinar la admisión definitiva de la oferta.
Las referencias computables corresponderán a restaurantes, cafeterías y autoservicios, que se consideren homologables, a criterio de IFEMA, a las existentes en el recinto ferial. Se podrán referir a unidades conjuntas o independientes, no computándose en este apartado las referencias de servicios de colectividades (colegios, hospitales, universidades, etc.). Si IFEMA considerase que el perfil del ofertante, de acuerdo con las referencias aportadas no se adapta a las características del servicio que se demanda, podrá rechazar la oferta en su conjunto. 6.2.- SOLVENCIA ECONÓMICO-FINANCIERA:
Se requiere que el licitador acredite una facturación igual o superior a los 6 millones de euros en la media de actividad de restauración en la empresa, o grupo de empresas, de cada uno de los tres últimos años, aportando para ellos la siguiente documentación:
• Si la empresa está obligada legalmente, Informe de auditoria de los dos últimos
ejercicios cerrados (fotocopia compulsada). En caso contrario, declaración responsable de no estar obligado a la realización del mismo (original o fotocopia compulsada).
• Cuentas anuales de los dos últimos ejercicios cerrados (Memoria, balance y cuenta de
pérdidas y ganancias) (fotocopia compulsada).
• Informe de solvencia emitido por instituciones financieras (original o fotocopia compulsada).
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
64
• Declaración responsable firmada por persona con capacidad bastante de la compañía ofertante, relativa a la cifra de facturación.
6.3.- ACREDITACION DE LA SOLVENCIA EN EL CASO DE CONCURRIR EN UTE Si varias empresas concurren mediante compromiso de constitución de una unión temporal de empresas, cada uno de los empresarios comprometidos en su constitución deberá acreditar los requisitos establecidos en cuanto a solvencia técnica y económico-financiera. 7.- GARANTÍA PROVISIONAL Justificante de haber constituido la garantía provisional, de conformidad con las condiciones y requisitos establecidos en el presente Pliego. Se adjuntan modelos en Anexo. En el supuesto de que varios licitadores se presenten de forma conjunta, la garantía provisional deberá garantizar solidariamente a todos ellos. En caso de presentar la garantía provisional mediante ingreso en cuenta o transferencia, deberán incorporar justificante bancario. 8.- PREFERENCIA EN LA ADJUDICACIÓN.- A efectos de la preferencia en la adjudicación, según lo previsto en la cláusula relativa a los “Criterios para la adjudicación del Contrato” - del presente Pliego de Bases, el ofertante podrá presentar la declaración responsable relativa al número de trabajadores con discapacidad en plantilla, de conformidad con el modelo incluido en Se adjunta modelo en Anexo. 9.- JURISDICCIÓN DE EMPRESAS EXTRANJERAS.- Sin perjuicio del sometimiento a la cláusula de arbitraje en el caso de que se previera en el Pliego, las empresas extranjeras deberán presentar declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del Contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderles. Se adjunta modelo como Anexo. 9.- OTRA DOCUMENTACIÓN En el supuesto de que el ofertante, además de la cocina instalada en el recinto ferial, desee utilizar unas instalaciones propias, desde donde abastecerá determinados productos, más o menos elaborados, a las unidades destinadas al servicio de restauración, se aportará declaración responsable que documente qué instalaciones utilizará. En caso contrario, si no se propusiera utilizar instalaciones distintas a las ubicadas en el recinto, igualmente se indicará en la citada declaración responsable.
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
65
IFEMA podrá comprobar estas instalaciones “in situ” a fin de verificar sus condiciones y efectiva disponibilidad. En este sentido, estas instalaciones deberán disponer de la licencia de actividad, apertura y funcionamiento preceptiva. Igualmente, se aportarán documentos acreditativos que indiquen que el ofertante esté inscrito en el Registro Sanitario de alimentos de la Comunidad Autónoma donde se encontrasen esas instalaciones fijas de cocina o en el registro administrativo correspondiente (Original o copia compulsada).
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
66
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR EL ADJUDICATARIO PARA LA FIRMA DEL CONTRATO: II.- DOCUMENTACIÓN A FACILITAR POR LA EMPRESA CON OFERTA MÁS VENTAJOSA PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. El licitador cuya oferta sea declarada más ventajosa deberá presentar la documentación que se refleja a continuación en original o copia que tenga el carácter de auténtica conforme a la legislación vigente, o junto con fotocopia para su compulsa por el Servicio de Compulsa de IFEMA. a).- Certificación administrativa en vigor, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria de España o del organismo equivalente del país del domicilio social del Empresario, de que el ofertante se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias. b).- Si la empresa está obligada legalmente, documento justificativo de estar al corriente de pago en el Impuesto sobre Actividades Económicas, o declaración responsable de no estar obligado al pago del mismo; o, en su caso documento equivalente en el país del domicilio social del empresario. c)- Certificación administrativa actualizada al mes en curso en la que se acredite que el ofertante se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social. d)- Documento que acredite haber constituido a disposición del órgano contratante garantía definitiva en los términos exigidos en el presente Xxxxxx. En caso de presentar la garantía definitiva mediante ingreso en cuenta o transferencia, deberán facilitar el justificante bancario. (Se adjunta Modelo en Anexo) e)- Póliza de seguro, en relación con el contrato adjudicado, en los términos previstos en el presente Pliego. f) Documento de Planificación Preventiva de la compañía, y específica de los puestos de trabajo relacionados directamente con la actividad en IFEMA. g)- Certificado específico de estar al corriente de sus obligaciones tributarias referido a contratistas y/o subcontratistas regulado en el artículo 43.1f de la Ley General Tributaria (Ley 58/2003), relativo a la responsabilidad subsidiaria para las entidades que contraten o subcontraten la ejecución de obras o la prestación de servicios correspondientes a su actividad principal, por las obligaciones tributarias relativas a tributos que deban repercutirse o cantidades que deban retenerse a trabajadores, profesionales u otros empresarios, en la parte que corresponda a las obras o servicios objeto de la contratación o subcontratación. Este certificado se emite en cualquiera de las oficinas de la Administración Tributaria, o bien a través de su página web xxx.xxxx.xx con una validez de 12 meses amparando exclusivamente los pagos de las facturas de contratación o subcontratación realizados dentro de dicho periodo. Este documento deberá ser presentado ó remitido anualmente.
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
67
g)- Cuando el licitador tuviera la condición de unión temporal de empresas (UTE), escritura pública de constitución inscrita en el Registro Especial del Ministerio de Hacienda, u organismo equivalente del país del domicilio social del Empresario, y nombramiento de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas NOTA.- Si tuvieran cualquier duda sobre la documentación administrativa que debe ser incluida en su oferta pueden realizar la consulta correspondiente a la Secretaría General de IFEMA. Teléfonos: 00 000.00.00, 00.000.00.00 ; fax 00 000.00.00 o a las direcciones de e-mail siguientes: xxxxxxxx@xxxxx.xx; xxxxxx@xxxxx.xx o xxxxxx@xxxxx.xx.
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
68
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
D. ............................................................................................., domiciliado en ..................................., calle .............................................................................., núm. ......................., con D.N.I. núm. ..................................., mayor de edad, en nombre propio (o en representación de la empresa .............................................................................................., con C.I.F. núm. ..........................................., y domicilio en .................................., calle ..............................................................................., núm. ..........................), DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD: 1.- Que los datos anotados en el registro de licitadores presentado en esta licitación están vigentes y no han sufrido modificación alguna. (En caso afirmativo se deberán indicar las variaciones o modificaciones que hayan tenido lugar así como aportar los documentos que lo acrediten). ..........................., ........ de .............................. de 2013
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
69
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
D. ............................................................................................., domiciliado en ..................................., calle .............................................................................., núm. ......................., con D.N.I. núm. ..................................., mayor de edad, en nombre propio (o en representación de la empresa .............................................................................................., con C.I.F. núm. ..........................................., y domicilio en .................................., calle ..............................................................................., núm. ..........................), DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD: 1.- Que ni el ofertante, ni el representante de éste (si actuara mediante representante) están incursos en ninguna de las prohibiciones e incompatibilidades para contratar reflejadas en el artículo 60 del TRLCSP ni tampoco en las prohibiciones específicas establecidas en el presente Pliego. 2.- Que el ofertante se encontraba al corriente de sus obligaciones tributarias a la fecha de presentación de la oferta y que se encuentra al corriente cuando formula esta declaración. 3.- Que el ofertante se encontraba al corriente de pago, a la fecha de presentación de la oferta, en el Impuesto sobre Actividades Económicas o documento equivalente en el país del domicilio social del empresario y que se encuentra al corriente cuando formula esta declaración. Si no está obligado al pago del mismo se incorporará una declaración responsable en este sentido. 4.- Que el ofertante se encontraba al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social a la fecha de la presentación de la oferta y que se encuentra al corriente cuando formula esta declaración. 5.- Que el ofertante no tiene deudas con IFEMA en período ejecutivo de pago, salvo que estuvieran garantizadas. (En caso de existir deuda garantizada, indicar deuda: concepto e importe). ..........................., ........ de .............................. de 2013 Fdo.: .......................................................... (Firma y sello de la empresa)
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
70
- MODELO 3 DE DECLARACIÓN RESPONSABLE –
- SOLVENCIA TÉCNICA - D. ............................................................................................., xxxxxxxxxxx en ..................................., calle .............................................................................., núm. ......................., con D.N.I. núm. ..................................., mayor de edad, en nombre propio (o en representación de la empresa .............................................................................................., con C.I.F. núm. ..........................................., y domicilio en .................................., calle ..............................................................................., núm. ..........................), Declara bajo su responsabilidad la veracidad de las informaciones relativas a la solvencia técnica y profesional requerida en el pliego de bases del Exp. 14/035– 200009126, SERVICIO DE GESTIÓN Y EXPLOTACION DE LOS SERVICIOS DE RESTAURACIÓN CORRESPONDIENTES A CAFETERÍAS, RESTAURANTES Y AUTOSERVICIOS EN EL RECINTO FERIAL DE IFEMA, FERIA DE MADRID.
