CONVOCATORIA
CONVOCATORIA
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COMISIÓN NACIONAL PARA EL
DESARROLLO DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS
CLAVE 1201
CONVOCATORIA DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL
MODALIDAD DE CONTRATACIÓN: A PRECIOS UNITARIOS Y TIEMPO DETERMINADO
No. 00625007-004-10
SUPERVISIÓN GERENCIAL DE OBRAS, APOYO TÉCNICO, ADMINISTRATIVO, PARA LA CONSTRUCCIÓN DE OBRAS DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO, LETRINIZACIÓN, ELECTRIFICACIONES, CARRETERAS ALIMENTADORAS, CAMINOS RURALES Y PUENTES VEHICULARES, EN EL ESTADO DE GUERRERO
27 XX XXXXX DE 2010
Índice
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Página |
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ÍNDICE |
2 |
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I |
INFORMACIÓN GENERAL ................................................................................... |
3 |
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1.- |
Definición de Términos ................................................................................ |
4 |
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2.- |
Calendario de Eventos .................................................................................. |
5 |
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3.- |
Costo de las convocatoria de licitación ......................................................... |
5 |
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4.- |
Descripción general de los servicios............................................................... |
5 |
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5.- |
Términos de referencia …………………………………………………………... |
5 |
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6.- |
Catálogo de conceptos…………..................................................................... |
5 |
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7.- |
Tiempo de ejecución de los servicios |
6 |
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8.- |
Origen de los recursos y autorización presupuestal ...................................... |
6 |
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9.- |
Condiciones de pago ..................................................................................... |
6 |
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10.- |
Garantías ....................................................................................................... |
8 |
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11.- 11.1 11.2 |
Penas convencionales ................................................................................... Retenciones temporales………………………………………………………….. Por incumplimiento de las fechas pactadas de terminación de los servicios. |
8 9 9 |
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12.- |
No negociación de la convocatoria .............................................................. |
10 |
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13.- |
Cancelación de la licitación ............................................................................ |
10 |
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14.- |
Licitación Desierta .......................................................................................... |
10 |
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15.- |
Asistencia de observadores .......................................................................... |
10 |
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16.- |
Terminación anticipada o suspensión de obras:…………………..…………... |
11 |
II |
REQUISITOS QUE DEBERÁN CUMPLIR QUIENES DESEEN PARTICIPAR .... |
11 |
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III |
INSTRUCCIONES PARA ELABORAR LAS PROPOSICIONES .......................... |
13 |
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1.- 2.- |
Proposiciones Conjuntas ............................................................................... Documentación legal Administrativa…………………………………………….. |
14 15 |
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3.- |
Aspectos Técnicos ......................................................................................... |
15 |
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4.- |
Aspectos Económicos .................................................................................... |
16 |
IV |
DE LOS ACTOS DE LA LICITACIÓN .................................................................... |
18 |
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1.- |
Visita al sitio de realización de las obras ................................................... |
18 |
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2.- |
Junta de Aclaraciones .................................................................................... |
18 |
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3.- |
Recepción y apertura de Proposiciones ........................................................ |
19 |
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4.- |
Acto de Fallo .................................................................................................. |
19 |
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5.- |
Del Contrato .................................................................................................. |
20 |
V |
CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN ............................................. |
20 |
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1.- |
Técnicos ......................................................................................................... |
20 |
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2.- |
Económicos ................................................................................................... |
22 |
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3.- |
Causas de descalificación ............................................................................. |
24 |
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4.- |
Adjudicación ................................................................................................... |
25 |
VI |
INCONFORMIDADES ........................................................................................... |
28 |
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ANEXOS |
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I |
Acreditación de la personalidad ............................................................................. |
29 |
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II |
Declaraciones ........................................................................................................ |
30 |
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III |
Modelo de Contrato ................................................................................................ |
32 |
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A |
Términos de Referencia…………………………………………………………………. |
39 |
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL, PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE SUPERVISION GERENCIAL DE OBRA A PRECIOS UNITARIOS Y TIEMPO DETERMINADO No. 00625007-004-10
La Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, en cumplimiento al artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y a las disposiciones contenidas en la Ley de Obras Publicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento, así como en las demás disposiciones legales aplicables, llevará a cabo por conducto de la Delegación Estatal, la Licitación Pública Nacional , Número: 00625007-004-10, para la adjudicación del CONTRATO de supervisión gerencial de obra con base en Precios Unitarios y Tiempo Determinado, el que tendrá por objeto la ejecución de la supervisión de las siguientes obras: SUPERVISIÓN GERENCIAL DE OBRAS, APOYO TÉCNICO, ADMINISTRATIVO, PARA LA CONSTRUCCIÓN DE OBRAS DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO, LETRINIZACIÓN, ELECTRIFICACIONES, CARRETERAS ALIMENTADORAS, CAMINOS RURALES Y PUENTES VEHICULARES, EN EL ESTADO DE GUERRERO
I |
INFORMACIÓN GENERAL |
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1 |
DEFINICIÓN DE TÉRMINOS |
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BITÁCORA DE SUPERVISION.- El instrumento técnico que constituye el medio de comunicación entre las partes que firman el CONTRATO, donde se registran los asuntos y eventos importantes que se presentan durante la ejecución de los servicios y estará vigente durante el desarrollo de los trabajos, misma que será suministrada por la COMISIÓN. |
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COMISIÓN.- La Delegación Estatal en Guerrero de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas |
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CONTRATISTA.- Persona Física o Moral que ejecuta los trabajos de las obras públicas |
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CONTRATO.- Documento legal donde se establecen los derechos y obligaciones de las partes contratantes, así como los términos, condiciones y características específicas que regirán la prestación de los servicios. |
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ESTIMACIÓN DE SUPERVISION.- Documentos que presenta la EMPRESA PRESTADORA DE SERVICIOS en forma periódica para el cobro de sus servicios. |
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LEY.- Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. |
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LICITANTE.- La persona física o moral, que se haya inscrito y cumplido con todos los requisitos solicitados, y que esté capacitado jurídicamente para contratar la supervisión de la(s) obra(s) materia de la presente licitación. |
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PROPOSICIONES.- Ofertas o propuestas que presenten los LICITANTES |
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REGLAMENTO.- Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. |
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COORDINADOR DE SUPERVISION.- Servidor Público designado por escrito por la COMISIÓN, quien fungirá como su representante ante la EMPRESA PRESTADORA DE SERVICIOS y será el responsable directo de la supervisión de la prestación de los servicios, incluyendo la aprobación de las estimaciones presentadas por el SUPERVISOR. |
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JEFE DE SUPERVISION.- Personal designado por la EMPRESA PRESTADORA DE SERVICIOS, quien fungirá como su representante ante la COMISIÓN y será responsable directo de la supervisión, vigilancia, control y revisión de los trabajos. |
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EMPRESA PRESTADORA DE SERVICIOS.- Persona física o moral que celebra el CONTRATO para la prestación de los servicios de Supervisión Gerencial de Obra objeto de esta licitación. |
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2 |
CALENDARIO DE EVENTOS |
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FECHA |
HORA |
LUGAR |
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Adquisición de Convocatoria |
Del 27 xx xxxxx al 07 xx xxxx de 2010 |
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xxxx://xxxxxxxxx.xxx.xx |
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Visita al sitio de realización de las obras |
No se llevará a cabo visita al lugar de las obras. |
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Junta de aclaraciones |
07 xx xxxx de 2010
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17:00 Hrs. |
Centro Regional de Información y Documentación “Julio de la Fuente” interior de las Oficinas de la Delegación Estatal de la CDI en Guerrero, calle 4 lote 16 Col Burócratas. Chilpancingo, Guerrero. |
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Acto de Recepción y Apertura de PROPOSICIONES |
13 xx xxxx de 2010 |
17:00 Hrs. |
Centro Regional de Información y Documentación “Julio de la Fuente” interior de las Oficinas de la Delegación Estatal de la CDI en Guerrero, calle 4 |lote 16 Col Burócratas. Chilpancingo, Guerrero. |
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Acto de Fallo |
21 xx xxxx de 2010 |
18:00 Hrs. |
Centro Regional de Información y Documentación “Julio de la Fuente”, interior de las Oficinas de la Delegación Estatal de la CDI en Guerrero calle 4 lote 16 Col Burócratas. Chilpancingo, Guerrero. |
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Firma del CONTRATO |
A más tardar el 25 xx xxxx de 2010. |
Xxxxx 0 xxxx 00 Xxx. Xxxxxxxxxx. |
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3 |
COSTO DE LA CONVOCATORIA DE LICITACIÓN |
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La presente Convocatoria se pueden adquirir de a cuerdo a lo indicado a continuación: |
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a) |
Mediante el Sistema Electrónico de Contrataciones Gubernamentales, denominado COMPRANET, cuya dirección electrónica en Internet es: xxxx://xxxxxxxxx.xxx.xx. Para consulta se tendrá un ejemplar impreso en la Delegación Estatal en Guerrero, ubicado en Xxxxx 0 xxxx 00 Xxxxxxx Xxxxxxxxxx, de nueve a quince horas, de lunes a viernes en días hábiles. |
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La adquisición de la convocatoria es sin costo. |
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a) |
La licitación pública se inicia con la publicación a la convocatoria en Compranet y concluye con la firma del contrato. |
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Los LICITANTES deberán sufragar todos los gastos relacionados con la preparación y presentación de su PROPOSICION, la COMISIÓN no será responsable de dichos gastos, cualquiera que sea el resultado de la licitación. |
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4 |
DESCRIPCIÓN GENERAL DE LOS SERVICIOS |
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La COMISIÓN requiere la prestación de los servicios para la:
SUPERVISIÓN GERENCIAL DE OBRAS, APOYO TÉCNICO, ADMINISTRATIVO, PARA LA CONSTRUCCIÓN DE OBRAS DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO, LETRINIZACIÓN, ELECTRIFICACIONES, XXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXXX, XXXXXXX XXXXXXX X XXXXXXX XXXXXXXXXXX, XX XX XXXXXX XX XXXXXXXX, así como la asesoría integral en los procedimientos de licitación de las mismas, para lo cual se obtendrá de “EL CONTRATISTA” la autorización para acceder a las obras. Las 17 obras en las localidades señaladas en el anexo 4 en la modalidad “Proyectos Estratégicos”
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5 |
TÉRMINOS DE REFERENCIA |
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Para la prestación de los servicios objeto de este procedimiento, los licitantes deberán considerar los términos de referencia que se agregan a la presente convocatoria, y forman parte integrante de la misma, como Anexo A. |
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6 |
CATÁLOGO DE CONCEPTOS |
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7 |
TIEMPO DE EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS DE SUPERVISION GERENCIAL DE OBRA |
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, El licitante que resulte adjudicado en este procedimiento, prestará los servicios de supervisión de las obras DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO, LETRINIZACIÓN, ELECTRIFICACIONES, XXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXXX, XXXXXXX XXXXXXX X XXXXXXX XXXXXXXXXXX, XX XX XXXXXX XX XXXXXXXX, hasta el correcto funcionamiento de las mismas, trabajos que se tienen estimados en un plazo de (214 doscientos catorce) días naturales por lo que la supervisión gerencial de la obra se estima que iniciarán a partir del 01 xx xxxxx y concluirá el 31 de diciembre de 2010. |
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8 |
ORIGEN DE LOS RECURSOS Y AUTORIZACIÓN PRESUPUESTAL |
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Los recursos presupuestales necesarios para llevar a cabo los trabajos objeto de esta licitación, corresponden al ejercicio Fiscal 2010, según Oficio de Autorización No. UCE/DGPIB/355/10, de fecha 0 xx xxxxx xx 0000, xx xx xxxxxxxxx xx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx, emitido por La Unidad de Coordinación y Enlace de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas |
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9 |
CONDICIONES DE PAGO |
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a) |
ANTICIPO: Se podrá otorgar hasta un 10% de anticipo previa entrega de garantía correspondiente. |
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b) |
PAGO DE LOS SERVICIOS PRESTADOS: Se presentarán por la EMPRESA PRESTADORA DE SERVICIOS las estimaciones mensuales, dentro de los seis días naturales siguientes a la conclusión del mes, de la estimación de supervisión, acompañadas de la documentación que acredite la procedencia de su pago, obligándose la COMISIÓN a pagarlas en un plazo no mayor a 20 (veinte) días naturales, contados a partir de la fecha de autorización por parte del COORDINADOR DE SUPERVISION. |
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La EMPRESA PRESTADORA DE SERVICIOS entregará a la COMISIÓN la estimación acompañada de la documentación que acredite la procedencia de su pago, conteniendo como mínimo la que a continuación se especifica: |
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Carátula de la estimación |
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Factura |
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Resumen de la estimación de servicios de supervisión |
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Estado de cuenta |
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Cuerpo de la estimación de servicios de supervisión |
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Reporte fotográfico |
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Notas de BITÁCORA DE SERVICIOS DE SUPERVISION GERENCIAL DE OBRA. |
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Retención del 5 al Millar a su cargo, por concepto de pago de inspección y vigilancia Secretaría de la Función Pública.
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Dicha documentación será validada y firmada por el COORDINADOR DE SUPERVISION, quien verificará que la estimación de los servicios de supervisión presentada por la EMPRESA PRESTADORA DE SERVICIOS se apegue a lo solicitado en la convocatoria y a los servicios realmente prestados; el COORDINADOR DE SUPERVISION contará con un plazo no mayor de 5 (cinco) días naturales a su presentación para realizar la revisión y autorización de la estimación de servicios de supervisión, debiendo dejar constancia de ello en una nota de BITÁCORA DE SERVICIOS DE SUPERVISION GERENCIAL DE OBRA. |
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Tanto la fecha de entrega de la estimación de servicios de supervisión por parte de la EMPRESA PRESTADORA DE SERVICIOS, como la fecha de autorización de la estimación de servicios de supervisión por parte de la COMISIÓN, deberán hacerse constar en la BITÁCORA DE SERVICIOS DE SUPERVISION GERENCIAL DE OBRA. |
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La SUPERVISIÓN GERENCIAL DE OBRA acepta que, si por razones que le sean imputables, no entrega la estimación de servicios de supervisión de que se trate, dentro de los seis días naturales posteriores a la fecha xx xxxxx preestablecida, el plazo máximo para la revisión, aceptación y firma de la misma por parte del COORDINADOR DE SUPERVISION, se iniciará a partir del día siguiente de la fecha retrasada en que la estimación sea entregada por la EMPRESA PRESTADORA DE SERVICIOS. |
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En el caso de que la EMPRESA PRESTADORA DE SERVICIOS no presente las estimaciones de servicios de supervisión en el plazo establecido en el artículo 54 de la LEY, la estimación de servicios de supervisión correspondiente se presentará en la fecha xx xxxxx siguiente, sin que ello dé lugar a la reclamación de gastos financieros por parte de la EMPRESA PRESTADORA DE SERVICIOS. |
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Las estimaciones de servicios de supervisión y liquidación aunque hayan sido pagadas no se considerarán como la aceptación plena de los servicios, ya que la COMISIÓN tendrá el derecho de reclamar por servicios faltantes o mal ejecutados y, en su caso, del pago en exceso que se haya efectuado. |
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Para el caso que se cubran pagos en exceso, que haya recibido la EMPRESA PRESTADORA DE SERVICIOS, esta se compromete a reintegrar los mismos, así como los intereses correspondientes conforme a una tasa que será igual a la establecida por la Ley de Ingresos de la Federación en los casos de prórroga para el pago del Crédito Fiscal, los cargos se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computarán por días naturales desde la fecha de pago, hasta la fecha en que se pongan efectivamente a disposición de la COMISIÓN, lo anterior con fundamento en lo dispuesto en el artículo 55, párrafo segundo de la LEY. |
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La EMPRESA PRESTADORA DE SERVICIOS y la COMISIÓN convienen que el pago de las estimaciones de servicio de supervisión realizado y cuando corresponda, se efectuará a través de la Delegación Estatal de la COMISIÓN. |
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Los importes una vez analizados y calculados deberán considerar para su pago los derechos e impuestos que les sean aplicables, en los términos de las leyes fiscales. |
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La EMPRESA PRESTADORA DE SERVICIOS será la única responsable de que las facturas que se presenten para su pago, cumplan con los requisitos administrativos y fiscales, por lo que el atraso en su pago por la falta de alguno de éstos o por su presentación incorrecta, no será motivo para solicitar el pago de los gastos financieros a que hace referencia el artículo 55 de la LEY.