UNIDAD PROPIA O POR CONCESIÓN (indicar características de la misma)
AFORO Y DISTRIBUCIÓNDETALLE DE LAS CARACTERÍSTICAS DEL LOCAL
No se computarán en este apartado las referencias de servicios de colectividades (colegios, hospitales, universidades, etc.). ..........................., ........ de .............................. de 2013 Fdo.: .......................................................... (Firma y sello de la empresa)
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
71
- - MODELO DE DECLARACIÓN DE PERSONAL CON DISCAPACIDAD EN PLANTILLA-
D……………………. , con DNI ………., mayor de edad, en nombre propio (o en representación) de la empresa……………, con CIF…… y domicilio en…………calle………número………. en mi calidad de ……… DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD A) Que, a la fecha de presentación de esta documentación, la empresa arriba indicada tiene una plantilla de
trabajadores de……. personas, de los cuales…… se corresponden con trabajadores con discapacidad en situación de contratación indefinida.
B) Que, por lo tanto, el número de trabajadores con discapacidad en situación de contratación indefinida representa un…. por ciento (…%) con respecto a la plantilla total de la empresa.
C) Que, asimismo y de conformidad con lo estipulado en el Real Decreto 364/2005, de 8 xx xxxxx, que regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de los trabajadores con discapacidad, la empresa representada ha adoptado las siguientes medidas sustitutorias, alternativas o simultáneas:
(En este último caso, la empresa deberá presentar una copia de la declaración de excepcionalidad) La adopción de dichas medidas sustituyen a……. contratos con trabajadores con discapacidad. D) Que, si la acreditación de los extremos recogidos en esta declaración se considerase necesaria, la
comunicación de la información acreditativa del porcentaje de trabajadores discapacitados contratados en relación con la plantilla total de la empresa se realizaría con estricto cumplimiento de la legalidad vigente. En particular, de ser preciso revelar información de carácter personal en base a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se aportarían formularios oficiales debidamente inscritos y sellados por la administración competente, eliminando de dicha documentación cualquier referencia personal relativa a los trabajadores con discapacidad de la empresa, de forma tal que la misma constase íntegramente disociada. Si la naturaleza de la documentación acreditativa fuese tal, que impidiese la total disociación de la referida información, la comunicación no podría llevarse a cabo de no contar la empresa con el previo consentimiento expreso y por escrito de los sujetos afectados a la revelación de sus datos personales, o si la misma no estuviese debidamente amparada y autorizada por una norma con xxxxx xx xxx.
En……………., a…..de……..de 2013 Fdo.:………………………………. (Firma y sello de la empresa)
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
72
- DATOS DE CONTACTO DEL OFERTANTE - Con la finalidad de facilitar el contacto entre IFEMA y las empresas participantes, los ofertantes deberán cumplimentar la ficha incluida a continuación con todos aquellos datos de contacto profesional de las personas que intervengan en cualquier asunto administrativo/técnico relacionado con este concurso. DENOMINACIÓN SOCIAL:
DIRECCIÓN:
PERSONA/S DE CONTACTO PARA ESTE EXPEDIENTE:
TELÉFONO/S:
FAX/ES:
CORREO ELECTRÓNICO DE LAS PERSONA/S DE CONTACTO PARA ESTE EXPEDIENTE:
OTROS DATOS QUE ESTIMEN DE INTERÉS:
En ..........................., ........ de .............................. de 2013. Fdo.: .......................................................... (Firma y sello de la empresa) Los datos de carácter profesional que facilita se incorporarán en un fichero de IFEMA con domicilio en Feria de Madrid (28042) Madrid, con la finalidad de incluirle como posible proveedor de IFEMA en los sectores que pudieran corresponder a su actividad profesional. Los citados datos podrán ser utilizados, en su caso, para enviarle información, incluso por medios electrónicos, sobre futuras licitaciones de IFEMA que pudieran considerarse incluidas dentro de su actividad o de su interés. Los derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación de estos datos podrán ejercerse mediante carta dirigida a IFEMA: Protección de Datos (ref.: proveedores de licitaciones), apartado de correos 67.067 (28080) de Madrid, o vía e-mail a la dirección: xxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxx.xx incluyendo en el asunto "proveedores de licitaciones”.
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
73
MODELO -1-
AVAL BANCARIO PARA GARANTÍA PROVISIONAL La Entidad ..................................................................................., NIF .................., con domicilio en ..........................................................................................., en la calle/plaza/avenida .................................................., C.P. .........................., y en su nombre ....................................... con poderes suficientes para obligarle en este acto.
A V A L A a …………....................................................................................……........................, NIF .........……......, en concepto de garantía provisional, para responder de las obligaciones derivadas de la participación en la licitación de la “SOLICITUD DE OFERTAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE GESTIÓN Y EXPLOTACION DE LOS SERVICIOS DE RESTAURACIÓN CORRESPONDIENTES A CAFETERÍAS, RESTAURANTES Y AUTOSERVICIOS EN EL RECINTO FERIAL DE IFEMA, FERIA DE MADRID. EXP 14/035 – 2000009126” ante la INSTITUCIÓN FERIAL DE MADRID (IFEMA), por importe de ...................................................................... euros (............€). La entidad avalista declara bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos previstos en el art. 56.2 del Reglamento General de Contratos de las Administraciones Públicas. Este Aval se otorga solidariamente con respecto al obligado principal, con renuncia expresa a los beneficios de orden, división y excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento de la INSTITUCIÓN FERIAL DE MADRID (IFEMA), incluso con la oposición del afianzado y sin poder posponer el pago o negarse al mismo, por ningún motivo El presente Aval estará en vigor hasta que se autorice su cancelación o devolución por la INSTITUCIÓN FERIAL DE MADRID (IFEMA). El presente aval ha sido inscrito en esta misma fecha en el Registro de Avales con el número ......................... (Lugar y fecha) (Razón social de la Entidad) (Firma de los apoderados)
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
74
MODELO -2-
AVAL BANCARIO PARA GARANTÍA DEFINITIVA La Entidad ..................................................................................., NIF .................., con domicilio en ..........................................................................................., en la calle/plaza/avenida .................................................., C. P. .........................., y en su nombre ....................................... con poderes suficientes para obligarle en este acto.
A V A L A a ....................................................................................……........................, NIF .........……......, en concepto de garantía definitiva, para responder de las obligaciones derivadas de la adjudicación de la “SOLICITUD DE OFERTAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE GESTIÓN Y EXPLOTACION DE LOS SERVICIOS DE RESTAURACIÓN CORRESPONDIENTES A CAFETERÍAS, RESTAURANTES Y AUTOSERVICIOS EN EL RECINTO FERIAL DE IFEMA, FERIA DE MADRID. EXP 14/035 – 2000009126”, ante la INSTITUCIÓN FERIAL DE MADRID (IFEMA), por importe de ...................................................................... euros (............€). La entidad avalista declara bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos previstos en el art. 56.2 del Reglamento General de Contratos de las Administraciones Públicas. Este Aval se otorga solidariamente con respecto al obligado principal, con renuncia expresa a los beneficios de orden, división y excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento de la INSTITUCIÓN FERIAL DE MADRID (IFEMA), incluso con la oposición del afianzado y sin poder posponer el pago o negarse al mismo, por ningún motivo El presente Aval estará en vigor hasta que se autorice su cancelación o devolución por la INSTITUCIÓN FERIAL DE MADRID (IFEMA). El presente aval ha sido inscrito en esta misma fecha en el Registro de Avales con el número ......................... (Lugar y fecha) (Razón social de la Entidad) (Firma de los apoderados)
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
75
MODELO -3-
CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCIÓN
Certificado número ............................(1) (en adelante, asegurador), con domicilio en.............., calle........................................................, y NIF................................, debidamente representado por Don ........................................................................(2), con poderes suficientes para obligarle en este acto. ASEGURA a .......................................................(3), NIF........................................., en concepto de tomador del seguro, ante la INSTITUCIÓN FERIAL DE MADRID (IFEMA), en adelante asegurado, hasta el importe de ....................................................................................................(en letras y en cifras), en los términos y condiciones establecidos en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, normativa de desarrollo y Pliego de Bases por la que se rige la “SOLICITUD DE OFERTAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE GESTIÓN Y EXPLOTACION DE LOS SERVICIOS DE RESTAURACIÓN CORRESPONDIENTES A CAFETERÍAS, RESTAURANTES Y AUTOSERVICIOS EN EL RECINTO FERIAL DE IFEMA, FERIA DE MADRID. EXP 14/035 – 2000009126”, en concepto de garantía.................................(4), para responder de las obligaciones, penalidades y demás gastos que se puedan derivar conforme a las normas y demás condiciones administrativas precitadas frente al asegurado. El asegurador declara, bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos exigidos en el artículo 57.1 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguientes, no dará derecho al asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida ni éste liberado de su obligación, caso de que el asegurador deba hacer efectiva la garantía. El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del seguro. El asegurador asume el compromiso de indemnizar al asegurado al primer requerimiento de la INSTITUCIÓN FERIAL DE MADRID (IFEMA). El presente seguro de caución estará en vigor hasta que la INSTITUCIÓN FERIAL DE MADRID (IFEMA) autorice su cancelación o devolución. Lugar y fecha Firma: Asegurador.
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
76
Instrucciones para la cumplimentación del modelo. (1) Se expresará la razón social completa de la entidad aseguradora. (2) Nombre y apellidos del apoderado o apoderados. (3) Nombre de la persona asegurada. (4) Indicar modalidad del seguro de que se trata en función de que será garantía provisional o definitiva.
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
77
ANEXO II
DOCUMENTACIÓN TÉCNICA
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
78
ANEXO II - DOCUMENTACIÓN TÉCNICA.-
1. OBJETO DEL SERVICIO.-
Servicio de gestión y explotación de las unidades de restauración en el recinto ferial de IFEMA. Comprende además el servicio de restauración a stands, el de restauración móvil en el interior de los pabellones y área de congresos, y el servicio de restauración para atender las propias necesidades de IFEMA.
Para la contratación de la explotación de los servicios de restauración el operador deberá acreditar experiencia en este tipo de servicios que garantice una óptima prestación a visitantes, expositores y al personal de IFEMA, y cumpla los siguientes objetivos generales: - Dar respuesta y servicio a una demanda muy singular, tanto por su variedad y tipología
como por su variabilidad.
- Garantizar una calidad en el servicio acorde con el objetivo general de excelencia exigido por IFEMA.
- Adaptar la oferta a las características de la demanda de cada feria con la particularidad del perfil de clientes, según las distintas fases de la feria.
Los licitadores a este concurso deberán establecer un plan de actuación que esté dentro del marco de excelencia que busca IFEMA. Este plan de actuación debe perseguir el cumplimiento de los principios básicos de: - Prestación de un servicio de calidad.
- Concebir la restauración como un servicio esencial en la estructura de servicios de IFEMA.
- Equilibrio económico-financiero en la prestación del servicio.
En base a lo anterior, las actividades básicas necesarias para la prestación del servicio de restauración serán:
- Despacho de comida durante el período de ferias: montaje y desmontaje; celebración de convenciones, congresos, etc., y otros en los que IFEMA crea conveniente ofrecer servicio de restauración.
- Mantenimiento de las instalaciones y equipamiento, con el fin de conservarlos en perfecto estado de funcionamiento durante el período del contrato y a su término.
- Gestión y soporte, a su cargo, de todos los costes directos, indirectos y de estructura, derivados de la prestación del servicio y mantenimiento, conservación y renovación de las instalaciones y equipamiento afectos al mismo
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
79
- Facturación y cobro del servicio prestado a los visitantes, expositores y personal de IFEMA, permitiendo el adecuado control de la gestión del servicio por parte de IFEMA, aunque sin régimen de exclusividad, ya que otros operadores podrán ejercer ese derecho.
- Contratación, gestión y control del personal que realice las funciones de la actividad de restauración
- El contratista es responsable de la correcta realización de los servicios contratados, respondiendo de los defectos que en ella hubiera, así como de todos los daños y perjuicios directos e indirectos que cause a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato.
Es responsabilidad del adjudicatario garantizar la cualificación profesional de las personas por él designadas a la ejecución material de los trabajos contenidos en el servicio, así como de la adecuación, homologación, correcto uso y mantenimiento de los medios técnicos y materiales que éstos utilicen
Los ofertantes deberán acreditar documentalmente que la actividad de la empresa tiene relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus estatutos o reglas fundacionales. Acreditarán también que disponen de una organización propia con recursos organizativos, humanos, técnicos y materiales suficientes y adecuados para la óptima ejecución del contenido del contrato. IFEMA no garantizará ningún ingreso mínimo en las unidades cuya apertura determine ni tampoco podrá el adjudicatario exigir mínimos ni garantías de consumo a organizadores de actos, congresos o eventos de otro tipo que se celebren en el recinto.
IFEMA establecerá los servicios mínimos en relación con los días, horas de apertura y cierre de estas unidades que deberán ser abiertas en cada caso, de acuerdo con lo establecido el artículo 13 del presente pliego. IFEMA no garantizará ningún ingreso mínimo en las unidades cuya apertura determine ni tampoco podrá el adjudicatario exigir mínimos ni garantías de consumo a organizadores de actos, congresos o eventos de otro tipo que se celebren en el recinto.
2. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO.-
El adjudicatario prestará los siguientes servicios: - Servicio de restauración general en las unidades siguientes, distribuidas en el recinto
ferial, conforme a la relación que se facilita en el ANEXO VII - PLANOS DE RESTAURANTES, CAFETERÍAS Y AUTOSERVICIOS
� Cafeterías.
� Autoservicios.
� Buffets.
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
80
� Club Feria (restaurante y cafetería situados en el edificio de oficinas).
� Bar vestíbulo puerta sur.
� Cafeterías Área Central.
� Restaurantes a la carta situados en el primer piso xxx Xxxxxxx Ferial (actual restaurante Riojano y Xxxxxx, teniendo en cuenta que el perfil de estas dos unidades tendrán el mismo formato medio).
� Restaurante para el personal de IFEMA en el comedor de personal situado en la planta primera xxx Xxxxxxx Ferial.
� Restaurantes zona de convenciones puerta norte.
Igualmente, será responsable de la gestión de:
- Servicio de restauración a stands, de forma no exclusiva.
- Servicio de restauración móvil dentro de los pabellones (carritos o barras de instalación temporal), de forma no exclusiva
- Servicio de restauración para atender las propias necesidades de IFEMA, de forma no exclusiva.
- Gestión de la cocina central ubicada en el propio Recinto Ferial.
- Servicio de restauración de cualquier otra instalación fija de restauración que IFEMA decidiese abrir por necesidades del servicio xxx Xxxxxxx Ferial. En el caso de modificaciones en el número de locales será de aplicación lo establecido en el articulo 11 Adscripción de locales del presente pliego.
La descripción, ubicación y características de las unidades de restauración afectas a este concurso figuran en el ANEXO VII - PLANOS DE RESTAURANTES, CAFETERÍAS Y AUTOSERVICIOS.
3. DOTACIÓN, MEDIOS Y MEJORAS PARA LAS UNIDADES FIJAS DE RESTAURACIÓN EN PABELLONES, ÁREA DE CONVENCIONES Y EDIFICIO DE OFICINAS.-
Todas estas unidades de restauración están dotadas con las instalaciones, equipamiento, mobiliario y menaje necesarios para su funcionamiento. Los licitadores en su oferta podrán proponer modificaciones y mejoras a la oferta actual de estas unidades, así como en su diseño, distribución y características del servicio. Cualquier inversión derivada de la implantación de dichas mejoras o modificaciones será por cuenta del adjudicatario, dentro del marco de inversiones que se incorpora en el pliego de condiciones generales Si las modificaciones o mejoras propuestas conllevaran inversión en el
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
81
estudio económico que se acompañe en la oferta, estas inversiones deben estar contempladas de manera explícita e individualizada.
Todas las unidades de restauración cuentan con una cocina, cuyo tamaño y dotación varían dependiendo de la unidad, si bien, en general, dichas instalaciones de cocina no son suficientes para permitir que la unidad funcione de forma autónoma, por lo que es necesario que la cocina central, u otras unidades externas del adjudicatario, le presten servicio de:
� Recepción de mercancía
� Despiece de carne y preparación de pescado
� Precortado de verduras, embutidos, etc.
� Precocinado de algunos platos
� Cámaras y almacenaje
� Etc.
4. RESTAURANTES A LA CARTA Y RESTAURANTE DE BANQUETES.-
El adjudicatario deberá gestionar dos restaurantes a la carta: los actuales Xxxxxx y El Riojano, así como el restaurante Europa, disponible preferentemente para banquetes pero que puede ser utilizado en cualquier otra actividad de restauración El ofertante tendrá en cuenta que el perfil de los dos restaurantes a la carta, tendrán el mismo formato medio. Estas unidades están dotadas con las instalaciones, equipamiento y mobiliario necesarios para su funcionamiento. Los licitadores en su oferta deberán definir la oferta de servicio a prestar en dichos restaurantes, y podrán proponer modificaciones y mejoras en su diseño, distribución y características del servicio. Cualquier inversión derivada de la implantación de dichas mejoras o modificaciones será por cuenta del adjudicatario. El tipo de servicio ofertado por estos restaurantes deberá caracterizarse por una oferta “a la carta” de calidad, trato personalizado y distinguido.
Estas unidades de restauración cuentan con instalación de cocina, que, en general, son suficientes para permitir que la unidad funcione de forma autónoma, si bien en algunos casos requiere el apoyo de la cocina central, u otras unidades externas del adjudicatario, en relación con:
� Recepción de mercancía
� Cámaras y almacenaje
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
82
Los restaurantes podrán explotarse bajo una marca franquiciada, en cuyo caso los licitadores deberán acreditar:
� su condición de franquiciado, o un compromiso firmado por el franquiciador para otorgarle la condición de franquiciado,
� la autorización por parte del franquiciador para la instalación de un local dentro de los recintos feriales para su explotación en régimen de franquicia por parte del licitador.
5. TARIFAS.-
Las tarifas del servicio en el recinto ferial de: cafeterías, autoservicios, restaurantes, carritos móviles, etc., deberán estar en consonancia con las establecidas actualmente en las citadas unidades de restauración que operan en el recinto ferial. En coherencia lo anteriormente mencionado, las tarifas propuestas por el licitador no podrán superar las que figuran en el ANEXO IV este pliego. Quedará entendido que las mencionadas tarifas quedan asociadas a la cantidad y calidad del producto para servicios de estas características. El adjudicatario del presente concurso, para elementos distintos a los señalados en dicho anexo, facilitará en su oferta una relación independiente de tarifas que, igualmente, tendrán como referencia la media de tarifas de los anteriores elementos. IFEMA no regula ni aprueba los precios de este servicio, sin embargo, sí verificará el cumplimiento en cada ejercicio de la aplicación de las tarifas comunicadas por el adjudicatario, sin que éste pueda realizar modificaciones a las mismas en el mismo ejercicio. Los precios no podrán modificarse durante el primer año de contrato. Para los siguientes años de contratación así como de las prórrogas si las hubiera, la actualización de importes no podrá superar el 85% del Índice General nacional de Precios al Consumo, publicado por el Instituto Nacional de Estadística, del ejercicio anterior. La propuesta de tarifas deberá recoger, para cada unidad de restauración a gestionar, una carta tipo con los precios por producto, y el coste del menú. Igualmente, los licitadores deberán presentar su propuesta de tarifas para el ejercicio 2014, con los precios previstos para los servicios a prestar en los restaurantes a la carta y el restaurante de banquetes, que deberán estar en consonancia con las establecidos actualmente en las citadas unidades de restauración que operan en el recinto ferial. Las tarifas de los productos que se comercialicen mediante unidades móviles serán idénticas a las que se ofrezcan en las unidades fijas de restauración ubicadas dentro de los pabellones, para productos similares.