Para que proceda el pago de la estimación de los servicios de supervisión, la Empresa Prestadora de servicios deberá enviar a la DGPIB (por medios magnéticos) y a la DECDI el informe que se menciona en los Términos de Referencia. |
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c) |
PROCEDIMIENTO DE AJUSTE DE COSTOS: Los precios unitarios que cotice el solicitante serán ajustados, cuando proceda, de acuerdo a lo establecido en el artículo 31 fracción XXVII, 57 fracciones I y 58 de la LEY. |
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GARANTÍAS |
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a) |
La garantía de cumplimiento del CONTRATO, la presentará la EMPRESA PRESTADORA DE SERVICIOS dentro de los 15 días naturales siguientes a la notificación del fallo y deberá constituirse mediante fianza a favor de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, por una cantidad equivalente al 10% del importe total del CONTRATO adjudicado, sin incluir I. V. A., ante una institución legalmente autorizada para tal efecto. |
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b) |
Concluida la prestación del servicio y no obstante su recepción formal, la EMPRESA PRESTADORA DE SERVICIOS quedará obligada a responder de los defectos que resultaren en la misma, de los vicios ocultos, y de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido, en los términos señalados en el CONTRATO respectivo. Para garantizar durante un plazo de doce meses el cumplimiento de las obligaciones antes citadas, el CONTRATISTA, deberá otorgar fianza a favor de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, por el 10% del importe ejercido de la prestación del servicio. |
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Las fianzas antes mencionadas, deberá prever, como mínimo, las siguientes declaraciones: |
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Que se otorgan atendiendo todas las estipulaciones contenidas en el CONTRATO. |
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Que para su liberación, será requisito indispensable la manifestación expresa y por escrito de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas. |
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Que estarán vigentes durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva por la autoridad competente. |
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- |
Que la fianza permanecerá en vigor aún en los casos en que la COMISIÓN otorgue prórrogas o esperas para la EMPRESA PRESTADORA DE SERVICIOS para el cumplimiento de sus obligaciones. |
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- |
Que la Afianzadora acepta expresamente someterse a los procedimientos de ejecución establecidos en los Artículos 93, 94, 95 BIS y 118 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas para la efectividad de las fianzas, aún para el caso de que procediera el cobro de intereses, con motivo del pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida, con renuncia expresa a los beneficios que otorga a la institución afianzadora el artículo 119 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas. |
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En el supuesto en que las partes convengan la modificación del contrato vigente, LA EMPRESA PRESTADORA DE SERVICIOS deberá contratar la modificación de la póliza de fianza presentando endoso a la misma o bien, una nueva dentro de los 5 días naturales siguientes a la firma del convenio que modifique el contrato principal. |
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11 |
PENAS CONVENCIONALES |
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La COMISIÓN verificará permanentemente si los servicios objeto de esta LICITACIÓN se están ejecutando por la EMPRESA PRESTADORA DE SERVICIOS de acuerdo con los términos de referencia, el catálogo de conceptos, el programa general de ejecución de los servicios (“Programa de erogaciones de la ejecución general de los servicios de supervisión, calendarizado y verificando la cuantificación mensual, de los conceptos de trabajo que representen el cien por ciento del monto de la propuesta”) y demás anexos del CONTRATO previamente formalizados. |
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Como resultado de lo anterior, la COMISIÓN comparará mensualmente el avance de los servicios realizados contra el programa de servicios aprobado (“Programa de erogaciones de la ejecución general de los servicios de supervisión, calendarizado y verificando la cuantificación mensual, de los conceptos de trabajo que representen el cien por ciento del monto de la propuesta”); conviniéndose también que si al efectuarse dicha comparación, resultaren los servicios mal prestados respecto de los términos de referencia, especificaciones y normas de calidad pactadas, éstos se tendrán por no realizados. |
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11.1 |
RETENCIONES TEMPORALES. |
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Si como consecuencia de la comparación de los montos mensuales acumulados realizados, se determina que existen atrasos en el programa de ejecución (“Programa de erogaciones de la ejecución general de los servicios, calendarizado y verificando la cuantificación mensual, de los conceptos del servicio que representen el cien por ciento del monto de la propuesta”), y el atraso es imputable a la EMPRESA PRESTADORA DE SERVICIOS, la COMISIÓN procederá a retener temporalmente una cantidad igual a la que resulte de aplicar el 1 % (uno por ciento) a la diferencia existente entre los importes de los servicios que debió de realizar la EMPRESA PRESTADORA DE SERVICIOS y los realmente ejecutados (sobre montos acumulados). Por lo tanto, mensualmente se hará la retención o devolución que corresponda a fin de que la retención total sea la indicada y no rebase el monto de la garantía de cumplimiento del CONTRATO. |
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El importe de la retención económica que en su caso proceda, será incorporado y validado mediante la firma del COORDINADOR DE SUPERVISION y el JEFE DE SUPERVISION, en la última hoja de la estimación del período al que corresponda la pena económica sin modificar el importe de la estimación. |
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La EMPRESA PRESTADORA DE SERVICIOS acepta que si al terminar el plazo del CONTRATO, no concluye con los SERVICIOS, la retención aplicada en el último período se tendrá como definitiva a favor de la COMISIÓN. |
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En todos los casos, el COORDINADOR DE SUPERVISION, indicará en la BITÁCORA DE SERVICIOS DE SUPERVISION GERENCIAL DE OBRA y en la estimación correspondiente el importe de la retención determinada e iniciará simultáneamente los trámites internos a que haya lugar ante la COMISIÓN, a efecto de que en la estimación se considere la retención temporal o la pena convencional definitiva que en su caso proceda. |
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11.2 |
POR INCUMPLIMIENTO EN LAS FECHAS PACTADAS DE TERMINACIÓN DE LOS SERVICIOS |
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Las penas convencionales se aplicarán por atraso en la prestación de los servicios pactada en el presente CONTRATO. Lo anterior sin perjuicio de que la COMISIÓN opte por la rescisión del CONTRATO. |
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Las penalizaciones serán determinadas en función de la parte de los servicios que no se hayan prestado oportunamente y se aplicarán sobre los montos del CONTRATO, al 1% uno por ciento del monto de los conceptos faltantes por ejecutar, sin aplicar el Impuesto al Valor Agregado. |
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Las penas convencionales, únicamente procederán cuando ocurran causas imputables a la EMPRESA PRESTADORA DE SERVICIOS; la determinación del atraso se realizará con base en la fecha de terminación, fijadas en el programa de ejecución convenido (“Programa de erogaciones de la ejecución general de los servicios de supervisión calendarizado de los conceptos de los servicios que representen el (100 %, cien por ciento) del monto de la propuesta)” |
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En ningún caso, en forma conjunta, la suma total de las penas económicas convencionales mencionadas, podrá ser mayor al monto de la garantía de cumplimiento del presente CONTRATO. |
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En caso de incumplimiento o violación por parte de la EMPRESA PRESTADORA DE SERVICIOS a cualquiera de las estipulaciones del CONTRATO, la COMISIÓN podrá, dentro de la vigencia del CONTRATO, optar entre exigir el cumplimiento del mismo y el de las penas convencionales y económicas que se hayan convenido o declarar la rescisión del CONTRATO conforme al procedimiento de la LEY. |
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Si como consecuencia de las causales mencionadas en el párrafo anterior, La COMISIÓN opta por la rescisión administrativa del CONTRATO por causas imputables a la EMPRESA PRESTADORA DE SERVICIOS, invariable y oportunamente iniciará la ejecución de la fianza de cumplimiento del CONTRATO una vez notificada formalmente la rescisión, previo procedimiento de la LEY. |
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La aplicación de las penas convencionales, es independiente de la exigencia de la fianza de cumplimiento en el caso de rescisión administrativa del CONTRATO. |
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12 |
NO NEGOCIACIÓN DE LA CONVOCATORIA |
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Se hace del conocimiento de los LICITANTES que ninguna de las condiciones contenidas en la convocatoria de esta licitación, así como en las PROPOSICIONES presentadas por los LICITANTES, por ningún motivo serán objeto de negociación. |
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13 |
CANCELACIÓN DE LA LICITACIÓN. |
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La COMISIÓN procederá a cancelar la licitación en cualquiera de los siguientes casos: |
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1.- |
Si se comprueba la existencia de arreglos entre los LICITANTES, o bien, la existencia de otras irregularidades graves. |
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2 |
Por actos contrarios a la LEY. |
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3.- |
Por caso fortuito, fuerza mayor o cuando existan circunstancias debidamente justificadas, que provoquen la extinción de la necesidad de contratar los servicios y que de continuarse con el procedimiento de contratación se pudiera ocasionar un daño o perjuicio a la propia COMISIÓN. |
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14 |
LICITACIÓN DESIERTA. |
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La COMISIÓN procederá a declarar desierta la licitación en cualquiera de los siguientes casos: |
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1.- |
Cuando las PROPOSICIONES presentadas no reúnan los requisitos de la convocatoria de la licitación o sus precios de insumos no fueren aceptables. |
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2.- |
Cuando el monto de la propuesta solvente más baja rebase el techo financiero asignado. |
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3.- |
Si después de efectuada la evaluación, no fuese posible adjudicar el CONTRATO a algún LICITANTE
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4.- Cuando ninguna persona adquiera la convocatoria o bien no se reciba proposición alguna.
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15 |
ASISTENCIA DE OBSERVADORES |
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Cualquier persona podrá asistir a los diferentes actos de la licitación en calidad de observador, sin necesidad de adquirir la convocatoria, registrando previamente su participación.
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16 |
TERMINACION ANTICIPADA O SUSPENSIÓN DE OBRA |
16.1 |
La EMPRESA PRESTADORA DE SERVICIOS y la COMISIÖN, convienen, que si por alguna razón ajena a cualquiera de las partes se llegara a suspender de manera temporal o definitiva la ejecución de alguna de las obras contratadas para realizar la supervisión gerencial, de igual manera se suspenderán los servicios de supervisión de dicha obra u obras de que se trate, por lo que en el periodo en que prevalezca la suspensión de los trabajos, no procederá pago alguno por concepto de supervisión. |
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16.2 |
La EMPRESA PRESTADORA DE SERVICIOS y la COMISIÖN, convienen, que si alguna de las obras contratadas para realizar la supervisión gerencial fuera terminada y recepcionada antes de la fecha de terminación del contrato motivo de la presente convocatoria, no procederá pago alguno por concepto de supervisión posterior a la fecha de entrega recepción de la obra de que se trate. |
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II |
REQUISITOS QUE DEBERÁN CUMPLIR QUIENES DESEEN PARTICIPAR |
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Para participar en este procedimiento, únicamente podrán participar personas físicas y/x xxxxxxx de nacionalidad mexicana, los LICITANTES deberán proporcionar y entregar la siguiente información y documentación: |
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1.- |
Documentos para acreditar la existencia y personalidad jurídica de los LICITANTES. |
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Personas Xxxxxxx |
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Escrito bajo protesta de decir verdad, mediante el cual se manifieste que su representante legal cuenta con facultades suficientes para comprometer a su representada, mismo que contendrá los datos siguientes: |
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(a) |
Domicilio (calle, número, colonia, código postal, delegación o municipio, entidad federativa, teléfono, fax y correo electrónico) para oír y recibir todo tipo de notificaciones y documentos que deriven de los actos del procedimiento de contratación y, en su caso, del CONTRATO respectivo; clave del Registro Federal de Contribuyentes; denominación o razón social; descripción del objeto social de la empresa; relación de los nombres de los accionistas; número y fecha de las escrituras en las que conste el acta constitutiva y en su caso, sus reformas o modificaciones; nombre, número y circunscripción xxx xxxxxxx o fedatario público que las protocolizó; asimismo los datos de inscripción en el Registro Público de Comercio. |
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(b) |
Nombre del apoderado o representante; número y fecha de los instrumentos notariales de los que se desprendan las facultades para suscribir la propuesta; nombre, número y circunscripción xxx xxxxxxx o fedatario que los protocolizó. |
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Personas Físicas |
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Escrito protesta de decir verdad, mediante el cual manifieste que cuenta con facultades suficientes para comprometerse, mismo que contendrá los datos siguientes: |
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(a) |
Nombre; domicilio (calle, número, colonia, código postal, delegación o municipio, entidad federativa, teléfono, fax y correo electrónico) para oír y recibir todo tipo de notificaciones y documentos que deriven de los actos del procedimiento de contratación y, en su caso, del CONTRATO respectivo y Clave del Registro Federal de Contribuyentes. |
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(b) |
En caso de que tenga representante legal: nombre del apoderado; número y fecha de los instrumentos notariales de los que se desprendan las facultades para suscribir la propuesta y nombre, número y circunscripción xxx xxxxxxx o fedatario que los protocolizó. |
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Quien concurra al acto en lugar del representante de algún LICITANTE, deberá presentar carta poder simple, así como copia simple de una identificación oficial del otorgante y del aceptante, para participar en el mismo. No será motivo de descalificación la falta de identificación o de acreditamiento de la representación de la persona que solamente entregue la proposición, pero sólo podrá participar durante el desarrollo del acto con el carácter de oyente. |
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Para cumplir con lo señalado en este punto, los LICITANTES podrán utilizar el Anexo I el cual forma parte integrante de esta Convocatoria. En caso de que no utilicen dicho anexo, el escrito que presenten para acreditación de la personalidad deberá contener toda la información contenida en el mismo. |
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2.- |
Original y copia simple por ambos lados de la Identificación oficial vigente con fotografía del LICITANTE (en el caso de personas físicas) ó del representante legal o apoderado (en el caso de personas xxxxxxx) únicamente se aceptará pasaporte vigente, credencial para votar, cédula profesional o cartilla del servicio militar nacional. |
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3.- |
Escrito, bajo protesta de decir verdad, en el que manifieste: |
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(a) |
Que acepta que los servicios se llevarán a cabo con sujeción a la LEY y su REGLAMENTO. Asimismo que se sujetará al Reglamento de Construcciones para el Estado de Guerrero y a las especificaciones de la obra, los programas de utilización de personal técnico, administrativo y de servicios, mano de obra, maquinaría, equipo y el programa de trabajo que presentó en su propuesta. |
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(b) |
Que está debidamente enterado y de acuerdo con los datos que se proporcionan en lo concerniente a las condiciones y el grado de dificultad de los servicios y de las demás características que ofrece la COMISIÓN como orientación a título enunciativo más no limitativo, quedando bajo la responsabilidad de los LICITANTES juzgar todas las circunstancias, de tal manera que, si cualquiera resultara diferente al momento de la prestación de los servicios la diferencia no justificará reclamación alguna de la EMPRESA PRESTADORA DE SERVICIOS. |
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(c) |
Que designará a un profesional especializado que sea su representante (JEFE DE SUPERVISION), quien será un profesional Ingeniero Civil cuyo título profesional deberá estar registrado en la Dirección General de Profesiones de la Secretaria de Educación Pública en vigor, con experiencia mínima de 5 (cinco) años en trabajos similares, conocer ampliamente la LEY y su REGLAMENTO, las normas de calidad, el proyecto y las especificaciones particulares de la obra en cuestión. Dicho JEFE DE SUPERVISION deberá estar facultado para oír y recibir toda clase de notificaciones y para la toma de decisiones. |
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(d) |
Que no se encuentra en alguno de los supuestos previstos en los artículos 51 y 78 penúltimo párrafo de la LEY. |
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(e) |
Que por su conducto, no participan en esta licitación, personas físicas x xxxxxxx que se encuentren inhabilitadas por resolución de la Secretaría de la Función Pública en los términos de la LEY o de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, con el propósito de evadir los efectos de la inhabilitación, y que no se encuentran en ninguno de los supuestos siguientes: |
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- |
Personas xxxxxxx en cuyo capital social participen personas físicas x xxxxxxx que se encuentren inhabilitadas en términos del primer párrafo de esta fracción; |
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- |
Personas xxxxxxx que en su capital social participen personas xxxxxxx en cuyo capital social, a su vez, participen personas físicas x xxxxxxx que se encuentren inhabilitadas en términos del primer párrafo de esta fracción, y |
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- |
Personas físicas que participen en el capital social de personas xxxxxxx que se encuentren inhabilitadas. |
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(f) |
Declaración de que conocen el sitio de los trabajos y sus condiciones ambientales, por lo que no podrán invocar su desconocimiento o solicitar modificaciones al CONTRATO por este motivo. |
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(g) |
Que bajo ningún concepto subcontratará parcial o totalmente los servicios de supervisión, objeto de esta licitación. |
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(h) |
Que acepta las modificaciones realizadas a la convocatoria derivadas de las juntas de aclaraciones. |
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(i) |
Que conoce el contenido del modelo de CONTRATO y manifiesta su conformidad de ajustarse a sus términos. |
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(j) |
Declaración de integridad, en la que señale que por sí mismos o a través de interpósita persona se abstendrán de adoptar conductas para que los servidores públicos de la COMISIÓN, induzcan o alteren la evaluación de las PROPOSICIONES, el resultado del procedimiento de contratación y cualquier otro aspecto que les otorgue condiciones más ventajosas, con relación a los demás participantes. |
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(k) |
Manifestación escrita de conocer y estar de acuerdo en ajustarse a los términos de los alcances de los servicios que se licitan, sus términos de referencia, así como a la presente convocatoria de licitación y las Leyes y Reglamentos aplicables. |
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Para la presentación de las declaraciones a que hace referencia este punto, los LICITANTES podrán utilizar el formato que se incluye como anexo II, el cual forma parte integrante de esta Convocatoria. |
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4.- |
Acreditar un capital contable mínimo de $2,500,000.00 (DOS MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS 00/100 M. N.) para tal efecto deberá presentar: 1) Copia simple de los Estados financieros auditados y autorizados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público del año inmediato anterior y el comparativo de razones financieras básicas; o 2) Copia simple de su declaración de Impuesto Sobre la Renta debidamente presentada ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. En el caso de LICITANTES de reciente creación deberán presentar los más actualizados a la fecha de presentación de la propuesta, |
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La información y documentación a que hace referencia este capítulo, a elección de los LICITANTES, podrá presentarse dentro o fuera del sobre que contenga sus PROPOSICIONES. |
III |
INSTRUCCIONES PARA ELABORAR LAS PROPOSICIONES |
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La entrega de PROPOSICIONES se hará en un sobre cerrado. La documentación distinta a las PROPOSICIONES podrá entregarse, a elección del LICITANTE, dentro o fuera de dicho sobre. |
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Todos los documentos y correspondencia relacionados con la presente licitación, deberán estar mecanografiados o escritos en tinta indeleble, sin correcciones, tachaduras ni enmendaduras, en idioma Español. Las PROPOSICIONES y sus anexos deberán estar firmadas por el LICITANTE ó su representante legal, cuando menos, en las hojas correspondientes al catálogo de conceptos y los programas de trabajo, aclarando que en el caso del LICITANTE que resulte adjudicado deberá firmar la totalidad de la documentación que integre su propuesta previamente a la firma del CONTRATO correspondiente. |
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Todos los documentos relacionados con importes de la presente licitación, deberán estar presentados en Pesos Mexicanos.
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1.- |
PROPOSICIONES CONJUNTAS |
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Dos o más personas podrán presentar conjuntamente PROPOSICIONES sin necesidad de constituir una sociedad, o nueva sociedad en caso de personas xxxxxxx, siempre que, para tales efectos, en la proposición y en el CONTRATO se establezcan con precisión y a satisfacción de la COMISIÓN, las partes de los servicios que cada persona se obligará a prestar, así como la manera en que se exigiría el cumplimiento de las obligaciones. En este supuesto la propuesta deberá ser firmada por el representante común que para ese acto haya sido designado por el grupo de personas. Será necesario que cumplan los siguientes requisitos: |
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1.- |
Bastará la adquisición de un solo ejemplar de las convocatoria; |
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2.- |
Deberán celebrar entre sí un convenio privado, el que contendrá lo siguiente: |
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a. |
Nombre y domicilio de los integrantes, identificando, en su caso, los datos de los testimonios públicos con los que se acredita la existencia legal de las personas xxxxxxx de la agrupación; |
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b. |
Nombre de los representantes de cada una de las personas identificando, en su caso, los datos de los testimonios públicos con los que se acredita su representación; |
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c. |
Definición de las partes del objeto del CONTRATO que cada persona se obligaría a cumplir, especificando la forma en que serán presentadas a cobro las estimaciones; |
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d. |
Determinación de un domicilio común para oír y recibir notificaciones; |
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e. |
Designación de un representante común, otorgándole poder amplio y suficiente, para todo lo relacionado con la proposición, y |
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f. |
Estipulación expresa que cada uno de los firmantes quedará obligado en forma conjunta y solidaria para comprometerse por cualquier responsabilidad derivada del CONTRATO que se firme. |
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3.- |
En el acto de presentación y apertura de PROPOSICIONES el representante común deberá señalar que la proposición se presenta en forma conjunta. El convenio a que hace referencia la fracción anterior se incluirá en el sobre que contenga las PROPOSICIONES. |
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4.- |
Para cumplir con el capital contable mínimo requerido por la COMISIÓN, se podrán sumar los correspondientes a cada una de las personas integrantes. |
NOTA: El incumplimiento de los requisitos antes señalados será motivo de descalificación
Esta información deberá en su caso presentarse como los documentos del capítulo II
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LAS PROPOSICIONES DEBERÁN PRESENTARSE EN EL SIGUIENTE ORDEN: |
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2.- |
DOCUMENTACIÓN LEGAL ADMINISTRATIVA LA |
LA 01 |
ANEXO I acreditación de la personalidad
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LA 02 |
ANEXO II Manifestaciones y declaraciones diversas
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LA 03 |
Identificación oficial (por ambos lados) del apoderado legal
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LA 04 |
Acreditación de capital contable mínimo Copia simple de estados financieros auditados y autorizados por SHCP del año anterior y comparativo de razones financieras básica. Ó Copia simple de declaración de ISR presentada ante SHCP, de reciente creación, presentar los más actualizados.