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
83
Para aquellos servicios ofertados directamente a IFEMA, Los licitadores deberán presentar su propuesta de tarifas para el ejercicio 2014, con los precios previstos para los servicios de cafetería para IFEMA. Dichas tarifas deberán expresarse en términos de descuento sobre los precios aplicables al servicio al público en los pabellones y restaurantes. La actualización de dichas tarifas se realizará anualmente en función del Indice General de Precios al Consumo publicado por el Instituto Nacional de Estadística u organismo que lo sustituya, del ejercicio anterior, y deberán ser aprobadas previamente por IFEMA, que no podrá rechazarlos si se ajustan al IPC establecido. Para los servicios de comida se establecerá el precio en función del servicio requerido en cada momento, teniendo como referencia los precios ofrecidos por el Club Feria.
6. INFORMACIÓN BILINGÜE.-
El adjudicatario tendrá que anunciar en español y en inglés mediante carteles la composición de los bocadillos y platos expuestos en las vitrinas de las cafeterías y autoservicios. Igualmente, todas las cartas, menús y cartelería adicional deberán figurar en ambos idiomas. En aquellos congresos y ferias de carácter internacional, el adjudicatario deberá contar con un número de personal suficiente con conocimientos xx xxxxxx a nivel conversación, tanto en las unidades de restauración como para las actividades de catering que realice.
7. SERVICIO DE RESTAURACIÓN PARA EL PERSONAL DE IFEMA.-
El adjudicatario deberá gestionar el comedor destinado al personal de IFEMA, ubicado en la primera planta xxx Xxxxxxx Ferial, entre los pabellones 5 y 7.
Dicho restaurante está dotado con las instalaciones, mobiliario y demás equipamiento necesarios para su funcionamiento.
Los licitadores en su oferta deberán definir la oferta de servicio a prestar en dicho restaurante, y podrán proponer modificaciones y mejoras en su diseño y distribución y características el servicio. Cualquier inversión derivada de la implantación de dichas mejoras o modificaciones será por cuenta del adjudicatario.
El comedor de personal cuenta con el equipamiento de cocina adecuado al servicio, a excepción del necesario para la realización de algunos platos que, por volumen (guisos de carne, cocido, etc.), han de ser elaborados en la Cocina Central. A efectos orientativos, estos platos están por debajo del 9% de los que componen el menú.
Los licitadores deberán presentar su propuesta de tarifas para el ejercicio 2014, con los precios previstos para los servicios a prestar en el comedor de personal. Estas tarifas deberán consistir en un precio único por menú. La actualización de dichas tarifas se realizará anualmente, en función del Indice General de Precios al Consumo, publicado por el Instituto Nacional de Estadística u organismo que los sustituya, en el ejercicio anterior, y deberán ser aprobadas previamente por IFEMA, que no podrá rechazarlos si se ajustan al IPC establecido.
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
84
Precios máximos para 2014 (IVA no incluido)
MENU 6,32 1/2 MENÚ 4,55 PIC-NIC 3,41
PIC-NIC CENA 4,41 MENU COLABORADOR 7,41
El abono de las tarifas se realizará mediante copago entre IFEMA y los trabajadores usuarios del servicio. A tal efecto, se comunicará al adjudicatario el porcentaje abonado por cada parte en cada uno de los distintos tipos de servicio.
Respecto de la forma de pago, IFEMA abonará su parte contra factura mensual, abonando los trabajadores la suya en el momento de la consumición, bien en metálico o mediante cheques restaurante expedidos específicamente para este servicio.
Los menús deberán incluir, al menos, tres primeros platos, tres segundos, tres postres y bebida (agua, vino, cerveza y refrescos) estando siempre sometidos a los requerimientos de la Dirección de Recursos Humanos y al Servicio Médico de IFEMA, en relación con los criterios de calidad, diversidad, valor nutricional, etc.
Periodos de apertura:
• Con carácter general, desde el mes de septiembre al xx xxxxx ambos inclusive de lunes a jueves.
• Los viernes, xxxxxxx, xxxxxxxx y festivos en los que la previsión de usuarios supere la
cifra de treinta y cinco personas (35), de acuerdo con la información que proporcione IFEMA (*).
• Cualquier día durante los meses de julio y agosto, si la actividad ferial hiciera preciso el
servicio para un mínimo de 35 personas. (*) En el caso xx xxxxxxx, xxxxxxx, xxxxxxxx y festivos con previsión de usuarios inferior a 35 personas, el adjudicatario prestará el servicio de comedor de personal en otra unidad de restauración que permanezca abierta. Para tales ocasiones, establecerá menús de cantidades y calidades análogas al servido en el Comedor de Personal. El horario de apertura será, con carácter general, de 13:00 a 16:00 horas. IFEMA se compromete a facilitar al adjudicatario información relativa al número de empleados con derecho a utilizar el comedor, así como del número de menús en los que se incrementará el servicio con motivo del montaje, desmontaje y celebración de Ferias o actos.
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
85
A título informativo, a continuación se reseñan el número de menús servidos mensualmente durante 2011, 2012 y el período enero-octubre 2013.
2011 2012 2013 (enero a octubre)
Enero 3.284 3.379 3.254 Febrero 4.687 3.907 3.568 Marzo 4.922 3.569 2.568 Abril 1.917 2.498 3.711 Mayo 3.983 3.903 3.268 Junio 2.402 2.154 3.316 Julio 0 171 0 Agosto 6 44 0
Septiembre 3.114 3.416 3.353 Octubre 3.608 4.127 3.870 Noviembre 3.717 3.447 Diciembre 165 2.143
TOTAL 31.805 32.758 26.908
Tipología y procedimiento de los servicios:
• 1 primer plato o ensalada del bufé. • 1 segundo xxxxx o ensalada del bufé. • 1 postre • 1 bebida • 1 primer o segundo xxxxx, o 1 ensalada del bufé. • 1 bebida • 1 postre • 1 bocadillo frío o caliente, o 1 primer o segundo plato, o 1 ensalada del bufé. • 1 postre
Sólo empleados que prolonguen la jornada laboral hasta las 00:00 horas. Autoservicios de Cafeterías • 1 bebida
• 1 primer o segundo xxxxx, o 1 ensalada del bufé. • 1 bebida • 1 postre
• 1 primer plato o ensalada del bufé. • 1 segundo xxxxx o ensalada del bufé. • 1 postre • 1 bebida
Menú Colaboradores Visitas puntuales, delegados de IFEMA, auditores, autoridades, etc. autorizados por RRHH con carácter excepcional.
Comedor de Personal
Pic-Nic Cena Sólo empleados que prolonguen la jornada laboral más allá de las 00:00 horas.
Autoservicios de Cafeterías Acreditación con tarjeta de identificación de personal y entrega de vale específico expedido por RRHH.
Pic-Nic
Sólo empleados asistentes a clases de idiomas
Comedor de Personal Acreditación con tarjeta de identificación de personal y entrega de vale específico expedido por RRHH.
½ Menú Sólo empleados Acreditación con tarjeta de identificación de personal.
Menú Sólo empleados
Comedor de Personal
Acreditación con tarjeta de identificación de personal.
Comedor de Personal IFEMA - Procedimiento de Servicios Servicio Destinatarios Unidad de Restauración Procedimiento Composición
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
87
8. SERVICIO A STANDS.-
El adjudicatario podrá prestar un servicio de restauración para servir en los propios stands de los expositores, cuando estos así lo requieran. Este servicio incluirá tanto el servicio de comida a expositores servido en los propios stands, como el servicio de restauración para eventos celebrados por los expositores, a petición de estos, en sus stands. Los licitadores en su oferta deberán definir la oferta de servicio a prestar en los stands, así como la organización del servicio. Cualquier inversión necesaria para la prestación de dichos servicios deberá correr por cuenta del adjudicatario. Para la prestación de dicho servicio el adjudicatario podrá utilizar las instalaciones de la cocina central o de cualquier otra unidad de restauración que gestione. El servicio a stands consiste en el servicio de comida a expositores, sin carácter de exclusividad, servido en los propios stands. El servicio de restauración para eventos celebrados por los expositores, a petición de éstos en sus stands, no se prestará de forma exclusiva por el adjudicatario, pudiendo los expositores solicitar servicios a otros operadores. En el caso del servicio de comidas a expositores a prestar en los stands, los licitadores deberán presentar su propuesta de tarifas para el ejercicio 2014, con los precios previstos para los servicios a prestar a stands. Estos precios podrán actualizarse anualmente, previa aprobación de IFEMA, no pudiendo ésta rechazarlos si el incremento de precios, en su conjunto, no supera el Indice General de Precios al Consumo publicado por el Instituto Nacional de Estadística, u organismo que lo sustituya, del ejercicio anterior.
En el caso del servicio de restauración para eventos organizados por los expositores en sus stands, los precios se fijarán en cada momento, de común acuerdo con los citados expositores, en función de las características del servicio que sea solicitado por estos. De estos acuerdos e importes, se informará a IFEMA en el momento de su aceptación. El servicio de comida a expositores en los stands deberá prestarse todos los días en que se celebren ferias, dentro de un horario establecido por el licitador en su oferta. El servicio para eventos en stands se prestará de acuerdo con los requerimientos acordados en cada caso con los expositores.