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LA 05 |
Convenio de proposición conjunta de haberla en su caso, previo señalamiento en el acto de presentación y apertura.
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Nota: Los formatos TEC y ECO se proporcionan en el Anexo 2-1 en formato de Excel.
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3.- |
ASPECTOS TÉCNICOS |
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2.1 |
Metodología de trabajo, señalando sistemas tecnologías, procedimiento por utilizar alternativas por analizar y forma de presentación de los resultados (según las características, complejidad y magnitud de los trabajos objeto de la licitación) FORMATO TEC01. |
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2.2
2.3
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Relación de equipo técnico necesario incluyendo el científico, de cómputo, de medición y, en general el necesario para proporcionar el servicio, anotando características, número de unidades, indicando si son de su propiedad, arrendadas con o sin opción a compra, su ubicación física, modelo y usos actuales, a si como de la fecha que se dispondrán en el sitio de los trabajos FORMATO TEC02.
Copia de certificaciones de equipo (METROLOGIA CENAM) en su caso.
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2.4
2.5 |
Currículo de los profesionales técnicos al servicio del LICITANTE, identificando a los que se encargarán de los servicios, los que deben tener experiencia en trabajos similares, anexando copia de cedula profesional o título, que demuestren el tiempo necesario que estipula los términos de referencia para cada actividad.
Currículo de la empresa de los últimos 5 años en servicio similares a los licitados, incluyendo copias fotostáticas de actas de entrega recepción.
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2.6 |
Organigrama personalizado de funcionamiento, identificando al personal que estará a cargo directamente de la ejecución del servicio objeto del presente concurso. |
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2.7
2.8
2.9 |
Relación de contratos identificando los servicios que hayan realizado y que guarden similitud con los que se licitan o de aquellos que se estén ejecutando a la fecha de la licitación, anotando el nombre del contratante, descripción de los servicios, importes ejercidos y por ejercer y las fechas de terminación de los servicios FORMATO TEC03.
Copia de las actas de entrega recepción de los contratos ejecutados si los hay, o bien, copia de la carátula de contratos en vigor.
Declaratoria de no antecedentes de vicios ocultos. |
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2.10 |
Carta compromiso de supervisores y jefe de supervisión de trabajar exclusivamente para la CDI durante la ejecución del servicio. |
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2.11 |
Programa de Ejecución General de los Servicios, calendarizado (EN SU CASO POR PARTIDAS Y SUBPARTIDAS), indicado en porcentaje de avance FORMATO TEC04. |
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2.12 |
Programas Cuantificados y Calendarizados por partidas de suministro o utilización de: |
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2.12.1 |
- |
Mano de obra del personal encargado de la ejecución de los servicios, numero requerido, expresados en jornadas e identificando categorías FORMATO TEC05. |
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2.12.2 |
- Utilización de maquinaria y equipo técnico, científico, de cómputo y de medición FORMATO TEC06.
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2.13
|
La presente Convocatoria, Términos de Referencia, Acta de junta de aclaraciones, circulares y demás documentos que formen parte de las mismas.
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3.- |
ASPECTOS ECONÓMICOS |
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3.1 |
Carta compromiso de la proposición FORMATO ECO01. |
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3.2 |
Catálogo de conceptos: Contendrá unidades de medición, cantidades de trabajo, precios unitarios propuestos e importes parciales y el total de la proposición. Los precios unitarios se anotarán con número y letra. Los importes con número de cada concepto, se anotarán en los espacios correspondientes del catálogo, (EN SU CASO PRESENTANDO SUBTOTALES POR PARTIDAS) con los cuales se formulará el resumen por capítulo e importe total. En caso de encontrarse errores en las operaciones aritméticas, se reconocerá como correcta la cantidad del concepto por el precio unitario correspondiente anotado con letra en el catálogo de conceptos. Los precios unitarios anotados en el catálogo de conceptos deben corresponder con los análisis de precios unitarios, se procederá a reconocer como definitivos los precios anotados con letra que contenga el catálogo. Deberá de anotarse el importe total de la proposición, el Impuesto al valor agregado (IVA) y su suma correspondiente FORMATO ECO02. El LICITANTE deberá usar el catálogo proporcionado por la COMISIÓN, quedando bajo su responsabilidad el utilizar su propio catálogo, para lo cual deberá transcribir con toda precisión los conceptos, unidades y cantidades. De ser así deberá firmar el catálogo proporcionado por la COMISIÓN y entregarlo en el sobre correspondiente a los aspectos económicos |
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3.3 |
Análisis de precios unitarios. Contendrá todos los conceptos del catálogo solicitado, estructurado por costos directos, costos indirectos, costos de financiamiento, cargos por utilidad y los cargos adicionales FORMATO ECO03. |
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3.4 |
Relación y análisis de los costos básicos de los materiales y mano de obra que se emplearan en los trabajos en su caso. |
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3.5 |
Análisis, cálculo e integración de costos horarios de la maquinaria y del equipo técnico, científico y de medición a utilizar, debiendo considerar para efectos de evaluación costos y rendimientos de maquinas y equipos nuevos FORMATO ECO04. |
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3.6 |
Análisis, calculo de integración del factor xxx xxxxxxx real, conforme lo previsto en los artículos 160 y 161 del reglamento, así como los datos básicos del personal a utilizar y tabulador de salarios base de mano de obra por jornada diurna de ocho horas e integración de salarios, tomando como base el Tabulador de la Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción (CMIC). Respecto al salario nominal mensual, éste deberá ser como máximo el indicado en el tabulador de la CMIC y mayor al salario nominal mensual de la categoría inmediata inferior. Para el caso de la última categoría del tabulador el tope mínimo deberá ser el establecido por la Comisión Nacional de Salarios Mínimos para la zona FORMATO ECO05.
Anexar copia del comprobante del factor de riesgo (HOJA DEL IMSS). nota importante: el factor de riesgo utilizado en su cálculo del factor xx xxxxxxx real deberá ser igual al expresado en su hoja de comprobación (hoja del IMSS) presentada, de no serlo será motivo de descalificación de la propuesta. |
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3.7 |
Desglose del factor de indirectos: Estarán representados como un porcentaje del costo directo y se desglosará en los correspondientes a la administración de oficinas centrales de la obra, seguros, fianzas, etc. se deberá incluir el porcentaje de cada concepto FORMATO ECO06. |
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3.8 |
Análisis de costo financiero: El costo de financiamiento de los trabajos estará representado por un porcentaje de la suma de los costos directos e indirectos. Para la determinación de este costo deberán considerarse los gastos que realizará la EMPRESA PRESTADORA DE SERVICIOS en la ejecución de los servicios, los pagos por anticipos y estimaciones que recibirá y la tasa de interés que aplicará debiendo adjuntarse el análisis correspondiente. La tasa de interés aplicable por financiamiento deberá calcularse con base en un indicador económico específico, el cual no podrá ser cambiado o sustituido durante la vigencia del CONTRATO FORMATO ECO07. |
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3.9 |
Utilidad propuesta por el LICITANTE. |
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3.10 |
Listado de insumos que intervienen en la integración de la proposición, agrupado por mano de obra, maquinaria y equipo técnico, científico, cómputo y de medición, con la descripción de cada uno de ellos, indicando cantidades a utilizar, con sus respectivas unidades de medición y sus importes FORMATO ECO08. |
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3.11 |
Programa de Ejecución General de los Servicios, calendarizado (EN SU CASO POR PARTIDAS Y SUBPARTIDAS), expresado en cantidades de trabajo e importe en pesos de los conceptos de trabajo que representen el 100% del monto de la propuesta, debiendo existir congruencia con los programas que a continuación se indican FORMATO ECO09. |
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3.12 |
Programas Cuantificados y Calendarizados por partidas de suministro o utilización de:
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3.12.1
3.12.2 |
Mano de obra del personal encargado de la ejecución de los servicios, expresados en jornadas e identificando categorías y su importe en pesos FORMATO ECO10.
Maquinaria y equipo técnico, científico, de cómputo y medición, con importes mensuales FORMATO ECO11. |
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IV |
DE LOS ACTOS DE LA LICITACIÓN |
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1. |
VISITA AL SITIO DE REALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS |
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No se llevará a cabo visita al lugar de los servicios. |
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2. |
JUNTA DE ACLARACIONES |
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||
El acto de Junta de Aclaraciones será presidido por un servidor público de Delegación Estatal en Guerrero, quien será el responsable de dirigir el evento y responder las preguntas relacionadas con los aspectos administrativos de la convocatoria. Se contará con la presencia de representantes del área responsable del Programa de Infraestructura Básica de la Delegación, quienes serán los responsables de contestar las preguntas presentadas por los LICITANTES relacionadas con aspectos técnicos y económicos de esta convocatoria y de las PROPOSICIONES. Así mismo, se invitará a un representante del Órgano Interno de Control en la COMISIÓN para que participe en el evento de acuerdo a sus atribuciones y competencia.
Conforme a los artículos 33 Bis de LAASSP y 35 de LOPSRM Las personas que pretendan solicitar aclaraciones a los aspectos contenidos en la convocatoria, deberán presentar un escrito simple bajo protesta de decir verdad, que contenga los datos actualmente contenidos en el artículo 24 fracción V del Reglamento de la LOPSRM vigente en el que expresen su interés por participar en la licitación, ya sea persona física o moral, manifestando en todos los casos los datos generales del interesado y, en su caso, del representante legal. |
||
|
||
Con el fin de facilitar y agilizar el acto, los LICITANTES podrán presentar por medio magnético y/o escrito sus preguntas directamente al área de Infraestructura Básica de la Delegación Estatal Guerrero de la COMISIÓN; vía correo electrónico a la dirección xxxxxxxx@xxx.xxx.xx, xxxxxxx.xxxxxxx@xxx.xxx.xx, xxxxx.xxxxxxx@xxx.xxx.xx, a partir de la fecha de publicación de la convocatoria y hasta dos días previos al acto de Junta de Aclaraciones, anexando copia del registro a la convocatoria que genera el sistema o copia del escrito de participación. |
||
|
||
Todas las aclaraciones que se formulen en este acto y que se consignen en el acta correspondiente, formarán parte integral de esta Convocatoria. |
||
|
||
Con fundamento en el artículo 22 del Reglamento xx Xxx de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, se podrán recibir preguntas adicionales con posterioridad a la junta de aclaraciones y hasta cuarenta y ocho horas antes de la conclusión del periodo de registro a la convocatoria, a las que se dará contestación a más tardar el último día de dicho periodo, siempre y cuando el licitante se haya registrado a la convocatoria. |
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3. |
ACTO DE RECEPCIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES |
|
||
El acto de presentación y apertura de PROPOSICIONES se llevará conforme a lo siguiente: |
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||
El registro de LICITANTES y la revisión preliminar de documentos distintos a las PROPOSICIONES, se podrá llevar a cabo treinta minutos antes de la hora prevista para el inicio de este evento |
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|
||
El acto será presidido por un servidor público de la Delegación Estatal en Guerrero, quien será la única persona facultada para aceptar o desechar las PROPOSICIONES y, en general, para tomar todas las decisiones durante la realización del acto. Se invitará a este evento a los representantes del Área de Infraestructura de Básica de Oficinas Centrales, Dirección de Recursos Materiales y del Órgano Interno de Control.
No se permitirá el uso de celulares y/o cualquier otro medio de comunicación al exterior hasta terminar el evento. Se sugiere la presentación de una persona por licitante. |
||
|
||
Una vez iniciado el acto, no se aceptarán las PROPOSICIONES de los LICITANTES que no se hayan registrado en la lista de asistencia, como máximo a la hora establecida para inicio del mismo. |
||
|
||
Una vez recibidas las PROPOSICIONES en sobre cerrado; se procederá a su apertura y en caso de existir alguna falta en la documentación, se recibirá y se hará constar en el acta respectiva. |
||
|
||
Por lo menos un LICITANTE, si asistiere alguno, y el servidor público que presida el acto, rubricarán el catálogo de conceptos de supervisión de obra de las PROPOSICIONES presentadas, y en seguida se dará lectura al importe total de cada una de las PROPOSICIONES. |
||
|
||
Se levantará acta que servirá de constancia de la celebración del acto de presentación y apertura de las PROPOSICIONES, en la que se asentarán las PROPOSICIONES aceptadas para su posterior evaluación y el importe total de cada una de ellas; el acta será firmada por los asistentes y se les entregará copia de la misma, la falta de firma de algún LICITANTE no invalidará su contenido y efectos, poniéndose a partir de esa fecha a disposición de los que no hayan asistido, para efecto de su notificación. |
||
|
||
En el acta de este evento se señalará lugar, fecha y hora en que se dará a conocer el fallo de la licitación. |
|
4. |
ACTO DE FALLO |
|
||
La COMISIÓN notificará en junta pública su decisión acerca del fallo de la licitación, en el lugar, fecha y hora señalados para tal efecto en el acto de presentación y apertura de PROPOSICIONES. Para constancia de la notificación de fallo, se levantará acta de fallo de la licitación, indicando las razones por las cuales las PROPOSICIONES no resultaron ganadoras o los motivos por los que, en su caso hubiera(n) sido desechada(s).
Contra la resolución que contenga el fallo, no procederá recurso alguno. |
||
|
||
Esta acta contendrá los datos de identificación de la licitación y de los servicios objeto de la misma, lugar y fecha en que se firmará el CONTRATO respectivo en los términos de la LEY y la fecha de inicio de los servicios. La firmarán todos los asistentes a quienes se les entregará copia. Terminado el evento de notificación de fallo, el documento se pondrá a disposición de los LICITANTES interesados en la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas ubicadas en Caxxx 0 xxxx 00 Xxx. Xxxxxxxxxx, Xxxxxxxxxxxx Xxxxxxxx. |
|
5. |
DEL CONTRATO |
|
||
El CONTRATO que se formalizará con el LICITANTE que resulte adjudicado en esta licitación, corresponderá al modelo proporcionado en los documentos de este procedimiento y se firmará una vez cubiertos los requisitos por el licitante ganador, desde el primer día hábil siguiente hasta máximo los treinta días naturales a la fecha del fallo. |
||
|
||
El LICITANTE a quien se le adjudique el CONTRATO, deberá presentar la garantía de cumplimiento previo a la firma del contrato (y si lo hubiere, del anticipo correspondiente, dentro de los quince días naturales siguientes a la fecha de notificación de fallo, previo a la entrega del anticipo), así como original para cotejo y copia para archivo de la documentación siguiente: |
||
|
||
Personas Xxxxxxx |
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1.- |
Acta Constitutiva |
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2.- |
Cédula de Registro Federal de Contribuyentes |
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3.- |
Poder Notarial del Representante Legal |
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4.- |
Carta original, en apego a la regla 2.1.16. De la Resolución Miscelánea Fiscal para 2008 publicada en el Diario Oficial de la Federación del 27 xx xxxx de dos mil nueve. |
|
5.- |
Original de los estados financieros o declaración de impuesto sobre la renta entregados en su proposición. |
|
6.- |
Identificación oficial vigente del Representante Legal. |
|
|
|
|
Personas Físicas |
||
|
|
|
1.- |
Acta de Nacimiento |
|
2.- |
Cédula de Registro Federal de Contribuyentes |
|
3.- |
Poder Notarial del Representante Legal, en su caso |
|
4.- |
Carta original, en apego a la regla 2.1.16. De la Resolución Miscelánea Fiscal para 2008 publicada en el Diario Oficial de la Federación del 27 xx xxxx de dos mil nueve. |
|
5.- |
Original de los estados financieros o declaración de impuesto sobre la renta entregados en su propuesta. |
|
6.- |
Identificación oficial vigente del Representante Legal. |
|
|
||
En caso de que el LICITANTE que resulte adjudicado no firme el CONTRATO por causas imputables al mismo, será sancionado en los términos del artículo 78 de la LEY. |
V |
CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN |
|
|
Para la evaluación de las PROPOSICIONES, la COMISIÓN verificará que las mismas incluyan la información, documentos y requisitos solicitados en estas convocatoria de licitación y en la convocatoria correspondiente, evaluándose los siguientes aspectos: |
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1. |
TÉCNICOS |
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||||
Se evaluará que en las PROPOSICIONES los LICITANTES hayan considerado: |
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||||
1.1 |
Que los profesionales técnicos que se encargarán de la dirección de los servicios, cuenten con la experiencia y capacidad necesaria para llevar la adecuada administración de los servicios. |
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|
|||
1.2 |
Que cuente con la maquinaria y equipo técnico, científico, cómputo y de medición adecuado, suficiente y necesario, sea o no propio, para desarrollar los servicios. |
|||
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|
|||
1.3 |
Que la planeación integral propuesta por el LICITANTE para el desarrollo y organización de los servicios, sea congruente con las características, complejidad y magnitud de los trabajos. |
|||
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|
|||
1.4 |
Que el procedimiento de supervisión descrito sea aceptable porque demuestra que el LICITANTE conoce los trabajos a realizar y que tiene la capacidad y la experiencia para su correcta ejecución, acorde al programa de ejecución considerado. |
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|
|||
1.5 |
Que el capital neto de trabajo del LICITANTE sea suficiente para el financiamiento de los trabajos a realizar, de acuerdo con su análisis financiero presentado. |
|||
|
|
|||
1.6 |
Que el LICITANTE tenga capacidad para pagar sus obligaciones y el grado en que depende del endeudamiento, inversiones de capital y la rentabilidad de la empresa. |
|||
|
|
|||
1.7 |
Que el programa de ejecución general de los servicios corresponda al plazo establecido por la COMISIÓN. |
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1.8 |
Que los programas específicos cuantificados y calendarizados de suministros y utilización, sean congruentes con el programa calendarizado de ejecución general de los trabajos. |
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1.9 |
Que los programas de suministro y utilización de materiales, mano de obra, maquinaria y equipo técnico, científico, cómputo y de medición, sean congruentes con los consumos y rendimientos considerados por el LICITANTE y con el procedimiento de supervisión a realizar. |
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1.10 |
Que los insumos propuestos por el LICITANTE correspondan a los periodos presentados en los programas. |
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1.11 |
Que las características y capacidad de la maquinaria y equipo técnico, científico, cómputo y de medición considerados por el LICITANTE, sean las adecuadas para prestar los servicios en las condiciones particulares donde deberá ejecutarse y que sean congruentes con el procedimiento de supervisión propuesto por el LICITANTE. |
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1.12 |
Que en la maquinaria y equipo técnico, científico, cómputo y de medición, los rendimientos de éstos sean considerados como nuevos, para lo cual se deberán apoyar en los rendimientos que determinen los manuales de los fabricantes respectivos, así como las características ambientales de la zona donde vayan a realizarse los servicios. |
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1.13 |
Que en el consumo del material por unidad de medida, determinado por el LICITANTE para el concepto de servicio en que intervienen, se consideren los desperdicios y mermas. |
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1.14 |
Que el personal administrativo y técnico sea el adecuado y suficiente para prestar los servicios. |
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1.15 |
Que los rendimientos considerados se encuentren dentro de los márgenes razonables y aceptables de acuerdo con el procedimiento de supervisión propuesto por el LICITANTE, considerando los rendimientos observados de experiencias anteriores, así como las condiciones ambientales de la zona y las características particulares bajo las cuales deben realizarse los servicios. |
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1.16 |
Que se hayan considerado trabajadores de la especialidad requerida para la ejecución de los conceptos más significativos. |
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1.17 |
Que incluya la totalidad de la información que le fue solicitada en cada uno de los formatos de las convocatoria de licitación. |
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1.18 |
Que no omita información, documentos y requisitos solicitados en esta convocatoria de licitación. |
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1.19 |