9. SERVICIO DE RESTAURACIÓN MÓVIL O TEMPORAL, QUE SERÁ OFRECIDO FUERA DE LAS UNIDADES FIJAS.-
9.1.- Unidades móviles
El adjudicatario podrá prestar servicio de restauración móvil dentro de los pabellones previa autorización por parte de IFEMA. Esta restauración se realizará por medio de
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
88
“unidades móviles” (carritos equipados para la venta de productos preparados: bocadillos sandwiches, bebidas, etc.), que el adjudicatario tendrá que aportar. El servicio de restauración móvil no se prestará de forma exclusiva, sino que podrá ser prestado, de forma opcional, por otros operadores de restauración homologados que operen dentro xxx Xxxxxxx Ferial. IFEMA regulará, en cada momento, el número de unidades móviles a instalar en cada pabellón, y su ubicación. Los operadores de restauración homologados que operen dentro xxx xxxxxxx ferial se atendrán a las directrices de IFEMA en cuanto al número de unidades. 9.2.- Unidades no fijas de carácter temporal Adicionalmente, las necesidades de la propia actividad ferial exigen, en ocasiones, la instalación de unidades no fijas de carácter temporal en determinadas zonas xxx Xxxxxxx Ferial (carpas, interior de los pabellones, etc.). La instalación de estas unidades será por cuenta del adjudicatario que deberá presentar a IFEMA el proyecto para su aprobación y que incorporará el detalle de su equipamiento (mostradores, unidades de frío, vitrinas, etc.) Estos servicios podrán ser prestados por cualquiera de las empresas de catering homologadas en el recinto por lo que no hay exclusividad. IFEMA aportará en cada caso el valor del suelo, pero no asumirá los costes de las instalaciones técnicas que fueran necesarias para la prestación del servicio (tomas de agua, electricidad, datáfonos, etc.), salvo si la petición es realizada por IFEMA, que correrá con los gastos de adecuación e instalación.
Además, IFEMA tendrá la posibilidad de patrocinar, por parte de terceros, estas unidades no fijas, sin intervención del adjudicatario, pudiéndose comercializar en ellas productos de alimentación y bebidas.
10. SERVICIO DE RESTAURACIÓN PARA NECESIDADES PROPIAS DE IFEMA.-
El adjudicatario deberá prestar servicio de restauración para satisfacer las necesidades de IFEMA, fundamentalmente en dos aspectos:
� Servicio de cafetería en oficinas: servicio de café, refrescos, aperitivos, etc, servidos en despachos x xxxxx de reuniones de las propias oficinas de IFEMA, a petición de personal autorizado.
� Servicio de comidas: organización de comidas o cocteles de negocios de IFEMA en salas de reuniones de IFEMA aunque no en régimen de exclusividad.
Para la prestación de estos servicios el operador podrá utilizar las instalaciones del resto de unidades de restauración que gestione y las cocinas centrales.
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
89
Los servicios de restauración prestados a IFEMA se facturarán mensualmente, en los diez (10) primeros días del mes siguiente y se cobrarán en un plazo de quince (15) días desde la fecha de la factura. Esta facturación no será compensable con ningún otro tipo de facturación objeto de este contrato Los servicios de cafetería se prestarán siempre que haya unidades de restauración, gestionadas por el operador, en funcionamiento. El servicio de comidas se prestará, previa petición por personal autorizado de IFEMA con una antelación mínima de 24 horas.
11. SERVICIO DE CATERING.-
En este concurso no se incluyen expresamente los servicios de cátering a convenciones y eventos organizados por IFEMA ni los que puedan organizar los expositores en salas, u en otros espacios xxx xxxxxxx a determinar por IFEMA, como parte de su actividad ferial. Tampoco se incluyen servicios de “vending” a través de maquinas expendedoras de productos. Asimismo, el servicio a stands no tendrá carácter exclusivo, pudiéndose prestar por otros operadores a petición de los expositores.
La empresa adjudicataria de este servicio, igualmente adquirirá la condición de proveedor homologado de servicios de catering, cumpliendo las características generales del marco que regula este servicio, y que se adjunta como ANEXO X y teniendo en cuenta las siguientes premisas generales:
� Los proveedores de catering deberán estar homologados previamente por IFEMA.
� Todos los servicios de catering estarán gravados con un 7,5% de canon que deberá abonarse a IFEMA.
� Toda prestación de servicios de catering dentro de los recintos feriales deberá contar con la aprobación previa de IFEMA.
12. GESTIÓN DE LA COCINA CENTRAL.-
El adjudicatario se encargará de la gestión de las cocinas centrales, ubicadas dentro xxx Xxxxxxx Ferial. Igualmente podrá utilizar también otras instalaciones externas de su propiedad, que previamente quedarán acreditadas técnica y sanitariamente ante IFEMA. Dichas cocinas tienen una dimensión de 2.000 metros cuadrados, aproximadamente, y se encuentran dotadas con todas las instalaciones, mobiliario y menaje necesario para su funcionamiento.
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
90
La capacidad máxima de dichas cocinas se sitúa en torno a las 7.500/8.000 comidas diarias. El objeto fundamental de las cocinas es dar servicio a las unidades de restauración, dado que la mayor parte de las mismas no son autónomas en cuanto a su funcionamiento. El adjudicatario podrá utilizar las cocinas centrales para prestar servicios externos al Recinto Ferial, siempre y cuando dichos servicios externos no perjudiquen el servicio y calidad de las unidades de restauración gestionadas por el adjudicatario dentro xxx Xxxxxxx. Esta posibilidad de servicios al exterior tiene carácter de complementariedad, con el objeto de que la explotación global pueda ser más rentable. Los servicios externos serán responsabilidad exclusiva del operador, en cuanto precio, calidad, tipo de servicio, etc. IFEMA se reserva el derecho de suspender los servicios exteriores de la cocina central en el caso de que se deteriore la calidad del servicio prestado en el resto de unidades de restauración a juicio de IFEMA. Esta situación podrá considerarse como infracción grave.
13. ADSCRIPCIÓN DE LOCALES.-
Los locales, espacios utilizables e instalaciones adscritos a la prestación de los servicios de restauración,del presente pliego, se describirán en el contrato que se firme con el adjudicatario del servicio, y su emplazamiento y dimensiones se harán constar en los planos definitivos, que se incorporarán como anexo a dicho contrato.
IFEMA permitirá que los locales e instalaciones sean utilizados por el adjudicatario exclusivamente para los servicios de restauración descritos en el presente pliego, a excepción de las cocinas centrales que podrán prestar servicio al exterior, con las premisas recogidas en el presente pliego. Por razones de interés superior, debidamente acreditadas por escrito y con la suficiente antelación, IFEMA podrá cambiar un local por otro, así como clausurarlo temporalmente o darle otro destino. En el supuesto de que estas modificaciones, o cualquier otra no contemplada en el presente pliego, propuesta unilateralmente por IFEMA, varíen los costes o la retribución esperada por el adjudicatario en relación con la explotación de los servicios de restauración, el adjudicatario presentará un estudio detallado de los costes e ingresos previstos de acuerdo con las modificaciones solicitadas y su propuesta de nueva retribución a percibir por IFEMA para el mantenimiento del equilibrio económico de la explotación. Dicho estudio deberá estar certificado por una empresa auditora de reconocido prestigio, que el adjudicatario podrá elegir de entre una terna de firmas propuesta por IFEMA. Ésta, a la vista de las conclusiones del estudio, podrá aceptar la propuesta o dejar sin efecto la modificación. El coste del estudio correrá a cargo del adjudicatario.
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
91
El adjudicatario consentirá que IFEMA realice en los locales en cuestión las obras que exija el servicio general del inmueble permitiendo, si llega el caso, el libre acceso y permanencia del personal que haya de realizar dichas obras, así como el depósito y/o instalación de herramientas y materiales conducentes a tal fin.
14. HORARIOS.-
Los locales ubicados dentro de los pabellones deberán abrir siempre que haya feria y en el caso de que el pabellón haya sido alquilado a terceros para la celebración de otro tipo de manifestación, será IFEMA quien autorice o no la apertura, con un horario mínimo xx xxxx (10) horas, si bien dicho horario podrá modificarse, de común acuerdo con IFEMA, en función del tipo de servicio prestado por cada unidad de restauración. IFEMA establecerá los servicios mínimos en relación con los días, horas de apertura y cierre de los locales y número de unidades que deberán ser abiertas en cada caso IFEMA se reserva el derecho a establecer y modificar las horas de apertura y cierre de los locales ubicados fuera de los pabellones, pudiendo exigir que estos se mantengan abiertos diariamente, haya o no ferias o certámenes y en los montajes y desmontajes de ferias establecerá los servicios mínimos a cubrir por el operador dentro de los pabellones. El adjudicatario se compromete a permitir la adopción de cuantas medidas de seguridad fueran establecidas por las autoridades competentes del Ministerio del Interior o de IFEMA con ocasión de la celebración de actos que por su carácter así lo exijan.
15. PRESUPUESTOS COMPROMETIDOS PARA 2014
El adjudicatario deberá asumir los presupuestos que el concesionario actual haya presentado de forma oficial a clientes, para la prestación de servicios de restauración con posterioridad al 1 de enero de 2014, de acuerdo con las tarifas aprobadas por IFEMA en vigor. Una vez que el nuevo adjudicatario haya firmado el contrato, las solicitudes de presupuestos de servicio a prestar con posterioridad al 1 de enero de 2014, deberán ser atendidas por él.
16. EQUIPAMIENTO E INVENTARIO DE LAS UNIDADES DE RESTAURACIÓN.-
IFEMA pondrá a disposición del operador las unidades de restauración, equipadas con todos los elementos de mobiliario, instalaciones, maquinaria y menaje que actualmente dispone para su funcionamiento. Asimismo pondrá a su disposición locales de oficinas. En el ANEXO VII - PLANOS DE RESTAURANTES, CAFETERÍAS Y AUTOSERVICIOS se facilitan, a título informativo, planos de las unidades de restauración, con indicación de los metros cuadrados y el aforo.
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
92
El contratista gestionará y utilizará el citado equipamiento en calidad de equipos de trabajo (1) en unas condiciones de trabajo (1) planificadas y controladas. (1) en la extensión de las definiciones dadas a equipo de trabajo y condición de trabajo en el artículo 4 puntos 6º y 7º de la Ley
31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales.
El Adjudicatario se obliga al más perfecto cumplimiento de las obligaciones que, en materia de Prevención de Riesgos Laborales, le incumban, en cada momento, respecto de su personal.