Que haya tomado tome en cuenta lo establecido en la minuta de la junta de aclaraciones. |
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2. |
ECONÓMICOS |
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Los aspectos económicos que se evaluarán son: |
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2.1 |
Que los precios propuestos por el LICITANTE sean aceptables, es decir, que sean acordes con los aranceles del CMIC, las condiciones vigentes en el mercado, nacional o de la zona o región en donde se ejecutarán los trabajos, individualmente o conformando la propuesta total. |
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2.2 |
Que en todos y cada uno de los conceptos que lo integran se establezca el importe del precio unitario. |
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2.3 |
Que los importes de los precios unitarios sean anotados con número y con letra, los cuales deben ser coincidentes; en caso de diferencia, deberá prevalecer el que coincida con el análisis de precio unitario correspondiente |
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2.4 |
Que las operaciones aritméticas se hayan ejecutado correctamente; en el caso de que una o más tengan errores, se efectuarán las correcciones correspondientes; el monto correcto, será el que se considerará para el análisis comparativo de las PROPOSICIONES. |
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2.5 |
Que el análisis, cálculo e integración de los precios unitarios, se haya realizado de acuerdo con lo establecido por el REGLAMENTO. |
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2.6 |
Que los análisis de los precios unitarios estén estructurados con costos directos, indirectos, de financiamiento, cargo por utilidad y cargos adicionales. |
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2.7 |
Que los costos directos se integren con los correspondientes a materiales, mano de obra, maquinaria y equipo. |
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2.8 |
Que los precios básicos de adquisición de los materiales considerados en los análisis correspondientes, se encuentren dentro de los parámetros de precios vigentes en el mercado. |
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2.9 |
Que los costos básicos de la mano de obra se hayan obtenido aplicando los factores xx xxxxxxx real a los sueldos y salarios de los técnicos y trabajadores, conforme a lo previsto por el REGLAMENTO. |
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2.10 |
Que los costos horarios por la utilización de la maquinaria y equipo técnico, científico, cómputo y de medición se hayan determinado por hora efectiva de trabajo, debiendo analizarse para cada máquina o equipo, incluyendo, cuando sea el caso, los accesorios que tenga integrados. |
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2.11 |
Verificar que los análisis de costos directos se hayan estructurado y determinado de acuerdo con lo previsto en el REGLAMENTO. |
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2.12 |
Que los costos de los materiales considerados por el LICITANTE, sean congruentes con la relación de los costos básicos. |
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2.13 |
Que los costos de la mano de obra considerados por el LICITANTE, sean congruentes con el tabulador de los salarios de la Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción. |
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2.14 |
Que los costos horarios de la maquinaria, equipo técnico, científico, cómputo y de medición se hayan determinado con base en el precio y rendimientos de éstos considerados como nuevos, para lo cual se tomarán como máximos los rendimientos que determinen los manuales de los fabricantes respectivos, así como las características ambientales de la zona donde vayan a realizar los servicios. |
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2.15 |
Que los análisis de costos indirectos se hayan estructurado y determinado de acuerdo con lo previsto en el REGLAMENTO Dichos análisis se haya valorizado y desglosado por conceptos con su importe correspondiente, anotando el monto total y su equivalente porcentual sobre el monto del costo directo. |
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2.16 |
Que el análisis se haya valorizado y desglosado por conceptos con su importe correspondiente, anotando el monto total y su equivalente porcentual sobre el monto del costo directo. |
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2.17 |
Que para el análisis de los costos indirectos se hayan considerado adecuadamente los correspondientes a las oficinas centrales del LICITANTE, los que comprenderán únicamente los necesarios para dar apoyo técnico y administrativo a la jefatura de la SUPERVISIÓN GERENCIAL DE OBRA encargado directamente de los trabajos y los de campo necesarios para la dirección, supervisión y administración de la obra. |
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2.18 |
Que no se haya incluido algún cargo que, por sus características o conforme a la convocatoria de la licitación, su pago deba efectuarse aplicando un precio unitario específico. |
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2.19 |
Que en el análisis y cálculo del costo financiero se haya estructurado y determinado considerando lo siguiente: |
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- |
Que el costo del financiamiento esté representado por un porcentaje de la suma de los costos directos e indirectos. |
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- |
Que la tasa de interés aplicable esté definida con base en un indicador económico específico; |
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- |
Que el costo del financiamiento sea congruente con el programa de ejecución valorizado con montos mensuales, y |
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- |
Que la mecánica para el análisis y cálculo del costo por financiamiento empleada por el LICITANTE sea congruente con lo que se establezca en las convocatoria de la licitación; |
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2.20 |
Que el cálculo e integración del cargo por utilidad, se haya estructurado y determinado considerando que dentro de su monto, queden incluidas la ganancia que la SUPERVISIÓN GERENCIAL DE OBRA estima que debe percibir por la supervisión de los servicios, así como las deducciones e impuestos correspondientes, no siendo necesario su desglose. |
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2.21 |
Que el importe total de la propuesta sea congruente con todos los documentos que la integran. |
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2.22 |
Que los programas específicos de erogaciones de materiales, mano de obra y maquinaria y equipo sean congruentes con el programa de erogaciones de la ejecución general de los servicios. |
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2.23 |
Que no omita información, documentos y requisitos solicitados en esta convocatoria. |
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2.24 |
Que el programa de trabajo sea acorde con el tiempo solicitado por la COMISIÓN, así como las actividades que inciden antes y durante la obra, con los recursos considerados por el LICITANTE. |
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2.25 |
Que coincidan los análisis de precios unitarios analizados detalladamente con los anotados con letra en el presupuesto presentado. |
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2.26 |
Que el desglose o detalle de los análisis de precios unitarios analizados, sea de acuerdo con el catálogo de conceptos de supervisión entregado. La trascripción del concepto en la matriz del análisis de precios unitarios será la misma que la especificada en el catálogo de conceptos. |
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2.27 |
Que haya tomado en cuenta lo establecido en la minuta de la junta de aclaraciones |
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3. |
CAUSAS DE DESECHAMIENTO |
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Se desechará la PROPOSICIÓN presentada por un LICITANTE cuando: |
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EN EL ASPECTO GENERAL: |
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3.1 |
No cumpla con cualquiera de los requisitos o no presente alguno de los documentos solicitados en la presente Convocatoria, sus anexos y la junta de aclaraciones; que afecte la solvencia de la proposición de esta licitación y en la convocatoria. |
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3.2 |
Su documentación y la de su personal Técnico y Administrativo estén incompletas y no se acredite contar con la experiencia requerida para los servicios objeto de la licitación. |
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3.3 |
La información que proporcione resulte falsa. |
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3.4 |
Que se demuestre la presentación de PROPOSICIONES por empresas filiales. |
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3.5 |
Que el LICITANTE se encuentre en alguno de los supuestos señalados en los artículos 51 y 78 penúltimo párrafo de la LEY. |
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|
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3.6 |
Cuando en la PROPOSICIÓN haya omitido las indicaciones asentadas en las respuestas que se dieron a las preguntas planteadas por los LICITANTES en la junta de aclaraciones o en la documentación complementaria entregada y en su caso las que se hayan generado por las preguntas adicionales.
|
||
3.7 |
La falta de firma o rúbrica en el catálogo de conceptos y programa general de ejecución de los servicios.
|
||
3.8
|
Cuando modifique el volumen de trabajo expresado por la COMISIÓN en el catálogo de conceptos.
|
||
3.9 |
Omita escribir con letra y/o número uno o varios precios unitarios
|
||
3.10 |
Propongan alternativas que modifiquen las condiciones establecidas por la COMISIÓN en esta Convocatoria y, conforme a las cuales, se desarrollará la licitación y el servicio.
|
||
3.11 |
Que no tome en cuenta lo establecido en la junta de aclaraciones
|
||
3.12 |
Que al llenar los formatos no contengan la información solicitada en cada uno de ellos
|
||
3.13 |
Queden por arriba del techo financiero autorizado o asignado. |
||
3.14
3.15
|
El incumplimiento de los requisitos señalados para las proposiciones conjuntas.
Que el personal se encuentre ya comprometido en otro servicio con CDI.
|
||
EN EL ASPECTO TÉCNICO: |
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|
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||
3.16 |
Que los programas propuestos por el LICITANTE sean incongruentes con los demás documentos y por lo tanto no sea factible ejecutar los trabajos |
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|
|
||
3.17 |
Que la PROPOSICIÓN presente incongruencias, contradicciones o cambios en cualquier especificación o unidad de medida del catálogo de conceptos y cantidades de obra. |
||
|
|
||
3.18 |
Proponga un plazo de ejecución mayor que el señalado como máximo por la COMISIÓN. |
||
|
|
||
3.19 |
Incluya maquinaria y equipo que no reúna las características mínimas necesarias para la ejecución de los servicios. |
||
3.20 |
No incluya la mano de obra, maquinaria o equipo necesario para realizar sus actividades. |
||
|
|
||
EN EL ASPECTO ECONÓMICO: |
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|
|
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3.21 |
Que en el catalogo de conceptos omita escribir con número y con letra uno o varios importes de los precios unitarios. |
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|
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||
3.22 |
No entregue el programa de erogación del anticipo. |
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|
|
||
3.23 |
No entregue el 100% de los análisis de precios unitarios de los conceptos de trabajo que representen el monto total de la propuesta. |
||
|
|
||
3.24 |
Incluya cargos y conceptos indebidos. |
||
|
|
||
3.25 |
Cuando se compruebe que algún LICITANTE ha acordado con otro u otros elevar el costo de los trabajos o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás LICITANTES. |
||
|
|
||
3.26 |
Se compruebe que el precio propuesto esté fuera de los parámetros xx xxxxxxx. |
||
|
|
||
Al momento de desechar las PROPOSICIONES podrá comunicarse al LICITANTE en el acto que corresponda, asentándose en las actas respectivas las causas que lo originaron. |
|||
|
|||
|
4. |
ADJUDICACIÓN |
Al finalizar la evaluación de las proposiciones, la COMISIÓN adjudicará el contrato al licitante cuya proposición resulte solvente por reunir, conforme a los criterios de evaluación establecidos en esta convocatoria de licitación, de conformidad con la Ley y el Reglamento, las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas, y garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas. |
||
|
||
Si resultare que dos o más proposiciones son solventes porque reúnen las condiciones antes señaladas, el contrato se adjudicará a quien presente la proposición que resulte económicamente más conveniente para la COMISIÓN, de acuerdo a los dos primeros criterios establecidos en el artículo 205 del Reglamento, criterio relativo al precio y criterio relativo a calidad. |
||
|
||
Para tales efectos, la adjudicación del contrato a la proposición que resulte económicamente más conveniente para la COMISIÓN, se hará a través del mecanismo que atienda a las condiciones, criterios, parámetros y su correspondiente valoración en puntaje, en los siguientes términos: |
||
|
||
I. Criterio relativo al Precio. Representado por la proposición solvente cuyo precio o monto sea el más bajo, o la de menor valor presente, la que tendrá una ponderación de: 30 puntos. |
||
|
||
En estos términos, la puntuación que se le asigne a las demás proposiciones que hayan resultado solventes se determinará atendiendo a la siguiente fórmula: |
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|
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PAj = 30(PSPMB/PPj) Para toda j = 1, 2,…..,n |
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Donde: |
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PAj = Puntos a asignar a la proposición “j” |
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PSPMB = proposición solvente cuyo precio es el más bajo, o la de menor valor presente. |
||
PPj = Precio de la proposición “j” |
||
El subíndice “j” representa a las demás proposiciones determinadas como solventes como resultado de la evaluación
|
||
II. Criterio relativo a la Calidad. La calidad atenderá a los rubros de especialidad, experiencia y capacidad técnica en su puntaje, tendrán una ponderación en conjunto de 70 puntos. |
||
|
||
Los 70 puntos se distribuirán como sigue:
Evaluación de licitante 30 Pts. Distribuidos de la siguiente manera:
Para cumplir con este requerimiento se deberá anexar fotocopia de las certificaciones, emitidas conforme a la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.
Se asignará 1 punto.
Comprobante de no antecedentes de vicios ocultos
Se asignará 1 punto.
Evaluación técnica de la propuesta 40 Pts. Distribuidos de la siguiente manera:
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La suma de los criterios anteriormente descritos será menor o igual a 100 puntos. |
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En caso de empate de dos o más PROPOSICIONES, para la adjudicación del contrato se dará preferencia al LICITANTE (persona física) con discapacidad ó al LICITANTE (persona moral) que compruebe que cuenta con personal con discapacidad en una proporción de cuando menos el 5% del total de su planta de empleados, cuya antigüedad no sea inferior a seis meses, antigüedad que deberá ser demostrada con el aviso de alta al régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social. |
||
|
||
Si no fuere factible resolver el empate en los términos del párrafo anterior, la adjudicación se efectuará en favor del licitante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que celebre la convocante en el propio acto de fallo, el cual consistirá en la participación de un boleto por cada proposición que resulte empatada y depositados en una urna, de la que se extraerá en primer lugar el boleto del licitante ganador y, posteriormente, los demás boletos empatados, con lo que se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones; dicho procedimiento deberá preverse en las convocatoria de licitación. |
VI |
INCONFORMIDADES |
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|
|
Las inconformidades que se deriven de la presente Licitación deberán presentarse por escrito ante el Órgano Interno de Control en la COMISIÓN dependiente de la Secretaría de la Función Pública, ubicado en Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xx. 000, 0x xxxx, Xxxxxxx Xxxx, Xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, X. P. 03330, México, D. F., de lunes a viernes en días hábiles con un horario de 9:00 a 18:00 hrs., el cual está facultado para conocer, tramitar y resolver las mismas |
Atentamente
XX. XXXXXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXX
Presidente del subcomité de Obras Públicas y Servicios
Relacionados con las mismas.
Delegación Guerrero
ANEXO I
FORMATO PARA ACREDITACIÓN DE PERSONALIDAD |
COMISIÓN NACIONAL PARA EL DESARROLLO
DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS
P R E S E N T E.
(Nombre del Representante Legal) manifiesto bajo protesta de decir verdad, que los datos aquí asentados, son ciertos y han sido debidamente verificados, así mismo cuento con facultades suficientes para suscribir la propuesta en la presente Licitación Pública, a nombre y representación de (Nombre del LICITANTE)
Licitación Pública (Carácter) No. |
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Domicilio, Calle y número: |
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Colonia: |
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Delegación ó Municipio: |
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Código Postal: |
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Entidad Federativa: |
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Teléfonos: |
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Fax: |
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Correo Electrónico: |
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Registro Federal de Contribuyentes: |
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No. de la Escritura en la que consta su acta constitutiva: |
|
De fecha: |
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Nombre, número y xxxxx xxx Xxxxxxx Público ante el cual se dio fe de la misma: |
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Descripción del objeto Social: |
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Reformas al acta constitutiva: |
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Fecha y numero de la inscripción en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio |
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Relación de Accionistas: |
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Nombre del Apoderado o Representante: |
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No. de la Escritura Pública mediante el cual acredita su personalidad y facultades: |
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De fecha: |
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Nombre, número y xxxxx xxx Xxxxxxx Público ante el cual se dio fe de la misma: |
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|
México D. F., a de de 200_
Protesto lo necesario
Firma
Nota: el presente formato podrá ser reproducido por cada Licitante en el modo que estime conveniente en papel membretado, debiendo respetar su contenido, preferentemente en el orden indicado.
ANEXO II
COMISIÓN NACIONAL PARA EL
DESARROLLO DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS
PRESENTE
(Nombre del representante), en nombre y representación de (Nombre del LICITANTE), con el fin de participar en la Licitación Pública (Nacional) No. (Indicar el No. de licitación), bajo protesta de decir verdad, manifiesto lo siguiente:
Que los servicios se llevarán a cabo con sujeción a la LEY y su REGLAMENTO. Asimismo que se sujetará al Reglamento de Construcciones para el Estado de (especificar) y a las especificaciones de la obra, los programas de utilización de personal técnico, administrativo y de servicios, mano de obra, maquinaría, equipo y el programa de trabajo que presentó en su propuesta
Que está debidamente enterado y de acuerdo con los datos que se proporcionan en lo concerniente a las condiciones y el grado de dificultad de los trabajos y de las demás características que ofrece la COMISIÓN como orientación a título enunciativo más no limitativo, quedando bajo la responsabilidad de los LICITANTES juzgar todas las circunstancias, de tal manera que, si cualquiera resultara diferente al momento de la ejecución, la diferencia no justificará reclamación alguna del SUPERVISOR
Que, designará para permanecer en la obra a un profesional especializado que sea su representante (Superintendente de supervisión), ingeniero civil, cuyo título profesional deberá estar registrado en la Dirección General de Profesiones de la Secretaria de Educación Pública en vigor, con experiencia mínima de (número y letra) años en trabajos similares, conocer ampliamente la LEY y su REGLAMENTO, las normas de calidad, el proyecto y las especificaciones particulares de la supervisión en cuestión. Dicho Superintendente de Supervisión deberá estar facultado para oír y recibir toda clase de notificaciones y para la toma de decisiones
Que no se encuentra en alguno de los supuestos previstos en los artículos 51 y 78 penúltimo párrafo7 de la LEY.
Que por su conducto, no participan en esta licitación, personas físicas x xxxxxxx que se encuentren inhabilitadas por resolución de la Secretaría de la Función Pública en los términos de la LEY o de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, con el propósito de evadir los efectos de la inhabilitación, y que no se encuentran en ninguno de los supuestos siguientes:
Personas xxxxxxx en cuyo capital social participen personas físicas x xxxxxxx que se encuentren inhabilitadas en términos del primer párrafo de esta fracción;
Personas xxxxxxx que en su capital social participen personas xxxxxxx en cuyo capital social, a su vez, participen personas físicas x xxxxxxx que se encuentren inhabilitadas en términos del primer párrafo de esta fracción, y
Personas físicas que participen en el capital social de personas xxxxxxx que se encuentren inhabilitadas.
Declaración de que conocen el sitio de los trabajos y sus condiciones ambientales, por lo que no podrán invocar su desconocimiento o solicitar modificaciones al CONTRATO por este motivo.
Que bajo ningún concepto podrán subcontratarse parcial o totalmente los conceptos de supervisión.
Que acepta las modificaciones realizadas a la convocatoria derivadas de la junta de aclaraciones.
Que conoce el contenido del modelo de CONTRATO y manifiesta su conformidad de ajustarse a sus términos.
Declaración de integridad, en la que señale que por sí mismos o a través de interpósita persona se abstendrán de adoptar conductas para que los servidores públicos de la COMISIÓN, induzcan o alteren la evaluación de las PROPOSICIONES, el resultado del procedimiento de contratación y cualquier otro aspecto que les otorgue condiciones más ventajosas, con relación a los demás participantes
Manifestación escrita de conocer y estar de acuerdo en ajustarse a los términos de los alcances de los servicios que se licitan, su termino de referencia, así como a las presentes convocatoria de licitación y las “LEY “es y “REGLAMENTO”s aplicables
Nombre y firma del Representante
ANEXO III
MODELO DEL CONTRATO
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS RELACIONADOS CON OBRA PÚBLICA PARA LOS SERVICIOS DE SUPERVISION GERENCIAL DE OBRA DE LA OBRA PÚBLICA A PRECIOS UNITARIOS Y TIEMPO DETERMINADO _________________________, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA COMISIÓN NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “LA COMISIÓN”, REPRESENTADA POR ________________________________, EN SU CARÁCTER DE _________________________________, Y POR LA OTRA, LA EMPRESA _________________________, REPRESENTADA POR ____________________ EN SU CARÁCTER DE ___________________, A QUIEN EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ “EL SUPERVISOR”, QUIENES CUANDO ACTÚEN DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”, DOCUMENTO QUE SE SUSCRIBE DE CONFORMIDAD CON LAS SIGUIENTES:
D E C L A R A C I O N E S
I. De "LA COMISIÓN":
I.1 Que es un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, no sectorizado, con personalidad jurídica, con patrimonio propio, con autonomía operativa, técnica, presupuestal y administrativa, de conformidad con su Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 xx xxxx de 2003.
I.2 Que tiene como objeto orientar, coordinar, promover, apoyar, fomentar, dar seguimiento y evaluar los programas, proyectos, estrategias y acciones públicas para el desarrollo integral y sustentable de los pueblos y comunidades indígenas.
I.3 Que este Contrato se otorga a “EL SUPERVISOR” como resultado de la Licitación Pública Nacional (o Internacional, según sea el caso) No. ______ , en términos de lo dispuesto por los artículos 4, 27 fracción I, 28, 46, 53 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y 85, 86 y 86 A de su Reglamento.
I.4 Que ______________________, cuenta con las facultades suficientes para la celebración del presente Instrumento, de conformidad con el Poder General contenido en la Escritura Pública número ________ de fecha ____ de _______ de _______, otorgado ante la Fe de el Licenciado _____________________, Notario Público _____ de la Ciudad de México, Distrito Federal.
I.5 Que para la contratación materia del presente Instrumento, se cuenta con la autorización para cubrir el compromiso presupuestal, como consta en la requisición de compra número ________________ de fecha _____ de _____ de _____, en el oficio de autorización de inversión número _________________ de fecha ____ de ______ de ____
I.6 Que se cuenta con el dictamen a que alude el artículo 18, tercer párrafo de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
I.7 Que para los efectos legales a que haya lugar señala como su domicilio legal el ubicado en Avenida México Coyoacán, número 343, Colonia Xoco, Delegación Xxxxxx Xxxxxx, Código Postal 03330, en la Ciudad de México, Distrito Federal.
II. De “EL SUPERVISOR”:
II.1 Que acredita su legal existencia, con el testimonio de la Escritura Pública número _________ de fecha ____ de ______ de _____, otorgada ante la Fe del Licenciado ______________, Notario Público ___ de la Ciudad de _______, e inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio ___________, bajo el folio ______________.
II.2 Que tiene la capacidad jurídica para contratar y reúne las condiciones administrativas, humanas y legales para obligarse a la ejecución de los trabajos objeto de este contrato, así como que dispone de la organización y elementos suficientes para ello, dado que dentro de su objeto social se encuentra_______________________.
II.3 Que __________________, en su carácter de _______________, cuenta con las facultades legales necesarias para suscribir el presente Contrato, como lo acredita con el Testimonio Notarial número __________ de fecha ____ de _____ de _______, otorgada ante la Fe del Licenciado ________________, Notario Público ____ de la Ciudad de _________________, y manifiesta bajo protesta de decir verdad que las facultades que tiene conferidas no le han sido modificadas ni revocadas a la fecha.
II.4 Que su representante legal se identifica con Credencial para votar, expedida por Instituto Federal Electoral con número de folio _____________, Clave de Elector __________________ y año de registro _______.
II.5 Que su Clave de Registro Federal de Contribuyentes es ___________________.
II.6 Que manifiesta bajo protesta de decir verdad que ni él ni ninguno de sus socios o asociados desempeña un empleo cargo o comisión en el servicio público, que conoce el contenido del artículo 32D del Código Fiscal de la Federación de igual forma que su representada no se encuentra en ninguno de los supuestos a que se refiere el artículo 51 y 78, penúltimo párrafo de RLOP, y que por su conducto no participan en los procedimientos de contratación personas físicas x xxxxxxx que se encuentren inhabilitadas por resolución de la Secretaría de la Función Pública, en los términos del artículo 33, fracción XXIII de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, asimismo que ha presentado a “LA COMISIÓN” el escrito a que alude la Regla 2.1.16 de la Resolución Miscelánea Fiscal para el 2006 publicada en el Diario Oficial de la Federación, el 2 xx xxxxxx de 2006, y su reforma publicada el día 28 xx xxxxx de 2007. (Resolución Miscelánea aplicable al ejercicio fiscal de que se trate).
II.7 Que conoce el contenido y requisitos de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, su Reglamento, el Reglamento de Construcción vigente en el lugar en el que se realizan los trabajos, así como las demás normas que regulan la ejecución de los trabajos, incluyendo los términos de referencia, las especificaciones generales y particulares de los trabajos, las obligaciones que adquiere para la ejecución del servicio de supervisión y en general, toda la información requerida para los servicios materia de este contrato.
II.8 Que para los efectos de este Contrato señala como su domicilio el ubicado en __________________________________________________.
Vistas las declaraciones anteriores, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 4, 27 fracción I, 28, 46, 53 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y 85, 86 y 86 A de su Reglamento, “LAS PARTES” tienen a bien otorgar las siguientes:
X X X X X X X X X
XXXXXXX. XXXXXX XXX CONTRATO: “LA COMISIÓN” encomienda a “EL SUPERVISOR” la realización de los servicios relacionados con obra pública consistentes en la Supervisión Gerencial de Obra ______________________________ (describir los trabajos a realizar), en lo sucesivo el servicio, obligándose a llevar a cabo las siguientes actividades:
(establecer las actividades a realizar por el supervisor dentro de las cuales se encuentran las previstas en los artículos 86 y 86 A del Reglamento de la LOPSRM)
Apegándose a la convocatoria de la licitación ____________, su propuesta técnica y económica, los programas autorizados, presupuestos, términos de referencia, así como a las normas de construcción vigentes, mismos que firmados por “LAS PARTES” se tienen por reproducidos como parte integrante de este contrato.
SEGUNDA. MONTO DEL CONTRATO: “LA COMISIÓN” se obliga a pagar a “EL SUPERVISOR”, por concepto de los servicios descritos en el cuerpo de este Contrato la cantidad total de $______________ (____________________ PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), monto que incluye el Impuesto al Valor Agregado correspondiente.
El importe corresponde al precio cotizado por “EL SUPERVISOR” y permanecerá fijo hasta el total cumplimiento del Contrato, y en su caso durante la vigencia de cualquier ampliación o prórroga.
TERCERA. FORMA Y LUGAR DE PAGO: El pago se efectuará en pesos mexicanos y será cubierto por "LA COMISIÓN" en ______ exhibiciones por la cantidad de $______________ (_____________________ PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), cantidad que incluye el Impuesto al Valor Agregado correspondiente, conforme al siguiente calendario: ______________________________________________________________________________, contra la entrega de los (establecer los productos entregables por parte del supervisor y las fechas de entrega); y demás obligaciones derivadas del presente Contrato, los controles e informes serán rendidos por “EL SUPERVISOR” _______________ (semanal, quincenal o mensualmente) en la _______________________________ (Área responsable) de “LA COMISIÓN” a entera satisfacción de su Titular sita en ____________________________________________________.
Los pagos se realizarán dentro de los veinte días naturales posteriores a la presentación de las facturas correspondientes, para revisión y visto bueno del Titular de (Área responsable) de “LA COMISIÓN”, área que se encargará de evaluar los reportes e informes de las actividades efectuadas por “EL SUPERVISOR” durante el período del que se trate así como sus reportes y trabajo final.
Las facturas que “EL SUPERVISOR” expida a favor de “LA COMISIÓN” con motivo de los pagos que ésta le efectuará deberán cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación, por lo que si dichas facturas no se ajustan a lo establecido, no serán recibidas por “LA COMISIÓN” y ello no implicará responsabilidad alguna de su parte y serán presentadas en ___________________________________, lugar donde se efectuará el pago.
CUARTA. PRECIO FIJO: “EL SUPERVISOR” acepta que la cantidad señalada en la Cláusula Segunda de este Instrumento cubre el costo total de los servicios materia de este Contrato, y corresponde al precio consignado en su cotización, el cual permanecerá fijo, por lo que no tendrá derecho a reclamar incremento ni pago adicional alguno.
QUINTA. OBLIGACIONES DE “EL SUPERVISOR”: Éste se obliga a atender puntualmente las indicaciones que para el eficaz desempeño de los servicios contratados reciba, así como hacer de su conocimiento cualquier hecho o circunstancia que pueda traducirse en beneficio o perjuicio de los intereses de “LA COMISIÓN”. “EL SUPERVISOR”. Asimismo, se compromete a corregir cualquier error o anomalía que pudiese detectarse durante la prestación del servicio mencionado en la Cláusula Primera del presente Contrato, tales correcciones se harán bajo las mismas condiciones estipuladas en el Anexo I.
Las funciones que realizará “EL SUPERVISOR”, serán las siguientes:
_____________________________
_____________________________
_____________________________
NOTA IMPORTANTE
(Tomar en cuenta el artículo 86 y 86 A del Reglamento de la Ley, las funciones señaladas en este artículo, así como las que adicionalmente prevean las áreas para cada caso particular, deberán ser congruentes con los términos de referencia respectivos y asentarse en este contrato)
SEXTA. LUGAR PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS: Los servicios objeto del presente Contrato se realizarán dentro de las instalaciones de “LA COMISIÓN” en el inmueble ubicado en _____________________________________ (domicilio en que se realizará la obra).
SÉPTIMA. PLAZO DE EJECUCIÓN: “EL SUPERVISOR” se obliga a realizar los servicios materia del presente contrato en un plazo que no excederá de _________, para lo cual el inicio de los trabajos se efectuará el día ________ del mes de ________ de 2007, y concluirán el _____________________ de 2007, de conformidad con el programa de ejecución.
OCTAVA. GARANTÍAS: “EL SUPERVISOR” se obliga a constituir en la forma, términos y procedimientos previstos por la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento, las garantías siguientes:
A) FIANZA DEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO “EL SUPERVISOR” se obliga a garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente Contrato, mediante fianza que se constituirá a favor de “LA COMISIÓN”, la cual equivaldrá a un 10% (diez por ciento) del monto total estipulado en la Cláusula Segunda, sin incluir el impuesto al valor agregado, debiendo ser entregada la fianza referida, en un plazo no mayor de 15 (quince) días naturales posteriores a la fecha de la notificación del fallo, conteniendo los siguientes características:
a. Que la fianza se otorgará atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en este contrato;
b. Que para liberar la fianza, será requisito indispensable la manifestación expresa y por escrito de “LA COMISIÓN”;
c. Que la fianza estará vigente durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva por autoridad competente, y
Que la afianzadora acepta expresamente someterse a los procedimientos de ejecución previstos en la Ley Federal de Instituciones de Fianzas para la efectividad de las fianzas, renunciando al beneficio de orden y exclusión otorgado en el artículo 118 del mismo ordenamiento, para la efectividad de las fianzas, aún para el caso de que procediera el cobro de intereses, con motivo del pago extemporáneo del importe de la póliza requerida;
En caso de otorgamiento de prórrogas o esperas a “EL SUPERVISOR”, derivadas de la formalización de convenios de ampliación al monto o al plazo de ejecución del contrato, se deberá obtener la modificación de la fianza;
B) FIANZA PARA RESPONDER DE LOS TRABAJOS MAL EJECUTADOS Y/O VICIOS OCULTOS: Con fundamento en el artículo 66 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas “EL SUPERVISOR” se obliga a garantizar los trabajos dentro de los quince días naturales a la recepción formal de los mismos, mediante fianza que se constituirá a favor de “LA COMISIÓN”, la cual equivaldrá a un 10% (diez por ciento) del monto total ejercido de los trabajos, esta garantía tendrá una vigencia de doce meses contados a partir de la fecha de entrega – recepción de los trabajos. La fianza deberá cumplir con las características que se encuentran establecidas en el artículo 66 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
NOVENA. AJUSTE DE COSTOS. “LAS PARTES” convienen en revisar y en su caso, ajustar los costos que integran los precios unitarios pactados en este Contrato, cuando durante su vigencia ocurran circunstancias de orden económico no previstas en el mismo, que determinen un aumento o reducción de costos de los trabajos aún no ejecutados al momento de ocurrir dicha contingencia. La revisión se efectuará conforme al procedimiento establecido en los artículos 57 y 58 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y 144 al 153 de su Reglamento.
Los ajustes de costos que, en su caso procedan se realizará aplicando los índices a que se refiere el artículo 58, fracción II de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. En el caso de la mano de obra, a la plantilla del personal se le aplicarán las variaciones que determine la Comisión Nacional de Salarios Mínimos para los salarios mínimos generales en el Distrito Federal.
DÉCIMA.- RECEPCIÓN DE LOS TRABAJOS. La recepción de los trabajos, ya sea total o parcial, se realizará mediante comunicación que por escrito haga “EL SUPERVISOR” a “LA COMISIÓN” a la terminación de éstos, y “LA COMISIÓN” verificará que los trabajos estén concluidos dentro de un plazo de 8 días naturales, contados a partir de la fecha en que reciba la comunicación de “EL SUPERVISOR”.
Comprobada la terminación de los trabajos conforme al párrafo anterior “LA COMISIÓN” procederá a su recepción dentro de los 15 días naturales siguientes, para lo cual en la misma fecha levantará el acta de entrega-recepción correspondiente, comunicando dicha fecha oportunamente al Órgano Interno de Control de “LA COMISIÓN”, a fin de que si una u otra lo estiman conveniente nombren representantes que asistan al acto. El acta que se levante deberá formularse con apego a los términos del artículo 64 de la Ley de Obras Públicas y de Servicios Relacionados con las Mismas.
Previamente a la recepción de los trabajos “EL SUPERVISOR” se obliga a entregar la Garantía de Defectos y Xxxxxx Xxxxxxx.
DÉCIMA PRIMERA.- MODIFICACIONES AL CONTRATO: “LA COMISIÓN” podrá modificar las especificaciones consignadas de los términos en que se deban prestar los servicios, únicamente cuando éstas sean notificadas por escrito a “EL SUPERVISOR” y de mutuo acuerdo se establezcan los ajustes correspondientes en un documento que será parte integrante de este Instrumento. Ningún acuerdo verbal constituirá obligación alguna.
DÉCIMA SEGUNDA. RESPONSABILIDADES DEL SUPERVISOR. “EL SUPERVISOR” se obliga a prestar los servicios objeto del presente Contrato conforme a los términos establecidos en el Anexo I y por lo establecido en el artículo 86 del Reglamento de la Ley de Obras Publicas y Servicios Relacionados con las Mismas, que la prestación de dichos servicios se efectúe a satisfacción de _________________ (Área responsable) de “LA COMISIÓN” así como a responder por su cuenta y riesgo de los daños y perjuicios que por inobservancia o negligencia de su parte se lleguen a causar a “LA COMISIÓN” o a terceros, en cuyo caso se hará efectiva la garantía otorgada para el cumplimiento del Contrato, hasta por el monto total de la misma.
DÉCIMA TERCERA. PENAS CONVENCIONALES: En caso de que “EL SUPERVISOR” no cumpla con las obligaciones contraídas en el presente Instrumento en el tiempo estipulado para la prestación del servicio por razones a él imputables, conviene en pagar a "LA COMISIÓN", a título xx Xxxx Convencional el equivalente al 1% (Uno por ciento), por cada día natural de atraso en la prestación de los servicios, porcentaje que se aplicará sobre el monto total del servicio no prestado oportunamente, cantidad que no incluye el Impuesto al Valor Agregado, sin exceder del 10% del importe total del Contrato, de conformidad con el artículo 46 fracción VIII de la Ley de Obras Públicas y Servicios relacionados con las Mismas.
DÉCIMA CUARTA. RESCISIÓN ADMINISTRATIVA: “LA COMISIÓN” podrá rescindir administrativamente el presente Contrato sin necesidad de que medie resolución judicial alguna, en apego al artículo 62 de la Ley de Obras Públicas y Servicios relacionados con las Mismas, por una o varias de las causas imputables al mismo, que se encuentran previstas en el artículo 127 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios relacionados con las Mismas.
El procedimiento de rescisión se podrá llevar a cabo en cualquier momento, cuando “EL SUPERVISOR” incurra en incumplimiento de sus obligaciones, conforme a lo establecido en el artículo 61 de la citada Ley. La determinación de dar por rescindido administrativamente el Contrato, no podrá ser revocada o modificada por “LA COMISIÓN”.
DÉCIMA QUINTA. PROHIBICIÓN DE CESIÓN DE DERECHOS “EL SUPERVISOR” se obliga a no ceder a terceras personas físicas x xxxxxxx en forma parcial o total los derechos y obligaciones derivados del presente Contrato, así como los derechos de cobro por la prestación de los servicios realizados.
DÉCIMA SEXTA. RESPONSABILIDAD LABORAL: “EL SUPERVISOR” asume plenamente cualquier tipo de responsabilidad que con motivo de este Contrato o de la realización y prestación del servicio pudiera derivarse, relevando de toda responsabilidad obrero-patronal a “LA COMISIÓN”. Asimismo, “LAS PARTES” aceptan y reconocen expresamente que no son aplicables a este Contrato, las disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, ni de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, reglamentarias del artículo 123 Constitucional.
DÉCIMA SÉPTIMA. SUSPENSIÓN TEMPORAL.- “LA COMISIÓN” podrá suspender temporalmente en todo o en parte los servicios contratados en cualquier momento por causas justificadas o por razones de interés general, sin que ello implique su terminación definitiva, misma que será autorizada por el representante legal de “LASUPERVISOR”.
El presente Contrato podrá continuar produciendo todos sus efectos legales una vez que hayan desaparecido las causas que motivaron dicha suspensión.
DÉCIMA OCTAVA. EFECTOS DE LA SUSPENSIÓN DEFINITIVA DEL CONTRATO.- En todos los casos de suspensión, rescisión administrativa o terminación anticipada del Contrato, “LA COMISIÓN” procederá a levantar acta circunstanciada con o sin la comparecencia de “EL SUPERVISOR”, haciendo constar el estado en que se encuentre los trabajos, y con base en ella se hará a “EL SUPERVISOR” el pago de finiquito correspondiente.