A tal efecto, con fecha 30 de diciembre de 2010, IFEMA, conjuntamente con el nuevo adjudicatario y con el actual, realizará un inventario físico de todos los elementos de inmovilizado afectos a los servicios de restauración. La realización de dicho inventario podrá encargarse a un perito independiente a propuesta de IFEMA. El coste de dicho perito correrá a cargo del nuevo adjudicatario. Dicho inventario deberá ser firmado tanto por IFEMA como por el adjudicatario en reconocimiento, por ambas partes, de los elementos puestos a disposición del operador. Los bienes incluidos en el apartado anterior deberán mantenerse en el mismo estado de conservación y funcionamiento en que se entregan durante todo el período de vigencia del contrato y a su vencimiento, de forma que se permita la continuidad en la prestación del servicio objeto del mismo. IFEMA, con independencia de las obligaciones consignadas en este pliego, conservará la titularidad de las unidades de restauración gestionadas por el operador y de todos los elementos de inmovilizado afectos a las mismas. El adjudicatario deberá asumir a su xxxxx todas las inversiones necesarias para el mantenimiento y sustitución de los elementos de inmovilizado afectos a los servicios de restauración que se le adjudiquen, con el fin de garantizar su perfecto estado de funcionamiento hasta el término del contrato. En las proyecciones económicas planteadas los licitadores deberán desglosar el importe dedicado anualmente a inversiones de mantenimiento y sustitución. Todas las inversiones de mantenimiento y/o sustitución que lleve a cabo el adjudicatario deberán contar con la aprobación previa de IFEMA, que deberá estar informada en todo momento de las altas y bajas que se produzcan en los elementos de inmovilizado. Como resumen de estas altas y bajas de elementos, el adjudicatario deberá presentar un informe trimestral recogiendo las mismas, junto con sus correspondientes justificantes. Xxxxx informe deberá ser enviado al Departamento de Contabilidad. Al término del contrato, bien sea por cumplimiento del plazo o por cualquiera de las causas previstas en este pliego de condiciones, el adjudicatario se obliga a dejar libre y a disposición de IFEMA, que pasará a ser propietaria de cuantos elementos de inmovilizado material formen parte fija o semifija de las instalaciones de restauración, al día siguiente de la fecha de finalización del contrato o dentro del plazo
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
93
de 30 días a contar desde la fecha de notificación de la resolución, si ésta es anticipada. Se entenderán incluidos tanto los elementos del inmovilizado cedidos al concesionario mediante este contrato, como aquellas inversiones ofertadas que el adjudicatario realice al inicio de la actividad. A tal efecto, tres meses antes de la finalización del contrato se encomendará a un perito independiente la realización de un inventario físico de los elementos de inmovilizado afectos a las unidades de restauración, incluidas las inversiones realizadas por el adjudicatario a su xxxxx durante la duración del contrato, con una estimación de su estado de uso. El coste de dicho inventario será asumido por el adjudicatario, hasta un máximo de 10.000 euros.
Aquellos elementos que se encuentren deteriorados o que, habiendo sido entregados al operador al inicio del contrato, no se encuentren recogidos en el inventario final, deberán ser reparados o repuestos por el adjudicatario en un plazo máximo de un mes desde que se le notifique, por parte de IFEMA, el resultado del inventario antes mencionado. Transcurrido dicho mes sin que el adjudicatario haya procedido a la reparación o reposición de los correspondientes elementos, serán descontados de la fianza aportada por el adjudicatario, al valor xx xxxxxxx que se determine, de acuerdo con el informe de un perito independiente. Todo ello sin perjuicio de que IFEMA ejerza de manera continuada, durante el período de duración del contrato, un inventario anual de los bienes adscritos al servicio.. Para ello podrá contratar los servicios de un perito independiente que anualmente realice una revisión del estado de los elementos de inmovilizado. El coste de dicho inventario correrá a cargo del adjudicatario. A estos efectos, todos los vehículos, logotipos y material impreso o de otra naturaleza, siempre que tenga por destinatario el público usuario de los servicios de restauración llevarán, además de la identificación del adjudicatario, referencia a la titularidad de IFEMA, en forma satisfactoria para ésta.
17. INVERSIONES A REALIZAR POR EL OPERADOR.-
Toda inversión realizada por el adjudicatario a su xxxxx, durante el periodo de duración del contrato (sin incluir las inicialmente ofertadas), siempre que no haya sido sustitución de elementos propiedad de IFEMA, y que haya sido aprobada por IFEMA de acuerdo con lo establecido en el presente pliego, podrán ser o no adquiridas por IFEMA a la fecha de finalización del contrato, a su valor neto contable, que deberá estar certificado por una firma auditora elegida por el adjudicatario de entre una terna firmas propuesta por IFEMA. El coste de dicha certificación correrá a cargo del adjudicatario.
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
94
18. REALIZACIÓN DE AUDITORÍAS Y SISTEMAS DE CONTROL.-
IFEMA podrá, con medios propios o mediante la contratación con una firma especializada, realizar auditorías financieras u operativas de los servicios de restauración prestados por el adjudicatario y realizar todos los controles que de todo tipo estime pertinentes, al efecto de conocer el funcionamiento del mismo y poder verificar el cumplimiento de las obligaciones adquiridas por el adjudicatario y por el propio IFEMA. La empresa adjudicataria estará obligada a facilitar la documentación necesaria para efectuar las auditorias pertinentes, garantizando el libre acceso a dependencias, libros, registros, etc. El contenido de dichas auditorias operativas podrá incluir aspectos tales como:
� Laborales
� Fiscales
� Satisfacción del cliente
� Prevención de riesgos laborales
� Higiénico-sanitarios
� Legales
o cualquier otro que IFEMA estime conveniente.
El adjudicatario, si IFEMA lo considera conveniente, vendrá obligado a presentar a IFEMA una auditoría operativa durante el periodo de contratación, del funcionamiento del Servicio de Restauración del presente pliego, en la cual se evalúe el cumplimiento de las obligaciones asumidas por el adjudicatario en relación con el servicio y razonabilidad de los parámetros de gestión operativa. El alcance de la auditoría operativa será fijado por IFEMA, asumiendo los gastos de la misma. Esta auditoría deberá ser entregada en los 30 días siguientes a su realización. El adjudicatario deberá mantener una contabilidad independiente, adaptada al año natural, de la actividad de restauración prestada en la Feria de Madrid, separada del resto de otras actividades que pueda realizar. Dicha contabilidad deberá ser auditada anualmente por una de las firmas de reconocido prestigio. El adjudicatario podrá seleccionar la firma auditora de entre una terna de firmas propuesta por IFEMA. El coste de dicha auditoría será asumido íntegramente por el adjudicatario. El adjudicatario entregará a IFEMA la auditoría financiera del servicio de Restauración antes de los seis meses posteriores al cierre del ejercicio auditado.
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
95
Adicionalmente el adjudicatario entregará anualmente a IFEMA, un certificado del auditor, en el que se certifique la cifra de ventas y el canon variable devengado en el ejercicio. Conforme a la reglamentación vigente, el adjudicatario deberá tener, a disposición de los usuarios “Hoja de reclamaciones” de acuerdo con la normativa legal vigente en la Comunidad Autónoma de Madrid. En cualquier caso y sin perjuicio de lo dispuesto en el presente pliego, el adjudicatario será el único responsable frente a los organismos competentes por cualquier posible irregularidad en la salubridad de alimentos y bebidas o de cualquier otra índole. Todas las actuaciones realizadas por el adjudicatario que, de acuerdo con lo previsto en el presente pliego, requieran la aprobación previa de IFEMA, deberán ser puestas en conocimiento de esta última por escrito. IFEMA deberá responder en el plazo de 30 días a la propuesta del adjudicatario, entendiéndose, en caso contrario, que acepta la propuesta.
19. GERENCIA DEL SERVICIO.-
El adjudicatario pondrá al frente del servicio a un gerente, con plena dedicación y con experiencia suficiente para hacer frente a la responsabilidad que entraña un servicio de las características del que es objeto el presente pliego. El gerente del servicio responderá de todas las funciones de control, supervisión y gestión técnica de los recursos organizativos, humanos y materiales precisos para el desarrollo del servicio contratado, actuando como interlocutor permanente ante IFEMA en relación con los aspectos propios del servicio.
20. RELACIONES CON LOS USUARIOS.-
La prestación de los servicios de restauración estará presidida por las siguientes características:
� Cortesía y amabilidad en el trato con los usuarios.
� Atención preferente a las reclamaciones, seguidas de un análisis crítico y una toma de medidas coyunturales o permanentes para el futuro.
� Eficacia y rapidez en el servicio, en consonancia con el interés expresado por el cliente. Advertir de las demoras, en su caso, con una explicación lógica y razonable, no asumir imposibles y sugerir alternativas .
� La cantidad de los platos será la idónea, de acuerdo con ratios convencionales aceptados en el sector.
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
96
� La calidad de las materias primas e ingredientes empleados, así como las marcas de las bebidas, serán de primer orden.
� Se procurará mantener una amplia variedad de marcas de los diferentes artículos propuestos en las cartas.
� El adjudicatario establecerá y pondrá en práctica, un programa de Control que garantice la perfecta aptitud para el consumo humano de todos los alimentos que hayan de ser servidos.
� La presentación del personal habrá de ser correcta y el vestuario impecable, cuidando siempre la higiene y limpieza.
� Todas las peticiones de información, aun cuando se trate de temas ajenos a servicio de restauración, serán atendidas por el personal, orientando al usuario si se tiene conocimiento del tema o remitiéndole a los servicios de Información General xxx Xxxxxxx Ferial.
� La publicidad, propaganda y difusión general de mensajes, en definitiva la comunicación, habrá de considerar permanentemente que los servicios de restauración forman parte de un todo y, por tanto, no será realizada induciendo a la idea de particularidad o independencia del conjunto de servicios que presta el Recinto Ferial.
� Todas las acciones publicitarias, de propaganda, relaciones públicas, promoción o merchandising deberán contar con la aprobación previa de IFEMA.
� En aquellos congresos y ferias de carácter internacional, el adjudicatario deberá
contar con un número de personal suficiente con conocimientos xx xxxxxx a nivel conversación, tanto en las unidades de restauración como para las actividades de catering que realice.