Lo expuesto anteriormente es sin perjuicio de lo establecido en el artículo 62 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
DÉCIMA NOVENA. OBLIGACIÓN COMÚN.- “LAS PARTES” se obligan a sujetarse estrictamente para la prestación del servicio objeto de este Contrato, a todas y cada una de las cláusulas que lo integran, así como a los términos, lineamientos, procedimientos y requisitos que establece la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento en vigor, y las demás normas y disposiciones administrativas que le sean aplicables.
VIGÉSIMA. IMPUESTOS.- “LAS PARTES” convienen en que los impuestos que se generen con motivo de la celebración del presente instrumento, correrán a cargo de la parte que le corresponda, por su parte “EL SUPERVISOR” manifiesta, que se encuentra al corriente del pago de obligaciones fiscales.
VIGÉSIMA PRIMERA. TERMINACIÓN ANTICIPADA: “LA COMISIÓN” podrá dar por terminado anticipadamente a la fecha de su vigencia el presente Instrumento, cuando concurran razones de interés general o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los servicios originalmente contratados y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas se ocasionaría algún daño o perjuicio grave al Estado, de conformidad con lo previsto con el artículo 60 de la Ley de Obras Públicas y Servicios relacionados con las Mismas, lo anterior sin necesidad de que medie resolución judicial alguna, mediante notificación por escrito con acuse de recibido de “EL SUPERVISOR”, que deberá efectuarse con antelación mínima de 15 (quince) días hábiles a la fecha que se proponga para la terminación, procediendo de inmediato a finiquitar las obligaciones pendientes de cumplir por cualquiera de “LAS PARTES” para su liquidación.
En todos los supuestos aludidos en esta Cláusula, “LA COMISIÓN” deberá liquidar, en su caso, a “EL SUPERVISOR” los servicios que hubieren sido aceptados a entera satisfacción de “LA COMISIÓN” y que no se hayan pagado.
VIGÉSIMA SEGUNDA. VIGENCIA: El presente Contrato surtirá sus efectos a partir de la fecha de su firma y hasta el ______________________.
VIGÉSIMA TERCERA. LEGISLACIÓN APLICABLE: “LAS PARTES” se obligan a sujetarse estrictamente para la ejecución de los servicios objeto de este Instrumento, a todas y cada una de las Cláusulas que lo integran, a la Ley de Obras Públicas y Servicios relacionados con las Mismas, su Reglamento y demás disposiciones jurídicas supletorias que le sean aplicables.
VIGÉSIMA CUARTA. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA: Para la interpretación y cumplimiento del presente Contrato, así como para todo aquello que no se encuentre expresamente estipulado en el mismo, “LAS PARTES” se someterán a las disposiciones legales aplicables y a la competencia de los Tribunales Federales de la Ciudad de México, Distrito Federal renunciando a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles en razón de sus domicilios presentes o futuros, o por cualquier otra causa.
Leído que fue el presente Contrato y enteradas las partes de su contenido y alcance legal, lo firman de conformidad por triplicado en la Ciudad de México, Distrito Federal a los ______ días del mes de __________ de ______
Por “LA COMISIÓN” |
Por “EL SUPERVISOR” |
______________________________ (Nombre y cargo) |
________________________________ (Nombre y cargo) |
ANEXO A
TÉRMINOS DE REFERENCIA PARA LA SUPERVISIÓN GERENCIAL DENTRO DEL PROGRAMA DE INFRAESTRUCTURA BÁSICA PARA LA ATENCIÓN DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS (PIBAI).
CONTENIDO
1.- ALCANCES
2.- DISPOSICIONES GENERALES
2.1.- Definición de términos
3.- PROPUESTA.
4.- SEGUIMIENTO A LOS PROCESOS DE LICITACIÓN PARA ADJUDICACIÓN DE LAS OBRAS.
5.- REVISIÓN DEL PROYECTO Y EXPEDIENTE TÉCNICO.
6.- CONTRATO, PRESUPUESTO DE OBRA Y PRECIOS UNITARIOS
7.- PROGRAMA DE OBRA
8.- SUPERVISIÓN DE LA CONSTRUCCIÓN
8.1- Supervisión topográfica verificatoria
8.2- Verificación de control de calidad
8.3.- Seguimiento de programa
8.4- Cantidades de obra
8.5.- Terminación anticipada y/o suspensión de obras
9.-ESTIMACIÓN DE OBRA
10.-APERTURA Y CIERRE DE LA(S) OBRA(S)
10.1.- Apertura de la(s) obra(s)
10.2.- Terminación de la(s) obra(s)
10.2.1.- Estimación de cierre
10.2.2.- Entrega recepción de la(s) obra(s)
10.2.3.- Finiquito de la(s) obra(s)
11.-CIERRE DE LOS SERVICIOS DE SUPERVISIÓN
12.- CANALES DE COMUNICACIÓN
12.1.- Bitácora.
12.2.- Juntas de obra
12.3.-
Documentación de expediente.
12.4.- Informes
13.-NORMAS APLICABLES
1.- ANTECEDENTES
La Comisión Nacional Para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (CDI), tiene programado realizar, a través de la (s) dependencia (s) ejecutora (s) designadas por el Gobierno del Estado durante el año 2010, la ejecución de obras de Infraestructura Básica con base en el Anexo 1 (Anexos 1, 2, 3 y 4) del Acuerdo de Coordinación celebrado el 3 xx xxxxx de 2010 entre el Gobierno del Estado y la CDI a través del Programa de Infraestructura Básica Para la Atención de los Pueblos Indígenas (PIBAI), las siguientes obras en las modalidades de Regiones Indígenas y Proyectos Estratégicos.
OBJETIVO:
Como objetivo primordial, se pretende llevar a cabo la Verificación, apoyo técnico, administrativo y financiero de las obras del Programa de Infraestructura Básica (PIBAI) Ejercicio Fiscal 2010 de acuerdo a las funciones establecidas en el art. 86 y 86 A del RLOP, en el rubro de la construcción, consistente en obras de alcantarillado y saneamiento, en el Estado de Guerrero.
Los lineamientos, normas y procedimientos del PIBAI, contenidos en las Reglas de Operación, tienen como propósito sumar los esfuerzos y recursos de los tres niveles de Gobierno, así como la participación activa y organizada de los beneficiarios para lograr el desarrollo de proyectos sustentables y servicios sostenibles por lo tanto, la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas en su carácter de ejecutor del PIBAI, ha decidido contratar los servicios de empresas consultoras especializadas con la experiencia y la capacidad financiera y técnica adecuadas, para desarrollar los trabajos de Supervisión Técnica.
2.- DISPOSICIONES GENERALES
2.1.- DEFINICIÓN DE TERMINOS
CDI.- Comisión Nacional Para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas.
DGPIB.- Dirección general de infraestructura básica de la CDI.
DECDI.- Delegación Estatal de la CDI.
PIBAI.- Programa de Infraestructura Básica para la Atención de los Pueblos Indígenas
DEPENDENCIA EJECUTORA.- Es la dependencia designada por el gobierno del Estado y en su caso la CDI, siendo la máxima autoridad referente al proyecto, dirección y ejecución de la (s) obra(s).
RESIDENTE DE OBRA.- Servidor público designado por la dependencia ejecutora quien fungirá como su representante ante el contratista y quien será responsable directo de la ejecución de los trabajos.
CONTRATISTA.- Persona física o moral que elaborará la obra pública.
CONTRATO.- Documento legal donde se establecen los derechos y obligaciones de las partes contratantes, así como los términos, condiciones y características específicas que regirán la prestación de los servicios.
SUPERINTENDENTE DE CONSTRUCCIÓN.- Personal de la contratista responsable de la ejecución de la obra.
COORDINADOR DE SUPERVISIÓN.- Servidor Público designado por escrito por la COMISIÓN, quién fungirá como su representante ante la (supervisión gerencial) y será el responsable directo de la verificación de la prestación de los servicios, incluyendo la aprobación de las estimaciones presentadas por el SUPERVISOR.
SUPERVISIÓN GERENCIAL DE OBRAS.- Persona física o moral que celebra contrato por la prestación de los servicios de obra pública
JEFE DE SUPERVISIÓN.- Personal designado por la supervisión gerencial.
BITÁCORA DE SUPERVISIÓN.- El instrumento técnico que constituye el medio de comunicación entre las partes que firman el CONTRATO, donde se registran los asuntos y eventos importantes que se presentan durante la ejecución de los servicios y estará vigente durante el desarrollo de los trabajos, misma que será suministrada por la COMISIÓN.
ESTIMACIÓN DE SUPERVISIÓN.- Documentos que presenta la SUPERVISIÓN GERENCIAL DE OBRAS en forma periódica para el cobro de sus servicios.
LEY.- Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
REGLAMENTO.- Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
LICITANTE.- La persona física o moral, que se haya inscrito y cumplido con todos los requisitos solicitados, y que esté capacitado jurídicamente para contratar la supervisión de la obra materia de la presente licitación.
PROPOSICIONES.- Ofertas o propuestas que presenten los LICITANTES.
La Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas es la autoridad máxima en todo lo referente a la supervisión gerencial de la(s) obra(s).
La supervisión gerencial., podrá participar desde los procesos de licitación y contratación hasta la entrega recepción de las obras
La supervisión gerencial. Se considera como una extensión de la CDI en cuanto a su relación de trabajo; por lo tanto, debe identificarse plenamente con sus políticas y metas, y ser corresponsable en la consecución del objetivo común: Optimizar la calidad, costo, tiempo de ejecución y seguridad de la (s) obra (s).
Que el plazo para la ejecución de los servicios que se prestan será de 260 días naturales.
El servicio de supervisión contempla la, INFORMACIÓN, VERIFICACIÓN DE CALIDAD, SEGUIMIENTO Y CONTROL DE LA (S) OBRA (S) conforme las especificaciones particulares de cada proyecto. Durante la ejecución de las obras, la supervisión gerencial. Deberá tener siempre una actitud ejecutiva de carácter preventivo más que correctivo, validando los trabajos ejecutados para continuar con la siguiente etapa del proceso constructivo, en caso de no cumplir con la calidad y/o especificaciones requeridas, deberá rechazarlos, notificando a la contratista y a la Ejecutora su sustitución, corrección o modificación, hasta que cumplan con las especificaciones marcadas en el proyecto.
Si durante el proceso constructivo se detectara algún imprevisto para continuar con la ejecución de la (s) obra (s). La supervisión gerencial y la contratista deberán plantear una solución alternativa, siempre y cuando no signifique un cambio sustancial en el proyecto, altere el presupuesto, el programa de ejecución o afecte su seguridad. Para ello, deberá solicitar a través de la (s) dependencia (s) ejecutora (s) a la dependencia federal normativa correspondiente su opinión y en todo caso la validación de dicha modificación. Previo informe a la CDI (DGPIB en medios electrónicos-DECDI informe impreso)
Se ejecutará el número de pruebas de laboratorio, su frecuencia y calidad de las mismas, las especiales, cuando sea el caso, así como los equipos a utilizar.
La supervisión gerencial, deberá integrar la documentación generada por la contratista, así como las verificaciones que realice, para que esté en posibilidades de conciliar lo conducente, manteniendo informada en todo momento, a la CDI (Delegación en el Estado (DECDI)).
La supervisión gerencial durante su intervención en la (s) obra (s) se apegará a los turnos de trabajo que programe la empresa contratista.
La documentación que presente la supervisión gerencial será el resultado de los trabajos realizados en campo y gabinete.
La supervisión gerencial mantendrá actualizados los datos necesarios en un sistema de cómputo, que permita de manera oportuna y confiable conocer el grado de avance físico y financiero por concepto de obra en cualquier momento.
La supervisión gerencial verificará de que las obras, se ejecuten de acuerdo con los proyectos y especificaciones generales y particulares de la(s) dependencia(s) federal(es) normativa(s), con la calidad requerida, dentro de los conceptos del presupuesto y plazos establecidos en sus respectivos contratos, así como de que se cumpla con todos los ordenamientos legales y se establezcan los sistemas de seguridad en cada una de la (s) obra (s), se realicen las acciones de mitigación al impacto ambiental, se documenten oportunamente las diferentes etapas de las obras y se aplique correctamente la distribución de los recursos, estableciendo una comunicación ordenada y permanente entre las diferentes instancias involucradas, con el fin de alcanzar los objetivos señalados en las Reglas de Operación del Programa.
La Supervisión está autorizada para:
Exigir a la Ejecutora que tome las medidas y emplee los recursos necesarios para dar cumplimiento a los programas de obra.
Exigir a la Ejecutora que respete los procedimientos constructivos autorizados.
Suspender los trabajos en un frente determinado, por violación a procedimientos constructivos que comprometan la seguridad de la obra o de sus trabajadores, así como cuando se presente cualquier infracción al Reglamento de Seguridad vigente y al especificado en el contrato.
Proponer a la ejecutora las mejoras al proyecto, así como las adecuaciones a planos y especificaciones para su implementación en obra, cuando esto represente una ventaja a la obra y no modifique el proyecto en su concepción, el comportamiento estructural, seguridad, o impliquen variaciones significativas en dimensiones o especificaciones.
La supervisión no está autorizada para:
Revocar las instrucciones que reciba a través de la DECDI.
Ordenar a la Ejecutora que realice obra fuera del alcance del contrato, o aprobarla, sin la debida autorización de la DECDI.
Liberar pagos de reclamaciones de la Ejecutora.
Aprobar precios unitarios o factores de escalación no considerados en el catálogo.
Aprobar cambios en el programa y fechas pactadas contractualmente sin contar con la aprobación de la ejecutora.
RESPONSABILIDADES:
En lo referente a su relación de trabajo con la CDI y la Ejecutora, la empresa supervisora es responsable de:
Cuidar los intereses de la CDI desempeñando sus funciones de acuerdo a la más estricta ética profesional.
Tener un conocimiento completo del proyecto de la obra y de los objetivos que persigue, así como de las restricciones que impone la operación segura del área donde se ejecuten las obras.
Conocer los contratos de construcción y los anexos de los mismos.
Apegarse a las disposiciones, a los requisitos legales aplicables en cada caso que regulan la contratación y ejecución de la obra pública, así como la de sus propios servicios.
Aceptar las consecuencias de las decisiones que tome en el cumplimiento de sus funciones, siempre que las órdenes respectivas hayan sido transmitidas en forma escrita por el personal facultado para este efecto por la propia Supervisión con la debida representación ante la CDI y la Ejecutora.
Las omisiones y extralimitaciones en que incurra en el ejercicio de sus funciones, y alcances establecidos en el contrato.
Proponer a la CDI todas aquellas acciones que en alguna forma redunden en beneficio de la obra, ya sea en calidad, costo, tiempo o seguridad.
Mantener informada a la CDI con veracidad y oportunidad de lo que acontezca en la obra.
Alertar a la CDI sobre la incidencia de factores negativos en la ejecución de la obra, en sus aspectos de calidad, costo y tiempo, elaborando pronósticos que permitan tomar medidas preventivas.
Entregar puntualmente, dentro de los plazos establecidos en el artículo 54 de la Ley de Obras Publicas, los generadores y las estimaciones, además de los informes, reportes, etc., pactados contractualmente.
Revisar los precios unitarios y los respaldos correspondientes, que presente la ejecutora, conciliados y con las observaciones que procedan, entregarlos a la DECDI para su aprobación definitiva.
Definir precios extraordinarios provisionales, con objeto de poder calcular el avance real de la obra fundado y motivado en la Ley de Obras Públicas.
Proporcionar todos los datos y dar las facilidades necesarias para que cualquier otro órgano facultado, vigile y revise la ejecución de la obra, así como el cumplimiento de sus propias funciones.
Asistir a las juntas técnicas o administrativas que se convoquen, con personal que tenga la debida representatividad y que esté facultado para tomar decisiones que competan a la Supervisión, en los temas a tratar.
Acatar las instrucciones que le transmita el representante de la CDI a través de la bitácora de la obra.
En lo referente a la implementación de sus servicios, la Supervisión es responsable de:
Disponer de la organización interna necesaria para dirigir y controlar los servicios prestados, integrando la estructura de trabajo que se requiera.
Contar con el personal técnico suficiente y debidamente capacitado para las funciones de control técnico y administrativo que se le han asignado, de acuerdo a lo establecido en las bases de licitación y el contrato respectivo.
Le puede exigir el cambio de cualquier persona que labore para la ejecutora, cuando no se estén obteniendo los resultados esperados, en cuanto al cumplimiento de sus funciones y responsabilidades, o cuando ésta persona cometa alguna falta grave en la obra.
Contar con equipos, vehículos y herramientas suficientes, en buen estado y de la precisión requerida por las características de los trabajos que controle.
Implementar con la debida anticipación, el programa de revisión del control de calidad de los materiales realizado por la ejecutora, instalaciones, equipo, productos y procesos constructivos. Calificar los resultados para efecto de aprobación o rechazo en apego a la normativa federal vigente.
Integrar y mantener actualizado el archivo de los documentos del proyecto y de los registros que reflejen plenamente el control que efectúa. Al final de la obra conservar y entregar a la Delegación Estatal de la CDI, toda la documentación comprobatoria de la ejecución de la obra y sus expedientes unitarios.
3.- PROPUESTA.
Las empresas consultoras interesadas en participar en el concurso, deberán considerar en su propuesta la partida siguiente:
Partida Única.- SUPERVISIÓN GERENCIAL DE OBRAS, APOYO TÉCNICO Y ADMINISTRATIVO, PARA LA CONSTRUCCIÓN DE OBRAS DE ALCANTARILLADO Y SANEAMIENTO, EN EL ESTADO DE GUERRERO, así como la asesoría integral en los procedimientos de licitación de las mismas, para lo cual se obtendrá de “EL CONTRATISTA” la autorización para acceder a las obras. Las 37 obras en las localidades señaladas en el anexo 2 denominado “Regiones Indígenas”.
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La Supervisión Gerencial de obra deberá presentar organigrama del personal y equipo que utilizará en la ejecución de los trabajos, en el que deberá incluir el personal técnico requerido para la ejecución de la supervisión de obra, indicando en forma precisa el cargo que ocupará y funciones que realizará durante esta supervisión, en el cual deberá considerar un máximo de 9 supervisores en la Partida Única Regiones Indígenas, para la supervisión de obras de alcantarillado y saneamiento, anexando además en papel membretado carta compromiso de participación con la empresa durante el periodo de ejecución de los trabajos, todo lo anterior deberá presentarse con firma autógrafa original del interesado en todas sus hojas, con la finalidad de que la dependencia pueda verificar la veracidad de su información. Este personal deberá demostrar ante la DECDI que ha dirigido en su totalidad trabajos similares a los que son objeto de esta licitación, considerando que deberá permanecer de tiempo completo en el lugar donde se desarrollan los trabajos durante todo el período de ejecución de los mismos, además de participar en todas las juntas de trabajo que se realice.
La empresa supervisora deberá establecer residencias con el personal y equipo necesarios para desarrollar los trabajos de dirección técnica y supervisión de las obras para cada localidad. Las residencias deberán instalarse en las ciudades más cercanas a las obras, estableciendo centros de trabajo; en dichas residencias se deberá contar con los recursos humanos y materiales que permitan efectuar el adecuado control del grupo de obras que serán coordinadas a través de estas residencias en donde se concentrará la información y se procesará la misma para emitir los reportes periódicos a la DECDI.
La empresa Supervisora deberá presentar la relación de los profesionales técnicos al servicio del licitante, identificando con sus cargos a los que se encargaran de la ejecución y administración de los trabajos de supervisión; anexando sus currículas, los que deben tener experiencia en trabajos de características técnicas y magnitud similares, de 5 años como mínimo para coordinador de supervisión, 5 años para jefe de Topógrafos, 3 años para el Residente de Supervisión.
Para facilitar la coordinación y supervisión de las obras, la empresa deberá dividir el área de trabajo debiendo establecer residencias de supervisión en las localidades que se indiquen; con base en la localización de dichas residencias se agruparán los contratos de obras correspondientes que contemplan la construcción de obras en distintas localidades del Estado.
La relación funcional directa de la supervisión será con el representante de la DECDI encargado del PIBAI; con la responsabilidad de dirigir, coordinar y orientar al grupo de trabajo que interviene en la ejecución de la obra, de la que forma parte la CDI y la Ejecutora con quién mantendrá comunicación permanente y de quién recibirá las autorizaciones necesarias para la conducción de la obra.
Se deberá considerar al elaborar su presupuesto:
La supervisión gerencial pondrá a disposición de la Comisión, 1 Computadora portátil LapTop con TECNOLOGÍA MOVIL INTEL CON PROCESADOR Intel® Core TM i3-330M (2.13GHz, 4Threads, 3M cache)
, MEMORIA 4GB Doble Canal Compartido DDR3 a 1066MHz
, DISCO DURO de 320GB (7200) RPM SATA
, PANTALLA Amplia HD WLED de 15.6" LCD Edge-to-Edge (1600x900) c/cámara de 2.0 MP
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Autocad 2010 en español, Neodata última versión, Xxxxxx Anti-virus última versión, todo el software deberá contar con licencia actualizada a nombre de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas y deberá ser entregado con CD’s originales.
Esta computadora, se deberán poner a disposición de la Comisión, en un periodo no mayor de 15 días naturales a partir del inicio de los trabajos de supervisión y en todos los casos, garantía mínima de 1 año por el proveedor y/o distribuidor del mismo, así mismo por su costo estos equipos se deberán amortizar durante la ejecución de la obra.
La supervisión gerencial pondrá a disposición de la Comisión, un vehículo al menos durante 30 días en el periodo de contrato, de acuerdo a las características que se solicitan en estos Términos (Anexo B), siempre que ésta así lo requiera y solo para cumplir con los objetivos de El Programa, asimismo, la supervisión se responsabilizará de los gastos de operación por este concepto.
Para el importe concedido por concepto de anticipo, “EL CONTRATISTA”, deberá comprobar según sea el caso, mediante documentación que certifique su correcta inversión, que estará relacionada directamente con la ejecución de los trabajos, por lo que deberá de anexar un Programa de erogación del anticipo, mismo al que se sujetará de manera obligatoria, y que servirá como base a la CDI para verificar su correcta utilización (la no presentación de este documento será motivo de descalificación).
4.- SEGUIMIENTO A LOS PROCESOS DE LICITACIÓN PARA ADJUDICACIÓN DE LAS OBRAS.
La supervisión gerencial realizará el seguimiento al proceso de adjudicación de las obras, realizando las siguientes funciones:
4.1.- Verificar que el catálogo de conceptos de cada una de las obras autorizadas, sea el que se licite, así como la descripción de la obra sea la indicada en el anexo I (Anexos 1, 2, 3 y 4) del acuerdo de coordinación, independientemente de la modalidad adoptada para la adjudicación y que, contenga las consideraciones tratadas en la junta de aclaraciones
4.2.- Asistir a los actos de la licitación (junta de aclaraciones, acto de presentación y apertura de propuestas y fallo) integrando en el informe mensual un reporte de lo sucedido en cada etapa de las licitaciones efectuadas durante el período que abarque el citado informe.
4.3.- Verificar que la documentación que se vaya generando durante cada una de las etapas del proceso de adjudicación, tenga la congruencia respectiva entre sí, recabando copia de las mismas para la integración del expediente que entregará a la DECDI.
5.- REVISIÓN DEL PROYECTO EJECUTIVO Y EXPEDIENTE TÉCNICO
5.1 El proyecto ejecutivo completamente terminado y validado por la dependencia normativa federal que corresponda, incluirá los planos de construcción, especificaciones generales y particulares, normas, catálogos de conceptos con volúmenes y precios unitarios que forman parte integral de convocatoria de licitación para la contratación de la ejecución de la (s) obra (s). La supervisión gerencial recibirá copia de la dependencia ejecutora, de acuerdo a los alcances de su contrato y será responsable de revisarlo, concentrar volúmenes de obra, detectar oportunamente errores, omisiones o inconsistencias. La DECDI coadyuvará a la obtención de este documental.
5.2- La supervisión gerencial debe mantener el registro de planos y especificaciones, cuidando de que en los documentos modificados queden anotados tales hechos, la fecha de modificación y la firma y nombre de la autoridad que autoriza; paralelamente, ajustará el cuadro de costo de obra, las cantidades de obra por ejecutar y los programas, si esto es necesario. Siempre manteniendo informada a la CDI (DECDI).
5.3- La supervisión gerencial realizará una comparación técnica y objetiva de los recursos humanos, materiales y equipos propuestos por la contratista seleccionada, contra los volúmenes de catálogos y programas requeridos para cumplir con el proyecto ejecutivo de la (s) obra (s) y así determinar la factibilidad de su cumplimiento.
5.4- Las observaciones que considere necesarias las comunicará a la ejecutora; con su propuesta de corrección.
6.- CONTRATO, PRESUPUESTO DE OBRA Y PRECIOS UNITARIOS
6.1- La DECDI gestionará ante la dependencia ejecutora se entregue a la supervisión gerencial copia de la oferta presentada para la adjudicación del contrato de la (s) obra (s) en cuestión, en la que se asiente el presupuesto de la (s) obra (s) y los precios unitarios pactados. La supervisión gerencial será responsable de analizar y evaluar permanentemente el presupuesto de la (s) obra (s), vigilando que el monto autorizado cubra la ejecución de la misma, informado en su momento a la DECDI cualquier incremento que sufran la (s) obra (s) y el motivo que lo generó, y en su momento la DECDI informará a la DGPIB.
7.- PROGRAMA DE OBRA
7.1 El programa detallado por concepto y ubicación de la (s) obra (s) la supervisión gerencial lo recibirá y verificará que sea factible y aceptable desde el punto de vista de su realización física, que tome en cuenta la relación entre las diversas partes de la (s) obra (s), sea congruente con los recursos asignados y cumpla con lo pactado en el contrato. En caso necesario solicitará a la ejecutora las modificaciones necesarias con el presupuesto correspondiente. Dándole seguimiento para informar a la contratista, a la (s) dependencia (s) ejecutora (s) y a la DECDI de las desviaciones detectadas, proponiendo las acciones necesarias para ajustar la (s) obra (s) a los tiempos y montos pactados.
7.2- De la misma manera recibirá los programas detallados de mano de obra, materiales y de maquinaria y equipo registrando por semana el número y disponibilidad de los mismos, así como sus rendimientos, informará a la DECDI de las desviaciones que se registren.
7.3- Para su consulta rápida elaborará y mantendrá actualizados los informes de obra correspondientes a los avances físicos y a los avances financieros.
8.- SUPERVISIÓN DE LA CONSTRUCCIÓN
8.1 Supervisión Topográfica Verificadora.
Se deberá incluir brigadas de topografía bajo las órdenes del residente de supervisión consistente en un Ingeniero o Técnico Topógrafo, con capacidad y experiencia comprobable de 3 años en trabajos similares, cada brigada con dos cadeneros, así como equipos de estación total, con no más de 2 años de antigüedad.
La supervisión gerencial participará en la entrega que haga la residencia de obra a la contratista físicamente en el campo del trazo y sus referencias.
Una vez ocurrido este acto, tanto la ejecutora, la contratista y la supervisión gerencial deberán comprobar que las referencias en campo sean las correctas y acordes con el proyecto.
Cada vez que se autorice una modificación al proyecto, la supervisión gerencial conciliará con la contratista y la residencia de obra, la información topográfica para precisar y determinar los volúmenes ejecutados, comunicándolos a la DECDI de manera oportuna. Esto mismo deberá quedar plasmado en los informes presentados.
Durante la ejecución de la (s) obra (s) verificará las cantidades de obra realizada, por concepto de obra terminada, que servirán como número generador de apoyo a las estimaciones, en el entendido de que no medirá cantidad alguna de obra ejecutada fuera de proyecto, no autorizada.
En los bancos de préstamos necesarios para la ejecución de las obras, la supervisión gerencial verificará la información tanto de calidad como de liberación de los mismos para su explotación, que le presente la contratista.
Deberá mantener el personal de topografía equipado adecuadamente para la obtención de la información señalada.
La supervisión gerencial cuando detecte actividades críticas que acusen atrasos en el programa, se dará un seguimiento especialmente detallado en el proceso de revisión y estudiar conjuntamente con la Ejecutora, si estos pueden recuperarse con acciones correctivas que sean realistas en cuanto a recursos necesarios, o bien, optimizando procedimientos constructivos, eliminando tiempos muertos y esperas de suministros, al tiempo de indicar estas incidencias en los reportes a la DECDI y DGPIB.
Las brigadas topográficas estarán dotadas del equipo necesario y con el personal capacitado para verificar datos del proyecto y tomar los necesarios para adecuar y complementar los proyectos existentes.
8.2- Verificación de Control de Calidad
Se deberá incluir brigadas de control de calidad bajo las órdenes del residente de supervisión consistente en un Ingeniero civil, con capacidad y experiencia comprobable de 3 años en trabajos similares, cada brigada con un ayudante general, así como equipos necesarios con no más de 3 años de antigüedad.
Las brigadas de control de calidad estarán dotadas del equipo necesario y con el personal capacitado para realizar las pruebas requeridas y especificadas en los catálogos de conceptos, verificando las pruebas conforme a las especificaciones del proyecto y tomar las medidas necesarias para el cumplimiento de la calidad en la obra.
La supervisión gerencial verificara el cumplimiento de los requisitos de calidad establecidos en los planos, especificaciones particulares del proyecto. A la supervisión gerencial le corresponde vigilar que la contratista a través de su laboratorio cumpla con el control de calidad de la (s) obra (s), y que este control sea completo, oportuno y confiable.
Corresponderá a la contratista el ensaye y entrega de los resultados de pruebas o certificados de calidad de los materiales; por su parte la supervisión gerencial, evaluará los resultados de pruebas o certificados de calidad presentados y emitirá oportunamente a la Residencia de obra, a la DECDI sus comentarios y observaciones comparados con los resultados de sus propias pruebas.
Será responsabilidad de la supervisión gerencial consultar con la contratista y estar al pendiente de los suministros y fabricación de los materiales para su oportuna intervención manteniendo la debida comunicación con la Residencia de obras; La supervisión gerencial recibirá de la contratista los reportes que genere el laboratorio para su revisión; informará a la DECDI así como a la Residencia de obras sobre cualquier problema o irregularidad que se haya detectado durante la revisión haciendo notar faltantes de información. La supervisión gerencial incluirá en sus reportes los resultados de las verificaciones que haya realizado, entregando a la DECDI y a la Residencia mensualmente la información actualizada de las mismas, que servirá como soporte para la estimación correspondiente.
Le será rescindido el contrato a la supervisión gerencial, que durante el proceso de su servicio no cumpla con la calidad de los servicios requerida.
8.3- Seguimiento del programa
Tomando en cuenta el programa que proporciona la contratista, la supervisión gerencial llevará a efecto el seguimiento del mismo, a través de algún mecanismo ya sea por diagrama de vectores, ruta crítica o similar con la finalidad de poder detectar desviaciones para proponer oportunamente los mecanismos o ajustes para cumplir con las metas y montos pactados.
8.4- Cantidades de Obra.
La supervisión gerencial calculará las cantidades de obra ejecutada apoyándose con los resultados verificatorios, cuidando de no incluir aquellas cantidades de obra cuya calidad no se haya demostrado que cumple con las especificaciones.
Los volúmenes de obra aceptados los registrará en la hoja de control de volúmenes, en las que deberán quedar asociadas con su posición dentro de la (s) obra (s), fecha de aceptación, estimación en las que fueron incluidas, control de calidad y control de acabados. Solo podrán aceptarse cantidades de obra que correspondan a unidades de obra terminada consideradas en los catálogos de conceptos contratados. Los trabajos preliminares o parciales así como suministro de materiales, no podrán ser considerados en las cuantificaciones de obra ni podrán ser transformadas en unidades de obra terminada.
De igual forma en el informe mensual deberá entregar un cuadro de costos de obra donde se reflejen los costos del contrato, los costos estimados a la fecha xxx xxxxx y los costos faltantes por estimar.
8.5 Terminación anticipada o suspensión de obras.
La EMPRESA PRESTADORA DE SERVICIOS y la COMISIÓN, convienen, que si alguna de las obras contratadas para realizar la supervisión gerencial fuera terminada y recepcionada antes de la fecha de terminación del contrato motivo de la presente convocatoria, no procederá pago alguno por concepto de supervisión posterior a la fecha de entrega recepción de la obra de que se trate. |
La EMPRESA PRESTADORA DE SERVICIOS y la COMISIÖN, convienen, que si por alguna razón ajena a cualquiera de las partes se llegara a suspender de manera temporal o definitiva la ejecución de alguna de las obras contratadas para realizar la supervisión gerencial, de igual manera se suspenderán los servicios de supervisión de dicha obra u obras de que se trate, por lo que en el periodo en que prevalezca la suspensión de los trabajos, no procederá pago alguno por concepto de supervisión. |
9.- ESTIMACIÓN DE OBRA
La contratista será responsable de presentar la estimación de obra ejecutada, en los términos pactados en el contrato, cuya copia hará llegar a la supervisión gerencial, esta última revisará las cantidades de obra estimadas, conciliará con la contratista las diferencias y devolverá la estimación a la contratista para su corrección, en su caso. Las cantidades que no hayan sido posibles conciliar, se eliminarán de la estimación y se incluirán en la siguiente estimación.
La fecha de cierre de las estimaciones será de acuerdo a lo pactado en el contrato de las obras y se deberá formular con una periodicidad no mayor de un mes y presentarlas dentro de los seis (6) días naturales siguientes a la fecha xx xxxxx. La supervisión gerencial, en un plazo no mayor a cinco (5) días naturales siguientes a su presentación por parte de la contratista, verificará que las cantidades de obra sean correctas, que se hayan aplicado los precios unitarios pactados, que no existan errores numéricos, que se apliquen descuentos y retenciones xx xxx y en general verificar todos los conceptos de la estimación de que se trate para su procedencia de pago. En caso de discrepancia, dentro de un plazo de dos (2) días hábiles las conciliará con la contratista, la que al día siguiente la devolverá ya corregida a la supervisión gerencial, y esta a su vez la enviará a la (s) dependencia (s) ejecutora (s) la cual hará los trámites correspondientes para requisitar la estimación, la autorizará y la turnará para su pago.
La supervisión gerencial será responsable de verificar que en las estimaciones que presente la contratista, las cantidades de obra acumuladas no excedan de lo previsto en el proyecto y sus modificaciones autorizadas; que no se produzcan duplicaciones de pago, que los precios unitarios sean los pactados en el contrato de obra; que las cantidades de obra estén claramente referenciadas al catálogo de conceptos y cantidades de obra contratado; que el número de la estimación y el periodo que abarca estén claramente expresados, indicando el tipo de estimación de que se trate (contrato, convenio, ajuste de costos, aditivas, deductivas); que las fechas de presentación a revisión, de devolución a la contratista, de presentación definitiva y de envió a la residencia de obras queden registradas en la bitácora de obra, indicando el numero de la estimación y su periodo e importe; que se aplique la amortización correspondiente del anticipo; que las firmas asentadas en la estimación tanto por parte de la contratista como por parte de la Residencia de obra sean las correctas. En la bitácora que utilizará la supervisión gerencial para comunicarse con la DECDI quedarán anotados únicamente el número, periodo e importe de la estimación.
Cuando aparezcan conceptos extraordinarios no incluidos en el catálogo de conceptos contratados, se deberán cuantificar y solicitar su autorización a la Ejecutora, revisar los precios unitarios propuestos por la Ejecutora. Xxxxxxx presentarse a la DECDI con una opinión de la supervisión para su validación, y ya aprobados procederán en estimaciones de extraordinarios.
Los conceptos extraordinarios solo podrán estimarse, cuando se tengan autorizados oficialmente por la ejecutora.
10.-APERTURA Y CIERRE DE LA (S) OBRA (S)
10.1- Apertura de la (s) obra (s).
La supervisión gerencial nombrará a su representante en la (s) obra (s), quien será un profesional: ingeniero civil con experiencia en este tipo de obras y título registrado ante la Dirección General de Profesiones, quien fungirá como Jefe de Supervisión de la supervisión gerencial.
La (s) dependencia (s) ejecutora (s) nombrará a su representante en la (s) obra (s) quien fungirá como residente de obra.
Para el inicio de los servicios de supervisión en campo, la (s) dependencia (s) ejecutora (s) y la Delegación Estatal de la CDI convocarán a la primera junta de la (s) obra (s) en el lugar de lo(s) obra(s), a la que concurrirán el residente de la (s) obra (s), el coordinador de supervisión, el superintendente de obra, el jefe de supervisión y el o los representantes del comité de obras.
En dicha junta se hará la presentación de las partes, se expondrá el estado que guarda el proyecto, la liberación del derecho de vía, las instalaciones que deberán ser protegidas o reubicadas, los permisos necesarios para la ejecución de la (s) obra (s), los convenios previos para la explotación de bancos, así como de todos aquellos operativos que se consideren de relevancia para la buena organización de la (s) obra (s), tales como ubicación de las oficinas de las partes involucradas y sus campamentos.
En esta primera junta se pactará el lugar y fecha para la entrega a la contratista del trazo en campo por parte de la residencia de obra, así como la fecha, el lugar y hora en la que la contratista presentará su programa detallado para la ejecución de la (s) obra (s) el que por lo menos contendrá la estrategia general de construcción, los avances físicos quincenales programados, los frentes de trabajo y la maquinaria asignada a cada uno de ellos, los procedimientos de construcción y los sistemas de control de calidad que adoptará, incluyendo las instalaciones, equipo y personal de laboratorio y el organigrama, con nombres de los supuestos de dirección y responsables de los frentes.
Esta presentación se hará en la segunda junta de obra, la que deberá tener lugar dentro de los siete (7) días de calendario siguiente a la fecha de iniciación de la (s) obra (s); la supervisión gerencial será responsable de convocarla.
10.2 Terminación de la (s) obra (s)
Para la terminación, recepción y liquidación de la (s) obra (s), se procederá de acuerdo con los tres pasos siguientes:
10.2.1 Estimación de Cierre.
Concluidos todos los trabajos contratados, la contratista dará aviso por escrito a la (s) dependencia (s) ejecutora (s) de la terminación de obra y presentará su estimación de cierre a la Residencia de obra con copia a la supervisión gerencial.