21. PERSONAS DE CONTACTO.-
Para cualquier aclaración, deben dirigirse a D Xxxxxxx Xxxxx, de la Dirección de Compras de IFEMA, teléfono: 91. 722. 51 95, Fax: 91. 722. 53.18.
22. DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA.-
Antes de los 15 días naturales siguientes a la firma de los contratos para la prestación de los servicios de restauración incluidos en el presente pliego, se constituirá una comisión paritaria integrada por representantes en número igual de IFEMA y de la empresa adjudicataria, siendo el total de miembros no inferior a cuatro.
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
97
Esta comisión paritaria tendrá como funciones básicas: 1. Coordinar las actuaciones de la empresa adjudicataria y de IFEMA a fin de facilitar la puesta en marcha de la prestación de los servicios de restauración incluidos en el presente pliego bajo la gestión del nuevo operador.
2. Servir de cauce para la resolución de cualesquiera problemas que puedan surgir en relación con la interpretación del contenido del presente pliego de condiciones y demás normativa aplicable al servicio objeto de adjudicación.
3. Realizará un seguimiento y análisis de las propuestas de inversión comprometidas tanto por el ofertante como por IFEMA asimismo deberá diseñar y establecer una planificación de dichas inversiones al objeto de que estas queden operativas en los plazos establecidos en el presente pliego
La comisión paritaria se reunirá como mínimo cada seis meses, desde el momento de apertura al público de los locales incluidos en el presente pliego, salvo que IFEMA decida convocarla extraordinariamente.
23. DISPOSICION ADICIONAL.-
El licitador que resulte adjudicatario, estará en condición de asumir el compromiso de negociar de buena fe la posibilidad de adquirir, si fuera de su interés, todo o parte del “stock” de materia prima existente en las dependencias feriales, propiedad del anterior contratista.
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
98
ANEXO III
PROPOSICIÓN ECONÓMICA
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
99
XXXXX XXX - PROPOSICIÓN ECONÓMICA.- El ofertante deberá cumplimentar el modelo - 4 - contemplado en este ANEXO, indicando en su propuesta el porcentaje de canon variable ofertado, teniendo en cuenta las siguientes consideraciones, y entendiendo que dicho precio incluye todas las necesidades fijadas en el Pliego de Bases y sus Anexos. CONSIDERACIONES: 1. El ofertante deberá indicar en el modelo de oferta económica, el porcentaje de canon
variable a aplicar durante todo el periodo de contratación, según el siguiente esquema:
� un porcentaje sobre las ventas brutas anuales, que será como mínimo de un 12% para los primeros 10 millones de euros. Este porcentaje podrá ser objeto de mejora en la propuesta realizada por los licitadores.
� En caso de que las ventas brutas fueran superiores a los 10 millones de euros,
se establece un canon variable adicional al ofertado de un 15%, aplicable únicamente al exceso que supere esa cifra, es decir, que a la parte de las ventas brutas que supere los 10 MM de euros se aplicará un canon variable igual al ofertado más un 15%.
Porcentaje sobre Ventas
% a ofertar, mínimo 12%
Los primeros 10 MM % a ofertar, mínimo 12%
Resto % ofertado + 15%
Hasta 10 MM € de ventas
Más de 10 MM € de ventas
2. No se admitirán ofertas que en su propuesta económica expresen un canon variable
inferior al mínimo del 12% estipulado.
3. Los ofertantes deberán tener en cuenta que se valorará con cero puntos en el apartado
19 – CRITERIOS DE PONDERACIÓN -, a aquellas proposiciones económicas que coincidan con el canon variable mínimo incorporado en el pliego de condiciones.
4. El porcentaje propuesto del citado canon será el mismo para los cinco años de
contratación, y sus prórrogas, si las hubiere.
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
100
5. Los históricos de producción facilitados son meramente estimativos, por lo que IFEMA no garantiza los mismos ni tienen carácter contractual. Estos datos podrán servir referencia para el desarrollo de la propuesta de explotación y análisis financiero de los ofertantes. Esta información que se suministra de carácter histórico, en ningún caso compromete u obliga a IFEMA a garantizar unas cifras de facturación determinadas. Quedará entendido que el servicio de restauración se realizará por el adjudicatario a su riesgo y xxxxxxx, sin que ninguna variación por cualquier circunstancia, genere derecho alguno por su parte para exigir de IFEMA reequilibrio económico alguno.
6. Plan de viabilidad económica:
Además del modelo – 4 - , anteriormente citado, en este sobre se incluirá documento con un escenario económico que incluya la presentación detallada de las cuentas de resultados previsionales a 5 años, (más la posibilidad de las 2 prórrogas que contempladas en los pliegos) de acuerdo con la estructura del PGC 2007, y estructura de costes del servicio. Este plan deberá incorporar la totalidad de ingresos y gastos esperados del servicio destacando aquellos que se puedan obtener en concepto de exclusividad de marcas comerciales de alimentación y/o bebidas. Los ingresos propuestos deberán incluir, de forma separada, los ingresos previstos de las actividades de catering. Este plan de viabilidad económica deberá incorporarse exclusivamente en este sobre 3, ya que la incorporación en otros sobres invalidaría su propuesta.
7. Disposición adicional: El licitador que resulte adjudicatario, estará en condición de asumir el compromiso de negociar de buena fe la posibilidad de adquirir, si fuera de su interés, todo o parte del “stock” de materia prima existente en las dependencias feriales, propiedad del anterior contratista.
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
101
MODELO -4-
D. ............................................................................................., domiciliado en ..................................., calle .............................................................................., núm. ..............., con D.N.I. núm. ..................................., mayor de edad, en nombre propio (o en representación de la empresa ....................................................................................., con C.I.F. núm. ..........................................., y domicilio en .................................., calle ..............................................................................., núm. ..........................), una vez enterado de las condiciones exigidas para optar a la adjudicación de la contratación del “SERVICIO DE GESTIÓN Y EXPLOTACION DE LOS SERVICIOS DE RESTAURACIÓN CORRESPONDIENTES A CAFETERÍAS, RESTAURANTES Y AUTOSERVICIOS EN EL RECINTO FERIAL DE IFEMA, FERIA DE MADRID Exp. 14/035 – 2000009126”, se compromete a realizarlo con sujeción al Pliego de Bases y sus Anexos, por la cantidad de:
� Canon Variable:
................................................... % (tanto por ciento con dos decimales)
..................................................................... (en letras y cifras) sobre las ventas brutas para los cinco años de contratación.
..........................., ........ de .............................. de 2013
A este modelo se le añadirá el documento del plan de viabilidad económica citado en el apartado 19 - PROPOSICIÓN Y DOCUMENTOS. PLAZO DE PRESENTACIÓN, debiendo incorporarlo exclusivamente en este sobre 3, ya que la incorporación en otros sobres invalidaría su propuesta.
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
102
ANEXO IV
RELACIÓN DE PRECIOS (IVA INCLUIDO)
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
103
PRECIO FERIA PRECIO
MONTAJE/DESMONTAJE PRECIO FERIA
PRECIO MONTAJE/DESMONTAJE
CAFÉ ARÁBICA SÓLO 1,40 1,30
DONUTS 1,25 1,15
SANDWICHES VARIADOS FRÍOS 3,20 2,90
ENSALADILLA RUSA 4,25 3,85
ZUMO NARANJA NATURAL 3,05 2,80
REFRESCOS BOTELLA 2,00 1,80
AGUA MINERAL 1/2 SIN GAS 1,35 1,25
CERVEZA BOTELLA 1,95 1,80
SANGRÍA 9,95 8,95
COPA VINO CASA 1,20 1,10
RACIÓN ACEITUNAS 2,45 2,25
BOLSA PATATAS PEQUEÑA 1,20 1,10
GINEBRA NACIONAL 2,50 2,30
COMBINADO NACIONAL 4,15 3,75
WHISKY ESCOCÉS 6,00 5,45
PRECIO FERIA PRECIO
MONTAJE/DESMONTAJE PRECIO FERIA
PRECIO MONTAJE/DESMONTAJE
PATATAS FRITAS 2,50 2,30
CROQUETAS 5,35 4,85
QUESO MANCHEGO 11,95 10,75
REFRESCOS LATA 2,10 1,90
CERVEZA LATA 2,10 1,90
BOTELLA VINO DE LA CASA PEQUEÑA 3,30 3,00
BOTELLA VINO DE LA CASA GRANDE 5,00 4,55
PAELLA MIXTA 7,30 6,60
TORTILLA ESPAÑOLA 7,60 6,90
TARTAS VARIADAS 3,95 3,60
FRUTA DEL TIEMPO 1,75 1,60
PRECIO DE REFERENCIA
PRECIO OFERTADO
CAFÉ MOLIDO 1/4 4,40
LECHE LITRO 1,50
ZUMO NARANJA 1 L 3,00
XXXXXX XXXXXXX 00 X 000,00
XXXXXXXXX 1KG 16,80
ACEITUNAS RELLENAS BOTE 000 XX 3,40
SERVILLETAS 50 UDAD 1,60
VASO TUBO PLÁSTICO 10 UDAD 1,60
CUCHARA CAFÉ 25 UDAD 1,30
TAZA CAFÉ 50 UDAD 5,70
BOLSA HIELO 2KG 2,90
SERVICIO A STANDS
PRECIOS DE REFERENCIA PRECIO OFERTADO
CAFETERÍAS
AUTOSERVICIOS
PRECIOS DE REFERENCIA PRECIO OFERTADO
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
104
ANEXO V
CUADRO RESUMEN DE INVERSIONES
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
105
MEJORAS EN EL EQUIPAMIENTO ACTUAL (maquinaria, mobiliario…)
Concepto Ventaja que se pretende Características Técnicas Importe
Subtotal 0
REFORMAS Y MEJORAS (estructurales, decoración, señalización…)
Concepto Ventaja que se pretende Características Técnicas Importe
Subtotal 0
EQUIPAMIENTO MOVIL Y CARRITOS
Concepto Ventaja que se pretende Características Técnicas Importe
Subtotal 0
OTRAS INVERSIONES
Concepto Ventaja que se pretende Características Técnicas Importe
Subtotal 0
Total Inversiones 0
ANEXO V- CUADRO RESUMEN DE INVERSIONES
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
106
ANEXO VI