Esta estimación será verificada por la supervisión gerencial y dentro de los plazos establecidos. La supervisión gerencial será responsable de verificar que los anticipos hayan sido totalmente amortizados en esta estimación. Las diferencias que no puedan ser conciliadas, junto con las cantidades de obra que excedan las previstas en el proyecto y sus modificaciones autorizadas, o para las que no se dispongan de precios unitarios aprobados, quedarán pendientes para su inclusión en el finiquito de la (s) obra (s), debiendo quedar relacionada con el documento “Cantidades de obra no estimada” anotando la supervisión gerencial claramente las razones para ello.
A partir de la fecha en que se reciba el aviso de terminación de la (s) obra (s) por parte de la contratista, la supervisión gerencial deberá verificar que todos los trabajos contratados hayan sido ejecutados, cerrando las hojas de control por concepto, y cancelando las cantidades consideradas en el contrato que no fue necesario ejecutar, o que presentan una reducción neta de las cantidades previstas. Si se detectan cantidades pendientes por ejecutar o partes de los conceptos no ejecutados, dará aviso de inmediato a la contratista para que proceda a su ejecución. La contratista en este caso deberá dar nuevo aviso de terminación de la (s) obra (s) cuando las haya ejecutado, con la que se reiniciará el proceso de finiquito y recepción de la (s) obra (s). Una vez constatado la terminación de los trabajos pactados, la (s) dependencia (s) ejecutora (s) contará con un plazo de quince (15) días naturales para proceder a su recepción física, mediante el levantamiento del acta correspondiente.
10.2.2 Entrega-Recepción de la (s) obra (s).
A partir del momento en que la supervisión gerencial emita su dictamen haciendo constar que la (s) obra (s) ha(n) sido terminada(s), el que enviará a la contratista, a la DECDI, a la DGPIB y a la Residencia de obra, dispondrá de 15 (quince) días naturales para preparar el acta de Entrega-Recepción, de conformidad con el formato emitido por la CDI.
Previamente a la recepción de los trabajos, la supervisión gerencial verificará que la contratista otorgue fianza, de compañía legalmente autorizada, equivalente al 10 % del importe total ejercido del contrato por doce meses contados a partir de la recepción de los trabajos, a la (s) dependencia (s) ejecutora (s) para responder de los defectos que resultaren en los mismos, de los vicios ocultos y de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido.
10.2.3. Finiquito de la (s) obra (s)
Recibidos físicamente los trabajos pactados, las partes deberán elaborar, dentro del plazo estipulado, el finiquito de los trabajos.
A partir del documento “Cantidades de obra no estimadas”, la contratista enviará a la Residencia de obra y a la supervisión la documentación que apoye las adiciones necesarias al proyecto, los estudios de precios unitarios faltantes o su punto de vista por escrito respecto a las cantidades de obra que no han sido posible conciliar. La Supervisión Gerencial revisará la documentación y emitirá su opinión por escrito y la entregará a la Residencia en el plazo fijado en el contrato respectivo. La (s) dependencia (s) ejecutora (s) la analizará y resolverá lo conducente. Con apoyo en este dictamen la contratista y la supervisión gerencial conciliarán el finiquito; la contratista elaborará la documentación correspondiente y la enviará a la dependencia ejecutora para su trámite, dentro de los plazos establecidos, para su aprobación y pago.
Dentro de este mismo periodo la Supervisión Gerencial hará el finiquito de los servicios de supervisión como se marca en el contrato.
11.- CIERRE DE LOS SERVICIOS DE SUPERVISIÓN.
11.1. Habiendo sido finiquitada (s) la (s) obra (s) por parte de la (s) dependencia (s) ejecutora (s) se darán por terminados los servicios de supervisión en campo de la(s) obra(s).
La supervisión dejará perfectamente clasificado e integrado el expediente de la obra, con los planos y manuales debidamente actualizados. Sólo en el caso de que hubiera existido demasiados cambios y por claridad, fuese imposible hacer las anotaciones en los planos correspondientes, la supervisión solicitará al autor del proyecto la elaboración de un(os) nuevo(s) plano(s) actualizado(s), proporcionando los datos para su actualización
12.- CANALES DE COMUNICACIÓN
12.1 Bitácora
12.1. 1 Bitácora de Obra
La supervisión gerencial deberá verificar que se encuentra actualizada la bitácora de Obra, en la que se anotará las instrucciones a la contratista, los planeamientos y solicitudes de la contratista, así como los hechos cuya relevancia hagan conveniente su registro permanente. La bitácora será utilizada conforme a la Ley de Obras Publicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su reglamento y las reglas y lineamientos establecidos por la (s) dependencia (s) ejecutora (s).
12.1.2 Bitácora de Servicios.
La supervisión gerencial será responsable de resguardar y mantener actualizada la bitácora de servicios, en la que se anotará las instrucciones, planeamientos, solicitudes de la (s) dependencia (s) ejecutora (s) y de la CDI a la supervisión gerencial y los incidentes más relevantes para el desarrollo de estos; durante la ejecución de la obra la pondrá a disposición de los servidores públicos acreditados para ello y al finiquito de dichos trabajos deberá entregar el original de dicha bitácora a la DECDI, conservando copia de la misma.
12.2 Juntas de Obra.
La supervisión gerencial será responsable de organizar y convocar a nombre de la CDI y de la (s) dependencia (s) ejecutora (s) la celebración de las juntas de obra que se realicen bajo calendario fijo, así como de las juntas extraordinarias que solicite alguno de los participantes, las que podrán celebrarse en la propia oficina de la supervisión gerencial de la (s) obra (s), o en las oficinas de la (s) dependencia (s) ejecutora (s), proporcionando la propia supervisión gerencial apoyo de secretariado técnico. Participarán en ellas exclusivamente los representantes de la contratista, de la supervisión gerencial y de la (s) dependencia (s) ejecutora (s) y de la CDI.
Dentro de las labores del secretariado técnico, se destacan la elaboración de las minutas y el seguimiento de acuerdos; la supervisión gerencial será responsable de obtener las firmas de las partes en las minutas y conservarlas en su archivo correspondiente.
12.3 Documentación de expediente
La supervisión gerencial será responsable de enviar información a la DECDI para organizar y mantener actualizado el “Expediente de obra del PIBAI” de la (s) obra (s); que deberá ser la documentación, inherente a la ejecución de la (s) obra (s) y además de los actos previos y derivados del contrato de obra pública y/o servicios relacionados con las mismas de manera impresa y en archivos electrónicos. De tal manera que permitan una visión clara, transparente, completa y confiable de todo el proceso de ejecución de las obras ya que la supervisión conjuntamente con la CDI será la responsable de futuras aclaraciones con los órganos de control que revisen las obras.
En términos enunciativos pero no limitativos, deberá entregar copia de los siguientes documentos:
Contrato de obra.
Licencias y permisos.
Convenios adicionales y modificatorios.
Bitácoras de Obra.
Programa contratado de obra (fechas de inicio y terminación).
Reprogramación de obra (fechas de inicio y terminación Reales).
Minutas de juntas de trabajo.
Lista de detalles faltantes por ejecutar.
Dictámenes de los precios unitarios por conceptos fuera de catálogo autorizados.
Informe fotográfico del desarrollo de la (s) obra (s).
Presupuesto actualizado.
Reportes de pruebas de control de calidad de materiales, instalaciones y equipo.
Proyecto ejecutivo actualizado.
Actas de Entrega-Recepción ( Contratista- Ejecutora y en su caso de la Ejecutora – Organismo Operador)
Estimaciones y concentrado de estimaciones.
Memoria descriptiva.
12.4 Informes.
Control de avance físico real (con base a obra ejecutada)
La supervisión gerencial deberá verificar el cumplimiento de los programas por parte de la contratista, para garantizar las fechas de entrega pactadas contractualmente, comparando la producción real contra la programada, con la periodicidad de revisión preestablecida o la que amerite la problemática de avance de la (s) obra (s).
La supervisión gerencial reportará oportuna e invariablemente y de acuerdo a su relevancia las desviaciones que se presenten como resultado de la comparación mencionada anteriormente de forma directa a la DECDI informando las causas de retraso. Sí son imputables a la Ejecutora por falta de recursos y/u omisión de actividades en el catálogo de conceptos, o bien, son responsabilidad de terceros, señalando también el motivo de las mismas.
Cuando haya retrasos por causas imputables a la contratista, avisar oportunamente a la Residencia de obra para aplicar las penalizaciones que procedan, de acuerdo a las cláusulas establecidas para estos casos en el contrato respectivo.
La supervisión gerencial elaborará y presentará oportunamente el informe de acuerdo a la siguiente lista:
Datos generales de la obra
Avance físico programado
Avance físico real
Avance financiero programado
Avance financiero real
Fuerza de trabajo
Materiales en obra
Fotografías
Problemática
Comentarios
seguimiento de acuerdos
Copias de pruebas de laboratorio
Copias de notas de bitácora
Reporte de los procesos de licitación, celebrados en el periodo del informe
Este informe deberá reportarlo a la DECDI en los formatos que se convengan debidamente firmados; para oficinas centrales CDI se enviará en presentación electrónica vía correo electrónico y también soportado en disco compacto. Este informe se enviará invariablemente durante los primeros (3) días naturales de cada mes.
En el informe mensual la supervisión gerencial destacará las desviaciones respecto a lo programado, emitiendo un juicio sobre sus posibles causas y medidas correctivas. Propondrá las modificaciones y ajustes al proyecto que juzgue conveniente y los ajustes programáticos necesarios para lograr el término de la (s) obra (s) en la fecha prevista, con la calidad especificada y al costo presupuestado.
Al cierre de los servicios de supervisión, la supervisión gerencial entregará un informe final que contendrá la descripción general de todos los trabajos realizados, los resultados obtenidos y la documentación que se entrega.
13.- NORMAS APLICABLES
La supervisión gerencial deberá tomar en cuenta que los trabajos a supervisar se llevarán a cabo atendiendo lo indicado por el proyecto y sus especificaciones particulares y complementarias, de conformidad con las Normas Federales Vigentes aplicables.
ANEXO B
PLANTILLA DE PERSONAL Y EQUIPO DE LA SUPERVISIÓN GERENCIAL EN TODA LA ETAPA DE VERIFICACIÓN DE LA (S) OBRA (S).
Para llevar a cabo los trabajos de referencia, la DECDI requiere de una plantilla básica de personal profesional y técnico que deberá ser propuesta por la supervisión gerencial, para lo cual presentará un organigrama indicando el nombre y el puesto del personal que estará a cargo de la misma junto con las cartas compromiso en original de dicho personal, manifestando su conformidad de participar exclusivamente en estas obras. Por ningún motivo se permitirá sustitución de alguno de ellos sin previo consentimiento de la Delegación Estatal de la CDI, y sí fuera el caso, se deberá demostrar que el nuevo personal cumple con los mismos requisitos exigidos.
Este personal deberá integrarse de forma acorde a las actividades que se realicen de conformidad al proceso de adjudicación y de ejecución de la obras, de manera tal que se elaboren y en su caso se integre la documentación requerida así como se presenten los informes solicitados con oportunidad.
Así también para la integración de la propuesta correspondiente, la supervisión gerencial deberá considerar las residencias, medios de comunicación y los vehículos adecuados y suficientes que se requieran para la realización de los trabajos, el equipo de topografía y de laboratorio necesario y todo el equipo técnico necesario; computadoras, impresoras, graficadores y la paquetería a utilizarse.
Perfil del personal técnico
Jefe de Supervisión
Deberá estar titulado y contar con perfil técnico con experiencia mínima 5 años en la supervisión de obras similares, lo cual será indicado en su currículo vitae. La categoría correspondiente de acuerdo al Tabulador de Servicios Profesionales del CMIC es la N° 5. Será el responsable directo ante la CDI.
También coordinará las actividades del personal de supervisión a fin de ejercer la vigilancia y supervisión de las obras en cuanto a costo, tiempo y calidad, siendo el responsable de la residencia de la supervisión ante la DECDI así como coordinar la elaboración de reportes y la asistencia a las reuniones de evaluación y coordinación convocadas por la DECDI.
Integrará la información de las diferentes residencias con el objeto de elaborar los reportes quincenales.
Realizará el seguimiento de la bitácora de acuerdo a lo establecido en la Ley de Obras Públicas y Servicios relacionados con las mismas y su reglamento a las diferentes obras.
Supervisor de Obra.
Deberá estar titulado y contar con el perfil técnico y tener experiencia mínima demostrable de 3 años en la construcción y/o supervisión de obra civil de Infraestructura, el cual deberá permanecer constantemente en las obras. La categoría correspondiente de acuerdo al Tabulador de Servicios Profesionales del CMIC es la N° 4.
Tendrá a su cargo varias obras de una zona siendo responsable de su organización, control y seguimiento.
Coordinar y revisar los trabajos de topografía y control de calidad de la obra que le correspondan, revisión del proyecto y cálculos.
Verificar que todos los trabajos que tenga a su cargo se ejecuten con estricto apego al proyecto y especificaciones; cuidar el buen uso de los materiales, así como la calidad de los mismos. Supervisar la eficiencia de los rendimientos del personal de la contratista, a fin de que se cumplan las actividades de acuerdo al programa autorizado.
Hacer uso de la bitácora de obra de acuerdo a la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento, asentando en ella las indicaciones requeridas para el buen desarrollo de los trabajos en cumplimiento del proyecto, turnar copia de las órdenes de bitácora al residente general de obra.
Tomar fotografías de aspectos importantes de obra tanto generales como particulares, sobre todo aquellos que puedan involucrar reclamaciones de una u otra parte (álbum fotográfico: inicio, actividades trascendentes y término).
Apoyar en la solución de los problemas que se presenten en obra sin desvirtuar el objeto del contrato soportando documental y técnicamente las modificaciones al proyecto, presentar argumentos para mejorar la eficiencia y corregir posibles errores.
Aportar a la residencia general de obra los elementos que le permitan sustentar cantidades de obra para pago (números generadores) actualizando periódicamente los avances por los conceptos principales de obra, realizando reportes semanales. Proporcionar a la residencia general de obra la información necesaria que permita avalar los trabajos adicionales que por necesidad de la obra se hayan ejecutado (proceso constructivo, rendimiento, etc.).
Supervisar que el constructor respete el proyecto y programa de trabajo establecido.
Informar a la residencia de supervisión de las pruebas de funcionamiento en equipos electromecánicos cuando estos se contemplen en la obra contratada, a fin de avalarlas.
Aportar los elementos que determinen los coeficientes de abundamiento, clasificación de suelos y espesores de capas de terreno procediendo a las cuantificaciones respectivas.
La intervención del supervisor deberá ser de carácter preventivo para evitar en lo posible errores y sobrecostos en el proyecto.
Será un promotor ante los usuarios con el fin de desarrollar las ideas (acciones, trabajos etc.), las cuales se revertirán en un mejoramiento del nivel de vida en los núcleos rurales.
Brigadas de Topografía.
Deberá constar de un Ingeniero topógrafo con experiencia mínima de 5 años en levantamientos topográficos; así también contará con ayudantes y con el equipo necesario para el tipo de trabajo por ejecutar. La categoría correspondiente pata el Ingeniero Topógrafo de acuerdo al Tabulador de Servicios Profesionales del CMIC es la N° 5.
Control de Calidad
Deberá constar de un Ingeniero supervisor de Control de Calidad de materiales de construcción y el personal que cada licitante considere. La categoría correspondiente de acuerdo al Tabulador de Servicios Profesionales del CMIC es la N° 6.
Es importante aclarar, que será requisito indispensable que los licitantes anexen en su propuesta técnica, toda la curricular del personal propuesto junto con las cartas compromiso de dicho personal, donde se comprometan a trabajar única y exclusivamente en la realización de este servicio, así como la documentación donde se demuestre que cumple con el perfil académico requerido (copia simple de cedula profesional o título). La omisión de estos documentos será motivo suficiente de descalificación.
La Supervisión gerencial destinará vehículos suficientes y adecuados para los trabajos de verificación y control de calidad, así como equipo de laboratorio, equipo de cómputo, impresora, estación total y aditamentos para cada una de las actividades a realizar.
Capturista.
Se deberá designar un técnico en computación con capacidad y experiencia comprobable de 3 años en trabajos similares en el manejo de equipos personales denominados PC. Asimismo, deberá manejar la paquetería actualizada, necesaria para el buen desempeño de sus actividades (Excel, Word, Autocad, Power Point, etc.), en las cuales deberá realizar:
Integrar los datos proporcionados por los supervisores con los cuales se generarán los reportes quincenales elaborando las gráficas que les sean solicitadas por el coordinador de supervisión.
Integrar los datos proporcionados por la brigada topográfica con los cuales se generarán los reportes semanales y mensuales elaborando las gráficas que les sean solicitadas por el coordinador de supervisión.
Llevar el control adecuado de los archivos que contengan la información generada en los reportes.
Llevar un registro de la obra contratada, obra ejecutada y obra por ejecutar por cada uno de los contratos, en base a la información proporcionada por los supervisores. En su caso se llevará el control de los materiales suministrados.
Camioneta tipo Pick up
Para los postores el análisis de cargos y precios unitarios de este concepto deberán de considerarlo con costos vigentes a la fecha de la celebración del concurso. La consideración de contar en obra con unidades vehiculares de 6 cilindros como mínimo y 4X4 en óptimas condiciones de operación, con no más de 3 años de antigüedad.
La DECDI en todo momento se reserva el derecho de requerir a la supervisora la sustitución de aquel vehículo que no cumpla con las condiciones requeridas.
Equipo de cómputo
El Supervisor deberá incluir el equipo de computo con las siguientes características con procesador Intel Core 2 Duo T8100 Centrino vPro (2.1 Ghz, 3Mb cache L2 y tarjeta intel wireless Wifi Link 4965AGN (802.11 a/g/n), configurada a 2048 mb, disco duro de 160 GB (5400 RPM), unidad óptica ultra slimbay, dvd Supermulti (+/-R doble capa), pantalla 17” LCD de 1280x800, modem, intel pro 82566MM 10/100/1000 Ethernet, windiws xp, PRO, Office XP en Español, Autocad 2008 o similares, que servirá de apoyo para los trabajos de coordinación e información por parte de la supervisión; así mismo se deberá de contar con impresora laser color, para la elaboración de informes ejecutivos, informes preliminares y controles internos de la supervisión.
Que las oficinas de campo donde se instale deberán estar cercanas a la obra.
Que en sus indirectos, deberá considerar en su propuesta, una línea telefónica y cuenta de acceso a Internet con velocidad mínima de 512 kbps; equipo de comunicación para tener contacto entre la obra y las oficinas de supervisión, y la Comisión.
CONTROL DE CALIDAD DE OBRA (MATERIALES Y PROCEDIMIENTOS CONSTRUCTIVOS, SOPORTADOS CON PRUEBAS DE LABORATORIO)
La supervisión gerencial tendrá la obligación de realizar el 20% de las pruebas que realiza la contratista de acuerdo a las normas aplicables para cada dependencia normativa (SCT <N.CAL.1.01/00> y CNA <NOM de CNA>), estas pruebas podrán ser realizadas por un laboratorio propio o rentado.
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