PLANO GENERAL DE SITUACIÓN DE LAS UNIDADES DE RESTAURACION
(se entregará en cd en la D. Xxxxxxx y Logística de IFEMA, despacho 314, edificio de oficinas de IFEMA, 28042, Madrid)
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
107
ANEXO VII
PLANOS DE RESTAURANTES, CAFETERÍAS Y AUTOSERVICIOS
(se entregará en cd en la D. Xxxxxxx y Logística de IFEMA, despacho 314, edificio de oficinas de IFEMA, 28042, Madrid)
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
108
ANEXO VIII
INFORME DE PRODUCCIÓN MENSUAL
MES Y AÑO 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 TOTAL
Pab1-Cafetería 600 Pab1-Autoservicio 600 Pab2-Cafetería 600 Pab2-Autoservicio 600 Pab3-Cafetería 1200 Pab3-Autoservicio 1200 Pab3-Cafetería 750 Pab3-Buffet 750 Pab4-Cafetería 1200 Pab4-Autoservicio 1200 Pab4-Cafetería 750 Pab4-Buffet 750 Pab5-Cafetería 1200 Pab5-Autoservicio 1200 Pab6-Cafetería 600 Pab6-Autoservicio 600 Pab7-Cafetería 1200 Pab7-Autoservicio 1200 Pab7-Cafetería 750 Pab7-Buffet 750 Pab8-Cafetería 1200 Pab8-Autoservicio 1200 Pab8-Cafetería 750 Pab8-Buffet 750 Pab9-Rest. Xxxx Xxxxx Xxx0-Xxxx. Xxxx Xxx Xxx00-Xxxx. Xxxx Xxx Xxx00-Xxxx. Xxxx Xxxxx Xxx00-Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxx Pab12-Autoservicio Entreplanta Pab14-Cafetería Planta Baja Pab14-Autoservicio Entreplanta Pab14-Autoservicio Planta
Primera
TOTAL PABELLONES
Rest. Núcleo Conexión 1-3 Rest. Núcleo Conexión 3-5 Rest. Núcleo Conexión 2-4 Rest. Xxxxxx Xxxxx - Xxxx Xxxx Xxxx. Xxxxxx Xxxxx - Xxxx Xxxxx Comedor Personal TOTAL RESTAURANTES
Servicio a Stands Club Feria Cafetería Xxxx Puerta Sur Cafeteria Norte Cafeteria Sur Servicio Carritos/Kioscos Plantaciones Otros TOTAL VARIOS
PRODUCCION INTERIOR
PRODUCCION EXTERIOR
TOTAL
TOTAL ACUMULADO
ANEXO IX
RELACIÓN DE FERIAS
(se entrega en cd a recoger en la D. Xxxxxxx y Logística de IFEMA, despacho 314, edificio de oficinas de IFEMA, 28042, Madrid)
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
ANEXO X
MODELO DE CONTRATO DE SERVICIO DE CATERING
(se entrega en cd el último pliego de bases para la homologación de proveedores de servicio de catering, realizado en el año 2012. Recoger en la
X. Xxxxxxx y Logística de IFEMA, despacho 314, edificio de oficinas de IFEMA, 28042, Madrid)
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
ANEXO XI
HISTÓRICO DE PRODUCCIÓN
(previa cumplimentación y entrega del documento de confidencialidad que se acompaña, se entregará cd en la D. Xxxxxxx y Logística de IFEMA,
despacho 314, edificio de oficinas de IFEMA, 28042, Madrid)
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
COMPROMISO DE CONFIDENCIALIDAD D. ......................................................................................., con D.N.I. núm. .................., en representación de la entidad ....................................................... en su calidad de .................................. ; con C.I.F. núm ............................. y domicilio social en .........., .....................................................................; de acuerdo con las facultades conferidas por escritura otorgada ante el Notario de ............. D. ......................................................, de fecha ....... de .......................... de ........................, con el número ........................ de orden de su protocolo. Por la presente manifiesta su compromiso formal de guardar la más rigurosa reserva y confidencialidad en relación con la documentación que en este acto se le entrega (ANEXO XI, HISTÓRICO DE PRODUCCIÓN) así como de cuanta información obtenga, cualquiera que sea su soporte y forma de comunicación, en las visitas programadas a las instalaciones o la que pudiera obtener por cualquier otro conducto con posterioridad a esta fecha y, en general cualquier información que por su naturaleza y/o las circunstancias en que se produzca la revelación, deba de buena fe estimarse como confidencial. La citada información confidencial será tratada como tal por el receptor y no será revelada sin el consentimiento previo de IFEMA. En particular, el receptor se compromete a adoptar las medidas necesarias para evitar que terceros no autorizados puedan acceder a la información confidencial y a limitar su acceso a los empleados autorizados que precisen disponer de ella para la formulación de la oferta, trasladándoles idéntica obligación de confidencialidad. En Madrid, a ____ de ____________ de 2013
Fdo.: .......................................................... (Firma y sello de la empresa)
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
ANEXO XII
MENÚS TIPO DE RESTAURANTES Y TARIFAS
(se entrega en cd a recoger en la D. Xxxxxxx y Logística de IFEMA, despacho 314, edificio de oficinas de IFEMA, 28042, Madrid)
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
ANEXO XIII
INFORMACIÓN SOBRE EL PERSONAL OBJETO DE SUBROGACIÓN (previa cumplimentación y entrega del documento de confidencialidad
que se acompaña, se entregará cd en la D. Xxxxxxx y Logística de IFEMA, despacho 314, xxxxxxxx xx xxxxxxxx, 00000, Xxxxxx)
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
COMPROMISO DE CONFIDENCIALIDAD Don ___________________________, en su calidad de _________________________, (en lo sucesivo, el Ofertante) declara que, en el presente acto, le es suministrado por IFEMA un documento en soporte CD, de conformidad con lo dispuesto en la cláusula 24 – RÉGIMEN DE PERSONAL de la Solicitud de ofertas para la contratación del servicio de gestión y explotación de los servicios de restauración correspondientes a cafeterías, restaurantes y autoservicios en el recinto ferial de IFEMA, Feria de Madrid. A estos efectos, IFEMA no garantiza ni se hace responsable del contenido de dicho CD, ni por consiguiente de la veracidad, exactitud o del carácter completo de la información recogida en el mismo. El Ofertante se compromete, tanto él como la Entidad a la que representa, a guardar la más estricta confidencialidad y secreto respecto del contenido de la información recogida en el antecitado soporte CD, y, por lo tanto, no podrá divulgar, facilitar, comunicar o suministrar a ningún tercero, en forma alguna, total o parcialmente, ninguno de los datos, documentos, o, en general, información, incluida en el mismo, y a los que accede exclusivamente por razón de su participación en el presente Concurso. Queda estipulado, expresamente, que el CD y su contenido será y siempre seguirá siendo propiedad de IFEMA, debiendo ser devuelto o destruido por los ofertantes con carácter inmediato cuando así les sea solicitado y, en cualquier caso, una vez concluido el presente Concurso. La violación de esta obligación de confidencialidad por parte del Ofertante generará el derecho a favor de IFEMA a ser indemnizada por aquél, por los daños y perjuicios que le origine dicho incumplimiento. D. ___________________________ IFEMA En Madrid, a ____ de ____________ de 2013
Fdo.: .......................................................... (Firma y sello de la empresa)
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
ANEXO XIV
IMPORTES CONTRATOS DE MANTENIMIENTO
(previa cumplimentación y entrega del documento de confidencialidad que se acompaña, se entregará cd en la D. Xxxxxxx y Logística de IFEMA,
despacho 314, edificio de oficinas de IFEMA, 28042, Madrid)
RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases
COMPROMISO DE CONFIDENCIALIDAD D. ......................................................................................., con D.N.I. núm. .................., en representación de la entidad ....................................................... en su calidad de .................................. ; con C.I.F. núm ............................. y domicilio social en .........., .....................................................................; de acuerdo con las facultades conferidas por escritura otorgada ante el Notario de ............. D. ......................................................, de fecha ....... de .......................... de ........................, con el número ........................ de orden de su protocolo. Por la presente manifiesta su compromiso formal de guardar la más rigurosa reserva y confidencialidad en relación con la documentación que en este acto se le entrega (ANEXO XIV, IMPORTES CONTRATOS MANTENIMIENTO) así como de cuanta información obtenga, cualquiera que sea su soporte y forma de comunicación, en las visitas programadas a las instalaciones o la que pudiera obtener por cualquier otro conducto con posterioridad a esta fecha y, en general cualquier información que por su naturaleza y/o las circunstancias en que se produzca la revelación, deba de buena fe estimarse como confidencial. La citada información confidencial será tratada como tal por el receptor y no será revelada sin el consentimiento previo de IFEMA. En particular, el receptor se compromete a adoptar las medidas necesarias para evitar que terceros no autorizados puedan acceder a la información confidencial y a limitar su acceso a los empleados autorizados que precisen disponer de ella para la formulación de la oferta, trasladándoles idéntica obligación de confidencialidad. En Madrid, a ____ de ____________ de 2013
Fdo.: .......................................................... (Firma y sello de la empresa)
- 2013-11-25T11:24:40+0000
- IFEMA, FERIA DE MADRID
- 2013-11-25T12:18:24+0000
- xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxx.xxxxx.xx/xxxxxxx/xxxx/xxxxx.xxx?xxx000&xxxx0000
- SERVICIO DE GESTION DE PROCESOS OPERATIVOS
- AC Camerfirma, S.A. certifica que el presente documento estaba ubicado en la URL especificada en el campo "Ubicación" y correctamente firmado en la fecha y hora indicada en el sello de tiempo incluido en la presente firma.